OFICIO 500-05-2014- 23982 mediante el cual se notifica que los contribuyentes a que se refiere el Anexo 1 del presente oficio se han ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación |
Lunes 18 de agosto de 2014 |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.- Administración General de Auditoría Fiscal Federal.- Administración Central de Fiscalización Estratégica.- Oficio 500-05-2014- 23982.
Asunto: Se notifica que los contribuyentes a que se refiere el Anexo 1 del presente oficio se han ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
La Administradora Central de Fiscalización Estratégica, adscrita a la Administración General de Auditoría Fiscal Federal del Servicio de Administración Tributaria, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 16, primer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 7, fracciones VII, XII y XVIII y 8, fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, publicada en el Diario Oficial de la Federación del 15 de diciembre de 1995, reformada por Decreto publicado en el propio Diario Oficial de la Federación del 12 de junio de 2003; 2 primer párrafo, apartado B, fracción III, inciso e); 10 primer párrafo, fracción I, en relación con el artículo 9 primer párrafo, fracción XXXVII, y penúltimo párrafo, del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de octubre de 2007, y reformado mediante Decretos publicados el 29 de abril de 2010, 13 de julio de 2012 y 30 de diciembre de 2013 en el mismo órgano oficial; Artículo Tercero, fracción III, del Acuerdo mediante el cual se delegan diversas atribuciones a Servidores Públicos del Servicio de Administración Tributaria que en el mismo se indican, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 7 de enero de 2014, así como en los artículos 33, último párrafo, 63, y 69-B, primer y segundo párrafos del Código Fiscal de la Federación, notifica lo siguiente:
Derivado del ejercicio de las atribuciones y facultades conferidas en las disposiciones fiscales vigentes, esta Administración Central, dentro de los expedientes que obran en la misma, así como en las bases de datos del Servicio de Administración Tributaria a los que tiene acceso y utiliza de conformidad con el artículo 63, párrafos primero y último, del Código Fiscal de la Federación, ha detectado que los contribuyentes que se nombran en el Anexo 1 que es parte integrante del presente oficio, emitieron comprobantes fiscales sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan tales comprobantes.
En razón de lo anterior, con fundamento en el segundo párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, en relación con el Artículo Tercero, fracción III, del Acuerdo mediante el cual se delegan diversas atribuciones a servidores públicos del Servicio de Administración Tributaria que en el mismo se indican, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 7 de enero de 2014, se ordena notificar a los contribuyentes que se mencionan en el citado Anexo 1 del presente oficio, a través de: I. Un oficio individual que se notificará de acuerdo a lo establecido en el artículo 134 del citado ordenamiento legal de acuerdo con la fracción VII, segundo párrafo del Artículo Segundo Transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de diciembre de 2013; II. En la página de internet del Servicio de Administración Tributaria; y III. Mediante publicación en el Diario Oficial de la Federación, lo anterior de conformidad con la prelación que establece el artículo 69, primer párrafo del Reglamento del Código Fiscal de la Federación; que se encuentran en el supuesto previsto en el primer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, con el objeto de que puedan manifestar ante la autoridad fiscal lo que a su derecho convenga y aportar la documentación e información que consideren pertinentes para desvirtuar los hechos que llevaron a la autoridad a notificarlos.
No se omite señalar que los hechos particulares por los cuales esta autoridad fiscal determinó que los contribuyentes mencionados en el citado Anexo 1 del presente oficio se ubicaron en el supuesto a que se refiere el primer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, se pormenorizan en el oficio individual que debe ser notificado de acuerdo a lo establecido en el artículo 134 del citado ordenamiento legal, de acuerdo con la fracción VII, segundo párrafo del Artículo Segundo Transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de diciembre de 2013.
Asimismo, se indica que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 69-B, segundo párrafo, del Código Fiscal de la Federación, cada uno de los contribuyentes que se mencionan en el citado Anexo 1 del presente oficio tendrá un plazo de 15 días hábiles, contados a partir de que surta efectos la última de las notificaciones que se le realice conforme al citado precepto legal (la realizada en términos del artículo 134 del citado Código, en la página de Internet del SAT y en el Diario Oficial de la Federación, según la prelación establecida en el artículo 69, primer párrafo del Reglamento del Código Fiscal de la Federación), a fin de que presenten ante las oficinas de esta Administración Central, ubicada en Av. Hidalgo No. 77, Módulo II, Primer Piso, Colonia Guerrero, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06300, México D.F., escrito libre en original y dos copias, firmado por el contribuyente o su representante legal en los términos del artículo 19 del referido Código, a través del cual manifiesten lo que a su derecho convenga, anexando a dicho escrito la documentación e información que consideren pertinentes para desvirtuar los hechos pormenorizados en el oficio individual ya mencionado.
