ACUERDO por el cual se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales, las cuotas disminuidas y los precios máximos al público de las gasolinas que se enajenen en la región fronteriza con los Estados Unidos de América, durante el período comprendido del 30 de marzo al 5 de abril de 2016

Martes 29 de marzo de 2016

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Acuerdo 25/2016

Acuerdo por el cual se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales, las cuotas disminuidas y los precios máximos al público de las gasolinas que se enajenen en la región fronteriza con los Estados Unidos de América, durante el período comprendido del 30 de marzo al 5 de abril de 2016.

MIGUEL MESSMACHER LINARTAS, Subsecretario de Ingresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en los artículos 31, fracción XXXIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; segundo, cuarto y quinto del Decreto por el que se establecen estímulos fiscales en materia del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, y Quinto, fracción III del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, del Código Fiscal de la Federación y de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales, las cuotas disminuidas y los precios máximos al público aplicables a las gasolinas que se enajenen en la franja fronteriza de 20 kilómetros y el territorio comprendido entre las líneas paralelas de más de 20 y hasta 45 kilómetros a la línea divisoria internacional con los Estados Unidos de América, durante el periodo comprendido del 30 de marzo al 5 de abril de 2016, mediante el siguiente

ACUERDO

Artículo Primero.- Se dan a conocer los montos de los estímulos, las cuotas de gasolinas a que se refiere el artículo 2o., fracción I, inciso D), numeral 1, subincisos a) y b) de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios disminuidas con dichos estímulos, así como los precios máximos de las gasolinas, aplicables en la franja fronteriza a que se refiere el artículo segundo del Decreto por el que se establecen estímulos fiscales en materia del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, durante el período comprendido del 30 de marzo al 5 de abril de 2016.

 

Zona I

Zona II

Zona III

Zona IV

Zona V

Zona VI

Zona VII

I.- Monto del estímulo:

 

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 92 octanos:

$0.573

$0.799

$4.244

$4.244

$4.345

$4.345

$4.345

b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos:

$0.317

$0.321

$2.995

$2.995

$3.351

$3.351

$3.351

II.- Cuota disminuida:

 

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 92 octanos:

$3.772

$3.546

$0.101

$0.101

$0.000

$0.000

$0.000

b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos:

$3.034

$3.030

$0.356

$0.356

$0.000

$0.000

$0.000

III.- Precios máximos al público:

 

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 92 octanos:

$12.50

$12.23

$8.24

$8.24

$8.12

$8.12

$8.12

b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos:

$13.58

$13.58

$10.48

$10.48

$10.06

$10.06

$10.06

 

Artículo Segundo.- Se dan a conocer los montos de los estímulos, las cuotas de gasolinas a que se refiere el artículo 2o., fracción I, inciso D), numeral 1, subincisos a) y b) de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios disminuidas con dichos estímulos, así como los precios máximos de las gasolinas, aplicables en la franja fronteriza dentro del territorio comprendido entre las líneas paralelas de más de 20 y hasta 45 kilómetros a la línea divisoria internacional con los Estados Unidos de América a que se refiere el artículo cuarto del Decreto por el que se establecen estímulos fiscales en materia del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, durante el período comprendido del 30 de marzo al 5 de abril de 2016.

TERRITORIO COMPRENDIDO ENTRE MÁS DE 20 Y HASTA 25 KILÓMETROS AL SUR DE LA  LÍNEA DIVISORIA INTERNACIONAL

 

Zona I

Zona II

Zona III

Zona IV

Zona V

Zona VI

Zona VII

I.- Monto del estímulo:

 

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 92 octanos:

$0.478

$0.666

$3.537

$3.537

$3.621

$3.621

$3.621

b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos:

$0.264

$0.268

$2.496

$2.496

$2.793

$2.793

$2.793

II.- Cuota disminuida:

 

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 92 octanos:

$3.867

$3.679

$0.808

$0.808

$0.724

$0.724

$0.724

b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos:

$3.087

$3.083

$0.855

$0.855

$0.558

$0.558

$0.558

III.- Precios máximos al público:

 

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 92 octanos:

$12.61

$12.39

$9.06

$9.06

$8.96

$8.96

$8.96

b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos:

$13.64

$13.64

$11.05

$11.05

$10.71

$10.71

$10.71

 

TERRITORIO COMPRENDIDO ENTRE MÁS DE 25 Y HASTA 30 KILÓMETROS AL SUR DE LA  LÍNEA DIVISORIA INTERNACIONAL

 

