ANEXO 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021, publicada el 29 de diciembre de 2020

Jueves 21 de Enero 2021

(Viene en la Quinta Sección)

¿Qué requisitos debo cumplir?

1.     Documento en el que manifiestes el tipo de aviso de cambio o actualización que corresponda (archivo digitalizado)

2.     Tratándose del aviso de “Actualización de datos del personal”, anexar documento electrónico o documento en archivo digitalizado con la información del personal que deja de proporcionar el servicio o de operar la información de los prestatarios, así como la información del personal que se incorpora y que tendrá acceso a la información de los prestatarios y de sus operaciones comerciales, así como la información referente a la rotación de funciones del personal.

3.     En el caso de aviso de Cambios en la operación del proveedor de certificación y generación de CFDI para el sector primario, anexar documento con la información que se está actualizando. Tratándose de cambio de representante legal, anexar el documento que acredite la representación legal (archivo digitalizado).

4.     Tratándose del aviso de Información referente a la obtención de Certificado especial de sello digital, manifestar en documento el número de CSD que fue revocado y en su caso el número de CSD originado, anexando la evidencia generada en la aplicación CertiSAT Web” (archivo digitalizado).

        Si quien promueve no tiene la personalidad reconocida en el expediente respectivo, deberá acompañar a su promoción la siguiente documentación digitalizada:

·          Documento que acredite la representación legal del promovente.

·          Identificación oficial, cualquiera de las señaladas en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso A) Identificación oficial, del Anexo 1-A de la RMF.

5.     Tratándose de cambios tecnológicos relativos al Aviso de cambios en la operación del proveedor de certificación y generación de CFDI para el sector primario, el proveedor deberá enviar la información que acredite la implementación, a través del mismo caso de Servicio o Solicitud en el que dio el aviso previo, dentro de los cinco días posteriores a la realización del cambio. En el caso de los cambios por incidentes que no permitan la operación del proveedor, en el mismo aviso a que se refiere esta ficha de trámite deberá incluir la información que acredite la implementación realizada, debiendo entregar:

6.     Documento que contenga la manifestación de la persona moral sobre los cambios tecnológicos realizados, indicando razón social, RFC de la persona moral, número de oficio de la autorización vigente, fecha del cambio, precisando hora de inicio y término, así como las razones y motivos de dicho cambio; el documento deberá contar con la firma del representante legal de la persona moral y del contacto tecnológico y deberá anexar en archivo electrónico, lo siguiente (archivo digitalizado).

a.     Análisis de Riesgos.

b.     Plan de Seguimiento a Riesgos Detectados.

c.     Control de Cambios Autorizado.

d.     Plan de Pruebas Funcionales y Operacionales.

e.     Matriz de Escalamiento.

f.      Cronograma de actividades.

g.     Comunicado del cambio interno.

7.     Documento en donde conste la manifestación a partir de cuando inició o cuando concluyó el proceso de liquidación, concurso mercantil o extinción jurídica de la persona moral. (archivo digitalizado).

¿Con qué condiciones debo cumplir?

·          Ser proveedor de certificación y generación de CFDI para el sector primario.

·          Contar con Contraseña.

 

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

En el Portal del SAT, con el número de folio que se encuentra en el Acuse de recepción, en: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/operacion/91727/consulta-de-servicio-o-solicitud-del-contribuyente

Registra en Mi Portal, tu RFC y Contraseña y elige Iniciar sesión.

Selecciona la opción de Servicios por Internet / Servicio o solicitudes / Consulta e ingresa el número de folio que se le asignó a tu trámite.

No.

Resolución del trámite o servicio

En caso de que cumplas con los requisitos se actualizará tu información a través del Portal del SAT.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

3 meses

10 días hábiles.

10 días hábiles.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

Acuse de respuesta.

Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·          MarcaSAT: 55-62-72-27-28 y 01-87-74-48-87-28 desde Canadá y Estados Unidos.

·          Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, en los días y horarios que se establecen en la siguiente dirección electrónica:

        https://sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

·          Vía Chat: http://chatsat.mx/

·          Diagrama del flujo de presentación del trámite: http://omawww.sat.gob.mx/factura/Paginas/proveedores_obligaciones.htm

·          Quejas y Denuncias SAT: 55-88-52-22-22 y 84-42-87-38-03 para otros países.

·          Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·          SAT Móvil – Aplicación para celular, apartado Quejas y Denuncias.

·          En el Portal del SAT:

        https://sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·          Teléfonos rojos ubicados en las Aduanas y las oficinas del SAT.

Información adicional

En caso de que se dude de la autenticidad de la documentación digitalizada presentada, las autoridades fiscales requerirán al promovente a fin de que, en un plazo de 10 días, presente escrito dirigido a la Administración Central de Gestión de Servicios y Trámites con Medios Electrónicos ante la Oficialía de Partes de la Administración General de Servicios al Contribuyente, ubicada en Avenida Hidalgo No, 77, Módulo 4, Segundo Piso, Colonia Guerrero, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06300, Ciudad de México, o bien, mediante correo certificado el original o copia certificada del documento cuya autenticidad esté en duda.

Fundamento jurídico

Artículos 29, fracción IV, 69 del CFF; Reglas 2.7.4.2., 2.7.4.3., 2.7.4.5., 2.7.4.10. y 2.7.4.12. de la RMF.

 

211/CFF Solicitud de renovación de autorización para operar como proveedor de certificación y generación de CFDI para el sector primario

Trámite      l

Servicio     ¡

Descripción del trámite o servicio

Monto

Solicita la renovación de la autorización para operar como proveedor de certificación y generación de CFDI para el sector primario.

l  Gratuito

¡  Pago de derechos

      Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Personas morales proveedores de certificación y generación de CFDI para el sector primario que deseen obtener la renovación de su autorización por 2 años más.

En el mes de agosto del último año en el que tenga vigencia la autorización de conformidad con la regla 2.7.4.8. de la RMF.

¿Dónde puedo presentarlo?

En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/operacion/32846/presenta-tu-aclaracion-como-contribuyente

 

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Ingresa al portal del SAT, en la liga del apartado de ¿Dónde puedo presentarlo?.

2.     Registra en Mi Portal, tu RFC y Contraseña y elige Iniciar sesión.

3.     Selecciona la opción de Servicios por Internet / Servicio o solicitudes / Solicitud y aparecerá el formulario.

        En el apartado Descripción del Servicio, en la pestaña Trámite selecciona la opción PCGCFDISP SOLICITUD RENOV; en Dirigido a: Servicio de Administración Tributaria, en *Asunto: Solicito renovación de la autorización para operar como proveedor de certificación y generación de CFDI para el sector primario. Descripción: Solicito renovación de la autorización para operar como proveedor de certificación y generación de CFDI para el sector primario, para lo cual adjunto la documentación requerida. Adjuntar Archivo / Examinar, selecciona el documento digitalizado en formato PDF que contiene la información que subirás y elige Cargar.

4.     Oprime el botón Enviar, se genera el Acuse de recepción que contiene el folio del trámite con el que puedes dar seguimiento a tu aviso, imprímelo o guárdalo.

5.     Revisa tu caso de servicio o solicitud en un plazo de 10 días para verificar si se te solicitó información adicional, en caso de ser así, contarás con 10 días para entregarla, si excedes ese plazo es necesario ingresar nuevamente tu solicitud.

¿Qué requisitos debo cumplir?

1.     Escrito libre que cumpla con los requisitos de los artículos 18 y 18-A del CFF que contenga la solicitud de renovación de autorización que contenga la siguiente manifestación: Que continuarás cumpliendo en todo momento por los ejercicios en que se renueve tu autorización, con los requisitos y obligaciones establecidos en las reglas 2.7.4.2. y 2.7.4.5. de la RMF (archivo digitalizado).

2.     Carta compromiso de confidencialidad, reserva y resguardo de información y datos la cual puedes obtener en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/cs/Satellite?blobcol=urldata&blobkey=id&blobtable=MungoBlobs&blobwhere=1461174737982&ssbinary=true debidamente firmada por el representante legal, (archivo digitalizado).

3.     Acreditar la personalidad del representante o apoderado legal:

·          Poder notarial para acreditar su personalidad del representante legal o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o fedatario público (documento digital).

        * Para mayor referencia, consultar en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso C) Poderes, del Anexo 1-A de la RMF.

·          Documento notarial con el que se haya designado el representante legal para efectos fiscales, en caso de residentes en el extranjero o de extranjeros residentes en México (documento digital).

·          Identificación oficial, cualquiera de las señaladas en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso A) Identificación oficial, del Anexo 1-A de la RMF.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

Contar con Contraseña.

 

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

En el Portal del SAT, con el número de folio que se encuentra en el Acuse de recepción, en: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/operacion/91727/consulta-de-servicio-o-solicitud-del-contribuyente

Registra en Mi Portal, tu RFC y Contraseña y elige Iniciar sesión.

Selecciona la opción de Servicios por Internet / Servicio o solicitudes / Consulta e ingresa el número de folio que se le asignó a tu trámite.

No.

 

Resolución del trámite o servicio

En caso de que cumplas con los requisitos obtendrás tu renovación para operar como proveedor de certificación y generación de CFDI para el sector primario a través del Portal del SAT.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

3 meses.

10 días hábiles.

10 días hábiles.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

·          Acuse de respuesta.

·          Posteriormente: Oficio de renovación, o en su caso, Oficio con resolución negativa.

2 ejercicios fiscales.

 

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·          MarcaSAT: 55-62-72-27-28 y 01-87-74-48-87-28 desde Canadá y Estados Unidos.

·          Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, en los días y horarios que se establecen en la siguiente dirección electrónica:

        https://sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

·          Vía Chat: http://chatsat.mx/

·          Diagrama del flujo de presentación del trámite: http://omawww.sat.gob.mx/factura/Paginas/proveedores_obligaciones.htm

·          Quejas y Denuncias SAT: 55-88-52-22-22 y 84-42-87-38-03 para otros países.

·          Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·          SAT Móvil – Aplicación para celular, apartado Quejas y Denuncias.

·          En el Portal del SAT:

        https://sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·          Teléfonos rojos ubicados en las Aduanas y las oficinas del SAT.

Información adicional

En caso de que se dude de la autenticidad de la documentación presentada, las autoridades fiscales requerirán al promovente a fin de que, en un plazo de 10 días, presente escrito dirigido a la Administración Central de Gestión de Servicios y Trámites con Medios Electrónicos ante la oficialía de partes de la Administración General de Servicios al Contribuyente, ubicada en Avenida Hidalgo No, 77, Módulo IV, Segundo Piso, Colonia Guerrero, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06300, Ciudad de México, o bien, mediante correo certificado el original o copia certificada del documento cuya autenticidad esté en duda.

Fundamento jurídico

Artículos: 29, fracción IV, segundo a quinto párrafos, 141 del CFF; Reglas 2.7.4.2., 2.7.4.5. y 2.7.4.8. de la RMF.

 

212/CFF     (Se deroga)

 

213/CFF     (Se deroga)

 

214/CFF Aviso para dejar de operar como proveedor de certificación y generación de CFDI para el sector primario y como proveedor de certificación de expedición de CFDI a través del adquirente de bienes o servicios

Trámite      l

Servicio     ¡

Descripción del trámite o servicio

Monto

Avisa que deseas dejar de operar como proveedor de certificación y generación de CFDI para el sector primario y dejar de prestar sus servicios o como proveedor de certificación de expedición de CFDI a través del adquirente de bienes o servicios.

l  Gratuito

¡  Pago de derechos

      Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Personas morales:

a)     Que cuenten con autorización para operar como proveedor de certificación y generación de CFDI para el sector primario.

b)     Proveedor de certificación de CFDI que opera en el esquema proveedor de certificación de expedición de CFDI a través del adquirente de bienes o servicios.

Al menos treinta días anteriores a la fecha y hora en que desea dejar de operar y prestar el servicio.

¿Dónde puedo presentarlo?

En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/operacion/32846/presenta-tu-aclaracion-como-contribuyente

 

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Ingresa al portal del SAT, en la liga del apartado de ¿Dónde puedo presentarlo?.

2.     Registra en Mi Portal, tu RFC y Contraseña y elige Iniciar sesión.

3.     Selecciona la opción de Servicios por Internet / Servicio o solicitudes / Solicitud y aparecerá el formulario.

        a) Proveedor de certificación y generación de CFDI para el sector primario.

        En el apartado Descripción del Servicio, en la pestaña Trámite selecciona la opción PCGCFDISP AV DEJAR SIN EFECTOS; en Dirigido a: Servicio de Administración Tributaria, en *Asunto: Solicito dejar sin efectos la autorización de proveedor de certificación y generación de CFDI para el sector primario. Descripción: Solicito dejar sin efectos la autorización de proveedor de certificación y generación de CFDI para el sector primario, para lo cual adjunto la documentación requerida. Adjuntar Archivo / Examinar, selecciona el documento digitalizado en formato PDF que contiene la información que subirás y elige Cargar.

        b) Proveedor de certificación de expedición de CFDI a través del adquirente de bienes o servicios.

        En el apartado Descripción del Servicio, en la pestaña Trámite selecciona la opción PCECFDI AVISO DEJAR DE OPERAR; en Dirigido a: Servicio de Administración Tributaria, en *Asunto: Manifiesto que es mi voluntad dejar de operar como proveedor de certificación de expedición de CFDI. Descripción: Manifiesto que es mi voluntad dejar de operar como proveedor de certificación de expedición de CFDI, para lo cual adjunto la documentación requerida. Adjuntar Archivo / Examinar, selecciona el documento digitalizado en formato PDF que contiene la información que subirás y elige Cargar.

4.     Oprime el botón Enviar, se genera el Acuse de recepción que contiene el folio del trámite con el que puedes dar seguimiento a tu aviso, imprímelo o guárdalo.

5.     Revisa tu caso de servicio o solicitud en un plazo de 10 días para verificar si se te solicitó información adicional, en caso de ser así, contarás con 10 días para entregarla, si excedes ese plazo es necesario ingresar nuevamente tu solicitud.

¿Qué requisitos debo cumplir?

a)     Proveedor de certificación y generación de CFDI para el sector primario

1.     Documento en donde manifiestes a partir de cuándo dejas de operar y prestar el servicio (archivo digitalizado).

2.     Documento electrónico o documento en archivo digitalizado que contenga una ruta crítica o cronograma de actividades con los plazos y las acciones para dar cumplimiento a las obligaciones del periodo de transición y de la regla 2.7.4.13. de la RMF.

3.     Documento de los acuerdos y convenios efectuados con otros proveedores de certificación y generación de CFDI para el sector primario, a los que transfieras los servicios otorgados a sus prestatarios, en su caso (archivo digitalizado).

b)     Proveedor de certificación de expedición de CFDI a través del adquirente de bienes o servicios

1.     Documento en donde manifiestes la fecha y hora en la que dejarás de operar y prestar el servicio (archivo digitalizado).

2.     Documento de los acuerdos y convenios efectuados con otros proveedores de certificación de expedición de CFDI, a los que transfieras los servicios otorgados a sus prestatarios, en su caso (archivo digitalizado).

¿Con qué condiciones debo cumplir?

a)     Proveedor de certificación y generación de CFDI para el sector primario.

·          Contar con autorización para operar como proveedor de certificación y generación de CFDI para el sector primario.

·          Contar con Contraseña.

b)     Proveedor de certificación de expedición de CFDI a través del adquirente de bienes o servicios

·          Ser proveedor de certificación de CFDI que opere en el esquema de proveedor de certificación de expedición de CFDI a través del adquirente de bienes o servicios.

·          Contar con e.firma.

·          Contar con Contraseña.

 

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

·          En el Portal del SAT, con el número de folio que se encuentra en el Acuse de recepción, en: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/operacion/91727/consulta-de-servicio-o-solicitud-del-contribuyente

·          Registra en Mi Portal, tu RFC y Contraseña y elige Iniciar sesión.

·          Selecciona la opción de Servicios por Internet / Servicio o solicitudes / Consulta e ingresa el número de folio que se le asignó a tu trámite.

No.

 

Resolución del trámite o servicio

En caso de que cumplas con los requisitos se actualizará tu información a través del Portal del SAT.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

3 meses.

10 días hábiles.

10 días hábiles.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

Acuse de respuesta.

Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·          MarcaSAT: 55-62-72-27-28 y 01-87-74-48-87-28 desde Canadá y Estados Unidos.

·          Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, en los días y horarios que se establecen en la siguiente dirección electrónica:

        https://sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

·          Vía Chat: http://chatsat.mx/

·          Diagrama del flujo de presentación del trámite: http://omawww.sat.gob.mx/factura/Paginas/proveedores_obligaciones.htm

·          Quejas y Denuncias SAT: 55-88-52-22-22 y 84-42-87-38-03 para otros países.

·          Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·          SAT Móvil – Aplicación para celular, apartado Quejas y Denuncias.

·          En el Portal del SAT:

        https://sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·          Teléfonos rojos ubicados en las Aduanas y las oficinas del SAT.

Información adicional

No aplica.

Fundamento jurídico

Artículo 29, fracción IV, segundo a quinto párrafos del CFF; Reglas 2.7.2.14., 2.7.2.18., 2.7.4.2. y 2.7.4.13. de la RMF.

 

215/CFF Informe de funcionarios y apoderados legales autorizados para recibir requerimiento de pago

Trámite      l

Servicio     ¡

Descripción del trámite o servicio

Monto

Da a conocer los cambios de domicilio y/o de nombres de apoderados legales o funcionarios autorizados que como instituciones autorizadas para emitir fianzas fiscales, y cartas de crédito han designado para recibir requerimientos de pago.

l  Gratuito

¡  Pago de derechos

      Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Representantes legales de las instituciones autorizadas por la SHCP para emitir fianzas fiscales y cartas de crédito, respectivamente.

·          Inicial: Tratándose de Instituciones de Crédito, dentro de los 20 días siguientes a la publicación del presente anexo en el DOF.

·          Cambios: Con 15 días de anticipación a la fecha en que surtan efectos los cambios de:

Ø  Designación de los apoderados legales designados por las instituciones autorizadas para emitir fianzas fiscales.

Ø  Funcionarios autorizados por las instituciones de crédito para recibir requerimientos de pago.

Ø  Domicilio designado para su recepción

¿Dónde puedo presentarlo?

En la oficialía de partes de la Administración Central de Cobro Persuasivo y Garantías de la Administración General de Recaudación, sita en Avenida Paseo de la Reforma No. 10, Torre Caballito, piso 15, Colonia Tabacalera, C.P. 06030, Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México.

Los días y horarios siguientes: Lunes a Viernes de 8:30 a 15:00 hrs.

 

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

En forma Presencial:

1.     Acude a la oficina del SAT señalada en el apartado ¿Dónde puedo presentarlo? con la documentación que se menciona en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir?.

2.     Entrega la documentación solicitada al personal que atenderá tu trámite.

3.     Recibe el escrito libre sellado como acuse de recibo.

¿Qué requisitos debo cumplir?

1.     Escrito libre en dos tantos que debe contener:

·          Nombre del apoderado legal o funcionario autorizado que recibirá los requerimientos de pago;

·          Domicilio en el que el apoderado legal o funcionario autorizado recibirá los requerimientos de pago;

·          Sala Regional del Tribunal Federal de Justicia Administrativa a la que corresponde; (únicamente para instituciones autorizadas para emitir fianzas fiscales).

·          Fecha en que surtirá efectos el cambio de apoderado legal o funcionario autorizado; y/o el domicilio para la recepción de requerimientos de pago.

Para el representante legal:

2.     Poder notarial para acreditar la personalidad del representante legal (copia certificada y copia simple para cotejo) o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o fedatario público (original y copia simple para cotejo).

3.     Documento notarial con el que se haya designado el representante legal para efectos fiscales, en caso de residentes en el extranjero o de extranjeros residentes en México (copia certificada y copia simple para cotejo).

        * Para mayor referencia, consultar en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso C) Poderes, del Anexo 1-A de la RMF.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

No aplica.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

En forma personal en la oficina del SAT en la que presentaste tu solicitud.

No.

Resolución del trámite o servicio

Si presentaste tu escrito con los requisitos solicitados se tendrá por presentado tu informe.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

Trámite inmediato.

No aplica.

No aplica.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

Acuse de recibo.

Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

Atención personal en la oficina del SAT en la que presentaste tu solicitud.

·          Quejas y Denuncias SAT: 55-88-52-22-22 y 84-42-87-38-03 para otros países.

·          Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·          SAT Móvil – Aplicación para celular, apartado Quejas y Denuncias.

·          En el Portal del SAT:

        https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·          Teléfonos rojos ubicados en las Aduanas y las oficinas del SAT.

Información adicional

En caso de no presentar tu informe en el plazo establecido, los requerimientos serán notificados en el último domicilio señalado.

Fundamento jurídico

Artículos: 141 y 143 del CFF; 80 del RCFF; Reglas 2.14.4. y 2.14.6. de la RMF.

 

216/CFF Informe del consentimiento para ser inscrito en el RFC y habilitado para facturar por un proveedor de certificación y generación de CFDI para el sector primario

Trámite      l

Servicio     ¡

Descripción del trámite o servicio

Monto

Informa sobre el consentimiento de las personas físicas para que realices su inscripción en el RFC y sea habilitado para expedir CFDI.

l  Gratuito

¡  Pago de derechos

      Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Personas morales proveedores de certificación y generación de CFDI para el sector primario.

·          Durante el mes siguiente a la fecha de firma del consentimiento de la persona física al proveedor de certificación y generación de CFDI para el sector primario, para ser inscrito en el RFC y ser habilitado para expedir CFDI.

¿Dónde puedo presentarlo?

En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/operacion/32846/presenta-tu-aclaracion-como-contribuyente

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Ingresa al portal del SAT, en la liga del apartado de ¿Dónde puedo presentarlo?.

2.     Registra en Mi Portal, tu RFC y Contraseña y elige Iniciar sesión.

3.     Selecciona la opción de Servicios por Internet / Servicio o solicitudes / Solicitud y aparecerá el formulario.

        En el apartado Descripción del Servicio, en la pestaña Trámite selecciona la opción PCGCFDISP INF CONS INSC FACT; en Dirigido a: Servicio de Administración Tributaria, en *Asunto: Consentimiento para ser inscrito en el RFC y habilitado para facturar por un proveedor de certificación y generación de CFDI para el sector primario. Descripción: Consentimiento para ser inscrito en el RFC y habilitado para facturar por un proveedor de certificación y generación de CFDI para el sector primario, para lo cual adjunto la documentación requerida. Adjuntar Archivo / Examinar, selecciona el documento digitalizado en formato PDF que contiene la información que subirás y elige Cargar.

4.     Oprime el botón Enviar, se genera el Acuse de recepción que contiene el folio del trámite con el que puedes dar seguimiento a tu aviso, imprímelo o guárdalo.

5.     Revisa tu caso de servicio o solicitud en un plazo de 10 días para verificar si se te solicitó información adicional, en caso de ser así, contarás con 10 días para entregarla, si excedes ese plazo es necesario ingresar nuevamente tu solicitud.

¿Qué requisitos debo cumplir?

1.     Descargar formato electrónico del Portal del SAT, el cual, puedes obtener en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/cs/Satellite?blobcol=urldata&blobkey=id&blobtable=MungoBlobs&blobwhere=1461173812672&ssbinary=true

2.     Manifestación del consentimiento de la persona física del sector primario para que el proveedor de certificación y generación de CFDI realice su inscripción en el RFC (archivo digitalizado).

¿Con qué condiciones debo cumplir?

Contar con Contraseña.

 

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

En el Portal del SAT, con el número de folio que se encuentra en el Acuse de recepción, en: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/operacion/91727/consulta-de-servicio-o-solicitud-del-contribuyente

Registra en Mi Portal, tu RFC y Contraseña y elige Iniciar sesión.

Selecciona la opción de Servicios por Internet / Servicio o solicitudes / Consulta e ingresa el número de folio que se le asignó a tu trámite.

No.

 

Resolución del trámite o servicio

Cumplidos los requisitos se actualizará tu información.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

3 meses.

10 días hábiles.

10 días hábiles.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

Acuse de respuesta.

Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·          MarcaSAT: 55-62-72-27-28 y 01-87-74-48-87-28 desde Canadá y Estados Unidos.

·          Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, en los días y horarios que se establecen en la siguiente dirección electrónica:

        https://sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

·          Vía Chat: http://chatsat.mx/

·          Diagrama del flujo de presentación del trámite: http://omawww.sat.gob.mx/factura/Paginas/proveedores_obligaciones.htm

·          Quejas y Denuncias SAT: 55-88-52-22-22 y 84-42-87-38-03 para otros países.

·          Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·          SAT Móvil – Aplicación para celular, apartado Quejas y Denuncias.

·          En el Portal del SAT:

        https://sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·          Teléfonos rojos ubicados en las Aduanas y las oficinas del SAT.

Información adicional

No aplica.

Fundamento jurídico

Artículos: 27 del CFF; 74, 74-A de la LISR; Regla 2.4.16. de la RMF.

 

217/CFF     (Se deroga)

 

218/CFF Solicitud de ofrecimiento de garantía del interés fiscal para adeudos parcializados a través de la modalidad de embargo de la negociación en la vía administrativa

Trámite      l

Servicio     ¡

Descripción del trámite o servicio

Monto

Garantiza tu adeudo parcializado, a través de embargo de la negociación en la vía administrativa.

l  Gratuito

¡  Pago de derechos

      Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

·          Personas físicas.

·          Personas morales.

Cuando incumplas con el pago de dos parcialidades en tiempo y monto.

¿Dónde puedo presentarlo?

En las Oficinas de Recaudación del SAT ubicadas en los domicilios señalados en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

Los días y horarios siguientes: Lunes a Viernes de 8:30 a 15:00 hrs. en la Oficialía de partes de Recaudación.

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

En forma Presencial:

1.     Acude a la Administración Desconcentrada de Recaudación que corresponda a tu domicilio con la documentación que se menciona en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir?.

2.     Entrega la documentación solicitada al personal que atenderá tu trámite.

3.     Recibe el escrito libre sellado como acuse de recibo.

4.     Si no cumples con alguno de los puntos señalados en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir?, dentro del plazo de 15 días hábiles siguientes a la recepción de tu solicitud, se te podrá requerir información adicional, misma que deberás entregar dentro del plazo de 15 días hábiles siguientes a aquél en que se te notifique dicho requerimiento. Si no lo haces dentro de dicho plazo o la proporcionas de manera incompleta, se rechazará tu solicitud, y será necesario que presentes una nueva.

¿Qué requisitos debo cumplir?

1.     Escrito libre firmado y en dos tantos, en el que señales:

·          La modalidad de garantía que ofreces.

·          El nombre, denominación o razón social de la empresa si eres persona moral.

·          Domicilio fiscal manifestado en el RFC.

·          Clave del RFC.

·          Señalar la autoridad a la que te diriges.

·          El propósito de la solicitud de ofrecimiento, ampliación o sustitución de garantía del interés fiscal y solicitud de avalúo (en caso de ofrecimiento de bienes) o avalúo practicado por personas autorizadas.

·          Dirección de correo electrónico.

·          Acreditamiento de la representación de las personas físicas o morales.

2.     Identificación oficial, cualquiera de las señaladas en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso A) Identificación oficial, del Anexo 1-A de la RMF.

3.     Adjunta a tu escrito libre, el Formato de garantía con los anexos correspondientes a la garantía ofrecida a través de embargo de la negociación en la vía administrativa, mismo que puedes obtener en la siguiente liga https://www.sat.gob.mx/tramites/17183/garantiza-tus-adeudos-fiscales

4.     El Formato para el pago contribuciones federales con línea de captura para el pago de gastos de ejecución por ofrecimiento de garantía, mismo que podrás solicitar vía telefónica a MarcaSAT: 55 627 22 728 o, que te pueden proporcionar en la Oficina del SAT de Recaudación donde realizaste tu trámite.

        En caso de ser representante legal:

5.     Poder notarial para acreditar la personalidad del representante legal (copia certificada y copia simple para cotejo) o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o fedatario público (original y copia simple para cotejo).

6.     Documento notarial con el que se haya designado el representante legal para efectos fiscales, en caso de residentes en el extranjero o de extranjeros residentes en México (copia certificada y copia simple para cotejo).

        * Para mayor referencia, consultar en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso C) Poderes, del Anexo 1-A de la RMF.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

No aplica.

 

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

En forma Presencial:

·          En la Oficina de Recaudación en la que presentaste tu solicitud, con el acuse de presentación.

Sí, la Administración Desconcentrada de Recaudación que conozca del trámite llevará a cabo una inspección física del bien que se ofrece en garantía, para tener certeza de su existencia y condiciones.

Resolución del trámite o servicio

·          Si cumples con los requisitos la autoridad, ante la cual presentaste tu trámite, emitirá resolución de aceptación misma que te será notificada en términos del artículo 134 del CFF.

·          En caso de rechazo de la garantía, se te revocará el pago en parcialidades y se procederá al cobro total de tu adeudo.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

3 meses.

15 días hábiles.

15 días hábiles.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

·          Acuse de recibo.

·          Resolución de aceptación o no aceptación.

·          Anual

Una vez aceptada la garantía y hasta en tanto no se cubra el adeudo o éste quede sin efectos, la garantía deberá ampliarse cada año para que cubra el importe del crédito actualizado y sus recargos.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·          MarcaSAT: 55-62-72-27-28 y 01-87-74-48-87-28 desde Estados Unidos y Canadá.

·          Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente dirección electrónica: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

        Los días y horarios siguientes: Lunes a Jueves de 8:30 a 16:00 hrs. y Viernes de 8:30 a 15:00 hrs.

·          Vía Chat: http://chatsat.mx/

·          Quejas y Denuncias SAT: 55-88-52-22-22 y 84-42-87-38-03 para otros países.

·          Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·          SAT Móvil – Aplicación para celular, apartado Quejas y Denuncias.

·          En el Portal del SAT:

        https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·          Teléfonos rojos ubicados en las Aduanas y las oficinas del SAT.

Información adicional

No aplica.

Fundamento jurídico

Artículos: 18, 19, 66, 66-A, 134, 141, fracción V del CFF; 85 y 86 del RCFF; Regla 2.13.1. de la RMF.

 

Tabla 32 GARANTIAS FISCALES

Parte aplicable al embargo en vía administrativa de la negociación

Requisitos Obligatorios de acuerdo al tipo garantía para concluir el trámite ante la oficina del SAT de Recaudación:

Embargo en Vía Administrativa

Persona Física

Persona Moral

d) negociación:

 

 

Original o copia certificada por fedatario público del acta constitutiva de la negociación debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio.

 

X

Comprobante de pago de los gastos de ejecución.

X

X

Original del avalúo de el(los) bien(es) ofrecido(s), emitido por persona autorizada, mismo que deberá incluir reporte fotográfico que permita la plena identificación de el(los) bien(es) valuado(s); o, en su caso, solicitud para elaborar avalúo de la negociación ofrecida en garantía, especificando los datos de la persona que acompañará al perito valuador en la revisión física.

X

X

Inventario de los bienes que ofrece con descripción detallada según las características propias del bien [Tipo de bien (nombre genérico que lo caracteriza), No. de factura, cantidad, marca, modelo, No. de serie, tipo de material] y señalar el domicilio en el que se ubican.

X

X

Estados financieros, que reflejen la situación de la sociedad.

X

X

Balance general que refleje la situación de la sociedad.

X

X

Original del certificado de libertad de gravamen expedido por el Registro Público de la Propiedad y del Comercio vigente a la fecha de presentación del ofrecimiento (3 meses).

X

X

Manifestación bajo protesta de decir verdad si el(los) bien(es) ofrecido(s) garantizan otros adeudos y en su caso, mencionar el número de resolución.

X

X

Original o copia certificada del poder para actos de dominio a través del cual el representante legal acredite la personalidad y facultades para disponer de el(los) bien(es) ofrecido(s) en garantía.

X

X

En caso de ofrecimiento del embargo en la vía administrativa de la negociación por el pago a plazos de adeudos fiscales, además deberás precisar:

a)     Los bienes de activo fijo que integran la negociación, así como el valor de los mismos, pendiente de deducir en el impuesto sobre la renta, actualizado desde que se adquirieron y hasta el mes inmediato anterior a la presentación de la garantía.

b)     Las inversiones que de la contribuyente o el contribuyente tenga en terrenos, los títulos valor que representen la propiedad de bienes y los siguientes activos:

        1. Otros títulos valor.

        2. Piezas de oro o de plata que hubieren tenido el carácter de moneda nacional o extranjera y las piezas denominadas “onzas troy”.

        3. Cualquier bien intangible, aun cuando se trate de inversiones o bienes que no estén afectos a las actividades por las cuales se generó el crédito fiscal, especificando las características de las inversiones que permitan tu identificación.

c)     Los gravámenes o adeudos provenientes de ingresos que la federación debió percibir, con excepción de adeudos garantizados con prenda o hipoteca, de alimentos, de salarios devengados en el último año o de indemnizaciones a los trabajadores que reporte la negociación, indicando el importe del adeudo y sus accesorios reclamados, así como el nombre y el domicilio de sus acreedores.

 

X

 

219/CFF Inscripción o actualización en el RFC en el RIF a través de Empresas de Participación Estatal Mayoritaria de la Administración Pública Federal

Trámite     l

Servicio    ¡

Descripción del trámite o servicio

Monto

Solicita la inscripción o actualización en el RFC de personas físicas que enajenan sus productos correspondientes a la canasta básica, por parte de las empresas de participación estatal mayoritaria de la Administración Pública Federal en su carácter de retenedor.

l  Gratuito

¡  Pago de derechos

      Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Personas morales de Participación Estatal Mayoritaria de la Administración Pública Federal.

·          Cuando se celebre el contrato de enajenación de productos que correspondan a la canasta básica.

·          Cuando se dé por terminado el mismo.

¿Dónde puedo presentarlo?

En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/tramites/89379/inscripcion-o-actualizacion-en-el-rfc-en-rif-a-traves-de-empresas-de-participacion-estatal-mayoritaria

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Ingresa en la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo? y elige la opción INICIAR.

2.     En Mi Portal, captura tu RFC, Contraseña y elige Iniciar sesión.

3.     Selecciona la opción Servicios por Internet / Servicio o solicitud / Solicitud y aparecerá un formulario.

4.     Requisita el formulario conforme a lo siguiente:

        En el apartado Descripción del Servicio, en la pestaña Trámite selecciona la opción DIST_RIF; en Dirigido a: Servicio de Administración Tributaria, en *Asunto: Solicito la inscripción o actualización de los distribuidores RIF; Descripción: Solicito la inscripción o actualización de los distribuidores RIF. Para anexar la información relacionada con el servicio, oprime Adjuntar Archivo/ Examinar, selecciona el archivo digitalizado y elige Cargar.

5.     Oprime el botón Enviar, se genera el Acuse de recepción que contiene el folio del trámite con el que puedes dar seguimiento a tu aviso, imprímelo o guárdalo.

6.     Revisa tu caso de aclaración en un plazo de 10 días hábiles para verificar si se te solicitó información adicional, en caso de ser así, contarás con 10 días hábiles para entregarla, si excedes ese plazo es necesario ingresar nuevamente tu solicitud.

7.     Ingresa al Portal del SAT, dentro del plazo de 10 días hábiles posteriores a la presentación del trámite, con el número de folio, para verificar la respuesta a tu aviso, en: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/operacion/66288/consulta-tus-aclaraciones-como-contribuyente de acuerdo a lo siguiente:

        En Mi Portal, captura tu RFC e ingresa tu Contraseña; selecciona la opción: Servicios por Internet / Servicio o solicitudes/ Consulta; captura el número del folio del trámite y verifica la solución otorgada a tu aviso; si tu solicitud fue resuelta, obtendrás el Acuse de respuesta imprímelo guárdalo.

8.     En caso de no contar con respuesta, acude a las Oficinas del SAT, para recibir información adicional sobre la situación del trámite, previa cita generada en:

·          El Portal del SAT: https://citas.sat.gob.mx/citasat/home.aspx

·          Portal Gob.mx: https://citas.sat.gob.mx/citasat/agregarcita.aspx

¿Qué requisitos debo cumplir?

1.     Archivo con las siguientes características:

·          Nombre del archivo RFC ddmmaaaa_consecutivo de dos dígitos (##), donde:

·          RFC: se refiere a la clave en el RFC de las Empresas de Participación Estatal Mayoritaria de la Administración Pública Federal.

·          ddmmaaaa: dd día, mm mes y aaaa año de la fecha de generación del archivo.

·          Consecutivo: número consecutivo del archivo.

·          Ejemplo XAXX010101AAA07072012_01

·          El contenido del mismo, deberá ser sin tabuladores.

·          Únicamente mayúsculas.

·          El formato del archivo debe ser en Código Estándar Americano para Intercambio de Información (ASCII).

·          La información del archivo deberá contener los siguientes campos delimitados por pipes “|”: (Ver Tabla 219.1) en el apartado de Información adicional.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

Contar con Contraseña.

 

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

·          En el Portal del SAT, con el número de folio que se encuentra en el Acuse de recepción.

·          Presencial en la oficina del SAT que corresponda a tu domicilio fiscal, previa cita, con el número de folio que se encuentra en el Acuse de recepción.

No.

Resolución del trámite o servicio

·          La autoridad validará la información, si es procedente se realiza la inscripción o actualización de las personas físicas y recibes Acuse de respuesta.

·          En caso contrario en el mencionado Acuse de respuesta se indica el motivo por el cual no procedió la solicitud.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

 3 meses.

 10 días hábiles.

 10 días hábiles.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

·          Acuse de recepción.

·          Acuse de respuesta.

Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·          MarcaSAT: 55-62-72-27-28 y 01-87-74-48-87-28 desde Canadá y Estados Unidos.

·          Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país como se establecen en la siguiente liga:

        https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

        Los días y horarios siguientes: Lunes a Jueves de 8:30 a 16:00 hrs y Viernes de 8:30 a 15:00 hrs.

·          Vía Chat: http://chatsat.mx/

·          Preguntas frecuentes:

        https://www.sat.gob.mx/tramites/89379/inscripcion-o-actualizacion-en-el-rfc-en-rif-a-traves-de-empresas-de-participacion-estatal-mayoritaria

·          Quejas y Denuncias SAT: 55-88-52-22-22 y 84-42-87-38-03 para otros países.

·          Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·          SAT Móvil – Aplicación para celular, apartado Quejas y Denuncias.

·          En el Portal del SAT:

        https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·          Teléfonos rojos ubicados en las Aduanas y las oficinas del SAT.

Información adicional

 

 

Tabla 219.1

No.

Datos

tipo

Longitud máxima

Obligatorio

1

CURP

Texto

18

Sí, excepto cuando finalice el contrato.

2

Primer apellido

Texto

200

Sí, excepto cuando finalice el contrato.

3

Segundo apellido

Texto

200

Sí, excepto cuando finalice el contrato.

4

Nombre

Texto

200

Sí, excepto cuando finalice el contrato.

 

 

5

RFC

Texto

13

Solo cuando ya esté inscrito en el RFC la persona física.

6

Calle

Texto

200

Sí, excepto cuando finalice el contrato.

7

No Int (1)

Texto

30

Sí, excepto cuando finalice el contrato.

8

No Ext(1)

Texto

30

Sí, excepto cuando finalice el contrato

9

Referencias (2)

Texto

200

Sí, excepto cuando finalice el contrato.

10

Entidad

Texto

100

Sí, excepto cuando finalice el contrato.

11

Colonia

Texto

200

Sí, excepto cuando finalice el contrato.

12

Localidad

Texto

200

Sí, excepto cuando finalice el contrato.

13

Municipio o demarcación territorial

Texto

200

Sí, excepto cuando finalice el contrato.

14

Código postal

Texto

5

Sí, excepto cuando finalice el contrato.

15

Fecha de suscripción del contrato (3)

Texto

8

Sí, excepto cuando finalice el contrato.

AAAAMMDD

16

Fecha de término del contrato (3)

Texto

8

Solo cuando finalice el contrato.

AAAAMMDD

17

Fecha de inscripción al RIF (3)

Texto

8

Solo en el caso de actualización en el RFC.

AAAAMMDD

18

RFC de la Empresa de Participación Estatal Mayoritaria de la Administración Pública Federal

Texto

12

Sí.

19

Identificador (4)

Texto

1

Sí, sólo en caso de que enajene otros productos

 

·          (1) Son obligatorios, en caso de no tenerlos poner S/N Sin número.

·          (2) Es obligatorio, en caso de no tenerlo poner S/R Sin referencias.

·          (3) El tipo de dato es texto, pero debe cumplir el siguiente formato:

Ø  AAAA Significa el año (en 4 posiciones) Por ejemplo 2008, 1998.

Ø  MM Significa el mes (en 2 posiciones) Por ejemplo 05, 12.

Ø                  DD Significa el día (en 2 posiciones) Por ejemplo 01, 10, 31.

·          (4) Indicar con el valor 1 cuando el contribuyente enajena productos adicionales distintos a los de las Empresas de Participación Estatal Mayoritaria de la Administración Pública Federal (EPEMAPF), que correspondan a los alimentos que forman parte de la canasta básica que beneficie exclusivamente a los beneficiarios de programas federales.

·          La información deberá entregarse en archivos TXT.

Fundamento jurídico

Artículos: 27 del CFF; 23 del RCFF; segundo, fracción XVI Disposiciones Transitorias de la LISR; Regla 2.4.17. de la RMF.

 

220/CFF Solicitud de Certificado de sello digital del SAT para operar como proveedor de certificación

Trámite      l

Servicio     ¡

Descripción del trámite o servicio

Monto

Solicita el CSD para operar como proveedor de certificación, así como cuando se encuentre en riesgo la confidencialidad y el buen uso del CSD, haya concluido su vigencia o este próximo a concluir.

l  Gratuito

¡  Pago de derechos

      Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Personas morales autorizadas para operar como proveedores de certificación:

·          De CFDI.

·          De recepción de documentos digitales.

·          De certificación y generación de CFDI para el sector primario.

a)     Una vez obtenida la autorización para operar como proveedor de certificación, haber cumplido todos los requisitos formales.

        Así como, haber presentado la garantía a que se refiere la ficha de trámite 112/CFF Solicitud para obtener autorización para operar como proveedor de certificación de CFDI, excepto en el caso de los proveedores de certificación y generación de CFDI para el sector primario.

b)     Cuando se considere que está en riesgo la confidencialidad y el buen uso del CSD, así como cuando haya concluido su vigencia.

c)     Cuando el CSD se encuentre próximo a concluir su vigencia.

¿Dónde puedo presentarlo?

En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/operacion/32846/presenta-tu-aclaracion-como-contribuyente

 

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Ingresa al portal del SAT, en la liga del apartado de ¿Dónde puedo presentarlo?.

2.     Registra en Mi Portal, tu RFC y Contraseña y elige Iniciar sesión.

3.     Selecciona la opción de Servicios por Internet / Servicio o solicitudes / Solicitud y aparecerá el formulario.

        a) Proveedor de certificación de CFDI.

        En el apartado Descripción del Servicio, en la pestaña Trámite selecciona la opción PCCFDI SOLICITUD CSD; en Dirigido a: Servicio de Administración Tributaria, en *Asunto: Solicito certificado de sello digital del SAT para operar como proveedor de certificación de CFDI. Descripción: Solicito certificado de sello digital del SAT para operar como proveedor de certificación de CFDI, para lo cual adjunto la documentación requerida. Adjuntar Archivo / Examinar, selecciona el documento digitalizado en formato PDF que contiene la información que subirás y elige Cargar.

        b) Proveedor de certificación de recepción de documentos digitales.

        En el apartado Descripción del Servicio, en la pestaña Trámite selecciona la opción PCRDD SOLICITUD CSD; en Dirigido a: Servicio de Administración Tributaria, en *Asunto: Solicito certificado de sello digital del SAT para operar como proveedor de certificación de recepción de documentos digitales. Descripción: Solicito certificado de sello digital del SAT para operar como proveedor de certificación de recepción de documentos digitales, para lo cual adjunto la documentación requerida. Adjuntar Archivo / Examinar, selecciona el documento digitalizado en formato PDF que contiene la información que subirás y elige Cargar.

        c) Proveedor de certificación y generación de CFDI para el sector primario.

        En el apartado Descripción del Servicio, en la pestaña Trámite selecciona la opción PCGCFDISP SOLICITUD CSD; en Dirigido a: Servicio de Administración Tributaria, en *Asunto: Solicito certificado de sello digital del SAT para operar como proveedor de certificación y generación de CFDI para el sector primario. Descripción: Solicito certificado de sello digital del SAT para operar como proveedor de certificación y generación de CFDI para el sector primario, para lo cual adjunto la documentación requerida. Adjuntar Archivo / Examinar, selecciona el documento digitalizado en formato PDF que contiene la información que subirás y elige Cargar.

4.     Oprime el botón Enviar, se genera el Acuse de recepción que contiene el folio del trámite con el que puedes dar seguimiento a tu aviso, imprímelo o guárdalo.

5.     Revisa tu caso de servicio o solicitud en un plazo de 10 días para verificar si se te solicitó información adicional, en caso de ser así, contarás con 10 días para entregarla, si excedes ese plazo es necesario ingresar nuevamente tu solicitud.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Escrito libre en donde solicite la generación del Certificado de sello digital del SAT, manifestando y/o solicitando o adjuntando lo siguiente (archivo digitalizado:

1.     Tratándose del inciso a) del apartado de ¿Cuándo se presenta?, los datos del oficio de otorgamiento de autorización para operar como proveedor de certificación.

2.     Tratándose del inciso b) del apartado de ¿Cuándo se presenta?, solicitar la revocación del CSD que se considera está en riesgo la confidencialidad y su buen uso, o que su vigencia haya concluido, indicando el número de Certificado a revocar y la fecha de vigencia del mismo, así como los motivos o razones por los cuales solicita la revocación y la generación de otro Certificado, adjuntando la documentación que considere necesaria para que la autoridad esté en posibilidad de emitir el otro Certificado.

3.     Tratándose del inciso c) del apartado de ¿Cuándo se presenta?, la solicitud de renovación del CSD deberá indicar el número de Certificado y la fecha de vigencia del mismo.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

Contar con Contraseña.

 

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

·          En el Portal del SAT, con el número de folio que se encuentra en el Acuse de recepción, en: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/operacion/91727/consulta-de-servicio-o-solicitud-del-contribuyente

·          Registra en Mi Portal, tu RFC y Contraseña y elige Iniciar sesión.

·          Selecciona la opción de Servicios por Internet / Servicio o solicitudes / Consulta e ingresa el número de folio que se le asignó a tu trámite.

No.

 

Resolución del trámite o servicio

En caso de que cumplas con los requisitos obtendrás tu certificado de sello digital para operar como proveedor de certificación a través del Portal del SAT.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

3 meses.

10 días hábiles.

10 días hábiles.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

·          Acuse de respuesta.

·          Posteriormente CSD del SAT.

Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·          MarcaSAT: 55-62-72-27-28 y 01-87-74-48-87-28 desde Canadá y Estados Unidos.

·          Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, en los días y horarios que se establecen en la siguiente dirección electrónica:

        https://sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

·          Vía Chat: http://chatsat.mx/

·          Diagrama del flujo de presentación del trámite: http://omawww.sat.gob.mx/factura/Paginas/proveedores_obligaciones.htm

·          Quejas y Denuncias SAT: 55-88-52-22-22 y 84-42-87-38-03 para otros países.

