ACUERDO mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones expide los Lineamientos de Austeridad y Disciplina Presupuestaria para el ejercicio fiscal 2017. |
Martes 28 de febrero de 2017 |
Al margen un logotipo, que dice: Instituto Federal de Telecomunicaciones.
ACUERDO MEDIANTE EL CUAL EL PLENO DEL INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES EXPIDE LOS LINEAMIENTOS DE AUSTERIDAD Y DISCIPLINA PRESUPUESTARIA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2017.
En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 16, penúltimo párrafo, del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2017, y con fundamento en los artículos 28, párrafos décimo quinto y vigésimo, fracciones I y II, y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 5, fracción I, inciso b), 61, párrafos primero y segundo, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 15, fracción LXIII, 16, 20, fracción XIV, de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, así como 1 y 6, fracciones XXV y XXXVIII, y 19, fracción VI, del Estatuto Orgánico del Instituto Federal de Telecomunicaciones, y
CONSIDERANDO
Que el Instituto Federal de Telecomunicaciones, en lo sucesivo Instituto, es un órgano autónomo con personalidad jurídica y patrimonio propio, cuyo objeto es el desarrollo eficiente de la radiodifusión y las telecomunicaciones conforme a lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los términos que fijen las leyes, además de ser autoridad en materia de competencia económica en dichos sectores;
Que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, en su artículo 1 establece que los sujetos obligados deberán observar que la administración de los recursos públicos federales se realice con base en criterios de legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control, rendición de cuentas y equidad de género;
Que la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión aprobó el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2017, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2016, el cual establece en su artículo 16, penúltimo párrafo que los entes autónomos deberán implantar medidas equivalentes a las aplicables en las dependencias y entidades previstas en dicho artículo, respecto de la reducción del gasto destinado a las actividades administrativas y de apoyo y del presupuesto regularizable de servicios personales, para lo cual publicarán en el Diario Oficial de la Federación y en sus respectivas páginas de Internet, a más tardar el último día hábil del mes de febrero, sus respectivos lineamientos y el monto correspondiente a la meta de ahorro. Asimismo, reportarán en los Informes Trimestrales las medidas que hayan adoptado y los montos de ahorros obtenidos;
Que el proyecto de Presupuesto de Egresos propuesto por el Instituto a la Cámara de Diputados para el Ejercicio Fiscal 2017 contempló una disminución del 4.1% en términos reales y del 1% en términos nominales con respecto a su presupuesto para el ejercicio fiscal 2016, y fue autorizado en esos términos;
Que durante los ejercicios presupuestarios de 2014, 2015 y 2016 el Instituto ha aplicado medidas de austeridad y disciplina presupuestaria que han permitido reducir en términos reales su presupuesto de egresos autorizado en 5.3% en dicho periodo (es decir, desde su creación) lo que sumado a la reducción al presupuesto autorizado en 2017 representa una disminución del 9.5% en términos reales;
Que con fecha 9 de enero de 2017, el Ejecutivo Federal suscribió el “Acuerdo para el Fortalecimiento Económico y la Protección de la Economía Familiar” mediante el cual se exhorta a los otros Poderes de la Federación, a los Órganos Autónomos, así como a los Gobiernos Locales, para que adopten medidas similares a las implementadas por el Gobierno de la República;
Que es propósito del Instituto optimizar el ejercicio de su presupuesto sin detrimento de los programas sustantivos, operativos, administrativos y metas autorizados, en concordancia con las disposiciones señaladas en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2017, por lo que el Pleno del “Instituto” expide el siguiente:
ACUERDO MEDIANTE EL CUAL EL PLENO DEL INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES EXPIDE LOS LINEAMIENTOS DE AUSTERIDAD Y DISCIPLINA PRESUPUESTARIA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2017
El presente Acuerdo tiene por objeto establecer las medidas de austeridad y disciplina presupuestaria del Instituto Federal de Telecomunicaciones a que se refiere el penúltimo párrafo del artículo 16 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2017, sin afectar el cumplimiento de las metas de los programas aprobados, con el que se pretende alcanzar un ahorro de $70´500,000.00 (Setenta millones quinientos mil pesos M.N.).
Los recursos que se originen de la aplicación de las medidas contenidas en el apartado II se reintegrarán a la Tesorería de la Federación conforme se generen.