La documentación e información que presenten a través del citado escrito deberá de cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 18, 18-A y 19 del Código Fiscal de la Federación.
Por otra parte, se les apercibe que si transcurrido el plazo concedido no aportan las pruebas, la documentación e información respectiva; o bien, en caso de aportarlas, una vez admitidas y valoradas, no se desvirtúan los hechos señalados en el oficio individual mencionado en el tercer párrafo del presente oficio, se procederá en los términos que prevé el tercer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, caso en el cual se notificará la resolución y se publicará el nombre, denominación o razón social en el listado de los contribuyentes que no hayan desvirtuado los hechos que se les imputan y, por tanto, se encuentran definitivamente en la situación a que se refiere el primer párrafo del artículo 69-B, listado que para tal efecto se difunda en la página de internet del Servicio de Administración Tributaria, y se publique en el Diario Oficial de la Federación; lo anterior, toda vez que, es de interés de público que se detenga la facturación de operaciones inexistentes, y que la sociedad conozca quiénes son aquéllos contribuyentes que llevan a cabo este tipo de operaciones.
Atentamente,
México, D.F., 31 de julio de 2014.- La Administradora Central de Fiscalización Estratégica, Marisela Corres Santana.- Rúbrica.
Asunto: Anexo 1 del oficio número 500-05-2014-23982 de fecha 31 de julio de 2014, en el que se notifica, de conformidad con el segundo párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, que los contribuyentes mencionados en el presente Anexo se ubican en el supuesto previsto en el primer párrafo del citado precepto legal.
A continuación se enlistan los contribuyentes a los que se hace referencia en el oficio número 500-05-2014-23982 de fecha 31 de julio de 2014 emitido por la Mtra. Marisela Corres Santana, Administradora Central de Fiscalización Estratégica.
RFC |
NOMBRE |
NÚMERO DEL OFICIO DE PRESUNCIÓN |
FECHA DE NOTIFICACIÓN DEL OFICIO DE PRESUNCIÓN |
AP ADVERSITING, S.A. DE C.V. |
500-05-2014-16077 |
1 de julio de 2014 |
|
ACN1011187H1 |
ARRENDADORA Y COMERCIALIZADORA NUEVA CONCORDIA, S.A. DE C.V. |
500-05-2014-23836 |
7 de julio de 2014 |
BAML630217K47 |
BALCAZAR MAQUEO LOURDES |
500-05-2014-20880 |
2 de julio de 2014 |
CAI101118RC7 |
CONSTRUCTOR & INMOBILIARE LAVIANA, S.A. DE C.V. |
500-05-2014-16080 |
1 de julio de 2014 |
CDA101213VB3 |
COMERCIALIZADORA Y DISTRIBUIDORA ASMARA, S.A. DE C.V. |
500-05-2014-20848 |
10 de julio de 2014 |
CDN081219UM6 |
COMERCIALIZADORA Y DISTRIBUIDORA NABIL, S.A. DE C.V. |
500-05-2014-20849 |
10 de julio de 2014 |
CDP1006032U2 |
COMERCIALIZADORA Y DISTRIBUIDORA PVL, S.A. DE C.V. |
900-09-03-2014-38633 |
18 de julio de 2014 |
CMA100419AL9 |
COMERCIALIZADORA MARKIL, S.A. DE C.V. |
500-05-2014-16241 |
30 de junio de 2014 |
CMO1206121J0 |
COMERCIALIZADORA MOPAD, S.A. DE C.V. |
500-05-2014-20812 |
23 de julio de 2014 |
