CIRCULAR CONSAR 19-20, modificaciones y adiciones a las Reglas Generales a las que deberá sujetarse la información que las administradoras de fondos para el retiro, las sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro, las entidades receptoras y las empresas operadoras de la base de datos nacional SAR, entreguen a la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro. |
Jueves 15 de Marzo de 2018 |
VALIDACIONES GENERALES DEL PROCESO |
Validaciones para formato de los datos
Notas generales para la validación del formato de datos en los archivos.
1 Dato numérico entero (cantidades o claves numéricas). Debe estar justificado a la derecha; si la longitud del dato real es menor a la especificada, se llenarán los espacios vacíos con ceros.
2 Dato numérico con decimal. Debe estar justificado a la derecha; si la longitud del dato real es menor a la especificada, se llenarán los espacios vacíos con ceros. Se omiten signo de pesos, comas y puntos decimales. Los dos, tres o seis decimales disponibles siempre ocuparán los dos, tres o seis caracteres más a la derecha, si la cantidad no tiene decimales, estos dos, tres o seis caracteres serán CEROS.
En caso de estar reportando tasas, se deberá hacerlo en forma de porcentaje con el número de decimales que estipule la longitud del campo.
La 1ª posición de la izquierda se usará para indicar el signo de la cantidad, se anotará un CERO para cantidades positivas y se anotará el signo "-" para cantidades negativas.
3 Fechas. El formato para fecha deberá ser de 8 caracteres numéricos = “AAAAMMDD” donde:
DD = día
MM = mes
AAAA = año
4 Dato alfanumérico. Debe estar justificado a la izquierda, con mayúsculas sin acentos; si la longitud del dato real es menor a la especificada, se llenarán los espacios vacíos con blancos o espacios; en el caso de existir una ñ debe ser el código ASCII “ALT+0209” de Windows. Todos los caracteres deberán estar en mayúsculas.
5 Espacios en Blanco (Vacíos). Sirve para rellenar el espacio sobrante del registro con respecto a la longitud máxima, esto con el fin de que no contenga información fuera de la especificada.
6 Dato numérico con decimal (cantidades monetarias). Debe estar justificado a la derecha; si la longitud del dato real es menor a la especificada, se llenarán los espacios vacíos con ceros. Se omiten signo de pesos, comas y puntos decimales. Los dos, tres o seis decimales disponibles siempre ocuparán los dos, tres o seis caracteres más a la derecha, si la cantidad no tiene decimales, estos dos, tres o seis caracteres serán CEROS.
La 1ª posición de la izquierda se usará para indicar el signo de la cantidad, se anotará un CERO para cantidades positivas y se anotará el signo "-" para cantidades negativas.
Para el caso de derivados que se liquiden mediante una cámara de compensación de manera diaria, se deberá reportar el valor de liquidación diaria.
El valor de mercado del reporto se deberá calcular conforme a lo siguiente:
Monto: costo total inicial del reporto (precio sucio al inicio del reporto multiplicado por el número de títulos adquiridos en reporto).
Tasa premio: es la tasa pactada con la contraparte por la operación de reporto.
Plazo: es el plazo inicial pactado de la operación del reporto.
Tasa de Valuación: Se obtiene de la curva de reporto proporcionada por el Proveedor de Precios según los días por vencer del reporto y la calificación de la contraparte con la que se pacte la operación.
Días por vencer: Días que faltan para el vencimiento del reporto a la fecha del reporte.
7 ISIN o "International Securities Identification Number" el cual consta de 12 caracteres donde:
1 y 2: corresponden al prefijo del país.
3: corresponde al identificador de región
4 al 9: corresponden al identificador del emisor
10 y 11: corresponden al identificador de la emisión
12: dígito verificador
Deberá estar justificado a la izquierda, en caso de no existir, se anotará un CERO. Si la longitud del dato real es menor a la especificada, se llenarán los espacios vacíos con blancos o espacios.
8 CUSIP o "Committee on Uniform Securities Identification Procedures" o CINS “CUSIP International Numbering System”, el CINS es el CUSIP internacional y tienen el mismo formato, los instrumentos que no cuentan con CUSIP cuentan con CINS y constan de 9 caracteres.
Deberá estar justificado a la izquierda, en caso de no existir, se anotará un CERO. Si la longitud del dato real es menor a la especificada, se llenarán los espacios vacíos con blancos o espacios.
9 SEDOL o "Stock Exchange Daily Oficial List” es la clave asignada por la Internacional Stock Exchange of London para activos internacionales y consta de 7 caracteres.
Deberá estar justificado a la izquierda, en caso de no existir, se anotará un CERO. Si la longitud del dato real es menor a la especificada, se llenarán los espacios vacíos con blancos o espacios.
10 El ticker Bloomberg es el identificador asignado por la plataforma Bloomberg. Deberá estar justificado a la izquierda, en caso de no existir, se anotará un CERO. Si la longitud del dato real es menor a la especificada, se llenarán los espacios vacíos con blancos o espacios.
11 El ticker Reuters es el identificador asignado por la plataforma Reuters. Deberá estar justificado a la izquierda, en caso de no existir, se anotará un CERO. Si la longitud del dato real es menor a la especificada, se llenarán los espacios vacíos con blancos o espacios.
POLÍTICAS ESPECÍFICAS DEL PROCESO |
Políticas a seguir en la transmisión de la información
La información que será transmitida a la Comisión en base a este formato, se sujetará a las siguientes políticas:
I. La transmisión del envió de los formatos de transmisión de información por proceso será a través del portal:
https://www.consar.gob.mx/gobmx/aplicativo/custodios/upload/
II. Las entidades correspondientes comprometidas a transmitir el formato de transmisión de información por proceso serán los Custodios.
III. El nombre que deberá presentar el archivo al ser transmitido a la Comisión, es el siguiente;
No. |
TIPO DE DATO |
DESCRIPCIÓN |
1 |
8 Dígitos Numéricos |
En donde la entidad deberá incluir la Fecha de Envío en que está transmitiendo el archivo en formato “AAAAMMDD”. |
2 |
2 Dígitos Alfanuméricos |
Estos representarán la abreviación del Tipo de Entidad a nombre de quien se transmite la información, Conforme al Catálogo de Tipos de Entidades anexo al documento. |
3 |
3 Dígitos Numéricos |
Los cuáles serán conforme a la Clave de Entidad Siefores Básicas, Siefores de Aportaciones Voluntarias, Siefores de Aportaciones Complementarias y Siefores de Previsión Social a nombre de quien se transmite la información conforme al catálogo de entidades anexo al documento |
4 |
3 Dígitos Numéricos |
Estos establecen la Clave de Subtipo de Entidad a nombre de quien se reporta la información (*Solo aplicará para familia de SIEFORES). |
5 |
4 Dígitos Numéricos |
Para definir el tipo de archivo que se está transmitiendo, en donde cada formato ya tiene estipulado un número, para este caso será Constante = “0330”. |
NOTA: La separación entre el paso 1, 2, 3 y 4 serán con un guion bajo, después del paso 4 será mediante un punto decimal.
Para ejemplificarlo a continuación se presenta el caso en que la Entidad Siefore XXI BANORTE estuviera enviando un archivo de Siefore básica dos, el nombre del archivo tiene que ser de la siguiente manera:
Cabe mencionar que una vez teniendo el archivo con este nombre, deberá de encriptarse con el programa GNUpg, el cual lo renombrará con el siguiente nombre:
20100302_EO_001_000.0515.gpg
Con este nombre es con el que deberá de transmitirse a CONSAR el archivo. Para la recuperación de los acuses, las entidades participantes deberán tomar su “Acuse” con el mismo nombre con el que lo renombraron antes de encriptarlo, solo tendrán que agregar el carácter “A” antes de la fecha, ejemplo:
A20110307_SB_530_002.0330
IV. Las rutas de envío y recuperación de acuses a CONSAR para producción serán por medio del portal:
https://www.consar.gob.mx/gobmx/aplicativo/custodios/upload/
Anexo 112
DESCRIPCIÓN DEL FORMATO |
|||
Información de Tipo Agregada.- Este archivo contiene los catálogos de información para la identificación de atributos de las posiciones de los mandatos reportados en el formato 0330 |
|||
PERIODICIDAD DE ENVÍO |
PERÍODO DE RECEPCIÓN |
LONGITUD DEL REGISTRO |
HORARIO DE TRANSMISIÓN |
SEMANAL |
Desde el último día hábil de la semana anterior hasta el primer día hábil de la semana en curso. |
103 |
17:00 Hrs. del último día hábil de la semana previa hasta las 10:00 Hrs. del primer día hábil de la semana en curso. |
ENCABEZADO |
Id |
Concepto |
Dato |
Tipo |
Longitud |
Posición |
Observaciones |
||
Ent. |
Dec. |
De: |
A: |
|||||
1 |
Tipo de Registro |
|
N |
3 |
0 |
1 |
3 |
Identificador de registro (para control del sistema) = Constante “000” 1. |
2 |
Número de Registros |
|
N |
10 |
0 |
4 |
13 |
Número de Registros que contiene el archivo incluyendo el encabezado1. |
3 |
Tamaño del Registro |
|
N |
3 |
0 |
14 |
16 |
Número de caracteres por registro = Constante “103” 1. |
4 |
Tipo de Archivo |
|
N |
4 |
0 |
17 |
20 |
Identificador de archivo (para control del sistema) = Constante “0331” 1. |
5 |
Tipo de Entidad |
|
N |
3 |
0 |
21 |
23 |
Clave del Tipo de Entidad Siefore de acuerdo al “Catálogo de Tipos de Entidades” anexo1. |
6 |
Entidad |
|
N |
3 |
0 |
24 |
26 |
Clave de Entidad Siefore a nombre de quien se reporta la Información de acuerdo al “Catálogo de Entidades Siefores”, anexos1. |
7 |
Subtipo de Entidad |
|
N |
3 |
0 |
27 |
29 |
Clave del Subtipo de Entidad de quien se reporta la Información de acuerdo al “Catálogo de Subtipos de Entidades Siefores”, anexos1. |
8 |
Fecha de Información |
|
F |
8 |
0 |
30 |
37 |
Fecha de operación que se reporta3. |
9 |
Espacios en blanco |
|
AN |
66 |
0 |
38 |
103 |
Vacíos5. |
SUBENCABEZADO |
Id |
Concepto |
Dato |
Tipo |
Longitud |
Posición |
Observaciones |
||
Ent. |
Dec. |
De: |
A: |
|||||
1 |
Tipo de Registro |
|
N |
3 |
0 |
1 |
3 |
Identificador de registro (para control del sistema) = Constante “101” 1. |
2 |
Identificador Mandatario |
|
AN |
7 |
0 |
4 |
10 |
Se deberá reportar el nombre descriptivo del Mandatario definido por la Administradora. Deberá corresponder a la información reportada en el campo “Emisora” del formato de transmisión 0300 “Detalle 3”4. |
3 |
Consecutivo Mandato |
|
AN |
7 |
0 |
11 |
17 |
Deberá ser un consecutivo definido por la Administradora el cual se incrementará para cada mandato contratado con un mismo mandatario. Deberá corresponder a la información reportada en el campo “Serie” reportado por la Siefore en el formato de transmisión 0300 “Detalle 3”4. |
4 |
Clase de Inversión tercerizada |
|
AN |
10 |
0 |
18 |
27 |
Se deberá reportar el indicador de clase de activo sobre el que operará el mandato según el catálogo “Clase de Inversión Tercerizada”. Deberá corresponder a la información reportada en el campo “Consecutivo” del formato de transmisión 0300 “Detalle 3”4. |
5 |
País del Mandatario |
|
N |
2 |
0 |
28 |
29 |
Se identificará el país de origen del mandatario conforme al catálogo de Países1. |
6 |
Fecha de Concertación del Mandato |
|
F |
8 |
0 |
30 |
37 |
Se deberá reportar la fecha en que se pactó el mandato3. |
7 |
Espacios en blanco |
|
AN |
66 |
0 |
38 |
103 |
Vacíos5. |
DETALLE(S) |
En las Disposiciones de carácter general que establecen el régimen de inversión de las Siefores y las disposiciones de carácter general en materia financiera se presentan las metodologías requeridas para elaborar cálculos de exposición a Renta Variable y de exposición a Mercancías. En ellas se establece que para obtener la exposición total de un portafolio se deben compensar las exposiciones individuales cortas y largas sobre cada acción o mercancía a la cuál se tiene exposición de manera individual. Derivado de esto, la exposición delta de todas aquellas posiciones de derivados sobre índices o sobre vehículos que replican índices, así como las posiciones en directo de vehículos que replican índices, deberán ser segregadas en todas las acciones y mercancías que componen a los índices que funcionan como subyacentes o como objeto de réplica para vehículos. Es por esto que se diseñaron dos Detalles Catálogo con la información necesaria para poder realizar esta compensación de exposiciones.