·          Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·          SAT Móvil – Aplicación para celular, apartado Quejas y Denuncias.

·          En el Portal del SAT:

        https://sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·          Teléfonos rojos ubicados en las Aduanas y las oficinas del SAT.

Información adicional

No aplica.

Fundamento jurídico

Artículos: 28, fracción IV, 29, fracción IV, 31 del CFF; Reglas 2.7.2.1., 2.7.2.15., 2.7.4.2., 2.8.2.2. y 2.8.2.13. de la RMF.

 

221/CFF Solicitud de especificaciones técnicas para operar como proveedor de certificación de expedición de CFDI

Trámite      l

Servicio     ¡

Descripción del trámite o servicio

Monto

Presenta tu solicitud para obtener las especificaciones técnicas para operar como proveedor de certificación de CFDI a través de adquirente de bienes o servicios.

l  Gratuito

¡  Pago de derechos

      Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Personas morales autorizadas para operar como proveedor de certificación de CFDI y deseen también operar el esquema de proveedor de certificación de expedición de CFDI a través del adquirente de bienes o servicios.

Cuando adicionalmente, el proveedor de certificación de CFDI desee operar el esquema de certificación de expedición de CFDI a través del adquirente de bienes o servicios.

¿Dónde puedo presentarlo?

En forma presencial:

En la Administración Central de Seguridad, Monitoreo y Control ubicada en Calzada de Tlalpan No. 2775, Colonia San Pablo Tepetlapa, Alcaldía Coyoacán, C.P. 04620, Ciudad de México, previa cita solicitada al correo electrónico oficialdecumplimiento@sat.gob.mx o al teléfono: 55-58-09-02-00 ext. 48340 en un horario de lunes a viernes de 9:00 a 13:30 hrs. y de 15:30 a 17:30 hrs.

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Acude a las Oficinas de la Administración Central de Seguridad, Monitoreo y Control, previa cita, mencionada en el apartado ¿Dónde puedo presentarlo?.

2.     Entrega la documentación que se menciona en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir?, al personal que atenderá el trámite.

3.     En caso de que cumplas con los requisitos y condiciones recibe copia del escrito libre sellado como acuse de recibo. En caso contrario se te indicará lo que hace falta y deberás volver a presentar el trámite.

4.     Para verificar la respuesta a tu solicitud, ingresa al Portal del SAT, dentro del plazo de 3 meses posteriores a la presentación del mismo, en la ruta: https://www.sat.gob.mx/personas/iniciar-sesion de acuerdo con lo siguiente:

·          En el buzón tributario, captura tu RFC / Contraseña / Captcha o tu e.firma, selecciona el botón Enviar.

Ø  En el apartado de Mis expedientes / Mis notificaciones, podrás consultar el campo de Pendientes, en donde:

Ø  Cuando cumples con los requisitos encontrarás el Oficio de especificaciones técnicas.

¿Qué requisitos debo cumplir?

1.     Escrito libre original y copia el cual debe ser suscrito por el representante legal o apoderado legal con facultades para tal efecto, firmado en forma autógrafa o con e.firma, que deberá contener la solicitud de las especificaciones técnicas para operar como proveedor de certificación de expedición de CFDI.

2.     Copia certificada y copia simple para cotejo de la escritura pública o poder notarial para acreditar la personalidad del representante legal o apoderado legal.

        * Para mayor referencia, consultar en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso C) Poderes, del Anexo 1-A de la RMF.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

•       Ser proveedor de certificación de CFDI con autorización vigente.

•       Contar con e.firma o Contraseña.

•       Contar con buzón tributario activo.

 

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

Mediante llamada a la Administración Central de Seguridad, Monitoreo y Control al teléfono 55-58-09-02-00 ext. 48340. Horarios de atención: de lunes a viernes 9:00 a 13:30 hrs. y de 15:30 a 17:30 hrs. o al correo electrónico oficialdecumplimiento@sat.gob.mx

No.

Resolución del trámite o servicio

La Administración Central de Seguridad, Monitoreo y Control verificará si cumples con todos los requisitos y condiciones, y emitirá Oficio de especificaciones técnicas.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

3 meses.

Dentro del plazo de 3 meses.

10 días hábiles.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

A la presentación del trámite:

•       Copia del escrito libre sellado como acuse de recibo.

Al término del trámite, recibirás por buzón tributario:

•       Oficio de especificaciones técnicas.

No aplica.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·          Mediante llamada a la Administración Central de Seguridad, Monitoreo y Control al teléfono 55-58-09-02-00 ext. 48340. Horarios de atención: de lunes a viernes de 9:00 a 13:30 hrs. y de 15:30 a 17:30 hrs.

·          Envía correo electrónico a oficialdecumplimiento@sat.gob.mx

·          Quejas y Denuncias SAT: 55-88-52-22-22 y 84-42-87-38-03 para otros países.

·          Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·          SAT Móvil – Aplicación para celular, apartado Quejas y Denuncias.

·          En el Portal del SAT:

        https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·          Teléfonos rojos ubicados en las Aduanas y las Oficinas del SAT.

Información adicional

No aplica.

Fundamento jurídico

Artículo 29 fracción IV, segundo al quinto párrafos del CFF; Regla 2.7.2.14. de la RMF.

 

222/CFF Solicitud de validación y opinión técnica para operar como proveedor de certificación de expedición de CFDI

Trámite      l

Servicio     ¡

Descripción del trámite o servicio

Monto

Presenta tu solicitud para obtener la opinión técnica para ser proveedor de certificación de expedición de CFDI a través del adquirente de bienes o servicios.

l  Gratuito

¡  Pago de derechos

      Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Personas morales autorizadas para operar como proveedor de certificación de CFDI que deseen también operar el esquema de proveedor de certificación de expedición de CFDI a través del adquirente de bienes o servicios.

Cuando lo requieras.

¿Dónde puedo presentarlo?

En forma presencial:

En la Administración Central de Seguridad, Monitoreo y Control, ubicada en Calzada de Tlalpan No. 2775, Colonia San Pablo Tepetlapa, Alcaldía Coyoacán, C.P. 04620, Ciudad de México, previa cita solicitada al correo electrónico oficialdecumplimiento@sat.gob.mx o al teléfono: 55-58-09-02-00 ext. 48340 en un horario de lunes a viernes de 9:00 a 13:30 hrs. y de 15:30 a 17:30 hrs.

 

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Acude a las Oficinas de la Administración Central de Seguridad, Monitoreo y Control, previa cita, mencionada en el apartado ¿Dónde puedo presentarlo?.

2.     Entrega la documentación que se menciona en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir? al personal que atenderá el trámite.

3.     En caso de que cumplas con los requisitos y condiciones recibe copia del escrito libre sellado como acuse de recibo. En caso contrario se te indicará lo que hace falta y deberás volver a presentar el trámite.

4.     Para verificar la respuesta a tu solicitud, ingresa al Portal del SAT dentro del plazo de 3 meses posteriores a la presentación del mismo, en la ruta: https://www.sat.gob.mx/personas/iniciar-sesion de acuerdo con lo siguiente:

·          En buzón tributario, captura tu RFC / Contraseña / Captcha o tu e.firma, selecciona el botón Enviar.

Ø  En el apartado Mis expedientes / Mis notificaciones, podrás consultar el campo de Pendientes, en donde:

Ø  Cuando cumples con los requisitos encontrarás Oficio de Opinión Técnica Favorable.

Ø  En caso contrario emitirá Oficio de Opinión Técnica No Favorable.

¿Qué requisitos debo cumplir?

1.     Escrito libre original y copia el cual debe ser suscrito por el representante legal o apoderado legal con facultades para tal efecto, firmado en forma autógrafa o con e.firma, que deberá contener:

·          Contar con las especificaciones técnicas del Web Service del SAT, para validar las obligaciones en el RFC de contribuyentes de sectores que puedan emitir CFDI a través de un proveedor de certificación de expedición de CFDI, conforme a los supuestos contenidos en la RMF.

·          Realizar ajustes a su aplicación para que, tratándose de emisión de CFDI para sectores de contribuyentes, el CSD del emisor se sustituya por un CESD.

·          Realizar pruebas de funcionalidad de la aplicación.

2.     Copia certificada y copia simple para cotejo de la escritura pública o poder notarial para acreditar la personalidad del representante legal o apoderado legal.

        * Para mayor referencia, consultar en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso C) Poderes, del Anexo 1-A de la RMF.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

·          Ser proveedor de certificación de CFDI con autorización vigente.

·          Contar con e.firma o Contraseña.

·          Contar con buzón tributario activo.

 

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

Mediante llamada a la Administración Central de Seguridad, Monitoreo y Control al teléfono 55-58-09-02-00 ext. 48340. Horarios de atención: de lunes a viernes de 9:00 a 13:30 hrs. y de 15:30 a 17:30 hrs. o al correo electrónico oficialdecumplimiento@sat.gob.mx

Sí, se realizará la validación de los aspectos técnicos requeridos para operar como proveedor de certificación de expedición de CFDI a través del adquirente de bienes o servicios.

Resolución del trámite o servicio

La Administración Central de Seguridad, Monitoreo y Control verificará si cumples con todos los requisitos y condiciones, y emitirá Oficio de Oficio de Opinión Técnica Favorable u Oficio de Opinión Técnica No Favorable.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

3 meses.

Dentro del plazo de 3 meses.

10 días hábiles.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

A la presentación del trámite:

·          Copia del escrito libre sellado como acuse de recibo.

Al término del trámite, recibirás por buzón tributario:

·          En caso de cumplir con los requisitos y condiciones: Oficio de Opinión Técnica Favorable.

·          En caso de no cumplir con los requisitos y condiciones: Oficio de Opinión Técnica No Favorable.

Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·          Mediante llamada a la Administración Central de Seguridad, Monitoreo y Control al teléfono 55-58-09-02-00 ext. 48340. Horarios de atención: de lunes a viernes de 9:00 a 13:30 hrs. y de 15:30 a 17:30 hrs.

·          Envía correo electrónico a oficialdecumplimiento@sat.gob.mx

 

·          Quejas y Denuncias SAT: 55-88-52-22-22 y 84-42-87-38-03 para otros países.

·          Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·          SAT Móvil – Aplicación para celular, apartado Quejas y Denuncias.

·          En el Portal del SAT:

        https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·          Teléfonos rojos ubicados en las Aduanas y las Oficinas del SAT.

Información adicional

No aplica.

Fundamento jurídico

Artículo 29, fracción IV, segundo al quinto párrafos, 37, primer párrafo del CFF; Regla 2.7.2.14. de la RMF.

 

223/CFF Aviso de acceso a la herramienta de monitoreo de proveedor de certificación de expedición de CFDI

Trámite      l

Servicio     ¡

Descripción del trámite o servicio

Monto

Proporciona los datos e información para el acceso a la herramienta de monitoreo.

l  Gratuito

¡  Pago de derechos

      Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Personas morales que cuenten con autorización para operar como proveedor de certificación de CFDI y deseen también operar el esquema proveedor de certificación de expedición de CFDI a través del adquirente de bienes o servicios.

Cuando el proveedor de certificación de CFDI deseé también operar el esquema proveedor de certificación de expedición de CFDI a través del adquirente de bienes o servicios.

¿Dónde puedo presentarlo?

En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/aplicacion/operacion/32846/presenta-tu-aclaracion-como-contribuyente se presenta el aviso y posteriormente se entrega la documentación, en la Administración Central de Gestión de Servicios y Trámites con Medios Electrónicos, ubicada en Conjunto Hidalgo, Paseo de la Reforma No. 37, Módulo V, Piso 2, Colonia Guerrero, Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México, en un horario de 9:00 a 18:00 hrs.

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Ingresa al portal del SAT, en la liga del apartado de ¿Dónde puedo presentarlo?.

2.     Registra en Mi Portal, tu RFC y Contraseña y elige Iniciar sesión.

3.     Selecciona la opción de Servicios por Internet / Servicio o solicitudes / Solicitud y aparecerá el formulario.

        En el apartado Descripción del Servicio, en la pestaña Trámite selecciona la opción PCECFDI HERRAMIENTA MONITOREO; en Dirigido a: Servicio de Administración Tributaria, en *Asunto: Aviso para manifestar información para el acceso a la herramienta de monitoreo. Descripción: Aviso para manifestar información para el acceso a la herramienta de monitoreo, para lo cual adjunto la documentación requerida. Adjuntar Archivo / Examinar, selecciona el documento digitalizado en formato PDF que contiene la información que subirás y elige Cargar.

4.     Oprime el botón Enviar, se genera el Acuse de recepción que contiene el folio del trámite con el que puedes dar seguimiento a tu aviso, imprímelo o guárdalo.

5.     Revisa tu caso de servicio o solicitud en un plazo de 10 días para verificar si se te solicitó información adicional, en caso de ser así, contarás con 10 días para entregarla, si excedes ese plazo es necesario ingresar nuevamente tu solicitud.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Entregar con escrito libre y en sobre cerrado, los siguientes datos de acceso a la herramienta de monitoreo:

1.     La dirección web.

2.     Un nombre de usuario.

3.     Una Contraseña.

4.     Impresión del manual de usuario.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

·          Ser proveedor de certificación de CFDI con autorización vigente.

·          Contar con e.firma.

·          Contar con Contraseña.

 

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

·          En el Portal del SAT, con el número de folio que se encuentra en el Acuse de recepción, en: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/operacion/91727/consulta-de-servicio-o-solicitud-del-contribuyente

·          Registra en Mi Portal, tu RFC y Contraseña y elige Iniciar sesión.

·          Selecciona la opción de Servicios por Internet / Servicio o solicitudes / Consulta e ingresa el número de folio que se le asignó a tu trámite.

No.

Resolución del trámite o servicio

Cumplidos los requisitos se tendrá por presentado el Aviso.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

3 meses.

10 días hábiles.

10 días hábiles.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

Acuse de respuesta.

Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·          MarcaSAT: 55-62-72-27-28 y 01-87-74-48-87-28 desde Canadá y Estados Unidos.

·          Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, en los días y horarios que se establecen en la siguiente dirección electrónica:

        https://sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

·          Vía Chat: http://chatsat.mx/

·          Diagrama del flujo de presentación del trámite: http://omawww.sat.gob.mx/factura/Paginas/proveedores_obligaciones.htm

·          Quejas y Denuncias SAT: 55-88-52-22-22 y 84-42-87-38-03 para otros países.

·          Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·          SAT Móvil – Aplicación para celular, apartado Quejas y Denuncias.

·          En el Portal del SAT:

        https://sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·          Teléfonos rojos ubicados en las Aduanas y las oficinas del SAT.

Información adicional

No aplica.

Fundamento jurídico

Artículo 29, fracción IV, segundo al quinto párrafos del CFF; Regla 2.7.2.14. de la RMF.

 

224/CFF     (Se deroga)

 

225/CFF     (Se deroga)

 

226/CFF     (Se deroga)

 

227/CFF     (Se deroga)

 

228/CFF Aviso de consentimiento del contribuyente para compartir información fiscal a Nacional Financiera y para que Nacional Financiera solicite información sobre las mismas a las sociedades de información crediticia

Trámite      l

Servicio     ¡

Descripción del trámite o servicio

Monto

Presenta el Aviso de consentimiento del contribuyente para compartir información fiscal a Nacional Financiera y para que Nacional Financiera solicite información sobre las mismas a las sociedades de información crediticia

l  Gratuito

¡  Pago de derechos

      Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Personas físicas y morales que en el ejercicio fiscal inmediato anterior hayan declarado ingresos iguales o superiores a $2´000,000.00 (Dos millones de pesos 00/100 M.N.) y hasta $250’000,000 (Doscientos cincuenta millones de pesos 00/100 M.N.)

Cuando lo requieras.

¿Dónde puedo presentarlo?

En el Portal del SAT, a través de buzón tributario:

·          Persona física:

        https://www.sat.gob.mx/personas/iniciar-sesion

·          Persona moral:

        https://www.sat.gob.mx/empresas/iniciar-sesion

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.- Ingresa a la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo?.

2.- Realiza los pasos que se te solicitan.

3.- Envía tu aviso.

¿Qué requisitos debo cumplir?

1.     Tributar conforme al Título II ó IV de la Ley del ISR.

2.     Contar con e.firma.

3.     Contar con buzón tributario.

4.     Estar al corriente en el envío de tu contabilidad electrónica en los últimos tres meses.

5.     Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales positiva.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

Contar con e.firma y Contraseña.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

No aplica.

No aplica.

Resolución del trámite o servicio

En caso de que cumplas con todos los requisitos recibirás un Acuse de presentación de tu Aviso.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

No aplica.

No aplica.

No aplica.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

Acuse de recibo.

Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·          MarcaSAT: 55-62-72-27-28 y 01-87-74-48-87-28 desde Canadá y Estados Unidos.

      Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, en un horario de atención de lunes a jueves de 8:30 a 16:00 hrs. y viernes de 8:30 a 15:00 hrs.

        Las direcciones de las oficinas están disponibles en:

        https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

      Vía Chat: http://chatsat.mx/

      Quejas y Denuncias SAT: 55-88-52-22-22 y 84-42-87-38-03 para otros países.

      Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

      SAT Móvil – Aplicación para celular, apartado Quejas y Denuncias.

      En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

      Teléfonos rojos ubicados en las Aduanas y las oficinas del SAT.

Información adicional

No aplica.

Fundamento jurídico

Artículo Séptimo, fracción I de las DTCFF publicado en el DOF el 18 de noviembre de 2015; Reglas 1.6., 2.2.6. y 2.1.46. de la RMF.

 

229/CFF Solicitud de logotipo oficial para proveedores de certificación de CFDI

Trámite      l

Servicio     ¡

Descripción del trámite o servicio

Monto

Solicita el logotipo oficial que acredita la autorización para operar como proveedor de certificación de CFDI.

l  Gratuito

¡  Pago de derechos

      Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Personas morales proveedores de certificación de CFDI.

A más tardar dentro del mes siguiente a aquel en que hayas obtenido la autorización para operar como proveedor de certificación de CFDI.

¿Dónde puedo presentarlo?

En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/operacion/32846/presenta-tu-aclaracion-como-contribuyente

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Ingresa al portal del SAT, en la liga del apartado de ¿Dónde puedo presentarlo?.

2.     Registra en Mi Portal, tu RFC y Contraseña y elige Iniciar sesión.

3.     Selecciona la opción de Servicios por Internet / Servicio o solicitudes / Solicitud y aparecerá el formulario.

        En el apartado Descripción del Servicio, en la pestaña Trámite selecciona la opción PCCFDI SOL LOGO INSTITUCIONAL; en Dirigido a: Servicio de Administración Tributaria, en *Asunto: Solicito logotipo oficial como proveedor de certificación de CFDI. Descripción: Solicito logotipo oficial como proveedor de certificación de CFDI, para lo cual adjunto la documentación requerida. Adjuntar Archivo / Examinar, selecciona el documento digitalizado en formato PDF que contiene la información que subirás y elige Cargar.

4.     Oprime el botón Enviar, se genera el Acuse de recepción que contiene el folio del trámite con el que puedes dar seguimiento a tu aviso, imprímelo o guárdalo.

5.     Revisa tu caso de servicio o solicitud en un plazo de 10 días para verificar si se te solicitó información adicional, en caso de ser así, contarás con 10 días para entregarla, si excedes ese plazo es necesario ingresar nuevamente tu solicitud.

¿Qué requisitos debo cumplir?

1.     Escrito libre en archivo digitalizado en el cual se solicite el logotipo oficial que acredita la autorización para operar como proveedor de certificación de CFDI, en dicho documento además deberá manifestar: Que cumplirá con las formalidades y especificaciones de la implementación y aplicación del logotipo oficial.

2.     Archivo digitalizado del documento de “Lineamientos de uso gráfico del logotipo para proveedores autorizados de certificación de CFDI, el cual puedes obtener en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/cs/Satellite?blobcol=urldata&blobkey=id&blobtable=MungoBlobs&blobwhere=1461174737970&ssbinary=true debidamente firmado por el representante legal, apoderado o representante orgánico de la persona moral.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

·          Contar con autorización para operar como proveedor de certificación de CFDI.

·          Contar con Contraseña.

 

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

·          En el Portal del SAT, con el número de folio que se encuentra en el Acuse de recepción, en: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/operacion/91727/consulta-de-servicio-o-solicitud-del-contribuyente

·          Registra en Mi Portal, tu RFC y Contraseña y elige Iniciar sesión.

·          Selecciona la opción de Servicios por Internet / Servicio o solicitudes / Consulta e ingresa el número de folio que se le asignó a tu trámite.

No.

Resolución del trámite o servicio

En caso de que cumplas con los requisitos obtendrás tu logotipo oficial de certificación de CFDI a través del Portal del SAT.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

3 meses.

10 días hábiles.

10 días hábiles.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

·          Acuse de respuesta.

·          Posteriormente: El logotipo oficial y el certificado del sitio de Internet.

Indefinida.

 

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·          MarcaSAT: 55-62-72-27-28 y 01-87-74-48-87-28 desde Canadá y Estados Unidos.

·          Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, en los días y horarios que se establecen en la siguiente dirección electrónica:

        https://sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

·          Vía Chat: http://chatsat.mx/

·          Diagrama del flujo de presentación del trámite: http://omawww.sat.gob.mx/factura/Paginas/proveedores_obligaciones.htm

·          Quejas y Denuncias SAT: 55-88-52-22-22 y 84-42-87-38-03 para otros países.

·          Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·          SAT Móvil – Aplicación para celular, apartado Quejas y Denuncias.

·          En el Portal del SAT:

        https://sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·          Teléfonos rojos ubicados en las Aduanas y las oficinas del SAT.

Información adicional

No aplica.

Fundamento jurídico

Artículos: 29, fracción IV, segundo al quinto párrafos del CFF; 297 del CFPC; Reglas 2.7.2.1. y 2.7.2.8. de la RMF.

 

230/CFF Declaración Informativa de Operaciones Relevantes

Trámite      l

Servicio     ¡

Descripción del trámite o servicio

Monto

Presenta el formato 76 Información de Operaciones Relevantes para cumplir con la obligación establecida en el artículo 31-A del CFF.

l  Gratuito

¡  Pago de derechos

      Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

·          Personas físicas.

·          Personas morales.

Trimestral: Dentro de los sesenta días siguientes a aquél en el que concluya el trimestre de que se trate, de acuerdo a lo siguiente:

Ø  La declaración del mes de enero, febrero y marzo el último día del mes de mayo.

Ø  La declaración del mes de abril, mayo y junio el último día del mes de agosto.

Ø  La declaración del mes de julio, agosto y septiembre el último día del mes de noviembre.

Ø  La declaración del mes de octubre, noviembre y diciembre el último día del mes de febrero del siguiente ejercicio al que corresponda.

¿Dónde puedo presentarlo?

En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/declaracion/11315/declaracion-informativa-de-operaciones-relevantes

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Ingresa al portal del SAT, en la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo?.

2.     Selecciona el botón INICIAR, registra tu RFC, Contraseña, y Captcha o e.firma y elige la opción Enviar; Selecciona el Ejercicio, el Tipo de periodo, Periodo y el Tipo de declaración; oprime Siguiente.

3.     Captura la información requerida por el programa, concluida la captura selecciona Revisión de la declaración para generar la vista previa para su revisión y en caso de estar de acuerdo con la información que se presenta, realiza el envío eligiendo Enviar declaración.

4.     Una vez enviada la declaración, el sistema generará en PDF el acuse de recibo, el cual podrás descargar y conservar.

¿Qué requisitos debo cumplir?

No requiere presentar documentación.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

Contar con e.firma o Contraseña.

 

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

Trámite inmediato.

No.

Resolución del trámite o servicio

Si la captura de la información se realiza de forma completa, podrás realizar el envío de tu declaración.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

Trámite inmediato.

No aplica.

No aplica.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

Acuse de recibo.

Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·          MarcaSAT: 55-62-72-27-28 y 01-87-74-48-87-28 desde Canadá y Estados Unidos.

·          Vía telefónica al 55-58-02-00-00 extensión 41633, en un horario de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 hrs. y de 16:00 a 18:00 hrs.

·          Vía Chat: http://chatsat.mx/

·          Quejas y Denuncias SAT: 55-88-52-22-22 y 84-42-87-38-03 para otros países.

·          Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·          SAT Móvil – Aplicación para celular, apartado Quejas y Denuncias.

·          En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o- denuncia

·          Teléfonos rojos ubicados en las Aduanas y las oficinas del SAT.

Información adicional

·          Para mayor información entra a la liga: https://www.sat.gob.mx/declaracion/11315/declaracion-informativa-de-operaciones-relevantes.

·          Para cumplir con la obligación a que se refiere el artículo 31-A del CFF, los contribuyentes podrán presentar la forma oficial 76 Declaración informativa de operaciones relevantes, manifestando las operaciones que se hubieran celebrado en el trimestre de que se trate, conforme a lo siguiente:

Ø  La declaración del mes de enero, febrero y marzo tiene como fecha límite de presentación el último día del mes de mayo del ejercicio que corresponda.

Ø  La declaración del mes de abril, mayo y junio tiene como fecha límite de presentación el último día del mes de agosto del ejercicio que corresponda.

Ø  La declaración del mes de julio, agosto y septiembre tiene como fecha límite de presentación el último día del mes de noviembre del ejercicio que corresponda.

Ø  La declaración del mes de octubre, noviembre y diciembre tiene como fecha límite de presentación el último día del mes de febrero del siguiente ejercicio al que corresponda.

·          No se deberá presentar la forma oficial a que se refiere la regla 2.8.1.15., cuando el contribuyente no hubiere realizado en el periodo de que se trate las operaciones que en la misma se describen.

·          Los contribuyentes distintos de aquéllos que componen el sistema financiero en términos de lo establecido en el artículo 7, tercer párrafo de la Ley del ISR; quedarán relevados de declarar las operaciones cuyo monto acumulado en el ejercicio de que trate sea inferior a $60´000,000.00 (Sesenta millones de pesos 00/100 M.N.).

·          Las operaciones relevantes contempladas dentro de la forma oficial 76 son:

Ø  Anexo I: Operaciones financieras establecidas en los artículos 20 y 21 de la Ley del Impuesto sobre la Renta vigente.

Ø  Anexo II: Operaciones con partes relacionadas.

Ø  Anexo III: Participación en el capital y residencia fiscal.

Ø  Anexo IV: Reorganización y reestructuras.

Ø  Anexo V: Otras operaciones relevantes.

Cuando los contribuyentes presenten la información de forma incompleta o con errores, 30 días hábiles contados a partir de la notificación de la autoridad para complementar o corregir la información presentada.

Fundamento jurídico

Artículo 31-A del CFF; Regla 2.8.1.15. de la RMF.

 

231/CFF Solicitud de inscripción y cancelación en el RFC por fusión de sociedades

Trámite      l

Servicio     ¡

Descripción del trámite o servicio

Monto

Solicita la inscripción y actualización de personas morales involucradas en una fusión.

l  Gratuito

¡  Pago de derechos

      Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Personas morales.

Dentro del mes siguiente al día en que inicies operaciones.

¿Dónde puedo presentarlo?

En las Oficinas del SAT, previa cita generada en:

·          Portal del SAT https://citas.sat.gob.mx/citasat/home.aspx

·          Portal Gob.mx https://citas.sat.gob.mx/citasat/agregarcita.aspx

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Acude con la documentación que se menciona en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir?

2.     Entrega la documentación al personal que atenderá el trámite y proporciona información que te solicite .

3.     Recibe al finalizar el trámite, los documentos que comprueban el registro del trámite.

·          En caso de que cumplas con los requisitos, se inscribe a la persona moral fusionante y recibes SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN AL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES y ACUSE ÚNICO DE INSCRIPCIÓN AL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES, se realiza la cancelación de la fusionada y recibes Acuse de información de trámite de actualización o cancelación al RFC y Forma oficial RX sellada y foliada como acuse de recibo.

4.     Para verificar el estado de la persona moral que se cancele derivado de la fusión:

        Ingresa al Portal del SAT, transcurridos 3 meses posteriores a la presentación del trámite, para verificar que el aviso este registrado, en: https://sat.gob.mx/consultas/operacion/44083/consulta-tu-informacion-fiscal de acuerdo a lo siguiente: registra en Mi Cuenta tu RFC, Contraseña y selecciona Iniciar sesión, en el apartado de Datos de Identificación, podrás consultar en el campo Situación si el aviso ya fue procesado, apareciendo el estado de Cancelado por fusión de sociedades.

·          Si la persona moral ya aparece cancelada, podrás generar la constancia de situación fiscal en la siguiente liga: https://sat.gob.mx/aplicacion/operacion/53027/genera-tu-constancia-de-situacion-fiscal , registra los datos de tu Contraseña o e.firma y selecciona Generar Constancia; imprímela o guárdala.

·          En caso de que, al realizar tu consulta, el estado de la persona moral a cancelar aún no esté actualizado, acude a la Oficina del SAT donde presentaste el aviso, previa cita, para recibir información sobre la situación fiscal de la persona moral.

5.     En caso de que no cumplas con alguno de los requisitos o condiciones, recibes Oficio de rechazo por incumplimiento de requisitos o condiciones, el cuál te será enviado por buzón tributario; Si recibes este oficio, será necesario que presentes tu trámite nuevamente.

 

¿Qué requisitos debo cumplir?

1.     Forma Oficial RX Formato de avisos de liquidación, fusión, escisión y cancelación al Registro Federal de Contribuyentes, la cual puedes obtener en la siguiente liga: https://wwwmat.sat.gob.mx/personas/resultado-busqueda?locale=1462228413195&tipobusqueda=predictiva&words=Formato+RX+editable (en dos tantos).

·          Elegir las opciones Normatividades / Formato RX (editable) y llenarla conforme a su sección de instrucciones, imprimirla y firmarla por el representante legal, en dos tantos.

2.     Documento notarial debidamente protocolizado en donde conste la fusión (copias certificada y copia simple para cotejo).

3.     Comprobante de domicilio, cualquiera de los señalados en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso B) Comprobante de domicilio, del Anexo 1-A de la RMF. (original y copia simple para cotejo)

4.     Identificación oficial vigente del representante legal, cualquiera de las señaladas en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2 Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso A) Identificación oficial, Anexo 1-A de la RMF.

5.     Acuse de baja del padrón de actividades vulnerables, en caso de que la persona moral fusionada sea sujeto obligado por realizar actividades vulnerables (original y copia simple para cotejo).

En caso de representación legal:

6.     Poder notarial para acreditar la personalidad del representante legal (copia certificada y copia simple para cotejo) o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales, Notario o fedatario público. (original y copia simple).

7.     Documento notarial con el que haya sido designado el representante legal para efectos fiscales, tratándose de residentes en el extranjero o de extranjeros residentes en México (copia certificada y copia simple para cotejo).

        *Para mayor referencia, consultar en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2 Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso C) Poderes, del Anexo 1-A de la RMF.

8.     En caso de personas morales distintas de aquellas con fines no lucrativos, que se creen a partir de una fusión, deben presentar la clave de Registro Federal de Contribuyentes válida, de cada uno de los socios, accionistas o asociados que mencionen en el documento protocolizado que le dé origen.

9.     Manifestación por escrito que contenga las claves del RFC validas de los socios, accionistas o asociados, en caso de que no se encuentren dentro del acta constitutiva (original).

10.   En el caso de personas morales y asociaciones en participación residentes en México que cuenten con socios, accionistas o asociados residentes en el extranjero que no están obligados a solicitar su inscripción en el RFC, deben utilizar el siguiente RFC genérico:

·          Personas físicas: EXTF900101NI1

·          Personas morales: EXT990101NI1

¿Con qué condiciones debo cumplir?

·          Haber presentado la declaración anual de la sociedad fusionada.

·          Manifestación expresa de la sociedad que surja, bajo protesta de decir verdad, que asume la responsabilidad solidaria por las obligaciones de las personas morales a cancelar.

La persona moral a cancelar:

·          Contar con opinión de cumplimiento positiva al momento de presentar el trámite.

·          No estar sujeta al ejercicio de facultades de comprobación, ni tener créditos fiscales a su cargo.

·          No estar publicado en las listas a que se refiere el artículo 69 del CFF, con excepción de la fracción VI relativo a los créditos condonados.

·          No estar publicado en las listas a que se refiere el segundo y cuarto párrafo del artículo 69-B del CFF.

·          No haber realizado operaciones con contribuyentes que hayan sido publicados en el listado a que se refiere el artículo 69-B, cuarto párrafo del CFF, salvo que hayas acreditado ante el SAT la materialidad de las operaciones que amparan los CFDI o que se autocorrigieron, exhibiendo en este caso la declaración o declaraciones complementarias que correspondan.

·          Que tu ingreso declarado, así como el impuesto que hubieses retenido, manifestados en las declaraciones de pagos provisionales, retenciones, definitivos o anuales, concuerden con los señalados en tus CFDI, expedientes, documentos o bases de datos que lleven las autoridades fiscales, tengan en su poder o a las que tengan acceso.

·          Contar con buzón tributario activo.

·          Que el domicilio para conservar la contabilidad, manifestado en la Forma RX, sea localizable.

El representante legal de la persona moral a inscribir, debe estar activo en el RFC.

 

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

Presencial, en la oficina del SAT donde presentaste el aviso, con el número de folio que se encuentra en la forma oficial RX.

Sí, orden de verificación al domicilio donde conserva la contabilidad de la persona moral a cancelar, para determinar su localización.

Resolución del trámite o servicio

·          Si cumples con los requisitos y las condiciones, obtienes la inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes de la persona moral fusionante, así como la cancelación de la persona moral fusionada.

·          En caso de que no se actualice la situación fiscal de la persona moral fusionada, la resolución se envía a través del Oficio de rechazo por incumplimiento de requisitos o condiciones a través de buzón tributario.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

Inscripción:

Trámite inmediato.

Cancelación por fusión:

3 meses.

No aplica.

No aplica.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

·          Forma Oficial RX Formato de avisos de liquidación, fusión, escisión y cancelación al Registro Federal de Contribuyentes, sellada.

·          SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN AL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES.

·          ACUSE ÚNICO DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES.

·          Acuse de información de trámite de actualización o cancelación al RFC.

·          En su caso, oficio de rechazo por incumplimiento de requisitos o condiciones.

Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·          MarcaSAT: 55-62-72-27-28 y 01-87-74-48-87-28 desde Canadá y Estados Unidos.

·          Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establecen en la siguiente liga:

        https://sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

        Los días y horarios siguientes: Lunes a Jueves de 8:30 a 16:00 hrs y Viernes de 8:30 a 15:00 hrs.

·          Vía Chat: http://chatsat.mx/

·          Preguntas frecuentes:

        https://sat.gob.mx/tramites/33804/inscribe-tu-empresa-en-el-rfc

·          Quejas y Denuncias SAT: 55-88-52-22-22 y 84-42-87-38-03 para otros países.

·          Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·          SAT Móvil – Aplicación para celular, apartado Quejas y Denuncias.

·          En el Portal del SAT:

        https://sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·          Teléfonos rojos ubicados en las Aduanas y las oficinas del SAT.

Información adicional

En la inscripción de la persona moral fusionante, si requieres tramitar tu e.firma debes traer una unidad de memoria extraíble (USB), con los requisitos de la ficha 105/CFF Solicitud de generación del Certificado de e.firma.

Fundamento jurídico

Artículos: 27, 69, 69 B del CFF; 22, 24 del RCFF; 297 del CFPC; Reglas 2.4.5. y 2.4.14., fracción XI de la RMF.

 

232/CFF Aclaración de obligaciones de Fideicomisos no empresariales

Trámite      l

Servicio     ¡

Descripción del trámite o servicio

Monto

Presentación de la Aclaración de obligaciones de Fideicomisos no empresariales

l  Gratuito

¡  Pago de derechos

      Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

 

Fideicomisos que opten por no realizar actividades empresariales de acuerdo a la regla 3.1.15.

Cuando el contribuyente lo requiera.

 

¿Dónde puedo presentarlo?

En el Portal del SAT:

https://portalsat.plataforma.sat.gob.mx/SATAuthenticator/AuthLogin/showLogin.action

 

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Ingresa al Portal del SAT, en la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo?.

2.     Registra en Mi portal tu RFC y Contraseña y elige Iniciar sesión.

3.     Selecciona las opciones Servicios por Internet / Aclaración / Solicitud y aparecerá un formulario.

4.     Requisita el formulario conforme a lo siguiente:

        En el apartado Descripción del Servicio, en la pestaña Trámite selecciona la opción FIDEICOMISOS NO EMPRESARIALES; en Dirigido a: Administrador Desconcentrado de Servicios al Contribuyente; en *Asunto Fideicomisos no empresariales; Descripción: Aclaración de obligaciones de Fideicomisos no empresariales; para anexar la documentación relacionada con el servicio elige el botón Adjuntar Archivo / Examinar, selecciona el documento digitalizado en formato PDF y elige Cargar; oprime el botón Enviar, se genera el Acuse de recepción que contiene el folio del trámite con el que puedes dar seguimiento a tu aviso, imprímelo o guárdalo.

        Ingresa al Portal del SAT, dentro del plazo de 3 meses posteriores a la presentación del trámite, con el número de folio, para verificar la respuesta a tu aviso en: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/operacion/66288/consulta-tus-aclaraciones-como-contribuyente de acuerdo a lo siguiente:

        En Mi Portal, captura tu RFC e ingresa tu contraseña; selecciona la opción: Servicios por Internet / Aclaración / Consulta; captura el número del folio del trámite y verifica la solución otorgada a tu solicitud.

5.     Si tu solicitud fue aceptada, recibes Acuse de respuesta que emite la autoridad fiscal.

6.     En caso de no contar con respuesta, acude a las Oficinas del SAT, previa cita para el servicio de orientación, para recibir información sobre la situación tu trámite, generada en:

·          Portal del SAT: https://citas.sat.gob.mx/citasat/home.aspx

·          Portal Gob.mx: https://citas.sat.gob.mx/citasat/agregarcita.aspx

¿Qué requisitos debo cumplir?

Archivos digitalizados que contengan:

·          El contrato del Fideicomiso y sus modificaciones.

·          Manifiesto en el que señale bajo protesta de decir verdad que se trata de un fideicomiso sin actividad empresarial y en su caso, señalar que por la actividad que desempeña es causante del IVA.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

Contar con Contraseña.

Estar inscrito en el RFC.

 

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

En el Portal del SAT, con el número de folio ingresando a Servicios por Internet / Aclaración / Consulta.

No.

Resolución del trámite o servicio

La autoridad validará que cumplas con los requisitos y condiciones para emitir la respuesta correspondiente.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

3 meses.

No aplica.

No aplica.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

Acuse de recibo y posteriormente, la respuesta electrónica a su solicitud de aclaración.

Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·          MarcaSAT: 55-62-72-27-28 y 01-87-74-48-87-28 desde Estados Unidos y Canadá.

·          Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establecen en la siguiente liga:

        https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

        Los días y horarios siguientes: Lunes a Jueves de 8:30 a 16:00 hrs. y Viernes de 8:30 a 15:00 hrs.

·          Vía Chat: http://chatsat.mx/

·          Quejas y Denuncias SAT: 55-88-52-22-22 y 84-42-87-38-03 para otros países.

·          Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·          SAT Móvil – Aplicación para celular, apartado Quejas y Denuncias.

·          En el Portal del SAT:

        https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·          Teléfonos rojos ubicados en las Aduanas y las oficinas del SAT.

Información adicional

Los archivos digitalizados deberán comprimirse en formato de almacenamiento ZIP y anexarlos al caso de aclaración.

Fundamento jurídico

Artículos: 27 del CFF; Reglas 2.5.10. y 3.1.15. de la RMF.

 

233/CFF Consultas y autorizaciones en línea presentadas a través de organizaciones que agrupan contribuyentes

Trámite      l

Servicio     ¡

Descripción del trámite o servicio

Monto

Realiza consultas en línea a través de organizaciones que agrupan contribuyentes, sobre situaciones concretas que afecten a la generalidad de sus miembros o asociados.

l  Gratuito

¡  Pago de derechos

      Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

·          Asociaciones patronales.

·          Sindicatos obreros.

·          Cámaras de comercio e industria, agrupaciones agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas.

·          Colegios de profesionales, así como los organismos que los agrupen.

·          Asociaciones civiles que de conformidad con sus estatutos tengan el mismo objeto social que las cámaras y confederaciones empresariales en los términos de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

Cuando lo requieras.

¿Dónde puedo presentarlo?

En el Portal del SAT, a través de buzón tributario: https://www.sat.gob.mx/tramites/04870/consultas-y-autorizaciones-en-linea-presentadas-a-traves-de-organizaciones-que-agrupan-contribuyentes

 

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Ingresa al Portal del SAT, en la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo? y selecciona INICIAR.

2.     Captura tu RFC, Contraseña, Captcha y selecciona Enviar, o bien, selecciona e.firma y elige Enviar.

3.     En caso de realizar un trámite por primera vez, lee los TÉRMINOS Y CONDICIONES DE USO DEL SISTEMA DE CONSULTAS Y AUTORIZACIONES - CONDICIONES GENERALES, elige Acepto.

4.     Elige una de las opciones Autorizaciones o Consultas; en el apartado Modalidad despliega el catálogo y selecciona el trámite que deseas presentar y selecciona Siguiente.

5.     Paso 1 Datos del solicitante verifica que tus datos sean correctos, de no ser así, realiza el trámite correspondiente a través de los canales oficiales antes de continuar y de ser correctos selecciona Siguiente; Paso 2 Personas relacionadas, en su caso, captura el RFC de la persona autorizada para oír y recibir notificaciones, selecciona Buscar, a continuación, captura el teléfono a 10 dígitos, donde sea fácilmente localizable la persona, y elige Agregar; en caso de que no sea válido el RFC capturado, aparecerá un mensaje indicando que el RFC no se encontró en el sistema de RFC Ampliado, favor de ingresar sus datos, en este caso deberás capturar el correcto; el aplicativo te permite registrar un máximo de 5 personas para oír y recibir notificaciones, por lo que deberás repetir estos pasos hasta completarlas, aparecerá el nombre de las personas que agregaste, mismas que podrás eliminar de ser necesario si marcas el recuadro y seleccionas Eliminar. El formulario también te permite registrar los datos de las personas involucradas, por lo que, si requieres agregarlas, deberás seleccionar el tipo de persona: Persona física, Persona moral o Residente en el Extranjero, y capturar el RFC o Número de Identificación Fiscal y elige Agregar; el aplicativo te permite registrar un máximo de 5 personas involucradas, por lo que deberás repetir estos pasos hasta completarlas, aparecerá el nombre de las personas que agregaste, mismas que podrás eliminar de ser necesario si marcas el recuadro y seleccionas Eliminar, después elige Siguiente; el sistema te genera un número temporal, sin validez legal; sin embargo, te servirá para poder identificar la promoción. El número de asunto oficial será asignado al momento de que firmas la promoción, por lo que contarás con un plazo de 3 días naturales para concluir y firmar, en caso de no dar cumplimiento, la solicitud será eliminada; Paso 3 Ingresar datos de la promoción captura la siguiente información:

·          Monto de la operación u operaciones objeto de la promoción. En caso de que la operación no tenga monto, deja el campo en cero.

·          Señalar todos los hechos y circunstancias relacionados con la promoción, así como acompañar los documentos e información que soporten tales hechos o circunstancias. En caso de que el espacio sea insuficiente, adjunta un archivo en formato PDF con el resto de la información.

·          Describir las razones del negocio que motivan la operación planteada. En caso de que el espacio sea insuficiente, adjunta un archivo en formato PDF con el resto de la información.

6.     Elige Siguiente; Paso 4 Ingresar datos adicionales selecciona Sí o No a cada una de las situaciones planteadas, revisa la información capturada, y elige Siguiente; Paso 5 Seleccionar documentos, escoge la documentación que adjuntarás, activando la(s) casilla(s) correspondiente(s) del listado que te muestre el aplicativo (por ejemplo: Ficha Técnica, Folleto, Diagrama, Documentación Relacionada, etc.) y elige Siguiente; Paso 6 Adjuntar documentos en Tipo de documento despliega el menú, selecciona el documento (por ejemplo: Ficha Técnica, Folleto, Diagrama Documentación Relacionada) y elige Adjuntar; Selecciona el documento que acompañará a tu promoción, y elige Abrir. En seguida visualizarás un mensaje de Documento Adjuntado, selecciona Aceptar; el sistema mostrará un aviso, el cual indica que el Documento fue adjuntado correctamente. Para confirmar, elige Ver, repite Paso 6, Adjuntar documentos hasta que subas todos los archivos que sean necesarios, y elige Siguiente; Paso 7 Firmar promoción selecciona los archivos de tu e.firma (.cer y .key), captura tu contraseña de clave privada y elige Firmar; En seguida el sistema te va a generar en formato PDF: i) Acuse de recepción de promoción, el cual incluye el Número de Asunto con el cual podrás consultar el estatus de tu solicitud en cualquier momento, ii) Acuse de términos y condiciones y iii) Constancia de firmado electrónico de documentos.

7.     Para salir de tu buzón tributario, elige Cerrar sesión.

·          En caso de que desees enviar documentación adicional, una vez que hayas registrado tu solicitud de autorización o consulta, ingresa a https://wwwmat.sat.gob.mx/operacion/01324/incrementa-la-informacion-de-tu-tramite-de-consulta-de-autorizacion-en-linea

1.     Selecciona INICIAR.

2.     Captura tu RFC, Contraseña, Captcha y selecciona Enviar, o bien, selecciona e.firma y elige Enviar; en el apartado Consultar Asunto, captura el Número de Asunto con el que quedó registrada tu solicitud y elige Buscar, también podrás realizar la búsqueda por Tipo de Asunto o por la Fecha de Recepción de la Promoción (Fecha Inicio y Fecha Fin).

3.     Para adjuntar documentación, elige sobre la solicitud, Consultar Documentos y en tipo de documento, selecciona Documentación Relacionada, selecciona Adjuntar; elige Seleccionar, el documento y elige Abrir, en seguida selecciona Adjuntar, visualizarás un mensaje de Documento Adjuntado elige Aceptar; el sistema mostrará un aviso, el cual indica que el Documento fue adjuntado correctamente, para confirmar, selecciona en Ver, repite este paso hasta que hayas adjuntado todos los archivos que sean necesarios; por último, selecciona los archivos de tu e.firma (.cer y .key), captura tu contraseña de clave privada y elige Firmar, el sistema te va a generar en formato PDF: i) Acuse de recepción de promoción y ii) Constancia de firmado electrónico de documentos.

4.     Para salir de tu buzón tributario, elige Cerrar sesión.

¿Qué requisitos debo cumplir?

1.     Los establecidos en los artículos 18 y 18-A del CFF.

2.     Documentación e información relacionados con el trámite que deseas presentar.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

·          Contar con Contraseña.

·          Contar con e.firma.

·          Contar con buzón tributario activo.

 

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

·          Ingresa al Portal del SAT, en la liga: https://www.sat.gob.mx/tramites/login/01324/incrementa-la-informacion-de-tu-tramite-de-consulta-de-autorizacion-en-linea

        Captura tu RFC, Contraseña, Captcha y selecciona Enviar, o bien, selecciona e.firma y elige Enviar; en el apartado Consultar Asunto, captura el Número de Asunto con el que quedó registrada tu solicitud y elige Buscar, también podrás realizar la búsqueda por Tipo de Asunto o por la Fecha de Recepción de la Promoción (Fecha Inicio y Fecha Fin).

