ACUERDO General del Comité Coordinador para Homologar Criterios en Materia Administrativa e Interinstitucional del Poder Judicial de la Federación, que establece las medidas de austeridad, optimización, disciplina presupuestal, y modernización de la gestión del ejercicio fiscal dos mil diecisiete. |
Martes 28 de febrero de 2017 |
ACUERDO GENERAL DEL COMITÉ COORDINADOR PARA HOMOLOGAR CRITERIOS EN MATERIA ADMINISTRATIVA E INTERINSTITUCIONAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, QUE ESTABLECE LAS MEDIDAS DE AUSTERIDAD, OPTIMIZACIÓN, DISCIPLINA PRESUPUESTAL, Y MODERNIZACIÓN DE LA GESTIÓN DEL EJERCICIO FISCAL DOS MIL DIECISIETE.
CONSIDERANDO
PRIMERO.- Por decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación el treinta y uno de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro, veintidós de agosto de mil novecientos noventa y seis, once de junio de mil novecientos noventa y nueve y trece de noviembre de dos mil siete, se reformaron, entre otros, los artículos 94, 99 y 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que modificaron la estructura y competencia del Poder Judicial de la Federación;
SEGUNDO.- La Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, en su artículo 5, fracción I, reconoce la autonomía presupuestaria otorgada por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos al Poder Judicial de la Federación, así como su potestad normativa para regular diversos aspectos relacionados con el ejercicio de su presupuesto;
TERCERO.- La Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, en su artículo 1, segundo párrafo, establece que los sujetos obligados deberán observar que la administración de los recursos públicos federales se realice con base en criterios de legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control, rendición de cuentas y equidad de género;
CUARTO.- La Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en el artículo 14, establece las atribuciones del Presidente de este Alto Tribunal; específicamente en la fracción primera, señala la de representar a la Suprema Corte de Justicia y llevar su administración;
QUINTO.- El Reglamento Orgánico en Materia de Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en su artículo 6, fracción II, dispone como atribución del Comité de Gobierno y Administración, el establecer las directrices para los procesos de planeación, programación, presupuestación, control y evaluación del gasto y su ejercicio;
SEXTO.- El Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo; en su artículo 34 establece que corresponde a la Comisión de Administración administrar los recursos del Poder Judicial de la Federación y el presupuesto de egresos autorizado anualmente por la Cámara de Diputados, con apego al Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación respectivo, y conforme a los principios de honestidad, economía, eficiencia, eficacia, celeridad, buena fe y transparencia;
SÉPTIMO.- El artículo 205 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación establece que la administración, vigilancia y disciplina del Tribunal Electoral, estarán a cargo de la Comisión de Administración. El propio ordenamiento, en su numeral 209, fracciones III y XXV faculta a dicho órgano para ejercer el presupuesto de egresos del citado Tribunal y expedir las normas internas en materia administrativa y establecer los criterios para modernizar las estructuras orgánicas, los sistemas y procedimientos administrativos internos;
OCTAVO.- En sesión celebrada el 24 de enero de dos mil ocho, se emitió el Acuerdo General conjunto 1/2008 del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de la Comisión de Administración del Consejo de la Judicatura Federal y de la Comisión de Administración del Tribunal Electoral de Poder Judicial de la Federación, por el que se crea el Comité Coordinador para Homologar Criterios en Materia Administrativa e Interinstitucional del Poder Judicial de la Federación, el cual tiene por objeto establecer los lineamientos para la unificación de criterios en materia de administración de recursos asignados al Poder Judicial de la Federación, a través de la emisión de acuerdos generales de observancia en los órganos de dicho Poder;
NOVENO.- El artículo 16, último párrafo, del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal dos mil diecisiete, que se publicó en el Diario Oficial de la Federación el treinta de noviembre de dos mil dieciséis, establece como un deber del Poder Judicial de la Federación implantar medidas equivalentes a las aplicables en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, respecto a la reducción del gasto destinado a las actividades administrativas y de apoyo, y del presupuesto regularizable de servicios personales, para lo cual deberá publicar en el Diario Oficial de la Federación, a más tardar el último día hábil de febrero, sus respectivos lineamientos y el monto correspondiente a la meta de ahorro, tomando en cuenta que en términos de lo señalado en el párrafo segundo del artículo 61 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, los ahorros generados durante el ejercicio fiscal como resultado de la aplicación de las medidas de austeridad y disciplina presupuestaria, podrán destinarse a los programas prioritarios de los tres Órganos del Poder Judicial de la Federación;
DÉCIMO.- En el marco del Plan de Desarrollo Institucional, se establece la línea general relativa a la Gestión Administrativa Eficaz, Eficiente y Moderna, cuyo objetivo específico es el de optimizar la programación, ejecución y evaluación presupuestaria institucional, a través del seguimiento del ejercicio presupuestal que permita de forma idónea en tiempo y condiciones, el fortalecimiento en el manejo de los recursos conforme a los principios de eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez que preceptúa el artículo 134 constitucional.
