QUINTA Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2015 y sus anexos Glosario de Definiciones y Acrónimos, 1, 22 y 29

Jueves 19 de noviembre de 2015

(Viene de la Quinta Sección)

Información General del Solicitante
(Marque con una X)
 
1. ¿Está inscrito en el padrón de importadores?
Si
 
NO
 
 
2. ¿Ha iniciado el trámite para la inscripción en el padrón de importadores y no ha
concluido?
Si
 
NO
 
 
3. ¿Ha realizado una solicitud con anterioridad en el presente ejercicio fiscal?
Si
 
NO
 
 
4. Nombre completo (apellido paterno/materno/nombre (s)).
Clave del RFC
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
5. Domicilio fiscal:
Calle___________________________ No. y/o letra exterior _________ No. y/o letra interior ___________
Colonia_________________ Código Postal__________ Municipio o Delegación en el D.F. ____________
Localidad _________________ Entidad Federativa ____________________________________________
Teléfonos ___________________________________________________________________________
6. Domicilio para oír y recibir notificaciones:
Calle___________________________ No. y/o letra exterior _________ No. y/o letra interior __________
Colonia_______________ Código Postal__________ Municipio o Delegación en el D.F. ______________
Localidad _________________ Entidad Federativa _________________ Teléfonos __________________
 
7. Persona(s) autorizada(as) para oír y recibir notificaciones y teléfonos_________________________
____________________________________________________________________________________
8. Actividades en general a que se dedique el interesado ____________________________________
____________________________________________________________________________
 
Información General de la Mercancía
 
1. Descripción de la mercancía:
a) Descripción detallada de la mercancía a importar: _______________________________________
____________________________________________________________________________
____________________________________________________________________________
b) Cantidad de mercancía: _________________________________________________________
____________________________________________________________________________
c) Valor de la mercancía según factura:___________________________________________________
d) Fracción (es) arancelaria (s) de la mercancía (s) a importar:_______________________________
2. Aduana por la que ingresará: ______________________________________________________
3. Razón o justificación de la necesidad de importar mercancía:________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________
4.La mercancía a importar es:
_____________________________________________________________________________________
_____________________________________________________________________________________
_____________________________________________________________________________________
_____________________________________________________________________________________
_____________________________________________________________________________________
Datos del Representante Legal
 
Nombre completo (apellido paterno/materno/nombre (s) )
Clave del RFC
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Domicilio fiscal: Calle ______________________ No. y/o letra exterior ________ No. y/o letra interior ____
Colonia _____________ Código Postal ___________ Municipio o Delegación en el D.F. _____________
Localidad _____________ Entidad Federativa ______________________Teléfonos _________________
Declaro bajo protesta de decir verdad, que todo lo asentado es cierto.
_________________________________________________________
Firma autógrafa del solicitante o representante legal
 
Documentos que deberán anexarse:
 
1. Copia del documento que acredite el domicilio del solicitante.
2. Copia de la cédula de identificación fiscal o la constancia de registro fiscal, según corresponda. Asimismo, los movimientos al RFC, identificados en los últimos 2 años, en los términos de los artículos 19, 25 y 26 del RCFF.
3. Copia de los acuses de recibo electrónico, los cuales deberán contener el sello y la cadena original de las declaraciones anuales del ISR de los dos últimos ejercicios.
4. Acreditar que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, a través de la opinión correspondiente, conforme a lo dispuesto en la Regla 2.1.35. de la RMF.
5. Copia de la factura o documento que justifique la propiedad de la mercancía a importar o, en su caso, declaración bajo protesta de decir verdad de que es su legítimo propietario. Si la información se encuentra en idioma distinto al español, anexar traducción de la misma de conformidad con el artículo 271, primer párrafo del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la legislación aduanera.
6. Declaración bajo protesta de decir verdad, de que la mercancía que se pretende importar será destinada para su uso personal y no será comercializada.
 
7. Copia certificada y copia para cotejo, de la escritura pública o carta poder mediante la cual se acredite la representación legal.
 
 
 
8. Original o copia certificada y copia para cotejo, de la identificación oficial del representante legal o de la persona física que presente la solicitud.
 
Consultar el "Instructivo de llenado de la solicitud de autorización a personas físicas para importar mercancía por única vez, sin estar inscritos en el padrón de importadores, de conformidad con la regla 1.3.6.".
 
INSTRUCCIONES GENERALES
1.         Presente esta solicitud y los documentos anexos, según corresponda, en:
a)   Administración Central de Normatividad en Comercio Exterior y Aduanal, de la AGJ.
Hidalgo 77, Módulo VI, P.B., Colonia Guerrero,
Del. Cuauhtémoc, C.P. 06300, México, Distrito Federal.
De lunes a viernes, en un horario de 9:00 a 15:00 horas.
b)   Administración Desconcentrada Jurídica.
En el domicilio que corresponda de acuerdo a la circunscripción territorial del domicilio del solicitante.
2.         También puede enviar la solicitud y los documentos mediante SEPOMEX o utilizando los servicios de empresas de mensajería.
DIA________MES__________________AÑO __________
Instructivo de llenado de la solicitud de autorización a personas físicas para importar mercancía por
única vez, sin estar inscrito en el padrón de importadores de conformidad con la regla 1.3.6.
 
-     Esta solicitud será llenada en dos tantos a máquina o con letra de molde, con bolígrafo a tinta negra o azul y las cifras no deberán invadir los límites de los recuadros.
Información General del Solicitante
1.    Se señalará con una "X" el supuesto en el que se encuentre.
2.    Señalar con una "X" si ha iniciado el trámite de inscripción al padrón de importadores y el mismo no ha concluido.
3.    Señalar con una "X" si ha realizado solicitud con anterioridad en el presente ejercicio fiscal.
4.    Anotará el nombre completo, así como el RFC del importador a trece posiciones según corresponda.
5.    Anotará el domicilio fiscal, especificando calle, número exterior e interior, Colonia, Código Postal, Delegación o Municipio, Localidad, Entidad Federativa y teléfonos.
6.    Anotará el domicilio para oír y recibir notificaciones, especificando calle, número exterior e interior, Colonia, Delegación o Municipio, Código Postal, Localidad, Entidad Federativa y teléfonos. Este numeral únicamente se llenara en el caso que sea diferente del numeral que antecede.
7.    Se señalarán los nombres completos de las personas autorizadas para oír y recibir notificaciones.
8.    Se anotarán las actividades en general a que se dedique el interesado.
Información General de la Mercancía
1.     Anotar dentro de la descripción de la mercancía, lo siguiente:
a)  La descripción detallada de la mercancía a importar, señalando los datos que permitan su identificación individual (número de serie, parte, marca o modelo), o en su defecto las especificaciones técnicas o comerciales. En el caso de que se trate de más de una mercancía, la descripción deberá hacerse por cada una de ellas.
b)  La cantidad total de cada mercancía a importar, señalando la unidad de medida de comercialización (kilo, gramo, metro, pieza, litro, par, juego, etc.) y la unidad de medida tarifaria.
c)  El valor de cada una de las mercancías, de acuerdo a la factura.
d)  La fracción arancelaria de cada una de las mercancías a importar.
2.     Señalar la Aduana por la que ingresará la mercancía.
3.     Asentar la razón o justificación de la necesidad por el cual se realiza el trámite.
En caso de que el espacio sea insuficiente se podrá describir la mercancía en documento anexo haciendo referencia del mismo en este formato.
Datos del Representante Legal
1.     Se asentarán los datos generales del Representante Legal, especificando el nombre completo y el RFC.
2.     Anotará el domicilio fiscal del representante legal, especificando calle, número exterior e interior, Colonia, Código Postal, Delegación o Municipio, Localidad, Entidad Federativa y teléfonos.
3.    El solicitante (interesado o representante legal) asentará su firma autógrafa.
"Para cualquier aclaración en el llenado de este formato, podrá obtener información en internet en las siguientes direcciones: www.shcp.gob.mx; www.sat.gob.mx; asisnet@shcp.gob.mx; asisnet@sat.gob.mx o comunicarse en el Distrito Federal al 01 800 463 6728, en la zona metropolitana de Monterrey al (81) 8047-1166(81) 8047-1166, en la zona metropolitana de Guadalajara al (33) 3836-2120, en el resto del país lada sin costo: 01-800-90-450-00; o bien, acudir a los Módulos de Asistencia al Contribuyente de la Administración Desconcentrada que corresponda a su domicilio fiscal. Quejas al teléfono 01-800-335-4867".
 
Instructivo de trámite de la solicitud de autorización a personas físicas para importar mercancía por
única vez, sin estar inscrito en el padrón de importadores, de conformidad con la regla 1.3.6.
 
¿Quiénes lo presentan?
Las personas físicas interesadas en obtener autorización para importar mercancías sin estar inscritos en el Padrón de Importadores.
¿Cuándo se presenta la solicitud de autorización?
Cuando se requiera importar mercancía para uso personal o cuando sea necesaria para realizar los fines de su objeto social.
¿Cómo se presenta?
Por escrito mediante el formato denominado "Solicitud de autorización a personas físicas para importar mercancía por única vez, sin estar inscrito en el padrón de importadores, de conformidad con la regla 1.3.6." Anexando los documentos previstos en el formato:
a)         Copia del comprobante que acredite el domicilio.
b)        Copia de la cédula de identificación fiscal o la constancia de registro fiscal, según corresponda. Asimismo, los movimientos al RFC, identificados en los últimos 2 años, en los términos de los artículos 19, 25 y 26 del RCFF.
c)         Copia de los acuses de recibo electrónico, los cuales deberán contener el sello y la cadena original de las declaraciones anuales ISR de los dos últimos ejercicios. Acreditar que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, a través de la opinión correspondiente, conforme a lo dispuesto en la Regla 2.1.35. de la RMF.
d)        Copia de la factura o documento que justifique la propiedad de la mercancía a importar o, en su caso, declaración bajo protesta de decir verdad de que es su legítimo propietario. Si la información se encuentra en idioma distinto al español, anexar traducción de la misma.
e)         Declaración bajo protesta de decir verdad, de que la mercancía que se pretende importar será destinada para su uso personal o para realizar los fines de su objeto social y no será comercializada.
f)         Copia certificada y copia para cotejo, de la escritura pública o carta poder mediante la cual se acredite la representación legal.
g)        Original o copia certificada y copia para cotejo, de la identificación oficial del representante legal o de la persona física que presente la solicitud.
 
¿Dónde se presenta?
Ante la ADJ que corresponda al domicilio fiscal del interesado o, ante la ACNCEA.
Administración Central de Normatividad en Comercio Exterior y Aduanal, de la AGJ.
Hidalgo 77, Módulo VI, P.B., Colonia Guerrero,
Del. Cuauhtémoc, C.P. 06300, México, Distrito Federal.
De lunes a viernes, en un horario de 9:00 a 15:00 horas.
Administración Desconcentrada Jurídica.
En el domicilio que corresponda de acuerdo a la circunscripción territorial del domicilio del solicitante.
2. También puede enviar la solicitud y los documentos mediante SEPOMEX o utilizando los servicios de empresas de mensajería a las direcciones antes señaladas según sea el caso.
¿Qué documento se obtiene?
Copia del oficio de Autorización por el que se solicita a la ACAJA se permita la importación de la mercancía sin estar inscrito en el padrón de importadores.
¿En qué plazo se emite la autorización?
En un plazo no mayor a 3 meses, contados a partir de la fecha en que se haya presentado la solicitud debidamente requisitada junto con la documentación correspondiente.
Disposiciones jurídicas aplicables
Artículo 59, fracción IV de la Ley y la regla 1.3.6.
 
 
 
5. Nombre completo (apellido paterno/materno/nombre (s)), razón o denominación social.
Clave del RFC
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
6. Domicilio fiscal:
Calle___________________________ No. y/o letra exterior _________ No. y/o letra interior ___________
Colonia_________________ Código Postal___________ Municipio o Delegación en el D.F.
____________ Localidad _________________ Entidad Federativa
____________________________________________
Teléfonos ___________________________________________________________________________
7. Domicilio para oír y recibir notificaciones:
Calle___________________________ No. y/o letra exterior _________ No. y/o letra interior __________
Colonia_______________ Código Postal___________ Municipio o Delegación en el D.F.
______________ Localidad _________________ Entidad Federativa _________________ Teléfonos
__________________
8. Persona(s) autorizada(as) para oír y recibir notificaciones y teléfonos:_________________________
____________________________________________________________________________________
 
9. Actividades en general a que se dedique el interesado: ___________________________________
____________________________________________________________________________
 
Información General de la Mercancía.
1. Descripción de la mercancía:
a) Descripción detallada de la mercancía a importar:_______________________________________
____________________________________________________________________________
____________________________________________________________________________
b) Cantidad de mercancía: _________________________________________________________
____________________________________________________________________________
c) Valor de la mercancía según factura:___________________________________________________
d) Fracción (es) arancelaria (s) de la mercancía (s) a importar: _______________________________
2. Aduana por la que ingresará:______________________________________________________
3. Razón o justificación de la necesidad de importar mercancía:_________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________
4. La mercancía a importar es:
Explosiva
 
 
Inflamable
 
 
 
 
 
 
Contaminante
 
 
Radiactiva
 
 
 
 
 
 
Corrosiva
 
 
Perecedera
 
 
 
 
 
 
Fácil descomposición
 
 
Animales vivos
 
 
 
 
Datos del Representante Legal
1.  Nombre completo (apellido paterno/materno/nombre (s) )
Clave del RFC
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
2.  Domicilio fiscal:
Calle ______________________ No. y/o letra exterior ________ No. y/o letra interior ____
Colonia _____________ Código Postal ___________ Municipio o Delegación en el D.F. _____________
Localidad _____________ Entidad Federativa ______________________Teléfonos _________________
 
Declaro bajo protesta de decir verdad, que todo lo asentado es cierto.
_________________________________________________________
Firma autógrafa del solicitante o representante legal
 
 
Documentos que deberán anexarse:
 
Copia del documento que acredite que la mercancía se encuentra en depósito ante la aduana.
Documentos que acrediten que la mercancía es explosiva, inflamable, contaminante, radiactiva, corrosiva, perecedera o de fácil descomposición o animales vivos.
Copia de la factura o documento que justifique la propiedad de la mercancía a importar, o en su caso, declaración bajo protesta de decir verdad, de que es su legítimo propietario.
Copia del acuse de recibo electrónico del formato "Inscripción en el Padrón de Importadores" o "Autorización para dejar sin efectos la Suspensión en el Padrón de Importadores", en el que conste la fecha de envío, en su caso.
Original o copia certificada y copia para cotejo, de la identificación oficial del representante legal o de la persona física que presente la solicitud.
Copia certificada y copia para cotejo, de la escritura pública o carta poder mediante la cual se acredite la representación legal.
Consultar el "Instructivo de llenado de la solicitud de autorización para importar mercancía por única vez, sin haber concluido el trámite de inscripción o estando suspendidos en el padrón de importadores, de conformidad con la regla 1.3.5.".
 
INSTRUCCIONES GENERALES
1. Presente esta solicitud y los documentos anexos, según corresponda, en la Administración Central de Operación Aduanera, de la AGA.
Hidalgo 77, Módulo IV, Primer Piso, Colonia Guerrero,
Del. Cuauhtémoc, C.P. 06300, México, Distrito Federal.
De lunes a viernes, en un horario de 9:00 a 15:00 horas.
2. También puede enviar la solicitud y los documentos mediante SEPOMEX o utilizando los servicios de empresas de mensajería.
 
DIA________MES__________________AÑO __________
Instructivo de llenado de la solicitud de autorización para importar mercancía por única vez sin haber
concluido el trámite de inscripción o estando suspendidos en el padrón de importadores de
conformidad con la regla 1.3.5.
-       Esta solicitud será llenada en dos tantos a máquina o con letra de molde, con bolígrafo a tinta negra o azul y las cifras no deberán invadir los límites de los recuadros.
Información General del Solicitante
1.     Señalar con una "X" si está suspendido en el padrón de importadores.
2.     Señalar con una "X" si ha iniciado el trámite de inscripción al padrón de importadores y el mismo no ha concluido.
3.     Señalar con una "X" si se trata de persona física o persona moral.
4.     Señalar con una "X" si ha realizado solicitud con anterioridad en el presente ejercicio fiscal.
5.     Anotar el nombre completo, la razón o denominación social, así como el RFC del importador a doce o trece posiciones según corresponda.
6.     Anotar el domicilio fiscal, especificando calle, número exterior e interior, Colonia, Código Postal, Delegación o Municipio, Localidad, Entidad Federativa y teléfonos.
7.     Anotar el domicilio para oír y recibir notificaciones, especificando calle, número exterior e interior, Colonia, Delegación o Municipio, Código Postal, Localidad, Entidad Federativa y teléfonos. Este numeral únicamente se llenara en el caso que sea diferente del numeral que antecede.
8.     Señalar los nombres completos de las personas autorizadas para oír y recibir notificaciones, así como el teléfono de cada una de ellas.
9.     Anotar las actividades generales a las que se dedica el solicitante.
Información General de la Mercancía
1.     Anotar dentro de la descripción de la mercancía, lo siguiente:
a)  La descripción detallada de la mercancía a importar, señalando los datos que permitan su identificación individual (número de serie, parte, marca o modelo), o en su defecto las especificaciones técnicas o comerciales. En el caso de que se trate de más de una mercancía, la descripción deberá hacerse por cada una de ellas.
b)  La cantidad total de cada mercancía a importar, señalando la unidad de medida de comercialización (kilo, gramo, metro, pieza, litro, par, juego, etc.) y la unidad de medida tarifaria.
c)  El valor de cada una de las mercancías, de acuerdo a la factura.
d)  La fracción arancelaria de cada una de las mercancías a importar.
2.     Señalar la Aduana por la que ingresará la mercancía.
3.     Asentar la razón o justificación de la necesidad por el cual se realiza el trámite.
4.     Señalar con una "X" si la mercancía a importar es explosiva, inflamable, contaminante, radiactiva, corrosiva, perecedera, de fácil descomposición o animales vivos.
Datos del Representante Legal
1.     Se asentarán los datos generales del Representante Legal, especificando el nombre completo y el RFC.
2.     Anotará el domicilio fiscal del representante legal, especificando calle, número exterior e interior, Colonia, Código Postal, Delegación o Municipio, Localidad, Entidad Federativa y teléfonos.
3.     El solicitante o su representante legal asentará su firma autógrafa.
 
"Para cualquier aclaración en el llenado de este formato, podrá obtener información en internet en las siguientes direcciones: www.shcp.gob.mx; www.sat.gob.mx; asisnet@shcp.gob.mx; asisnet@sat.gob.mx o comunicarse en el Distrito Federal al 01 800 463 6728, en la zona metropolitana de Monterrey al (81) 8047-1160, en la zona metropolitana de Guadalajara al (33) 3836-2120, en el resto del país lada sin costo: 01-800-90-450-00; o bien, acudir a los Módulos de Asistencia al Contribuyente de la Administración Desconcentrada que corresponda a su domicilio fiscal. Quejas al teléfono 01-800-335-4867".
Instructivo de trámite de la solicitud de autorización para importar mercancía por única vez, sin haber
concluido el trámite de inscripción o estando suspendidos en el padrón de importadores, de
conformidad con la regla 1.3.5.
¿Quiénes lo presentan?
Las personas físicas y morales obligadas a inscribirse en el Padrón de Importadores que aún no concluyan el trámite de inscripción o que se encuentren suspendidas en el citado padrón.
 
¿Cuándo se presenta la solicitud de autorización?
Después de transcurridos 5 días de haber presentado los formatos electrónicos "Inscripción al Padrón de Importadores" o "Autorización para dejar sin efectos la Suspensión en el Padrón de Importadores" y no se haya recibido respuesta.
 
¿Cómo se presenta?
Por escrito mediante el formato denominado "Solicitud de autorización para importar mercancía por única vez, sin haber concluido el trámite de inscripción o estando suspendidos en el padrón de importadores, de conformidad con la regla 1.3.5." anexando los documentos previstos en el formato:
a)         Copia del documento que acredite que la mercancía se encuentra en depósito ante la aduana.
b)         Documentos que acrediten que la mercancía es explosiva, inflamable, contaminante, radiactiva, corrosiva, perecedera o de fácil descomposición o animales vivos.
c)         Copia de la factura o documento que justifique la propiedad de la mercancía a importar, o en su caso, declaración bajo protesta de decir verdad, de que es su legítimo propietario.
d)         Copia del acuse de recibo electrónico del formato "Inscripción en el Padrón de Importadores" o "Autorización para dejar sin efectos la Suspensión en el Padrón de Importadores", en el que conste la fecha de envío.
e)         Original o copia certificada y copia para cotejo, de la identificación oficial del representante legal o de la persona física que presente la solicitud.
f)         Copia certificada y copia para cotejo, de la escritura pública o carta poder mediante la cual se acredite la representación legal.
 
¿Dónde se presenta?
1. la Administración Central de Operación Aduanera, de la AGA.
Hidalgo 77, Módulo IV, Primer Piso, Colonia Guerrero,
Del. Cuauhtémoc, C.P. 06300, México, Distrito Federal.
2. También puede enviar la solicitud y los documentos mediante SEPOMEX o utilizando los servicios de empresas de mensajería a las direcciones antes señaladas según sea el caso.
¿Qué documento se obtiene?
Copia del oficio de Autorización por el que se solicita a la ACAJA se permita por única vez la importación de la mercancía sin haber concluido el trámite de inscripción o estando suspendido en el padrón de importadores.
¿En qué plazo se emite la autorización?
En un plazo no mayor a 3 meses, contados a partir de la fecha en que se haya presentado la solicitud debidamente requisitada junto con la documentación correspondiente.
Disposiciones jurídicas aplicables
Artículos 59, fracción IV de la Ley, 86 del Reglamento y la regla 1.3.5.
 
1. DATOS DE LA PERSONA MORAL SOLICITANTE
1.1 Denominación y/o razón social.
Denominación y/o razón social:
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
RFC incluyendo la homoclave:
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
1.2 Actividad económica preponderante.
 
1.3 Sector productivo.
 
 
 
 
 
 
 
1.4 Régimen Aduanero.
Marque con una "X" en los cuadros que aplique.
 
 
Importación temporal para elaboración, transformación o reparación en programas de maquila o de exportación (IMMEX). (Requisitos contenidos en los rubros 4, 5.1 y 5.2)
 
 
Depósito fiscal para someterse al proceso de ensamble y fabricación de vehículos a empresas de la industria automotriz terminal. (Requisitos contenidos en los rubros 4 y 5.3)
 
 
Elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado. (Requisitos contenidos en los rubros 4 y 5.4)
 
 
Recinto fiscalizado estratégico. (Requisitos contenidos en los rubros 4 y 5.4)
 
1.5 Indique bajo que modalidad solicita su certificación.
Marque con una "X" en el cuadro que aplique.
 
 
Modalidad A.
 
 
Modalidad AA.
 
 
Modalidad AAA.
 
1.6 Domicilio fiscal.
 
Calle                                   Número y/o letra exterior                          Número y/o letra interior
 
Colonia       C.P.                    Municipio/Delegación                              Entidad Federativa
 
 
 
Teléfono (con clave lada)
Correo electrónico
 
 
1.7 Domicilio para oír y recibir notificaciones.
 
Calle                                   Número y/o letra exterior                          Número y/o letra interior
 
Colonia       C.P.                    Municipio/Delegación                              Entidad Federativa
 
 
 
Teléfono (con clave lada)
Correo electrónico
 
 
1.8 Indique si cuenta con registro de empresa certificada de conformidad con la regla 3.8.1. y, en su caso, señale el apartado al que pertenece.
 
 
 
SI
 
Apartado:
(A, B, D, L)
 
Fecha de fin de vigencia:
DD/MM/AAAA
 
 
NO
 
Número de oficio de autorización:
 
 
1.9 Empresas que forman parte de un grupo, para los efectos de la regla 5.2.18.
 
 
 
Para acreditar que forma parte de un grupo, deberán anexar un diagrama de la estructura accionaria y corporativa, así como copia certificada de las escrituras públicas, en las que conste la participación accionaria de las empresas que formen parte del grupo.
 
 
Tratándose de las empresas que se mencionan en el apartado B, fracción II de la regla 5.2.1., cuando no se hubiese realizado operaciones en los 12 meses previos a la presentación de la solicitud y que quieran acreditar el requisito mediante una de las empresas del grupo, deberán anexar un escrito en el que asuma la responsabilidad solidaria a que se refiere la fracción VIII del artículo 26 del Código de los créditos fiscales que llegaran a originarse.
 
Señale, en su caso, el tipo de información que la solicitante acredita, a través de alguna de las empresas que forman parte del mismo grupo;
 
Empleados.
 
 
 
Infraestructura.
 
 
 
Monto de inversión.
 
 
 
Antigüedad (Únicamente tratándose de las empresas que se mencionan en el apartado B, fracción II de la regla 5.2.13.).
 
2. REPRESENTANTE LEGAL DE LA PERSONA MORAL SOLICITANTE
2.1 Nombre.
 
Apellido paterno                        Apellido materno                                      Nombre
RFC incluyendo la homoclave
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Teléfono (con clave lada)
Correo electrónico
 
2.2. Documento con el que se acredita la personalidad de quien firma esta Solicitud de certificación en materia de IVA e IEPS para realizar actos de administración en representación de la empresa.
De constar en el acta constitutiva, señálelo marcando una "X" en el cuadro.
 
 
Consta en el acta constitutiva. En caso de no constar en el acta constitutiva por favor señale los siguientes datos:
 
Número del instrumento notarial o póliza mercantil                   Fecha
 
Nombre y número del Notario Público o Corredor Público           Entidad Federativa
 
 
Adjunte copia certificada de la escritura pública en la que conste la representación legal de la persona que suscribe la solicitud, en los términos del artículo 19 del Código.
 
 
2.3 Persona autorizada para oír y recibir notificaciones.
 
Apellido paterno                        Apellido materno                                      Nombre
 
RFC incluyendo la homoclave
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Teléfono (con clave lada)
Correo electrónico
 
3. PERSONAS AUTORIZADAS COMO ENLACE OPERATIVO CON LA AGACE.
Se requiere que la solicitante designe un contacto que será el enlace con la autoridad, así como la designación de un suplente.
3.1 Persona autorizada como enlace operativo.
 
Apellido paterno                         Apellido materno                                        Nombre
 
RFC incluyendo la homoclave
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Ciudad y Estado de residencia
Cargo o Puesto
 
 
Teléfono (con clave lada)
Correo electrónico
 
3.2 Persona autorizada como enlace operativo (Suplente).
 
Apellido paterno                         Apellido materno                                        Nombre
 
RFC incluyendo la homoclave
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Ciudad y Estado de residencia
Cargo o Puesto
 
 
Teléfono(con clave lada)
Correo electrónico
 
Anexe copia simple de la documentación que acredite la relación laboral de las personas señaladas como enlaces operativos con la empresa solicitante.
 
 
4. REQUISITOS GENERALES
Que se deberán cumplir en cualquier régimen aduanero y modalidad en que solicite su certificación.
 
4.1 Indique si cuenta con un sistema de control de inventarios, para el registro de sus operaciones de comercio exterior.
 
 
SI
 
NO
 
Indique, en su caso, si cuenta con un sistema de control de inventarios de conformidad con las disposiciones previstas por el Anexo 24.
 
SI
 
NO
 
 
En caso afirmativo, anexe un archivo con el reporte de saldos de mercancía de importación temporal, de un periodo de un mes, que se encuentre dentro de los tres meses anteriores a la fecha de la presente solicitud de certificación.
 
En cualquier caso, señale la siguiente información:
Nombre del sistema o datos para su identificación:
 
Lugar de radicación:
(Domicilio (s) en México con acceso a todas sus funciones
del sistema)
4.2 Opinión positiva vigente del cumplimiento de obligaciones fiscales, prevista en el artículo 32-D del Código, y en la RMF.
 
Anexe la opinión positiva vigente del cumplimiento de obligaciones fiscales de la empresa solicitante.
 
Enliste a los socios, accionistas, representante legal, administrador único o miembros del consejo de administración, según sea el caso, se encuentren obligados o no a tributar en México:
RFC
Nombre completo
En su carácter de
Nacionalidad
Obligado a Tributar en México
(SI/NO)
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Anexe la opinión positiva vigente del cumplimiento de obligaciones fiscales de los socios, accionistas, representante legal, administrador único o miembros del consejo de administración, según sea el caso, que se encuentren obligados a tributar en México.
 
4.3 Indique si al momento de ingresar la solicitud se encuentra en el listado de empresas publicadas por el SAT en términos del artículo 69 del Código, con excepción de lo dispuesto en la fracción VI del referido artículo.
 
SI
 
NO
 
Del mismo modo, indique si al momento de ingresar la solicitud se encuentra en el listado de empresas publicadas por el SAT en términos del artículo 69-B, tercer párrafo del Código.
 
SI
 
NO
 
4.4 Indique si al momento de ingresar la solicitud sus certificados de sellos digitales están vigentes.
 
SI
 
NO
 
 
En caso afirmativo señale si se infringió alguno de los supuestos previstos en el artículo 17-H, fracción X del Código, durante los últimos 12 meses.
 
SI
 
NO
 
4.5 Constancia de la totalidad del personal registrado ante el IMSS y soporte documental del pago de cuotas obrero patronales, de por lo menos 10 empleados.
 
Anexe constancia de la totalidad de personal registrado ante el IMSS y soporte documental del pago de cuotas obrero patronales al IMSS de por lo menos 10 empleados del último bimestre anterior a la solicitud de certificación
 
Señale si la empresa solicitante cuenta con trabajadores subcontratados en los términos y condiciones que establece el artículo 15-A de la Ley Federal del Trabajo :
 
SI
 
NO
 
 
En caso afirmativo deberá anexar un archivo que contenga un listado con el nombre del proveedor del servicio, RFC y número de trabajadores que provee a la solicitante, además de anexar la opinión positiva vigente del cumplimiento de obligaciones fiscales prevista en el artículo 32-D del Código y en la RMF, así como una copia simple del contrato que acredite la relación comercial y acreditar que cumplen con la obligación de retener y enterar el ISR de los trabajadores.
 
4.6 Acreditar la inversión en territorio nacional, de acuerdo a lo señalado en el Instructivo.
Tipo de Inversión
Descripción general
Valor en moneda nacional
Bienes inmuebles
 
 
Bienes muebles
 
 
4.7 Reportar el nombre y dirección de los clientes y proveedores en el extranjero.
 
Anexe un archivo que contenga el nombre y dirección de sus clientes y proveedores en el extranjero, con los que realizó operaciones de comercio exterior en el ejercicio inmediato anterior relacionados con el régimen en el que solicita la certificación.
 
4.8 Manifieste si se le ha emitido resolución de improcedencia de las devoluciones del IVA solicitadas en los últimos 12 meses, contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud de certificación correspondiente.
 
SI
 
NO
 
En caso afirmativo, señale el porcentaje y el monto que representan de la totalidad de solicitudes de devolución autorizadas, aquéllas en que la autoridad haya emitido resolución de improcedencia.
Porcentaje:
(No debe representar más del 20% del monto autorizado)
Monto:
$ (No debe superar 5 millones de pesos)
 
4.9 Actualización del correo electrónico de la solicitante para efectos del buzón tributario.
 
Acuse de Actualización de Mecanismos de Comunicación que emite buzón tributario del que se desprenda la actualización del correo electrónico para efectos de las notificaciones de la presente certificación.
 
5. REQUISITOS ADICIONALES DE ACUERDO AL RÉGIMEN ADUANERO.
5.1 Importación temporal para elaboración, transformación o reparación en programas de maquila o de exportación IMMEX.
 
5.1.1 Indique el número de su programa IMMEX y la modalidad
Número de programa IMMEX:
 
Modalidad del programa IMMEX:
 
 
5.1.2 Indique todos los domicilios de las instalaciones en que la empresa solicitante desarrolla actividades relacionadas con su proceso productivo y/o la prestación de servicios (Agregar las filas necesarias de acuerdo al número de instalaciones)
Tipo de instalación
Entidad
federativa
Municipio o
Delegación
Colonia, calle y número
Código
postal
Registro ante
SE/SAT
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
De los domicilios declarados en el cuadro que antecede, indique en cuál (es) se lleva a cabo la producción de su principal producto o servicio relacionado con el régimen aduanero en el cual solicita su certificación, en términos de valor o de volumen de su producción.
 
 
5.1.3 Indique si cuenta con infraestructura necesaria para realizar la operación del programa IMMEX, al proceso industrial o de servicio de conformidad con la modalidad de su programa.
 
SI
 
NO
 
5.1.4 Indique si durante los últimos doce meses, el valor de la mercancía transformada y retornada, retornada en su mismo estado, con cambios de régimen o a la que se le prestó un servicio y retornada durante dicho período representa al menos el 60 % del valor de las importaciones temporales de insumos durante el mismo período.
 
SI
 
NO
 
Capture el valor total en moneda nacional de sus importaciones temporales de insumos del periodo requerido conforme al párrafo anterior:
(Capture un valor)
 
Concepto (declare solo los que
apliquen)
Valor en moneda nacional
Porcentaje que representa
respecto del total de
importaciones temporales de
materiales directos e insumos.
Retornos
 
 
Cambios de régimen
 
 
Transferencias virtuales
 
 
Desperdicios
 
 
Constancias de Transferencia de Mercancías (CTM)
 
 
Total
 
 
 
 
En caso de haber declarado que realiza Constancias de Transferencia de Mercancías (CTM), anexe un archivo con los nombres y domicilios de las empresas a las que les transfirió mercancías mediante CTM, así como los montos en moneda nacional.
 
NOTA: (empresas de reciente creación)
a)     Las empresas que soliciten por primera vez su programa IMMEX ante la SE o que tengan operando menos de un año podrán cumplir con el requisito general señalado en la regla 5.2.13., Apartado A, fracción VI con el documento que soporte la contratación de los empleados, ya sea directamente o a través de las subcontrataciones que señala el artículo 15 A de la Ley Federal del Trabajo y no estarán sujetos al requisito general previsto en el mismo Apartado A de la regla en su fracción VIII ni al señalado en el Apartado B, en la fracción I, inciso d) de la misma regla.
5.1.5 Acredite que cuenta con el legal uso o goce del inmueble o inmuebles donde se llevan a cabo los procesos productivos o la prestación del servicio del que se trate. Indique el domicilio del inmueble del que pretende acreditar la propiedad, uso o goce temporal.
 
 
 
 
Anexe documentación de acuerdo a la legislación aplicable que ampare la propiedad, uso o goce temporal del inmueble o inmuebles en donde se llevan a cabo los procesos productivos o la prestación de servicios según se trate, de al menos un año de vigencia a partir de la fecha de presentación de la solicitud,
 
5.1.6 Descripción de las actividades relacionadas con los procesos productivos o prestación de servicios conforme a la modalidad del programa:
 
Anexe documento que describa las actividades relacionadas con los procesos productivos o prestación de servicios conforme a la modalidad del programa, describiendo desde el arribo de la mercancía, su almacenamiento, su proceso productivo, y retorno, conforme al Instructivo.
 
5.1.7 Continuidad del proyecto de exportación:
 
Anexe contrato de maquila, de compraventa, orden de compra o de servicios, o pedidos en firme vigentes, que acrediten la continuidad del proyecto de exportación.
 
5.2. Las empresas que importen temporalmente y retornen mercancías de las fracciones arancelarias listadas en el Anexo I TER del Decreto IMMEX, o de las fracciones arancelarias listadas en el Anexo 28, cuando se destinen a elaborar bienes del sector de la confección clasificados en los capítulos 61 al 63 y en la fracción arancelaria 9404.90.99 de la TIGIE, así como los que se destinen a elaborar bienes del sector del calzado previstos en el capítulo 64 de la TIGIE, deberán cumplir con los siguientes requisitos y anexar la documentación que así lo acredite:
 
NOTA:
No podrán presentar la solicitud de certificación en materia de IVA e IEPS si han operado durante menos de doce meses previos a la presentación de dicha solicitud, salvo aquellas que acrediten ser parte de un grupo conforme a la regla 5.2.18.
5.2.1 Indique si durante los últimos doce meses, el valor de la mercancía transformada y retornada, retornada en su mismo estado, con cambios de régimen o a la que le prestó un servicio y retornada durante dicho periodo, representa por lo menos el 80% del valor de las importaciones temporales de insumos durante el mismo periodo:
 
SI
 
NO
 
 
Capture el valor total en moneda nacional de sus importaciones temporales de insumos del periodo requerido conforme al párrafo anterior:
(Capture un valor)
 
Concepto
(declare solo los que apliquen)
Valor en moneda nacional
Porcentaje que representa
respecto del total de
importaciones temporales
Retornos
 
 
Cambios de régimen
 
 
Transferencias virtuales
 
 
Desperdicios
 
 
Constancias de Transferencia de Mercancías CTM
 
 
Total
 
 
 
 
En caso de haber declarado que realiza Constancias de Transferencia de Mercancías (CTM), anexe un archivo con los nombres y domicilios de las empresas a las que les transfirió mercancías mediante CTM, así como los montos en moneda nacional.
 
5.2.2 Constancia de la totalidad del personal registrado ante el IMSS y soporte documental del pago de cuotas obrero patronales.
 
Anexe constancia de la totalidad de personal registrado ante el IMSS y soporte documental del pago de cuotas obrero patronales de los tres últimos bimestres anteriores a la solicitud, de por lo menos 20 empleados, adicionales a los señalados en los requisitos generales.
 
Señale si la empresa solicitante cuenta con trabajadores subcontratados de conformidad con el artículo 15-A de la Ley Federal del Trabajo:
 
SI
 
NO
 
 
En caso afirmativo deberá anexar un archivo que contenga un listado con el nombre del proveedor del servicio, RFC y número de trabajadores que provee a la solicitante, además de anexar la opinión positiva vigente del cumplimiento de obligaciones fiscales prevista en el artículo 32-D del Código y en la RMF, así como una copia simple del contrato que acredite la relación comercial y acreditar que retiene y entera el ISR.
 
5.2.3 Indique si los socios y accionistas, representante legal, administrador único o miembros del consejo de administración de la empresa declararon ingresos acumulables en la declaración anual ante la autoridad fiscal para fines del ISR de los dos ejercicios previos a la presentación de esta solicitud.
 
SI
 
NO
5.2.4 Indique a cuánto asciende el capital social, maquinaria y equipo de la empresa solicitante:
(Capture un valor)
 
Concepto
Valor en moneda nacional
Capital social
 
Maquinaria y equipo
 
 
 
En caso de que los conceptos anteriores sean propiedad de terceros, deberá anexar un archivo con el nombre y domicilio de los propietarios, así como el valor de cada uno en moneda nacional.
 
 
5.3 Depósito fiscal para someterse al proceso de ensamble y fabricación de vehículos a empresas de la industria automotriz terminal.
 
5.3.1 Autorización para el establecimiento de depósito fiscal para someterse al proceso de ensamble y fabricación de vehículos a empresas de la industria automotriz terminal vigente.
 
Anexe una copia simple de la autorización para el establecimiento de depósito fiscal para someterse al proceso de ensamble y fabricación de vehículos a empresas de la industria automotriz terminal vigente.
 
5.3.2 Indique si se encuentra sujeto a un proceso de cancelación de la autorización como depósito fiscal.
 
SI
 
NO
 
5.3.3 Indique si ha cumplido adecuadamente con los requisitos de las regla 4.5.31. y 4.5.33.
 
SI
 
NO
 
5.4 Elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado o recinto fiscalizado estratégico.
 
5.4.1 Autorización vigente emitida por el SAT para la elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado o recinto fiscalizado estratégico.
 
Anexe copia simple de la autorización vigente emitida por el SAT para la elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado o recinto fiscalizado estratégico.
 
5.4.2 Indique si se encuentra sujeto a un proceso de cancelación:
 
SI
 
NO
 
5.4.3 Indique si cumple con los lineamientos que determinen las autoridades aduaneras para el control, vigilancia y seguridad del recinto y de las mercancías de comercio exterior:
 
SI
 
NO
 
6. MODALIDAD AA:
Las empresas que aspiren a obtener la certificación bajo la modalidad AA, adicionalmente a los requisitos generales y a los requisitos específicos de cada régimen aduanero, deberán de cumplir con los siguientes:
6.1 Requisitos para la modalidad AA.
6.1.1 Que al menos el 40% del valor de los insumos adquiridos en territorio nacional vinculados al proceso bajo el régimen que esté solicitando la certificación del ejercicio inmediato anterior, se realizaron con proveedores que a la fecha de la presentación de la solicitud cuentan con la opinión positiva vigente del cumplimiento de obligaciones fiscales prevista en el artículo 32-D del Código y en la RMF.
 
Con el fin de determinar el 40%, anexe un archivo con el listado del total de sus proveedores de los insumos adquiridos en territorio nacional o de aquellas empresas que les transfieran mercancías a través de pedimentos virtuales vinculados al proceso bajo el régimen que está solicitando la certificación y sus valores, del ejercicio inmediato anterior, así como las opiniones positivas y vigentes de los que representen el 40% del total de sus proveedores.
6.1.2 Manifieste si los proveedores señalados en el punto anterior se encuentran a la fecha de presentación de la solicitud, en las publicaciones a que hacen referencia los artículos 17-H, fracción X, 69 con excepción de lo dispuesto en la fracción VI, y 69-B, tercer párrafo del Código.
 
SI
 
NO
 
 
6.1.3 Seleccione y requisite al menos una de las siguientes opciones:
 
Que durante los últimos cinco años o más han llevado a cabo operaciones al amparo del régimen para el cual solicitan la certificación del IVA e IEPS.
 
Fecha de inicio de operaciones bajo el
régimen aduanero en el cual solicita la
certificación
dd/mm/aaaa
 
 
Que durante el ejercicio anterior en promedio contaron con más de 1,000 empleados registrados ante el IMSS.
 
Número de empleados promedio registrados
ante el IMSS
Cantidad de empleados
 
 
Que el valor de su maquinaria y equipo es superior a los 50, 000,000 de pesos.
 
Valor total de la maquinaria y equipo
$
 
6.1.4 Manifieste si se le ha notificado algún crédito por parte del SAT en los 12 meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
 
SI
 
NO
 
 
En caso afirmativo, acredite que se encuentra autorizado para el pago a plazos en forma diferida de las contribuciones omitidas y de sus accesorios o que se haya autorizado el pago en parcialidades, o que efectuaron el pago del mismo.
 
6.1.5 Manifieste si se le ha emitido resolución de improcedencia de las devoluciones del IVA solicitadas en los últimos 12 meses, contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud de certificación correspondiente.
 
SI
 
NO
 
En caso afirmativo, señale el porcentaje y el monto que representan de la totalidad de solicitudes de devolución autorizadas, aquéllas en que la autoridad haya emitido resolución de improcedencia.
Porcentaje:
% (No debe representar más del 20% del monto autorizado)
Monto:
$ (No debe superar 5 millones de pesos)
 
7. MODALIDAD AAA:
Las empresas que aspiren a obtener la certificación bajo la modalidad AAA, adicionalmente a los requisitos generales y a los requisitos específicos de cada régimen aduanero, deberán de cumplir con los siguientes:
7.1 Requisitos para la modalidad AAA.
 
7.1.1 Que al menos el 70% del valor de los insumos adquiridos en territorio nacional vinculados al proceso bajo el régimen que esté solicitando la certificación del ejercicio inmediato anterior, se realizaron con proveedores que a la fecha de la presentación de la solicitud cuentan con la opinión positiva vigente del cumplimiento de obligaciones fiscales prevista en el artículo 32-D del Código y en la RMF.
 
Con el fin de determinar el 70%, anexe un archivo con el listado del total de sus proveedores de los insumos adquiridos en territorio nacional o de aquellas empresas que les transfieran mercancías a través de pedimentos virtuales vinculados al proceso bajo el régimen que está solicitando la certificación y sus valores, del ejercicio inmediato anterior, así como las opiniones positivas y vigentes de los que representen el 70% del total de sus proveedores.
7.1.2. Manifieste si los proveedores señalados en el punto anterior se encuentran a la fecha de presentación de la solicitud, en las publicaciones a que hacen referencia los artículos 17-H, fracción X, 69 con excepción de lo dispuesto en la fracción VI, y 69-B, tercer párrafo del Código.
 
SI
 
NO
 
7.1.3. Seleccione y requisite al menos una de las siguientes opciones:
 
Que durante los últimos siete años o más han llevado a cabo operaciones al amparo del régimen para el cual solicitan la certificación del IVA e IEPS.
 
Fecha de inicio de operaciones bajo el
régimen aduanero en el cual solicita la
certificación
dd/mm/aaaa
 
 
Que durante el ejercicio anterior en promedio contaron con más de 2,500 empleados registrados ante el IMSS.
 