El “Detalle 1” contiene las acciones y mercancías sobre las cuales el mandato tiene exposición ya sea a través de posiciones en directo o derivados, e independientemente de si la exposición se toma de manera directa a través de inversiones sobre estos elementos, o de manera indirecta a través de inversiones en índices que los contengan. Contiene también a todos los índices sobre los cuáles el mandato tiene exposición a través de posiciones en directo sobre vehículos que los replican o a través de derivados sobre los índices o sobre los vehículos que los replican.
Al interior de este detalle catálogo cada uno de estos elementos deberá ser definido de manera única a través de la asignación de un identificador único “ID elemento de exposición a Renta Variable o Mercancías”, de tal manera que no será necesario integrar más que una sola vez a una determinada acción independientemente de si la exposición a la misma se toma, de manera simultánea, a través de posiciones en directo en la acción y a través de uno o varios índices y/o vehículos que replican índices que la contengan dentro de su composición.
En segundo lugar, se encuentra el “Detalle 2” en donde se tendrán que dar las reglas de asociación entre todos los índices sobre los cuales el mandato tiene exposición y las acciones o mercancías que los componen así como los pesos o ponderaciones de cada uno de estos elementos en la composición de cada Índice.
Finalmente el “ID elemento de exposición a Renta Variable o Mercancías” deberá ser usado en el formato de transmisión 0330 a lo largo de los Detalles 1 a 5 en caso de que las posiciones del mandato ahí reportadas abran exposición a Renta Variable o Mercancías como sigue:
· Para posiciones en directo sobre acciones o instrumentos derivados cuyo subyacente sea la acción, se deberá reportar el “ID elemento de exposición a Renta Variable o Mercancías” de la acción contenido en el catálogo del “Detalle 1” del presente formato.
· Para posiciones en directo sobre vehículos que replican índices, en derivados cuyos subyacentes sean índices, o en derivados cuyos subyacentes son vehículos que replican índices, se deberá reportar el “ID elemento de exposición a Renta Variable o Mercancías” del índice contenido en el catálogo del “Detalle 1” del presente formato.
DETALLE 1: CONTIENE LA INFORMACIÓN DEL CATÁLOGO CORRESPONDIENTE A TODOS LOS ELEMENTOS DE RENTA VARIABLE O MERCANCÍAS (ACCIONES, MERCANCIAS E ÍNDICES) QUE SERÁN REQUERIDOS EN LOS DETALLES 1 A 5 DEL FORMATO DE TRANSMISIÓN 0330 ASÍ COMO EN EL DETALLE 2 DEL PRESENTE FORMATO. |
||||||||
Id |
Concepto |
Dato |
Tipo |
Longitud |
Posición |
Observaciones |
||
Ent. |
Dec. |
De: |
A: |
|||||
1 |
Tipo de Registro |
|
N |
3 |
0 |
1 |
3 |
Identificador de registro (para control del sistema) = Constante “301”1. |
2 |
ID elemento de exposición a Renta Variable o Mercancías |
|
AN |
10 |
0 |
4 |
13 |
Se deberá reportar un identificador único para cada nuevo elemento de Renta Variable o Mercancías, este identificador deberá ser generado para cada nuevo elemento que se integre a este catálogo debido a: -Que alguna posición del mandato esté tomando exposición al elemento y se requiera del identificador para incluirse en los Detalles 1 a 5 del formato de información 0330 en el campo “ID toma de exposición a Renta Variable o Mercancías”. -Que alguna posición del mandato esté tomando exposición a algún índice que contenga a este elemento y se requiera el identificador para el “Detalle 2” del presente formato de transmisión en el campo “ID acciones o mercancías” para descomponer a dicho índice. -Que exista alguna recomposición en cualquiera de los índices a los que se tenga exposición y se incorporen acciones que no existan en el catálogo. Este identificador no podrá ser reutilizado y una vez que se envíe algún elemento por primera vez tendrá que reportarse permanentemente4. |
3 |
Nombre Descriptivo |
|
AN |
50 |
|
14 |
63 |
Indicar el nombre descriptivo del elemento de Renta Variable o Mercancía que se esté reportando dentro del catálogo4. |
4 |
Ticker de Bloomberg del Componente de Renta Variable o Mercancía. |
|
AN |
20 |
0 |
64 |
83 |
Se deberá reportar el ticker que Bloomberg asigna al elemento de Renta Variable o Mercancía de que se trate6. |
5 |
Ticker de Reuters del Componente de Renta Variable o Mercancía. |
|
AN |
20 |
0 |
84 |
103 |
Se deberá reportar el ticker que Reuters asigna al elemento de Renta Variable o Mercancía de que se trate7. |
DETALLE 2: CONTIENE LA INFORMACIÓN DE LA DESCOMPOSICION DE INDICES. Todos los índices reportados en el “Detalle 1” deben contar con una descomposición en todas las acciones que lo componen. (Este catálogo tiene dependencia con el Detalle 1) |
||||||||
Id |
Concepto |
Dato |
Tipo |
Longitud |
Posición |
Observaciones |
||
Ent. |
Dec. |
De: |
A: |
|||||
1 |
Tipo de Registro |
|
N |
3 |
0 |
1 |
3 |
Identificador de registro (para control del sistema) = Constante “302” 1. |
2 |
ID índice |
|
AN |
10 |
0 |
4 |
13 |
Se deberá anotar el identificador “ID elemento de exposición a Renta Variable o Mercancías” para cada índice contenido en el “Detalle 1” del presente formato de transmisión4. |
3 |
ID acciones o mercancías. |
|
AN |
10 |
0 |
14 |
23 |
Se deberá anotar el identificador “ID elemento de exposición a Renta Variable o Mercancías” reportado en el “Detalle 1” del presente formato, correspondiente a cada una de las acciones que componen al índice reportado en el campo anterior4. |
4 |
Peso del componente en el Índice. |
|
N |
3 |
6 |
24 |
32 |
En este campo se deberá anotar el ponderador en puntos porcentuales que el componente reportado en el campo 3 “ID acciones” del presente Detalle, tiene dentro de la composición del Índice reportado en el campo 2 “ID índice” al cierre de la fecha de envío de información2. |
5 |
Espacios vacíos |
|
AN |
71 |
0 |
33 |
103 |
Vacíos5. |
Otro par de medidas relevantes, además de la exposición a Renta Variable o a Mercancías que exige la agregación de posiciones y que están contenidas en las Disposiciones de carácter general que establecen el régimen de inversión de las Siefores son la concentración de inversiones por Emisor/Contraparte y la concentración de inversiones correspondientes a Entidades Relacionadas entre Sí.
Para el cómputo de la primera medida se deben considerar los instrumentos de deuda, así como las operaciones de reporto, préstamo de valores y las operaciones con derivados en donde una misma entidad funja como emisor en el caso de los instrumentos de deuda o contraparte para el resto de las operaciones. Derivado del tipo de agregación necesario para este límite, se diseñó el “Detalle 4”, en donde se deberá reportar información de cada una de las entidades que funjan como emisor y/o contraparte para cada una de los instrumentos y operaciones antes mencionados y que formen parte del portafolio de inversión de cada mandato, además de las entidades que desempeñen el papel de compañía emisora de acciones, patrocinadoras de vehículos y bolsas de derivados. Al interior de este Detalle Catálogo se definirá cada una de las entidades que funjan como emisores, contrapartes, patrocinadores de vehículos y bolsas de derivados de manera única a través de la asignación de un identificador único en el campo “ID Emisor/Contraparte”, de tal manera que no será necesario integrar más que una sola vez cada una de las entidades independientemente de la cantidad de posiciones asociadas a ella reportadas en los Detalles 1 a 5 en el formato 0330. Se deberá reportar este identificador único en los campos denominados “ID Emisor/Contraparte” en cada uno de los Detalles 1 a 5 del formato 0330 con la finalidad de asociar a cada posición la entidad definida en el “Detalle 4” del presente formato y que funja como emisor, contraparte, bolsa de derivados o patrocinador del vehículo.
Para el cómputo de la segunda medida, y ya habiendo asociado las posiciones a sus respectivas entidades legales, es necesario asociar las distintas entidades definidas en el “Detalle 4” del presente formato con aquellas con las que tienen algún tipo de relación por sus nexos patrimoniales o de responsabilidad, o porque la situación financiera de una o varias de ellas pueda influir en forma decisiva en la de las demás, o porque la administración de dichas entidades dependa directa o indirectamente de una persona. Para este fin se diseñó el “Detalle 3” a través del cual se hace una asociación de las entidades reportadas en el “Detalle 4”, para formar conjuntos de entidades que guarden algún tipo de relación como las mencionadas previamente a manera de grupos. Cabe resaltar que no será necesario generar un registro en el “Detalle 3” para aquellas entidades del “Detalle 4” que no tengan ningún tipo de relación con otras entidades.
Estas entidades agrupadoras deberán ser definidas de manera única a través de la asignación de un identificador único llamado “ID Relación de Entidades”. Será por medio de este identificador y el campo homónimo previsto en el “Detalle 4”, de nombre “ID Relación de Entidades”, que se establecerán las reglas de asociación entre las entidades emisoras, contrapartes, patrocinadoras de vehículos y bolsas de derivados con las entidades agrupadoras contenidas en el “Detalle 3”.
