ACUERDO 76.1349.2015 relativo a la modificación de los apartados 4, 6 inciso a) y 11, fracción III, de los Criterios para la aplicación del esquema crediticio denominado "Nuevo FOVISSSTE en pesos" |
Lunes 27 de abril de 2015 |
Al margen un logotipo, que dice: Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.- Secretaría General.- Prosecretaría de la Junta Directiva.- SG/SJD/0324/2015.
Lic. Sebastián Lerdo de Tejada C.
Director General del Instituto.
Presente.
En sesión ordinaria celebrada por Junta Directiva, el día 5 de marzo de 2015, al tratarse lo relativo a la modificación del esquema “Nuevo FOVISSSTE, se tomó el siguiente:
ACUERDO 76.1349.2015.- “La Junta Directiva, con fundamento en los artículos 214, fracción XVI, inciso a), de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y 14, fracción XVII, inciso a), del Estatuto Orgánico; y con base en el acuerdo aprobatorio 5992.874.2014 de la Comisión Ejecutiva del Fondo de la Vivienda; por unanimidad, aprueba la modificación de los apartados 4, 6, inciso a) y 11, fracción III, de los Criterios para la aplicación del esquema crediticio denominado “Nuevo FOVISSSTE en Pesos”, aprobados mediante acuerdos 5900.871.2014, del 17 de junio de 2014 de dicha Comisión Ejecutiva y 50.1345.2014, de la Junta Directiva del ISSSTE, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de julio del 2014, para quedar como siguen:
…
4.- PLAZO DE AMORTIZACIÓN. Los créditos se otorgarán a plazos desde 5 hasta 25 años.
…
6. REQUISITOS PARA EL EJERCICIO DEL CRÉDITO. Los derechohabientes interesados en recibir el crédito FOVISSSTE bajo la modalidad denominada “NUEVO FOVISSSTE EN PESOS”, deberán cumplir con los siguientes criterios de elegibilidad:
a) Contar con 18 años cumplidos. En ningún caso, la edad del acreditado más el plazo del crédito podrá exceder los 75 años.
…
11. SEGUROS. Durante la vigencia del crédito, el derechohabiente contará con los siguientes seguros:
…
III. Seguro de desempleo. Esta garantía tendrá una cobertura sí y sólo hasta los 65 años de edad.
TRANSITORIO ÚNICO.- Publíquese el presente acuerdo en el Diario Oficial de la Federación”.
Lo anterior me permito hacerlo de su conocimiento para los efectos legales procedentes.
Atentamente
México, D.F., a 17 de marzo de 2015.- El Secretario General y Secretario de la Junta Directiva, Ricardo Luis Antonio Godina Herrera.- Rúbrica.
(R.- 410538)