Número de empleados promedio
registrados ante el IMSS
Cantidad de empleados
 
 
Que el valor de su maquinaria y equipo es superior a los 100,000,000 de pesos.
 
Valor total de la maquinaria y equipo
$
 
7.1.4. Manifieste si se le ha notificado algún crédito por parte del SAT en los 24 meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
 
SI
 
NO
 
 
En caso afirmativo, acredite que se encuentra autorizado para el pago a plazos en forma diferida de las contribuciones omitidas y de sus accesorios o que se haya autorizado el pago en parcialidades o que efectuaron el pago del mismo.
 
7.1.5 Manifieste si se le ha emitido resolución de improcedencia de las devoluciones del IVA solicitadas en los últimos 12 meses, contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud de certificación correspondiente.
 
SI
 
NO
 
En caso afirmativo, señale el porcentaje y el monto que representan de la totalidad de solicitudes de devolución autorizadas, aquéllas en que la autoridad haya emitido resolución de improcedencia.
Porcentaje:
% (No debe representar más del 20% del monto autorizado)
Monto:
$ (No debe superar 5 millones de pesos)
 
Una vez manifestado lo anterior, se solicita al SAT, a través de la AGACE, que realice las inspecciones a que hace referencia el Apartado A, fracción IX de la regla 5.2.13., a las instalaciones señaladas en las que se realizan procesos productivos, con el propósito de verificar la información plasmada en la presente solicitud certificación.
Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que los datos asentados en el presente documento son ciertos y que las facultades que me fueron otorgadas para representar a la solicitante no me han sido modificadas y/o revocadas.
 
NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA PERSONA MORAL SOLICITANTE
 
FORMA DE PRESENTACIÓN:
1.     Por Ventanilla Digital en la página www.ventanillaunica.gob.mx.
2.     Presentación física en Avenida Paseo de la Reforma 10, Colonia Tabacalera, C.P. 06030, Delegación Cuauhtémoc, México, Distrito Federal, en un horario de 09:00 a 15:00 hrs. La documentación deberá ser presentada en medio magnético con excepción de la presente Solicitud y del documento mediante la cual se acredite la representación legal de quien firma, que deberá de presentarse en copia certificada, así como la copia de la Identificación oficial de quien acredita la representación legal.
FORMA DE PRESENTACIÓN:
1.     Por Ventanilla Digital en la página www.ventanillaunica.gob.mx.
 
Instructivo para requisitar la Solicitud de Certificación en Materia de IVA e IEPS
Notas aclaratorias:
-      Los archivos que se acompañen a la Solicitud de Certificación deberán anexarse señalando el numeral de la solicitud a la que corresponden, nombre del documento y deberán presentarse en medio magnético.
-      Todos los documentos deberán anexarse en idioma Español. En caso de que los documentos se encuentren en idioma Inglés, deberá adjuntar traducción simple de los mismos; en caso de que se encuentren en cualquier otro idioma, deberá anexar traducciones certificadas.
-      La AGACE resolverá la solicitud de certificación en un término de 40 días contados a partir del día siguiente a la fecha asentada en el acuse de recepción generado por el sistema electrónico aduanero, en el caso de que la autoridad aduanera detecte la falta de algún requisito le requerirá vía electrónica por única ocasión al promovente la información o documentación faltante, para lo cual el contribuyente contará con un plazo de 15 días contados a partir del día siguiente en que surta efectos la notificación, para dar atención al requerimiento, en caso contrario, se entenderá que se desistió de la solicitud. Las notificaciones se realizarán de conformidad con lo establecido en los artículos 9-A, 9-B, 9-C, 9-D y 9-E de la Ley.
1. DATOS DE LA PERSONA MORAL SOLICITANTE.
1.1 Denominación o razón social.
RFC incluyendo la homoclave, se deberá anotar la clave del RFC a doce posiciones.
1.2 Actividad preponderante.
Deberá anotar la actividad económica preponderante declarada ante el RFC.
1.3 Sector Productivo.
Deberá anotar la industria a la que pertenece o el servicio que presta, de conformidad con el siguiente catálogo:
Industria: Industria metalmecánica; industria de la minería y metalúrgica; siderúrgica; eléctrico- electrónico; aeroespacial; química; farmacéutica; médica; autopartes; automotriz terminal; industria alimentaria; industria del papel y cartón; fabricación de artículos de oficina; industria de la madera; fabricación de muebles y productos relacionados; fabricación de productos derivados del petróleo y del carbón; industria del plástico y del hule; fabricación de productos a base de minerales no metálicos; fabricación de maquinaria y equipo; fabricación de equipo ferroviario; bebidas y tabaco; industria de textil-confección; industria del calzado; y fabricación de juguetes, juegos de recreo y artículos deportivos.
Servicio: Abastecimiento, almacenaje o distribución de mercancías; clasificación, inspección, prueba o verificación de mercancías; operaciones que no alteren materialmente las características de la mercancía (que incluye envase, lijado, engomado, pulido, pintado o encerado, entre otros); integración de juegos (kits) o material con fines promocionales y que se acompañen en los productos que se exportan; reparación, re-trabajo o mantenimiento de mercancías; lavandería o planchado de prendas; bordado o impresión de prendas; blindaje, modificación o adaptación de vehículo automotor; reciclaje o acopio de desperdicios; diseño o ingeniería de productos; diseño o ingeniería de software; servicios soportados con tecnologías de la
información; servicios de subcontratación de procesos de negocio basados en tecnologías de la información.
Si no encuadra en los sectores de los catálogos, deberá seleccionar el más cercano a sus actividades.
1.4 Régimen Aduanero.
Deberá seleccionar el recuadro del régimen aduanero en el que introduce mercancías de importación, de conformidad con lo establecido en los artículos 28, 28-A, 15 y 15-A de la Ley del IVA y de la Ley del IEPS.
1.5 Modalidad en que solicita su certificación.
Deberá seleccionar la modalidad en la que desea obtener la certificación. En caso de seleccionar las modalidades AA o AAA, deberá de cumplir con los requisitos adicionales señalados en la regla 5.2.13. y 5.2.20. para cada una de ellas.
1.6 Domicilio fiscal.
Indicará en este apartado el domicilio fiscal manifestado ante el RFC o, en su caso, el declarado a través del último aviso de cambio de situación fiscal.
1.7 Domicilio para oír y recibir notificaciones.
Deberá señalar el domicilio para oír y recibir notificaciones o dejar en blanco en caso de que sea el mismo que el fiscal.
1.8 Indique si cuenta con registro de empresa certificada de conformidad con la regla 3.8.1. y, en su caso, señale el apartado al que pertenece.
Deberá señalar si se encuentra inscrito en el registro de empresas certificadas de conformidad con la regla 3.8.1. En caso afirmativo, deberá capturar en que apartado se encuentra inscrito, la fecha de fin de vigencia y el número de oficio mediante el cual se le autorizó el registro de empresa certificada o el de su última renovación.
1.9 Empresas que forman parte de un grupo, para los efectos de la regla 5.2.18.
Tratándose de aquellas empresas que pertenezcan a un mismo Grupo, podrán acreditar el personal, infraestructura y los montos de inversión a través de alguna de las empresas del mismo Grupo.
Para ello deberán anexar un diagrama de la estructura accionaria y corporativa, así como copia certificada de las escrituras públicas, en las que conste la participación accionaria de las empresas que formen parte del grupo.
Durante las visitas de inspección a la empresa solicitante, el verificador podrá solicitar la copia certificada de la escritura pública en la que conste la participación accionaria, cuando la solicitud se haya realizado por medios electrónicos y no haya sido posible presentar la copia certificada.
Únicamente tratándose de las empresas que importen temporalmente y retornen mercancías de las fracciones arancelarias listadas en el Anexo I TER del Decreto IMMEX, o de las fracciones arancelarias listadas en el Anexo 28 de las presentes reglas, cuando se destinen a elaborar bienes del sector de la confección clasificados en los capítulos 61 al 63 y en la fracción arancelaria 9404.90.99 de la TIGIE, así como los que se destinen a elaborar bienes del sector del calzado previstos en el capítulo 64 de la TIGIE, cuando no se hubiesen realizado operaciones en los 12 meses previos a la presentación de la solicitud, se podrá acreditar el requisito de antigüedad con alguna de las empresas que forman parte del Grupo que haya tenido operaciones en los últimos 12 meses, siempre y cuando ésta última anexe un escrito en el que asuma la responsabilidad solidaria a que se refiere la fracción VIII del artículo 26 del Código de los créditos fiscales que llegaran a originarse. Dicho escrito se deberá presentar como anexo en el presente apartado.
Deberá marcar el tipo de concepto que acredita como empresa integrante de un grupo, pudiendo elegir una o más de las opciones señaladas.
2. REPRESENTANTE LEGAL DE LA PERSONA MORAL SOLICITANTE
2.1 Nombre.
Deberá capturar los datos del Representante Legal que cuente con poder para actos de administración, o en su caso, del Representante Legal vinculado a la FIEL de la persona moral solicitante que realiza el trámite.
Cuando el trámite se presenta de manera presencial, debe anexar una copia certificada del poder para actos de administración del representante legal.
 
2.2. Documento con el que se acredita la personalidad de quien firma esta Solicitud de certificación en materia de IVA e IEPS para realizar actos de administración en representación de la empresa.
En la presentación de la Solicitud de certificación de forma física, deberá adjuntar copia certificada de la escritura pública en la que conste la representación legal de la persona que suscribe la solicitud, en los términos del artículo 19 del Código.
2.3 Persona autorizada para oír y recibir notificaciones.
Deberá capturar la información de una persona autorizada para oír y recibir notificaciones, en caso de requerirlo.
3. PERSONAS AUTORIZADAS COMO ENLACE OPERATIVO CON LA AGACE.
3.1 Persona autorizada como enlace operativo.
Deberá capturar los datos de la persona designada por la empresa solicitante que fungirá como enlace con la AGACE en aspectos operativos y logísticos de la certificación.
Para acreditar la relación del enlace operativo con las empresas, deberá anexar un documento expedido por la solicitante, donde conste el nombre de la persona, el cargo que ocupa en la empresa y la razón social de la solicitante, por ejemplo: recibo de nómina siempre y cuando contenga el cargo que ocupa; contrato laboral; carta firmada por el representante legal que firma la solicitud de certificación, entre otros.
En caso de que se realicen cambios de enlaces operativos, éstos deberán notificarse a la AGACE a través del correo de la Certificación: certificacion.iva.ieps@sat.gob.mx, en un término de 5 días.
3.2 Persona autorizada como enlace operativo (Suplente).
Adicionalmente al campo anterior, deberá establecer un suplente del enlace operativo, cumpliendo con los mismos requerimientos del anterior.
4. REQUISITOS GENERALES
4.1 Indique si cuenta con un sistema de control de inventarios, para el registro de sus operaciones de comercio exterior.
Independientemente del tipo de sistema de control de inventarios de que se trate, deberá capturar el nombre o datos para su identificación e indicar su lugar de radicación, es decir, todo aquel establecimiento, sucursal, planta, etc., donde se tenga acceso a todas las funciones e información del sistema de control de inventarios.
En caso de que tenga más de un sistema de control de inventarios, podrá señalar los datos de todos agregando filas en el cuadro.
En caso de contar con un sistema de control de inventarios de conformidad con las disposiciones previstas por el Anexo 24, deberá anexar un reporte de saldos de mercancía de importación temporal, de un periodo de un mes, que se encuentre dentro de los tres meses anteriores a la fecha de la presente solicitud de certificación. La información mínima requerida para la identificación de las operaciones, de forma enunciativa, más no limitativa, es la siguiente:
PEDIMENTO DE IMPORTACIÓN
SALDOS
No. de pedimento
Fecha de pago
Clave de pedimento
Fracción arancelaria
Cantidad importada
Valor de la importación
Saldo
Valor de Saldo
 
dd/mm/aa
Conforme a lo declarado en el pedimento de referencia
Unidades
MXN
Unidades
MXN
 
29/11/31
IN
8708.95.99
5200
$125000
50500
$124376
 
Las empresas que hayan obtenido su programa IMMEX ante la SE, dentro de los 12 meses anteriores a la fecha de presentación de su solicitud, no estarán obligadas al cumplimiento de este requisito.
4.2 Anexe la opinión positiva vigente del cumplimiento de obligaciones fiscales de la empresa solicitante.
Deberá anexar la opinión positiva vigente del cumplimiento de obligaciones fiscales de la empresa solicitante, que se obtiene en la página electrónica del SAT, prevista en el artículo 32-D del Código y en la RMF vigente y emitida durante los 30 días anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
 
Adicionalmente, se deberán enlistar los nombres de cada uno de los socios, accionistas, representante legal, administrador único o miembros del consejo de administración, según sea el caso, independientemente de que no se encuentren obligados a tributar en México, anexando la opinión de cumplimiento de cada uno de ellos, según sea el caso.
Para ello deberá tomar en cuenta lo siguiente:
-      Se entiende por representante legal aquel que en términos del artículo 10 de la Ley General de Sociedades Mercantiles tenga la representación legal de la empresa o aquella persona que cuente con poder para actos de dominio en términos del artículo 2554 párrafo tercero del Código Civil para el Distrito Federal en Materia Común y para toda la República en Materia Federal.
-      Únicamente deberá anexar la opinión positiva vigente del cumplimiento de obligaciones fiscales de los socios, accionistas, representante legal, administrador único o miembros del consejo de administración que estén obligados a tributar en México.
-      En caso de que los socios o accionistas sean personas morales, deberá anexar la opinión positiva vigente del cumplimiento de obligaciones fiscales únicamente de las personas morales.
-      En caso de que la empresa solicitante cotice en la Bolsa Mexicana de Valores, no estará sujeta a anexar la opinión positiva vigente del cumplimiento de obligaciones fiscales de los tenedores de las acciones que se cotizan en la misma.
-      En caso de que la empresa solicitante cuente con más de 20 socios o accionistas, deberá anexar la opinión positiva vigente del cumplimiento de obligaciones fiscales de aquellos que en lo individual o en su conjunto, representen al menos el 80% de las acciones de la empresa solicitante.
-      Cuando la misma persona ostente más de una figura (por ejemplo, representante legal y accionista) deberá declararse en cada una, sin importar que se repita, anexando una sola opinión positiva vigente del cumplimiento de obligaciones fiscales.
4.3 Indique si al momento de ingresar la solicitud se encuentra en el listado de empresas publicadas por el SAT en términos de los artículo 69 y 69-B, tercer párrafo del Código, con excepción de lo dispuesto en la fracción VI del referido artículo 69.
La empresa deberá declarar que no se encuentra en los listados de referencia.
4.4 Indique si al momento de ingresar la solicitud sus certificados de sellos digitales están vigentes.
La empresa deberá de contar con sellos digitales vigentes. En caso afirmativo deberá indicar si se infringió alguno de los supuestos previstos en el artículo 17-H, fracción X del Código, durante los últimos 12 meses.
4.5 Constancia de la totalidad de personal registrado ante el IMSS y soporte documental del pago de cuotas obrero patronal al IMSS de por lo menos 10 empleados del último bimestre anterior a la solicitud de certificación.
a) Para acreditar la totalidad de personal deberá adjuntar una constancia de la totalidad de personal registrado ante el IMSS, del Sistema Único de Autodeterminación (SUA). A fin de evitar que se anexe la totalidad del SUA, la empresa podrá adjuntar la primera hoja (donde aparece la denominación social y el periodo) y la última hoja (donde consta la totalidad de empleados registrados ante el IMSS).
b) Para presentar el comprobante del pago de cuotas obrero patronal al IMSS de por lo menos 10 empleados del último bimestre anterior a la solicitud de certificación, deberá adjuntar comprobante de pago descargado por el sistema de pago referenciado (SIPARE) o comprobante de pago que sea acorde con la información del Sistema Único de Autodeterminación (SUA) a que se refiere el primer párrafo. Aquellos comprobantes que contengan leyendas de que no tienen efectos fiscales o legales, no serán válidos para acreditar el requisito.
c) En el caso de que la solicitante cuente con subcontrataciones de trabajadores en los términos y condiciones que establece el artículo 15-A de la Ley Federal del Trabajo (outsourcing), adicionalmente deberá adjuntar lo siguiente:
- Un listado con el nombre y/o razón social de cada uno de los proveedores del servicio, su RFC y la cantidad de trabajadores que le provee.
- Opinión positiva vigente del cumplimiento de obligaciones fiscales prevista en el artículo 32-D del Código y en la RMF de cada uno de los proveedores declarados en el listado del párrafo anterior.
 
- Copia de la documentación que acredite la relación comercial (contrato), mismo que deberá contar con los elementos de validez de acuerdo a la legislación aplicable y estar vigente.
- Documentación con que acredite la retención y entero del ISR de sus proveedores del servicio, para lo cual podrá presentar la última declaración de retenciones de ISR por salarios de al menos 10 empleados así como el comprobante que demuestre el entero de las contribuciones retenidas; o una carta bajo protesta de decir verdad emitida por cada uno de los proveedores del servicio de subcontratación.
Cuando la empresa solicitante cuente con empleados contratados directamente y con servicios de subcontratación de personal, deberá acreditar todos y cada uno de los puntos del inciso a), b) y c).
Cuando la solicitante únicamente cuente con personal subcontratado deberá acreditar los incisos a) y b) con el SUA y el pago de cuotas obrero patronales de sus proveedores del servicio, además de acreditar lo establecido en el inciso c).
No se considera personal subcontratado cuando el objeto del contrato es la prestación de servicios de seguridad, comedor, servicios médicos y servicios de limpieza y mantenimiento.
Las empresas que soliciten por primera vez su programa IMMEX ante la SE podrán cumplir con el requisito con el documento que soporte la contratación de los empleados, ya sea directamente o a través de las subcontrataciones que señala el artículo 15A de la Ley Federal del Trabajo.
4.6 Acreditar la inversión en territorio nacional.
Deberá de capturar el valor global de cada uno de los conceptos que le aplique (bienes inmuebles, bienes muebles).
Dicho valor podrá ser el valor actual de los bienes o el valor en aduana si éstos proceden de importaciones temporales, o una combinación de ambos. No será necesario que anexe documentación a la solicitud, toda vez que durante la visita de inspección inicial o las de supervisión de cumplimiento, la autoridad podrá solicitar se le exhiba documentación que acredite la inversión en territorio nacional como contratos, títulos de propiedad, pedimentos de importación, entre otros.
4.7 Anexe un archivo que contenga el nombre y dirección de sus clientes y proveedores en el extranjero, con los que realizaron operaciones de comercio exterior en el ejercicio inmediato anterior relacionados con el régimen en el que solicita la certificación.
Deberá anexar un archivo donde se enlisten nombre, denominación y/o razón social, así como el domicilio de los clientes y proveedores en el extranjero con los que realizaron operaciones de comercio exterior en el ejercicio inmediato anterior. En dicho listado se deberá distinguir cuales corresponden a clientes y cuales a proveedores y en caso de que tengan los dos roles, deberán declararse en ambos.
Las empresas que soliciten por primera vez su programa IMMEX ante la SE o que tengan operando menos de un año no estarán sujetas al cumplimiento de este requisito.
4.8. Manifieste si se le ha emitido resolución de improcedencia de las devoluciones del IVA autorizadas en los últimos 12 meses, contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud de certificación correspondiente.
En caso afirmativo, señale el porcentaje que representa el monto improcedente en relación al monto de devoluciones autorizadas, en los últimos doce meses.
El monto improcedente no debe superar el 20 % del monto autorizado y dicho porcentaje no debe ser mayor a 5 millones en moneda nacional.
4.9 Exhiba acuse que acredite que la solicitante actualizó su correo electrónico para efectos del buzón tributario.
Deberá exhibir el documento denominado Acuse de Actualización de Mecanismos de Comunicación que emite buzón tributario del que se desprenda la actualización del correo electrónico para efectos de las notificaciones de la presente certificación. Deberá presentarse legible y completo conteniendo la cadena original y el sello digital del SAT.
5. DOCUMENTOS ADICIONALES QUE SE DEBEN ANEXAR A ESTA SOLICITUD DE ACUERDO AL RÉGIMEN ADUANERO.
5.1 Importación temporal para elaboración, transformación o reparación en programas de maquila o de exportación (IMMEX)
5.1.1 Indique el número de su programa IMMEX y la modalidad
 
Deberá capturar su número de IMMEX y la modalidad bajo la que se encuentra autorizado (industrial, servicios, albergue, tercerización, o controladora)
5.1.2 Indique todos los domicilios de las instalaciones en que la empresa solicitante desarrolla actividades vinculadas con su programa de maquila o exportación. Deberá declarar cada una de las instalaciones vinculadas con su programa IMMEX, de acuerdo a los campos de la tabla. En caso de que lo requiera, podrá agregar las filas necesarias de acuerdo al número de instalaciones.
De los domicilios declarados deberá señalar en cuales se lleva a cabo la producción de su principal producto o servicio relacionado con el régimen aduanero en el cual solicita su certificación, en términos de valor o de volumen de su producción.
Los domicilios donde realice actividades relacionadas con sus procesos productivos y/o la prestación de servicios, deberán estar registrados ante el RFC del SAT
5.1.3 Indique si cuenta con infraestructura necesaria para realizar la operación del programa IMMEX, al proceso industrial o de servicio de conformidad con la modalidad de su programa.
Durante las visita de inspección a la empresa solicitante se verificará que la infraestructura sea acorde al proceso productivo o a la prestación de servicios de exportación que declara en la solicitud.
5.1.4 Indique si durante los últimos doce meses, el valor de la mercancía transformada y retornada, retornada en su mismo estado, con cambios de régimen o a la que se le prestó un servicio y retornada durante dicho período representa al menos el 60 % del valor de las importaciones temporales de insumos durante el mismo período.
Deberá capturar el valor total en moneda nacional de sus importaciones temporales de insumos realizadas durante los últimos doce meses en el campo correspondiente.
Los últimos doce meses se podrán computar a partir del último corte realizado en el control de inventarios en el mes inmediato anterior al que la empresa presente su solicitud. Así mismo, deberá declarar el valor en moneda nacional (valor comercial) de los descargos realizados para cada concepto (retornos, cambios de régimen, transferencias virtuales, desperdicio, así como Constancias de Transferencia de Mercancías CTM), en el mismo periodo y el porcentaje que representa respecto del total de importaciones temporales que se hayan capturado en el campo correspondiente.
En caso de haber declarado que realiza Constancias de Transferencia de Mercancías (CTM), deberá anexar un archivo con los nombres y domicilios de las empresas a las que les transfirió mercancías mediante CTM, así como los montos en moneda nacional
Las empresas que soliciten por primera vez su programa IMMEX ante la SE o que tengan operando menos de un año no estarán sujetos al cumplimiento de este requisito.
5.1.5 Acredite que cuenta con el legal uso o goce del inmueble o inmuebles donde se llevan a cabo los procesos productivos o la prestación del servicio del que se trate.
Deberá declarar el o los domicilios donde se lleven a cabo los procesos productivos de los que pretenda acreditar el legal uso o goce, y anexar un contrato o título de propiedad. Dicho domicilio debe de estar dado de alta ante el SAT.
Es importante que el domicilio manifestado coincida completamente con el que sea objeto del contrato o del título de propiedad con el que se pretenda acreditar el legal uso o goce. Cuando los domicilios no coincidan plenamente, deberá acompañar al título de propiedad con documentación que acredite que se trata del mismo declarado ante el SAT, por ejemplo: boleta de predial siempre y cuando esté relacionada con la clave de catastro que se observe en el título de propiedad: documento emitido por catastro en el que conste la dirección y el nombre del propietario; documento del Registro Público de la Propiedad donde conste la dirección y el nombre del propietario; fe de hechos emitida por fedatario público.
Para el caso de contratos en donde el domicilio no coincida plenamente con alguno de los domicilios registrados ante el SAT, podrá acompañarlos de un adendum o convenio modificatorio en el que coincida plenamente el domicilio.
5.1.6. Descripción de las actividades relacionadas con los procesos productivos o prestación de servicios conforme a la modalidad del programa.
Deberá de anexar una descripción detallada de su principal proceso productivo (en términos de valor o de
volumen de producción) que muestre paso a paso el flujo de las mercancías importadas temporalmente, desde el punto de origen, el punto de entrada al país, su recepción en la empresa, almacenamiento, su integración al proceso productivo y su destino o descargo (retorno, cambio de régimen, transferencia virtual, constancias de destrucción de desperdicio, constancias de transferencia de mercancías CTM, entre otros), así como los procesos complementarios y servicios que le agregan valor a su producto final (procesos de submanufactura).
La descripción podrá presentarse en forma de diagrama de flujo, siempre y cuando contenga la descripción de cada paso conforme al párrafo anterior.
5.1.7. Continuidad del proyecto de exportación.
Deberá adjuntar contrato de maquila, de compraventa, orden de compra o de servicios, o pedidos en firme vigentes, que acrediten la continuidad del proyecto de exportación; en dichos documentos se deberá identificar la razón social de la solicitante, la vigencia del documento, las firmas de las partes y si se encuentra en idioma Inglés deberá de acompañarse con una traducción simple.
5.2. Las empresas que importen temporalmente y retornen mercancías de las fracciones arancelarias listadas en el Anexo I TER del Decreto IMMEX, o de las fracciones arancelarias listadas en el Anexo 28, cuando se destinen a elaborar bienes del sector de la confección clasificados en los capítulos 61 al 63 y en la fracción arancelaria 9404.90.99 de la TIGIE, así como los que se destinen a elaborar bienes del sector del calzado previstos en el capítulo 64 de la TIGIE, deberán cumplir con los siguientes requisitos y anexar la documentación que así lo acredite:
No podrán presentar la solicitud de certificación en materia de IVA e IEPS si han operado durante menos de doce meses previos a la presentación de dicha solicitud, salvo aquellas que acrediten ser parte de un grupo.
Para las empresas que formen parte de un grupo deberán de presentar un escrito en el que alguna de las empresas que conforman el grupo y tenga más de 12 meses operando, asuma la responsabilidad solidaria a que se refiere la fracción VIII del artículo 26 del Código, de los créditos fiscales que llegaran a originarse.
Los requisitos son aplicables únicamente cuando las empresas importen temporalmente y retornen mercancías en las fracciones señaladas.
Si las empresas tienen operaciones de las fracciones de sectores sensibles pero están destinadas a otros sectores productivos, no se consideran como sectores sensibles y por lo tanto no será necesario acreditar los requisitos adicionales.
5.2.1 Indique si durante los últimos doce meses, el valor de la mercancía transformada y retornada, retornada en su mismo estado, con cambios de régimen o a la que le prestó un servicio y retornada durante dicho periodo, representa por lo menos el 80% del valor de las importaciones temporales de insumos durante el mismo periodo.
Deberá capturar el valor total en moneda nacional de sus importaciones temporales de insumos realizadas durante los últimos doce meses en el campo correspondiente.
Los últimos doce meses se podrán computar a partir del último corte realizado en el control de inventarios en el mes inmediato anterior al que la empresa presente su solicitud. Así mismo, deberá declarar el valor en moneda nacional (valor comercial) de los descargos realizados para cada concepto (retornos, cambios de régimen, transferencias virtuales, desperdicio, así como Constancias de Transferencia de Mercancías CTM), en el mismo periodo y el porcentaje que representa respecto del total de importaciones temporales que se hayan capturado en el campo correspondiente.
En caso de haber declarado que realiza Constancias de Transferencia de Mercancías (CTM), deberá anexar un archivo con los nombres y domicilios de las empresas a las que les transfirió mercancías mediante CTM, así como los montos en moneda nacional
No podrán presentar la solicitud de certificación en materia de IVA e IEPS si han operado durante menos de doce meses previos a la presentación de dicha solicitud, salvo aquellas que acrediten ser parte de un grupo conforme a la Regla 5.2.18.
5.2.2 Constancia de la totalidad de personal registrado ante el IMSS y soporte documental del pago
de los tres últimos bimestres anteriores a la solicitud de certificación, de por lo menos 20 empleados, adicionales a los señalados en los requisitos generales.
a) Para acreditar la totalidad de personal deberá adjuntar una constancia de la totalidad de personal registrado ante el IMSS, del Sistema Único de Autodeterminación (SUA). A fin de evitar que se anexo la totalidad del SUA, la empresa podrá adjuntar la primera hoja (donde aparece la denominación social y el periodo) y la última hoja (donde consta la totalidad de empleados registrados ante el IMSS).
b) Para presentar el comprobante del pago de cuotas obrero patronal al IMSS de por lo menos 30 empleados del último bimestre anterior a la solicitud de certificación, deberá adjuntar comprobante de pago descargado por el sistema de pago referenciado (SIPARE) o comprobante de pago que sea acorde con la información del Sistema Único de Autodeterminación (SUA) a que se refiere el primer párrafo. Aquellos comprobantes que contengan leyendas de que no tienen efectos fiscales o legales, no serán válidos para acreditar el requisito.
c) En el caso de que la solicitante cuente con subcontrataciones de trabajadores en los términos y condiciones que establece el artículo 15-A de la Ley Federal del Trabajo (outsourcing), adicionalmente deberá adjuntar lo siguiente:
- Un listado con el nombre y/o razón social de cada uno de los proveedores del servicio, su RFC y la cantidad de trabajadores que le provee.
- Opinión positiva vigente del cumplimiento de obligaciones fiscales prevista en el artículo 32-D del Código y en la RMF de cada uno de los proveedores declarados en el listado del párrafo anterior.
- Copia de la documentación que acredite la relación comercial (contrato), mismo que deberá contar con los elementos de validez de acuerdo a la legislación aplicable y estar vigente.
- Documentación con que acredite la retención y entero del ISR de sus proveedores del servicio, para lo cual podrá presentar documentación de la Declaración Informativa Múltiple de al menos 30 empleados así como el comprobante que demuestre el entero de las contribuciones retenidas; o una carta bajo protesta de decir verdad emitida por cada uno de los proveedores del servicio de subcontratación.
Cuando la empresa solicitante cuente con empleados contratados directamente y con servicios de subcontratación de personal, deberá acreditar todos y cada uno de los puntos del inciso a), b) y c).
Cuando la solicitante únicamente cuente con personal subcontratado deberá acreditar los incisos a) y b) con el SUA y el pago de cuotas obrero patronales de sus proveedores del servicio, además de acreditar lo establecido en el inciso c).
No se considera personal subcontratado cuando el objeto del contrato es la prestación de servicios de seguridad, comedor, servicios médicos y servicios de limpieza y mantenimiento.
5.2.3 Indique si los socios y accionistas, representante legal, administrador único o miembros del consejo de administración de la empresa declararon ingresos acumulables en la declaración anual de los dos ejercicios previos ante la autoridad fiscal para los fines del ISR.
No será necesario que anexe documento alguno, toda vez que la autoridad validará la información en los sistemas institucionales.
5.2.4 Indique a cuánto asciende el capital social, maquinaria y equipo de la empresa solicitante.
Deberá capturar los dos conceptos y la suma de los valores deberá ser mayor a 4 millones en moneda nacional.
Podrá declarar maquinaria o equipo que sean propiedad de terceros, para lo cual deberá anexar un archivo que indique el nombre y domicilio de los propietarios, así como el valor en moneda nacional.
5.3 Depósito fiscal para someterse al proceso de ensamble y fabricación de vehículos.
5.3.1 Autorización para el establecimiento de depósito fiscal para someterse al proceso de ensamble y fabricación de vehículos a empresas de la industria automotriz terminal vigente.
Deberá anexar una copia de su autorización vigente.
5.3.2 Indique si se encuentra sujeto a un proceso de cancelación.
Deberá contestar lo que corresponda.
 
5.3.3 Indique si ha cumplido adecuadamente con los requisitos de las reglas 4.5.31. y 4.5.33.
Deberá contestar lo que corresponda.
5.4. Elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado; o recinto fiscalizado estratégico.
5.4.1 Autorización vigente emitida por el SAT para la elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado o recinto fiscalizado estratégico.
Deberá anexar una copia de su autorización vigente.
5.4.2 Indique si se encuentra sujeto a un proceso de cancelación.
Deberá contestar lo que corresponda.
5.4.3 Indique si cumple con los lineamientos que determinen las autoridades aduaneras para el control, vigilancia y seguridad del recinto y de las mercancías de comercio exterior.
Deberá contestar lo que corresponda.
6. MODALIDAD AA:
6.1 Requisitos para la modalidad AA.
6.1.1 Que al menos el 40% del valor de los insumos adquiridos en territorio nacional vinculados al proceso bajo el régimen que esté solicitando la certificación del ejercicio inmediato anterior, se realizaron con proveedores que a la fecha de la presentación de la solicitud cuentan con la opinión positiva vigente del cumplimiento de obligaciones fiscales prevista en el artículo 32-D del Código y en la RMF.
Se consideran proveedores únicamente los de insumos para el proceso productivo, incluidos los recibidos a través de transferencias virtuales.
Con el fin de determinar el 40%, deberá anexar un archivo con el listado del total de sus proveedores de los insumos adquiridos en territorio nacional vinculados al proceso bajo el régimen que está solicitando la certificación y los valores de las operaciones con cada uno, del ejercicio inmediato anterior.
Para este efecto también se consideran proveedores nacionales aquellas empresas IMMEX que les transfieran mercancías a través de pedimentos virtuales, con independencia que los proveedores o vendedores sean residentes en el extranjero que entregan en territorio nacional a través de una empresa IMMEX.
6.1.2 Manifieste si los proveedores señalados en el punto anterior se encuentran a la fecha de presentación de la solicitud, en las publicaciones a que hacen referencia los artículos 17-H, fracción X, 69 con excepción de lo dispuesto en la fracción VI, y 69-B, tercer párrafo del Código.
Deberá contestar lo que corresponda.
6.1.3. Seleccione y requisite al menos una de las siguientes opciones.
La empresa solicitante deberá cumplir al menos uno de los tres supuestos, no obstante podrá elegir más de una opción.
En cada uno de los supuestos, la empresa solicitante deberá acreditar su cumplimiento:
-      Que durante los últimos cinco años o más han llevado a cabo operaciones al amparo del régimen para el cual solicitan la certificación del IVA e IEPS. Una vez capturada la fecha de inicio de operaciones, la autoridad hará la validación en los sistemas internos.
-      Durante el ejercicio anterior en promedio contó con más de 1,000 empleados registrados ante el IMSS. A fin de sacar el promedio de la cantidad de empleados, deberá de anexar documentación del Sistema Único de Autodeterminación (SUA) de los seis bimestres del ejercicio inmediato anterior, y en caso de que se trate de personal subcontratado, deberá acreditar lo requerido en el punto 4.5. del presente instructivo.
-      Valor total de la maquinaria y equipo. Deberá anexar documentación que acredite un valor igual o mayor a 50 millones en moneda nacional. Por ejemplo: su última declaración fiscal de dichos conceptos; facturas y pedimentos de importación.
6.1.4 Manifieste si se le ha notificado algún crédito por parte del SAT en los 12 meses anteriores a
la fecha de presentación de la solicitud.
En caso afirmativo, deberá anexar una copia simple de la autorización de pago a plazos, en parcialidades o diferido, o el comprobante de pago respectivo.
6.1.5 Manifieste si se le ha emitido resolución de improcedencia de las devoluciones del IVA autorizadas en los últimos 12 meses, contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud de certificación correspondiente.
En caso afirmativo, señale el porcentaje que representa el monto improcedente en relación al monto de devoluciones autorizadas, en los últimos doce meses.
El monto improcedente no debe superar el 20 % del monto autorizado y dicho porcentaje no debe ser mayor a 5 millones en moneda nacional.
7. MODALIDAD AAA:
7.1 Requisitos para la modalidad AAA.
7.1.1. Que al menos el 70% del valor de los insumos adquiridos en territorio nacional vinculados al proceso bajo el régimen que esté solicitando la certificación del ejercicio inmediato anterior, se realizaron con proveedores que a la fecha de la presentación de la solicitud cuentan con la opinión positiva vigente del cumplimiento de obligaciones fiscales prevista en el artículo 32-D del Código y en la RMF.
Se consideran proveedores únicamente los de insumos para el proceso productivo, incluidos los recibidos a través de transferencias virtuales.
Con el fin de determinar el 70%, deberá anexar un archivo con el listado del total de sus proveedores de los insumos adquiridos en territorio nacional vinculados al proceso bajo el régimen que está solicitando la certificación y los valores de las operaciones con cada uno, del ejercicio inmediato anterior.
Para este efecto también se consideran proveedores nacionales aquellas empresas IMMEX que les transfieran mercancías a través de pedimentos virtuales, con independencia que los proveedores o vendedores sean residentes en el extranjero que entregan en territorio nacional a través de una empresa IMMEX.
7.1.2. Manifieste si los proveedores señalados en el punto anterior se encuentran a la fecha de presentación de la solicitud, en las publicaciones a que hacen referencia los artículos 17-H, fracción X, 69 con excepción de lo dispuesto en la fracción VI, y 69-B, tercer párrafo del Código.
Deberá contestar lo que corresponda.
7.1.3. Seleccione y requisite al menos una de las siguientes opciones.
La empresa solicitante deberá cumplir al menos uno de los tres supuestos, no obstante podrá elegir más de una opción.
En cada uno de los supuestos, la empresa solicitante deberá acreditar su cumplimiento:
-      Que durante los últimos siete años o más han llevado a cabo operaciones al amparo del régimen para el cual solicitan la certificación del IVA e IEPS. Una vez capturada la fecha de inicio de operaciones, la autoridad hará la validación en los sistemas internos.
-      Que durante el ejercicio anterior en promedio contó con más de 2,500 empleados registrados ante el IMSS. A fin de sacar el promedio de la cantidad de empleados, deberá de anexar documentación del Sistema Único de Autodeterminación (SUA) de los seis bimestres del ejercicio inmediato anterior, y en caso de que se trate de personal subcontratado, deberá acreditar lo requerido en el punto 4.5. del presente instructivo.
-      Valor total de la maquinaria y equipo. Deberá anexar documentación que acredite un valor igual o mayor a 100 millones en moneda nacional. Por ejemplo: su última declaración fiscal de dichos conceptos; facturas y pedimentos de importación.
7.1.4 Manifieste si se le ha notificado algún crédito por parte del SAT en los 24 meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
En caso afirmativo, deberá anexar una copia simple de la autorización de pago a plazos, en parcialidades
o diferido, o el comprobante de pago respectivo.
7.1.5 Manifieste si se le ha emitido resolución de improcedencia de las devoluciones del IVA autorizadas en los últimos 12 meses, contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud de certificación correspondiente.
En caso afirmativo, señale el porcentaje que representa el monto improcedente en relación al monto de devoluciones autorizadas, en los últimos doce meses.
El monto improcedente no debe superar el 20 % del monto autorizado y dicho porcentaje no debe ser mayor a 5 millones en moneda nacional.

 
 
FORMA DE ENTREGA
 
Entrega Personal
(marque con una X)
 
Envío por
Mensajería
(marque con una
X)
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
DATOS GENERALES DEL SOLICITANTE
Nombre, Razón o Denominación Social
R.F.C.
 
 
 
 
 
 
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Domicilio para Oír o Recibir Notificaciones
Calle:
Núm. y/o Letra Ext.:
Núm. y/o Letra Int.:
Colonia:
 
Localidad:
Código Postal:
Municipio o Delegación en el D.F.:
Entidad Federativa:
Teléfono:
Correo Electrónico:
DATOS DEL PEDIMENTO
Número del Pedimento
 
Aduana de
Despacho
 
Fecha de Pago del
Pedimento
 
Nombre del Importador/
Exportador que tramitó el o
los pedimentos
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Pedimento
 
 

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Patente
 
Número del
Pedimento
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Nota : En caso de más de 3 Pedimentos, anexar relación.
 
CANTIDAD DE COPIAS SOLICITADAS POR
CADA PEDIMENTO
 
Número
 
Con Anexos
 
Sin Anexos
(marque con
una X)
(marque con
una X)
Declaro bajo protesta de decir verdad, que los datos asentados en la presente solicitud son reales y
exactos.
 
 
 
Firma autógrafa del solicitante o representante legal
DOCUMENTOS QUE DEBERAN ANEXARSE
Personas Físicas
 
Personas Morales
 
 
 
 
1.   Copia de identificación oficial vigente:
 
 
1. Copia del Poder Notarial del Representante Legal
      Credencial para votar con fotografía;
 
2. Copia de identificación oficial vigente del Representante Legal
      Cartilla del Servicio Militar Nacional;
      Pasaporte;
 
     Credencial para votar con fotografía;
      Forma Migratoria con fotografía;
      Cédula Profesional;
 
     Cartilla del Servicio Militar Nacional;
     Pasaporte;
      Carta de Naturalización; o
      Credencial de Inmigrado.
 
     Forma Migratoria con fotografía;
     Cédula Profesional;
2.   Original del Pago de Derechos
 
     Carta de Naturalización; o
     Credencial de Inmigrado.
 
 
3. Original del Pago de Derechos
Comprobante de pago realizado a través del esquema electrónico e5cinco.
 
Comprobante de pago realizado a través del esquema electrónico e5cinco.
 
Dependencias u Organismos Oficiales
Oficio dirigido al Administrador Central de Investigación Aduanera
NOTA: LA OMISION DE CUALQUIERA DE ESTOS REQUISITOS, DEJARA SIN EFECTOS LA
SOLICITUD
ESTE FORMATO ES DE LIBRE IMPRESION
Instructivo de trámite para solicitar copias certificadas de pedimentos y sus anexos
¿Quiénes lo realizan?
Los contribuyentes que deseen conocer la información y obtener copia certificada de los pedimentos correspondientes a las operaciones de comercio exterior que hayan efectuado.
¿Cómo se realiza?
Mediante el formato denominado "Solicitud de expedición de copias certificadas de pedimentos y sus anexos" o mediante la Ventanilla Digital en la dirección www.sat.gob.mx.
¿Dónde se presenta?
En la ventanilla denominada "Expedición de copias certificadas", en la ACIA, de lunes a viernes dentro del horario de las 09:00 a las 18:00 horas, por cualquier servicio de mensajería dirigido a la citada unidad administrativa o bien en la Ventanilla Digital.
¿Qué documento se obtiene?
Oficio de respuesta de la autoridad y en su caso, copia certificada del o los pedimentos solicitados y sus respectivos anexos.
¿Qué procede en caso de que la solicitud no se presente debidamente llenada o se omita alguno de los documentos manifestados?
La ACIA requerirá mediante oficio o mediante la Ventanilla Digital, según sea el caso al interesado, el dato o documento omitido, a fin de que sea presentado mediante escrito libre o mediante la Ventanilla Digital con la finalidad de subsanar dicha omisión.
Supuestos que imposibilitan materialmente a la ACIA a dar atención a las solicitudes de copias certificadas de pedimentos y sus anexos:
1.     Solicitud de documentos relativos al extinto Registro Federal de Vehículos, correspondiente a los años 1989 o anteriores.
2.     Solicitud de documentos que hayan causado "baja definitiva" por haber cumplido el tiempo de guarda y custodia por parte de la autoridad aduanera, de conformidad con el "Acuerdo por el que se establecen los lineamientos a que se sujetará la guarda, custodia y plazo de conservación del Archivo Contable Gubernamental", publicado en el DOF el 25 de agosto de 1998.
3.     Solicitud de pedimentos que no se encuentren registrados en el Sistema Automatizado Aduanero Integral o que existan discrepancias entre la información asentada en el pedimento y la información registrada en el sistema antes citado.
 
