ANEXOS 1, 1-A, 9, 11, 14, 15, 23 y 24 de la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018, publicada el 11 de julio de 2018. |
Jueves 12 de Julio de 2018 |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.
Modificación
al Anexo 1 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018
“Formas Oficiales”
A.
|
Contenido
Formas
oficiales aprobadas.
1. Código
2.
a ………………………………………………………………………………………...
9. ………………………………………………………………….……………………..
|
B. a
D.
|
…………………………………………………………………………………….…….…………
…………………………………………………………………………………….…….……..…..
|
A. Formas
oficiales aprobadas.
|
Número
|
Nombre de la forma oficial
|
Medio de presentación
|
Impreso
(Número de ejemplares a presentar)
|
Electrónico
|
......
|
………………………………………
|
……….
|
……….
|
36
|
Constancia de residencia para efectos fiscales.
21.6 x 27.9 cms./Carta. Impresión negra en fondo blanco. Esta
forma es de libre impresión.
|
Duplicado
|
–
|
......
|
………………………………………
|
……….
|
……….
|
2. a 9..... ................................................................................................................................................................................
B. a D. ................................................................................................................................................................................
|
A. Formas
oficiales aprobadas.
|
2. a 9 .... ................................................................................................................................................................................
B. a D. .. ................................................................................................................................................................................
.............................................................................................................................................................................................
Atentamente.
Ciudad de México, 29 de junio de 2018.- El
Jefe del Servicio de Administración Tributaria, Osvaldo Antonio Santín
Quiroz.- Rúbrica.
Modificación al Anexo 1-A de la
Resolución Miscelánea Fiscal para 2018
“Trámites
Fiscales”
Código
Fiscal de la Federación
1/CFF.................................................................................................................................................................................
2/CFF Aclaración
a la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales.
3/CFF a..............................................................................................................................................................................
5/CFF.................................................................................................................................................................................
6/CFF Solicitud
de constancia de residencia para efectos fiscales.
7/CFF.................................................................................................................................................................................
8/CFF.................................................................................................................................................................................
9/CFF Solicitud
de Devolución de saldos a favor del ISR.
10/CFF Solicitud
de Devolución de saldos a favor del IVA.
11/CFF Solicitud
de Devolución de saldos a favor del IMPAC por recuperar.
12/CFF Solicitud
de Devolución de saldos a favor del IEPS, Crédito Diésel o biodiésel y sus
mezclas.
13/CFF Solicitud
de Devolución de cantidades a favor de otras Contribuciones.
14/CFF Solicitud
de Devolución de saldos a favor del IETU.
15/CFF Solicitud
de Devolución de saldos a favor del IDE.
16/CFF a...........................................................................................................................................................................
22/CFF...............................................................................................................................................................................
23/CFF Aviso
de compensación de saldos a favor del ISR.
24/CFF Aviso
de compensación de saldos a favor del IVA.
25/CFF Aviso
de compensación de saldos a favor del IMPAC por recuperar.
26/CFF Aviso
de compensación de saldos a favor del IEPS.
27/CFF Aviso
de compensación de cantidades a favor de otras contribuciones.
28/CFF Aviso
de compensación de saldos a favor del IETU.
29/CFF Aviso
de compensación del IDE.
30/CFF a...........................................................................................................................................................................
38/CFF...............................................................................................................................................................................
39/CFF Solicitud
de inscripción en el RFC de personas físicas.
|
40/CFF Solicitud
de inscripción en el RFC de trabajadores.
41/CFF Solicitud
de inscripción en el RFC de personas físicas del sector primario.
42/CFF...............................................................................................................................................................................
43/CFF Solicitud
de inscripción en el RFC de personas morales en la ADSC.
44/CFF...............................................................................................................................................................................
45/CFF...............................................................................................................................................................................
46/CFF Solicitud
de inscripción en el RFC de organismos de la Federación, de las entidades
federativas, de los municipios, organismos descentralizados y órganos
constitucionales autónomos.
47/CFF...............................................................................................................................................................................
48/CFF...............................................................................................................................................................................
49/CFF Solicitud
de inscripción y cancelación en el RFC por escisión de sociedades.
50/CFF Solicitud
de inscripción en el RFC por escisión de sociedades.
51/CFF a...........................................................................................................................................................................
72/CFF ..............................................................................................................................................................................
73/CFF Aviso
de suspensión de actividades.
74/CFF Aviso
de reanudación de actividades.
75/CFF Aviso
de suspensión/reanudación de actividades de asalariados
76/CFF a...........................................................................................................................................................................
79/CFF ..............................................................................................................................................................................
80/CFF Aviso
de apertura de sucesión.
81/CFF Aviso
de cancelación en el RFC por cese total de operaciones.
82/CFF Aviso
de cancelación en el RFC por liquidación total del activo.
83/CFF Aviso
de cancelación en el RFC por defunción.
84/CFF Aviso
de cancelación en el RFC por liquidación de la sucesión.
85/CFF Aviso
de inicio de liquidación o cambio de residencia fiscal.
86/CFF Aviso
de cancelación en el RFC por fusión de sociedades.
87/CFF a...........................................................................................................................................................................
94/CFF...............................................................................................................................................................................
95/CFF Aviso para
presentar dictamen por enajenación de acciones, carta de presentación y
dictamen.
96/CFF a...........................................................................................................................................................................
101/CFF............................................................................................................................................................................
102/CFF Consultas en
materia de precios de transferencia.
103/CFF Solicitud de
Autorización para pagar adeudos en parcialidades o diferido.
104/CFF............................................................................................................................................................................
105/CFF Solicitud
del Certificado de e.firma.
106/CFF Solicitud
de renovación del Certificado de e.firma.
107/CFF a.........................................................................................................................................................................
|
133/CFF............................................................................................................................................................................
134/CFF Solicitud para
la presentación, ampliación, sustitución de garantía del interés fiscal y
solicitud de avalúo (en caso de ofrecimiento de bienes) o avalúo practicado
por personas autorizadas.
135/CFF a.........................................................................................................................................................................
158/CFF............................................................................................................................................................................
159/CFF Solicitud de
Devolución del IVA a contribuyentes del sector agropecuario.
160/CFF a.........................................................................................................................................................................
163/CFF............................................................................................................................................................................
164/CFF Solicitud de
instituciones de crédito para ser incluidas en el registro de emisoras de
cartas de crédito.
165/CFF Solicitud de
inscripción en el RFC de arrendadores de espacios (colocación de anuncios
publicitarios y/o antenas de telefonía).
166/CFF Solicitud de
inscripción en el RFC de personas físicas con carácter de pequeños mineros.
167/CFF Solicitud de
inscripción en el RFC de personas físicas con carácter de recolectores de
materiales y productos reciclables.
168/CFF Solicitud
de inscripción en el RFC de personas físicas enajenantes de vehículos usados.
169/CFF............................................................................................................................................................................
170/CFF Solicitud
de devolución de saldos a favor del IVA generado por proyectos de inversión
en activo fijo.
171/CFF Solicitud
de inscripción en el RFC de personas físicas que otorgan una servidumbre a
cambio de contraprestación periódica.
172/CFF a.........................................................................................................................................................................
180/CFF............................................................................................................................................................................
181/ISR Solicitud
de devolución de saldos a favor del IVA para los contribuyentes que producen
y distribuyen productos destinados a la alimentación.
182/CFF Solicitud
de devolución de saldos a favor del IVA para los contribuyentes que producen
y distribuyen medicinas de patente.
183/CFF Aviso por parte
de las asociaciones de intérpretes y actores, sindicatos de trabajadores de
la música y sociedades de gestión colectiva constituidas de acuerdo a la Ley
Federal de Derechos de Autor, para realizar el cobro por cuenta y orden de
personas físicas que tengan el carácter de agremiados, socios, asociados o
miembros integrantes de las mismas.
184/CFF Solicitud de
inscripción en el RFC de personas físicas enajenantes de obras de artes
plásticas y antigüedades.
185/CFF a.........................................................................................................................................................................
196/CFF............................................................................................................................................................................
197/CFF Aclaración
a la solicitud del Certificado de e.firma y solicitud de la renovación del
Certificado de e.firma.
198/CFF a.. ......................................................................................................................................................................
|
206/CFF............................................................................................................................................................................
207/CFF Solicitud
de validación y opinión técnica para operar como proveedor de certificación y
generación de CFDI para el sector primario.
208/CFF a.........................................................................................................................................................................
212/CFF............................................................................................................................................................................
213/CFF Aviso
de inicio de liquidación, concurso mercantil o acuerdo de extinción jurídica
de la persona moral autorizada para operar como proveedor de certificación y
generación del CFDI para el sector primario.
214/CFF............................................................................................................................................................................
215/CFF Informe
de funcionarios autorizados para recibir requerimiento de pago.
216/CFF a.........................................................................................................................................................................
246/CFF............................................................................................................................................................................
247/CFF Solicitud
de devolución de IVA en periodo preoperativo.
248/CFF a.........................................................................................................................................................................
258/CFF............................................................................................................................................................................
259/CFF Solicitud de inscripción en el RFC de personas
físicas que elaboren y enajenen artesanías.
260/CFF a.........................................................................................................................................................................
271/CFF............................................................................................................................................................................
272/CFF Solicitud de reimpresión de acuse de solicitud
de devolución, aviso de compensación o requerimiento.
273/CFF Solicitud de autorización para transmitir
activos y pasivos de un establecimiento permanente en el extranjero.
274/CFF Presentación
del dictamen por la transmisión de activos y pasivos de un establecimiento
permanente en el extranjero.
275/CFF Presentación
de la copia certificada de la resolución emitida por autoridad competente y
dictamen por la transmisión de activos y pasivos derivada de una resolución
emitida por autoridad competente.
|
Impuesto Sobre la Renta
1/ISR a...............................................................................................................................................................................
5/ISR..................................................................................................................................................................................
6/ISR Solicitud de
autorización para emitir monederos electrónicos de combustibles.
7/ISR Aviso de
renovación de la autorización y exhibición de la garantía para operar como
emisor de monederos electrónicos de combustibles.
8/ISR Aviso de
actualización de datos de los emisores autorizados de monederos electrónicos
de combustibles.
9/ISR..................................................................................................................................................................................
10/ISR Solicitud de
autorización para emitir monederos electrónicos de vales de despensa.
11/ISR Aviso de
renovación de la autorización y exhibición de la garantía para operar como
emisor de monederos electrónicos de vales de despensa.
12/ISR Aviso de
actualización de datos de los emisores autorizados de monederos electrónicos
de vales de despensa.
13/ISR a...... ......................................................................................................................................................................
16/ISR......... ......................................................................................................................................................................
17/ISR Solicitud de
nueva autorización para recibir donativos deducibles.
18/ISR a............................................................................................................................................................................
59/ISR......... ......................................................................................................................................................................
60/ISR Aviso para la
administración de planes personales de retiro.
61/ISR a............................................................................................................................................................................
90/ISR................................................................................................................................................................................
91/ISR Aviso que
presentan los contribuyentes dedicados a la actividad de autotransporte
terrestre de carga federal que ejercen la opción de enterar el 7.5 por ciento
por concepto de retenciones de ISR, para quedar relevados de cumplir con la
obligación de presentar la declaración informativa correspondiente al
ejercicio 2018.
|
92/ISR Aviso que
presentan los contribuyentes dedicados a las actividades agrícolas, ganaderas
o de pesca que ejercen la opción de enterar el 4 por ciento por concepto de
retenciones de ISR, para quedar relevados de cumplir con la obligación de
presentar la declaración informativa correspondiente al ejercicio 2018.
93/ISR Aviso de las
sociedades cooperativas de producción que realicen exclusivamente actividades
pesqueras o silvícolas, para dejar de observar el límite de 200 UMA´s.
94/ISR Aviso que
presentan los contribuyentes dedicados a la actividad de autotransporte
terrestre foráneo de pasaje y turismo que ejercen la opción de enterar el 7.5
por ciento por concepto de retenciones de ISR, para quedar relevados de
cumplir con la obligación de presentar la declaración informativa
correspondiente al ejercicio 2018.
95/ISR a............................................................................................................................................................................
110/ISR.............................................................................................................................................................................
111/ISR Aviso de los
residentes en el extranjero en el que manifiesten su voluntad de optar por la
facilidad administrativa establecida en la regla 3.20.6.
112/ISR a..........................................................................................................................................................................
119/ISR.............................................................................................................................................................................
120/ISR Aviso para
dejar sin efectos la autorización para emitir monederos electrónicos
utilizados en la adquisición de combustibles para vehículos marítimos, aéreos
y terrestres
121/ISR.............................................................................................................................................................................
122/ISR Aviso para
dejar sin efectos la autorización para emitir monederos electrónicos de vales
de despensa
126/ISR Aviso para la
liberación de la obligación de pagar erogaciones con transferencias
electrónicas, cheque nominativo, tarjeta o monedero electrónico.
127/ISR a..........................................................................................................................................................................
129/ISR.............................................................................................................................................................................
130/ISR Aviso previo de
ajustes de precios de transferencia realizado en términos de la regla
3.9.1.4., primer párrafo.
131/ISR a..........................................................................................................................................................................
133/ISR.............................................................................................................................................................................
134/ISR Aviso previo de
ajustes de precios de transferencia realizado en términos de la regla
3.9.1.4., segundo párrafo.
135/ISR.............................................................................................................................................................................
136/ISR
|
Impuesto al Valor Agregado
1/IVA a........ ......................................................................................................................................................................
5/IVA............ ......................................................................................................................................................................
6/IVA Consulta de
claves en el RFC para determinar a sujetos exentos del IVA.
7/IVA a...............................................................................................................................................................................
10/IVA......... ......................................................................................................................................................................
|
Impuesto Especial sobre Producción y Servicios
1/IEPS a...... ......................................................................................................................................................................
5/IEPS......... ......................................................................................................................................................................
6/IEPS Solicitud de
ministración de marbetes y precintos de bebidas alcohólicas de importación
para adherirse en depósito fiscal (Almacén General de Depósito).
7/IEPS......... ......................................................................................................................................................................
8/IEPS Solicitud de
ministración de marbetes y precintos de bebidas alcohólicas para adherirse en
el país de origen o en la aduana.
9/IEPS a...... ......................................................................................................................................................................
13/IEPS....... ......................................................................................................................................................................
14/IEPS Aviso de
celebración de contrato con terceros para fabricar, producir o envasar
bebidas alcohólicas.
15/IEPS Aviso de
terminación anticipada o vigencia del contrato.
16/IEPS a... ......................................................................................................................................................................
32/IEPS....... ......................................................................................................................................................................
33/IEPS Solicitud de
certificación como Proveedor de Servicios de Códigos de Seguridad en
cajetillas de cigarros.
34/IEPS....... ......................................................................................................................................................................
35/IEPS....... ......................................................................................................................................................................
36/IEPS Solicitud de
Códigos de Seguridad para impresión en cajetillas de cigarros.
37/IEPS....... ......................................................................................................................................................................
38/IEPS....... ......................................................................................................................................................................