Asimismo, dentro de los objetivos específicos enunciados en la línea general en el párrafo que antecede, se prevé optimizar la gestión de proyectos de inversión; una estructura administrativa ágil y eficiente; así como el fortalecer e implementar el uso de las Tecnologías de Información y Comunicación (TIC´s) para mejorar el servicio que se presta de la Institución a los órganos jurisdiccionales y de éstos hacia las partes de los juicios que se tramitan, y;
DÉCIMO PRIMERO.- En el contexto del entorno económico actual, el Poder Judicial de la Federación, consciente de la problemática derivada por el aumento de los precios de los combustibles y de una compleja coyuntura nacional e internacional, impulsará medidas de contención del ejercicio del gasto, que contribuyan a preservar la estabilidad económica en un marco mayormente fortalecido de austeridad, y de promoción de la transparencia y rendición de cuentas.
Las medidas anteriormente señaladas se desarrollarán bajo la premisa de que la actividad jurisdiccional inherente a cada uno de los órganos del Poder Judicial de la Federación no se verá afectada para el cumplimiento de su encomienda constitucional.
En consecuencia, con fundamento en las disposiciones citadas, se expide el siguiente:
ACUERDO
CAPÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
PRIMERO.- El Poder Judicial de la Federación, a través de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Consejo de la Judicatura Federal y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, de conformidad con el artículo 94 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la facultad de que goza de expedir los acuerdos generales necesarios para la consecución de sus fines y metas, emite el presente Acuerdo General, el cual tiene por objeto establecer las medidas de contención del gasto, basadas en principios de austeridad, optimización, disciplina presupuestal, y mejora y modernización de la gestión, para el ejercicio fiscal dos mil diecisiete en el Poder Judicial de la Federación.
Las medidas que habrán de instrumentarse garantizarán en todo momento condiciones necesarias para una operación eficiente, que asegure el cumplimiento de las funciones del Poder Judicial de la Federación y aquellas obligaciones constitucionales establecidas para satisfacer la demanda ciudadana de acceso a la justicia.
Estas medidas deberán articularse con la planeación institucional y el Presupuesto Autorizado de cada uno de los Órganos del Poder Judicial de la Federación, a efecto de garantizar una impartición de justicia de calidad con un esquema integral de indicadores que permita verificar los resultados.
SEGUNDO.- Para los efectos del presente Acuerdo, se entenderá por:
Órganos del Poder Judicial.- Suprema Corte de Justicia de la Nación, Consejo de la Judicatura Federal y Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
Órganos de Gobierno.- Máximas autoridades en materia administrativa facultadas para tomar decisiones de su competencia, que son: el Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal; la Comisión de Administración del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación; el Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y la Comisión de Administración del Consejo de la Judicatura Federal.
Decreto de Presupuesto.- Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal dos mil diecisiete.
Unidades Administrativas.- Órganos jurisdiccionales, áreas administrativas y de apoyo de los tres órganos del Poder Judicial de la Federación.
TERCERO.- Las medidas que se contienen en el presente Acuerdo encuentran sustento en los principios de economía, eficiencia, eficacia, imparcialidad y honradez previstos en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para el ejercicio de los recursos públicos y garantizarán en todo momento las condiciones necesarias de operación que aseguren el cumplimiento de las funciones esenciales del Poder Judicial.
En este sentido y con el propósito de alcanzar las medidas planteadas, los órganos del Poder Judicial procurarán: adoptar las mejores prácticas que se desarrollen en la materia; establecer las acciones necesarias para lograr la simplificación y automatización de los procesos, privilegiando en todo momento el uso de medios electrónicos; e impulsarán las innovaciones administrativas que permitan alcanzar un efectivo ahorro.