DETALLE 3: CONTIENE LA INFORMACIÓN DEL CATÁLOGO DE RELACIÓN DE ENTIDADES. Al interior de este detalle se deberá reportar la identificación de las compañías matriz, holding, o grupos empresariales necesarios para agrupar a los emisores o contrapartes reportados en el “Detalle 4” del presente formato, y que se encuentren relacionadas por sus nexos patrimoniales o de responsabilidad, porque la situación financiera de una o varias de ellas pueda influir en forma decisiva en la de las demás, o porque la administración de dichas personas morales dependa directa o indirectamente de una persona. |
||||||||
Id |
Concepto |
Dato |
Tipo |
Longitud |
Posición |
Observaciones |
||
Ent. |
Dec. |
De: |
A: |
|||||
1 |
Tipo de Registro |
|
N |
3 |
0 |
1 |
3 |
Identificador de registro (para control del sistema) = Constante “303” 1. |
2 |
ID Relación de Entidades |
|
AN |
10 |
0 |
4 |
13 |
Se deberá reportar un identificador único para cada Entidad agrupadora reportada en el presente detalle y que no podrá ser reutilizado4. |
3 |
Nombre |
|
AN |
50 |
0 |
14 |
63 |
Indicar el nombre descriptivo de la entidad grupo que relacionará a los emisores de instrumentos en posición de los mandatarios, contrapartes con los que los mandatarios tengan concertadas operaciones de reporto, de valores en préstamo y derivados, patrocinadores de vehículos y bolsas de derivados previstas en el Detalle 4 del presente formato4. |
4 |
Espacios vacíos |
|
AN |
40 |
0 |
64 |
103 |
Vacíos5. |
DETALLE 4: CONTIENE LA INFORMACIÓN DEL CATÁLOGO DE EMISORES, CONTRAPARTES, PATROCINADORES DE VEHÍCULOS Y BOLSAS DE DERIVADOS. |
||||||||
Id |
Concepto |
Dato |
Tipo |
Longitud |
Posición |
Observaciones |
||
Ent. |
Dec. |
De: |
A: |
|||||
1 |
Tipo de Registro |
|
N |
3 |
0 |
1 |
3 |
Identificador de registro (para control del sistema) = Constante “304” 1. |
2 |
ID Emisor/Contraparte |
|
AN |
10 |
0 |
4 |
13 |
Se deberá reportar un identificador único para cada emisor, bolsa de derivados o contraparte, de los valores y operaciones reportados en el formato de transmisión 0330 y que no podrá ser reutilizado4. |
3 |
Nombre |
|
AN |
20 |
0 |
14 |
33 |
Indicar el nombre descriptivo del emisor, bolsa de derivados o contraparte reportado4. |
4 |
ID Relación de Entidades |
|
AN |
10 |
0 |
34 |
43 |
Se deberá reportar el identificador de relación de entidades reportado en el “Detalle 3” en caso de que aplique, con el cual se relaciona a la entidad reportada en el Id 2 del presente detalle con los demás emisores y contrapartes pertenecientes al mismo grupo o compañía matriz. En otro caso llenar con espacios en blanco4. |
5 |
Primera Calificación CP |
|
N |
4 |
0 |
44 |
47 |
Se deberá reportar el identificador del “Catálogo de Calificaciones Homologadas” correspondiente a la calificación crediticia de corto plazo más baja emitida por alguna agencia calificadora listada en el catálogo de “Agencias Calificadoras”. Esta deberá estar de acuerdo a las disposiciones de carácter general que establecen el régimen de inversión1. |
6 |
Segunda Calificación CP |
|
N |
4 |
0 |
48 |
51 |
Se deberá reportar el identificador del “Catálogo de Calificaciones Homologadas” correspondiente a la segunda calificación crediticia de corto plazo más baja emitida por alguna agencia calificadora listada en el catálogo de “Agencias Calificadoras”. Esta deberá estar de acuerdo a las disposiciones de carácter general que establecen el régimen de inversión1. |
7 |
Primera Calificadora CP |
|
N |
2 |
0 |
52 |
53 |
Se deberá anotar el identificador de la Calificadora que emitió la calificación reportada en el campo “Primera Calificación CP”, de acuerdo al catálogo “Agencias Calificadoras”1. |
8 |
Segunda calificadora CP |
|
N |
2 |
0 |
54 |
55 |
Se deberá anotar el identificador de la Calificadora que emitió la calificación reportada en el campo “Segunda Calificación CP”, de acuerdo al catálogo “Agencias Calificadoras”1. |
9 |
Primera Calificación LP |
|
N |
4 |
0 |
56 |
59 |
Se deberá reportar el identificador del “Catálogo de Calificaciones Homologadas” correspondiente a la calificación crediticia de largo plazo más baja emitida por alguna agencia calificadora listada en el catálogo de “Agencias Calificadoras”. Esta deberá estar de acuerdo a las disposiciones de carácter general que establecen el régimen de inversión1. |
10 |
Segunda Calificación LP |
|
N |
4 |
0 |
60 |
63 |
Se deberá reportar el identificador del “Catálogo de Calificaciones Homologadas” correspondiente a la segunda calificación crediticia de largo plazo más baja emitida por alguna agencia calificadora listada en el catálogo de “Agencias Calificadoras”. Esta deberá estar de acuerdo a las disposiciones de carácter general que establecen el régimen de inversión1. |
11 |
Primera Calificadora LP |
|
N |
2 |
0 |
64 |
65 |
Se deberá anotar el identificador de la Calificadora que emitió la calificación reportada en el campo “Primera Calificación LP”, de acuerdo al catálogo “Agencias Calificadoras” 1. |
12 |
Segunda calificadora LP |
|
N |
2 |
0 |
66 |
67 |
Se deberá anotar el identificador de la Calificadora que emitió la calificación reportada en el campo “Segunda Calificación LP”, de acuerdo al catálogo “Agencias Calificadoras” 1. |
13 |
Espacios vacíos |
|
AN |
36 |
0 |
68 |
103 |
Vacíos5. |
CATÁLOGO(S) |
Catálogo de Tipos de Entidades |
|
||||||
Clave Tipo de Entidad |
Descripción |
Abreviación |
|
||||
002 |
SIEFORES BÁSICA |
SB |
|
||||
003 |
SIEFORES APORTACIONES COMPLEMENTARIAS |
AC |
|
||||
004 |
SIEFORES PREVISIÓN SOCIAL |
PS |
|
||||
017 |
SIEFORES DE APORTACIONES VOLUNTARIAS |
AV |
|
||||
|
|
|
|
||||
Catálogo de Entidades (SIEFORES Básicas) |
|
Catálogo de Entidades (SIEFORES Aportaciones Voluntarias) |
|||||
Clave de Entidad |
Descripción |
|
Clave de Entidad |
Descripción |
|||
530 |
XXI BANORTE |
|
634 |
PROFUTURO |
|||
534 |
PROFUTURO |
|
644 |
SURA |
|||
538 |
PRINCIPAL |
|
652 |
BANAMEX |
|||
544 |
SURA |
|
630 |
XXI BANORTE |
|||
550 |
INBURSA |
|
|
|
|||
552 |
BANAMEX |
|
|
|
|||
556 |
AZTECA |
|
|
|
|||
562 |
INVERCAP |
|
|
|
|||
564 |
METLIFE |
|
|
|
|||
568 |
COPPEL |
|
|
|
|||
578 |
PENSIONISSSTE |
|
|
|
|||
Catálogo de Entidades (SIEFORES Aportaciones Complementarias) |
|
Catálogo de Entidades (SIEFORES Previsión Social) |
||
Clave de Entidad |
Descripción |
|
Clave de Entidad |
Descripción |
334 |
PROFUTURO |
|
430 |
XXI BANORTE |
364 |
METLIFE |
|
|
|
Catálogo de Clase de Inversión Tercerizada |
|
Identificador |
Descripción |
0 |
No aplica. |
1 |
Mercancías. |
2 |
Renta Variable. |
3 |
Deuda Extranjera |
4 |
Tipos de Cambio. |
9 |
Mixto. |
Catálogo de Subtipo de Entidades |
||||
Clave de Tipo de Entidad |
Clave de Entidad |
Clave Subtipo de Entidad |
Descripción |
Razón Social |
002 |
530 |
090 |
Siefore Básica de Pensiones |
Siefore XXI Banorte Básica de Pensiones, S.A. de C.V. |
002 |
534 |
090 |
Siefore Básica de Pensiones |
Fondo Profuturo Básico de Pensiones, S.A. de C.V. |
002 |
538 |
090 |
Siefore Básica de Pensiones |
Principal Siefore Básica de Pensiones, S.A. de C.V. |
002 |
544 |
090 |
Siefore Básica de Pensiones |
Siefore Sura Básica de Pensiones, S.A. de C.V. |
002 |
550 |
090 |
Siefore Básica de Pensiones |
Inbursa Siefore Básica de Pensiones, S.A. de C.V. |
002 |
552 |
090 |
Siefore Básica de Pensiones |
Siefore Banamex Básica Pensiones, S.A. de C.V. |
002 |
556 |
090 |
Siefore Básica de Pensiones |
Siefore Azteca Básica de Pensiones, S.A. de C.V. |
002 |
562 |
090 |
Siefore Básica de Pensiones |
Siefore Invercap Básica de Pensiones, S.A. de C.V. |
002 |
564 |
090 |
Siefore Básica de Pensiones |
Met 0 Siefore, S.A. de C.V. |
002 |
568 |
090 |
Siefore Básica de Pensiones |
Siefore Coppel Básica 0, S.A. de C.V. |
002 |
578 |
090 |
Siefore Básica de Pensiones |
Más Pensión Siefore Básica de Pensiones, S.A. de C.V. |
002 |
530 |
001 |
Siefore Básica Uno |
Siefore XXI Banorte Protege, S.A. de C.V. |
002 |
534 |
001 |
Siefore Básica Uno |
Fondo Profuturo SB1, S.A. de C.V., SIEFORE |
002 |
538 |
001 |
Siefore Básica Uno |
Principal Siefore 1, S.A. de C.V. |
002 |
544 |
001 |
Siefore Básica Uno |
Siefore SURA Básica 1, S.A. de C.V. |
002 |
550 |
001 |
Siefore Básica Uno |
Inbursa Siefore Básica, S.A. de C.V. |
002 |
552 |
001 |
Siefore Básica Uno |
Siefore Banamex Básica 1, S.A. de C.V. |
002 |
556 |
001 |
Siefore Básica Uno |
Siefore Azteca Básica 1, S. A. de C. V. |
002 |
562 |
001 |
Siefore Básica Uno |
Siefore Invercap, S. A. de C. V. |
002 |
564 |
001 |
Siefore Básica Uno |
Met1 Siefore, S. A. de C. V. |
002 |
568 |
001 |
Siefore Básica Uno |
Siefore Coppel Básica 1, S.A. de C.V. |
002 |
578 |
001 |
Siefore Básica Uno |
Más Pensión Siefore Básica 1, S.A. de C.V. |
002 |
530 |
002 |
Siefore Básica Dos |
Siefore XXI Banorte Consolida, S.A. de C.V. |
002 |
534 |
002 |
Siefore Básica Dos |
Fondo Profuturo SB2, S.A. de C.V., Siefore |
002 |
538 |
002 |
Siefore Básica Dos |
Principal Siefore 2, S.A. de C.V. |
002 |
544 |
002 |
Siefore Básica Dos |
Siefore SURA Básica 2, S.A. de C.V. |
002 |
550 |
002 |
Siefore Básica Dos |
Inbursa Siefore, S.A. de C.V. |
002 |
552 |
002 |
Siefore Básica Dos |
Siefore Banamex Básica 2, S.A. de C.V. |
002 |
556 |
002 |
Siefore Básica Dos |
Siefore Azteca, S.A. de C.V. |
002 |
562 |
002 |
Siefore Básica Dos |
Siefore Invercap II, S. A. de C. V. |
002 |
564 |
002 |
Siefore Básica Dos |
Met2 Siefore, S. A. de C. V. |
002 |
568 |
002 |
Siefore Básica Dos |
Siefore Coppel Básica 2, S.A. de C.V. |
002 |
578 |
002 |