39/IEPS Solicitud de
validación y opinión técnica del cumplimiento de requisitos tecnológicos y de
seguridad para solicitar la autorización para operar como proveedor de
servicios de códigos de seguridad para imprimir en las cajetillas de
cigarros.
40/IEPS a... ......................................................................................................................................................................
42/IEPS....... ......................................................................................................................................................................
43/IEPS Aviso que
deberán presentar los productores, fabricantes e importadores de cigarros y
otros tabacos labrados en el Portal del SAT para poder ingresar solicitudes
de códigos de seguridad.
44/IEPS....... ......................................................................................................................................................................
45/IEPS....... ......................................................................................................................................................................
|
Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículos
1/ISTUV.............................................................................................................................................................................
|
Impuesto Sobre Automóviles Nuevos
1/ISAN a..... ......................................................................................................................................................................
3/ISAN......... ......................................................................................................................................................................
|
Ley de Ingresos de la Federación
1/LIF a................................................................................................................................................................................
7/LIF...................................................................................................................................................................................
|
Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos
1/LISH a...... ......................................................................................................................................................................
10/LISH....... ......................................................................................................................................................................
|
Del Decreto por el que se otorgan diversos beneficios
fiscales a los contribuyentes que se indican, publicado en el DOF el 30 de
octubre de 2003 y modificado mediante Decretos publicados en el DOF el 12 de
enero de 2005, 12 de mayo, 28 de noviembre de 2006 y 4 de marzo de 2008
1/DEC-1
a.. ......................................................................................................................................................................
5/DEC-1...... ......................................................................................................................................................................
|
Decreto que otorga facilidades para el pago de los
impuestos sobre la renta y al valor agregado y condona parcialmente el
primero de ellos, que causen las personas dedicadas a las artes plásticas de
obras artísticas y antigüedades propiedad de particulares, publicado en el
DOF el 31 de octubre de 1994 y modificado el 28 de noviembre de 2006 y 5 de
noviembre de 2007
1/DEC-2 Avisos,
declaraciones y obras de arte propuestas en pago de los impuestos por la
enajenación de obras artísticas y antigüedades propiedad de particulares.
2/DEC-2 Aviso de las
obras de arte recibidas en donación o entregadas a museos para su exhibición
y conservación.
3/DEC-2 Solicitud de
prórroga para acudir a recoger las obras de arte plásticas asignadas a
Entidades Federativas o a Municipios.
|
Del Decreto por el que se fomenta la renovación del
parque vehicular del autotransporte, publicado en el DOF el 26 de marzo de
2015
1/DEC-3
a.. ......................................................................................................................................................................
7/DEC-3 ...........................................................................................................................................................................
|
Decreto por el que se otorgan diversos beneficios
fiscales a los contribuyentes de las zonas de los Estados de Campeche y
Tabasco, publicado en el DOF el 11 de mayo de 2016
1/DEC-4............................................................................................................................................................................
2/DEC-4...... ......................................................................................................................................................................
|
Del Decreto por el que se otorgan estímulos fiscales para
incentivar el uso de medios electrónicos de pago y de comprobación fiscal,
publicado en el DOF el 30 de septiembre de 2016, modificado mediante
Decreto publicado en el DOF el 13 de noviembre de 2017.
1/DEC-5
a.. ......................................................................................................................................................................
6/DEC-5...... ......................................................................................................................................................................
|
Del Decreto por el que establecen
estímulos fiscales a la gasolina y el diésel en los sectores pesquero y
agropecuario, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2015.
1/DEC-6...... ......................................................................................................................................................................
|
Del Decreto por el que se otorgan
diversos beneficios fiscales a los contribuyentes de las zonas afectadas que
se indican por el sismo ocurrido el 7 de septiembre de 2017, publicado en el
DOF el 11 de septiembre de 2017.
1/DEC-7
a.........................................................................................................................................................................
3/DEC-7...... ......................................................................................................................................................................
|
Del Decreto
por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes de
las zonas afectadas que se indican por el sismo ocurrido el 19 de septiembre
de 2017, publicado en el DOF el 2 de octubre de 2017.
1/DEC-8
a.. ......................................................................................................................................................................
3/DEC-8...... ......................................................................................................................................................................
|
Ley Federal de Derechos
1/DERECHOS .................................................................................................................................................................
|
.............................................................................................................................................................................................
1.2. Identificaciones
oficiales, comprobantes de domicilio y poderes
Para
efectos de este Anexo se entenderá, salvo que se señale en el mismo lo
contrario, por:
A. Identificación
oficial, cualquiera de las siguientes:
(…)
B.
Comprobante de domicilio, cualquiera de los siguientes documentos:
1. Estado de
cuenta a nombre del contribuyente que proporcionen las instituciones del
sistema financiero, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, no
será necesario que se exhiba pagado.
2. Último
recibo del impuesto predial a nombre del contribuyente, el mismo no deberá
tener una antigüedad mayor a 4 meses, tratándose de recibo anual deberá
corresponder al ejercicio en curso, no será necesario que se exhiba pagado.
3. Último
recibo de los servicios de luz, gas, televisión de paga, internet, teléfono o
de agua a nombre del contribuyente, el mismo no deberá tener una antigüedad
mayor a 4 meses, no será necesario que se exhiban pagados.
4. Última
liquidación a nombre del contribuyente del Instituto Mexicano del Seguro
Social.
5. Contratos
de:
a) Arrendamiento
o subarrendamiento suscritos por el contribuyente, en ambos casos, el
arrendador o subarrendador deberá estar inscrito y activo en el RFC, y cuando
el arrendador o subarrendador sea una persona física tendrá que estar inscrito
en el Régimen de Arrendamiento y adjuntar al contrato copia simple de su
identificación oficial.
En este
caso, el contrato de arrendamiento deberá cumplir con las formalidades
requeridas por las disposiciones legales tales como nombre y firma de las
partes que lo suscriben, el objeto del contrato, las cláusulas y declaraciones
a las que se sujetaran, por mencionar algunas.
b) Prestación
de servicios a nombre del contribuyente, en el que se incluya el uso de una
oficina o espacio de trabajo, suscrito con un plazo mínimo de 6 meses,
acompañado del recibo de pago que cumpla con los requisitos fiscales.
c) Fideicomiso
formalizado ante Fedatario Público.
d) Apertura de
cuenta bancaria suscrito por el contribuyente, el mismo no deberá tener una
antigüedad mayor a 3 meses.
e) Servicio de
luz, teléfono o agua suscrito por el contribuyente, que no tenga una antigüedad
mayor a 2 meses.
6. Carta de
radicación o de residencia a nombre del contribuyente expedida por los
Gobiernos Estatal, Municipal o sus similares en la Ciudad de México, conforme a
su ámbito territorial, que no tenga una antigüedad mayor a 4 meses.
7. Comprobante
de alineación y número oficial emitido por el Gobierno Estatal, Municipal o su
similar en la Ciudad de México a nombre del contribuyente, dicho comprobante
deberá contener el domicilio fiscal, con una antigüedad no mayor a 4 meses.
8. Recibo
oficial u orden de pago expedido por el gobierno estatal, municipal o su
similar en la Ciudad de México a nombre del contribuyente, dicho comprobante
deberá contener el domicilio fiscal, con una antigüedad no mayor a 4 meses,
tratándose de pago anual deberá corresponder al ejercicio en curso), no será
necesario que se exhiban pagados.
9. En el
caso de los asalariados y de los contribuyentes sin actividad económica, la
credencial para votar emitida por el Instituto Nacional Electoral (antes
Instituto Federal Electoral) vigente.
10. En el caso
de inscripción en el RFC de personas morales extranjeras, podrán presentar la
Autorización de Oficina de Representación o Toma de Nota de Domicilio,
expedidas por la Secretaría de Economía, siempre que éstas contengan la
información del domicilio en donde se llevarán a cabo las actividades
económicas. Este documento deberá ser expedido a nombre de la persona moral.
11. Cédula de
empadronamiento de mercados públicos expedida a nombre del contribuyente,
acompañada del formato de pago de derechos más reciente, el cual deberá
exhibirse pagado.
Para los
trámites que realicen las personas físicas, los comprobantes de domicilio
podrán estar a nombre de un tercero, excepto los previstos en los numerales 1,
4, 5 incisos c) y d) y 6 del presente apartado, siempre y cuando cumplan con
los requisitos respectivos.
La autoridad
fiscal podrá aceptar para el trámite de inscripción en el RFC de una persona
moral los comprobantes de domicilio establecidos en los numerales 1, 2, 3, 5
incisos a), b), d) y e) del presente apartado que se encuentren a nombre de uno
de los socios o accionistas, siempre y cuando cumplan con los requisitos
previstos en dichos numerales, para cualquier otro trámite los comprobantes de
domicilio deberán estar a nombre de la persona moral.
.............................................................................................................................................................................................
Código Fiscal de la
Federación
2/CFF Aclaración a la opinión del cumplimiento de obligaciones
fiscales
|
¿Quiénes lo presentan?
Personas físicas y morales.
|
¿Dónde se presentan?
o En
el Portal del SAT, en el apartado de trámites, en “Mi Portal”, servicios por
internet, aclaraciones, eligiendo la etiqueta:
·
“RFC opinión del cumpl”, tratándose de
aclaraciones de la situación fiscal en el padrón del RFC.
·
“Créditos (opinión del cumplim)”, tratándose de
créditos fiscales o sobre el otorgamiento de garantías,
·
“Dec opinión del cumpl”, tratándose de
presentación de declaraciones, y
·
“Opinión del cumpl cero/CFDI”, tratándose de declaraciones
presentadas en cero, pero con CFDI emitido.
o A través de buzón tributario.
|
¿Qué documento se obtiene?
·
Acuse de recibo de aclaración.
·
Cuando es procedente la aclaración, la opinión
del cumplimiento.
·
Cuando es improcedente, la respuesta a la aclaración.
|
¿Cuándo se presenta?
En cualquier momento cuando no esté conforme con la opinión del
cumplimiento.
|
Requisitos:
Adjuntar archivo digitalizado del soporte de la aclaración.
|
Condiciones
Contar con Contraseña o e.firma.
|
Información adicional
No aplica.
|
Disposiciones jurídicas aplicables
Reglas 2.1.28., 2.1.39. RMF.
|
.............................................................................................................................................................................................
6/CFF Solicitud de constancia de residencia para efectos fiscales
|
¿Quiénes
lo presentan?
Personas
físicas y morales que requieran acreditar su residencia fiscal en México
|
¿Dónde
se presenta?
En
una ADSC, previa cita registrada en el Portal del SAT, SAT Móvil o Portal
GOB.MX.
|
¿Qué
documentos se obtienen?
·
Forma oficial 36 sellada como acuse de recibo.
·
Forma oficial 36 con la certificación de Constancia de
Residencia para Efectos Fiscales.
|
¿Cuándo
se presenta?
Cuando
el contribuyente requiera acreditar su residencia fiscal en otro país con el
que México tenga celebrado un tratado para evitar la doble tributación.
|
Requisitos:
1. Forma
oficial 36, “CONSTANCIA DE RESIDENCIA PARA EFECTOS FISCALES” (por duplicado).
2. Original y
copia simple de cualquier identificación oficial vigente de las señaladas en
el inciso A) del apartado de Definiciones de este Anexo del contribuyente o
representante legal. Se podrá omitir la presentación de la identificación
oficial, si cuenta con e.firma en cuyo caso se confirmará su identidad a
través de huella digital.
3. Poder
notarial para actos de administración, dominio o especial, en caso de
representación legal, o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas
las firmas del otorgante y testigos ante las autoridades fiscales, Notario o
Fedatario Público (copia simple y original para cotejo).
4. En caso de
padres o tutores que ejerzan la patria potestad o tutela de menores de edad y
actúen como representantes de los mismos, para acreditar la paternidad o
tutela, proporcionarán:
·
Copia certificada del acta de nacimiento del menor, expedida
por el Registro Civil u obtenida en el Portal
www.gob.mx/actas (Formato Único), Cédula de Identidad Personal, expedida por
la Secretaría de Gobernación a través del Registro Nacional de Población o
resolución judicial o documento emitido por fedatario público en el que
conste la patria potestad o la tutela (copia simple y original para cotejo).
·
Manifestación por escrito de conformidad de los padres para que
uno de ellos actúe como representante del menor, acompañado de las copias
simples de sus identificaciones oficiales vigentes cualquiera de las
señaladas en el inciso A) del apartado de Definiciones de este Anexo (original).
·
Identificación oficial vigente de las señaladas en el inciso A)
del apartado de Definiciones de este Anexo, del (los) padre(s) o tutor(es)
que funja(n) como representante(s) del menor (original para cotejo).
5. Constancia de
Percepciones y Retenciones o los Comprobantes Fiscales Digitales de Nómina en
el caso de personas físicas que presten servicios personales subordinados
(copia simple).
6. Acta
constitutiva, tratándose de personas morales (copia simple y original para
cotejo).
7. Que
el estado del domicilio fiscal y del contribuyente sea distinto a no
localizado.
8. Que
el contribuyente se encuentre al corriente en el cumplimiento de sus
obligaciones fiscales, acreditándolo con la opinión de cumplimiento positiva.
9. Que el contribuyente no se encuentre en el listado de contribuyentes
que realizan operaciones inexistentes que da a conocer el SAT.
Para
la entrega de la forma oficial 36 con la certificación de la autoridad,
deberá acudir a la ADSC en la que inició el trámite con una identificación
oficial vigente de las señaladas en el inciso A) del apartado de Definiciones
de este Anexo, del solicitante o del padre o tutor que funja como
representante legal del menor o resolución judicial o documento emitido por
fedatario público en el que conste la patria potestad o la tutela.
|
Condiciones:
·
Haber presentado la declaración anual del ejercicio inmediato
anterior, en el caso de que la persona que solicita la constancia hubiere
estado obligada conforme al régimen establecido en la Ley del ISR.
·
Que el contribuyente no se encuentre registrado sin
obligaciones fiscales.
|
Información
adicional:
La
constancia se puede expedir por tiempo indefinido o bien por periodos
transcurridos, cuando el solicitante opte por señalar el plazo específico.
|
Disposiciones
jurídicas aplicables
Arts.
9 CFF, 4 LISR, Regla 2.1.3. RMF.
|
.............................................................................................................................................................................................
9/CFF Solicitud de Devolución de saldos a favor del
ISR
|
¿Quiénes
lo presentan?
Personas
físicas y morales que deseen solicitar devolución del saldo a favor.
|
¿Dónde
se presenta?
En
el Portal del SAT.
|
¿Cuándo
se presenta?
Dentro
de los cinco años siguientes a la fecha en que se haya determinado el saldo a
favor.
|
¿Qué
documento se obtiene?
Acuse
de recibo.
|
Requisitos:
Ver Tabla 9
|
Condiciones:
No
aplica
|
Información
adicional:
Con
el número de folio se puede dar seguimiento a la solicitud de devolución, a
través de buzón tributario (consultas) o en el Portal del SAT (trámites).
|
Disposiciones jurídicas aplicables
Art.