I. DISPOSICIONES GENERALES
ÁMBITO ADMINISTRATIVO DE APLICACIÓN
1. Las disposiciones contempladas en los presentes Lineamientos de Austeridad y Disciplina Presupuestaria para el ejercicio fiscal 2017, serán de observancia general y obligatoria para las Unidades Administrativas del Instituto.
2. Los Titulares de las Unidades Administrativas como responsables del cumplimiento de los programas presupuestarios a su cargo, así como del ejercicio del presupuesto aprobado a sus Unidades Administrativas deberán vigilar que las erogaciones que realicen se apeguen a los principios de legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control, rendición de cuentas y equidad de género; al presupuesto autorizado y que se lleven a cabo conforme a los presentes Lineamientos.
DEFINICIONES
3. Para efectos de los presentes Lineamientos, se entenderá por:
a) DGARMSG.- Dirección General de Adquisiciones, Recursos Materiales y Servicios Generales.
b) DGFPC.- Dirección General de Finanzas, Presupuesto y Contabilidad.
c) DGTIC.- Dirección General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones.
d) Estatuto.- Estatuto Orgánico del Instituto Federal de Telecomunicaciones.
e) Instituto o IFT.- Instituto Federal de Telecomunicaciones.
f) Lineamientos.- Lineamientos de Austeridad y Disciplina Presupuestaria para el Ejercicio Fiscal 2017.
g) PEF 2017.- Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2017.
h) Pleno.- Órgano máximo de Gobierno del Instituto.
i) Presidente.- Presidente del IFT.
j) UADM.- Unidad de Administración del IFT.
k) UA.- Unidades Administrativas, las cuales son el Presidente del IFT, el Pleno, la Coordinación Ejecutiva, la Autoridad Investigadora, el Centro de Estudios, las Unidades y Coordinaciones Generales señaladas en el artículo 4, fracciones V y VIII, respectivamente, del Estatuto, así como el Órgano Interno de Control del IFT.
II. MEDIDAS DE AUSTERIDAD Y DISCIPLINA PRESUPUESTARIA PARA EL EJERCICIO 2017
SERVICIOS PERSONALES
1. Se reducirán en 10% las partidas de sueldos y salarios de los servidores públicos considerados “Alta Dirección” en términos del artículo 5 fracción II, inciso a), de las Disposiciones por las que se establece el Sistema de Servicio Profesional del Instituto.
2. Se reintegrarán a la Tesorería de la Federación aquellos ahorros derivados de vacancia de plazas que no se destinen a proyectos prioritarios del Instituto.
3. En el presente ejercicio fiscal no se crearán plazas de estructura en nivel alguno, salvo que se cuente con la previsión presupuestaria aprobada para tal fin en el PEF 2017, así como aquéllas que sean resultado de modificaciones normativas.
4. Los sueldos y salarios, así como las prestaciones económicas o en especie, deberán ajustarse a lo establecido en el “Manual de Remuneraciones para los Servidores Públicos del Instituto Federal de Telecomunicaciones para el ejercicio fiscal 2017”.
COMISIONES Y PASAJES
5. El presupuesto destinado a viáticos y pasajes se reducirá en un 10%.
6. Las UA reducirán el gasto por concepto de comisiones nacionales y al extranjero con respecto de los montos originalmente aprobados, así como el número de participantes al mínimo indispensable.
COMUNICACIÓN SOCIAL
7. Se reducirá en 5% el presupuesto aprobado en comunicación social, y se sujetará a lo dispuesto en el artículo 17 del PEF 2017.
SERVICIOS INTEGRALES
8. El presupuesto correspondiente a la contratación de servicios integrales destinados a la realización de eventos, convenciones, exposiciones, seminarios, espectáculos culturales, simposios o cualquier otro tipo de foro o evento análogo se reducirá en 10%.
BIENES MATERIALES
9. El Instituto continuará promoviendo la contratación consolidada y/o integral de bienes y servicios tales como telefonía, mantenimiento de bienes muebles e inmuebles, impresión, fotocopiado, limpieza, vigilancia, seguros de bienes patrimoniales, vales de despensa, suministro de artículos de papelería, útiles de oficina y cafetería, transporte vehicular, adquisición o arrendamiento de vehículos entre otros, con el fin de obtener, previo análisis costo beneficio, ahorros y mejores condiciones para el Instituto en cuanto a calidad, precio y oportunidad.
10. La adquisición y el arrendamiento de inmuebles procederán, exclusivamente y previo análisis costo beneficio, para cubrir el déficit de espacios físicos disponibles para el personal requerido para desarrollar las funciones y atribuciones que tiene el Instituto.
