ACUERDO por el cual se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales, las cuotas disminuidas y los precios máximos al público de las gasolinas que se enajenen en la región fronteriza con los Estados Unidos de América, durante el período comprendido del 27 de abril al 3 de mayo de 2016

Martes 26 de abril de 2016

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Acuerdo 32 /2016

Acuerdo por el cual se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales,  las cuotas disminuidas y los precios máximos al público de las gasolinas que se  enajenen en la región fronteriza con los Estados Unidos de América, durante el período  comprendido del 27 de abril al 3 de mayo de 2016.

MIGUEL MESSMACHER LINARTAS, Subsecretario de Ingresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en los artículos 31, fracción XXXIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; segundo, cuarto y quinto del Decreto por el que se establecen estímulos fiscales en materia del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, y Quinto, fracción III del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, del Código Fiscal de la Federación y de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales, las cuotas disminuidas y los precios máximos al público aplicables a las gasolinas que se enajenen en la franja fronteriza de 20 kilómetros y el territorio comprendido entre las líneas paralelas de más de 20 y hasta 45 kilómetros a la línea divisoria internacional con los Estados Unidos de América, durante el periodo comprendido del 27 de abril al 3 de mayo de 2016, mediante el siguiente

ACUERDO

Artículo Primero.- Se dan a conocer los montos de los estímulos, las cuotas de gasolinas a que se refiere el artículo 2o., fracción I, inciso D), numeral 1, subincisos a) y b) de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios disminuidas con dichos estímulos, así como los precios máximos de las gasolinas, aplicables en la franja fronteriza a que se refiere el artículo segundo del Decreto por el que se establecen estímulos fiscales en materia del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, durante el período comprendido del 27 de abril al 3 de mayo de 2016.

 

Zona I

Zona II

Zona III

Zona IV

Zona V

Zona VI

Zona VII

I.- Monto del estímulo:

 

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 92 octanos:

$0.544

$0.813

$3.479

$3.479

$3.692

$3.692

$3.692

b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos:

$0.287

$0.272

$2.189

$2.189

$2.923

$2.923

$2.923

II.- Cuota disminuida:

 

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 92 octanos:

$3.148

$2.879

$0.213

$0.213

$0.000

$0.000

$0.000

b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos:

$2.636

$2.651

$0.734

$0.734

$0.000

$0.000

$0.000

III.- Precios máximos al público:

 

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 92 octanos:

$12.53

$12.22

$9.12

$9.12

$8.88

$8.88

$8.88

b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos:

$13.63

$13.65

$11.43

$11.43

$10.57

$10.57

$10.57

 

Artículo Segundo.- Se dan a conocer los montos de los estímulos, las cuotas de gasolinas a que se refiere el artículo 2o., fracción I, inciso D), numeral 1, subincisos a) y b) de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios disminuidas con dichos estímulos, así como los precios máximos de las gasolinas, aplicables en la franja fronteriza dentro del territorio comprendido entre las líneas paralelas de más de 20 y hasta 45 kilómetros a la línea divisoria internacional con los Estados Unidos de América a que se refiere el artículo cuarto del Decreto por el que se establecen estímulos fiscales en materia del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, durante el período comprendido del 27 de abril al 3 de mayo de 2016.

TERRITORIO COMPRENDIDO ENTRE MÁS DE 20 Y HASTA 25 KILÓMETROS AL SUR DE LA  LÍNEA DIVISORIA INTERNACIONAL

 

Zona I

Zona II

Zona III

Zona IV

Zona V

Zona VI

Zona VII

I.- Monto del estímulo:

 

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 92 octanos:

$0.453

$0.678

$2.899

$2.899

$3.077

$3.077

$3.077

b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos:

$0.239

$0.227

$1.824

$1.824

$2.436

$2.436

$2.436

II.- Cuota disminuida:

 

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 92 octanos:

$3.239

$3.014

$0.793

$0.793

$0.615

$0.615

$0.615

b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos:

$2.684

$2.696

$1.099

$1.099

$0.487

$0.487

$0.487

III.- Precios máximos al público:

 

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 92 octanos:

$12.63

$12.37

$9.80

$9.80

$9.59

$9.59

$9.59

b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos:

$13.69

$13.70

$11.85

$11.85

$11.14

$11.14

$11.14

 

TERRITORIO COMPRENDIDO ENTRE MÁS DE 25 Y HASTA 30 KILÓMETROS AL SUR DE LA  LÍNEA DIVISORIA INTERNACIONAL

 