CUARTO.- Son sujetos del presente Acuerdo las unidades administrativas que integran a los tres órganos del Poder Judicial.
CAPÍTULO SEGUNDO
DEL COMPROMISO DE AHORRO
QUINTO.- Sin demérito del cumplimiento de las metas institucionales aprobadas para cada uno de los órganos del Poder Judicial, el compromiso de ahorro que adquieren por virtud de las disposiciones del presente Acuerdo, será el de alcanzar la cantidad de hasta $1,900’000,000.00 (Mil novecientos millones de pesos 00/100 M. N.), distribuidos, en principio, de la siguiente forma:
Suprema Corte de Justicia de la Nación: $420’000,000.00.
Consejo de la Judicatura Federal: $1,000’000,000.00.
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación: $480’000,000.00.
Los rubros generales y afines a los tres órganos del Poder Judicial que permitirán alcanzar estas metas de ahorro durante el ejercicio dos mil diecisiete serán, entre otros, los siguientes: aplicación de vacancia; diferimiento de proyectos de obra pública no prioritarios; racionalización de los gastos de viáticos y pasajes; racionalización de la adquisición de bienes muebles e inmuebles; la no utilización y devolución al erario público de ingresos excedentes; cancelación de proyectos; y racionalización de gastos de ceremonial y difusión.
Cada una de las instancias del Poder Judicial de la Federación, establecerá los mecanismos para poner a disposición de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público las disponibilidades de recursos generados en el marco del presente documento.
CAPÍTULO TERCERO
DE LAS MEDIDAS INTERINSTITUCIONALES DE AUSTERIDAD, OPTIMIZACIÓN, DISCIPLINA PRESUPUESTAL Y MEJORA DE LA GESTIÓN
SEXTO.- Los Órganos del Poder Judicial promoverán las siguientes acciones:
A. ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS
I. Servicios personales
1. Se procurará que la creación de plazas obedezca a las necesidades indispensables para la atención de asuntos prioritarios y estratégicos del ámbito jurisdiccional, y sujeto a autorización de las instancias competentes de cada órgano del Poder Judicial.
2. Las estructuras organizacionales deberán responder a criterios de austeridad y se procurará que su crecimiento obedezca a la atención de necesidades del ámbito jurisdiccional, sujeto a dictámenes de procedencia, razonabilidad y disponibilidad presupuestal, a fin de garantizar el óptimo aprovechamiento del recurso humano, previa autorización de los órganos de Gobierno.
3. Las plazas que permanezcan vacantes por un periodo mayor a seis meses se destinarán para cubrir requerimientos, derivados de la encomienda de proyectos o programas nuevos, prioritarios o estratégicos, previa autorización de las instancias competentes de cada órgano del Poder Judicial.
4. Los contratos de prestación de servicios profesionales quedarán limitados, en la medida de lo posible, para cubrir necesidades de las áreas de apoyo a la función jurisdiccional; considerando los estrictamente indispensables y procurándose que sea en el tiempo mínimo necesario para cumplir con el objeto de los contratos, los cuales deberán estar debidamente justificados, y serán autorizados en apego a la normativa vigente.
5. Los titulares de las unidades administrativas deberán de solicitar únicamente la asignación de prestadores de servicio social que sean indispensables, atendiendo a las cargas de trabajo con las que cuentan, para que auxilien en las actividades de apoyo administrativo y jurídico.
6. Las ausencias de personal producto del otorgamiento de licencias, en la medida de lo posible, se cubrirán en los casos que sean requeridas por el titular del órgano correspondiente, con base en una necesidad operativa o funcional plenamente justificada, previa autorización de las instancias superiores respectivas.
En este sentido, los titulares de los órganos o áreas deberán promover en el ámbito de su competencia, que entre el personal activo se realicen las funciones del servidor público con licencia.
II. Becas y capacitación
1. Se impulsará un mayor aprovechamiento de la infraestructura informática y de telecomunicaciones de los tres Órganos en las tareas de actualización y capacitación a distancia, a fin de ampliar la cobertura y reducir los costos de la capacitación presencial.
2. En caso de ser necesaria la capacitación presencial, se realizará en las instalaciones de los Órganos del Poder Judicial; de no existir disponibilidad en éstas, se procurará arrendar aulas externas, buscando las mejores condiciones de contratación, en precio, equipamiento, instalaciones y ubicación.
