ACUERDO por el que se dan a conocer los porcentajes y los montos del estímulo fiscal, así como las cuotas disminuidas del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, correspondientes al periodo que se especifica.

Lunes 11 de Febrero de 2019

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SHCP.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Acuerdo 29/2019

Acuerdo por el que se dan a conocer los porcentajes y los montos del estímulo fiscal, así como las cuotas disminuidas del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, correspondientes al periodo que se especifica.

IVÁN CAJEME VILLARREAL CAMERO, Titular de la Unidad de Política de Ingresos no Tributarios de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en lo dispuesto por el artículo Primero del Decreto por el que se establecen estímulos fiscales en materia del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2016 y sus posteriores modificaciones, se dan a conocer los porcentajes y los montos del estímulo fiscal, así como las cuotas disminuidas del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles automotrices, correspondientes al periodo comprendido del 12 al 15 de marzo de 2019.

ACUERDO

Artículo Primero. Los porcentajes del estímulo fiscal para el periodo comprendido del 12 al 15 de marzo de 2019, aplicables a los combustibles automotrices son los siguientes:

Combustible

Porcentaje de Estímulo

Gasolina menor a 92 octanos

6.65%

Gasolina mayor o igual a 92 octanos y combustibles no fósiles

0.00%

Diésel

26.59%

 

Artículo Segundo. Los montos del estímulo fiscal para el periodo comprendido del 12 al 15 de marzo de 2019, aplicables a los combustibles automotrices son los siguientes:

Combustible

Monto del estímulo fiscal

(pesos/litro)

Gasolina menor a 92 octanos

$0.320

Gasolina mayor o igual a 92 octanos y combustibles no fósiles

$0.000

Diésel

$1.404

 

Artículo Tercero. Las cuotas para el periodo comprendido del 12 al 15 de marzo de 2019, aplicables a los combustibles automotrices son las siguientes:

Combustible

Cuota (pesos/litro)

Gasolina menor a 92 octanos

$4.490

Gasolina mayor o igual a 92 octanos y combustibles no fósiles

$4.060

Diésel

$3.876

 

TRANSITORIO

Primero.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo.-A la fecha de entrada en vigor del presente Acuerdo, se deja sin efectos el Acuerdo 26/2019 por el que se dan a conocer los porcentajes y los montos del estímulo fiscal, así como las cuotas disminuidas del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, correspondientes al periodo que se especifica, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 8 de marzo del 2019.

Ciudad de México, a 11 de marzo de 2019.- Con fundamento en el artículo Primero, último párrafo del Decreto por el que se establecen estímulos fiscales en materia del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, en suplencia del C. Subsecretario de Hacienda y Crédito Público, el Titular de la Unidad de Política de Ingresos No Tributarios, Iván Cajeme Villarreal Camero.- Rúbrica.