¿Cómo puede solicitar el interesado información del estado que guarda su trámite y, en su caso, del importe que deberá cubrir por la expedición de copias certificadas?
Vía telefónica al número 01 800 INFOSAT (463-67-28) dentro del horario de 8:00 a 21:00 hrs., vía correo electrónico a la dirección copiascertificadas@sat.gob.mx o bien mediante la Ventanilla Digital.
¿En qué plazo se emite la resolución?
La ACIA emitirá la resolución correspondiente en un plazo no mayor a tres meses a partir de la fecha de recepción de la solicitud. Transcurrido dicho plazo sin que se notifique la resolución, se entenderá que es negativa en los términos del artículo 37 del Código Fiscal de la Federación.
Documentos (requisitos) a cumplir cuando el trámite se efectúe a través de la Ventanilla Digital.
1.     Pago de derechos por el total de copias certificadas solicitadas (el comprobante de pago realizado a través del esquema electrónico e5cinco o a través de la hoja de ayuda en ventanilla bancaria, de conformidad con lo previsto en el artículo 5° de la LFD.
2.     Copia del pedimento a su nombre.
3.     Identificación oficial del solicitante en el caso de aquellas personas que no cuenten con FIEL.
Entrega de los pedimentos y sus anexos solicitados:
1.     Una vez cubiertos los requisitos necesarios para resolver y efectuado el pago del importe total de las copias certificadas, la ACIA las entregará de forma personal en la ventanilla de dicha unidad administrativa o a través del servicio de mensajería, cuando así se haya requerido en la solicitud.
2.     En el caso de que no se hubiera especificado en la solicitud la forma de entrega de la documentación, ésta se realizará de forma personal en la ventanilla, a quienes hayan declarado su domicilio en el Distrito Federal o área metropolitana, y a través de mensajería a quienes hayan declarado su domicilio fuera de dicha zona.
Una vez transcurridos tres meses contados a partir de la fecha de recepción de la solicitud, sin que el interesado hubiera recogido las copias certificadas en la ventanilla, dará lugar a su invalidez, debiendo realizar nuevamente el trámite en caso de requerirlas.
3.     Cuando la entrega fuere personal, ésta será de lunes a viernes dentro del horario de las 9:00 a las 18:00 horas; para ello se deberá presentar identificación oficial vigente y, en su caso, carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas del otorgante, aceptante y testigos ante las autoridades fiscales, notario o fedatario público, de conformidad con el artículo 19 del Código Fiscal de la Federación.
4.     Cuando el trámite se realice a través de la Ventanilla Digital la entrega se efectuará a través de la misma.
Disposiciones jurídicas aplicables:
Artículos 19, 37 y 69 del Código, 144, fracción XXVI de la Ley, 5o. de la LFD, las reglas 1.1.2. y 1.1.3. y los artículos 19, fracción LXXVII y 20, Apartado C del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria.
 
1. DATOS DE LA PERSONA MORAL SOLICITANTE
1.1 Denominación y/o razón social.
Denominación y/o razón social:
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
RFC incluyendo la homoclave:
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
1.2 Domicilio fiscal.
 
 
Calle                                   Número y/o letra exterior                          Número y/o letra interior
 
Colonia              C.P.               Municipio/Delegación                             Entidad Federativa
 
 
 
Teléfono (con clave lada)
Correo electrónico
 
 
1.3 Domicilio para oír y recibir notificaciones.
 
 
Calle                                   Número y/o letra exterior                          Número y/o letra interior
 
Colonia              C.P.               Municipio/Delegación                             Entidad Federativa
 
 
 
Teléfono (con clave lada)
Correo electrónico
 
 
1.4 Datos del Representante Legal.
 
Apellido paterno                               Apellido materno                                    Nombre
RFC incluyendo la homoclave
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Teléfono (con clave lada)
Correo electrónico
 
 
1.5. Documento con el que se acredita la personalidad de quien firma esta Solicitud de renovación de certificación en materia de IVA e IEPS en representación de la empresa.
De constar en el acta constitutiva, señálelo marcando una "X" en el cuadro.
 
 
Consta en el acta constitutiva. En caso de no constar en el acta constitutiva por favor señale los siguientes datos:
 
 
Número del instrumento notarial o póliza mercantil
Fecha
 
 
Nombre y número del Notario Público o Corredor Público
Entidad Federativa
 
 
Adjunte copia certificada de la escritura pública en la que conste la representación legal de la persona que suscribe la solicitud, en los términos del artículo 19 del Código.
 
1.6 Persona autorizada para oír y recibir notificaciones.
 
Apellido paterno                               Apellido materno                                    Nombre
 
RFC incluyendo la homoclave
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Teléfono (con clave lada)
Correo electrónico
 
2. MODALIDAD Y REGIMEN EN LOS QUE SOLICITA SU RENOVACIÓN DE CERTIFICACIÓN EN MATERIA DE IVA E IEPS
2.1 Modalidad en la que solicita su renovación de certificación en materia de IVA e IEPS, de conformidad con las reglas 5.2.13. y 5.2.20.
 
Modalidad en la que le fue otorgada la Certificación en materia de IVA e IEPS en la que solicita la renovación.
(No podrá solicitar la renovación en una modalidad distinta a la que tiene autorizada, en caso de requerirlo, deberá presentar una solicitud nueva)
 
Modalidad:
 
 
Manifiesto que se continúan cumplido las obligaciones permanentes establecidas en la regla 5.2.16.y los requisitos previstos para el otorgamiento de la Certificación en materia de IVA e IEPS.
 
 
SI
 
NO
 
2.2 Régimen Aduanero.
Marque con una "X" en los cuadros que aplique.
 
 
Importación temporal para elaboración, transformación o reparación en programas de maquila o de exportación (IMMEX). (Requisitos contenidos en los rubros 4, 5.1 y 5.2)
 
 
Depósito fiscal para someterse al proceso de ensamble y fabricación de vehículos a empresas de la industria automotriz terminal. (Requisitos contenidos en los rubros 4 y 5.3)
 
 
Elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado. (Requisitos contenidos en los rubros 4 y 5.4)
 
 
Recinto fiscalizado estratégico. (Requisitos contenidos en los rubros 4 y 5.4)
 
2.3 Actividad económica preponderante.
 
2.4 Sector productivo.
 
 
 
 
 
 
2.5 Indique si cuenta con registro de empresa certificada de conformidad con la regla 3.8.1. y, en su caso, señale el apartado al que pertenece.
 
 
SI
Apartado:
(A, B, D, L)
 
 
Fecha de fin de vigencia:
DD/MM/AAAA
 
NO
Número de oficio de autorización:
(800-00-00-00-00-2014-)
 
2.6 Empresas que forman parte de un grupo, para los efectos de la regla 5.2.18.
 
 
 
Para acreditar que forma parte de un grupo, deberán anexar un diagrama de la estructura accionaria y corporativa, así como copia certificada de las escrituras públicas, en las que conste la participación accionaria de las empresas que formen parte del grupo.
 
 
Tratándose de las empresas que se mencionan en la regla 5.2.13., Apartado B, fracción II, cuando no se hubiese realizado operaciones en los 12 meses previos a la presentación de la solicitud y que quieran acreditar el requisito mediante una de las empresas del grupo, deberán anexar un escrito en el que asuma la responsabilidad solidaria a que se refiere el artículo 26, fracción VIII del Código, de los créditos fiscales que llegaran a originarse.
 
Señale, en su caso, el tipo de información que la solicitante acredita, a través de alguna de las empresas que forman parte del mismo grupo;
 
Empleados.
 
 
 
Infraestructura.
 
 
 
Monto de inversión.
 
 
 
Antigüedad (Únicamente tratándose de las empresas que se mencionan en la regla 5.2.13., Apartado B, fracción II).
 
3. PERSONAS AUTORIZADAS COMO ENLACE OPERATIVO CON LA AGACE.
Se requiere que la solicitante designe un contacto que será el enlace con la autoridad, así como la designación de un suplente.
3.1 Persona autorizada como enlace operativo.
 
Apellido paterno                          Apellido materno                                           Nombre
RFC incluyendo la homoclave
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Ciudad y Estado de residencia
Cargo o Puesto
 
 
Teléfono (con clave lada)
Correo electrónico
 
3.2 Persona autorizada como enlace operativo (Suplente).
 
Apellido paterno                            Apellido materno                                           Nombre
RFC incluyendo la homoclave
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Ciudad y Estado de residencia
Cargo o Puesto
 
 
Teléfono
 
Correo electrónico
 
Anexe copia simple de la documentación que acredite la relación laboral de las personas señaladas como enlaces operativos con la empresa solicitante.
 
4. REQUISITOS GENERALES
Que se deberán cumplir en cualquier régimen aduanero y modalidad en que solicite su renovación.
 
4.1 Indique si cuenta con un sistema de control de inventarios, para el registro de sus operaciones de comercio exterior.
 
SI
 
NO
 
Indique, en su caso, si cuenta con un sistema de control de inventarios de conformidad con las disposiciones previstas por el Anexo 24.
 
 
SI
 
NO
 
 
En caso afirmativo, anexe un archivo con el reporte de saldos de mercancía de importación temporal, de un periodo de un mes, que se encuentre dentro de los tres meses anteriores a la fecha de la presente solicitud de renovación.
 
En cualquier caso, señale la siguiente información:
Nombre del sistema o datos para su identificación:
 
Lugar de radicación:
(Domicilio (s) en México con acceso a todas sus funciones
del sistema)
 
4.2 Opinión positiva vigente del cumplimiento de obligaciones fiscales, prevista en el artículo 32-D del Código, y en la RMF
 
 
Anexe la opinión positiva vigente del cumplimiento de obligaciones fiscales de la empresa solicitante.
 
Enliste a los socios, accionistas, representante legal, administrador único o miembros del consejo de administración, según sea el caso, se encuentren obligados o no a tributar en México:
 
RFC
Nombre completo
En su carácter de:
Nacionalidad
Obligado a
Tributar en
México
(SI/NO)
 
 
(Socio, accionista, etc.)
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Anexe la opinión positiva vigente del cumplimiento de obligaciones fiscales de los socios, accionistas, representante legal, administrador único, miembros del consejo de administración, según sea el caso, que se encuentren obligados a tributar en México.
 
 
4.3 Indique si al momento de ingresar la solicitud de renovación se encuentra en el listado de empresas publicadas por el SAT en términos de los artículo 69 del Código, con excepción de lo dispuesto en la fracción VI del referido artículo.
 
SI
 
NO
 
Del mismo modo, indique si al momento de ingresar la solicitud de renovación se encuentra en el listado de empresas
publicadas por el SAT en términos del artículo 69-B, tercer párrafo del Código.
 
SI
 
NO
 
4.4 Indique si al momento de ingresar la solicitud de renovación sus certificados de sellos digitales están vigentes.
 
SI
 
NO
 
En caso afirmativo señale si se infringió alguno de los supuestos previstos en el artículo 17-H, fracción X del Código, durante los últimos 12 meses.
 
SI
 
NO
 
4.5 Constancia de la totalidad del personal registrado ante el IMSS y soporte documental del pago de cuotas obrero patronales, de por lo menos 10 empleados.
 
Anexe constancia de la totalidad de personal registrado ante el IMSS y soporte documental del pago de cuotas obrero patronales al IMSS de por lo menos 10 empleados del último bimestre anterior a la solicitud de renovación.
 
Señale si la empresa solicitante cuenta con trabajadores subcontratados en los términos y condiciones que establece el artículo 15-A de la Ley Federal del Trabajo:
 
SI
 
NO
 
 
En caso afirmativo deberá anexar un archivo que contenga un listado con el nombre del proveedor del servicio, RFC y número de trabajadores que provee a la solicitante, además de anexar la opinión positiva vigente del cumplimiento de obligaciones fiscales prevista en el artículo 32-D del Código y en la RMF, así como una copia simple del contrato que acredite la relación comercial y acreditar que cumplen con la obligación de retener y enterar el ISR de los trabajadores.
 
4.6 Acreditar la inversión en territorio nacional, de acuerdo a lo señalado en el Instructivo.
Tipo de Inversión
Descripción general
Valor en moneda nacional
Bienes inmuebles
 
 
Bienes muebles
 
 
 
4.7 Reportar el nombre y dirección de los clientes y proveedores en el extranjero.
 
Anexe un archivo que contenga el nombre y dirección de sus clientes y proveedores en el extranjero, con los que realizó operaciones de comercio exterior en el ejercicio inmediato anterior, relacionados con el régimen en el que solicita la renovación de la certificación en materia de IVA e IEPS.
 
 
4.8 Manifieste si se le ha emitido resolución de improcedencia de las devoluciones del IVA autorizadas en los últimos 12 meses, contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud de certificación correspondiente.
 
SI
 
NO
 
En caso afirmativo, señale el porcentaje y el monto que representan de la totalidad de solicitudes de devolución autorizadas, aquéllas en que la autoridad haya emitido resolución de improcedencia.
Porcentaje:
% (No debe representar mas del 20% del monto autorizado)
Monto:
$ (No debe superar 5 millones de pesos)
 
4.9 Exhiba acuse que acredite que la solicitante actualizó su correo electrónico para efectos del Buzón Tributario.
 
Anexe acuse de registro o actualización de medios de contacto con un resultado "validado".
 
 
5. REQUISITOS ADICIONALES DE ACUERDO AL RÉGIMEN ADUANERO.
5.1 Importación temporal para elaboración, transformación o reparación en programas de maquila o de exportación IMMEX.
 
5.1.1 Indique el número de su programa IMMEX y la modalidad
Número de programa IMMEX:
 
Modalidad del programa IMMEX:
 
 
5.1.2 Indique todos los domicilios de las instalaciones en que la empresa solicitante desarrolla actividades relacionadas con su proceso productivo y o prestación de servicios. (Agregar las filas necesarias de acuerdo al número de instalaciones)
Tipo de instalación
Entidad
federativa
Municipio o
Delegación
Colonia, calle y número
Código
postal
Registro ante
SE/SAT
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
De los domicilios declarados en el cuadro que antecede, indique en cuál (es) se lleva a cabo la producción de su principal producto o servicio relacionado con el régimen aduanero en el cual solicita su certificación, en términos de valor o de volumen de su producción.
 
 
5.1.3 Indique si cuenta con infraestructura necesaria para realizar la operación del programa IMMEX, al proceso industrial o de servicio de conformidad con la modalidad de su programa.
 
SI
 
NO
 
5.1.4 Indique si durante los últimos doce meses, el valor de la mercancía transformada y retornada, retornada en su mismo estado, con cambios de régimen o a la que se le prestó un servicio y retornada durante dicho período representa al menos el 60 % del valor de las importaciones temporales de insumos durante el mismo período.
 
SI
 
NO
 
Capture el valor total en moneda nacional de sus importaciones temporales de insumos del periodo requerido conforme al párrafo anterior:
(Capture un valor)
 
Concepto
(declare solo los que apliquen)
Valor en moneda nacional
Porcentaje que representa respecto del total de importaciones temporales de materiales directos e insumos.
Retornos
 
 
Cambios de régimen
 
 
Transferencias virtuales
 
 
Desperdicios
 
 
Constancias de Transferencia de Mercancías (CTM)
 
 
Total
 
 
 
 
En caso de haber declarado que realiza Constancias de Transferencia de Mercancías (CTM), anexe un archivo con los nombres y domicilios de las empresas a las que les transfirió mercancías mediante CTM, así como los montos en moneda nacional.
 
5.1.5 Acredite que cuenta con el legal uso o goce del inmueble o inmuebles donde se llevan a cabo los procesos productivos o la prestación del servicio del que se trate. Indique el domicilio del inmueble del que pretende acreditar la propiedad, uso o goce temporal.
 
 
 
 
Anexe documentación de acuerdo a la legislación aplicable que ampare la propiedad, uso o goce temporal del inmueble o inmuebles en donde se llevan a cabo los procesos productivos o la prestación de servicios según se trate, de al menos un año de vigencia a partir de la fecha de presentación de la solicitud de renovación.
 
5.1.6 Descripción de las actividades relacionadas con los procesos productivos o prestación de servicios conforme a la modalidad del programa:
 
Anexe documento que describa las actividades relacionadas con los procesos productivos o prestación de servicios conforme a la modalidad del programa, describiendo desde el arribo de la mercancía, su almacenamiento, su proceso productivo, y retorno, conforme al Instructivo.
 
5.1.7 Continuidad del proyecto de exportación:
 
Anexe contrato de maquila, de compraventa, orden de compra o de servicios, o pedidos en firme vigentes, que acrediten la continuidad del proyecto de exportación.
 
5.2. Las empresas que importen temporalmente y retornen mercancías de las fracciones arancelarias listadas en el Anexo I TER del Decreto IMMEX, o de las fracciones arancelarias listadas en el Anexo 28, cuando se destinen a elaborar bienes del sector de la confección clasificados en los capítulos 61 al 63 y en la fracción arancelaria 9404.90.99 de la TIGIE, así como los que se destinen a elaborar bienes del sector del calzado previstos en el capítulo 64 de la TIGIE, deberán cumplir con los siguientes requisitos y anexar la documentación que así lo acredite:
 
5.2.1 Indique si durante los últimos doce meses, el valor de la mercancía transformada y retornada, retornada en su mismo estado, con cambios de régimen o a la que le prestó un servicio y retornada durante dicho periodo, representa por lo menos el 80% del valor de las importaciones temporales de insumos durante el mismo periodo:
 
SI
 
NO
 
Capture el valor total en moneda nacional de sus importaciones temporales de insumos del periodo requerido conforme al párrafo anterior:
(Capture un valor)
 
Concepto
(declare solo los que apliquen)
Valor en moneda nacional
Porcentaje que representa respecto del total de importaciones temporales
Retornos
 
 
Cambios de régimen
 
 
Transferencias virtuales
 
 
Desperdicios
 
 
Constancias de Transferencia de Mercancías CTM
 
 
Total
 
 
 
 
En caso de haber declarado que realiza Constancias de Transferencia de Mercancías (CTM), anexe un archivo con los nombres y domicilios de las empresas a las que les transfirió mercancías mediante CTM, así como los montos en moneda nacional.
 
5.2.2 Constancia de la totalidad del personal registrado ante el IMSS y soporte documental del pago de cuotas obrero patronales.
 
Anexe constancia de la totalidad de personal registrado ante el IMSS y soporte documental del pago de cuotas obrero patronales de los tres últimos bimestres anteriores a la solicitud de renovación, de por lo menos 20 empleados, adicionales a los señalados en los requisitos generales.
 
Señale si la empresa solicitante cuenta con trabajadores subcontratados de conformidad con el artículo 15-A de la Ley Federal del Trabajo:
 
SI
 
NO
 
 
En caso afirmativo deberá anexar un archivo que contenga un listado con el nombre del proveedor del servicio, RFC y número de trabajadores que provee a la solicitante, además de anexar la opinión positiva vigente del cumplimiento de obligaciones fiscales prevista en el artículo 32-D del Código y en la RMF, así como una copia simple del contrato que acredite la relación comercial y acreditar que retiene y entera el ISR.
5.2.3 Indique si los socios y accionistas, representante legal, administrador único o miembros del consejo de administración de la empresa declararon ingresos acumulables en la declaración anual ante la autoridad fiscal para fines del ISR de los dos ejercicios previos a la presentación de esta solicitud de renovación.
 
SI
 
NO
 
5.2.4 Indique a cuánto asciende el capital social, maquinaria y equipo de la empresa solicitante:
(Capture un valor)
 
Concepto
Valor en moneda nacional
Capital social
 
Maquinaria y equipo
 
 
 
En caso de que los conceptos anteriores sean propiedad de terceros, deberá anexar un archivo con el nombre y domicilio de los propietarios, así como el valor de cada uno en moneda nacional.
 
 
5.3 Depósito fiscal para someterse al proceso de ensamble y fabricación de vehículos a empresas de la industria automotriz terminal.
 
5.3.1 Autorización para el establecimiento de depósito fiscal para someterse al proceso de ensamble y fabricación de vehículos a empresas de la industria automotriz terminal vigente.
 
Anexe una copia simple de la autorización para el establecimiento de depósito fiscal para someterse al proceso de ensamble y fabricación de vehículos a empresas de la industria automotriz terminal vigente.
 
5.3.2 Indique si se encuentra sujeto a un proceso de cancelación de la autorización como depósito fiscal.
 
SI
 
NO
 
5.3.3 Indique si ha cumplido adecuadamente con los requisitos de las regla 4.5.31. y 4.5.33.
 
SI
 
NO
 
5.4 Elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado; o recinto fiscalizado estratégico.
 
5.4.1 Autorización vigente emitida por el SAT para la elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado o recinto fiscalizado estratégico.
 
Anexe copia simple de la autorización vigente emitida por el SAT para la elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado o recinto fiscalizado estratégico.
 
5.4.2 Indique si se encuentra sujeto a un proceso de cancelación:
 
SI
 
NO
 
5.4.3 Indique si cumple con los lineamientos que determinen las autoridades aduaneras para el control, vigilancia y seguridad del recinto y de las mercancías de comercio exterior:
 
SI
 
NO
 
6. MODALIDAD AA:
Las empresas que aspiren a obtener la renovación de la certificación bajo la modalidad AA, adicionalmente a los requisitos generales y a los requisitos específicos de cada régimen aduanero, deberán de cumplir con los siguientes:
6.1 Requisitos para la modalidad AA.
6.1.1 Que al menos el 40% del valor de los insumos adquiridos en territorio nacional vinculados al proceso bajo el régimen que esté solicitando la renovación del ejercicio inmediato anterior, se realizaron con proveedores que a la fecha de la presentación de la solicitud renovación cuentan con la opinión positiva vigente del cumplimiento de obligaciones fiscales prevista en el artículo 32-D del Código y en la RMF.
 
 
Con el fin de determinar el 40%, anexe un archivo con el listado del total de sus proveedores de los insumos adquiridos en territorio nacional o de aquellas empresas que les transfieran mercancías a través de pedimentos virtuales vinculados al proceso bajo el régimen que está solicitando la renovación y sus valores, del ejercicio inmediato anterior, así como las opiniones positivas y vigentes de los que representen el 40% del total de sus proveedores.
 
6.1.2 Manifieste si los proveedores señalados en el punto anterior se encuentran a la fecha de presentación de la solicitud de renovación, en las publicaciones a que hacen referencia los artículos 17-H, fracción X, 69 con excepción de lo dispuesto en la fracción VI, y 69-B, tercer párrafo del Código.
 
SI
 
NO
 
6.1.3 Seleccione y requisite al menos una de las siguientes opciones:
Que durante los últimos cinco años o más han llevado a cabo operaciones al amparo del régimen para el cual solicitan la renovación de certificación del IVA e IEPS.
Fecha de inicio de operaciones bajo el régimen
aduanero en el cual solicita la renovación
dd/mm/aaaa
 
Que durante el ejercicio anterior en promedio contaron con más de 1,000 empleados registrados ante el IMSS.
Número de empleados promedio registrados ante el IMSS
Cantidad de empleados
 
Que el valor de su maquinaria y equipo es superior a los $50,000,000 de pesos.
Valor total de la maquinaria y equipo
$
 
6.1.4 Manifieste si se le ha notificado algún crédito por parte del SAT durante los últimos 12 meses previos a la solicitud de renovación de certificación en materia de IVA e IEPS.
 
SI
 
NO
 
 
En caso afirmativo, acredite que se encuentra autorizado para el pago a plazos en forma diferida de las contribuciones omitidas y de sus accesorios o que se haya autorizado el pago en parcialidades, o que efectuaron el pago del mismo.
 
7. MODALIDAD AAA:
Las empresas que aspiren a obtener la renovación de la certificación bajo la modalidad AAA, adicionalmente a los requisitos generales y a los requisitos específicos de cada régimen aduanero, deberán de cumplir con los siguientes:
 
7.1 Requisitos para la modalidad AAA.
7.1.1 Que al menos el 70% del valor de los insumos adquiridos en territorio nacional vinculados al proceso bajo el régimen que esté solicitando la renovación del ejercicio inmediato anterior, se realizaron con proveedores que a la fecha de la presentación de la solicitud de renovación cuentan con la opinión positiva vigente del cumplimiento de obligaciones fiscales prevista en el artículo 32-D del Código y en la RMF.
 
 
Con el fin de determinar el 70%, anexe un archivo con el listado del total de sus proveedores de los insumos adquiridos en territorio nacional o de aquellas empresas que les transfieran mercancías a través de pedimentos virtuales vinculados al proceso bajo el régimen que está solicitando la renovación y sus valores, del ejercicio inmediato anterior, así como las opiniones positivas y vigentes de los que representen el 70% del total de sus proveedores.
 
7.1.2. Manifieste si los proveedores señalados en el punto anterior se encuentran a la fecha de presentación de la solicitud de renovación, en las publicaciones a que hacen referencia los artículos 17-H, fracción X, 69 con
excepción de lo dispuesto en la fracción VI, y 69-B, tercer párrafo del Código.
 
SI
 
NO
 
7.1.3. Seleccione y requisite al menos una de las siguientes opciones:
Que durante los últimos siete años o más han llevado a cabo operaciones al amparo del régimen para el cual solicitan la renovación de certificación del IVA e IEPS.
Fecha de inicio de operaciones bajo el régimen
aduanero en el cual solicita la renovación
dd/mm/aaaa
 
Que durante el ejercicio anterior en promedio contaron con más de 2,500 empleados registrados ante el IMSS.
Número de empleados promedio registrados ante el IMSS
Cantidad de empleados
 
Que el valor de su maquinaria y equipo es superior a los $100,000,000 de pesos.
Valor total de la maquinaria y equipo
$
 
7.1.4. Manifieste si se le ha notificado algún crédito por parte del SAT durante los últimos veinticuatro meses previos a la solicitud de renovación de certificación en materia de IVA e IEPS.
SI
NO
 
 
 
En caso afirmativo, acredite que se encuentra autorizado para el pago a plazos en forma diferida de las contribuciones omitidas y de sus accesorios o que se haya autorizado el pago en parcialidades o que efectuaron el pago del mismo.
 
Una vez manifestado lo anterior, se solicita al SAT, a través de la AGACE, que realice las inspecciones a que hace referencia la regla 5.2.13., Apartado A, fracción IX, a las instalaciones señaladas en las que se realizan procesos productivos, con el propósito de verificar la información plasmada en la presente solicitud de renovación de certificación en materia de IVA e IEPS.
Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que los datos asentados en el presente documento son ciertos y que las facultades que me fueron otorgadas para representar a la solicitante no me han sido modificadas y/o revocadas.
 
NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA PERSONA MORAL SOLICITANTE
 
FORMA DE PRESENTACIÓN
1.    Por Ventanilla Digital en la página electrónica www.ventanillaunica.gob.mx.
2.    Presentación física en Av. Paseo de la Reforma No. 10, Piso 26, Colonia Tabacalera, C.P. 06030, Delegación Cuauhtémoc, México, Distrito Federal, en un horario de 09:00 a 15:00 hrs. La documentación deberá ser presentada en medio magnético con excepción de la presente solicitud y del documento mediante la cual se acredite la representación legal de quien firma, que deberá de presentarse en copia certificada, así como la copia de la Identificación oficial de quien acredita la representación legal.
Instructivo para requisitar la Solicitud de renovación de Certificación en materia de IVA e IEPS.
 
Notas aclaratorias:
-Los archivos que se acompañen a la Solicitud de Certificación deberán anexarse señalando el numeral de la solicitud a la que corresponden, nombre del documento y deberán presentarse en medio magnético.
-Todos los documentos deberán anexarse en idioma Español. En caso de que los documentos se encuentren en idioma Inglés, además del documento en su idioma original, deberá adjuntar traducción simple de los mismos; en caso de que se encuentren en cualquier otro idioma, deberá anexar traducciones certificadas.
-La AGACE resolverá la solicitud de certificación en un término de 40 días contados a partir del día siguiente a la fecha asentada en el acuse de recepción generado por el sistema electrónico aduanero, en el caso de que la autoridad aduanera detecte la falta de algún requisito le requerirá vía electrónica por única ocasión al promovente la información o documentación faltante, para lo cual el contribuyente contará con un plazo de 15 días contados a partir del día siguiente en que surta efectos la notificación, para dar atención al requerimiento, en caso contrario, se entenderá que se desistió de la solicitud. Las notificaciones se realizarán de conformidad con lo establecido en los artículos 9-A, 9-B, 9-C, 9-D y 9-E de la Ley.
1. DATOS DE LA PERSONA MORAL SOLICITANTE.
1.1   Denominación o razón social.
RFC incluyendo la homoclave, se deberá anotar la clave del RFC a doce posiciones.
1.2   Domicilio fiscal.
Indicará en este apartado el domicilio fiscal manifestado ante el RFC o, en su caso, el declarado a través del último aviso de cambio de situación fiscal.
1.3   Domicilio para oír y recibir notificaciones.
Deberá señalar el domicilio para oír y recibir notificaciones o dejar en blanco en caso de que sea el mismo que el fiscal.
1.4   Representante legal de la persona moral solicitante
Nombre.
Deberá capturar los datos del Representante Legal que cuente con poder para actos de administración, o en su caso, del Representante Legal vinculado a la Firma Electrónica Avanzada (FIEL) de la persona moral solicitante que realiza el trámite.
Cuando el trámite se presenta de manera presencial, debe anexar una copia certificada del instrumento notarial con el que acredite su personalidad en términos del artículo 19 del Código.
1.5   Documento con el que se acredita la personalidad de quien firma esta Solicitud de certificación en materia de IVA e IEPS para realizar actos de administración en representación de la empresa.
En la presentación de la Solicitud de certificación de forma física, deberá adjuntar copia certificada de la escritura pública en la que conste la representación legal de la persona que suscribe la solicitud, en los términos del artículo 19 del Código.
1.6   Persona autorizada para oír y recibir notificaciones.
Deberá capturar la información de una persona autorizada para oír y recibir notificaciones, en caso de requerirlo.
2.     MODALIDAD Y REGIMEN EN LOS QUE SOLICITA SU RENOVACIÓN DE CERTIFICACIÓN EN MATERIA DE IVA E IEPS
2.1     Modalidad en la que solicita su renovación de certificación en materia de IVA e IEPS, de conformidad con las reglas 5.2.13. y 5.2.20.
Deberá indicar la modalidad en la que le fue otorgada la Certificación en materia de IVA e IEPS en la que solicita la renovación.
 
(No podrá solicitar la renovación en una modalidad distinta a la que tiene autorizada, en caso de requerirlo, deberá presentar una solicitud nueva)
Asimismo deberá manifiestar si continúa cumplido las obligaciones permanentes establecidas en la regla 5.2.16. y los requisitos previstos para el otorgamiento de la Certificación en materia de IVA e IEPS.
2.2     Régimen Aduanero.
Deberá seleccionar el recuadro del régimen aduanero, según corresponda, al amparo del cual se le otorgó la certificación en materia de IVA e IEPS.
2.3     Actividad preponderante.
Deberá anotar la actividad económica preponderante declarada ante el RFC.
2.4     Sector Productivo.
Deberá anotar la industria a la que pertenece o el servicio que presta, de conformidad con el siguiente catálogo:
Industria: Industria metalmecánica; industria de la minería y metalúrgica; siderúrgica; eléctrico electrónico; aeroespacial; química; farmacéutica; médica; autopartes; automotriz terminal; industria alimentaria; industria del papel y cartón; fabricación de artículos de oficina; industria de la madera; fabricación de muebles y productos relacionados; fabricación de productos derivados del petróleo y del carbón; industria del plástico y del hule; fabricación de productos a base de minerales no metálicos; fabricación de maquinaria y equipo; fabricación de equipo ferroviario; bebidas y tabaco; industria de textilconfección; industria del calzado; y fabricación de juguetes, juegos de recreo y artículos deportivos.
Servicio: Abastecimiento, almacenaje o distribución de mercancías; clasificación, inspección, prueba o verificación de mercancías; operaciones que no alteren materialmente las características de la mercancía (que incluye envase, lijado, engomado, pulido, pintado o encerado, entre otros); integración de juegos (kits) o material con fines promocionales y que se acompañen en los productos que se exportan; reparación, retrabajo o mantenimiento de mercancías; lavandería o planchado de prendas; bordado o impresión de prendas; blindaje, modificación o adaptación de vehículo automotor; reciclaje o acopio de desperdicios; diseño o ingeniería de productos; diseño o ingeniería de software; servicios soportados con tecnologías de la información; servicios de subcontratación de procesos de negocio basados en tecnologías de la información. Si no encuadra en los sectores de los catálogos, deberá seleccionar el más cercano a sus actividades.
2.5 Indique si cuenta con registro de empresa certificada de conformidad con la regla 3.8.1. y, en su caso, señale el apartado al que pertenece.
Deberá señalar si se encuentra inscrito en el registro de empresas certificadas de conformidad con la regla 3.8.1. En caso afirmativo, deberá capturar en que apartado se encuentra inscrito, la fecha de fin de vigencia y el número de oficio mediante el cual se le autorizó el registro de empresa certificada o el de su última renovación.
2.6     Empresas que forman parte de un grupo, para los efectos de la regla 5.2.18.
Tratándose de aquellas empresas que pertenezcan a un mismo Grupo, podrán acreditar el personal, infraestructura y los montos de inversión a través de alguna de las empresas del mismo Grupo.
Para ello deberán anexar un diagrama de la estructura accionaria y corporativa, así como copia certificada de las escrituras públicas, en las que conste la participación accionaria de las empresas que formen parte del grupo.
Durante las visitas de inspección a la empresa solicitante, el verificador podrá solicitar la copia certificada de la escritura pública en la que conste la participación accionaria, cuando la solicitud de haya realizado por medios electrónicos y no haya sido posible presentar la copia certificada.
Únicamente tratándose de las empresas que importen temporalmente y retornen mercancías de las fracciones arancelarias listadas en el Anexo I TER del Decreto IMMEX, o de las fracciones arancelarias listadas en el Anexo 28, cuando se destinen a elaborar bienes del sector de la confección clasificados en los capítulos 61 al 63 y en la fracción arancelaria 9404.90.99 de la TIGIE, así como los que se destinen a elaborar bienes del sector del calzado previstos en el capítulo 64 de la TIGIE, cuando no se hubiesen realizado operaciones en los 12 meses previos a la presentación de la solicitud, se podrá acreditar el requisito de antigüedad con alguna de las empresas que forman parte del Grupo que haya tenido operaciones en los últimos 12 meses, siempre y cuando ésta última anexe un escrito en el que asuma la responsabilidad solidaria a que se refiere el artículo 26, fracción VIII del Código de los créditos fiscales que llegaran a originarse. Dicho escrito se deberá presentar como anexo en el presente apartado.
Deberá marcar el tipo de concepto que acredita como empresa integrante de un grupo, pudiendo elegir una o más de las opciones señaladas.
3.     PERSONAS AUTORIZADAS COMO ENLACE OPERATIVO CON LA AGACE.
3.1     Persona autorizada como enlace operativo.
Deberá capturar los datos de la persona designada por la empresa solicitante que fungirá como enlace con la AGACE en aspectos operativos y logísticos de la certificación.
Para acreditar la relación del enlace operativo con la empresas, deberá anexar un documento expedido por la solicitante, donde conste el nombre de la persona, el cargo que ocupa en la empresa y la razón social de la solicitante, por ejemplo: recibo de nómina siempre y cuando contenga el cargo que ocupa; contrato laboral; carta firmada por el representante legal que firma la solicitud de certificación, entre otros.
En caso de que se realicen cambios de enlaces operativos, éstos deberán notificarse a la AGACE a través del correo de la Certificación certificacion.iva.ieps@sat.gob.mx en un término de 5 días.
3.2   Persona autorizada como enlace operativo (Suplente).
Adicionalmente al campo anterior, deberá establecer un suplente del enlace operativo, cumpliendo con los mismos requerimientos del anterior.
4. REQUISITOS GENERALES
4.1     Indique si cuenta con un sistema de control de inventarios, para el registro de sus operaciones de comercio exterior.
Independientemente del tipo de sistema de control de inventarios de que se trate, deberá capturar el nombre o datos para su identificación e indicar su lugar de radicación, es decir, todo aquel establecimiento, sucursal, planta, etc., donde se tenga acceso a todas las funciones e información del sistema de control de inventarios.
En caso de que tenga más de un sistema de control de inventarios, podrá señalar los datos de todos agregando filas en el cuadro.
En caso de contar con un sistema de control de inventarios de conformidad con las disposiciones previstas por el Anexo 24, deberá anexar un reporte de saldos de mercancía de importación temporal, de un periodo de un mes, que se encuentre dentro de los 3 meses anteriores a la fecha de la presente solicitud de certificación. La información mínima requerida para la identificación de las operaciones, de forma enunciativa, más no limitativa, es la siguiente:
4.2     Anexe la opinión positiva vigente del cumplimiento de obligaciones fiscales de la empresa solicitante.
Deberá anexar la opinión positiva vigente del cumplimiento de obligaciones fiscales de la empresa solicitante, que se obtiene en la página electrónica del SAT, prevista en el artículo 32-D del Código y en la RMF vigente.
Adicionalmente, se deberán enlistar los nombres de cada uno de los socios, accionistas, representante legal, administrador único o miembros del consejo de administración, según sea el caso, independientemente de que no se encuentren obligados a tributar en México, anexando la opinión de cumplimiento de cada uno de ellos, según sea el caso.
Para ello deberá tomar en cuenta lo siguiente:
Ø    Se entiende por representante legal aquel que en términos del artículo 10 de la Ley General de Sociedades Mercantiles tenga la representación legal de la empresa o aquella persona que cuente
con poder para actos de dominio en términos del artículo 2554 párrafo tercero del Código Civil para el Distrito Federal en Materia Común y para toda la República en Materia Federal.
Ø    Únicamente deberá anexar la opinión positiva vigente del cumplimiento de obligaciones fiscales de los socios, accionistas, representante legal, administrador único o miembros del consejo de administración que estén obligados a tributar en México.
Ø    En caso de que los socios o accionistas sean personas morales, deberá anexar la opinión positiva vigente del cumplimiento de obligaciones fiscales.
Ø    En caso de que la empresa solicitante cotice en la Bolsa Mexicana de Valores, no estará sujeta a anexar la opinión positiva vigente del cumplimiento de obligaciones fiscales de los tenedores de las acciones que se cotizan en la misma.
Ø    En caso de que la empresa solicitante cuente con más de 20 socios o accionistas, deberá anexar la opinión positiva vigente del cumplimiento de obligaciones fiscales de aquellos que en lo individual o en su conjunto, representen al menos el 80% de las acciones de la empresa solicitante.
Ø    Cuando la misma persona ostente más de una figura (por ejemplo, representante legal y accionista) deberá declararse en cada una, sin importar que se repita, anexando una sola opinión positiva vigente del cumplimiento de obligaciones fiscales.
4.3   Indique si al momento de ingresar la solicitud se encuentra en el listado de empresas publicadas por el SAT en términos de los artículo 69 y 69-B, tercer párrafo del Código, con excepción de lo dispuesto en la fracción VI del referido artículo 69.
La empresa deberá declarar que no se encuentra en los listados de referencia.
4.4   Indique si al momento de ingresar la solicitud sus certificados de sellos digitales están vigentes.
La empresa deberá de contar con sellos digitales vigentes. En caso afirmativo deberá indicar si se infringió alguno de los supuestos previstos en el artículo 17-H, fracción X del Código, durante los últimos 12 meses.
4.5   Constancia de la totalidad de personal registrado ante el IMSS y soporte documental del pago de cuotas obrero patronal al IMSS de por lo menos 10 empleados del último bimestre anterior a la solicitud de renovación.
a)    Para acreditar la totalidad de personal deberá adjuntar una constancia de la totalidad de personal registrado ante el IMSS, del Sistema Único de Autodeterminación (SUA). A fin de evitar que se anexe la totalidad del SUA, la empresa podrá adjuntar la primera hoja (donde aparece la denominación social y el periodo) y la última hoja (donde consta la totalidad de empleados registrados ante el IMSS).
b)    Para presentar el comprobante del pago de cuotas obrero patronal al IMSS de por lo menos 10 empleados del último bimestre anterior a la solicitud de certificación, deberá adjuntar comprobante de pago descargado por el sistema de pago referenciado (SIPARE) o comprobante de pago que sea acorde con la información del Sistema Único de Autodeterminación (SUA) a que se refiere el primer párrafo. Aquellos comprobantes que contengan leyendas de que no tienen efectos fiscales o legales, no serán válidos para acreditar el requisito.
c)    En el caso de que la solicitante cuente con subcontrataciones de trabajadores en los términos y condiciones que establece el artículo 15-A de la Ley Federal del Trabajo (outsourcing), adicionalmente deberá adjuntar lo siguiente:
Ø    Un listado con el nombre y/o razón social de cada uno de los proveedores del servicio, su RFC y la cantidad de trabajadores que le provee.
Ø    Opinión positiva vigente del cumplimiento de obligaciones fiscales prevista en el artículo 32-D del Código y en la RMF de cada uno de los proveedores declarados en el listado del párrafo anterior.
Ø    Copia de la documentación que acredite la relación comercial (contrato), mismo que deberá contar con los elementos de validez de acuerdo a la legislación aplicable y estar vigente.
Ø    Documentación con que acredite la retención y entero del ISR de sus proveedores del servicios, para lo cual podrá presentar la última declaración de retenciones de ISR por salarios de al menos 10 empleados así como el comprobante que demuestre el entero de las contribuciones retenidas; o una
carta bajo protesta de decir verdad emitida por cada uno de los proveedores del servicio de subcontratación.
Cuando la empresa solicitante cuente con empleados contratados directamente y con servicios de subcontratación de personal, deberá acreditar todos y cada uno de los puntos del inciso a), b) y c).
Cuando la solicitante únicamente cuente con personal subcontratado deberá acreditar los incisos a y b con el SUA y el pago de cuotas obrero patronales de sus proveedores del servicio, además de acreditar lo establecido en el inciso (c).
No se considera personal subcontratado cuando el objeto del contrato es la prestación de servicios de seguridad, comedor, servicios médicos y servicios de limpieza y mantenimiento.
Las empresas que soliciten por primera vez su programa IMMEX ante la SE o que tengan operando menos de un año podrán cumplir con el requisito con el documento que soporte la contratación de los empleados, ya sea directamente o a través de las subcontrataciones que señala el artículo 15 A de la Ley Federal del Trabajo.
4.6   Acreditar la inversión en territorio nacional.
Deberá de capturar el valor global de cada uno de los conceptos que le aplique (bienes inmuebles, bienes muebles).
Dicho valor podrá ser el valor actual de los bienes o el valor en aduana si éstos proceden de importaciones temporales, o una combinación de ambos. No será necesario que anexe documentación a la solicitud, toda vez que durante la visita de inspección inicial o las de supervisión de cumplimiento, la autoridad podrá solicitar se le exhiba documentación que acredite la inversión en territorio nacional como contratos, títulos de propiedad, pedimentos de importación, entre otros.
4.7   Anexe un archivo que contenga el nombre y dirección de sus clientes y proveedores en el extranjero, con los que realizaron operaciones de comercio exterior en el ejercicio inmediato anterior relacionados con el régimen en el que solicita la certificación.
Deberá anexar un archivo donde se enlisten nombre, denominación y/o razón social, así como el domicilio de los clientes y proveedores en el extranjero con los que realizaron operaciones de comercio exterior en el ejercicio inmediato anterior. En dicho listado se deberá distinguir cuales corresponden a clientes y cuales a proveedores y en caso de que tengan los dos roles, deberán declararse en ambos.
Las empresas que soliciten por primera vez su programa IMMEX ante la SE o que tengan operando menos de un año no estarán sujetas al cumplimiento de este requisito.
4.8   Manifieste si se le ha emitido resolución de improcedencia de las devoluciones del IVA autorizadas en los últimos 12 meses, contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud de certificación correspondiente.
En caso afirmativo, señale el porcentaje que representa el monto improcedente en relación al monto de devoluciones autorizadas, en los últimos 12 meses.
El monto improcedente no debe superar el 20 % del monto autorizado y dicho porcentaje no debe ser mayor a 5 millones en moneda nacional.
4.9   Exhiba acuse que acredite que la solicitante actualizó su correo electrónico para efectos del Buzón Tributario.
El contribuyente deberá exhibir el acuse de registro o actualización de medios de contacto con un resultado "validado".
Aquellos acuses con resultado "en proceso de actualización", no serán tomados en consideración.
5.     REQUISITOS ADICIONALES QUE SE DEBEN ANEXAR A ESTA SOLICITUD DE ACUERDO AL RÉGIMEN ADUANERO.
5.1     Importación temporal para elaboración, transformación o reparación en programas de maquila o de exportación (IMMEX).
5.1.1   Indique el número de su programa IMMEX y la modalidad.
Deberá capturar su número de IMMEX y la modalidad bajo la que se encuentra autorizado
 
(industrial, servicios, albergue, tercerización, o controladora)
5.1.2   Indique todos los domicilios de las instalaciones en que la empresa solicitante desarrolla actividades vinculadas con su programa de maquila o exportación.
Deberá declarar cada una de las instalaciones vinculadas con su programa de IMMEX, de acuerdo a los campos de la tabla. En caso de que lo requiera, podrá agregar las filas necesarias de acuerdo al número de instalaciones.
De los domicilios declarados deberá señalar en cuales se lleva a cabo la producción de su principal producto o servicio relacionado con el régimen aduanero en el cual solicita su certificación, en términos de valor o de volumen de su producción.
5.1.3 Indique si cuenta con infraestructura necesaria para realizar la operación del programa IMMEX, al proceso industrial o de servicio de conformidad con la modalidad de su programa.
Durante las visitas de inspección a la empresa solicitante, se verificará que la infraestructura sea acorde al proceso productivo o a la prestación de servicios de exportación que declara en la solicitud.
5.1.4 Indique si durante los últimos 12 meses, el valor de la mercancía transformada y retornada, retornada en su mismo estado, con cambios de régimen o a la que se le prestó un servicio y retornada durante dicho período representa al menos el 60 % del valor de las importaciones temporales de insumos durante el mismo período.
Deberá capturar el valor total en moneda nacional de sus importaciones temporales de insumos realizadas durante los últimos doce meses en el campo correspondiente.
Los últimos doce meses se podrán computar a partir del último corte realizado en el control de inventarios en el mes inmediato anterior al que la empresa presente su solicitud. Así mismo, deberá declarar el valor en moneda nacional (valor comercial) de los descargos realizados para cada concepto (retornos, cambios de régimen, transferencias virtuales, desperdicio, así como Constancias de Transferencia de Mercancías CTM), en el mismo periodo y el porcentaje que representa respecto del total de importaciones temporales que se hayan capturado en el campo correspondiente.
En caso de haber declarado que realiza Constancias de Transferencia de Mercancías (CTM), deberá anexar un archivo con los nombres y domicilios de las empresas a las que les transfirió mercancías mediante CTM, así como los montos en moneda nacional
Las empresas que soliciten por primera vez su programa IMMEX ante la SE o que tengan operando menos de un año no estarán sujetos al cumplimiento de este requisito.
5.1.5 Acredite que cuenta con el legal uso o goce del inmueble o inmuebles donde se llevan a cabo los procesos productivos o la prestación del servicio del que se trate.
Deberá declarar el o los domicilios donde se lleven a cabo los procesos productivos de los que pretenda acreditar el legal uso o goce, y anexar un contrato o título de propiedad. Dicho domicilio debe de estar dado de alta ante el SAT.
Es importante que el domicilio manifestado coincida completamente con el que sea objeto del contrato o del título de propiedad con el que se pretenda acreditar el legal uso o goce. Cuando los domicilios no coincidan plenamente, deberá acompañar al título de propiedad con documentación que acredite que se trata del mismo declarado ante el SAT, por ejemplo: boleta de predial siempre y cuando esté relacionada con la clave de catastro que se observe en el título de propiedad: documento emitido por catastro en el que conste la dirección y el nombre del propietario; documento del Registro Público de la Propiedad donde conste la dirección y el nombre del propietario; fe de hechos emitida por fedatario público.
Para el caso de contratos en donde el domicilio no coincida plenamente con alguno de los domicilios registrados ante el SAT, podrá acompañarlos de un adendum o convenio modificatorio en el que coincida plenamente el domicilio.
5.1.6 Descripción de las actividades relacionadas con los procesos productivos o prestación de servicios conforme a la modalidad del programa.
Deberá de anexar una descripción detallada de su principal proceso productivo (en términos de valor o de
volumen de producción) que muestre paso a paso el flujo de las mercancías importadas temporalmente, desde el punto de origen, el punto de entrada al país, su recepción en la empresa, almacenamiento, su integración al proceso productivo y su destino o descargo (retorno, cambio de régimen, transferencia virtual, constancias de destrucción de desperdicio, constancias de transferencia de mercancías CTM, entre otros), así como los procesos complementarios y servicios que le agregan valor a su producto final (procesos de submanufactura).
La descripción podrá presentarse en forma de diagrama de flujo, siempre y cuando contenga la descripción de cada paso conforme al párrafo anterior.
5.1.7 Continuidad del proyecto de exportación.
Deberá adjuntar contrato de maquila, de compraventa, orden de compra o de servicios, o pedidos en firme vigentes, que acrediten la continuidad del proyecto de exportación; en dichos documentos se deberá identificar la razón social de la solicitante, la vigencia del documento, las firmas de las partes y si se encuentra en idioma Inglés deberá de acompañarse con una traducción simple.
5.2.     Las empresas que importen temporalmente y retornen mercancías de las fracciones arancelarias listadas en el Anexo I TER del Decreto IMMEX, o de las fracciones arancelarias listadas en el Anexo 28, cuando se destinen a elaborar bienes del sector de la confección clasificados en los capítulos 61 al 63 y en la fracción arancelaria 9404.90.99 de la TIGIE, así como los que se destinen a elaborar bienes del sector del calzado previstos en el capítulo 64 de la TIGIE, deberán cumplir con los siguientes requisitos y anexar la documentación que así lo acredite:
No podrán presentar la solicitud de certificación en materia de IVA e IEPS si han operado durante menos de 12 meses previos a la presentación de dicha solicitud, salvo aquellas que acrediten ser parte de un grupo.
Para las empresas que formen parte de un grupo deberán de presentar un escrito en el que alguna de las empresas que conforman el grupo y tenga más de 12 meses operando, asuma la responsabilidad solidaria a que se refiere el artículo 26, fracción VIII del Código de los créditos fiscales que llegaran a originarse.
Los requisitos son aplicables únicamente cuando las empresas importen temporalmente y retornen mercancías en las fracciones señaladas.
Si las empresas tienen operaciones de las fracciones de sectores sensibles pero están destinadas a otros sectores productivos, no se consideran como sectores sensibles y por lo tanto no será necesario acreditar los requisitos adicionales.
5.2.1   Indique si durante los últimos 12 meses, el valor de la mercancía transformada y retornada, retornada en su mismo estado, con cambios de régimen o a la que le prestó un servicio y retornada durante dicho periodo, representa por lo menos el 80% del valor de las importaciones temporales de insumos durante el mismo periodo.
Deberá capturar el valor total en moneda nacional de sus importaciones temporales de insumos realizadas durante los últimos 12 meses en el campo correspondiente,
Los últimos 12 meses se podrán computar a partir del último corte realizado en el control de inventarios en el mes inmediato anterior al que la empresa presente su solicitud. Así mismo, deberá declarar el valor en moneda nacional (valor comercial) de los descargos realizados para cada concepto (retornos, cambios de régimen, transferencias virtuales, desperdicio, así como Constancias de Transferencia de Mercancías CTM), en el mismo periodo y el porcentaje que representa respecto del total de importaciones temporales que se hayan capturado en el campo correspondiente.
En caso de haber declarado que realiza Constancias de Transferencia de Mercancías (CTM), deberá anexar un archivo con los nombres y domicilios de las empresas a las que les transfirió mercancías mediante CTM, así como los montos en moneda nacional.
No podrán presentar la solicitud de certificación en materia de IVA e IEPS si han operado durante menos de doce meses previos a la presentación de dicha solicitud, salvo aquellas que acrediten ser parte de un grupo conforme a la Regla 5.2.18.
 
