OFICIO mediante el cual se notifica la presunción de operaciones inexistentes de conformidad con el artículo 69-B, primer y segundo párrafos del Código Fiscal de la Federación, respecto a los contribuyentes que se indican

Martes 11 de febrero de 2014

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.- Administración General de Auditoría Fiscal Federal.- Administración Central de Análisis Técnico Fiscal.- Oficio: 500-02-00-2014-1361.

Asunto:   Se notifica la presunción de operaciones inexistentes de conformidad con el artículo 69-B, primer y segundo párrafos del Código Fiscal de la Federación, respecto a los contribuyentes que se indican.

El Administrador Central de Análisis Técnico Fiscal, adscrito a la Administración General de Auditoría Fiscal Federal del Servicio de Administración Tributaria, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 7, fracciones VII, XII y XVIII y 8, fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, publicada en el Diario Oficial de la Federación del 15 de diciembre de 1995, reformada por Decreto publicado en el propio Diario Oficial de la Federación del 12 de junio de 2003; 2 primer párrafo, apartado B, fracción III, inciso b); 10 primer párrafo, fracción I, en relación con el artículo 9 primer párrafo, fracción XXXVII y penúltimo párrafo, del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de octubre de 2007, y reformado mediante Decretos publicados el 29 de abril de 2010, 13 de julio de 2012 y 30 de diciembre de 2013 en el mismo órgano oficial; Artículo Tercero, fracción III, del Acuerdo mediante el cual se delegan diversas atribuciones a Servidores Públicos del Servicio de Administración Tributaria que en el mismo se indican, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 7 de enero de 2014, así como en los artículos 33, último párrafo y 69-B, primer y segundo párrafos del Código Fiscal de la Federación, notifica lo siguiente:

Derivado del ejercicio de las atribuciones y facultades conferidas en las disposiciones fiscales vigentes, esta unidad administrativa ha detectado que los contribuyentes que se listan en el presente oficio, emitieron comprobantes fiscales sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan tales comprobantes, razón por la cual se presume la inexistencia de las operaciones amparadas con dichos comprobantes.

En razón de lo anterior, con fundamento en el Artículo Tercero, fracción III, del Acuerdo mediante el cual se delegan diversas atribuciones a servidores públicos del Servicio de Administración Tributaria, se ordena la publicación en el Diario Oficial de la Federación, así como en la página de internet del Servicio de Administración Tributaria, a que se refiere el segundo párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, respecto de los contribuyentes que enseguida se detallan:

RFC

Contribuyente

HID1011192T2

HIDMAR, S.A. DE C.V.

OCA121019LE0

ORIOL CAST, S.A. DE C.V.

MIR101118HS6

METALURGICA INDUSTRIAL DE RECICLADOS, S.A. DE C.V.

PMR1011187Z7

PROYECCION DE METALES RECICLADOS, S.A. DE C.V.

PIR101110FS7

PROYECTO INTEGRAL DEL RECICLADO DE METALES, S.A. DE C.V.

KAE070816UZ7

KNKUN ADMINISTRACION EMPRESARIAL DE SERVICIOS, S.C. DE R.L. DE C.V.

ISK070816EKA

IMPULSORA DE SERVICIOS KGMSON, S.C. DE R.L. DE C.V.

DDS111013RR3

DESARROLLO DE SEMILLAS Y DEL AGRO, S. DE P.R. DE R.L.

TPR111003QX3

TRABAJOS PRODUCTIVOS, S. C. P.

APC1110139M3

ADMINISTRACIÓN Y PROYECCIÓN CORPORATIVA, S.A. DE C. V.

COL090511HV6

CONTUPERSONAL OPERACIÓN Y LOGÍSTICA, S. DE R. L. DE C. V.

CON070409MK1

CONTUPERSONAL, S. C.

COI110119EM2

CTP OPERACIÓN INTEGRAL Y EMPRESARIAL, S.C.U.

 

EAO071218BI9

ELECCIÓN ADMINISTRATIVA Y OPERATIVA, S. C. DE R. L. DE C. V.

OAO070430DI9

OPCIÓN ADMINISTRATIVA Y OPERATIVA, S. C. DE R. L. DE C. V.

ODE070113834

OPERADORA DE DESCANSO EMPRESARIAL, S. DE R. L.

MYT120313774

MYTES, S. A. DE C. V.