Siefore Básica Dos |
Más Pensión Siefore Básica 2, S.A. de C.V. |
002 |
530 |
003 |
Siefore Básica Tres |
Siefore XXI Banorte Desarrolla, S.A. de C.V. |
002 |
534 |
003 |
Siefore Básica Tres |
Fondo Profuturo SB3, S.A. de C.V., Siefore |
002 |
538 |
003 |
Siefore Básica Tres |
Principal Siefore 3, S.A. de C.V. |
002 |
544 |
003 |
Siefore Básica Tres |
Siefore SURA Básica 3, S.A. de C.V. |
002 |
550 |
003 |
Siefore Básica Tres |
Inbursa Siefore Básica 3, S.A. de C.V. |
002 |
552 |
003 |
Siefore Básica Tres |
Siefore Banamex Básica 3, S.A. de C.V. |
002 |
556 |
003 |
Siefore Básica Tres |
Siefore Azteca Básica 3, S.A. de C.V. |
002 |
562 |
003 |
Siefore Básica Tres |
Siefore Invercap III, S. A. de C. V. |
002 |
564 |
003 |
Siefore Básica Tres |
Met3 Siefore Básica, S. A. de C. V. |
002 |
568 |
003 |
Siefore Básica Tres |
Siefore Coppel Básica 3, S.A. de C.V. |
002 |
578 |
003 |
Siefore Básica Tres |
Más Pensión Siefore Básica 3, S.A. de C.V. |
002 |
530 |
004 |
Siefore Básica Cuatro |
Siefore XXI Banorte Crece, S.A. de C.V. |
002 |
534 |
004 |
Siefore Básica Cuatro |
Fondo Profuturo SB4, S.A. de C.V., Siefore |
002 |
538 |
004 |
Siefore Básica Cuatro |
Principal Siefore 4, S.A. de C.V. |
002 |
544 |
004 |
Siefore Básica Cuatro |
Siefore SURA Básica 4, S.A. de C.V. |
002 |
550 |
004 |
Siefore Básica Cuatro |
Inbursa Siefore Básica 4, S.A. de C.V. |
002 |
552 |
004 |
Siefore Básica Cuatro |
Siefore Banamex Básica 4, S.A. de C.V. |
002 |
556 |
004 |
Siefore Básica Cuatro |
Siefore Azteca Básica 4, S.A. de C.V. |
002 |
562 |
004 |
Siefore Básica Cuatro |
Siefore Invercap IV, S. A. de C. V. |
002 |
564 |
004 |
Siefore Básica Cuatro |
Met4 Siefore, S. A. de C. V. |
002 |
568 |
004 |
Siefore Básica Cuatro |
Siefore Coppel Básica 4, S.A. de C.V. |
002 |
578 |
004 |
Siefore Básica Cuatro |
Más Pensión Siefore Básica 4, S.A. de C.V. |
003 |
334 |
001 |
Siefore Aportaciones Complementarias Uno |
Fondo Profuturo LP, S.A de C.V, Siefore |
003 |
364 |
001 |
Siefore Aportaciones Complementarias Uno |
MetA Siefore Adicional, S.A. de C.V. |
004 |
430 |
001 |
Siefore Previsión Social Uno |
Multifondo de Previsión 1 XXI Banorte Siefore, S.A. de C.V. |
004 |
430 |
002 |
Siefore Previsión Social Dos |
Multifondo de Previsión 2 XXI Banorte Siefore, S.A. de C.V. |
004 |
430 |
003 |
Siefore Previsión Social Tres |
Multifondo de Previsión 3 XXI Banorte Siefore, S.A. de C.V. |
004 |
430 |
004 |
Siefore Previsión Social Cuatro |
Multifondo de Previsión 4 XXI Banorte Siefore, S.A. de C.V. |
004 |
430 |
005 |
Siefore Previsión Social Cinco |
Multifondo de Previsión 5 XXI Banorte Siefore, S.A. de C.V. |
004 |
430 |
006 |
Siefore Previsión Social Seis |
Siefore ISSSTELEON, S.A. de C.V. |
004 |
430 |
007 |
Siefore Previsión Social Siete |
XXI Banorte Previsión Social Corto Plazo Siefore, S.A. de C.V. |
004 |
430 |
008 |
Siefore Previsión Social Ocho |
Siefore ISSEMYM, S.A. de C.V. |
004 |
430 |
009 |
Siefore Previsión Social Nueve |
Siefore PMX-SAR S.A. de C.V. |
004 |
430 |
010 |
Siefore Previsión Social Diez |
XXI Banorte Previsional Siefore, S.A. de C.V. |
017 |
634 |
001 |
Siefore Aportaciones Voluntarias Uno |
Fondo Profuturo CP, S.A de C.V, Siefore |
017 |
644 |
001 |
Siefore Aportaciones Voluntarias Uno |
Siefore SURA AV 3, S.A. de C.V. |
017 |
644 |
001 |
Siefore Aportaciones Voluntarias Dos |
Siefore SURA AV 2, S.A. de C.V. |
017 |
644 |
001 |
Siefore Aportaciones Voluntarias Tres |
Siefore SURA AV 1, S.A. de C.V. |
017 |
652 |
001 |
Siefore Aportaciones Voluntarias Uno |
Siefore Banamex de Aportaciones Voluntarias, S.A. de C.V. |
017 |
652 |
002 |
Siefore Aportaciones Voluntarias Dos |
Siefore Banamex de Aportaciones Voluntarias Plus, S.A. de C.V. |
017 |
630 |
001 |
Siefore Aportaciones Voluntarias Uno |
Ahorro Individual XXI Banorte Siefore, S.A. de C.V. |
Catálogo de Agencias Calificadoras. |
|
Identificador |
Descripción |
1 |
Standard & Poor’s. |
4 |
Fitch Ratings. |
5 |
Moody’s. |
6 |
HR Ratings. |
7 |
Verum. |
Catálogo de Países |
||||
Identificador |
Descripción |
|
Identificador |
Descripción |
1 |
Alemania |
|
24 |
Eslovaquia |
2 |
Australia |
|
25 |
Eslovenia |
3 |
Austria |
|
26 |
Estonia |
4 |
Bélgica |
|
27 |
Hungría |
5 |
Canadá |
|
28 |
Letonia |
6 |
Dinamarca |
|
29 |
Lituania |
7 |
España |
|
30 |
Malta |
8 |
Estados Unidos de Norteamérica |
|
31 |
República Checa |
9 |
Finlandia |
|
32 |
Suecia |
10 |
Francia |
|
33 |
Brasil |
11 |
Grecia |
|
34 |
China |
12 |
Países Bajos (Holanda) |
|
35 |
India |
13 |
Hong Kong |
|
36 |
Otro |
14 |
Irlanda |
|
37 |
Rumanía |
15 |
Italia |
|
38 |
Noruega |
16 |
Japón |
|
39 |
Chile |
17 |
Luxemburgo |
|
40 |
Israel |
18 |
México |
|
41 |
Bulgaria |
19 |
Polonia |
|
42 |
Colombia |
20 |
Portugal |
|
43 |
Corea del Sur |
21 |
Reino Unido de la Gran Bretaña |
|
44 |
Islandia |
22 |
Suiza |
|
45 |
Perú |
23 |
Chipre |
|
46 |
Singapur |
Catálogo de Calificaciones Homologadas |
||||
Fitch |
Moody's |
Standard & Poor's |
HR Ratings |
Identificador |
Calificaciones Mediano y Largo Plazo en Escala Global |
||||
AAA |
Aaa |
AAA |
HR AAA (G) |
1028 |
AA+ |
Aa1 |
AA+ |
HR AA+ (G) |
1029 |
AA |
Aa2 |
AA |
HR AA (G) |
1030 |
AA- |
Aa3 |
AA- |
HR AA- (G) |
1031 |
A+ |
A1 |
A+ |
HR A+ (G) |
1032 |
A |
A2 |
A |
HR A (G) |
1033 |
A- |
A3 |
A- |
HR A- (G) |
1034 |
BBB+ |
Baa1 |
BBB+ |
HR BBB+ (G) |
1035 |
BBB |
Baa2 |
BBB |
HR BBB (G) |
1036 |
BBB- |
Baa3 |
BBB- |
HR BBB- (G) |
1037 |
BB+ |
Ba1 |
BB+ |
HR BB+ (G) |
1038 |
BB |
Ba2 |
BB |
HR BB (G) |
1039 |
BB- |
Ba3 |
BB- |
HR BB- (G) |
1040 |
B+ |
B1 |
B+ |
HR B+ (G) |
1041 |
B |
B2 |
B |
HR B (G) |
1042 |
B- |
B3 |
B- |
HR B- (G) |
1043 |
CCC+ |
Caa1 |
CCC+ |
HR C+ (G) |
1044 |
CCC |
Caa2 |
CCC |
|
1045 |
CCC- |
Caa3 |
CCC- |
|
1046 |
CC |
Ca |
CC |
HR C (G) |
1047 |
C |
C |
C |
HR C- (G) |
1048 |
D |
- |
D |
HR D (G) |
1049 |
Calificaciones Corto Plazo en Escala Global |
||||
F1+ |
P-1 |
A-1+ |
HR+1 (G) |
1050 |
F1 |
|
A-1 |
HR1 (G) |
1051 |
F2 |
P-2 |
A-2 |
HR2 (G) |
1052 |
F3 |
P-3 |
A-3 |
HR3 (G) |
1053 |
B |
|
|
HR4 (G) |
1054 |
C |
|
|
HR5 (G) |
1055 |
VALIDACIONES GENERALES DEL PROCESO |
Validaciones para formato de los datos
Notas generales para la validación del formato de datos en los archivos.
1 Dato numérico entero (cantidades o claves numéricas). Debe estar justificado a la derecha. Si la longitud del dato real es menor a la especificada, se llenarán los espacios vacíos con ceros.
2 Dato numérico con decimal. Debe estar justificado a la derecha. Si la longitud del dato real es menor a la especificada, se llenarán los espacios vacíos con ceros. Se omiten signo de pesos, comas y puntos decimales. Los dos, tres o seis decimales disponibles siempre ocuparán los dos, tres o seis caracteres más a la derecha, si la cantidad no tiene decimales, se deberán reportar estos dos, tres o seis caracteres serán CEROS.
3 Fechas. El formato para fecha deberá ser de 8 caracteres numéricos = “AAAAMMDD” donde:
DD = día
MM = mes
AAAA = año
4 Dato alfanumérico. Debe estar justificado a la izquierda, con mayúsculas sin acentos; si la longitud del dato real es menor a la especificada, se llenarán los espacios vacíos con blancos o espacios; en el caso de existir una ñ debe ser el código ASCII “ALT+0209” de Windows. Todos los caracteres deberán estar en mayúsculas.
5 Espacios en Blanco (Vacíos). Sirve para rellenar el espacio sobrante del registro con respecto a la longitud máxima, esto con el fin de que no contenga información fuera de la especificada.
6 El ticker Bloomberg es el identificador asignado por la plataforma Bloomberg. Deberá estar justificado a la izquierda.
7 El ticker Reuters es el identificador asignado por la plataforma Reuters. Deberá estar justificado a la izquierda.
POLÍTICAS ESPECÍFICAS DEL PROCESO |
Políticas a seguir en la transmisión de la información
La información que será transmitida a la Comisión en base a este formato, se sujetará a las siguientes políticas:
I. La transmisión del envió de los formatos de transmisión de información por proceso será a través del portal:
https://www.consar.gob.mx/gobmx/aplicativo/custodios/upload/
II. Las entidades correspondientes comprometidas a transmitir el formato de transmisión de información por proceso serán los Custodios en nombre de las Siefores.
III. El nombre que deberá presentar el archivo al ser transmitido a la Comisión, es el siguiente;
No. |
TIPO DE DATO |
DESCRIPCIÓN |
1 |
8 Dígitos Numéricos |
En donde la entidad deberá incluir la Fecha de Envío en que está transmitiendo el archivo en formato “AAAAMMDD”. |
2 |
2 Dígitos Alfanuméricos |
Estos representarán la abreviación del Tipo de Entidad a nombre de quien se transmite, Conforme al Catálogo de Tipos de Entidad anexo al documento. |
3 |
3 Dígitos Numéricos |
Los cuales serán conforme a la Clave de Entidad Siefores Básicas, Siefores de Aportaciones Voluntarias, Siefores de Aportaciones Complementarias y Siefores de Previsión Social a nombre de quien se reporta conforme al catálogo de entidades anexo al documento |
4 |
3 Dígitos Numéricos |
Estos establecen la Clave de Subtipo de Entidad a nombre de quien se reporta (*Solo aplicará para familia de SIEFORES). |
5 |
4 Dígitos Numéricos |
Para definir el tipo de archivo que se está transmitiendo, en donde cada formato ya tiene estipulado un número, para este caso será Constante = “0331”. |
NOTA: La separación entre el paso 1, 2, 3 y 4 serán con un guion bajo, después del paso 4 será mediante un punto decimal.
