RESOLUCIÓN por la que se acepta la solicitud de parte interesada y se declara el inicio de la investigación antidumping sobre las importaciones de manzanas, originarias de los Estados Unidos de América, independientemente del país de procedencia. Esta mercancía ingresa por la fracción arancelaria 0808.10.01 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación |
Jueves 4 de diciembre de 2014 |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.
RESOLUCIÓN POR LA QUE SE ACEPTA LA SOLICITUD DE PARTE INTERESADA Y SE DECLARA EL INICIO DE LA INVESTIGACIÓN ANTIDUMPING SOBRE LAS IMPORTACIONES DE MANZANAS, ORIGINARIAS DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, INDEPENDIENTEMENTE DEL PAÍS DE PROCEDENCIA. ESTA MERCANCÍA INGRESA POR LA FRACCIÓN ARANCELARIA 0808.10.01 DE LA TARIFA DE LA LEY DE LOS IMPUESTOS GENERALES DE IMPORTACIÓN Y DE EXPORTACIÓN.
Visto para resolver en la etapa inicial el expediente administrativo 16/14, radicado en la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales (UPCI) de la Secretaría de Economía (la “Secretaría”), se emite la presente Resolución de conformidad con los siguientes:
RESULTANDOS
A. Solicitud
1. El 14 de agosto de 2014 la Unión Agrícola Regional de Fruticultores del Estado de Chihuahua, A.C. (la “UNIFRUT” o la “Solicitante”), presentó la solicitud de inicio de la investigación administrativa por prácticas desleales de comercio internacional, en su modalidad de discriminación de precios, sobre las importaciones de manzanas, originarias de los Estados Unidos de América (“Estados Unidos”), independientemente del país de procedencia.
2. Manifestó que desde mediados de 2013 el sector productor de manzanas mexicano vive una grave crisis por la imposibilidad de comercializar la manzana nacional a precios que permitan obtener utilidades que le den viabilidad al sector. Lo anterior, como consecuencia del aumento significativo de las importaciones de manzanas de los Estados Unidos con altos márgenes de discriminación de precios que generan un daño material a la industria nacional de manzanas o amenazan causarlo, provocando un comportamiento negativo en sus principales indicadores económicos.
3. Propuso como periodo investigado el comprendido de enero a diciembre de 2013 y como periodo de análisis de daño el comprendido de enero de 2011 a diciembre 2013.
B. Solicitante
4. La UNIFRUT es una asociación civil constituida conforme a la legislación mexicana. Entre sus principales actividades se encuentra representar ante las autoridades a las asociaciones agrícolas locales que la integran para la protección y defensa de sus intereses comunes, así como promover en las explotaciones frutícolas propiedad de sus miembros, la ampliación de tecnología de vanguardia que permita reducir costos de producción, aumentar rendimientos y mejorar la calidad de los productos. Señaló como domicilio para recibir notificaciones el ubicado en Prolongación Paseo de la Reforma No. 600, edificio Plaza Reforma, despacho 010-B, colonia Santa Fe Peña Blanca, C.P. 01210, en México, D.F.
C. Producto investigado
1. Descripción general
5. La UNIFRUT indicó que el nombre genérico y comercial con el que se le conoce a la mercancía objeto de investigación es el de manzanas. Sus características físicas y composición resultan principalmente del color, piel, forma, tamaño, color de la pulpa, textura y sabor. En este sentido, la Solicitante añadió que la mercancía investigada puede ser de color rojo, amarilla, verde, rosa y combinaciones de éstos; de piel lisa, brillante o rayada; de sabor dulce, dulce-acidulado, agridulce o ácido; de tamaño pequeño, mediano o grande; y de distintos tipos de texturas: jugosa, firme, crujiente, etc., así como de diferentes variedades: golden, red, gala, rome, starking, top red y red chief, entre otras.
6. Para acreditar lo anterior, la Solicitante proporcionó un cuadro con la descripción de las características de las distintas variedades de manzanas e imágenes de cada una de ellas, obtenidas de diversas páginas de Internet, que tienen como fuente al Departamento de Agricultura de los Estados Unidos (USDA, por sus siglas en inglés).
2. Tratamiento arancelario
7. La UNIFRUT señaló que las manzanas ingresan por la fracción arancelaria 0808.10.01 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (TIGIE):
Tabla 1. Descripción arancelaria de manzanas
Codificación arancelaria |
Descripción |
Capítulo 08 |
Frutas y frutos comestibles; cortezas de agrios (cítricos), melones o sandías. |
Partida 0808 |
Manzanas, peras y membrillos, frescos. |
Subpartida 0808.10 |
- Manzanas. |
Fracción 0808.10.01 |
Manzanas. |
Fuente: Sistema de Información Arancelaria Vía Internet.
8. Con base en la información del Sistema de Información Arancelaria Vía Internet (SIAVI), las importaciones de manzanas que ingresan por la fracción arancelaria 0808.10.01 están sujetas a un arancel del 20%. Las importaciones originarias de países con los que México ha celebrado tratados de libre comercio están exentas de arancel. La unidad de medida comercial y para la TIGIE es el kilogramo.
9. La Solicitante indicó que por dicha fracción arancelaria ingresan únicamente manzanas y que la unidad de medida comercial y para la TIGIE es el kilogramo.
10. Con base en información obtenida del Sistema de Información Comercial de México (SIC-M), la Secretaría confirmó lo señalado por la UNIFRUT al observar que la fracción arancelaria 0808.10.01 de la TIGIE es una fracción específica por la que sólo deben ingresar manzanas. No obstante, durante el periodo analizado identificó que se registraron algunas operaciones de importación de productos distintos a las manzanas, que representaron el 0.04% del volumen total importado por dicha fracción arancelaria.
3. Normas técnicas
11. La UNIFRUT señaló que la norma mexicana aplicable a las manzanas es la NMX-FF-061-SCFI-2003. “Productos agrícolas no industrializados para consumo humano-fruta fresca-manzana (Malus pumila Mill)-(Malus domestica Borkh)–especificaciones”. Proporcionó copia de la misma.
4. Proceso productivo e insumos
12. La UNIFRUT manifestó que el ciclo de producción agrícola de la manzana es intensivo en labores durante todo el año y finaliza con la cosecha del 100% de la producción, en los meses de agosto a octubre. Indicó que el proceso de producción de la manzana es el siguiente:
a. inicia en invierno, ya sea con la plantación de los árboles que después de 3 a 5 años iniciarán su etapa productiva o con la poda de los mismos;
b. en la primavera, se presenta la etapa de floración y polinización, en la que debe protegerse a los árboles de las posibles heladas, además de realizarse un aclareo químico y manual junto con una fertilización;
c. en verano, que es la etapa de crecimiento del fruto, se continúa con el riego intensivo y la fertilización, considerando una protección adicional derivada de las posibles granizadas;
d. en otoño, se realiza la cosecha que se lleva a cabo manualmente y se coloca en selección de bolsas, y
e. finalmente, se traslada a cuartos frigoríficos para que tenga un tratamiento químico post-cosecha y después se almacene para etiquetarse y empacarse en caja para su venta (se lava, encera y clasifica por tamaño, color, etc.) donde se vuelve a almacenar temporalmente en cuartos fríos para detener el proceso de maduración.
13. Los insumos utilizados para la producción de la mercancía objeto de análisis son principalmente: mano de obra, agua, tierra y químicos, por ejemplo, fertilizantes, pesticidas y combustible.
14. Para sustentar la información señalada anteriormente, la UNIFRUT presentó copia del documento titulado “Manzanas. Reporte Industria y Comercio”, publicado por la Comisión de Comercio Internacional de los Estados Unidos (USITC, por sus siglas en inglés), en febrero de 2010, que describe el proceso productivo de la mercancía investigada.
5. Usos y funciones
15. La UNIFRUT afirmó que las manzanas se utilizan principalmente como alimento, así como en la preparación de diversos alimentos, por ejemplo, sidras, jugos, ensaladas, mermeladas y zumos.
D. Partes interesadas
16. Los importadores y exportadores de que tiene conocimiento la Secretaría son:
Almacenes Refrigerados Apache, S.P.R. de R.L. de C.V.
Av. Juárez y 35 No. 3500
Col. Barrio Viejo
C.P. 31532, Cuauhtémoc, Chihuahua
Austral Trading México, S.A. de C.V.
Barranca Honda S/N
Fracc. San Martín Obispo
C.P. 54730, Cuautitlán, Estado de México
Casa Ley, S.A. de C.V.
Carretera Internacional Km 1,434
Col Humaya Infonavit
C.P. 80020, Culiacán, Sinaloa
Central Detallista, S.A. de C.V.
Ignacio Comonfort No. 9351, edificio Gilt, piso 8
Col. Zona del Río
C.P. 22320, Tijuana, Baja California
CGR Import Solution, S.A. de C.V.
Montecito No. 38, piso 1
Col. Nápoles
C.P. 03810, México, Distrito Federal
Cocanmex, S.A. de C.V.
Antoine Lavoisier No. 14
Parque Industrial Cuamatla
C.P. 54740, Cuautitlán, Estado de México
Coliman Frutas Finas, S. de R.L. de C.V.
Av. Ermita No. 193-A
Fracc. Los Españoles
C.P. 22430, Tijuana, Baja California
Comercializadora de Frutas de Importación, S.A. de C.V.
Oriente 249 A No. 104, alto
Col. Agrícola Oriental
C.P. 08500, México, Distrito Federal
Comercializadora de Frutas Finas Tarahumara, S.A.
Calle 4, bodegas 419 y 421
Col. Mercado de Abastos
C.P. 44530, Guadalajara, Jalisco
Comercializadora Disfruta, S.A. de C.V.
Av. Veracruz S/N
Col. Loma Linda
CP. 21140, Mexicali, Baja California
Comercializadora Fast Trade de Chihuahua, S. de R.L. de C.V.
Av. Plutarco Elías Calles No. 376
Col. 2a. Burócrata
C.P. 32340, Ciudad Juárez, Chihuahua
Comercializadora México Americana, S. de R.L. de C.V.
Nextengo No. 78
Col. Santa Cruz Acayucan
C.P. 02770, México, Distrito Federal
Comercio Global y Servicios Aduanales, S. de R.L. de C.V.
París No. 511, Int. 3
Col. Beatty Reynosa
C.P. 88630, Reynosa, Tamaulipas
Comestibles Maldonado, S.A. de C.V.
Blvd. Solidaridad y Camelia, bodegas 13, 14 y 15
Mercado de Abasto Francisco I. Madero
Col. Libertad
C.P. 83130, Hermosillo, Sonora
Compañía Frutícola Altagracia, S.A. de C.V.
Av. Canal de Río Churubusco S/N
Bodega N, zona 5, sector 3
Col. Central de Abasto
C.P. 09040, México, Distrito Federal
Compañía Frutícola Victoria, S.A. de C.V.
Calle 4 No. 447 y 449
Col. Mercado de Abastos
C.P. 44530, Guadalajara, Jalisco
Compañía Victoria de Zamora, S.A. de C.V.
Av. Canal de Río Churubusco S/N
bodega K 69-A
Col. Central de Abasto
C.P. 09040, México, Distrito Federal
Coprofrut, S.A. de C.V.
Oriente 249 A No. 104, altos 2
Col. Agrícola Oriental
C.P. 08500, México, Distrito Federal
Corporación Bebo, S.A. de C.V.
Av. Canal de Río Churubusco S/N
Andador sector 2, bodega L 54
Col. Central de Abasto
C.P. 09040, México, Distrito Federal
Dubacano, S.A. de C.V.
Calle 4 No. 409
Col. Mercado de Abastos
C.P. 44530, Guadalajara, Jalisco
Ernesto Jácquez Ochoa
Av. Álvaro Obregón No. 90
Col. San Pedro
C.P. 31529, Chihuahua, Chihuahua
F&L Frutas y Vegetales, S. de R.L. de C.V.
Av. Mariano Otero No. 3022
Col. Jardines del Bosque
C.P. 44520, Guadalajara, Jalisco
Food Solutions, S.A. de C.V.
Carr. Huinalá Km 1.5, Int. A
Fracc. Industrial El Milagro
C.P. 66634, Apodaca, Nuevo León
Francisco Gutiérrez Mercado
Santa Elena No. 5913
Col. Río Tijuana 3a. etapa
C.P. 22226, Tijuana, Baja California
Fresfrut de Occidente, S. de R.L. de C.V.
Paseo de las Arboleda No. 1197
Col. Mercado de Abastos
C.P. 44530, Guadalajara, Jalisco
Frigoríficos de Rubio, S.P.R. de R.L. de C.V.
Calle 4 No. 2575
Col. Comercial Abastos
C.P. 44530, Guadalajara, Jalisco
Frigoríficos El Manantial, S.A. de C.V.
Calle 4 No. 2575
Col. Comercial Abastos
C.P. 44530, Guadalajara, Jalisco
Frigoríficos JG, S.A. de C.V.
Av. Acueducto Km. 5.5
Col. Tlajomulco de Zúñiga
C.P. 45640, Tlajomulco, Jalisco
Frugasa Imports, S.A. de C.V.
Calle C-E, bodega No. 20
Col. Central de Abastos
C.P. 31390, Chihuahua, Chihuahua
Fruit Buyer, S.A. de C.V.
Montecito No. 38
Col. Nápoles
C.P. 03810, México, Distrito Federal
Frulegra, S.A. de C.V.
Blvd. 16 de Septiembre No. 1203 Pte.
Col. Centro
C.P. 81000, Guasave, Sinaloa
Frutamérica, S.A. de C.V.
Dakota No. 26, planta baja
Col. Nápoles
C.P. 03810, México, Distrito Federal
Frutas Colimán de Peñasco, S.A. de C.V.
Av. Ocampo e Iturbide S/N
Col. Ocampo
C.P. 83550, Puerto Peñasco, Sonora
Frutas Finas del Noroeste, S.A. de C.V.
Tepic No. 24, Int. E
Col. Libertad
C.P. 83130, Hermosillo, Sonora
Frutas Finas González, S.A. de C.V.
Andén 13, bodega 30
Col. Central de Abasto
C.P. 36580, Irapuato, Guanajuato
Frutas Finas Stefany, S.A. de C.V.
Av. Canal de Río Churubusco S/N
Bodega Q No. 127
Col. Central de Abasto
C.P. 09040, México, Distrito Federal
Frutas Mónica, S. de R.L. de C.V.
Av. Mariano Otero No. 3022
Col. Jardines del Bosque
C.P. 44520, Guadalajara, Jalisco
Frutas San Antonio, S.A. de C.V.
Av. Canal de Río Churubusco S/N
Bodega K 99, zona 5, sector 2, nave 4
Col. Central de Abasto
C.P. 09040, México, Distrito Federal
Frutas Unión, S.A. de C.V.
Av. Canal de Río Churubusco S/N
Bodega Q No. 161-B, zona 5, secc. 4
Col. Central de Abasto
C.P. 09040, México, Distrito Federal
Frutería Los Cuates, S.A. de C.V.
Av. Melchor Ocampo No.148, locales 7, 8 y 9
Col. Primera Sección
C.P. 21100, Mexicali, Baja California
Frutícola Casa Grande, S.A. de C.V.
Carretera a Colonia Juárez Km 2
Col. Centro
C.P. 31700, Nuevo Casas Grandes, Chihuahua
Frutícola Verdín, S.C. de R.L. de C.V.
Av. Quinta Mayor No. 98
Col. Las Quintas
C.P. 83240, Hermosillo, Sonora
Fruver Importaciones, S.A. de C.V.
Blvd. García Morales Km 6.5
Col. El Llano
C.P. 83210, Hermosillo, Sonora
G Y S Marketing, S. de R.L. de C.V.
Blvd. Ignacio Soto No. 112
Col. Pitic
C.P. 83150, Hermosillo, Sonora
Grupo Vermex, S.A. de C.V.
Av. Los Ángeles No. 1000, bodega 266
Mercado de Abasto Estrella
Col. Garza Cantú
C.P. 66480, San Nicolás de los Garza, Nuevo León
H&U Management Trading, S.A. de C.V.
El Mirador Lote 1, Manzana 4
Col. Tequesquináhuac
C.P. 54020, Tlalnepantla, Estado de México
Ignacio Verdín Rodríguez
Av. Canal de Río Churubusco S/N, bodega 1
Col. Central de Abasto
C.P. 09040, México, Distrito Federal
Imporfruit, S.A. de C.V.
Av. Canal de Río Churubusco S/N
Andén WX, bodega W123
Col. Central de Abasto
C.P 09040, México, Distrito Federal
Importaciones Conztanza, S.A. de C.V.
Ajusco No. 49, Int. 4
Col. Portales del Norte
C.P. 03303, México, Distrito Federal
Importaciones Hidalgo, S.A. de C.V.
Brecha E99 Norte No. 330 C
Parque Industrial Reynosa
C.P. 88780, Reynosa, Tamaulipas
Importaciones TM, S. de R.L. de C.V.
Circunvalación José No. 30
Col. Kennedy
C.P. 84063, Nogales, Sonora
Importaciones y Abastecimientos del Pacífico, S.A. de C.V.
Calz. José Limón S/N
Col. Humaya
C.P. 80020, Culiacán, Sinaloa
Importaciones y Exportaciones Algrica, S.A. de C.V.
Montecito No. 38
Col. Nápoles
C.P. 03810, México, Distrito Federal
Importadora Primex, S.A. de C.V.
Blvd. Magnocentro No. 4
Col. San Fernando La Herradura
C.P. 52765, Huixquilucan, Estado de México
Importadora y Exportadora de Frutas y Legumbres de México, S.A. de C.V.
Estado 29 No. 72
Col. Los Santos
C.P. 22125, Tijuana, Baja California
Interfruver de México, S.A. de C.V.
Priv. Chicalote No. 2625, bodega 16
Col. Mercado de Abastos
C.P. 44530, Guadalajara, Jalisco
José Martínez Canales
Av. Aeronáutica No. 6910
Fracc. Aeropuerto Ampliación
C.P. 32690, Ciudad Juárez, Chihuahua
José de Jesús Jiménez Armenta
Brasil No. 426
Col. Alamitos
C.P. 21210, Mexicali, Baja California
Jesús Renato Cárdenas Palazuelos
Calle Cuarta No. 2600 Ote.
