OFICIO 500-05-2019-2508 mediante el cual se comunica listado de contribuyentes que promovieron algún medio de defensa en contra del oficio de presunción a que se refiere el artículo 69-B primer párrafo del Código Fiscal de la Federación vigente hasta el 24 de julio de 2018, en relación con el Artículo Segundo Transitorio del Decreto por el que se reforma el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, publicado el 25 de junio de 2018 o en contra de la resolución a que se refiere el tercer párrafo del artículo en comento y una vez resuelto el mismo el órgano jurisdiccional o administrativo dejó insubsistente el referido acto. |
Miércoles 13 de Febrero de 2019 |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SHCP.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- SAT.- Servicio de Administración Tributaria.- Administración General de Auditoría Fiscal Federal.- Administración Central de Fiscalización Estratégica.
Oficio Número: 500-05-2019-2508
Asunto: Se comunica listado de contribuyentes que promovieron algún medio de defensa en contra del oficio de presunción a que se refiere el artículo 69-B primer párrafo del CFF vigente hasta el 24 de julio de 2018, en relación con el Artículo Segundo Transitorio del “DECRETO por el que se reforma el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de junio de 2018 o en contra de la resolución a que se refiere el tercer párrafo del artículo en comento y una vez resuelto el mismo el órgano jurisdiccional o administrativo dejó insubsistente el referido acto.
Esta Administración Central de Fiscalización Estratégica, adscrita a la Administración General de Auditoría Fiscal Federal, del Servicio de Administración Tributaria, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 16, primer párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 7, fracciones VII, XII y XVIII y 8, fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, publicada en el Diario Oficial de la Federación del 15 de diciembre de 1995, reformada por Decreto publicado en el propio Diario Oficial de la Federación el 12 de junio de 2003; 1, 2, párrafos primero, apartado B, fracción III, inciso e) y segundo, 5, párrafo primero, 13, fracción VI, 23, apartado E, fracción I, en relación con el artículo 22 párrafos primero, fracción VIII, y último, numeral 5 del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de agosto de 2015, vigente a partir del 22 de noviembre de 2015, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo primero del Artículo Primero Transitorio de dicho Reglamento; Artículo Tercero, fracción I, inciso a), del Acuerdo mediante el cual se delegan diversas atribuciones a los Servidores Públicos del Servicio de Administración Tributaria, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 23 de junio de 2016, vigente a partir del 23 de julio de 2016, de conformidad con lo dispuesto en el artículo Transitorio Primero de dicho Acuerdo; en los artículos 33, último párrafo, 63 y 69-B, párrafos primero y segundo del Código Fiscal de la Federación vigente hasta el 24 de julio de 2018, en relación con el Artículo Segundo Transitorio del “DECRETO por el que se reforma el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de junio de 2018, así como en la regla 1.4., último párrafo, inciso d) de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de diciembre de 2017, le comunica lo siguiente:
Que los contribuyentes que se enlistan a continuación, en su momento, les fue notificado un Oficio de Presunción de inexistencia de operaciones amparadas con determinados comprobantes fiscales que emitieron, ello de conformidad con los párrafos primero y segundo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación vigente hasta el 24 de julio de 2018, en relación con el Artículo Segundo Transitorio del “DECRETO por el que se reforma el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de junio de 2018, en relación con el artículo 69 de su Reglamento.
Seguido el procedimiento previsto en el referido artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación vigente hasta el 24 de julio de 2018, en relación con el Artículo Segundo Transitorio del “DECRETO por el que se reforma el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de junio de 2018 como se indica a continuación:
Notificación al contribuyente del oficio de la RESOLUCIÓN DEFINITIVA.