3. Se promoverán convenios con los organismos académicos públicos y privados, así como con los prestadores de servicios, para el intercambio gratuito o de menor costo de cursos de capacitación en materia jurídica y administrativa.
B. ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES
I. Adquisición de bienes y contratación de servicios
1. Las Unidades Administrativas realizarán una revisión exhaustiva para reducir o ajustar sus requerimientos, en la búsqueda de ahorros o la disminución del gasto, sin que ello implique el incumplimiento de sus programas.
2. Se deberán evitar requerimientos no previstos en los programas autorizados, salvo los que se justifiquen de manera excepcional, en cuyo caso deberán contar con la autorización de las instancias superiores correspondientes.
3. Los requerimientos de las Unidades Administrativas deberán ajustarse a los calendarios autorizados previamente en los programas correspondientes, con particular énfasis en aquellos requerimientos para cuya obtención sea necesario procedimientos de licitación pública, a efecto de que los mismos puedan realizarse con la suficiente antelación que permita en su caso la reposición de dichos procesos.
4. Con el propósito de obtener las mejores condiciones de calidad, oportunidad y precio, los órganos del Poder Judicial promoverán la contratación y adquisición consolidada de bienes y servicios en los siguientes rubros:
a. Materiales de oficina y de administración;
b. Mobiliario y equipo administrativo;
c. Equipo de cómputo;
d. Vehículos.
e. Telefonía celular;
f. Seguros de gastos médicos mayores;
g. Seguros de vehículos;
h. Seguros de bienes inmuebles y contenidos;
i. Fotocopiado;
j. Hospedaje;
k. Transportación aérea, y
l. Servicios de voz y datos de la red amplia.
5. Con objeto de lograr condiciones económicas más favorables, se procurará celebrar contratos consolidados multianuales para las adquisiciones de bienes y servicios, de conformidad con sus características.
6. En los casos en que no se puedan hacer adquisiciones de bienes o contratación de servicios consolidados, cada Órgano del Poder Judicial buscará las mejores condiciones de calidad, oportunidad y precio.
7. Se promoverá el establecimiento de plataformas tecnológicas o sistemas informáticos que contribuyan a reducir tiempos de contratación, logrando contar con un catálogo de proveedores y sus antecedentes de cumplimiento.
8. Se promoverán procedimientos alternativos de adjudicación como el “concurso público sumario” o la “subasta en reversa”, a través de los cuales los licitantes después de que su propuesta técnica haya cubierto los requisitos cualitativos, realicen ofertas subsecuentes de descuento que mejoren el precio ofertado inicialmente.
9. Se fomentará el pago mediante transferencia electrónica.
10. Se promoverá la racionalización en el uso de los servicios de Internet.
11. En materia de adquisición de mobiliario se privilegiará el mantenimiento y rehabilitación del existente, con el fin de generar ahorros y disminuir en lo posible la compra de nuevo mobiliario. Para ello se establecerán mecanismos de coordinación entre los tres órganos del Poder Judicial para generar catálogos de mobiliario y equipo homogéneos que permanentemente se encuentren disponibles y actualizados para ser considerados en su aprovechamiento.
12. Se promoverá la aplicación de mejores prácticas para lograr una mayor racionalización de los servicios de envío de paquetería y correspondencia.
13. Se promoverá la instrumentación de mecanismos tendentes a disminuir a lo estrictamente indispensable los consumibles de bebidas y alimentos.
14. Las erogaciones vinculadas a los programas sociales y culturales y demás eventos de naturaleza similar, se reducirán al mínimo indispensable, especialmente aquellas actividades que impliquen salidas masivas del personal, traslados que requieran transporte, comida y hospedaje fuera del ámbito de su residencia de lugar de trabajo, sin que ello afecte el cumplimiento de los propósitos que se persiguen con dichos programas.
15. Los Órganos del Poder Judicial realizarán, preferentemente, contrataciones en moneda nacional privilegiando su ejecución con empresas nacionales, para mitigar la posibilidad de incrementos en el costo por deslizamiento del tipo de cambio y apoyando el mercado nacional.