Col. Mercado de Abastos
C.P. 80299, Culiacán, Sinaloa
Jesús Mora Castillo
Priv. Tlatenco No. 216
Pueblo Santa Catarina
C.P. 02250, México, Distrito Federal
KLI Produce, S.A. de C.V.
Mandarina No. 1218
Col. Mercado de Abastos
C.P. 44530, Guadalajara, Jalisco
Kosmiko, S.A. de C.V.
Lomas de Sotelo No. 1094
Col. Loma Hermosa
C.P. 11200, México, Distrito Federal
La Cosmopolitana, S.A. de C.V.
Lago Zúrich No. 519
Col. Francisco I. Madero
C.P. 11480, México, Distrito Federal
M G M de Occidente, S.A. de C.V.
Calle 4 No. 443
Col. Mercado de Abastos
C.P. 44530, Guadalajara, Jalisco
María del Rosario Mendoza Casas
Calle 5a. y Ocampo No. 447, Int. 30
Col. Zona Centro
C.P. 22000, Tijuana, Baja California
María Luisa Cardoso Mercado
Pioneros del Coopera No. 81, Int. 2
Col. Ciudad Adolfo López Mateos
C.P. 52900, Atizapán, Estado de México
Mario Ulloa Olivarría
Blvd. Federico Benítez No. 6400, local 45
Col. Yamille
C.P. 22114, Tijuana, Baja California
Mayout, S.A. de C.V.
Av. Canal de Río Churubusco S/N
Zona V, sector 5, nave 4, bodega R-158
Col. Central de Abasto
C.P. 09040, México, Distrito Federal
Nacional Proveedora de Hortalizas, S.A. de C.V.
Calle 2a., módulo N, local 20, Int. 101
Col. Mercado de Abastos
C.P. 80299, Culiacán, Sinaloa
Novac Exports, S.A. de C.V.
Av. Canal de Río Churubusco S/N
Bodega A-24 y A-25
Col. Central de Abasto
C.P. 09040, México, Distrito Federal
Operadora de Ciudad Juárez, S.A. de C.V.
Av. López Mateos No. 2125 Sur
Col. Reforma
C.P. 32380, Ciudad Juárez, Chihuahua
Operadora de Reynosa, S.A. de C.V.
Eugenio Garza Sada No. 3750
Col. Country La Silla Sector 1
C.P. 67173, Guadalupe, Nuevo León
Operadora Futurama, S.A. de C.V.
Av. Cristóbal Colón No. 11534
Complejo Industrial Chihuahua
C.P. 31109, Chihuahua, Chihuahua
Operadora La Sierra, S.A. de C.V.
Gral. Monterde No. 1750, Int. 101
Col. Reforma
C.P. 32380, Ciudad Juárez, Chihuahua
Panorama Distribuidora de México, S.A. de C.V.
Callejón Vicente Guerrero No. 103
Barrio Ruiz Cortines
C.P. 83439, San Luis Río Colorado, Sonora
Paquime Importadora y Exportadora, S.A. de C.V.
Av. Canal de Río Churubusco S/N
Bodega K No. 67
Col. Central de Abasto
C.P. 09040, México, Distrito Federal
Premier Frutos del Campo, S.A. de C.V.
Privada Chicalote No. 2625, bodega 16
Col. Mercado de Abastos
C.P. 44530, Guadalajara, Jalisco
Produce Import Solutions, S.A. de C.V.
Blvd. de los Encinos No. 33, planta alta
Col. Jardines de San Mateo
C.P. 53240, Naucalpan, Estado de México
Productos Tito, S.A. de C.V.
Av. Los Ángeles No. 1000, bodega 245
Mercado de Abasto Estrella
Col. Garza Cantú
C.P. 66480, San Nicolás de los Garza, Nuevo León
Promotora en Comercio Exterior RG, S. de R.L. de C.V.
Av. Xochicalco No. 20918, Int. B
Col. Mariano Matamoros
C.P. 22234, Tijuana, Baja California
Ricardo de Jesús García Tello
Bellas Artes No. 19213, Int. 16
Col. Nueva Tijuana
C.P. 22435, Tijuana, Baja California
Roberto Federico Lafarga Murillo
2 A 19, bodega 18
Col. Mercado de Abastos
C.P. 80299, Culiacán, Sinaloa
Sage Fruit de México, S.A. de C.V.
José María Morelos No. 656 Pte.
Col. Centro
C.P. 81200, Los Mochis, Sinaloa
Sanfrut, S.A. de C.V.
Domicilio Conocido S/N
Col. Álvaro Obregón
C.P. 31610, Cuauhtémoc, Chihuahua
Servicios Especializados en Comercio Exterior, S. de R.L. de C.V.
Callejón Carlos G. No. 200, Int. 2-A
Col. Barrio Comercial
C.P. 83449, San Luis Río Colorado, Sonora
Sociedad Productora de Micaña, S.A. de C.V.
Av. Canal de Río Churubusco S/N
Zona 5, sector 2, nave 4, bodega K 99
Col. Central de Abasto
C.P. 09040, México, Distrito Federal
Supermercado González de Altavista, S.A. de C.V.
Blvd. Fronterizo No. 3530
Col. Altavista
C.P. 32120, Ciudad Juárez, Chihuahua
Supermercados Organizados, S.A. de C.V.
Blvd. Luis Encinas y Reforma S/N
Col. San Benito
C.P. 83190, Hermosillo, Sonora
Tiendas Soriana, S.A. de C.V.
Alejandro de Rodas No. 3102-A
Col. Las Cumbres 8o. Sector
C.P. 64610, Monterrey, Nuevo León
Top Fruit, S.A. de C.V.
Rayo No. 2769
Col. Jardines del Bosque
C.P. 44520, Guadalajara, Jalisco
Vidimport Monterrey, S.A. de C.V.
Av. Los Ángeles No. 1000, bodega 255 B altos
Mercado de Abasto Estrella
Col. Garza Cantú
C.P. 66480, San Nicolás de los Garza, Nuevo León
Vidimport, S.A. de C.V.
Av. Canal de Río Churubusco S/N
Bodega K, zona V, sector 2, nave 4 No. 111
Col. Central de Abasto
C.P. 09040, México, Distrito Federal
Xtrashield, S.A. de C.V.
Av. Adolfo Mateos No. 33
Col. Jardines de San Mateo
C.P. 53240, Naucalpan, Estado de México
2. Importadores de los que no se tienen datos completos de localización
A&A Comercializadora e Importadora, S.A. de C.V.
Abastecedora de Servicios Marlu, S.A. de C.V.
Agrovich, S. de R.L. de C.V.
Comercial Armasa, S.A. de C.V.
Desarrollo y Excelencia Natural, S.A. de C.V.
Distribuidora J & I, S.A. de C.V.
Frutas Finas de la Región, S. de R.L. de C.V.
Guillermo Arcos Lozano
María del Carmen Quezada Espinoza
Ramona del Carmen Millán Bon
Tarahumara HG, S.A. de C.V.
Amerifresh, Inc.
2600 Business Parkway, Suite 100
Union Gap, Zip Code 98903
Yakima, Washington, USA
Borton & Sons, Inc.
2550 Borton Rd.
Zip Code 98903
Yakima, Washington, USA
Cal Pine Distributors LP.
760 Paseo Camarillo, Suite 100
Zip Code 93010
Camarillo, California, USA
Calpine Containers, Inc.
2180 Meyers St.
Zip Code 92029
Escondido, California, USA
Casa Grande International, Inc.
306 Thunderbird Dr.
Zip Code 79912
El Paso, Texas, USA
Chelan Fresh Marketing
317 E. Johnson Ave.
Zip Code 98816
Chelan, Washington, USA
Coast Citrus Distributors
7597 Bristow Court
Zip Code 92154
San Diego, California, USA
Coliman Pacific Corporation
4151 W. Lindbergh Way
Zip Code 85226
Chandler, Arizona, USA
Coliman Produce, Inc.
9765 Marconi Drive, Suite 103
Zip Code 92154
San Diego, California, USA
Domex Superfresh Growers
151 Low Rd.
Zip Code 98908
Yakima, Washington, USA
Dovex Export Company
1705 N. Miller St.
Zip Code 98801
Wenatchee, Washington, USA
Drews Export Company, Inc.
5081 W. Country 11th St.
Zip Code 85364
Yuma, Arizona, USA
Dubacano Export Import, Inc.
2950 S. Mooney Blvd.
Zip Code 93277
Visalia, California, USA
Duran Sales, Inc.
135 Allison Ln.
Zip Code 95076
Watsonville, California, USA
Eagle Eye Produce
4050 E. Lincoln Rd.
Zip Code 83401
Idaho Falls, Idaho, USA
Epic Produce Sales, Llc.
15429 St. 25th
Zip Code 85048
Phoenix, Arizona, USA
Evans Fruit Company, Inc.
200 Cowiche City Rd.
Zip Code 98923
Cowiche, Washington, USA
Firstfruits Marketing of Washinton, Llc.
1219 S. 40th Ave.
Zip Code 98908
Yakima, Washington, USA
Five Diamond Cold Storage, Inc.
14250 County Line Rd.
Zip Code 93215
Delano, California, USA
Fresh Produce, Llc.
570 Fuentes Drive
Zip Code 85349
San Luis, Arizona, USA
Fresh Vegetables Produce, Inc.
8515 De La Fuente Ave.
Zip Code 92154
San Diego, California, USA
Fruit Pros, Llc.
816 Starboard St.
Zip Code 91914
Chula Vista, California, USA
Green Life Produce, Llc.
609 Lincoln St.
Zip Code 98801
Wenatchee, Washington, USA
Guerra Marketing International, Inc.
1425 K St.
Zip Code 95354
Modesto, California, USA
Honey Bear Tree Fruit, Llc.
2710 Euclid Ct.
Zip Code 98807
Wenatchee, Washington, USA
Imexperts, Llc.
30548 Oakridge Drive
Zip Code 53581
Richland Center, Wisconsin, USA
L & M Companies, Inc.
2925 Huntleigh Drive
Zip Code 27604
Raleigh, North Carolina, USA
Larroc, Inc.
6420 Boeing Dr.
Zip Code 79925
El Paso, Texas, USA
Los Cuates Produce, Inc.
290 E. Cole Rd.
Zip Code 92231
Calexico, California, USA
Maya Produce, Llc.
1413 W. Military Rd.
Zip Code 78577
Pharr, Texas, USA
MD and MP
521 Heber Ave.
Zip Code 92231
San Diego, California, USA
Mexbros Fruit, Inc.
8515 De La Fuente Ave.
Zip Code 92154
San Diego, California, USA
Mineral King Produce, Llc.
1501 S. Lovers Lane, Suite A
Zip Code 93292
Visalia, California, USA
Mister Produce, Inc.
7577 Airway Rd. Suite 107
Zip Code 92154
San Diego, California, USA
MR Produce, Inc.
7577 Airway Rd. Suite 106
Zip Code 92154
San Diego, California, USA
Naumes, Inc.
2 W. Barnett Rd.
Zip Code 97501, P.O. Box 996
Medford, Oregon, USA
Northern Fruit Company, Inc.
220 NE. 2nd St.
Zip Code 98802
East Wenatchee, Washington, USA
Oneonta Trading Corporation
549 One Oneonta Way
Zip Code 98801
Wenatchee, Washington, USA
Paramount Export Company
175 Filbert St. Suite 201
Zip Code 94607
Oakland, California, USA
Parvar Enterprises, Inc.
9874 Vía de la Amistad, Suite A
Zip Code 92154
San Diego, California, USA
Prestige Produce, Inc.
7944 N. Maple Ave.
Zip Code 93720
Fresno, California, USA
Rainier Fruit Company
352 Harrison Rd.
Zip Code 98942
Selah, Washington, USA
Rivermaid Trading Company
6011 E. Pine St.
Zip Code 95240
Lodi, California, USA
Rose Fresh International, Llc.
2225 Ave. Costa Este, Suite 1000
Zip Code 92154
San Diego, California, USA
RV Fruit, Inc.
1302 Glenwood St.
Zip Code 93215
Delano, California, USA
Sage Fruit Company, Llc.
180 Iron Horse Ct.
Zip Code 98901
Yakima, Washington, USA
Spindle Cooling and Warehousing, Llc.
412 Industrial Ave.
Zip Code 85349
San Luis, Arizona, USA
Star Board St.
816 Star Board St.
Zip Code 91914
Chula Vista, California, USA
Stemilt Growers, Inc.
3135 Warehouse Rd.
Zip Code 98801
Wenatchee, Washington, USA
Sun Fresh Export, Llc.
1401 W. Caldwell Ave., Suite B
Zip Code 93277
Visalia, California, USA
The Giumarra Companies
11220 Edison Hwy
Zip Code 93307
Bakersfield, California, USA
The Oppenheimer Group
180 Nickerson St. Suite 211
Zip Code 98109
Seattle, Washington, USA
Washington Export Company
102 Ave. 56th, Suite A
Zip Code 98908
Yakima, Washington, USA
Washington Export, Llc.
102 Ave. 56th, Suite A
Zip Code 98908
Yakima, Washington, USA
Washington Fruit & Produce Co.
P.O. Box 1588
Zip Code 98907
Yakima, Washington, USA
Wenoka Sales, Inc.
215 Eller St. Soth East
Zip Code 98802
Wenatchee, Washington, USA
Wenoka Sales, Llc.
215 Eller St. Soth East
Zip Code 98802
Wenatchee, Washington, USA
Yakima Fresh, Llc.
111 University Parkway, Suite 101
Zip Code 98901
Yakima, Washington, USA
Zan Fruits, Llc.
5405 Stockdale Highway, Suite 202
Zip Code 93309
Bakersfield, California, USA
4. Gobierno
Embajada de los Estados Unidos en México
Paseo de la Reforma No. 305
Col. Cuauhtémoc
C.P. 06500, México, Distrito Federal
17. El 30 de septiembre de 2014 la UNIFRUT respondió la prevención que la Secretaría le formuló el 1 de septiembre de 2014, de conformidad con los artículos 52 fracción II de la Ley de Comercio Exterior (LCE) y 78 del Reglamento de la Ley de Comercio Exterior (RLCE).
F. Argumentos y medios de prueba
18. Con la finalidad de acreditar la práctica desleal de comercio internacional, en su modalidad de discriminación de precios, la UNIFRUT argumentó lo siguiente:
1. Discriminación de precios
A. Para acreditar el precio de exportación la UNIFRUT presentó una base de datos con los precios promedio al mayoreo de manzanas nacionales e importadas en centrales de abasto de enero 2011 a diciembre 2013, obtenidos del Sistema Nacional de Información e Integración de Mercados (SNIIM), debido a que los precios de importación que se obtienen a partir de las facturas que reporta la Administración General de Aduanas del Servicio de Administración Tributaria (SAT) no corresponden a los ingresos reales de los exportadores ni reflejan el precio de transacción real de las manzanas.
B. Señaló que los precios de factura utilizados para la importación de manzanas en los mercados o centrales de abasto son un precio de referencia o inicial de la negociación con el comprador en México, quien determina el precio final en función de la oferta y demanda, con un margen de comercialización para el comerciante, por lo que el precio final es diferente al inicialmente reportado.
C. La UNIFRUT calculó el precio de exportación de manzanas de los Estados Unidos al mercado mexicano, a partir de los precios de importación obtenidos del SAT, que corresponde a un precio promedio ponderado que incluye todas las variedades de manzana. Asimismo, proporcionó un cálculo del precio de exportación a partir de los precios promedio mensuales de venta al mayoreo de manzanas importadas en las centrales de abasto, obtenidos del SNIIM.
D. Debido a que el SNIIM no reporta el volumen de manzanas importadas sino sólo precios, la UNIFRUT utilizó como ponderador la población del municipio o zona metropolitana donde se ubican las centrales de abasto como una aproximación de las ventas, para obtener un precio promedio ponderado.
E. Aplicó ajustes para llevar el precio de exportación a nivel libre a bordo (FOB, por sus siglas en inglés) en los Estados Unidos por fletes, seguro, maniobras y descargas, comisión, guía fitosanitaria, inspección mexicana y de los Estados Unidos, margen de comercialización, termógrafo, cartones de deslizamiento y tarimas.
b. Valor normal
F. Para obtener el valor normal de las importaciones de manzanas originarias de los Estados Unidos, la UNIFRUT proporcionó referencias de precios de diversas variedades de manzanas destinadas al consumo en el mercado de los Estados Unidos durante el periodo investigado, provenientes de los boletines semanales Yellow Sheet, publicados por la Washington Growers Clearing House Association (“Washington Growers Association”).
G. Señaló que las referencias de precios de las manzanas en el mercado interno de los Estados Unidos que proporciona la Washington Growers Association de manera semanal, están dados en el curso de operaciones comerciales normales, permiten una comparación válida y son una base razonable para determinar el valor normal, en virtud de que son representativos aproximadamente del 60% del mercado interno de los Estados Unidos.
H. Indicó que no es necesario aplicar ningún ajuste al valor normal para hacerlo comparable con el precio de exportación ajustado, ya que los precios reportados por la Washington Growers Association se encuentran a nivel FOB.
I. Calculó el valor normal ponderado de todas las variedades de manzanas en el mercado de los Estados Unidos, toda vez que el número preciso de las variedades y el porcentaje en que se importan a México no están disponibles en las bases de importaciones del SAT.
c. Margen de discriminación de precios
2. Daño y causalidad
K. Las manzanas de origen nacional son similares a las manzanas importadas de los Estados Unidos. Las diferencias son mínimas y en aspectos no esenciales como, el tamaño o la apariencia. Utilizan los mismos insumos: agua, tierra, semillas, químicos, combustible, mano de obra, etc., y el proceso de producción es el mismo, por lo que son comercialmente intercambiables.