·          Una vez que la autoridad resuelva tu trámite, recibirás un aviso en los medios de contacto que registraste en el buzón tributario (mensaje de texto o correo electrónico) en donde se te indicará que tienes una notificación pendiente.

No.

Resolución del trámite o servicio

La resolución se te notificará a través de buzón tributario.

Pudiendo ser alguno de los siguientes oficios:

·          De requerimiento de información,

·          De negativa o confirmación de criterio,

·          De autorización o

·          De orientación jurídica.

En caso de estar amparado contra el uso de dicho buzón, la notificación se realizará de forma personal.

Transcurrido el plazo para que la autoridad emita la resolución correspondiente, en su caso, aplicará la negativa ficta.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

3 meses.

En cualquier momento mientras no se presente un desistimiento.

10 días hábiles.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

Oficio de resolución.

·          Tratándose de consultas, la resolución estará vigente en tanto no se modifiquen las disposiciones fiscales o los criterios de interpretación que sustentaron el sentido de la resolución.

·          Tratándose de autorizaciones, surtirán sus efectos en el ejercicio fiscal en el que se otorguen o en el ejercicio inmediato anterior, cuando se hubiera solicitado la resolución, y ésta se otorgue en los 3 meses siguientes al cierre del mismo.

 

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·          MarcaSAT: 55-62-72-27-28 y 01-87-74-48-87-28 para Estados Unidos y Canadá.

·          Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente dirección electrónica: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

        Los días y horarios siguientes: Lunes a Jueves de 8:30 a 16:00 hrs. y Viernes de 8:30 a 15:00 hrs

·          Vía Chat: http://chatsat.mx/

·          Quejas y Denuncias SAT: 55-88-52-22-22 y 84-42-87-38-03 para otros países.

·          Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·          SAT Móvil – Aplicación para celular, apartado Quejas y Denuncias.

·          En el Portal del SAT:

        https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·          Teléfonos rojos ubicados en las Aduanas y las Oficinas del SAT.

Información adicional

·          Las consultas a que se refiere esta ficha serán resueltas por las unidades administrativas adscritas a la Administración General de Grandes Contribuyentes y la Administración General de Hidrocarburos, cuando los organismos, asociaciones o agrupaciones, se integren en su totalidad por sujetos o entidades competencia de dichas Administraciones Generales, según corresponda.

·          La documentación e información deberás digitalizarla en formato PDF, evita que cada archivo exceda de los 4 MB.

·          Si el tamaño del archivo es mayor, deberás ajustarlo o dividirlo en varios archivos que cumplan con el tamaño y especificaciones señaladas.

·          Evita adjuntar archivos con el mismo nombre.

Fundamento jurídico

Artículos: 17-K, 18, 18-A, 33, 34, 36-Bis, 37, primer párrafo del CFF; Regla 2.1.44. de la RMF.

 

234/CFF Solicitud de entrega de excedentes del producto del remate o adjudicación

Trámite      l

Servicio     ¡

Descripción del trámite o servicio

Monto

Solicita la entrega del excedente del bien rematado, en el caso de que existan excedentes después de haberse cubierto la totalidad del crédito fiscal y sus accesorios.

l  Gratuito

¡  Pago de derechos

      Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Personas físicas y morales.

Excedentes de remate:

·          Dentro de los seis meses siguientes, contados a partir del día siguiente a aquél en que surta efectos la notificación de la aplicación del producto del remate, al pago de los créditos fiscales.

Excedentes por adjudicación:

·          Cuando se realice la enajenación por el Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado o cuando ésta no se efectúe dentro de los veinticuatro meses siguientes a la firma del acta de adjudicación, el propietario del bien o su representante legal, deberán solicitar, la entrega del excedente dentro del plazo de seis meses contados a partir de transcurrido el plazo de veinticuatro meses.

¿Dónde puedo presentarlo?

En las Oficinas de Recaudación del SAT ubicadas en los domicilios señalados en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

Los días y horarios siguientes: Lunes a Viernes de 8:30 a 15:00 hrs. en la Oficialía de partes de Recaudación.

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Acude a las Oficinas del SAT citadas en el apartado ¿Dónde puedo presentarlo?.

2.     Entrega la documentación que se menciona en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir?

3.     Recibe el escrito libre sellado, como acuse de recibo.

4.     En un plazo máximo de 3 meses la autoridad podrá requerirte información adicional, contarás con 10 días para entregarla.

5.     La autoridad contará con un plazo máximo de 3 meses para resolver, a partir de que cumpliste con la totalidad de los requisitos.

 

¿Qué requisitos debo cumplir?

1.     Escrito libre firmado y en dos tantos, en el que se debe señalar:

·          Nombre, denominación o razón social.

·          Domicilio fiscal manifestado en el Registro Federal de Contribuyentes.

·          Clave del Registro Federal de Contribuyentes.

·          Domicilio para oír y recibir notificaciones, si es el caso.

·          Señalar la autoridad a la que se dirige.

·          El propósito de la promoción, los hechos o circunstancias sobre los que versa.

·          Dirección de correo electrónico.

·          Acreditamiento de la representación de las personas físicas o morales.

·          Número de la subasta.

·          El número de cuenta bancaria para el pago.

·          El nombre de la Institución de crédito.

·          Fecha de solicitud.

·          Número de la subasta.

·          El número de clabe interbancaria (CLABE) al que se transferirán los recursos.

2.     Identificación oficial, cualquiera de las señaladas en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso A) Identificación oficial, del Anexo 1-A de la RMF.

3.     Estado de cuenta bancario (copia simple y original para cotejo) con antigüedad no mayor a tres meses de su expedición, y de no contar con él, carta membretada de la institución de crédito que contenga la siguiente información:

·          Nombre, denominación o razón social del titular de la cuenta.

·          Domicilio del titular de la cuenta.

·          Nombre de la institución de crédito.

·          Número de sucursal.

·          Número de clabe Interbancaria Estandarizada (CLABE).

·          Clave del Registro Federal de Contribuyentes a 13 posiciones si es persona física o 12 si es persona moral, si se trata de contribuyentes.

·          Fecha.

·          Numero de plaza.

·          Número de cuenta bancaria.

4.     Contrato de apertura de la misma cuenta bancaria en la que se solicita el depósito de no contar con él, carta membretada de la institución de crédito que contenga:

·          Fecha de apertura.

·          Clabe Interbancaria Estandarizada (CLABE).

·          Clave del Registro Federal de Contribuyentes a 13 posiciones si es persona física o 12 si es persona moral, si se trata de contribuyentes.

·          Nombre, denominación o razón social del titular de la cuenta.

·          Domicilio del titular de la cuenta.

·          Nombre de la institución de crédito.

·          Número de sucursal.

·          Numero de plaza.

·          Número de cuenta bancaria.

En caso de ser representante legal:

5.     Poder notarial para acreditar la personalidad del representante legal (copia certificada y copia simple para cotejo).

6.     Documento notarial con el que se haya designado el representante legal para efectos fiscales, en caso de residentes en el extranjero o de extranjeros residentes en México (copia certificada y copia simple para cotejo).

7.     Manifestar bajo protesta de decir verdad que no le han sido revocadas dichas facultades.

        * Para mayor referencia, consultar en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso C) Poderes, del Anexo 1-A de la RMF.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

Contar con CURP, en caso de personas físicas.

 

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

En la oficina del SAT donde realizaste tu trámite, con el acuse de recibo de tu escrito libre.

No.

Resolución del trámite o servicio

·          Si cumples con los requisitos, la autoridad ante la cual presentaste tu solicitud, emitirá resolución de autorización, en caso contrario, la resolución será de rechazo e indicará el motivo del mismo, en este caso, deberás volver a presentar el trámite.

·          La notificación de la resolución se realizará en términos del artículo 134 del CFF.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

3 meses.

3 meses.

10 días hábiles.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

Acuse de recibo.

Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·          MarcaSAT: 55-62-72-27-28 y 01-87-74-48-87-28 desde Canadá y Estados Unidos.

·          Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente dirección electrónica: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

        Los días y horarios siguientes: Lunes a Jueves de 8:30 a 16:00 hrs. y Viernes de 8:30 a 15:00 hrs.

·          Vía Chat: http://chatsat.mx/

·          Quejas y Denuncias SAT: 55-88-52-22-22 y 84-42-87-38-03 para otros países.

·          Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·          SAT Móvil – Aplicación para celular, apartado Quejas y Denuncias.

·          En el Portal del SAT:

        https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·          Teléfonos rojos ubicados en las Aduanas y las oficinas del SAT.

Información adicional

No aplica.

Fundamento jurídico

Artículos: 134, 196 del CFF; 113 del RCFF y Regla 2.15.16. de la RMF.

 

235/CFF Solicitud de Inscripción en el RFC por las Sociedades por Acciones Simplificadas

Trámite      l

Servicio     ¡

Descripción del trámite o servicio

Monto

Solicita la inscripción en el RFC de una persona moral constituida como Sociedad por Acciones Simplificada (S.A.S.).

l  Gratuito

¡  Pago de derechos

      Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

El representante legal de la persona moral.

Cuando se firma el contrato constitutivo.

¿Dónde puedo presentarlo?

En el Portal Gob.mx:

https://www.gob.mx/tuempresa

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Ingrese al enlace (URL) del portal del SAT, citado en el apartado ¿Dónde puedo presentarlo?.

2.     Selecciona el menú Abre / Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS).

3.     En el apartado Inicia tu trámite aquí selecciona la opción ¿Eres Ciudadano? ingresa tu e.firma y selecciona Ingresar.

4.     Selecciona la opción Constitución de Sociedad de Acciones Simplificada / Persona Física.

5.     En caso de contar con una denominación previamente autorizada, presiona el botón Continuar para comenzar con el proceso de constitución de tu S.A.S.

6.     Llena los datos solicitados por el formulario electrónico y confirma la información.

7.     Obtén tu constancia de inscripción al RFC.

¿Qué requisitos debo cumplir?

No se requiere entregar documentación.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

·          Autorización de uso de Denominación vigente otorgada por la Secretaría de Economía.

·          Que alguno de los socios cuente con la autorización de la denominación de la sociedad que puedes obtener en línea.

·          Ingresos anuales que no excedan los 5 millones de pesos.

·          Los socios de la persona moral y el representante legal deberán contar con su Certificado de e.firma y estar inscritos y activos en el RFC.

·          Los accionistas sólo deben tener ese carácter por la sociedad que se constituye, sin poder simultáneamente ser accionistas de otro tipo de sociedad mercantil.

 

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

En el Portal Gob.mx:

https://www.gob.mx/tuempresa

No.

Resolución del trámite o servicio

Si cumples con los requisitos, obtienes la inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes y recibes los documentos que comprueban el registro de tu solicitud.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

Trámite inmediato.

No aplica.

No aplica.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

ACUSE ÚNICO DE INSCRIPCIÓN AL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES.

Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·          MarcaSAT: 55-62-72-27-28, y 01-87-74-48-87-28 desde Canadá y Estados Unidos.

·          Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establecen en la siguiente liga:

        https://sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

        Los días y horarios siguientes: Lunes a Jueves de 8:30 a 16:00 hrs. y Viernes de 8:30 a 15:00 hrs.

·          Vía Chat: http://chatsat.mx/

·          Información de Contacto: (55) 52296265 y 01 800 0832 666

        sascontacto@economia.gob.mx

·          Quejas y Denuncias SAT: 55-88-52-22-22 y 84-42-87-38-03 para otros países.

·          Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·          SAT Móvil – Aplicación para celular, apartado Quejas y Denuncias.

·          En el Portal del SAT:

        https://sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·          Teléfonos rojos ubicados en las Aduanas y las oficinas del SAT.

Información adicional

·          A partir de la constitución de la S.A.S. la empresa queda sujeta al cumplimiento de obligaciones legales, entre éstas aquellas que apliquen en el ámbito fiscal.

·          La vigencia de una Autorización de uso de la denominación de la sociedad es de 180 días naturales, la cual debe tramitarse y obtenerse en https://www.gob.mx/tuempresa en Autorización de Uso.

·          En la siguiente liga se podrá consultar la vigencia de la e.firma, de los accionistas que integran a la persona moral: https://www.siat.sat.gob.mx/PTSC/auth/faces/pages/validar/fiel_s.jsf

Fundamento jurídico

Artículos: 17-D, 27 del CFF; 2 de la LMV; Regla 2.2.10. de la RMF.

 

 

236/CFF Solicitud de generación del Certificado de e.firma para las Sociedades por Acciones Simplificadas

 

Trámite      l

Servicio     ¡

Descripción del trámite o servicio

Monto

 

Te permite obtener el Certificado de e.firma de tu Sociedad por Acciones Simplificadas.

l  Gratuito

 

¡  Pago de derechos

      Costo:

 

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

 

Personas morales constituidas como Sociedades por Acciones Simplificadas e inscritas en el RFC a través del Portal https://www.gob.mx/tuempresa

Una vez concluida la inscripción en el RFC a través del Portal https://www.gob.mx/tuempresa

 

¿Dónde puedo presentarlo?

En el Portal del SAT:

https://www.gob.mx/tuempresa

 

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

 

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Previamente descarga la aplicación Certifica de acuerdo al sistema operativo de tu equipo de cómputo.

·          Ve al directorio de descargas configurado en tu equipo de cómputo.

·          Ejecuta el archivo Certifica.

·          Selecciona la opción Requerimiento para la Generación de Firma Electrónica.

·          Captura el RFC de la SAS y Correo Electrónico, así como el RFC del Administrador.

·          Oprime el botón siguiente.

·          Establece tu Contraseña de la Clave Privada, la cual debe conformarse de 8 a 256 caracteres.

·          Confirma tu Contraseña de la Clave Privada.

·          Oprime siguiente.

·          A continuación, el sistema te mostrará el mensaje “Oprima el Botón Continuar para iniciar con la generación del requerimiento”.

·          Da clic en Continuar.

·          A continuación, se realizará el proceso de generación de claves por lo cual deberás mover el ratón o mouse de tu computadora en distintas direcciones hasta que la barra de avance se haya completado y se muestre la siguiente pantalla.

·          Oprime en el botón Guardar Archivos.

·          Elige la ruta para almacenar el archivo generado.

·          Oprime Guardar.

·          Al finalizar, el sistema te mostrará el mensaje “Ahora ya cuenta con un requerimiento digital y su clave privada. Proceda a entregarlo a un agente certificador y la ruta donde quedaron almacenados sus archivos”.

·          Oprime Aceptar.

2.     Una vez que obtuviste el RFC de la sociedad, presiona el botón continuar.

3.     Pasarás a la siguiente tarea, que es la solicitud de enrolamiento.

4.     Verifica que los datos del Administrador de la Sociedad por Acciones Simplificada sean correctos, así como los datos de la sociedad.

5.     Ingresa los datos de la e.firma del Administrador de la sociedad.

6.     Ingresa el archivo de Requerimiento req generado en Certifica, y una vez seleccionado de clic en “obtener e. firma”.

7.     Guarda el el acuse de la e.firma de la Sociedad por Acciones Simplificadas, así como el certificado archivo .cer de la misma.

¿Qué requisitos debo cumplir?

El administrador de la sociedad, deberá contar con certificado de e.firma vigente.

 

¿Con qué condiciones debo cumplir?

 

No aplica.

 

 

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

 

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

 

Trámite inmediato.

No.

 

Resolución del trámite o servicio

 

·          Certificado digital de e.firma, archivo digital con terminación (.cer).

·          Comprobante de generación del Certificado de e.firma.

 

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

 

Trámite inmediato.

No aplica.

No aplica.

 

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

·          Certificado de e.firma.

·          Comprobante de generación del Certificado de e.firma.

El certificado de e.firma, tiene una vigencia de cuatro años.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·          MarcaSAT: 55-62-72-27-28 y 01-87-74-48-87-28 desde Canadá y Estados Unidos.

·          Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

        Los días y horarios siguientes: Lunes a Jueves de 8:30 a 16:00 hrs. y Viernes de 8:30 a 15:00 hrs.

·          Vía Chat: http://chatsat.mx/

•       Quejas y Denuncias SAT: 55-88-52-22-22 y 84-42-8738-03 para otros países.

•       Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

•       SAT Móvil – Aplicación para celular, apartado Quejas y Denuncias.

•       En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presentatu-queja-o-denuncia

·          Teléfonos rojos ubicados en las Aduanas y las oficinas del SAT.

Información adicional

La solicitud del Certificado de e.firma se presentará por única vez en el Portal https://www.gob.mx/tuempresa; las solicitudes de renovación deberán realizarse directamente ante el SAT, de acuerdo a los requisitos señalados en la ficha de trámite 106/CFF “Solicitud de renovación del Certificado de e.firma” de este Anexo.

Fundamento jurídico

Artículo 17-D del CFF; Reglas 2.2.10. y 2.2.14 de la RMF.

 

237/CFF Aviso que deben presentar los sujetos que entreguen premios en los sorteos fiscales

Trámite      l

Servicio     ¡

Descripción del trámite o servicio

Monto

Avisa para manifestar tu voluntad de participar con la entrega de premios en sorteos fiscales.

l  Gratuito

¡  Pago de derechos

      Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Personas morales que pretendan participar en la entrega premios en los sorteos fiscales.

A más tardar quince días antes de la promoción de los sorteos fiscales.

¿Dónde puedo presentarlo?

En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/aplicacion/operacion/32846/presenta-tu-aclaracion-como-contribuyente

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Ingresa al portal del SAT, en la liga del apartado de ¿Dónde puedo presentarlo?.

2.     Registra en Mi Portal, tu RFC y Contraseña y elige Iniciar sesión.

3.     Selecciona la opción de Servicios por Internet / Servicio o solicitudes / Solicitud y aparecerá el formulario.

        En el apartado Descripción del Servicio, en la pestaña Trámite selecciona la opción SORTEOS; en Dirigido a: Servicio de Administración Tributaria, en *Asunto: Aviso para manifestar mi voluntad de participar con la entrega de premios en sorteos fiscales. Descripción: Manifiesto mi voluntad de participar con la entrega de premios en sorteos fiscales, para lo cual me sujetaré a las bases establecidas para los sorteos fiscales. Adjuntar Archivo / Examinar, selecciona el documento digitalizado en formato PDF que contiene la información que subirás, en su caso y elige Cargar.

4.     Oprime el botón Enviar, se genera el Acuse de recepción que contiene el folio del trámite con el que puedes dar seguimiento a tu aviso, imprímelo o guárdalo.

5.     Revisa tu caso de servicio o solicitud en un plazo de 10 días para verificar si se te solicitó información adicional, en caso de ser así, contarás con 10 días para entregarla, si excedes ese plazo es necesario ingresar nuevamente tu solicitud.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Manifestación de la voluntad de participar en los sorteos fiscales con la entrega de premios, la cual se encuentra en el rubro Descripción del apartado ¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

·          Contar con Contraseña.

·          Te deberás sujetar a las bases establecidas para los sorteos fiscales.

 

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

·          En el Portal del SAT, con el número de folio que se encuentra en el Acuse de recepción, en https://www.sat.gob.mx/aplicacion/operacion/91727/consulta-de-servicio-o-solicitud-del-contribuyente

·          Registra en Mi Portal, tu RFC y Contraseña y elige Iniciar sesión.

·          Selecciona la opción de Servicios por Internet / Servicio o solicitudes / Consulta e ingresa el número de folio que se le asignó a tu trámite.

No.

Resolución del trámite o servicio

Si cumples con los requisitos y las condiciones, se tendrá por presentado el Aviso.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

3 meses

10 días hábiles.

10 días hábiles.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

Acuse de respuesta.

Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·          MarcaSAT: 55-62-72-27-28 y 01-87-74-48-87-28 desde Canadá y Estados Unidos.

·          Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, en los días y horarios que se establecen en la siguiente dirección electrónica:

        https://sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

·          Vía Chat: http://chatsat.mx/

·          Quejas y Denuncias SAT: 55-88-52-22-22 y 84-42-87-38-03 para otros países.

·          Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·          SAT Móvil – Aplicación para celular, apartado Quejas y Denuncias.

·          En el Portal del SAT:

        https://sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·          Teléfonos rojos ubicados en las Aduanas y las oficinas del SAT.

Información adicional

No aplica.

Fundamento jurídico

Artículos: 33-B del CFF; 297 del CFPC; Regla 2.19.1. de la RMF.

 

238/CFF Reporte Anexos 25 y 25-Bis de la RMF sin Cuentas Reportables (reporte en ceros)

Trámite      l

Servicio     ¡

Descripción del trámite o servicio

Monto

Presenta este reporte para informar que por el periodo reportable de que se trate, las Instituciones Financieras Sujetas a Reportar no tienen operaciones que reportar.

l  Gratuito

¡  Pago de derechos

      Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Las Instituciones Financieras de México Sujetas a Reportar y las Instituciones Financieras Sujetas a Reportar que no tengan operaciones que reportar en los términos de los Anexos 25 y 25-Bis de la RMF, respectivamente (reporte en ceros).

A más tardar el treinta y uno de agosto de cada ejercicio fiscal.

¿Dónde puedo presentarlo?

·          En el Portal del SAT:

        https://www.siat.sat.gob.mx/PTSC/

·          En la Oficialía de Partes de la Administración General de Grandes Contribuyentes, ubicada en Avenida Hidalgo 77, Módulo III, Planta Baja, Colonia Guerrero, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06300, Ciudad de México, en un horario de atención de lunes a jueves de 8:30 a 16:00 hrs. y viernes de 8:30 a 15:00 hrs.; en el caso de entidades que califiquen como Instituciones Financieras Sujetas a Reportar en términos de los Anexos 25 y 25-Bis que no cuenten con clave en el RFC o que no se encuentren obligadas a inscribirse en él.

 

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

En el Portal del SAT:

1.     Ingresa al Portal del SAT, en la liga mencionada en el apartado ¿Dónde puedo presentarlo?.

2.     Captura el RFC y Contraseña de la Institución Financiera de México Sujeta a Reportar que presenta el escrito, seguido de Iniciar sesión.

3.     Elige las opciones Servicios por Internet / Servicio o Solicitudes / Solicitud.

4.     Llena el formulario Servicio de Aviso conforme a lo siguiente:

        En el apartado Descripción del Servicio, en la pestaña Trámite selecciona REPORTE CEROS ANEXO 25 Y 25BIS; en Dirigido a: Administración General de Grandes Contribuyentes del Servicio de Administración Tributaria; en *Asunto: Reporte Anexos 25 y 25-Bis de la RMF sin Cuentas Reportables (reporte en ceros); en Descripción: expón brevemente de lo que trata el reporte que se está realizando; adjunta los documentos escaneados señalados en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir?, para ello, elige Examinar, selecciona el documento digitalizado en formato PDF y elige Cargar.

5.     Oprime el botón de Enviar; en automático se originará tu solicitud con el número de folio del trámite de atención y obtendrás tu acuse de recibo.

6.     Para dar seguimiento a tu trámite ingresa a Mi Portal con tu RFC y Contraseña, seguido de Iniciar sesión, elige las opciones Servicios por internet / Servicio o Solicitudes Consulta e ingresa tu número de folio asignado, seguido de Buscar y podrás verificar el estatus del trámite.

7.     También podrás darle seguimiento a tu trámite, enviando un correo al Grupo de Trabajo FATCA-SAT (fatca.sat@sat.gob.mx) proporcionando el número de folio asignado al trámite.

8.     El personal resolverá tu trámite de acuerdo a los plazos y fechas que se encuentran contenidos en el Calendario de Actividades FATCA-CRS disponible en el micrositio de Intercambio Automático de Información Financiera para Efectos Fiscales (http://omawww.sat.gob.mx/acuerdo_internacional/Paginas/default.htm).

En forma presencial:

1.     Tratándose de Instituciones Financieras Sujetas a Reportar que no cuenten con clave en el RFC o no se encuentren obligadas a inscribirse en él, deberás acudir a la Oficialía de Partes de la Administración General de Grandes Contribuyentes.

2.     Entrega la documentación solicitada en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir?.

3.     Recibe y conserva el escrito libre sellado, como acuse de recibo.

4.     Podrás darle seguimiento a tu trámite enviando un correo electrónico al Grupo de Trabajo FATCA-SAT (fatca.sat@sat.gob.mx) proporcionando el número de folio asignado al trámite en el acuse de recibo.

5.     El personal resolverá tu trámite de acuerdo a los plazos y fechas que se encuentran contenidos en el Calendario de Actividades FATCA-CRS disponible en el micrositio de Intercambio Automático de Información Financiera para Efectos Fiscales (http://omawww.sat.gob.mx/acuerdo_internacional/Paginas/default.htm).

¿Qué requisitos debo cumplir?

Escrito libre que contenga la siguiente información y documentación:

1.     Nombre de la Institución Financiera de México Sujeta a Reportar o de la Institución Financiera Sujeta a Reportar, clave en el RFC (en su caso) y GIIN o NIIF o bien, GIIN o NIIF de la Institución Financiera Sujeta a Reportar patrocinadora, así como el nombre, clave en el RFC (en su caso) y GIIN o NIIF de la(s) Institución(es) Financiera(s) Sujeta(s) a Reportar patrocinada(s).

2.     Manifestación bajo protesta de decir verdad que la Institución Financiera de México Sujeta a Reportar o la Institución Financiera Sujeta a Reportar no tiene operaciones que reportar respecto del periodo reportable de que se trate, de acuerdo con los Anexos 25 y 25-Bis de la RMF, respectivamente.

3.     Formato de reporte en ceros de los Anexos 25 y 25-Bis de la RMF debidamente requisitado.

4.     Instrumento para acreditar la personalidad de la/el representante legal o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o fedatario público.

        *Para mayor referencia, consultar en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso C) Poderes, del Anexo 1-A de la RMF.

5.     Identificación oficial, cualquiera de las señaladas en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso A) Identificación oficial, del Anexo 1-A de la RMF.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

Contar con Contraseña para ingresar a Mi portal.

 

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

Enviar un correo al Grupo de Trabajo FATCA-SAT (fatca.sat@sat.gob.mx) proporcionando el número de folio asignado al trámite.

No.

Resolución del trámite o servicio

La autoridad validará la información presentada y en caso de cumplir con los requisitos solicitados se tendrá por presentado el Reporte.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

La información relativa a los procedimientos, criterios, plazos y formatos se encuentra disponible en el Portal del SAT, en el micrositio de Intercambio Automático de Información Financiera para Efectos Fiscales:

http://omawww.sat.gob.mx/acuerdo_internacional/Paginas/default.htm

La información relativa a los procedimientos, criterios, plazos y formatos se encuentra disponible en el Portal del SAT, en el micrositio de Intercambio Automático de Información Financiera para Efectos Fiscales:

http://omawww.sat.gob.mx/acuerdo_internacional/Paginas/default.htm

10 días hábiles.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

Acuse de recibo.

Anual.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·          Atención personal en las Oficinas de la Administración General de Grandes Contribuyentes, ubicadas en Avenida Hidalgo 77, Módulo III, Planta Baja, Colonia Guerrero, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06300, Ciudad de México, en un horario de atención de lunes a jueves de 8:30 a 16:00 hrs. y viernes de 8:30 a 15:00 hrs. previa cita que podrá solicitar vía correo electrónico dirigido al Grupo de Trabajo FATCA-SAT: fatca.sat@sat.gob.mx

·          Vía Chat: http://chatsat.mx

·          En el micrositio de Intercambio Automático de Información Financiera para Efectos Fiscales:

        http://omawww.sat.gob.mx/acuerdo_internacional/Paginas/default.htm

·          Vía correo electrónico al Grupo de Trabajo FATCA-SAT: fatca.sat@sat.gob.mx

·          Quejas y Denuncias SAT: 55-88-52-22-22 y 84-42-87-38-03 para otros países.

·          Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·          SAT Móvil – Aplicación para celular, apartado Quejas y Denuncias.

·          En el Portal del SAT:

        https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja- o-denuncia

·          Teléfonos rojos ubicados en las Aduanas y las oficinas del SAT.

Información adicional

·          La obligación a que se refiere este trámite se considerará cumplida con la sola presentación del reporte en ceros siempre que la información se haya proporcionado de manera completa y correcta; en caso contrario, el SAT requerirá a la Institución Financiera de que se trate para que en un plazo de 10 días hábiles proporcione la información solicitada.

·          La información relativa a los procedimientos, criterios, plazos y formatos se encuentra disponible en el Portal del SAT, en el micrositio de Intercambio Automático de Información Financiera para Efectos Fiscales: http://omawww.sat.gob.mx/acuerdo_internacional/Paginas/default.htm

·          La manifestación de las Instituciones Financieras deberá ser bajo protesta de decir verdad.

Fundamento jurídico

Artículos: 18, 19, 32-B, fracción V, 32-B Bis, 37 del CFF; 7, tercer párrafo, 55, fracciones I y IV, 56, 86, fracción I, 89, segundo párrafo; 136, último párrafo de la LISR; 92, 93 del RISR; Reglas 1.6., 2.1.7., 2.11.13., 3.5.8., Anexos 25 y 25-Bis de la RMF.

 

239/CFF Aviso sobre el número de Identificación de Instituciones Financieras Sujetas a Reportar que no califiquen como Instituciones Financieras de México Sujetas a Reportar, en los términos del Anexo 25 de la RMF

Trámite      l

Servicio     ¡

Descripción del trámite o servicio

Monto

Las Instituciones Financieras que no califiquen como Instituciones Financieras de México Sujetas a Reportar en términos del Anexo 25 de la RMF deberán presentar un escrito proporcionando el Número Global de Identificación de Intermediario (GIIN) o bien, solicitando al SAT, la emisión de un Número de Identificación de Institución Financiera (NIIF).

l  Gratuito

¡  Pago de derechos

      Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

·          Las Instituciones Financieras Sujetas a Reportar que no califiquen como Instituciones Financieras de México Sujetas a Reportar, en los términos del Anexo 25 de la RMF, que cuenten con un GIIN.

·          Las Instituciones Financieras Sujetas a Reportar que no califiquen como Instituciones Financieras de México Sujetas a Reportar, en los términos del Anexo 25 de la RMF y que estén imposibilitadas para obtener un GIIN.

·          Dentro del mes siguiente a la obtención del GIIN que corresponda.

·          A más tardar el veintiocho de febrero, tratándose de las Instituciones Financieras Sujetas a Reportar que no califiquen como Instituciones Financieras de México Sujetas a Reportar, en los términos del Anexo 25 de la RMF y que estén imposibilitadas para obtener un GIIN.

¿Dónde puedo presentarlo?

·          En el Portal del SAT: https://www.siat.sat.gob.mx/PTSC/index.jsp?opcion=0

·          En forma presencial en la Oficialía de Partes de la Administración General de Grandes Contribuyentes, ubicada en Avenida Hidalgo 77, Módulo III, Planta Baja, Colonia Guerrero, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06300, Ciudad de México, en un horario de atención de lunes a jueves de 8:30 a 16:00 hrs., y viernes de 8:30 a 15:00 hrs., en el caso de entidades que califiquen como Instituciones Financieras Sujetas a Reportar en términos del Anexo 25-Bis que no cuenten con clave en el RFC o que no se encuentren obligadas a inscribirse en él.

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

En el Portal del SAT:

1.     Ingresa al Portal del SAT, en la liga mencionada en el apartado ¿Dónde puedo presentarlo?.

2.     Captura el RFC y Contraseña de la Institución Financiera de México Sujeta a Reportar que presenta el aviso, seguido de Iniciar sesión.

3.     Selecciona las opciones Servicios por Internet / Servicios o Solicitudes / Solicitud.

4.     Llena el formulario Servicio de Aviso conforme a lo siguiente:

        En el apartado Descripción del Servicio, en la pestaña de Trámite selecciona FICHA 239/CFF ANEXO 25BIS RMF; en Dirigido a: Administración General de Grandes Contribuyentes; en *Asunto: Aviso sobre el número de Identificación de Instituciones Financieras Sujetas a Reportar que no califiquen como Instituciones Financieras de México Sujetas a Reportar; en Descripción: expón brevemente de lo que trata el aviso que estás presentando; adjunta los documentos escaneados señalados en el Apartado ¿Qué requisitos debo cumplir?, para ello elige Examinar y selecciona los documentos digitalizados en formato PDF y elige Cargar.

5.     Oprime el botón de Enviar; en automático se originará tu solicitud con el número de folio del trámite de atención y obtendrás tu acuse de recibo.

6.     Para dar seguimiento a tu trámite ingresa a Mi portal con el RFC y Contraseña, seguido de Iniciar sesión.

7.     Elige las opciones Servicios por internet / Servicio o Solicitudes / Consulta; ingresa tu número de folio asignado, seguido de Buscar, para verificar el estatus del trámite.

8.     También podrás dar seguimiento a tu trámite enviando un correo al Grupo de Trabajo FATCA-SAT (fatca.sat@sat.gob.mx) proporcionando el número de folio asignado al trámite.

En forma presencial:

1.     Tratándose de Instituciones Financieras Sujetas a Reportar que no cuenten con clave en el RFC o no se encuentren obligadas a inscribirse en el RFC, debes acudir a la Oficialía de Partes mencionada en el apartado ¿Dónde puedo presentarlo?.

2.     Entrega la documentación solicitada en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir?.

3.     Recibe y conserva el escrito libre sellado, como acuse de recibo.

4.     Podrás dar seguimiento a tu trámite enviando un correo electrónico al Grupo de Trabajo FATCA-SAT (fatca.sat@sat.gob.mx) proporcionando el número de folio asignado al trámite.

 

¿Qué requisitos debo cumplir?

Tratándose de Instituciones Financieras que ya cuentan con un GIIN, presenta un escrito libre en el cual se señale:

1.     Nombre de la Institución Financiera Sujeta a Reportar, clave en el RFC (en su caso) y GIIN.

2.     Manifestación bajo protesta de decir verdad que la Institución Financiera Sujeta a Reportar no califica como Institución Financiera de México Sujeta a Reportar, en los términos del Anexo 25 de la RMF.

3.     Instrumento para acreditar la personalidad de la/el representante legal (copia certificada y copia simple para cotejo) o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o fedatario público (original y copia simple para cotejo).

        * Para mayor referencia, consultar en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso C) Poderes, del Anexo 1-A de la RMF.

4.     Identificación oficial, cualquiera de las señaladas en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso A) Identificación oficial, del Anexo 1-A de la RMF.

Tratándose de Instituciones Financieras que no cuentan con un GIIN, presenta un escrito libre en el cual se señale:

1.     Nombre de la Institución Financiera Sujeta a Reportar y clave en el RFC (en su caso).

2.     Manifestación bajo protesta de decir verdad que la Institución Financiera Sujeta a Reportar no califica como Institución Financiera de México Sujeta a Reportar, en los términos del Anexo 25 de la RMF.

3.     Formato de solicitud de asignación de NIIF debidamente requisitado.

4.     Instrumento para acreditar la personalidad de la/el representante legal (copia certificada y copia simple para cotejo) o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o fedatario público (original y copia simple para cotejo).

        *Para mayor referencia, consultar en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso C) Poderes, del Anexo 1-A de la RMF.

5.     Identificación oficial, cualquiera de las señaladas en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso A) Identificación oficial, del Anexo 1-A de la RMF.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

Contar con Contraseña para ingresar a Mi portal.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

Enviar un correo al Grupo de Trabajo FATCA-SAT (fatca.sat@sat.gob.mx) proporcionando el número de folio asignado al trámite.

No.

Resolución del trámite o servicio

En su caso obtendrás el número de identificación de institución financiera (NIIF).

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

10 días hábiles siguientes a partir de que se reciba la documentación de manera completa.

Los plazos y fechas se encuentran disponibles en el micrositio de Intercambio Automático de Información Financiera para Efectos Fiscales:

http://omawww.sat.gob.mx/acuerdo_internacional/Paginas/default.htm

 Los plazos y fechas se encuentran disponibles en el micrositio de Intercambio Automático de Información Financiera para Efectos Fiscales:

http://omawww.sat.gob.mx/acuerdo_internacional/Paginas/default.htm

 

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

Número de identificación de institución financiera (NIIF).

Indefinida, salvo que la Institución Financiera Sujeta a Reportar realice algún cambio posterior.

 

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·          Atención personal en las oficinas de la Administración General de Grandes Contribuyentes, ubicadas en Avenida Hidalgo 77, Módulo III, Planta Baja, Colonia Guerrero, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06300, Ciudad de México, en un horario de atención de lunes a jueves de 8:30 a 16:00 hrs., y viernes de 8:30 a 15:00 hrs., previa cita que podrás solicitar vía correo electrónico dirigido al Grupo de Trabajo FATCA-SAT: fatca.sat@sat.gob.mx.

·          En el micrositio de Intercambio Automático de Información Financiera para Efectos Fiscales del SAT:

        http://omawww.sat.gob.mx/acuerdo_internacional/Paginas/default.htm

·          Vía correo electrónico al Grupo de Trabajo FATCA-SAT: fatca.sat@sat.gob.mx

·          Quejas y Denuncias SAT: 55-88-52-22-22 y 84-42-87- 38-03 para otros países.

·          Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·          SAT Móvil – Aplicación para celular, apartado Quejas y Denuncias.

·          En el Portal del SAT:

·          https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu- queja-o-denuncia

·          Teléfonos rojos ubicados en las Aduanas y las oficinas del SAT.

Información adicional

·          Las Instituciones Financieras que no califiquen como Institución Financiera de México Sujetas a Reportar, en los términos del Anexo 25 de la RMF que hubieran cancelado su GIIN y quieran obtener el NIIF otorgado por el SAT podrán solicitarlo mediante este trámite.

·          La información relativa a los procedimientos, criterios, plazos y formatos se encuentra disponible en el Portal del SAT, en el micrositio de Intercambio Automático de Información Financiera para Efectos Fiscales: http://omawww.sat.gob.mx/acuerdo_internacional/Paginas/default.htm

·          La manifestación de las Instituciones Financieras deberá ser bajo protesta de decir verdad.

·          Cuando el trámite se presente a través del Portal del SAT, las instituciones deberán adjuntar en formato PDF el Instrumento para acreditar la personalidad de la/el representante legal, o en su caso, la carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o fedatario público.

Fundamento jurídico

Artículos: 18, 19, 32-B, fracción V, 32-B Bis, 37 del CFF; 7, tercer párrafo, 55, fracciones I, IV, 56, 86, fracción I, 89, segundo párrafo, 136, último párrafo de la LISR; 92, 93 del RLISR; Reglas 1.6., 2.1.7. ,2.11.13., 3.5.8., Anexos 25 y  25-Bis de la RMF.

 

240/CFF Aviso de la institución fiduciaria, que sea una Institución Financiera Sujeta a Reportar, que ejerce la opción prevista en el Anexo 25-Bis, Primera parte, Sección VIII, Subapartado B(1)(e) de la RMF

Trámite      l

Servicio     ¡

Descripción del trámite o servicio

Monto

Presenta este aviso para informar que la institución fiduciaria opta por reportar cualquier información respecto de un fideicomiso que, a su vez, califica como Institución Financiera Sujeta a Reportar en términos del Anexo 25-Bis.

l  Gratuito

¡  Pago de derechos

      Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

La institución fiduciaria, que sea una Institución Financiera Sujeta a Reportar, de un fideicomiso cuando se ejerza la opción prevista en el Anexo 25-Bis, Primera parte, Sección VIII, Subapartado B(1)(e) de la RMF.

Dentro del mes siguiente a que se ejerza la opción.

¿Dónde puedo presentarlo?

En el Portal del SAT:

https://www.siat.sat.gob.mx/PTSC/

 

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Ingresa al Portal del SAT, en la liga mencionada en el apartado ¿Dónde puedo presentarlo?.

2.     Ingresa a la aplicación Mi portal, con el RFC y Contraseña de la Institución Financiera de México Sujeta a Reportar que presenta el trámite, seguido de Iniciar sesión.

3.     Elige las opciones Servicios por Internet / Servicio o Solicitudes / Solicitud.

4.     Llena el formulario electrónico Servicio de Aviso conforme a lo siguiente:

        En el apartado Descripción del Servicio, en la pestaña Trámite selecciona FICHA 240/CFF ANEXO 25BIS RMF; en Dirigido a: Administración General de Grandes Contribuyentes del Servicio de Administración Tributaria; en *Asunto: Aviso de la institución fiduciaria, que sea una Institución Financiera Sujeta a Reportar, que ejerce la opción prevista en el Anexo 25-Bis, Primera parte, Sección VIII, Subapartado B(1)(e) de la RMF; en Descripción: expón brevemente de lo que trata el aviso que estás realizando; adjunta los documentos escaneados señalados en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir?, para ello elige Examinar, selecciona el documento digitalizado en formato PDF y elige Cargar.

5.     Oprime el botón Enviar, en automático se originará tu solicitud con el número de folio del trámite de atención y obtendrás tu acuse de recibo.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Archivo digitalizado que contenga un escrito libre con la siguiente información y documentación:

1.     Nombre de la institución fiduciaria, clave en el RFC y GIIN o NIIF, según sea el caso.

2.     Nombre y clave en el RFC (en su caso) del fideicomiso de que se trate.

3.     Manifestación bajo protesta de decir verdad que la institución fiduciaria, que sea una Institución Financiera Sujeta a Reportar, asume las obligaciones de reporte y debida diligencia del fideicomiso de que se trate.

4.     Instrumento para acreditar la personalidad de la/el representante legal o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o fedatario público, así como identificación oficial vigente.

        *Para mayor referencia, consultar en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso C) Poderes, del Anexo 1-A de la RMF.

5.     Identificación oficial, cualquiera de las señaladas en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso A) Identificación oficial, del Anexo 1-A de la RMF.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

Contar con Contraseña para entrar a Mi Portal.

 

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

Trámite inmediato.

No.

Resolución del trámite o servicio

La autoridad validará la información presentada y en caso de cumplir con los requisitos solicitados se tendrá por presentado el Aviso.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

Trámite inmediato.

No aplica.

No aplica.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

Acuse de recibo.

Indefinida, hasta en tanto la Institución Financiera no realice alguna modificación.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·          Atención personal en las Oficinas de la Administración General de Grandes Contribuyentes, ubicadas en Avenida Hidalgo 77, Módulo III, Planta Baja, Colonia Guerrero, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06300, Ciudad de México, en un horario de atención de lunes a jueves de 8:30 a 16:00 hrs. y viernes de 8:30 a 15:00 hrs. previa cita que podrá solicitar vía correo electrónico dirigido al Grupo de Trabajo FATCA-SAT: fatca.sat@sat.gob.mx.

·          Vía Chat: http://chatsat.mx

·          En el micrositio de Intercambio Automático de Información Financiera para Efectos Fiscales del SAT:

        http://omawww.sat.gob.mx/acuerdo_internacional/Paginas/default.htm

·          Vía correo electrónico al Grupo de Trabajo FATCA-SAT: fatca.sat@sat.gob.mx

·          Quejas y Denuncias SAT: 55-88-52-22-22 y 84-42-87- 38-03 para otros países.

·          Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·          SAT Móvil – Aplicación para celular, apartado Quejas y Denuncias.

·          En el Portal del SAT:

        https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu- queja-o-denuncia

·          Teléfonos rojos ubicados en las Aduanas y las oficinas del SAT.

Información adicional

·          La información relativa a los procedimientos, criterios, plazos y formatos se encuentra disponible en el Portal del SAT, en el Micrositio de Intercambio Automático de Información Financiera para Efectos Fiscales: http://omawww.sat.gob.mx/acuerdo_internacional/Paginas/default.htm

·          La manifestación que debes realizar para efectos de este trámite deberá ser bajo protesta de decir verdad.

Fundamento jurídico

Artículo: 32-B Bis del CFF; Regla 2.11.13. y Anexo 25-Bis de la RMF.

 

241/CFF Aclaración para solventar los incumplimientos detectados durante la verificación del cumplimiento de requisitos y obligaciones de carácter tecnológico para operar como Proveedor de Certificación de CFDI

Trámite      l

Servicio     ¡

Descripción del trámite o servicio

Monto

Presenta este informe para solventar los incumplimientos detectados durante la verificación de cumplimiento de requisitos para operar como proveedor de certificación de CFDI.

l  Gratuito

¡  Pago de derechos

      Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Personas morales aspirantes o Proveedores de Certificación de CFDI autorizados por el SAT.

Cuando el aspirante o el proveedor autorizado de certificación de CFDI haya recibido Oficio de Requerimiento para solventar incumplimientos.

¿Dónde puedo presentarlo?

En forma presencial:

En la Administración Central de Seguridad, Monitoreo y Control, ubicada en Calzada de Tlalpan No. 2775, Colonia San Pablo Tepetlapa, Alcaldía Coyoacán, C.P. 04620, Ciudad de México, previa cita solicitada al correo electrónico oficialdecumplimiento@sat.gob.mx o al teléfono: 55-58-09-02-00 ext. 48340 en un horario de lunes a viernes de 9:00 a 13:30 hrs. y de 15:30 a 17:30 hrs.

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Acude a las Oficinas de la Administración Central de Seguridad, Monitoreo y Control, previa cita, mencionada en el apartado ¿Dónde puedo presentarlo?

2.     Entrega la documentación que se menciona en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir?, al personal que atenderá el trámite.

3.     En caso de que cumplas con los requisitos y condiciones recibe copia del escrito libre como acuse de recibo. En caso contrario se te indicará lo que hace falta y deberás volver a presentar el trámite dentro del plazo de 10 días hábiles que se te otorgó.

4.     Para verificar la respuesta de tu trámite ingresa al Portal del SAT, en la ruta: https://www.sat.gob.mx/personas/iniciar-sesion una vez transcurridos 20 días posteriores a la presentación de la documentación de acuerdo a lo siguiente:

·          En buzón tributario, captura tu RFC / Contraseña / Captcha o tu e.firma o, selecciona el botón Enviar.

Ø  En el apartado de Mis expedientes / Mis notifiaciónes, podrás consultar el campo de Pendientes, en donde:

Ø  Cuando cumples con los requisitos encontrarás Oficio de Opinión Técnica Favorable.

Ø  En caso contrario encontraras Oficio de Opinión Técnica No Favorable.

¿Qué requisitos debo cumplir?

1.     Escrito libre original y copia el cual debe ser suscrito por el representante legal o apoderado legal con facultades para tal efecto, firmado en forma autógrafa o con e.firma.

2.     Copia certificada y copia simple para cotejo de la Escritura pública o poder notarial para acreditar la personalidad del representante legal o apoderado legal.

        * Para mayor referencia, consultar en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso C) Poderes, del Anexo 1-A de la RMF.

3.     Relación de anexos y documentación que acredite tus manifestaciones con los HASH MD5 correspondientes a cada archivo, en el mismo orden de la matriz de controles publicada en el Portal del SAT.

4.     Archivos en formato PDF y plataforma Office.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

·          Contar con e.firma o Contraseña.

·          Contar con buzón tributario activo.

 

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

Mediante llamada a la Administración Central de Seguridad, Monitoreo y Control al teléfono 55-58-09-02-00 ext. 48340. Horarios de atención: de lunes a viernes 9:00 a 13:30 y de 15:30 a 17:30 hrs. o al correo electrónico oficialdecumplimiento@sat.gob.mx

Sí, verificará la información presentada para solventar los incumplimientos que le fueron notificados mediante el Oficio de Requerimiento para solventar incumplimientos.