Zona I

Zona II

Zona III

Zona IV

Zona V

Zona VI

Zona VII

I.- Monto del estímulo:

 

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 92 octanos:

$0.363

$0.542

$2.319

$2.319

$2.461

$2.461

$2.461

b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos:

$0.191

$0.181

$1.459

$1.459

$1.949

$1.949

$1.949

II.- Cuota disminuida:

 

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 92 octanos:

$3.329

$3.150

$1.373

$1.373

$1.231

$1.231

$1.231

b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos:

$2.732

$2.742

$1.464

$1.464

$0.974

$0.974

$0.974

III.- Precios máximos al público:

 

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 92 octanos:

$12.74

$12.53

$10.47

$10.47

$10.30

$10.30

$10.30

b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos:

$13.74

$13.76

$12.27

$12.27

$11.70

$11.70

$11.70

 

TERRITORIO COMPRENDIDO ENTRE MÁS DE 30 Y HASTA 35 KILÓMETROS AL SUR DE LA  LÍNEA DIVISORIA INTERNACIONAL

 

Zona I

Zona II

Zona III

Zona IV

Zona V

Zona VI

Zona VII

I.- Monto del estímulo:

 

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 92 octanos:

$0.272

$0.407

$1.740

$1.740

$1.846

$1.846

$1.846

b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos:

$0.144

$0.136

$1.095

$1.095

$1.462

$1.462

$1.462

II.- Cuota disminuida:

 

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 92 octanos:

$3.420

$3.285

$1.952

$1.952

$1.846

$1.846

$1.846

b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos:

$2.779

$2.787

$1.828

$1.828

$1.461

$1.461

$1.461

III.- Precios máximos al público:

 

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 92 octanos:

$12.84

$12.69

$11.14

$11.14

$11.02

$11.02

$11.02

b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos:

$13.80

$13.81

$12.69

$12.69

$12.27

$12.27

$12.27

 

TERRITORIO COMPRENDIDO ENTRE MÁS DE 35 Y HASTA 40 KILÓMETROS AL SUR DE LA  LÍNEA DIVISORIA INTERNACIONAL

 

Zona I

Zona II

Zona III

Zona IV

Zona V

Zona VI

Zona VII

I.- Monto del estímulo:

 

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 92 octanos:

$0.181

$0.271

$1.160

$1.160

$1.231

$1.231

$1.231

b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos:

$0.096

$0.091

$0.730

$0.730

$0.974

$0.974

$0.974

II.- Cuota disminuida:

 

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 92 octanos:

$3.511

$3.421

$2.532

$2.532

$2.461

$2.461

$2.461

b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos:

$2.827

$2.832

$2.193

$2.193

$1.949

$1.949

$1.949

III.- Precios máximos al público:

 

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 92 octanos:

$12.95

$12.85

$11.81

$11.81

$11.73

$11.73

$11.73

b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos:

$13.85

$13.86

$13.12

$13.12

$12.84

$12.84

$12.84

 

TERRITORIO COMPRENDIDO ENTRE MÁS DE 40 Y HASTA 45 KILÓMETROS AL SUR DE LA  LÍNEA DIVISORIA INTERNACIONAL

 

Zona I

Zona II

Zona III

Zona IV

Zona V

Zona VI

Zona VII

I.- Monto del estímulo:

 

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 92 octanos:

$0.091

$0.136

$0.580

$0.580

$0.615

$0.615

$0.615

b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos:

$0.048

$0.045

$0.365

$0.365

$0.487

$0.487

$0.487

II.- Cuota disminuida:

 

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 92 octanos:

$3.601

$3.556

$3.112

$3.112

$3.077

$3.077

$3.077

b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos:

$2.875

$2.878

$2.558

$2.558

$2.436

$2.436

$2.436

III.- Precios máximos al público:

 

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 92 octanos:

$13.05

$13.00

$12.49

$12.49

$12.45

$12.45

$12.45

b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos:

$13.91

$13.91

$13.54

$13.54

$13.40

$13.40

$13.40

 

TRANSITORIO

ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Ciudad de México a 25 de abril de 2016.- Con fundamento en el artículo Quinto, quinto párrafo del Decreto por el que se establecen estímulos fiscales en materia del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, en ausencia del C. Subsecretario de Ingresos, el Titular de la Unidad de Política de Ingresos No Tributarios, Eduardo Camero Godinez.- Rúbrica.