L. Físicamente, ambos productos pueden ser de color rojo, amarillo, verde, rosa y combinaciones de éstos; de piel lisa y brillante o rayada; de sabor dulce, dulce-acidulado o ácido; de tamaño pequeño, mediano o grande, y de distinto tipo de texturas. Los mismos clientes de los productores nacionales adquieren manzanas importadas de los Estados Unidos en las mismas instalaciones de las diversas centrales de abasto del país, abasteciendo a la población por los mismos canales de comercialización.
M. Las 17 asociaciones agrícolas locales del estado de Chihuahua que constituyen a la UNIFRUT, representan prácticamente la totalidad de los productores del estado, el cual, de acuerdo con información de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA), representó el 79.02% de la producción nacional total en el periodo investigado.
N. El mercado de manzanas está determinado por el comportamiento de su ciclo agrícola. A diferencia de los mercados de bienes industriales, el nivel de producción de manzanas no se puede planear de manera precisa. La estacionalidad y la naturaleza perecedera del producto determina características del mercado muy distintas a los bienes industriales. Aunado a que no existe un control exacto del productor sobre el buen desarrollo del fruto.
O. La manzana se cosecha en la temporada de otoño. En México y en los Estados Unidos el periodo de cosecha es muy parecido y sólo difiere por un par de semanas, debido a que las regiones de ambos países se encuentran en el mismo hemisferio. El grueso de la producción de manzanas ocurre entre septiembre y octubre. La naturaleza perecedera del fruto requiere intensa fuerza de trabajo durante periodos de tiempo acotados. Una vez que la manzana se cosecha, puede ser almacenada hasta 4 meses en cámaras de refrigeración estándar y hasta un año en cámaras de refrigeración de atmósfera controlada, lo cual permite su venta en el mercado durante todo el año, aunque su producción esté limitada a la época de cosecha.
P. El mercado de manzanas en los Estados Unidos y en México opera de manera similar. En ambos, la mayoría de los productores vende sus manzanas a consignación y el precio final se determina hasta que se vende en el mercado; es decir, funciona como un mercado de commodities, donde el precio se materializa una vez que las manzanas llegan al mercado y, a partir de ese momento, se descuentan los costos y comisiones incurridos. Una vez descontados dichos costos, se le paga al productor.
Q. La industria de la manzana en los Estados Unidos se ha vuelto cada vez más integrada de forma vertical, es más común que empacadoras de mayor escala mantengan control desde sus propias huertas, así como de todos los procesos de la cadena de distribución. Otro factor que ha impulsado la consolidación de la industria y su integración vertical son las cadenas minoristas que prefieren adquirir el producto de grandes operadores integrados que puedan surtir importantes cantidades de manzana de manera consistente durante el año.
R. Las ventas al mercado las realizan comúnmente los empacadores y distribuidores, y éstas se realizan en el mercado spot. La enorme cuota de mercado de la industria manzanera del estado de Washington lo hacen uno de los principales impulsores del precio en el mercado interno de los Estados Unidos.
S. En el caso de México y del estado de Chihuahua, específicamente, el proceso de producción, empaque y distribución es similar, pero con menor grado de integración entre las diferentes entidades que conforman la industria: productores, empacadores, distribuidores, y una mayor pulverización de los productores. Los productores mexicanos venden su cosecha de manera similar, es decir, a consignación y sin saber cuál será el precio de las manzanas hasta que se materializa la venta en el mercado.
T. Las importaciones totales de manzanas presentaron incrementos del 44.66% de 2011 a 2013 y de 17.82% en el periodo investigado con respecto a su periodo comparable del año anterior. Dicho comportamiento refleja la estacionalidad de las manzanas de los Estados Unidos, que es un producto de temporada, específicamente, de la última parte del año. Por ello, al analizar el comportamiento de las importaciones y del mercado en general debe de tomarse en cuenta ese aspecto característico del mercado.
U. Hacia el fin del verano en los Estados Unidos, previo a la temporada de cosecha, las manzanas que aún se tienen refrigeradas y en “stock”, corren el riesgo de perder su valor considerablemente, sino se han vendido al momento de la nueva cosecha, ya que si bien la refrigeración retarda su maduración, no dejan de ser productos perecederos. Además, si se llega a la temporada de cosecha con grandes inventarios se pone en riesgo el precio general de las manzanas en el mercado.
V. Los productores de los Estados Unidos están interesados en deshacerse de sus inventarios excedentes y prepararse para una cosecha fresca. Esta conducta se observa en el comportamiento cíclico de las exportaciones del producto investigado hacia México. Normalmente, el volumen de las importaciones totales en México tiene un pico en la temporada previa a la cosecha, el cual año con año ha venido creciendo.
W. Prácticamente el 98% de las importaciones de manzanas provienen de los Estados Unidos. De acuerdo con los datos del SAT, en 2011 las importaciones de manzanas de los Estados Unidos fue de 186,024.6 toneladas, mientras que en 2012 ascendió a 228,392.5 toneladas, lo cual representó un incremento del 23% en este periodo.
X. La Solicitante realizó un análisis comparativo de los precios de la manzana de Chihuahua con relación a los precios del producto investigado, en el que se aprecian márgenes de subvaloración en el periodo investigado con respecto al precio nacional, específicamente, en los meses previos a la cosecha, donde se presentaron mayores volúmenes de las importaciones investigadas, que impidió a la nueva cosecha nacional colocarse en el mercado y presionando los precios nacionales a la baja, lo que se tradujo en pérdidas generalizadas y que algunos productores optaran por tirar su producto, en vez de almacenarlo por el costo y la baja posibilidad de mejorar su precio.
Y. El nivel de subvaloración observado en abril, mayo, julio y agosto de 2013, y la contención de los precios que impone el producto investigado sobre los precios nacionales en otros meses clave de venta para los productores nacionales, causó un severo daño al sector productor de manzanas en México. Asimismo, existe evidencia de que podría aumentar la subvaloración de precios en forma significativa.
Z. De continuar la tendencia de importar manzanas de los Estados Unidos en condiciones de discriminación de precios, previo a la cosecha, existe alto riesgo de que se elimine parte significativa de la producción nacional de manzanas con efectos irreversibles al ocurrir el corte de los manzanos para utilizar de otra forma las tierras que ya no son rentables.
AA. En 2013 diversos indicadores de la rama de producción nacional tuvieron un comportamiento negativo debido al incremento de importaciones de manzanas de los Estados Unidos en condiciones de discriminación de precios, como las utilidades y el porcentaje de ventas respecto a la producción. Si bien las ventas de manzanas tuvieron un aumento acumulado de 2011 a 2013, se realizaron a precios considerablemente bajos.
BB. La UNIFRUT no tiene conocimiento de algún otro factor distinto a las importaciones de manzanas de los Estados Unidos en condiciones de discriminación de precios que haya causado afectación a la producción nacional en el periodo investigado. Si bien, existen importaciones de otros orígenes, pero en volúmenes insignificantes, que de ninguna manera son la causa del daño a la producción nacional.
A. Primer testimonio notarial de la escritura pública número 12,485 otorgada por el Notario Público número 4 en Chihuahua, Chihuahua, el 31 de julio de 2014, en el que consta el poder que otorgó el presidente del Consejo directivo de la UNIFRUT a sus representantes legales.
B. Copia certificada del instrumento notarial 9,764 otorgado por el Notario Público número 8 en Chihuahua, Chihuahua, el 10 de enero de 1979, en el que consta la protocolización del permiso de la Secretaría de Relaciones Exteriores para constituir la Unión Agrícola Regional de Fruticultores de Chihuahua, Chihuahua, A.C. y sus estatutos.
C. Copia certificada del instrumento notarial 3,159 otorgado por el Notario Público número 4 en Cuauhtémoc, Chihuahua, el 20 de septiembre de 1994, en el que consta el cambio de denominación de la Unión Agrícola Regional de Fruticultores de Chihuahua, Chihuahua, A.C. a Unión Agrícola Regional de Fruticultores del Estado de Chihuahua, A.C.
D. Copia certificada del instrumento notarial 11,545 otorgado por el Notario Público número 4 en Chihuahua, Chihuahua, el 10 de junio de 2013, en el que consta la conformación del Comité directivo y de vigilancia de la UNIFRUT para el bienio 2013-2015, así como el otorgamiento de facultades y poderes a su presidente, entre otros.
E. Copia certificada del instrumento notarial 12,346 otorgado por el Notario Público número 4 en Chihuahua, Chihuahua, el 29 de mayo de 2014, en el que consta la protocolización del acta de la asamblea general extraordinaria de la UNIFRUT celebrada el 13 de febrero de 2014, mediante la cual se aprobó, entre otros, la presentación de la solicitud de investigación antidumping por la importación de manzanas de los Estados Unidos.
F. Copia certificada del oficio de notificación de la Resolución No. 110.03.RNA-A-100/13 del 24 de mayo de 2013, emitido por el Director del Registro Nacional Agropecuario (RNA), relativa a la inscripción del acuerdo de asamblea en el que consta, entre otros, la designación del Comité directivo para el periodo de abril de 2013 a marzo de 2015 y del Comité de vigilancia y delegados de la Asociación Agrícola Local de Fruticultores de Namiquipa, Chihuahua, para el periodo del 14 de abril de 2013 al 14 de abril de 2014.
G. Copia certificada del oficio de notificación de la Resolución No. 110.03.RNA-A-210/13 del 31 de octubre de 2013, emitido por el Director del RNA, relativa a la inscripción del acuerdo de asamblea, en la que consta, entre otros, la designación del Comité directivo y de vigilancia para el periodo del 27 de abril de 2013 al 27 de abril de 2015, así como de los delegados de la Asociación Agrícola Local de Productores Manzaneros de Cuauhtémoc, Chihuahua, para el periodo del 27 de abril de 2013 al 27 de abril de 2014.
H. Copia certificada del acta de asamblea general extraordinaria de la Asociación Agrícola Local de Fruticultores de Las Cruces, Namiquipa, Chihuahua, del 8 de mayo de 2009, en la que consta, entre otros, la designación del Comité directivo y de vigilancia, así como de los delegados para el periodo del 8 de mayo de 2009 al 8 de mayo de 2011, así como la mención de que durarán en funciones hasta que sean sustituidos por las personas que los releven en sus cargos.
I. Copia certificada del acta de asamblea general extraordinaria de la Asociación Agrícola Local de Fruticultores de Temosachic, Chihuahua, del 12 de abril de 2009, en la que consta, entre otros, la designación del Comité directivo, de vigilancia y los delegados de la asociación para el periodo del 12 de abril de 2009 al 12 de abril de 2011, así como la mención de que durarán en funciones hasta que sean sustituidos por las personas que los releven en sus cargos.
J. Oficio 110.03.01.-23956/14 expedido el 12 de septiembre de 2014 por el Director del RNA, en el que hace constar que la UNIFRUT está conformada por 17 asociaciones agrícolas locales, mismas que tienen acreditada su legal existencia, la última designación de los miembros del Comité directivo, de vigilancia y delegados, así como el nombre y número de asociados de cada una de ellas.
K. Copia de la carta emitida el 25 de septiembre de 2014 por el presidente de la Asociación Agrícola Local de Fruticultores de Las Cruces, Namiquipa, Chihuahua, en la que manifiesta que el delegado propietario designado ante la UNIFRUT el 8 de mayo de 2009 actualmente continúa en funciones.
L. Copia de la carta emitida el 25 de septiembre de 2014 por el presidente de la Asociación Agrícola Local de Fruticultores de Temosachic, Chihuahua, en la que manifiesta que el delegado propietario designado ante la UNIFRUT el 12 de abril de 2009 actualmente continúa en funciones.
M. Copia certificada de seis títulos profesionales y seis cédulas para el ejercicio profesional, expedidas por la Dirección General de Profesiones, correspondientes a sus representantes legales.
N. Copia de seis credenciales para votar con fotografía, expedidas por el Instituto Federal Electoral a sus representantes.
O. Características de manzanas de producción nacional e importadas de los Estados Unidos, elaboradas por la UNIFRUT con información de diversas páginas de Internet.
P. Fotografías de manzanas de los Estados Unidos, obtenidas de diversas páginas de Internet.
Q. Fotografías de manzanas de origen nacional, realizadas por la UNIFRUT.
R. Norma mexicana NMX-FF-061-SCFI-2003. “Productos agrícolas no industrializados para consumo humano - fruta fresca - manzana (malus pumila Mill) - (Malus domestica Borkh) – especificaciones”, con declaratoria de vigencia del 17 de febrero de 2003.
S. Procesos productivo y de empaque de manzanas en México, elaborados por la UNIFRUT con información propia.
T. Proceso productivo de manzanas en los Estados Unidos, elaborado por la UNIFRUT con información de la publicación “Manzanas. Reporte Industria y Comercio”, ITS-04, la USITC, febrero 2010.
U. Comparativo de los procesos productivos de manzanas en México y en los Estados Unidos, elaborado por la UNIFRUT con información propia y del artículo “Manzanas. Reporte Industria y Comercio”, ITS-04, USITC, febrero 2010.
V. Capítulo 08. Frutas y frutos comestibles; cortezas de agrios (cítricos), melones o sandías de la TIGIE, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 18 de junio de 2007.
W. Importaciones totales de manzanas a México que ingresan por la fracción arancelaria 0808.10.01 de la TIGIE por país, precio, valor y volumen de 2011 a 2013, así como variación porcentual 2012/2011, 2013/2012 y 2013/2011 y resumen, elaboradas por la UNIFRUT con información del SAT.
X. Proyección de las importaciones totales y de los Estados Unidos de manzanas a México en 2014 en volumen y precio, elaboradas por la UNIFRUT con información del SAT, el artículo “Enorme cosecha de manzana en el oeste se combina con apretados producción de pera este otoño” y a partir de la proyección de los indicadores de la industria de manzanas de los Estados Unidos en 2014.
Y. Importaciones y exportaciones totales realizadas por México a través de la fracción arancelaria 0808.10.01 de la TIGIE, de enero de 2011 a diciembre de 2013, elaboradas por la UNIFRUT con información del SAT.
Z. Importaciones totales realizadas por México a través de la fracción arancelaria 0808.10.01 de la TIGIE, con proveedor, de enero a diciembre de 2013, elaboradas por la UNIFRUT con información del SAT.
AA. Claves de pedimentos de importación y de exportación, obtenidas del Apéndice 2 del Anexo 22 de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior, publicado en el DOF el 3 de septiembre de 2013, actualizado al 4 de julio de 2014.
BB. Superficie sembrada y cosechada, producción y rendimiento de manzanas en México por estados de 2011 a 2013, elaboradas por el Servicio de Información Agroalimentaria y Pesquera (SIAP).
CC. Superficie sembrada y producción por estado con porcentajes de participación y participación acumulada en 2013, así como variación porcentual 2012/2011, 2013/2012 y 2013/2011, elaboradas por el SIAP con información de la SAGARPA.
DD. Rendimientos de manzanas en México por estado de 2011 a 2013 con variación porcentual 2012/2011, 2013/2012 y 2013/2011, elaboradas por el SIAP con información de la SAGARPA.
EE. Producción de manzanas por municipio en Chihuahua de 2011 a 2013, elaborada por la UNIFRUT con información de la SAGARPA.
FF. Exportadoras a México e importadoras de productos que ingresaron por la fracción arancelaria 0808.10.01 de la TIGIE, elaborados por la UNIFRUT con información del SAT y de diversas páginas de Internet.
GG. Precio de exportación ajustado de manzanas de los Estados Unidos a México, estimado a partir del precio de mayoreo en centrales de abasto del 1 de enero al 30 de junio y del 1 de julio al 31 de diciembre de 2013, elaborado por la UNIFRUT con información propia, del SNIIM y del Banco de México.
HH. Precios promedio ponderados mensuales de manzanas importadas y de Chihuahua de enero de 2011 a diciembre de 2013, por centrales de abasto, estados y población del municipio o zona metropolitana elaborados por la UNIFRUT con información del SNIIM y del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI).
II. Precio de exportación ajustado de manzanas de los Estados Unidos a México, estimado a partir de los precios de importación obtenidos del SAT del 1 de enero al 30 de junio y del 1 de julio al 31 de diciembre de 2013, elaborado por la UNIFRUT con información propia y del Banco de México.
JJ. Precios de manzanas importadas y nacionales al mayoreo en centrales de abasto por estados, de enero de 2011 a diciembre de 2013, elaborado por la UNIFRUT con información del SNIIM.
KK. Población por zona metropolitana o municipio donde se ubican las centrales de abasto en las que compitieron las manzanas importadas y de Chihuahua en 2010, elaborado por el Grupo Interinstitucional para la Delimitación de Zonas Metropolitanas, con información de los Censos Generales de Población y Vivienda 1990 y 2000, y el Censo de Población y Vivienda 2010 del INEGI.
LL. Boletín FS099E “2012 Estimaciones de costos de establecimiento, producción y empaque de la manzana red delicious en Washington”, elaborado por R. Karina Gallardo y Suzette P. Galinato, Washington State University Extension y USDA, diciembre 2012.
MM. Costos y retornos de establecimiento, producción y empaque de manzanas red delicious en una huerta de 25 acres para 2012 y estimado del costo por kilogramo para 2013, diferencia entre el precio de exportación a México y el costo de producción en los Estados Unidos y margen de utilidad promedio de las manzanas de los Estados Unidos en sus ventas a México, elaborados por la UNIFRUT con información del SNIIM y del boletín “2012 Estimaciones de costos de establecimiento, producción y empaque de la manzana red delicious en Washington”.
NN. Diversas liquidaciones de manzanas de productores afiliados a la UNIFRUT de agosto de 2013 a abril de 2014.
OO. Ajustes al precio de manzanas de Chihuahua en centrales de abasto, porcentaje de participación en el valor de venta y resumen actualizados, elaborados por la UNIFRUT con información de diversas liquidaciones de manzanas de sus productores afiliados de agosto de 2013 a abril de 2014 y del INEGI.
PP. Gastos de exportación de manzanas de los Estados Unidos a México, por pago de termógrafo, flete, inspección mexicana, fito-inspección, inspección, cartones de deslizamiento y tarimas de enero a noviembre de 2013, elaborado por la UNIFRUT con información propia.