Zona I

Zona II

Zona III

Zona IV

Zona V

Zona VI

Zona VII

I.- Monto del estímulo:

 

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 92 octanos:

$0.382

$0.533

$2.829

$2.829

$2.897

$2.897

$2.897

b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos:

$0.211

$0.214

$1.997

$1.997

$2.234

$2.234

$2.234

II.- Cuota disminuida:

 

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 92 octanos:

$3.963

$3.812

$1.516

$1.516

$1.448

$1.448

$1.448

b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos:

$3.140

$3.137

$1.354

$1.354

$1.117

$1.117

$1.117

III.- Precios máximos al público:

 

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 92 octanos:

$12.72

$12.54

$9.88

$9.88

$9.80

$9.80

$9.80

b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos:

$13.71

$13.70

$11.63

$11.63

$11.36

$11.36

$11.36

 

TERRITORIO COMPRENDIDO ENTRE MÁS DE 30 Y HASTA 35 KILÓMETROS AL SUR DE LA  LÍNEA DIVISORIA INTERNACIONAL

 

Zona I

Zona II

Zona III

Zona IV

Zona V

Zona VI

Zona VII

I.- Monto del estímulo:

 

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 92 octanos:

$0.287

$0.400

$2.122

$2.122

$2.173

$2.173

$2.173

b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos:

$0.159

$0.161

$1.498

$1.498

$1.676

$1.676

$1.676

II.- Cuota disminuida:

 

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 92 octanos:

$4.058

$3.945

$2.223

$2.223

$2.172

$2.172

$2.172

b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos:

$3.192

$3.190

$1.853

$1.853

$1.675

$1.675

$1.675

III.- Precios máximos al público:

 

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 92 octanos:

$12.83

$12.70

$10.70

$10.70

$10.64

$10.64

$10.64

b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos:

$13.77

$13.76

$12.21

$12.21

$12.01

$12.01

$12.01

 

TERRITORIO COMPRENDIDO ENTRE MÁS DE 35 Y HASTA 40 KILÓMETROS AL SUR DE LA  LÍNEA DIVISORIA INTERNACIONAL

 

Zona I

Zona II

Zona III

Zona IV

Zona V

Zona VI

Zona VII

I.- Monto del estímulo:

 

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 92 octanos:

$0.191

$0.266

$1.415

$1.415

$1.448

$1.448

$1.448

b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos:

$0.106

$0.107

$0.998

$0.998

$1.117

$1.117

$1.117

II.- Cuota disminuida:

 

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 92 octanos:

$4.154

$4.079

$2.930

$2.930

$2.897

$2.897

$2.897

b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos:

$3.245

$3.244

$2.353

$2.353

$2.234

$2.234

$2.234

III.- Precios máximos al público:

 

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 92 octanos:

$12.94

$12.85

$11.52

$11.52

$11.48

$11.48

$11.48

b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos:

$13.83

$13.83

$12.79

$12.79

$12.65

$12.65

$12.65

 

TERRITORIO COMPRENDIDO ENTRE MÁS DE 40 Y HASTA 45 KILÓMETROS AL SUR DE LA  LÍNEA DIVISORIA INTERNACIONAL

 

Zona I

Zona II

Zona III

Zona IV

Zona V

Zona VI

Zona VII

I.- Monto del estímulo:

 

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 92 octanos:

$0.096

$0.133

$0.707

$0.707

$0.724

$0.724

$0.724

b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos:

$0.053

$0.054

$0.499

$0.499

$0.559

$0.559

$0.559

II.- Cuota disminuida:

 

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 92 octanos:

$4.249

$4.212

$3.638

$3.638

$3.621

$3.621

$3.621

b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos:

$3.298

$3.297

$2.852

$2.852

$2.792

$2.792

$2.792

III.- Precios máximos al público:

 

 

 

 

 

 

 

a) Gasolina menor a 92 octanos:

$13.05

$13.01

$12.34

$12.34

$12.32

$12.32

$12.32

b) Gasolina mayor o igual a 92 octanos:

$13.89

$13.89

$13.37

$13.37

$13.30

$13.30

$13.30

 

TRANSITORIO

ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Ciudad de México, a 28 de marzo de 2016.- Con fundamento en el artículo Quinto, quinto párrafo del Decreto por el que se establecen estímulos fiscales en materia del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, en ausencia del C. Subsecretario de Ingresos, el Titular de la Unidad de Política de Ingresos no Tributarios, Eduardo Camero Godinez.- Rúbrica.