22 CFF, Reglas 2.3.2., 2.3.9. RMF.
|
Tabla 9
Solicitud de Devolución
de saldos a favor del Impuesto Sobre la Renta
|
No
|
DOCUMENTO
|
PERSONAS MORALES
|
PERSONAS FÍSICAS
|
ASALARIADOS
|
SERVICIOS PROFESIONALES
|
ARRENDADOR
|
ACTIVIDAD EMPRESARIAL
|
ENAJENACIÓN DE BIENES
|
OTROS INGRESOS
|
1
|
Deberá adjuntar en archivo con formato *.zip de forma digitalizada las
constancias de retenciones con firma, y sello del emisor en los que consten
las retenciones de ISR; documentación comprobatoria de impuesto pagado en el
extranjero; entre otros.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
2
|
Escrito en el que se manifieste la proporción de su participación en
la copropiedad y nombre del representante común, así como la hoja de trabajo
que muestre el cálculo realizado para autodeterminarse la parte que le
corresponde de los ingresos por copropiedad.
|
|
|
|
X
|
X
|
X
|
X
|
3
|
Tratándose de ingresos provenientes por fideicomisos, contrato de
fideicomiso, con firma del fideicomitente, fideicomisarios o de sus
representantes legales, así como del representante legal de la institución
financiera.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
4
|
En su caso, papel de trabajo o escrito en el que se manifieste el
acreditamiento de IDE en los pagos efectuados.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
5
|
En su caso comprobantes fiscales y estados de cuenta que comprueben la
aplicación del Decreto por Servicios Educativos y los comprobantes que
amparen el 80% de las deducciones personales manifestadas en su declaración.
|
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
6
|
Contar con Contraseña y Certificado de e.firma o con e.firma Portable
a efecto de ingresar a la aplicación Solicitud de Devolución.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
7
|
En el caso, de presentar documentación adicional, no señalada o
enunciada en los puntos anteriores, ésta deberá adicionarse a su trámite en
forma digitalizada (archivo con formato *.zip).
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
8
|
Papel de trabajo en el que se desglose la determinación y entero de
los pagos provisionales manifestados en la declaración anual.
|
X
|
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
9
|
Estado de cuenta expedido por la Institución Financiera que no exceda
de 2 meses de antigüedad, que contenga la clave en el RFC del contribuyente
que lleva a cabo la solicitud y el número de cuenta bancaria activa (CLABE).
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
Nota: Los
documentos originales se digitalizan para su envío.
Tratándose
de Personas Físicas con saldos iguales o menores a $10,000.00 (Diez mil pesos
00/100 M.N.) que no cuenten con Certificado de e.firma o con e.firma
Portable, que en términos del Art. 27 del CFF, no estén obligados a
inscribirse ante el RFC, podrán presentar la solicitud de devolución previa
cita en cualquier ADSC presentando los requisitos en dispositivo magnético
digitalizados.
Tratándose
de remanentes de los saldos a favor de ISR no compensados por los patrones, se
estará a lo dispuesto por la ficha 13/CFF Solicitud de Devolución de cantidades
a favor de otras Contribuciones.
Tratándose de Personas Físicas que
soliciten la devolución del saldo a favor del ISR en la declaración del
ejercicio de conformidad con lo dispuesto en la regla 2.3.2., se estará a los
términos de la misma.
DOCUMENTACIÓN
QUE PODRÁ SER REQUERIDA POR LA AUTORIDAD
Solicitud de Devolución de saldos a favor del Impuesto Sobre la Renta
|
No
|
DOCUMENTO
|
PERSONAS MORALES
|
PERSONAS FÍSICAS
|
|
ASALARIADOS
|
SERVICIOS PROFESIONALES
|
ARRENDADOR
|
ACTIVIDAD EMPRESARIAL
|
ENAJENACIÓN DE BIENES
|
OTROS INGRESOS
|
1
|
Documentos que deban presentarse conjuntamente con la solicitud de
devolución y que hayan sido omitidos, o ésta y/o sus anexos, se hayan
presentado con errores u omisiones.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
2
|
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar
inconsistencias determinadas por la autoridad.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
3
|
Tratándose de residentes en el extranjero que tengan un
establecimiento permanente en el país, la certificación de residencia fiscal,
o bien, la certificación de la presentación de la declaración del último
ejercicio del ISR y en su caso, escrito de aclaración cuando apliquen beneficios
de los tratados en materia fiscal que México tenga en vigor.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
4
|
Escrito en el que aclare la diferencia del saldo a favor manifestado
en la declaración y el determinado por la autoridad.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
5
|
Papel de trabajo o escrito en el que aclare la integración del monto
de pagos provisionales manifestados en la declaración del ejercicio y en su
caso, los pagos provisionales correspondientes.
|
X
|
|
X
|
X
|
X
|
|
X
|
6
|
Escrito o papel de trabajo en el que aclare la cifra manifestada en la
declaración por concepto de acreditamientos, estímulos o reducciones por
existir diferencias con lo determinado por la autoridad.
|
X
|
|
|
X
|
X
|
|
|
7
|
Para contribuyentes del sector agropecuario: Escrito en el que aclare
la determinación de los ingresos exentos, por existir diferencias contra lo
determinado por la autoridad.
|
|
|
|
|
X
|
|
|
8
|
En caso de que el retenedor no haya presentado la declaración
informativa, comprobar la relación laboral o comercial con la presentación
de:
·
Recibo de nómina.
·
Estados de Cuenta que expidan los
sujetos a que se refiere el artículo 29 del CFF, con los depósitos por
concepto de pago de nómina.
·
Comprobantes fiscales que amparen
pagos de arrendamiento u honorarios.
·
Estados de Cuenta que expidan los
sujetos a que se refiere el artículo 29 del CFF, con las retenciones.
·
Constancia de sueldos, salarios,
conceptos asimilados, crédito al salario y subsidios para el empleo y para la
nivelación del ingreso.
|
|
X
|
X
|
X
|
|
|
X
|
9
|
Comprobantes fiscales:
·
Tratándose de CFDI, proporcionar
el número de folio.
·
Comprobante Fiscal Digital (CFD),
vigente hasta, 2013
·
Comprobante Fiscal impreso con
Dispositivo de Seguridad, vigente hasta, 2013
·
Comprobante fiscal impreso por
establecimiento autorizado hasta diciembre de 2010
·
En su caso, Estados de Cuenta que
expida la Institución Financiera.
·
Comprobantes fiscales emitidos
conforme a las facilidades administrativas.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
9-A
|
Escrito en el que se detalle la determinación del ingreso acumulable y
no acumulable, por existir diferencias con el determinado por la autoridad.
|
|
X
|
|
|
|
X
|
|
10
|
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar su situación
fiscal ante el RFC.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
11
|
Hoja de trabajo que muestre el cálculo realizado y la tasa aplicada
para auto determinarse el ISR por enajenación de bienes, conforme a lo dispuesto
en el artículo 120 de la Ley del ISR.
|
|
|
|
|
|
X
|
|
12
|
Hoja de trabajo que muestre el cálculo realizado y la forma en que
efectuó la acumulación de los ingresos por dividendos para auto determinarse
el ISR.
|
|
|
|
|
|
|
X
|
Nota: Tratándose
de escritos libres, éstos deberán contener la firma del contribuyente o del
representante legal, en su caso
10/CFF Solicitud
de Devolución de saldos a favor del IVA
|
¿Quiénes
lo presentan?
Personas
físicas y morales que deseen solicitar devolución del saldo a favor.
|
¿Dónde
se presenta?
En
el Portal del SAT.
|
¿Cuándo
se presenta?
Dentro
de los cinco años siguientes a la fecha en que se haya determinado el saldo a
favor.
|
¿Qué
documento se obtiene?
Acuse
de recibo.
|
Requisitos:
Ver Tabla 10
|
Condiciones:
No
aplica
|
Información
adicional:
Con
el número de folio se puede dar seguimiento a la solicitud de devolución, a
través de buzón tributario (consultas) o en el Portal del SAT (trámites).
|
Disposiciones jurídicas aplicables
Art.
22 CFF, Reglas 2.3.4., 2.3.9., 4.1.5. RMF.
|
Tabla 10
Solicitud de Devolución de saldos a favor de Impuesto
al Valor Agregado
|
No
|
DOCUMENTO
|
|
ALTEX
|
CERTIFICADA
IMMEX
|
IMMEX
|
IVA
|
1
|
Anexo
7 “Determinación del saldo a favor
de IVA”, para persona física, los cuales se obtienen en el Portal del SAT al
momento que el contribuyente ingresa al FED.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
2
|
Anexo
7-A “Hoja de trabajo para integrar
el Impuesto al Valor Agregado”, para persona física, los cuales se obtienen
en el Portal del SAT al momento que el contribuyente ingresa al FED.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
3
|
Tratándose
de contribuyentes que proporcionen el suministro de agua para uso doméstico,
que hayan obtenido la devolución de saldos a favor del IVA deberán presentar
la forma oficial 75 “Aviso de destino del saldo a favor de IVA”.
|
|
|
|
X
|
4
|
Tratándose
de actos o actividades derivadas de fideicomisos, el contrato de fideicomiso,
con firma del fideicomitente, fideicomisarios o de sus representantes
legales, así como del representante legal de la institución financiera y en
su caso:
·
Documento mediante el cual los
fideicomisarios o el fideicomitente manifiesta su voluntad de ejercer la
opción prevista por el artículo 74 del Reglamento de la Ley del IVA.
·
Documento mediante el cual la
institución fiduciaria acepta la responsabilidad solidaria para ejercer la
opción prevista por el artículo 74 del Reglamento de la Ley del IVA.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
5
|
Contar
con Contraseña y Certificado de e.firma o con e.firma Portable a efecto de
ingresar a la aplicación Solicitud de Devolución.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
6
|
En
el caso, de presentar documentación adicional, no señalada o enunciada en los
puntos anteriores, esta deberá adicionarse a su trámite en forma digitalizada
(archivo con formato *.zip).
|
X
|
X
|
X
|
X
|
7
|
Estado
de cuenta expedido por la Institución Financiera que no excedan de 2 meses de
antigüedad, que contengan la clave en el RFC del contribuyente que lleva a
cabo la solicitud y el número de cuenta bancaria activa (CLABE).
|
X
|
X
|
X
|
X
|
Nota: No
se deberá considerar como obligatorio el anexar al trámite como parte de los
comprobantes de impuesto pagado, las facturas de operaciones realizadas con
proveedores, arrendadores o prestadores de servicios y de comercio exterior,
los cuales sólo podrán solicitarse mediante requerimiento de información
adicional.
Los
documentos originales se digitalizan para su envío.
Tratándose
de Personas Físicas con saldos iguales o menores a $10,000.00 (Diez mil pesos.
00/100 M.N.) que no cuenten con el Certificado de e.firma o con e.firma
Portable, que en términos del Art. 27 del CFF, no estén obligados a
inscribirse ante el RFC, podrán presentar la solicitud de devolución previa
cita en cualquier la ADSC, presentando su identificación oficial vigente de las
señaladas en el inciso A) del apartado de Definiciones de este Anexo y los
requisitos en dispositivo magnético digitalizados.
DOCUMENTACIÓN QUE
PODRÁ SER REQUERIDA POR LA AUTORIDAD
Solicitud de Devolución
de saldos a favor de Impuesto al Valor Agregado
|
No
|
DOCUMENTO
|
|
ALTEX
|
CERTIFICADA IMMEX
|
IMMEX
|
IVA
|
1
|
Documentos que deban presentarse conjuntamente con la
solicitud de devolución y que hayan sido omitidos o ésta y/o sus anexos, se
hayan presentado con errores u omisiones.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
2
|
Los datos, informes o documentos necesarios para
aclarar inconsistencias determinadas por la autoridad.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
3
|
Tratándose de residentes en el extranjero que tengan
un establecimiento permanente en el país, la certificación de residencia
fiscal, o bien, la certificación de la presentación del último ejercicio del
ISR, y en su caso, escrito de aclaración cuando apliquen beneficios de los
tratados en materia fiscal que México tenga en vigor.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
4
|
Escrito en el que aclare la diferencia en el saldo a
favor manifestado en la declaración y el determinado por la autoridad.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
5
|
Escrito en el que se indique la determinación del
monto de IVA acreditable, cuando exista diferencia determinada por la
autoridad.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
6
|
Comprobantes fiscales:
·
Tratándose de CFDI, proporcionar
el número de folio.
·
Comprobante Fiscal Digital (CFD)
emitido hasta diciembre de 2013.
·
Comprobante Fiscal impreso con
Dispositivo de Seguridad, vigente hasta 2013.
·
Comprobante fiscal impreso por
establecimiento autorizado hasta diciembre de 2010.
·
En su caso, Estados de Cuenta que
expida la Institución Financiera.
·
Comprobantes fiscales emitidos
conforme a las facilidades administrativas.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
7
|
En caso de que la actividad preponderante no se lleve
a cabo en el domicilio fiscal señalado en el RFC, escrito libre en el que
indique “bajo protesta de decir verdad” el domicilio en el que realiza la
actividad y, en su caso, aviso de apertura de establecimiento.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
8
|
En caso de que el contribuyente no se encuentre
relacionado en el Padrón de Empresas Altamente Exportadoras o Certificadas
IMMEX, escrito libre en el que aclare su situación respecto de dicho
Registro.
|
X
|
X
|
X
|
|
9
|
Los datos, informes o documentos necesarios para
aclarar su situación fiscal ante el RFC.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
Nota: Tratándose
de escritos libres, éstos deberán contener la firma del contribuyente o del
representante legal, en su caso.
11/CFF Solicitud de Devolución de saldos a favor del
IMPAC por recuperar
|
¿Quiénes
lo presentan?
Personas
físicas y morales que determinen en el ejercicio que el ISR es mayor al IMPAC
causado.
|
¿Dónde
se presenta?
En
el Portal del SAT.
|
¿Cuándo
se presenta?
Cuando
se haya presentado la declaración del ejercicio.
|
¿Qué
documento se obtiene?
Acuse
de recibo.
|
Requisitos:
Ver Tabla 11
|
Condiciones:
No
aplica
|
Información
adicional:
Con
el número de folio se puede dar seguimiento a la solicitud de devolución, a
través de buzón tributario (consultas) o en el Portal del SAT (trámites).
|
Disposiciones jurídicas aplicables
Arts.
22 CFF, Tercero Transitorio LIETU, Reglas 2.3.2., 2.3.9. RMF.
|
Tabla
11
Solicitud de Devolución
de saldos a favor del IMPAC por recuperar
|
No
|
DOCUMENTO
|
IMPAC POR RECUPERAR
|
1
|
Para los casos de declaraciones correspondientes al
ejercicio 2006 o anteriores, la(s) declaración(es) normal y
complementaria(s), en su caso, donde se deriva el Impuesto al Activo a
recuperar.
|
X
|
2
|
Para los casos de declaraciones correspondientes al
ejercicio 2006 y anteriores, los pagos provisionales normal y complementarios
correspondientes a los ejercicios por los que se pagó IMPAC a recuperar.
|
X
|
3
|
Contar con Contraseña y Certificado de e.firma o
e.firma Portable a efecto de ingresar a la aplicación Solicitud de
Devolución.
|
X
|
4
|
Tratándose de trámites que previamente la autoridad
fiscal tuvo por desistidos, deberá adicionarse al nuevo trámite en forma
digitalizada (archivo con formato *.zip), la siguiente documentación:
·
El oficio de desistimiento
correspondiente.
