OFICIO 500-05-2021-26189 mediante el cual se comunica listado global de presunción de contribuyentes que se ubicaron en el supuesto previsto en el artículo 69-B, párrafo primero del Código Fiscal de la Federación |
Miércoles 15 de Diciembre de 2021 |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- HACIENDA.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.- Administración General de Auditoría Fiscal Federal.- Administración Central de Fiscalización Estratégica.
Oficio: 500-05-2021-26189
Asunto: Se comunica listado global de presunción de contribuyentes que se ubicaron en el supuesto previsto en el artículo 69-B, párrafo primero del Código Fiscal de la Federación.
La Administración Central de Fiscalización Estratégica, adscrita a la Administración General de Auditoría Fiscal Federal del Servicio de Administración Tributaria, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 16, primer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 7, fracciones VII, XII y XVIII y 8, fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, publicada en el Diario Oficial de la Federación del 15 de diciembre de 1995, reformada por Decreto publicado en el propio Diario Oficial de la Federación del 12 de junio de 2003; 1, 2, párrafos primero, apartado B, fracción III, inciso e), y segundo, 5, párrafo primero, 13, fracción VI, 23, apartado E, fracción I, en relación con el artículo 22 párrafos primero, fracción VIII, y último, numeral 5, del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de agosto de 2015, vigente a partir del 22 de noviembre de 2015, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo primero del Artículo Primero Transitorio de dicho Reglamento; Artículo Tercero, fracción I, inciso a), del Acuerdo mediante el cual se delegan diversas atribuciones a los Servidores Públicos del Servicio de Administración Tributaria, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 23 de junio de 2016, vigente a partir del 23 de julio de 2016, de conformidad con lo dispuesto en el artículo Transitorio Primero de dicho Acuerdo; así como en los artículos 33, último párrafo, 63, y 69-B, párrafos primero y segundo del Código Fiscal de la Federación, notifica lo siguiente:
Derivado del ejercicio de las atribuciones y facultades señaladas en el artículo 69-B, párrafos primero y segundo del Código Fiscal de la Federación, las autoridades fiscales que se citan en el Anexo 1 que es parte integrante del presente oficio, detectaron que los contribuyentes señalados en el citado Anexo 1 emitieron comprobantes fiscales sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan tales comprobantes.
Como consecuencia de lo anterior, las autoridades ya referidas ubicaron a los contribuyentes en el supuesto de presunción previsto en el primer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, por lo que en tal sentido les notificaron a cada uno de ellos el oficio individual de presunción, en el cual se pormenorizó los hechos particulares por los cuales se consideró procedente la referida presunción.
En razón de lo anterior, y en apoyo a las autoridades emisoras de los oficios de presunción ya señalados, con fundamento en el segundo párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, se informa a los contribuyentes mencionados en el citado Anexo 1 del presente oficio, que se encuentran en el supuesto previsto en el primer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, lo anterior se les hace de su conocimiento con el objeto de que puedan manifestar ante la autoridad fiscal que les notificó el oficio individual lo que a su derecho convenga y aportar, ante dichas autoridades, la documentación e información que consideren pertinentes para desvirtuar los hechos que llevaron a la autoridad a notificarlos.
Entonces, se indica que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 69-B, segundo párrafo, del Código Fiscal de la Federación, cada uno de los contribuyentes que se mencionan en el citado Anexo 1 del presente oficio tendrán un plazo de 15 días hábiles, contados a partir de que surta efectos la última de las notificaciones, según la prelación establecida en el artículo 69, primer párrafo del Reglamento del Código Fiscal de la Federación, en correlación al artículo 135 del Código Fiscal de la Federación, a fin de que presenten directamente ante las oficinas de las autoridades emisoras del oficio individual señaladas en el Anexo 1 del presente oficio, escrito libre en original y dos copias, firmado por el contribuyente o su representante legal en los términos del artículo 19 del referido Código, a través del cual manifiesten lo que a su derecho convenga, anexando a dicho escrito la documentación e información que consideren pertinentes para desvirtuar los hechos pormenorizados en el oficio individual ya mencionado.