QQ. Margen de comercialización de manzanas de productores de Chihuahua, obtenido del precio al mayoreo en centrales de abasto y del precio pagado al productor, mensual y anual en 2013, elaborado por la UNIFRUT con información de diversas liquidaciones de manzanas de sus productores afiliados y del SNIIM y su metodología.
RR. Segundo testimonio del instrumento público número 1,492 otorgado por el Corredor Público número 8 en el Distrito Federal, el 17 de julio de 2014, en el que consta la fe de hechos sobre una encuesta aplicada a diversos locatarios que comercializan manzanas en la Central de Abasto de la Ciudad de México.
SS. Aduanas por las que ingresaron a México manzanas originarias de los Estados Unidos de 2011 a 2013 en volumen y porcentaje de participación, elaborado por la UNIFRUT con información del SAT y del Apéndice 2 del Anexo 22 de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior, publicado en el DOF el 3 de septiembre de 2013, actualizado al 4 de julio de 2014.
TT. Índice de precios al consumidor (IPC) en México de enero de 2011 a abril de 2014, factor para llevar a precios de enero de 2013, con variación porcentual, promedio en 2013 y porcentaje de inflación entre enero, febrero, marzo y abril de 2014 y 2013, elaborado por la UNIFRUT con información del INEGI.
UU. Boletines semanales Yellow Sheet, publicados por la Washington Growers Association, en 2013.
VV. Precios internos en los Estados Unidos de distintas variedades de manzanas de enero a diciembre de 2013 y sus precios promedio ponderados por semestre de 2013, obtenidos de los boletines semanales Yellow Sheet, publicados por la Washington Growers Association, 2013.
WW. Valor normal de manzanas en los Estados Unidos de enero a junio y de julio a diciembre de 2013, obtenidos de los boletines semanales Yellow Sheet, publicados por la Washington Growers Association, 2013.
XX. Estimación del margen de discriminación de precios de manzanas en los Estados Unidos anual y semestral de 2013, elaborada por la UNIFRUT con información de los boletines semanales Yellow Sheet, publicados por la Washington Growers Association, 2013, del SNIIM, de diversas liquidaciones de manzanas de productores afiliados a la UNIFRUT y del SAT.
YY. Estimación del margen de discriminación de precios de manzanas red deliciuos, golden deliciuos y starking de los Estados Unidos de 2013, elaborada por la UNIFRUT con información de los boletines semanales Yellow Sheet, publicados por la Washington Growers Association, 2013, del SNIIM, de diversas liquidaciones de manzanas de productores afiliados a la UNIFRUT y del SAT.
ZZ. Tipo de cambio para solventar obligaciones denominadas en dólares de los Estados Unidos (“dólares”) pagaderas en México del 1 de enero de 2011 al 31 de diciembre de 2013, publicados por el Banco de México, promedios mensuales y semestrales de 2013 y anuales de 2011, 2012 y 2013.
AAA. Precios de manzanas de productores mayoristas de Chihuahua e importadoras, estimado a partir de precios en centrales de abasto con ajustes, de enero de 2011 a diciembre de 2013, elaborados por la UNIFRUT con información de diversas liquidaciones de manzanas de sus productores afiliados y del SNIIM.
BBB. Cálculo del precio de importación real de transacción de manzanas de los Estados Unidos de enero de 2011 a diciembre de 2013, elaborado por la UNIFRUT a partir de diversas liquidaciones de manzanas de sus productores afiliados, del SNIIM y del SAT.
CCC. Comparativo de los precios de manzanas de Chihuahua e importadas de enero de 2011 a diciembre de 2013, elaborado por la UNIFRUT con información de diversas liquidaciones de manzanas de sus productores afiliados y del SNIIM.
DDD. Precios estimados de manzanas de importación, a partir de precios en centrales de abasto con ajustes hasta llegar al precio de la información proporcionada por el SAT de enero de 2011 a diciembre de 2013, elaborados por la UNIFRUT con información de diversas liquidaciones de manzanas de sus productores afiliados, del SNIIM y del SAT.
EEE. Indicadores del mercado nacional de manzanas de 2011 a 2013, incluida su metodología, elaborados por la UNIFRUT con información propia, de la SAGARPA, del SNIIM y del SAT.
FFF. Indicadores económicos del mercado de manzanas nacional y del estado de Chihuahua de 2011 a 2013, incluida su metodología, elaborados por la UNIFRUT con información propia, de la SAGARPA, de los Fideicomisos Instituidos con Relación a la Agricultura (FIRA) y de Financiera Rural.
GGG. Proyección de los indicadores económicos de manzanas de la UNIFRUT en 2014, elaborados con información propia, de la SAGARPA, FIRA y de Financiera Rural.
HHH. Indicadores de la industria de manzanas de los Estados Unidos de 2011 a 2013, elaborados por la UNIFRUT con información del “Noncitrus fruits and nuts. 2013 Summary”, USDA, julio 2014, United Nations Commodity Trade Statistics Database (UN Comtrade), de la página de Internet http://www.usapple.org y de la USITC.
III. Proyección de los indicadores de la industria de manzanas de los Estados Unidos en 2014, elaborados por la UNIFRUT con información de “Noncitrus fruits and nuts. 2013 Summary” y “Enorme cosecha de manzana en el oeste se combina con apretados producción de pera este otoño”, USDA, julio y septiembre 2014, respectivamente; UN Comtrade; la página de Internet http://www.usapple.org, y de la USITC.
JJJ. Producción de manzanas en los Estados Unidos por estado de 2011 a 2013, participación porcentual en 2012 y variación porcentual 2012/2011, 2013/2012 y 2013/2011, elaborado por la UNIFRUT con información del “Noncitrus Fruits and Nuts. 2013 Summary”, USDA, julio 2014.
KKK. Exportaciones totales de manzanas de los Estados Unidos al mundo por precio, valor y volumen, con participación porcentual de 2011 a 2013, variación porcentual 2012/2011, 2013/2012 y 2013/2011 y resumen, elaboradas por la UNIFRUT con información de la USITC.
LLL. Exportaciones totales de manzanas de los Estados Unidos al mundo por las fracciones 0808.10.00.10 y 0808.10.00.50 del Harmonized Tariff Schedule of the United States (HTSUS) por valor y volumen mensual de 2011 a 2013, obtenidas de Departamento de Comercio y la USITC.
MMM. Publicación ITS-04, “Manzanas. Resumen Industria y Comercio”, USITC, febrero 2010.
NNN. Reporte “Perspectiva de la industria. Tree Fruit 2014”, Northwest Farm Credit Services, marzo 2014.
OOO. Indicadores económicos de los productores de manzanas de Chihuahua de 2011 a 2013 por precio, valor y volumen, incluida su metodología, elaborados por la UNIFRUT con información propia y de la SAGARPA.
PPP. Canales de comercialización de manzanas en México, elaborados por la UNIFRUT con información propia.
QQQ. Estructura de costos de huertas promedio en Chihuahua de manzanos de alto y bajo rendimiento en 2011, 2012, 2013 y 2014 y con maquinaria propia con bombeo electrificado de tecnología media durante 2012 y 2013, elaborados por la UNIFRUT con información de Financiera Rural, Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero y FIRA.
RRR. Indicadores de costos de huertas promedio de manzanos de alto y bajo rendimiento en Chihuahua en 2011, 2012 y 2013, elaboradas por la UNIFRUT con información de Financiera Rural, Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero y FIRA.
SSS. Resumen de costos por hectárea para producir manzano con maquinaria propia y bombeo electrificado de tecnología media durante 2012 y 2013, emitido por FIRA con fecha de vencimiento del 30 de enero de 2014.
TTT. Cuatro hojas técnicas agrícolas, determinación de viabilidad económica, para producir 18 y 30 toneladas de manzano de alto rendimiento para 2011, 2012 y 2013, emitidas por Financiera Rural con fecha de vencimiento del 13 de enero de 2012, 18 de enero de 2013 y 15 de enero de 2014, respectivamente.
UUU. Dos hojas técnicas agrícolas, determinación de viabilidad económica, para producir 18 y 30 toneladas de manzano de bajo y alto rendimiento para 2014, respectivamente, emitidas por Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero con fecha de vencimiento del 15 de enero de 2015.
VVV. Costos, ventas y utilidades para los productores de alto y bajo rendimiento de manzanas de Chihuahua encuestados por la UNIFRUT de 2011 a 2013 y resumen, elaborados con información de los costos promedio de huertas de manzanas en Chihuahua, por estructuras de Financiera Rural y FIRA y los precios estimados de manzanas de productores nacionales a partir de precios en centrales de abasto con ajustes.
WWW. Principales países productores de manzanas en el mundo, con participación porcentual de 2010 a 2012 y variación porcentual 2011/2010 y 2012/2011, elaborados por la UNIFRUT con información de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO, por sus siglas en inglés).
XXX. Principales países productores de manzanas en el mundo por área sembrada y rendimiento, con participación porcentual de 2009 a 2011 y variación porcentual 2010/2009 y 2011/2010, elaborados por la UNIFRUT con información de la FAO.
YYY. Productores de manzanas en el mundo de 2010 a 2012 por área cosechada, producción y rendimiento, obtenidos de la FAO.
ZZZ. Países exportadores e importadores de manzanas frescas en el mundo de la subpartida 0808.10 del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías (“Sistema Armonizado”) por volumen y valor, con participación porcentual de 2011 a 2013 y variación porcentual 2012/2011 y 2013/2012 y precio de 2011 a 2013, elaborados por la UNIFRUT con información de UN Comtrade.
CCCC. Tipos de contenedores de manzana para comercialización y su capacidad mínima y máxima en libras y kilogramos, elaborado por la UNIFRUT con información de la publicación Containers and Weights of Commercial Fruits, Nuts, and Vegetables, Alabama Cooperative Extension System (Alabama A&M University and Auburn University), ANR-829, Joseph Kemble, febrero, 1997, obtenida de la página de Internet http://www.aces.edu/pubs/docs/A/ANR-0829/ANR-0829.html.
DDDD. Copia del oficio B00.03.01.02.01 emitido por la Dirección General de Inspección Fitosanitaria del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria del 28 de octubre de 2013, en el que consta la autorización del ingreso de personal de la UNIFRUT como observadores del servicio de inspección en las Aduanas de Nogales, Sonora, Ciudad Juárez, Chihuahua, Manzanillo, Colima y Lázaro Cárdenas, Michoacán.
EEEE. Los artículos:
a. “Preferencias en el consumo de la manzana”, Comité Estatal Sistema Producto Manzana del Estado de Chihuahua, A.C., Revista AGROVIVE, páginas 12 a 16, 2013, SAGARPA y Secretaría de Desarrollo Rural, Gobierno del Estado de Chihuahua.
FFFF. Nota periodística “500 mil toneladas de manzanas peligran por cortes de energía de CFE”, Luis Carlos Cano, actualizada al 31 de agosto de 2014, publicada en la página de Internet http://www.elfinanciero.com.mx, consultada el 29 de septiembre de 2014.
GGGG. Copia de la carta emitida el 10 de septiembre de 2014 por la empresa Unificcom, S.A. de C.V., SOFOM E.N.R. a la UNIFRUT, respecto al retraso en los pagos de los créditos otorgados durante 2013 a productores de manzanas, la catalogación de la actividad frutícola como de alto riesgo de recuperación, y que el otorgamiento de crédito puede verse restringido de manera significativa.
HHHH. Copia de la carta emitida el 11 de septiembre de 2014 por la empresa Integradora Circuito Biológico Central CBC, S.A. de C.V., SOFOM E.N.R a la UNIFRUT, sobre la afectación en la recuperación de créditos avíos 2013 otorgados a la producción de manzana.
CONSIDERANDOS
A. Competencia
20. La Secretaría es competente para emitir la presente Resolución, conforme a lo dispuesto en los artículos 16 y 34 fracciones V y XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2 apartado B fracción V y 15 fracción I del Reglamento Interior de la Secretaría; 5 y 12.1 del Acuerdo relativo a la Aplicación del Artículo VI del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994 (el “Acuerdo Antidumping”), y 5 fracción VII y 52 fracciones I y II de la LCE.
B. Legislación aplicable
21. Para efectos de este procedimiento son aplicables el Acuerdo Antidumping, la LCE, el RLCE, el Código Fiscal de la Federación, la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo y el Código Federal de Procedimientos Civiles, estos tres últimos de aplicación supletoria.
C. Protección de la información confidencial
22. La Secretaría no puede revelar públicamente la información confidencial que las partes interesadas le presenten, ni la información confidencial de que ella misma se allegue, de conformidad con los artículos 6.5 del Acuerdo Antidumping, 80 de la LCE y 152 y 158 del RLCE. No obstante, las partes interesadas podrán obtener el acceso a la información confidencial, siempre y cuando satisfagan los requisitos establecidos en los artículos 159 y 160 del RLCE.
D. Legitimidad procesal
23. De conformidad con lo señalado en los puntos 68 a 73 de la presente Resolución, la Secretaría determina que la UNIFRUT está legitimada para solicitar el inicio de la presente investigación, de conformidad con los artículos 5.4 del Acuerdo Antidumping y 50 de la LCE.
E. Periodo investigado y analizado
24. Para efectos de esta investigación la Secretaría fija como periodo investigado el comprendido del 1 de enero al 31 diciembre de 2013 y como periodo de análisis de daño y causalidad a la rama de producción nacional el comprendido del 1 de enero de 2011 al 31 de diciembre de 2013.
F. Análisis de discriminación de precios
1. Precios de exportación
25. Para estimar el precio de exportación, la UNIFRUT proporcionó una base de datos que contiene los precios promedio mensuales al mayoreo de manzanas importadas en centrales de abasto. La fuente de información fue el SNIIM, que reporta precios por central de abasto y por estado, en distintas presentaciones. Los precios están expresados en pesos por kilogramo y se refieren a los meses del periodo investigado.
26. Aclaró que el SNIIM no identifica el origen de las manzanas importadas, pero de acuerdo con información sobre las importaciones que reporta el SAT, en 2013, la participación de las importaciones originarias de los Estados Unidos en el total importado fue de 98%. Explica que con esta información es razonable considerar que los precios de las manzanas importadas que reporta el SNIIM en su gran mayoría corresponden a manzanas de los Estados Unidos.
27. La UNIFRUT justificó la utilización de los precios que reporta el SNIIM como una aproximación del precio de exportación debido a que los precios de importación que reporta el SAT, no se pueden utilizar como referencia para el cálculo del precio de exportación, toda vez que dichos precios no corresponden a los ingresos reales de los exportadores y, por tanto, no reflejan el precio de transacción real de las manzanas. Indicó que fue la información que razonablemente tuvo a su alcance.
28. Señaló que el precio que reporta el SAT es una referencia para realizar el trámite de importación del producto investigado a México y que el precio pagado a los productores estadounidenses se concreta hasta que las manzanas se venden en el mercado mexicano de acuerdo al precio negociado, por ejemplo, en las centrales de abasto y liquidadas al exportador por el comprador nacional a un precio final que es diferente al reportado inicialmente. Precisó que cuando las manzanas ingresan a México todavía se encuentran en consignación, es decir, no se ha consumado su venta.
29. La UNIFRUT comparó los precios de importación que reporta el SAT con los precios del SNIIM de manzanas importadas y observó que los obtenidos del SAT no corresponden a los precios reales de venta de manzanas importadas en México. Agregó que esta situación se corrobora en virtud de que la UNIFRUT también realiza ventas de manzana en centrales de abasto, donde el comprador hace los pagos por medio de lo que en el mercado se conoce como “liquidaciones”, en función del precio final efectivo al que se pueden vender las manzanas con un margen de comercialización. Para hacer una comparación equitativa la UNIFRUT comparó ambos precios a un nivel comercial equivalente.
30. La Solicitante precisó que las liquidaciones son documentos que entrega el comisionista o el comprador de las centrales de abasto a los productores, y en éstos se reportan los precios de venta iniciales y finales, una vez descontados los gastos en los que se incurre para llegar a la central de abasto, así como el saldo de estos conceptos, lo cual corresponde a la remuneración del productor y refleja el precio real de compraventa de las manzanas. Proporcionó una relación de liquidaciones de las centrales de abasto a los productores de manzanas correspondientes a 2013 y 2014.
31. La UNIFRUT agregó que las liquidaciones sustentan que el bodeguero del mercado de abasto obtiene normalmente el mismo margen de comercialización en la venta de manzanas de origen nacional o importado y que los precios reportados en las facturas de importación no son los precios de la transacción real o final de la venta de manzana importada.
32. Argumentó que esto también se demuestra al estimar el margen de comercialización que observaría si el comprador del mercado de abasto adquiriera la manzana importada a los precios reportados en aduanas, el cual sería considerablemente más bajo.
33. Si los precios reportados en las facturas de importación fueran precios reales, los mercados de abasto en muchos casos no obtendrían ni la cuarta parte del margen de comercialización que obtienen en la manzana mexicana, siendo completamente irracional que adquieran manzana de los Estados Unidos para su venta a precios que no cubren los costos y las utilidades de las bodegas de abasto. Precisó que por lógica comercial, impediría que se mantuviera la oferta de manzanas de los Estados Unidos en las centrales de abasto a los niveles de precios finales.
34. Es práctica común en el mercado de productos agrícolas que el precio de la factura que se utiliza para una importación sea sólo un precio de referencia y que el precio final de transacción se establezca en función de la oferta y la demanda en el momento de la compraventa del producto. Como apoyo a su argumento proporcionó copia de la Investigación No. 731-TA-747 (Preliminary) de la USITC, sobre jitomates frescos de México, en la que se indica que en el mercado existen dos precios. El primero, es el precio inicial negociado que se cotiza por teléfono y se factura al comprador. El segundo, es el precio real que se recibe del productor después de cualquier cambio en la política de precios, es decir, refacturación. En este caso, refacturar refiere al hecho de bajar el precio acordado de los jitomates después de haberlos vendido.