Resolución del trámite o servicio

La Administración Central de Seguridad, Monitoreo y Control verificará si cumples con todos los requisitos y condiciones y emitirá Oficio de Opinión Técnica Favorable u Oficio de Opinión Técnica No Favorable.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

20 días posteriores a la respuesta al Oficio de Requerimiento para solventar incumplimientos a que se refiere la ficha 111/CFF.

Inmediato.

10 días hábiles.

 

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

A la presentación del trámite:

·          Escrito libre sellado como acuse de recibo.

Al término del trámite, recibirás por buzón tributario:

·          En caso de cumplir con los requisitos y condiciones: Oficio de Opinión Técnica Favorable.

·          En caso de no cumplir con los requisitos y condiciones: Oficio de Opinión Técnica No Favorable.

Indefinida.

 

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·          Mediante llamada a la Administración Central de Seguridad, Monitoreo y Control al teléfono 55-58-09-02-00 ext. 48340. Horarios de atención: de lunes a viernes de 9:00 a 13:30 hrs. y de 15:30 a 17:30 hrs.

·          Envía correo electrónico a oficialdecumplimiento@sat.gob.mx

 

·          Quejas y Denuncias SAT: 55-88-52-22-22 y 84-42-87-38-03 para otros países.

·          Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·          SAT Móvil – Aplicación para celular, apartado Quejas y Denuncias.

·          En el Portal del SAT:

        https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·          Teléfonos rojos ubicados en las Aduanas y las Oficinas del SAT.

Información adicional

No aplica.

Fundamento jurídico

Artículo 37, primer párrafo del CFF; Reglas 2.7.2.1. y 2.7.2.10. de la RMF.

 

242/CFF Aclaración para solventar los incumplimientos detectados durante la verificación del cumplimiento de requisitos y obligaciones de carácter tecnológico para operar como proveedor de certificación de recepción de documentos digitales

Trámite      l

Servicio     ¡

Descripción del trámite o servicio

Monto

Presenta aclaración para solventar los incumplimientos detectados durante la verificación de cumplimiento de requisitos para operar como proveedor de certificación de recepción de documentos digitales.

l  Gratuito

¡  Pago de derechos

      Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Personas morales aspirantes o proveedores de certificación de recepción de documentos digitales autorizados por el SAT.

Cuando el aspirante o proveedores de certificación de recepción de documentos digitales autorizado haya recibido Oficio de Requerimiento para solventar incumplimientos.

¿Dónde puedo presentarlo?

En forma presencial:

En la Administración Central de Seguridad, Monitoreo y Control, ubicada en Calzada de Tlalpan No. 2775, Colonia San Pablo Tepetlapa, Alcaldía Coyoacán, C.P. 04620, Ciudad de México, previa cita solicitada al correo electrónico oficialdecumplimiento@sat.gob.mx o al teléfono: 55-58-09-02-00 ext. 48340 en un horario de lunes a viernes de 9:00 a 13:30 hrs. y de 15:30 a 17:30 hrs.

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Acude a las Oficinas de la Administración Central de Seguridad, Monitoreo y Control, previa cita, mencionada en el apartado ¿Dónde puedo presentarlo?

2.     Entrega la documentación que se menciona en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir? al personal que atenderá el trámite.

3.     En caso de que cumplas con los requisitos y condiciones recibe copia del escrito libre sellado como acuse de recibo. En caso contrario se te indicará lo que hace falta y deberás volver a presentar el trámite dentro del plazo de 10 días hábiles que se te otorgó.

4.     Para verificar la respuesta de tu trámite ingresa al Portal del SAT, en la ruta: https://www.sat.gob.mx/personas/iniciar-sesion una vez transcurridos 20 días posteriores a la presentación de la documentación de acuerdo a lo siguiente:

·          En el buzón tributario, captura tu RFC / Contraseña / Captcha y tu e.firma y, selecciona el botón Enviar.

Ø  En el apartado de Mis expedientes / Mis notificaciones, podrás consultar el campo de Pendientes, en donde:

Ø  Cuando cumples con los requisitos encontrarás Oficio de Opinión Técnica Favorable.

Ø  En caso contrario encontraras Oficio de Opinión Técnica No Favorable.

¿Qué requisitos debo cumplir?

1.     Escrito libre original y copia el cual debe ser suscrito por el representante legal o apoderado legal con facultades para tal efecto, firmado en forma autógrafa o con e.firma, que deberá contener la aclaración sobre los incumplimientos detectados.

2.     Copia certificada y copia simple para cotejo de la Escritura pública o poder notarial para acreditar la personalidad del representante legal o apoderado legal.

3.     Relación de anexos y documentación que acredite sus manifestaciones con los HASH MD5 correspondientes a cada archivo.

4.     Archivos en formato PDF y plataforma Office.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

·          Contar con e.firma o Contraseña.

·          Contar con buzón tributario activo.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

Mediante llamada a la Administración Central de Seguridad, Monitoreo y Control al teléfono 55-58-09-02-00 ext. 48340. Horarios de atención: de lunes a viernes de 9:00 a 13:30 hrs. y de 15:30 a 17:30 hrs. o al correo electrónico oficialdecumplimiento@sat.gob.mx

Sí, verificará la información presentada para solventar los incumplimientos que le fueron notificados mediante Oficio de Requerimiento para solventar incumplimientos.

 

 

Resolución del trámite o servicio

La Administración Central de Seguridad, Monitoreo y Control verificará si cumples con todos los requisitos y condiciones y emitirá oficio de Oficio de Opinión Técnica Favorable u Oficio de Opinión Técnica No Favorable.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

20 días posteriores a la respuesta al Oficio de Requerimiento para solventar incumplimientos a que se refiere la ficha 175/CFF.

Inmediato.

10 días hábiles.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

A la presentación del trámite:

·          Escrito libre sellado como acuse de recibo.

Al término del trámite, recibirás por buzón tributario:

·          En caso de cumplir con los requisitos y condiciones: Oficio de Opinión Técnica Favorable.

·          En caso de no cumplir con los requisitos y condiciones: Oficio de Opinión Técnica No Favorable.

3 meses.

 

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·          Mediante llamada a la Administración Central de Seguridad, Monitoreo y Control al teléfono 55-58-09-02-00 ext. 48340. Horarios de atención: de lunes a viernes de 9:00 a 13:30 hrs. y de 15:30 a 17:30 hrs.

·          Envía correo electrónico a oficialdecumplimiento@sat.gob.mx

 

·          Quejas y Denuncias SAT: 55-88-52-22-22 y 84-42-87-38-03 para otros países.

·          Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·          SAT Móvil – Aplicación para celular, apartado Quejas y Denuncias.

·          En el Portal del SAT:

        https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·          Teléfonos rojos ubicados en las Aduanas y las oficinas del SAT.

Información adicional

La entrega de la información y documentación no implica tener por subsanados los incumplimientos, porque se encuentran sujetos a revisión.

Fundamento jurídico

Artículos 31, décimo quinto y décimo sexto párrafos, 37, primer párrafo del CFF; Reglas 2.8.2.2. y 2.8.2.8. de la RMF.

 

243/CFF Aclaración para solventar los incumplimientos detectados durante la verificación del cumplimiento de requisitos y obligaciones de carácter tecnológico para operar como proveedor de certificación y generación de CFDI para el sector primario

Trámite      l

Servicio     ¡

Descripción del trámite o servicio

Monto

Presenta este informe para solventar los incumplimientos detectados durante la verificación de cumplimiento de requisitos para operar como proveedor de certificación y generación de CFDI para el sector primario.

l  Gratuito

¡  Pago de derechos

      Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Personas morales aspirantes o proveedores de certificación y generación de CFDI para el sector primario autorizados por el SAT.

Cuando el aspirante o proveedor de certificación y generación de CFDI para el sector primario haya recibido Oficio de Requerimiento para solventar incumplimientos.

¿Dónde puedo presentarlo?

En forma presencial:

En la Administración Central de Seguridad, Monitoreo y Control, ubicada en Calzada de Tlalpan No. 2775, Colonia San Pablo Tepetlapa, Alcaldía Coyoacán, C.P. 04620, Ciudad de México, previa cita solicitada al correo electrónico oficialdecumplimiento@sat.gob.mx o al teléfono: 55-58-09-02-00 ext. 48340 en un horario de lunes a viernes de 9:00 a 13:30 hrs. y de 15:30 a 17:30 hrs.

 

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Acude a las Oficinas de la Administración Central de Seguridad, Monitoreo y Control, previa cita, mencionada en el apartado ¿Dónde puedo presentarlo?

2.     Entrega la documentación que se menciona en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir?, al personal que atenderá el trámite.

3.     En caso de que cumplas con los requisitos y condiciones recibe copia del escrito libre sellado como acuse de recibo. En caso contrario se te indicará lo que hace falta y deberás volver a presentar el trámite dentro del plazo de 10 días hábiles que se te otorgó.

4.     Para verificar la respuesta de tu trámite ingresa al Portal del SAT, en la ruta: https://www.sat.gob.mx/personas/iniciar-sesion una vez transcurridos 20 días posteriores a la presentación de la documentación de acuerdo a lo siguiente:

·          En buzón tributario, captura tu RFC / Contraseña / Captcha o tu e.firma y, selecciona el botón Enviar.

Ø  En el apartado Mis expedientes / Mis notifiaciónes, podrás consultar el campo de Pendientes, en donde:

Ø  Cuando cumples con los requisitos encontrarás Oficio de Opinión Técnica Favorable.

Ø  En caso contrario encontraras Oifico de Opinión Técnica No Favorable.

¿Qué requisitos debo cumplir?

1.     Escrito libre original y copia el cual debe ser suscrito por el representante legal o apoderado legal con facultades para tal efecto, firmado en forma autógrafa o con e.firma, que deberá contener la aclaración sobre los incumplimientos detectados.

2.     Copia certificada y copia simple para cotejo de la Escritura pública o poder notarial para acreditar la personalidad del representante legal o apoderado legal.

3.     Relación de anexos y documentación que acredite sus manifestaciones con los HASH MD5 correspondientes a cada archivo, en el mismo orden de la matriz de controles publicada en el Portal del SAT.

4.     Archivos en formato PDF y plataforma Office.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

•       Contar con e.firma o Contraseña.

•       Contar con buzón tributario activo.

 

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

Mediante llamada a la Administración Central de Seguridad, Monitoreo y Control al teléfono 55-58-09-02-00 ext. 48340. Horarios de atención: de lunes a viernes de 9:00 a 13:30 hrs. y de 15:30 a 17:30 hrs. o al correo electrónico oficialdecumplimiento@sat.gob.mx

Sí, verificará la información presentada para solventar los incumplimientos que le fueron notificados mediante Oficio de Requerimiento para solventar incumplimientos.

Resolución del trámite o servicio

La Administración Central de Seguridad, Monitoreo y Control verificará si cumples con todos los requisitos y condiciones y emitirá Oficio de Opinión Técnica Favorable u Oficio de Opinión Técnica No Favorable.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

20 días posteriores a la respuesta al Oficio de Requerimiento para solventar incumplimientos a que se refiere la ficha 207/CFF.

Inmediato.

10 días hábiles.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

1.     A la presentación del trámite: Escrito libre sellado como acuse de recibo.

2.     Al término del trámite, recibirás por buzón tributario:

·          En caso de cumplir con los requisitos y condiciones: Oficio de Opinión Técnica Favorable.

·          En caso de no cumplir con los requisitos y condiciones: Oficio de Opinión Técnica No Favorable.

Indefinida.

 

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·          Mediante llamada a la Administración Central de Seguridad, Monitoreo y Control al teléfono 55-58-09-02-00 ext. 48340. Horarios de atención: de lunes a viernes de 9:00 a 13:30 hrs. y de 15:30 a 17:30 hrs.

·          Envía correo electrónico a oficialdecumplimiento@sat.gob.mx

 

·          Quejas y Denuncias SAT: 55-88-52-22-22 y 84-42-87-38-03 para otros países.

·          Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·          SAT Móvil – Aplicación para celular, apartado Quejas y Denuncias.

·          En el Portal del SAT:

        https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·          Teléfonos rojos ubicados en las Aduanas y las oficinas del SAT.

Información adicional

No aplica.

Fundamento jurídico

Articulos: 29, fracción IV; 37, primer párrafo del CFF; Reglas 2.7.4.2. y 2.7.4.9. de la RMF.

 

244/CFF Solicitud de inicio de procedimiento amistoso contenido en un Tratado para Evitar la Doble Tributación (Mutual Agreement Procedure, MAP por sus siglas en inglés)

Trámite      l

Servicio     ¡

Descripción del trámite o servicio

Monto

Solicita el inicio de un procedimiento amistoso contenido en un Tratado para Evitar la Doble Tributación (Mutual Agreement Procedure, MAP por sus siglas en inglés).

¡  Gratuito

l  Pago de derechos

      Costo: Variable

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

·          Personas físicas.

·          Personas morales.

Cuando las personas físicas o morales que sean residentes para efectos fiscales en México o en un Estado con el que México tenga en vigor un Tratado para evitar la doble tributación consideren que las medidas adoptadas por uno o ambos Estados implican o pueden implicar una imposición no conforme con el Tratado aplicable.

¿Dónde puedo presentarlo?

·          En la Oficialía de Partes de la Administración Central de Apoyo Jurídico y Normatividad Internacional de la Administración General de Grandes Contribuyentes, ubicada en Avenida Hidalgo 77, Módulo III, Planta Baja, Colonia Guerrero, C.P. 06300, Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México, en un horario de atención, de lunes a viernes de 8:00 a 14:30 hrs.

·          En la Oficialía de Partes de la Administración Central de Fiscalización de Precios de Transferencia de la Administración General de Grandes Contribuyentes ubicada en Avenida Hidalgo 77, Módulo III, Planta Baja, Colonia Guerrero, C.P. 06300, Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México, en un horario de atención de lunes a viernes de 8:00 a 14:30 hrs.

·          En la Oficialía de Partes de la Administración Central de Apoyo Jurídico y Normatividad de Hidrocarburos de la Administración General de Hidrocarburos, ubicada en Valerio Trujano 15, Módulo VIII, Planta Baja, Colonia Guerrero, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06300, Ciudad de México, con un horario de atención, de lunes a viernes de 8:00 a  14:30 hrs.

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Acude a la Oficialía de Partes que te corresponda, señalada en el apartado ¿Dónde puedo presentarlo?.

2.     Entrega la documentación señalada en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir?

3.     Recibe y conserva el escrito libre sellado, como acuse de recibo.

4.     La autoridad correspondiente emitirá la resolución o bien un requerimiento de información.

5.     En caso de que se emita un requerimiento de información, contarás con un plazo de 10 días para cumplirlo, contado a partir del día siguiente a aquél en el que haya surtido efectos su notificación. En caso de que en ese plazo no cumplas con lo requerido por la autoridad, el trámite se tendrá por concluido.

6.     Cuando la autoridad fiscal te requiera para que cumplas los requisitos omitidos o proporciones los elementos necesarios para resolver el trámite, el plazo para resolverlo comenzará a correr desde que el requerimiento o los requerimientos hayan sido cumplidos.

7.     Una vez cumplido el o los requisitos, la autoridad emitirá la resolución que corresponda, misma que se te notificará por alguna de las formas establecidas en el artículo 134 del CFF.

8.     Podrás dar seguimiento a tu trámite con el número de folio que se encuentra en el acuse de recibo, llamando al teléfono que se precisa en el apartado ¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?, según corresponda.

 

¿Qué requisitos debo cumplir?

Escrito libre dirigido a la Administración Central de Apoyo Jurídico y Normatividad Internacional, a la Administración Central de Fiscalización de Precios de Transferencia o a la Administración Central de Apoyo Jurídico y Normatividad de Hidrocarburos, según te corresponda, firmado por el contribuyente o su representante legal en el que señales lo siguiente:

1.     Nombre, denominación o razón social, y el domicilio fiscal del promovente y de sus partes relacionadas involucradas en las operaciones objeto de la solicitud de inicio de procedimiento amistoso.

2.     Clave en el RFC, o número de identificación fiscal tratándose de residentes en el extranjero, de todas las partes relacionadas involucradas en las operaciones objeto de la solicitud de inicio de procedimiento amistoso.

3.     La autoridad a la que se dirige y el propósito de la promoción.

4.     Datos de identificación de la Autoridad Competente extranjera y, de ser posible, de la unidad regional o local de la administración tributaria nacional y/o extranjera que hubiera emitido o pretenda emitir un acto que se considera contraviene o implica una imposición no conforme al Tratado para evitar la doble tributación de que se trate.

5.     Domicilio para oír y recibir notificaciones, así como el nombre de las personas autorizadas para recibirlas.

6.     Describe las actividades a las que se dedica el promovente y, en su caso, las partes relacionadas involucradas en las operaciones objeto de la solicitud de inicio de procedimiento amistoso.

7.     Indica las medidas adoptadas por cualquiera de los Estados que hayan suscrito un tratado que implican o pueden implicar una imposición no conforme con dicho tratado, precisando el artículo, disposición y/o parte relevante del Tratado que el promovente considera se contraviene, señalando la interpretación u opinión en que se sustente.

8.     Señala todos los hechos o circunstancias relacionadas con la promoción, incluyendo montos, los ejercicios fiscales o periodos involucrados, los datos correspondientes a la operación, las relaciones, circunstancias y/o estructura de las operaciones, así como un análisis de las cuestiones relevantes planteadas.

9.     Presenta la información, documentación y/o evidencia con la que se soporten y acrediten todos los hechos, actos, circunstancias y operaciones objeto de análisis.

10.   En los casos relacionados con precios de transferencia, en adición a lo anterior, proporciona la información, documentación y/o evidencia con la cual se demuestre que las operaciones celebradas con partes relacionadas objeto de la solicitud de inicio de procedimiento amistoso, se pactaron considerando los precios y montos de contraprestaciones que hubieran utilizado con o entre partes independientes en operaciones comparables.

11.   Manifestación bajo protesta de decir verdad respecto a si el contribuyente o alguna de sus partes relacionadas han solicitado el inicio de un procedimiento amistoso ante las Autoridades Competentes de cualquiera de los Estados contratantes sobre la misma cuestión objeto de su solicitud o algún aspecto relacionado con ésta, señalando la fecha y la Autoridad Competente ante la que fue presentado, adjuntando copia simple de todos los escritos y documentos presentados, incluyendo la correspondencia o los oficios emitidos por la otra Autoridad Competente dentro del procedimiento amistoso, así como los requerimientos formulados. La información y documentación que se presente para solicitar el inicio de un procedimiento amistoso deberá ser la misma que se proporcione a todas las Autoridades Competentes involucradas.

12.   Manifestación bajo protesta de decir verdad respecto a si los hechos o circunstancias sobre los que versa la solicitud de inicio de procedimiento amistoso han sido materia de medios de defensa ante autoridades administrativas o jurisdiccionales en cualquiera de los Estados contratantes y, en su caso, el sentido de la resolución; asimismo deberás adjuntar evidencia documental relativa a los medios de defensa interpuestos.

13.   Manifestación bajo protesta de decir verdad, respecto a si la solicitud de inicio de procedimiento amistoso está relacionada con situaciones, estructuras de operaciones o cuestiones que estén siendo analizadas o hayan sido objeto de pronunciamiento por las Autoridades Competentes de cualquiera de los Estados contratantes como parte de un acuerdo anticipado de precios de transferencia, consulta, resolución, acuerdo conclusivo o procedimiento similar y, en su caso, proporcionar evidencia documental relativa a los mismos.

14.   Manifestación bajo protesta de decir verdad, en donde señales: a) si el solicitante se encuentra sujeto al ejercicio de las facultades de comprobación por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público o por las Entidades Federativas coordinadas en ingresos federales, y b) si sus partes relacionadas se encuentran sujetas a dichas facultades de comprobación en México. En ambos casos deberás señalar los periodos y las contribuciones, objeto de la revisión e informar si el solicitante o sus partes relacionadas se encuentran dentro del plazo para que las autoridades fiscales emitan la resolución a que se refiere el artículo 50 del CFF.

15.   Manifestación bajo protesta de decir verdad, en donde señales si las partes relacionadas residentes en el extranjero del solicitante involucradas en las operaciones objeto de la solicitud de inicio de procedimiento amistoso se encuentran bajo revisión por parte de la autoridad fiscal del otro Estado contratante, señalando los periodos y las contribuciones objeto de la revisión, así como la etapa en la que se encuentra la misma.

16.   Manifestación bajo protesta de decir verdad, respecto a que toda la información y documentación proveída dentro de la solicitud de inicio de procedimiento amistoso es verdadera.

17.   Manifestación de compromiso para coadyuvar con las Autoridades Competentes en la resolución del caso planteado y en presentar la información y documentación que te sea requerida.

18.   Traducción al idioma inglés del escrito de promoción para su traslado a la otra Autoridad Competente, tratándose de solicitudes de procedimiento amistoso que involucren a Autoridades Competentes de países cuyo idioma oficial no sea el español.

19.   Instrumento para acreditar la personalidad de la/el representante legal (copia certificada y copia simple para cotejo) o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o fedatario público (original y copia simple para cotejo).

        *Para mayor referencia, consultar en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso C) Poderes, del Anexo 1-A de la RMF.

20.   Identificación oficial, cualquiera de las señaladas en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso A) Identificación oficial, del Anexo 1-A de la RMF.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

No aplica.

 

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

·          Por lo que respecta a las solicitudes presentadas en la Administración Central de Apoyo Jurídico y Normatividad Internacional, con el número de folio que se encuentra en el acuse de recibo llamando al 55-58-02-16-42.

·          Por lo que respecta a las solicitudes presentadas en la Administración Central de Fiscalización de Precios de Transferencia con el número de folio que se encuentra en el acuse de recibo llamando al 55-58-02-00-00 extensión 42384.

·          Por lo que respecta a las solicitudes presentadas en la Administración Central de Apoyo Jurídico y Normatividad de Hidrocarburos, con el número de folio que se encuentra en el acuse de recibo llamando al 55-58-02-00-00 extensión 42488.

No.

Resolución del trámite o servicio

La autoridad emitirá oficio en el cual se informen los términos de la conclusión del procedimiento.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

Variable, en función del involucramiento de la autoridad extranjera y del propio solicitante.

Variable, en función del involucramiento de la autoridad extranjera y del propio solicitante.

10 días hábiles.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

Oficio en el cual se informen los términos de la conclusión del procedimiento.

Depende del caso en trámite.

 

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·          MarcaSAT: 55-62-72-27-28 y 01-87-74-48-87-28 desde Canadá y Estados Unidos.

·          Vía telefónica al 55-58-02-16-42, en el caso de las solicitudes presentadas ante la Administración Central de Apoyo jurídico y Normatividad Internacional, en un horario de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 hrs. y de 16:00 a 18:00 hrs.

·          Vía telefónica al 55-58-02-00-00, extensión 42384, en el caso de las solicitudes presentadas ante la Administración Central de Fiscalización de Precios de Transferencia, en un horario de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 hrs. y de 16:00 a 18:00 hrs.

·          Vía telefónica al 55-58-02-00-00, extensión 42488, en el caso de las solicitudes presentadas ante la Administración Central de Apoyo Jurídico y Normatividad de Hidrocarburos, en un horario de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 hrs. y de 16:00 a 18:00 hrs.

·          Vía Chat: http://chatsat.mx/

·          Quejas y Denuncias SAT: 55-88-52-22-22 y 84-42-87-38-03 para otros países.

·          Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·          SAT Móvil – Aplicación para celular, apartado Quejas y Denuncias.

·          En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o- denuncia

·          Teléfonos rojos ubicados en las Aduanas y las oficinas del SAT.

Información adicional

·          En caso de que el trámite de inicio de procedimiento amistoso o la información y documentación descrita anteriormente se presente de forma incompleta, la Administración Central de Apoyo Jurídico y Normatividad Internacional, la Administración Central de Fiscalización de Precios de Transferencia o la Administración Central de Apoyo Jurídico y Normatividad de Hidrocarburos según corresponda, requerirá al promovente para que dentro del plazo de 10 días hábiles presente dicha información y documentación para dar trámite a la solicitud, con el apercibimiento de que, en caso de no presentar la información y documentación requerida, dicho trámite se tendrá por concluido.

·          La información, documentación y/o evidencia que se encuentre en idioma distinto al español, deberá presentarse con su respectiva traducción al español realizada por perito autorizado.

·          El contribuyente deberá hacer del conocimiento de la Administración Central de Apoyo Jurídico y Normatividad Internacional, de la Administración Central de Fiscalización de Precios de Transferencia o de la Administración Central de Apoyo Jurídico y Normatividad de Hidrocarburos, según corresponda, todo cambio que acontezca en la relación, situación o estructura de las operaciones, una vez presentada la solicitud.

·          Tratándose de procedimientos amistosos en materia de precios de transferencia los derechos a pagar serán la cantidad establecida en el artículo 53-G de la LFD vigente.

Fundamento jurídico

Artículos: 18, 18-A, 21, 19, 34-A, 37, 134 del CFF; 2, 3, 4, 179, 180, 181, 182, 184 de la LISR; 53-G de la LFD; Tratados para evitar la doble tributación vigentes suscritos por México; Reglas 1.6., 2.1.7. y 2.1.32. de la RMF.

 

245/CFF Habilitación del buzón tributario y registro de mecanismos de comunicación como medios de contacto

Trámite      l

Servicio     ¡

Descripción del trámite o servicio

Monto

Habilita el buzón tributario y registra los mecanismos de comunicación como medio de contacto.

l  Gratuito

¡  Pago de derechos

      Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

·          Personas físicas.

·          Personas morales.

Cuando lo requieras.

¿Dónde puedo presentarlo?

En el Portal del SAT, a través de buzón tributario:

·          Para personas físicas.

        https://www.sat.gob.mx/personas/iniciar-sesion

·          Para personas morales.

        https://www.sat.gob.mx/empresas/iniciar-sesion

 

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Para habilitar el buzón tributario deberás hacer el registro y confirmación de los mecanismos de comunicación como medios de contacto realizando lo siguiente:

·          Ingresa al portal del SAT, en la liga señalada en el apartado ¿Dónde puedo presentarlo? Registra tu RFC, Contraseña, Captcha, o selecciona e.firma y elige Enviar.

·          Requisita el formulario conforme a lo siguiente:

·          Cuando se ingresa por primera vez al buzón tributario, oprime Configuración. El sistema muestra el formulario de selección de mecanismos de comunicación para envío de avisos electrónicos.

·          Selecciona el correo electrónico y tu número de teléfono móvil.

·          Captura y confirma en el formulario al menos una dirección de correo electrónico y tu número de teléfono móvil que registrarás como medio de contacto, se pueden registrar un máximo de cinco correos y solamente un número de teléfono móvil. Para agregar otro correo electrónico como medio(s) de contacto(s) oprime el botón de Agregar Correo para capturar y confirmar la dirección de correo.

·          Una vez capturados el o los mecanismos de comunicación, debes presionar el botón de Continuar.

·          Aparecerá un recuadro que indica si deseas continuar con el trámite para registrar tu(s) medio(s) de contacto, presiona el botón Aceptar. Para el caso de las personas morales, el sistema solicitará la confirmación mediante la e.firma.

·          El sistema mostrará una pantalla que indica que el (los) correo(s) electrónico(s) y el número de teléfono móvil se han registrado, mostrando un folio, fecha y hora.

·          Presiona el botón Imprimir Acuse para poder visualizar, guardar o imprimir el acuse de registro o actualización de mecanismo de comunicación seleccionado.

2.     Debes confirmar los medios de contacto registrados en un lapso no mayor a 72 horas posteriores al registro, de lo contrario el sistema cancelará la solicitud de registro de los mismos y tendrás que realizar nuevamente el registro.

·          Recibirás un Aviso en cada correo electrónico registrado en el buzón tributario como medio de contacto, donde se te indicará: Para confirmar tu correo electrónico, elige aquí y deberás oprimir sobre la palabra resaltada.

·          En el caso de que hayas actualizado el teléfono móvil, recibirás un mensaje de texto que indicará: El código de activación de tu alta de celular ante Buzón Tributario es: XXXXXXXXX mismo que deberás capturar, ingresando al apartado Configuración de tu buzón tributario dónde se señale: Existe un celular pendiente de confirmar. Ingrese código de activación XXXXXXXXX.

·          El sistema mostrará una pantalla en donde indica que tu correo electrónico y tu número de teléfono móvil ya fue confirmado, recibirás un nuevo aviso en cada correo electrónico que hayas confirmado en el cual se te indica que tienes un mensaje de interés en tu buzón tributario.

·          Para consultar los mensajes de interés dentro del buzón tributario ingresa en la opción Comunicados. El sistema mostrará una pantalla con una lista de Mensajes no leídos en la que se depositará un nuevo mensaje, por cada medio de contacto registrado en el buzón tributario, para poder visualizarlo oprime el vínculo del mensaje.

Ø  Nota: En caso de no haber recibido algún mensaje de confirmación por parte del buzón tributario, es necesario revisar en la bandeja correo no deseado en tu cuenta de correo electrónico, ya que por la configuración que tienen algunos proveedores, los correos del buzón tributario se depositan en dicha carpeta.

·          Si en la bandeja correo no deseado no se encuentra el correo de confirmación y el correo registrado es el correcto, deberás de acudir a alguna de las Oficinas del SAT para solucionar tu problemática o presentar a través de la página del SAT un caso de aclaración.

3.     Imprime el Acuse de confirmación.

·          Podrás imprimir o guardar los acuses de registro o actualización de los medios de contacto en cualquier momento, ingresando a tu buzón tributario, al apartado de Mis comunicados, en donde se encuentran todos los mensajes que has recibido, entre ellos, los acuses generados por el registro o actualización de los medios de contacto.

4.     Administración de medios de contacto.

·          Una vez habilitado tu buzón tributario, podrás administrar tus medios de contacto, agregando, modificando o eliminando correos electrónicos y el número de teléfono móvil, para ello ingresa al buzón tributario mediante la liga señalada en el apartado ¿Dónde puedo presentarlo? con tu e.firma tratándose de personas morales o, con tu Contraseña, e.firma o e.firma portable en caso de ser persona física y oprime el ícono Configuración y aparecerá el formulario medios_contacto y realiza las actividades descritas en los numerales 1, 2 y 3 para hacer el registro y confirmación de los medios de contacto actualizados; siempre bajo la condición de tener al menos uno activo.

·          Mientras no se concluya el proceso de confirmación de los medios de contacto, el sistema no te permitirá incluir nuevos registros.

¿Qué requisitos debo cumplir?

No se requiere presentar documentación.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

·          Personas físicas: Contar con e.firma, e.firma portable y/o Contraseña.

·          Personas morales: Contar con e.firma.

 

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

En caso de no haber recibido:

·          Aviso electrónico que contiene:

Ø  Para correo electrónico: liga de confirmación.

Ø  Para teléfono móvil: código de activación.

·          Mensaje de confirmación de medios de contacto.

Ingresa al portal del SAT, en la liga: https://wwwmat.sat.gob.mx/aplicacion/operacion/66288/consulta-tus-aclaraciones-como-contribuyente

·          Registra tu RFC y Contraseña, y elige Iniciar Sesión.

·          Selecciona las opciones: Servicios por Internet / Aclaraciones / Solicitud y aparecerá un formulario.

·          Requisita el formulario electrónico conforme a lo siguiente:

·          En el apartado Descripción del Servicio, en la pestaña Trámite, selecciona: OTROS; en *Asunto: Aclaración para confirmación de buzón tributario; en Descripción: Señala que no recibiste los avisos electrónicos para confirmar medios de contacto en buzón tributario; en Adjuntar Archivo: Adjunta pantalla en formato PDF dónde se visualicen los medios de contacto registrados y elige Cargar selecciona Enviar, se genera el acuse de recepción que contiene el número de folio de la solicitud y tu acuse de recibo con el que puedes dar seguimiento a tu Aclaración, imprímelo o guárdalo.

Para dar seguimiento ingresa a la liga mencionada,

·          En Mi portal, captura tu RFC, Contraseña y elige Iniciar Sesión.

·          Selecciona la opción de Servicios por Internet / Aclaraciones / Consulta.

Proporciona el Número de Folio de tu aclaración.

No.

Resolución del trámite o servicio

Si cumples correctamente con el procedimiento señalado en la ficha de trámite, obtendrás el registro o actualización de tu buzón tributario.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

Trámite inmediato a partir de que confirmes los medios de contacto.

No aplica.

No aplica.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

Acuse de registro o actualización de mecanismo de comunicación seleccionado.

Indefinida.

 

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·          MarcaSAT: 55-62-72-27-28 y 01-87-74-48-87-28 desde Canadá y Estados Unidos.

·          Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, en los días y horarios que se establecen en la siguiente dirección electrónica:

        https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

·          Vía Chat: http://chatsat.mx/

·          Para mayor información sigue los pasos que se indican en el video Tutorial registro y actualización de medios de contacto en Buzón Tributario disponible en el canal del SAT en YouTube.

·          Para mayor información ingresa a la ficha de orientación: Infórmate cómo habilitar tu Buzón Tributario: https://www.sat.gob.mx/consulta/74825/informate-sobre-como-dar-de-alta-tu-buzon-tributario

·          Quejas y Denuncias SAT: 55-88-52-22-22 y 84-42-87-38-03 para otros países.

·          Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·          SAT Móvil – Aplicación para celular, apartado Quejas y Denuncias.

·          En el Portal del SAT:

        https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·          Teléfonos rojos ubicados en las Aduanas y las oficinas del SAT.

Información adicional

No aplica.

Fundamento jurídico

Artículos: 17-D, 17-K y 134 del CFF; Reglas 2.2.7., 2.11.11.., 2.13.1., 2.13.3. y 2.13.4. de la RMF.

 

246/CFF     (Se deroga)

 

247/CFF Solicitud de devolución de IVA en periodo preoperativo

Trámite      l

Servicio     ¡

Descripción del trámite o servicio

Monto

Devolución de las cantidades a favor que procedan conforme a la determinación del IVA, tratándose de gastos e inversiones en periodo preoperativo.

l  Gratuito

¡  Pago de derechos

      Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

·          Personas físicas.

·          Personas morales.

En el mes siguiente a aquel en que se realicen los gastos e inversiones en periodo preoperativo.

¿Dónde puedo presentarlo?

En el Portal del SAT:

·          Personas Físicas:

        https://sat.gob.mx/tramites/login/24016/solicita-tu-devolucion

·          Personas Morales:

        https://sat.gob.mx/tramites/login/25255/solicita-la-devolucion-para-tu-empresa

 

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

En el Portal del SAT, personas físicas o personas morales:

1.     Ingresa al Portal del SAT, en la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo? Personas físicas o Personas morales, según corresponda.

2.     Captura tu RFC, Contraseña y Captcha que indique el sistema, o bien, ingresa con tu e.firma, enseguida oprime Enviar.

3.     Verifica que la información prellenada relativa a tus datos y domicilio fiscal esté correcta, de ser así selecciona y elige Siguiente.

4.     Captura en el apartado Información del Trámite; Origen devolución: elige conforme a tu solicitud, Tipo de Trámite: elige conforme a tu solicitud, Suborigen del saldo: elige conforme a tu solicitud e Información adicional: Captura la información conforme a tu solicitud y selecciona Siguiente.

5.     Selecciona la opción al que corresponde el saldo a favor en el apartado Datos del Impuesto, Concepto, Periodo y Ejercicio, tales como; Tipo de periodo: elige conforme a tu solicitud, Periodo: elige conforme a tu solicitud y Ejercicio: elige conforme a tu solicitud y selecciona Siguiente.

6.     El sistema te mostrará los datos de tu declaración con el saldo a favor. En caso de que tu declaración no se encuentre disponible en el sistema, elige para que respondas al apartado Información del saldo a favor; Tipo de declaración: (Normal o Complementaria en el que se encuentre manifestado el saldo a favor), Fecha de presentación de la declaración: dd/mm/aaaa, Número de operación: número que se encuentra en la declaración normal o complementaria según corresponda, Importe saldo a favor: importe manifestado en la declaración normal o complementaria según corresponda, Importe solicitado en devolución: importe que solicitas en devolución, si, en su caso, recibiste con anterioridad una devolución del importe por el que presentas el trámite, indica el Importe de las devoluciones y/o compensaciones anteriores (sin incluir actualización) y elige Siguiente.

7.     En el apartado Información del Banco, si ya se encuentra el registro de tu clave bancaria estandarizada (CLABE) Selecciona una cuenta CLABE que aparece de forma automática, elige Sí y seleccionando el ícono adjunta el estado de cuenta, regístralo en archivo comprimido en formato .ZIP o en caso de que desees agregar una nueva cuenta CLABE, selecciona el ícono Adicionar nueva cuenta CLABE y Registra la nueva cuenta CLABE, al seleccionar y adjunta el estado de cuenta en formato ZIP y señala examinar, elige la ruta en la que se encuentra tu archivo y elige Cargar y en seguida señala Siguiente.

8.     Responde la pregunta relacionada con la titularidad de la cuenta CLABE.

9.     Verifica la información del banco que aparece y elige Siguiente.

10.   Adjunta los archivos digitalizados en formato PDF de los documentos que se enlistan en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir?, mismos que deben estar comprimidos en formato ZIP y máximo 4MB cada uno. Los documentos originales se digitalizarán para su envío.

        Elige Examinar para que selecciones la ruta en la que se encuentra tu archivo, Captura el nombre del documento y después oprime Cargar, realiza la operación cuantas veces sea necesario para adjuntar toda la documentación e información.

11.   Una vez concluida la captura aparecerá toda la información, Verifica que sea la correcta, en caso de que así sea, realiza el envío con el uso de tu e.firma.

12.   Guarda o Imprime el acuse de recibo.

13.   Cuando en la solicitud de devolución existan errores en los datos contenidos en la misma, la autoridad te requerirá mediante buzón tributario para que mediante escrito y en un plazo de 10 días hábiles aclares dichos datos.

14.   Dentro de los 20 días hábiles posteriores a la presentación del trámite, la autoridad fiscal podrá notificarte mediante buzón tributario un requerimiento de datos, informes o documentación adicional para verificar la procedencia de la devolución, mismo que deberás atender en el plazo de 20 días hábiles.

15.   De dar atención oportuna al primer requerimiento, la autoridad fiscal podrá notificarte mediante buzón tributario dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha en que hubieres cumplido el primer requerimiento, un nuevo requerimiento refiriéndose a los datos, informes o documentos aportados en atención al requerimiento anterior, mismo que deberás atender dentro de un plazo de 10 días hábiles.

16.   En caso de no atender los requerimientos señalados en los numerales 13, 14 y 15 anteriores, se hará efectivo el apercibimiento de dar por desistido el trámite.

17.   La autoridad fiscal para determinar la procedencia del saldo a favor, en caso de considerarlo necesario, podrá ejercer facultades de comprobación, mismas que se sujetarán al procedimiento previsto en el artículo 22-D del CFF.

18.   Podrás dar seguimiento a tu solicitud de devolución dentro de los 40 días hábiles a la presentación de tu solicitud de devolución, de acuerdo con lo indicado en el apartado ¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

 

¿Qué requisitos debo cumplir?

A efecto de cumplir con lo establecido en los numerales 1, 2, 3 y 4, del inciso b), de la fracción VI, del artículo 5 de la Ley del IVA, deberás adjuntar a la solicitud de devolución, la documentación e información que a continuación se describe, en archivo digitalizado:

1.     Identificación oficial del contribuyente o del representante legal, la cual podrá ser cualquiera de las señaladas en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso A) Identificación oficial, del Anexo 1-A de la RMF.

2.     En caso de representación legal, el poder notarial para acreditar la personalidad del representante legal o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales, Notario o fedatario público.

        Para mayor referencia, consultar en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso C) Poderes, del Anexo 1-A de la RMF.

3.     Registro contable y documentación soporte de las pólizas relacionadas con los gastos e inversiones.

4.     La documentación que acredite la legal propiedad, posesión o tenencia de los bienes que constituyen la inversión, incluyendo, en su caso, las fotografías de las mismas, así como los comprobantes de pago y transferencias de las erogaciones por la prestación de servicios y por la adquisición de los bienes.

5.     En su caso, los acuses de recibo de los avisos que correspondan conforme al artículo 17 de la Ley Federal de Prevención de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.

6.     Escrito libre firmado por el contribuyente o su representante legal en el que señales bajo protesta de decir verdad, el tiempo que habrá de durar el periodo preoperativo de que se trate, informando y soportando lo conducente conforme al prospecto o proyecto de inversión correspondiente, así como las razones que justifiquen el inicio de la realización de actividades cuando su duración se estime que será de más de un año, precisando además que la documentación e información que proporcionas es veraz.

7.     Proyecto de inversión firmado por el contribuyente o su representante legal, que contenga la siguiente información y documentación:

·          Tratándose de personas morales, en su caso, el acta de asamblea o consejo de administración donde se haya protocolizado la autorización o visto bueno de los socios o accionistas respecto de los gastos y la inversión a realizar;

·          Descripción general del proyecto, precisando el destino final que se le dará a dichas inversiones, así como los motivos de su estricta indispensabilidad para los fines del ISR en relación con los actos o actividades por las que se vaya a estar obligado al pago del IVA, señalando en qué consistirán los bienes o servicios o uso o goce temporal de bienes resultado de los gastos e inversión, así como la fecha en que se iniciará la realización de dichos actos o actividades;

·          Estimación del monto total de los gastos e inversiones que se deban realizar desde el inicio hasta la conclusión del proyecto de inversión, los servicios que se requieren y el desglose de pagos por terrenos, construcción, equipo instalado y capital de explotación en cada una de sus etapas, detallando el porcentaje de avance de cada una de ellas, así como los tiempos, movimientos o fases para su desarrollo (calendario de inversión), precisando el tipo de ingresos que se generarán con los gastos o la inversión y su fecha probable de obtención;

·          Papeles de trabajo y registros contables donde se identifique la captación del financiamiento, las actas protocolizadas de aportación de capital y, en su caso, el estado de cuenta bancario del solicitante en donde se identifique el financiamiento o la procedencia de dichos recursos, incluyendo el estado de cuenta correspondiente a los socios y accionistas en el caso de aportación a capital;

·          Planos de los lugares físicos en que se desarrollará el proyecto, y, en su caso, la proyección fotográfica o similar de cómo quedará el proyecto en su conclusión;

·          Nombre, denominación o razón social y RFC de los proveedores de bienes y/o servicios involucrados con el proyecto que generen al menos el 70% del IVA acreditable relacionado con la devolución, señalando la estimación de su recurrencia en el transcurso del tiempo que dure la realización de la inversión (exhibir los contratos correspondientes y comprobantes si ya se realizó la adquisición de bienes o se prestó el servicio);

·          Tratándose de inversiones en construcciones, deberá presentarse el aviso de obra o registro patronal, otorgado por el Instituto Mexicano del Seguro Social;

·          Tratándose de la adquisición de inmuebles, se presentarán los títulos de propiedad de los inmuebles, plantas o bodegas, en los que conste la inscripción en el registro público de la propiedad o el aviso correspondiente o, en su caso, el contrato de arrendamiento o concesión del inmueble donde se llevará a cabo la inversión o del documento donde conste la modalidad jurídica que corresponda.

8.     Papeles de trabajo en los que se identifique la forma en que se calculó la estimación de la proporción que representará el valor de las actividades objeto de la Ley del IVA, respecto del total de las actividades que se van a realizar.

 

¿Con qué condiciones debo cumplir?

·          Contar con e.firma.

·          Contar con contraseña.

·          Encontrarse en periodo preoperativo y optar por solicitar la devolución del IVA trasladado o pagado en la importación que corresponda a las actividades por las que vayas a estar obligado al pago del impuesto a la tasa general o, a las que se vaya a aplicar la tasa del 0%.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

·          Ingresa a la liga https://www.sat.gob.mx/consultas/login/93266/seguimiento-de-tramites-y-requerimientos

·          Captura tu RFC, Contraseña y Captcha que indique el sistema, o bien, ingresa con tu e.firma, y elige Enviar.

·          Selecciona la opción que corresponde a tu consulta en el apartado Consulta de trámites; Tipo de solicitud: Elige ”Devolución manual”; Ejercicio: Elige conforme a tu solicitud; Mostrar Solicitudes: Elige la que corresponda a tu solicitud y selecciona Buscar.

·          El sistema te mostrará el estatus de tu trámite.

Para verificar la procedencia de la devolución, la autoridad fiscal podrá:

·          Requerirte aclaraciones, datos, informes o documentos adicionales que considere necesarios.

·          Iniciarte facultades de comprobación, mediante la práctica de visitas o requerimiento de la contabilidad y otros documentos e informes para que se exhiban en las oficinas de la propia autoridad.

 

Resolución del trámite o servicio

·          Resolución que sustenta la devolución de una cantidad menor a la solicitada o la negativa total; o bien, el desistimiento de la solicitud, o que la misma se tenga por no presentada cuando el contribuyente o el domicilio manifestado por éste se encuentren como no localizados ante el RFC, la cual será notificada de forma personal o vía buzón tributario.

·          En caso de autorización total, el estado de cuenta que expidan las Instituciones financieras, serán considerados como comprobante de pago de la devolución respectiva.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

·          40 días para la primera solicitud de devolución.

·          20 días siguientes a la fecha en que se presentó la solicitud, para el caso de que la solicitud de devolución derive exclusivamente de inversiones en activo fijo, siempre que, adicionalmente, cumpla con lo establecido en la regla 4.1.6., salvo tratándose de la primera solicitud de devolución.

 

·          40 días cuando existan errores en los datos de la solicitud;

·          20 días para emitir el primer requerimiento de información adicional, y;

·          10 días siguientes a la fecha en la que se haya cumplido el primer requerimiento de información y documentación.

Para efectos de la primera solicitud:

·          Máximo en 10 días, cuando aclare datos contenidos en la solicitud;

·          Máximo en 20 días, contados a partir del día siguiente al que surta efectos la notificación, tratándose del primer requerimiento de información y documentación, y;

·          En un plazo de 10 días, contados a partir del día siguiente al que surta efectos la notificación del segundo requerimiento.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

Acuse de recibo.

Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·          MarcaSAT: 55-62-72-27-28 y 01-87-74-48-87-28 desde Canadá y Estados Unidos.

·          Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, en los días y horarios que se establecen en la siguiente dirección electrónica:

        https://sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

        Los días y horarios siguientes: Lunes a Jueves de 8:30 a 16:00 hrs. y Viernes de 8:30 a 15:00 hrs

·          Vía Chat: http://chatsat.mx/

·          Quejas y Denuncias SAT: 55-88-52-22-22 y 84-42-87-38-03 para otros países.

·          Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·          SAT Móvil – Aplicación para celular, apartado Quejas y Denuncias.

·          En el Portal del SAT:

        https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·          Teléfonos rojos ubicados en las Aduanas y las oficinas del SAT.

Información adicional

·          Deberás presentar tu solicitud a través del FED conforme a lo previsto por la regla 2.3.4. de la RMF, en el tipo de trámite IVA Periodo Preoperativo.

·          La información y documentación correspondiente, se presentará con la primera solicitud de devolución.