5.2.2   Constancia de la totalidad de personal registrado ante el IMSS y soporte documental del pago de los 3 últimos bimestres anteriores a la solicitud de certificación, de por lo menos 20 empleados, adicionales a los señalados en los requisitos generales.
a)    Para acreditar la totalidad de personal deberá adjuntar una constancia de la totalidad de personal registrado ante el IMSS, del Sistema Único de Autodeterminación (SUA). A fin de evitar que se anexo la totalidad del SUA, la empresa podrá adjuntar la primera hoja (donde aparece la denominación social y el periodo) y la última hoja (donde consta la totalidad de empleados registrados ante el IMSS).
b)    Para presentar el comprobante del pago de cuotas obrero patronal al IMSS de por lo menos 30 empleados del último bimestre anterior a la solicitud de certificación, deberá adjuntar comprobante de pago descargado por el sistema de pago referenciado (SIPARE) o comprobante de pago que sea acorde con la información del Sistema Único de Autodeterminación (SUA) a que se refiere el primer párrafo. Aquellos comprobantes que contengan leyendas de que no tienen efectos fiscales o legales, no serán válidos para acreditar el requisito.
c)    En el caso de que la solicitante cuente con subcontrataciones de trabajadores en los términos y condiciones que establece el artículo 15-A de la Ley Federal del Trabajo (outsourcing), adicionalmente deberá adjuntar lo siguiente:
Ø    Un listado con el nombre y/o razón social de cada uno de los proveedores del servicio, su RFC y la cantidad de trabajadores que le provee,
Ø    Opinión positiva vigente del cumplimiento de obligaciones fiscales prevista en el artículo 32-D del Código y en la RMF de cada uno de los proveedores declarados en el listado del párrafo anterior.
Ø    Copia de la documentación que acredite la relación comercial (contrato), mismo que deberá contar con los elementos de validez de acuerdo a la legislación aplicable y estar vigente.
Ø    Documentación con que acredite la retención y entero del ISR de sus proveedores del servicios, para lo cual podrá presentar documentación de la Declaración Informativa Múltiple de al menos 30 empleados así como el comprobante que demuestre el entero de las contribuciones retenidas; o una carta bajo protesta de decir verdad emitida por cada uno de los proveedores del servicio de subcontratación.
Cuando la empresa solicitante cuente con empleados contratados directamente y con servicios de subcontratación de personal, deberá acreditar todos y cada uno de los puntos del inciso a, b y c.
Cuando la solicitante únicamente cuente con personal subcontratado deberá acreditar los incisos a y b con el SUA y el pago de cuotas obrero patronales de sus proveedores del servicio, además de acreditar lo establecido en el inciso (c).
No se considera personal subcontratado cuando el objeto del contrato es la prestación de servicios de seguridad, comedor, servicios médicos y servicios de limpieza y mantenimiento.
5.2.3   Indique si los socios y accionistas, representante legal, administrador único o miembros del consejo de administración de la empresa declararon ingresos acumulables en la declaración anual de los 2 ejercicios previos ante la autoridad fiscal para los fines del ISR.
No será necesario que anexe documento alguno, toda vez que la autoridad validará la información en los sistemas institucionales.
5.2.4   Indique a cuánto asciende el capital social, maquinaria y equipo de la empresa solicitante.
Deberá capturar los dos conceptos y la suma de los valores deberá ser mayor a 4 millones en moneda nacional.
Podrá declara maquinaria o equipo que sean propiedad de terceros, para lo cual deberá anexar un archivo que indique el nombre y domicilio de los propietarios, así como el valor en moneda nacional.
5.3     Depósito fiscal para someterse al proceso de ensamble y fabricación de vehículos.
5.3.1   Autorización para el establecimiento de depósito fiscal para someterse al proceso de
ensamble y fabricación de vehículos a empresas de la industria automotriz terminal vigente.
Deberá anexar una copia de su autorización vigente.
5.3.2   Indique si se encuentra sujeto a un proceso de cancelación.
Deberá contestar lo que corresponda.
5.3.3   Indique si ha cumplido adecuadamente con los requisitos de las reglas 4.5.31. y 4.5.33.
Deberá contestar lo que corresponda.
5.4.     Elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado; o recinto fiscalizado estratégico.
5.4.1   Autorización vigente emitida por el SAT para la elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado o recinto fiscalizado estratégico.
Deberá anexar una copia de su autorización vigente.
5.4.2   Indique si se encuentra sujeto a un proceso de cancelación.
Deberá contestar lo que corresponda.
5.4.3   Indique si cumple con los lineamientos que determinen las autoridades aduaneras para el control, vigilancia y seguridad del recinto y de las mercancías de comercio exterior.
Deberá contestar lo que corresponda.
6. MODALIDAD AA:
6.1     Requisitos para la modalidad AA.
6.1.1   Que al menos el 40% del valor de los insumos adquiridos en territorio nacional vinculados al proceso bajo el régimen que esté solicitando la certificación del ejercicio inmediato anterior, se realizaron con proveedores que a la fecha de la presentación de la solicitud cuentan con la opinión positiva vigente del cumplimiento de obligaciones fiscales prevista en el artículo 32-D del Código y en la RMF.
Se consideran proveedores únicamente los de insumos para el proceso productivo, incluidos los recibidos a través de transferencias virtuales.
Con el fin de determinar el 40%, deberá anexar un archivo con el listado del total de sus proveedores de los insumos adquiridos en territorio nacional vinculados al proceso bajo el régimen que está solicitando la certificación y los valores de las operaciones con cada uno, del ejercicio inmediato anterior.
Para éste efecto también se consideran proveedores nacionales aquellas empresas IMMEX que les transfieran mercancías a través de pedimentos virtuales, con independencia que los proveedores o vendedores sean residentes en el extranjero que entregan en territorio nacional a través de una empresa IMMEX.
6.1.2   Manifieste si los proveedores señalados en el punto anterior se encuentran a la fecha de presentación de la solicitud, en las publicaciones a que hacen referencia los artículos 17-H, fracción X, 69 con excepción de lo dispuesto en la fracción VI, y 69-B, tercer párrafo del Código.
Deberá contestar lo que corresponda.
6.1.3.  Seleccione y requisite al menos una de las siguientes opciones.
La empresa solicitante deberá cumplir al menos uno de los 3 supuestos, no obstante podrá elegir más de una opción.
En cada uno de los supuestos, la empresa solicitante deberá acreditar su cumplimiento:
·   Que durante los últimos 5 años o más han llevado a cabo operaciones al amparo del régimen para el cual solicitan la certificación del IVA e IEPS. Una vez capturada la fecha de inicio de operaciones, la autoridad hará la validación en los sistemas internos.
·   Durante el ejercicio anterior en promedio contó con más de 1,000 empleados registrados ante el IMSS. A fin de sacar el promedio de la cantidad de empleados, deberá de anexar documentación del Sistema Único de Autodeterminación (SUA) de los 6 bimestres del ejercicio inmediato anterior, y en
caso de que se trate de personal subcontratado, deberá acreditar lo requerido en el punto 4.5. del presente instructivo.
·   Valor total de la maquinaria y equipo. Deberá anexar documentación que acredite un valor igual o mayor a 50 millones en moneda nacional. Por ejemplo: su última declaración anual en la que se reflejen dichos conceptos; facturas y pedimentos de importación.
6.1.4   Manifieste si se le ha notificado algún crédito por parte del SAT durante los últimos 12 meses previos a la solicitud de renovación de certificación en materia de IVA e IEPS.
En caso afirmativo, deberá anexar una copia simple de la autorización de pago a plazos, en parcialidades o diferido, o el comprobante de pago respectivo.
7.     MODALIDAD AAA:
7.       Requisitos para la modalidad AAA.
7.1.1   Que al menos el 70% del valor de los insumos adquiridos en territorio nacional vinculados al proceso bajo el régimen que esté solicitando la certificación del ejercicio inmediato anterior, se realizaron con proveedores que a la fecha de la presentación de la solicitud cuentan con la opinión positiva vigente del cumplimiento de obligaciones fiscales prevista en el artículo 32-D del Código y en la RMF.
Se consideran proveedores únicamente los de insumos para el proceso productivo, incluidos los recibidos a través de transferencias virtuales.
Con el fin de determinar el 70%, deberá anexar un archivo con el listado del total de sus proveedores de los insumos adquiridos en territorio nacional vinculados al proceso bajo el régimen que está solicitando la certificación y los valores de las operaciones con cada uno, del ejercicio inmediato anterior.
Para éste efecto también se consideran proveedores nacionales aquellas empresas IMMEX que les transfieran mercancías a través de pedimentos virtuales, con independencia que los proveedores o vendedores sean residentes en el extranjero que entregan en territorio nacional a través de una empresa IMMEX.
7.1.2   Manifieste si los proveedores señalados en el punto anterior se encuentran a la fecha de presentación de la solicitud, en las publicaciones a que hacen referencia los artículos 17-H, fracción X, 69 con excepción de lo dispuesto en la fracción VI, y 69-B, tercer párrafo del Código.
Deberá contestar lo que corresponda.
7.1.3   Seleccione y requisite al menos una de las siguientes opciones.
La empresa solicitante deberá cumplir al menos uno de los 3 supuestos, no obstante podrá elegir más de una opción.
En cada uno de los supuestos, la empresa solicitante deberá acreditar su cumplimiento:
·   Que durante los últimos 7 años o más han llevado a cabo operaciones al amparo del régimen para el cual solicitan la certificación del IVA e IEPS. Una vez capturada la fecha de inicio de operaciones, la autoridad hará la validación en los sistemas internos.
·   Durante el ejercicio anterior en promedio contó con más de 2,500 empleados registrados ante el IMSS. A fin de sacar el promedio de la cantidad de empleados, deberá de anexar documentación del Sistema Único de Autodeterminación (SUA) de los 6 bimestres del ejercicio inmediato anterior, y en caso de que se trate de personal subcontratado, deberá acreditar lo requerido en el punto 4.5. del presente instructivo.
·   Valor total de la maquinaria y equipo. Deberá anexar documentación que acredite un valor igual o mayor a 100 millones en moneda nacional. Por ejemplo: su última declaración anual en la que se reflejen dichos conceptos; facturas y pedimentos de importación.
7.1.4   Manifieste si se le ha notificado algún crédito por parte del SAT durante los últimos 24 meses previos a la solicitud de renovación de certificación en materia de IVA e IEPS.
En caso afirmativo, deberá anexar una copia simple de la autorización de pago a plazos, en parcialidades o diferido, o el comprobante de pago respectivo.
Instructivo de trámite para la Solicitud de renovación de Certificación en materia de IVA e IEPS
¿Quiénes lo realizan?
Personas morales constituidas conforme a las leyes mexicanas, que obtuvieron la Certificación en Materia de IVA e IEPS en sus diferentes modalidades (A, AA, AAA)
¿Cómo se realiza?
Deberán de ingresar la "Solicitud de renovación de Certificación en materia de IVA e IEPS" a través de la Ventanilla Digital
¿Cuándo se presenta?
60 días antes de que venza el plazo de vigencia según la modalidad otorgada
Requisitos:
·   Ingresar y requisitar en la Ventanilla Digital la "Solicitud de Certificación en materia de IVA e IEPS" en la página www.ventanillaunica.gob.mx conforme al instructivo para requisitar la Solicitud de Certificación en Materia de IVA e IEPS.
·   Contar con control de inventarios de conformidad con las disposiciones previstas por el SAT.
·   Presentar la opinión positiva vigente del cumplimiento de obligaciones fiscales de la solicitante, los socios, accionistas, representante legal, administrador único o miembros del consejo de administración, según sea el caso, prevista en el artículo 32-D del Código y en la RMF.
·   No encontrarse al momento de ingresar la solicitud en el listado de empresas publicadas por el SAT en términos de los artículos 69 y 69-B, tercer párrafo del Código, con excepción de lo dispuesto en la fracción VI del referido artículo 69.
·   Que sus certificados de sellos digitales estén vigentes y no se hubiere comprobado que se infringió alguno de los supuestos previstos en el artículo 17-H, fracción X del Código, durante los últimos 12 meses.
 
·   Presentar constancias de la totalidad de personal registrado ante el IMSS y proporcionar el soporte documental del pago de cuotas obrero patronales al IMSS de por lo menos 10 empleados a través de línea de captura del último bimestre anterior a su solicitud, mediante el comprobante de pago descargado por el sistema de pago referenciado (SIPARE), o comprobante de pago que sea acorde con la información del Sistema Único de Autodeterminación (SUA).En el caso de subcontrataciones de trabajadores en los términos y condiciones que establece el artículo 15-A de la Ley Federal del Trabajo, adicionalmente deberán acreditar que las empresas cuenten con la opinión positiva vigente del cumplimiento de obligaciones fiscales prevista en el artículo 32-D del Código y en la RMF, así como acreditar que estas últimas cumplen con la obligación de retener y enterar el ISR de los trabajadores.
·   Conforme a las indicaciones del Instructivo, acreditar la inversión en territorio nacional.
·   Reportar en la "Solicitud de Certificación en materia de IVA e IEPS" el nombre y dirección de los clientes y proveedores en el extranjero con los que realizaron operaciones de comercio exterior en el ejercicio inmediato anterior directamente vinculadas con el régimen con el que se solicita la certificación.
·   Permitir en todo momento el acceso al personal de la AGACE a la visita de inspección inicial, a las de supervisión de cumplimiento, así como cumplir los parámetros del régimen aduanero en el que realice las operaciones de comercio exterior.
·   Que no se les haya emitido resolución de improcedencia de las devoluciones del IVA solicitadas en los últimos 12 meses, contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud de certificación correspondiente, cuyo monto represente más del 20% del total de las devoluciones autorizadas en el mismo periodo, siempre que el monto negado resultante de la aplicación de dicho porcentaje no supere cinco millones de pesos en su conjunto.
·   Exhiba acuse que acredite que la solicitante actualizó su correo electrónico para efectos del Buzón Tributario.
En su caso se aplicara de forma particular los requisitos contemplados en la regla 5.2.13., apartados B, C y D, así como 5.2.20. de las Reglas Generales de Comercio Exterior vigentes.
 
¿Qué documento se obtiene?
Oficio de autorización de Renovación de Certificación
¿En qué plazo se emite la autorización?
La AGACE resolverá la solicitud de renovación en un término de 40 días, contados a partir del día siguiente a la fecha asentada en el acuse de recepción generado por el sistema electrónico aduanero, y la notificación se sujetará a lo previsto en el capítulo de notificaciones electrónicas de la Ley.
¿Cómo se solicitan modificaciones o adiciones a los datos proporcionados para obtener la renovación?
En el caso de que la autoridad aduanera detecte la falta de algún requisito le requerirá por única ocasión al promovente la información o documentación faltante, para lo cual el promovente contará con un plazo de 15 días para dar atención al requerimiento, en caso contrario, se entenderá que se desistió de la solicitud.
¿Qué vigencia tendrá la Renovación?
En modalidad A con vigencia de 1 año
En modalidad AA con vigencia de 2 años
En modalidad AAA con vigencia de 3 años
 
¿En qué casos no será aplicable la renovación de Certificación en Materia de IVA e IEPS?
Cuando la solicitud de renovación no se realice dentro de los plazos establecidos
Disposiciones jurídicas aplicables:
Artículos 28-A de la LIVA, 15-A de la LIEPS y las Regla 5.2.13., 5.2.14., 5.2.15., 5.2.16., 5.2.17., 5.2.18., 5.2.20. y 5.2.21.
 

LLENAR CLARAMENTE LOS CAMPOS QUE SE INDICAN:
A) FECHA EN QUE SE PRESENTA:                                              DIA _____ MES _____ AÑO ________
MARQUE CON UNA "X" EL TRAMITE QUE SOLICITA
SOLICITUD DE
INSCRIPCION
 
DEJAR SIN EFECTOS LA
SUSPENSION
 
MODIFICACION DE
DATOS
 
 
 
CLAVE DEL RFC
PERSONA FISICA
 
PERSONA MORAL
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
DATOS DE IDENTIFICACION ACTUAL
 
APELLIDO PATERNO, MATERNO, NOMBRE (S), O DENOMINACION O RAZON SOCIAL
 
                     CALLE                  NUMERO Y/O LETRA EXTERIOR             NUMERO Y/O LETRA INTERIOR
 
                     COLONIA               CODIGO POSTAL                               TELEFONO
 
                     LOCALIDAD            MUNICIPIO                                       ENTIDAD FEDERATIVA
 
GIRO O ACTIVIDAD PREPONDERANTE:
MARCAR CON UNA "X" SI ES
100%
EXPORTADOR
 
ENAJENADOR (VENDEDOR) EN TERRITORIO NACIONAL, DE LAS MERCANCIAS INDICADAS EN LOS SECTORES SOLICITADOS
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
INDICAR CON UNA "X" SI ES
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
PRODUCTOR
 
ENVASADOR
 
COMERCIALIZADOR
 
 
 
B) MODIFICACION DE DATOS, ANOTAR EL ANTERIOR RFC, O NOMBRE SEGUN CORRESPONDA:
NOMBRE COMPLETO ANTERIOR (APELLIDO
PATERNO, MATERNO, NOMBRE)
DENOMINACION O RAZON SOCIAL
 
CLAVE DEL ANTERIOR RFC
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
C) SECTORES
 
MARCAR CON UNA "X" EL NOMBRE DEL O DE LOS SECTORES EN LOS QUE DESEA INSCRIBIRSE. REINCORPORARSE AL DEJAR SIN EFECTOS LA SUSPENSION. O EN LOS QUE SE ENCONTRABA INSCRITO CON EL ANTERIOR RFC
 
 
 
 
 
 
1) ALCOHOL, ALCOHOL DESNATURALIZADO Y MIELES INCRISTALIZABLES.
 
 
5) BEBIDAS ALCOHOLICAS DESTILADAS (LICORES).
 
 
 
 
 
 
 
 
2) CERVEZA.
 
 
 
6) CIGARROS Y TABACOS LABRADOS.
 
 
 
 
 
3) TEQUILA.
 
 
7) BEBIDAS ENERGETIZANTES, ASI COMO CONCENTRADOS POLVOS Y JARABES PARA PREPARAR BEBIDAS ENERGETIZANTES.
 
 
 
 
 
 
 
 
4) BEBIDAS ALCOHOLICAS FERMENTADAS (VINOS).
 
 
8) MINERALES DE HIERRO Y SUS CONCENTRADOS.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
9) ORO, PLATA Y COBRE.
 
 
 
D)
DATOS DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
APELLIDO PATERNO, MATERNO, NOMBRE(S)
CORREO ELECTRONICO: ________________________
 
CLAVE DEL RFC
TELEFONO______________________________________
_______
 
DECLARO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD QUE LOS DATOS ASENTADOS SON REALES Y EXACTOS
______________________________________________________________
FIRMA AUTOGRAFA DEL CONTRIBUYENTE O REPRESENTANTE LEGAL
 
E) DEJAR SIN EFECTOS LA SUSPENSIÓN: SEÑALE LOS DOCUMENTOS QUE ANEXA, PARA COMPROBAR QUE YA CORRIGIÓ LA INCONSISTENCIA POR LA QUE FUE SUSPENDIDO
 
INSTRUCCIONES PARA LLENAR ESTA SOLICITUD AL REVERSO.
Anverso
Instrucciones para llenar la Solicitud para el Padrón de Exportadores Sectorial.
-      Llene claramente los campos que se indican en 2 tantos de esta solicitud.
-      No invada los límites de los recuadros.
-      Realice su trámite conforme el artículo 87 del Reglamento y la regla 1.3.7., mediante buzón tributario:
A)         Anote la fecha en que presenta su solicitud dd/mm/aaaa
-      Marque con una "X" el trámite que solicita: Solicitud de Inscripción, Solicitud de autorización para dejar sin efectos la Suspensión o Solicitud de Modificación de Datos al Padrón de Exportadores Sectorial.
-      Señale con una "X" si es persona física o persona moral.
-      Anote el nombre completo, razón o denominación social según corresponda, tal y como se encuentra registrado ante el RFC; en caso de existir cambio de denominación o razón social o régimen de capital anotará los nuevos datos que le asignó la ADSC.
-      Anote el RFC del exportador a doce o trece posiciones según corresponda.
-      Anote el domicilio fiscal completo especificando calle, número exterior e interior, Colonia, Delegación o Municipio, Código Postal, Localidad, Entidad Federativa y teléfonos.
       Anote Giro o actividad principal. Únicamente para Sectores del 1 al 7 y 9 del Apartado B del Anexo 10.
-      Señale con una "X", si es 100% Exportador o si es Enajenador (Vendedor) en Territorio Nacional, de las mercancías indicadas en los Sectores Solicitados.
-      Asimismo indicar con una "X" si es, productor, envasador o comercializador.
B)    Sólo en el caso de Modificación de Datos llene esta información, señalando el ANTERIOR RFC y/o el ANTERIOR Nombre, Denominación o Razón Social.
C)    Marque con una "X" el nombre del o los sectores en los que desea Inscribirse. Reincorporarse al dejar sin efecto la Suspensión o en los que se encontraba inscrito con el anterior RFC o Nombre o Denominación o Razón Social, conforme a las fracciones arancelarias que aparecen listadas en el Rubro B del Anexo 10, relativas al Padrón de Exportadores Sectorial.
D)    Anote los datos generales del representante legal, especificando el nombre completo y el RFC.
-      Anote el correo electrónico y número telefónico del representante legal o solicitante.
-      El solicitante (interesado o representante legal) asentará su firma autógrafa.
E)    En el caso de ser un trámite de reincorporación deberá señalar los Anexos o documentos con los que compruebe que corrigió la inconsistencia por la que fue suspendido.
 
Documentos que deberán anexarse
a)     Si el representante legal es extranjero, anexe copia simple del documento que compruebe su legal estancia en el país y que acredite que su calidad migratoria le permite ostentarse con los cargos que se mencionan en el acta constitutiva o poder notarial correspondientes, de conformidad con el artículo 67 de la Ley General de Población.
b)     Tratándose de personas físicas extranjeras residentes en territorio nacional, incluir además, copia del documento mediante el cual comprueben, su calidad migratoria en el país y que se les autoriza para realizar actividades empresariales.
c)     Si la persona física es representada por una tercera persona, adjunte poder notarial o carta poder en la que se faculte para realizar este trámite, conforme a lo dispuesto en el artículo 19 del Código.
d)     Si cambió la denominación o razón social de la empresa, deberá enviar copia simple de la escritura pública protocolizada ante notario público, en la cual conste dicho cambio.
e)     En el caso de trámite de Solicitud para dejar sin efectos la Suspensión en el Padrón de Exportadores Sectorial, anexar documentos con los que compruebe que corrigió la inconsistencia por la que fue suspendido.
f)     Únicamente para la inscripción al Padrón de Exportadores Sectorial del Sector 8 se deberá anexar:
1)  Copia del documento que compruebe la validación del folio otorgado por SEMARNAT, de la autorización en materia de impacto ambiental y de la autorización de cambio de uso de suelo en terrenos forestales; a nombre de la persona física o moral solicitante.
2)  Copia del título de concesión minera otorgado por la Dirección General de Minas, o en su caso del contrato de explotación, acreditando su inscripción en el Registro Público de Minería y que se encuentre al corriente en el pago de derechos
3)  Copia del permiso previo vigente de exportación emitido por la SE.
g)     Únicamente para la inscripción al Padrón de Exportadores Sectorial del Sector 9 se deberá anexar la declaración firmada bajo protesta de decir verdad por el representante o apoderado legal de la persona moral, en la que se exprese la fecha, procedencia del producto aurífero, platero o de cobre anexando para los efectos la razón social, el RFC de sus diez principales proveedores por concepto de venta del producto terminado o semiterminado a exportar.
Informes y Consulta de Resultados:
-      Vía buzón tributario.
-      Vía telefónica sin costo: 01 800 INFOSAT (4636728) opciones 7-1-2 de lunes a viernes de 8:00 a 21:00 Hrs. desde Estados Unidos y Canadá: 1 877 (4488728).
·   En el Portal del SAT podrá enviar un caso de aclaración, conforme a la Guía rápida para la operación de casos de aclaración, orientación y servicio o solicitud, en relación a trámites del Padrón de Importadores y Exportadores, publicada en el Portal del SAT en la sección de "Aduanas", en el apartado de "Tramites y Autorizaciones", opción "Guía de Trámites para Padrones"
·   En cualquiera de las 67 Administraciones Desconcentradas de Servicios al Contribuyente, preferentemente con cita, acreditando el interés jurídico que representa.
Instructivo de trámite de la solicitud para el Padrón de Exportadores Sectorial.
A. Solicitud para la inscripción en el Padrón de Exportadores Sectorial
¿Quiénes lo presentan?
Las personas físicas y morales que requieran exportar mercancías clasificadas en las fracciones arancelarias de los Sectores listados en el Apartado B del Anexo 10.
¿Cómo se presenta?
Mediante el formato denominado "Solicitud para el Padrón de Exportadores Sectorial".
¿Dónde se presenta?
Mediante buzón tributario
Una vez presentado el formato "Solicitud para el Padrón de Exportadores Sectorial", en un término no mayor a 2 días, podrá enviar un caso de aclaración denominado INSCRIPCION_PGIYSE_, conforme a la Guía rápida para la operación de casos de aclaración, orientación y servicio o solicitud, en relación a trámites del Padrón de Importadores y Exportadores, publicada en Portal del SAT, en la sección de "Aduanas", en el apartado de "Trámites y Autorizaciones", opción "Guía de Trámites para Padrones", cuando desee aportar información o documentación adicional para que sea considerada antes de su resolución.
¿En qué casos se presenta?
Cuando se requiera exportar mercancías clasificadas en las fracciones arancelarias de los Sectores listados en el Apartado B del Anexo 10.
¿En qué casos no procede la inscripción en el Padrón de Exportadores Sectorial?
Cuando las personas físicas o morales, se ubiquen en cualquiera de los supuestos señalados en la regla 1.3.3.
¿En qué casos no será necesario inscribirse en el Padrón de Exportadores Sectorial?
Cuando se trate de las mercancías destinadas para exposición y venta en establecimientos de depósito fiscal a que se refiere el artículo 121, fracción I de la Ley.
¿En qué plazo y cómo se da a conocer el resultado de la solicitud?
En el plazo señalado en el artículo 87 del Reglamento, mediante buzón tributario
Vía telefónica en el 01-800 INFOSAT (4636728), opciones 7-1-2, de lunes a viernes de 8:00 a 21:00 hrs, se brindará asesoría sobre requisitos, documentación soporte y el estatus de sus trámites.
En el portal del SAT, podrá enviar un caso de aclaración denominado INSCRIPCION_PGIYSE_ EXS conforme a la Guía rápida para la operación de casos de aclaración, orientación y servicio o solicitud, en relación a trámites del Padrón de Importadores y Exportadores, publicada en el Portal en la sección de "Aduanas", en el apartado de "Tramites y Autorizaciones", opción "Guía de Trámites para Padrones", el plazo de atención será en un término no mayor a 10 días.
En las 67 ADSC, preferentemente con cita, acreditando el interés jurídico que representa.
 
¿Qué procede si la solicitud es rechazada?
El exportador deberá subsanar las inconsistencias observadas y presentar nuevamente su solicitud.
Requisitos:
1.   Los señalados en el artículo 87, primer párrafo fracciones I, II, III y IV del Reglamento.
2.   Domicilio fiscal que se encuentre como localizado en el RFC o en proceso de verificación por parte de la ADSC, y señalar el o los domicilios en los que se realicen actividades u operaciones no administrativas.
3.     Tratándose de las fracciones arancelarias listadas en el Sector 8 del apartado B del Anexo 10, se deberá anexar a la solicitud:
a)    Copia del documento que compruebe la validación del folio otorgado por SEMARNAT, de la autorización en materia de impacto ambiental y de la autorización de cambio de uso de suelo en terrenos forestales; a nombre de la persona física o moral solicitante.
b)    Copia del título de concesión minera otorgado por la Dirección General de Minas, o, en su caso, del contrato de explotación, acreditando su inscripción en el Registro Público de Minería y que se encuentre al corriente en el pago de derechos.
c)    Copia del permiso previo vigente de exportación emitido por la SE.
4.     Tratándose de las fracciones arancelarias listadas en el Sector 9 del apartado B del Anexo 10, se deberá anexar a la solicitud:
a)    Copia del testimonio o de la escritura pública, en que conste el contrato o constitución de la sociedad y, copia de la inscripción ante el Registro Público que corresponda.
b)    Copia del testimonio o de la escritura pública, por medio de la cual se le otorgan facultades generales y legales al apoderado o representante de la persona moral solicitante del Padrón Sectorial.
c)    Declaración firmada bajo protesta de decir verdad por el representante o apoderado legal de la persona moral, en la que se exprese la fecha, procedencia del producto aurífero, platero o de cobre anexando para tales efectos la razón social, el RFC de sus 10 principales proveedores por concepto de venta del producto terminado o semiterminado a exportar.
B. Solicitud para la modificación de datos en el Padrón de Exportadores Sectorial
¿Quiénes lo presentan?
Las personas físicas y morales que hayan efectuado cambio de nombre, denominación o razón social, régimen de capital o clave en el RFC.
 
¿Cómo se presentan?
Mediante el formato denominado "Solicitud para el Padrón de Exportadores Sectorial".
¿Dónde se presenta?
Mediante buzón tributario
Una vez presentado el formato "Solicitud para el Padrón de Exportadores Sectorial", en un término no mayor a 2 días, podrá enviar un caso de aclaración denominado MODIF DATOS PADRON EXP SECTORI, conforme a la Guía rápida para la operación de casos de aclaración, orientación y servicio o solicitud, en relación a trámites del Padrón de Importadores y Exportadores, publicada en el Portal del SAT, en la sección de "Aduanas", en el apartado de "Tramites y Autorizaciones", opción "Guía de Trámites para Padrones", cuando desee aportar información o documentación adicional para que sea considerada antes de su resolución.
¿En qué casos se presenta?
Cuando las personas físicas o morales inscritas en el Padrón de Exportadores Sectorial, hayan realizado cambio de nombre, denominación o razón social, régimen de capital o clave en el RFC.
¿En qué plazo y cómo se da a conocer el resultado de la solicitud?
En un plazo no mayor a 5 días, a partir del día siguiente de la recepción de la solicitud, a través de buzón tributario
Vía telefónica en el 01-800 INFOSAT (4636728), opciones 7-1-2, de lunes a viernes de 8:00 a 21:00 hrs, se brindará asesoría sobre requisitos, documentación soporte y el estatus de sus trámites.
En el Portal del SAT, podrá enviar un caso de aclaración denominado MODIF DATOS PADRON EXP SECTORI, conforme a la Guía rápida para la operación de casos de aclaración, orientación y servicio o solicitud, en relación a trámites del Padrón de Importadores y Exportadores, publicada en el Portal del SAT, en la sección de "Aduanas", en el apartado de "Trámites y Autorizaciones", opción "Guía de Trámites para Padrones", el plazo de atención será en un término no mayor a 10 días.
En las 67 ADSC, preferentemente con cita, acreditando el interés jurídico que representa.
 
¿Qué procede si la solicitud es rechazada?
El exportador deberá subsanar las inconsistencias observadas y presentar nuevamente su solicitud.
Requisitos:
1.   Quienes soliciten la modificación de datos en el Padrón de Exportadores Sectorial, deberán cumplir con los requisitos previstos en los numerales 1 a 4 del apartado A del presente instructivo.
2.   Copia legible del instrumento notarial, donde conste la modificación de que se trate, en el caso de cambio de nombre, denominación o razón social o régimen de capital.
C. Solicitud para dejar sin efectos la suspensión en el Padrón de Exportadores Sectorial
¿Quiénes lo realizan?
Las personas físicas y morales que hayan sido suspendidas en el Padrón de Exportadores Sectorial.
¿Cómo se realiza?
Mediante el formato denominado "Solicitud para el Padrón de Exportadores Sectorial".
¿Dónde se presenta?
Mediante buzón tributario
Una vez presentado el formato "Solicitud para el Padrón de Exportadores Sectorial", en un término no mayor a 2 días, podrá enviar un caso de aclaración denominado REINCORPORACION_PGIYSE_ EXS, conforme a la Guía rápida para la operación de casos de aclaración, orientación y servicio o solicitud, en relación a trámites del Padrón de Importadores y Exportadores, publicada en el Portal del SAT, en la sección de "Aduanas", en el apartado de "Tramites y Autorizaciones", opción "Guía de Trámites para Padrones", cuando desee aportar información o documentación adicional para que sea considerada antes de su resolución.
 
 
¿En qué casos se presenta?
Cuando las personas físicas o morales soliciten reincorporarse al Padrón de Exportadores Sectorial.
¿En qué plazo y cómo se da a conocer el resultado de la solicitud?
En un plazo no mayor a 7 días, a partir del día siguiente de la recepción de la solicitud, a través de buzón tributario.
Vía telefónica en el 01-800 INFOSAT (4636728), opciones 7-1-2, de lunes a viernes de 8:00 a 21:00 hrs, se brindará asesoría sobre requisitos, documentación soporte y el estatus de sus trámites.
En el Portal del SAT, podrá enviar un caso de aclaración denominado REINCORPORACION_PGIYSE_ EXS, conforme a la Guía rápida para la operación de casos de aclaración, orientación y servicio o solicitud, en relación a trámites del Padrón de Importadores y Exportadores, publicada en el Portal del SAT, en la sección de "Aduanas", en el apartado de "Tramites y Autorizaciones", opción "Guía de Trámites para Padrones", el plazo de atención será en un término no mayor a 10 días.
En las 67 ADSC, preferentemente con cita, acreditando el interés jurídico que representa.
¿Qué procede si la solicitud es rechazada?
El exportador deberá subsanar las inconsistencias observadas y presentar nuevamente su solicitud.
Requisitos:
1.   Quienes soliciten la reincorporación al Padrón de Exportadores Sectorial, deberán cumplir con los requisitos previstos en los numerales 1 a 4 del apartado A del presente instructivo.
2.   Copia simple y legible de la documentación con la que acredite que se subsana la causal por la que fue suspendido por la autoridad.
Disposiciones jurídicas aplicables:
Artículos 59, fracción IV de la Ley, 87 del Reglamento, 19, fracción XI de la LIEPS y la regla 1.3.7.
 

Información General del Solicitante
Residente en el País
 
 
No residente en el país
 
 
¿Ha realizado solicitud con anterioridad ante otra autoridad distinta?
SI
 
NO
En caso de ser afirmativo, ante qué autoridad: _________________________________
Razón o denominación social.
Clave del RFC
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Domicilio fiscal: Calle _______________ No. y/o letra exterior ________ No. y/o letra interior _______
Colonia __________ Código Postal _________ Municipio o Delegación en el D.F. __________________
Localidad ___________________ Entidad Federativa _________________ Teléfonos _______________
 
 
Información general del responsable solidario en territorio nacional.
Nombre completo de la razón o denominación social.
Clave del RFC
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Domicilio fiscal: Calle _________ No. y/o letra exterior _________ No. y/o letra interior _______________
Colonia __________ Código Postal _____ Municipio o Delegación en el D.F. ______________________
Localidad _____________ Entidad Federativa ________________ Teléfonos _____________________
 
Domicilio para oír y recibir notificaciones: Calle __ No. y/o letra exterior _ No. y/o letra interior __________
Colonia _______ Código Postal _____ Municipio o Delegación en el D.F. __________________________
Localidad _____________ Entidad Federativa ________________ Teléfonos ______________________
 
Personal autorizado para oír y recibir notificaciones: __________________________________________
_________________________________________________________Teléfonos ___________________
 
Actividades en general a que se dedique el interesado: ____________________________________
____________________________________________________________________________
____________________________________________________________________________
Descripción detallada del vehículo a importar en forma temporal (marca, año, modelo y número de serie):
____________________________________________________________________________
____________________________________________________________________________
 
Razón o justificación de la necesidad de importar mercancía: ________________________________
____________________________________________________________________________
____________________________________________________________________________
 
Datos del Representante Legal.
Nombre completo (apellido paterno/materno/nombre(s) ).
Clave del RFC
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Domicilio fiscal: Calle ___________ No. y/o letra exterior __________ No. y/o letra interior ____________
Colonia __________ Código Postal ____________ Municipio o Delegación en el D.F. ________________
Localidad _______________ Entidad Federativa ____________________Teléfono __________________
 
Declaro bajo protesta de decir verdad, que todo lo asentado es cierto.
_________________________________________________________
Firma autógrafa del solicitante o representante legal.
 
Documentos que deberán anexarse:
a.    Carta de un residente en territorio nacional que asuma la responsabilidad solidaria, en términos del artículo 26, fracción VIII del Código, de los créditos fiscales que lleguen a causarse en el caso de incumplimiento de las obligaciones de retornar dichos vehículos, en el caso de residentes en el extranjero.
b.    Documento donde se exprese la opinión favorable de la SE.
c.    Copia del contrato de prestación de servicios, en su caso.
d.    Copia de la convocatoria y de la adjudicación del contrato que hayan sido publicadas en el DOF.
Las personas solicitantes que sean residentes en territorio nacional, no están obligadas a presentar lo relativo al inciso a.
En caso de que el promovente sea persona moral, se deberá anexar el poder notarial o acta constitutiva en donde se faculte al representante legal para realizar actos de administración.
Este formato se deberá presentar por duplicado en el domicilio que se indica en forma personal o remitirse por conducto de empresa de mensajería con acuse de recibido.
 
 
DIA________ MES__________________ AÑO __________
Instructivo de llenado de la solicitud para la importación de vehículos especialmente construidos o
transformados, equipados con dispositivos o aparatos diversos para cumplir con contrato derivado de
licitación pública conforme a la regla 4.2.9.
-     Esta solicitud será llenada en dos tantos a máquina o con letra de molde, con bolígrafo a tinta negra o azul y las cifras no deberán invadir los límites de los recuadros.
-     El original se entregará en Oficialía de Partes de la ACAJACE de la AGACE y la copia con el sello de recibido será para el interesado.
Información General del Solicitante.
1.    Señalará con una "X" si es o no residente en el país y si ha realizado solicitud ante otra autoridad, señalando el nombre de ésta.
2.    Anotará el nombre completo de la razón o denominación social y en su caso, el RFC de la empresa a doce o trece posiciones según corresponda.
3.    Anotará el domicilio fiscal, así como el domicilio para oír y recibir notificaciones, especificando calle, número exterior e interior, colonia, Delegación o Municipio, Código Postal, Localidad, Entidad Federativa y teléfonos.
4.    Se señalarán a las personas autorizadas para oír y recibir notificaciones.
5.    Se anotarán las actividades generales a que se dedique el interesado.
6.    Asentará la descripción detallada del vehículo a importar temporalmente.
7.    Se asentará la razón o justificación de la necesidad por el cual se realiza el trámite.
 