·
La documentación y/o información
omitida, motivo del desistimiento.
|
X
|
5
|
En el caso, de presentar documentación adicional, no
señalada o enunciada en los puntos anteriores, esta deberá adicionarse a su
trámite en forma digitalizada. (archivo con formato *.zip)
|
X
|
6
|
Estado de cuenta expedido por la Institución
Financiera que no excedan de 2 meses de antigüedad, que contengan la clave en
el RFC del contribuyente que lleva a cabo la solicitud y el número de cuenta
bancaria activa (CLABE).
|
X
|
Nota: Tratándose
de Personas Físicas con saldos iguales o menores a $10,000.00 (Diez mil pesos.
00/100 M.N.) que no cuenten con el Certificado de e.firma o con e.firma
Portable, que en términos del Art. 27 del CFF, no estén obligados a
inscribirse ante el RFC, podrán presentar la solicitud de devolución previa
cita en cualquier ADSC, presentando los requisitos en dispositivo magnético
digitalizados y su identificación oficial vigente de las señaladas en el inciso
A) del apartado de Definiciones de este Anexo.
Los
documentos originales se digitalizan para su envío.
DOCUMENTACIÓN
QUE PODRÁ SER REQUERIDA POR LA AUTORIDAD
No
|
DOCUMENTO
|
IMPAC POR RECUPERAR
|
1
|
Documentos que deban presentarse conjuntamente con la
solicitud de devolución y que hayan sido omitidos o ésta y/o sus anexos, se
hayan presentado con errores u omisiones.
|
X
|
2
|
Los datos, informes o documentos necesarios para
aclarar inconsistencias determinadas por la autoridad.
|
X
|
3
|
Tratándose de residentes en el extranjero que tengan
un establecimiento permanente en el país, la certificación de residencia
fiscal, o bien, la certificación de la presentación de la declaración del
último ejercicio del ISR, y en su caso, escrito de aclaración cuando apliquen
beneficios de los tratados en materia fiscal que México tenga en vigor.
|
X
|
4
|
Papel de trabajo o escrito en el que se aclare la
integración del monto de pagos provisionales manifestados en la declaración
del ejercicio, en materia de ISR, cuando se acredite el saldo a favor de ISR
contra IMPAC.
|
X
|
5
|
En su caso, escrito o papel de trabajo de la cifra
manifestada en la declaración por concepto de acreditamientos, estímulos o
reducciones por existir diferencia con lo determinado por la autoridad.
|
X
|
6
|
Escrito libre en el que manifieste bajo protesta de
decir verdad, aclarando respecto a las compensaciones aplicadas por el
contribuyente, por existir diferencias contra lo determinado por la
autoridad.
|
X
|
7
|
Los datos, informes o documentos necesarios para
aclarar su situación fiscal ante el RFC.
|
X
|
Nota: Tratándose
de escritos libres, éstos deberán contener la firma del contribuyente o del
representante legal, en su caso.
12/CFF Solicitud
de Devolución de saldos a favor del IEPS, Crédito Diésel o biodiésel y sus
mezclas
|
¿Quiénes
lo presentan?
Personas
físicas que soliciten la devolución del IEPS cuyos ingresos en el ejercicio
inmediato anterior no hayan excedido de veinte veces el valor anual de la
Unidad de Medida y Actualización vigente en el año 2017.
Personas
morales cuyos ingresos no excedan de veinte veces el valor anual de la Unidad
de Medida y Actualización vigente en el año 2017, por cada socio o asociado
sin exceder de doscientas veces el valor anual de la Unidad de Medida y
Actualización vigente en el año 2017.
|
¿Dónde
se presenta?
En
el Portal del SAT.
|
¿Cuándo
se presenta?
En
forma trimestral, en los meses de abril, julio, octubre y enero del siguiente
año.
|
¿Qué
documento se obtiene?
Acuse
de recibo.
|
Requisitos:
Ver Tabla 12
|
Condiciones:
No
aplica
|
Información
adicional:
Con
el número de folio se puede dar seguimiento a la solicitud de devolución, a
través de buzón tributario (consultas) o en el Portal del SAT (trámites).
|
Disposiciones jurídicas aplicables
Art.
22 CFF, Reglas 2.3.2., 2.3.9., 9.6. RMF.
|
Tabla 12
Solicitud de Devolución de
saldos a favor del IEPS crédito Diésel o biodiésel y sus mezclas
|
No
|
DOCUMENTO
|
1
|
Declaraciones del ejercicio inmediato anterior o
escrito libre en el que manifiesten que sus ingresos en el ejercicio
inmediato anterior no excedieron de los montos manifestados en el artículo
16, Apartado A, fracción III de la LIF, para personas físicas y morales,
según se trate, sí como la forma en que están cumpliendo con sus obligaciones
fiscales de conformidad con las Secciones I o II del Capítulo II del Título
IV de la Ley del ISR para personas físicas o del Capítulo VIII del Título II
de la misma Ley para personas morales.
|
2
|
Asimismo, se deberá enviar la siguiente
documentación:
·
Para acreditar el régimen de
propiedad de la unidad de producción: el título de propiedad, escritura
pública o póliza, Certificado de derechos agrarios o parcelarios o actos de
asamblea.
·
Para acreditar el Régimen de
posesión legal de la unidad de producción: los contratos de arrendamiento,
usufructo, aparcería, concesión, entre otros.
·
Si están sujetos al Régimen
hídrico, las boletas o de los títulos de concesión de derechos de agua.
·
Régimen del bien en el que se
utiliza el diesel o biodiésel y sus mezclas: los comprobantes a nombre del
contribuyente con los que acrediten la propiedad, copropiedad o, tratándose
de la legítima posesión, las documentales que acrediten la misma, como pueden
ser de manera enunciativa, escritura pública o póliza, contratos de
arrendamiento, de préstamos o de usufructo entre otros.
·
Tratándose de personas morales,
además de lo anterior, presentar el acta constitutiva, debidamente inscrita
en el Registro Público, que exprese que su objeto social es
preponderantemente la actividad agropecuaria.
|
3
|
La CURP del contribuyente persona física, tratándose
de personas morales CURP del representante legal.
|
4
|
En su caso, deberá adjuntar en archivo con formato
*.zip de forma digitalizada los comprobantes fiscales en los que conste el
precio de adquisición de diesel o biodiésel y sus mezclas, las cuales deberán
reunir los requisitos de los artículos 29 y 29-A del CFF. (Sin que sea
necesario que contengan desglosado expresamente y por separado el IEPS por
diésel o biodiésel y sus mezclas trasladado cuando se adquiera en estaciones
de servicio).
|
5
|
Contar con Contraseña y Certificado de e.firma o con
e.firma Portable a efecto de ingresar a la aplicación Solicitud de
Devolución.
|
6
|
En el caso, de presentar documentación adicional, no
señalada o enunciada en los puntos anteriores, esta deberá adicionarse a su
trámite en forma digitalizada (archivo con formato *.zip).
|
7
|
Estado de cuenta expedido por la Institución
Financiera que no excedan de 2 meses de antigüedad, que contengan la clave en
el RFC del contribuyente que lleva a cabo la solicitud y el número de cuenta
bancaria activa (CLABE).
|
8
|
Registro de control de consumo de diesel o biodiésel
y sus mezclas.
|
Nota: Los
documentos originales se digitalizan para su envío.
Tratándose
de Personas Físicas con saldos iguales o menores a $10,000.00 (Diez mil pesos.
00/100 M.N.) que no cuenten con el Certificado de e.firma o con e.firma
Portable, que en términos del Art. 27 del CFF, no estén obligados a
inscribirse ante el RFC, podrán presentar la solicitud de devolución previa
cita en cualquier ADSC, presentando su identificación oficial vigente de las
señaladas en el inciso A) del apartado de Definiciones de este Anexo y los
requisitos en dispositivo magnético digitalizados.
DOCUMENTACIÓN
QUE PODRÁ SER REQUERIDA POR LA AUTORIDAD
Solicitud
de Devolución de saldos a favor del IEPS crédito Diésel o biodiésel y sus
mezclas
|
No
|
DOCUMENTO
|
1
|
Documentos que deban presentarse conjuntamente con la
solicitud de devolución y que hayan sido omitidos o ésta y/o sus anexos, se
hayan presentado con errores u omisiones.
|
2
|
Comprobantes fiscales:
·
Tratándose de CFDI, proporcionar
el número de folio.
·
Comprobante Fiscal Digital (CFD)
emitido hasta diciembre de 2013.
·
Comprobante Fiscal impreso con
Dispositivo de Seguridad, vigente hasta 2013.
·
Comprobante Fiscal impreso por
establecimiento autorizado hasta diciembre de 2010.
·
En su caso, Estados de Cuenta que
expida la Institución Financiera.
|
3
|
Tratándose de residentes en el extranjero que tengan
un establecimiento permanente en el país, la certificación de residencia
fiscal, o bien, la certificación de la presentación de la declaración del
último ejercicio del ISR y, en su caso, escrito de aclaración cuando apliquen
beneficios de los tratados en materia fiscal que México tenga en vigor.
|
4
|
Los datos, informes o documentos necesarios para
aclarar inconsistencias determinadas por la autoridad.
|
5
|
Los datos, informes o documentos necesarios para
aclarar su situación fiscal ante el RFC.
|
Nota: Tratándose
de escritos libres, éstos deberán contener la firma del contribuyente o del
representante legal, en su caso
13/CFF Solicitud
de Devolución de cantidades a favor de otras Contribuciones
|
¿Quiénes
lo presentan?
Personas
físicas y morales que pagaron cantidades indebidamente.
Personas
físicas con ingresos por sueldos y salarios, en los casos en que subsista un
remanente del saldo a favor del ISR no compensado por los retenedores.
|
¿Dónde
se presenta?
En
el Portal del SAT.
|
¿Cuándo
se presenta?
Cuando
se dé el supuesto señalado en el rubro de descripción del trámite.
|
¿Qué
documento se obtiene?
Acuse
de recibo.
|
Requisitos:
Ver Tabla 14
|
Condiciones:
No
aplica
|
Información
adicional:
Con
el número de folio se puede dar seguimiento a la solicitud de devolución, a
través de buzón tributario (consultas) o en el Portal del SAT (trámites).
|
Disposiciones jurídicas aplicables
Arts.
97 LISR, 22, 22-A CFF, Reglas 2.3.2., 2.3.9. RMF.
|
Tabla 14
Solicitud de Devolución
de cantidades a favor de otras contribuciones
|
No
|
DOCUMENTO
|
RESOLUCIÓN
ADMINISTRATIVA O SENTENCIA JUDICIAL
|
OTROS
|
1
|
Tratándose de la primera vez que solicita devolución,
el documento (Acta constitutiva y poder notarial, en su caso) que acredite la
personalidad del representante legal que promueve.
|
X
|
|
2
|
Cuando se sustituya o designe otro representante
legal, además del ya reconocido por la autoridad, deberá anexar el acta de
asamblea protocolizada o del poder notarial que acredite la personalidad del
firmante de la promoción.
|
X
|
|
3
|
Identificación oficial vigente de las señaladas en el
inciso A) del apartado de Definiciones de este Anexo, del contribuyente o del
representante legal.
|
X
|
|
4
|
Escrito libre con firma del contribuyente o
representante legal, en el que exponga claramente el motivo de su solicitud
señalando el fundamento legal en el que basa su petición y papeles de trabajo
donde se muestre el origen del importe que solicita en devolución.
|
|
X
|
5
|
Tratándose de derechos, productos o aprovechamientos,
el escrito denominado “Oficio para la solicitud de devolución por servicio no
prestado o proporcionado parcialmente” expedido por la Dependencia, por medio
del cual se indicará que, “el usuario efectuó un pago mayor al requerido o
que el servicio o trámite no fue proporcionado o fue proporcionado
parcialmente”, oficializado con el sello de la institución.
|
|
X
|
6
|
En caso de liberación de créditos: la resolución
administrativa o judicial.
|
X
|
|
7
|
Tratándose de Impuestos al Comercio Exterior, deberá
aportar lo siguiente:
·
Pedimentos de Importación y
Pedimentos de Rectificación.
·
Los Certificados de Origen.
·
En su caso, señalar al amparo de
qué Tratado fueron importados los bienes o bajo qué programa autorizado.
|
|
X
|
8
|
Declaraciones normal y complementaria(s) del
ejercicio presentadas antes y después de la sentencia o resolución
administrativa en las que conste el pago indebido, en su caso.
|
X
|
|
9
|
Resolución administrativa o judicial que se encuentre
firme, de la que se desprenda el derecho a devolver.
|
X
|
|
10
|
Pagos provisionales normales y complementarios
presentados antes y después de la sentencia o resolución administrativa en
los que conste el pago indebido, en su caso.
|
X
|
|
11
|
Recibo bancario de Pago de Contribuciones, Productos
y Aprovechamientos Federales. (sistema e5inco o del Servicio de
Declaraciones y Pagos)
|
|
X
|
12
|
Escrito libre a través del cual la institución
financiera señala el o los motivo(s) por el cual no debió efectuar la retención
del Impuesto a los Depósitos en Efectivo.
|
|
X
|
13
|
En su caso, constancia de retenciones con firma y
sello del emisor.
|
X
|
X
|
14
|
En su caso, contar con Contraseña y Certificado de
e.firma o con e.firma Portable a efecto de ingresar a la aplicación “Solicitud
de Devolución”.
|
X
|
X
|
15
|
En el caso, de presentar documentación adicional, no
señalada o enunciada en los puntos anteriores, ésta deberá adicionarse a su
trámite en forma digitalizada (archivo con formato *.zip).
|
X
|
X
|
16
|
Adjuntar en archivo con formato *.zip de forma
digitalizada las constancias de retenciones con firma y sello del emisor en
los que consten las retenciones de ISR y las cantidades no compensadas por
los retenedores en el ejercicio de que se trate.
|
|
X
|
17
|
Estado de cuenta expedido por la Institución
Financiera que no excedan de 2 meses de antigüedad, que contengan la clave en
el RFC del contribuyente que lleva a cabo la solicitud y el número de cuenta
bancaria activa (CLABE).
|
X
|
X
|
Nota: Tratándose
de Personas Físicas con saldos iguales o menores a $10,000.00 (Diez mil pesos.
00/100 M.N.) que no cuenten con el Certificado de e.firma o con e.firma
Portable, que en términos del Art. 27 del CFF, no estén obligados a
inscribirse ante el RFC, podrán presentar la solicitud de devolución previa
cita en cualquier ADSC, presentando los requisitos en dispositivo magnético
digitalizados y su identificación oficial vigente de las señaladas en el inciso
A) del apartado de Definiciones de este Anexo.