II. Vehículos oficiales
1. La adquisición de vehículos de servicio deberá disminuirse al mínimo indispensable y se realizará preferentemente para la sustitución del parque vehicular que haya dejado de ser útil, debiendo contar con la autorización de las instancias superiores correspondientes.
El uso de los vehículos de servicio se reducirá a lo estrictamente necesario a fin de lograr ahorros en el consumo de gasolina, mantenimiento y gastos vinculados.
2. Se continuará con las acciones de programación de los mantenimientos preventivo y correctivo de los vehículos para mantenerlos en óptimas condiciones de uso y prolongar su vida útil con el consiguiente abatimiento de costos.
3. Se analizarán e instrumentarán nuevas prácticas administrativas que permitan fortalecer los mecanismos de registro y control tanto de la dotación de gasolina a los vehículos oficiales, como del uso de los vehículos a efecto de garantizar que sean utilizados exclusivamente para las actividades de carácter laboral, a fin de lograr reducciones de gasto en su mantenimiento.
III. Servicio de telefonía
1. Se fortalecerán los mecanismos de supervisión del uso de servicios telefónicos y, en su caso, para la recuperación del costo de llamadas de telefonía celular de carácter particular.
2. El servicio de telefonía celular, se otorgará exclusivamente a aquellos servidores públicos que para cumplir con sus funciones, autorice el Órgano de Gobierno correspondiente; aplicándose las cuotas asignadas y quedando a cargo de los usuarios, los gastos excedentes a dichas cuotas; es decir, que no correspondan a actividades institucionales.
3. Para el aprovechamiento de la infraestructura de telecomunicaciones de los tres Órganos en los servicios de telefonía, se promoverán políticas a fin de ampliar la cobertura y reducir los costos del servicio.
IV. Difusión, impresiones y publicaciones oficiales
1. Se impulsará en la medida de lo posible la realización de producciones televisivas del Poder Judicial con recursos humanos y tecnológicos propios, o de entidades del estado, evitando el arrendamiento de equipo de video, audio e iluminación.
2. Se privilegiará la celebración de convenios de servicios con instancias gubernamentales, que permitan aportar tiempos de grabación, producción y transmisión en estaciones de radio, de programas, cápsulas y spots de radio, sobre el quehacer institucional.
3. Se promoverá la celebración de convenios con instituciones públicas para la producción, edición e impresión de obras de carácter jurídico, así como para la difusión del quehacer del Poder Judicial de la Federación.
4. Realizar comunicados de prensa por medios electrónicos a los periodistas y jefes de información de la fuente periodística que cubren los Órganos del Poder Judicial.
5. La adquisición de artículos promocionales deberá limitarse al mínimo indispensable, de conformidad con las políticas de imagen institucional.
Se continuará con la difusión de la imagen institucional conforme a los lineamientos establecidos en el Decreto de Presupuesto, utilizando preferentemente los espacios oficiales y los medios que la Ley señala.
6. Para la difusión de información de carácter público y la publicidad de las actividades institucionales, se privilegiará cuando así sea posible, el uso de la Intranet e Internet; racionalizando y optimizando los recursos presupuestales autorizados para las publicaciones en medios impresos.
7. A efecto de abatir costos de publicación, distribución y ocupación de espacio, se publicará preferentemente en medios y dispositivos electrónicos las ediciones institucionales y se determinará el número de tirajes impresos, de conformidad con el programa de distribución previamente establecido.
8. Se reducirán al mínimo las impresiones de documentos de folletería, la edición de libros institucionales y demás materiales, a efecto de que sólo se realicen aquellas estrictamente necesarias y justificadas. En el caso de adquisición de libros se dará preferencia a las versiones electrónicas.
9. La impresión de papelería personalizada se restringirá a las especificaciones autorizadas, no siendo posible ajustar color o diseño, de conformidad con los lineamientos establecidos para tal efecto.
V. Aprovechamiento de espacios físicos
1. Para la realización de convenciones, congresos, seminarios, talleres de trabajo y demás eventos de naturaleza similar, se utilizarán preferentemente los espacios e instalaciones administrados por el Poder Judicial de la Federación y, en su caso, se buscará el apoyo o la contratación de espacios en instituciones públicas. Se promoverá la utilización de Backs versátiles susceptibles de reuso.
Se procurará ampliar la cobertura a través del uso de la modalidad electrónica a distancia para la transmisión, difusión y realización de convenciones, seminarios, cursos, diplomados y otros de naturaleza análoga.