Información del Representante Legal.
1.    Se asentarán los datos generales del Representante Legal del almacén general de depósito, especificando el nombre completo y el RFC.
2.    Anotará el domicilio fiscal del representante legal, especificando calle, número exterior e interior, colonia, Delegación o Municipio, Código Postal, Localidad, Entidad Federativa y teléfonos.
3.    El solicitante (interesado o representante legal) asentará su firma autógrafa.
Documentos que deberán anexarse:
1.    Para efectos de que se le dé trámite a la presente solicitud, se deberá anexar la documentación completa.
2.    Por ningún motivo se admitirá la gestión de negocios, por lo que deberá acreditar la personalidad del representante legal facultado para realizar actos de administración, mediante cualquiera de los siguientes documentos:
-     Escritura Pública.
-     Carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas del otorgante y testigos ante las autoridades fiscales, notario o fedatario público.
3.    Esta solicitud en original, podrá presentarse de manera personal o enviarse a través del servicio de mensajería, al siguiente domicilio: ACAJACE de la AGACE, Avenida Reforma No. 10, Piso 26, Colonia Tabacalera, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06030, México, D.F.
      "Para cualquier aclaración en el llenado de este formato, podrá obtener información de internet en las siguientes direcciones: www.shcp.gob.mx; www.sat.gob.mx; asisnet@shcp.gob.mx; asisnet@sat.gob.mx o comunicarse en el Distrito Federal al 01 800 463 6728, en la zona metropolitana de Monterrey al (81) 8047-1160, en la zona metropolitana de Guadalajara al (33) 3836-2120, en el resto del país lada sin costo: 01-800-90-450-00; o bien, acudir a los Módulos de Asistencia al Contribuyente de la Administración Desconcentrada que corresponda a su domicilio fiscal. Quejas al teléfono 01-800-728-2000".
 

Marque con una X el tipo de solicitud de que se trate:
 
Inscripción
 
Si va a realizar alguno de los siguientes trámites proporcione el número y fecha de oficio con el que se otorgó la autorización.
 
 
 
Renovación
Los datos que proporcione en esta forma sustituirán a los que proporcionó cuando solicitó su autorización.
 
 
 
*En caso de renovación asegúrese de anexar los documentos que demuestren los datos que nos proporcionó.
ACUSE DE RECIBO
 
DATOS DE LA PERSONA MORAL SOLICITANTE
1. Denominación o razón social
 
RFC incluyendo la homoclave
2. Actividad preponderante
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
3. Domicilio fiscal
 
 
Calle:                                   Número y/o letra exterior:                         Número y/o letra interior
 
Colonia             C.P.             Municipio/Delegación                               Entidad federativa
 
4. Domicilio para oír y recibir notificaciones
 
 
 
Calle                                    Número y/o letra exterior                           Número y/o letra interior
 
Colonia             C.P.             Municipio/Delegación                               Entidad federativa
 
 
 
Teléfono                                Correo electrónico
 
DATOS DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA PERSONA MORAL SOLICITANTE
5. Nombre.
 
Apellido paterno                            Apellido materno                            Nombre
RFC incluyendo la homoclave
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Teléfono
Correo electrónico
 
DATOS DE LAS PERSONAS AUTORIZADAS PARA OIR Y RECIBIR NOTIFICACIONES.
6. Persona autorizada para oír y recibir notificaciones.
 
Apellido paterno                            Apellido materno                           Nombre
 
RFC incluyendo la homoclave
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Teléfono
Correo electrónico
6.1. Persona autorizada para oír y recibir notificaciones.
 
Apellido paterno                           Apellido materno                             Nombre
 
RFC incluyendo la homoclave
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Teléfono
Correo electrónico
6.2. Persona autorizada para oír y recibir notificaciones.
 
Apellido paterno                            Apellido materno                           Nombre
RFC incluyendo la homoclave
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Teléfono                                               Correo electrónico
 
DOCUMENTOS QUE ACREDITAN LOS DATOS DE LA PERSONA MORAL SOLICITANTE
7. Acta constitutiva de la persona moral solicitante.
 
Número del instrumento notarial o póliza mercantil
Fecha
 
 
Nombre y número del Notario o Corredor Público
Entidad Federativa
 
 
8. Modificación (es) al acta constitutiva.
8.1. Modificación al acta constitutiva.
8.2. Modificación al acta constitutiva.
 
 
Número del instrumento notarial o póliza mercantil
Número del instrumento notarial o póliza mercantil
 
 
Fecha
Fecha
 
 
Nombre y número del Notario o Corredor Público
Nombre y número del Notario o Corredor Público
 
 
Entidad Federativa
Entidad Federativa
 
 
Descripción de la modificación
Descripción de la modificación
 
8. Modificación (es) al acta constitutiva.
8.3. Modificación al acta constitutiva.
8.4. Modificación al acta constitutiva.
 
 
Número del instrumento notarial o póliza mercantil
Número del instrumento notarial o póliza mercantil
 
 
Fecha
Fecha
 
 
Nombre y número del Notario o Corredor Público
Nombre y número del Notario o Corredor Público
 
 
Entidad Federativa
Entidad Federativa
 
 
Descripción de la modificación
Descripción de la modificación
 
9. Poder general para actos de administración que le otorgó la persona moral solicitante.
* De constar en el acta constitutiva, señálelo marcando una "X" en el cuadro.
 
 
Consta en el acta constitutiva. En caso de no constar en el acta constitutiva por favor señale los siguientes datos:
 
 
Número del instrumento notarial o póliza mercantil
Fecha
 
 
Nombre y número del Notario Público o corredor público
Entidad Federativa
 
10. Declara el solicitante que:
 
 
Está al corriente en el cumplimiento de las obligaciones fiscales.
 
 
Está activo en el RFC.
 
 
Que los documentos que se anexan avalan las condiciones señaladas en la presente solicitud.
 
10.1. Respecto del reconocimiento Aduanero, el solicitante declara que:
El último despacho con reconocimiento aduanero se realizó:
Importación ( ) Exportación ( )
Nombre y Número de aduana:______________________________
Número de pedimento: ______________________, Fecha: _______________
Se tomó muestra: Sí ( ) No ( )
En caso que sea afirmativo favor de indicar el lugar en el cual se tomó la muestra: Aduana ( ) Empresa ( )
En caso que de ser negativo, indicar el motivo: ____________________
 
11. Anote la descripción detallada de la mercancía por la que se solicita el registro o su renovación y su fracción arancelaria.
* La fracción arancelaria de las mercancías debe señalarse de acuerdo a la Tarifa de la LIGIE.
Descripción
Fracción arancelaria
Descripción
Fracción arancelaria
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
12. Naturaleza de la mercancía por la que se solicita el registro o su renovación.
Nombre Comercial y Químico
Número de CAS (Chemical Abstracts Service)
Nombre Comercial y Químico
Número de CAS (Chemical Abstracts Service)
 
 
 
 
 
 
 
 
 
13. Anote el estado de agregación de la mercancía
 
Líquido
 
 
Sólido
 
 
Gaseoso
 
 
14. Indique si la mercancía es considerada como:
 
Estéril
 
Radiactiva
 
Peligrosa
 
Corrosivo
 
 
Reactivo
 
 
Explosivo
 
 
Tóxico
 
 
Inflamable
 
 
Biológico Infeccioso
 
 
15. La exposición de la mercancía a las condiciones ambientales le ocasiona:
 
Daño
 
 
Inutilización
 
 
16. Se requiere para el muestreo de la mercancía:
 
Instalación Especial
 
Equipo especial
 
17. Medidas de seguridad y precauciones aplicables para la muestra de la mercancía:
 
 
( ) Conservación ( ) Transporte ( ) Ambos( )
Método de análisis sugerido______________________
Descripción del recipiente para su transporte y conservación:
_______________________________________________________________________________
_______________________________________________________________________________
_______________________________________________________________________________
Lugar y fecha donde se realizó la toma de muestra:
_______________________________________________________________________________
_______________________________________________________________________________
Información técnica para la identificación de la mercancía:
_______________________________________________________________________________
_______________________________________________________________________________
_______________________________________________________________________________
_______________________________________________________________________________
_______________________________________________________________________________
Destino de la mercancía:
_______________________________________________________________________________
Uso de la mercancía:
_______________________________________________________________________________
Medio de Transporte:
_______________________________________________________________________________
 
 
 
18. Señale los datos de la constancia de pago del derecho
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
$
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Fecha de pago
 
Monto en moneda nacional
Denominación o razón social de la institución en la cual se realizó el pago
Manifiesto bajo protesta de decir verdad, que los datos asentados en el presente documento son ciertos y
que las facultades que me fueron otorgadas no han sido modificadas o revocadas.
NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL DEL SOLICITANTE
 
Documentos que se deben anexar a la solicitud.
A. Para inscripción al registro
 
 
Copia certificada del acta constitutiva de la empresa con datos de inscripción en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio.
 
 
 
 
Copia certificada del instrumento notarial con el que el firmante acredite sus facultades para realizar actos de administración.
 
 
 
 
Copia simple de la identificación oficial del representante legal.
 
 
 
 
 
Copia del comprobante de pago realizado a través del esquema electrónico e5cinco con la que se acredite el pago de los derechos previstos en el artículo 52 de la LFD. Se aclara que el pago de derechos será por cada muestra de mercancía por la que se solicite el registro o renovación, conforme a lo dispuesto en el artículo 52 de la LFD.
 
 
 
 
 
 
Muestra de la mercancía que pretenda importar, así como su documentación técnica, conforme a lo dispuesto en el artículo 72 del Reglamento.
 
 
 
 
Documentación técnica de la mercancía que se pretende importar conforme a lo dispuesto en el artículo 72 del Reglamento.
 
 
 
 
Tratándose del registro de mercancías radiactivas, los interesados deberán presentar en lugar de sus muestras, el certificado de análisis expedido por el Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares (ININ), el cual deberá tener fecha de expedición no mayor a 15 días anteriores de la fecha de presentación de la solicitud ante la ACAJA, dicho certificado deberá indicar el radioisótopo de que se trate, la radiación que emite y su actividad.
 
 
 
 
 
 
 
Opinión positiva sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
 
 
Permiso ordinario de importación de material explosivo, expedido por la SEDENA, tratándose del Registro de Mercancías Explosivas.
 
B. Para renovar la inscripción al registro.
 
 
Copia certificada del acta constitutiva de la empresa con datos de inscripción en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio. (Este dato sólo aplica si tienen modificaciones posteriores al registro)
 
 
 
 
 
Copia certificada del instrumento notarial con el que el firmante acredite sus facultades para realizar actos de administración. (Este dato sólo aplica si tienen modificaciones posteriores al registro)
 
 
 
 
 
Copia simple de la identificación oficial del representante legal.
 
 
 
Copia del comprobante de pago realizado a través del esquema electrónico e5cinco con la que se acredite el pago de los derechos previstos en el artículo 52 de la LFD. Se aclara que el pago de derechos será por cada muestra de mercancía por la que se solicite el registro o renovación, conforme a lo dispuesto en el artículo 52 de la LFD.
 
 
 
 
 
 
 
 
Muestra de la mercancía que pretenda importar, así como su documentación técnica, conforme a lo dispuesto en el artículo 72 del Reglamento.
 
 
 
 
 
Documentación técnica de la mercancía que se pretende importar conforme a lo dispuesto en el artículo 72 del Reglamento.
 
 
 
 
 
Tratándose del registro de mercancías radiactivas, los interesados deberán presentar en lugar de sus muestras, el certificado de análisis expedido por el Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares (ININ), el cual deberá tener fecha de expedición no mayor a 15 días anteriores de la fecha de presentación de la solicitud ante la ACAJA, dicho certificado deberá indicar el radioisótopo de que se trate, la radiación que emite y su actividad.
 
 
 
 
 
 
 
Opinión positiva sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
 
Permiso ordinario de importación de material explosivo, expedido por la SEDENA, tratándose del Registro de Mercancías Explosivas.
 
INSTRUCCIONES GENERALES
1.  Presente esta solicitud y los documentos anexos en original y dos copias, debidamente requisitado, en forma personal ante la:
Administración Central de Apoyo Jurídico de Aduanas,
Administración General de Aduanas,
Calzada Legaría, número 608, primer piso,
Colonia Irrigación, C.P. 11500, México, D.F.
La solicitud que no se acompañe de la totalidad de los requisitos y documentación solicitada en la regla 3.1.17., se tendrá por no presentada, procediéndose a la devolución de la misma.
*Por favor anexe una copia de la solicitud para que la sellemos y la conserve como acuse de recibo.
2.  La solicitud también podrá presentarse a través de la Ventanilla Digital conforme a lo señalado en el instructivo de trámite.
 
Instructivo de trámite para la inscripción o renovación en el registro para la toma de muestras de
mercancías, conforme al artículo 45 de la Ley Aduanera.
¿Quiénes lo presentan?
Los importadores o exportadores interesados en obtener o renovar su registro para la toma de muestras de mercancías estériles, radioactivas, peligrosas para las que se requieran instalaciones o equipos especiales para el muestreo.
¿Dónde se presenta?
En la Oficialía de partes de la Administración de Apoyo Jurídico de Aduanas, o mediante la Ventanilla Digital.
¿Cómo se presenta?
Mediante el formato oficial denominado "Solicitud para la inscripción o renovación en el registro para la toma de muestras de mercancías, conforme al artículo 45 de la Ley Aduanera" o mediante Ventanilla Digital.
¿Cómo se proporciona información sobre el trámite?
Asistencia vía telefónica de lunes viernes de 09:00 a 18:00 horas, a los teléfonos 5128 2544 ó 5128 2623.
Atención personalizada de lunes a viernes de 09:00 a 15:00 horas, en el Laboratorio de Aduanas ubicado en Calzada Legaría No. 608, Colonia Irrigación, Delegación Miguel Hidalgo, C.P. 11500, México, D.F.
¿Qué documento se obtiene?
Registro para la toma de muestras de mercancías conforme al Artículo 45 de la Ley Aduanera.
¿En qué casos se presenta?
Cuando los importadores o exportadores estén interesados en obtener o renovar su registro para la toma de muestras de mercancías estériles, radiactivas, peligrosas o las que requieran instalaciones o equipos especiales para su muestreo.
¿Qué procede una vez presentada la documentación?
Se les notificará vía oficio, si es procedente el registro para efectuar el pago de derechos y presentar la muestra dentro de los 5 días hábiles siguientes a la notificación, ante el laboratorio de Aduanas, Administración de Apoyo Jurídico de Aduanas, ubicado en Calzada Legaría No. 608, Colonia Irrigación, Delegación Miguel Hidalgo, C.P. 11500, México, D.F. de lunes a viernes de 09:00 a 15:00 horas.
Si el trámite se efectúa mediante la Ventanilla Digital, la muestra a que se refiere el párrafo anterior se presentará dentro de los 5 días hábiles siguientes a la presentación de la solicitud.
 
¿Cuál es la vigencia del trámite?
Un año a partir de la expedición del oficio de registro, siempre y cuando no se incurra en irregularidades en cuanto al uso del oficio de Registro.
Cuando el trámite se efectúe a través de la Ventanilla Digital, se deberá cumplir con lo siguiente:
Datos:
1.     Los señalados en los numerales 10.1, 11, 12, 13, 14, 15, 16 y 17 del formato denominado "Solicitud para la inscripción o renovación en el registro para la toma de muestras de mercancías, conforme al artículo 45 de la Ley Aduanera", requeridos por la propia ventanilla.
Requisitos:
1.     Pago de derechos (el comprobante de pago realizado a través del esquema electrónico e5cinco, con la que se acredite el pago de los derechos previstos en el artículo 52 de la LFD, el cual será por cada muestra de mercancía por la que se solicite el registro).
2.     Documentación técnica de la mercancía que se pretende importar conforme a lo dispuesto en el artículo 72 del Reglamento. (Hoja de seguridad).
3.     Opinión positiva sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales.
4.     Tratándose del registro de mercancías radiactivas, los interesados deberán presentar en lugar de sus muestras, el certificado de análisis expedido por el Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares (ININ), el cual deberá tener fecha de expedición no mayor a 15 días anteriores de la fecha de presentación de la solicitud ante la ACAJA, dicho certificado deberá indicar el radioisótopo de que se trate, la radiación que emite y su actividad.
5.     Muestra de la mercancía que pretenda importar, así como su documentación técnica conforme a lo señalado en el rubro "¿Qué procede una vez presentada la documentación?" del presente instructivo.
6.     Permiso ordinario de importación de material explosivo, expedido por la SEDENA, tratándose del Registro de Mercancías de tipo "Explosivo".
7.     Descripción de muestreo en planta (sólo para productos que requieren instalaciones o equipo especial para su muestreo (Información sobre el muestreo del producto en Planta))
.
¿Cuál es el trámite para la renovación del registro?
Los exportadores o importadores deberán presentar su solicitud de renovación dentro de un período de 45 días anteriores al vencimiento de su registro mediante el formato debidamente requisitado denominado "Solicitud para la inscripción o renovación en el registro para la toma de muestras de mercancías, conforme al artículo 45 de la Ley Aduanera", ante la ACAJA o mediante la Ventanilla Digital, cumpliendo con los requisitos previstos para el otorgamiento del registro vigentes al momento en que se presente su solicitud.
En la solicitud de renovación no será necesario presentar nuevamente la muestra de la mercancía.
Disposiciones jurídicas aplicables:
Artículos 45 de la Ley y 73 del Reglamento, las reglas 1.2.2. y 3.1.17.
 
1. Pedimento(s) a rectificar:
A.   Único:
B.   Varios (indicar números):
 
 
 
 
2. Supuesto de rectificación:
Marcar con una "X" la opción u opciones correspondientes, según sea el caso.
 
 
 
Generación de saldo a favor del interesado a consecuencia de la rectificación.
 
 
 
 
Nueva clasificación arancelaria, que ya no está sujeta a regulaciones y restricciones no arancelarias.
 
 
 
 
 
Cambio de régimen aduanero de las mercancías.
 
 
 
 
 
Datos contenidos en pedimentos que amparen vehículos.
 
 
 
 
 
País de origen.
 
3. Datos a rectificar para pedimento:
 3.1 Número de
pedimento
     3.2 Campo(s) a rectificar
(Ubicación y descripción)
3.3 Dice
3.4 Debe decir
 
 
 
 
 
 
4. Señalar la causa del error en el pedimento original o la justificación de la rectificación:
 
 
 
5. Documentación anexa:
 
 
6. Describir la forma en que la documentación anexa acredita el error o la justificación de la rectificación:
 
 
 
Una vez manifestado lo anterior, se solicita a la AGACE, o a la ACAJA según corresponda, que realice la autorización de rectificación en términos de la regla 6.1.1..
Instructivo de llenado de la Solicitud de autorización de rectificación de pedimento.
-          Esta solicitud deberá presentarse en escrito libre en términos de la regla 1.2.2, utilizando el
formato denominado "Solicitud de rectificación de pedimentos".
Información que debe proporcionarse en cada campo:
1.     Si se solicita autorización para rectificar un solo pedimento, en el campo A debe llenarse el número del pedimento a rectificar; en el caso de que la solicitud corresponda a una autorización para rectificar varios pedimentos, en el campo B se deberán señalar los números de los mismos.
2.     Se deberá seleccionar el supuesto por el que se solicita la rectificación correspondiente.
3.     En este campo se señalan los datos del pedimento que se quiere rectifica, el número de veces que sea necesario.
3.1 Señalar número de pedimento
3.2 Se describirán los campos del pedimento a rectificar, indicando su ubicación y descripción.
3.3 Se transcribirá la información que actualmente se encuentra descrita en el campo del pedimento objeto de la rectificación.
3.4 Se manifestará la información con la que se pretenda sustituir a la expresada en el campo 3.2. del presente formato.
4.     Se deberá describir la causa del error que justifique la rectificación que se solicita.
5.     Se deberá señalar la documentación que se anexa.
6.     Se deberá especificar la manera en la que la documentación anexa demuestra el error o justificación de la rectificación.
 
Documentos que deberán anexarse:
a.     Factura.
b.    Los demás documentos necesarios que sustenten su petición.
c.     En el caso de operaciones a rectificar realizadas antes del 1 de julio de 2012, se deberá anexar el pedimento y la documentación presentada ante la aduana en términos del artículo 36 de la Ley
"Para cualquier aclaración en el llenado de este formato, podrá obtener información en la página
electrónica www.sat.gob.mx; o comunicarse en el Distrito Federal al 01 800 4636 728, en el resto del país
lada sin costo: 01 800 4636 728; o bien, acudir a los Módulos de Asistencia al Contribuyente de la
Administración Desconcentrada que corresponda a su domicilio fiscal. Quejas al teléfono 01-800-728-
2000".
 
 
 
Información general solicitada
 
1. Señale el tipo de persona:
 
 
Nacional.
 
Extranjero.
 
Residente en el extranjero.
 
 
2. ¿Ha realizado esta solicitud con anterioridad?
 
SI
NO
 
3. Indique su calidad:
 
 
Importador.
 
Propietario del vehículo
 
Otro. (especifique)
 
 
4. Nombre completo (apellido paterno/materno/nombre (s)), razón o denominación social.
__________________________________________________________________________________
                                                                                           7. RFC
5. Nacionalidad:
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
6. Domicilio fiscal:
Calle___________________________ No. y/o letra exterior _________ No. y/o letra interior ___________
Colonia_________________ Código Postal___________ Municipio o Delegación en el D.F.
____________ Localidad _________________ Entidad Federativa
____________________________________________
Teléfonos ___________________________________________________________________________
 
8. Domicilio para oír y recibir notificaciones.
 
Calle                      Número y/o letra exterior                         Número y/o letra interior
 
Colonia                     C.P.                   Municipio/Delegación                    Entidad Federativa
 
 
 
Teléfono
Correo electrónico
 
 
DATOS DEL REPRESENTANTE LEGAL DEL SOLICITANTE
9. Nombre.
 
Apellido paterno                 Apellido materno                                       Nombre
 
RFC incluyendo la homoclave
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Teléfono
Correo electrónico
 
DATOS DE LAS PERSONAS AUTORIZADAS PARA OIR Y RECIBIR NOTIFICACIONES.
10. Persona autorizada para oír y recibir notificaciones.
 
Apellido paterno           Apellido materno           Nombre
 
RFC incluyendo la homoclave
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Teléfono
Correo electrónico
 
11. Información General del Vehículo
 Marca:
 No. de Remolque
 No. de Serie:
 Tipo:
 Aduana de Ingreso
 Modelo:
 No. Permiso de Importación Temporal del Vehículo:
 No. de Serie:
 Inicio de Vigencia
 Placas:
 Del Estado de:
 Fecha de Vencimiento
 
12. Indique la aduana a la que corresponde el lugar por el que saldrá el vehículo.
 
 
 
13. Indique el nombre de la persona física o moral que efectuará el retorno del vehículo en caso de que el propietario no sea quien lo conduzca, así como indique, en su caso, el medio en que será transportado dicho vehículo (contenedor, plataforma, etc.)
 
 
 
 
Documentos que deberán anexarse a la solicitud:
 
 
1. Copia del documento que acredite el domicilio del solicitante.
 
 
2. Copia del permiso de importación vencido.
 
 
3. Copia del título de propiedad (acreditar la propiedad del vehículo de referencia) a nombre del importador, o en su caso, declaración bajo protesta de decir verdad de que es su legítimo propietario. Si la información se encuentra en idioma distinto al español, anexar traducción de la misma de conformidad con el artículo 271, primer párrafo del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la legislación aduanera.
 
 
 
4. Copia del pasaporte del importador.
 
 
5. Copia de la licencia de conducir del importador, y el de la persona autorizada para conducir el vehículo para su retorno al extranjero
 
 
6. Copia de la forma migratoria múltiple, en la cual se desprenda la calidad migratoria del importador.
 
 
7. Copia de la Escritura pública o carta poder mediante la cual se acredite la representación legal.
 
 
 
8. Copia de la Identificación oficial del representante legal o de la persona física que presente la solicitud.
 
 
9. Manifestación bajo protesta de decir verdad que el vehículo descrito no se encuentra sujeto a ningún procedimiento administrativo en materia aduanera.
 
 
10. Copia de la Garantía constituida al internar el vehículo de referencia (recibo de pago expedido por BANJERCITO).
 
Consultar el "Instructivo de trámite para el retorno de vehículos extranjeros con permiso de importación temporal de vehículos vencido, de conformidad con la regla 4.2.20.".
Instructivo de trámite de la Solicitud de autorización para el retorno de vehículos extranjeros con
permiso de importación temporal de vehículos vencidos, de conformidad con la regla 4.2.20.
¿Quiénes lo presentan?
El importador o el propietario del vehículo
¿Cómo se presenta?
Mediante escrito libre en los términos de la regla 1.2.2., utilizando el formato "Solicitud de autorización para el retorno de vehículos extranjeros con permiso de importación temporal de vehículos vencidos, de conformidad con la regla 4.2.20.".
¿A quién se dirige?
A la ACAJACE
¿Cuándo se emite la autorización?
Dentro de los 15 días hábiles siguientes, contados a partir de la fecha de recepción de la solicitud.
¿Qué documento se obtiene?
Autorización para llevar a cabo el retorno de vehículos.
Requisitos:
1.     Copia del permiso de Importación temporal vencido.
2.     Copia de la garantía constituida al internar el vehículo de referencia (recibo de pago expedido por BANJERCITO).
3.     Copia del título de Propiedad (acreditar la propiedad del vehículo de referencia) a nombre del importador.
4.     Copia del documento que acredite el domicilio del solicitante.
5.     Copia del pasaporte del importador.
6.     Copia de la licencia de conducir del importador, así como las personas autorizadas para conducir el vehículo para su retorno al extranjero.
7.     Copia de la forma migratoria múltiple, en la cual se desprende la calidad migratoria de turista del importador.
8.     En caso de que sean diferente persona el propietario del importador, éste último deberá otorgar una carta poder a fin de que el importador pueda hacer el trámite de referencia.
9.     Copia de la escritura pública o carta poder mediante la cual se acredite la representación legal.
10.   Copia de la Identificación oficial del representante legal o de la persona física que presente la solicitud.
11.   Manifestación bajo protesta de decir verdad que el vehículo descrito no se encuentra sujeto a ningún procedimiento administrativo en materia aduanera.
Excepcionalmente, se podrá otorgar la autorización de referencia por segunda ocasión, a quienes, por caso fortuito o fuerza mayor, no pudieron realizar el retorno dentro de los cinco días hábiles señalados anteriormente, siempre que demuestren estos hechos y hagan entrega a la autoridad competente, del oficio original por el que se hubiere otorgado la primera autorización.
Nota.
En todos los casos, es obligación del interesado presentar el holograma y el permiso de importación temporal o, declaración bajo protesta de decir verdad en escrito libre en los términos de la regla 1.2.2., en el cual se indique la causa por la cual no se presenta el holograma, el permiso, o ambos; lo anterior, a fin de que el personal de BANJERCITO registre la salida, o en su caso la cancelación del permiso.
Si se observa que se omitió alguna información o documentación, se efectuará un requerimiento al interesado, a fin de que en un plazo de 10 días, en términos de los artículos 18 y 18-A del CFF, presente la información o documentación faltante, de no atenderse el requerimiento en el plazo señalado se tendrá por no presentada la solicitud de autorización.
Todos los trámites relacionados con esta solicitud, serán gratuitos.
¿Qué procede una vez obtenida dicha autorización?
Cuenta con 5 días hábiles para retornar el vehículo, contados a partir de que se notifique la autorización.
Disposiciones jurídicas aplicables:
Artículo 182, fracción II y183, fracción II de la Ley.
 
Objetivo:
Obtener una resolución administrativa que resuelva la correcta clasificación arancelaria de la mercancía a importar o exportar, la cual será aplicable para operaciones realizadas con posterioridad a la presentación de la consulta.
Interesados:
Los importadores, exportadores y agentes o apoderados aduanales.
Forma de presentación:
Mediante escrito libre.
Lugar de presentación:
Ante la ACNCEA.
Plazo para presentarla:
En cualquier momento previamente a la operación de importación o exportación de mercancías de comercio exterior.
Modalidades:
I.     Cuando exista duda de que la mercancía se puede clasificar en más de una fracción arancelaria.
II.     Cuando se desconozca por completo la fracción arancelaria en la cual se ubica la mercancía de comercio exterior.
Requisitos:
I.     Cuando exista duda de que la mercancía se puede clasificar en más de una fracción arancelaria.
1.     Cumplir con lo dispuesto por los artículos 18, 18-A y 19 del Código.
2.     Señalar la fracción arancelaria que se considera aplicable y las razones que sustenten su apreciación.
3.     Señalar la fracción o fracciones con las que exista duda, y
4.     Anexar los elementos que permitan identificar plenamente a la mercancía para estar en condiciones de establecer su correcta clasificación arancelaria (muestras, catálogos, fotografías, planos, características técnicas, etc.).
II.     Cuando se desconozca por completo la fracción arancelaria en la cual se ubica la mercancía de comercio exterior.
1.     Cumplir con lo dispuesto por los artículos 18, 18-A y 19 del Código, y
2.     Anexar los elementos que permitan identificar plenamente a la mercancía para estar en condiciones de establecer su correcta clasificación arancelaria (muestras, catálogos, fotografías, planos, características técnicas, etc.).
En ambos casos, la solicitud también deberá ir acompañada de los siguientes documentos:
1.     Original o copia certificada para cotejo del poder general para actos de administración del representante legal de la persona que consulta cuando se trate de promociones que no se presenten por propio derecho.
2.     Original o copia certificada para cotejo de la identificación oficial vigente del representante legal de quien promueve o de la persona que lo hace por propio derecho.
3.     Documentación que ilustre y describa de manera detallada sus características físicas, técnicas, en forma cuantitativa y cualitativa.
4.     Muestras de las mercancías objeto de consulta. En caso de no contar con la muestra o que por sus características de tamaño, uso o manejo especial, sea imposible su exhibición física, deberá presentar documentación que ilustre y describa de manera detallada sus características.
5.     Catálogos, fichas técnicas, etiquetas y en general toda la documentación que ilustre y describa de manera detallada las características de la mercancía.
6.     Cuando se trate de mercancías en las que sea necesario el análisis de carácter científico y técnico por parte de la ACAJA de la AGA, deberá anexarse el comprobante de pago realizado a través del esquema electrónico e5cinco, en donde conste el pago por el servicio de análisis de laboratorio, por cada muestra a analizar, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de la LFD.
Disposiciones jurídicas aplicables:
Artículos 47 de la Ley, 18, 18-A, 19 y 34 del Código y la regla 1.2.6.
 
 

 
A. Inscripción en el Padrón de Importadores.
¿Quiénes lo realizan?
Las personas físicas y morales que pretenden importar mercancías a territorio nacional.
¿Cómo se realiza?
Mediante el formato electrónico denominado "Inscripción al Padrón de Importadores".
¿Cómo se presenta?
A través de internet en el Portal del SAT, accediendo a: Trámites/RFC/Importadores y Sectores Específicos, con el uso de su FIEL o contraseña.
¿Cuándo se presenta?
Cuando se requiera el registro como importador.
Requisitos:
1. Los señalados en el primer párrafo, fracciones I, II, III y IV del artículo 82 del Reglamento.
Para los efectos de la fracción III, en relación con la fracción IV del artículo 82 del Reglamento, la constancia de cumplimiento de las obligaciones fiscales prevista en el artículo 32-D del CFF, debe de ser en sentido positivo.
2. El domicilio fiscal y el contribuyente, deben estar localizados o en proceso de verificación.
3. Acuse que acredite que actualizó su correo electrónico para efectos del buzón tributario.
4. Para el caso de personas físicas, acreditar que realizan actividades empresariales en términos del Título II, Capítulo VIII y Título IV, Capítulo II, Secciones I y II de la LISR.
¿A quiénes se debe registrar en el formato electrónico?
Al agente o apoderado aduanal que realizarán sus operaciones de comercio exterior, en cumplimiento a la obligación prevista en el artículo 59, fracción III, segundo párrafo de la Ley.
 
¿Cómo se da a conocer el resultado de la solicitud y en qué plazo?
A través de internet en el Portal del SAT, accediendo a: Trámites/RFC/Importadores y Sectores Específicos, con el uso de su FIEL o contraseña.
A través del 01-800 INFOSAT (4636728), opciones 7-1-1, de lunes a viernes de 8:00 a 21:00 hrs, se brindará asesoría sobre requisitos, documentación soporte y el estatus de sus trámites.
También podrá enviar un caso de aclaración denominado INSCRIPCION_PGIYSE_ EXS, conforme a la Guía rápida para la operación de casos de aclaración, orientación y servicio o solicitud, en relación a trámites del Padrón de Importadores y Exportadores, publicada en internet en el Portal del SAT, en la sección de "Aduanas", en el apartado de "Tramites y Autorizaciones", opción "Guía de Trámites para Padrones", el plazo de atención será en un término no mayor a 10 días.
Además de las opciones anteriores usted podrá asistir a cualquiera de las 67 ADSC, para consultar el estatus de sus trámites, preferentemente con cita y deberá acreditar el interés jurídico que representa.
B. Inscripción al Padrón de Importadores de Sectores Específicos.
¿Quiénes lo realizan?
Los contribuyentes que requieran importar de manera temporal o definitiva o destinar a los regímenes de depósito fiscal, de elaboración o reparación en recinto fiscalizado y de recinto fiscalizado estratégico, las mercancías de las fracciones arancelarias listadas en el apartado A del Anexo 10.
¿Cómo se genera la solicitud?
Mediante internet en el Portal del SAT, accediendo a: Trámites/RFC/Importadores y Sectores Específicos, con el uso de su FIEL o contraseña.
¿En qué casos no procede la inscripción?
Cuando las personas físicas o morales, se ubiquen en cualquiera de los supuestos señalados en el artículo 84 del Reglamento.
 
Requisitos:
1.     El señalado en el artículo 82, segundo párrafo, fracciones I y II del Reglamento, así como los demás requisitos previstos en el apartado A del presente instructivo.
2.     Tratándose de las fracciones arancelarias listadas en el Sector 2 del apartado A del Anexo 10, se deberá anexar a la solicitud en forma digitalizada cualquiera de los siguientes documentos emitidos por la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias de la SENER:
a)    Autorización para Adquisición y Transferencia.
b)    Autorización para Prestadores de Servicio.
c)    Licencia de Operación.
d)    Licencia para Posesión y Uso de Material.
e)    Autorización de importación de material no nuclear especificado. (Únicamente para la importación de Grafito con pureza de grado nuclear que no será utilizado con fines nucleares, clasificado en las fracciones arancelarias 3801.10.01 y 3801.10.99).
3.     Tratándose de las fracciones arancelarias listadas en el Sector 9 del Apartado A del Anexo 10, se deberá adjuntar:
a)    Relación, bajo protesta de decir verdad, que contenga el nombre o denominación o razón social y RFC válido de los 10 principales clientes de los importadores. El aplicativo que permite validar la clave del RFC, se encuentra en el portal del SAT, sección "Trámites y Servicios", consultas, verificación de autenticidad, RFC.
b)    Licencia sanitaria vigente para establecimientos que produzcan, fabriquen o importen productos del tabaco, otorgada por la Comisión Federal para la Protección de Riesgos Sanitarios (COFEPRIS).
c)    Estar inscrito en el Anexo 11 de la RMF.
Para adjuntar la información requerida una vez que el contribuyente presentó su trámite de inscripción, deberá enviar un caso de aclaración denominado INSCRIPCION_PGIYSE_EXS, conforme a la Guía rápida para la operación de casos de aclaración, orientación y servicio o solicitud, en relación a trámites del Padrón de Importadores y Exportadores, publicada internet en el Portal del SAT, en la sección de "Aduanas", en el apartado de "Trámites y Autorizaciones", opción "Guía de Trámites para Padrones", anexando la documentación que se indica en los incisos a), b) y c). En caso de no enviar estos requisitos el mismo día de presentación de la solicitud de inscripción, se tendrán por no presentados.
4.     Tratándose de las fracciones arancelarias listadas en el Sector 10 del apartado A del Anexo 10, se deberá adjuntar:
a)    Copia simple del acta constitutiva y poder notarial así como la constancia de cumplimiento del artículo 32-D del Código con opinión positiva de la persona física o moral, en caso de ser persona moral deberá adjuntar adicionalmente la de los socios, accionistas y representante legal.
b)    No encontrarse al momento de ingresar la solicitud en el listado de empresas publicadas por el SAT en términos de los artículos 69 y 69-B, tercer párrafo del Código, con excepción de lo dispuesto en la fracción VI del referido artículo 69.
c)    Acuse que acredite que tiene dados de alta ante el RFC el domicilio de sus bodegas y sucursales donde mantendrán las mercancías importadas.
d)    Listado de los CFDI expedidos en los últimos 2 meses, por concepto de las remuneraciones a que se refiere el Capítulo I del Título IV de la LISR en términos del artículo 29, primer párrafo del Código.
 
5.     Tratándose de las fracciones arancelarias listadas en el Sector 11 del Apartado A del Anexo 10, se deberá:
a)    Anexar escrito libre en hoja membretada, en el que bajo protesta de decir verdad se relacione el nombre completo y RFC válido de los socios, accionistas y representantes legales actuales de la empresa, conforme a lo que se tenga asentado en las actas protocolizadas ante fedatario público; en caso de tener socios o accionistas extranjeros, anexar el comprobante del aviso que refiere el artículo 27 del Código, e indicar el número de identificación fiscal correspondiente. La autoridad procederá a verificar que tanto la persona física o moral que promueve, los socios, accionistas y representantes legales cuenten con la Opinión de Cumplimiento del artículo 32-D del Código en sentido positiva.
b)    No encontrarse en el listado de empresas publicadas por el SAT en términos de los artículos 69 y 69-B, tercer párrafo del Código, con excepción de lo dispuesto en la fracción VI del referido artículo 69.
c)    Escrito libre en hoja membretada, en el que bajo protesta de decir verdad se relacione el domicilio completo (Calle, número exterior, número interior, colonia, código postal, municipio o delegación, y entidad federativa) de las bodegas y sucursales donde se mantendrán las mercancías importadas. Dichos domicilios deberán encontrarse dados de alta y activos ante el RFC.
d)      Escrito libre en hoja membretada, en el que bajo protesta de decir verdad se relacione el nombre completo, RFC válido y número de seguridad social del personal al cual el contribuyente actualmente expida CFDI por concepto de las remuneraciones a que se refiere el Capítulo I del Título IV de la LISR en términos del artículo 29, primer párrafo del Código. En caso de que se haya contratado a un tercero para que lleve a cabo la contratación, administración y remuneración de los trabajadores, se deberá indicar la Razón Social y el RFC de dicho contribuyente.
¿Cómo se dará a conocer el resultado de la solicitud y en qué plazo?
A través de internet en el Portal del SAT, accediendo a: Trámites/RFC/Importadores y Sectores Específicos, con el uso de su FIEL o contraseña.
A través del 01-800 INFOSAT (4636728), opciones 7-1-2, de lunes a viernes de 8:00 a 21:00 hrs, se brindará asesoría sobre requisitos, documentación soporte y el estatus de sus trámites.
También podrá enviar un caso de aclaración a través de la opción "Mi portal", conforme a la Guía rápida para la operación de casos de aclaración, en relación a trámites del Padrón de Importadores y Exportadores, publicada internet en el Portal del SAT, en la sección de "Aduanas", en el apartado de "Tramites y Autorizaciones", opción "Guía de Trámites para Padrones", el plazo de atención será en un término no mayor a 10 días.
Además de las opciones anteriores usted podrá asistir a cualquiera de las 67 Administraciones Desconcentradas de Servicios al Contribuyente, para consultar el estatus de sus trámites, preferentemente con cita y deberá acreditar el interés jurídico que representa.
¿Qué procede en caso de que la solicitud haya sido rechazada?
El importador podrá generar nuevamente su solicitud, subsanando las inconsistencias observadas.
Disposiciones jurídicas aplicables:
Artículos 59, fracciones III y IV de la Ley, 84 del Reglamento y la regla 1.3.2.
 
 

 
¿Quiénes lo realizan?
Las personas físicas y morales que se encuentren suspendidas en el Padrón de Importadores y/o en el Padrón de Importadores de Sectores Específicos.
¿Cómo se realiza?
A través de internet en el Portal del SAT, accediendo a: Trámites/RFC/Importadores y Sectores Específicos, con el uso de su FIEL o contraseña.
¿En qué casos se envía documentación adicional?
Cuando el contribuyente requiera presentar o enviar documentación para subsanar la irregularidad, por la cual fue suspendido.
¿Dónde se presenta o envía la documentación?
A través de internet en el Portal del SAT, accediendo a: Trámites/RFC/Importadores y Sectores Específicos, con el uso de su FIEL o contraseña.
Al momento de presentar su trámite, podrá enviar su documentación mediante un caso de aclaración denominado REINCORPORACION_PGIYSE_ EXS, conforme a la Guía rápida para la operación de casos de aclaración, orientación y servicio o solicitud, en relación a trámites del Padrón de Importadores y Exportadores, publicada en el Portal del SAT, en la sección de "Aduanas", en el apartado de "Trámites y Autorizaciones", opción "Guía de Trámites para Padrones".
Además de las opciones anteriores, usted podrá presentar directamente a la Oficialía Partes de la ACOP ubicada en Av. Paseo de la Reforma No. 10, PB, Edificio Torre Caballito, Col. Tabacalera, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06030, México, D.F., en un término no mayor a 2 días hábiles contados a partir del registro de la solicitud.
 
Requisitos:
1.   Documentación con la que acredite que ya quedó subsanada la irregularidad por la que fue suspendido el contribuyente en el Padrón de Importadores y/o en el Padrón de Importadores de Sectores Específicos.
2.   Contar con la opinión positiva del cumplimiento de obligaciones fiscales vigente, prevista en el artículo 32-D del Código.
3.   Estar inscrito en el RFC en alguno de los siguientes supuestos:
a)     Los que tributen bajo el régimen general de la LISR.
b)     Los que efectúen importaciones al amparo de los decretos que dicte el Ejecutivo Federal, por los que se establece el esquema arancelario de transición al régimen comercial general del país, de región o franja fronteriza.
c)     Los que tributen en el régimen de actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras, así como en el régimen de los coordinados, siempre que sus ingresos en el ejercicio inmediato anterior hubieran exedido de $1,572,551.00.
d)     Las personas morales no contribuyentes.
4.   Para la reincorporación del Sector 2 del Apartado A del Anexo 10, se deberá anexar a la solicitud en forma digitalizada cualquiera de los siguientes documentos emitidos por la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias de la SENER:
a)     Autorización para Adquisición y Transferencia.
b)     Autorización para Prestadores de Servicio.
c)     Licencia de Operación.
d)     Licencia para Posesión y Uso de Material.
e)     Autorización de importación de material no nuclear especificado. (Únicamente para la importación de Grafito con pureza de grado nuclear que no será utilizado con fines nucleares, clasificado en las fracciones arancelarias 3801.10.01 y 3801.10.99).
 
5.   Tratándose de las fracciones arancelarias listadas en el Sector 9 del apartado A del Anexo 10, se deberá adjuntar:
a)     Relación, bajo protesta de decir verdad, que contenga el nombre o denominación o razón social y RFC válido de los 10 principales clientes de los importadores. El aplicativo que permite validar la clave del RFC, se encuentra en internet en el Portal de del SAT, sección "Trámites y Servicios", consultas, verificación de autenticidad, RFC.
b)     Licencia sanitaria vigente para establecimientos que produzcan, fabriquen o importen productos del tabaco, otorgada por la COFEPRIS.
c)     Estar inscrito en el Anexo 11 de la RMF.
6.   Tratándose de las fracciones arancelarias listadas en el Sector 10 del apartado A del Anexo 10, se deberá adjuntar:
a)     Copia simple del acta constitutiva y poder notarial así como la constancia de cumplimiento del artículo 32-D del Código, con opinión positiva de la persona física o moral, en caso de ser persona moral deberá adjuntar adicionalmente la de los socios, accionistas y representante legal.
b)     No encontrarse al momento de ingresar la solicitud en el listado de empresas publicadas por el SAT, en términos de los artículos 69 y 69-B, tercer párrafo del Código, con excepción de lo dispuesto en la fracción VI del referido artículo 69.
c)     Acuse que acredite que tiene dados de alta ante el RFC el domicilio de sus bodegas y sucursales donde mantendrán las mercancías importadas.
d)     Listado de los CFDI expedidos en los últimos 2 meses, por concepto de las remuneraciones a que se refiere el Capítulo I del Título IV de la LISR, en términos del artículo 29, primer párrafo del Código.
7.   Tratándose de las fracciones arancelarias listadas en el Sector 11 del Apartado A del Anexo 10, se deberá:
a)     Anexar escrito libre en hoja membretada, en el que bajo protesta de decir verdad se relacione el nombre completo y RFC válido de los socios, accionistas y representantes legales actuales de la empresa, conforme a lo que se tenga asentado en las actas protocolizadas ante fedatario público; en caso de tener socios o accionistas extranjeros, anexar el comprobante del aviso que refiere el artículo 27 del Código, e indicar el número de identificación fiscal correspondiente. La autoridad procederá a verificar que tanto la persona física o moral que promueve, los socios, accionistas y representantes legales, cuenten con la opinión de cumplimiento del artículo 32-D del Código en sentido positiva.
 
b)    No encontrarse en el listado de empresas publicadas por el SAT, en términos de los artículos 69 y 69-B, tercer párrafo del Código, con excepción de lo dispuesto en la fracción VI del referido artículo 69.
c)     Escrito libre en hoja membretada, en el que bajo protesta de decir verdad, se relacione el domicilio completo (Calle, número exterior, número interior, colonia, código postal, municipio o delegación y entidad federativa) de las bodegas y sucursales donde se mantendrán las mercancías importadas. Dichos domicilios deberán encontrarse dados de alta y activos ante el RFC.
d)    Escrito libre en hoja membretada, en el que bajo protesta de decir verdad, se relacione el nombre completo, RFC válido y número de seguridad social del personal al cual el contribuyente actualmente expida CFDI, por concepto de las remuneraciones a que se refiere el Capítulo I del Título IV de la LISR, en términos del artículo 29, primer párrafo del Código. En caso de que se haya contratado a un tercero para que lleve a cabo la contratación, administración y remuneración de los trabajadores, se deberá indicar la Razón Social y el RFC de dicho contribuyente.
 