Tratándose
de solicitudes de devolución derivadas de Resolución o sentencia, deben
solicitar su devolución previa cita en cualquier ADSC.
Los
documentos originales se digitalizan para su envío.
DOCUMENTACIÓN
QUE PODRÁ SER REQUERIDA POR LA AUTORIDAD
Solicitud de Devolución
de cantidades a favor de otras contribuciones
|
No
|
DOCUMENTO
|
RESOLUCIÓN
ADMINISTRATIVA O SENTENCIA JUDICIAL
|
OTROS
|
1
|
Documentos que deban presentarse conjuntamente con la
solicitud de devolución y que hayan sido omitidos o ésta y/o sus anexos, se
hayan presentado con errores u omisiones.
|
X
|
X
|
2
|
Los datos, informes, papeles de trabajo o documentos
necesarios para aclarar inconsistencias determinadas por la autoridad.
|
X
|
X
|
3
|
Comprobantes fiscales:
·
Tratándose de CFDI, proporcionar
el número de folio.
·
Comprobante Fiscal Digital (CFD)
emitido hasta diciembre de 2013.
·
Comprobante fiscal impreso por
establecimiento autorizado hasta diciembre de 2010.
·
En su caso, los Estados de
Cuentas que expida la Institución Financiera.
|
X
|
X
|
4
|
Tratándose de residentes en el extranjero que tengan
un establecimiento permanente en el país, la certificación de residencia
fiscal, o bien, la certificación de la presentación de la declaración del
último ejercicio y, en su caso, escrito de aclaración cuando apliquen
beneficios de los tratados en materia fiscal que México tenga en vigor.
|
X
|
X
|
5
|
Escrito en el que aclare la diferencia del saldo a
favor manifestado en la declaración y el determinado por la autoridad.
|
X
|
X
|
6
|
Los datos, informes o documentos necesarios para
aclarar su situación fiscal ante el RFC.
|
X
|
X
|
Nota: Tratándose
de escritos libres, éstos deberán contener la firma del contribuyente o del
representante legal, en su caso.
14/CFF Solicitud
de Devolución de saldos a favor del IETU
|
¿Quiénes
lo presentan?
Personas
físicas y morales que deseen solicitar devolución de saldo a favor.
|
¿Dónde
se presenta?
En
el Portal del SAT.
|
¿Cuándo
se presenta?
Dentro
de los cinco años siguientes a la fecha en que se haya determinado el saldo a
favor.
|
¿Qué
documento se obtiene?
Acuse
de recibo.
|
Requisitos:
Ver Tabla 15
|
Condiciones:
No
aplica
|
Información
adicional:
Con
el número de folio se puede dar seguimiento a la solicitud de devolución, a
través de buzón tributario (consultas) o en el Portal del SAT (trámites).
|
Disposiciones jurídicas aplicables
Arts.
22 CFF, 8 LIETU, Reglas 2.3.2., 2.3.9. RMF.
|
Tabla
15
Solicitud de Devolución
de saldos a favor en el Impuesto Empresarial a Tasa Única
|
No
|
DOCUMENTO
|
PERSONAS MORALES
|
PERSONAS FÍSICAS
|
1
|
Escrito o papel de trabajo en el que se manifieste
el(los) acreditamiento(s) o compensación(es) que se hubieren efectuado.
|
X
|
X
|
2
|
Tratándose de ingresos provenientes por fideicomisos,
el contrato de fideicomiso, con firma del fideicomitente, fideicomisarios o
de sus representantes legales, así como del representante legal de la
institución fiduciaria.
|
X
|
X
|
3
|
Contar con Contraseña y Certificado e.firma o con
e.firma Portable a efecto de ingresar a la aplicación Solicitud de
Devolución.
|
X
|
X
|
4
|
Estado de Cuenta expedido por la Institución
Financiera que no exceda de 2 meses de antigüedad, que contenga la clave en
el RFC del contribuyente que lleva a cabo la solicitud y el número de cuenta
bancaria activa (CLABE).
|
X
|
X
|
Nota: Tratándose
de Personas Físicas con saldos iguales o menores a $10,000.00 (Diez mil pesos.
00/100 M.N.) que no cuenten con el Certificado de e.firma o con e.firma
Portable, que en términos del Art. 27 del CFF, no estén obligados a
inscribirse ante el RFC, podrán presentar la solicitud de devolución previa
cita en cualquier ADSC, presentando su identificación oficial vigente de las
señaladas en el inciso A) del apartado de Definiciones de este Anexo y los
requisitos en dispositivo magnético digitalizados.
Los
documentos originales se digitalizan para su envío.
DOCUMENTACIÓN
QUE PODRÁ SER REQUERIDA POR LA AUTORIDAD
Solicitud de Devolución
de saldos a favor en el Impuesto Empresarial a Tasa Única
|
No
|
DOCUMENTO
|
PERSONAS MORALES
|
PERSONAS FÍSICAS
|
1
|
Documentos que deban presentarse conjuntamente con la
solicitud de devolución y que hayan sido omitidos, o ésta y/o sus anexos, se hayan
presentado con errores u omisiones.
|
X
|
X
|
2
|
Los datos, informes o documentos necesarios para
aclarar inconsistencias determinadas por la autoridad.
|
X
|
X
|
3
|
Tratándose de residentes en el extranjero que tengan
un establecimiento permanente en el país, la certificación de residencia
fiscal, o bien, la certificación de la presentación de la declaración del
último ejercicio del ISR y, en su caso, escrito de aclaración cuando apliquen
beneficios de los tratados en materia fiscal que México tenga en vigor.
|
X
|
X
|
4
|
Escrito en el que aclare la diferencia del saldo a
favor manifestado en la declaración y el determinado por la autoridad.
|
X
|
X
|
5
|
Escrito o papel de trabajo en el que aclare la cifra
manifestada en la declaración por concepto de acreditamientos, estímulos o
reducciones por existir diferencias con lo determinado por la autoridad.
|
X
|
X
|
6
|
Escrito o papel de trabajo en el que aclare la
determinación del monto de pagos provisionales manifestado en la declaración
del ejercicio.
|
X
|
X
|
7
|
Los datos, informes o documentos necesarios para
aclarar su situación fiscal ante el RFC.
|
X
|
X
|
Nota: Tratándose de escritos libres,
éstos deberán contener la firma del contribuyente o del representante legal, en
su caso.
15/CFF Solicitud
de Devolución de saldos a favor del IDE
|
¿Quiénes
lo presentan?
Personas
físicas y morales que deseen solicitar devolución del saldo a favor.
|
¿Dónde
se presenta?
En
el Portal del SAT.
|
¿Cuándo
se presenta?
Dentro
de los cinco años siguientes a la fecha en que se haya determinado el saldo a
favor.
|
¿Qué
documento se obtiene?
Acuse
de recibo.
|
Requisitos:
Ver Tabla 16
|
Condiciones:
No
aplica
|
Información
adicional:
Con
el número de folio se puede dar seguimiento a la solicitud de devolución, a
través de buzón tributario (consultas) o en el Portal del SAT (trámites).
|
Disposiciones jurídicas aplicables
Arts.
22 CFF, 7, 8 LIDE, Reglas 2.3.2., 2.3.9. RMF.
|
Tabla
16
Solicitud de Devolución
de saldos a favor del IDE
|
No
|
DOCUMENTO
|
PERSONAS MORALES
|
PERSONAS FÍSICAS
|
1
|
Estados de cuentas o constancias donde se demuestre
el entero del impuesto, expedido por la Institución Bancaria que recaudó el
impuesto.
|
X
|
X
|
2
|
Escrito o papel de trabajo en el que manifieste el
(los) acreditamiento(s) y/o compensación que hubiere efectuado.
|
X
|
X
|
3
|
Contar con Contraseña y Certificado de e.firma o con
e.firma Portable a efecto de ingresar a la aplicación “Solicitud de
Devolución”.
|
X
|
X
|
4
|
Tratándose de trámites que previamente la autoridad
fiscal tuvo por desistidos, deberá adicionarse al nuevo trámite en forma
digitalizada (archivo con formato *.zip), la siguiente documentación:
·
El oficio de desistimiento
correspondiente.
·
La documentación y/o información
omitida, motivo del desistimiento.
|
X
|
X
|
5
|
Estado de cuenta expedido por la Institución
Financiera que no excedan de 2 meses de antigüedad, que contengan la clave en
el RFC del contribuyente que lleva a cabo la solicitud y el número de cuenta
bancaria activa (CLABE).
|
X
|
X
|
Nota: Los
documentos originales se digitalizan para su envío.
Tratándose
de Personas Físicas con saldos iguales o menores de $10,000.00 (Diez mil pesos.
00/100 M.N.) que no cuenten con el Certificado de e.firma o con e.firma
Portable, que en términos del Art. 27 del CFF, no estén obligados a
inscribirse ante el RFC, podrán presentar la solicitud de devolución previa
cita en cualquier ADSC, presentando su identificación oficial vigente de las
señaladas en el inciso A) del apartado de Definiciones de este Anexo y los
requisitos en dispositivo magnético digitalizados.
DOCUMENTACIÓN
QUE PODRÁ SER REQUERIDA POR LA AUTORIDAD
Solicitud de Devolución
de saldos a favor del IDE
|
No
|
DOCUMENTO
|
PERSONAS MORALES
|
PERSONAS FÍSICAS
|
1
|
Documentos que deban presentarse conjuntamente con la
solicitud de devolución y que hayan sido omitidos, o ésta y/o sus anexos se
hayan presentado con errores u omisiones.
|
X
|
X
|
2
|
Los datos, informes o documentos necesarios para
aclarar inconsistencias determinadas por la autoridad.
|
X
|
X
|
3
|
Tratándose de residentes en el extranjero que tengan
un establecimiento permanente en el país, la certificación de residencia
fiscal, o bien, la certificación de la presentación de la declaración del
último ejercicio del ISR y, en su caso, escrito de aclaración cuando apliquen
beneficios de los tratados en materia fiscal que México tenga en vigor.
|
X
|
X
|
4
|
Escrito o papel de trabajo en el que aclare la cifra
manifestada en la declaración por concepto de acreditamientos, estímulos o
reducciones por existir diferencias con lo determinado por la autoridad.
|
X
|
X
|
5
|
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar
su situación fiscal ante el RFC.
|
X
|
X
|
Nota: Tratándose
de escritos libres, éstos deberán contener la firma del contribuyente o del
representante legal, en su caso.
23/CFF Aviso de compensación de saldos a favor
del ISR
|
¿Quiénes lo
presentan?
Personas físicas y
morales que deseen efectuar compensación de impuesto.
|
¿Dónde se
presenta?
En el Portal del
SAT.
|
¿Cuándo
se presenta?
Dentro de los 5
días siguientes después de realizar la compensación, o bien de acuerdo al
sexto dígito numérico de la clave del RFC de conformidad con el siguiente
cuadro:
Sexto dígito numérico de la clave del RFC
|
Día siguiente a la presentación de la declaración en
que hubieren efectuado la compensación
|
1 y 2
|
Sexto y Séptimo
día hábil siguiente
|
3 y 4
|
Octavo y Noveno
día hábil siguiente
|
5 y 6
|
Décimo y Décimo
Primer día hábil siguiente
|
7 y 8
|
Décimo Segundo y
Décimo Tercer día hábil siguiente
|
9 y 0
|
Décimo Cuarto y
Décimo Quinto día hábil siguiente
|
|
¿Qué documento se
obtiene?
Acuse de recibo.
|
Requisitos:
Ver Tabla 24
|
Condiciones:
No aplica
|
Información
adicional:
Con el número de
folio se puede dar seguimiento al aviso de compensación, a través de buzón
tributario (consultas) o en el Portal del SAT (trámites).
|
Disposiciones
jurídicas aplicables
Art. 23 CFF, Regla
2.3.10. RMF.
|
Tabla 24
Avisos de compensación de saldos a favor del Impuesto
Sobre la Renta
|
No
|
DOCUMENTO
|
PERSONAS MORALES
|
PERSONAS FÍSICAS
|
1
|
Contar
con Contraseña y Certificado de e.firma o con e.firma Portable a efecto de
ingresar a la aplicación. “Aviso de Compensación”.
|
X
|
X
|
2
|
En su
caso, deberá adjuntar en archivo con formato *.zip de forma digitalizada las
constancias de retenciones con firma y sello del emisor en los que consten
las retenciones de ISR; documentación comprobatoria de impuesto pagado en el
extranjero; entre otros.
|
X
|
X
|
3
|
Tratándose
de remanentes únicamente llenará el aviso de compensación correspondiente
indicando el NUMERO DE CONTROL asignado por la autoridad en el Aviso donde
señaló el saldo por primera vez y los datos que el propio aviso solicita.
Nota:
En el
caso de no contar con el número de control de su aviso inicial podrá hacer
referencia al número de caso conformado con la siguiente estructura:
“AV2009XXXXXXXX” correspondiente al aviso de compensación anterior para
verificar que el saldo remanente sea la continuación de dicho trámite.
|
X
|
X
|
4
|
Tratándose
de ingresos provenientes de fideicomisos, el contrato del fideicomiso, con
firma del fideicomitente, fideicomisario o de sus representantes legales, así
como del representante legal de la institución fiduciaria.
|
X
|
X
|
5
|
En su
caso, papel de trabajo o escrito en el que se manifieste el acreditamiento de
IDE en los pagos efectuados.
|
X
|
X
|
6
|
En su
caso, comprobantes fiscales y estados de cuenta que comprueben la aplicación
del Decreto por Servicios Educativos.
|
X
|
X
|
7
|
En los
casos de avisos complementarios por errores manifestados en el propio
formato, o como consecuencia de modificaciones en la declaración en la que se
manifiesta el saldo a favor, y/o en la declaración que contiene la aplicación
de la compensación, presentará “Aviso de Compensación” electrónico a través
del Portal del SAT con los datos que el propio aviso solicita, dicho aviso se
acompañará de los documentos que se establecen en el catálogo de servicios y
trámites de Devoluciones y Compensaciones, cuando éstos hayan sufrido alguna
modificación.
|
X
|
X
|
8
|
En el
caso, de presentar documentación adicional, no señalada o enunciada en los
puntos anteriores, esta deberá adicionarse a su trámite en forma digitalizada
(archivo con formato *.zip).
|
X
|
X
|
Nota: Los
documentos originales se digitalizarán para su envío.