35. Agregó que tanto la manzana nacional como la importada se vende a través de los mismos canales de distribución. Para acreditar el proceso y el margen de comercialización de la manzana nacional e importada, la UNIFRUT proporcionó los resultados de una encuesta realizada en la Central de Abasto de la Ciudad de México ante un Corredor Público. En los resultados de la encuesta, se observa que la mayoría de los entrevistados respondieron que obtienen las mismas ganancias tanto de las manzanas nacionales como de las importadas.
36. La Solicitante calculó el precio de exportación a partir de la siguiente metodología:
a. debido a que el SNIIM reporta los precios al mayoreo de manzanas importadas y nacionales en centrales de abasto por estado, seleccionó las centrales de abasto de aquellos estados en las que compite la manzana de los Estados Unidos y la nacional;
b. en razón de que el SNIIM no reporta los volúmenes de las manzanas importadas, y a fin de obtener un precio promedio ponderado de las distintas centrales de abasto, la UNIFRUT utilizó como criterio de ponderación la población del municipio o zona metropolitana donde se ubican las centrales de abasto como una aproximación de sus ventas. Los datos de la población por zona metropolitana los obtuvo del Censo de Población y Vivienda 2010 que elabora el INEGI, y
c. para convertir los precios a dólares, aplicó el tipo de cambio promedio del peso frente al dólar para el periodo investigado que obtuvo del Banco de México.
37. La Secretaría aceptó la información y pruebas presentadas por la UNIFRUT. Sin embargo, consideró que utilizar como ponderador a la población no es lo más apropiado en esta investigación, ya que no es consistente con lo establecido en el artículo 40 del RLCE, que indica que el precio de exportación se ponderará según la participación relativa de cada transacción en el volumen total exportado. En la respuesta a la prevención, la UNIFRUT señaló que no tiene razonablemente disponible la información para vincular los volúmenes de importación con los de venta en centrales de abasto y propuso calcular el precio a partir de un promedio simple por variedad de manzana.
a. Ajustes al precio de exportación
38. Como se señaló en el punto 36 de la presente Resolución, la UNIFRUT estimó el precio de exportación a partir de los precios que reporta el SNIIM de las centrales de abasto. Propuso ajustar por los siguientes conceptos, de acuerdo con la información que tuvo razonablemente a su alcance:
a. procedió a descontar todos los gastos incurridos desde las centrales de abasto hasta el productor en Chihuahua que corresponden a: i) flete y seguro; ii) maniobras y descargas; iii) comisión; iv) guía fitosanitaria, y v) margen de comercialización, y
39. Para acreditar los ajustes por flete y seguro, maniobras y descargas, comisión, guía fitosanitaria y margen de comercialización, la UNIFRUT los calculó a partir de la relación de liquidaciones de los bodegueros de las centrales de abasto a los productores de manzana que se indica en el punto 31 de esta Resolución. Con excepción del margen de comercialización, la UNIFRUT calculó los ajustes a partir de datos que corresponden a 2013 y 2014. Las cifras de 2014 fueron ajustadas por inflación para llevarlas al periodo investigado. Utilizó el IPC cuya fuente es el INEGI.
40. A partir de los datos provenientes de las liquidaciones, la Solicitante calculó el monto unitario de cada ajuste en pesos por kilogramo. En el caso de la comisión, mencionó que de la revisión de las liquidaciones se observa que corresponde a un porcentaje del valor de la venta final.
41. Para obtener los ajustes en dólares por kilogramo, aplicó el tipo de cambio del peso frente al dólar que obtuvo del Banco de México.
42. Con respecto al ajuste por margen de comercialización, se utilizaron relaciones de liquidación para los meses de agosto a diciembre de 2013. La UNIFRUT lo calculó a partir de la diferencia entre el precio promedio ponderado al que vendieron los productores nacionales en las centrales de abasto y el precio de venta al mayoreo que reporta el SNIIM. Para obtener el margen promedio ponderado, se multiplicó por el ponderador que se obtuvo del valor de las ventas de los productores nacionales.
43. Para documentar los ajustes por termógrafo, flete interno, inspección estadounidense y mexicana, cartones de deslizamiento y tarimas, la UNIFRUT obtuvo la información a partir de la revisión de una muestra de facturas y pedimentos de importación de manzanas que realizó personal autorizado en aduanas.
44. De la información recabada construyó una base de datos para cada uno de los ajustes indicados en el punto anterior. Entre otra información, se incluye el nombre y clave de la aduana, el valor en dólares, el volumen en kilogramos, cajas y libras, el precio en dólares por kilogramo, así como los gastos de los ajustes respectivos. Los datos corresponden al periodo investigado. La UNIFRUT calculó el monto del ajuste en dólares por kilogramo al dividir el total del valor del ajuste entre el volumen exportado de las operaciones de cada concepto.
45. La Secretaría de conformidad con los artículos 2.4 del Acuerdo Antidumping, 36 de la LCE y 53 y 54 del RLCE, aceptó ajustar el precio de exportación con base en la metodología y pruebas proporcionadas por la Solicitante.
2. Valor normal
46. La UNIFRUT presentó referencias de precios de diversas variedades de manzanas destinadas al consumo en el mercado estadounidense. Los precios provienen directamente de boletines semanales que emite la Washington Growers Association, basados en los precios de venta de los productores de dos de las ciudades más importantes en la producción de manzanas en los Estados Unidos.
47. Los precios se reportan por tipo de manzana de manera semanal para el periodo objeto de investigación en dólares por caja y por libra. La UNIFRUT aplicó el factor para convertir los precios en dólares por kilogramo.
48. Los precios se encuentran a nivel FOB, por lo que la Solicitante considera que no es necesario aplicar ningún ajuste.
49. La UNIFRUT calculó un precio promedio ponderado por tipo de manzana. Utilizó como ponderador el número de camiones que salieron de la bodega como una aproximación de las ventas. No obstante, en los boletines también se especifica el volumen en cajas que transporta cada camión. En esta etapa de la investigación, la Secretaría utilizó este volumen para ponderar los precios internos. Obtuvo el volumen al multiplicar el número de camiones por las cajas, posteriormente, aplicó el factor para convertirlos a kilogramos.
50. La UNIFRUT argumentó que las referencias de precios en el mercado de los Estados Unidos, son una base razonable para determinar el valor normal, toda vez que los precios provienen de boletines semanales publicados por la Washington Growers Association basados en los precios de venta de los productores de dos de las ciudades más importantes en la producción de manzanas en los Estados Unidos. La Secretaría constató que la publicación presentada por la UNIFRUT es reconocida y consultada por los productores estadounidenses del producto investigado.
51. De conformidad con los artículos 39 y 40 del RLCE, la Secretaría calculó el valor normal promedio ponderado en dólares por kilogramo para las variedades de manzana comparables a las variedades consideradas en el cálculo de precio de exportación.
52. Con fundamento en los artículos 2.1 del Acuerdo Antidumping y 31 de la LCE, la Secretaría aceptó la información que presentó la UNIFRUT para acreditar el valor normal.
3. Margen de discriminación de precios
53. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 2.1 del Acuerdo Antidumping, 30 de la LCE y 38 del RLCE, la Secretaría comparó el valor normal con el precio de exportación de los Estados Unidos a partir de la información que propuso la UNIFRUT y determinó que existen indicios suficientes, basados en pruebas positivas, para presumir que, durante el periodo investigado, las importaciones de manzanas, originarias de los Estados Unidos, que ingresan por la fracción arancelaria 0808.10.01 de la TIGIE, se realizaron con un margen de discriminación de precios superior al de minimis.
54. Adicionalmente, a partir de la información que obra en el expediente administrativo, la Secretaría calculó un margen de discriminación de precios con base en el precio de exportación promedio ponderado, obtenido del listado de importaciones del SAT, los ajustes y la información indicados en los puntos 38 inciso b, 43 y 44 de la presente Resolución; y el valor normal calculado según el precio promedio ponderado de todas las variedades de manzanas conforme a las cifras que se reportan en los boletines semanales publicados por la Washington Growers Association en 2013. De la comparación de ambos precios, se confirma la presunción de que en el periodo investigado las importaciones de manzanas originarias de los Estados Unidos se realizaron con un margen de discriminación de precios superior al de minimis.
G. Análisis de daño y causalidad
55. Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 3 del Acuerdo Antidumping, 41 y 42 de la LCE y 59, 64, 68 y 69 del RLCE, la Secretaría analizó los argumentos y pruebas presentados por la UNIFRUT con el objeto de determinar si existen indicios suficientes para sustentar que las importaciones de manzanas, originarias de los Estados Unidos, en presuntas condiciones de discriminación de precios causaron daño a la rama de producción nacional del producto similar. Esta evaluación comprende un examen, entre otros elementos, de:
a. el volumen de las importaciones en presuntas condiciones de discriminación de precios y su efecto sobre los precios internos del producto similar nacional;
b. la repercusión de esas importaciones en los indicadores económicos y financieros de la rama de producción nacional del producto similar, y
c. la probabilidad de que las importaciones aumenten sustancialmente, el efecto sobre los precios, la capacidad de producción libremente disponible del país exportador o su aumento inminente y sustancial, la demanda por nuevas importaciones y las existencias del producto investigado.
56. El análisis de los indicadores económicos y financieros contempla la información proporcionada por la UNIFRUT para los años de 2011 a 2013. Los indicadores de un periodo determinado es analizado con respecto al periodo equivalente inmediato anterior, salvo indicación en contrario.
1. Similitud del producto
57. Conforme a lo establecido en los artículos 2.6 del Acuerdo Antidumping y 37 fracción II del RLCE, la Secretaría evaluó las pruebas aportadas por la UNIFRUT para determinar la similitud entre el producto de fabricación nacional y el producto objeto de investigación.
58. La Solicitante señaló que la mercancía investigada y la de producción nacional son similares entre sí, manifestó que ambos productos generalmente tienen características similares, por ejemplo, color, sabor, tipo de piel, tipo de textura y tamaño, los mismos usos, insumos: agua, tierra, semillas, químicos, combustible, mano de obra, entre otros, y proceso de producción, así como los mismos clientes y canales de comercialización, lo que los hace comercialmente intercambiables.
a. Características físicas
59. La Solicitante indicó que las características físicas de la mercancía investigada y de la mercancía de producción nacional son similares. Ambas pueden ser, por ejemplo, de color rojo, amarillo, verde, rosa y combinaciones de éstos; de piel lisa, brillante o rayada; de sabor dulce, dulce-acidulado, agridulce o ácido; de tamaño pequeño, mediano o grande, y de distintos tipos de textura: jugosa, firme y crujiente, entre otros, así como de diferentes variedades. Para acreditarlo, adicionalmente, a la información señalada en el punto 6 de esta Resolución, la Solicitante proporcionó un cuadro con la descripción de las características de las distintas variedades de manzanas producidas en México e imágenes de cada una de ellas, obtenidas de diversas páginas de Internet especializadas en el sector agrícola.
60. La Secretaría evaluó la información señalada en el punto anterior y confirmó lo señalado por la UNIFRUT al no observar diferencias importantes entre las características físicas de la mercancía investigada y las de la producción nacional, por lo que se consideran similares en cuanto a su color, piel, forma, sabor, tamaño, textura y color de la pulpa.
61. Por otro lado, la Solicitante indicó que al producto investigado y al similar les aplica la norma mexicana NMX-FF-061-SCFI-2003, señalada en el punto 11 de la presente Resolución. Al respecto, la Secretaría confirmó que dicha norma aplica para las manzanas que se comercialicen en el territorio nacional.
b. Usos y funciones
62. La UNIFRUT afirmó que las manzanas nacionales e importadas se utilizan principalmente como alimento, así como en la preparación de diversos alimentos, por ejemplo, sidras, jugos, ensaladas, mermeladas y zumos.
c. Proceso de producción e insumos
63. La Solicitante manifestó que tanto la mercancía investigada como la de producción nacional tienen los mismos insumos y el mismo proceso de producción. Para acreditarlo, proporcionó diagramas de los procesos de producción de ambas mercancías, así como un cuadro comparativo de éstos, y listados de los principales insumos utilizados en la producción de ambas mercancías. Las fuentes de dicha información fueron el Reporte de Industria y Comercio de manzanas publicado por la USITC, así como de la propia UNIFRUT.
64. Al respecto, la Secretaría evaluó la información presentada por la Solicitante y observó que la mercancía investigada y la de producción nacional tienen procesos de producción similares y se elaboran prácticamente con los mismos insumos. Asimismo, la Secretaría corroboró lo anterior en un documento de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social titulado “Prácticas seguras en el sector agrícola”, que describe el proceso de producción de manzanas en México.
d. Consumidores y canales de distribución
65. La Solicitante indicó que la mercancía investigada y la de producción nacional abastecen a toda la población mexicana a través de los mismos canales de comercialización: medio mayorista, centrales de abasto, detallista y tiendas de autoservicio, así como empresas que se dedican al procesamiento de alimentos, y tienen los mismos clientes. Para acreditar lo anterior, consideró su conocimiento del mercado, así como la base de datos del SNIIM que contiene información de manzanas importadas y nacionales vendidas en las distintas centrales de abasto del país.
66. La Secretaría analizó la información presentada por la UNIFRUT y confirmó lo señalado por ésta al observar que la mercancía investigada y la de producción nacional se venden en las distintas centrales de abasto del país y compiten entre sí, en las mismas instalaciones. Asimismo, la Secretaría se allegó de información adicional tanto del listado de importaciones del SIC-M como de diversas páginas de Internet de empresas productoras nacionales, comercializadoras y de tiendas de autoservicio, así como de distintas centrales de abasto del país. En dicha información, observó que existen empresas que realizan importaciones de mercancía investigada y la comercializan junto con las manzanas mexicanas en sus mismas instalaciones y a través los mismos canales de comercialización, incluyendo las ventas por Internet. Lo anterior, permitió a la Secretaría presumir que tanto la mercancía nacional como la investigada, se destinan a los mismos consumidores, concurren al mismo mercado y usan los mismos canales de distribución.
e. Determinación
67. Con base en los resultados descritos en los puntos 59 a 66 de la presente Resolución, la Secretaría determinó de manera inicial que las características físicas, usos, insumos y procesos de producción de la mercancía importada y la nacional son similares, concurren con los mismos consumidores y tienen los mismos canales de comercialización, lo que les permite cumplir con las mismas funciones y ser comercialmente intercambiables, de manera que puedan considerarse similares, en términos de lo dispuesto en los artículos 2.6 del Acuerdo Antidumping y 37 fracción II del RLCE.
2. Representatividad de la rama de la producción nacional
68. Conforme a lo dispuesto en los artículos 4.1 y 5.4 del Acuerdo Antidumping, 40 y 50 de la LCE y 60, 61 y 62 del RLCE, la Secretaría identificó a la rama de la producción nacional como al conjunto de fabricantes del producto similar al investigado, cuya producción agregada constituya la totalidad o, al menos, una proporción importante de la producción nacional total de dicho producto, tomando en cuenta si éstos son importadores del producto investigado o si existen elementos para presumir que se encuentran vinculados con empresas importadoras o exportadoras del mismo.
69. La UNIFRUT afirmó que la producción conjunta de sus productores de manzanas afiliados constituye una proporción importante de la producción nacional total de las mercancías idénticas o similares a las manzanas investigadas, por lo que se encuentra facultada para solicitar el inicio de esta investigación antidumping y considerarse representativa de la rama de la producción nacional de manzanas.
70. La Solicitante precisó que está integrada por 17 asociaciones agrícolas locales, conformadas por productores de manzana del estado de Chihuahua que representan prácticamente la totalidad de los productores de dicho estado y el 79% de la producción nacional de manzana en el periodo investigado. Para acreditar lo anterior, presentaron los nombres de las asociaciones agrícolas locales afiliadas, su participación en la producción estatal de manzanas, así como cifras correspondientes a la producción de manzanas (nacional, estatal y de los distintos municipios que conforman el estado de Chihuahua), para el periodo analizado, obtenidas de la SAGARPA, del SIAP y de diversas páginas de Internet.
71. La Secretaría contrastó los argumentos y pruebas presentados por la UNIFRUT con las cifras obtenidas directamente de las páginas de Internet de la SAGARPA y observó pequeñas diferencias en los datos de producción de 2013. Aun y cuando las diferencias son pequeñas, para el análisis de representatividad y conformación de la rama de la producción nacional, consideró las cifras obtenidas directamente de la SAGARPA. Con base en dicha información, confirmó: i) Chihuahua representó el 80% de la producción nacional de manzanas en 2013, siendo el principal estado productor en el país, y ii) la UNIFRUT representa a la producción de dicho estado, ya que sus asociaciones agrícolas locales representan prácticamente al total de los municipios de Chihuahua.
72. Por otro lado, con base en la información del SIC-M, la Secretaría confirmó que la UNIFRUT, las 17 asociaciones agrícolas locales que la conforman, así como los productores afiliados a las mismas no efectuaron importaciones del producto investigado durante el periodo analizado.
73. En consecuencia, de conformidad con lo establecido en los artículos 4.1 y 5.4 del Acuerdo Antidumping, 40 y 50 de la LCE y 60, 61 y 62 del RLCE, y con base en la información que obra en el expediente administrativo, la Secretaría determinó de manera inicial a la UNIFRUT como representativa de la rama de producción nacional de manzanas, en el sentido de que la producción de las asociaciones agrícolas locales que la conforman constituye una parte importante de la producción nacional total de manzanas y de que no realizaron importaciones de la mercancía investigada durante el periodo analizado.
3. Mercado internacional
74. La UNIFRUT señaló que la manzana es la fruta que más se produce en el mundo y que existen grandes países productores que ejercen influencia importante sobre los países que se encuentran en su área geográfica. Añadió que el mercado internacional de manzana está sujeto, principalmente, al ciclo agrícola de la cosecha (otoño), cuando su consumo es mayor y su precio es más bajo en comparación con el resto del año.