¿Cómo se dará a conocer el resultado de la solicitud y en qué plazo?
A través de internet en el Portal del SAT, accediendo a: Trámites/RFC/Importadores y Sectores Específicos, con el uso de su FIEL o contraseña, en un término no mayor a 30 días naturales, contados a partir del día siguiente de la recepción de la solicitud.
A través del 01-800 INFOSAT (4636728), opciones 7-1-1, de lunes a viernes de 8:00 a 21:00 hrs, se brindará asesoría sobre requisitos, documentación soporte y el estatus de sus trámites.
También podrá enviar un caso de aclaración denominado REINCORPORACION_PGIYSE_ EXS, conforme a la Guía rápida para la operación de casos de aclaración, orientación y servicio o solicitud, en relación a trámites del Padrón de Importadores y Exportadores, publicada en internet en el Portal del SAT, en la sección de "Aduanas", en el apartado de "Tramites y Autorizaciones", opción "Guía de Trámites para Padrones", el plazo de atención será en un término no mayor a 10 días.
Además de las opciones anteriores usted podrá asistir a cualquiera de las 67 ADSC, para consultar el estatus de sus trámites, preferentemente con cita y deberá acreditar el interés jurídico que representa.
¿Qué procede si la solicitud es rechazada?
El importador podrá generar de forma electrónica nuevamente su solicitud, subsanando las inconsistencias observadas.
Disposiciones jurídicas aplicables:
Artículos 59, fracción IV de la Ley, 85 del Reglamento y la regla 1.3.4.
 

 
A. AUTORIZACIÓN.
¿Quiénes lo realizan?
Agentes aduanales que no se encuentren sujetos a procedimiento de suspensión, cancelación o extinción de su patente.
¿Cómo se presenta?
Mediante escrito libre de conformidad con la regla 1.2.2., con la firma autógrafa del agente aduanal, así como la de los aspirantes a ser designados como sus mandatarios.
¿Dónde se presenta?
Ante la ACAJA de manera personal o se envía a través del servicio de mensajería.
¿Qué documento se obtiene?
Autorización de mandatario de agente aduanal.
¿Cuándo se presenta?
En los casos en que el Agente Aduanal se encuentre interesado en obtener la autorización de los Mandatarios que lo representen para promover y tramitar el despacho.
Requisitos:
1.     Nombre completo, RFC y CURP del Agente Aduanal.
2.     Número de patente.
3.     Aduana de adscripción y número de autorización para actuar ante aduanas adicionales, en su caso, aduanas autorizadas.
4.     Domicilio desde el que transmita para validación de los pedimentos en cada una de las aduanas autorizadas.
5.     Nombre de las personas que han fungido como sus representantes o mandatarios, el periodo en el cual tuvieron dicho carácter y las aduanas ante las cuales actuaron.
6.     Domicilio para oír y recibir notificaciones y su dirección de correo electrónico.
7.     Nombre completo, RFC, CURP, dirección de correo electrónico y el domicilio particular de cada uno de los aspirantes a mandatarios.
8.     En el caso de que los mismos hayan fungido como representantes o mandatarios de otro agente aduanal, se deberá indicar el nombre de éste, especificando el periodo y las aduanas ante las cuales actuaron como representantes o mandatarios.
9.     Nombre de la aduana ante la cual el mandatario promoverá el despacho de su representación.
      Manifestar la opción elegida conforme a lo siguiente:
1.     Que su aspirante sustente un examen que constará de dos etapas, una de conocimientos y la otra psicotécnica que aplicará el SAT, o
2.     Que su aspirante sustente únicamente la etapa psicotécnica que determine la AGA, siempre que el aspirante cuente con la certificación de la NTCL, emitida mediante publicación en el DOF por el CONOCER.
 
 
       De acuerdo a la opción manifestada por el agente aduanal, el aspirante deberá cumplir con lo siguiente:
a)    Cuando el agente aduanal hubiera manifestado en su solicitud, la opción señalada en el numeral 1, el aspirante deberá presentarse a sustentar la etapa de conocimientos en la fecha, lugar y hora que previamente la ACAJA le notifique al agente aduanal. En caso de que el aspirante apruebe la etapa de conocimientos, estará en posibilidad de presentar la etapa psicotécnica, en la fecha, lugar y hora que dicha autoridad le señale para tal efecto.
       A fin de sustentar la etapa de conocimientos y, en su caso, la psicotécnica, el aspirante deberá presentar la copia del comprobante de pago realizado a través del esquema electrónico e5cinco, a que hace referencia la regla 1.1.3., en la cual se haga constar el pago del derecho por concepto de examen para aspirante a mandatario de agente aduanal que corresponda a cada una de las etapas en los términos del artículo 51, fracción III, incisos a) y b) de la LFD.
b)    Cuando el agente aduanal hubiera manifestado en su solicitud, la opción señalada en el numeral 2, se estará a lo siguiente:
1.     La ACAJA determinará el nombre de los aspirantes que deberán presentarse ante el SAT a sustentar la etapa psicotécnica, para lo cual se notificará al agente aduanal, la fecha, lugar y hora, en que deberá presentarse el aspirante a sustentar dicha etapa con la copia del comprobante de pago realizado a través del esquema electrónico e5cinco, a que hace referencia la regla 1.1.3., en la cual se haga constar el pago del derecho por concepto de examen para aspirante a mandatario de agente aduanal correspondiente a la etapa psicotécnica a que se refiere el artículo 51, fracción III, inciso b) de la LFD.
2.     En los casos en que los aspirantes no sean seleccionados por la ACAJA para sustentar la etapa psicotécnica, el organismo de certificación acreditado por el CONOCER, deberá informar al agente aduanal el nombre de los aspirantes a mandatarios que deberán presentarse a aplicar la etapa psicotécnica con ese organismo, el cual deberá proporcionar en un plazo máximo de un mes a la ACAJA el resultado, así como el soporte documental de las pruebas psicológicas que se le hubieran aplicado a los aspirantes a efecto de cumplir con la etapa psicotécnica.
 
      La solicitud deberá ir acompañada de los siguientes documentos:
1.     Constancia en original, con la cual se acredite que el aspirante cuenta con experiencia en materia aduanera mayor de tres años y que contenga los datos generales de la persona física o moral que la expide.
2.     Currículum vítae actualizado del aspirante a mandatario.
3.     Copia de la constancia de relación laboral existente entre el aspirante a mandatario y el agente aduanal, la cual podrá ser la inscripción en el IMSS, al SAR o bien, del contrato de prestación de servicios.
4.     Copia de la cédula de identificación fiscal o constancia de registro fiscal del aspirante a mandatario.
5.     Copia de la CURP del aspirante a mandatario.
6.     Copia certificada del poder notarial que le otorgue el agente aduanal a los aspirantes a mandatarios, debiendo señalar que dicho poder se otorga para que lo representen en los actos relativos al despacho de mercancías, en las aduanas ante las cuales se encuentra autorizado, sin señalar el nombre de dichas aduanas a fin de que el aspirante a mandatario lo pueda representar en las aduanas autorizadas que designe, aun cuando lleve a cabo la modificación de sus aduanas adicionales.
7.     En los casos en que el agente aduanal hubiera manifestado en su solicitud, la opción señalada en el numeral 1 del presente Instructivo, deberá anexar el original del Certificado de Competencia Laboral, emitido por el organismo de certificación acreditado por el CONOCER, o bien, copia certificada por Notario Público del ejemplar original, el cual deberá haber sido expedido, dentro de los doce meses anteriores a la presentación de la solicitud.
8.     Disco compacto en el formato que cumpla con los lineamientos que determine la AGCTI para el SIREMA en la página electrónica www.sat.gob.mx.
 
B. PRÓRROGA.
¿Quiénes lo presentan?
Agentes aduanales que se encuentren activos en el ejercicio de sus funciones.
¿Cómo se presenta?
Mediante escrito libre con la firma autógrafa del agente aduanal, así como la del mandatario.
¿Dónde se presenta?
Ante la ACAJA de manera personal o se envía a través del servicio de mensajería.
¿Qué documento se obtiene?
Prórroga a la Autorización de Mandatario de Agente Aduanal.
¿Cuándo se presenta?
Un mes antes del vencimiento de la última autorización o prórroga otorgada al Mandatario.
 
Requisitos:
1.     Nombre completo, RFC y CURP del Agente Aduanal.
2.     Número de patente.
3.     Aduana de adscripción y número de autorización para actuar ante aduanas adicionales, en su caso, aduanas autorizadas.
4.     Domicilio para oír y recibir notificaciones y su dirección de correo electrónico.
-      Manifestar la opción elegida conforme a lo siguiente:
1.     Que su mandatario acredita el cumplimiento de la NTCL, para lo cual deberá anexar el original del Certificado de Competencia Laboral, emitido por el organismo de certificación acreditado por el CONOCER, o bien, copia certificada por Notario Público del ejemplar original, mismo que deberá tener una fecha de expedición no mayor a tres meses anteriores a la fecha del vencimiento de la autorización.
2.     Que su mandatario presentará la etapa de conocimientos, para efecto de que la ACAJA notifique oportunamente al agente aduanal, la fecha, lugar y hora en que su mandatario deberá presentarse a sustentar dicha etapa, debiendo anexar la copia del comprobante de pago realizado a través del esquema electrónico e5cinco, a que hace referencia la regla 1.1.3., en la cual se haga constar el pago del derecho correspondiente a que se refiere el artículo 51, fracción III, inciso a) de la LFD.
-      La solicitud deberá ir acompañada de los siguientes documentos:
       Copia del comprobante de pago realizado a través del esquema electrónico e5cinco, a que hace referencia la regla 1.1.3., en el cual se haga constar el pago del derecho por concepto de prórroga a la autorización de mandatario de agente aduanal, conforme a lo establecido en el penúltimo párrafo del artículo 40 de la LFD.
Disposiciones jurídicas aplicables:
Artículo 160, fracción VI de la Ley y reglas 1.2.2. y 1.4.2.

 
¿Quiénes lo realizan?
Los agentes aduanales que hubieran obtenido su patente, en virtud del fallecimiento, incapacidad permanente o retiro voluntario del agente aduanal que sustituye, y que no se encuentren sujetos a procedimiento de suspensión, cancelación o extinción de su patente.
¿Cómo se realiza?
Mediante escrito libre de conformidad con la regla 1.2.2., con la firma autógrafa del agente aduanal, así como la del mandatario.
¿Dónde se presenta?
Ante la ACAJA de manera personal o se envía a través del servicio de mensajería.
¿Qué documento se obtiene?
Autorización de mandatario de agente aduanal.
¿Cuándo se presenta?
Cuando el agente aduanal se encuentre interesado en designar como mandatarios, a las personas que se encontraban autorizadas para fungir como mandatarios, en el momento en que se dio el supuesto de fallecimiento, incapacidad permanente o retiro voluntario del agente aduanal de cuya patente obtienen.
Requisitos:
1.     Nombre completo, RFC y CURP del agente aduanal.
2.     Número de patente.
3.     Aduana de adscripción y número de autorización para actuar ante aduanas adicionales, en su caso, aduanas autorizadas.
4.     Domicilio fiscal.
5.     Domicilio para oír y recibir notificaciones, teléfono y dirección de correo electrónico.
6.     Nombre completo, RFC, CURP y dirección de correo electrónico del mandatario.
7.     Nombre de la aduana ante la cual el mandatario promoverá el despacho de su representación.
      La solicitud deberá ir acompañada de los siguientes documentos:
1.     Copia certificada del poder notarial que le otorgue el agente aduanal a los mandatarios, debiendo señalar que dicho poder se otorga para que lo representen en los actos relativos al despacho de mercancías, en las aduanas ante las cuales se encuentra autorizado, sin señalar el nombre de dichas aduanas, a fin de que el aspirante a mandatario lo pueda representar en las aduanas autorizadas que designe, aun cuando lleve a cabo la modificación de sus aduanas adicionales.
2.     Copia del comprobante de pago realizado a través del esquema electrónico e5cinco, a que hace referencia la regla 1.1.3., en la cual se haga constar el pago del derecho que corresponda a la fecha de la emisión de la autorización, por concepto de la autorización de mandatario de agente aduanal a que se refiere el artículo 40, inciso n) de la LFD.
3.     SIREMA que cumpla con los lineamientos que determine la AGCTI, en la página electrónica www.sat.gob.mx.
Disposiciones jurídicas aplicables:
Artículo 160, fracción VI de la Ley y reglas 1.2.2. y 1.4.3.
 

 
¿Quiénes lo realizan?
Agentes aduanales que no se encuentren sujetos a procedimiento de suspensión, cancelación o extinción de su patente.
¿Cómo se realiza?
Mediante escrito libre de conformidad con la regla 1.2.2., con la firma autógrafa del agente aduanal.
¿Dónde se presenta?
Ante la ACAJA de manera personal o se envía a través del servicio de mensajería.
¿Qué documento se obtiene?
Acuerdo de autorización de aduana adicional.
¿Cuándo se presenta?
En los casos en que el agente aduanal se encuentre interesado en obtener la autorización para actuar en una aduana adicional a la de su adscripción, con un máximo de 3 aduanas adicionales.
¿Qué procede en caso de que los datos estén incompletos o presenten inconsistencias?
La ACAJA, podrá dar aviso al agente aduanal vía correo electrónico de esta circunstancia, a la dirección que, en su caso, haya indicado en su solicitud, a efecto de que las subsane presentando un escrito conforme al presente instructivo.
Requisitos:
1.   Nombre completo, RFC y CURP.
2.   Número de patente.
3.   Aduana de adscripción y número de autorización para actuar ante aduanas adicionales, en su caso.
4.   Domicilio fiscal.
5.   Dirección de correo electrónico.
6.   Número telefónico de sus oficinas.
7.   Domicilio para oír y recibir notificaciones.
8.   Denominación o razón social, RFC y domicilio fiscal de las sociedades que hubiera constituido para facilitar la prestación de sus servicios.
9.   Aduana adicional en la que desea actuar.
10.  Domicilio para oír y recibir notificaciones dentro de la circunscripción de la aduana donde desea actuar.
11.  Domicilio para oír y recibir notificaciones de la aduana de adscripción y en su caso de las aduanas adicionales autorizadas en las que opera.
12.  En caso de sustitución de alguna de las tres aduanas adicionales autorizadas, se deberá señalar la aduana o aduanas que serán sustituidas.
Disposiciones jurídicas aplicables:
Artículo 161 de la Ley y reglas 1.2.2. y 1.4.6.

 
¿Quiénes lo realizan?
Agentes aduanales que constituyan o se incorporen a sociedades para facilitar la prestación de sus servicios.
¿Cómo se realiza?
Mediante escrito libre de conformidad con la regla 1.2.2., con la firma autógrafa del Agente Aduanal.
¿Dónde se presenta?
Ante la ACAJA de manera personal o se envía a través del servicio de mensajería.
¿En qué casos se presenta?
Cuando los Agentes Aduanales constituyan o modifiquen una sociedad que tenga por objeto facilitar la prestación de sus servicios, o se incorporen a alguna sociedad constituida para esos efectos.
¿Cuándo se presenta?
Dentro de los 15 días siguientes a aquél en que se hubiera constituido la sociedad de que se trate.
¿Quién puede presentar el aviso de la sociedad que se constituye cuando ésta esté constituida por varios agentes aduanales?
Cualquiera de los agentes aduanales que la integran, dentro del plazo establecido, señalando en su escrito libre el nombre de los agentes aduanales que forman parte de la sociedad y se tendrá por cumplida la obligación prevista en el artículo 162, fracción XII de la Ley, únicamente para los agentes aduanales que se mencionen en el escrito.
¿Qué documentación se debe presentar por cada sociedad de la cual se esté dando aviso?
Copia certificada del acta constitutiva de la sociedad y, en su caso, el instrumento notarial, donde conste que la sociedad está integrada por mexicanos, así como que la sociedad y sus socios, salvo los propios agentes aduanales, no adquirirán derecho alguno sobre la patente, ni disfrutarán de los derechos que la Ley confiere a los agentes aduanales.
¿Cuándo se debe presentar la documentación por cada sociedad de la cual se esté dando aviso?
Anexa al aviso a que se refiere el presente instructivo o a más tardar dentro de los dos meses siguientes a la fecha de la presentación de dicho aviso.
 
 
¿En qué casos se debe dar aviso por modificación a las sociedades constituidas por los agentes aduanales para facilitar la prestación de sus servicios?
1. Por cambio de denominación, razón social, domicilio fiscal, clave del RFC, objeto social de la sociedad, o bien de los socios que la integran.
2. Cuando se modifique el objeto social de la sociedad, para no facilitar la prestación de los servicios de la patente de alguno de los agentes aduanales que forman parte.
¿Cómo se presenta el aviso por modificación a las sociedades?
Mediante escrito libre de conformidad con la regla 1.2.2, presentado por alguno de los agentes aduanales integrantes de la sociedad o por el agente aduanal involucrado en el supuesto del numeral 2.
¿Cuándo se debe presentar el aviso por modificación a las sociedades?
Dentro de los 15 días siguientes a aquél en que se efectúe dicho cambio.
¿Qué se debe presentar con el aviso por modificación a las sociedades?
Copia certificada del instrumento notarial en el cual conste la modificación correspondiente, así como copia simple de la nueva cédula de identificación fiscal, en caso de cambio de denominación o razón social.
¿Cuándo se debe presentar el aviso en el supuesto de que algún agente aduanal se incorpore a una sociedad previamente constituida?
Dentro de los 15 días siguientes a la referida incorporación.
 
¿Qué documentación se debe presentar con el aviso en el supuesto de que algún agente aduanal se incorpore a una sociedad previamente constituida?
Adicionalmente se deberá presentar copia certificada del instrumento notarial en el cual conste que dicha incorporación tuvo como objeto facilitar la prestación de sus servicios.
¿Quién puede presentar el aviso en el supuesto de que se incorpore a la sociedad más de un agente aduanal?
Alguno de los agentes aduanales que se incorporen, señalando en su escrito el nombre de los agentes aduanales que se incorporan, y se tendrá por cumplida la obligación prevista en el artículo 162, fracción XII de la Ley, únicamente para los agentes aduanales que se mencionen en el escrito.
¿Cuándo se debe presentar la documentación en el supuesto de que se incorpore más de un agente aduanal a una sociedad previamente constituida?
Anexa al aviso o a más tardar dentro de los dos meses siguientes a la fecha de la presentación de dicho aviso.
Requisitos:
1.     Nombre del agente aduanal.
2.     Número de patente y en su caso número de autorización para actuar ante aduanas adicionales, en su caso.
3.     RFC.
4.     Domicilio fiscal.
5.     Domicilio para oír y recibir notificaciones.
6.     Dirección de correo electrónico.
7.     Teléfono de su oficina.
8.     Denominación de la sociedad o sociedades que constituyan, modifiquen o se incorporen, indicando el RFC y domicilio fiscal de las mismas.
Disposiciones jurídicas aplicables:
Artículo 162, fracción XII de la Ley y las reglas 1.2.2. y 1.4.8.

 
¿Quiénes lo realizan?
Agentes Aduanales y Apoderados Aduanales.
¿Cómo se realiza?
Mediante escrito libre de conformidad con la regla 1.2.2., con la firma autógrafa del Agente o Apoderado Aduanal, o la persona física o moral que hubiere designado a este último.
¿Dónde se presenta o se envía la documentación?
Ante la ACAJA de manera personal o a través de servicio de mensajería.
¿En qué casos se presenta?
Cuando los Agentes o Apoderados Aduanales registren ante la AGA todas las cuentas bancarias, a través de las cuales efectúen los pagos a que se refieren las reglas 1.6.2., 1.6.21., fracción II y 1.7.3., ya sea que los titulares sean ellos mismos, sus mandatarios, las sociedades constituidas para facilitar la prestación de los servicios de los agentes aduanales, el almacén general de depósito o la persona física o moral que hubiere designado al apoderado aduanal.
 
¿Qué sucederá cuando los datos estén incompletos o presenten inconsistencias?
La ACAJA, podrá dar aviso al agente o apoderado aduanal vía correo electrónico de esta circunstancia, a la dirección que, en su caso, haya indicado en su solicitud, a efecto de que las subsane presentando un escrito conforme al presente instructivo.
¿Qué procede en caso de cambios en la información de la cuenta bancaria registrada o de la adición de nuevas cuentas bancarias?
Cualquier cambio en la información de la cuenta bancaria registrada o de la adición de nuevas cuentas bancarias, deberá ser comunicado a la ACAJA, mediante escrito, dentro de los 15 días siguientes a aquél en que se efectúe dicho cambio.
Requisitos:
1.    Nombre completo, RFC, CURP.
2.    Número de la patente.
3.    Número de autorización para actuar ante aduanas adicionales, en su caso.
4.    Domicilio Fiscal.
5.    Domicilio para oír y recibir notificaciones.
6.    Teléfono.
7.    Dirección de correo electrónico.
8.    Número de autorización, tratándose de apoderado aduanal o apoderado de almacén.
9.    Número de todas las cuentas bancarias con las que se efectúen los pagos y nombre y RFC del titular de la cuenta bancaria.
10.  Denominación o razón social de la institución de crédito.
11.  Número de plaza y de la sucursal bancaria.
12.  Lugar donde se encuentran radicadas cada una de las cuentas bancarias.
Al escrito se deberá anexar un disco compacto que contenga los datos a que se refiere el párrafo anterior, conforme a los lineamientos que determine la AGCTI para el SIRECU en la página electrónica www.sat.gob.mx.
Disposiciones jurídicas aplicables:
Reglas 1.2.2., 1.6.2., 1.6.3., y 1.6.21., fracción II.

 
¿Quiénes lo presentan?
Las personas físicas o morales o asociaciones, cámaras empresariales y sus confederaciones.
¿Cómo se presenta?
Mediante escrito libre, en los términos de la regla 1.2.2., anexando los requisitos señalados en el presente instructivo.
¿A quién se dirige?
A la ACAJA.
¿Cuándo se presenta?
Cuando los interesados pretendan obtener la autorización para la fabricación o importación de candados oficiales o electrónicos.
Requisitos:
I.     Dictamen de la ACAJA que señale los datos que se indican en el inciso a); y con el que se acredite que el candado oficial cumple en su diseño con las especificaciones referidas en el inciso b).
a)   Marca, modelo y, en su caso, nombre del fabricante del candado.
b)   Estar fabricado en una o dos piezas y:
1.   Contar con un cilindro de bloqueo o dispositivo de cierre manufacturado en acero, encapsulado en plástico de colores verde y/o rojo y provisto de un capuchón transparente o de un recubrimiento de plástico transparente, soldado por ultrasonido al encapsulado de tal manera que no sea posible separarlo sin destruirlo, protegiendo las impresiones requeridas.
2.   Contar con un perno de acero con recubrimiento de plástico o de cable de acero que forma la otra parte del sistema de cierre.
3.   El candado cerrado deberá contar con una resistencia mínima a la tensión de 1000 kilogramos y cumplir con la prueba de resistencia a la tensión contenida en la norma ISO/PAS 17712.
4.   Contener de manera ejemplificativa las impresiones de la clave identificadora y el número de folio consecutivo, grabadas exclusivamente en rayo láser, dentro del capuchón transparente o del recubrimiento de plástico, a que se refiere el numeral 1 del presente inciso.
5.   El candado cerrado deberá contar con movilidad, esto es, que el perno o cable de acero no se encuentren fijos al cilindro de bloqueo o dispositivo de cierre, dicho movimiento no deberá afectar el estado del candado cerrado.
El dictamen señalado en esta fracción, no podrá tener una antigüedad mayor a tres meses.
¿Qué documento se obtiene?
Autorización para la fabricación o importación de candados oficiales o electrónicos.
Disposiciones jurídicas aplicables:
Artículos 248 del Reglamento, 36-Bis, primer párrafo del Código y las reglas 1.2.2. y 1.7.3.

 
¿Quiénes lo realizan?
Las Confederaciones de agentes aduanales, las asociaciones nacionales de empresas, cámaras y sus confederaciones, almacenes generales de depósito y de las empresas de mensajería y paquetería, empresas certificadas, empresas de la industria automotriz terminal o manufacturera de vehículos de autotransporte.
¿Cómo se realiza?
Mediante escrito libre de conformidad con la regla 1.2.2. o mediante la Ventanilla Digital, indicando las aduanas en las cuales requiera prestar dichos servicios.
¿Dónde se presenta?
Ante la ACAJA o ante la Ventanilla Digital.
¿Qué documento se obtiene?
Oficio de autorización para llevar a cabo la prevalidación electrónica de datos contenidos en los pedimentos.
¿En qué casos se presenta?
Cuando las Confederaciones de agentes aduanales las asociaciones nacionales de empresas, cámaras y sus confederaciones, estén interesadas en prestar los servicios de prevalidación electrónica de datos contenidos en los pedimentos; tratándose de almacenes generales de depósito, de las empresas de mensajería y paquetería, empresas de la industria automotriz terminal o manufacturera de vehículos de autotransporte y las empresas que cuenten con autorización de inscripción en el registro de empresas certificadas.
¿Qué procede una vez presentada la solicitud para prestar los servicios de prevalidación electrónica de datos?
La AGCTI, proporcionará al interesado los lineamientos para llevar a cabo el enlace de los medios de cómputo y prestar el servicio de prevalidación electrónica de datos, para que el solicitante presente su propuesta técnica para la prestación del servicio.
 
¿Cuándo se emite la autorización?
La AGA emitirá la autorización correspondiente en un plazo no mayor a tres meses contados a partir de la fecha de recepción de la solicitud. Transcurrido dicho plazo sin que se notifique la autorización que corresponda, se entenderá que la resolución es negativa en los términos del artículo 37 del Código.
Cuando se requiera al promovente para que cumpla con los requisitos omitidos o proporcione los elementos necesarios para resolver, el término comenzará a correr desde que el requerimiento haya sido cumplido.
¿Cuándo deberá iniciar operaciones la persona autorizada para llevar a cabo la prevalidación electrónica de datos contenidos en los pedimentos?
Una vez que la AGA emita la autorización correspondiente, para lo cual será necesario que la AGCTI haya realizado las pruebas necesarias para verificar el debido funcionamiento del prevalidador, emitiendo el visto bueno correspondiente.
Requisitos:
1.     Copia certificada del acta constitutiva con la cual se acredite que tiene una antigüedad no menor a 1 año y sus modificaciones, cuando corresponda.
2.     Instrumento notarial con el que acredite que cuentan con un capital social no menor a $1´000,000.00, o con el que acredite un patrimonio propio no menor a $500,000.00.
3.     Copia simple de la cédula de identificación fiscal.
4.     Listado de sus afiliados tratándose de confederaciones de agentes aduanales, asociaciones nacionales de empresas y cámaras y sus confederaciones.
5.     Copia certificada del instrumento notarial con la cual se acredite la representación legal de la persona que suscriba la solicitud, con poder para actos de administración.
6.     Escrito libre firmado por el representante legal, en el que manifieste bajo protesta de decir verdad, que su representada cuenta con amplia solvencia moral y económica.
7.     Pago de derechos del comprobante de pago realizado a través del esquema electrónico e5cinco, a que hace referencia la regla 1.1.3. con el que acredite el pago de derechos previsto en el artículo 40, inciso o) de la LFD.
8.     Opinión positiva sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
9.     Propuesta Técnica la cual deberá contener:
a)    Descripción de la infraestructura.
b)    Equipo y medios de cómputo y de transmisión de datos necesarios para la prestación del servicio.
c)    Sistema electrónico a implementar.
d)    Diagrama de conectividad.
En la propuesta se deberá identificar la infraestructura, equipo y medios de cómputo y de transmisión de datos por cada localidad en que se lleve a cabo su instalación.
10.   Las cámaras empresariales y sus confederaciones que deseen prestar los servicios de prevalidación electrónica de datos contenidos en los pedimentos, además de cumplir con los requisitos antes citados, deberán acreditar encontrarse constituidas conforme a la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones.
11.   Tratándose de los almacenes generales de depósito y de las empresas de mensajería y paquetería, deberán acreditar que con anterioridad al 15 de febrero de 2002, contaban con conectividad directa para validar sus pedimentos.
 
Datos y documentos (requisitos) a cumplir cuando el trámite se efectúe a través de la Ventanilla Digital.
Datos:
1.    Aduanas para las que se solicita la autorización.
2.    Manifestación bajo protesta de decir verdad, indicando que la persona moral cuenta con una antigüedad no menor a 1 año, así como con un capital social no menor a $1´000,000.00, o un patrimonio propio no menor a $500,000.00.
3.    Manifestación bajo protesta de decir verdad, indicando que la persona moral, cuenta con amplia solvencia moral y económica.
Documentos (requisitos):
1.    Listado de sus afiliados tratándose de confederaciones de agentes aduanales, asociaciones nacionales de empresas y cámaras y sus confederaciones.
2.    Pago de derechos (el comprobante de pago realizado a través del esquema electrónico e5cinco, con el que acredite el pago de derechos previsto en el artículo 40, inciso o) de la LFD).
3.    Opinión positiva sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
4.    Propuesta técnica en términos de lo señalado en el apartado de requisitos del presente instructivo.
5.    Diagrama de Conectividad.
6.    Las cámaras empresariales y sus confederaciones que deseen prestar los servicios de prevalidación electrónica de datos contenidos en los pedimentos, además de cumplir con los requisitos antes citados, deberán encontrarse constituidas conforme a la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones.
7.    Tratándose de los almacenes generales de depósito y de las empresas de mensajería y paquetería, deberán acreditar que con anterioridad al 15 de febrero de 2002, contaban con conectividad directa para validar sus pedimentos.
¿Cuándo se solicita la prórroga de la autorización para prestar los servicios de prevalidación electrónica de datos contenidos en los pedimentos?
Por escrito, a partir de un año y hasta 90 días naturales anteriores al vencimiento de la autorización, manifestando bajo protesta de decir verdad que las circunstancias bajo las cuales se otorgó inicialmente la autorización, no han variado y que continúan cumpliendo con los requisitos y obligaciones inherentes a la misma.
Disposiciones jurídicas aplicables:
Artículo 16-A de la Ley y las reglas 1.2.2., 1.8.1. y 4.5.32, fracción IX.
 

 
¿Quiénes lo realizan?
Personas morales constituidas conforme a las leyes mexicanas.
¿Cómo se realiza?
Mediante escrito libre de conformidad con la regla 1.2.2. o mediante la Ventanilla Digital, señalando un mínimo de 5 aduanas en las que pretendan operar.
¿Dónde se presenta?
Ante la ACAJA o en la Ventanilla Digital.
¿Qué documento se obtiene?
Oficio de autorización para prestar los servicios de procesamiento electrónico de datos y servicios relacionados necesarios para llevar a cabo el control de la importación temporal de remolques, semirremolques y portacontenedores.
¿En qué casos se presenta?
Cuando las personas morales estén interesadas en prestar el servicio de procesamiento electrónico de datos y servicios relacionados necesarios para llevar a cabo el control de la importación temporal de remolques, semirremolques y portacontenedores.
¿Qué procede una vez presentada la solicitud en los términos del presente instructivo?
La AGCTI, proporcionará al interesado los lineamientos bajo los cuales deberá implementar el Sistema Automatizado de Importación Temporal de Remolques, Semirremolques y Portacontenedores, debiendo presentar su propuesta técnica para la prestación del servicio.
 
¿Cuándo se emite la resolución?
La AGA emitirá la autorización correspondiente en un plazo no mayor a tres meses contados a partir de la fecha de recepción de la solicitud. Transcurrido dicho plazo sin que se notifique la autorización que corresponda, se entenderá que la resolución es negativa en los términos del artículo 37 del Código.
Cuando se requiera al promovente que cumpla los requisitos omitidos o proporcione los elementos necesarios para resolver, el término comenzará a correr desde que el requerimiento haya sido cumplido.
Documentos anexos:
1.   Copia certificada del acta constitutiva y sus modificaciones, cuando corresponda, con el que se acredite que cuentan con un capital social o patrimonio propio, mínimo de $1´000,000.00.
2.   Copia certificada de la documentación con la cual se acredite la representación legal de la persona que suscriba la solicitud, con poder para actos de administración.
3.   Copia simple de la cédula de identificación fiscal.
4.   Listado de sus asociados, tratándose de asociaciones de transportistas.
5.   Escrito libre firmado por el representante legal, en el que manifieste bajo protesta de decir verdad, que su representada, así como sus accionistas, cuentan con amplia solvencia moral y económica, así como capacidad técnica, administrativa y financiera en la prestación de los servicios de procesamiento electrónico de datos.
6.   Pago de derechos, el comprobante de pago realizado a través del esquema electrónico e5cinco, con el que acredite el pago de derechos previsto en el artículo 40, inciso p) de la LFD.
7.   Opinión positiva sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
8.   Propuesta técnica.
9.   Diagrama de Conectividad.
 
Datos y documentos (requisitos) a cumplir cuando el trámite se efectúe a través de la Ventanilla Digital.
Datos:
1.    Aduanas para las que se solicita la autorización (mínimo 5).
2.    Manifestación bajo protesta de decir verdad, indicando que la persona moral cuenta con un capital social o patrimonio propio, mínimo de $1´000,000.00.
3.    Manifestación bajo protesta de decir verdad, indicando que la persona moral y sus accionistas cuentan con amplia solvencia moral y económica, así como capacidad técnica, administrativa y financiera en la prestación de los servicios de procesamiento electrónico de datos.
Documentos (requisitos):
1.    Listado de sus asociados, tratándose de asociaciones de transportistas.
2.    Pago de derechos (el comprobante de pago realizado a través del esquema electrónico e5cinco, con el que acredite el pago de derechos previsto en el artículo 40, inciso p) de la LFD.
3.    Opinión positiva sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
4.    Propuesta técnica.
5.    Diagrama de Conectividad.
¿Cuándo se solicita la prórroga de la autorización para prestar el servicio de procesamiento electrónico de datos y servicios relacionados necesarios para llevar a cabo el control de la importación temporal de remolques, semirremolques y portacontenedores?
Por escrito, a partir de un año y hasta 90 días naturales anteriores al vencimiento de la autorización, manifestando bajo protesta de decir verdad que las circunstancias bajo las cuales se otorgó inicialmente la autorización, no han variado y que continúan cumpliendo con los requisitos y obligaciones inherentes a la misma.
Disposiciones jurídicas aplicables:
Artículo 16-B de la Ley y las reglas 1.2.2. y 1.9.5.
 

 
A. Concesión.
¿Quiénes lo realizan?
Personas morales constituidas conforme a las leyes mexicanas.
¿Cómo se realiza?
Mediante escrito libre de conformidad con la regla 1.2.2.
¿Dónde se presenta?
Ante la ACAJA dentro de los 30 días siguientes a la publicación en el DOF de la convocatoria.
¿Qué documento se obtiene?
Concesión para prestar los servicios de manejo, almacenaje y custodia de mercancías de comercio exterior.
¿Qué requisitos y condiciones se deben cubrir para obtener la concesión?
Los que se señalen en las Bases de Licitación.
¿En qué momento se emite la resolución por la que se otorgue la concesión?
Una vez que se cumplan con los requisitos y las condiciones que se señalen en las Bases y dentro del plazo que se establezca en las mismas.
¿En dónde se publica la concesión?
En el DOF y en dos periódicos de mayor circulación en la República Mexicana, debiendo el interesado cubrir los gastos originados por este concepto.
B. Autorización.
¿Quiénes lo realizan?
Personas morales constituidas conforme a las leyes mexicanas, así como las Administraciones Portuarias Integrales, constituidas en los términos del artículo 46 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
¿Cómo se realiza?
Mediante escrito libre de conformidad con la regla 1.2.2. o mediante la Ventanilla Digital.
¿Dónde se presenta?
Ante la ACAJA o en la Ventanilla Digital.
¿Qué documento se obtiene?
Oficio de autorización para prestar los servicios de manejo, almacenaje y custodia de mercancías de comercio exterior.
¿Cuándo se presenta la solicitud para obtener la autorización?
En el momento que el solicitante cubra los requisitos correspondientes.
¿Cuándo se emite la resolución?
La AGA emitirá la autorización correspondiente en un plazo no mayor a tres meses contados a partir de la fecha de recepción de la solicitud. Transcurrido dicho plazo sin que se notifique la autorización que corresponda, se entenderá que la resolución es negativa en los términos del artículo 37 del Código.
Cuando se requiera al promovente que cumpla los requisitos omitidos o proporcione los elementos necesarios para resolver, el término comenzará a correr desde que el requerimiento haya sido cumplido.
 
Documentos que se deben anexar a la solicitud:
1.   Copia certificada del acta constitutiva de la sociedad con los titulares que integran el capital social, en la que se acredite un capital mínimo pagado de $600,000.00 y, en su caso, las reformas a la misma, en donde sean visibles los datos de inscripción en el Registro Público del Comercio. En el caso de que la solicitud la presente una Administración Portuaria Integral, deberá acreditar un capital social mínimo pagado de $100,000.00.
2.   Copia simple de la cédula de identificación fiscal.
3.   Opinión positiva sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales.
4.   Curriculum vitae de cada uno de los socios o integrantes del Consejo de Administración, mencionando la experiencia de por lo menos uno de ellos en la prestación de los servicios de manejo, almacenaje y custodia de mercancías de comercio exterior.
5.   Programa de inversión presentado en sobre cerrado, el cual contendrá dos juegos de planos impresos y digitalizados en disco compacto en formato Autocad, en los que se identifique la superficie objeto de la solicitud, las obras, instalaciones y/o adaptaciones, conforme a los lineamientos que emita la ACEIA, así como el monto en moneda nacional de la respectiva inversión. Respecto al equipo a instalar, deberán precisar el número de unidades que lo integran, sus características y, en su caso, su ubicación dentro de las áreas que correspondan, así como el valor unitario del equipo en moneda nacional. Asimismo, deberán señalar las etapas y los plazos en que se efectuarán las citadas inversiones.
6.   Copia certificada del documento con el cual se acredite el uso o goce del inmueble objeto de su solicitud.
7.   Escrito firmado por el representante legal de la empresa, mediante el cual manifieste bajo protesta de decir verdad, que tanto la empresa como sus accionistas, cuentan con solvencia económica, capacidad técnica, administrativa y financiera para la prestación de los servicios. En su caso, se podrá presentar una certificación del Presidente del Consejo de Administración o del Administrador Único de la empresa solicitante, en el que manifieste bajo protesta de decir verdad, que tanto la empresa como sus accionistas, cuentan con solvencia económica, capacidad técnica, administrativa y financiera para la prestación de los servicios.
8.   Copia certificada de la documentación con la cual se acredite la representación legal de la persona que suscribe la solicitud, con poder para actos de administración.
9.   El comprobante de pago realizado a través del esquema electrónico e5cinco, a que hace referencia la regla 1.1.3. con el que acredite el pago de derechos previsto en el artículo 40, inciso d) de la LFD.
Tratándose de las Administraciones Portuarias Integrales, constituidas en los términos del artículo 46 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, sólo será necesario anexar los documentos señalados en los numerales 1, 2, 3, 5, 6, 8 y 9 de este apartado.
 
Datos y documentos (requisitos) a cumplir cuando el trámite se efectúe a través de la Ventanilla Digital.
Datos:
1.    Manifestación bajo protesta de decir verdad indicando que la persona moral y sus accionistas cuentan con solvencia económica, capacidad técnica, administrativa y financiera en la prestación de los servicios de manejo, almacenaje y custodia de mercancías.
2.    Manifestación bajo protesta de decir verdad indicando que la persona moral cuenta con un capital mínimo pagado de $600,000.00 o bien de $100,000.00 para el caso de que la solicitud la presente una Administración Portuaria Integral.
Documentos (requisitos):
1.    Opinión positiva sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales.
2.    Curriculum vitae de cada uno de los socios o integrantes del Consejo de Administración, mencionando la experiencia de por lo menos uno de ellos en la prestación de los servicios de manejo, almacenaje y custodia de mercancías de comercio exterior.
3.    Programa de inversión el cual contendrá planos digitalizados, en los que se identifique la superficie objeto de la solicitud, las obras, instalaciones y/o adaptaciones, conforme a los lineamientos que emita la ACEIA, así como el monto en moneda nacional de la respectiva inversión. Respecto al equipo a instalar, deberán precisar el número de unidades que lo integran, sus características y, en su caso, su ubicación dentro de las áreas que correspondan, así como el valor unitario del equipo en moneda nacional. Asimismo, deberán señalar las etapas y los plazos en que se efectuarán las citadas inversiones.
4.    Documento con el cual se acredite el uso o goce del inmueble objeto de su solicitud.
5.    Pago de derechos (el comprobante de pago realizado a través del esquema electrónico e5cinco, con el que acredite el pago de derechos previsto en el artículo 40, inciso d) de la LFD).
Tratándose de las Administraciones Portuarias Integrales, constituidas en los términos del artículo 46 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, únicamente será necesario dar cumplimiento a lo señalado en el numeral 2 del rubro de datos, así como a lo indicado en los numerales 1, 3, 4 y 5 del rubro de documentos.
¿Cuándo se solicita la prórroga de la concesión o autorización para prestar los servicios de manejo, almacenaje y custodia de mercancías de comercio exterior?
Por escrito, durante los últimos tres años de vigencia y por lo menos 90 días naturales anteriores al vencimiento de la misma, debiendo acreditar que se siguen cumpliendo los requisitos previstos para su otorgamiento, así como las obligaciones derivadas de la misma.
Disposiciones jurídicas aplicables:
Artículos 14 y 14-A de la Ley, reglas 1.1.3., 1.2.2. y 2.3.1.

¿Quiénes lo realizan?
La persona que cuente con la habilitación del inmueble en forma exclusiva para la introducción de mercancías bajo el régimen de recinto fiscalizado estratégico y la autorización para su administración.
¿Cómo se realiza?
Mediante escrito libre de conformidad con la regla 1.2.2.
¿Dónde se presenta?
Ante la ACAJA.
¿Qué documento se obtiene?
Autorización de ampliación de superficie originalmente habilitada.
¿Cuándo se presenta?
Cuando pretenda ampliarse la superficie de un inmueble habilitado en forma exclusiva para la introducción de mercancías bajo el régimen de recinto fiscalizado estratégico, para incluir algún predio que le sea colindante o alguna superficie ubicada dentro o colindante a un recinto portuario sujeto a la administración de una Administración Portuaria Integral.
 