11. La UADM evaluará la viabilidad y el costo beneficio de ejercer anticipadamente la opción de compra establecida en el contrato del arrendamiento financiero del inmueble sede del Instituto que recibió de la extinta Comisión Federal de Telecomunicaciones, utilizando para ello los ingresos que se obtienen por el entero correspondiente de los derechos de uso del espectro radioeléctrico a que se refiere el artículo 253-A de la Ley Federal de Derechos, con la finalidad de contribuir a la obtención de ahorros de largo plazo por concepto del pago de intereses.
12. Para el ejercicio fiscal 2017, se autorizarán erogaciones para la remodelación de oficinas únicamente cuando sean estructurales; mantenimientos mayores o indispensables en los inmuebles y no puedan postergarse; las que impliquen una ocupación más eficiente de los espacios en los inmuebles; las que se destinen a reparar daños provenientes de caso fortuito o fuerza mayor; las que tengan como como propósito dar cumplimiento a la normatividad en materia de seguridad de las personas y de la información, protección civil, accesibilidad en los inmuebles y sustentabilidad ambiental; así como las que tengan por objeto mejorar y hacer más accesible y eficiente la atención al público.
13. En materia de control vehicular se adoptarán las siguientes medidas:
a) Las UA propiciarán el uso eficiente del parque vehicular, así como el cumplimiento oportuno de los programas de mantenimiento preventivo, correctivo y de verificación vehicular, para contribuir en la disminución del consumo de combustibles y lubricantes.
b) En el ejercicio fiscal 2017 sólo se adquirirán o arrendarán vehículos, previo análisis costo beneficio, para la modernización del parque vehicular del Instituto o bien para cubrir las bajas por siniestro. En todo caso, se deberá demostrar su factibilidad técnico-económica. Asimismo, se implementarán medidas para la reducción del tamaño del parque vehicular del Instituto.
c) La DGARMSG incluirá en el Programa de Disposición Final y Baja de Bienes Muebles la baja de vehículos que hayan cumplido su vida útil y cuyo costo de mantenimiento resulte oneroso. La enajenación de estos bienes se llevará conforme a los procedimientos de disposición final establecidos en las Normas en materia de administración, control y enajenación de bienes muebles y para la adquisición, arrendamiento y enajenación de bienes inmuebles del Instituto Federal de Telecomunicaciones;
14. En el ejercicio fiscal 2017, procederá la adquisición de mobiliario sólo cuando sea indispensable cubrir algún déficit, así como aquel que resulte necesario para sustituir las bajas por obsolescencia o que sea necesario para una ocupación más eficiente de los espacios en los inmuebles.
15. La UADM continuará con la instrumentación de acciones para la enajenación y baja de aquellos bienes muebles no útiles u obsoletos, ociosos o innecesarios para el desarrollo de las funciones institucionales.
SUSTENTABILIDAD
16. La UADM promoverá la continuidad de una cultura de sustentabilidad y responsabilidad ambiental basada en el ahorro de recursos naturales y materiales a corto plazo, como la adquisición o arrendamiento de vehículos híbridos, productos y servicios de bajo impacto ambiental, ahorro y eficiencia energética, consumo responsable del agua, reutilización y reciclado de materiales y útiles de oficina, campañas de concientización, entre otros, con el fin de generar hábitos sustentables en el personal del Instituto.
17. La UADM continuará con las acciones para la sustitución de luminarias, la instalación de sensores de presencia para encendido y apagado automático de luces, medidas operativas y tecnológicas encaminadas a reducir el consumo de agua y energía en los inmuebles, entre otras.
18. Las UA implementarán medidas para que los servidores públicos apaguen las luminarias cuando concluyan su jornada laboral y/o se ausenten por un periodo prolongado.
19. Se continuará con la configuración de ahorro de energía de los equipos de cómputo, así como la práctica de apagado en horarios no laborales.
20. La UADM promoverá la implementación de programas internos que promuevan un menor uso del automóvil, el uso de medios alternativos de transportación y mecanismos colaborativos para el traslado de los servidores públicos desde y hacia las oficinas del Instituto.
MEDIOS TECNOLÓGICOS
21. Se dará continuidad al uso de medios digitales para la difusión de las publicaciones para el cumplimiento de las funciones sustantivas del Instituto. Sólo se realizará la edición e impresión de libros y publicaciones que sean estrictamente necesarias, o bien, cuando así esté previsto en algún ordenamiento administrativo. En ambos casos, se imprimirá únicamente el tiraje necesario.