|
R.F.C. |
Nombre del Contribuyente |
Medio de notificación al contribuyente |
||||||
Número y fecha de oficio de resolución. |
Estrados de la autoridad |
Notificación Personal |
Notificación por buzón tributario |
||||||
Fecha de fijación en los estrados de la Autoridad Fiscal |
Fecha en que surtió efectos la notificación |
Fecha de notificación |
Fecha en que surtió efectos la notificación |
Fecha de notificación |
Fecha en que surtió efectos la notificación |
||||
1 |
ABARROTERA DEL DUERO, S.A. DE C.V. CONTRATO NÚMERO 1 A. EN P. |
500-42-00-04-01-2018-02386 de fecha 15 de marzo de 2017 |
|
|
|
|
21 de marzo de 2018 |
22 de marzo de 2018 |
|
2 |
CSI070816QM4 |
CALIDAD DE SINALOA, S.A DE C.V. |
500-51-00-05-02-2017-05143 de fecha 01 de marzo de 2017 |
|
|
|
|
1 de marzo de 2017 |
2 de marzo de 2017 |
3 |
DKE140902DC3 |
DESAROLLADORA KEENO, S.A. DE C.V. |
500-14-00-03-00-2017-4653 de fecha 16 de junio de 2017 |
|
|
|
|
21 de junio de 2017 |
22 de junio de 2017 |
4 |
EHC1304229T4 |
EMPLOYMENT HUMAN CAPITAL, S.A. DE C.V. |
500-05-2017-2514 de fecha 22 de febrero de 2017 |
|
|
28 de febrero de 2017 |
1 de marzo de 2017 |
|
|
5 |
HDE131113P88 |
HAW DESARROLLOS, S.A. DE C.V. |
500-05-2018-16705 de fecha 14 de junio de 2018 |
|
|
|
|
21 de junio de 2018 |
22 de junio de 2018 |
6 |
HTE130828MM9 |
H7 TRANSPORTES EJECUTIVOS, S.A. DE C.V. |
500-05-2015-33859 de fecha 08 de octubre de 2015 |
23 de octubre de 2015 |
18 de noviembre de 2015 |
|
|
|
|
7 |
IEV1105256Z4 |
IDEAS PARA EMPRESAS VERACRUZANAS, S.A. DE C.V. |
500-66-00-01-03-2017-3140 de fecha 03 de mayo de 2017 |
|
|
|
|
08 de mayo de 2017 |
09 de mayo de 2017 |
8 |
NAS100203FB8 |
“NAREMA Y ASOCIADOS”, S.A. DE C.V. |
500-35-00-06-01-2017-6285 de 15 de marzo de 2017 |
|
|
16 de marzo de 2017 |
17 de marzo de 2017 |
|
|
Por lo anterior, el nombre de los contribuyentes a los que se les notificó la citada resolución fue agregada al listado a que se refiere el tercer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación vigente hasta el 24 de julio de 2018, en relación con el Artículo Segundo Transitorio del “DECRETO por el que se reforma el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de junio de 2018, el cual fue publicado en el Diario Oficial de la Federación, como a continuación se indica:
|
R.F.C. |
Nombre del Contribuyente |
Número y fecha de oficio que contiene en Listado Global Definitivo |
Fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación |
1 |
ADC041201I22 |
ABARROTERA DEL DUERO, S.A. DE C.V. CONTRATO NÚMERO 1 A. EN P. |
500-05-2018-14334 de fecha 18 de junio del 2018 |
17 de julio de 2018 |
2 |
CSI070816QM4 |
CALIDAD DE SINALOA, S.A DE C.V. |
500-05-2017-16088 de fecha 16 de mayo de 2017 |
29 de mayo de 2017 |
3 |
DKE140902DC3 |
DESAROLLADORA KEENO, S.A. DE C.V. |
500-05-2017-32051 de fecha 25 de agosto de 2017 |
12 de septiembre de 2017 |
4 |
EHC1304229T4 |
EMPLOYMENT HUMAN CAPITAL, S.A. DE C.V. |
500-05-2017-16088 de fecha 16 de mayo de 2017 |
29 de mayo de 2017 |
5 |
HDE131113P88 |
HAW DESARROLLOS, S.A. DE C.V. |
500-05-2018-22825 de fecha 17 de agosto de 2018 |
09 de octubre de 2018 |
6 |
HTE130828MM9 |
H7 TRANSPORTES EJECUTIVOS, S.A. DE C.V. |
500-05-2016-6334 de fecha 16 de febrero de 2016 |
25 de febrero de 2016 |
7 |
IEV1105256Z4 |
IDEAS PARA EMPRESAS VERACRUZANAS, S.A. DE C.V. |
500-05-2017-16355 de fecha 14 de julio de 2017 |
16 de agosto de 2017 |
8 |
NAS100203FB8 |
“NAREMA Y ASOCIADOS”, S.A. DE C.V. |
Este contribuyente no fue publicado en listados Definitivos |
Inconforme con el oficio individual de presunción u oficio de resolución definitiva, interpusieron medios de defensa de los cuales se concluye con la siguiente resolución o sentencia:
|
R.F.C. |
Nombre del Contribuyente |
Medio de defensa |
Fecha de la Resolución o sentencia firme |
Autoridad que resolvió |
Sentido y/ o efecto de la resolución o sentencia firme |
1 |
ADC041201I22 |
ABARROTERA DEL DUERO, S.A. DE C.V. CONTRATO NÚMERO 1 A. EN P. |
Recurso de Revocación RRL2018002996 |
13 de septiembre de 2018 |
Administración Desconcentrada Jurídica de Nuevo León "2" |
Se deja sin efectos la resolución contenida en el oficio 500-42-00-04-01-2018-02386 de fecha 15 de marzo de 2017, emitida por la Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Nuevo León "2". |
2 |
CSI070816QM4 |