75. En este contexto, la UNIFRUT precisó que los Estados Unidos se ubicaron entre los principales productores, sólo detrás de China, y exportadores de manzanas en el mundo en 2012, y que sus exportaciones fueron crecientes en dicho año. Para acreditarlo proporcionó las cifras de: i) volumen de producción de manzanas por país de 2010 a 2012; ii) exportaciones e importaciones mundiales realizadas a través de la subpartida 0808.10 del Sistema Armonizado (“manzanas frescas”) de 2011 a 2013, y iii) exportaciones de los Estados Unidos realizadas a través de las fracciones arancelarias 0808.10.00.10 y 0808.10.00.50 del HTSUS (“apples, certified organic, fresh” y “apples, fresh, other than certified organic”, respectivamente) de 2011 a 2013, obtenidas de la FAO, UN Comtrade y USITC, respectivamente.
76. Por su parte, la Secretaría se allegó de información de la subpartida 0808.10 del Sistema Armonizado del Centro de Comercio Internacional (ITC, por sus siglas en inglés) de las Naciones Unidas para todo el periodo analizado. Con base en dicha información y la presentada por la UNIFRUT, corroboró lo señalado por esta última al observar lo siguiente:
a. la producción mundial de manzanas se incrementó 1% en 2012. En dicho año, los Estados Unidos se ubicaron como el segundo productor mundial de manzanas, siendo China el mayor productor;
b. las exportaciones de manzanas originarias de los Estados Unidos: i) pasaron de representar el 10% de las exportaciones mundiales en 2011 al 11% en 2013; ii) mantuvieron una tendencia creciente durante el periodo analizado al incrementarse 4% en 2012 y 2% en 2013 (acumulando un incremento de 7% en el periodo analizado), y iii) en el periodo investigado, su principal destino fue México (31%), seguido por Canadá (17%), Taiwán (7%), India (6%), Emiratos Árabes Unidos (6%), Hong Kong (4%) e Indonesia (4%), y
c. los principales países importadores en 2013 fueron: Egipto, Rusia, Alemania, Reino Unido, Países Bajos y México (este último representó el 2% de las importaciones totales realizadas a través de la subpartida 0808.10 del Sistema Armonizado). Mientras que los principales exportadores en el mismo año fueron: Polonia, China, Estados Unidos, Chile, Italia, Francia y Sudáfrica. Las exportaciones mexicanas representaron el 0.03% del total de las exportaciones mundiales realizadas a través de la referida subpartida.
4. Mercado nacional
77. La Secretaría evaluó el comportamiento del mercado nacional de manzanas con base en la información existente en el expediente administrativo, incluyendo la proveniente de la SAGARPA y las cifras obtenidas del SIC-M, para el periodo comprendido de enero de 2011 a diciembre de 2013.
78. Con base en el consumo nacional aparente (CNA), medido como la suma de las importaciones y la producción nacional orientada al mercado interno (PNOMI), se observó que el mercado nacional de manzanas disminuyó 26% en 2012, pero se incrementó 86% en el periodo investigado, por lo que de manera acumulada, se incrementó 37% al comparar 2011 con 2013.
79. Por su parte, el volumen total importado de manzanas mantuvo una tendencia creciente a lo largo del periodo analizado al incrementarse 19% en 2012 y 17% en el periodo investigado (lo que significó un crecimiento acumulado de 39% al comparar 2011 con 2013). Asimismo, durante el periodo analizado, el principal origen de las manzanas fueron los Estados Unidos (96%), pero también hubo importaciones de países como Chile (3%), Canadá, Nueva Zelandia y China (que en conjunto representaron alrededor del 1% de las importaciones totales).
80. El volumen de producción nacional de manzanas presentó un incremento acumulado de 36% al comparar 2011 con 2013, derivado de una caída de 41% en 2012 y un aumento de 129% en el periodo investigado.
81. Por su parte, la PNOMI mostró una tendencia similar a la producción nacional al caer 40% en 2012 y aumentar 129% en el periodo investigado (acumulando un crecimiento de 36% de 2011 a 2013). Dicho comportamiento fue contrario al observado en la producción destinada al mercado de exportación, que cayó 57% de 2011 a 2013 reflejándose en una disminución de su participación en la producción nacional de 0.1% en 2011 a 0.03% en el periodo investigado.
82. En relación con el comportamiento del sector productor de manzana, la UNIFRUT presentó los siguientes argumentos:
a. los productos agrícolas tienen una marcada estacionalidad que impide que se detecten flujos homogéneos durante un año o se consignen claros patrones de comportamiento comercial. Al respecto, con base en información de la SAGARPA, la Secretaría confirmó la existencia de la estacionalidad en la producción de manzanas en México, en donde la mayor parte de la producción ocurre entre los meses de septiembre y octubre, siendo septiembre el mes con mayor producción, como se muestra en la Gráfica 1, y
Gráfica 1. Estacionalidad de la producción mexicana de manzanas
Fuente: Elaborada por la Secretaría con información del SIAP y la SAGARPA.
b. las manzanas son un producto casi perecedero, que si bien está sujeto a un ciclo agrícola con una época de cosecha muy marcada, principalmente de agosto a octubre, para los Estados Unidos y México, debido a su capacidad de conservación en frío, hasta 4 meses en cámaras de refrigeración estándar y hasta un año en cámaras de refrigeración de atmósfera controlada, se vende durante todo el año. Lo anterior, permite a los comercializadores, quienes cuentan con las redes de frío, “especular” con su precio debido a las expectativas de oferta y demanda del producto a lo largo del año, ya que el mercado de la manzana opera bajo esquemas de consignación y su precio se determina hasta que ha sido vendido en el mercado. En este sentido, añadió que, contrario a lo que sucede en México, la industria de la manzana en los Estados Unidos se ha vuelto cada vez más integrada de forma vertical, donde las empacadoras mantienen control desde sus propias huertas y los procesos de la cadena de distribución.
5. Análisis real y potencial de las importaciones
83. De conformidad con lo establecido en los artículos 3.1, 3.2 y 3.7 del Acuerdo Antidumping, 41 y 42 de la LCE y 64 y 68 del RLCE, la Secretaría analizó el comportamiento y la tendencia de las importaciones de manzanas, originarias de los Estados Unidos, efectuadas durante el periodo analizado, tanto en términos absolutos como en relación con la producción o el consumo interno.
84. La UNIFRUT señaló que las importaciones de manzanas de origen estadounidense han aumentado en forma consistente e importante en el mercado mexicano y los precios a los que se realizan son en condiciones de discriminación de precios, lo que ha afectado al sector productor de manzanas mexicano. Añadió que el incremento de las importaciones se ha realizado a precios muy por debajo de sus costos de producción, desplazando de forma inevitable a los productores nacionales del mercado nacional y, que incluso, algunos de ellos se vieron obligados a vender sus árboles de manzano como leña, en lugar de seguir produciendo manzanas en estas condiciones desventajosas y no rentables.
85. La Solicitante precisó que el comportamiento de las importaciones investigadas también refleja la estacionalidad de la producción de manzanas, que es un producto de temporada, específicamente, de la última parte del año, y que dichas importaciones también tienen un comportamiento cíclico cuyo volumen máximo se presenta en la temporada previa a la cosecha. Lo anterior, debido a que los productores de los Estados Unidos venden sus excedentes de manzanas del cultivo del año anterior previo a la cosecha a fin de limpiar sus refrigeradores y prepararlos para la cosecha fresca. En este sentido, la UNIFRUT indicó que el principal problema que han enfrentado los productores de manzana mexicanos es no poder colocar sus manzanas en el mercado de fresco durante los meses de cosecha ni en los refrigeradores existentes a nivel nacional, debido a que se encuentran repletos de la mercancía investigada que llegó meses anteriores en condiciones de discriminación de precios.
86. La UNIFRUT añadió que es necesaria la imposición de cuotas compensatorias a las importaciones objeto de investigación debido a que dichas importaciones causaron daño a los productores mexicanos de manzanas. Situación que amenaza con repetirse y agravarse en 2014, dado el comportamiento creciente de las importaciones investigadas en el periodo analizado, así como el proyectado para la cosecha de manzana de los Estados Unidos de dicho año que, al parecer, rompería récords de volumen.
87. Para acreditar lo anterior, la UNIFRUT presentó cifras de las importaciones totales, de manzanas originarias de los Estados Unidos de enero de 2011 a diciembre de 2013, así como los listados de importación obtenidos del SAT para la fracción arancelaria 0808.10.01 de la TIGIE. Adicionalmente, proporcionó proyecciones para 2014 del volumen de las importaciones totales y de las importaciones originarias de los Estados Unidos, acompañadas de su metodología.
88. La Secretaría contrastó la información presentada por la Solicitante con las cifras obtenidas del SIC-M para el periodo analizado. A partir de ello, con base en el campo de descripción contenido en la base de SIC-M, la Secretaría identificó ciertas operaciones de productos distintos a las manzanas, como se señaló en el punto 10 de la presente Resolución, y depuró el listado de importaciones a fin de considerar en el análisis de importaciones sólo aquellas que corresponden a la mercancía objeto de la investigación.
89. Considerando lo señalado en el punto anterior, la Secretaría observó que las importaciones investigadas mantuvieron una tendencia creciente a lo largo del periodo analizado acorde con el comportamiento de las importaciones totales señalado en el punto 79 de la presente Resolución: aumentaron 23% en 2012 y 18% en 2013 (acumulando un incremento de 45% al comparar 2011 con 2013), lo cual se observa en la Gráfica 2. Asimismo, incrementaron su participación respecto a las importaciones totales a lo largo del periodo analizado, al representar 94% en 2011, 97% en 2012 y 98% en 2013.
Gráfica 2. Importaciones semestrales de la mercancía investigada
Fuente: SIC-M.
90. En contraste, las importaciones de manzanas de orígenes distintos a los Estados Unidos disminuyeron en el periodo analizado (55% al comparar 2011 con el periodo investigado), con lo que vieron aminorada su participación en el volumen de las importaciones totales al pasar de representar el 6% de éstas en 2011 al 2% en 2013.
91. Con el objeto de analizar la participación de las importaciones investigadas en relación con el mercado y la producción nacional, la Secretaría estimó el CNA, el consumo interno y la PNOMI. Asimismo, realizó una comparación entre el comportamiento de dichas importaciones con la producción y las ventas al mercado interno de la rama de la producción nacional.
92. La Secretaría observó, tal como lo señaló la UNIFRUT, que las importaciones investigadas incrementaron su participación en relación con el CNA, el consumo interno y la PNOMI. Respecto al CNA, dichas importaciones pasaron de representar el 22% en 2011 al 24% en el periodo investigado; en tanto que conforme al consumo interno también incrementaron su participación de 26% en 2011 a 34% en 2013. Asimismo, con respecto a la PNOMI, las importaciones investigadas incrementaron su participación en el mismo lapso al pasar de 30% en 2011 a 31% en el periodo investigado.
93. Por otra parte, al comparar el comportamiento de las importaciones respecto a los indicadores de producción y ventas al mercado interno de la rama de la producción nacional, la Secretaría observó que si bien estos indicadores de la rama de la producción nacional tuvieron un comportamiento creciente a lo largo del periodo analizado, las importaciones investigadas desplazaron a las ventas al mercado interno de la rama de la producción nacional en su participación respecto al crecimiento que tuvo el mercado interno nacional en el periodo analizado, ya que en términos absolutos, dichas importaciones se incrementaron en más de 80 mil toneladas, mientras que las ventas internas de la rama de la producción nacional lo hicieron en 35 mil toneladas.
94. En este sentido, la Secretaría confirmó lo señalado por la UNIFRUT sobre la estacionalidad de la producción de manzanas y el comportamiento cíclico que mantienen las importaciones investigadas al observar que en meses previos a los de cosecha, se presentan los volúmenes máximos de las mismas, como se observa en la Gráfica 3, lo que apoya el argumento de que los productores de los Estados Unidos se deshacen de sus excedentes de manzanas del cultivo del año anterior e impiden a los productores nacionales colocar sus manzanas en el mercado mexicano, inclusive en los refrigeradores existentes a nivel nacional.
Gráfica 3. Estacionalidad en el mercado mexicano de manzanas
Fuente: SIC-M e información del expediente administrativo.
95. Respecto a las proyecciones del comportamiento de las importaciones de manzanas para 2014, la Solicitante indicó que las calculó a partir de las cifras del artículo “Perspectivas de fruta y árboles de nueces” realizada por el USDA en septiembre de 2014 y de los listados mensuales de importación del SAT. Explicaron que, en caso de no imponerse una cuota compensatoria a las importaciones investigadas, dado el crecimiento proyectado para la producción de manzanas estadounidense, dichas importaciones se incrementarían.
96. Al respecto, la Secretaría analizó la información descrita en el punto anterior, replicó los cálculos señalados en la metodología y obtuvo resultados con tendencias similares a los expuestos por la UNIFRUT. Asimismo, consideró dichas proyecciones como aceptables por estar realizadas a partir de una metodología razonable y al provenir de la información que la Solicitante tuvo razonablemente disponible.
97. Con base en lo señalado en los puntos 84 a 96 de la presente Resolución, la Secretaría determinó que existen elementos suficientes que permiten presumir que, durante el periodo analizado, las importaciones investigadas se han incrementado tanto en términos absolutos como en relación con el mercado y la producción nacional de manzanas desplazando a la producción y a las ventas al mercado interno de la rama de la producción nacional. Asimismo, existen indicios que sustentan la probabilidad que en el futuro inmediato aumenten considerablemente las importaciones de manzanas, originarias de los Estados Unidos, a un nivel que, dada la participación que registraron en el mercado nacional, continúen desplazando a las ventas de la rama de la producción nacional e incrementen su participación en el mercado.
6. Efectos reales y potenciales sobre los precios
98. Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 3.1, 3.2 y 3.7 del Acuerdo Antidumping, 41 y 42 de la LCE y 64 y 68 del RLCE, la Secretaría analizó si las importaciones de manzanas originarias de los Estados Unidos concurrieron al mercado mexicano a precios considerablemente inferiores a los del producto nacional similar, o bien, si su efecto fue deprimir los precios internos o impedir el aumento que, en otro caso, se hubiera producido; si el nivel de precios fue determinante para explicar su comportamiento en el mercado nacional y si existen indicios de que los precios a los que se realizan harán aumentar la cantidad demandada por dichas importaciones.
99. La UNIFRUT señaló que el incremento de importaciones de manzanas de los Estados Unidos y la mayor penetración en el mercado ha estado basada en los precios bajos, resultado de los altos márgenes de discriminación de precios. Indicó que existieron márgenes de subvaloración en el periodo investigado con respecto al precio nacional y que se presentaron específicamente en los meses previos a la cosecha, donde se presentaron los mayores volúmenes de las importaciones investigadas, impidiendo a la nueva cosecha nacional colocarse en el mercado y presionando los precios nacionales a la baja, lo que ocasionó pérdidas generalizadas y que algunos productores se deshicieran de su producto para no seguirlo almacenando y, con ello, seguir incrementando su costo.
100. La Solicitante argumentó que si las importaciones de las manzanas investigadas se llevaran a cabo sin incurrir en condiciones de discriminación de precios, sus precios se situarían por arriba de los precios de las manzanas nacionales, proporcionándole a la rama de la producción nacional la oportunidad de recuperarse de la merma de sus utilidades y pérdidas. Asimismo, añadió que en caso de no imponerse cuotas compensatorias a las importaciones investigadas, la práctica descrita en el punto anterior, amenaza con repetirse en 2014 dadas las expectativas para dicho año (la cosecha en los Estados Unidos y la prohibición de la comercialización de la mercancía investigada en Europa y China, explicadas ampliamente en el apartado correspondiente), lo que agravaría enormemente la situación de la rama de la producción nacional.
101. Para arribar a la conclusión anterior, la Solicitante expuso que el sector productor de manzanas tiene características propias, entre las que se encuentran, la estacionalidad de su cosecha y la capacidad de poderse mantener refrigerada durante buena parte del año, que impiden detectar flujos homogéneos durante el año, así como claros patrones de comportamiento comercial, que lo hacen un producto con el que se puede “especular”. Estas circunstancias hacen que los precios de las facturas de importación de la mercancía investigada registrados en la base del SAT no sean los precios efectivamente pagados, es decir, que no sean los precios reales de las transacciones, como se indicó en los puntos 27 a 34 de esta Resolución.
102. Considerando lo anterior, la Solicitante propuso realizar el análisis del impacto de las importaciones investigadas en los precios nacionales comparando los precios a nivel productor de la rama de la producción nacional con los precios de la mercancía investigada puesta en México a fin de ubicarlos en niveles comerciales similares. Para ello, utilizó: i) la información obtenida del SNIIM, correspondiente a los precios de las manzanas importadas y de Chihuahua, observados en las distintas centrales de abasto del país; ii) los precios de las importaciones investigadas obtenidos de la base del SAT, y iii) un margen porcentual de comercialización obtenido a partir de las relaciones de liquidación (documentos de trabajo entre los productores y las centrales de abasto) proporcionadas por la UNIFRUT, correspondiente a las ventas de la mercancía similar producida en 2013 y constituido a partir de diversos ajustes, tales como, el remanente del margen de comercialización de las bodegas de los mercados de abastos (utilidades, costos de las bodegas, promoción, merma, etc.) y el margen del comisionista, así como ajustes por maniobras de descarga y pago de seguros, entre otros. Cabe señalar que la UNIFRUT argumentó que el margen de comercialización es el mismo para ambas mercancías ya que las dos tienen que pagar flete, seguro, maniobras y/o descargas, comisión al intermediario y espacios en las bodegas de los mercados de abastos (donde se venden a través de los mismos compradores), por lo que no existe motivo para suponer que los mercados de abasto obtengan menores utilidades de las manzanas importadas que de las nacionales.
103. Para llegar a los precios nacionales, la UNIFRUT partió de los precios del SNIIM correspondientes a las manzanas originarias de Chihuahua y les aplicó el margen de comercialización. Por otro lado, para calcular los precios de la mercancía investigada, a los precios obtenidos de la base del SAT sumó el margen de comercialización de las manzanas importadas (obtenido de los precios del SNIIM), para posteriormente calcular un descuento restando los precios del SNIIM correspondientes y, finalmente restar dicho descuento al precio de las importaciones investigadas del SAT.