2. Con el fin de aprovechar los espacios de almacenamiento, se dará impulso a la desincorporación de bienes muebles no útiles para el desarrollo de las funciones institucionales y se promoverá la suscripción de convenios de colaboración con instituciones públicas, preferentemente del sector educativo y social, para la realización de donaciones de papel de reúso, mobiliario, equipo informático y demás materiales e insumos.
3. Se buscarán estrategias entre los tres Órganos del Poder Judicial con el fin de aprovechar en lo posible, las máximas capacidades de espacios para uso de oficinas disponibles.
4. Se implementarán medidas para la racionalización en la asignación y uso de lugares de estacionamiento.
VI. Desincorporación de bienes
1. Se enajenarán los bienes muebles o inmuebles improductivos u obsoletos, ociosos o innecesarios, previa autorización del Órgano de Gobierno que corresponda, a fin de evitar gastos de administración y mantenimiento, procurando que este proceso se realice preferentemente a través del “Servicio de Administración y Enajenación de Bienes” (SAE).
C. ADMINISTRACIÓN DE INMUEBLES, OBRA PÚBLICA Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LA MISMA
1. Se dará prioridad a la adquisición de inmuebles y ejecución de obra pública que tengan carácter prioritario, difiriendo aquellos que no reúnan dicha característica.
2. Las remodelaciones de oficinas serán las mínimas indispensables y deberán permitir una ocupación más eficiente de los espacios en los inmuebles institucionales.
3. En materia de obras, mantenimiento y servicios de intendencia, se atenderán estrictamente las previstas en el Programa Anual de Necesidades, y de manera excepcional las que previo dictamen de procedencia, estén vinculadas con situaciones que pongan en riesgo la seguridad de las personas o inmuebles; que atiendan lo requerido para las personas con discapacidad; el impacto ambiental; y otras que se determinen estrictamente indispensables.
4. En la formulación de los proyectos, habrá de considerarse la conveniencia de especificar insumos o equipos preferentemente de fabricación nacional, y solo procederá a especificar o a definir marca, fabricante y patente extranjera cuando de manera fehaciente, con un análisis de costo beneficio, se acredite la inexistencia para optar por lo que ofrece el mercado nacional, o la exclusividad del proveedor.
5. Los Órganos del Poder Judicial instrumentarán las acciones específicas para dar un mayor impulso al programa de ahorro de energía eléctrica y agua, entre otros.
D. ADMINISTRACIÓN DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN
1. Para la generación de ahorros en materia de Tecnologías de la Información, se instrumentarán acciones para el máximo aprovechamiento de la infraestructura de los Órganos del Poder Judicial, en cuanto al uso de redes internas y conmutadores, sistemas de comunicación de voz, datos, imágenes y videoconferencias.
2. Se optimizará el uso de los sistemas informáticos que dupliquen funcionalidades, y se buscará la liberación de espacios en los servidores y el alojamiento de los aplicativos.
3. Para la racionalización y optimización en el uso de los equipos, se deberá aprovechar la infraestructura que se tiene dentro de los Centros de Datos institucionales.
4. Se impulsará el aprovechamiento de los servicios que se ofrecen en telefonía fija, mensajería unificada, videoconferencia, videostreaming y conexión privada virtual (VPN).
5. Se buscará el ahorro de recursos a través del desarrollo y adopción de herramientas informáticas para eficientar los tiempos de gestión de los procesos administrativos y la tramitación de los asuntos judiciales, mediante:
a. La utilización de la firma electrónica para la gestión administrativa y con ello minimizar el uso de papel y fomentar la operatividad interna, a través de tiempos de respuesta.;
b. La integración del reconocimiento de las firmas electrónicas para trámites administrativos, de los tres Órganos del Poder Judicial;
c. La utilización preferentemente del sistema de videoconferencia para reducir costos asociados a la difusión, traslado y aquellos que le son conexos;
d. Estrategias institucionales para optimizar el uso de equipos multifuncionales que permitan generar ahorros en adquisición de equipo de impresión y sus consumibles, así como la reducción del número de equipos a través del establecimiento de centros de impresión y fotocopiado en las áreas.