CALIDAD DE SINALOA, S.A DE C.V. |
Juicio de Nulidad 874/17-02-01-2 |
22 de septiembre de 2017 |
Sala Regional del Noroeste II del Tribunal Federal de Justicia Administrativa |
Se declara la nulidad de la resolución impugnada contenida en el oficio 500-51-00-05-02-2017-05143 de fecha 01 de marzo de 2017, emitida por la Administración Desconcentrada de Auditoria Fiscal de Sinaloa "1". |
3 |
DKE140902DC3 |
DESAROLLADORA KEENO, S.A. DE C.V. |
Juicio de Nulidad 27123/17-17-07-5 |
25 de junio de 2018 |
Séptima Sala Regional Metropolitana Segunda Ponencia del Tribunal Federal de Justicia Administrativa |
Se declara la nulidad lisa y llana de la resolución impugnada contenida en el oficio número 500-14-00-03-00-2017-4653 de fecha 16 de junio de 2017, emitida por la Administración Desconcentrada de Auditoria Fiscal de Campeche "1". |
4 |
EHC1304229T4 |
EMPLOYMENT HUMAN CAPITAL, S.A. DE C.V. |
Juicio de Nulidad 22752/16-17-07-9 |
28 de agosto de 2018 |
Séptima Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Administrativa |
Se declara la nulidad de la resolución impugnada contenida en el oficio número 500-05-2016-15896 de fecha 11 de mayo de 2016 emitida por la Administración Central de Fiscalización Estratégica. |
5 |
HDE131113P88 |
HAW DESARROLLOS, S.A. DE C.V. |
Recurso de Revocación RRL2018007647 |
24 de septiembre de 2018 |
Administración Desconcentrada Jurídica de Sonora “1” |
Se deja insubsistente la resolución contenida en el oficio número 500-05-2018-16705 de fecha 14 de junio de 2018 emitida por la Administración Central de Fiscalización Estratégica. |
6 |
HTE130828MM9 |
H7 TRANSPORTES EJECUTIVOS, S.A. DE C.V. |
Juicio de Nulidad 4788/16-07-03-4 |
23 de marzo de 2018 |
Tercera Sala Regional de Occidente del Tribunal Federal de Justicia Administrativa |
Se declara la nulidad de la resolución contenida en el oficio número 600-30-01-01-00-2016-1669 de fecha 31 de marzo de 2016, emitida por la Administración Desconcentrada Jurídica de Jalisco “1”. |
7 |
IEV1105256Z4 |
IDEAS PARA EMPRESAS VERACRUZANAS, S.A. DE C.V. |
Juicio de Nulidad 2002/17-13-01-9 |
25 de enero de 2018 |
Sala Regional del Golfo del Tribunal Federal de Justicia Administrativa |
Se declara la nulidad de la resolución impugnada contenida en el oficio 500-66-00-01-03-2017-3140 de fecha 03 de mayo de 2017, emitida por la Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Veracruz "3". |
8 |
NAS100203FB8 |
“NAREMA Y ASOCIADOS”, S.A. DE C.V. |
Juicio de Nulidad 911/17-29-01-6 |
25 de junio de 2018 |
Sala Regional del Estado de México y Auxiliar en materia de pensiones Civiles del Tribunal Federal de Justicia Administrativa |
Se declara la nulidad de la resolución impugnada contenida en el oficio 600-35-2017-3499 de fecha 13 de junio de 2017, emitida por la Administración Desconcentrada Jurídica de México "1", como de la originalmente recurrida del juicio. |
En virtud de lo antes expuesto, se informa que como consecuencia del medio de defensa señalado en el párrafo que precede, el procedimiento del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación vigente hasta el 24 de julio de 2018, en relación con el Artículo Segundo Transitorio del “DECRETO por el que se reforma el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de junio de 2018, ha quedado sin efectos.
Finalmente se informa que el hecho de que el contribuyente antes señalado hayan obtenido una resolución favorable en contra del oficios de presunción y/o de resolución definitiva, no les exime de la responsabilidad que tengan respecto de otros comprobantes fiscales que hayan emitido sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material, directa o indirectamente, para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que ampararon tales comprobantes, por lo cual, se dejan a salvo las facultades de la autoridad fiscal.
Atentamente.
Ciudad de México, a 08 de enero de 2019.- En suplencia por ausencia de la Administradora Central de Fiscalización Estratégica, del Coordinador de Fiscalización Estratégica y del Administrador de Fiscalización Estratégica “1”, con fundamento en los artículos 4, cuarto párrafo, y 22, último párrafo, numeral 5 inciso c), del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria vigente, Firma: la Administradora de Fiscalización Estratégica “2”, Irma Victoria García Vázquez.- Rúbrica.