104. Para acreditar lo anterior, la Solicitante presentó un cuadro donde calcula los márgenes de subvaloración para el periodo investigado, además de información del listado de importaciones obtenido del SAT y de los precios de las manzanas observados en las distintas centrales de abasto del país publicados por el SNIIM durante el periodo analizado, así como copia de las liquidaciones con las que calculó el margen de comercialización correspondiente a las ventas de la mercancía similar producida en 2013 y una fe de hechos realizada por un Corredor Público en 2014 sobre una encuesta levantada a locatarios que comercializan manzanas en la Central de Abasto de la Ciudad de México.
105. La Secretaría analizó los argumentos y pruebas presentados por la UNIFRUT, y consideró razonable y adecuada la metodología utilizada por la Solicitante para realizar el análisis de precios al comparar los precios de la mercancía importada y de la mercancía nacional al mismo nivel comercial, dadas las características tanto de la mercancía como del sector al que pertenece. Asimismo, validó las pruebas presentadas por la UNIFRUT como respaldo de la elaboración del margen de comercialización al confirmar los montos de los ajustes, que a su vez, corresponden específicamente a las ventas de manzanas producidas en 2013. Finalmente, contrastó la demás información presentada por la Solicitante con copias de diversas páginas de Internet, incluyendo las del SNIIM, así como con las cifras de los pedimentos de importación de la fracción arancelaria 0808.10.01 de la TIGIE obtenidas del SIC-M, tomando en cuenta lo señalado en el punto 88 de la presente Resolución sobre incluir en el análisis sólo las operaciones de importación que corresponden a la mercancía investigada.
106. Considerando lo señalado en el punto anterior, la Secretaría realizó el análisis de precios replicando la metodología propuesta por la UNIFRUT (convertida en dólares), utilizando la información obtenida del SIC-M, las cifras del SNIIM y el margen porcentual de comercialización correspondiente a las ventas de la mercancía similar producida en 2013.
107. Respecto al precio promedio de las importaciones investigadas, ajustado mediante la metodología propuesta por la UNIFRUT, la Secretaría observó un incremento acumulado de 4% al comparar 2011 con 2013, derivado de un aumento de 8% en 2012 y una caída de 3% en el periodo investigado. Por otro lado, con base en la información del SIC-M, se observó que el precio promedio de las importaciones de otros orígenes aumentaron 9% en 2012 y 5% en el periodo investigado, y que dicho precio fue superior al de las importaciones investigadas a lo largo de todo el periodo analizado.
108. En cuanto a los precios nacionales reportados por el SNIIM, se observó que el precio promedio de la mercancía similar producida por la rama de la producción nacional medido en dólares registró incrementos de 7% en 2012 y 16% en el periodo investigado, acumulando un crecimiento de 25% en el periodo analizado. Cabe señalar que al comparar dicho precio con el precio de las importaciones investigadas en términos anuales, no se observaron niveles de subvaloración. Sin embargo, al analizar las cifras mensuales de ambos precios, se confirmó lo señalado por la UNIFRUT respecto a la existencia de subvaloración (entre 0.5% y 9%) en los meses previos a la cosecha nacional del periodo investigado, tal como se observa en la Gráfica 4.
Gráfica 4. Precios de las manzanas en el periodo investigado
Fuente: SIC-M, SNIIM e información del expediente administrativo.
109. Asimismo, la Secretaría observó que los precios obtenidos de las ventas internas estimadas por la rama de la producción nacional (considerando la información señalada en el punto 117 de la presente Resolución, correspondiente a cifras obtenidas a partir de encuestas realizadas a un importante número de productores de manzanas en Chihuahua), confirman la presencia de márgenes de subvaloración en el mercado mexicano. Si bien los precios internos se incrementaron 22% en 2012, disminuyeron 26% en 2013 (acumulando una caída de 9% en el periodo analizado). Asimismo, al compararlos con los precios de las importaciones investigadas ajustados por el margen de comercialización, se observan niveles de subvaloración de 18% en 2011, 28% en 2012 y 6% en el periodo investigado. Además, la Secretaría corroboró lo señalado por la Solicitante respecto a que los meses previos a la cosecha (en los que también se presentó la subvaloración señalada en el punto anterior), son a su vez, los meses en los que las importaciones investigadas presentan sus mayores volúmenes, tal como se observa en la Gráfica 5.
Gráfica 5. Precios y volúmenes de la mercancía investigadas en 2013
Fuente: SIC-M, SNIIM e información del expediente administrativo.
110. Respecto a las proyecciones para 2014 del comportamiento de los precios de las importaciones investigadas, así como de los precios nacionales, la Solicitante indicó que adicionalmente a la información presentada para el análisis de precios, para el cálculo de los precios de las importaciones investigadas consideraron las cifras obtenidas de las tasas anuales de crecimiento de los precios de las manzanas proyectados por el USDA para los meses de julio y agosto de 2014, que muestran presiones a la baja. Con base en dicha información, indicó que en caso de no imponerse una cuota compensatoria a las importaciones investigadas, ambos precios mantendrían la tendencia observada en el periodo investigado al disminuir en 2014.
111. Al respecto, la Secretaría analizó la información señalada en el punto anterior, replicó los cálculos señalados en la metodología y obtuvo resultados similares a los expuestos por las Solicitantes al observar que, en caso de no imponer una cuota compensatoria, una caída de los precios tanto de las importaciones como de los precios nacionales derivada del incremento de las importaciones investigadas, así como la presencia de subvaloración. En este sentido, consideró dichas proyecciones como aceptables al estar realizadas a partir de una metodología razonable y ser consistentes con la metodología presentada a lo largo de la presente Resolución.
112. Con base en los resultados descritos en los puntos 99 a 111 de esta Resolución, la Secretaría determinó que existen elementos suficientes que permiten presumir, la existencia de subvaloración del precio promedio de la mercancía investigada respecto precio promedio de la mercancía similar producida por la rama de la producción nacional, específicamente en los meses previos a la cosecha del periodo investigado, aunado a una disminución de los precios de las importaciones investigadas en 2013.
113. Asimismo, respecto a los precios obtenidos de las ventas internas estimadas por la rama de la producción nacional, se confirmó la existencia de una disminución de precios, así como de niveles de subvaloración considerables a lo largo del periodo analizado, derivados de la influencia de los bajos niveles de precios a los que concurrieron al mercado nacional las importaciones investigadas en presuntas condiciones de discriminación de precios, cuyos indicios quedaron establecidos previamente, está asociado con sus volúmenes crecientes y su mayor participación en el mercado nacional.
114. Lo anterior, aunado a los indicios de que disminuirá el nivel de los precios de las importaciones de manzanas previsto para 2014 y ocasionará una caída de los precios nacionales, así como la presencia de subvaloración. En este sentido, de continuar concurriendo las importaciones investigadas en tales condiciones constituirían un factor determinante para incentivar la demanda por mayores importaciones y, por tanto, incrementar su participación en el mercado nacional en niveles mayores al que registraron en el periodo investigado, en detrimento de la rama de producción nacional.
7. Efectos reales y potenciales sobre la rama de producción nacional
115. Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 3.1, 3.2, 3.4 y 3.7 del Acuerdo Antidumping, 41 y 42 de la LCE y 64 y 68 del RLCE, la Secretaría evaluó los efectos de las importaciones en presuntas condiciones de discriminación de precios sobre los indicadores económicos y financieros de la rama de producción nacional del producto similar.
116. La UNIFRUT señaló que desde mediados de 2013 el sector productor de manzanas mexicano ha vivido una grave crisis por la imposibilidad de comercializar su manzana a precios que le permitan obtener utilidades que le den viabilidad al sector, ya que los precios a los que han tenido que vender su producto son tan bajos que no logran cubrir los costos de producción y han ocasionado pérdidas generalizadas. Añadió que este problema se debe a la presencia en México de grandes volúmenes de manzana de los Estados Unidos en condiciones de discriminación de precios, especialmente, en los meses previos a la cosecha nacional, impidiéndole colocarse en el mercado. Añadió que de no imponerse cuotas compensatorias a las importaciones investigadas, se agravaría la situación de la rama de la producción nacional.
117. Para acreditar lo anterior, la Solicitante presentó información de los indicadores económicos y financieros de la rama de la producción nacional de manzanas, calculada a partir de: i) las cifras de producción de manzanas obtenidas de la SAGARPA; ii) información de costos promedio por hectárea de huertas de manzana en Chihuahua de las instituciones de crédito agrícola FIRA, Financiera Rural y Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero; iii) cifras para los años 2011, 2012 y 2013 sobre costos, ventas, utilidades, superficie sembrada, producción y ventas obtenida de encuestas realizadas a un importante número de productores de manzanas en Chihuahua, y iv) proyecciones para 2014 de algunos de sus indicadores económicos, considerando la no imposición de cuota compensatoria a las importaciones investigadas.
118. Respecto a la información presentada por la UNIFRUT para el periodo analizado, la Secretaría la corroboró con las fuentes oficiales y la consideró adecuada ya que corresponde a estimaciones razonables obtenidas de fuentes directas tanto de las instituciones oficiales como de los productores de manzanas integrantes de las asociaciones agrícolas locales que la conforman.
119. Considerando lo señalado en el punto anterior, la Secretaría observó que el volumen de producción de la rama de la producción nacional de manzanas acumuló un incremento de 48% entre 2011 y 2013. Esto debido a que disminuyó 55% en 2012, pero se incrementó 231% en el periodo investigado. De la misma forma, el volumen de la PNOMI disminuyó 55% en 2012 y se incrementó 231% en el periodo investigado para acumular un incremento acumulado de 48% en el periodo analizado.
120. En cuanto al comportamiento de la producción de manzanas señalado en el punto anterior, la UNIFRUT precisó que a diferencia de los mercados de bienes industriales, el nivel de producción de manzanas en un año en particular no se puede planear de manera precisa ya que, una vez sembrados los huertos, la producción final depende de diversos insumos como el agua y la fertilización. Añadió que si bien en 2013 se presentó un nivel de cosecha muy importante, este nivel de producción no pudo reflejarse en el incremento de ventas esperado, ya que sólo pudieron vender el 60% de su producción y a precios muy bajos. Al respecto, la Secretaría confirmó lo señalado por la Solicitante al observar que las ventas al mercado interno de la rama de la producción nacional disminuyeron su participación en la producción de la misma en el periodo investigado al pasar de 82% en 2011 a 100% en 2012 y situarse en 61% en 2013, tal como se observa en la Gráfica 6.
Gráfica 6. Producción y ventas de la rama de la producción nacional de manzanas
Fuente: SAGARPA e información del expediente administrativo.
121. En cuanto al consumo interno, la Secretaría observó que presentó una tendencia creciente durante el periodo analizado, similar a la seguida por el CNA señalada en el punto 78 de la presente Resolución: disminuyó 15% en 2012 y aumentó 31% en el periodo investigado (acumulando un incremento de 11% de 2011 a 2013). En este contexto del consumo interno, las ventas al mercado interno de la mercancía nacional, no obstante que fueron crecientes, disminuyeron su participación en el mercado mexicano de representar 72% en 2011 a 66% en el periodo investigado, situación que confirma lo señalado por la UNIFRUT.
122. De la misma forma, las ventas al mercado interno de la rama de la producción nacional disminuyeron 46% en 2012, pero se incrementaron 101% en el periodo investigado (mostrando un crecimiento acumulado de 9% al comparar 2011 con 2013). Sin embargo, los ingresos por ventas al mercado interno acumularon una caída de 1% al comparar 2011 con 2013, ya que cayeron 34% en 2012 y se incrementaron 49% en el periodo investigado, crecimiento menor al del volumen de ventas en el periodo investigado y que hace evidente el desplazamiento de la producción nacional y la afectación derivada de los bajos precios a los que la rama de la producción nacional vendió su mercancía en 2013.
123. Por su parte, las ventas al mercado externo de la rama de la producción nacional disminuyeron 73% en 2012, pero aumentaron 68% en el periodo investigado, de tal forma que acumularon una caída de 54% de 2011 a 2013. Asimismo, los ingresos por dichas ventas disminuyeron 31% en 2012 y se incrementaron 53% en el periodo investigado (acumularon un crecimiento de 5% de 2011 a 2013). Cabe señalar que las ventas al mercado externo representaron menos del 1% de la producción de manzanas de la rama de la producción nacional a lo largo del periodo analizado (0.10%, 0.06% y 0.03% en 2011, 2012 y 2013, respectivamente).
124. La UNIFRUT precisó que obtuvo las cifras de empleo a partir de la información de los jornales necesarios para producir manzana en una hectárea promedio que obtuvo de FIRA. Con dicha información, estimó los jornales que se requieren para producir manzana en Chihuahua y posteriormente trasladó dicha cifra al número de trabajadores al año que se requirieron para producir manzanas en cada año del periodo analizado. Con base en dicha información, la Secretaría observó lo siguiente:
a. el empleo de la rama de producción nacional disminuyó 24% en 2012, pero se incrementó 45% en el periodo investigado, lo que dio como resultado un incremento acumulado de 10% al comparar 2011 con 2013;
b. la masa salarial presentó una tendencia creciente a lo largo del periodo analizado al presentar incrementos de 0.4% en 2012 y 14% en el periodo investigado, acumulando un incremento de 14% de 2011 a 2013, y
c. la productividad del empleo de la rama de producción nacional disminuyó 41% en 2012, pero aumentó 127% en el periodo investigado (generando un crecimiento acumulado de 35% al comparar 2011 con 2013).
125. La Solicitante indicó que estimó su capacidad instalada con base en la superficie sembrada y el rendimiento promedio de las huertas de Chihuahua, según la información de los productores encuestados. Con base en dicha información, la Secretaría observó que la capacidad instalada de la rama de la producción nacional fue creciente a lo largo del periodo analizado al incrementarse 2% en 2012 y 7% en 2013 (acumulando un crecimiento de 9% de 2011 a 2013). Asimismo, el porcentaje de utilización de la misma disminuyó de 86% en 2011 a 38% en 2012, pero se incrementó a 117% en el periodo investigado.
126. Al respecto, la UNIFRUT precisó que el hecho de que la cosecha de 2013 presentara rendimientos muy altos, ocasionó que la producción se situara por encima de la cifra de capacidad instalada estimada para dicho año. Esto debido a que, dada la naturaleza del sector, como se señaló anteriormente, las manzanas son un producto agrícola cuya producción no depende solamente de factores de producción manipulables, sino que depende también de factores climatológicos como, la lluvia y las heladas.
127. La Secretaría evaluó la situación financiera de la rama de producción nacional de manzanas en el periodo analizado con base en la información proporcionada por la UNIFRUT (entre la que se encuentran los estados de los costos, ventas y utilidades de la mercancía similar, en términos brutos, y la información sobre inversiones, flujo de efectivo y de la capacidad para reunir capital). La Solicitante precisó que: i) no presentó estados financieros auditados de ninguno de sus productores debido a que el sector agrícola tiene características particulares (como la atomización) que no permiten obtener información a ese detalle, y ii) no incluyó la información relativa a los gastos de venta (como fletes, comisiones y maniobras) debido a que en la construcción de sus estados financieros, utilizó precios ajustados de venta a nivel productor para reflejar sólo los ingresos netos ya que dichos precios tienen descontados este tipo de gastos incluyendo los relativos a gastos de administración. Al respecto, la Secretaría consideró esta metodología como razonable y conservadora, ya que al incluir los gastos del tipo operativo, disminuirían aún más las utilidades de la rama de la producción nacional.
128. Con base en la información señalada en el punto anterior, en términos brutos, se observó que los resultados financieros de la mercancía nacional se deterioraron durante el periodo analizado: las utilidades brutas aumentaron 738% de 2011 a 2012, pero disminuyeron 125% en el periodo investigado (acumulando una caída de 311% de 2011 a 2013). El margen bruto fue de 4.7% en 2011, 29.9% en 2012 y -10.7% en el periodo investigado.
129. El comportamiento de los resultados financieros fue resultado de la reducción en los ingresos por ventas y de un incremento en los costos de venta. Éstos cayeron 3% en 2012, pero se incrementaron 11% en el periodo investigado, lo que generó un incremento acumulado de 8% en el periodo analizado.
130. Respecto al flujo de caja, las inversiones y la capacidad de reunir capital, la UNIFRUT señaló que las importaciones investigadas efectuadas durante el periodo analizado tuvieron efectos negativos en: i) sus flujos de caja, debido a que no les permitieron generar ingresos con un retorno suficiente para sus actividades; ii) su nivel de inversiones, en virtud a que no les permitieron a los productores mexicanos generar utilidades y, por lo tanto, invertir y crecer, y iii) su capacidad para reunir capital, dado que los productores de manzanas se encuentran en condiciones tales que les resulta imposible pagar sus créditos. Para acreditar lo anterior, la Solicitante proporcionó dos cartas de sociedades financieras de objeto múltiple en las que se señala que los productores de manzanas se retrasaron en sus pagos debido a los problemas de comercialización de la manzana por la saturación del producto estadounidense en el mercado durante el ciclo 2013.
131. Con base en la información financiera señalada en los puntos 127 a 130 de la presente Resolución, la Secretaría observó un deterioro en las utilidades y el margen bruto, especialmente en el periodo investigado. Asimismo, consideró que el flujo de caja, las inversiones y la capacidad de obtener capital pudieron ser afectadas por las importaciones investigadas, principalmente, por la disminución de los ingresos por ventas en el mercado interno en 2013, derivada de la presencia de las importaciones efectuadas en condiciones de discriminación de precios que, como se señaló en las cartas presentadas por la UNIFRUT, ocasionaron problemas de pago por parte de los productores nacionales atribuible a la saturación que provocaron las manzanas investigadas en el mercado nacional.
132. Respecto a las proyecciones para 2014 de los indicadores económicos de la rama de la producción nacional, la UNIFRUT señaló que las calcularon a partir del comportamiento de los mismos indicadores observados en el periodo analizado. La Secretaría replicó los cálculos y obtuvo resultados con tendencias similares a los expuestos por la Solicitante al observar que en caso de no imponer una cuota compensatoria, se presentarían afectaciones en indicadores como, producción, ventas totales y al mercado interno, ingresos por dichas ventas, empleo, salarios, productividad y capacidad instalada respecto a los niveles que presentaron dichos indicadores en el periodo investigado.
