ACUERDO por el que se dan a conocer los porcentajes y los montos del estímulo fiscal, así como las cuotas disminuidas del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, correspondientes al periodo que se especifica

Viernes 11 de Junio de 2021

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- HACIENDA.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Acuerdo 79/2021

Acuerdo por el que se dan a conocer los porcentajes y los montos del  estímulo fiscal, así como las cuotas disminuidas del impuesto especial  sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se  indican, correspondientes al periodo que se especifica.

KARINA RAMÍREZ ARRAS, Titular de la Unidad de Política de Ingresos no Tributarios de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en lo dispuesto por el artículo Primero del Decreto por el que se establecen estímulos fiscales en materia del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2016 y sus posteriores modificaciones, se dan a conocer los porcentajes y los montos del estímulo fiscal, así como las cuotas disminuidas del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles automotrices, correspondientes al periodo comprendido del 12 al 18 de junio de 2021, mediante el siguiente

ACUERDO

Artículo Primero. Los porcentajes del estímulo fiscal para el periodo comprendido del 12 al 18 de junio de 2021, aplicables a los combustibles automotrices son los siguientes:

Combustible

Porcentaje de Estímulo

Gasolina menor a 91 octanos

43.48%

Gasolina mayor o igual a 91 octanos y combustibles no fósiles

15.88%

Diésel

25.98%

 

Artículo Segundo. Los montos del estímulo fiscal para el periodo comprendido del 12 al 18 de junio de 2021, aplicables a los combustibles automotrices son los siguientes:

Combustible

Monto del estímulo fiscal

(pesos/litro)

Gasolina menor a 91 octanos

$2.2241

Gasolina mayor o igual a 91 octanos y combustibles no fósiles

$0.6860

Diésel

$1.4606

 

Artículo Tercero. Las cuotas para el periodo comprendido del 12 al 18 de junio de 2021, aplicables a los combustibles automotrices son las siguientes:

Combustible

Cuota (pesos/litro)

Gasolina menor a 91 octanos

$2.8907

Gasolina mayor o igual a 91 octanos y combustibles no fósiles

$3.6332

Diésel

$4.1606

 

TRANSITORIO

ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial  de la Federación.

Ciudad de México, a 10 de junio de 2021.- Con fundamento en el artículo Primero, último párrafo del Decreto por el que se establecen estímulos fiscales en materia del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, en suplencia del C. Subsecretario de Hacienda y Crédito Público, la Titular de la Unidad de Política de Ingresos No Tributarios, Karina Ramírez Arras.- Rúbrica.