Requisitos:
1.    Solicitud con escrito que cumpla con los requisitos señalados en los artículos 18 y 18-A del Código, en la que se señale:
a)   La ubicación, colindancias, infraestructura y demás características con que cuenta el inmueble cuya superficie se pretenda adicionar al área previamente habilitada como recinto fiscalizado estratégico.
b)   Nombre y datos de la empresa que en dicha superficie pretenda destinar mercancía al régimen de recinto fiscalizado estratégico.
2.    Solicitud para destinar mercancías al régimen de recinto fiscalizado estratégico, formulada por el representante legal de la empresa que acredite tener el uso o goce del inmueble colindante con el recinto fiscalizado estratégico, por ser de su propiedad, conforme al artículo 135-A de la Ley, cumpliendo con los requisitos que establece la regla 4.8.1., en la que además manifieste bajo protesta de decir verdad, su decisión de sujetarse a la administración de la persona que cuente con la habilitación de Recinto Fiscalizado Estratégico y la autorización para su administración.
3.    Copia certificada del documento con el cual se acredite el legal uso o goce del inmueble por el mismo plazo de vigencia de la habilitación de inmueble con que ya se cuenta.
4.    Programa de inversión, el cual contendrá los conceptos a desarrollar con motivo de las obras, instalaciones y/o adaptaciones a realizar incluyendo aquellas inversiones que se requieran en infraestructura de vías de comunicación, señalando el monto en moneda nacional de la respectiva inversión, fuentes de financiamiento y los plazos en que se efectuarán las inversiones.
El programa de inversión deberá considerar los siguientes elementos:
a)     Delimitar el recinto fiscalizado estratégico conforme a los lineamientos que al efecto emita la ACEIA.
b)    La instalación de equipos de rayos X, circuito cerrado de televisión y demás medios de control, conforme a los lineamientos que al efecto emita la ACEIA.
5.    Los planos en los que se identifique la superficie que se pretenda habilitar como recinto fiscalizado estratégico, conforme a los lineamientos que al efecto emita la ACEIA. El recinto fiscalizado estratégico debe tener un mínimo de 10 hectáreas de superficie urbanizada y contar con una reserva de terreno para su crecimiento por lo menos de 10 hectáreas de terreno utilizable.
6.    Copia certificada de la documentación con la cual se acredita la representación legal de la persona que suscribe la solicitud, con poder para actos de administración.
7.    Opinión positiva sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales.
¿Cuándo se emite la resolución?
La AGA emitirá la autorización correspondiente en un plazo no mayor a tres meses contados a partir de la fecha de recepción de la solicitud. Transcurrido dicho plazo sin que se notifique la autorización que corresponda, se entenderá que la resolución es negativa en los términos del artículo 37 del Código.
Cuando se requiera al promovente que cumpla los requisitos omitidos o proporcione los elementos necesarios para resolver, el término comenzará a correr desde que el requerimiento haya sido cumplido.
Disposiciones jurídicas aplicables:
Artículos 14, 14-A, 14-D, 135-A de la Ley, y reglas 1.1.3., 1.2.2., 2.3.2. y 4.8.1.
 

 
¿Quiénes lo realizan?
Las personas morales y los gobiernos estatales a través de sus organismos descentralizados interesados en obtener autorización para prestar los servicios de carga, descarga y maniobras de mercancías en los recintos fiscales.
¿Cómo se realiza?
Mediante escrito libre o mediante la Ventanilla Digital de conformidad con la regla 1.2.2., en el que se señale la aduana en la que se desea prestar el servicio.
¿Dónde se presenta?
Oficialía de partes de la ACAJA o mediante la Ventanilla Digital.
¿Qué documento se obtiene?
Oficio de autorización para prestar los servicios de carga, descarga y maniobras de mercancía dentro de los recintos fiscales.
¿En qué casos se presenta?
Cuando las personas morales y los gobiernos estatales a través de sus organismos descentralizados estén interesados en obtener autorización para prestar los servicios de carga, descarga y maniobras de mercancías en los recintos fiscales.
Requisitos:
1.     Copia certificada del acta constitutiva de la sociedad y sus modificaciones, en la que se acredite como mínimo un capital social fijo pagado de $300,000.00 y que en su objeto social esté la prestación de los servicios de carga, descarga y maniobras de mercancías, en donde sean visibles los datos de inscripción en el Registro Público de Comercio.
2.     Copia certificada de la documentación con la cual se acredite la representación legal de la persona que suscribe la solicitud, con poder para actos de administración.
3.     Copia simple de la cédula de identificación fiscal de la persona moral solicitante.
4.     Opinión positiva sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales.
5.     Relación y descripción del equipo necesario para la prestación del servicio o en el caso de empresas de nueva constitución, el programa de inversión para la adquisición del mismo, y número de empleados que prestarán el servicio.
6.     Fianza por la cantidad de $500,000.00 a favor de la TESOFE o bien, copia de la póliza del contrato de seguro a favor de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público que cubra dicha cantidad, por la aduana en la que desea prestar el servicio, para garantizar la correcta prestación de los servicios y daños que pudieran causarse a las instalaciones, bienes y equipo del recinto fiscal con motivo de la prestación del servicio. La fianza o el contrato de seguro deberá permanecer vigente durante la vigencia de la autorización.
7.     Copia de la póliza del seguro con cobertura mínima de $500,000.00 por la aduana en la que desea prestar el servicio, que ampare las mercancías y los daños a terceros, derivados de la prestación del servicio de carga, descarga y maniobras. El contrato de seguro deberá permanecer vigente durante la vigencia de la autorización.
8.     El comprobante de pago realizado a través del esquema electrónico e5cinco, con el que acredite el pago de derechos previsto en el artículo 40, inciso e) de la LFD.
Los gobiernos estatales a través de sus organismos descentralizados, podrán solicitar la autorización a que se refiere el artículo 14-C de la Ley, presentando la solicitud conforme a la regla 2.3.3. y anexando los documentos señalados en los numerales 2, 3, 5, 6, 7 y 8 del presente instructivo, así como copia simple y legible del medio de difusión oficial del Estado de que se trate, en el que se crea dicho organismo y del nombramiento del funcionario que firma la solicitud.
 
Cuando el trámite de autorización se efectúe a través de la Ventanilla Digital, se deberá cumplir con lo siguiente:
Datos:
1.     Manifestación bajo protesta de decir verdad, indicando que el solicitante cuenta con un capital social fijo pagado de $300,000.00 y que en su objeto social está la prestación de los servicios de carga, descarga y maniobras de mercancías.
2.     Aduana por la que se desea prestar el servicio.
Requisitos:
1.     Opinión positiva sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales. Este requisito no aplica cuando el solicitante se trate de los gobiernos estatales a través de sus organismos descentralizados.
2.     Relación y descripción del equipo necesario para la prestación del servicio o en el caso de empresas de nueva constitución, el programa de inversión para la adquisición del mismo, y número de empleados que prestarán el servicio.
3.     Fianza por la cantidad de $500,000.00 a favor de la TESOFE o bien, copia de la póliza del contrato de seguro a favor de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, que cubra dicha cantidad, por la aduana en la que desea prestar el servicio, para garantizar la correcta prestación de los servicios y daños que pudieran causarse a las instalaciones, bienes y equipo del recinto fiscal con motivo de la prestación del servicio. La fianza o el contrato de seguro deberá permanecer vigente durante la vigencia de la autorización.
       En el caso de optar por la fianza, ésta deberá enviarse de manera digital a través de la Ventanilla, en la inteligencia de que el interesado dispondrá de 10 días hábiles contados a partir de la presentación del trámite ante la misma, para proporcionar a la ACAJA el documento original, en caso contrario se tendrá por no presentada la promoción.
4.     Copia de la póliza del seguro con cobertura mínima de $500,000.00 por la aduana en la que desea prestar el servicio, que ampare las mercancías y los daños a terceros, derivados de la prestación del servicio de carga, descarga y maniobras. El contrato de seguro deberá permanecer vigente durante la vigencia de la autorización.
5.     Pago de derechos (el comprobante de pago realizado a través del esquema electrónico e5cinco, con el que acredite el pago de derechos previsto en el artículo 40, inciso e) de la LFD).
 
¿Cuándo se solicita la prórroga de la autorización para prestar los servicios de carga, descarga y maniobras de mercancías en el recinto fiscal?
Mediante escrito libre o en la Ventanilla Digital, con 30 días naturales anteriores al vencimiento de la autorización, acreditando que las circunstancias bajo las cuales se le otorgó inicialmente la autorización, no han variado y que continúan cumpliendo con los requisitos y obligaciones inherentes a la misma.
¿Qué se debe anexar a la solicitud de prórroga?
El comprobante de pago realizado a través del esquema electrónico e5cinco, con el que acrediten el pago del derecho a que se refiere el artículo 40, inciso e) de la LFD, correspondiente al año en que efectúe su petición.
¿Por qué plazo se puede autorizar la prórroga?
Hasta por un plazo igual al que se señale en la autorización.
Disposiciones jurídicas aplicables:
Artículo 14-C de la Ley y reglas 1.1.2., 1.1.3., 1.2.2. y 2.3.3.

 
¿Quiénes lo presentan?
Las personas morales; gobiernos estatales a través de sus organismos descentralizados, desconcentrados, empresas de participación estatal constituidas de conformidad con la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de que se trate o mediante un fideicomiso constituido para estos efectos; las empresas de participación estatal constituidas en los términos del artículo 46 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; así como las Administraciones Portuarias Integrales.
¿Cómo se presenta?
Mediante escrito libre de conformidad con la regla 1.2.2. o mediante la Ventanilla Digital.
¿Dónde se presenta?
Ante la ACAJA o mediante la Ventanilla Digital.
¿Qué documento se obtiene?
Oficio con la habilitación de inmueble en forma exclusiva para la introducción de mercancías bajo el régimen de recinto fiscalizado estratégico y la autorización para su administración.
¿En qué casos se presenta?
Cuando las personas morales; gobiernos estatales a través de sus organismos descentralizados, desconcentrados, empresas de participación estatal constituidas de conformidad con la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de que se trate o mediante un fideicomiso constituido para estos efectos; las empresas de participación estatal constituidas en los términos del artículo 46 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; así como las Administraciones Portuarias Integrales estén interesadas en obtener la habilitación de inmueble en forma exclusiva para la introducción de mercancías bajo el régimen de recinto fiscalizado estratégico y la autorización para su administración.
¿Cuándo se emite la resolución?
La AGA emitirá la autorización correspondiente en un plazo no mayor a tres meses contados a partir de la fecha de recepción de la solicitud. Transcurrido dicho plazo sin que se notifique la autorización que corresponda, se entenderá que la resolución es negativa en los términos del artículo 37 del Código.
Cuando se requiera al promovente para que cumpla con los requisitos omitidos o proporcione los elementos necesarios para resolver, el término comenzará a correr desde que el requerimiento haya sido cumplido.
 
Requisitos:
1.     Copia certificada del acta constitutiva, con la integración y titulares del capital social actual, en la cual se deberá acreditar como mínimo un capital fijo y variable pagado de $1'000,000.00 y, en su caso, modificaciones a la misma, en donde sean visibles los datos de inscripción en el Registro Público de Comercio.
2.     Copia certificada del documento con el cual se acredite el legal uso o goce del inmueble por un plazo mínimo de diez años.
3.     Programa de inversión, el cual contendrá los conceptos a desarrollar con motivo de las obras, instalaciones y/o adaptaciones a realizar incluyendo aquellas inversiones que se requieran en infraestructura de vías de comunicación, señalando el monto en moneda nacional de la respectiva inversión, fuentes de financiamiento y los plazos en que se efectuarán las inversiones.
       El programa de inversión deberá considerar los siguientes elementos:
a)    Delimitar el recinto fiscalizado estratégico conforme a los lineamientos que al efecto emita la ACEIA.
b)    La instalación de equipos de rayos X, circuito cerrado de televisión y demás medios de control, conforme a los lineamientos que al efecto emita la ACEIA.
4.     Los planos en los que se identifique la superficie que se pretenda habilitar como recinto fiscalizado estratégico, conforme a los lineamientos que al efecto emita la ACEIA. El recinto fiscalizado estratégico debe tener un mínimo de 10 hectáreas de superficie urbanizada y contar con una reserva de terreno para su crecimiento por lo menos de 10 hectáreas de terreno utilizable.
5.     Copia certificada de la documentación con la cual se acredita la representación legal de la persona que suscribe la solicitud, con poder para actos de administración.
6.     El comprobante de pago realizado a través del esquema electrónico e5cinco, con el que acredite el pago de derechos previsto en el artículo 40, inciso l) de la LFD.
7.     Escrito firmado por el representante legal de la empresa, mediante el cual manifieste bajo protesta de decir verdad, que tanto la empresa como sus accionistas, cuentan con solvencia económica, capacidad técnica, administrativa y financiera para la prestación de los servicios. En su caso, se podrá presentar una certificación del Presidente del Consejo de Administración o del Administrador Único de la empresa solicitante, en el que manifieste bajo protesta de decir verdad, que tanto la empresa como sus accionistas, cuentan con solvencia económica, capacidad técnica, administrativa y financiera para la prestación de los servicios.
8.     Opinión positiva sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales.
9.     Estudio económico que demuestre la viabilidad económica y financiera del proyecto, al cual se deberá anexar escrito con opinión favorable por parte del Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S.N.C., conforme a los lineamientos establecidos en la página electrónica www.banobras.gob.mx.
 
Los gobiernos estatales a través de sus organismos descentralizados, desconcentrados, empresas de participación estatal constituidas de conformidad con la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de que se trate o mediante un fideicomiso constituido para estos efectos, podrán solicitar la habilitación y autorización a que se refiere el artículo 14-D de la Ley, presentando la solicitud conforme a la regla 2.3.6. y anexando los documentos señalados en los numerales 2, 3, 4, 5, 6 y 9 del presente instructivo, así como copia simple y legible del DOF o del medio de difusión oficial del Estado de que se trate, en el que se crea dicho organismo y del nombramiento del funcionario que firma la solicitud.
Las empresas de participación estatal, así como las Administraciones Portuarias Integrales constituidas en los términos del artículo 46 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, podrán solicitar la habilitación y autorización a que se refiere el artículo 14-D de la Ley, de superficies ubicadas dentro del recinto portuario o colindantes con el mismo, siempre que el recinto fiscal, el recinto portuario y las superficies colindantes con estos últimos, se encuentren debidamente confinados para efectos de seguridad, control, vigilancia y vías de acceso, presentando la solicitud conforme al presente instructivo de trámite, a la cual deberán anexar los documentos señalados en los numerales 2, 3, 4, 5, 6 y 8 de dicho instructivo, además de los siguientes:
1.     Copia simple del título de concesión de la Administración Portuaria Integral.
2.     Los planos del recinto portuario.
3.     El programa maestro portuario del puerto que corresponda.
4.       Escrito en el que la Dirección General de Fomento y Administración Portuaria de la SCT manifieste su visto bueno.
Datos y documentos (requisitos) a cumplir cuando el trámite se efectúe a través de la Ventanilla Digital.
Datos:
1.     Manifestación bajo protesta de decir verdad indicando que la persona moral, así como sus accionistas, cuentan con solvencia económica, capacidad técnica, administrativa y financiera.
2.     Manifestación bajo protesta de decir verdad indicando que la persona moral, cuenta como mínimo con un capital fijo y variable pagado de $1'000,000.00.
Documentos (requisitos)
1.     Documento con el cual se acredite el legal uso o goce del inmueble por un plazo mínimo de diez años.
2.     Programa de inversión, el cual contendrá los conceptos a desarrollar con motivo de las obras, instalaciones y/o adaptaciones a realizar incluyendo aquellas inversiones que se requieran en infraestructura de vías de comunicación, señalando el monto en moneda nacional de la respectiva inversión, fuentes de financiamiento y los plazos en que se efectuarán las inversiones.
 
       El programa de inversión deberá considerar los siguientes elementos:
a)    Delimitar el recinto fiscalizado estratégico conforme a los lineamientos que al efecto emita la ACEIA.
b)    La instalación de equipos de rayos X, circuito cerrado de televisión y demás medios de control, conforme a los lineamientos que al efecto emita la ACEIA.
3.     Los planos en los que se identifique la superficie que se pretenda habilitar como recinto fiscalizado estratégico, conforme a los lineamientos que al efecto emita la ACEIA. El recinto fiscalizado estratégico debe tener un mínimo de 10 hectáreas de superficie urbanizada y contar con una reserva de terreno para su crecimiento por lo menos de 10 hectáreas de terreno utilizable.
4.     Pago de derechos (el comprobante de pago realizado a través del esquema electrónico e5cinco, con el que acredite el pago de derechos previsto en el artículo 40, inciso l) de la LFD).
5.     Opinión positiva sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales.
6.     Estudio económico que demuestre la viabilidad económica y financiera del proyecto, al cual se deberá anexar escrito con opinión favorable por parte del Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S.N.C., conforme a los lineamientos establecidos en la página electrónica www.banobras.gob.mx.
Tratándose de los gobiernos estatales a través de sus organismos descentralizados, desconcentrados, empresas de participación estatal constituidas de conformidad con la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de que se trate o mediante un fideicomiso constituido para estos efectos, sólo deberán anexar los documentos señalados en los numerales 1, 2, 3, 4 y 6 del presente apartado.
Las empresas de participación estatal, así como las Administraciones Portuarias Integrales constituidas en los términos del artículo 46 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, podrán solicitar la habilitación y autorización a que se refiere el artículo 14-D de la Ley, de superficies ubicadas dentro del recinto portuario o colindantes con el mismo, siempre que el recinto fiscal, el recinto portuario y las superficies colindantes con estos últimos, se encuentren debidamente confinados para efectos de seguridad, control, vigilancia y vías de acceso, presentando la solicitud conforme al presente instructivo de trámite, a la cual deberán anexar los documentos señalados en los numerales 1, 2, 3, 4 y 5 de este apartado, así como:
a)    Título de concesión de la Administración Portuaria Integral.
b)    Los planos del recinto portuario.
c)    El programa maestro portuario del puerto que corresponda.
d)    Escrito en el que la Dirección General de Fomento y Administración Portuaria de la SCT manifieste su visto bueno.
¿Cuándo se solicita la prórroga de la habilitación de inmueble en forma exclusiva para la introducción de mercancías bajo el régimen de recinto fiscalizado estratégico y la autorización para su administración?
Por escrito, durante los últimos dos años de vigencia y por lo menos 90 días naturales anteriores al vencimiento de la misma, debiendo acreditar que se siguen cumpliendo los requisitos previstos para su otorgamiento, así como las obligaciones derivadas de la misma.
Disposiciones jurídicas aplicables:
Artículo 14-D de la Ley y reglas 1.2.2., 1.1.3. y 2.3.6.
 

 
¿Quiénes lo realizan?
Las personas físicas de nacionalidad mexicana, mayores de edad, interesadas en obtener la autorización de dictaminador aduanero.
¿Cómo se realiza?
Mediante escrito libre de conformidad con la regla 1.2.2., con la firma autógrafa del aspirante, cumpliendo con los requisitos que se señalan en este instructivo.
¿Dónde se presenta y envía la documentación?
Ante la ACAJA de manera personal o a través del servicio de mensajería.
¿Qué documento se obtiene?
Autorización de dictaminador aduanero.
¿En qué caso se presenta?
Cuando las personas físicas se encuentren interesadas en obtener la autorización de dictaminador aduanero.
¿Qué procede cuando los datos o documentación estén incompletos o presenten inconsistencias?
Las solicitudes que no se acompañen de la totalidad de los requisitos y documentación solicitada o presenten inconsistencias, la ACAJA las tendrán por no presentadas, procediéndose a la devolución de las mismas.
¿Qué procede una vez exhibida la totalidad de los documentos?
Los aspirantes deberán consultar la información relativa a su solicitud en la página electrónica www.sat.gob.mx, en la que se publicará, entre otra la siguiente:
1.     Listado con el nombre de los aspirantes que cumplieron con los requisitos solicitados.
2.    Las cantidades a pagar por los conceptos de examen psicotécnico, así como por la expedición de la autorización de dictaminador aduanero, previstos en los artículos 51 fracción I y 40 inciso g) de la LFD, las cuales se realizarán a través del esquema electrónico e5cinco, a que hace referencia la regla 1.1.3.
3.    Listado con el nombre de los aspirantes, lugar, fecha y hora en que sustentarán el examen psicotécnico previsto en el artículo 174, fracción VI de la Ley.
Será responsabilidad del aspirante, presentarse en las fechas y horas señaladas para la aplicación de la evaluación psicotécnica, las cuales le serán informadas únicamente a través de la citada página electrónica.
 
¿En qué consiste el examen psicotécnico?
El examen psicotécnico consta de tres etapas:
a)     Relativa al examen de conocimientos técnicos.
b)    Psicológico y
c)     de confiabilidad.
¿Qué documentos se deben presentar el día del examen?
Los aspirantes deberán presentar el día del examen lo siguiente:
1.   Original y tres copias simples de la credencial oficial que los identifique (pasaporte, credencial para votar o cédula profesional).
2.   Original del comprobante de pago de derechos por el examen para aspirante para dictaminador aduanero, a que hace referencia el artículo 51 fracción I de la LFD, realizado a través del esquema electrónico e5cinco, a que hace referencia la regla 1.1.3.
¿Dónde se consultan los resultados del examen?
Los resultados del examen psicotécnico se deberán consultar en la página electrónica www.sat.gob.mx.
¿Cuándo otorgará la AGA la autorización de dictaminador aduanero?
Una vez aprobado el examen psicotécnico, previo pago de los derechos correspondientes, previsto en el artículo 40, inciso g) de la LFD, la AGA emitirá la autorización de dictaminador aduanero.
 
Requisitos:
I.     Información que deben proporcionar los interesados en obtener autorización de dictaminador aduanero, mediante escrito libre firmado por el solicitante:
1.     Nombre completo.
2.     Grado máximo de estudios.
3.     RFC, CURP.
4.     Dirección de correo electrónico.
5.     Número telefónico.
6.     Domicilio para oír y recibir notificaciones.
7.     Domicilio particular.
II.    Documentación que debe anexar a la solicitud:
1.    Copia certificada de su acta de nacimiento o carta de naturalización a fin de acreditar la nacionalidad mexicana y demostrar haber cumplido al menos 18 años.
2.    Cartas en original, firmadas por el aspirante, donde manifieste bajo protesta de decir verdad:
a)     No haber sido condenado por sentencia ejecutoriada por delito intencional que merezca pena corporal.
b)    No ser servidor público ni militar en servicio activo, ni haber prestado sus servicios en la AGA.
c)     No tener o haber tenido la patente de agente aduanal o autorización de apoderado aduanal o de almacén.
d)    No tener parentesco por consanguinidad en línea recta sin limitación de grado, y en colateral hasta el cuarto grado ni por afinidad con ninguno de los administradores de las aduanas del país.
3.    Certificado de antecedentes no penales, dentro del orden común, en original, vigente, expedido por la Procuraduría General de Justicia de la entidad donde radique el aspirante, por el área de prevención y readaptación social o bien por la dependencia correspondiente.
4.    Certificado de antecedentes no penales dentro del orden federal, en original, vigente, expedido por la SEGOB.
5.    Tres cartas de recomendación en original donde conste la buena reputación del aspirante y que contengan además el nombre, domicilio, teléfono y firma de las personas que las emiten.
6.    Constancia de certificación expedida por la empresa que presta el servicio de facilitación del reconocimiento aduanero de mercancías donde se acredite que el aspirante a dictaminador aduanero es apto para realizar las actividades inherentes a la autorización que solicita. La información de dicha empresa podrá consultarse en la página electrónica www.sat.gob.mx.
Nota:    La vigencia de las cartas, constancias y antecedentes no penales será de tres meses contados a partir de la fecha de su expedición. Los documentos deberán exhibirse en original o copia certificada según corresponda, y las manifestaciones bajo protesta deberán ser literales.
III.   Presentar y aprobar el examen psicotécnico que practiquen las autoridades aduaneras.
Disposiciones jurídicas aplicables:
Artículos 16, 43, 144, fracción VI y 174 de la Ley y regla 3.1.32.
 
¿Quiénes lo presentan?
Personas con discapacidad y personas morales con fines no lucrativos autorizadas para recibir donativos deducibles en el ISR.
¿Qué tipo de mercancías se pueden importar al amparo de esta regla?
Vehículos especiales o adaptados de manera permanente a las necesidades de las personas con discapacidad, así como aquellas que permitan suplir o disminuir la discapacidad de una persona, tales como prótesis, órtesis o cualquier otra ayuda técnica que se adapte al cuerpo de la persona con discapacidad.
¿Cómo se presenta?
Mediante escrito libre que cumpla con los requisitos previstos en la regla 1.2.2., anexando los siguientes documentos:
Personas físicas.
A.   Vehículos:
I.     Copia certificada del título de propiedad (anverso y reverso), que acredite la legal posesión del vehículo.
II.   Original del documento expedido por el responsable del establecimiento técnico especializado en el extranjero que realizó la adaptación, con su respectiva traducción al español, en el que se señale claramente lo siguiente:
a)   Los datos de identificación del vehículo (marca, modelo, tipo y número de serie).
b)   Que la adaptación efectuada al vehículo es permanente, describiendo sus características y funciones.
c)   Los datos generales del establecimiento (dirección, teléfono, correo electrónico, número de identificación fiscal) y nombre del responsable del mismo.
III.  Original de la constancia expedida por alguna institución de salud con autorización oficial con la que acredite su discapacidad, la cual deberá contener la siguiente información:
a)   Nombre completo de la persona con discapacidad.
b)   Descripción de la discapacidad.
c)   Nombre completo del representante legal o director general de la institución de salud que expide la constancia médica.
d)   Dirección, teléfono y el registro correspondiente como institución de salud.
El documento señalado en esta fracción, no podrá tener una antigüedad mayor a tres meses.
 
IV.  Fotografías en las que se aprecie claramente en qué consiste la adaptación realizada al vehículo y se desprenda que la misma es permanente, en las cuales se aprecie lo siguiente:
a)   Para dispositivos de aceleración y frenado:
1.   La adaptación general del dispositivo al vehículo.
2.   El sistema de control manual o eléctrico que activa los sistemas de aceleración o frenado del vehículo, en su caso, del embrague, de manera que se aprecie cómo se encuentra el dispositivo soportado de manera permanente en la dirección.
3.   La vista panorámica del vehículo.
4.   La vista del lado del conductor.
b)   Para dispositivos de rampa:
1.   La adaptación general de la rampa.
2.  El funcionamiento de la rampa (secuencia de despliegue) y que no se encuentre únicamente sobrepuesta al vehículo.
3.  La vista panorámica del vehículo.
4.   Los controles de la rampa.
V.   Declaración bajo protesta de decir verdad que el vehículo se encuentra fuera del territorio nacional.
B.   Otras mercancías:
I.    Factura o nota de venta, las cuales necesariamente deben estar expedidas a nombre de la persona con discapacidad o, en su caso, a nombre de los padres (tratándose de discapacitados menores de edad) o tutores (tratándose de discapacitados mayores de edad).
II.   Folletos, catálogos o información técnica, de los que se desprenda como suplen o disminuyen su discapacidad.
III.  Descripción detallada (tipo, marca, modelo, número de serie), para efecto de que pueda ser incluida en la autorización correspondiente.
Personas morales.
I.      Copia de la constancia de autorización a que se refiere la regla 3.10.2. de la RMF.
II.     Exhibir copia del acta constitutiva protocolizada donde acrediten que tienen por objeto social la atención a personas con discapacidad, por lo que no deberán cumplir con el requisito de la fracción III del Apartado A.
 
¿Dónde se presenta?
1. Ante la ADJ que corresponda al domicilio fiscal del interesado, ante la ACNCEA, según sea el caso.
Administración Central de Normatividad en Comercio Exterior y Aduanal, de la AGJ.
Hidalgo 77, Módulo VI, P.B., Colonia Guerrero,
Del. Cuauhtémoc, C.P. 06300, México, Distrito Federal.
De lunes a viernes, en un horario de 9:00 a 15:00 horas.
Administración Desconcentrada Jurídica.
En el domicilio que corresponda de acuerdo a la circunscripción territorial del domicilio del solicitante.
2. También puede enviar la solicitud y los documentos mediante SEPOMEX o utilizando los servicios de empresas de mensajería a las direcciones antes señaladas según sea el caso.
¿Cuándo se presenta?
Cuando las personas con discapacidad o las personas morales con fines no lucrativos autorizadas para recibir donativos deducibles en el ISR, requieran importar definitivamente un vehículo especial o adaptado de manera permanente a las necesidades de personas con discapacidad o mercancías que les permitan suplir o disminuir esta condición.
¿Qué documento se obtiene?
Autorización para la importación definitiva sin el pago de los impuestos al comercio exterior de vehículos especiales o adaptados de manera permanente a las necesidades de las personas con discapacidad y las demás mercancías que les permitan suplir o disminuir esta condición.
Disposiciones jurídicas aplicables:
Artículos 61, fracción XV de la Ley, 105 del Reglamento y las reglas 1.2.2. y 3.3.7.
 
A. Autorización para la exención del pago de impuestos a los vehículos importados en definitiva en
franquicia diplomática por misiones diplomáticas, oficinas de organismos internacionales
representados o con sede en territorio nacional y su personal extranjero.
¿Quiénes lo presentan?
Quienes realicen misiones diplomáticas y consulares, organismos internacionales, así como su personal extranjero.
¿A quién se dirige?
En la ACNCEA, a través de la Secretaría de Relaciones Exteriores.
¿Cuándo se presenta?
Cuando se pretenda obtener la autorización de exención del pago de impuestos a los vehículos importados en definitiva en franquicia diplomática
¿Qué documento se obtiene?
Oficio sellado como acuse de recibo.
 
Requisitos:
1.    Formato denominado "Franquicia Diplomática de Vehículos" debidamente requisitado a través de la Secretaría de Relaciones Exteriores, contenido en el Anexo 1 del Acuerdo por el que se establecen disposiciones de carácter general para la importación de vehículos en franquicia, publicado en el DOF el 29 de agosto de 2007.
2.    Documento a nombre del interesado que ampare la propiedad o legal posesión del vehículo.
3.    Permiso de importación temporal de vehículos vigente.
4.    Carnet de identidad expedido por la Secretaría de Relaciones Exteriores.
5.    Póliza de seguro de responsabilidad civil por daños a terceros vigente.
B. Autorización para la exención del pago de impuestos a vehículos importados en definitiva en
franquicia por miembros del Servicio Exterior Mexicano
¿Quiénes lo presentan?
El personal del Servicio Exterior Mexicano y funcionarios mexicanos acreditados ante los organismos internacionales en los que el Gobierno Mexicano participe.
¿A quién se dirige?
A la ACNCEA, a través de la Secretaría de Relaciones Exteriores.
¿Qué documento se obtiene?
Oficio sellado como acuse de recibo.
 
¿Cuándo se presenta?
Cuando se pretenda obtener la autorización de exención del pago de impuestos a los vehículos importados en definitiva en franquicia diplomática.
Requisitos:
1.    Solicitud de importación en franquicia a través de la Secretaría de Relaciones Exteriores.
2.    Documento a nombre del interesado que ampare la propiedad o legal posesión del vehículo.
3.    Permiso de importación temporal de vehículos vigente.
4.    Identificación oficial.
C. Autorización para la enajenación de vehículos de comercialización en territorio nacional por
misiones diplomáticas, consulares y organismos internacionales, así como su personal extranjero
¿Quiénes lo presentan?
Quienes realicen misiones diplomáticas, consulares y organismos internacionales, así como su personal extranjero respectivo.
¿A quién se dirige?
En la ACNCEA, a través de la Secretaría de Relaciones Exteriores.
¿Cuándo se presenta?
Cuando se pretenda obtener la autorización de exención del pago de impuestos a los vehículos importados en definitiva en franquicia diplomática.
¿Qué documento se obtiene?
Oficio sellado como acuse de recibo.
Requisitos:
1.    Solicitud para la enajenación de vehículos de comercialización en territorio nacional.
2.    Oficio de autorización de devolución de IVA emitido por el SAT.
3.    Documento a nombre del interesado que ampare la propiedad del vehículo.
Disposiciones jurídicas aplicables:
Artículos 62, fracción I de la Ley y la regla 3.3.15.
 
1. Competencias y eventos deportivos.
¿Quiénes lo presentan?
Organismo Público, así como Organismo Privado constituido conforme a las leyes mexicanas y
organizador de la competencia o evento deportivo.
¿Cómo se presenta?
Mediante aviso de conformidad con la regla 1.2.2.
¿A quién se dirige?
A la ACAJACE
¿Cuándo se presenta?
Con anticipación a la importación temporal de mercancías.
¿Cómo se realiza?
A través de un pedimento de importación temporal.
¿Qué mercancías se pueden importar?
Las inherentes a la finalidad del evento, incluyendo vehículos y embarcaciones de competencia, tractocamiones y sus remolques, casas rodantes, equipos de servicio médico y de seguridad y sus herramientas y accesorios necesarios para cumplir con el fin del evento, así como aquellas mercancías que se vayan a distribuir gratuitamente entre los asistentes o participantes al evento, mismas que deberán ser identificadas mediante sellos o marcas que las distingan individualmente como destinadas al evento de que se trate, por las que no se requerirá comprobar su retorno al extranjero, siempre que se observe lo establecido en la fracción I de la regla 4.2.8.
¿Qué procede en caso de que la mercancía se deteriore?
El Organismo Público o Privado deberá destruirla dentro de los 20 días siguientes a la conclusión del evento.
¿Ante quién se debe presentar el aviso de destrucción de las mercancías y con qué anticipación?
Ante la ADACE, que corresponda al lugar donde se encuentran las mercancías, cuando menos dos días antes de la fecha de destrucción.
¿Cuándo se debe efectuar la destrucción de las mercancías?
El día, hora y lugar indicados en el aviso, en días y horas hábiles, se encuentre o no presente la autoridad aduanera.
¿Quién debe levantar el acta de destrucción de las mercancías?
La autoridad aduanera y en su ausencia el importador; en el caso de que no sea levantada por la autoridad, se remitirá copia dentro de los 5 días siguientes a la ADACE que corresponda al lugar donde se encuentran las mercancías.
¿Qué debe hacerse constar en el acta de destrucción de mercancías?
La cantidad, peso o volumen de las mercancías destruidas, descripción del proceso de destrucción, así como los pedimentos de importación con los que se hubieran introducido las mercancías al territorio nacional.
 
¿En qué casos queda relevado el importador de retornar la mercancía importada temporalmente?
Cuando ésta se deteriore o consuma.
¿En qué casos no será aplicable la autorización a que se refiere el presente numeral?
Tratándose de competencias o eventos de automovilismo deportivo, excepto por lo que se refiere al procedimiento que deberá observarse cuando las mercancías se deterioren.
¿Qué documento se obtiene?
Un pedimento de importación temporal.
Requisitos:
1.     Aviso que cumpla con los requisitos previstos en la regla 1.2.2.
2.     Señalar lugar y fecha en que se celebrará el evento y la descripción del mismo.
3.     Señalar las aduanas por las que ingresará la mercancía.
4.     Anexar listado de la mercancía que se destinará al evento, que contenga su descripción y cantidad, indicando las que serán objeto de distribución gratuita y las que serán consumidas durante el evento.
5.     Anexar carta bajo protesta de decir verdad en la que se asuma la obligación de retornar al extranjero las mercancías importadas temporalmente dentro del plazo establecido en la Ley, así como la responsabilidad solidaria en términos del artículo 26, fracción VIII del Código, respecto de los créditos fiscales que lleguen a derivarse por no efectuar dicho retorno.
6.     Tratándose de mercancías sujetas al cumplimiento de regulaciones y restricciones no arancelarias, se deberán anexar al pedimento respectivo la documentación que compruebe su cumplimiento.
 
2. Competencias y eventos de automovilismo deportivo.
¿Quiénes lo presentan?
El interesado o su representante legal.
¿Cómo se presenta?
Mediante escrito libre de conformidad con la regla 1.2.2.
¿A quién se dirige?
A la aduana o aduanas por las que vaya a ingresar la mercancía.
¿Cuándo se presenta?
Con anticipación a la importación temporal de mercancías.
¿Cómo se realiza?
A través de un pedimento de importación temporal.
¿Qué mercancías se pueden importar?
El vehículo o vehículos que serán utilizados en la competencia o evento de que se trate, incluyendo las mercancías inherentes al desarrollo de la competencia o evento, como los vehículos de competencia o exhibición, tractocamiones y sus remolques, casas rodantes, equipos de servicio médico y de seguridad, sus herramientas, los demás equipos que se utilicen en dichas competencias o eventos y sus accesorios, necesarios para cumplir con el fin de los mismos, así como aquellas mercancías que se vayan a distribuir gratuitamente entre los asistentes o participantes al evento, las cuales deberán ser identificadas mediante sellos o marcas que las distingan individualmente como destinadas a la competencia o evento de que se trate, por lo que no se requerirá comprobar su retorno al extranjero.
 
¿Qué procede en caso de que dentro del plazo señalado en la fracción III del artículo 106 de la Ley, el interesado pretenda participar en competencias o eventos adicionales a los señalados en la autorización?
Deberá solicitar una nueva autorización por cada competencia o evento subsecuente en el que desee participar, ante la Federación Mexicana de Automovilismo Deportivo, A.C. y presentarla ante la aduana de la circunscripción que corresponda al lugar donde tendrán lugar, conforme al presente numeral.
¿Qué documento se obtiene?
Autorización para importar mercancías temporalmente.
Requisitos:
1.     Señalar la aduana o aduanas por las que ingresará la mercancía.
2.     Anexar copia de la autorización de la Federación Mexicana de Automovilismo Deportivo, A.C. en el que se señale el(los) lugar(es) y la(s) fecha(s) en la(s) que se celebrará(n) la(s) competencia(s) o evento(s).
3.     Anexar listado de la mercancía que se destinará a la competencia o evento, que incluya su descripción y cantidad, indicando las que serán distribuidas gratuitamente y las que serán consumidas en la competencia o evento, así como el valor unitario de las mismas.
4.     Anexar carta de anuencia emitida por la Federación Mexicana de Automovilismo Deportivo, A.C. o el organismo deportivo competente.
5.     Tratándose de mercancías sujetas al cumplimiento de regulaciones y restricciones no arancelarias, se deberán anexar al pedimento de importación temporal respectivo los documentos que comprueben su cumplimiento.
6.     En el caso de que la mercancía o mercancías importadas temporalmente al amparo de la presente regla se deterioren, se estará al procedimiento de destrucción establecido en el numeral 1 del presente instructivo.
 
3. Eventos culturales.
¿Quiénes lo presentan?
Los organizadores del evento.
¿Cómo se presenta?
Mediante escrito libre, personalmente o a través del servicio de mensajería.
¿A quién se dirige?
A las Aduanas por las que vayan a ingresar las mercancías.
¿Cuándo se presenta?
Con anticipación a la importación temporal de las mercancías.
¿Cómo se realiza?
A través de un pedimento de importación temporal.
¿Qué mercancías se pueden importar?
Las inherentes a la finalidad del evento, incluyendo sus accesorios, así como aquellas mercancías que se vayan a distribuir gratuitamente entre los asistentes o participantes a éste, mismas que deberán ser identificadas mediante sellos o marcas que las distingan individualmente como destinadas al evento de que se trate, por las que no se requerirá comprobar su retorno al extranjero, siempre que se observe lo establecido en la fracción I de la regla 4.2.8.
¿Qué documento se obtiene?
Autorización para importar mercancías temporalmente.
Requisitos:
1.    Señalar el (los) lugar(es) y el(los) día(s) en que se llevará a cabo el evento.
2.    Señalar la aduana o aduanas por las que ingresará la mercancía.
3.    Documento con el que se demuestre la realización del evento cultural.
4.    Anexar lista de la mercancía que se destinará al evento, que contenga su descripción y cantidad, indicando las que serán objeto de distribución gratuita y las que serán consumidas durante el evento.
5.    Tratándose de mercancías sujetas al cumplimiento de regulaciones y restricciones no arancelarias, se deberán anexar al pedimento respectivo los documentos que comprueben su cumplimiento.
6.    En el caso de que la mercancía o mercancías importadas temporalmente al amparo de la presente fracción se deterioren, el organizador deberá observar el procedimiento establecido en el numeral 1 del presente Instructivo.
 
4. Certámenes de belleza o eventos internacionales de modelaje.
¿Quiénes lo presentan?
Los organizadores del evento o importador.
¿Cómo se presenta?
Mediante solicitud de autorización de importación temporal
¿A quién se dirige?
A la Aduana o aduanas por las que vayan a ingresar las mercancías.
¿Cuándo se presenta?
Con anticipación a la celebración del evento.
¿Qué mercancías se pueden importar?
Las inherentes a la finalidad del evento, incluyendo sus accesorios, así como aquellas que se vayan a distribuir gratuitamente entre los asistentes o participantes a éste, mismas que deberán ser identificadas mediante sellos o marcas que las distingan individualmente como destinadas al evento de que se trate, por las que no se requerirá comprobar su retorno al extranjero, siempre que se observe lo establecido en la fracción I de la regla 4.2.8.
¿Qué documento se obtiene?
Autorización para importar mercancías temporalmente.
Requisitos:
1.    Anexar listado en el que se indique bajo protesta de decir verdad, la cantidad total de prendas de vestir y accesorios del arreglo personal que se introducirán con fines de ser utilizados en el evento y que dichas mercancías no serán objeto de comercialización, identificando aquellas que retornarán al extranjero como parte del equipaje de las participantes. En este último caso el organizador no estará obligado a comprobar el retorno al extranjero de las mercancías.
2.    Las mercancías deberán ostentar la leyenda "Prohibida su venta", misma que podrá encontrarse adherida, bordada, pintada con tinta indeleble o grabada, de manera que las descalifique para su venta o para cualquier uso distinto al evento, excepto cuando este procedimiento inutilice la mercancía de manera tal que no pueda ser usada en el evento.
3.    El importador podrá introducir más de una prenda de vestir o accesorio del arreglo personal, de la misma marca, modelo y características, siempre que así lo haya manifestado en el listado a que se refiere el presente numeral, no obstante sólo podrá introducir hasta 2 prendas de vestir y accesorios del arreglo personal, del mismo modelo, marca y características, por participante del evento.
5. Exposiciones caninas internacionales
¿Quiénes lo presentan?
La Federación Canófila Mexicana.
¿Cómo se presenta?
Mediante escrito libre de conformidad con la regla 1.2.2.
¿A quién se dirige?
A la Aduana o aduanas por las que ingresarán los ejemplares.
 
¿Cuándo se presenta?
Con anticipación a la celebración del evento.
¿Cómo se realiza?
A través de un pedimento de importación temporal.
¿Qué mercancías se pueden importar?
Los ejemplares que participarán en el evento.
¿Cuándo deben retornar al extranjero los ejemplares importados temporalmente?
A la conclusión del evento en el que participaron. Dicho retorno no podrá exceder el plazo de un año contado a partir de su ingreso a territorio nacional.
¿Qué documento se obtiene?
Autorización para importar mercancías temporalmente.
Requisitos:
1.    Señalar el lugar, la fecha en que se celebrará el evento y la descripción del mismo.
2.    Señalar la aduana o aduanas por las que ingresará la mercancía.
3.    Anexar listado en el que se indique, el nombre, la raza y el registro del ejemplar, y el nombre de la persona que introducirá o transportará los ejemplares en territorio nacional, especificando el número de ejemplares que acompañaran a dicha persona.
4.    La persona que introduzca o transporte a los ejemplares deberá presentar ante el personal de la aduana, el certificado de importación zoosanitario expedido por la SAGARPA, por cada ejemplar que lo acompañe.
 
6. Vehículos especializados y medios de transporte que sean utilizados para producción de
filmaciones de la industria cinematográfica.
¿Qué se requiere previo al trámite?
Presentar aviso a la ACPPFGC.
¿Quiénes lo realizan?
Residentes en el extranjero.
¿Cómo se realiza?
Mediante pedimento de importación temporal.
¿Dónde se presenta?
Aduana o aduanas por la que ingrese la mercancía.
¿Cuándo se presenta?
Al momento del despacho.
¿Qué documento se obtiene?
Pedimento de importación temporal.
¿Qué mercancías se pueden importar?
Vehículos especializados y los medios de transporte que sean utilizados para la industria cinematográfica.
 
¿Se pueden destinar las mercancías a un fin distinto para el que fueron importadas?
No, las mercancías que se introduzcan de conformidad con lo dispuesto en el presente numeral, no podrán sujetarse a cambios de régimen, reexpedición o regularización de mercancía, ni podrán destinarse a fines distintos de aquéllos por los que se hubiera autorizado su introducción.
¿Se puede efectuar el despacho a domicilio de las mercancías?
Sí, siempre que la compañía productora anexe su solicitud al formato respectivo y se encuentre en la franja o región fronteriza, manifestando bajo protesta de decir verdad, que será el lugar donde se mantendrán las mercancías durante la producción de la filmación.
Requisitos:
1.   Anexar al pedimento copia del aviso presentado a la ACPPFGC, con sello de acuse de recibido.
        El aviso deberá indicar:
a)   Uso específico de los vehículos especialmente acondicionados para la filmación.
b)   Plazo de permanencia de los mismos.
c)   Número a importar, señalando la marca, modelo, año, número de serie o NIV, y
d)   Lugar o lugares en donde se realizará la filmación.
2.   Anexar al aviso el original de una carta expedida por el Instituto Mexicano de Cinematografía, avalando la existencia tanto de la empresa cinematográfica como de la producción y el nombre del responsable de la producción.
3.   Anexar carta de un residente en territorio nacional que asuma la responsabilidad solidaria, en los términos del artículo 26, fracción VIII del Código, de los créditos fiscales que lleguen a causarse en el caso de incumplimiento de la obligación de retornar dichos vehículos.
4.   Para los efectos de los artículos 1o. y 20, fracciones IV y VII de la Ley, no será necesario obtener el CAAT a que se refiere la regla 2.4.6., siempre que la compañía productora manifieste bajo protesta de decir verdad, que los vehículos especializados y los medios de transporte que se utilizarán para el traslado de los enseres, utilería y demás equipo necesario para la industria cinematográfica, ingresarán por una sola ocasión y no se utilizarán para la transportación de mercancías distintas.
5.   Anexar un listado de los vehículos en el que se indique tipo de camión, marca, modelo, año y NIV.
6.   Tratándose de mercancías sujetas al cumplimiento de regulaciones y restricciones no arancelarias, se deberán anexar al pedimento de importación temporal respectivo los documentos que comprueben su cumplimiento.
 