Para ejemplificarlo a continuación se presenta el caso en que la Entidad Siefore XXI BANORTE estuviera enviando un archivo de Siefore básica dos, el nombre del archivo tiene que ser de la siguiente manera:
Con este nombre es con el que deberá de transmitirse a CONSAR el archivo. Para la recuperación de los acuses, las entidades participantes deberán tomar su “Acuse” con el mismo nombre con el que lo renombraron antes de encriptarlo, solo tendrán que agregar el carácter “A” antes de la fecha, ejemplo:
A20110307_SB_530_002.0331
IV. Las rutas de envío y recuperación de acuses a CONSAR para producción serán por medio del portal:
https://www.consar.gob.mx/gobmx/aplicativo/custodios/upload/
Anexo 120
DESCRIPCIÓN DEL FORMATO |
|||
Este archivo contiene información de la composición de género en números absolutos del total de personas integrantes en el Consejo de Administración, del Director(a) General, de los funcionarios de los dos niveles inmediatos siguientes y de sus comisarios, de la integración de los Comités de Inversión y de Riesgos, así como del Contralor Normativo. |
|||
PERIODICIDAD DE ENVÍO |
PERÍODO DE RECEPCIÓN |
LONGITUD DEL REGISTRO |
HORARIO DE TRANSMISIÓN |
Semestral |
2do día hábil posterior al semestre que reporta |
255 |
07:00 a 19:00 Hrs. |
ENCABEZADO |
|
|
|
|
Id |
Concepto |
Dato |
Tipo |
Longitud |
Posición |
Observaciones |
||
Ent. |
Dec. |
De: |
A: |
|||||
1 |
Tipo de Registro |
|
N |
3 |
0 |
1 |
3 |
Identificador de registro = Constante “000”.1 |
2 |
Tipo de Archivo |
|
N |
4 |
0 |
4 |
7 |
Identificador de archivo = Constante “0405”.1 |
3 |
Tipo de Entidad |
|
N |
3 |
0 |
8 |
10 |
Clave de Tipo de Entidad que reporta la Información, de acuerdo con el Catálogo de Tipos de Entidades del Catálogo General Apartado Circular 19, Constante = “001”.1 |
4 |
Entidad |
|
N |
3 |
0 |
11 |
13 |
Clave de Entidad que reporta la Información, de acuerdo con el Catálogo de Entidades (AFORES) anexo.1 |
5 |
Fecha de Información |
|
F |
8 |
0 |
14 |
21 |
Fecha de la información que se reporta.3 |
6 |
Tamaño del Registro |
|
N |
3 |
0 |
22 |
24 |
Número de caracteres por registro = Constante “255”.1 |
7 |
Número de Registros |
|
N |
5 |
0 |
25 |
29 |
Número de Registros que contiene el archivo incluyendo el encabezado.1 |
8 |
Espacios en Blanco |
|
AN |
226 |
0 |
30 |
255 |
Vacíos.6 |
DETALLE(S) |
|
|
|
|
DETALLE 1: En este apartado, se deberá reportar la información relativa al género de los integrantes de su Consejo de Administración, del Director o Directora General, de los funcionarios y funcionarias de los dos niveles inmediatos siguientes y de sus comisarios, así como de las y los integrantes de los Comités de Inversión y de Riesgos y finalmente del Contralor o Contralora Normativo(a). |
||||||||
Id |
Concepto |
Dato |
Tipo |
Longitud |
Posición |
Observaciones |
||
Ent. |
Dec. |
De: |
A: |
|||||
1 |
Tipo de Registro |
|
N |
3 |
0 |
1 |
3 |
Identificador de archivo = Constante”301”.1 |
2 |
Área |
|
N |
2 |
0 |
4 |
5 |
Se deberá reportar la Clave de Área a la que pertenece el cargo, de acuerdo con el Catálogo de Áreas.1 |
3 |
Género |
|
N |
2 |
0 |
6 |
7 |
Se deberá reportar la clave que identifica el género de funcionarias o funcionarios de acuerdo al catálogo de género.1 |
4 |
Número de Funcionarios |
|
N |
8 |
0 |
8 |
15 |
Se deberá reportar el dato numérico, por separado, de las Funcionarias y de Funcionarios que se reportan.1 |
5 |
Espacios en Blanco |
|
AN |
240 |
0 |
16 |
255 |
Vacíos.6 |
DETALLE 2: Deberá indicar si la Administradora cuenta con alguna política o programa que impulse la inclusión laboral sin distinción de sexo en la composición de sus órganos de gobierno y entre sus empleados. |
||||||||
Id |
Concepto |
Dato |
Tipo |
Longitud |
Posición |
Observaciones |
||
Ent. |
Dec. |
De: |
A: |
|||||
|
Tipo de Registro |
|
N |
3 |
0 |
1 |
3 |
Identificador de archivo = Constante”302”.1 |
2 |
Cuenta con Política/Programa |
|
N |
1 |
0 |
4 |
4 |
La Administradora deberá de indicar si cuenta con alguna política o programa que impulse la inclusión laboral sin distinción de sexo en la composición de sus órganos de gobierno y entre sus empleados, deberá asignar 1 = Sí o 0 = No1 |
3 |
Descripción de Política/Programa |
|
AN |
251 |
0 |
5 |
255 |
Si reporto que cuenta con una política/programa describir brevemente esta.5 |
CATÁLOGO(S) |
Catálogo de Entidades (AFORES) |
|
Clave Tipo de Entidad |
Descripción |
530 |
XXI Banorte |
534 |
Profuturo |
538 |
Principal |
544 |
SURA |
550 |
Inbursa |
552 |
Banamex |
556 |
Azteca |
562 |
Invercap |
564 |
Metlife |
568 |
Coppel |
578 |
PensionISSSTE |
Catálogo de Áreas |
|
Identificador |
Descripción |
01 |
Consejo de Administración |
02 |
Consejeros Propietarios |
03 |
Consejeros Independientes |
04 |
Director General |
05 |
Funcionarios de los dos niveles inmediatos siguientes al Director General |
06 |
Comités de Inversión |
07 |
Comités de Riesgos |
08 |
Contralor Normativo |
Catálogo de Género |
|
Identificador |
Descripción |
01 |
Hombres |
02 |
Mujeres |
VALIDACIONES GENERALES DEL PROCESO |
Validaciones para formato de los datos
Notas generales para la validación del formato de datos en los archivos.
1 Dato numérico entero (cantidades o claves numéricas). Debe estar justificado a la derecha; si la longitud del dato real es menor a la especificada, se llenarán los espacios vacíos con ceros.
2 Dato numérico con decimal (cantidades monetarias). Debe estar justificado a la derecha; si la longitud del dato real es menor a la especificada, se llenarán los espacios vacíos con ceros. Se omiten signo de pesos, comas y puntos decimales. Si la cantidad es negativa el signo ocupará la 1ª posición de la izquierda.
3 Fechas. El formato para fecha deberá ser de 8 caracteres numéricos = “AAAAMMDD” donde:
DD = día
MM = mes
AAAA = año
4 Periodo. El formato para periodo (rango de fechas) deberá ser = “AAAAMMDDAAAAMMDD” donde:
DD = día
MM = mes
AAAA = año
El primer bloque de 8 caracteres numéricos representa la fecha inicial del periodo y el segundo la fecha final del periodo.
5 Dato alfabético. Debe estar justificado a la izquierda, con mayúsculas sin acentos; si la longitud del dato real es menor a la especificada, se llenarán los espacios vacíos con blancos o espacios; en el caso de existir una ñ debe ser el código ASCII “ALT+0209” de Windows. Todos los caracteres deberán estar en mayúsculas.
6 Espacios en Blanco (Vacíos). Sirve para rellenar el espacio sobrante del registro con respecto a la longitud máxima, esto con el fin de que no contenga información fuera de la especificada.
POLÍTICAS ESPECÍFICAS DEL PROCESO |
Políticas a seguir en la transmisión de la información
La información que será transmitida a la Comisión en base a este formato, se sujetará a las siguientes políticas:
I. Las entidades correspondientes comprometidas a transmitir el formato de transmisión de información por proceso serán los sujetos obligados (AFORES).
II. La comisión notificará, en su oportunidad, los cambios y adiciones correspondientes a los catálogos.
III. El nombre que deberá presentar el archivo al ser transmitido a la Comisión, es el siguiente;
No. |
TIPO DE DATO |
DESCRIPCION |
1 |
8 Dígitos Numéricos |
En donde la entidad deberá incluir la Fecha de Envío en que está transmitiendo el archivo en formato “AAAAMMDD”. |
2 |
2 Dígitos Alfanuméricos |
Estos representarán la abreviación del Tipo de Entidad que transmite, conforme al Catálogo de Tipos de Entidad del Catálogo General Apartado Circular 19 vigente. Constante = “AF”. |
3 |
3 Dígitos Numéricos |
Los cuáles serán conforme a la Clave de Entidad (AFORES) que se reporta conforme al catálogo de Entidades anexo al documento. |
4 |
3 Dígitos Numéricos |
Estos establecen la Clave de Subtipo de Entidad que se reporta (*Solo aplicará para familia de SIEFORES, para las demás entidades será la Constante = “000”) |
5 |
4 Dígitos Numéricos |
Para definir el tipo de archivo que se está transmitiendo, en donde cada formato ya tiene estipulado un número, para este caso será Constante = “0405”. |
NOTA: La separación entre el paso 1, 2 ,3 y 4 serán con un guion bajo, después del paso 4 será mediante un punto decimal.
Para ejemplificarlo a continuación se presenta el caso en que la Afore BANAMEX estuviera enviando su información, el nombre del archivo tiene que ser de la siguiente manera:
Cabe mencionar que una vez teniendo el archivo con este nombre, deberá de encriptarse con el programa GNUpg, el cual lo renombrará de la siguiente manera:
20180103_AF_552_000.0405.gpg
Con este nombre es con el que deberá de transmitirse a CONSAR el archivo. Para la recuperación de los acuses, las entidades participantes deberán tomar su “Acuse” con el mismo nombre con el que lo renombraron antes de encriptarlo, sólo tendrán que agregar el carácter “A” antes de la fecha, ejemplo:
A20180103_AF_552_000.0405
NOTA: No se tomará en cuenta la extensión .gpg, en la recuperación del acuse, como lo muestra el ejemplo, ni vendrá encriptado el acuse.