·          En caso de que durante el periodo preoperativo se modifique el proyecto de inversión en más de un 10% del total de la estimación, deberás informar en tu solicitud de devolución inmediata posterior que se presente a la Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal, a la Administración General de Grandes Contribuyentes o la Administración General de Hidrocarburos, según se trate, debiendo entregar tu información actualizada conforme a la modificación del proyecto inicial.

·          Asimismo, en caso de que exista variación en la proyección del tiempo que durará el período preoperativo, deberás informar en tu solicitud de devolución inmediata posterior que se presente a las autoridades antes citadas, las causas que propiciaron la variación, debiendo acreditarse con la documentación que consideres necesaria.

Fundamento jurídico

Artículos: 17-D, 22, 22-D 134, fracción I del CFF; 5, fracción VI, 6 de la LIVA; Reglas 2.3.4, 2.3.8., 2.3.16., y 4.1.6. de la RMF.

 

248/CFF     (Se deroga)

 

249/CFF Solicitud de suspensión del plazo para notificar el inicio de un procedimiento amistoso

Trámite      l

Servicio     ¡

Descripción del trámite o servicio

Monto

Solicita la suspensión del plazo para notificar el inicio de un procedimiento amistoso, en casos relacionados con la aplicación del Convenio para Evitar la Doble Tributación entre México y Estados Unidos de América o del Convenio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Corea para Evitar la Doble Imposición e Impedir la Evasión Fiscal en Materia de Impuestos sobre la Renta, respectivamente.

l  Gratuito

¡  Pago de derechos

      Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

·          Personas físicas.

·          Personas morales.

Cuando las personas físicas o morales que sean residentes para efectos fiscales en México o en los Estados Unidos de América o en la República de Corea consideren que existirán medidas de uno o ambos Estados Contratantes que puedan resultar en una imposición que no esté conforme con las disposiciones del Convenio entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de los Estados Unidos de América para Evitar la Doble Imposición e Impedir la Evasión Fiscal en Materia de Impuestos Sobre la Renta y su Protocolo o del Convenio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Corea para Evitar la Doble Imposición e Impedir la Evasión Fiscal en Materia de Impuestos sobre la Renta, respectivamente, dentro de los cuatro años y medio siguientes a la fecha en que se presentó o debió haberse presentado la declaración del ejercicio correspondiente, lo que ocurra posteriormente.

¿Dónde puedo presentarlo?

·          En la Oficialía de Partes de la Administración Central de Apoyo Jurídico y Normatividad Internacional de la Administración General de Grandes Contribuyentes, ubicada en Avenida Hidalgo 77, Módulo III, Planta Baja, Colonia Guerrero, C.P. 06300, Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México, en un horario de atención de lunes a viernes de 8:00 a 14:30 hrs.

·          En la Oficialía de Partes de la Administración Central de Fiscalización de Precios de Transferencia de la Administración General de Grandes Contribuyentes ubicada en Avenida Hidalgo 77, Módulo III, Planta Baja, Colonia Guerrero, C.P. 06300, Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México, en un horario de atención de lunes a viernes de 8:00 a  14:30 hrs.

·          En la Oficialía de Partes de la Administración Central de Apoyo Jurídico y Normatividad de Hidrocarburos de la Administración General de Hidrocarburos, ubicada en Valerio Trujano 15, Modulo VIII, Planta Baja, Colonia Guerrero, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06300, Ciudad de México, con un horario de atención de lunes a viernes de 8:00 a  14:30 hrs.

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Acude a la Oficialía de Partes que te corresponda, señalada en el apartado ¿Dónde puedo presentarlo?

2.     Entrega la documentación solicitada en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir?

3.     Recibe y conserva el escrito libre sellado, como acuse de recibo.

4.     La autoridad correspondiente emitirá la resolución, o bien, un requerimiento de información.

5.     En caso de que se emita un requerimiento de información, contarás con un plazo de 10 días para cumplirlo, contado a partir del día siguiente a aquél en el que haya surtido efectos su notificación. En caso de que en ese plazo no cumplas con lo requerido por la autoridad, tu solicitud se tendrá por no presentada.

6.     Conforme al artículo 37 del CFF cuando la autoridad fiscal te requiera para que cumplas los requisitos omitidos o proporciones los elementos necesarios para resolver el trámite, el plazo para resolverlo comenzará a correr desde que el requerimiento o los requerimientos hayan sido cumplidos.

7.     Una vez cumplido el o los requisitos, la autoridad emitirá la resolución que corresponda, misma que se te notificará por alguna de las formas establecidas en el artículo 134 del CFF.

8.     Podrás dar seguimiento a tu trámite con el número de folio que se encuentra en el acuse de recibo, llamando a los teléfonos que se precisan en el apartado ¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?, según corresponda.

 

¿Qué requisitos debo cumplir?

Escrito libre dirigido a la Administración Central de Apoyo Jurídico y Normatividad Internacional, a la Administración Central de Fiscalización de Precios de Transferencia o a la Administración Central de Apoyo Jurídico y Normatividad de Hidrocarburos, según te corresponda firmado por el contribuyente o su representante legal en el que señales lo siguiente:

1.     Nombre, denominación o razón social, y el domicilio fiscal del promovente y de las partes relacionadas involucradas en las operaciones objeto de la solicitud de suspensión del plazo para notificar el inicio de un procedimiento amistoso.

2.     Documento público con el que se acredite la personalidad del representante o apoderado legal y copia simple de su identificación oficial. Si dicho documento público fue otorgado en el extranjero deberá estar debidamente apostillado o legalizado.

3.     Clave en el RFC o número de identificación fiscal tratándose de residentes en el extranjero, de todas las partes relacionadas involucradas en las operaciones objeto de la solicitud de suspensión del plazo para notificar el inicio de un procedimiento amistoso.

4.     Señalar la autoridad a la que se dirige y el propósito de la promoción.

5.     Datos de identificación de la Autoridad Competente extranjera y, de ser posible, de la unidad regional o local de la administración tributaria nacional y/o extranjera que en la apreciación del promovente pretenda emitir un acto que considera contraviene o implica una imposición no conforme al Convenio entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de los Estados Unidos de América para Evitar la Doble Imposición e Impedir la Evasión Fiscal en Materia de Impuesto sobre la Renta y su Protocolo o al Convenio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Corea para Evitar la Doble Imposición e Impedir la Evasión Fiscal en Materia de Impuestos sobre la Renta, respectivamente. Domicilio para oír y recibir notificaciones, así como el nombre de las personas autorizadas para recibirlas.

6.     Describir las actividades a las que se dedica el promovente y, en su caso, las partes relacionadas involucradas en las operaciones objeto de la solicitud de suspensión del plazo para notificar el inicio de un procedimiento amistoso.

7.     Indicar las medidas adoptadas por cualquiera de los Estados que pueden implicar una imposición no conforme con dichos Convenios, precisando el artículo, disposición y/o parte relevante de los Convenios que el promovente considera puede contravenirse, señalando la interpretación u opinión en que se sustente.

8.     Señalar todos los hechos o circunstancias relacionadas con la promoción, incluyendo montos, los ejercicios fiscales o periodos involucrados, los datos correspondientes a la operación, las relaciones, circunstancias y/o estructura de las operaciones, así como un análisis de las cuestiones relevantes planteadas.

9.     Presentar la información, documentación y/o evidencia con la que soporten y acrediten todos los hechos, actos, circunstancias y operaciones objeto de análisis.

10.   En los casos relacionados con precios de transferencia, en adición a lo anterior proporcionar la información, documentación y/o evidencia con la cual se demuestre que las operaciones celebradas con partes relacionadas objeto de la solicitud de suspensión de plazo de recepción en México de la solicitud de inicio de procedimiento amistoso, se pactaron considerando los precios y montos de contraprestaciones que hubieran utilizado con o entre partes independientes en operaciones comparables.

11.   Manifestación bajo protesta de decir verdad, con respecto a si los hechos o circunstancias sobre los que versa la solicitud de suspensión del plazo para notificar el inicio de un procedimiento amistoso han sido materia de medios de defensa ante autoridades administrativas o jurisdiccionales en cualquiera de los Estados contratantes y, en su caso, el sentido de la resolución; asimismo deberá adjuntar evidencia documental relativa a los mismos.

12.   Manifestación bajo protesta de decir verdad, con respecto a si la solicitud de suspensión del plazo para notificar el inicio de un procedimiento amistoso está relacionada con situaciones, estructuras de operaciones o cuestiones que estén siendo analizadas, o bien, hayan sido objeto de pronunciamiento por las Autoridades Competentes de cualquiera de los Estados contratantes como parte de un acuerdo anticipado de precios de transferencia, consulta, resolución, acuerdo conclusivo o procedimiento similar y, en su caso, proporcionar copia de los mismos.

13.   Manifestación bajo protesta de decir verdad, en donde señale: a) si se encuentra sujeto al ejercicio de las facultades de comprobación por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público o por las Entidades Federativas coordinadas en ingresos federales, y b) si sus partes relacionadas se encuentran sujetas a dichas facultades de comprobación en México, esto tratándose de personas residentes en el extranjero. En ambos casos deberá señalar los periodos y las contribuciones, objeto de la revisión e informar si el solicitante o sus partes relacionadas se encuentran dentro del plazo para que las autoridades fiscales emitan la resolución a que se refiere el artículo 50 del CFF.

14.   Instrumento para acreditar la personalidad de la/el representante legal (copia certificada y copia simple para cotejo) o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o fedatario público (original y copia simple para cotejo).

        *Para mayor referencia, consultar en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso C) Poderes, del Anexo 1-A de la RMF.

15.   Identificación oficial, cualquiera de las señaladas en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso A) Identificación oficial, del Anexo 1-A de la RMF.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

No aplica.

 

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

·          Por lo que respecta a las solicitudes presentadas en la Administración Central de Apoyo Jurídico y Normatividad Internacional, con el número de folio que se encuentra en el acuse de recibo llamando al 55-58-02-16-42

·          Por lo que respecta a las solicitudes presentadas en la Administración Central de Fiscalización de Precios de Transferencia con el número de folio que se encuentra en el acuse de recibo llamando al 55-58-02-00-00 extensión 42384.

·          Por lo que respecta a las solicitudes presentadas en la Administración Central de Apoyo Jurídico y Normatividad de Hidrocarburos, con el número de folio que se encuentra en el acuse de recibo llamando al 55-58-02-00-00 extensión 42488

No.

Resolución del trámite o servicio

·          En caso de que cumplas todos los requisitos, obtendrás el oficio de resolución.

·          Una vez resuelta la solicitud de resolución, la notificación se hará por alguna de las formas establecidas en el artículo 134 del CFF.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

3 meses.

3 meses.

10 días hábiles.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

La resolución que corresponda.

Una vez otorgada la resolución favorable, el plazo se suspenderá desde la fecha en que se haya presentado la solicitud y hasta el momento en que la autoridad competente del otro Estado Contratante sea notificada del inicio de un procedimiento amistoso, siempre que con respecto a la medida que se considere implica o puede implicar una imposición que no esté conforme con las disposiciones del Convenio entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de los Estados Unidos de América para Evitar la Doble Imposición e Impedir la Evasión Fiscal en Materia de Impuestos Sobre la Renta y su Protocolo o del Convenio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Corea para Evitar la Doble Imposición e Impedir la Evasión Fiscal en Materia de Impuestos sobre la Renta, el contribuyente haya solicitado el inicio de un procedimiento amistoso dentro del plazo de tres meses, contado a partir de que se adoptó la medida que resulte en una imposición que no esté conforme con las disposiciones de los convenios antes citados.

 

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·          MarcaSAT: 55-62-72-27-28 y 01-87-74-48-87-28 desde Canadá y Estados Unidos.

·          Vía telefónica al 55 5802-1642, en el caso de las solicitudes presentadas ante la Administración Central de Apoyo jurídico y Normatividad Internacional, en un horario de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 hrs. y de 16:00 a 18:00 hrs.

·          Vía telefónica al 55-5802-0000 extensión 42384, en el caso de las solicitudes presentadas ante la Administración Central de Fiscalización de Precios de Transferencia, en un horario de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 hrs. y de 16:00 a 18:00 hrs.

·          Vía telefónica al 55-5802-0000, extensión 42488, en el caso de las solicitudes presentadas ante la Administración Central de Apoyo Jurídico y Normatividad de Hidrocarburos, en un horario de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 hrs. y de 16:00 a 18:00 hrs.

·          Vía Chat: http://chatsat.mx/

·          Quejas y Denuncias SAT: 55-88-52-22-22 y 84-42-87-38- 03 para otros países.

·          Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·          SAT Móvil – Aplicación para celular, apartado Quejas y Denuncias.

·          En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o- denuncia

·          Teléfonos rojos ubicados en las Aduanas y las oficinas del SAT.

Información adicional

·          La información y documentación que se encuentre en idioma distinto al español, deberá presentarse con su respectiva traducción al español realizada por perito autorizado.

·          La solicitud de suspensión del plazo para notificar el inicio de un procedimiento amistoso no producirá los efectos de la solicitud de inicio de un procedimiento amistoso.

·          Por el trámite a que se refiere esta ficha de trámite, las personas físicas o morales no efectuarán pago de derechos.

Fundamento jurídico

Artículos: 18, 19, 50, 134 del CFF; Convenio DOF 03/02/1994; Protocolo 25/01/1996; Protocolo 22/07/2003; Convenio DOF 16/03/1995; Reglas 1.6., 2.1.7. y 2.1.48. de la RMF.

 

250/CFF Solicitud de modificación de la clave en el RFC asignada por el SAT, para asalariados

Trámite      l

Servicio     ¡

Descripción del trámite o servicio

Monto

Solicita la modificación de la clave del Registro Federal de Contribuyentes.

l  Gratuito

¡  Pago de derechos

      Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Personas físicas asalariadas.

Cuando lo requieras.

¿Dónde puedo presentarlo?

En el Portal del SAT:

https://sat.gob.mx/tramites/operacion/03561/solicita-la-modificacion-de-tu-clave-de-rfc

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Digitaliza en formato PDF la documentación que se menciona en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir?.

2.     Ingresa al Portal del SAT, en la liga que se cita en el apartado ¿Dónde puedo presentarlo?.

3.     En Mi Portal, captura tu RFC y la Contraseña y elige iniciar sesión.

4.     Selecciona la opción de Servicios por Internet / Servicios o solicitudes / Solicitud y aparecerá un formulario.

5.     Requisita el formulario de acuerdo a lo siguiente:

6.     En el apartado Descripción del Servicio, en el campo Trámite selecciona Cambio de RFC; en Dirigido a: Servicio de Administración Tributaria; en *Asunto: Solicitud de cambio de RFC; Descripción: Solicitud de cambio o modificación de RFC; selecciona las opciones Adjuntar Archivo/Examinar, selecciona la documentación digitalizada en formato PDF y elige Cargar; oprime el botón Enviar y se genera el Acuse de recepción que contiene el folio del trámite con el que puedes dar seguimiento a tu solicitud, imprimelo o guardalo.

7.     Ingresa al Portal del SAT, dentro del plazo de 10 días posteriores a la presentación del trámite, para verificar si se te solicitó información adicional, en caso de ser así, contarás con 10 días para entregarla, si excedes ese plazo es necesario ingresar nuevamente tu solicitud, para tal efecto ingresa con el número de folio en: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/operacion/91727/consulta-de-servicio-o-solicitud-del-contribuyente, de acuerdo a lo siguiente:

        En Mi Portal, captura tu RFC e ingresa tu contraseña; selecciona la opción: Servicios por Internet / Servicio o solicitudes / Consulta; captura el número del folio del trámite y verifica la solución otorgada a tu solicitud.

8.     Si tu solicitud esta resuelta, obtienes el Acuse de respuesta que puedes imprimir o guardar.

9.     En caso de no contar con una solución, acude a las Oficinas del SAT, para recibir información adicional sobre la situación del trámite, previa cita genera en:

·          El Portal del SAT: https://citas.sat.gob.mx/citasat/home.aspx

·          Portal Gob.mx: https://citas.sat.gob.mx/citasat/agregarcita.aspx

¿Qué requisitos debo cumplir?

Archivo con la siguiente información digitalizada en formato PDF:

1.     Documentación con la que acredites que has utilizado una clave del RFC distinta a la asignada, ante el propio SAT o ante alguna otra dependencia, o en su caso,

2.     Documentación con la que acredites que la clave del RFC asignada no concuerda con los datos que proporcionaste al momento de tu inscripción.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

·          Haber estado inscrito exclusivamente en el régimen de sueldos y salarios o de asimilados a salarios, durante los últimos cinco años.

·          Contar con Contraseña.

·          Que la clave solicitada:

Ø  No cuente con créditos fiscales.

Ø  No sea objeto de ejercicio de facultades de comprobación por la autoridad fiscal.

Ø  No se encuentre asignada a otro contribuyente.

 

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

·          En el Portal del SAT, con el número de folio que se encuentra en el Acuse de recepción.

·          Presencial en la oficina del SAT, previa cita, con el número de folio que se encuentra en el Acuse de recepción.

No.

Resolución del trámite o servicio

Si cumples con los requisitos y condiciones, obtienes Acuse de respuesta a través del caso de Servicio o Solicitud, que contiene la respuesta a tu solicitud.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

3 meses.

10 días hábiles.

10 días hábiles.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

·          Acuse de recepción.

·          Acuse de respuesta.

Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·          MarcaSAT: 55-62-72-27-28, y 01-87-74-48-87-28 desde Canadá y Estados Unidos.

·          Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establecen en la siguiente liga:

        https://sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

        Los días y horarios siguientes: Lunes a Jueves de 8:30 a 16:00 hrs y Viernes de 8:30 a 15:00 hrs.

·          Vía Chat: http://chatsat.mx/

·          Preguntas frecuentes en la siguiente liga:

        https://sat.gob.mx/tramites/03561/solicita-la-modificacion-de-tu-clave-de-rfc

·          Quejas y Denuncias SAT: 55-88-52-22-22 y 84-42-87-38-03 para otros países.

·          Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·          SAT Móvil – Aplicación para celular, apartado Quejas y Denuncias.

·          En el Portal del SAT:

        https://sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·          Teléfonos rojos ubicados en las Aduanas y las oficinas del SAT.

Información adicional

Los documentos que adiciones a tu caso de aclaración, sirven para justificar el cambio que solicitas.

Fundamento jurídico

Artículos: 27 del CFF; 29 y 31 del RCFF; 297 del CFPC; Regla 2.5.5. de la RMF.

 

251/CFF Recurso de revocación exclusivo de fondo presentado a través de buzón tributario

Trámite      l

Servicio     ¡

Descripción del trámite o servicio

Monto

Presenta el recurso de revocación exclusivo de fondo contra resoluciones definitivas de la autoridad fiscal federal que deriven del ejercicio de facultades de comprobación (revisión de gabinete, visitas domiciliarias y revisiones electrónicas).

l  Gratuito

¡  Pago de derechos

      Costo:

¿Quién puede solicitar el Trámite o Servicio?

¿Cuándo se presenta?

·          Personas físicas.

·          Personas morales

·          Dentro de los treinta días siguientes a aquél en que haya surtido efectos la notificación de la resolución o acto que se impugna.

·          Cuando se impugnen resoluciones definitivas que deriven del ejercicio de facultades de comprobación (revisión de gabinete, visitas domiciliarias y revisiones electrónicas) y la cuantía sea mayor a doscientas veces la Unidad de Medida y Actualización, elevada al año, vigente al momento de la emisión de la resolución impugnada.

¿Dónde puedo presentarlo?

En el Portal del SAT, a través de buzón tributario: https://www.sat.gob.mx/personas/iniciar-sesion.

 

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el Trámite o Servicio?

1.     Entra al buzón tributario e ingresa con tu e.firma o Contraseña.

2.     Selecciona en Otros Trámites y Servicios la opción Recursos de revocación, consultas y autorizaciones en línea.

3.     Da clic, en Presenta el recurso de revocación contra actos o resoluciones emitidas por la autoridad fiscal.

4.     Desplaza la barra para leer los Términos y Condiciones de uso y da clic en Acepto.

5.     Elige en Datos de la promoción la autoridad emisora de la resolución impugnada.

6.     Selecciona los documentos que adjuntarás a tu escrito de promoción.

7.     Adjunta la documentación seleccionada.

8.     Firma la promoción con tu e.firma.

9.     Obtén tu Constancia de Firmado Electrónico de Documentos y tus Acuses de Recibo de Promoción y de Términos y Condiciones.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Archivos digitalizados:

1.     Escrito de promoción que deberá señalar:

·          El nombre, la denominación o razón social, el domicilio fiscal manifestado ante el registro federal de contribuyentes y la clave que le correspondió.

·          La autoridad a la que se dirige y el propósito de la promoción.

·          La resolución que se impugna.

·          Los agravios de fondo que te causan la resolución impugnada.

·          Las pruebas y los hechos controvertidos de que se trate.

·          La manifestación expresa de que se opta por el recurso de revocación exclusivo de fondo.

·          La solicitud para el desahogo de una audiencia para ser escuchado por la autoridad, en el caso de que así lo consideres.

2.     La documentación que deberás acompañar al escrito de promoción es la siguiente:

·          Resolución impugnada.

·          Constancia de notificación de la resolución impugnada.

·          Pruebas, debiendo relacionarlas expresamente con los hechos que pretendes acreditar a través de las mismas, o dictamen pericial.

·          En el caso de que se ofrezca como prueba documental el dictamen pericial, el mismo deberá contener los datos necesarios para poder notificar al perito emisor.

3.     Escrito de anuncio de pruebas adicionales a las ya ofrecidas y exhibidas en el recurso de revocación, en el caso de que así lo consideres.

4.     Escrito de exhibición de las pruebas adicionales anunciadas.

5.     Documentación relacionada con el recurso de revocación.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

Contar con e.firma y Contraseña.

 

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al Trámite o Servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este Trámite o Servicio?

En el Portal del SAT, a través de buzón tributario con el número del recurso de revocación que se encuentra en el Acuse de Recibo de Promoción, en: https://www.sat.gob.mx/tramites/01324/incrementa-la-informacion-de-tu-tramite-de-consulta-de-autorizacion-en-linea.

Para ingresar al Buzón Tributario:

·          Utiliza tu e.firma o Contraseña.

·          Selecciona en Otros Trámites y Servicios la opción Recursos de revocación, consultas y autorizaciones en línea.

·          Da clic, en Adjunta documentación posterior al registro de solicitud de consultas y autorizaciones en línea y captura en número de asunto el que se asignó al recurso de revocación.

No.

Resolución del Trámite o Servicio

Oficio de resolución del recurso de revocación exclusivo de fondo que se notificará a través de Buzón Tributario, salvo en aquellos caso en que no pueda efectuarse por dicho buzón se realizará por los medios señalados en el artículo 134 del CFF.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el Trámite o Servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

Tres meses, a partir de la fecha en que quede integrado el expediente, esto es, que se haya realizado la última actuación con motivo de las audiencias y el desahogo de las pruebas que procedan.

15 días

5 días

¿Qué documento obtengo al finalizar el Trámite o Servicio?

¿Cuál es la vigencia del Trámite o Servicio?

·          Acuse de recibo de la promoción que indica el número de asunto y la autoridad que atenderá la promoción.

·          Constancia de firmado electrónico de documentos.

·          Acuse de Términos y Condiciones.

Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·          MarcaSAT: 55-62-72-27-28 y 01-87-74-48-87-28 desde Canadá y Estados Unidos.

·          Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país como se establece en la siguiente liga:

        https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

        Los días y horarios siguientes: Lunes a Jueves de 8:30 a 16:00 hrs y Viernes de 8:30 a 15:00 hrs.

·          Vía Chat: http://chatsat.mx/

·          Quejas y Denuncias SAT: 55-88-52-22-22 y 84-42-87-38-03 para otros países.

·          Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·          SAT Móvil – Aplicación para celular, apartado Quejas y Denuncias.

·          En el Portal del SAT:

        https://sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·          Teléfonos rojos ubicados en las Aduanas y las oficinas del SAT.

 

Información adicional

·          Podrás optar por enviar pruebas diversas a las documentales que ofrezcas mediante correo certificado con acuse de recibo o entregar directamente en la dirección de la autoridad que atenderá el trámite, adjuntando copia del acuse de recibo electrónico que indique el número de asunto de tu promoción.

·          Considera que si no estás obligado a inscribirte en el RFC o a tramitar la e.firma podrás presentar tu recurso de revocación mediante escrito libre ante la unidad administrativa del SAT, el cual deberá cumplir con los requisitos y documentos indicados en la presente Ficha, mismos que podrán acompañarse en copia simple, salvo que la autoridad tenga indicios de que no existen o son falsos, exigirá que los presentes en original o copia certificada, conforme a lo siguiente:

o      Si eres contribuyente de la competencia de la Administración General de Grandes Contribuyentes o de la Administración General de Hidrocarburos, acudir a Avenida Hidalgo No. 77, módulo III, planta baja, colonia Guerrero, alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06300, Ciudad de México, en un horario de atención de lunes a viernes de 8:00 hrs. a 14:30 hrs.

o      Ante cualquier Oficina del Servicio de Administración Tributaria, tratándose de contribuyentes que sean competencia de la Administración General Jurídica.

·          En estos casos, deberá acreditarse la personalidad del representante o apoderado legal, mediante escritura pública o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas del otorgante y testigos ante las autoridades fiscales, notario o fedatario público, acompañando copia de su identificación oficial vigente (credencial para votar, expedida por el Instituto Nacional Electoral (antes Instituto Federal Electoral), pasaporte o cédula profesional).

·          Tratándose del recurso de revocación contra actos de las entidades federativas, podrás realizarlo a través de escrito libre ante la entidad federativa que corresponda.

·          El anuncio de exhibición de pruebas adicionales lo puedes hacer desde el escrito de recurso de revocación o dentro de los 15 días posteriores a su presentación, y tendrás 15 días para exhibirlas, a partir del día siguiente de dicho anuncio.

·          Si promoviste en tiempo y forma el recurso de revocación, no estarás obligado a presentar la garantía correspondiente, sino hasta que se resuelva dicho recurso.

Nota: Respecto de las pruebas diversas a las documentales, entiéndase, todas aquellas que no puedan digitalizarse para su envío por el buzón tributario.

Fundamento jurídico

Artículos: 18, 19, 19-A, 37, 42, 121, 122, 123, 126, 130, 131, 132, 133, 133-B, 133-C, 133-D, 133-E, 133-F, 133-G y 134 del CFF; 203 de la LA; Reglas 1.6. y 2.17.1. de la RMF.

 

252/CFF Aviso sobre abanderamiento y matrícula de embarcaciones y artefactos navales mexicanos

Trámite      l

Servicio     ¡

Descripción del trámite o servicio

Monto

Presenta este aviso para informar el negocio que tiene la embarcación o artefacto naval, cuando haya sido autorizado el abanderamiento y matricula de los mismos.

l  Gratuito

¡  Pago de derechos

      Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

La autoridad marítima competente que autoriza el abanderamiento y matrícula de una embarcación o artefacto naval mexicano.

Dentro de los cinco días hábiles siguientes a aquél en que se haya autorizado el abanderamiento y matrícula.

¿Dónde puedo presentarlo?

De forma presencial:

·          Tratándose de embarcaciones o artefactos navales utilizados en la industria de los hidrocarburos, ante la Administración Central de Planeación y Programación de Hidrocarburos a través de la oficialía de partes de la Administración General de Hidrocarburos, sita en Valerio Trujano No. 15, Módulo VIII, Planta Baja, Colonia Guerrero, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06300, Ciudad de México, en un horario de atención de lunes a viernes de 8:00 hrs. a 14:30 hrs.

·          Para el resto de los supuestos, ante la Administración Central de Planeación y Programación de Fiscalización a Grandes Contribuyentes a través de la oficialía de partes de la Administración General de Grandes Contribuyentes, sita en Avenida Hidalgo No. 77, Módulo III, Planta Baja, Colonia Guerrero, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06300, Ciudad de México, en un horario de atención de lunes a viernes en un horario de 8:00 hrs. a 14:30 hrs.

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Acude a la oficialía de partes de la Administración General de Grandes Contribuyentes o de la Administración General de Hidrocarburos, según corresponda, con los documentos solicitados en el apartado de ¿Qué requisitos debo cumplir?.

2.     Entrega documentos a la autoridad fiscal que atenderá tu trámite.

3.     Recibe y conserva copia de tu escrito sellado, como acuse de recibo.

¿Qué requisitos debo cumplir?

1.     Oficio a través del cual la autoridad marítima competente informe sobre la autorización del abanderamiento y matrícula de la embarcación o artefacto naval mexicano, así como del negocio jurídico con el que se acreditó la propiedad o posesión de dicha embarcación o artefacto.

2.     Copia del documento que acredita el negocio jurídico referido en el párrafo anterior (este último documento no será necesario si durante el trámite de abanderamiento y matrícula, el solicitante no estuvo obligado a presentar dicho documento de conformidad con el artículo 40 del Reglamento de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

No aplica.

 

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

Trámite inmediato.

No.

Resolución del trámite o servicio

La autoridad verificará que el aviso sea presentado en tiempo, así como los datos del aviso sean correctos, y en su caso, dará por cumplida la obligación.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

Trámite inmediato.

No aplica.

No aplica.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

Acuse de recibo.

Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·          MarcaSAT: 55-62-72-27-28 y 01-87-74-48-87-28 desde Canadá y Estados Unidos.

·          Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país como se establece en la siguiente liga:

        https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

        Los días y horarios siguientes: Lunes a Jueves de 8:30 a 16:00 hrs y Viernes de 8:30 a 15:00 hrs.

·          Vía Chat: http://chatsat.mx/

·          Quejas y Denuncias SAT: 55-88-52-22-22 y 84-42-87-38- 03 para otros países.

·          Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·          SAT Móvil – Aplicación para celular, apartado Quejas y Denuncias.

·          En el Portal del SAT: https://sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·          Teléfonos rojos ubicados en las Aduanas y las oficinas del SAT.

Información adicional

No aplica.

Fundamento jurídico

Artículos: 31 del CFF; 11 de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos, 46 del Reglamento de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos; Regla 2.8.1.19. de la RMF.

 

253/CFF Solicitud de aclaración de la improcedencia de la liquidación emitida en términos del artículo 41, fracción II del CFF

Trámite      l

Servicio     ¡

Descripción del trámite o servicio

Monto

Aclara la improcedencia de las resoluciones que se prevén en términos del artículo 41, fracción II del CFF tratándose de contribuyentes a los que se les haya requerido en tres ocasiones para cumplir con la presentación de una o varias declaraciones omisas para el pago de contribuciones.

l  Gratuito

¡  Pago de derechos

      Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

·          Personas físicas.

·          Personas morales.

Cuando hayas presentado la declaración de que se trate previo a la notificación de la liquidación y desde el momento en que recibas la notificación de la liquidación y en caso de que se hubiera iniciado el procedimiento administrativo de ejecución, no se te haya notificado el avalúo.

¿Dónde puedo presentarlo?

En el Portal del SAT: https://portalsat.plataforma.sat.gob.mx/SATAuthenticator/AuthLogin/showLogin.action

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Ingresa al portal del SAT, en la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo?.

2.     Registra en Mi Portal, tu RFC, Contraseña, y elige Iniciar sesión.

3.     Selecciona las opciones: Servicios por Internet / Aclaraciones/ Solicitud y aparecerá un formulario.

4.     Requisita el formulario electrónico conforme a lo siguiente:

        En el apartado Descripción del Servicio, en la pestaña Trámite, selecciona: LIQUIDACIONES ART. 41 CFF; en *Asunto: Aclaración de la improcedencia de la liquidación emitida en términos del artículo 41, fracción II del CFF; en Descripción: Señala los motivos, razonamientos, hechos y causas que consideres necesarios por los que no estás de acuerdo con la liquidación; en Adjuntar Archivo: Elige en Examinar y selecciona los documentos digitalizados en formato PDF que contienen la información que subirás señalados en el apartado de ¿Qué requisitos debo cumplir? y elige Cargar, selecciona Enviar, se genera el acuse de recepción que contiene el número de folio de la solicitud y tu acuse de recibo con el que puedes dar seguimiento a tu Aclaración, imprímelo o guárdalo.

5.     Para verificar la respuesta a tu solicitud, ingresa al Portal del SAT y con el número de folio, verifica la respuesta ingresando en la liga: https://wwwmat.sat.gob.mx/aplicacion/operacion/66288/consulta-tus-aclaraciones-como-contribuyente de acuerdo a lo siguiente:

·          En Mi portal, captura tu RFC, Contraseña y elige Iniciar Sesión.

·          Selecciona la opción de Servicios por Internet / Aclaraciones / Consulta.

·          Captura el número del folio del trámite y verifica la solución otorgada a tu solicitud.

¿Qué requisitos debo cumplir?

1.     Acuse de recibo electrónico de la declaración correspondiente emitido por el SAT.

2.     El recibo bancario de pago de contribuciones federales generado por las instituciones de crédito autorizadas en caso de que exista cantidad a pagar.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

Contar con Contraseña.

 

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

Ingresa al portal del SAT, en la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo?, selecciona la opción Servicios por Internet / Aclaraciones / Consulta y proporciona el Número de Folio del envío o recepción de tu aclaración.

No.

Resolución del trámite o servicio

El SAT analizará si la declaración de que se trate fue presentada o no, previo a la notificación de la resolución por la cual solicita aclaración y emitirá respuesta.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

6 días hábiles.

No aplica.

No aplica.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

Acuse de recibo.

Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·          MarcaSAT: 55-62-72-27-28 y 01-87-74-48-87-28 desde Canadá y Estados Unidos.

·          Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, en los días y horarios que se establecen en la siguiente dirección electrónica:

        https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

·          Vía Chat: http://chatsat.mx/

·          Quejas y Denuncias SAT: 55-88-52-22-22 y 84-42-87-38-03 para otros países.

·          Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·          SAT Móvil – Aplicación para celular, apartado Quejas y Denuncias.

·          En el Portal del SAT:

        https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·          Teléfonos rojos ubicados en las Aduanas y las oficinas del SAT.

Información adicional

No aplica.

Fundamento jurídico

Artículos: 17-D, 33-A, 41, 69-B del CFF; Regla 2.11.12. de la RMF.

 

254/CFF     (Se deroga)

 

255/CFF Aviso relativo a Terceros Prestadores de Servicios conforme los Anexos 25 y 25-Bis de la RMF

Trámite      l

Servicio     ¡

Descripción del trámite o servicio

Monto

Presenta este aviso para informar que las Instituciones Financieras Sujetas a Reportar optan por prestar servicios a otras Instituciones Financieras Sujetas a Reportar (fideicomisos, fondos de inversión y sociedades de inversión especializadas en fondos para el retiro) para el cumplimiento de las obligaciones a que se refieren los Anexos 25 y 25-Bis.

l  Gratuito

¡  Pago de derechos

      Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Las Instituciones Financieras de México Sujetas a Reportar y las Instituciones Financieras Sujetas a Reportar que actúen como terceros prestadores de servicios conforme a lo dispuesto en los Anexos 25 y 25-Bis de la RMF.

A más tardar el treinta y uno de agosto de cada ejercicio fiscal.

¿Dónde puedo presentarlo?

En el Portal del SAT:

https://www.siat.sat.gob.mx/PTSC/index.jsp?opcion=0

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Ingresa al Portal del SAT, en la liga mencionada en el apartado ¿Dónde puedo presentarlo?.

2.     Ingresa a la aplicación Mi portal, con el RFC y Contraseña de la Institución Financiera Sujeta a Reportar que presenta el aviso, seguido de Iniciar sesión.

3.     Selecciona las opciones Servicios por Internet / Servicios o Solicitudes / Solicitud.

4.     Llena el formulario electrónico Servicio de Aviso conforme a lo siguiente:

        En el apartado Descripción del Servicio, en la pestaña Trámite selecciona FICHA 255 ANEXOS 25-25BIS RMF; en Dirigido a: Administración General de Grandes Contribuyentes del Servicio de Administración Tributaria; en *Asunto: Aviso relativo a Terceros Prestadores de Servicios conforme a los Anexos 25 y 25-Bis de la RMF; en Descripción: expón brevemente de lo que se trata el aviso que estas presentando; adjunta los documentos escaneados señalados en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir?, para ello elige Examinar y selecciona los documentos digitalizados en formato PDF y elige Cargar.

5.     Oprime el botón de Enviar, en automático se originará tu solicitud con el número de folio del trámite de atención y obtendrás tu acuse de recibo.

6.     Para dar seguimiento a tu trámite, ingresa a la aplicación Mi portal, con el RFC y Contraseña de la Institución Financiera Sujeta a Reportar que presentó el aviso, seguido de Iniciar sesión.

7.     Elige las opciones Servicios por internet / Servicio o Solicitudes / Consulta; ingresa tu número de folio asignado, seguido de Buscar, para verificar el estatus del trámite.

8.     También podrás dar seguimiento a tu trámite enviando un correo al Grupo de Trabajo FACTCA-SAT (fatca.sat@sat.gob.mx) proporcionando el número de folio asignado al trámite.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Archivo digitalizado que contenga un escrito libre con la siguiente información y documentación:

1.     Nombre, clave en el RFC y GIIN o NIIF (según sea el caso) de la Institución Financiera Sujeta a Reportar que actuará como tercero prestador de servicios.

2.     Nombre, clave en el RFC (en su caso) y GIIN o NIIF (según sea el caso) de la(s) Institución(es) Financiera(s) Sujeta(s) a Reportar a quienes se les prestará el servicio mencionado.

3.     Manifestación en el sentido que la Institución Financiera Sujeta a Reportar que actuará como tercero prestadora de servicios acepta prestar dichos servicios conforme a lo señalado en los Anexos 25 y 25-Bis de la RMF.

4.     Manifestación firmada por el representante legal de la(s) Institución(es) Financiera(s) Sujeta(s) a Reportar a la(s) que les prestará los servicios, indicando que cumplirá(n) con sus obligaciones a través del tercero prestador de servicios, sin quedar relevada(s) de las demás obligaciones formales, en términos de lo dispuesto por los Anexos 25 y 25-Bis de la RMF.

5.     Instrumento para acreditar la personalidad de la/el representante legal o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o fedatario público, así como identificación oficial vigente.

        *Para mayor referencia, consultar en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso C) Poderes, del Anexo 1-A de la RMF.

6.     Identificación oficial, cualquiera de las señaladas en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso A) Identificación oficial, del Anexo 1-A de la RMF.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

Contar con Contraseña para ingresar a Mi Portal.

 

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

Envía un correo al Grupo de Trabajo FATCA-SAT (fatca.sat@sat.gob.mx) proporcionando el número de folio asignado al trámite.

No.

Resolución del trámite o servicio

La autoridad validará la información presentada y en caso de cumplir con los requisitos solicitados se tendrá por presentado el Aviso.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

Trámite inmediato.

No aplica.

No aplica.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

Acuse de recibo.

Indefinida, salvo que la Institución Financiera Sujeta a Reportar realice algún cambio posterior.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·          Atención personal en las oficinas de la Administración General de Grandes Contribuyentes, ubicadas en Avenida Hidalgo 77, Módulo III, Planta Baja, Colonia Guerrero, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06300, Ciudad de México, en un horario de atención de lunes a jueves de 8:30 a 16:00 hrs. y viernes de 8:30 a 15:00 hrs. previa cita que podrás solicitar vía correo electrónico dirigido al Grupo de Trabajo FATCA-SAT: fatca.sat@sat.gob.mx.

·          Vía Chat: http://chatsat.mx

·          En el micrositio de Intercambio Automático de Información Financiera para Efectos Fiscales del SAT:

        http://omawww.sat.gob.mx/acuerdo_internacional/Paginas/default.htm

·          Vía correo electrónico al Grupo de Trabajo FATCA-SAT: fatca.sat@sat.gob.mx

·          Quejas y Denuncias SAT: 55-88-52-22-22 y 84-42-87- 38-03 para otros países.

·          Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·          SAT Móvil – Aplicación para celular, apartado Quejas y Denuncias.

·          En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu- queja-o-denuncia

·          Teléfonos rojos ubicados en las Aduanas y las oficinas del SAT.

Información adicional

La información relativa a los procedimientos, criterios, plazos y formatos se encuentra disponible en el Portal del SAT, en el micrositio de Intercambio Automático de Información Financiera para Efectos Fiscales: http://omawww.sat.gob.mx/acuerdo_internacional/Paginas/default.htm

Fundamento jurídico

Artículos: 32-B, fracción V, 32-B Bis del CFF; 7, tercer párrafo; 55, fracciones I, IV; 56; 86, fracción I; 89, segundo párrafo; 136, último párrafo, 192, fracción VI de la LISR; 92, 93 del RLISR; Reglas 2.11.13., 3.5.8. y Anexos 25, 25-Bis de la RMF.

 

256/CFF Solicitud de acceso al servicio público de consulta de verificación y autenticación de e.firma y al servicio de verificación de identidad biométrica

 

Trámite      l

Servicio     ¡

Descripción del trámite o servicio

Monto

 

Te permite verificar los certificados de firma electrónica avanzada (e.firma) a través del Protocolo de Verificación del Estado de Certificados en Línea.

l  Gratuito

 

¡  Pago de derechos

      Costo:

 

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Personas físicas y Personas morales que requieran implementar el uso de la e.firma en su negocio o empresa como medio de autenticación o firmado de documentos digitales o requieran el servicio de verificación de identidad biométrica.

Cuando lo requieras.

¿Dónde puedo presentarlo?

En el Portal del SAT, a través de Mi portal: https://portalsat.plataforma.sat.gob.mx/SATAuthenticator/AuthLogin/showLogin.action

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Ingresa al Portal del SAT, en la liga del apartado de ¿Dónde puedo presentarlo?.

2.     Al ingresar registra tu RFC y Contraseña, elige Iniciar sesión.

3.     Selecciona las opciones: Servicios por Internet / Servicio o solicitudes / Solicitud y aparecerá un formulario electrónico.

4.     Requisita del formulario electrónico conforme a lo siguiente:

        En el apartado Descripción del Servicio, en la pestaña Trámite, selecciona CONSULTA VALIDACIÓN E.FIRMA; en Dirigido a: Administración Central de Servicios Tributarios al Contribuyente; en Asunto: Solicitud de acceso al servicio público de consulta de verificación y autenticación de e.firma o Solicitud de acceso al servicio de verificación de identidad biométrica, según corresponda; en el apartado Descripción: señala brevemente el motivo de la solicitud; Si deseas anexar información relacionada con el servicio, selecciona el botón Adjuntar Archivo/ Examinar, selecciona el documento digitalizado en formato PDF y elige Cargar.

5.     Oprime el botón Enviar, y se genera el Acuse de recepción que contiene el folio del trámite realizado, imprímelo o guárdalo.

6.     Recibe a través del correo electrónico que señalaste en tu solicitud kit de ambiente y certificados de prueba.

7.     Envía las evidencias del correcto uso del desarrollo técnico.

8.     Recibe la autorización, ambiente y certificados productivos a través del Buzón Tributario.

¿Qué requisitos debo cumplir?

1.     Solicitud de servicio en la que se manifiestes lo siguiente:

a)     El nombre, domicilio fiscal, dirección electrónica, correo electrónico y número telefónico incluyendo clave lada, del contribuyente, en caso de que se trate de una persona moral, también se tendrán que manifestar los datos del representante legal.

b)     Objetivo de la solicitud.

c)     Que cumples con los requerimientos establecidos en las reglas de técnicas generales para su uso emitidas por el SAT.

2.     Anexo técnico y volumetrías debidamente llenado.

En el caso de las personas morales:

a) Poder general para actos de dominio o de administración donde se acredite la personalidad del representante legal

* Para mayor referencia, consultar en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso C) Poderes, del Anexo 1-A de la RMF.

b) Original de la identificación oficial vigente del representante legal cualquiera de las señaladas en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso A) Identificación oficial, del Anexo 1-A de la RMF.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

·          Contar con e.firma y Contraseña.

·          Contar con buzón tributario activo.

·          Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales positiva.

 

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

A través de buzón tributario.

No.

Resolución del trámite o servicio

En caso de cumplir con todos los requisitos recibirá la autorización para el acceso al servicio público de consulta través de su buzón tributario.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

La resolución será notificada dentro de un plazo no mayor a 3 meses contados a partir del día siguiente a aquél en que se presente la solicitud.

3 meses contados a partir del día siguiente a aquél en que se presente la solicitud.

3 meses contados a partir del día siguiente en el que se requiera la información.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

Autorización para el acceso al servicio público de consulta a través de tu buzón tributario.

La autorización de acceso al servicio público de consulta tendrá una vigencia de 12 meses, la cual podrá ser renovada por el mismo periodo.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·          MarcaSAT: 55-62-72-27-28 y 01-87-74-48-87-28 desde Canadá y Estados Unidos.

·          Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente dirección electrónica:

        https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

        Los días y horarios siguientes: Lunes a Jueves de 8:30 a 16:00 hrs. y Viernes de 8:30 a 15:00 hrs.

·          Vía Chat: http://chatsat.mx/

·          Quejas y Denuncias SAT: 55-88-52-22-22 y 84-42-87-38-03 para otros países.

·          Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·          SAT Móvil – Aplicación para celular, apartado Quejas y Denuncias.

·          En el Portal del SAT:

        https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·          Teléfonos rojos ubicados en las Aduanas y las Oficinas del SAT.

Información adicional

No aplica.

Fundamento jurídico

Artículos: 17-F, 19, 19-A y 37 del CFF; 2.2.11. y Transitorio Quincuagésimo Segundo de la RMF.

 

257/CFF     (Se deroga)

 

258/CFF Solicitud, renovación, modificación y cancelación de certificados de comunicación conforme a los Anexos 25 y 25-Bis de la RMF

Trámite      l

Servicio     ¡

Descripción del trámite o servicio

Monto

Solicita, renueva, modifica y/o cancela los certificados de comunicación a través de los cuales enviarás al SAT los reportes de cuentas a que se refieren los Anexos 25 y 25-Bis.

l  Gratuito

¡  Pago de derechos

      Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Las Instituciones Financieras Sujetas a Reportar que deseen solicitar, renovar, modificar o cancelar los certificados de comunicación para el envío de reportes conforme a los Anexos 25 y 25-Bis de la RMF.

Cuando lo requieran.

¿Dónde puedo presentarlo?

·          En el Portal del SAT: https://portalsat.plataforma.sat.gob.mx/SATAuthenticator/AuthLogin/showLogin.action

·          En forma presencial en la Oficialía de Partes de la Administración General de Grandes Contribuyentes, ubicada en Avenida Hidalgo  No. 77, Módulo III, Planta Baja, Colonia Guerrero, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06300, Ciudad de México, en un horario de atención de lunes a jueves de 8:30 a 16:00 hrs., y viernes de 8:30 a 15:00 hrs., en el caso de entidades que califiquen como Instituciones Financieras Sujetas a Reportar en términos del Anexo 25-Bis que no cuenten con clave en el RFC o que no se encuentren obligadas a inscribirse en él.

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

En el Portal del SAT:

1.     Ingresa en la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo? y elige la opción INICIAR.

2.     En Mi Portal, captura el RFC, Contraseña y elige Iniciar sesión.

3.     Selecciona la opción Servicios por Internet / Servicio o solicitudes / Solicitud y aparecerá un formulario.

4.     Requisita el formulario conforme a lo siguiente:

5.     En el apartado Descripción del Servicio, en la pestaña Trámite selecciona la opción Certificados Anexos 25 y 25Bis; en Dirigido a: Administración General de Grandes Contribuyentes, en *Asunto: indica solicitud, renovación, modificación o revocación de certificados de comunicación, según el caso; Descripción: explica brevemente de lo que trata la solicitud que estás realizando; adjunta los documentos escaneados señalados en el Apartado ¿Qué requisitos debo cumplir?, para ello elige Examinar y selecciona los documentos digitalizados en formato PDF y elige Cargar.

