ACUERDO por el que se dan a conocer los porcentajes y los montos del estímulo fiscal, así como las cuotas disminuidas del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, correspondientes al periodo que se especifica..

Viernes 10 de Agosto de 2018

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Acuerdo 82/2018
Acuerdo por el que se dan a conocer los porcentajes y los montos del estímulo fiscal, así como las
cuotas disminuidas del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles
que se indican, correspondientes al periodo que se especifica.
ALBERTO TORRES GARCÍA, Subsecretario de Ingresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en los artículos 31, fracción XXXIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; Primero del Decreto por el que se establecen estímulos fiscales en materia del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, se dan a conocer los porcentajes y los montos del estímulo fiscal, así como las cuotas disminuidas del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles automotrices, correspondientes al periodo comprendido del 11 al 17 de agosto de 2018.
ACUERDO
Artículo Primero. Los porcentajes del estímulo fiscal para el periodo comprendido del 11 al 17 de agosto de 2018, aplicables a los combustibles automotrices son los siguientes:
Combustible
Porcentaje de Estímulo
Gasolina menor a 92 octanos
38.82%
Gasolina mayor o igual a 92 octanos y combustibles no fósiles
15.75%
Diésel
35.38%
 
Artículo Segundo. Los montos del estímulo fiscal para el periodo comprendido del 11 al 17 de agosto de 2018, aplicables a los combustibles automotrices son los siguientes:
Combustible
Monto del estímulo fiscal
(pesos/litro)
Gasolina menor a 92 octanos
$1.782
Gasolina mayor o igual a 92 octanos y combustibles no fósiles
$0.611
Diésel
$1.783
 
Artículo Tercero. Las cuotas disminuidas para el periodo comprendido del 11 al 17 de agosto de 2018, aplicables a los combustibles automotrices son las siguientes:
Combustible
Cuota disminuida (pesos/litro)
Gasolina menor a 92 octanos
$2.808
Gasolina mayor o igual a 92 octanos y combustibles no fósiles
$3.269
Diésel
$3.257
 
TRANSITORIO
Único.- El presente acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México a 9 de agosto de 2018.- Con fundamento en el artículo Primero, último párrafo del Decreto por el que se establecen estímulos fiscales en materia del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, publicado el 27 de diciembre de 2016 y sus posteriores modificaciones, en ausencia del C. Subsecretario de Ingresos, el Titular de la Unidad de Política de Ingresos No Tributarios, Eduardo Camero Godinez.- Rúbrica.