La documentación e información que presenten a través del citado escrito deberá de cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 18, 18-A y 19 del Código Fiscal de la Federación.
Asimismo, se les apercibe que si transcurrido el plazo concedido no aportan las pruebas, la documentación e información respectiva; o bien, en caso de aportarlas, una vez admitidas y valoradas, no se desvirtúan los hechos señalados en el oficio individual mencionado en el tercer párrafo del presente oficio, se procederá en los términos que prevé el cuarto párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, caso en el cual se notificará la resolución y se publicará el nombre, denominación o razón social en el listado de los contribuyentes que no hayan desvirtuado los hechos que se les imputan y, por tanto, se encuentran definitivamente en la situación a que se refiere el primer párrafo del artículo 69-B, listado que para tal efecto se difunda en la página de internet del Servicio de Administración Tributaria, y se publique en el Diario Oficial de la Federación; lo anterior, toda vez que es de interés público que se detenga la facturación de operaciones inexistentes y que la sociedad conozca quiénes son aquéllos contribuyentes que llevan a cabo este tipo de operaciones.
Atentamente
Ciudad de México, a 03 de noviembre de 2021.- En suplencia por ausencia del Administrador Central de Fiscalización Estratégica, del Coordinador de Fiscalización Estratégica y de los Administradores de Fiscalización Estratégica “1”, “2”, “3”, “4”, “5” y “6” con fundamento en los artículos 4, cuarto párrafo, y 22, último párrafo, numeral 5 inciso h), del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria vigente, Firma: la Administradora de Fiscalización Estratégica “7”, Lic. Cintia Aidee Jáuregui Serratos.- Rúbrica.
Asunto: Anexo 1 del oficio número 500-05-2021-26189 de fecha 03 de noviembre de 2021 emitido por la Lic. Cintia Aidee Jáuregui Serratos en su carácter de Administradora de Fiscalización Estratégica “7”, en suplencia por ausencia del Administrador Central de Fiscalización Estratégica, de la Administración General de Auditoria Fiscal Federal, en el que en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 69-B, párrafo segundo del Código Fiscal de la Federación, se notifica a los contribuyentes mencionados en el presente anexo que se ubican en el supuesto de presunción previsto en el párrafo primero del citado artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación.
A continuación, en la siguiente tabla se enlistan los contribuyentes a los que hace referencia el oficio número 500-05-2021-26189 de fecha 03 de noviembre de 2021, indicando la fecha en que fue notificado el oficio individual de presunción.
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R.F.C. |
Nombre, denominación o razón social del Contribuyente |
No. y fecha del oficio de presunción |
Autoridad emisora del oficio de presunción |
Medio de notificación al contribuyente |
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Estrados de la autoridad |
Notificación Personal |
Notificación por Buzón Tributario |
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Fecha de fijación en los estrados de la Autoridad Fiscal |
Fecha en que surtió efectos la notificación |
Fecha de notificación |
Fecha en que surtió efectos la notificación |
Fecha de notificación |
Fecha en que surtió efectos la notificación |
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1 |
AVS150707PY8 |
ATENCION, VIDA Y SALUD, S.C. |
500-05-2020-28731 de fecha 26 de noviembre de 2020 |
Administración Central de Fiscalización Estratégica |
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3 de diciembre de 2020 |