DOCUMENTACIÓN QUE
PODRÁ SER REQUERIDA POR LA AUTORIDAD
Avisos de compensación
de saldos a favor del Impuesto Sobre la Renta
|
No
|
DOCUMENTO
|
PERSONAS MORALES
|
PERSONAS FÍSICAS
|
1
|
Documentos que deban presentarse conjuntamente con el aviso de
compensación y que hayan sido omitidos o éste y/o sus anexos, se hayan
presentado con errores u omisiones.
|
X
|
X
|
2
|
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar
inconsistencias determinadas por la autoridad.
|
X
|
X
|
3
|
Comprobantes de deducciones personales, cuando sean en exceso o
discrepantes con los ingresos.
|
|
X
|
4
|
Tratándose de residentes en el extranjero que tengan un
establecimiento permanente en el país, la certificación de residencia fiscal,
o bien, la certificación de la presentación de la declaración del último
ejercicio del ISR y, en su caso, escrito de aclaración cuando apliquen
beneficios de los tratados en materia fiscal que México tenga en vigor.
|
X
|
X
|
5
|
Escrito en el que aclare la determinación del monto de pagos
provisionales manifestado en la declaración del ejercicio y, en su caso, los
pagos provisionales correspondientes.
|
X
|
X
|
6
|
Escrito en el que aclare la diferencia del saldo a favor manifestado
en la declaración y el determinado por la autoridad.
|
X
|
X
|
7
|
Para contribuyentes del sector agropecuario: Escrito en el que aclare
la determinación de los ingresos exentos, por existir diferencias contra lo
determinado por la autoridad.
|
X
|
X
|
8
|
Comprobantes fiscales:
·
Tratándose de CFDI, proporcionar
el número de folio.
·
Comprobante Fiscal Digital (CFD)
emitido hasta diciembre de 2013.
·
Comprobante Fiscal impreso con
Dispositivo de Seguridad, vigente hasta 2013.
·
Comprobante fiscal impreso por
establecimiento autorizado hasta diciembre de 2010.
·
En su caso, Estados de Cuenta que
expida la Institución Financiera.
·
Comprobantes fiscales emitidos
conforme a las facilidades administrativas.
|
X
|
X
|
9
|
En caso de que el retenedor no haya presentado la declaración
informativa, comprobar la relación laboral o comercial con la presentación
de:
·
Estados de cuentas que expidan
los sujetos a que se refiere el artículo 29 del CFF, con los depósitos por
concepto de pago de honorarios o arrendamiento.
·
Comprobantes fiscales que amparen
pagos de arrendamiento u honorarios.
·
Estados de cuentas que expidan
los sujetos a que se refiere el artículo 29 del CFF, con las retenciones.
|
|
X
|
10
|
Escrito en el que se detalle la determinación del ingreso acumulable y
no acumulable, por existir diferencias con el determinado por la autoridad.
|
X
|
X
|
11
|
Escrito libre en el que aclare las compensaciones aplicadas por el
contribuyente, por existir diferencias contra lo determinado por la
autoridad.
|
X
|
X
|
12
|
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar su situación
fiscal ante el RFC.
|
X
|
X
|
Nota: Tratándose de escritos libres
y hojas de trabajo, éstos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente
o de su representante legal, en su caso.
24/CFF Aviso de compensación de saldos a favor
del IVA
|
¿Quiénes lo presentan?
Personas físicas y
morales que deseen efectuar compensación de impuesto.
|
¿Dónde se
presenta?
En el Portal del
SAT.
|
¿Cuándo
se presenta?
Dentro de los 5
días siguientes después de realizar la compensación, o bien de acuerdo al
sexto dígito numérico de la clave del RFC de conformidad con el siguiente
cuadro:
Sexto dígito numérico de la clave del
RFC
|
Día siguiente a la presentación de la
declaración en que hubieren efectuado la compensación
|
1 y
2
|
Sexto
y Séptimo día hábil siguiente
|
3 y
4
|
Octavo
y Noveno día hábil siguiente
|
5 y
6
|
Décimo
y Décimo Primer día hábil siguiente
|
7 y
8
|
Décimo
Segundo y Décimo Tercer día hábil siguiente
|
9 y
0
|
Décimo
Cuarto y Décimo Quinto día hábil siguiente
|
|
|
¿Qué documento se
obtiene?
Acuse de recibo.
|
Requisitos:
Ver Tabla 25
|
Condiciones:
No aplica
|
Información
adicional:
Con el número de
folio se puede dar seguimiento al aviso de compensación, a través de buzón
tributario (consultas) o en el Portal del SAT (trámites).
|
Disposiciones
jurídicas aplicables
Art. 23 CFF, Regla
2.3.10. RMF.
|
Tabla 25
Aviso de compensación de
saldos a favor del Impuesto al Valor Agregado
|
No
|
DOCUMENTO
|
1
|
Anexo 7
“Determinación del saldo a favor de IVA”, para personas físicas, los cuales
se obtienen en el Portal del SAT al momento que el contribuyente ingresa al
FED.
|
2
|
Anexo 7-A
“Integración del Impuesto al Valor Agregado retenido”, para personas físicas,
los cuales se obtienen en el Portal del SAT al momento que el contribuyente
ingresa al FED.
|
3
|
Contar con Contraseña y Certificado de e.firma o con
e.firma Portable a efecto de ingresar a la aplicación “Aviso de
Compensación”.
|
4
|
Tratándose de remanentes únicamente llenará el aviso
de compensación correspondiente indicando el NÚMERO DE CONTROL asignado por
la autoridad en el Aviso donde señaló el saldo por primera vez y los datos
que el propio aviso solicita.
*En
caso de no contar con el número de control de su aviso inicial podrá hacer
referencia al número de caso conformado con la siguiente estructura:
“AV2009XXXXXXXX”, correspondiente al aviso de compensación anterior para
verificar que el saldo remanente sea la continuación del dicho trámite.
|
5
|
Tratándose de actos o actividades derivadas por
fideicomisos, contrato de fideicomiso, con firma del fideicomitente,
fideicomisario o de sus representantes legales, así como del representante
legal, de la institución fiduciaria y en su caso:
·
Documento mediante el cual los
fideicomisarios o el fideicomitente manifiesta su voluntad de ejercer la
opción prevista por el artículo 74 del Reglamento de la Ley del IVA.
·
Documento mediante el cual la
institución fiduciaria acepte la responsabilidad solidaria para ejercer la
opción prevista por el artículo 74 del Reglamento de la Ley del IVA.
|
6
|
En los casos de avisos complementarios por errores
manifestados en el propio aviso, o como consecuencia de modificaciones en la
declaración en la que se manifiesta el saldo a favor y/o en la declaración
que contiene la aplicación de la compensación:
Presentará el “Aviso de Compensación” electrónico a
través del Portal del SAT con los datos que el propio aviso solicita, dicho
aviso se acompañará de los documentos que se establecen en el catálogo de
servicios y trámites de Devoluciones y Compensaciones, cuando éstos hayan
sufrido alguna modificación.
|
7
|
En el caso, de presentar documentación adicional, no
señalada o enunciada en los puntos anteriores, esta deberá adicionarse a su
trámite en forma digitalizada (archivo con formato *.zip).
|
Nota: No
se deberá considerar como obligatorio el anexar al trámite como parte de los
comprobantes de pago, las facturas de operaciones realizadas con proveedores,
arrendadores o prestadores de servicios y de comercio exterior, los cuales sólo
podrán solicitarse mediante requerimiento de información adicional.
Los
documentos originales se digitalizarán para su envío.
DOCUMENTACIÓN QUE
PODRÁ SER REQUERIDA POR LA AUTORIDAD
Aviso de compensación de saldos a favor del Impuesto
al Valor Agregado
|
No
|
DOCUMENTO
|
1
|
Documentos
que deban presentarse conjuntamente con el aviso de compensación y que hayan
sido omitidos o éste y/o sus anexos, se hayan presentado con errores u
omisiones.
|
2
|
Los
datos, informes o documentos necesarios para aclarar inconsistencias
determinadas por la autoridad.
|
3
|
Tratándose
de residentes en el extranjero que tengan un establecimiento permanente en el
país, la certificación de residencia fiscal, o bien, de la certificación de
la presentación de la declaración del último ejercicio del ISR y, en su caso,
escrito de aclaración cuando apliquen beneficios de los tratados en materia
fiscal que México tenga en vigor.
|
4
|
Comprobantes
fiscales:
·
Tratándose de CFDI, proporcionar
el número de folio.
·
Comprobante Fiscal Digital (CFD)
emitido hasta diciembre de 2013.
·
Comprobante Fiscal impreso con
Dispositivo de Seguridad, vigente hasta 2013.
·
Comprobante fiscal impreso por
establecimiento autorizado hasta diciembre de 2010.
·
En su caso, Estados de Cuenta que
expida la Institución Financiera.
·
Comprobantes fiscales emitidos
conforme a las facilidades administrativas.
|
5
|
Escrito
en el que se indique la determinación del monto del saldo a favor pendiente
de acreditar de cada uno de los ejercicios anteriores que hayan sido
acumulados en el periodo del saldo a favor, cuando exista diferencia
determinada por la autoridad.
|
6
|
Escrito
en el que aclare la diferencia del saldo a favor manifestado en la
declaración y el determinado por la autoridad.
|
7
|
Escrito
en el que aclare la diferencia en el saldo a favor manifestado en el “Aviso
de Compensación” electrónico a través del Portal del SAT contra el determinado
por la autoridad. (Remanente)
|
8
|
Escrito
en el que se indique la determinación del monto de IVA acreditable, cuando
exista diferencia determinada por la autoridad.
|
9
|
Datos
de las operaciones de los proveedores, arrendadores, prestadores de servicios
y operaciones de comercio exterior que representan el 80% del IVA acreditable
de conformidad con el artículo 4 de la Ley del IVA.
|
10
|
Tratándose
de proveedores, arrendadores y prestadores de servicios que se encuentren no
registrados o no localizados en la base de datos del RFC, escrito mediante el
cual aclare la forma y lugar en que realizó estas operaciones, acompañado de
la documentación correspondiente.
|
11
|
Escrito
libre en el que aclare las compensaciones aplicadas por el contribuyente, por
existir diferencias contra lo determinado por la autoridad.
|
12
|
Los
datos, informes o documentos necesarios para aclarar su situación fiscal ante
el RFC.
|
Nota: Tratándose
de escritos libres, éstos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente
o de su representante legal, en su caso.
25/CFF Aviso de compensación de saldos a favor
del IMPAC por recuperar
|
¿Quiénes lo
presentan?
Personas físicas y
morales que deseen efectuar compensación de impuesto.
|
¿Dónde se
presenta?
En el Portal del
SAT.
|
¿Cuándo
se presenta?
Dentro
de los 5 días siguientes después de realizar la compensación o bien de
acuerdo al sexto dígito numérico de la clave del RFC de conformidad con el
siguiente cuadro:
Sexto dígito numérico de la clave del
RFC
|
Día siguiente a la
presentación de la declaración en que hubieren efectuado la compensación
|
1 y
2
|
Sexto
y Séptimo día hábil siguiente
|
3 y
4
|
Octavo
y Noveno día hábil siguiente
|
5 y
6
|
Décimo
y Décimo Primer día hábil siguiente
|
7 y
8
|
Décimo
Segundo y Décimo Tercer día hábil siguiente
|
9 y
0
|
Décimo
Cuarto y Décimo Quinto día hábil siguiente
|
|
|
|
¿Qué documento se
obtiene?
Acuse de recibo.
|
Requisitos:
Ver Tabla 26
|
Condiciones:
No aplica
|
Información
adicional:
Con el número de
folio se puede dar seguimiento al aviso de compensación, a través de buzón
tributario (consultas) o en el Portal del SAT (trámites).
|
Disposiciones
jurídicas aplicables
Arts. 23 CFF,
Tercero Transitorio LIETU, Regla 2.3.10. RMF.
|
Tabla 26
Aviso de compensación de
saldos a favor del IMPAC a recuperar
|
No
|
DOCUMENTO
|
IMPAC POR RECUPERAR
|
1
|
Contar con Contraseña y Certificado de e.firma o con
e.firma Portable a efecto de ingresar a la aplicación “Aviso de
Compensación”.
|
X
|
2
|
Para los casos de declaraciones correspondientes al
ejercicio 2006 y anteriores, la declaración del ejercicio y de los pagos
provisionales normal y complementaria(s) presentadas ante la institución
bancaria autorizada, en su caso, donde manifiesta el ISR del ejercicio cuyo
importe es mayor al IMPAC correspondiente al mismo ejercicio.
|
X
|
3
|
Para los casos de declaraciones correspondientes al
ejercicio 2006 y anteriores, los pagos provisionales normal y
complementaria(s) correspondientes a los ejercicios por los que se pagó IMPAC
a recuperar.
|
X
|
4
|
Tratándose de remanentes, únicamente llenará el aviso
de compensación correspondiente indicando el NUMERO DE CONTROL asignado por
la autoridad en el Aviso donde señaló el saldo por primera vez y los datos
que el propio aviso solicita.
*En
el caso de no contar con el número de control de su aviso inicial podrá hacer
referencia al número de caso conformado con la siguiente estructura:
“AV2009XXXXXXXX” correspondiente al aviso de compensación anterior para
verificar que el saldo remanente sea la continuación de dicho trámite.
|
X
|
5
|
En los casos de avisos complementarios por errores
manifestados en el propio formato, o como consecuencia de modificaciones en
la declaración en la que se manifiesta el saldo a favor y/o en la declaración
que contiene la aplicación de la compensación:
Presentará el “Aviso de Compensación” electrónico a
través del Portal del SAT con los datos que el propio aviso solicita, dicho
aviso se acompañará de los documentos que se establecen en el catálogo de
servicios y trámites de Devoluciones y Compensaciones, cuando éstos hayan
sufrido alguna modificación.
|
X
|
6
|
En el caso, de presentar documentación adicional, no
señalada o enunciada en los puntos anteriores, esta deberá adicionarse a su
trámite en forma digitalizada (archivo con formato *.zip).
|
X
|
Nota: Los
documentos originales se digitalizarán para su envío.
DOCUMENTACIÓN QUE PODRÁ SER REQUERIDA POR LA AUTORIDAD
Aviso de compensación de
saldos a favor del IMPAC a recuperar
|
No
|
DOCUMENTO
|
IMPAC POR RECUPERAR
|
1
|
Documentos que deban presentarse conjuntamente con el
aviso de compensación y que hayan sido omitidos o éste y/o sus anexos, se
hayan presentado con errores u omisiones.
|
X
|
2
|
Los datos, informes o documentos necesarios para
aclarar inconsistencias determinadas por la autoridad.
|
X
|
3
|
Escrito en el que se indique la determinación del monto
de pagos provisionales manifestados en la declaración del ejercicio, en
materia de ISR, cuando se acredite el saldo a favor de ISR contra IMPAC.
|
X
|
4
|
Tratándose de residentes en el extranjero que tengan
un establecimiento permanente en el país, la certificación de residencia
fiscal, o bien, la certificación de la presentación del último ejercicio del
ISR y, en su caso, escrito de aclaración cuando apliquen beneficios de los
tratados en materia fiscal que México tenga en vigor.
|
X
|
5
|
Escrito libre en el que aclare las compensaciones
aplicadas por el contribuyente, por existir diferencias contra lo determinado
por la autoridad.
|
X
|
6
|
Escrito en el que aclare la diferencia del saldo a
favor manifestado en la declaración y el determinado por la autoridad.
|
X
|
Nota: Tratándose
de escritos libres, éstos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente
o de su representante legal, en su caso.