7. Producción de filmaciones, siempre que las mercancías sean utilizadas en la industria
cinematográfica.
¿Qué se requiere previo al trámite?
Presentar aviso a la ACPPFGC.
¿Quiénes lo realizan?
Compañía productora o residente en el extranjero.
¿Cómo se realiza?
Mediante Solicitud de autorización de importación temporal.
¿Dónde se presenta?
Ante la ACAJNI.
¿Qué documento se obtiene?
Autorización para importar mercancías temporalmente.
¿Qué mercancías se pueden importar?
Enseres, utilería y demás equipos necesarios para la producción de la filmación que sean utilizados para la industria cinematográfica.
¿Cómo se realiza la importación temporal de mercancías sujetas al cumplimiento de regulaciones y restricciones no arancelarias por parte de la SEDENA o de la Secretaría de Salud?
Mediante la tramitación del pedimento correspondiente y cumpliendo con las disposiciones legales aplicables.
¿Se pueden destinar las mercancías a un fin distinto para el que fueron importadas?
No, las mercancías que se introduzcan de conformidad con lo dispuesto en el presente numeral, no podrán sujetarse a cambios de régimen, reexpedición o regularización de mercancía, ni podrán destinarse a fines distintos de aquéllos por los que se hubiera autorizado su introducción.
 
¿Se puede efectuar el despacho a domicilio de las mercancías?
Sí, siempre que la compañía productora anexe su solicitud al formato respectivo y se encuentre en la franja o región fronteriza, manifestando bajo protesta de decir verdad, que será el lugar donde se mantendrán las mercancías durante la producción de la filmación.
Requisitos:
1.   Anexar copia del aviso presentado a la ACPPFGC, con sello de acuse de recibido.
2.   Anexar al aviso el original de una carta expedida por el Instituto Mexicano de Cinematografía, avalando la existencia tanto de la empresa cinematográfica como de la producción y el nombre del responsable de la producción.
3.   Anexar carta de un residente en territorio nacional que asuma la responsabilidad solidaria, en los términos del artículo 26, fracción VIII del Código, de los créditos fiscales que lleguen a causarse en el caso de incumplimiento de la obligación de retornar las mercancías.
4.   Listado en el que se indique bajo protesta de decir verdad, la cantidad total de enseres, utilería y demás equipos necesarios que se introducirán con la finalidad de ser utilizados para la producción de la filmación y que dichas mercancías no serán objeto de comercialización.
5.   Las mercancías deberán ostentar la leyenda "Prohibida su venta", misma que podrá encontrarse adherida, bordada, pintada con tinta indeleble o grabada, de manera que las descalifique para su venta o para cualquier uso distinto a la producción de la filmación, excepto cuando el procedimiento de que se trate inutilice la mercancía de manera que no pueda ser usada en la filmación.
6.   En caso de ser necesaria la introducción de animales vivos para la producción de la filmación, deberán estar señalados en el listado a que se refiere el presente numeral y se deberá presentar ante el personal de la aduana, el certificado de importación zoosanitario expedido por la SAGARPA, por cada ejemplar.
8. Vehículos de prueba.
¿Quiénes lo presentan?
Fabricantes autorizados o distribuidores autorizados de vehículos de marcas extranjeras establecidos en México.
¿Cómo se realizan?
A través de un pedimento de importación temporal.
¿A quién se dirige?
A la Aduana o aduanas por la que ingresen los vehículos.
¿Qué mercancías se pueden importar?
Vehículos de prueba que se utilicen únicamente en la realización de exámenes para medir el buen funcionamiento de vehículos similares al mismo, o de cada una de sus partes, sin que puedan destinarse a un uso distinto.
¿Qué documento se obtiene?
Un pedimento de importación temporal.
Requisitos:
1.    Los distribuidores autorizados de vehículos de marcas extranjeras establecidos en México, para que puedan considerarse como fabricantes autorizados para los efectos de lo dispuesto en el inciso d) de la fracción III del artículo 106 de la Ley, demostrarán ante la SE su carácter de distribuidor autorizado mediante carta expedida por el fabricante extranjero correspondiente, en la que autorice a comercializar sus vehículos en México.
2.    La demostración a que se hace referencia, la realizará el interesado al momento de solicitar los permisos previos de importación de los vehículos de prueba que vaya a importar.
Disposiciones jurídicas aplicables:
Artículo 106, fracción III de la Ley y la regla 4.2.8.
 
 
¿Quiénes lo realizan?
Importadores; quienes destinen mercancías al régimen de depósito fiscal siempre que no hayan arribado al almacén correspondiente; quienes destinen mercancías al régimen de tránsito y compañías aseguradoras.
¿Cómo se realiza?
Mediante escrito libre que cumpla con los requisitos previstos en la regla 1.2.2., en el que se señale específicamente si se solicita el cambio de régimen; se tengan por destruidos; o la destrucción, en este último caso se deberá describir el proceso.
¿A quién se dirige?
A la ACAJACE.
¿Qué documento se obtiene?
Autorización para la destrucción o el cambio de régimen de los restos de las mercancías accidentadas en el país.
¿Qué procede una vez obtenida dicha autorización?
Si es para destrucción de los restos, realizar la misma conforme al procedimiento establecido en el artículo 142 del Reglamento.
Si es para cambio de régimen, se deberá presentar ante la aduana, para realizar el trámite de la importación definitiva, sin que sea necesaria la presentación física de la mercancía, por lo que si el resultado del mecanismo de selección automatizado es reconocimiento aduanero, el mismo se practicará documentalmente.
Requisitos que deberán anexarse a la promoción:
1.     Copia del pedimento o de la documentación aduanera original correspondiente al régimen aduanero de que se trate.
2.     Documentación que acredite de manera fehaciente el accidente y su efecto sobre la mercancía.
3.     Copia del aviso a que se refiere la regla 4.2.19., incluso extemporáneo.
4.     Listado de las mercancías accidentadas relacionadas con el pedimento o documentación aduanera correspondiente.
5.     Copia de la autorización expedida por la autoridad competente para el caso de materiales peligrosos o nocivos para la salud o seguridad pública, medio ambiente, flora o fauna, excepto cuando se trate de cambio de régimen.
Para el caso de las mercancías destinadas al régimen de depósito fiscal, además de los requisitos antes señalados, copia del aviso de no arribo presentado por el almacén general de depósito.
Los requisitos señalados en los numerales 1 a 4 se solicitarán para el caso de que no queden restos susceptibles de ser destruidos y la autoridad pueda considerarlos como destruidos.
Para el caso de las compañías aseguradoras, sólo se deberá anexar copia del permiso de internación o importación temporal, documento con el que se declaró la pérdida total y copia del pago correspondiente al asegurado.
Notas. No procederá la autorización para cambiar de régimen los vehículos que fueron internados temporalmente al amparo del artículo 62 último párrafo de la Ley, ni los importados al amparo del artículo 106, fracciones II, inciso e) y IV, inciso a) del mismo ordenamiento.
Los gastos de la destrucción correrán a cargo del interesado.
Disposiciones jurídicas aplicables:
Artículo 94 de la Ley, 142 del Reglamento y las reglas 1.2.2., 4.2.16., y 4.2.19.

 
 
¿Quiénes lo presentan?
Importadores.
¿Cómo se presenta?
Mediante escrito libre que cumpla con los requisitos previstos en la regla 1.2.2., en el que se señale:
1.     El daño que sufrieron las mercancías que les impide retornar al extranjero, incluso por incosteabilidad.
2.     El lugar donde se localizan, sus condiciones materiales.
3.     El lugar donde se pretenda realizar la destrucción, así como la descripción de dicho proceso.
¿A quién se dirige?
A la ACAJACE.
¿Qué documento se obtiene?
Autorización para la destrucción de mercancías importadas temporalmente que hubiesen sufrido algún daño en el país.
¿Qué procede una vez obtenida dicha autorización?
Realizar la destrucción conforme al procedimiento establecido en el artículo 142 del Reglamento.
Requisitos que deberán anexarse a la promoción:
1.     Copia del pedimento o la documentación aduanera original que ampare la mercancía dañada.
2.     Documentación que acredite de manera fehaciente el daño sufrido.
3.     Listado de las mercancías dañadas relacionadas con el pedimento o documentación aduanera correspondiente.
4.     Copia de la autorización expedida por la autoridad competente para el caso de materiales peligrosos o nocivos para la salud o seguridad pública, medio ambiente, flora o fauna.
Nota. Los gastos de la destrucción correrán a cargo del interesado.
Disposiciones jurídicas aplicables:
Artículos 94 de la Ley, 142 del Reglamento y las reglas 1.2.2., y 4.2.17.
 
 

 
¿Quiénes lo presentan?
Las empresas de la industria de autopartes, que se encuentren ubicadas en la franja o región fronteriza y que enajenen partes y componentes a las empresas de la industria terminal automotriz o manufacturera de vehículos de autotransporte ubicadas en el resto del territorio nacional.
¿En qué casos se presenta?
Cuando las empresas de la industria de autopartes, que se encuentren ubicadas en la franja o región fronteriza y que enajenen partes y componentes a las empresas de la industria terminal automotriz o manufacturera de vehículos de autotransporte ubicadas en el resto del territorio nacional, efectúen el traslado de partes y componentes al resto del país.
¿Cómo se presenta?
Mediante escrito libre en los términos de la regla 1.2.2. anexando los siguientes documentos:
a)   Escrito de la empresa perteneciente a la industria terminal automotriz y/o manufacturera de vehículos de autotransporte mediante el cual:
1. Declare, bajo protesta de decir verdad, que la mercancía ha sido adquirida por ésta, y que asume la responsabilidad solidaria, en los términos del artículo 26, fracción VIII del Código, en caso de incumplimiento.
2. Indique el periodo de abastecimiento de las mercancías que han sido adquiridas por la industria terminal automotriz y/o manufacturera de vehículos de autotransporte.
3. Especifique el domicilio a donde realizarán los envíos.
El documento señalado en el presente inciso, deberá ir acompañado de la copia del instrumento notarial, donde el representante legal de la industria terminal automotriz y/o manufacturera de vehículos de autotransporte acredite sus facultades para realizar dicho acto.
b)   Copia de la autorización del Programa IMMEX, emitida por la SE.
c)   Lista que permita identificar las mercancías que serán trasladadas, mismas que deberán estar comprendidas en el programa respectivo.
¿Dónde se presenta?
1.  Ante la Administración Central de Apoyo Jurídico de Auditoría de Comercio Exterior de la AGACE, Ubicada en Avenida Paseo de la Reforma 10, Piso 26, Colonia Tabacalera, Delegación Cuauhtémoc, Código Postal 06030, México, D.F.
2. También puede enviar la solicitud y los documentos mediante SEPOMEX o utilizando los servicios de empresas de mensajería a las direcciones antes señaladas según sea el caso.
¿Qué documentos se deben acompañar durante el traslado de partes y componentes de la franja o región fronteriza al resto del país?
1.    La autorización de traslado de partes y componentes de la franja o región fronteriza al resto del país.
2.    Factura que deberá contener:
a)   El número del programa,
b)   Los datos del vehículo en que se efectúa el traslado,
c)   El lugar al que van a ser destinadas las mercancías, y
d)   La anotación de que dicha operación se efectúa en los términos de la regla 4.3.13.
3.    Tratándose de mercancías susceptibles de ser identificadas individualmente, deberán indicar:
a)   Números de serie, parte, marca, modelo o, en su defecto;
b)  Las especificaciones técnicas o comerciales necesarias para identificar dichas mercancías, a efecto de distinguirlas de otras similares.
¿Qué documento se obtiene?
Autorización de traslado de partes y componentes de la franja o región fronteriza al resto del país.
Disposiciones jurídicas aplicables:
Regla 1.2.2. y 4.3.13.
 
¿Quiénes lo realizan?
Personas morales constituidas conforme a las leyes mexicanas.
¿Cómo se realiza?
Mediante escrito libre de conformidad con la regla 1.2.2. o mediante la Ventanilla Digital.
¿Dónde se presenta?
Ante la ACAJA o mediante la Ventanilla Digital.
¿Qué documento se obtiene?
Oficio de autorización para destinar mercancías al régimen de recinto fiscalizado estratégico.
¿Cuándo se presenta?
En el caso de que personas morales se encuentren interesadas en destinar mercancía al régimen de recinto fiscalizado estratégico.
¿Cuándo se emite la resolución?
La AGA emitirá la autorización correspondiente en un plazo no mayor a tres meses contados a partir de la fecha de recepción de la solicitud. Transcurrido dicho plazo sin que se notifique la autorización que corresponda, se entenderá que la resolución es negativa en los términos del artículo 37 del Código.
Cuando se requiera al promovente que cumpla los requisitos omitidos o proporcione los elementos necesarios para resolver, el término comenzará a correr desde que el requerimiento haya sido cumplido.
Requisitos generales:
A.   Solicitud de Autorización para destinar mercancías al régimen de recinto fiscalizado estratégico:
1.   Copia certificada del acta constitutiva y, en su caso, modificaciones a la misma, en donde sean visibles los datos de inscripción en el Registro Público de Comercio.
2.   Copia certificada del documento con el cual se acredite el legal uso o goce del inmueble.
3.   En el caso de personas morales que se encuentren inscritas en el registro del despacho de mercancías de las empresas para efectuar importaciones mediante el procedimiento de revisión en origen o en el registro de empresas certificadas, a que se refieren los artículos 100 y 100-A de la Ley; que cuenten con autorización de depósito fiscal para el ensamble y fabricación de vehículos, o con Programa IMMEX, ECEX o ALTEX por parte de la SE, deberán manifestarlo indicando el número de registro o autorización que les haya sido asignado.
4.   Descripción general de las actividades o servicios que se pretendan desarrollar dentro del inmueble, de conformidad con lo previsto en el artículo 135-B, primer párrafo de la Ley.
5.   Programa de inversión, el cual contendrá los conceptos a desarrollar con motivo de las obras, instalaciones y/o adaptaciones a realizar, señalando el monto en moneda nacional de la respectiva inversión y los plazos en que se efectuarán las inversiones.
 
6.   Dos juegos de planos impresos y digitalizados en disco compacto con formato Autocad, en los que se identifique la superficie en que se pretenda operar el régimen de recinto fiscalizado estratégico, conforme a los lineamientos que se establecen para los Recintos Fiscalizados Estratégicos en la página electrónica www.sat.gob.mx.
7.   La propuesta deberá considerar la instalación de circuito cerrado de televisión y demás medios de control conforme a los lineamientos que se establecen para los Recintos Fiscalizados Estratégicos en la página electrónica www.sat.gob.mx.
8.   Escrito firmado por el representante legal de la empresa, mediante el cual manifieste bajo protesta de decir verdad, que tanto la empresa como sus accionistas, cuentan con solvencia económica, capacidad técnica, administrativa y financiera para la prestación de los servicios. En su caso, se podrá presentar una certificación del Presidente del Consejo de Administración o del Administrador Único de la empresa solicitante, en el que manifieste bajo protesta de decir verdad, que tanto la empresa como sus accionistas, cuentan con solvencia económica, capacidad técnica, administrativa y financiera para la prestación de los servicios.
9.   Documentación certificada con la que se acredite la representación legal de la persona que firme la solicitud, con poder para actos de administración.
10.  El comprobante de pago realizado a través del esquema e5cinco, con el que acredite el pago de derechos previsto en el artículo 40, inciso ñ) de la LFD.
11.  Opinión positiva sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales.
B.    Tratándose de solicitudes de autorización para destinar mercancías al régimen de recinto fiscalizado para la elaboración, transformación o reparación, adicionalmente a los requisitos señalados en el apartado A del presente instructivo, se estará a lo siguiente:
1.    Para los efectos del numeral 1 del apartado A del presente instructivo, se deberá acreditar como mínimo un capital fijo pagado de $1'000,000.00.
2.    Anexar una descripción detallada del proceso productivo que incluya la capacidad instalada de la empresa para procesar las mercancías que se destinen al régimen de recinto fiscalizado estratégico.
3.    Anexar un listado que contenga la descripción comercial, así como la descripción y fracción arancelaria conforme a la TIGIE, de los productos que resultarían de los procesos de elaboración, transformación o reparación, así como para cada uno de ellos, la descripción comercial y fracción arancelaria conforme a la TIGIE de las mercancías que se destinen al régimen de recinto fiscalizado estratégico para llevar a cabo dichos procesos.
C.    Tratándose de empresas que soliciten una autorización de recinto fiscalizado estratégico dentro de un recinto portuario o colindante al mismo, a una Administración Portuaria Integral, además de la documentación señalada en los apartados A y B del presente instructivo deberán proporcionar lo siguiente:
1.    Documento con el que acredite su legal establecimiento dentro del recinto portuario.
2.    Cumplir con los lineamientos en materia de operación, seguridad y control que determine la ACEIA.
 
Datos y documentos (requisitos) a cumplir cuando el trámite se efectúe a través de la Ventanilla Digital.
Datos:
1.    Manifestación bajo protesta de decir verdad indicando que la persona moral y sus accionistas cuentan con solvencia económica, así como con capacidad técnica, administrativa y financiera.
Documentos (requisitos):
1.    Documento con el cual se acredite el legal uso o goce del inmueble.
2.    Programa de inversión, el cual contendrá los conceptos a desarrollar con motivo de las obras, instalaciones y/o adaptaciones a realizar, señalando el monto en moneda nacional de la respectiva inversión y los plazos en que se efectuarán las inversiones.
La propuesta considerando la instalación de circuito cerrado de televisión y demás medios de control conforme a los lineamientos que se establecen para los Recintos Fiscalizados Estratégicos en la página electrónica www.sat.gob.mx.
3.    Planos, en los que se identifique la superficie en que se pretenda operar el régimen de recinto fiscalizado estratégico, conforme a los lineamientos que se establecen para los Recintos Fiscalizados Estratégicos en la página electrónica www.sat.gob.mx.
4.    Pago de derechos (el comprobante de pago realizado a través del esquema e5cinco, con el que acredite el pago de derechos previsto en el artículo 40, inciso ñ) de la LFD).
5.    Opinión positiva sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales.
A.    Tratándose de solicitudes de autorización para destinar mercancías al régimen de recinto fiscalizado para la elaboración, transformación o reparación, adicionalmente a los requisitos señalados en el apartado A del presente apartado, deberá adjuntar:
Datos:
1.    Manifestación bajo protesta de decir verdad indicando que la persona moral cuenta como mínimo con un capital fijo pagado de $1'000,000.00.
Requisitos:
2.    Listado que contenga la descripción comercial, así como la descripción y fracción arancelaria conforme a la TIGIE, de los productos que resultarían de los procesos de elaboración, transformación o reparación, así como para cada uno de ellos, la descripción comercial y la descripción y fracción arancelaria conforme a la TIGIE de las mercancías que se destinen al régimen de recinto fiscalizado estratégico para llevar a cabo dichos procesos.
B.    Tratándose de empresas que soliciten una autorización de recinto fiscalizado estratégico dentro de un recinto portuario o colindante al mismo, a una Administración Portuaria Integral, además de la documentación señalada en los apartados A y B del presente apartado deberán proporcionar lo siguiente:
1.    Documento con el que acredite su legal establecimiento dentro del recinto portuario.
2.    Cumplir con los lineamientos en materia de operación, seguridad y control que determine la ACEIA.
¿Cuándo se solicita la prórroga de la autorización para destinar mercancías al régimen de recinto fiscalizado estratégico?
Por escrito, durante los últimos dos años de vigencia y por lo menos 90 días naturales anteriores al vencimiento de la misma, debiendo acreditar que se siguen cumpliendo los requisitos previstos para su otorgamiento, así como las obligaciones derivadas de la misma.
Disposiciones jurídicas aplicables:
Artículo 135-A de la Ley, reglas 1.2.2., 1.1.3. y 4.8.1.
 
 
ANEXO 22 DE LAS REGLAS GENERALES DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2015
APÉNDICE 8
IDENTIFICADORES
Clave
Nivel
Supuestos de Aplicación
Complemento 1
Complemento 2
Complemento 3
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MR- REGISTRO PARA LA TOMA DE MUESTRAS., peligrosas o para las que se requiera de instalaciones o equipos especiales para la toma de las mismas.
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Declarar el número de oficio de autorización emitido por la ACAJA.
 
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Atentamente,
México, D.F., a 10 de noviembre de 2015.- El Jefe del Servicio de Administración Tributaria, Aristóteles Núñez Sánchez.- Rúbrica.
ANEXO 29 RELACIÓN DE AUTORIZACIONES PREVISTAS EN LAS REGLAS GENERALES DE
COMERCIO EXTERIOR PARA 2015.
 
TIPO DE AUTORIZACION
AUTORIDAD ANTE LA QUE SE PRESENTA
DOCUMENTO PARA SOLICITARLA
REGLA
1.
Para dejar sin efectos la suspensión en el padrón de importadores y/o en el padrón de importadores de sectores específicos.
ACOP
Solicitud de autorización para dejar sin efectos la suspensión en el Padrón de Importadores y/o en el Padrón de Importadores de Sectores Específicos, de conformidad con la regla 1.3.4.
1.3.4., primer
párrafo.
2.
Para importar mercancía sin haber concluido el trámite de inscripción, o para dejar sin efectos la suspensión o modificación en el padrón de importadores.
ACOA
Solicitud de autorización para importar mercancía por única vez, sin haber concluido el trámite de inscripción, estando suspendidos en el padrón de importadores, de conformidad con la regla 1.3.5.
1.3.5., primer
párrafo.
3.
Para importar mercancía sin estar inscrito en el padrón de importadores.
ACNCEA o ADJ que corresponda a su domicilio.
Solicitud de autorización a personas físicas para importar mercancía por única vez, sin estar inscrito en el padrón de importadores, de conformidad con la regla 1.3.6.
1.3.6. primer
párrafo.
4.
Para que los agentes aduanales que no estén sujetos a procedimiento de suspensión, cancelación o extinción de su patente y su prórroga, soliciten la autorización y prórroga de mandatarios.
ACAJA
Escrito libre, de conformidad con la regla 1.2.2.
1.4.2., primer
párrafo.
 
5.
Para designar a los mandatarios que se encontraban autorizados en el momento en que se dio el supuesto de fallecimiento, incapacidad permanente o retiro voluntario del agente aduanal de cuya patente obtienen
ACAJA
Escrito libre, de conformidad con la regla 1.2.2.
1.4.3.
6.
Para que los agentes aduanales que no estén sujetos a procedimiento de suspensión, cancelación o extinción de su patente, puedan actuar en una aduana adicional a la de su adscripción.
ACAJA
Escrito libre, de conformidad con la regla 1.2.2.
1.4.6., primer
párrafo.
7.
Para cambiar de aduana de adscripción de los agentes aduanales que no estén sujetos a procedimiento de suspensión, cancelación o extinción de su patente, siempre que la autorización que se le hubiera otorgado para actuar en su aduana de adscripción, tenga una antigüedad mayor a dos años a la fecha de presentación de la solicitud y concluyan con el trámite de los despachos iniciados.
ACAJA
Escrito libre, de conformidad con la regla 1.2.2.
1.4.9.
8.
Para la apertura de cuentas aduaneras.
ACNCEA
Escrito libre, de conformidad con la regla 1.2.2.
1.6.24., primer
párrafo.
9.
Para fabricar o importar candados oficiales.
ACAJA
Escrito libre, de conformidad con la regla 1.2.2.
1.7.3., primer
párrafo.
10.
Para prestar los servicios de prevalidación electrónica de datos contenidos en los pedimentos.
ACAJA o mediante Ventanilla Digital.
Escrito libre, de conformidad con la regla 1.2.2.
1.8.1., primer
párrafo.
11.
Para prestar los servicios de prevalidación electrónica de datos contenidos en los pedimentos, tratándose de los almacenes generales de depósito y de las empresas de mensajería y paquetería, sin utilizar los servicios de las asociaciones.
ACAJA o mediante Ventanilla Digital.
Escrito libre, de conformidad con la regla 1.2.2.
1.8.1., segundo
párrafo.
12.
Para prestar el servicio de procesamiento electrónico de datos y servicios relacionados necesarios para llevar a cabo el control de la importación temporal de remolques, semirremolques y portacontenedores.
ACAJA o mediante Ventanilla Digital.
Escrito libre, de conformidad con la regla 1.2.2.
1.9.5., primer
párrafo.
13.
Para que a quienes se les hubiera notificado el abandono de mercancías en depósito ante la aduana, las importen en definitiva, aun cuando hubiera transcurrido el plazo para retirarlas.
Aduana de que se trate.
Escrito libre, de conformidad con la regla 1.2.2.
2.2.4., segundo
párrafo.
14.
Para prestar los servicios de manejo, almacenaje y custodia de mercancías de comercio exterior en inmuebles de los cuales tengan el uso o goce y que colinden con un recinto fiscal.
ACAJA
Escrito libre, de conformidad con la regla 1.2.2.
2.3.1.
 
15.
Para prestar los servicios de carga, descarga y maniobras de mercancías dentro de los recintos fiscales y su prórroga.
ACAJA o mediante Ventanilla Digital.
Escrito libre, de conformidad con la regla 1.2.2.
2.3.3., primer
párrafo.
16.
Habilitación de un inmueble para la introducción de mercancías bajo el régimen de recinto fiscalizado estratégico y la autorización para su administración.
ACAJA o mediante Ventanilla Digital.
Cuando la solicitante sea una Administración Portuaria Integral, se requerirá visto bueno de la ACEIA y de la ACOA.
Escrito libre, de conformidad con la regla 1.2.2.
2.3.6., primer
párrafo.
17.
Para que en la circunscripción de las aduanas del SAT se pueda realizar la entrada al territorio nacional o la salida del mismo por lugar distinto al autorizado, conforme a lo establecido en el segundo párrafo del artículo 10 de la Ley, su modificación o su prórroga.
ACAJA o mediante Ventanilla Digital.
Autorización para la entrada o salida de mercancía de territorio nacional por lugar distinto al autorizado.
2.4.1.
18.
Para efectuar dentro de la circunscripción territorial de las Aduanas de tráfico marítimo, el despacho de las embarcaciones o artefactos navales, así como de la mercancía que transporten, cuando por la dimensión, calado o características del medio de transporte no pueda ingresar al puerto y las mercancías por su naturaleza o volumen no puedan presentarse ante la aduana que corresponda para su despacho.
Aduana correspondiente.
Escrito libre, de conformidad con la regla 1.2.2.
2.4.3., primer
párrafo.
19.
Para la introducción o extracción de mercancías de territorio nacional, mediante tuberías, ductos, cables u otros medios susceptibles de conducirlas para su importación o exportación, su modificación o su prórroga.
ACAJA o mediante Ventanilla Digital.
Autorización para la introducción o extracción de mercancías de territorio nacional, mediante tuberías, ductos, cables u otros medios susceptibles de conducirlas.
2.4.4., fracción I.
20.
Para el despacho de animales vivos, mercancías a granel de una misma especie, láminas y tubos metálicos y alambre en rollo, que se realicen por aduanas de tráfico marítimo, con la presentación de la copia simple del pedimento.
Aduana de tráfico marítimo correspondiente.
Escrito libre, de conformidad con la regla 1.2.2.
 
3.1.12., segundo
párrafo, fracción II.
21.
Para importadores o exportadores interesados en obtener o renovar su registro para la toma de muestras de mercancías estériles, radiactivas, peligrosas o para las que se requiera de instalaciones o equipos especiales para la toma de las mismas.
ACAJA o mediante Ventanilla Digital.
Solicitud para la inscripción o renovación en el registro para la toma de muestras de mercancías, conforme al artículo 45 de la Ley Aduanera.
3.1.17., primer
párrafo.
22.
Para obtener la autorización de Dictaminador Aduanero.
ACAJA
Escrito libre, de conformidad con la regla 1.2.2.
3.1.32.
23.
Para que se autorice a la aerolínea y se exceptúe a los pasajeros internacionales en tránsito con destino final en el territorio nacional o en el extranjero, de la revisión en el primer punto de entrada, para que ésta se lleve a cabo en el aeropuerto de destino en el territorio nacional.
ACOA
De conformidad con los Lineamientos que al efecto emita la AGA establecidos en la página electrónica www.sat.gob.mx
3.2.4., tercer
párrafo.
 
24.
Para importar el menaje de casa de estudiantes e investigadores nacionales que retornen al país después de residir en el extranjero por lo menos un año.
ACNCEA o la ADJ que corresponda a la circunscripción territorial del domicilio fiscal del interesado.
Escrito libre, de conformidad con la regla 1.2.2.
 
3.3.2., primer
párrafo.
25.
Para la importación de mercancía donada sin el pago de los impuestos al comercio exterior en términos del artículo 61, fracción IX de la Ley.
Para prorrogar la autorización, así como para modificar o adicionar los datos proporcionados para obtenerla.
ACAJA o mediante Ventanilla Digital.
Autorización de exención de impuestos al comercio exterior en la importación de mercancía donada, conforme al artículo 61, fracción IX de la Ley Aduanera.
3.3.4., fracción I.
26.
Inscripción en el Registro de Donatarias, tratándose de mercancía donada que se introduzca por las aduanas ubicadas en la franja fronteriza del territorio nacional, para permanecer de manera definitiva en ella y su prórroga.
Aduana por la que se realizarán las operaciones.
Escrito libre, de conformidad con la regla 1.2.2.
3.3.4., fracción II.
27.
Para la importación definitiva de vehículos especiales o adaptados de manera permanente a las necesidades de las personas con discapacidad, en términos del artículo 61, fracción XV y último párrafo de la Ley.
ACNCEA o la ADJ que corresponda a su domicilio fiscal.
Escrito libre, de conformidad con la regla 1.2.2.
3.3.7., primer
párrafo.
 
28.
Para la donación de los desperdicios, maquinaria y equipos obsoletos de empresas con Programa IMMEX, de conformidad con los artículos 61, fracción XVI de la Ley y 172 del Reglamento, debiendo anexar la autorización al pedimento de importación definitiva.
ACAJA
Escrito libre, de conformidad con la regla 1.2.2.
3.3.8., fracción I,
último párrafo.
29.
Para donar al Fisco Federal mercancías que se encuentren en el extranjero, con el propósito de que sean destinadas a la Federación, Distrito Federal, Estados, Municipios, incluso a sus Organos Desconcentrados u Organismos Descentralizados, o demás personas morales con fines no lucrativos autorizadas para recibir donativos deducibles en los términos de la Ley del ISR, en términos del artículo 61, fracción XVII y último párrafo de la Ley.
ACNCEA o Vía internet en la página www.sat.gob.mx/Mi portal/Donaciones del Extranjero.
Declaración de mercancías donadas al Fisco Federal conforme al artículo 61, fracción XVII de la Ley Aduanera.
3.3.9., primer
párrafo.
30.
Para la importación en franquicia de un vehículo propiedad de los funcionarios y empleados del servicio exterior mexicano que concluyan el desempeño de su comisión oficial, independientemente de que haya sido usado durante su residencia en el extranjero o se trate de un vehículo nuevo, en términos del artículo 62, fracción I, segundo párrafo de la Ley.
ACNCEA
Escrito libre, de conformidad con la regla 1.2.2.
 
3.3.11., fracción I.
 
31.
Para la importación por parte de las instituciones y autoridades encargadas de preservar la Seguridad Nacional a que se refiere la Ley de Seguridad Nacional de las mercancías necesarias para llevar a cabo las acciones destinadas a la seguridad nacional dentro del marco de sus respectivas atribuciones, para efectos del artículo 36, primer párrafo de la Ley.
ACAJACE
Declaración de mercancías que serán importadas con fines de Seguridad Nacional.
3.3.13., primer
párrafo.
32.
Para enviar de la franja o región fronteriza al resto del territorio nacional o viceversa, mercancía nacional o nacionalizada consistente en material de empaque o embalaje, maquinaria, equipo, refacciones, partes o componentes dañados o defectuosos que formen parte de equipos completos, para su reparación, destrucción o sustitución.
ACAJACE
Escrito libre, de conformidad con la regla 1.2.2.
 
3.4.8., primer
párrafo.
33.
Para efectuar el traslado de mercancías en tránsito interno a la importación o exportación, transportadas por empresas de mensajería y paquetería, sin que estén obligadas a cumplir con lo previsto en el artículo 127, fracción II, inciso e) de la Ley.
AGA
Escrito libre, de conformidad con la regla 1.2.2.
 
3.7.3.
34.
Para la sustitución del embargo precautorio de las mercancías por cualquiera de las formas de garantía que establece el artículo 141 del Código, para los efectos del artículo 154 de la Ley.
Autoridad aduanera que embargó la mercancía.
Escrito libre, de conformidad con la regla 1.2.2.
3.7.14., primer
párrafo.
 
35.
Inscripción en el registro de empresas certificadas y su renovación.
AGACE o mediante Ventanilla Digital.
Solicitud de inscripción en el registro de empresas certificadas.
3.8.1., fracción I.
36.
Para la renovación en el registro de empresas certificadas.
AGACE
Escrito libre, de conformidad con la regla 1.2.2.
3.8.3.
37.
Para prorrogar por única vez hasta por 60 días naturales los plazos de 6 y 12 meses, para efectuar la transferencia de mercancías a la controladora de empresas.
AGACE
Escrito libre, de conformidad con la regla 1.2.2.
3.8.10., fracción I,
último párrafo.
38.
Para la importación temporal de maquinaria y aparatos necesarios para cumplir un contrato derivado de licitaciones o concursos, que realicen los residentes en el extranjero, por el plazo de vigencia del contrato respectivo.
ACAJACE o ACAJA, según corresponda.
Escrito libre, de conformidad con la regla 1.2.2.
4.2.2., fracción III.
39.
Para prorroga de mercancía importada temporalmente destinada a un espectáculo público, por un plazo igual al que hubiera sido importada.
ACAJACE
Escrito libre, de conformidad con la regla 1.2.2.
4.2.2., fracción V,
segundo párrafo.
40.
Para la importación temporal de las muestras destinadas a análisis y pruebas de laboratorio para verificar el cumplimiento de normas de carácter internacional.
ACOA
Escrito libre, de conformidad con la regla 1.2.2.
4.2.3., segundo
párrafo.
 
41.
Para la importación temporal de maquinaria y aparatos necesarios para cumplir un contrato derivado de licitaciones o concursos, que realicen los residentes en territorio nacional, por el plazo de vigencia del contrato respectivo.
ACAJACE.
Escrito libre, de conformidad con la regla 1.2.2.
4.2.8., fracción IV.
42.
Para prorrogar los plazos previstos en el artículo 106, fracción III, incisos c) y e) de la Ley.
ACAJACE
Escrito libre, de conformidad con la regla 1.2.2.
4.2.8., último
párrafo.
43.
Para que las personas residentes en el extranjero que deban cumplir contratos derivados de licitaciones públicas internacionales realizadas al amparo de los tratados de libre comercio celebrados por México, importen temporalmente por el plazo de vigencia del contrato respectivo, los vehículos especialmente construidos o transformados, equipados con dispositivos o aparatos diversos que los hagan adecuados para realizar funciones distintas de las de transporte de personas o mercancías propiamente dicho y que se encuentren comprendidos en las fracciones arancelarias 8705.20.01, 8705.20.99 y 8705.90.99 de la TIGIE.
ACAJACE.
Solicitud para la importación de vehículos especialmente construidos o transformados, equipados con dispositivos o aparatos diversos para cumplir con contrato derivado de licitación pública conforme a la regla 4.2.9.
4.2.9., segundo
párrafo.
 
44.
Para importar temporalmente las embarcaciones especiales y los artefactos navales, como las denominadas plataformas de perforación y explotación, flotantes, semisumergibles o sumergibles, así como aquellas embarcaciones diseñadas especialmente para realizar trabajos o servicios de explotación, exploración, tendido de tubería e investigación, clasificadas en el Capítulo 89 de la TIGIE, sin que se requiera presentar pedimento de importación temporal, ni utilizar los servicios de agente o apoderado aduanal.
Aduana de entrada o la que corresponda según la circunscripción en donde se encuentren ubicadas las mercancías.
Solicitud de autorización de importación temporal de embarcaciones (español e inglés).
4.2.11., segundo
párrafo.
45.
Para importar temporalmente las mercancías destinadas al mantenimiento y reparación de los bienes importados temporalmente, de conformidad con los artículos 106, antepenúltimo párrafo de la Ley y 163 del Reglamento.
Aduana de entrada de las mercancías.
Solicitud de autorización de importación temporal de mercancías destinadas al mantenimiento y reparación de las mercancías importadas temporalmente.
4.2.12., primer
párrafo.
46.
Para importaciones temporales por las que no sea necesario utilizar los servicios de agente o apoderado aduanal y que no exista una forma oficial específica.
Aduana que corresponda.
Solicitud de autorización de importación temporal.
4.2.15.
47.
Para la destrucción o el cambio de régimen de los restos de las mercancías accidentadas en el país.
No aplica para cambiar de régimen vehículos que fueron internados temporalmente al amparo del artículo 62, último párrafo de la Ley, ni los importados al amparo del artículo 106, fracciones II, inciso e) y IV, inciso a) del mismo ordenamiento.
ACAJACE
Escrito libre, de conformidad con la regla 1.2.2.
4.2.16., primer
párrafo.
 
48.
Para la destrucción de mercancías importadas temporalmente que hubiesen sufrido algún daño en el país.
ACAJACE
Escrito libre, de conformidad con la regla 1.2.2.
4.2.17.
49.
Para el retorno de vehículos de procedencia extranjera que hayan sido importados o internados temporalmente a territorio nacional en términos de las reglas 3.4.6. y 4.2.7., y cuyo plazo para el retorno haya vencido.
ACAJACE
Solicitud de autorización para el retorno de vehículos extranjeros con permiso de importación temporal de vehículos vencidos.
4.2.20.
50.
Para otorgar a las empresas con Programa IMMEX, por única vez un plazo adicional de 180 días naturales para retornar al extranjero o efectuar el cambio de régimen de las mercancías importadas temporalmente.
ACAJACE
Escrito libre, de conformidad con la regla 1.2.2.
4.3.8., primer
párrafo.
51.
Para que las empresas de la industria de autopartes, que se encuentren ubicadas en la franja o región fronteriza y que enajenen partes y componentes a las empresas de la industria terminal automotriz o manufacturera de vehículos de autotransporte ubicadas en el resto del territorio nacional, conforme a la regla 4.3.13., puedan efectuar el traslado de dichas partes y componentes al resto del país.
AGACE
Escrito libre, de conformidad con la regla 1.2.2.
4.3.13.
52.
Para otorgar un plazo mayor a los establecidos por el artículo 116 de la Ley, para retornar las mercancías señaladas en dicho artículo.
ACAJACE
Escrito libre, de conformidad con la regla 1.2.2.
4.4.3., primer
párrafo.
53.
Para incluir alguna bodega o un almacén general de depósito, en términos de los artículos 119 de la Ley y 19, fracción V de la LIEPS.
ACAJA o mediante Ventanilla Digital.
Autorización para prestar el servicio de almacenamiento de mercancías en depósito fiscal y/o colocar marbetes o precintos conforme a la regla 4.5.1.
4.5.1., primer y
quinto párrafos.
54.
Para el establecimiento de depósitos fiscales para la exposición y venta de mercancías extranjeras y nacionales en puertos aéreos internacionales, fronterizos y marítimos, en términos del artículo 121, fracción I de la Ley y su prórroga.
ACAJA o mediante Ventanilla Digital.
Autorización para el establecimiento de depósitos fiscales para la exposición y venta de mercancías extranjeras y nacionales en puertos aéreos internacionales, fronterizos y marítimos, conforme al artículo 121, fracción I de la Ley Aduanera.
4.5.18., primer
párrafo, fracción II.
55.
Para las personas morales que cuenten con la autorización a que se refiere el primer párrafo de la regla 4.5.18, podrán solicitar la autorización de un inmueble que tenga como finalidad almacenar las mercancías para exposición y venta en los locales previamente autorizados.
ACAJA
Autorización para el establecimiento de depósitos fiscales para la exposición y venta de mercancías extranjeras y nacionales en puertos aéreos internacionales, fronterizos y marítimos, conforme al artículo 121, fracción I de la ley Aduanera.
4.5.18., fracción IV.
 
56.
Autorización temporal para el establecimiento de depósitos fiscales para locales destinados a exposiciones internacionales de mercancías, su modificación o su prórroga.
ACAJA o mediante Ventanilla Digital.
Autorización de Depósito Fiscal Temporal para Exposiciones Internacionales de Mercancías, en los términos del artículo 121, fracción III de la Ley Aduanera.
4.5.30., primer
párrafo.
57.
Para el establecimiento de depósito fiscal de empresas de la industria automotriz terminal o manufacturera de vehículos de autotransporte, en términos del artículo 121, fracción IV de la Ley y su prórroga.
ACAJA o mediante Ventanilla Digital.
Autorización de depósito fiscal para someterse al proceso de ensamble y fabricación de vehículos a empresas de la industria automotriz terminal o manufacturera de vehículos de autotransporte.
4.5.31, primer
párrafo.
58.
Para depósito ante la aduana de mercancía en tránsito interno o internacional, o para someterla a cualquiera de los regímenes aduaneros a que se refiere el artículo 90 de la Ley.
Sección Aduanera del Aeropuerto Internacional de Monterrey, en Apodaca, Nuevo León, Aduana de Monterrey; de la Aduana de Nogales al Aeropuerto Internacional "Ignacio Pesqueira", en Hermosillo, Sonora, dependiente de la Aduana de Guaymas; del Aeropuerto Internacional "General Rafael Buelna", en Mazatlán, Sinaloa, a la Aduana de Mazatlán; del Aeropuerto Internacional "General Manuel Márquez de León", en La Paz, Baja California Sur; a la Sección Aduanera de Pichilingue, en La Paz, Baja California Sur; del Aeropuerto Internacional de Loreto, en Loreto, Baja California Sur, a la Sección Aduanera de Pichilingue, en La Paz, Baja California Sur; del
Escrito libre, de conformidad con la regla 1.2.2.
4.6.1.
 
 
 
Aeropuerto Internacional de Torreón "Francisco Sarabia", en Torreón, Coahuila, a la Aduana de Torreón; de la Aduana de Ciudad Hidalgo a la Sección Aduanera de Puerto Chiapas, o viceversa; dependiente de la Aduana de Ciudad Hidalgo, Chiapas; así como entre la Aduana de Progreso y la Sección Aduanera del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de Mérida denominado "Manuel Crescencio Rejón".
 
 
59.
Para destinar mercancías al régimen de recinto fiscalizado estratégico, en términos del artículo 135-A de la Ley.
ACAJA o mediante Ventanilla Digital.
Escrito libre, de conformidad con la regla 1.2.2.
4.8.1.
60.
Para la certificación en materia de IVA e IEPS
AGACE o mediante Ventanilla Digital.
Solicitud de Certificación en materia de IVA e IEPS.
5.2.13. y 5.2.20.
61.
Para la renovación de certificación en materia de IVA e IEPS
AGACE o mediante Ventanilla Digital.
Solicitud de renovación de Certificación en materia de IVA e IEPS.
5.2.15.
62.
Para la aceptación de garantía en materia de IVA e IEPS
AGACE
Formato Único de Garantías en Materia de IVA e IES.
5.2.22.
63.
Para efectuar por única vez la rectificación de los datos contenidos en el pedimento o pedimento consolidado que puedan alterar la información de interés nacional.
ACAJACE o ante la ACAJA, cuando las disposiciones prevean la rectificación requiriendo autorización previo a la conclusión del despacho aduanero.
Solicitud de rectificación de pedimentos.
6.1.1.
 
Atentamente,
México, D.F., a 10 de noviembre de 2015.- El Jefe del Servicio de Administración Tributaria, Aristóteles Núñez Sánchez.- Rúbrica.