6.     Oprime el botón Enviar, se generará el Acuse de recepción que contiene el folio del trámite con el que puedes dar seguimiento a tu aviso, imprímelo o guárdalo.

7.     Para dar seguimiento a tu trámite ingresa a la aplicación Mi portal, con el RFC y Contraseña, seguido de Iniciar sesión. Selecciona la opción Servicios por Internet / Servicio o solicitudes / Consulta y aparecerá un formulario, ingresa tu número de folio asignado, seguido de Buscar.

8.     También podrás darle seguimiento a tu trámite enviando un correo al Grupo de Trabajo FATCA-SAT (fatca.sat@sat.gob.mx) proporcionando el número de folio asignado al trámite.

9.     El personal resolverá tu trámite de acuerdo a los plazos y fechas que se encuentran contenidos en el “Calendario de Actividades FATCA-CRS” disponible en el micrositio de Intercambio Automático de Información Financiera para Efectos Fiscales.

En forma presencial:

1.     Tratándose de Instituciones Financieras Sujetas a Reportar que no cuenten con clave en el RFC o no se encuentren obligadas a inscribirse en él, debes acudir a la Oficialía de Partes de la Administración General de Grandes Contribuyentes.

2.     Entrega la documentación solicitada en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir?

3.     Recibe y conserva el escrito libre sellado, como acuse de recibo.

4.     Podrás darle seguimiento a tu trámite enviando un correo electrónico al Grupo de Trabajo FATCA-SAT (fatca.sat@sat.gob.mx) proporcionando el número de folio asignado al trámite.

 

¿Qué requisitos debo cumplir?

1.     En el caso de solicitud y/o renovación de certificados, escrito libre que contenga la siguiente información y documentación:

·          Nombre, clave en el RFC (en su caso) y GIIN o NIIF (según corresponda) de la Institución Financiera Sujeta a Reportar, canal de comunicación solicitado (Web Service, SFTP o SOCKET) y tipo(s) de certificado(s) (para ambiente de pruebas y/o productivo).

·          Formato de designación del personal responsable de la comunicación ante el SAT debidamente requisitado, adjuntando identificación oficial vigente, como puede ser cualquiera de las señaladas en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso A) Identificación oficial, del Anexo 1-A de la RMF.

·          Documento con el que se acredite que el personal responsable de la comunicación ante el SAT labora en la Institución Financiera Sujeta a Reportar, en formato PDF.

·          Instrumento para acreditar la personalidad e identidad de la/el representante legal de la Institución Financiera (copia certificada y copia simple para cotejo) o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o fedatario público (original y copia simple para cotejo).

        *Para mayor referencia, consultar en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso C) Poderes, del Anexo 1-A de la RMF.

·          Identificación oficial, cualquiera de las señaladas en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso A) Identificación oficial, del Anexo 1-A de la RMF.

·          Formato de solicitud de canal de comunicación debidamente requisitado, adjuntando la información y documentación correspondiente al canal de comunicación solicitado (Web Service, SFTP o SOCKET).

2.     En el caso de cancelación de certificados, escrito libre que contenga la siguiente información:

·          Nombre, clave en el RFC (en su caso) y GIIN o NIIF (según corresponda) de la Institución Financiera Sujeta a Reportar, canal de comunicación respecto del cual se solicita la cancelación.

3.     En el caso de modificación del personal responsable, escrito libre que contenga la siguiente información y documentación:

·          Nombre, clave en el RFC (en su caso) y GIIN o NIIF (según corresponda) de la Institución Financiera Sujeta a Reportar.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

·          Contar con Contraseña para ingresar a Mi Portal.

 

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

Envía un correo al Grupo de Trabajo FATCA-SAT fatca.sat@sat.gob.mx proporcionando el número de folio asignado al trámite.

No.

Resolución del trámite o servicio

En su caso, certificados digitales.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

Los plazos y fechas se encuentran contenidos en el “Calendario de Actividades FATCA-CRS” disponible en el micrositio de Intercambio Automático de Información Financiera para Efectos Fiscales:

http://omawww.sat.gob.mx/acuerdo_internacional/Paginas/default.htm

Los plazos y fechas se encuentran contenidos en el “Calendario de Actividades FATCA-CRS” disponible en el micrositio de Intercambio Automático de Información Financiera para Efectos Fiscales:

http://omawww.sat.gob.mx/acuerdo_internacional/Paginas/default.htm

Los plazos y fechas se encuentran contenidos en el “Calendario de Actividades FATCA-CRS” disponible en el micrositio de Intercambio Automático de Información Financiera para Efectos Fiscales:

http://omawww.sat.gob.mx/acuerdo_internacional/Paginas/default.htm

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

Acuse de recibo y certificados digitales, en su caso.

La vigencia será la señalada en el archivo cer. que sea entregado a cada Institución Financiera y se visualiza como Válido desde día/mes/año hasta día/mes/año.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·          Atención personal en las Oficinas de la Administración General de Grandes Contribuyentes, ubicadas en Avenida Hidalgo No. 77, Módulo III, Planta Baja, colonia Guerrero, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06300, Ciudad de México, en un horario de atención de lunes a jueves de 8:30 a 16:00 hrs. y viernes de 8:30 a 15:00 hrs. previa cita que podrás solicitar vía correo electrónico dirigido al Grupo de Trabajo FATCA-SAT: fatca.sat@sat.gob.mx.

·          En el micrositio de intercambio de información del SAT:

        http://omawww.sat.gob.mx/acuerdo_internacional/Paginas/default.htm

·          Vía Chat: http://chatsat.mx/

·          Vía correo electrónico al Grupo de Trabajo FATCA-SAT: fatca.sat@sat.gob.mx

·          Quejas y Denuncias SAT: 55-88-52-22-22 y 84-42-87- 38-03 para otros países.

·          Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·          SAT Móvil – Aplicación para celular, apartado Quejas y Denuncias.

·          En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu- queja-o-denuncia

·          Teléfonos rojos ubicados en las Aduanas y las oficinas del SAT.

Información adicional

·          La Institución Financiera Sujeta a Reportar deberá seleccionar solo un canal de comunicación.

·          La información, documentación y formatos correspondientes a cada canal de comunicación habilitado que deberán adjuntarse al trámite, así como la relativa a los procedimientos, criterios, plazos y formatos podrá consultarse en el apartado relativo al intercambio automático de información financiera publicado en el Portal del SAT.

·          Consulta la guía y formato para presentar el trámite en la siguiente liga: http://omawww.sat.gob.mx/acuerdo_internacional/Paginas/b/documentos/CriteriosOperativos/Orientacion/GuiasCanalesComunicacion.pdf

Fundamento jurídico

Artículos: 17-D, 17-H, 32-B, fracción V, 32-B Bis del CFF; 7, tercer párrafo, 55, fracciones I, IV, 56, 86, fracción I, 89, segundo párrafo, 136, último párrafo, 192, fracción VI de la LISR; 92 y 93 del RLISR; Reglas 1.6., 2.2.12. y 3.5.8., Anexos 25 y 25-Bis de la RMF.

 

259/CFF Solicitud de inscripción en el RFC de personas físicas que elaboren y enajenen artesanías

Trámite      l

Servicio     ¡

Descripción del trámite o servicio

Monto

Solicitud para inscribir en el RFC a las personas físicas que elaboren y enajenen artesanías, con las que realices actividades económicas.

l  Gratuito

¡  Pago de derechos

      Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

·          Personas físicas.

·          Personas morales.

Cuando lo requieras.

¿Dónde puedo presentarlo?

En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/tramites/84829/inscribe-en-el-rfc-a-las-personas-fisicas-que-elaboren-y-enajenen-artesanias

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Ingresa en la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo? y elige la opción INICIAR.

2.     En Mi Portal, captura tu RFC, Contraseña y elige Iniciar sesión.

3.     Selecciona la opción Servicios por Internet / Servicio o solicitud / Solicitud y aparecerá un formulario.

4.     Requisita el formulario conforme a lo siguiente:

        En el apartado Descripción del Servicio, en la pestaña Trámite selecciona la opción INSC_ARTESANOS; en Dirigido a: Servicio de Administración Tributaria, en *Asunto: Inscripción de artesanos; Descripción: Solicitud de inscripción de personas físicas que elaboran y enajenan artesanías. Para anexar la información relacionada con el servicio, oprime Adjuntar Archivo/ Examinar, selecciona el archivo digitalizado y elige Cargar.

5.     Oprime el botón Enviar, se genera el Acuse de recepción que contiene el folio del trámite con el que puedes dar seguimiento a tu aviso, imprímelo o guárdalo.

6.     Revisa tu caso de aclaración en un plazo de 10 días hábiles para verificar si se te solicitó información adicional, en caso de ser así, contarás con 10 días hábiles para entregarla, si excedes ese plazo es necesario ingresar nuevamente tu solicitud.

7.     Ingresa al Portal del SAT, dentro del plazo de 10 días hábiles posteriores a la presentación del trámite, con el número de folio, para verificar la respuesta a tu aviso, en: https://sat.gob.mx/aplicacion/operacion/66288/consulta-tus-aclaraciones-como-contribuyente, de acuerdo a lo siguiente:

        En Mi Portal, captura tu RFC e ingresa tu Contraseña; selecciona la opción: Servicios por Internet / Servicio o solicitudes / Consulta; captura el número del folio del trámite y verifica la solución otorgada a tu aviso; si tu solicitud fue resuelta, obtendrás el Acuse de respuesta imprímelo guárdalo.

8.     En caso de no contar con respuesta, acude a las Oficinas del SAT, para recibir información adicional sobre la situación del trámite, previa cita generada en:

·          El Portal del SAT: https://citas.sat.gob.mx/citasat/home.aspx

·          Portal Gob.mx: https://citas.sat.gob.mx/citasat/agregarcita.aspx

 

¿Qué requisitos debo cumplir?

1.     Archivo con las siguientes características:

·          Nombre del archivo RFC ddmmaaaa_consecutivo de dos dígitos (##), donde:

Ø  RFC se refiere a la clave en el RFC del adquiriente persona física o moral.

Ø  Ddmmaaaa: dd día mm mes aaaa año de la fecha de generación del archivo.

Ø  Consecutivo número consecutivo del archivo.

        Ejemplo, XAXX010101AAA07072012_01

·          Sin tabuladores.

·          Únicamente mayúsculas.

·          El formato del archivo debe ser en Código Estándar Americano para Intercambio de Información (ASCII).

·          La información del archivo deberá contener los siguientes seis campos delimitados por pipes “|”: entre columnas

Ø  Primera columna. - CLAVE CURP A 18 POSICIONES del artesano.

Ø  Segunda columna. – Primer apellido del artesano.

Ø  Tercera columna. – Segundo apellido del artesano (No obligatorio).

Ø  Cuarta columna. - Nombre(s) del artesano.

Ø  Quinta columna. - Fecha de inicio de operación del artesano, debe ser en formato DD/MM/AAAA.

Ø  Sexta columna. – Clave en el RFC de la persona que solicita la inscripción.

Ø  Séptima columna. - Correo electrónico válido del artesano.

·          Las columnas no deberán contener títulos o estar vacías, excepto la tercera columna (sólo si no tiene dato).

·          La inscripción será con el domicilio fiscal del adquiriente.

·          La información deberá enviarse en archivos de texto plano comprimido en formato ZIP.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

·          Contar con contraseña.

·          Contar con correo electrónico válido.

 

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

·          En el Portal del SAT, con el número de folio que se encuentra en el Acuse de recepción.

·          Presencial en la oficina del SAT que corresponda a tu domicilio fiscal, previa cita, con el número de folio que se encuentra en el Acuse de recepción.

No.

Resolución del trámite o servicio

·          La autoridad validará tu información, si es procedente la solicitud se realiza la inscripción de los artesanos y recibes Acuse de respuesta.

·          En caso contrario en el mencionado Acuse de respuesta se indica el motivo por el cual no procedió la solicitud.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

10 días hábiles.

10 días hábiles.

10 días hábiles.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

·          Acuse de recepción.

·          Acuse de respuesta.

Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·          MarcaSAT: 55-62-72-27-28 y 01-87-74-48-87-28 desde Canadá y Estados Unidos.

·          Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establecen en la siguiente liga:

        https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

        Los días y horarios siguientes: Lunes a Jueves de 8:30 a 16:00 hrs y Viernes de 8:30 a 15:00 hrs.

·          Vía Chat: http://chatsat.mx/

·          Preguntas frecuentes

        https://www.sat.gob.mx/tramites/84829/inscribe-en-el-rfc-a-las-personas-fisicas-que-elaboren-y-enajenen-artesanias

·          Quejas y Denuncias SAT: 55-88-52-22-22 y 84-42-87-38-03 para otros países.

·          Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·          SAT Móvil – Aplicación para celular, apartado Quejas y Denuncias.

·          En el Portal del SAT:

        https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·          Teléfonos rojos ubicados en las Aduanas y las oficinas del SAT.

 

Información adicional

 

Para facilitar la presentación del trámite en el Portal del SAT, se pone a tu disposición la Guía de inscripción al RFC artesanos paso con CURP, que se encuentra en el apartado Contenidos relacionados de la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/tramites/84829/inscribe-en-el-rfc-a-las-personas-fisicas-que-elaboren-y-enajenen-artesanias

 

Fundamento jurídico

 

Artículos: 27 del CFF; 297 del CFPC; Reglas 2.4.3.,2.4.6. y 2.7.3.9. de la RMF.

 

 

260/CFF Consultas en línea que realicen las Dependencias o Entidades de la Administración Pública Federal, a través de la e.firma de funcionario público competente

Trámite      l

Servicio     ¡

Descripción del trámite o servicio

Monto

Realiza consultas en línea o solicita la confirmación de criterio sobre la interpretación o aplicación de las disposiciones fiscales en situaciones reales y concretas, utilizando tu e.firma como funcionario público competente para promover ante autoridades fiscales.

l  Gratuito

¡  Pago de derechos

      Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Dependencias o Entidades de la Administración Pública Federal, Estatal o Municipal, centralizada, descentralizada o desconcentrada, así como los organismos constitucionalmente autónomos.

Cuando lo requieras.

¿Dónde puedo presentarlo?

En el Portal del SAT, a través de buzón tributario:

https://www.sat.gob.mx/tramites/93598/realiza-tus-consultas-en-linea-utilizando-tu-e.firma-como-funcionario-publico-competente

 

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Ingresa al Portal del SAT, en la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo? y selecciona INICIAR.

2.     Captura tu RFC, Contraseña, Captcha y selecciona Enviar, o bien, selecciona e.firma y elige Enviar.

3.     En caso de realizar tu trámite por primera vez, lee los TÉRMINOS Y CONDICIONES DE USO DEL SISTEMA DE CONSULTAS Y AUTORIZACIONES - CONDICIONES GENERALES y elige Acepto.

4.     Selecciona Consultas; en Modalidad se despliega el catálogo y selecciona la materia sobre la cual va a tratar la consulta que vas a presentar, y elige Siguiente.

5.     Paso 1 Datos del solicitante verifica que tus datos sean correctos, de no ser así, realiza el trámite correspondiente a través de los canales oficiales antes de continuar y de ser correctos selecciona Siguiente; Paso 2 Personas relacionadas, en su caso, captura el RFC de la persona autorizada para oír y recibir notificaciones, selecciona Buscar, a continuación, captura el teléfono a 10 dígitos, donde sea fácilmente localizable la persona, y elige Agregar; en caso de que no sea válido el RFC capturado, aparecerá un mensaje indicando que el RFC no se encontró en el sistema de RFC Ampliado, favor de ingresar sus datos, en este caso deberás capturar el correcto; el aplicativo te permite registrar un máximo de 5 personas para oír y recibir notificaciones, por lo que deberás repetir estos pasos hasta completarlas, aparecerá el nombre de las personas que agregaste, mismas que podrás eliminar de ser necesario si marcas el recuadro y seleccionas Eliminar. El formulario también te permite registrar los datos de las personas involucradas, por lo que, si requieres agregarlas, deberás seleccionar el tipo de persona: Persona física, Persona moral o Residente en el Extranjero, y capturar el RFC o Número de Identificación Fiscal y elige Agregar; el aplicativo te permite registrar un máximo de 5 personas involucradas, por lo que deberás repetir estos pasos hasta completarlas, aparecerá el nombre de las personas que agregaste, mismas que podrás eliminar de ser necesario si marcas el recuadro y seleccionas Eliminar, después elige Siguiente; el sistema te genera un número temporal, sin validez legal; sin embargo, te servirá para poder identificar la promoción. El número de asunto oficial será asignado al momento de que firmas la promoción, por lo que contarás con un plazo de 3 días naturales para concluir y firmar, en caso de no dar cumplimiento, la solicitud será eliminada; Paso 3 Ingresar datos de la promoción captura la siguiente información:

·          Monto de la operación u operaciones objeto de la promoción. En caso de que la operación no tenga monto, deja el campo en cero.

·          Señala todos los hechos y circunstancias relacionados con la promoción y acompaña los documentos e información que soporten tales hechos o circunstancias. En caso de que el espacio sea insuficiente, adjunta un archivo en formato PDF con el resto de la información.

·          Describe las razones del negocio que motivan la operación planteada. En caso de que el espacio sea insuficiente, adjunta un archivo en formato PDF con el resto de la información.

6.     Elige Siguiente; Paso 4 Ingresar datos adicionales selecciona Sí o No a cada una de las situaciones planteadas, revisa la información capturada, y elige Siguiente; Paso 5 Seleccionar documentos, activa la casilla Documentación Relacionada y elige Siguiente; Paso 6 Adjuntar documentos en Tipo de documento despliega el menú, selecciona Documentación Relacionada y Adjuntar; Selecciona el documento que acompañará a tu promoción, y elige Abrir. En seguida visualizarás un mensaje de Documento Adjuntado, selecciona Aceptar; el sistema mostrará un aviso, el cual indica que el Documento fue adjuntado correctamente. Para confirmar, elige Ver, repite Paso 6, Adjuntar documentos hasta que subas todos los archivos que sean necesarios, y elige Siguiente; Paso 7 Firmar promoción selecciona los archivos de tu e.firma (.cer y .key), captura tu contraseña de clave privada y elige Firmar; En seguida el sistema te va a generar en formato PDF: i) Acuse de recepción de promoción, el cual incluye el Número de Asunto con el cual podrás consultar el estatus de tu solicitud en cualquier momento, ii) Acuse de términos y condiciones y iii) Constancia de firmado electrónico de documentos.

7.     Para salir de tu buzón tributario, elige Cerrar sesión.

·          En caso de que desees enviar documentación adicional, una vez que hayas registrado tu consulta, ingresa a https://wwwmat.sat.gob.mx/operacion/01324/incrementa-la-informacion-de-tu-tramite-de-consulta-de-autorizacion-en-linea

1.     Selecciona INICIAR.

2.     Captura tu RFC, Contraseña, Captcha y selecciona Enviar, o bien, selecciona e.firma y elige Enviar; en el apartado Consultar Asunto, captura el Número de Asunto con el que quedó registrada tu solicitud y elige Buscar, también podrás realizar la búsqueda por Tipo de Asunto o por la Fecha de Recepción de la Promoción (Fecha Inicio y Fecha Fin).

3.     Para adjuntar documentación, elige sobre la solicitud, Consultar Documentos y en tipo de documento, selecciona Documentación Relacionada, selecciona Adjuntar; elige Seleccionar, el documento y elige Abrir, en seguida selecciona Adjuntar, visualizarás un mensaje de Documento Adjuntado elige Aceptar; el sistema mostrará un aviso, el cual indica que el Documento fue adjuntado correctamente, para confirmar, selecciona en Ver, repite este paso hasta que hayas adjuntado todos los archivos que sean necesarios; por último, selecciona los archivos de tu e.firma (.cer y .key), captura tu contraseña de clave privada y elige Firmar, el sistema te va a generar en formato PDF: i) Acuse de recepción de promoción y ii) Constancia de firmado electrónico de documentos.

4.     Para salir de tu buzón tributario, elige Cerrar sesión.

¿Qué requisitos debo cumplir?

1.     Los establecidos en los artículos 18, 18-A y 19 del CFF.

2.     Nombramiento o designación de la persona que conforme a la Ley Orgánica, Reglamento Interior, Estatuto Orgánico o similar de la Dependencia o Entidad de que se trate, sea competente o esté facultado para promover ante las autoridades fiscales.

·          Se considerará que una unidad administrativa está facultada para promover ante las autoridades fiscales, cuando así lo manifieste expresamente la unidad administrativa competente para interpretar la Ley Orgánica, Reglamento Interior, Estatuto Orgánico o similar de que se trate.

3.     Credencial vigente de la persona competente o facultada, expedida por la Dependencia o Entidad de que se trate.

4.     Documentación e información relacionada con la consulta que se va a presentar.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

·          Contar con Contraseña.

·          Contar con e.firma.

·          Contar con buzón tributario activo.

 

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

·          Ingresa al Portal del SAT, en la liga: https://www.sat.gob.mx/tramites/login/01324/incrementa-la-informacion-de-tu-tramite-de-consulta-de-autorizacion-en-linea

        Captura tu RFC, Contraseña, Captcha y selecciona Enviar, o bien, selecciona e.firma y elige Enviar; en el apartado Consultar Asunto, captura el Número de Asunto con el que quedó registrada tu solicitud y elige Buscar, también podrás realizar la búsqueda por Tipo de Asunto o por la Fecha de Recepción de la Promoción (Fecha Inicio y Fecha Fin).

·          Una vez que la autoridad resuelva el trámite, recibirás un aviso en los medios de contacto que hayas registrado en el buzón tributario (mensaje de texto o correo electrónico) en donde se te indicará que tienes una notificación pendiente.

No.

Resolución del trámite o servicio

La resolución se te notificará a través de buzón tributario.

Pudiendo ser alguno de los siguientes oficios:

·          De requerimiento de información,

·          De negativa o confirmación de criterio o

·          De orientación jurídica.

En caso de estar amparado contra el uso de dicho buzón, la notificación se realizará de forma personal.

Transcurrido el plazo para que la autoridad emita la resolución correspondiente, en su caso, aplicará la negativa ficta.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

3 meses.

En cualquier momento mientras no se presente un desistimiento.

10 días hábiles.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

Oficio de resolución.

Estará vigente en tanto no se modifiquen las disposiciones fiscales o los criterios de interpretación que sustentaron el sentido de la resolución.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·          MarcaSAT: 55-62-72-27-28, opción 3 Orientación fiscal y 01-87-74-48-87-28 para Estados Unidos y Canadá.

·          Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente dirección electrónica:

        https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

        Los días y horarios siguientes: Lunes a Jueves de 8:30 a 16:00 hrs y Viernes de 8:30 a 15:00 hrs

·          Vía Chat: http://chatsat.mx/

·          Quejas y Denuncias SAT: 55-88-52-22-22 y 84-42-87-38-03 para otros países.

·          Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·          SAT Móvil – Aplicación para celular, apartado Quejas y Denuncias.

·          En el Portal del SAT:

        https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·          Teléfonos rojos ubicados en las Aduanas y las oficinas del SAT.

Información adicional

·          La documentación e información deberás digitalizarla en formato PDF, evita que cada archivo exceda de los 4 MB.

·          Si el tamaño del archivo es mayor, deberás ajustarlo o dividirlo en varios archivos que cumplan con el tamaño y especificaciones señaladas.

·          Evita adjuntar archivos con el mismo nombre.

·          Evita enviar archivos con hojas en blanco.

Fundamento jurídico

Artículos: 17-K, 18, 18-A, 19, 33, 34, 37, primer párrafo del CFF; Regla 2.1.28. de la RMF.

 

261/CFF Consultas en línea sobre la interpretación o aplicación de disposiciones fiscales

Trámite      l

Servicio     ¡

Descripción del trámite o servicio

Monto

Realiza consultas en línea o solicita la confirmación de criterio sobre la interpretación o aplicación de las disposiciones fiscales en situaciones concretas que aún no se han realizado.

l  Gratuito

¡  Pago de derechos

      Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

·          Personas físicas.

·          Personas morales.

Cuando lo requieras.

¿Dónde puedo presentarlo?

En el Portal del SAT, a través de buzón tributario: https://www.sat.gob.mx/tramites/94242/realiza-tus-consultas-en-linea-sobre-la-interpretacion-o-aplicacion-de-disposiciones-fiscales

 

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Ingresa al Portal del SAT, en la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo? y selecciona INICIAR.

2.     Captura tu RFC, Contraseña, Captcha y selecciona Enviar, o bien, selecciona e.firma y elige Enviar.

3.     En caso de realizar tu trámite por primera vez, lee los TÉRMINOS Y CONDICIONES DE USO DEL SISTEMA DE CONSULTAS Y AUTORIZACIONES - CONDICIONES GENERALES, y elige Acepto.

4.     Selecciona Consultas; en Modalidad se despliega el catálogo y selecciona la materia sobre la cual va a tratar la consulta que vas a presentar, y elige Siguiente.

5.     Paso 1 Datos del solicitante verifica que tus datos sean correctos, de no ser así, realiza el trámite correspondiente a través de los canales oficiales antes de continuar y de ser correctos selecciona Siguiente; Paso 2 Personas relacionadas, en su caso, captura el RFC de la persona autorizada para oír y recibir notificaciones, selecciona Buscar, a continuación, captura el teléfono a 10 dígitos, donde sea fácilmente localizable la persona, y elige Agregar; en caso de que no sea válido el RFC capturado, aparecerá un mensaje indicando que el RFC no se encontró en el sistema de RFC Ampliado, favor de ingresar sus datos, en este caso deberás capturar el correcto; el aplicativo te permite registrar un máximo de 5 personas para oír y recibir notificaciones, por lo que deberás repetir estos pasos hasta completarlas, aparecerá el nombre de las personas que agregaste, mismas que podrás eliminar de ser necesario si marcas el recuadro y seleccionas Eliminar. El formulario también te permite registrar los datos de las personas involucradas, por lo que, si requieres agregarlas, deberás seleccionar el tipo de persona: Persona física, Persona moral o Residente en el Extranjero, y capturar el RFC o Número de Identificación Fiscal y elige Agregar; el aplicativo te permite registrar un máximo de 5 personas involucradas, por lo que deberás repetir estos pasos hasta completarlas, aparecerá el nombre de las personas que agregaste, mismas que podrás eliminar de ser necesario si marcas el recuadro y seleccionas Eliminar, después elige Siguiente; el sistema te genera un número temporal, sin validez legal; sin embargo, te servirá para poder identificar la promoción. El número de asunto oficial será asignado al momento de que firmas la promoción, por lo que contarás con un plazo de 3 días naturales para concluir y firmar, en caso de no dar cumplimiento, la solicitud será eliminada; Paso 3 Ingresar datos de la promoción captura la siguiente información:

·          Monto de la operación u operaciones objeto de la promoción. En caso de que la operación no tenga monto, deja el campo en cero.

·          Señala todos los hechos y circunstancias relacionados con la promoción y acompaña los documentos e información que soporten tales hechos o circunstancias. En caso de que el espacio sea insuficiente, adjunta un archivo en formato PDF con el resto de la información.

·          Describe las razones del negocio que motivan la operación planteada. En caso de que el espacio sea insuficiente, adjunta un archivo en formato PDF con el resto de la información.

6.     Elige Siguiente; Paso 4 Ingresar datos adicionales selecciona Sí o No a cada una de las situaciones planteadas, revisa la información capturada, y elige Siguiente; Paso 5 Seleccionar documentos escoge la documentación que adjuntarás, activando la(s) casilla(s) correspondiente(s) del listado que te muestre el aplicativo (por ejemplo: Ficha Técnica, Folleto, Diagrama, Documentación Relacionada, etc.) y elige Siguiente; Paso 6 Adjuntar documentos en Tipo de documento despliega el menú, selecciona el documento (por ejemplo: Ficha Técnica, Folleto, Diagrama Documentación Relacionada) y elige Adjuntar; Selecciona el documento que acompañará a tu promoción, y elige Abrir. En seguida visualizarás un mensaje de Documento Adjuntado, selecciona Aceptar; el sistema mostrará un aviso, el cual indica que el Documento fue adjuntado correctamente. Para confirmar, elige Ver, repite Paso 6, Adjuntar documentos hasta que subas todos los archivos que sean necesarios, y elige Siguiente; Paso 7 Firmar promoción selecciona los archivos de tu e.firma (.cer y .key), captura tu contraseña de clave privada y elige Firmar; En seguida el sistema te va a generar en formato PDF: i) Acuse de recepción de promoción, el cual incluye el Número de Asunto con el cual podrás consultar el estatus de tu solicitud en cualquier momento, ii) Acuse de términos y condiciones y iii) Constancia de firmado electrónico de documentos.

7.     Para salir de tu buzón tributario, elige Cerrar sesión.

·          En caso de que desees enviar documentación adicional, una vez que hayas registrado tu solicitud de autorización, ingresa a: https://www.sat.gob.mx/tramites/01324/incrementa-la-informacion-de-tu-tramite-de-consulta-de-autorizacion-en-linea

1.     Selecciona INICIAR.

2.     Captura tu RFC, Contraseña, Captcha y selecciona Enviar, o bien, selecciona e.firma y elige Enviar; en el apartado Consultar Asunto, captura el Número de Asunto con el que quedó registrada tu solicitud y elige Buscar, también podrás realizar la búsqueda por Tipo de Asunto o por la Fecha de Recepción de la Promoción (Fecha Inicio y Fecha Fin).

3.     Para adjuntar documentación, elige sobre la solicitud, Consultar Documentos y en tipo de documento, selecciona Documentación Relacionada, selecciona Adjuntar; elige Seleccionar, el documento y elige Abrir, en seguida selecciona Adjuntar, visualizarás un mensaje de Documento Adjuntado elige Aceptar; el sistema mostrará un aviso, el cual indica que el Documento fue adjuntado correctamente, para confirmar, selecciona en Ver, repite este paso hasta que hayas adjuntado todos los archivos que sean necesarios; por último, selecciona los archivos de tu e.firma (.cer y .key), captura tu contraseña de clave privada y elige Firmar, el sistema te va a generar en formato PDF: i) Acuse de recepción de promoción y ii) Constancia de firmado electrónico de documentos.

4.     Para salir de tu buzón tributario, elige Cerrar sesión.

¿Qué requisitos debo cumplir?

1.     Los establecidos en los artículos 18, 18-A y 19 del CFF.

2.     Documentación e información relacionada con la consulta que se va a presentar.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

·          Contar con Contraseña.

·          Contar con e.firma.

·          Contar con buzón tributario activo.

 

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

·          Ingresa al Portal del SAT, en la liga: https://www.sat.gob.mx/tramites/login/01324/incrementa-la-informacion-de-tu-tramite-de-consulta-de-autorizacion-en-linea

        Captura tu RFC, Contraseña, Captcha y selecciona Enviar, o bien, selecciona e.firma y elige Enviar; en el apartado Consultar Asunto, captura el Número de Asunto con el que quedó registrada tu solicitud y elige Buscar, también podrás realizar la búsqueda por Tipo de Asunto o por la Fecha de Recepción de la Promoción (Fecha Inicio y Fecha Fin).

·          Una vez que la autoridad resuelva tu trámite, recibirás un aviso en los medios de contacto que registraste en el buzón tributario (mensaje de texto o correo electrónico) en donde se te indicará que tienes una notificación pendiente.

No.

Resolución del trámite o servicio

La resolución se te notificará a través de buzón tributario.

Pudiendo ser alguno de los siguientes oficios:

·          De requerimiento de información,

·          De negativa o confirmación de criterio,

·          De Autorización o

·          De orientación jurídica.

En caso de estar amparado contra el uso de dicho buzón, la notificación se realizará de forma personal.

Transcurrido el plazo para que la autoridad emita la resolución correspondiente, en su caso, aplicará la negativa ficta.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

3 meses.

En cualquier momento mientras no se presente un desistimiento.

10 días hábiles.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

Oficio de resolución.

Estará vigente en el ejercicio fiscal en el que lo emitiste y hasta dentro de los 3 meses posteriores a dicho ejercicio, siempre que se trate del mismo supuesto jurídico, sujetos y materia sobre la que versaste la consulta y no se modifiquen las disposiciones fiscales que sustentaron el sentido de la resolución.

 

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·          MarcaSAT: 55-62-72-27-28, opción 3 Orientación fiscal y 01-87-74-48-87-28 para Estados Unidos y Canadá.

·          Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente dirección electrónica: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

        Los días y horarios siguientes: Lunes a Jueves de 8:30 a 16:00 hrs. y Viernes de 8:30 a 15:00 hrs

·          Vía Chat: http://chatsat.mx/

·          Quejas y Denuncias SAT: 55-88-52-22-22 y 84-42-87-38-03 para otros países.

·          Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·          SAT Móvil – Aplicación para celular, apartado Quejas y Denuncias.

·          En el Portal del SAT:

        https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·          Teléfonos rojos ubicados en las Aduanas y las Oficinas del SAT.

Información adicional

·          Lo dispuesto en la presente ficha de trámite no será aplicable en relación con los sujetos y materias a que se refiere el segundo párrafo de la regla 2.1.51. de la RMF.

·          El SAT no estará obligado a aplicar los criterios contenidos en la contestación a las consultas relacionadas con situaciones concretas que aún no se han realizado, ni a publicar el extracto de las resoluciones favorables a consultas que hayan sido resueltas conforme a la regla 2.1.51. de la RMF.

·          La documentación e información deberás digitalizarla en formato PDF, evita que cada archivo exceda de los 4 MB.

·          Si el tamaño del archivo es mayor, deberás ajustarlo o dividirlo en varios archivos que cumplan con el tamaño y especificaciones señaladas.

·          Evita adjuntar archivos con el mismo nombre.

·          Evita enviar archivos con hojas en blanco.

Fundamento jurídico

Artículos: 17-K, 18, 18-A, 19, 33, 34, 37, primer párrafo del CFF; Regla 2.1.51. de la RMF.

 

262/CFF Solicitud de validación y opinión técnica para operar como órgano certificador

Trámite      l

Servicio     ¡

Descripción del trámite o servicio

Monto

Presenta tu solicitud para obtener la opinión técnica para operar como órgano certificador.

l  Gratuito

¡  Pago de derechos

      Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Personas morales.

Cuando lo requieras.

¿Dónde puedo presentarlo?

En forma presencial:

En la Administración Central de Seguridad, Monitoreo y Control, ubicada en Calzada de Tlalpan No. 2775, Colonia San Pablo Tepetlapa, Alcaldía Coyoacán, C.P. 04620, Ciudad de México, previa cita solicitada al correo electrónico oficialdecumplimiento@sat.gob.mx o al teléfono: 55-58-09-02-00 ext. 48340 en un horario de lunes a viernes de 9:00 a 13:30 hrs. y de 15:30 a 17:30 hrs.

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Acude a las Oficinas de la Administración Central de Seguridad, Monitoreo y Control, previa cita, mencionada en el apartado ¿Dónde puedo presentarlo?.

2.     Entrega la documentación que se menciona en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir?, al personal que atenderá el trámite.

3.     En caso de que cumplas con los requisitos y condiciones recibe copia del escrito libre sellado como acuse de recibo. En caso contrario se te indicará lo que hace falta y deberás volver a presentar el trámite.

4.     Para verificar si la autoridad te solicitó información adicional, ingresa al Portal del SAT, dentro del plazo de 2 meses posteriores a la presentación del mismo, en la ruta: https://www.sat.gob.mx/personas/iniciar-sesion de acuerdo a lo siguiente:

·          En el buzón tributario, captura tu RFC / Contraseña / Captcha o tu e.firma y, selecciona el botón Enviar.

Ø  En el apartado de Mis expedientes / Mis notificaciones, podrás consultar el campo de Pendientes, en donde:

Ø  Cuando cumples con los requisitos encontrarás el Oficio de Opinión Técnica Favorable.

Ø  En caso de que no cumplas con alguno de ellos, encontrarás un Oficio de Requerimiento para subsanar incumplimientos y se te otorgará un plazo de 10 días hábiles para su atención, contados a partir de la fecha en que surta efectos la notificación del Oficio de Requerimiento para subsanar incumplimientos. Dichas omisiones deberán subsanarse de forma presencial en el domicilio señalado en el apartado ¿Dónde puedo presentarlo? Está información la debes presentar conforme lo siguiente:

o      Escrito libre el cual debe ser suscrito por el representante legal o apoderado legal con facultades para tal efecto, firmado en forma autógrafa o con e.firma, que deberá contener el número de Oficio de Requerimiento para subsanar incumplimientos y en una unidad de memoria extraíble la documentación y elementos que comprueben el debido cumplimiento de los requisitos solicitados.

o      Una vez atendido el Oficio de Requerimiento para subsanar incumplimientos, la Administración Central de Seguridad, Monitoreo y Control analiza la información. En caso de cumplir con los requisitos y condiciones emitirá Oficio de Opinión Técnica Favorable. En caso contrario emitirá Oficio de Opinión Técnica No Favorable.

 

¿Qué requisitos debo cumplir?

1.     Escrito libre original y copia el cual debe ser suscrito por el representante legal o apoderado legal con facultades para tal efecto, firmado en forma autógrafa o con e.firma, que deberá contener:

a)     El nombre, domicilio fiscal, correo electrónico y número telefónico incluyendo clave lada del representante legal o apoderado legal, domicilio del centro de datos primario (en caso de ser aplicable) y diagrama de arquitectura tecnológica.

b)     Cumplir con la matriz de control y los controles específicos para Órgano Certificador publicada en la página del Servicio de Administración Tributaria.

c)     Señalar el número de verificaciones mensuales que tienes proyectado realizar.

d)    Señalar las figuras de tercero autorizado que pretendes certificar.

2.     Copia certificada y copia simple para cotejo de la escritura pública o poder notarial para acreditar la personalidad del representante legal o apoderado legal.

        * Para mayor referencia, consultar en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso C) Poderes, del Anexo 1-A de la RMF.

3.     Acreditar una experiencia mínima de 5 años en la práctica de auditorías en materia de Tecnologías de la Información y Seguridad de la Información, mediante la entrega de por lo menos 5 contratos firmados, ejecutados y cumplidos. La experiencia será contabilizada de acuerdo con los meses de vigencia de dichos contratos y evidencia de su ejecución. Por lo menos, uno de los contratos anteriores, deberá incluir la utilización de la herramienta tecnológica que se utilizará para la administración de la información que se obtendrá de realizar las revisiones que se pretenden realizar.

4.     Acreditar una experiencia de por lo menos un contrato de auditoría de software que incluya los siguientes temas:

a)     Auditoría tecnológica de calidad del software.

b)     Auditoría de sistemas que utilicen esquemas y lenguajes de programación: XML, XML Schema, Java, Java Script, XSLT y XPath.

5.     Acreditar el cumplimiento de los contratos mencionados, mediante la entrega de por lo menos 5 cartas firmadas por los responsables de proyecto, en donde se especifique que el contrato se cumplió, en tiempo, forma y de manera satisfactoria.

6.     Anexa la matriz de control y los controles específicos para Órgano Certificador publicada en el Portal del Servicio de Administración Tributaria en https://www.sat.gob.mx/tramites/31655/solicita-la-validacion-y-opinion-tecnica-para-ser-proveedor-de-certificacion selecciona en el apartado de Contenidos Relacionados, descarga el archivo “matriz de control”, firmada al calce y rubricada en todas sus hojas por el o la apoderada o representante legal, conteniendo la leyenda “Manifiesto que mi representada que cuenta con evidencia suficiente y la pone a consideración del Servicio de Administración Tributaria a efecto de que califique el debido cumplimiento de los controles contenidos en la matriz de control y los controles específicos para Órgano Certificador”, de la misma forma deberá ordenar por cada uno de los controles la evidencia con la que se pretenda dar cumplimiento a los mismos y entregar en un tanto, en una unidad de memoria extraíble con la información.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

·          Contar con e.firma o Contraseña.

·          Contar con buzón tributario activo.

 

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

Mediante llamada a la Administración Central de Seguridad, Monitoreo y Control al teléfono 55-58-09-02-00 ext. 48340. Horarios de atención: de lunes a viernes de 9:00 a 13:30 hrs. y de 15:30 a 17:30 hrs. o al correo electrónico oficialdecumplimiento@sat.gob.mx

Sí, visita de verificación en el domicilio del centro de datos (en caso de ser aplicable) o de oficinas operativas.

 

Resolución del trámite o servicio

La Administración Central de Seguridad, Monitoreo y Control verificará si cumples con todos los requisitos y condiciones, y emitirá Oficio de Opinión Técnica Favorable u Oficio de Opinión Técnica No Favorable.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

3 meses.

2 meses.

10 días hábiles.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

·          A la presentación del trámite: Copia del escrito libre sellado como acuse de recibo.

·          Al término del trámite, recibirás por buzón tributario:

Ø  En caso de cumplir con los requisitos y condiciones: Oficio de Opinión Técnica Favorable.

Ø  En caso de no cumplir con los requisitos y condiciones: Oficio de Opinión Técnica No Favorable.

3 meses.

 

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·          Mediante llamada a la Administración Central de Seguridad, Monitoreo y Control al teléfono 55-58-09-02-00 ext. 48340. Horarios de atención: de Lunes a Viernes de 9:00 a 13:30 hrs y de 15:30 a 17:30 hrs.

·          Envía correo electrónico a oficialdecumplimiento@sat.gob.mx

·          MarcaSAT 55-62-72-27-28 y 01-87-74-48-87-28 desde Estados Unidos y Canadá.

·          Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios.

        Los días y horarios siguientes: Lunes a Jueves de 8:30 a 16:00 hrs. y Viernes de 8:30 a 15:00 hrs.

·          Vía Chat: http://chatsat.mx/

·          Quejas y Denuncias SAT: 55-88-52-22-22 y 84-42-87-38-03 para otros países.

·          Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·          SAT Móvil – Aplicación para celular, apartado Quejas y Denuncias.

·          En el Portal del SAT:

        https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·          Teléfonos rojos ubicados en las Aduanas y las oficinas del SAT.

Información adicional

No aplica.

Fundamento jurídico

Artículo: 32-I del CFF; Reglas 2.20.2., 2.20.6. y 2.20.9. de la RMF.

 

263/CFF Solicitud de autorización para operar como órgano certificador

Trámite      l

Servicio     ¡

Descripción del trámite o servicio

Monto

Presenta tu solicitud de autorización para operar como órgano certificador.

l  Gratuito

¡  Pago de derechos

      Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Personas morales.

Cuando obtengas el oficio con el que acredites cumplir con los requisitos tecnológicos para operar como órgano certificador.

¿Dónde puedo presentarlo?

En forma presencial:

En la Oficialía de Partes de la Administración General Jurídica, ubicada en Avenida Hidalgo, Número 77, Módulo VI, Planta Baja, Colonia Guerrero, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06300, Ciudad de México., en un horario de lunes a viernes de 8:00 a 14:30 hrs.

 

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Acude a la oficialía de partes de la Administración General Jurídica, ubicada en el domicilio mencionado en el apartado ¿Dónde puedo presentarlo?.

2.     Entrega la documentación que se menciona en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir?, al personal que atenderá tu trámite.

3.     Recibirás copia del escrito libre sellado como acuse de recibo.

4.     Para verificar la respuesta de tu trámite, se te hará llegar en el medio de contacto que hayas registrado en buzón tributario, un mensaje en el que se te avisará que cuentas con una notificación en tu buzón tributario.

·          En el buzón tributario, captura tu RFC, Contraseña y Captcha o tu e.firma, y oprime el botón Iniciar sesión.

·          Selecciona el apartado Mis notificaciones /Total de notificaciones pendientes:

Ø  En el caso de haber cumplido con la totalidad de los requisitos, encontrarás el oficio de autorización para operar como órgano certificador.

Ø  En caso de no haber dado cumplimiento a la totalidad de requisitos, encontrarás el requerimiento correspondiente o en su caso, la respuesta a tu solciitud de autorización.

¿Qué requisitos debo cumplir?

1.     Escrito libre y 2 copias, el cual debe ser suscrito por el representante o apoderado legal con facultades para tal efecto, firmado en forma autógrafa, mismo que deberá:

·          Ser dirigido a la Administración General Jurídica/Administración Central de Normatividad en Impuestos Internos.

·          Contener los requisitos del artículo 18-A del CFF.

2.     Acta constitutiva debidamente inscrita en el Registro Público de Comercio, mediante la cual acredites ser una persona moral con residencia en México y se observe que en tu objeto social se encuentran previstas las actividades para las cuales solicitas autorización.

3.     Acredita que tributas conforme al Título II de la Ley del ISR.

4.     Opinión positiva del cumplimiento de obligaciones fiscales, obtenida de conformidad con el procedimiento establecido en la regla 2.1.39. de la RMF.

5.     Libro de registro de acciones nominativas y en su caso, libro de variaciones de capital, si como persona moral te encuentras obligada a llevar conforme a la Ley General de Sociedades Mercantiles, con los cuales acredites tener un capital suscrito y pagado de por lo menos $20´000,000.00 (Veinte millones de pesos 00/100 M.N.). En caso de no tener la obligación de llevar el libro de variaciones de capital, deberás realizar dicha manifestación.

6.     Manifiesta bajo protesta de decir verdad que no mantienes ningún tipo de participación de manera directa o indirecta en la administración, control o capital de los terceros autorizados, así como con socios, accionistas de estos y que no existe vinculación de acuerdo con el artículo 68 de la Ley Aduanera en los últimos dos años anteriores a la obtención de la autorización.

7.     Manifiesta bajo protesta de decir verdad que, en la estructura del capital social, en los órganos de administración o en el personal técnico no existe interés directo o indirecto con las empresas vinculadas o sujetas a los servicios que prestarás como órgano certificador.

8.     Manifiesta bajo protesta de decir verdad, que no te encuentras inhabilitada para contratar con la Administración Pública Federal, Fiscalía General de la República y gobiernos estatales, ni que por tu conducto participan personas físicas o morales, que se encuentren en dicho supuesto.

9.     Oficio emitido por la Administración Central de Seguridad, Monitoreo y Control de la Administración General de Comunicaciones y Tecnologías de la Información con el que acredites que cumples con los requisitos tecnológicos para ser órgano certificador.

10.   Señala el tercero autorizado que pretendes certificar.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

·          Contar con e.firma.

·          Contar con Contraseña.

·          Contar con buzón tributario activo.

 

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

·          En caso de que la autoridad te notifique el requerimiento; oficio de autorización u oficio negando la autorización, recibirás un aviso de notificación pendiente en el correo electrónico que hayas validado como medio de contacto en el buzón tributario.

·          Ingresa a la liga:

        https://www.sat.gob.mx/personas/iniciar-sesion Captura tu RFC, Contraseña, Captcha y selecciona Enviar; o bien, selecciona e.firma y elige Enviar; Posiciónate sobre Mis expedientes, y elige Mis notificaciones; Visualiza el oficio pendiente de revisar.

No.