IV. Las rutas de envío a CONSAR para producción serán:
TIPO DE ACCION |
RUTA |
Envío Normal |
export/home/rec/SUCUR/RECEPCION |
Envío por Retransmisión |
export/home/rec/SUCUR/RETRANSMISION |
Recuperación de Acuse |
export/home/rec/SUCUR/TRANSMISION |
La ruta de envío a CONSAR para pruebas será:
TIPO DE ACCION |
RUTA |
Envío Pruebas |
export/home/rec/SUCUR/PRUEBAS/RECEPCION |
Recuperación de Acuse de pruebas |
export/home/rec/SUCUR/PRUEBAS/TRANSMISION |
Anexo 121
DESCRIPCIÓN DEL FORMATO |
|||
Este archivo contiene información de las certificaciones y especificaciones sobre los funcionarios que realizan actividades y labores en materia financiera dentro de las Sociedades de inversión. |
|||
PERIODICIDAD DE ENVÍO |
PERÍODO DE RECEPCIÓN |
LONGITUD DEL REGISTRO |
HORARIO DE TRANSMISIÓN |
TRIMESTRAL |
Último día hábil de los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre. |
522 |
07:00 a 20:00 Hrs. |
ENCABEZADO |
|
|
|
|
Id |
Concepto |
Dato |
Tipo |
Longitud |
Posición |
Observaciones |
||
Ent. |
Dec. |
De: |
A: |
|||||
1 |
|
3 |
0 |
1 |
3 |
Identificador de registro = Constante “000”.1 |
||
2 |
Tipo de Archivo |
|
N |
4 |
0 |
4 |
7 |
Identificador de archivo = Constante “0341”.1 |
3 |
Tipo de Entidad |
|
N |
3 |
0 |
8 |
10 |
Clave de Tipo de Entidad que reporta la Información, de acuerdo con el Catálogo de Tipos de Entidades del Catálogo General Apartado Circular 19, Constante = “001”.1 |
4 |
Entidad |
|
N |
3 |
0 |
11 |
13 |
Clave de Entidad que reporta la Información, de acuerdo con el Catálogo de Entidades (AFORES) anexo.1 |
5 |
Fecha de Información |
|
F |
8 |
0 |
14 |
21 |
Fecha de la información que se reporta.3 |
6 |
Tamaño del Registro |
|
N |
3 |
0 |
22 |
24 |
Número de caracteres por registro = Constante “522”.1 |
7 |
Número de Registros |
|
N |
5 |
0 |
25 |
29 |
Número de Registros que contiene el archivo incluyendo el encabezado.1 |
8 |
Espacios en blanco |
|
AN |
493 |
0 |
30 |
522 |
Vacíos.6 |
SUBENCABEZADO |
|
|
|
|
En este subencabezado, se deberá reportar la información relativa a cada cargo o puesto contemplado en los procesos de inversión en la estructura de la Administradora. |
||||||||
Id |
Concepto |
Dato |
Tipo |
Longitud |
Posición |
Observaciones |
||
Ent. |
Dec. |
De: |
A: |
|||||
1 |
Tipo de Registro |
|
N |
3 |
0 |
1 |
3 |
Identificador de archivo = Constante”101”.1 |
2 |
ID Cargo |
|
N |
10 |
0 |
4 |
13 |
Se deberá reportar un identificador numérico definido por la Administradora, que sea único para cada puesto, y que no presente cambios a lo largo del tiempo.1 |
3 |
Cargo |
|
AN |
80 |
0 |
14 |
93 |
Se deberá reportar el nombre del cargo o puesto.5 |
4 |
Descripción del Cargo |
|
AN |
255 |
0 |
94 |
348 |
Se deberá reportar una breve descripción de las responsabilidades asociadas al cargo o puesto.5 |
5 |
Área |
|
N |
2 |
0 |
349 |
350 |
Se deberá reportar la Clave de Área a la que pertenece el cargo, de acuerdo con el Catálogo de Áreas.1 |
6 |
Nombre Área |
|
AN |
80 |
0 |
351 |
430 |
En caso de que se reporte el identificador "99 - Otras áreas de la Administradora" en el campo "Área", se deberá reportar el nombre del Área a la que pertenece el cargo o puesto.5 |
7 |
Subárea |
|
N |
2 |
0 |
431 |
432 |
Se deberá reportar la Clave de la Subárea a la que pertenece el cargo, de acuerdo con el Catálogo de Subáreas.1 |
8 |
Nombre Subárea |
|
AN |
80 |
0 |
433 |
512 |
En caso de que se reporte el identificador "99 - Otras subáreas de la Administradora " en el campo "Subárea", se deberá reportar el nombre del subárea a la que pertenece el cargo o puesto.5 |
9 |
ID Cargo del cargo de quien depende |
|
AN |
10 |
0 |
513 |
522 |
Se deberá reportar el “ID Cargo” correspondiente al cargo al cual reporta, o del cual depende directamente en dirección vertical en la estructura de la Administradora. Únicamente para el caso de cargos o puestos que no dependan directamente de otro cargo dentro de la estructura de la Administradora , como el Director General o el Contralor Normativo, este campo se deberá reportar vacío de conformidad con las especificaciones del mismo.5 |
DETALLES |
|
|
|
|
DETALLE 1: En este detalle se deberá reportar la información del funcionario que ocupa el cargo o puesto reportado en el subencabezado del presente formato cuando el campo con Id 10 del SUBENCABEZADO se reporte en 1. |
||||||||
Id |
Concepto |
Dato |
Tipo |
Longitud |
Posición |
Observaciones |
||
Ent. |
Dec. |
De: |
A: |
|||||
1 |
Tipo de Registro |
|
N |
3 |
0 |
1 |
3 |
Identificador de archivo = Constante “301. 1 |
2 |
Nombre |
|
AN |
40 |
0 |
4 |
43 |
Se deberá anotar el nombre del funcionario.5 |
3 |
Apellido Paterno |
|
AN |
40 |
0 |
44 |
83 |
Se deberá anotar el apellido paterno del funcionario.5 |
4 |
Apellido Materno |
|
AN |
40 |
0 |
84 |
123 |
Se deberá anotar el apellido materno del funcionario.5 |
5 |
Correo Electrónico Institucional |
|
AN |
50 |
0 |
124 |
173 |
Se deberá anotar el correo electrónico institucional del funcionario.5 |
6 |
Fecha de ingreso al cargo |
|
F |
8 |
0 |
174 |
181 |
Se deberá reportar la fecha en la que se tomó posesión del cargo.3 |
7 |
Fecha de ingreso a la Administradora |
|
F |
8 |
0 |
182 |
189 |
Se deberá reportar la fecha de ingreso del funcionario a la Administradora.3 |
8 |
Espacios en blanco |
|
AN |
333 |
0 |
190 |
522 |
Vacíos. 6 |
DETALLE 2: En este detalle, se deberá incorporar la información de las certificaciones que posee el funcionario ocupante del puesto o cargo cuando el campo con Id 10 del SUBENCABEZADO se reporte en 1. |
||||||||
Id |
Concepto |
Dato |
Tipo |
Longitud |
Posición |
Observaciones |
||
Ent. |
Dec. |
De: |
A: |
|||||
1 |
Tipo de Registro |
|
N |
3 |
0 |
1 |
3 |
Identificador de archivo = Constante “302”. 1 |
2 |
Tipo de Certificación |
|
N |
2 |
0 |
4 |
5 |
Se deberá reportar el identificador correspondiente al tipo de certificación que se reporta, de acuerdo con el Catálogo Tipos de Certificaciones.1 |
3 |
Certificación |
|
N |
2 |
0 |
6 |
7 |
Se deberá reportar el identificador correspondiente a la Certificación que se reporta, de acuerdo con el Catálogo de Certificaciones.1 |
4 |
Identificador Certificación |
|
AN |
50 |
0 |
8 |
57 |
Se deberá reportar el número o clave de identificación otorgada por la institución certificadora al funcionario, como por ejemplo, el "CFA Institute ID", otorgado por CFA a sus aplicantes .5 |
5 |
Fecha de emisión de la certificación |
|
F |
8 |
0 |
58 |
65 |
Se deberá reportar la fecha de emisión de la certificación reportada.3 |
6 |
Fecha fin vigencia |
|
F |
8 |
0 |
66 |
73 |
Se deberá reportar la fecha de fin de la vigencia de la certificación reportada. Para el caso de las certificaciones concluidas con vigencia permanente se deberá llenar con ceros 3 |
7 |
Espacios en blanco |
|
AN |
449 |
0 |
74 |
522 |
Vacíos.6 |
CATÁLOGO(S) |
Catálogo de Entidades (AFORES) |
|
Clave Tipo de Entidad |
Descripción |
530 |
XXI Banorte |
534 |
Profuturo |
538 |
Principal |
544 |
SURA |
550 |
Inbursa |
552 |
Banamex |
556 |
Azteca |
562 |
Invercap |
564 |
Metlife |
568 |
Coppel |
578 |
PensionISSSTE |
Catálogo de Áreas |
|
Identificador |
Descripción |
01 |
Dirección General |
02 |
Contraloría Normativa del proceso de Inversiones |
03 |
Inversiones |
04 |
Riesgos |
05 |
Administración y Finanzas |
99 |
Otras áreas de la Administradora |
Catálogo de Subáreas |
|
Identificador |
Descripción |
01 |
Dirección General |
02 |
Contraloría Normativa del proceso de Inversiones |
03 |
Operación de Instrumentos Derivados |
04 |
Inversiones Alternativas |
05 |
Inversiones en Renta Fija |
06 |
Inversiones en Renta Variable |
07 |
Riesgo Mercado |
08 |
Riesgo Crédito |
09 |
Riesgo Liquidez |
10 |
Riesgo Operativo |
11 |
Confirmación |
12 |
Liquidación |
13 |
Contabilidad |
14 |
Compliance y control interno |
15 |
Custodia gestionada por la Administradora |
16 |
Tesorería Siefores |
17 |
Tecnologías de la Información del proceso de inversiones (TI) |
99 |
Otras subáreas de la Administradora |
Catálogo Tipos de Certificación |
|
Identificador |
Descripción |
01 |
Certificación general en materia financiera |
02 |
Certificación para operaciones con Derivados |
03 |
Certificación de Funcionarios para Instrumentos Estructurados |
Catálogo Certificación |
|
Identificador |
Descripción |
00 |
Certificación genérica en materia de inversiones (Publicadas en la página de Internet de la Comisión) |
01 |
Chartered Financial Analyst (CFA) Nivel 1 |
02 |
Chartered Financial Analyst (CFA) Nivel 2 |
03 |
Chartered Financial Analyst (CFA) |
04 |
Financial Risk Manager (FRM-GARP) Nivel 1 |
05 |
Financial Risk Manager (FRM-GARP) |
06 |
Professional Risk Manager (PRM-PRMIA) 2 Exámenes |
07 |
Professional Risk Manager (PRM-PRMIA) 3 Exámenes |
08 |
Professional Risk Manager (PRM-PRMIA) |
09 |
Associate of the Society of Actuaries (ASA) 3 Exámenes |
10 |
Associate of the Society of Actuaries (ASA) |
11 |
Fellow of the Society of Actuaries (FSA): Especialización en Quantitative Finance and Investment (QFI) |
12 |
Claritas Investment Certificate (aplicado por CFA Institute) o The CFA Institute Investment Foundations |
13 |
Certificación en Derivados (Publicadas en la página de Internet de la Comisión) |
14 |
Certificación en Instrumentos Estructurados (Publicadas en la página de Internet de la Comisión) |
15 |
Chartered Alternative Investment Analyst (CAIA) Nivel 1 |
16 |
Chartered Alternative Investment Analyst (CAIA) |
VALIDACIONES GENERALES DEL PROCESO |
Validaciones para formato de los datos
Notas generales para la validación del formato de datos en los archivos.
1 Dato numérico entero (cantidades o claves numéricas). Debe estar justificado a la derecha; si la longitud del dato real es menor a la especificada, se llenarán los espacios vacíos con ceros.
2 Dato numérico con decimal (cantidades monetarias). Debe estar justificado a la derecha; si la longitud del dato real es menor a la especificada, se llenarán los espacios vacíos con ceros. Se omiten signo de pesos, comas y puntos decimales. Si la cantidad es negativa el signo ocupará la 1ª posición de la izquierda.
3 Fechas. El formato para fecha deberá ser de 8 caracteres numéricos = “AAAAMMDD” donde:
DD = día
MM = mes
AAAA = año
4 Periodo. El formato para periodo (rango de fechas) deberá ser = “AAAAMMDDAAAAMMDD” donde:
DD = día
MM = mes
AAAA = año
El primer bloque de 8 caracteres numéricos representa la fecha inicial del periodo y el segundo la fecha final del periodo.
5 Dato alfabético. Debe estar justificado a la izquierda, con mayúsculas sin acentos; si la longitud del dato real es menor a la especificada, se llenarán los espacios vacíos con blancos o espacios; en el caso de existir una ñ debe ser el código ASCII “ALT+0209” de Windows. Todos los caracteres deberán estar en mayúsculas.
6 Espacios en Blanco (Vacíos). Sirve para rellenar el espacio sobrante del registro con respecto a la longitud máxima, esto con el fin de que no contenga información fuera de la especificada.
POLÍTICAS ESPECÍFICAS DEL PROCESO |
Políticas a seguir en la transmisión de la información
La información que será transmitida a la Comisión en base a este formato, se sujetará a las siguientes políticas:
I. La transmisión del envío de los formatos de transmisión de información por proceso será a través de la red privada mediante el software Connect:Direct o algún otro compatible con este.
ll. Podrán realizar transmisiones las veces que les sea necesario al directorio de RECEPCION. Sin embargo, dentro de los 30 minutos anteriores al término del horario de transmisión, podrán efectuar las retransmisiones que requieran al directorio de RETRANSMISION, siempre y cuando se haya realizado previamente un envío de información al directorio de RECEPCION, sin importar que éste haya sido aceptado o rechazado. Si la transmisión del archivo se efectúa fuera del horario de transmisión especificado y/o en una fecha no correspondiente a su envío normal, el archivo deberá ser transmitido al directorio de RETRANSMISION y se validará con previa autorización de las áreas de Vigilancia.