26/CFF Aviso de compensación de saldos a favor
del IEPS
|
¿Quiénes lo
presentan?
Personas físicas y
morales que deseen efectuar compensación de impuesto.
|
¿Dónde se
presenta?
En el Portal del
SAT.
|
¿Cuándo
se presenta?
Dentro
de los 5 días siguientes después de realizar la compensación, o bien de
acuerdo al sexto dígito numérico de la clave del RFC de conformidad con el siguiente
cuadro:
Sexto dígito numérico de la clave del
RFC
|
Día siguiente a la
presentación de la declaración en que hubieren efectuado la compensación
|
1 y
2
|
Sexto
y Séptimo día hábil siguiente
|
3 y
4
|
Octavo
y Noveno día hábil siguiente
|
5 y
6
|
Décimo
y Décimo Primer día hábil siguiente
|
7 y
8
|
Décimo
Segundo y Décimo Tercer día hábil siguiente
|
9 y
0
|
Décimo
Cuarto y Décimo Quinto día hábil siguiente
|
|
|
¿Qué documento se
obtiene?
Acuse de recibo.
|
Requisitos:
Ver Tabla 27
|
Condiciones:
No aplica
|
Información
adicional:
Con el número de
folio se puede dar seguimiento al aviso de compensación, a través de buzón
tributario (consultas) o en el Portal del SAT (trámites).
|
Disposiciones
jurídicas aplicables
Art. 23 CFF, Regla
2.3.10. RMF.
|
Tabla 27
Aviso de compensación
de saldos a favor del IEPS
|
|
|
ENAJENACIÓN Y
PRESTACION DE SERVICIOS
|
No
|
DOCUMENTO
|
Artículo 2,
fracción I, incisos A), B), C), F), G), H), I) y J), y fracción II incisos
A), B) y C).
|
1
|
Contar con Contraseña y Certificado de e.firma o con
e.firma Portable a efecto de ingresar a la aplicación “Aviso de
Compensación”.
|
X
|
2
|
En su caso, deberá adjuntar en archivo con formato
*.zip de forma digitalizada las constancias de retenciones con firma y sello
del emisor.
|
X
|
3
|
Tratándose de remanentes únicamente llenará el aviso
de compensación correspondiente indicando el NUMERO DE CONTROL asignado por
la autoridad en el Aviso donde señaló el saldo por primera vez y los datos
que el propio aviso solicita.
*En caso de no contar con el número de control de su aviso
inicial podrá hacer referencia al número de caso conformado con la siguiente
estructura:“AV2009XXXXXXXX”, correspondiente al aviso de compensación
anterior para verificar que el saldo remanente sea la continuación de dicho
trámite.
|
X
|
4
|
En los casos de avisos complementarios por errores
manifestados en el propio aviso, o como consecuencia de modificaciones en la
declaración en la que se manifiesta el saldo a favor y/o en la declaración
que contiene la aplicación de la compensación:
Presentará el aviso de compensación con los datos que
el propio aviso solicita, dicho aviso se acompañará de los documentos que se
establecen en el catálogo de servicios y trámites de Devoluciones y
Compensaciones, cuando éstos hayan sufrido alguna modificación.
|
X
|
5
|
En el caso, de presentar documentación adicional, no
señalada o enunciada en los puntos anteriores, esta deberá adicionarse a su
trámite en forma digitalizada (archivo con formato *.zip).
|
X
|
Nota: Los documentos originales se digitalizarán para su envío.
DOCUMENTACION
QUE PODRA SER REQUERIDA POR LA AUTORIDAD
Aviso de
compensación de saldos a favor del IEPS
|
|
|
ENAJENACIÓN Y
PRESTACION DE SERVICIOS
|
No
|
DOCUMENTO
|
Artículo 2,
fracción I, incisos A), B), C), F), G), H), I) y J), y fracción II incisos
A), B) y C).
|
1
|
Documentos que deban presentarse conjuntamente con el
aviso de compensación y que hayan sido omitidos o éste y/o sus anexos, se
hayan presentado con errores u omisiones.
|
X
|
2
|
Los datos, informes o documentos necesarios para
aclarar inconsistencias determinadas por la autoridad.
|
X
|
3
|
Comprobantes fiscales:
·
Tratándose de CFDI,
proporcionar el número de folio.
·
Comprobante Fiscal
Digital (CFD) emitido hasta diciembre de 2013.
·
Comprobante fiscal
impreso con Dispositivo de Seguridad, vigente hasta 2013.
·
Comprobante fiscal
impreso por establecimiento autorizado hasta diciembre de 2010.
·
En su caso, Estado de
Cuenta que expida la Institución Financiera.
|
X
|
4
|
Escrito en el que aclare la diferencia del saldo a
favor manifestado en la declaración y el determinado por la autoridad.
|
X
|
5
|
Tratándose de residentes en el extranjero que tengan
un establecimiento permanente en el país, la certificación de residencia
fiscal, o bien, la certificación de la presentación de la declaración del
último ejercicio del ISR y, en su caso, escrito de aclaración cuando apliquen
beneficios de los tratados en materia fiscal que México tenga en vigor.
|
X
|
6
|
Datos y comprobantes de las operaciones de las que
deriva el IEPS acreditable.
|
X
|
7
|
Escrito libre en el que aclare las compensaciones
aplicadas por el contribuyente, por existir diferencias contra lo determinado
por la autoridad.
|
X
|
8
|
Los datos, informes o documentos necesarios para
aclarar su situación fiscal ante el RFC.
|
X
|
Nota: Tratándose de escritos libres, éstos deberán contener la
firma autógrafa del contribuyente o de su representante legal, en su caso.
27/CFF Aviso de compensación de cantidades a
favor de otras contribuciones
|
¿Quiénes lo
presentan?
Personas físicas y
morales que deseen efectuar compensación de impuesto.
|
¿Dónde se presenta?
En el Portal del
SAT.
|
¿Cuándo
se presenta?
Dentro
de los 5 días siguientes después de realizar la compensación, o bien de
acuerdo al sexto dígito numérico de la clave del RFC de conformidad con el
siguiente cuadro:
Sexto dígito numérico de la clave del
RFC
|
Día siguiente a la
presentación de la declaración en que hubieren efectuado la compensación
|
1 y 2
|
Sexto
y Séptimo día hábil siguiente
|
3 y 4
|
Octavo
y Noveno día hábil siguiente
|
5 y 6
|
Décimo
y Décimo Primer día hábil siguiente
|
7 y 8
|
Décimo
Segundo y Décimo Tercer día hábil siguiente
|
9 y 0
|
Décimo
Cuarto y Décimo Quinto día hábil siguiente
|
|
|
|
¿Qué documento se
obtiene?
Acuse de recibo.
|
Requisitos:
Ver Tabla 28
|
Condiciones:
No aplica
|
Información
adicional:
Con el número de
folio se puede dar seguimiento al aviso de compensación, a través de buzón
tributario (consultas) o en el Portal del SAT (trámites).
|
Disposiciones
jurídicas aplicables
Art. 23 CFF, Regla
2.3.10. RMF.
|
Tabla
28
Aviso de compensación de
cantidades a favor de otras contribuciones
|
No
|
DOCUMENTO
|
1
|
Contar con Contraseña y Certificado de e.firma o con
e.firma Portable a efecto de ingresar a la aplicación “Aviso de
Compensación”.
|
2
|
Resolución administrativa o judicial que se encuentre
firme en la que se desprenda el derecho a compensar.
|
3
|
Escrito libre a través del cual la institución
financiera señala el(los) motivo(s) por el cual no debió efectuar la
retención del IDE.
|
4
|
En caso de liberación de créditos la resolución
administrativa o judicial.
|
5
|
En los casos de avisos complementarios por errores
manifestados en el propio aviso o como consecuencia de modificaciones en la
declaración en la que se manifiesta el saldo a favor, y/o en la declaración
que contiene la aplicación de la compensación:
Presentará el “Aviso de Compensación” electrónico a
través del Portal del SAT con los datos que el propio aviso solicita, dicho
aviso se acompañará de los documentos que se establecen en el catálogo de
servicios y trámites de Devoluciones y Compensaciones, cuando estas hayan
sufrido alguna modificación.
|
6
|
En su caso, deberá adjuntar en archivo con formato
*.zip de forma digitalizada las constancias de retenciones con firma y sello
del emisor.
|
7
|
Tratándose de remanentes, únicamente llenará el aviso
de compensación indicando el NUMERO DE CONTROL asignado por la autoridad en
el Aviso donde señaló el saldo por primera vez y los datos que el propio
aviso solicita.
*En
el caso de no contar con el número de control de su aviso inicial podrá hacer
referencia al número de caso conformado con la siguiente estructura:
“AV2009XXXXXXXX” correspondiente al aviso de compensación anterior para
verificar que el saldo remanente sea la continuación de dicho trámite.
|
8
|
En el caso, de presentar documentación adicional, no
señalada o enunciada en los puntos anteriores, esta deberá adicionarse a su
trámite en forma digitalizada (archivo con formato *.zip).
|
Nota: Los documentos originales se digitalizarán
para su envío.
DOCUMENTACIÓN
QUE PODRÁ SER REQUERIDA POR LA AUTORIDAD
Aviso de Compensación de
cantidades a favor de otras contribuciones
|
No
|
DOCUMENTO
|
1
|
Documentos que deban presentarse conjuntamente con el
aviso de compensación y que hayan sido omitidos o éste y/o sus anexos, se
hayan presentado con errores u omisiones.
|
2
|
Los datos, informes o documentos necesarios para
aclarar inconsistencias determinadas por la autoridad.
|
3
|
Comprobantes fiscales:
·
Tratándose de CFDI, proporcionar
el número de folio.
·
Comprobante Fiscal Digital (CFD)
emitido hasta diciembre de 2013.
·
Comprobante Fiscal impreso con
Dispositivo de Seguridad, vigente hasta 2013
·
Comprobante fiscal impreso por
establecimiento autorizado hasta diciembre de 2010.
·
En su caso, Estados de Cuenta que
expida la Institución Financiera.
|
4
|
Escrito en el que se indique la determinación del
monto de pagos provisionales manifestados en la declaración del ejercicio,
cuando exista diferencia determinada por la autoridad.
|
5
|
Tratándose de residentes en el extranjero que tengan
un establecimiento permanente en el país, la certificación de residencia
fiscal, o bien, la certificación de la presentación de la declaración del
último ejercicio del ISR y, en su caso, escrito de aclaración cuando apliquen
beneficios de los tratados en materia fiscal que México tenga en vigor.
|
6
|
Escrito en el que aclare la diferencia del saldo a
favor manifestado en la declaración y el determinado por la autoridad.
|
7
|
Escrito libre en el que aclare las compensaciones
aplicadas por el contribuyente, por existir diferencias contra lo determinado
por la autoridad.
|
8
|
Los datos, informes o documentos necesarios para
aclarar su situación fiscal ante el RFC.
|
Nota: Tratándose de escritos libres, éstos deberán
contener la firma autógrafa del contribuyente o de su representante legal, en
su caso
28/CFF Aviso de compensación de saldos a favor
del IETU
|
¿Quiénes lo
presentan?
Personas físicas y
morales que deseen efectuar compensación de impuesto.
|
¿Dónde se
presenta?
En el Portal del
SAT.
|
¿Cuándo
se presenta?
Dentro
de los 5 días siguientes después de realizar la compensación, o bien de acuerdo
al sexto dígito numérico de la clave del RFC de conformidad con el siguiente
cuadro:
Sexto dígito numérico de la clave del
RFC
|
Día siguiente a la
presentación de la declaración en que hubieren efectuado la compensación
|
1 y
2
|
Sexto
y Séptimo día hábil siguiente
|
3 y
4
|
Octavo
y Noveno día hábil siguiente
|
5 y
6
|
Décimo
y Décimo Primer día hábil siguiente
|
7 y
8
|
Décimo
Segundo y Décimo Tercer día hábil siguiente
|
9 y
0
|
Décimo
Cuarto y Décimo Quinto día hábil siguiente
|
|
|
|
¿Qué documento se
obtiene?
Acuse de recibo.
|
Requisitos:
Ver Tabla 29
|
Condiciones:
No aplica
|
Información
adicional:
Con el número de
folio se puede dar seguimiento al aviso de compensación, a través de buzón
tributario (consultas) o en el Portal del SAT (trámites).
|
Disposiciones
jurídicas aplicables
Arts. 23 CFF, 8
LIETU, Regla 2.3.10. RMF.
|
Tabla 29
Aviso de compensación de
saldos a favor de IETU
|
No
|
DOCUMENTO
|
PERSONAS MORALES
|
PERSONAS FÍSICAS
|
1
|
Contar con Contraseña y Certificado de e.firma o con
e.firma Portable a efecto de ingresar a la aplicación “Aviso de
Compensación”.
|
X
|
X
|
2
|
Papeles de trabajo en el que se manifieste los
acreditamientos efectuados.
|
X
|
X
|
3
|
Tratándose de ingresos provenientes por fideicomisos,
el contrato de fideicomiso, con firma del fideicomitente, fideicomisario o de
sus representantes legales, así como del representante legal de la
institución fiduciaria.
|
X
|
X
|
4
|
En los casos de avisos complementarios por errores
manifestados en el propio formato, o como consecuencia de modificaciones en
la declaración en la que se manifiesta el saldo a favor, y/o en la
declaración que contiene la aplicación de la compensación:
Presentará el “Aviso de Compensación” electrónico a
través del Portal del SAT con los datos que el propio aviso solicita, dicho
aviso se acompañará de los documentos que se establecen en el catálogo de
servicios y trámites de Devoluciones y Compensaciones, cuando éstos hayan
sufrido alguna modificación.
|
X
|
X
|
5
|
Tratándose de remanentes, únicamente llenará el aviso
de compensación correspondiente indicando el NUMERO DE CONTROL asignado por
la autoridad en el Aviso donde señaló el saldo por primera vez y los datos
que el propio aviso solicita.
Nota:
En el caso de no contar con el número de control de
su aviso inicial podrá hacer referencia al número de caso conformado con la
siguiente estructura: “AV2009XXXXXXXX” correspondiente al aviso de
compensación anterior para verificar que el saldo remanente sea la
continuación de dicho trámite.
|
X
|
X
|
Nota: Los
documentos originales se digitalizarán para su envío.