e. El empleo de comunicaciones electrónicas al interior y exterior del Poder Judicial de la Federación;
f. La sistematización de la Estadística Judicial;
g. La modernización continua de los sistemas de informática jurídica;
h. La promoción de acciones coordinadas por los tres Órganos del Poder Judicial que permita la interoperabilidad de los sistemas de información;
i. La utilización de quioscos informáticos con las funcionalidades básicas, a fin de ir permeando el uso de la tecnología en el personal que, por sus funciones, no tenga asignado equipo institucional;
j. La instrumentación de ventanillas únicas de atención de los trámites y servicios que otorgan los Órganos del Poder Judicial;
k. La gestión electrónica de los trámites y servicios institucionales a través de la instrumentación de proyectos que permitan la automatización de los procesos operativos institucionales en materia administrativa, con los consiguientes ahorros colaterales.
l. La adquisición de equipos de tecnología de alto desempeño que sustituyan otros equipos de procesamiento y periféricos obsoletos y de alto consumo energético, generando ahorros a través de la reducción de costos colaterales.
m. La automatización de procesos, con lo cual se simplifiquen y optimicen las actividades del personal para que, en su caso, le sean asignadas nuevas funciones.
n. Medidas para la racionalización del uso y asignación de equipo informático conforme a las funciones y responsabilidades de los servidores públicos.
6. La sustitución de bienes informáticos (hardware y software) deberá estar considerada en los Programas autorizados; antes de iniciar cualquier acción de adquisición, deberá contarse con la autorización de las instancias superiores correspondientes, previa valoración de la vida útil de los equipos a sustituir.
7. Para los requerimientos de software, preferentemente se buscará y propondrán alternativas de software sin costo, bajo las modalidades de código abierto, libre o gratuito, en el entendido que dicha propuesta debe atender de manera efectiva al área requirente y debe ser acorde con la infraestructura tecnológica de cada Órgano del Poder Judicial.
E. VIÁTICOS Y PASAJES
1. Las comisiones de los servidores públicos deberán restringirse a lo estrictamente indispensable, preferentemente para asuntos relacionados con las funciones jurisdiccionales o de apoyo a la función jurisdiccional.
Los viajes al extranjero que sea necesario realizar, deberán contar con la autorización de las instancias superiores correspondientes.
2. Los gastos de transportación internacional de participantes a eventos institucionales, se contratarán invariablemente en clase turista y serán aprobados por las instancias superiores correspondientes.
3. La transportación aérea y el hospedaje se contratarán en las mejores condiciones de calidad, oportunidad y precio; para tal efecto, los servidores públicos procurarán programar, con la mayor anticipación posible las comisiones.
4. Planear preferentemente las comisiones con salidas en los primeros horarios y con su regreso en los últimos horarios, para evitar gastos de hospedaje en el lugar de la comisión.
5. Las áreas solicitantes deberán evitar cambios o cancelaciones en el itinerario de comisionados a efecto de evitar incurrir en gastos que no son reembolsables.
F. DESARROLLO SUSTENTABLE
1. Se procurarán medidas alineadas al desarrollo sustentable, en beneficio del medio ambiente y equilibrio ecológico, considerándose:
a. Fomentar el consumo de productos “eco-amigables” como focos y lámparas de bajo consumo de energía; computadoras ahorradoras de energía; papel reciclado o blanqueado sin cloro; reducción de compras de productos desechables; compra de artículos de limpieza biodegradables y mingitorios ecológicos.
b. Promover el establecimiento de estándares para la adquisición e instalación de muebles y accesorios economizadores de agua y en algunos casos mingitorios que no requieren de agua, lámparas economizadoras de energía y de baja potencia, materiales de construcción de larga vida útil y de bajo mantenimiento, entre otros.
c. Proponer criterios de “eco-eficiencia” en las políticas de compras de automóviles.
d. Se disminuirá el consumo de papelería, utilizando para ello el correo electrónico como medio de comunicación, asimismo, se disminuirá al mínimo indispensable la impresión a color; y las impresiones se realizarán preferentemente por ambos lados.
Los ahorros antes señalados, vinculados con uso de consumibles y servicios generales, deberán estar asociados en la medida de lo posible con criterios y tecnologías para la disminución de impacto ambiental.
2. Se fortalecerá una cultura de prevención y responsabilidad ambiental entre los servidores públicos del Poder Judicial de la Federación, tendente a incrementar la eficiencia en el uso de energía, agua y recursos materiales, así como manejar y minimizar los residuos sólidos y aguas residuales, mediante su reducción, la reutilización y el reciclaje.