III. Las entidades correspondientes comprometidas a transmitir el formato de transmisión de información por proceso serán los sujetos obligados (AFORES).
IV. La comisión notificará, en su oportunidad, los cambios y adiciones correspondientes a los catálogos.
V. El archivo deberá enviarse encriptado y comprimido utilizando el programa GNUpg.
Vl. El nombre que deberá presentar el archivo al ser transmitido a la Comisión, es el siguiente;
No. |
TIPO DE DATO |
DESCRIPCIÓN |
1 |
8 Dígitos Numéricos |
En donde la entidad deberá incluir la Fecha de Envío en que está transmitiendo el archivo en formato “AAAAMMDD”. |
2 |
2 Dígitos Alfanuméricos |
Estos representarán la abreviación del Tipo de Entidad que transmite, Conforme al Catálogo de Tipos de Entidad del Catálogo General Apartado Circular 19 vigente, Constante = “AF”. |
3 |
3 Dígitos Numéricos |
Los cuáles serán conforme a la Clave de Entidad AFORES que se reporta conforme al catálogo de entidades del Catálogo General Apartado Circular 19 vigente, Constante = “001”. |
4 |
3 Dígitos Numéricos |
Estos establecen la Clave de Subtipo de Entidad que se reporta (*Solo aplicará para familia de SIEFORES, para las demás entidades será Constante = “000”) |
5 |
4 Dígitos Numéricos |
Para definir el tipo de archivo que se está transmitiendo, en donde cada formato ya tiene estipulado un número, para este caso será Constante = “0341”. |
NOTA: La separación entre el paso 1, 2 y 3 serán con un guión bajo, después del paso 4 será mediante un punto decimal.
Para ejemplificarlo a continuación se presenta el caso en que la Afore BANAMEX estuviera enviando su información, el nombre del archivo tiene que ser de la siguiente manera:
Cabe mencionar que una vez teniendo el archivo con este nombre, deberá de encriptarse con el programa GNUpg, el cual lo renombrará con el siguiente nombre:
20180307_AF_552_000.0341.gpg
Con este nombre es con el que deberá de transmitirse a CONSAR el archivo. Para la recuperación de los acuses, las entidades participantes deberán tomar su “Acuse” con el mismo nombre con el que lo renombraron antes de encriptarlo, sólo tendrán que agregar el carácter “A” antes de la fecha, ejemplo:
A20180307_AF_552_000.0341
NOTA: No se tomará en cuenta la extensión .gpg, en la recuperación del acuse, como lo muestra el ejemplo, ni vendrá encriptado el acuse.
Vll. Las rutas de envío a CONSAR para producción serán:
TIPO DE ACCIÓN |
RUTA |
Envío Normal |
export/home/rec/FINAN/RECEPCION |
Envío por Retransmisión |
export/home/rec/FINAN/RETRANSMISION |
Recuperación de Acuse |
export/home/rec/FINAN/TRANSMISION |
La ruta de envío a CONSAR para pruebas será:
TIPO DE ACCIÓN |
RUTA |
Envío Pruebas |
export/home/rec/FINAN/PRUEBAS/RECEPCION |
Recuperación de Acuse de pruebas |
export/home/rec/FINAN/PRUEBAS/TRANSMISION |
Liga a documentación relacionada con certificaciones en la página de internet de la Comisión: https://www.gob.mx/consar/documentos/certificacion-de-funcionarios-con-actividades-en-gestion-de-recursos-de-las-sociedades-de-inversion?idiom=es
Anexo 122
DESCRIPCIÓN DEL FORMATO |
|||
Información de Tipo Agregada.- Este archivo contiene Información sobre el índice de rentabilidad diaria del portafolio de referencia aplicable a la cartera de inversión del Activo Total de la Sociedad de Inversión al que hace referencia el artículo 36 de las DISPOSICIONES de carácter general en materia financiera de los Sistemas de Ahorro para el Retiro. |
|||
PERIODICIDAD DE ENVÍO |
PERÍODO DE RECEPCIÓN |
LONGITUD DEL REGISTRO |
HORARIO DE TRANSMISIÓN |
DIARIO |
DIARIO |
32 |
07:00 a 10:00 Hrs. |
ENCABEZADO |
Id |
Concepto |
Dato |
Tipo |
Longitud |
Posición |
Observaciones |
||
Ent. |
Dec. |
De: |
A: |
|||||
1 |
Tipo de Registro |
|
N |
3 |
0 |
1 |
3 |
Identificador de registro (para control del sistema) = Constante “000”. 1 |
2 |
Tipo de Archivo |
|
N |
4 |
0 |
4 |
7 |
Identificador de archivo (para control del sistema) = Constante “0342”. 1 |
3 |
Tipo de Entidad |
|
N |
3 |
0 |
8 |
10 |
Clave del Tipo de Entidad Siefore que reporta la información, de acuerdo al Catálogo de Tipos de Entidad anexo.1 |
4 |
Entidad |
|
N |
3 |
0 |
11 |
13 |
Clave de Entidad Siefore que reporta la Información de acuerdo a los Catálogos de Entidades Siefores, anexos. 1 |
5 |
Subtipo de Entidad |
|
N |
3 |
0 |
14 |
16 |
Clave del Subtipo de Entidad que reporta la Información de acuerdo al Catálogo de Subtipos de Entidades Siefores, anexos.1 |
6 |
Fecha de Información |
|
F |
8 |
0 |
17 |
24 |
Fecha de la operación que se reporta.3 |
7 |
Tamaño del Registro |
|
N |
3 |
0 |
25 |
27 |
Número de caracteres por registro = Constante “032”.1 |
8 |
Número de Registros |
|
N |
5 |
0 |
28 |
32 |
Número de Registros que contiene el archivo incluyendo el encabezado. 1 |
DETALLE(S) |
DETALLE 1: ÍNDICE DE RENTABILIDAD DEL PORTAFOLIO DE REFERENCIA |
||||||||
Id |
Concepto |
Dato |
Tipo |
Longitud |
Posición |
Observaciones |
||
Ent. |
Dec. |
De: |
A: |
|||||
1 |
Tipo de Registro |
|
N |
3 |
0 |
1 |
3 |
Identificador de registro (para control del sistema) = Constante “301” 1. |
2 |
Índice de rentabilidad base 1 del portafolio de referencia |
|
N |
3 |
8 |
4 |
14 |
Se deberá reportar un índice afectado por la rentabilidad diaria en pesos del portafolio de referencia aplicable a la cartera de inversión del Activo Total de la Sociedad de Inversión al que hace referencia el artículo 36 de las DISPOSICIONES de carácter general en materia financiera de los Sistemas de Ahorro para el Retiro. El índice deberá ser construido con base 1, a la fecha del primer envío de la presente información y se deberá redondear a ocho decimales.2 |
3 |
Espacios en blanco |
|
AN |
18 |
0 |
15 |
32 |
Vacíos 6. |
CATÁLOGO(S) |
Catálogo de Tipos de Entidades |
||
Clave Tipo de Entidad |
Descripción |
Abreviación |
002 |
SIEFORES BÁSICA |
SB |
003 |
SIEFORES APORTACIONES COMPLEMENTARIAS |
AC |
004 |
SIEFORES PREVISIÓN SOCIAL |
PS |
017 |
SIEFORES DE APORTACIONES VOLUNTARIAS |
AV |
Catálogo de Entidades (SIEFORES Básicas) |
|
Catálogo de Entidades (SIEFORES Aportaciones Voluntarias) |
||
Clave de Entidad |
Descripción |
|
Clave de Entidad |
Descripción |
530 |
XXI BANORTE |
|
634 |
PROFUTURO |
534 |
PROFUTURO |
|
644 |
SURA |
538 |
PRINCIPAL |
|
652 |
BANAMEX |
544 |
SURA |
|
630 |
XXI BANORTE |
550 |
INBURSA |
|
|
|
552 |
BANAMEX |
|
|
|
556 |
AZTECA |
|
|
|
562 |
INVERCAP |
|
|
|
564 |
METLIFE |
|
|
|
568 |
COPPEL |
|
|
|
578 |
PENSIONISSSTE |
|
|
|
Catálogo de Entidades (SIEFORES Aportaciones Complementarias) |
|
Catálogo de Entidades (SIEFORES Previsión Social) |
||
Clave de Entidad |
Descripción |
|
Clave de Entidad |
Descripción |
334 |
PROFUTURO |
|
430 |
XXI BANORTE |
364 |
METLIFE |
|
|
|
Catálogo de Subtipo de Entidades |
||||
Clave de Tipo de Entidad |
Clave de Entidad |
Clave Subtipo de Entidad |
Descripción |
Razón Social |
002 |
530 |
090 |
Siefore Básica de Pensiones |
Siefore XXI Banorte Básica de Pensiones, S.A. de C.V. |
002 |
534 |
090 |
Siefore Básica de Pensiones |
Fondo Profuturo Básico de Pensiones, S.A. de C.V. |
002 |
538 |
090 |
Siefore Básica de Pensiones |
Principal Siefore Básica de Pensiones, S.A. de C.V. |
002 |
544 |
090 |
Siefore Básica de Pensiones |
Siefore Sura Básica de Pensiones, S.A. de C.V. |
002 |
550 |
090 |
Siefore Básica de Pensiones |
Inbursa Siefore Básica de Pensiones, S.A. de C.V. |
002 |
552 |
090 |
Siefore Básica de Pensiones |
Siefore Banamex Básica Pensiones, S.A. de C.V. |
002 |
556 |
090 |
Siefore Básica de Pensiones |
Siefore Azteca Básica de Pensiones, S.A. de C.V. |
002 |
562 |
090 |
Siefore Básica de Pensiones |
Siefore Invercap Básica de Pensiones, S.A. de C.V. |
002 |
564 |
090 |
Siefore Básica de Pensiones |
Met 0 Siefore, S.A. de C.V. |
002 |
568 |
090 |
Siefore Básica de Pensiones |
Siefore Coppel Básica 0, S.A. de C.V. |
002 |
578 |
090 |
Siefore Básica de Pensiones |
Más Pensión Siefore Básica de Pensiones, S.A. de C.V. |
002 |
530 |
001 |
Siefore Básica Uno |
Siefore XXI Banorte Protege, S.A. de C.V. |
002 |
534 |
001 |
Siefore Básica Uno |
Fondo Profuturo SB1, S.A. de C.V., SIEFORE |
002 |
538 |
001 |
Siefore Básica Uno |
Principal Siefore 1, S.A. de C.V. |
002 |
544 |
001 |
Siefore Básica Uno |
Siefore SURA Básica 1, S.A. de C.V. |
002 |
550 |
001 |
Siefore Básica Uno |
Inbursa Siefore Básica, S.A. de C.V. |
002 |
552 |
001 |
Siefore Básica Uno |
Siefore Banamex Básica 1, S.A. de C.V. |
002 |
556 |
001 |
Siefore Básica Uno |
Siefore Azteca Básica 1, S. A. de C. V. |
002 |
562 |
001 |
Siefore Básica Uno |
Siefore Invercap, S. A. de C. V. |
002 |
564 |
001 |
Siefore Básica Uno |
Met1 Siefore, S. A. de C. V. |
002 |
568 |
001 |
Siefore Básica Uno |
Siefore Coppel Básica 1, S.A. de C.V. |
002 |
578 |
001 |
Siefore Básica Uno |
Más Pensión Siefore Básica 1, S.A. de C.V. |
002 |
530 |
002 |
Siefore Básica Dos |
Siefore XXI Banorte Consolida, S.A. de C.V. |
002 |
534 |
002 |
Siefore Básica Dos |
Fondo Profuturo SB2, S.A. de C.V., Siefore |
002 |
538 |
002 |
Siefore Básica Dos |
Principal Siefore 2, S.A. de C.V. |
002 |
544 |
002 |
Siefore Básica Dos |
Siefore SURA Básica 2, S.A. de C.V. |
002 |
550 |
002 |
Siefore Básica Dos |
Inbursa Siefore, S.A. de C.V. |
002 |
552 |
002 |
Siefore Básica Dos |
Siefore Banamex Básica 2, S.A. de C.V. |
002 |
556 |
002 |
Siefore Básica Dos |
Siefore Azteca, S.A. de C.V. |
002 |
562 |
002 |
Siefore Básica Dos |
Siefore Invercap II, S. A. de C. V. |
002 |
564 |
002 |
Siefore Básica Dos |