DOCUMENTACIÓN QUE PODRÁ SER REQUERIDA POR LA AUTORIDAD
Aviso de compensación de
saldos a favor de IETU
|
No
|
DOCUMENTO
|
PERSONAS MORALES
|
PERSONAS FÍSICAS
|
1
|
Documentos que deban presentarse conjuntamente con el
aviso de compensación y que hayan sido omitidos o éste y/o sus anexos, se
hayan presentado con errores u omisiones.
|
X
|
X
|
2
|
Los datos, informes o documentos necesarios para
aclarar inconsistencias determinadas por la autoridad.
|
X
|
X
|
3
|
Tratándose de residentes en el extranjero que tengan
un establecimiento permanente en el país, la certificación de residencia
fiscal, o bien, la certificación de la presentación de la declaración del
último ejercicio del ISR y, en su caso, escrito de aclaración cuando apliquen
beneficios de los tratados en materia fiscal que México tenga en vigor.
|
X
|
X
|
4
|
Escrito en el que aclare la diferencia del saldo a
favor manifestado en la declaración y el determinado por la autoridad.
|
X
|
X
|
5
|
Escrito o papeles de trabajo en el que se aclare la
cifra manifestada en la declaración por concepto de acreditamientos,
estímulos o reducciones por existir diferencias con lo determinado por la
autoridad.
|
X
|
X
|
6
|
Escrito o papeles de trabajo en el que se aclare la
determinación de montos de pagos provisionales manifestando en la declaración
el ejercicio.
|
X
|
X
|
7
|
Escrito libre en el que aclare las compensaciones
aplicadas por el contribuyente, por existir diferencias contra lo determinado
por la autoridad.
|
X
|
X
|
8
|
Los datos, informes o documentos necesarios para
aclarar su situación fiscal ante el RFC.
|
X
|
X
|
Nota: Tratándose
de escritos libres, estos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente
o de su representante legal, en su caso.
29/CFF Aviso de compensación del IDE
|
¿Quiénes lo
presentan?
Personas físicas y
morales que deseen efectuar compensación de impuesto.
|
¿Dónde se
presenta?
En el Portal del
SAT.
|
¿Cuándo se
presenta?
Dentro de los 5
días siguientes después de realizar la compensación, o bien de acuerdo al
sexto dígito numérico de la clave del RFC de conformidad con el siguiente
cuadro:
Sexto dígito numérico de la clave del
RFC
|
Día siguiente a la presentación de la
declaración en que hubieren efectuado la compensación
|
1 y
2
|
Sexto
y Séptimo día hábil siguiente
|
3 y
4
|
Octavo
y Noveno día hábil siguiente
|
5 y
6
|
Décimo
y Décimo Primer día hábil siguiente
|
7 y
8
|
Décimo
Segundo y Décimo Tercer día hábil siguiente
|
9 y
0
|
Décimo
Cuarto y Décimo Quinto día hábil siguiente
|
|
|
|
¿Qué documento se
obtiene?
Acuse de recibo.
|
Requisitos:
Ver Tabla 30
|
Condiciones:
No aplica
|
Información adicional:
Con el número de
folio se puede dar seguimiento al aviso de compensación, a través de buzón
tributario (consultas) o en el Portal del SAT (trámites).
|
Disposiciones
jurídicas aplicables
Arts. 23 CFF, 7, 8
LIDE, Regla 2.3.10. RMF.
|
Tabla 30
Aviso de compensación de
saldos a favor del IDE
|
No
|
DOCUMENTO
|
PERSONAS MORALES
|
PERSONAS FÍSICAS
|
1
|
Contar con Contraseña y Certificado de e.firma o con
e.firma Portable a efecto de ingresar a la aplicación “Aviso de
Compensación”.
|
X
|
X
|
2
|
Los recibos o constancias donde se demuestre el
entero del impuesto, expedido por la Institución Bancaria que recaudó el
impuesto.
|
X
|
X
|
3
|
Escrito o papeles de trabajo en el que se manifieste
el(los) acreditamiento(s) y/o compensación que hubiere efectuado.
|
X
|
X
|
4
|
Tratándose de remanentes, únicamente llenará el aviso
de compensación indicando el NUMERO DE CONTROL asignado por la autoridad en
el Aviso donde señaló el saldo por primera vez y los datos que el propio
aviso solicita.
*En el caso de no contar con el número de control de
su aviso inicial podrá hacer referencia al número de caso conformado con la
siguiente estructura: “AV2009XXXXXXXX” correspondiente al aviso de
compensación anterior para verificar que el saldo remanente sea la
continuación de dicho trámite.
|
X
|
X
|
5
|
En los casos de avisos complementarios por errores
manifestados en el propio aviso, o como consecuencia de modificaciones en la
declaración en la que se manifiesta el saldo a favor, y/o en la declaración
que contiene la aplicación de la compensación:
Presentará el “Aviso de Compensación” electrónico a
través del Portal del SAT con los datos que el propio aviso solicita, dicho
aviso se acompañará de los documentos que se establecen en el catálogo de
servicios y trámites de Devoluciones y Compensaciones, cuando éstos hayan
sufrido alguna modificación.
|
X
|
X
|
Nota: Los
documentos originales se digitalizarán para su envío.
DOCUMENTACIÓN
QUE PODRÁ SER REQUERIDA POR LA AUTORIDAD
Aviso de compensación de
saldos a favor del IDE
|
No
|
DOCUMENTO
|
PERSONAS MORALES
|
PERSONAS FÍSICAS
|
1
|
Documentos que deban presentarse conjuntamente con el
aviso de compensación y que hayan sido omitidos o éste y/o sus anexos, se
hayan presentado con errores u omisiones.
|
X
|
X
|
2
|
Los datos, informes o documentos necesarios para
aclarar inconsistencias determinadas por la autoridad.
|
X
|
X
|
3
|
Escrito o papeles de trabajo en el que aclare la
cifra manifestada en la declaración por concepto de acreditamientos,
estímulos o reducciones por existir diferencias con lo determinado por la
autoridad.
|
X
|
X
|
4
|
Tratándose de residentes en el extranjero que tengan
un establecimiento permanente en el país, la certificación de residencia
fiscal, o bien, la certificación de la presentación de la declaración del
último ejercicio del ISR y, en su caso, escrito de aclaración cuando apliquen
beneficios de los tratados en materia fiscal que México tenga en vigor.
|
X
|
X
|
5
|
Escrito libre en el que aclare las compensaciones
aplicadas por el contribuyente, por existir diferencias contra lo determinado
por la autoridad.
|
X
|
X
|
6
|
Escrito o papeles de trabajo en el que se aclare la
cifra manifestada en la declaración por concepto de acreditamientos,
estímulos o recaudación por existir diferencias con lo determinado por la
autoridad.
|
X
|
X
|
7
|
Los datos, informes o documentos necesarios para
aclarar su situación fiscal ante el RFC.
|
X
|
X
|
Nota: Tratándose
de escritos libres, estos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente
o de su representante legal, en su caso.
39/CFF Solicitud de inscripción en el RFC de personas físicas
|
¿Quiénes lo
presentan?
Personas físicas a
partir de 18 años de edad cumplidos.
|
¿Dónde se
presenta?
·
En el Portal del SAT
·
En una ADSC previa cita registrada en el Portal del SAT, SAT
Móvil o Portal GOB.MX.
·
En las oficinas de la Entidad Federativa que corresponda a tu
domicilio, si optas por tributar en el Régimen de Incorporación Fiscal.
|
¿Qué documentos se
obtienen?
1. Solicitud de
inscripción en el RFC.
2. Acuse único de
Inscripción en el RFC que contiene la cédula de identificación fiscal y el
código de barras bidimensional (QR).
3. Acuse de
preinscripción en el RFC.
4. Acuse de
presentación inconclusa de solicitud de inscripción o aviso de actualización
en el RFC, que contiene el motivo por el cual no se terminó el trámite.
|
¿Cuándo se
presenta?
Dentro del mes
siguiente al día en que se tenga la obligación de presentar las declaraciones
periódicas, de pago o informativas propias o por cuenta de terceros o cuando
exista la obligación de expedir comprobantes fiscales por las actividades que
se realicen.
|
Requisitos:
En el Portal del
SAT:
No se requiere
presentar documentación
En la ADSC y en la
Entidad Federativa:
·
Contar con CURP o
·
Cédula de Identidad Personal, expedida por la Secretaría de
Gobernación a través del Registro Nacional de Población (original), en caso
de menores de edad que no cuenten con CURP.
·
Carta de naturalización expedida por la autoridad competente
debidamente certificada o legalizada, según corresponda, tratándose de
mexicanos por naturalización (original o copia certificada) o
·
Documento migratorio vigente, emitido por autoridad competente,
en caso de extranjeros (original o copia certificada).
·
Comprobante de domicilio fiscal, cualquiera de los señalados en
el inciso B) del apartado de Definiciones de este Anexo (original).
·
Poder notarial para actos de administración, dominio o
especiales en caso de representación legal, o carta poder firmada ante dos
testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o ante
fedatario público (copia certificada).
·
Identificación oficial vigente del contribuyente o
representante legal, cualquiera de las señaladas en el inciso A) del apartado
de Definiciones de este Anexo (original).
·
Acuse de preinscripción en el RFC, si iniciaste el trámite por
internet (original)
|
Requisitos
adicionales para quienes se encuentren en los siguientes casos:
|
a) Residentes en el extranjero con o sin establecimiento
permanente en México
|
·
Documento notarial con el que se haya designado el
representante legal para efectos fiscales (original).
·
Documento con el que acrediten su número de identificación
fiscal del país en que residan, cuando tengan obligación de contar con éste
en dicho país (copia certificada, legalizada o apostillada por autoridad
competente).
|
b) Personas físicas que realicen actividades de exportación de servicios
de convenciones y exposiciones
|
·
Documento con el que se acredite que el interesado es titular
de los derechos para operar un centro de convenciones o de exposiciones
(original).
|
c) Menores de edad
|
Los padres o
tutores que ejerzan la patria potestad o tutela de menores de edad y actúen
como representantes de los mismos, deben proporcionar:
·
Acta de nacimiento del menor, expedida por el Registro Civil u obtenida en el Portal www.gob.mx/actas (Formato
Único), Cédula de Identidad Personal, expedida por la Secretaría de
Gobernación a través del Registro Nacional de Población (original).
·
Resolución judicial o documento emitido por fedatario público
en caso de patria potestad o tutela (copia certificada).
·
Manifestación por escrito de conformidad de los padres para que
uno de ellos actúe como representante del menor, acompañado de las copias
simples de sus identificaciones oficiales vigentes cualquiera de las
señaladas en el inciso A) del apartado de Definiciones de este Anexo
(original).
·
Identificación oficial vigente cualquiera de las señaladas en
el inciso A) del apartado de Definiciones de este Anexo, del (los) padre(s) o
tutor(es) que funja(n) como representante(s) del menor. (original)
·
Poder notarial que acredite la personalidad del representante
legal, o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante
las autoridades fiscales o ante Notario o Fedatario Público (copia
certificada).
|
d) Personas con incapacidad legal, judicialmente declarada.
|
·
Resolución judicial definitiva, en la cual se declare la
incapacidad de la persona física y conste la designación del tutor o
representante legal (original).
·
Identificación oficial vigente del tutor o representante legal,
cualquiera de las señaladas en el inciso A) del apartado de Definiciones de
este Anexo (original).
|
Condiciones
·
En caso de preinscripción, llenar el formulario electrónico de
inscripción que se encuentra en el Portal del SAT, proporcionando los datos
solicitados.
·
El contribuyente, su representante o apoderado legal deberá
responder las preguntas que le realice la autoridad, relacionadas con la
identidad, domicilio y en general sobre la situación fiscal de la persona
física a inscribir.
|
Información
adicional
Los menores de
edad a partir de los 16 años pueden inscribirse en el RFC cumpliendo los
requisitos establecidos en la ficha 160/CFF de este Anexo, siempre que dicha
inscripción sea con la finalidad de realizar un servicio personal subordinado
(salarios).
|
Disposiciones
jurídicas aplicables
Arts. 27 CFF, 22,
26 Reglamento del CFF, Reglas 2.4.2., 2.4.6., 2.4.7., 2.4.15. RMF.
|
40/CFF Solicitud de inscripción en el RFC de trabajadores
|
¿Quiénes lo
presentan?
Personas físicas y
morales en su carácter de empleador o patrón que realice la inscripción de 2
o más trabajadores.
|
¿Dónde se
presenta?
En el Portal del
SAT.
|
¿Qué documento se
obtiene?
Comprobante de
envío de la solicitud con número de folio.
|
¿Cuándo se
presenta?
Cuando contrates
personal que preste servicios personales subordinados y que no estén
previamente inscritos en el padrón de RFC.
|
Requisitos:
Archivo con la
información de tus asalariados.
|
Condiciones:
Contar con
Contraseña.
|
Información
adicional
Generar el
archivo con las siguientes características:
1. Nombre del archivo RFC ddmmaaaa_consecutivo de dos dígitos (##)
Donde el RFC se refiere a la clave en el RFC del patrón
persona física o moral.
ddmmaaaa dd día mm mes aaaa año de la fecha de generación
del archivo.
consecutivo número consecutivo del archivo.
Por ejemplo, XAXX010101AAA07072012_01
2. Sin tabuladores.
3. Se deberá manejar únicamente mayúsculas.
4. El formato del archivo debe ser en Código Estándar Americano
para Intercambio de Información (ASCII).
5. La información del archivo deberá contener los siguientes ocho
campos delimitados por pipes “|”:
Primera
columna. - CLAVE CURP A 18 POSICIONES del asalariado.
|
Segunda
columna. - Apellido paterno del asalariado.
Tercera
columna. - Apellido materno del asalariado (No obligatorio).
Cuarta
columna. - Nombre(s) del asalariado.
Quinta
columna. - Fecha de ingreso del asalariado, debe ser en formato DD/MM/AAAA.
Sexta
columna. - Marca del indicador de los Ingresos del asalariado de acuerdo a
los valores siguientes: (únicamente pueden ser los valores 1, 2, 3, 4, 5 ó
6).
1. Asalariados
con ingresos mayores a $400,000.00 (Cuatrocientos mil pesos. 00/100 M.N.).
2. Asalariados
con ingresos menores o iguales a $400,000.00 (Cuatrocientos mil pesos. 00/100
M.N.).
3. Asimilables
a salarios con ingresos mayores a $400,000.00 (Cuatrocientos mil pesos.
00/100 M.N.).
4. Asimilables
a salarios con ingresos menores o iguales a $400,000.00 (Cuatrocientos mil
pesos. 00/100 M.N.).
5. Ingresos
por actividades empresariales asimilables a salarios con ingresos mayores a
$400,000.00 (Cuatrocientos mil pesos. 00/100 M.N.).
6. Ingresos
por actividades empresariales asimilables a salarios con ingresos menores o
iguales a $400,000.00 (Cuatrocientos mil pesos 00/100 M.N.).
Séptima
columna. - Clave en el RFC del patrón a 12 ó 13 posiciones, según corresponda
Persona Moral o Persona Física.
Octava
columna. - Correo electrónico válido del asalariado o del patrón que cumpla
con las características a que se refiere el apartado de Definiciones de este
Anexo.
Las
columnas no deberán contener títulos o estar vacías, excepto la tercera
columna (sólo si no tiene dato).
6. La información deberá enviarse en archivos de texto plano
comprimido en formato *.zip.
7. Adjuntar el archivo al caso de “Servicio o Solicitud” y
enviar al SAT a través de “Mi Portal”
|
Disposiciones
jurídicas aplicables
Arts. 27, quinto
párrafo CFF, 23 Reglamento del CFF, Reglas 2.4.6., 2.4.9., 2.4.15. RMF.
|
(Continúa en la Segunda Sección)