COP120326SR6 |
COMERCIALIZADORA OPAT, S.A. DE C.V. |
500-05-2014-16085 |
1 de julio de 2014 |
CPI100604FQ3 |
COMERCIALIZADORA PITER, S.A. DE C.V. |
900-09-05-2014-35018 |
18 de julio de 2014 |
CTE101215UL4 |
COMERCIALIZADORA TESDISORA, S.A. DE C.V. |
500-05-2014-20899 |
17 de julio de 2014 |
DME090714SH1 |
DT MERCANTIL, S.A. DE C.V. |
500-05-2014-16081 |
2 de julio de 2014 |
EEB120831E5A |
EFICIENCIA EMPRESARIAL DE BOCA DEL RÍO, S.A. DE C.V. |
500-05-2014-16226 |
19 de junio de 2014 |
EIHJ690122KI2 |
ESPINO HERNÁNDEZ JUAN |
500-05-2014-16244 |
7 de julio de 2014 |
HEOL790713H89 |
HERNÁNDEZ OJEDA LUIS ALBERTO |
500-05-2014-20834 |
28 de julio de 2014 |
IPR1206074B0 |
INEBRIA PRODUCTS, S.A. DE C.V. |
500-05-2014-16082 |
1 de julio de 2014 |
JIFJ921205LP9 |
JIMÉNEZ FLORES JESÚS ALBERTO |
500-05-2014-20803 |
3 de julio de 2014 |
KCO101215EXA |
KYLYG COMERCIALIZADORA, S.A. DE C.V. |
500-05-2014-20967 |
17 de julio de 2014 |
KGM101202R30 |
KZKVL GRUPO MÉXICO, S.A. DE C.V. |
500-05-2014-23845 |
24 de julio de 2014 |
KVX050624TI0 |
KVXL, S.A. DE C.V. |
500-05-2014-20852 |
25 de julio de 2014 |
LUGS631201JV9 |
LUNA GUTIÉRREZ SOFIA ALICIA |
500-05-2014-16240 |
1 de julio de 2014 |
MES060301JG5 |
MANZUR ESCOBAR Y COMPAÑÍA, S. EN N.C. |
500-05-2014-20850 |
10 de julio de 2014 |
MLB1012217A8 |
MULTISERVICIOS Y LOGÍSTICA BRACHO, S.A. DE C.V. |
500-05-2014-20933 |
18 de julio de 2014 |
PADY7708288P7 |
PASTEN DOMÍNGUEZ YYUAVANY |
500-05-2014-20840 |
21 de julio de 2014 |
PMI1012213D6 |
PUBLICIDAD Y MERCADOTECNIA INFINITUM, S.A. DE C.V. |
500-05-2014-20932 |
18 de julio de 2014 |
PMO0909091K6 |
PUBLICIDAD MONTREAL, S.A. DE C.V. |
500-05-2014-16086 |
1 de julio de 2014 |
RESA660505LL2 |
REYES SALAZAR ADELA |
500-05-2014-20841 |
21 de julio de 2014 |
SAE091006AS6 |
SERVICIO Y ASESORÍA EXPRESS, S.A. DE C.V. |
500-05-2014-16078 |
1 de julio de 2014 |
SAE101214IY2 |
SERVICIOS ADMIISTRATIVOS Y EMPRESARIALES DASHA, S.A. DE C.V. |
500-05-2014-16083 |
1 de julio de 2014 |
SCL120601TD1 |
SERVICIOS CONTABLES Y LEGALES AZUVI, S.A. DE C.V. |
500-05-2014-16084 |
1 de julio de 2014 |
SCP121129E57 |
SOLUCIONES CREATIVAS DEL PUERTO, S.A. DE C.V. |
500-05-2014-20877 |
1 de julio de 2014 |
SFL090930199 |
SERVICIOS FLEXISTAFF, S.A. DE C.V |
500-05-2014-16257 |
19 de junio de 2014 |
SGL110928IL6 |
SERVICIOS EN GENERAL LUMON, S.A. DE C.V. |
500-05-2014-20975 |
22 de julio de 2014 |
SPL091026D59 |
SERVICIOS PROFESIONALES LOGISTIC, S.A. |
500-05-2014-23835 |
23 de julio de 2014 |
SSA090717E47 |
SATHYA SERVICIOS ADMINISTRATIVOS, S.A. DE C.V. |
500-05-2014-16073 |
1 de julio de 2014 |
TAB101221EI7 |
TEXTILES ALFA BETA, S.A. DE C.V. |
500-05-2014-23846 |
8 de julio de 2014 |
TCI110105QA1 |
TEXTILES CINDY, S.A. DE C.V. |
500-05-2014-16254 |
2 de julio de 2014 |
TCO0102152G3 |
TRANSPORTES COOR, S.A. DE C.V. |
500-05-2014-20989 |
25 de julio de 2014 |
VAGL420812UF8 |
VÁZQUEZ GARCÍA LUIS FELIPE |
500-05-2014-20836 |
29 de julio de 2014 |
WIL110525BK6 |
WILMON, S.A. DE C.V. |
500-05-2014-20814 |
24 de julio de 2014 |