4 de diciembre de 2020 |
2 |
CSP120410LF2 |
COMERCIAL DE SERVICIOS PROMOASEN, S.A. DE C.V. |
500-05-2020-28801 de fecha 8 de diciembre de 2020 |
Administración Central de Fiscalización Estratégica |
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15 de diciembre de 2020 |
16 de diciembre de 2020 |
3 |
DIDN810316EI5 |
DIAZ DIAZ NOEMI |
500-27-00-08-02-2021-03531 de fecha 19 de abril de 2021 |
Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Guerrero "1" |
15 de julio de 2021 |
10 de agosto de 2021 |
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4 |
EGR180227PF6 |
EDJAZ - RAMIREZ, S.A. DE C.V. |
500-36-06-01-02-2021-2632 de fecha 22 de marzo de 2021 |
Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de México "2" |
24 de mayo de 2021 |
3 de junio de 2021 |
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5 |
GUCE840227T63 |
GUTIERREZ CALVO EVA GABRIELA |
500-36-06-01-02-2021-2238 de fecha 17 de marzo de 2021 |
Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de México "2" |
22 de junio de 2021 |
2 de julio de 2021 |
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6 |
HCO150330RY6 |
HINDEX CONSTRUMART, S.A. DE C.V. |
500-27-00-08-02-2021-03572 de fecha 23 de abril de 2021 |
Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Guerrero "1" |
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11 de agosto de 2021 |
12 de agosto de 2021 |
7 |
HERL831020H58 |
HERNANDEZ RAMIREZ LILIANA YURIDIA |
500-27-00-08-02-2021-04267 de fecha 28 de abril de 2021 |
Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Guerrero "1" |
30 de junio de 2021 |
12 de julio de 2021 |
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8 |
HESM891217I77 |
HERNANDEZ SORIANO MOISES |
500-36-06-01-02-2021-3074 de fecha 5 de abril de 2021 |
Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de México "2" |
9 de junio de 2021 |
21 de junio de 2021 |
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9 |
JASM721109TY5 |
JASSO SEGURA MARTIN |
500-62-00-03-00-2021-01484 de fecha 20 de mayo de 2021 |
Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Tamaulipas "5" |
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26 de mayo de 2021 |
27 de mayo de 2021 |
10 |
LSN090528MQ5 |
LOGIN SOLUCIONES DE NEGOCIOS, S.C. |
500-62-00-03-00-2021-01482 de fecha 20 de mayo de 2021 |
Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Tamaulipas "5" |
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26 de mayo de 2021 |
27 de mayo de 2021 |
11 |
PASA580330KG0 |
PARRA SANCHEZ AGUSTIN |
500-27-00-08-02-2021-04270 de fecha 28 de abril de 2021 |
Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Guerrero "1" |
24 de agosto de 2021 |
3 de septiembre de 2021 |
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12 |
PEEI820119RZ2 |
PEREZ ESTRADA IVONNE |
500-27-00-08-02-2021-04424 de fecha 14 de mayo de 2021 |
Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Guerrero "1" |
2 de septiembre de 2021 |
14 de septiembre de 2021 |
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13 |
RTA110526V30 |
RECURSOS TECNOLOGICOS APLICADOS REVIEW, S.A. DE C.V. |
500-55-00-01-00-2021-2966 de fecha 17 de junio de 2021 |
Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Sonora "2" |
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22 de junio de 2021 |
23 de junio de 2021 |
14 |
TPR170823JY3 |
TECNODECO PROYECTOS, S.A. DE C.V. |
500-43-03-05-03-2020-7076 de fecha 8 de diciembre de 2020 |
Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Nuevo León "3" |
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14 de diciembre de 2020 |
15 de diciembre de 2020 |
Datos adicionales de los contribuyentes.