CAPÍTULO CUARTO
DE LA DISCIPLINA PRESUPUESTAL
SÉPTIMO.- Las Unidades Administrativas, en el ámbito de su competencia, instrumentarán las acciones tendentes a fomentar el ahorro a través de las medidas contenidas en el presente documento.
OCTAVO.- Los ingresos excedentes derivados de la operación de los Órganos del Poder Judicial, en términos del Artículo 20 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, serán identificados y dispuestos a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para el apoyo del Acuerdo para el Fortalecimiento Económico y la Protección de la Economía Familiar.
NOVENO.- Los ahorros identificados por los Órganos del Poder Judicial serán dispuestos a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para el apoyo del Acuerdo para el Fortalecimiento Económico y la Protección de la Economía Familiar.
DÉCIMO.- Las Unidades Administrativas revisarán mensualmente su ejercicio presupuestal, identificando aquellos recursos que no serán ejercidos, para que sean puestos a disposición de las áreas de presupuesto.
DÉCIMO PRIMERO.- Las modificaciones o cancelaciones de proyectos, se comunicarán a las áreas de presupuesto por las Unidades Administrativas, especificando los motivos de la modificación o cancelación.
DÉCIMO SEGUNDO.- Los ingresos excedentes y ahorros generados en el ejercicio 2017 descritos en los puntos Octavo y Noveno anteriores se reintegrarán a la Tesorería de la Federación, en observancia al compromiso asumido por el Poder Judicial de la Federación.
CAPÍTULO QUINTO
DEL CONTROL, SEGUIMIENTO Y TRANSPARENCIA
DÉCIMO TERCERO.- Los Órganos del Poder Judicial a través de las Unidades Administrativas responsables, reportarán trimestralmente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en el “Informe sobre la Situación Económica, las Finanzas Públicas, y la Deuda Pública”, y en la “Cuenta Anual de la Hacienda Pública”, el avance y los montos de ahorro obtenidos, derivado de la aplicación de las presentes medidas.
DÉCIMO CUARTO.- Los Órganos del Poder Judicial establecerán acciones que propicien el fortalecimiento de un sistema de control interno y la evaluación de la gestión institucional, a efecto de incorporar las mejores prácticas administrativas, e impulsar, promover y homologar estas acciones en los Órganos del Poder Judicial, en el marco del Sistema Nacional Anticorrupción y del Sistema Nacional de Fiscalización, mediante la formalización de los respectivos instrumentos jurídicos.
DÉCIMO QUINTO.- Las medidas descritas en el presente instrumento, deberán contemplar los elementos necesarios para su cuantificación, medición y seguimiento, en términos monetarios y de unidad, a través de los mecanismos que para tal efecto se instrumenten, con lo cual se identifiquen los beneficios.
Trimestralmente, las Unidades Administrativas deberán reportar a las instancias superiores de cada Órgano del Poder Judicial de la Federación, los datos concretos y las acciones instrumentadas para lograr la meta de ahorro establecida.
DÉCIMO SEXTO.- Las situaciones no previstas en este Acuerdo General, así como su interpretación, serán resueltas por el Órgano de Gobierno de cada instancia del Poder Judicial.
DÉCIMO SÉPTIMO.- Adicionalmente al cumplimiento de lo ordenado por el Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación, con la difusión del presente Acuerdo en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, en el Diario Oficial de la Federación y en la página de Internet de cada uno de los Órganos de Poder Judicial de la Federación, se atiende a lo previsto en el artículo 70 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Acuerdo General entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- Publíquese este Acuerdo en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, así como en el Diario Oficial de la Federación y en medios electrónicos de consulta pública en términos de lo previsto en el artículo 70 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Ciudad de México, 28 de febrero de dos mil diecisiete.- El Ministro Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal, y Presidente del Comité Coordinador para Homologar Criterios en Materia Administrativa e Interinstitucional del Poder Judicial de la Federación, Luis María Aguilar Morales.- Rúbrica.- La Magistrada Presidenta del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y miembro del Comité Coordinador para Homologar Criterios en Materia Administrativa e Interinstitucional del Poder Judicial de la Federación, Janine M. Otálora Malassis.- Rúbrica.