 

Resolución del trámite o servicio

·          Si presentaste correctamente toda la documentación, se te emitirá oficio de autorización para ser órgano certificador, el cual se te notificará a través de buzón tributario, la información como órgano certificador se publicará en el Portal del SAT.

·          En el caso de que la documentación se presente de manera incompleta o con errores, se emitirá requerimiento, en el que te solicitarán que subsanes la inconsistencia, el cual será notificado a través de buzón tributario, en caso de no haberla subsanado en los términos y plazo indicados en el requerimiento, se te notificará el oficio de no se otorga autorización, el cual será notificado a través de buzón tributario.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

3 meses.

3 meses a partir de la recepción de la solicitud de autorización y sólo en caso de que la información se haya presentado de forma incompleta o con errores.

10 días hábiles.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

A la presentación del trámite:

·          Escrito libre sellado como acuse de recibo

Al término del trámite, recibirás a través de buzón tributario:

En caso de cumplir con los requisitos:

·          Oficio de autorización; y

·          Publicación en el Portal del SAT, de la denominación o razón social, la clave en el Registro Federal de Contribuyentes, su domicilio fiscal y la dirección web de la página de Internet del órgano certificador

En caso de no cumplir:

·          Requerimiento; u

·          Oficio negando la autorización.

Por el ejercicio fiscal en el que se te otorgue.

 

 

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·          MarcaSAT: 55-62-72-27-28 y 01-87-74-48-87-28 para Estados Unidos y Canadá.

·          Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente dirección electrónica:

        https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

        Los días y horarios siguientes: Lunes a Jueves de 8:30 a 16:00 hrs. y Viernes de 8:30 a 15:00 hrs

·          Vía Chat: http://chatsat.mx/

·          Quejas y Denuncias SAT: 55-88-52-22-22 y 84-42-87-38-03 para otros países.

·          Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·          SAT Móvil – Aplicación para celular, apartado Quejas y Denuncias.

·          En el Portal del SAT:

        https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·          Teléfonos rojos ubicados en las Aduanas y las oficinas del SAT.

Información adicional

·          Los documentos que se presenten deberán estar en idioma español, legibles y no contener tachaduras ni enmendaduras.

·          Obtenida la autorización, dentro de un plazo de 30 días naturales contados a partir del día siguiente a aquél en que surta efectos la notificación de la autorización, deberás enviar:

Ø  Carta de crédito; o,

Ø  Garantía (fianza) en formato XML y su representación impresa, así como la representación impresa del Comprobante Fiscal Digital por Internet, comprobante de pago y en su caso, el complemento de pago que amparen el pago total de la prima por el periodo por el qué se ha obtenido la autorización;

Ø  Dicha garantía deberá ser expedida a favor de la Tesorería de la Federación y contener el siguiente texto:

Para garantizar por (nombre de la persona moral), con domicilio en (domicilio fiscal), y Registro Federal de Contribuyentes (clave asignada en el RFC), el pago de cualquier daño o perjuicio que por impericia o incumplimiento de la normatividad establecida en la RMF, sus anexos y la que se dé a conocer a través del Portal del SAT, que regule la función de los órganos certificadores, se ocasione al fisco federal o a un tercero.

Garantizando hasta por un monto de $10’000,000.00 (Diez millones de pesos 00/100 M.N.), con vigencia del (fecha de obtención de la autorización) al 31 de diciembre de ____).

Fundamento jurídico

Artículos: 18, 18-A, 32-I del CFF; Reglas 2.20.1. y 2.20.2. de la RMF.

 

264/CFF Aviso de renovación de la autorización y exhibición de la garantía para continuar operando como órgano certificador

Trámite      l

Servicio     ¡

Descripción del trámite o servicio

Monto

Renueva por el siguiente ejercicio fiscal tu autorización como Órgano Certificador.

l  Gratuito

¡  Pago de derechos

      Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Los órganos certificadores autorizados.

Cada año, en el mes de octubre.

¿Dónde puedo presentarlo?

Para el Aviso:

En el Portal del SAT, a través de buzón tributario: https://www.sat.gob.mx/tramites/11850/presenta-tu-aviso-de-renovacion-de-la-autorizacion-y-exhibicion-de-la-garantia-para-continuar-operando-como-organo-certificador.

Para la garantía:

En forma presencial:

En la Oficialía de Partes de la Administración General Jurídica, ubicada en Avenida Hidalgo, Número 77, Módulo VI, Planta Baja, Colonia Guerrero, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06300, Ciudad de México., en un horario de lunes a viernes de 8:00 a 14:30 hrs.

 

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

Para el aviso:

1.     Ingresa al Portal del SAT, en la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo? y selecciona INICIAR.

2.     Captura tu RFC, Contraseña, Captcha y selecciona Enviar, o bien, selecciona e.firma y elige Enviar.

3.     Llena el formulario Aviso para continuar operando como órgano certificador; revisa que tus datos del apartado Datos del contribuyente sean correctos; en Período elige el año del Ejercicio por el cual renuevas tu autorización; en Manifiesto selecciona el cuadro que menciona Bajo protesta de decir verdad que la información que se proporciona es cierta y en Información selecciona Enviar; enseguida el sistema te va a generar en formato PDF el Acuse de recepción de la promoción, el cual incluye el Número de Asunto con el que fue recibido.

·          En caso de que no desees enviar el Aviso, selecciona Cancelar.

·          Si deseas imprimir tu acuse nuevamente, elige la opción Reimpresión de acuse.

4.     Para salir de tu buzón tributario, elige Cerrar sesión.

Para la garantía:

1.     Acude a la oficialía de partes de la Administración General Jurídica, ubicada en el domicilio mencionado en el apartado ¿Dónde puedo presentarlo?.

2.     Entrega la documentación que se menciona en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir?, al personal que atenderá tu trámite.

3.     Recibirás copia del escrito libre sellado como acuse de recibo.

4.     Para verificar la respuesta de tu trámite, se te hará llegar en el medio de contacto que hayas registrado en buzón tributario, un mensaje en el que se te avisará que cuentas con una notificación en tu buzón tributario.

·          En el buzón tributario, captura tu RFC, Contraseña y Captcha o tu e.firma, y oprime el botón Iniciar sesión.

·          Selecciona el apartado Mis notificaciones /Total de notificaciones pendientes:

Ø  En el caso de no haber cumplido con la totalidad de los requisitos, encontrarás el requerimiento correspondiente u oficio de no renovación de tu autorización.

 

¿Qué requisitos debo cumplir?

Para el Aviso:

Aviso electrónico por el cual se declara bajo protesta de decir verdad que la información que se proporciona es cierta.

Para la garantía:

Ø  Escrito libre y 2 copias, el cual debe ser suscrito por el representante o apoderado legal con facultades para tal efecto, firmado en forma autógrafa, mismo que deberá:

·          Ser dirigido a la Administración General Jurídica/Administración Central de Normatividad en Impuestos Internos.

Ø  Carta de crédito; o

Ø  Garantía (fianza) en formato XML, y su representación impresa, así como la representación impresa del Comprobante Fiscal Digital por Internet, comprobante de pago y en su caso, el complemento de pago que amparen el pago total de la prima por el período por el que se pretende renovar la autorización; dicha garantía deberá ser expedida a favor de la Tesorería de la Federación y contener el siguiente texto:

        Para garantizar por (nombre de la persona moral), con domicilio en (domicilio fiscal), y Registro Federal de Contribuyentes (clave asignada en el RFC), el pago de cualquier daño o perjuicio que por impericia o incumplimiento de la normatividad establecida en la RMF, sus anexos y la que se dé a conocer a través del Portal del SAT que regule la función de los órganos certificadores, se ocasione al fisco federal o a un tercero.

        Garantizando hasta por un monto de $10’000,000.00 (Diez millones de pesos M.N. 00/100), con vigencia del (inicio del periodo de renovación) al 31 de diciembre de ____).

·          Acreditar haber presentado ante el SAT, la totalidad de certificaciones que se encuentra obligado a elaborar.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

·          Contar con e.firma.

·          Contar con Contraseña.

·          Contar con buzón tributario activo.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

Para el Aviso:

·          Trámite inmediato.

Para la garantía:

·          En caso de que la autoridad te notifique el requerimiento u oficio de no renovación de tu autorización, recibirás un aviso de notificación pendiente en el correo electrónico que hayas validado como medio de contacto en el buzón tributario.

·          Ingresa a la liga:

        https://www.sat.gob.mx/personas/iniciar-sesion Captura tu RFC, Contraseña, Captcha y selecciona Enviar; o bien, selecciona e.firma y elige Enviar; Posiciónate sobre Mis expedientes, y en el submenú elige Mis notificaciones; Visualiza el oficio pendiente de revisar.

No.

 

Resolución del trámite o servicio

Para el Aviso:

·          Trámite inmediato, ya que únicamente obtienes tu acuse de recibo.

Para la garantía:

·          Si presentaste correctamente toda la documentación, la información como órgano certificador seguirá publicada en el Portal del SAT.

·          En el caso de que la garantía se presente de manera incompleta, se emitirá requerimiento, en el que se te solicitará que subsanes la inconsistencia, el cual será notificado a través de buzón tributario, en caso de que no la subsanes en los términos y plazo indicados en el requerimiento, se te notificará el oficio de no renovación de tu autorización, el cual será notificado a través de buzón tributario.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

Para el Aviso:

·          Trámite inmediato.

Para la garantía:

·          1 mes, en el caso en el que la garantía se presente de manera incompleta.

Para la garantía: 1 mes, en el caso en el que la garantía se presente de manera incompleta.

10 días hábiles.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

Acuse de recibo.

1 año.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·          MarcaSAT: 55-62-72-27-28 y 01-87-74-48-87-28 para Estados Unidos y Canadá.

·          Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente dirección electrónica.

        https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

        Los días y horarios siguientes: Lunes a Jueves de 8:30 a 16:00 hrs y Viernes de 8:30 a 15:00 hrs

·          Vía Chat: http://chatsat.mx/

·          Quejas y Denuncias SAT: 55-88-52-22-22 y 84-42-87-38-03 para otros países.

·          Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·          SAT Móvil – Aplicación para celular, apartado Quejas y Denuncias.

·          En el Portal del SAT:

        https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·          Teléfonos rojos ubicados en las Aduanas y las oficinas del SAT.

Información adicional

No aplica.

Fundamento jurídico

Artículos: 18, 18-A y 32-I del CFF; Reglas 2.20.1., 2.20.3. y 2.20.6. de la RMF.

 

265/CFF Avisos de actualización de información de los órganos certificadores

Trámite      l

Servicio     ¡

Descripción del trámite o servicio

Monto

Actualiza los datos de tu autorización como órgano certificador.

l  Gratuito

¡  Pago de derechos

      Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Los órganos certificadores autorizados.

Dentro de los diez días siguientes a aquél en que se dé el hecho, o bien, presentes ante la autoridad correspondiente alguno de los siguientes cambios:

·          De denominación o razón social;

·          De domicilio fiscal;

·          Suspensión de actividades;

·          Reanudación de actividades;

·          Inicio de liquidación;

·          Inicio de procedimiento de concurso mercantil;

·          Cambio de contacto tecnológico;

·          El cambio de cualquier dato publicado en el Portal del SAT.

¿Dónde puedo presentarlo?

En forma presencial:

En la Oficialía de Partes de la Administración General Jurídica, ubicada en Avenida Hidalgo, Número 77, Módulo VI, Planta Baja, Colonia Guerrero, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06300, Ciudad de México., en un horario de lunes a viernes de 8:00 a 14:30 hrs.

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

En forma presencial:

1.     Acude a la oficialía de partes de la Administración General Jurídica, ubicada en el domicilio mencionado en el apartado ¿Dónde puedo presentarlo?.

2.     Entrega la documentación que se menciona en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir?, al personal que atenderá tu trámite.

3.     Recibirás copia del escrito libre sellado como acuse de recibo.

4.     Para verificar la respuesta de tu trámite, se te hará llegar en el medio de contacto que hayas registrado en buzón tributario, un mensaje en el que se te avisará que cuentas con una notificación en tu buzón tributario.

·          En el buzón tributario, captura tu RFC, Contraseña y Captcha o tu e.firma, y oprime el botón Iniciar sesión.

·          Selecciona el apartado Mis notificaciones /Total de notificaciones pendientes:

Ø  En el caso de haber cumplido con la totalidad de los requisitos, encontrarás el oficio a través del cual se tendrá por presentado tu Aviso.

Ø  En el caso de no haber cumplido con la totalidad de los requisitos, encontrarás el oficio a través del cual se tendrá por no presentado tu Aviso.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Escrito libre y 2 copias, el cual debe ser suscrito por el representante o apoderado legal con facultades para tal efecto, firmado en forma autógrafa, mismo que deberá:

·          Ser dirigido a la Adminsitración General Jurídica/Administración Central de Normatividad en Impuestos Internos.

·          En caso de cambio de denominación o razón social, copia certificada del instrumento notarial en el que conste dicho cambio.

·          En caso de algún cambio señalado en las fracciones I, II, III, IV, V y VI del apartado de ¿Cuándo se presenta?; manifiesta el número de folio del aviso presentado ante el SAT.

·          En los supuestos señalados en las fracciones V y VI del apartado de ¿Cuándo se presenta?; manifiesta a partir de cuándo inició el proceso de liquidación o concurso mercantil.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

·          Contar con e.firma.

·          Contar con Contraseña.

·          Contar con buzón tributario activo.

 

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

·          En caso de que la autoridad te notifique el oficio en el que se tenga por presentado el Aviso o aquel en el que se tenga por no presentado, recibirás un aviso de notificación pendiente en el correo electrónico que hayas validado como medio de contacto en el buzón tributario.

·          Ingresa a la liga:

        https://www.sat.gob.mx/personas/iniciar-sesion Captura tu RFC, Contraseña, Captcha y selecciona Enviar, o bien, selecciona e.firma y elige Enviar; Posiciónate sobre Mis expedientes y elige Mis notificaciones, visualiza el oficio pendiente de revisar.

No.

Resolución del trámite o servicio

·          En caso de que el aviso cumpla con todos los requisitos, se te notificará por buzón tributario el oficio a través del cual se tendrá por presentado tu aviso.

·          En el supuesto en el que el aviso no cumpla con todos los requisitos, se te notificará por buzón tributario el oficio a través del cual se tendrá por no presentado tu aviso.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

3 meses.

No aplica.

No aplica.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

·          Acuse de recibo y, posteriormente:

·          Oficio a través del cual se tendrá por presentado tu Aviso; u,

·          Oficio a través del cual se tendrá por no presentado tu aviso.

Hasta en tanto presentes un nuevo aviso de actualización de información.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·          MarcaSAT: 55-62-72-27-28 y 01-87-74-48-87-28 para Estados Unidos y Canadá.

·          Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente dirección electrónica:

        https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

        Los días y horarios siguientes: Lunes a Jueves de 8:30 a 16:00 hrs y Viernes de 8:30 a 15:00 hrs.

·          Vía Chat: http://chatsat.mx/

·          Quejas y Denuncias SAT: 55-88-52-22-22 y 84-42-87-38-03 para otros países.

·          Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·          SAT Móvil – Aplicación para celular, apartado Quejas y Denuncias.

·          En el Portal del SAT:

        https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·          Teléfonos rojos ubicados en las Aduanas y las Oficinas del SAT.

Información adicional

No aplica.

Fundamento jurídico

Artículos: 32-I, 37 del CFF; Regla 2.20.6. de la RMF.

 

266/CFF Solicitud para dejar sin efectos la autorización para operar como órgano certificador

Trámite      l

Servicio     ¡

Descripción del trámite o servicio

Monto

Presenta la solicitud para dejar sin efectos tu autorización como órgano certificador.

l  Gratuito

¡  Pago de derechos

      Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Los órganos certificadores autorizados.

Cuando lo requieras.

¿Dónde puedo presentarlo?

En forma presencial:

En la Oficialía de Partes de la Administración General Jurídica, ubicada en Avenida Hidalgo, Número 77, Módulo VI, Planta Baja, Colonia Guerrero, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06300, Ciudad de México, en un horario de lunes a viernes de 8:00 a 14:30 hrs.

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

En forma presencial:

1.     Acude a la oficialía de partes de la Administración General Jurídica, ubicada en el domicilio mencionado en el apartado ¿Dónde puedo presentarlo?.

2.     Entrega la documentación que se menciona en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir?, al personal que atenderá tu trámite.

3.     Recibirás copia del escrito libre sellado como acuse de recibo.

4.     Para verificar la respuesta de tu trámite, se te hará llegar en el medio de contacto que hayas registrado en buzón tributario, un mensaje en el que se te avisará que cuentas con una notificación en tu buzón tributario.

·          En el buzón tributario, captura tu RFC, Contraseña y Captcha o tu e.firma, y oprime el botón Iniciar sesión.

·          Selecciona el apartado Mis notificaciones /Total de notificaciones pendientes:

Ø  En el caso de que el Aviso cumpla con todos los requisitos, encontrarás el oficio en el que se señale que tu autorización ha quedado sin efectos.

Ø  En el caso de que el Aviso no cumpla con todos los requisitos, encontrarás el oficio en el que se señale que tu autorización no ha quedado sin efectos.

¿Qué requisitos debo cumplir?

1.     Escrito libre y 2 copias, el cual debe ser suscrito por el representante o apoderado legal con facultades para tal efecto, firmado en forma autógrafa, mismo que deberá:

·          Ser dirigido a la Administración General Jurídica/Administración Central de Normatividad en Impuestos Internos.

·          Contener la manifestación del motivo por el que pretendes dejar sin efectos tu autorización, hora y fecha en que dejará de operar.

·          Evidencia de que has hecho del conocimiento de los terceros autorizados con los que hayas contratado, que dejarás de prestar el servicio como órgano certificador.

2.     Una vez presentado el aviso, deberás:

·          Prestar el servicio en el periodo de transición de 90 días naturales, contados a partir de la hora y fecha manifestada en tu solicitud.

·          Presentar plan de trabajo en el que señales las actividades que llevarás a cabo a fin de realizar la entrega efectiva de la información resguardada en la herramienta utilizada para la administración de la información de las verificaciones efectuadas, por lo que deberás utilizar métodos de borrado seguro de dicha información en los dispositivos en los que se encuentra alojada.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

·          Contar con e.firma.

·          Contar con Contraseña.

·          Contar con buzón tributario activo.

 

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

·          En caso de que la autoridad te notifique el requerimiento, recibirás un aviso de notificación pendiente en el correo electrónico que hayas validado como medio de contacto en el buzón tributario.

·          Ingresa a la liga:

        https://www.sat.gob.mx/personas/iniciar-sesion Captura tu RFC, Contraseña, Captcha y selecciona Enviar, o bien, selecciona e.firma y elige Enviar; Posiciónate sobre Mis expedientes y elige Mis notificaciones, visualiza el oficio pendiente de revisar.

No.

Resolución del trámite o servicio

La respuesta de la valoración a tu solicitud se notificará por buzón tributario:

·          Si tu solicitud cumple con todos los requisitos, se emitirá oficio señalando que ha quedado sin efectos tu autorización para operar como órgano certificador.

·          En caso de que tu solicitud no cumpla con los requisitos, se emitirá oficio señalando que no se dejará sin efectos tu autorización.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

3 meses.

No aplica.

No aplica.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

A la presentación del trámite:

·          Escrito libre sellado como acuse de recibo.

·          Posteriormente, recibirá respuesta de la validación del Aviso en cualquiera de los siguientes sentidos, dependiendo del cumplimiento de los requisitos:

Ø  Que ha quedado sin efectos tu autorización para operar como órgano certificador.

Ø  Que no se acreditó la solicitud para dejar sin efectos tu autorización.

Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·          MarcaSAT: 55-62-72-27-28 y 01-87-74-48-87-28 para Estados Unidos y Canadá.

·          Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente dirección electrónica

        https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

        Los días y horarios siguientes: Lunes a Jueves de 8:30 a 16:00 hrs. y Viernes de 8:30 a 15:00 hrs.

·          Vía Chat: http://chatsat.mx/

·          Quejas y Denuncias SAT: 55-88-52-22-22 y 84-42-87-38-03 para otros países.

·          Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·          SAT Móvil – Aplicación para celular, apartado Quejas y Denuncias.

·          En el Portal del SAT:

        https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·          Teléfonos rojos ubicados en las Aduanas y las oficinas del SAT.

Información adicional

No aplica.

Fundamento jurídico

Artículos: 32-I, 37 del CFF; Regla 2.20.5. de la RMF.

 

267/CFF Aviso para presentar el informe de la certificación de los terceros autorizados

Trámite      l

Servicio     ¡

Descripción del trámite o servicio

Monto

Genera el informe con evidencias documentales del cumplimiento del marco de control aplicable de cada uno de los terceros sujetos a su certificación.

l  Gratuito

¡  Pago de derechos

      Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Personas morales autorizadas para operar como órgano certificador.

Durante el mes de septiembre de cada año.

¿Dónde puedo presentarlo?

En forma presencial:

En la Administración Central de Seguridad, Monitoreo y Control ubicada en Calzada de Tlalpan 2775, Colonia San Pablo Tepetlapa, Alcaldía Coyoacán, C.P. 04620, Ciudad de México, previa cita solicitada al correo electrónico oficialdecumplimiento@sat.gob.mx o al teléfono: 55-58-09-02-00 ext. 48340, en un horario de lunes a viernes de 9:00 a 13:30 hrs. y de 15:30 a 17:30 hrs.

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Acude a las Oficinas de la Administración Central de Seguridad, Monitoreo y Control, previa cita, mencionada en el apartado ¿Dónde puedo presentarlo?.

2.     Entrega la documentación que se menciona en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir?, al personal que atenderá el trámite.

3.     En caso de que cumplas con los requisitos y condiciones recibe copia del escrito libre sellado como acuse de recibo. En contrario se te indicará lo que hace falta y deberás volver a presentar el trámite.

4.     Para verificar la respuesta a tu trámite ingresa al Portal del SAT, dentro del plazo de 3 meses posteriores a la presentación del mismo, en la ruta: https://www.sat.gob.mx/personas/iniciar-sesion de acuerdo a lo siguiente:

·          En el buzón tributario, captura tu RFC, Contraseña y Captcha o tu e.firma, selecciona el botón Iniciar sesión.

·          En el apartado de Mis notificaciones, podrás consultar el campo de Pendientes, en donde:

Ø  Encontrarás Oficio de resultados de la valoración del informe de la certificación de los terceros autorizados.

 

¿Qué requisitos debo cumplir?

1.     Escrito libre original y copia firmada de manera autógrafa por el representante legal o apoderado legal con facultades para tal efecto en donde acredite su personalidad con Escritura pública o poder notarial, que deberá contener: Nombre completo, correo electrónico y teléfono de contacto del representante legal o apoderado legal, domicilio fiscal de la persona moral, domicilio del centro de datos (en caso de ser aplicable) y de las oficinas operativas.

        * Para mayor referencia, consultar en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso C) Poderes, del Anexo 1-A de la RMF.

2.     La liga URL o sitio Web que el órgano certificador entregue al SAT, para consultar y descargar dichos informes.

3.     El informe detallado que deberá contener lo siguiente:

·          Fecha de solicitud de la verificación por parte del tercero autorizado.

·          Dictamen con fecha de emisión, sobre las actividades de verificación, incluyendo la visita en sitio y la documentación e información siguiente:

Ø  Notificación de la visita del órgano certificador al tercero autorizado.

Ø  Introducción y fundamento jurídico.

Ø  Sustentar el dictamen con la normativa aplicable para cada figura de tercero autorizado.

Ø  Denominación o razón social de la empresa a verificar.

Ø  Motivo de la verificación.

Ø  Alcance.

Ø  Objetivo.

Ø  Cronología y descripción de actividades.

Ø  Plazos de la verificación (revisión documental y visita en campo).

Ø  Datos (nombre y cargo) de las personas que atendieron la verificación por parte del tercero autorizado.

Ø  Ubicación de las instalaciones y centros de datos del tercero autorizado.

Ø  Marco de control tecnológico aplicable:

o      Incluye todos los controles, obligaciones o requisitos contenidos en la matriz o anexo, según la figura que corresponda.

o      Mencionar evidencias entregadas y/o presentadas por el tercero autorizado.

o      Determina el cumplimiento o incumplimiento de cada control, obligación o requisito.

o      Opinión técnica del cumplimiento o incumplimiento.

o      Conclusiones.

·          Número de controles con incumplimiento.

·          Fecha de conclusión de la verificación.

·          Indica cualquier aspecto relevante relacionado con el procedimiento de verificación.

·          Firma autógrafa del responsable de la verificación.

·          Firma autógrafa de los integrantes equipo a cargo de la verificación.

·          Reporte de acciones de mejora o hallazgos encontrados.

·          Acta de hechos de la visita de campo.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

·          Contar con e.firma o Contraseña.

·          Contar con Buzón Tributario activo.

 

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

Mediante llamada a la Administración Central de Seguridad, Monitoreo y Control al teléfono 55-58-09-02-00 ext. 48340. Horarios de atención: de lunes a viernes de 9:00 a 13:30 hrs. y de 15:30 a 17:30 hrs., o al correo electrónico oficialdecumplimiento@sat.gob.mx

Sí, visita de verificación en el domicilio del centro de datos (en caso de ser aplicable) y de oficinas operativas.

Resolución del trámite o servicio

La Administración Central de Seguridad, Monitoreo y Control verificará si cumples con todos los requisitos y condiciones, y emitirá Oficio de resultados de la valoración del informe de la certificación de los terceros autorizados.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

3 meses.

No aplica.

No aplica.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

·          A la presentación del trámite: Copia del escrito libre sellado como acuse de recibo.

·          Al término del trámite, recibirá por buzón tributario: Oficio de resultados de la valoración del informe de la certificación de los terceros autorizados.

No aplica.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·          Mediante llamada a la Administración Central de Seguridad, Monitoreo y Control al teléfono 55-58-09-02-00 ext. 48340. Horarios de atención: de lunes a viernes de 9:00 a 13:30 hrs. y de 15:30 a 17:30 hrs.

·          Envía correo electrónico a oficialdecumplimiento@sat.gob.mx

·          Quejas y Denuncias SAT: 55-88-52-22-22 y 84-42-87-38-03 para otros países.

·          Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·          SAT Móvil – Aplicación para celular, apartado Quejas y Denuncias.

·          En el Portal del SAT:

        https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·          Teléfonos rojos ubicados en las Aduanas y las oficinas del SAT.

Información adicional

No aplica.

Fundamento jurídico

Artículo: 32-I del CFF; Reglas 2.20.6., 2.20.7. y 2.20.8. de la RMF.

 

268/CFF Aviso de firma, modificación o rescisión de contratos celebrados entre los órganos certificadores y los terceros autorizados

Trámite      l

Servicio     ¡

Descripción del trámite o servicio

Monto

Presenta la firma, modificación o rescisión de los contratos que celebres con los terceros autorizados.

l  Gratuito

¡  Pago de derechos

      Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Los órganos certificadores autorizados.

Dentro de los quince días hábiles siguientes a aquél en que hayas llevado a cabo la firma, modificación o rescisión del contrato con el tercero autorizado.

¿Dónde puedo presentarlo?

En forma presencial:

En la Oficialía de Partes de la Administración General Jurídica, ubicada en Avenida Hidalgo, Número 77, Módulo VI, Planta Baja, Colonia Guerrero, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06300, Ciudad de México, en un horario de lunes a viernes de 8:00 a 14:30 hrs.

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Acude a la oficialía de partes de la Administración General Jurídica, ubicada en el domicilio mencionado en el apartado ¿Dónde puedo presentarlo?.

2.     Entrega la documentación que se menciona en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir?, al personal que atenderá tu trámite.

3.     Recibirás copia del escrito libre sellado como acuse de recibo.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Escrito libre y 2 copias, el cual debe ser suscrito por el representante o apoderado legal con facultades para tal efecto, firmado en forma autógrafa, mismo que deberá:

·          Ser dirigido a la Administración General Jurídica/Administración Central de Normatividad en Impuestos Internos.

·          Estar acompañado del contrato firmado, modificado o rescindido con el tercero autorizado.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

·          Contar con e.firma y Contraseña.

·          Contar con Buzón Tributario.

 

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

Trámite inmediato.

No.

Resolución del trámite o servicio

Acuse de recibo.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

Trámite inmediato.

No aplica.

No aplica.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

Acuse de recibo.

Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·          MarcaSAT: 55-62-72-27-28 y 01-87-74-48-87-28 para Estados Unidos y Canadá.

·          Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, en un horario de atención de lunes a jueves de 8:30 a 16:00 hrs., y viernes de 8:30 a 15:00 hrs.

        Las direcciones de las oficinas están disponibles en:

        https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

·          Vía Chat: http://chatsat.mx/

·          Quejas y Denuncias SAT: 55-88-52-22-22 y 84-42-87-38-03 para otros países.

·          Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·          SAT Móvil – Aplicación para celular, apartado Quejas y Denuncias.

·          En el Portal del SAT:

        https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·          Teléfonos rojos ubicados en las Aduanas y las oficinas del SAT.

Información adicional

No aplica.

Fundamento jurídico

Artículo 32-I del CFF; Regla 2.20.6. de la RMF.

 

269/CFF Aviso de baja o reemplazo del personal asignado a las certificaciones de terceros autorizados

Trámite      l

Servicio     ¡

Descripción del trámite o servicio

Monto

Presenta aviso de cambio o baja de personal encargado de realizar las certificaciones de los terceros autorizados por el Servicio de Administración Tributaria, a cargo del órgano certificador.

l  Gratuito

¡  Pago de derechos

      Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Las personas morales autorizadas para operar como órgano certificador.

Tres días hábiles después de realizar la baja o reemplazo del personal.

¿Dónde puedo presentarlo?

En forma presencial:

En la Administración Central de Seguridad, Monitoreo y Control ubicada en Calzada de Tlalpan No. 2775, Colonia San Pablo Tepetlapa, Alcaldía Coyoacán, C.P. 04620, Ciudad de México, previa cita solicitada al correo electrónico oficialdecumplimiento@sat.gob.mx o al teléfono: 55-58-09-02-00 ext. 48340 en un horario de lunes a viernes de 9:00 a 13:30 hrs. y de 15:30 a 17:30 hrs.

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Acude a las Oficinas de la Administración Central de Seguridad, Monitoreo y Control, previa cita, mencionada en el apartado ¿Dónde puedo presentarlo?.

2.     Entrega la documentación que se menciona en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir?, al personal que atenderá el trámite.

3.     En caso de que cumplas con los requisitos y condiciones recibe copia del escrito libre sellado como acuse de recibo. En caso contrario se te indicará lo que hace falta y deberás volver a presentar el trámite.

4.     Para verificar la respuesta a tu trámite ingresa al Portal del SAT, dentro del plazo de 3 meses posteriores a la presentación del mismo, en la ruta: https://www.sat.gob.mx/personas/iniciar-sesion de acuerdo a lo siguiente:

·          En el buzón tributario, captura tu RFC, Contraseña y Captcha o tu e.firma y, selecciona el botón Iniciar sesión.

·          En el apartado de Mis notificaciones, podrás consultar el campo de Pendientes, en donde:

Ø  Encontrarás Oficio de resultados de baja o reemplazo del personal asignado a las certificaciones de terceros autorizados.

 

¿Qué requisitos debo cumplir?

Escrito libre original y copia firmado de manera autógrafa o con e.firma por el representante o apoderado legal con facultades para tal efecto en donde acredite su personalidad con Escritura pública o poder notarial, que deberá contener:

·          Nombre completo, correo electrónico y teléfono de contacto del representante legal o apoderado legal domicilio fiscal de la persona moral y de las oficinas operativas.

·          En el caso de baja del personal, indicar el motivo.

·          En el caso de reemplazo, acreditar que el personal nuevo, cuenta con las certificaciones, credenciales, experiencia y características solicitadas desde el inicio de la autorización.

·          Para mayor referencia, consultar en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso C) Poderes, del Anexo 1-A de la RMF.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

·          Contar con e.firma o Contraseña.

·          Contar con Buzón Tributario activo.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

Mediante llamada a la Administración Central de Seguridad, Monitoreo y Control al teléfono 55-58-09-02-00 ext. 48340. Horarios de atención: de lunes a viernes 9:00 a 13:30 hrs. y de 15:30 a 17:30 hrs., o al correo electrónico oficialdecumplimiento@sat.gob.mx

No.

Resolución del trámite o servicio

La Administración Central de Seguridad, Monitoreo y Control verificará si cumples con todos los requisitos y condiciones, y emitirá Oficio de resultados de baja o reemplazo del personal asignado a las certificaciones de terceros autorizados.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

3 meses.

No aplica.

No aplica.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

·          A la presentación del trámite: Copia del escrito libre sellado como acuse de recibo.

·          Al término del trámite, recibirás por buzón tributario: Oficio de resultado de baja o reemplazo del personal asignado a las certificaciones de terceros autorizados.

No aplica.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·          Mediante llamada a la Administración Central de Seguridad, Monitoreo y Control al teléfono 55-58-09-02-00 ext. 48340. Horarios de atención: de lunes a viernes de 9:00 a 13:30 hrs y de 15:30 a 17:30 hrs.

·          Envía correo electrónico a oficialdecumplimiento@sat.gob.mx

·          Quejas y Denuncias SAT: 55-88-52-22-22 y 84-42-87-38-03 para otros países.

·          Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·          SAT Móvil – Aplicación para celular, apartado Quejas y Denuncias.

·          En el Portal del SAT:

        https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·          Teléfonos rojos ubicados en las Aduanas y las oficinas del SAT.

Información adicional

No aplica.

Fundamento jurídico

Artículo 32-I del CFF; Regla 2.20.6. de la RMF.

 

270/CFF Reportes estadísticos de los órganos certificadores

Trámite      l

Servicio     ¡

Descripción del trámite o servicio

Monto

Entrega el reporte anual del cumplimiento del marco de control por parte de los terceros sujetos a su certificación.

l  Gratuito

¡  Pago de derechos

      Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Las personas morales autorizadas para operar como órgano certificador.

Dentro de los primeros quince días del mes de octubre de cada año.

¿Dónde puedo presentarlo?

En forma presencial:

En la Administración Central de Seguridad, Monitoreo y Control, ubicada en Calzada de Tlalpan No. 2775, Colonia San Pablo Tepetlapa, Alcaldía Coyoacán, C.P. 04620, Ciudad de México, previa cita solicitada al correo electrónico oficialdecumplimiento@sat.gob.mx o al teléfono: 55-58-09-02-00 ext. 48340 en un horario de lunes a viernes de 9:00 a 13:30 hrs. y de 15:30 a 17:30 hrs.

 

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Acude a las Oficinas de la Administración Central de Seguridad, Monitoreo y Control, previa cita, mencionada en el apartado ¿Dónde puedo presentarlo?.

1.     Entrega la documentación que se menciona en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir?, al personal que atenderá el trámite.

2.     En caso de que cumplas con los requisitos y condiciones recibe copia del escrito libre sellado como acuse de recibo. En caso contrario se te indicará lo que hace falta y deberás volver a presentar el trámite.

3.     Para verificar la respuesta a tu trámite ingresa al Portal del SAT, dentro del plazo de 3 meses posteriores a la presentación del mismo, en la ruta: https://www.sat.gob.mx/personas/iniciar-sesion de acuerdo a lo siguiente:

·          En el buzón tributario, captura tu RFC, Contraseña y Captcha o tu e.firma, selecciona el botón Iniciar sesión.

·          En el apartado de Mis notificaciones, podrás consultar el campo de Pendientes, en donde:

Ø  Encontraras Oficio de resultados de reportes estadísticos de los órganos certificadores.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Escrito libre original y copia firmado de manera autógrafa o con e.firma por el representante legal o apoderado legal con facultades para tal efecto en donde acredite su personalidad con Escritura pública o poder notarial, que deberá contener:

·          Nombre completo, correo electrónico y teléfono de contacto del representante legal o apoderado legal, domicilio fiscal de la persona moral, del centro de datos (en caso de que sea aplicable) y de las oficinas operativas.

·          Liga URL o sitio Web para consulta y descarga de los reportes estadísticos.

·          Usuario y contraseña para acceder a los citados reportes.

·          Los reportes estadísticos de cumplimiento del marco de control con los terceros sujetos a su certificación deberán contener lo siguiente:

Ø  Dominios u objetivos de control con mayor incidencia.

Ø  Tiempo promedio en el que el tercero autorizado o aspirante entrega información adicional o soluciona una deficiencia reportada.

Ø  Comparativo de incumplimiento de controles entre la evaluación de seguimiento con respecto a la evaluación inmediata anterior tratándose de un tercero autorizado.

* Para mayor referencia, consultar en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso C) Poderes, del Anexo 1-A de la RMF.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

·          Contar con e.firma o Contraseña.

·          Contar con Buzón Tributario activo.

 

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

Mediante llamada a la Administración Central de Seguridad, Monitoreo y Control al teléfono  55-58-09-02-00, ext. 48340. Horarios de atención: de lunes a viernes de 9:00 a 13:30 hrs. y de 15:30 a  17:30 hrs., o al correo electrónico oficialdecumplimiento@sat.gob.mx

No.

Resolución del trámite o servicio

La Administración Central de Seguridad, Monitoreo y Control si cumples con todos los requisitos y condiciones, y emitirá Oficio de resultados de reportes estadísticos de los órganos certificadores.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

3 meses.

No aplica.

No aplica.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

·          A la presentación del trámite: Copia del escrito libre sellado como acuse de recibo.

·          Al término del trámite, recibirás por buzón tributario: Oficio de resultados de reportes estadísticos de los órganos certificadores.

No aplica.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·          Mediante llamada a la Administración Central de Seguridad, Monitoreo y Control al teléfono 55-58-09-02-00 ext. 48340. Horarios de atención: de lunes a viernes de 9:00 a 13:30 hrs. y de 15:30 a 17:30 hrs.

·          Envía correo electrónico a oficialdecumplimiento@sat.gob.mx

 

·          Quejas y Denuncias SAT: 55-88-52-22-22 y 84-42-87-38-03 para otros países.

·          Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·          SAT Móvil – Aplicación para celular, apartado Quejas y Denuncias.

·          En el Portal del SAT:

        https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·          Teléfonos rojos ubicados en las Aduanas y las oficinas del SAT.

Información adicional

No aplica.

Fundamento jurídico

Artículo: 32-I del CFF; Regla 2.20.6. de la RMF.

 

271/CFF Aviso por la inutilización, destrucción, pérdida o robo de libros o registros contables

Trámite      l

Servicio     ¡

Descripción del trámite o servicio

Monto

Presenta este aviso por la inutilización, destrucción, pérdida o robo de libros o registros contables.

l  Gratuito

¡  Pago de derechos

      Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Personas físicas y morales cuando tengan una destrucción o inutilización total o parcial de los libros o demás registros de contabilidad.

Dentro de los quince días hábiles siguientes a que ocurrieron los hechos.

¿Dónde puedo presentarlo?

En forma presencial:

·          Ante la oficialía de partes de la Administración General de Grandes Contribuyentes sita en Avenida Hidalgo No. 77, módulo III, planta baja, colonia Guerrero, alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06300, Ciudad de México, en un horario de atención de lunes a viernes de 8:00 hrs. a 14:30 hrs.

·          Ante la oficialía de partes de la Administración General de Hidrocarburos sita en Valerio Trujano No. 15, módulo VIII, planta baja, colonia Guerrero, alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06300, Ciudad de México, en un horario de atención de lunes a viernes de 8:00 hrs. a 14:30 hrs., según corresponda.

·          Si eres un contribuyente de competencia distinta a la Administración General de Grandes Contribuyentes o Administración General de Hidrocarburos, ante la Oficialía de partes de la Oficina del SAT que te corresponda, la cual podrás encontrar al ingresar al siguiente enlace: https://sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

 

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Acude ante la oficialía de partes que te corresponda según el apartado ¿Dónde puedo presentarlo?, con los documentos solicitados en el apartado de ¿Qué requisitos debo cumplir?.

2.     Entrega la documentación correspondiente a la autoridad fiscal que atenderá tu trámite.

3.     Recibe y conserva copia de tu acuse de recibo.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Escrito libre con lo siguiente:

·          Manifestación bajo protesta de decir verdad que la información que proporciona es cierta.

·          Documento público en el que consten los hechos ocurridos (Ministerio Público, Notario o Fedatario Público).

¿Con qué condiciones debo cumplir?

No aplica.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

Trámite Inmediato.

No.

Resolución del trámite o servicio

 La autoridad verificará que el aviso cumpla con los requisitos solicitados y de ser el caso lo tendrá por presentado.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

Trámite Inmediato.

No aplica.

No aplica.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

Acuse de recibo.

Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·          MarcaSAT: 55-62-72-27-28 y 01-87-74-48-87-28 desde Canadá y Estados Unidos.

·          Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga:

        https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

        Los días y horarios siguientes: Lunes a Jueves de 8:30 a 16:00 hrs. y Viernes de 8:30 a 15:00 hrs.

·          Vía Chat: http://chatsat.mx/

·          Quejas y Denuncias SAT: 55-88-52-22-22 y 84-42-87-38-03 para otros países.

·          Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·          SAT Móvil – Aplicación para celular, apartado Quejas y Denuncias.

·          En el Portal del SAT:

        https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·          Teléfonos rojos ubicados en las Aduanas y las oficinas del SAT.

Información adicional

El contribuyente tendrá un plazo de cuatro meses contados a partir de la fecha en que presente este aviso, para reponer los asientos ilegibles del último ejercicio o, en su caso, asentar en los nuevos libros o en los registros de contabilidad de que se trate, los asientos relativos al ejercicio en el que sucedió la inutilización, destrucción, pérdida o robo, pudiéndose realizar por concentración.

Fundamento jurídico

Artículos: 30 CFF, 35 del RCFF; Regla: 2.8.1.20. RMF.

 

272/CFF Solicitud de reimpresión de acuse de solicitud de devolución, aviso de compensación o requerimiento

Trámite      l

Servicio     ¡

Descripción del trámite o servicio

Monto

Solicitud de reimpresión de acuse de solicitud de devolución, aviso de compensación o requerimiento de información adicional.

l  Gratuito

¡  Pago de derechos

      Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Personas físicas y personas morales que hayan presentado solicitud de devolución, aviso de compensación o solventación de requerimiento y deseen reimprimir el acuse de dichos trámites.

Cuando lo requieras.

¿Dónde puedo presentarlo?

En el Portal del SAT:

Personas Físicas y Personas morales

https://www.sat.gob.mx/tramites/login/15388/reimprime-acuse-solicitud-de-devolucion-o-aviso-de-compensacion

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Ingresa al Portal del SAT, en la liga del apartado ¿Dónde puedo presentarlo?, apartado Devoluciones y compensaciones.

2.     Selecciona Reimprime el acuse de la solicitud de devolución o aviso de compensación.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Contar con el número de folio de la solicitud de devolución o aviso de compensación.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

·          Contar con e.firma.

·          Contar Contraseña.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

Trámite inmediato.

No.

Resolución del trámite o servicio

De cumplir con los requisitos y condiciones, obtendrás la reimpresión solicitada.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

Trámite inmediato.

No aplica.

No aplica.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

El acuse reimpreso de la solicitud de devolución, del aviso de compensación o de solventación de requerimiento.

Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·          MarcaSAT: 55-62-72-27-28 y 01-87-74-48-87-28 desde Canadá y Estados Unidos.

·          Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, en los días y horarios que se establecen en la siguiente dirección electrónica:

        https://sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

        Los días y horarios siguientes: Lunes a Jueves de 8:30 a 16:00 hrs. y Viernes de 8:30 a 15:00 hrs.

·          Vía Chat: http://chatsat.mx/

·          Quejas y Denuncias SAT: 55-88-52-22-22. y 84-42-87-38-03 para otros países

·          Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·          SAT Móvil – Aplicación para celular, apartado Quejas y Denuncias.

·          En el Portal del SAT:

        https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·          Teléfonos rojos ubicados en las Aduanas y las oficinas del SAT.

Información adicional

Aplica para los contribuyentes que soliciten la devolución mediante el FED o compensen mediante FEC.

Fundamento jurídico

Artículos: 22 y 23 del CFF.

 

273/CFF     (Se deroga)

 

274/CFF     (Se deroga)

 

275/CFF Aviso para presentar copia certificada de la resolución emitida por autoridad competente y dictamen por la transmisión de activos y pasivos derivada de una resolución emitida por autoridad competente

Trámite      l

Servicio     ¡

Descripción del trámite o servicio

Monto

Presenta este aviso para proporcionar copia certificada de la resolución emitida por autoridad competente y dictamen por la transmisión de activos y pasivos derivada de una resolución emitida por autoridad competente.

l  Gratuito

¡  Pago de derechos

      Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Las personas morales a que se refiere la regla 3.1.20. de la RMF.

Dentro de los sesenta días siguientes a la fecha en que se realicen las operaciones.

¿Dónde puedo presentarlo?

 

Ante la Oficialía de Partes de la Administración Central de Planeación y Programación de Fiscalización de Grandes Contribuyentes de la Administración General de Grandes Contribuyentes ubicada en Avenida Hidalgo 77, Módulo III Planta Baja, Colonia Guerrero, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06300, Ciudad de México, con un horario de atención de lunes a viernes de 8:00 a 14:30 hrs.

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Acude a la Oficialía de Partes mencionada en el apartado ¿Dónde puedo presentarlo?.

2.     Entrega la documentación solicitada en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir?.

3.     Recibe el escrito libre sellado como acuse de recibo.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Escrito libre dirigido a la Administración Central de Planeación y Programación de Fiscalización de Grandes Contribuyentes con la siguiente documentación e información:

1.     Copia certificada de la resolución emitida por la autoridad competente con fundamento en los artículos 28, párrafo décimo quinto y décimo sexto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y el Octavo Transitorio, fracciones III y IV, del Decreto por el que se reforma y adicionan diversas disposiciones de los artículos 6º., 7º., 27, 28, 73, 78, 94 y 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de telecomunicaciones.

2.     Las actas constitutivas de las sociedades que intervienen en las operaciones.

3.     Estado de Posición Financiera de la persona moral antes y después de su separación funcional o estructural.

4.     Estado de Posición Financiera de la persona moral que recibe los activos y/o pasivos.

5.     Descripción de los activos transmitidos y su valor fiscal.

6.     Descripción de los pasivos transmitidos o cedidos y su valor contable.

7.     Descripción de bienes o recursos transmitidos al fondo de pensiones y jubilaciones, y de primas de antigüedad, constituido por la persona moral que asume obligaciones laborales como resultado de la separación funcional o estructural.

8.     Organigrama del grupo donde se advierta la tenencia accionaria directa o indirecta de las sociedades que intervienen en la separación funcional o estructural, antes y después de la enajenación o transmisión.

9.     Instrumento para acreditar la personalidad de la/el representante legal (copia certificada y copia simple para cotejo) o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o fedatario público (original y copia simple para cotejo).

        *Para mayor referencia, consultar en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso C) Poderes, del Anexo 1-A de la RMF.

10.   Identificación oficial, cualquiera de las señaladas en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso A) Identificación oficial, del Anexo 1-A de la RMF.

 

¿Con qué condiciones debo cumplir?

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

Trámite inmediato.

No.

Resolución del trámite o servicio

La autoridad validará la información presentada y en caso de cumplir con los requisitos solicitados se tendrá por presentado el Aviso.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

Trámite inmediato.

No aplica.

No aplica.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

Acuse de recibo.

Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·          MarcaSAT: 55-62-72-27-28 y 01-87-74-48-87-28 desde Canadá y Estados Unidos.

·          Vía telefónica al 55-58-02-00-00 extensión 41313, en un horario de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 hrs. y de 16:00 a 18:00 hrs.

·          Vía Chat: http://chatsat.mx/

·          Quejas y Denuncias SAT: 55-88-52-22-22 y 84-42-87-38-03 para otros países.

·          Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·          SAT Móvil – Aplicación para celular, apartado Quejas y Denuncias.

·          En el Portal del SAT:

        https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·          Teléfonos rojos ubicados en las Aduanas y las oficinas del SAT.

Información adicional

No aplica.

Fundamento jurídico

Artículos: 14, 52 del CFF; 22, 32, 29 de la LISR; Reglas 1.6., 2.1.7. y 3.1.20. de la RMF.

 

276/CFF Documentación e información para desvirtuar la presunción de la transmisión indebida del derecho a disminuir pérdidas fiscales establecida en el artículo 69-B Bis del CFF

Trámite      l

Servicio     ¡

Descripción del trámite o servicio

Monto

Presenta esta documentación e información para desvirtuar los hechos por los cuales la autoridad te notificó la presunción.

l  Gratuito

¡  Pago de derechos

      Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Personas morales.

·          Dentro del plazo de veinte días hábiles contados a partir de que surta efectos la notificación del oficio mediante el cual la autoridad fiscal te notifique la presunción prevista en el artículo 69-B Bis, primer párrafo del CFF.

·          Dentro del plazo de prórroga de diez días a que se refiere el quinto párrafo del artículo 69-B bis del CFF.

·          Dentro del plazo de diez días para proporcionar información adicional, según lo dispuesto en el sexto párrafo del mismo artículo.

¿Dónde puedo presentarlo?

En el Portal del SAT:

https://www.sat.gob.mx/aplicacion/operacion/32846/presenta-tu-aclaracion-como-contribuyente

En forma presencial:

·          En la Oficialía de Partes de la Administración General de Grandes Contribuyentes sita en Avenida Hidalgo No. 77, Módulo III, Planta Baja, Colonia Guerrero, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06300, Ciudad de México, en un horario de atención de lunes a viernes de 8:00 hrs a 14:30 hrs.

·          En la Oficialía de Partes de la Administración General de Hidrocarburos sita en Valerio Trujano No. 15, Módulo VIII, Planta Baja, Colonia Guerrero, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06300, Ciudad de México, en un horario de atención de lunes a viernes de 8:00 hrs. a 14:30 hrs.

·     Si eres un contribuyente de competencia distinta a la Administración General de Grandes Contribuyentes o Administración General de Hidrocarburos, en la Oficina del SAT más cercana a tu domicilio, que podrás encontrar al ingresar en la siguiente liga: https://sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

 

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

En el Portal del SAT:

1.     Ingresa al Portal del SAT, en la liga del apartado de ¿Dónde puedo presentarlo?.

2.     Captura tu RFC, Contraseña y elige Iniciar sesión.

3.     Selecciona las opciones: Servicios por Internet / Aclaraciones / Solicitud.

4.     Requisita el formulario electrónico conforme a lo siguiente:

3.1      En el apartado Descripción del Servicio, en la pestaña Trámite, selecciona: Desvirtuar hechos 69B-Bis CFF.

3.2      En Dirigido a: Servicio de Administración Tributaria; en Asunto: Documentación e información para desvirtuar la presunción de transmisión indebida del derecho a disminuir pérdidas fiscales establecidas en el artículo 69-B Bis del CFF; en el apartado Descripción: señala el motivo de la presentación de tu documentación.

3.3      Si deseas anexar información relacionada con el servicio, selecciona el botón Adjuntar Archivo/ Examinar, selecciona el documento digitalizado en formato PDF y elige Cargar.

4.     Oprime el botón Enviar, y se genera el Acuse de recepción que contiene el folio del trámite realizado, imprímelo o guárdalo.

En forma presencial:

1.     Acude a la Oficialía de Partes según te corresponda, conforme al apartado ¿Dónde puedo presentarlo?, con los archivos digitalizados solicitados en el apartado de ¿Qué requisitos debo cumplir?.

2.     Entrega los archivos digitalizados en dispositivo óptico (disco compacto, unidad de memoria extraíble, etc.) a la autoridad fiscal que atenderá tu trámite.

3.     Recibe y conserva copia de tu escrito libre sellado, como acuse de recibo.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Archivo digitalizado con:

1.     Escrito en el que manifiestes lo que a tu derecho convenga a fin de desvirtuar los hechos que llevaron a la autoridad a notificarte. Lo anterior comprende la posibilidad de demostrar la existencia de una razón de negocios y no únicamente una finalidad fiscal en las operaciones relativas.

2.     La documentación e información que consideres suficiente para acreditar tu dicho.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

Contar con Contraseña.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

Trámite inmediato.

No.

Resolución del trámite o servicio

La autoridad analizará y valorará la documentación e información que aportes y emitirá la resolución correspondiente.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

6 meses.

10 primeros días dentro del plazo de 6 meses para emitir la resolución.

10 días siguientes a aquel en que surta efectos la notificación del requerimiento de información.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

Acuse de recibo.

Indefinida.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·          MarcaSAT: 55-62-72-27-28 y 01-87-74-48-87-28 desde Canadá y Estados Unidos.

·          Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga:

        https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

        Los días y horarios siguientes: Lunes a Jueves de 8:30 a 16:00 hrs. y Viernes de 8:30 a 15:00 hrs.

·          Vía Chat: http://chatsat.mx/

·          Quejas y Denuncias SAT: 55-88-52-22-22 y 84-42-87-38- 03 para otros países.

·          Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·          SAT Móvil – Aplicación para celular, apartado Quejas y Denuncias.

·          En el Portal del SAT:

        https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·          Teléfonos rojos ubicados en las Aduanas y las oficinas del SAT.

Información adicional

No aplica.

Fundamento jurídico

Artículos: 17-D y 69-B Bis del CFF; Regla 1.11. de la RMF.

 

277/CFF Solicitud de validación y opinión técnica de Proveedor de Equipos y Programas Informáticos para llevar Controles Volumétricos

Trámite      l

Servicio     ¡

Descripción del trámite o servicio

Monto

Presenta esta solicitud para obtener la opinión técnica para ser autorizado como proveedor de equipos y programas informáticos para llevar controles volumétricos.

l  Gratuito

¡  Pago de derechos

      Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Personas morales.

Cuando lo requieras.

¿Dónde puedo presentarlo?

En forma presencial:

En la Administración Central de Seguridad, Monitoreo y Control, ubicada en Calzada de Tlalpan No. 2775, Colonia San Pablo Tepetlapa, Alcaldía Coyoacán, C.P. 04620, Ciudad de México, previa cita solicitada al correo electrónico oficialdecumplimiento@sat.gob.mx o al teléfono: 55-58-09-02-00 ext. 48340 en un horario de atención de lunes a viernes de 9:00 a 13:30 hrs. y de 15:30 a 17:30 hrs.

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Acude a las Oficinas de la Administración Central de Seguridad, Monitoreo y Control, previa cita, mencionada en el apartado ¿Dónde puedo presentarlo?

2.     Entrega la documentación que se menciona en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir?, al personal que atenderá el trámite.

3.     En caso de que cumplas con los requisitos y condiciones recibe copia del escrito libre sellado como acuse de recibo. En caso contrario se te indicará lo que hace falta y deberás volver a presentar el trámite.

4.     Para verificar si la autoridad te solicitó información adicional, ingresa al Portal del SAT, dentro del plazo de 2 meses posteriores a la presentación del mismo, en la ruta: https://www.sat.gob.mx/personas/iniciar-sesion, de acuerdo a lo siguiente:

·          En el buzón tributario, captura tu RFC, Contraseña y Captcha o tu e.firma y, selecciona el botón Iniciar sesión

·          En el apartado de Mis notificaciones, podrás consultar el campo de Pendientes, en donde:

Ø  Cuando cumples con los requisitos encontrarás la Oficio de Opinión Técnica Favorable.

Ø  En caso de que no cumplas con alguno de ellos, encontrarás un Oficio de Requerimiento para solventar incumplimientos y se te otorgará un plazo de 10 días hábiles para su atención, contados a partir de la fecha en que surta efectos la notificación del Oficio de Requerimiento para solventar incumplimientos. Dichas omisiones deberán solventarse de forma presencial en el domicilio señalado en el apartado ¿Dónde puedo presentarlo? de esta ficha. Está información la debes presentar conforme lo siguiente:

o      Escrito libre el cual debe ser suscrito por el representante legal o apoderado legal con facultades para tal efecto, firmado en forma autógrafa o con e.firma, que deberá contener el número de Oficio de Requerimiento para solventar incumplimientos y en una unidad de memoria extraíble la documentación y elementos que comprueben el debido cumplimiento de los requisitos previstos en el Anexo 30 de la RMF, solo los que haya incumplido el solicitante.

·          Una vez atendido el Oficio de Requerimiento para solventar incumplimientos, la Administración Central de Seguridad, Monitoreo y Control analiza la información. En caso de cumplir con los requisitos y condiciones emitirá Oficio de Opinión Técnica Favorable. En caso contrario emitirá Oficio de Opinión Técnica No Favorable.

 

¿Qué requisitos debo cumplir?

1.     Escrito libre original y copia el cual debe ser suscrito por el representante legal o apoderado legal con facultades para tal efecto, firmado en forma autógrafa o con e.firma, que deberá contener:

·          Denominación o razón social, domicilio fiscal de la persona moral, domicilio del centro de datos (en caso de ser aplicable) y clave asignada por el Registro Federal de Contribuyentes de la persona moral.

·          Nombre, correo electrónico y teléfono del representante legal o apoderado legal, así como de la persona designada como contacto con el Servicio de Administración Tributaria, en caso de que se requiera hacer alguna aclaración de carácter técnico relacionada con la solicitud.

·          La manifestación de que cuentas con la capacidad tecnológica que permita proveer los programas informáticos para llevar controles volumétricos y que facilitará los elementos para la realización de la evaluación y pruebas a tales programas informáticos.

·          La manifestación de que eres titular del derecho patrimonial del programa informático, y autorizas al Servicio de Administración Tributaria para verificar únicamente que los códigos realizan los procesos que requieran la validación y opinión técnica establecidos en la ley.

En caso de ser representante legal:

1.     Poder notarial para acreditar la personalidad de la o el representante legal (copia certificada y copia simple para cotejo) o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o fedatario público (original y copia simple para cotejo).

2.     Documento notarial con el que se haya designado el representante legal para efectos fiscales, en caso de residentes en el extranjero o de extranjeros residentes en México (copia certificada y copia simple para cotejo).

        * Para mayor referencia, consultar en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso C) Poderes, del Anexo 1-A de la RMF.

3.     Identificación oficial, cualquiera de las señaladas en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso A) Identificación oficial, del Anexo 1-A de la RMF.

4.     Copia de los programas informáticos para llevar controles volumétricos, mediante la entrega de unidad de memoria extraíble que contengan los archivos necesarios para instalar dichos programas de manera que sea funcional y permita la interacción para realizar pruebas.

5.     Cumplir con los requisitos señalados en la matriz de control publicada en el Portal del Servicios de Administración Tributaria en https://www.sat.gob.mx/tramites/22559/solicita-autorizacion-de-equipos-y-programas. en el apartado de “Contenidos Relacionados”, descarga el documento “matriz de control” y anexarla firmada al calce y rubricada en todas sus hojas por el representante legal o apoderado legal de la persona moral, conteniendo la leyenda: “Manifiesto que mi representada que cumple completamente con los puntos contenidos en esta matriz de control y que cuenta con evidencia del cumplimiento de cada uno de los puntos ahí expresados”; en la misma matriz se deberá relacionar cada apartado con la evidencia correspondiente y entregar en una unidad de memoria extraíble.

6.     Cumplir con los requisitos previstos en el Anexo 30 de la RMF.

7.     Adjunta en una unidad de memoria extraíble el código fuente del programa informático para llevar controles volumétricos, el cual deberá acompañarse con los tabuladores, comentarios y nombres de variables.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

·          Contar con e.firma o Contraseña.

·          Contar con buzón tributario activo.

 

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

Mediante llamada telefónica a la Administración Central de Seguridad, Monitoreo y Control que se encuentra en el apartado ¿Dónde puedo presentarlo?, al teléfono 55-58-09-02-00 ext. 48340, en los horarios de atención de lunes a viernes de 9:00 a 13:30 hrs. y de 15:30 a 17:30 hrs. o al correo electrónico oficialdecumplimiento@sat.gob.mx

Sí, visita de verificación en el domicilio del centro de datos (en caso de ser aplicable) y de oficinas operativas.

Resolución del trámite o servicio

La Administración Central de Seguridad, Monitoreo y Control verificará si cumples con todos los requisitos y condiciones y emitirá oficio de Oficio de Opinión Técnica Favorable u Oficio de Opinión Técnica No Favorable.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

3 meses.

2 meses.

10 días hábiles.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

·          A la presentación del trámite: Copia del escrito libre sellado como acuse de recibo.

·          Al término del trámite, recibirá por buzón tributario:

Ø  En caso de cumplir con los requisitos y condiciones: Oficio de Opinión Técnica Favorable.

Ø  En caso de no cumplir con los requisitos y condiciones: Oficio de Opinión Técnica No Favorable.

1 mes.

 

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·          Mediante llamada a la Administración Central de Seguridad, Monitoreo y Control al teléfono 55-58-09-02-00 ext. 48340. Horarios de atención: de lunes a viernes de 9:00 a 13:30 hrs. y de 15:30 a 17:30 hrs.

·          Envía correo electrónico a oficialdecumplimiento@sat.gob.mx

·          Quejas y Denuncias SAT: 55-88-52-22-22 y 84-42-87-38-03 para otros países.

·          Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·          SAT Móvil – Aplicación para celular, apartado Quejas y Denuncias.

·          En el Portal del SAT: www.sat.gob.mx

·          Teléfonos rojos ubicados en las Aduanas y las oficinas del SAT.

Información adicional

Los requisitos previstos en el Anexo 30 de la RMF, estarán sujetos a verificación documental y posteriormente en sitio, por parte de la Administración Central de Seguridad, Monitoreo y Control.

Fundamento jurídico

Artículos: 28, fracción I, apartado B, párrafo cuarto, 69 del CFF; Reglas 2.6.1.2. y 2.6.2.1. de la RMF.

 

278/CFF Solicitud para obtener la autorización para operar como proveedor de equipos y programas informáticos para llevar controles volumétricos

Trámite      l

Servicio     ¡

Descripción del trámite o servicio

Monto

Presenta esta solicitud cuando desees obtener autorización del SAT para operar como proveedor de equipos y programas informáticos para llevar controles volumétricos.

l  Gratuito

¡  Pago de derechos

      Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Personas morales.

 

Al mes siguiente del día en que se haya notificado el oficio emitido por la Administración Central de Seguridad, Monitoreo y Control de la Administración General de Comunicaciones y Tecnologías de la Información que acredita contar con la validación y opinión técnica favorable de los programas informáticos para llevar controles volumétricos.

¿Dónde puedo presentarlo?

En forma presencial:

En la Oficialía de Partes de la Administración Central de Apoyo Jurídico y Normatividad de Hidrocarburos de la Administración General de Hidrocarburos ubicada en Valerio Trujano No. 15, Módulo VIII, Planta Baja, Colonia Guerrero, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06300, Ciudad de México, en un horario de 8:00 a 14:30 hrs.

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Acude a la oficialía de partes de la Administración Central de Apoyo Jurídico y Normatividad de Hidrocarburos mencionada en el apartado ¿Dónde puedo presentarlo?.

2.     Entrega dos tantos del escrito libre con la documentación que se menciona en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir?, adiciona a uno de los tantos la documentación solicitada al personal que atenderá el trámite.

3.     Se te entregará uno de los escritos libres con el sello de recibido.

4.     Debes conservar el escrito libre que será tu acuse de recibo.

5.     Espera respuesta por parte del SAT, la cual se te notificará a través de buzón tributario.

6.     En caso de que no cumplas con alguno de los requisitos, recibirás por buzón tributario un oficio de requerimiento a través del cual se te solicitará aquella información necesaria para atender el trámite.

7.     En caso de que no cumplas con todas las condiciones o no entregues la información requerida o no la entregues de manera completa, recibirás por buzón tributario un oficio a través del cual se tendrá por no presentada tu solicitud, si recibes este oficio, podrás volver a presentar tu trámite.

8.     En caso de que no cumplas con alguno de los requisitos, recibirás por buzón tributario un oficio de no autorización, si recibes este oficio, podrás volver a presentar tu trámite.

 

¿Qué requisitos debo cumplir?

1.     Deberás presenta escrito libre en el que señales:

·          Denominación o razón social, domicilio fiscal manifestado al RFC y clave que le correspondió en dicho Registro a la persona moral.

·          Nombre, dirección de correo electrónico y número telefónico incluyendo clave lada, de la o el representante legal, así como de la persona designada como contacto con el SAT, en caso de que se requiera hacer alguna aclaración de carácter técnico relacionada con la solicitud.

·          Dirección de la página de Internet de la persona moral.

·          Precio máximo al público de los equipos y programas informáticos por los que solicita la autorización, incluyendo el detalle de los mismos.

En caso de ser representante legal:

·          Documentos con los que acredites la personalidad e identidad del representante legal, así como la identidad del contacto tecnológico:

·          Poder notarial para acreditar la personalidad del representante legal (copia certificada y copia simple para cotejo) o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o fedatario público (original y copia simple para cotejo).

·          Documento notarial con el que se haya designado el representante legal para efectos fiscales, en caso de residentes en el extranjero o de extranjeros residentes en México (copia certificada y copia simple para cotejo).

        *Para mayor referencia, consultar en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso C) Poderes, del Anexo 1-A de la RMF.

·          Identificación oficial cualquiera de las señaladas en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso A) Identificación oficial, del Anexo 1-A de la RMF.

2.     Copia simple del acta constitutiva, libro, registro o acta de la persona moral con los cuales se acredite tener un capital social suscrito y pagado de por lo menos $10’000,000.00 (diez millones de pesos 00/100 M.N.).

3.     Copia simple del oficio emitido por la ACSMC que acredita contar con la validación y opinión técnica favorable de sus programas informáticos a que se refiere la ficha de trámite 277/CFF “Solicitud de validación y opinión técnica de programas informáticos para llevar controles volumétricos”.

4.     Carta compromiso de auxilio, facilitación, confidencialidad, reserva y resguardo de información y datos, que se encuentra publicada en el Portal del SAT, en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/tramites/22559/solicita-autorizacion-de-equipos-y-programas.

        En hoja membretada con los datos de la persona moral solicitante, suscrita por la o el representante legal y el contacto tecnológico.

5.     Escrito en hoja membretada del solicitante, suscrito por la o el representante legal en el que manifiestes, bajo protesta de decir verdad, que conoces el alcance y aceptas expresamente que cumplirás con las obligaciones señaladas en la regla 2.6.2.2. de la RMF vigente a la fecha de presentación de la solicitud.

6.     Escrito en donde señales tu estructura organizacional, la cual deberá incluir como mínimo los siguientes niveles:

·          Responsable del grupo.

·          Supervisores de área de competencia.

·          Especialistas.

7.     Escrito en donde describas las áreas de competencia involucradas en el desarrollo de los equipos y programas informáticos para llevar controles volumétricos, que de manera enunciativa más no limitativa pueden ser:

·          Administración de proyectos.

·          Ingeniería electrónica.

·          Ingeniería mecánica.

·          Sistemas informáticos.

·          Metrología.

·          Telecomunicaciones.

 

8.     Documentos con los que acredites que la persona moral ha operado como proveedor de equipos de medición, sistemas de medición o soluciones informáticas por al menos un año, en las etapas de desarrollo, implementación y mantenimiento, así como presentar evidencia de clientes atendidos o proyectos realizados.

9      Escrito en donde se describan los roles y responsabilidades, así como la información curricular del personal directamente involucrado en el desarrollo de los equipos y programas informáticos para llevar controles volumétricos, el cual deberá contener los elementos siguientes:

·          Nombre del personal.

·          Área de competencia.

·          Responsabilidades.

·          Información curricular.

10.   Escrito mediante el que manifiestes expresamente la aceptación para que dicho personal pueda ser objeto de evaluaciones de confiabilidad por parte del SAT y, en caso de que obtengan un resultado no aprobatorio, tu aceptación para que dicho personal deje de estar directamente involucrado en el desarrollo de tales equipos y programas.

11.   Documentos con los que se acredite que el personal cuenta con la siguiente experiencia en su área de competencia:

·          Responsable del grupo: cinco años.

·          Supervisor/a de área de competencia: tres años.

·          Especialista: dos años.

12.   Escrito en el que manifieste que, para garantizar su confiabilidad y continuidad operativa, proporcionarás a tus clientes:

·          Garantía integral de los equipos y programas informáticos para llevar controles volumétricos por dos años, con opción de renovación.

·          Asistencia técnica, presencial o remota, así como mantenimiento, en un plazo no mayor a 24 horas. En caso de falla de un equipo o componente, se deberá reparar o reemplazar en un plazo no mayor a 48 horas.

·          Garantizar por escrito la obtención del certificado que acredite la correcta operación y funcionamiento de los equipos y programas informáticos para llevar controles volumétricos, de cualquiera de los proveedores autorizados referidos en la regla 2.6.2.1., fracción II de la RMF.

13.   Documentos con los que se acredite que cuentas con un mecanismo que asegure que los requisitos especificados en el Anexo 30 de la RMF, están adecuadamente definidos, documentados y entendidos y que tiene la capacidad y los recursos para cumplir con tales requisitos.

14.   Documentos que contengan la siguiente información técnica sobre los equipos y programas informáticos para llevar controles volumétricos que oferta:

·          Diagrama(s) de arquitectura e instalación.

·          Filosofía de operación.

·          Listado de equipo y componentes.

·          Hojas técnicas de equipos y componentes.

·          Listado de programas con nombre, versión y requerimientos.

·          Registro, certificación, acreditación y/o licencias de los programas.

·          Memoria(s) de cálculo.

·          Protocolos de pruebas operativas y funcionales.

·          Manual de Operación y Mantenimiento.

·          Lote de refacciones que se incluye.

·          Garantía otorgada, vigencia y condiciones.

15.   Documento en el que conste la validación y opinión técnica en materia de metrología de los equipos para llevar controles volumétricos realizada por el Centro Nacional de Metrología.

 

¿Con qué condiciones debo cumplir?

·          Estar inscrito y activo en el RFC.

·          La persona moral que presenta la solicitud, sus socios o accionistas y el representante legal que promueva a nombre del solicitante, deberán estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

·          La persona moral que presenta la solicitud, sus socios o accionistas y el representante legal que promueva a nombre del solicitante, deberán encontrarse como localizados en el RFC.

·          Contar con e.firma.

·          Contar con buzón tributario activo.

·          La persona moral que presenta la solicitud, sus socios o accionistas y el representante legal que promueva a nombre del solicitante, no deberán encontrarse en el listado a que se refiere el artículo 69-B, cuarto párrafo del CFF.

·          La persona moral que presenta la solicitud, no deberá encontrarse inhabilitada para contratar con la Administración Pública Federal, la Fiscalía General de la República o las entidades federativas.

·          La persona moral que presenta la solicitud, no deberá ubicarse en alguno de los supuestos a los que se refiere la regla 2.6.1.2. de la RMF.

·          La persona moral que presenta la solicitud no deberá contar, o haber contado en los dos ejercicios fiscales anteriores a la solicitud, con la autorización para ser proveedor de servicios de verificación de la correcta operación y funcionamiento de los equipos y programas informáticos para llevar controles volumétricos.

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

·          Mediante una llamada telefónica a la administración ante la cual presentaste el trámite.

·          Teléfono: 55-58-02-24-88 Ext. 42488.

No.

 

Resolución del trámite o servicio

·          Si cumples con los requisitos y las condiciones, la resolución de autorización se envía por buzón tributario.

·          En caso de que no cumplas con todas las condiciones o no aportes la información requerida o se encuentre incompleta, la resolución a través de la cual se tendrá por no presentada tu solicitud se envía por buzón tributario.

·          En caso de que no cumplas con alguno de los requisitos, la resolución de no autorización se envía por buzón tributario.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

3 meses.

3 meses.

10 días hábiles.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

Al término del trámite, recibirás por buzón tributario:

·          En caso de cumplir con los requisitos y condiciones: Oficio de autorización.

·          En caso de no cumplir con todas las condiciones o no entregar la información solicitada en el oficio de requerimiento o entregarla incompleta: Oficio a través del cual se tiene por no presentada la solicitud.

·          En caso de no cumplas con los requisitos: Oficio de no autorización.

12 meses.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·          MarcaSAT: 55-62-72-27-28 y 01-87-74-48-87-28 desde Estados Unidos y Canadá.

·          Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

        Los días y horarios siguientes: Lunes a Jueves de 8:30 a 16:00 hrs y Viernes de 8:30 a 15:00 hrs.

·          Vía Chat: http://chatsat.mx/

·          Quejas y Denuncias SAT: 55-88-52-22-22 y 84-42-87-38-03 para otros países.

·          Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·          SAT Móvil – Aplicación para celular, apartado Quejas y Denuncias.

·          En el Portal del SAT:

        https://sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·          Teléfonos rojos ubicados en las Aduanas y las oficinas del SAT.

Información adicional

La información y documentación que se proporcione con el fin de atender el requerimiento de la autoridad por no cumplir con alguno de los requisitos establecidos en las fichas de trámite, deberá presentarse ante la Oficialía de Partes de la Administración Central de Apoyo Jurídico y Normatividad de Hidrocarburos de la Administración General de Hidrocarburos ubicada en Valerio Trujano No. 15, Módulo VIII, Planta Baja, Colonia Guerrero, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06300, Ciudad de México, en un horario de atención de 8:00 a 14:30 hrs.

Fundamento jurídico

Artículos: 17-D, 17-K, fracción I, 28, fracción I, apartado B, 69-B del CFF; Reglas 2.6.1.2., 2.6.2.1. y 2.6.2.2. de la RMF.

 

279/CFF Solicitud para obtener la autorización para operar como proveedor del servicio de verificación de la correcta operación y funcionamiento de los equipos y programas informáticos para llevar controles volumétricos

Trámite      l

Servicio     ¡

Descripción del trámite o servicio

Monto

Presenta esta solicitud cuando desees operar como proveedor de servicios de verificación de los equipos y programas informáticos para llevar controles volumétricos.

l  Gratuito

¡  Pago de derechos

      Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Personas morales.

Cuando desees obtener la autorización del SAT para operar como proveedor del servicio de verificación de la correcta operación y funcionamiento de los equipos y programas informáticos para llevar controles volumétricos.

¿Dónde puedo presentarlo?

En forma presencial:

En la oficialía de partes de la Administración Central de Apoyo Jurídico y Normatividad de Hidrocarburos de la Administración General de Hidrocarburos ubicada en Valerio Trujano No. 15, Módulo VIII, Planta Baja, Colonia Guerrero, C.P. 06300, Ciudad de México, en un horario de atención de 8:00 a 14:30 hrs.

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Acude a la Oficialía de partes de la Administración Central de Apoyo Jurídico y Normatividad de Hidrocarburos mencionada en el apartado ¿Dónde puedo presentarlo?.

2.     Entrega dos tantos del escrito libre con la documentación que se menciona en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir?, adiciona a uno de los tantos la documentación solicitada al personal que atenderá tu trámite.

3.     Se te entregará uno de los escritos libres con el sello de recibido.

4.     Debes conservar el escrito libre que es tu acuse de recibo.

5.     Espera respuesta por parte del SAT, la cual se te notificará a través de buzón tributario.

6.     En caso de que no cumplas con alguno de los requisitos, y dentro del plazo de 3 meses, recibirás por buzón tributario un oficio de requerimiento a través del cual se te solicitará aquella información necesaria para atender el trámite y contaras con 10 días hábiles para presentar la información solicitada.

7.     En caso de que no cumplas con todas las condiciones y requisitos, no entregues la información requerida o no la entregues de manera completa, recibirás por buzón tributario un oficio de no autorización a través del cual se tendrá por no presentada tu solicitud, si recibes este oficio, podrás volver a presentar tu trámite.

 

¿Qué requisitos debo cumplir?

1.     Deberás presentar escrito libre suscrito por la o el representante legal en el que señale:

·          Denominación o razón social, domicilio fiscal manifestado al RFC y clave que le correspondió en dicho Registro a la persona moral.

·          Nombre, dirección de correo electrónico y número telefónico incluyendo clave lada, del representante legal, así como de la persona designada como contacto con el SAT, en caso de que se requiera hacer alguna aclaración de carácter técnico relacionada con la solicitud.

·          Dirección de la página de Internet de la persona moral.

·          Precio máximo al público del servicio por el que solicita la autorización, incluyendo el detalle del mismo.

En caso de ser representante legal:

2.     Documentos con los que se acredite la personalidad e identidad del representante legal de la persona moral, así como la identidad del contacto tecnológico:

3.     Poder notarial para acreditar la personalidad del representante legal (copia certificada y copia simple para cotejo) o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o fedatario público (original y copia simple para cotejo).

4.     Documento notarial con el que se haya designado el representante legal para efectos fiscales, en caso de residentes en el extranjero o de extranjeros residentes en México (copia certificada y copia simple para cotejo).

        *Para mayor referencia, consultar en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso C) Poderes, del Anexo 1-A de la RMF.

5.     Identificación oficial cualquiera de las señaladas en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso A) Identificación oficial, del Anexo 1-A de la RMF.

6.     Copia simple del acta constitutiva, libro, registro o acta de la persona moral con los cuales se acredite tener un capital social suscrito y pagado de por lo menos $10’000,000.00 (diez millones de pesos 00/100 M.N.).

7.     “Carta compromiso de auxilio, facilitación, confidencialidad, reserva y resguardo de información y datos”, que se encuentra publicada en el Portal del SAT, en la siguiente liga:

        https://www.sat.gob.mx/tramites/27005/solicita-autorizacion-para-el-servicio-de-verificacion

        en hoja membretada con los datos de la persona moral solicitante, suscrita por la o el representante legal y el contacto tecnológico.

8.     Escrito en hoja membretada del solicitante, suscrito por la o el representante legal en el que manifieste, bajo protesta de decir verdad, que conoce el alcance y acepta expresamente que cumplirá con las obligaciones señaladas en la regla 2.6.2.2. de la RMF vigente a la fecha de la presentación de la solicitud.

9.     Escrito en donde señale la estructura organizacional del grupo de trabajo, encargado de verificar la correcta operación y funcionamiento de los equipos y programas informáticos para llevar controles volumétricos, la cual deberá incluir como mínimo los siguientes niveles:

·          Gerente técnico.

·          Verificador/a líder.

·          Verificador/a de sistemas de medición.

·          Verificador/a de sistemas informáticos.

10.   Documento en el cual se identifiquen los riesgos a su imparcialidad, los cuales deberán de incluir, los riesgos derivados de sus actividades, de sus relaciones o de las relaciones de su personal; asimismo, debe presentar sus políticas, reglamentos, códigos, lineamientos, diagramas de riesgos u otro documento donde se demuestre cómo se compromete a mantener la imparcialidad.

11.   Documentos con los que se acredite que se cuenta con instalaciones adecuadas para realizar todas las actividades asociadas con la verificación de manera competente y segura; asimismo, deberás demostrar que cuentan con las siguientes medidas para mantener condiciones ambientales controladas:

·          Medidas de protección contra incendios.

·          Sistema de aire acondicionado.

·          Medidas de protección contra inundaciones.

12.   Documentos con los que se acredite ser la o el responsable de todos los instrumentos de medición, equipos y programas informáticos que se utilicen en las actividades de verificación.

13.   Escrito en el que se señale el inventario de los equipos y programas informáticos involucrados en sus actividades de verificación, el cual deberá contener al menos la siguiente información:

·          Para equipos en general:

Ø  Número de identificación o código.

Ø  Descripción: marca y modelo.

·          Para equipos de medición, además de lo anterior:

Ø  Variable(s) de medición.

Ø  Intervalo de medición.

Ø  Certificado de calibración válido.

 

14.   Documentos con los que se acredite que todos los equipos cuentan con un programa de mantenimiento anual, con procedimientos e instrucciones documentadas, elaborados según las condiciones de uso y recomendaciones del fabricante.

15.   Documentos en los que consten las calibraciones que se han realizado a sus equipos de medición, así como sus verificaciones, conforme a un programa establecido según el comportamiento de sus características metrológicas con respecto al tiempo, condiciones de uso y recomendaciones del fabricante.

16.   Documentos con los que se acredite que las mediciones que se realicen podrán ser trazables a patrones nacionales o internacionales de medición.

17.   Escrito en el que se señale la lista y el detalle de los procedimientos que se tomarán en caso de que se detecten equipos defectuosos.

18.   Escrito en el que se señale la siguiente información de los equipos y programas para la verificación de la correcta operación y funcionamiento de los equipos y programas informáticos para llevar controles volumétricos:

·          Versión del software.

·          Fecha de actualización.

·          Validación inicial del software y después de cambios realizados, ya sea en hardware y/o software.

19.   Documentos con los que acredites que el personal que participará en las verificaciones tiene como mínimo un nivel de licenciatura en ingeniería, según su ámbito de aplicación, que de manera enunciativa mas no limitativa puede ser:

·          Electrónica.

·          Eléctrica.

•       Mecánica.

•       Mecatrónica.

•       Instrumentación y control.

•       Computación o informática.

•       Comunicaciones.

20.   Documentos con los que se acredite que el personal cuenta con la siguiente experiencia en su área de competencia:

•       Gerente técnico y Verificador/a líder: cinco años.

•       Verificador/a en sistemas de medición y Verificador/a en sistemas informáticos: tres años.

21.   Documento en el que se muestre el resultado aprobatorio de una evaluación realizada a su personal por el Centro Nacional de Metrología como parte del proceso de acreditación ante la Entidad Mexicana de Acreditación, en los siguientes temas:

·          En sistemas de medición:

Ø  Terminología metrológica.

Ø  Sistema metrológico nacional e internacional.

Sistema Internacional de Unidades.

 

Ø  Mecánica de fluidos.

Ø  Termodinámica.

Ø  Cadena de valor de hidrocarburos, petrolíferos y biocombustibles.

Ø  Tecnologías de medición de flujo: desplazamiento positivo, turbina, presión diferencial, ultrasonido y coriolis.

Ø  Patrones de medición y trazabilidad.

Ø  Probadores.

Ø  Calibración.

Ø  Magnitudes de influencia.

Ø  Cálculo de cantidades.

Ø  Estimación de incertidumbre de calibración.

Ø  Estimación de incertidumbre del volumen neto.

Ø  Computadores de flujo.

·          En sistemas informáticos:

Ø  Diseño de software.

Ø  Hardware de equipo informático.

Ø  Desarrollo de componentes de software para manejo de dispositivos.

Ø  Tecnologías de redes de área local.

Ø  Tecnologías de comunicaciones.

Ø  Seguridad informática.

Ø  Base de datos.

·          En regulación y normatividad:

Ø  La normatividad especificada en el Anexo 30 de la RMF.

·          El resultado de la evaluación debe presentarse como un informe de evaluación de competencias técnicas y debe contener como mínimo:

Ø  Nombre de la entidad evaluadora.

Ø  Fecha de aplicación de la evaluación (no mayor a 4 años).

Ø  Nombre de la persona evaluada.

Ø  Tabla de resultados cuantitativos de la evaluación.

Ø  Conclusiones referentes a la competencia técnica del evaluado.

22.   Escrito en el que se señale la relación del personal designado para aprobar y firmar los certificados que se emitan como parte del servicio de verificación de la correcta operación y funcionamiento de los equipos y programas informáticos para llevar controles volumétricos, incluyendo una manifestación expresa de su aceptación para que dicho personal pueda ser objeto de evaluaciones de confiabilidad por parte del SAT y, en caso de que obtengan un resultado no aprobatorio, su aceptación para que dicho personal deje de aprobar y firmar tales certificados.

23.   Documentos con los que acredites que cuentas con un mecanismo que asegure que los requisitos especificados en los Anexos 30 y 31 de la RMF están adecuadamente definidos, documentados y entendidos y que tiene la capacidad y los recursos para cumplir con tales requisitos.

24.   A efecto de acreditar las competencias técnicas y de gestión, así como la confiabilidad de los resultados en procesos de verificación, deberás presentar un informe emitido por el Centro Nacional de Metrología como parte del proceso de acreditación ante la Entidad Mexicana de Acreditación, con los resultados de las evaluaciones realizadas. El informe de evaluación debe incluir:

·          Identificación única del informe de evaluación y fecha de emisión.

·          Identificación de la entidad evaluadora.

·          Fecha(s) de evaluación.

·          Identificación del solicitante.

·          Firma de validación.

·          Descripción de las revisiones, pruebas y evaluaciones realizadas, de conformidad con los requisitos establecidos en esta ficha de trámite.

·          Resultados de las competencias técnicas del personal.

·          Resultados de las evaluaciones realizadas.

25.   Conclusión que indique si el solicitante cuenta con las competencias establecidas en la presente ficha de trámite.

 

¿Con qué condiciones debo cumplir?

·          Estar inscrito y activo en el RFC.

·          La persona moral que presenta la solicitud, sus socios o accionistas y el representante legal que promueva a nombre del solicitante, deberán estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

·          La persona moral que presenta la solicitud, sus socios o accionistas y el representante legal que promueva a nombre del solicitante, deberán encontrarse como localizados en el RFC.

·          Contar con e.firma.

·          Contar con buzón tributario activo.

·          La persona moral que presenta la solicitud, sus socios o accionistas y la o el representante legal que promueva a nombre del solicitante, no deberán encontrarse en el listado a que se refiere el artículo 69-B, cuarto párrafo del CFF.

·          La persona moral que presenta la solicitud, no deberá encontrarse inhabilitada para contratar con la Administración Pública Federal, la Fiscalía General de la República o las entidades federativas.

·          La persona moral que presenta la solicitud, no deberá ubicarse en alguno de los supuestos a los que se refiere la regla 2.6.1.2. de la RMF.

·          La persona moral que presenta la solicitud no deberá contar, o haber contado en los dos ejercicios fiscales anteriores a la solicitud, con la autorización para ser proveedor de los equipos y programas informáticos para llevar controles volumétricos.

 

SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al trámite o servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para emitir la resolución de este trámite o servicio?

Mediante una llamada telefónica a la administración ante la cual presentó el trámite.

Teléfono: 55-58-02-24-88 Ext. 42488.

No.

Resolución del trámite o servicio

·          Si cumples con los requisitos y las condiciones, la resolución de autorización se envía por buzón tributario.

·          En caso de que no cumplas con todas las condiciones o no aportes la información requerida o se encuentre incompleta, la resolución a través de la cual se tendrá por no presentada tu solicitud se envía por buzón tributario.

·          En caso de que no cumplas con alguno de los requisitos, la resolución de no autorización se envía por buzón tributario.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el trámite o servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la información solicitada

3 meses.

3 meses.

10 días hábiles.

¿Qué documento obtengo al finalizar el trámite o servicio?

¿Cuál es la vigencia del trámite o servicio?

Al término del trámite, recibirás por buzón tributario:

•       En caso de cumplir con los requisitos: oficio de autorización para ser proveedor de servicios de verificación de los equipos y programas informáticos para llevar controles volumétricos.

•       En caso de no cumplir con todas las condiciones o no entregar la información solicitada en el oficio de requerimiento o entregarla incompleta: Oficio a través del cual se tiene por no presentada la solicitud.

•       En caso de entregar la información requerida por la autoridad y no cumplas con los requisitos o condiciones: Oficio de no autorización.

12 meses.

CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias

·          MarcaSAT: 55-62-72-27-28 y 01-87-74-48-87-28 desde Canadá y Estados Unidos.

·          Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, como se establece en la siguiente liga:

        https://sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios

        Los días y horarios siguientes: Lunes a Jueves de 8:30 a 16:00 hrs. y Viernes de 8:30 a 15:00 hrs.

·          Vía Chat: http://chatsat.mx/

·          Quejas y Denuncias SAT: 55-88-52-22-22 y 84-42-87-38-03 para otros países.

·          Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

·          SAT Móvil – Aplicación para celular, apartado Quejas y Denuncias.

·          En el Portal del SAT:

        https://sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia

·          Teléfonos rojos ubicados en las Aduanas y las oficinas del SAT.

Información adicional

La información y documentación que proporciones con el fin de atender el requerimiento que haya hecho la autoridad por no cumplir con alguno de los requisitos establecidos en la ficha de trámite, deberás presentarla ante la oficialía de partes de la Administración Central de Apoyo Jurídico y Normatividad de Hidrocarburos de la Administración General de Hidrocarburos ubicada en Valerio Trujano No. 15, Módulo VIII, Planta Baja, Colonia Guerrero, C.P. 06300, Ciudad de México, en un horario de atención de 8:00 a 14:30 hrs.

Fundamento jurídico

Artículos: 17-D, 17-K, fracción I, 28, fracción I, apartado B, 69-B del CFF; Reglas 2.6.1.2., 2.6.2.1. y 2.6.2.2. de la RMF.

 

280/CFF Solicitud para que puedas obtener la autorización para operar como proveedor del servicio de emisión de dictámenes que determinen el tipo de hidrocarburo o petrolífero, de que se trate, y el octanaje en el caso de gasolina

Trámite      l

Servicio     ¡

Descripción del trámite o servicio

Monto

Presenta esta solicitud cuando desees operar como proveedor del servicio de emisión de dictámenes que determinen el tipo de hidrocarburo o petrolífero, de que se trate y el octanaje en el caso de gasolina.

l  Gratuito

¡  Pago de derechos

      Costo:

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

¿Cuándo se presenta?

Personas morales.

Cuando desees obtener la autorización del SAT para operar como proveedor del servicio de emisión de dictámenes que determinen el tipo de hidrocarburo o petrolífero, de que se trate, y el octanaje en el caso de gasolina.

¿Dónde puedo presentarlo?

En forma presencial:

En la oficialía de partes de la Administración Central de Apoyo Jurídico y Normatividad de Hidrocarburos de la Administración General de Hidrocarburos ubicada en Valerio Trujano No. 15, Módulo VIII, Planta Baja, Colonia Guerrero, C.P. 06300, Ciudad de México, en un horario de atención de 8:00 a 14:30 hrs.

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO

¿Qué tengo que hacer para realizar el trámite o servicio?

1.     Acude a la Oficialía de partes mencionada en el apartado ¿Dónde puedo presentarlo?.

2.     Entrega dos tantos del escrito libre con la documentación que se menciona en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir? al personal que atenderá el trámite.

3.     Se te entregará uno de los escritos libres con el sello de recibido; conserva un escrito libre que es tu acuse de recibo.

4.     Espera respuesta por parte del SAT, la cual se te notificará a través de buzón tributario. En caso de que no cumplas con alguno de los requisitos, recibirás por buzón tributario un oficio de requerimiento a través del cual se solicitará aquella información necesaria para atender el trámite, en caso de que no cumplas con todas las condiciones o no entregues la información requerida o no la entregues de manera completa, recibirás por buzón tributario un oficio a través del cual se tendrá por no presentada tu solicitud, si recibes este oficio, podrás volver a presentar tu trámite.

5.     En caso de que no cumplas con alguno de los requisitos recibirás por buzón tributario un oficio de no autorización, en cuyo caso, podrás volver a presentar tu trámite.

 

¿Qué requisitos debo cumplir?

1.     Deberás presentar escrito libre suscrito por la o el representante legal en el que señale:

·          Denominación o razón social, domicilio fiscal manifestado al RFC y clave que le correspondió en dicho Registro a la persona moral.

·          Nombre, dirección de correo electrónico y número telefónico incluyendo clave lada, de la o el representante legal, así como de la persona designada como contacto con el SAT, en caso de que se requiera hacer alguna aclaración de carácter técnico relacionada con la solicitud.

·          Dirección de la página de Internet de la persona moral.

·          Los hidrocarburos y petrolíferos a que se refiere la regla 2.6.1.1. de la RMF, por los cuáles solicita la autorización para operar como proveedor del servicio de emisión de dictámenes.

·          Precio máximo al público del servicio por el que solicita la autorización, incluyendo el detalle del mismo.

En caso de ser representante legal:

2.     Poder notarial para acreditar la personalidad de la o el representante legal (copia certificada y copia simple para cotejo) o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o fedatario público (original y copia simple para cotejo).

3.     Documento notarial con el que se haya designado el representante legal para efectos fiscales, en caso de residentes en el extranjero o de extranjeros residentes en México (copia certificada y copia simple para cotejo).

        *Para mayor referencia, consultar en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso C) Poderes, del Anexo 1-A de la RMF.

4.     Identificación oficial, cualquiera de las señaladas en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso A) Identificación oficial, del Anexo 1-A de la RMF.

5.     Copia simple del acta constitutiva, libro, registro o acta de la persona moral con los cuales se acredite tener un capital social suscrito y pagado de por lo menos $10’000,000.00 (diez millones de pesos 00/100 M.N.).

6.     Carta compromiso de auxilio, facilitación, confidencialidad, reserva y resguardo de información y datos, que se encuentra publicada en el Portal del SAT, en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/tramites/32673/solicita-autorizacion-para-el-servicio-de-dictamen, en hoja membretada con los datos de la persona moral solicitante, suscrita por la o el representante legal y el contacto tecnológico.

7.     Escrito en hoja membretada del solicitante, suscrito por la o el representante legal en el que manifieste, bajo protesta de decir verdad, que conoce el alcance y acepta expresamente que cumplirá con las obligaciones señaladas en la regla 2.6.2.2. de la RMF vigente a la fecha de presentación de la solicitud.

8.     Certificado de acreditación y su anexo técnico emitido por el organismo acreditador con el que demuestre el cumplimiento con la norma ISO/IEC 17025:2017 Requisitos generales para la competencia de los laboratorios de ensayo y calibración.

9.     Informe de la última visita de vigilancia y/o visita de monitoreo efectuada por la Entidad Mexicana de Acreditación, cuya fecha de emisión no debe ser mayor a 12 meses para demostrar que el certificado de acreditación continúa vigente.

10.   Escrito en el que señales la lista y el detalle de los procedimientos documentados que apliques para realizar la determinación del tipo de hidrocarburo o petrolífero, de que se trate, y el octanaje en caso de gasolina, de conformidad con el Anexo 32 de la RMF.

11.   Documentos con los que acredites que cuentas con un mecanismo que asegure que los requisitos especificados en el Anexo 32 de la RMF están adecuadamente definidos, documentados y entendidos y que tiene la capacidad y los recursos para cumplir con tales requisitos.

12.   Escrito en el que señales la relación del personal designado para aprobar y firmar los dictámenes que se emitan como parte del servicio de emisión de dictámenes que determinen el tipo de hidrocarburo o petrolífero, de que se trate, y el octanaje en el caso de gasolina, incluyendo una manifestación expresa de su aceptación para que dicho personal pueda ser objeto de evaluaciones de confiabilidad por parte del SAT y, en caso de que obtengan un resultado no aprobatorio, su aceptación para que dicho personal deje de aprobar y firmar tales dictámenes.

(Continúa en la Séptima Sección)