22. La DGTIC continuará con la promoción del uso de ambientes colaborativos de trabajo que utilicen carpetas electrónicas compartidas y sitios web de colaboración; que permitan un uso más eficiente de los recursos informáticos y disminuyan la necesidad de copias impresas de documentos de trabajo.
23. Las UA vigilarán que la comunicación interna, así como la comunicación con actores externos, se lleve a cabo primordialmente mediante el uso de correo electrónico y de las herramientas de comunicación unificada que la DGTIC pone a disposición de los servidores públicos del IFT.
24. La UADM continuará con la implementación de trámites de forma electrónica o mediante el uso intensivo de tecnologías de la información con la finalidad de modernizar la gestión administrativa del Instituto y disminuir el uso de consumibles.
25. Las UA promoverán el uso de la firma electrónica avanzada para la realización de aquellos trámites que la normativa permita y que coadyuven a la reducción en el consumo de papel.
AHORRO DE CONSUMIBLES
26. Se continuará con la impresión de documentos a doble cara, reduciendo el consumo de hojas al mínimo indispensable y se evitará la impresión de publicaciones completas como Diarios Oficiales, boletines, estudios, entre otras, privilegiando la consulta del material en formato electrónico. Para aquellos contratos suscritos por la DGARMSG en el ámbito de sus atribuciones, se suscribirá sólo un ejemplar de los anexos en forma autógrafa y el resto de ejemplares se pondrá a disposición en formato digital.
27. De la misma forma, se deberá dar preferencia a la reutilización de hojas de papel y materiales de oficina, a optimizar el uso de cuadernos y libretas y sustituir el uso de papel en todas estas formas, por medios electrónicos.
28. Se dará continuidad a la política de eliminación de copias de conocimiento y copias impresas de documentos de trabajo.
ASESORÍAS
29. Las partidas de asesorías, consultorías, estudios e investigaciones se reducirán en 5%.
Los presentes Lineamientos permitirán cumplir con el monto de ahorro estimado del Presupuesto autorizado al Instituto para el Ejercicio Fiscal 2017 a que se refiere el primer párrafo de los presentes Lineamientos.
Las UA con la participación que corresponda a la UADM integrarán el monto de ahorro por UA que se debe alcanzar para tales efectos.
Las economías y ahorros generadas como producto de la aplicación de los presentes Lineamientos no se consideran regularizables para el ejercicio 2018 por lo que no afectarán la estructura del Instituto, sus UA y los proyectos del Instituto.
III. TRANSPARENCIA
1. La DGFPC deberá reportar en los informes trimestrales a que se refiere el artículo 16, último párrafo, del PEF 2017, las medidas y acciones adoptadas, así como los montos de ahorro obtenidos, derivado de la aplicación de los presentes Lineamientos.
2. La DGFPC a través del Portal de Obligaciones de Transparencia del Instituto, deberá publicar a más tardar a los 30 días naturales de terminado el trimestre que corresponda, la información mencionada en el numeral anterior.
3. El Órgano Interno de Control del IFT podrá dar seguimiento al cumplimiento de los presentes Lineamientos.
IV. DISPOSICIONES FINALES
1. Corresponderá al Titular de la UADM proponer al Presidente las medidas necesarias para la aplicación de los Lineamientos y para la resolución de los casos no previstos en los mismos.
TRANSITORIO
Único.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
El Comisionado Presidente, Gabriel Oswaldo Contreras Saldívar.- Rúbrica.- Los Comisionados: Ernesto Estrada González, María Elena Estavillo Flores, Adolfo Cuevas Teja, Adriana Sofía Labardini Inzunza, Mario Germán Fromow Rangel, Javier Juárez Mojica.- Rúbricas.
El presente Acuerdo fue aprobado por el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones en su VI Sesión Ordinaria celebrada el 15 de febrero de 2017, por unanimidad de votos de los Comisionados Gabriel Oswaldo Contreras Saldívar, Ernesto Estrada González, Adriana Sofía Labardini Inzunza, María Elena Estavillo Flores, Mario Germán Fromow Rangel, Adolfo Cuevas Teja y Javier Juárez Mojica; con fundamento en los párrafos vigésimo, fracciones I y III; y vigésimo primero, del artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículos 7, 16 y 45 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión; así como en los artículos 1, 7, 8 y 12 del Estatuto Orgánico del Instituto Federal de Telecomunicaciones, mediante Acuerdo P/IFT/150217/86.