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R.F.C. |
NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL CONTRIBUYENTE |
DOMICILIO FISCAL |
ACTIVIDAD PREPONDERANTE |
MOTIVO DEL PROCEDIMIENTO |
1 |
AVS150707PY8 |
ATENCION, VIDA Y SALUD, S.C. |
Cuauhtémoc, Ciudad de México |
Otros Consultorios del sector privado para el cuidado de la salud |
Ausencia de Activos, Ausencia de Personal, Falta de Infraestructura |
2 |
CSP120410LF2 |
COMERCIAL DE SERVICIOS PROMOASEN, S.A. DE C.V. |
Guadalajara, Jalisco |
Servicios de consultoría en administración |
Ausencia de Activos, Ausencia de Personal |
3 |
DIDN810316EI5 |
DIAZ DIAZ NOEMI |
Taxco de Alarcon, Guerrero |
Comercio al por menor de relojes, joyería fina y artículos decorativos de materiales preciosos |
Ausencia de Activos, Ausencia de Personal, Sin Capacidad Material |
4 |
EGR180227PF6 |
EDJAZ - RAMIREZ, S.A. DE C.V. |
Ecatepec de Morelos, Estado de México |
Servicios de contabilidad y auditoría: 100% |
Ausencia de Activos, Ausencia de Personal |
5 |
GUCE840227T63 |
GUTIERREZ CALVO EVA GABRIELA |
Banderilla, Veracruz de Ignacio de la Llave |
Construcción de obras de urbanización: 20%; otras construcciones de ingeniería civil u obra pesada:20%; otros servicios relacionados con la agricultura:25%; construcción de sistemas de riego agrícola:35% |
Ausencia de Activos, Ausencia de Personal |
6 |
HCO150330RY6 |
HINDEX CONSTRUMART, S.A. DE C.V. |
Puebla, Puebla |
Comercio al por mayor de otros materiales para la construcción, excepto de madera |
Ausencia de Activos, Ausencia de Personal, Sin Capacidad Material |
7 |
HERL831020H58 |
HERNANDEZ RAMIREZ LILIANA YURIDIA |
Taxco de Alarcon, Guerrero |
Comercio al por mayor de joyería, orfebrería, piezas artísticas u ornamentales de oro |
Ausencia de Activos, Ausencia de Personal, Falta de Infraestructura, Sin Capacidad Material |
8 |
HESM891217I77 |
HERNANDEZ SORIANO MOISES |
Nicolas Romero, Estado de México |
Comercio al por mayor de maquinaria y equipo para la construcción y la minería: 70%; comercio al por mayor de cemento, tabique y grava: 15%; comercio al por mayor de otros materiales para la construcción, excepto de madera: 15% |
Ausencia de Activos, Ausencia de Personal |
9 |
JASM721109TY5 |
JASSO SEGURA MARTIN |
Altamira, Tamaulipas |
Otras Construcciones de ingeniería civil u obra pesada |
Ausencia de Activos, Ausencia de Personal, Falta de Infraestructura, Sin Capacidad Material |
10 |
LSN090528MQ5 |
LOGIN SOLUCIONES DE NEGOCIOS, S.C. |
Tampico, Tamaulipas |
Servicios de consultoría en administración |
Ausencia de Activos, Falta de Infraestructura |
11 |
PASA580330KG0 |
PARRA SANCHEZ AGUSTIN |
Acapulco de Juárez, Guerrero |
Administración y supervisión de construcción de vivienda y construcción de inmuebles comerciales, institucionales y de servicios |
Ausencia de Activos, Ausencia de Personal, Falta de Infraestructura, Sin Capacidad Material |
12 |
PEEI820119RZ2 |
PEREZ ESTRADA IVONNE |
Taxco de Alarcon, Guerrero |
Comercio al por menor de relojes, joyería fina y artículos decorativos de materiales preciosos |
Ausencia de Activos, Ausencia de Personal, Falta de Infraestructura, Sin Capacidad Material |
13 |
RTA110526V30 |
RECURSOS TECNOLOGICOS APLICADOS REVIEW, S.A. DE C.V. |
Guadalajara, Jalisco |
Servicios de investigación y de protección 53%, dirección de corporativos y empresas no financieras 20%, servicios de preparación de documentos 10%, otros servicios de apoyo secretarial y similares 10%, despachos de investigación de solvencia financiera 5%, servicios de administración de negocios 2% |
Ausencia de Activos, Ausencia de Personal, Sin Capacidad Material |
14 |
TPR170823JY3 |
TECNODECO PROYECTOS, S.A. DE C.V. |
San Pedro Garza Garcia, Nuevo León |
Otros Intermediarios de comercios al por mayor, comercio al por mayor de maquinaria y equipo para otros servicios y para actividades comerciales |
Ausencia de Activos, Ausencia de Personal, Falta de Infraestructura |