LTE080825U97

LIDERAZGO TECNOLÓGICO EMPRESARIAL, S.A DE C.V.

MEX1012074Q9

MEXTAM, S. A. DE C. V.

AVT110705U80

ALTERNATIVAS VANGUARDISTAS DE TAMAULIPAS, S. A. DE C. V.

JCS100211FI1

JRA COMERCIO Y SERVICIOS, S.A. DE C.V.

RVI081201NF5

REMODELACIONES VILLEGAS, S.A. DE C.V.

DEE070308QU8

DEMOLICIONES Y EXTRACCIONES EXPRESS, S.A. DE C.V.

FAT090925QH0

FARO DE ALEJANDRA TEXTIL Y MAQUILADORA, S.A. DE C.V.

IPC0909254ZA

IZTABENTUM PALACIOS CONSTRUCTORA, S.A. DE C.V.

EPT070903GW3

3E PAYROLL AND TAX, S.A. DE C.V.

OAA060805RR7

OPERADORA Y ADMINISTRADORA ARIES, S.A. DE C.V.

GIS071205EM0

GRUPO IMPULSOR DEL SUR, S.A. DE C.V.

CES0907133Z6

CENTRO EMPRESARIAL SUDCALIFORNIANO, S.A. DE C.V.

CON080508MB9

CONSULTORA ORGANIZACIONAL DE NEGOCIOS, S.C.P

DSD091204BE0

DELTA SERVICIOS DEL SURESTE, S.A. DE C.V.

SDC090625QB9

SOLUCIONES DINAMICAS PARA LA COMPETITIVIDAD, S.A. DE C.V.

MCO0806126R6

MADCAM CORPORATION, S.A. DE C.V.

GFY091224GRA

GRUPO FYAVE, S.C.P.

CDA030130S87

CORPORATIVO DAGGS-FOEH, S.A. DE C.V.

EEP070625F7A

EASY EARNINGS PROVIDER, S.A. DE C.V.

CSA070201GH1

CORPORATIVO SIXGA Y ASOCIADOS, S.A. DE C.V.

ODI111014R69

ORO DIREC, S.C. DE R.L. DE C.V.

VEAR8003057N4

RIGOBERTO VERASTEGUI ARVIZU

VELJ730130RF5

JUAN RAMON VELASCO LUNA

AAC0608103B5

ADITIVOS ALTERNOS DEL CENTRO, S.A. DE C.V.

AAL090331NXA

ALIMENTOS ALIVEN, S.A. DE C.V.

ACO100419I94

ABACERO CORPORACION, S.A. DE C.V.

ADE060327KS5

ALTA DIRECCION EMPRESARIAL SANTA FE, S.A. DE C.V.

ADU030903JA0

ACTIVOS Y DISEÑOS UNIVERSALES DEL SURESTE, S.A. DE C.V.

AERM7109072H4

ARECHIGA RODRIGUEZ MARIO ALBERTO

ALA090307IL9

ALARE, S.A. DE C.V.

AUPP3708152C9

AGUILAR PADILLA PEDRO PABLO

AUVR610901QT2

AGUILAR VELASCO ROSARIO EMELIA

BABV580918C9A

DEL BARRIO BEJARANO VALERIANO

CAL101209JXA

CONSTRUCTORA ALCOSVE, S.A. DE C.V.

 

CDP100107CZ9

COMERCIALIZACION Y DISTRIBUCION DE PRODUCTOS PARA SOLUCIONES EMPRESARIALES, S.A. DE C.V.

CEG090324TG0

CEGMI COMPAÑÍA, S.A. DE C.V.

CEGR860210AMA

CEBALLOS GRATZ RAUL FERNANDO

CGN080819B39

COMERCIALIZADORA Y GESTORIA NACIONAL, S.A. DE C.V.

CIU090618TJ2

CONSULTORIA INTEGRAL UNIVERSO, S.C.

CME0812196W6

COMNAC DE MEXICO, S.A. DE C.V.

COFL7011302K0

CORTES FLORES JOSE LUIS

CON070402IM4

CONSTRUHERNANDEZ, S.A. DE C.V.

CON090228TN5

CONSTRUMARK, S.A. DE C.V.

CPT080220AQ5

CONSTRUMETAL LA PERLA TAPATIA, S.A. DE C.V.

DAG9810051B7

DAGDA, S.A. DE C.V.