Met2 Siefore, S. A. de C. V. |
002 |
568 |
002 |
Siefore Básica Dos |
Siefore Coppel Básica 2, S.A. de C.V. |
002 |
578 |
002 |
Siefore Básica Dos |
Más Pensión Siefore Básica 2, S.A. de C.V. |
002 |
530 |
003 |
Siefore Básica Tres |
Siefore XXI Banorte Desarrolla, S.A. de C.V. |
002 |
534 |
003 |
Siefore Básica Tres |
Fondo Profuturo SB3, S.A. de C.V., Siefore |
002 |
538 |
003 |
Siefore Básica Tres |
Principal Siefore 3, S.A. de C.V. |
002 |
544 |
003 |
Siefore Básica Tres |
Siefore SURA Básica 3, S.A. de C.V. |
002 |
550 |
003 |
Siefore Básica Tres |
Inbursa Siefore Básica 3, S.A. de C.V. |
002 |
552 |
003 |
Siefore Básica Tres |
Siefore Banamex Básica 3, S.A. de C.V. |
002 |
556 |
003 |
Siefore Básica Tres |
Siefore Azteca Básica 3, S.A. de C.V. |
002 |
562 |
003 |
Siefore Básica Tres |
Siefore Invercap III, S. A. de C. V. |
002 |
564 |
003 |
Siefore Básica Tres |
Met3 Siefore Básica, S. A. de C. V. |
002 |
568 |
003 |
Siefore Básica Tres |
Siefore Coppel Básica 3, S.A. de C.V. |
002 |
578 |
003 |
Siefore Básica Tres |
Más Pensión Siefore Básica 3, S.A. de C.V. |
002 |
530 |
004 |
Siefore Básica Cuatro |
Siefore XXI Banorte Crece, S.A. de C.V. |
002 |
534 |
004 |
Siefore Básica Cuatro |
Fondo Profuturo SB4, S.A. de C.V., Siefore |
002 |
538 |
004 |
Siefore Básica Cuatro |
Principal Siefore 4, S.A. de C.V. |
002 |
544 |
004 |
Siefore Básica Cuatro |
Siefore SURA Básica 4, S.A. de C.V. |
002 |
550 |
004 |
Siefore Básica Cuatro |
Inbursa Siefore Básica 4, S.A. de C.V. |
002 |
552 |
004 |
Siefore Básica Cuatro |
Siefore Banamex Básica 4, S.A. de C.V. |
002 |
556 |
004 |
Siefore Básica Cuatro |
Siefore Azteca Básica 4, S.A. de C.V. |
002 |
562 |
004 |
Siefore Básica Cuatro |
Siefore Invercap IV, S. A. de C. V. |
002 |
564 |
004 |
Siefore Básica Cuatro |
Met4 Siefore, S. A. de C. V. |
002 |
568 |
004 |
Siefore Básica Cuatro |
Siefore Coppel Básica 4, S.A. de C.V. |
002 |
578 |
004 |
Siefore Básica Cuatro |
Más Pensión Siefore Básica 4, S.A. de C.V. |
003 |
334 |
001 |
Siefore Aportaciones Complementarias Uno |
Fondo Profuturo LP, S.A de C.V, Siefore |
003 |
364 |
001 |
Siefore Aportaciones Complementarias Uno |
MetA Siefore Adicional, S.A. de C.V. |
004 |
430 |
001 |
Siefore Previsión Social Uno |
Multifondo de Previsión 1 XXI Banorte Siefore, S.A. de C.V. |
004 |
430 |
002 |
Siefore Previsión Social Dos |
Multifondo de Previsión 2 XXI Banorte Siefore, S.A. de C.V. |
004 |
430 |
003 |
Siefore Previsión Social Tres |
Multifondo de Previsión 3 XXI Banorte Siefore, S.A. de C.V. |
004 |
430 |
004 |
Siefore Previsión Social Cuatro |
Multifondo de Previsión 4 XXI Banorte Siefore, S.A. de C.V. |
004 |
430 |
005 |
Siefore Previsión Social Cinco |
Multifondo de Previsión 5 XXI Banorte Siefore, S.A. de C.V. |
004 |
430 |
006 |
Siefore Previsión Social Seis |
Siefore ISSSTELEON, S.A. de C.V. |
004 |
430 |
007 |
Siefore Previsión Social Siete |
XXI Banorte Previsión Social Corto Plazo Siefore, S.A. de C.V. |
004 |
430 |
008 |
Siefore Previsión Social Ocho |
Siefore ISSEMYM, S.A. de C.V. |
004 |
430 |
009 |
Siefore Previsión Social Nueve |
Siefore PMX-SAR S.A. de C.V. |
004 |
430 |
010 |
Siefore Previsión Social Diez |
XXI Banorte Previsional Siefore, S.A. de C.V. |
017 |
634 |
001 |
Siefore Aportaciones Voluntarias Uno |
Fondo Profuturo CP, S.A de C.V, Siefore |
017 |
644 |
001 |
Siefore Aportaciones Voluntarias Uno |
Siefore SURA AV 3, S.A. de C.V. |
017 |
644 |
002 |
Siefore Aportaciones Voluntarias Dos |
Siefore SURA AV 2, S.A. de C.V. |
017 |
644 |
003 |
Siefore Aportaciones Voluntarias Tres |
Siefore SURA AV 1, S.A. de C.V. |
017 |
652 |
001 |
Siefore Aportaciones Voluntarias Uno |
Siefore Banamex de Aportaciones Voluntarias, S.A. de C.V. |
017 |
652 |
002 |
Siefore Aportaciones Voluntarias Dos |
Siefore Banamex de Aportaciones Voluntarias Plus, S.A. de C.V. |
017 |
630 |
001 |
Siefore Aportaciones Voluntarias Uno |
Ahorro Individual XXI Banorte Siefore, S.A. de C.V. |
VALIDACIONES GENERALES DEL PROCESO |
Validaciones para formato de los datos
Notas generales para la validación del formato de datos en los archivos.
1 Dato numérico entero (cantidades o claves numéricas). Debe estar justificado a la derecha; si la longitud del dato real es menor a la especificada, se llenarán los espacios vacíos con ceros.
2 Dato numérico con decimal (cantidades monetarias). Debe estar justificado a la derecha; si la longitud del dato real es menor a la especificada, se llenarán los espacios vacíos con ceros. Se omiten signo de pesos, comas y puntos decimales. Si la cantidad es negativa el signo ocupará la 1ª posición de la izquierda.
3 Fechas. El formato para fecha deberá ser de 8 caracteres numéricos = “AAAAMMDD” donde:
DD = día
MM = mes
AAAA = año
4 Periodo. El formato para periodo (rango de fechas) deberá ser = “AAAAMMDDAAAAMMDD” donde:
DD = día
MM = mes
AAAA = año
El primer bloque de 8 caracteres numéricos representa la fecha inicial del periodo y el segundo la fecha final del periodo.
5 Dato alfabético. Debe estar justificado a la izquierda, con mayúsculas sin acentos; si la longitud del dato real es menor a la especificada, se llenarán los espacios vacíos con blancos o espacios; en el caso de existir una ñ debe ser el código ASCII “ALT+0209” de Windows. Todos los caracteres deberán estar en mayúsculas.
6 Espacios en Blanco (Vacíos). Sirve para rellenar el espacio sobrante del registro con respecto a la longitud máxima, esto con el fin de que no contenga información fuera de la especificada.
POLÍTICAS ESPECÍFICAS DEL PROCESO |
Políticas a seguir en la transmisión de la información
La información que será transmitida a la Comisión en base a este formato, se sujetará a las siguientes políticas:
I. La transmisión del envío de los formatos de transmisión de información por proceso será a través de la red privada mediante el software Connect:Direct o algún otro compatible con este.
II. Podrán realizar transmisiones las veces que les sea necesario al directorio de RECEPCION. Sin embargo, dentro de los 30 minutos anteriores al término del horario de transmisión, podrán efectuar las retransmisiones que requieran al directorio de RETRANSMISION, siempre y cuando se haya realizado previamente un envío de información al directorio de RECEPCION, sin importar que éste haya sido aceptado o rechazado. Si la transmisión del archivo se efectúa fuera del horario de transmisión especificado y/o en una fecha no correspondiente a su envío normal, el archivo deberá ser transmitido al directorio de RETRANSMISION y se validará con previa autorización de las áreas de Vigilancia.
III. Las entidades responsables de transmitir este formato a la Comisión son las Siefores Básicas, Siefores de Aportaciones Voluntarias, Siefores de Aportaciones Complementarias y Siefores de Previsión Social.
IV. La comisión notificará, en su oportunidad, los cambios y adiciones correspondientes a los catálogos.
V. El archivo deberá enviarse encriptado y comprimido utilizan-do el programa GNUpg.El nombre que deberá presentar el archivo al ser transmitido a la Comisión, es el siguiente;
No. |
TIPO DE DATO |
DESCRIPCIÓN |
1 |
8 Dígitos Numéricos |
En donde la entidad deberá incluir la Fecha de Envío en que está transmitiendo el archivo en formato “AAAAMMDD”. |
2 |
2 Dígitos Alfanuméricos |
Estos representarán la abreviación del Tipo de Entidad que transmite, Conforme al Catálogo de Tipos de Entidad anexo al documento. |
3 |
3 Dígitos Numéricos |
Los cuáles serán conforme a la Clave de Entidad Siefores Básicas, Siefores de Aportaciones Voluntarias, Siefores de Aportaciones Complementarias y Siefores de Previsión Social que se reporta conforme al catálogo de entidades anexo al documento. |
4 |
3 Dígitos Numéricos |
Estos establecen la Clave de Subtipo de Entidad que se reporta (*Solo aplicará para familia de SIEFORES. |
5 |
4 Dígitos Numéricos |
Para definir el tipo de archivo que se está transmitiendo, en donde cada formato ya tiene estipulado un número, para este caso será Constante = “0342”. |
NOTA: La separación entre el paso 1, 2, 3 y 4 serán con un guion bajo, después del paso 4 será mediante un punto decimal.
Para ejemplificarlo a continuación se presenta el caso en que la Entidad Siefore XXI BANORTE estuviera enviando un archivo de Siefore Básica dos, el nombre del archivo tiene que ser de la siguiente manera:
Cabe mencionar que una vez teniendo el archivo con este nombre, deberá de encriptarse con el programa GNUpg, el cual lo renombrará con el siguiente nombre:
20180307_SB_530_002.0342.gpg
Con este nombre es con el que deberá de transmitirse a CONSAR el archivo. Para la recuperación de los acuses, las entidades participantes deberán tomar su “Acuse” con el mismo nombre con el que lo renombraron antes de encriptarlo, sólo tendrán que agregar el carácter “A” antes de la fecha, ejemplo:
A20180307_SB_530_002.0342
NOTA: No se tomará en cuenta la extensión .gpg, en la recuperación del acuse, como lo muestra el ejemplo, ni vendrá encriptado el acuse.
VI. Las rutas de envío a CONSAR para producción serán:
TIPO DE ACCIÓN |
RUTA |
Envío Normal |
export/home/rec/FINAN/RECEPCION |
Envío por Retransmisión |
export/home/rec/FINAN/RETRANSMISION |
Recuperación de Acuse |
export/home/rec/FINAN/TRANSMISION |
La ruta de envío a CONSAR para pruebas será:
TIPO DE ACCIÓN |
RUTA |
Envío Pruebas |
export/home/rec/FINAN/PRUEBAS/RECEPCION |
Recuperación de Acuse de pruebas |
export/home/rec/FINAN/PRUEBAS/TRANSMISION |
_____________________________