ACUERDO por el que se dan a conocer los porcentajes y los montos del estímulo fiscal, así como las cuotas disminuidas del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, correspondientes al periodo que se especifica

Viernes 01 de Octubre de 2021

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- HACIENDA.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Acuerdo 135/2021

Acuerdo por el que se dan a conocer los porcentajes y los montos del  estímulo fiscal, así como las cuotas disminuidas del impuesto especial  sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se  indican, correspondientes al periodo que se especifica.

KARINA RAMÍREZ ARRAS, Titular de la Unidad de Política de Ingresos no Tributarios de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en lo dispuesto por el artículo Primero del Decreto por el que se establecen estímulos fiscales en materia del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2016 y sus posteriores modificaciones, se dan a conocer los porcentajes y los montos del estímulo fiscal, así como las cuotas disminuidas del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles automotrices, correspondientes al periodo comprendido del 2 al 8 de octubre de 2021, mediante el siguiente

ACUERDO

Artículo Primero. Los porcentajes del estímulo fiscal para el periodo comprendido del 2 al 8 de octubre de 2021, aplicables a los combustibles automotrices son los siguientes:

Combustible

Porcentaje de Estímulo

Gasolina menor a 91 octanos

53.50%

Gasolina mayor o igual a 91 octanos y combustibles no fósiles

25.75%

Diésel

39.37%

 

Artículo Segundo. Los montos del estímulo fiscal para el periodo comprendido del 2 al 8 de octubre de 2021, aplicables a los combustibles automotrices son los siguientes:

Combustible

Monto del estímulo fiscal

(pesos/litro)

Gasolina menor a 91 octanos

2.7365

Gasolina mayor o igual a 91 octanos y combustibles no fósiles

1.1121

Diésel

2.2131

 

Artículo Tercero. Las cuotas para el periodo comprendido del 2 al 8 de octubre de 2021, aplicables a los combustibles automotrices son las siguientes:

Combustible

Cuota (pesos/litro)

Gasolina menor a 91 octanos

2.3783

Gasolina mayor o igual a 91 octanos y combustibles no fósiles

3.2071

Diésel

3.4081

 

TRANSITORIO

ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial  de la Federación.

 Ciudad de México, a 30 de septiembre de 2021.- Con fundamento en el artículo Primero, último párrafo del Decreto por el que se establecen estímulos fiscales en materia del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, en suplencia del C. Subsecretario de Hacienda y Crédito Público, la Titular de la Unidad de Política de Ingresos No Tributarios, Karina Ramírez Arras.- Rúbrica.