133. En la siguiente etapa del procedimiento, buscará allegarse de mayor información al respecto, así como de las proyecciones de los indicadores financieros sobre las cuales la UNIFRUT manifestó que no contó con los elementos necesarios para realizarlas.
134. Con base en lo anterior, la Secretaría determinó de manera inicial que existen indicios suficientes para presumir que el incremento significativo de las importaciones en presuntas condiciones de discriminación de precios causaron daño a la rama de producción nacional de manzanas, dado que en el periodo investigado se observó un deterioro en algunos de los indicadores económicos y financieros de la rama de la producción nacional de manzanas, especialmente, en la participación de las ventas al mercado interno en la producción y el mercado mexicano, los ingresos obtenidos por las ventas totales y al mercado interno, así como en las utilidades brutas y el margen bruto de operación. En cuanto a las proyecciones de los indicadores económicos, se contó con indicios de que en caso de no imponer una cuota compensatoria, se agravaría el deterioro de la rama de la producción nacional al presentarse efectos negativos en indicadores como, producción, ventas totales y al mercado interno, ingresos por dichas ventas, empleo, salarios, productividad y capacidad instalada.
8. Capacidad del país exportador
135. Conforme a lo establecido en los artículos 3.7 del Acuerdo Antidumping, 42 de la LCE y 68 del RLCE, la Secretaría analizó los indicadores de la industria productora de manzanas de los Estados Unidos, así como el potencial exportador de este país.
136. La UNIFRUT señaló que los Estados Unidos son una potencia exportadora de manzanas, ocuparon el segundo lugar en la producción mundial y el tercero en las exportaciones mundiales en el periodo investigado. Su participación en las exportaciones mundiales ha crecido continuamente desde hace más de cinco años. Agregó que los Estados Unidos son el principal productor y exportador de manzanas de la región, y su principal destino es México, por lo que ejerce una influencia fundamental en el abasto y los precios de manzanas en México al representar el 98% de las manzanas importadas.
137. Asimismo, la Solicitante indicó que el mercado mexicano es un destino real para las importaciones investigadas, si se considera lo señalado en el punto anterior, el crecimiento de la producción y las exportaciones estadounidenses de manzana y el comportamiento creciente del mismo mercado de manzanas. En este sentido, las importaciones investigadas han conseguido colocarse en las tiendas de venta al menudeo y centrales de abastos más importantes del país, basándose en una estrategia de precios bajos, especialmente, en los meses previos a la cosecha, que impide a los productores nacionales colocar su mercancía y establecer precios que les permitan generar ingresos suficientes para reinvertir y tecnificarse.
138. Finalmente, la UNIFRUT manifestó que con base en las expectativas que se tienen sobre la cosecha de manzanas de los Estados Unidos en 2014 (donde se espera que rompa récords de volumen), la situación por la que atraviesa la rama de la producción nacional se agravaría, dada la probabilidad real y fundada de que destine este crecimiento a México. En este sentido, añadió que existen otros factores a considerar al respecto: i) la prohibición de comercialización impuesta en el 2013 por la Comisión Europea a las manzanas de los Estados Unidos por los altos contenidos de difenilamina en dichos productos, y ii) la prohibición de China a las manzanas de Washington por la probabilidad de que pudieran contener plagas y enfermedades. Ambas prohibiciones, cierran mercados de exportación muy importantes a los Estados Unidos y provocarán que aumente la disponibilidad de manzanas a colocar en los mercados internacionales, siendo México el destino preferido para ello.
139. Para acreditar lo anterior, presentó indicadores de la capacidad exportadora de manzanas de los Estados Unidos, consistentes en cifras de capacidad instalada, volumen de producción, ventas al mercado interno, inventarios, volumen de exportaciones totales, a México y a otros países obtenidas de la publicación “Perspectivas de fruta y árboles de nueces”, USDA, 26 de septiembre 2014, de los listados mensuales de importación del SAT, así como de UN Comtrade y de la USITC.
140. Por su parte, la Secretaría se allegó de cifras de las exportaciones mundiales realizadas a través de la subpartida 0808.10 del Sistema Armonizado obtenidas de UN Comtrade y USITC para el periodo analizado; además, de cifras de producción de manzanas en los Estados Unidos obtenidas de la publicación “Noncitrus fruits and nuts. 2013 Summary”, julio 2014, publicada por USDA y del Market News, volumen 20, número 2, diciembre 2013, U.S. Apple Association.
141. Con base en lo anterior, la Secretaría observó lo siguiente:
a. la producción mundial de manzanas se incrementó 9% al comparar 2011 con 2013. En este contexto, los Estados Unidos se mantuvo como el segundo productor mundial de manzanas al tener una participación de 6% (sólo por debajo de China) y además de ubicarse como el primer productor de manzanas de la región, como lo señaló la UNIFRUT. Lo anterior, debido a que incrementó su producción 7% en el mismo lapso, así como su capacidad instalada en 10%, tasas superiores a la observada en su consumo, que fue de 6% al comparar 2011 con 2013. Cabe señalar que si bien la utilización de la capacidad instalada de la industria de los Estados Unidos se mantuvo cercana al 99% a lo largo del periodo analizado, el nivel de inventarios representó en promedio el 40% de la producción de manzanas de dicho país, generando un excedente importante;
b. las exportaciones originarias de los Estados Unidos incrementaron su participación dentro de las exportaciones mundiales al pasar de representar el 10% en 2011 al 11% en 2013. Asimismo, mantuvieron una tendencia creciente durante el periodo analizado al incrementarse 4% en 2012 y 2% en 2013 (acumulando un incremento de 7% en el periodo analizado);
c. México se ubicó como el principal destino de las exportaciones de los Estados Unidos en el periodo investigado al representar el 32% del total de sus ventas al extranjero, debido a que dichas exportaciones se incrementaron consistentemente a lo largo del periodo analizado, logrando un crecimiento de 45% al comparar 2011 con 2013, contrario al comportamiento de sus exportaciones a otros países, que disminuyeron 5% en el mismo lapso. Cabe señalar que las importaciones originarias de los Estados Unidos, representaron el 98% de las importaciones realizadas por México en el periodo investigado;
d. los precios de las exportaciones de los Estados Unidos a México realizadas en el periodo investigado se ubicaron 8% por debajo del promedio de sus demás destinos, y que al compararlos con los precios a los que vende a su segundo mayor comprador, Canadá, estuvieron 19% por debajo de ellos en el mismo periodo;
e. la industria de los Estados Unidos productora de manzana cuenta con niveles de producción, capacidad instalada e inventarios que representan varias veces la producción y la capacidad instalada de la rama de la producción nacional de manzana, así como la producción nacional y el mercado mexicano de manzana. En este sentido, se observó que en el periodo investigado: i) la producción y la capacidad instalada de la rama de la producción nacional representaron el 14% y 11% de la producción y la capacidad instalada de los Estados Unidos, respectivamente; asimismo, sólo el nivel de inventarios que tuvo la industria de los Estados Unidos en 2013 representó 2.3 y 1.7 veces el tamaño de la producción nacional y el mercado mexicano, respectivamente, tal como se observa en la Gráfica 7, y
Gráfica 7. Potencial exportador de los Estados Unidos en el periodo investigado
Fuente: Información del expediente administrativo.
f. la Secretaría confirmó lo señalado por la Solicitante respecto a las expectativas del comportamiento de la producción estadounidense de manzanas para 2014. En primer lugar, se observó que efectivamente, la publicación del USDA “Perspectivas de fruta y árboles de nueces” de septiembre 2014, señalada en el punto 95 de esta Resolución, indica que a pesar de las condiciones invernales adversas en varias partes del país, se espera otra gran cosecha en 2014, superior a la observada en 2013; y que dicha producción se moverá a los mercados para su comercialización durante el periodo posterior al investigado y ejercerá una presión a la baja sobre los precios de manzanas de los Estados Unidos. Asimismo, se confirmó la existencia de las restricciones impuestas a las importaciones investigadas por parte de Unión Europea y China, lo que incrementa la posibilidad de que los excedentes de la producción creciente de los Estados Unidos, se destinen al mercado mexicano.
142. Con base en el análisis descrito en el punto anterior, sustentado a partir de la información de la que se allegó la Secretaría, así como la presentada por la UNIFRUT, la Secretaría cuenta con indicios de que la industria de manzana de los Estados Unidos dispone de un importante potencial exportador que pudiera destinarse al mercado mexicano, siendo éste un destino real para las importaciones investigadas, dado su comportamiento observado a lo largo del periodo analizado, además de que por la cercanía geográfica, México representa un mercado natural y un destino importante de dichas exportaciones en el que han logrado colocarse por sus bajos precios derivados de las prácticas de discriminación de precios. Asimismo, las expectativas del aumento de la producción de manzanas de los Estados Unidos y la disminución de precios que provocará, así como las restricciones impuestas por la Unión Europea y China a dicho producto (menos mercados donde colocarlo), probablemente se traducirán en mayores exportaciones de manzana estadounidense a México, en condiciones que incentivan estrategias de discriminación de precios y causen daño a la rama de producción nacional.
9. Otros factores de daño
143. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 3.5 del Acuerdo Antidumping y 69 del RLCE, la Secretaría examinó la concurrencia de factores distintos a las importaciones originarias de los Estados Unidos en presuntas condiciones de discriminación de precios, que al mismo tiempo pudieran ser causa del daño a la rama de la producción nacional de manzanas.
144. La UNIFRUT señaló que no conoce ni considera que ningún otro factor distinto a la competencia desleal de los Estados Unidos haya causado algún tipo de afectación a la rama de producción nacional en el periodo investigado.
145. La Solicitante indicó que las importaciones de otros países y sus precios, no son la causa de daño al ser volúmenes insignificantes. La Secretaría corroboró lo anterior con información del SIC-M al observar que las importaciones originarias países distintos a los Estados Unidos representaron volúmenes insignificantes de 2% respecto a las importaciones totales y de 1% respecto al CNA, ambos en el periodo investigado. Asimismo, observó que dichas importaciones también se realizaron a precios mayores a los de la mercancía investigada, por lo que no podrían considerarse como causal de daño.
146. La UNIFRUT manifestó que, como ya se mostró mediante el cálculo del CNA, la demanda ha ido en aumento por lo que no podría considerarse la existencia de un problema en el mercado nacional de manzanas y, por ello, la existencia de una afectación negativa que impactara a la rama de producción nacional. Al respecto, la Secretaría lo confirmó al observar aumentos en los niveles del CNA y del consumo interno tanto en el periodo investigado como al comparar 2011 con 2013.
147. En cuanto a los resultados de su actividad exportadora, la Solicitante señaló que no ha sido importante y, en consecuencia, las variaciones observadas en dicha actividad no han tenido efectos significativos en el comportamiento de la rama de la producción nacional. La Secretaría confirmó lo anterior, al observar que la participación de las ventas al mercado externo es prácticamente nula respecto a sus niveles de producción mostrados en el periodo analizado, por lo que no puede considerarse como causa del daño sufrido por la rama de la producción nacional. Asimismo, la Solicitante no indicó la existencia de variaciones en las estructuras del consumo, prácticas comerciales restrictivas y la evolución de la tecnología como factores adicionales de daño que afectaran el desempeño de la rama de producción nacional.
148. Con base en los argumentos y pruebas presentados por la Solicitante, la Secretaría determinó de manera inicial que no tuvo conocimiento de factores distintos a las importaciones en condiciones presumiblemente de discriminación de precios, que al mismo tiempo, pudieran ser causa de daño a la rama de producción nacional.
H. Conclusiones
149. Con base en los resultados del análisis de los argumentos y pruebas descritos en los puntos 25 a 148 de esta Resolución, la Secretaría determinó que existen elementos suficientes para presumir que durante el periodo investigado, las importaciones de manzanas, originarias de los Estados Unidos, se efectuaron en presuntas condiciones de discriminación de precios y causaron daño a la rama de producción nacional de la mercancía similar. Entre los principales elementos evaluados de forma integral, que sustentan esta conclusión, destacan, entre otros, los siguientes (sin que éstos puedan considerarse exhaustivos o limitativos):
a. Las importaciones del producto objeto de investigación se efectuaron con un margen de discriminación de precios superior al de minimis, previsto en el artículo 5.8 del Acuerdo Antidumping. En el periodo investigado dichas importaciones representaron 98% de las importaciones totales, un nivel muy superior al de insignificancia, según el mismo artículo.
b. Las importaciones investigadas registraron una tendencia creciente tanto en términos absolutos (45% de 2011 a 2013) como en relación con el mercado (de 22% en 2011 a 24% en 2013) y las ventas al mercado interno de la rama de la producción nacional (de 30% en 2011 a 31% en 2013) a lo largo del periodo analizado. Ello se tradujo en desplazamiento de las ventas internas de la rama de la producción nacional y una mayor participación de las importaciones objeto de investigación en el mercado mexicano.
c. Los precios de las importaciones de manzanas originarias de los Estados Unidos presentaron una disminución en el periodo investigado y se situaron por debajo del precio promedio de las ventas al mercado interno de la rama de producción nacional en los meses previos a la cosecha del periodo investigado. Asimismo, respecto a los precios obtenidos de las ventas internas estimadas por la rama de la producción nacional, se confirmó la existencia de una disminución de los precios, así como de niveles de subvaloración considerables a lo largo del periodo analizado, derivados de la influencia de los bajos niveles de precios a los que concurrieron al mercado nacional las importaciones investigadas en presuntas condiciones de discriminación de precios.
d. Indicadores económicos relevantes de la rama de la producción nacional registraron un deterioro tanto en el periodo investigado como en el periodo analizado. Entre los principales indicadores afectados se encuentran: la participación de las ventas al mercado interno en la producción (de 82% en 2011 a 61% en 2013) y el mercado mexicano (de 72% en 2011 a 66% en 2013), los ingresos obtenidos por las ventas totales y al mercado interno (acumularon una caída de 1% en 2011 a 2013), así como en las utilidades brutas (de -311% de 2011 a 2013) y el margen bruto de operación (de 4.7% en 2011 a -10.7% en 2013).
e. Las proyecciones de los indicadores económicos presentados por la Solicitante para el periodo posterior al investigado, aunadas a la probabilidad fundada de un incremento de las importaciones en el futuro inmediato, permite presumir que el daño a la rama de la producción nacional se agravaría, en caso de no imponer cuotas compensatorias.
f. Los Estados Unidos cuentan con un potencial exportador varias veces mayor que el tamaño del mercado nacional de manzanas, lo que aunado al crecimiento que registraron las importaciones de dicho país al mercado nacional en términos absolutos y relativos y sus bajos niveles de precios observados, especialmente en los meses previos a la cosecha, constituyen elementos suficientes para presumir que existe la probabilidad fundada de que continúen incrementándose las importaciones objeto de investigación en el futuro inmediato. Asimismo, se confirmó la existencia de las restricciones impuestas a las importaciones investigadas por parte de la Unión Europea y China, lo que incrementa la posibilidad de que los excedentes de la producción creciente de los Estados Unidos, se destinen al mercado mexicano.
g. No se identificaron otros factores de daño diferentes de las importaciones originarias de los Estados Unidos.
150. Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en los artículos 5 del Acuerdo Antidumping y 52 fracciones I y II de la LCE, es procedente emitir la siguiente:
RESOLUCIÓN
151. Se acepta la solicitud de parte interesada y se declara el inicio de la investigación antidumping sobre las importaciones de manzanas, originarias de los Estados Unidos, independientemente del país de procedencia, que ingresan por la fracción arancelaria 0808.10.01 de la TIGIE, o por cualquier otra.
152. Se fija como periodo de investigación el comprendido del 1 enero al 31 de diciembre de 2013 y como periodo de análisis de daño y causalidad a la rama de producción nacional el comprendido del 1 de enero de 2011 al 31 de diciembre del 2013.
153. La Secretaría podrá aplicar, en su caso, las cuotas compensatorias definitivas sobre los productos que se hayan declarado a consumo 90 días como máximo antes de la fecha de aplicación de las medidas provisionales, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10.6 del Acuerdo Antidumping y 65 A de la LCE.
154. Con fundamento en los artículos 6.1, 12.1 y la nota al pie de página 15 del Acuerdo Antidumping, 3 último párrafo y 53 de la LCE, los productores nacionales, importadores, exportadores, personas morales extranjeras o cualquier persona que acredite tener interés jurídico en el resultado de esta investigación contarán con un plazo de 23 días hábiles para presentar su respuesta al formulario oficial establecido para tal efecto, los argumentos y las pruebas que estimen pertinentes. Para aquellas empresas señaladas en el punto 16 numerales 1 y 3 de la presente Resolución y para el gobierno de los Estados Unidos, el plazo de 23 días hábiles empezará a contar 5 días después de la fecha de envío del oficio de notificación del inicio de la presente investigación. Para los demás interesados, el plazo empezará a contar 5 días después de la publicación de esta Resolución en el DOF. En ambos casos el plazo concluirá a las 14:00 horas del día de su vencimiento.
155. El formulario oficial a que se refiere el punto anterior, se podrá obtener en la oficialía de partes de la UPCI, sita en Insurgentes Sur 1940, planta baja, colonia Florida, código postal 01030 en México, Distrito Federal, de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas. También se encuentra disponible en la página de Internet http://www.economia.gob.mx.
156. Notifíquese esta Resolución a las partes interesadas de que se tiene conocimiento y córraseles traslado de la copia de la versión pública de la solicitud y de la respuesta a la prevención de la Solicitante. Las copias de traslado se ponen a disposición de cualquier parte que acredite su interés jurídico en el presente procedimiento, en el domicilio y horarios señalados en el punto anterior de la presente Resolución.
157. Comuníquese esta Resolución al SAT para los efectos legales correspondientes.
158. La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF.
México, D.F., a 18 de noviembre de 2014.- El Secretario de Economía, Ildefonso Guajardo Villarreal.- Rúbrica.