DCH050915JI4

DESARROLLO CORPORATIVO HUMAN´S, S.A. DE C.V.

EIVC680611KB7

ESPINOSA VELASCO CONSTANTINO

FER090321TI6

FERRIMAX, S.A. DE C.V.

FUHA700415940

FUENTES HERNANDEZ ANDRES

GAVH4307059G3

GARCIA Y VAZQUEZ HECTOR ADOLFO MANUEL

GIM0903289Q5

GRUPO IMADI, S.A. DE C.V.

HDM070201KY4

HOLDEX DE MEXICO, S.A. DE C.V.

HIMM780115PP1

HIDALGO MONTAÑO MAURICIO

IDN041217M79

INTELIGENCIA EN DIRECCIÓN DE NEGOCIOS, S.A. DE C.V.

IMA090307KP7

IMA COMPAÑÍA, S.A. DE C.V.

IMO0812174Q4

INTER-CONSTRUCCIONES Y MAQUINARIA ORIENTE, S.A. DE C.V.

LAR090408MI0

COMPAÑÍA LARE, S.A. DE C.V.

LOHD791118PX0

LOZANO HERNANDEZ JOSE DARIO

LSR080421694

LABOR SOLUTIONS R.H., S.A. DE C.V.

MAGJ7203311E5

MARTINEZ GUTIERREZ JUAN CARLOS

MAHT860828FU0

MARTINEZ HERNANDEZ TANIA

MCO081127DS3

MARKETING CORPORATION S.A. DE C.V.

MCO081217GW7

MARTI CONSTRUCTOR, S.A. DE C.V.

MDI100520K27

MECANICAS DE DISPERSION, S.A. DE C.V.

MEX090326F6A

MEXDIS COMPAÑÍA, S.A. DE C.V.

MMA0903306L2

MULTISERVICIOS MACRO, S.A. DE C.V.

OCV081223187

ORGANIZACIÓN COMERCIAL VIMA, S.A. DE C.V.

OLS080918HN8

ON LINE SOLUTIONS IN TELECOM, S.A. DE C.V.

OUS090326FF6

OBRAS Y URBANIZACIONES SARA, S.A. DE C.V.

PEO081215NH0

PROFESSIONAL ENGINEER COMPANY OF POZA RICA, S.A. DE C.V.

PME0903064M8

COMPAÑÍA DE PUBLICIDAD MEXICANA, S.A. DE C.V.

RAL0812013R9

REFACCIONARIA Y ACCESORIOS LIMA, S.A. DE C.V.

 

SEGJ891205DM0

SERRANO GODINEZ JORGE ALEJANDRO

SLA090330KG7

SERVICLEAN LAGUNA, S.A. DE C.V.

SPA0405074T9

SKEP PRACTICAS ADMINISTRATIVAS INTEGRALES, S.C. DE R.L. DE C.V.

SUHA800513PP2

SUAREZ HERNANDEZ ARTURO

TEMY741004RL3

TENA MARTINEZ YECICA FRANCISCA

TNO081129NW4

TRANSPORTATION DEL NORTE, S.A. DE C.V.

TRE0811045J6

TBS RECYCLING, S.A. DE C.V.

VHO970117952

VASA HOLDING COMPANY, S.A. DE C.V.

YAGA811116P72

YAÑEZ GUTIERREZ ALFONSO

 

La resolución individual en la que se detallan los hechos particulares por los cuales la autoridad fiscal determinó que los contribuyentes antes señalados, se ubicaron en el supuesto a que se refiere el primer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, debe ser notificada de acuerdo a lo establecido en el artículo 134 del citado ordenamiento legal.

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 69-B, segundo párrafo, del Código Fiscal de la Federación, se informa que cuentan con un plazo de 15 días, contados a partir de que surta efectos la última de las notificaciones que se realicen conforme al citado precepto legal –Diario Oficial de la Federación, página de Internet del Servicio de Administración Tributaria y resolución notificada en términos del artículo 134 del citado Código-, a fin de que manifieste lo que a su derecho convenga y aporte ante la Administración Local de Auditoría Fiscal que corresponda conforme a su domicilio fiscal, la documentación e información que considere pertinente para desvirtuar los hechos que llevaron a presumir la inexistencia de las operaciones señaladas en la resolución respectiva.

La documentación e información que exhiba deberá presentarse en forma completa, correcta y oportuna mediante escrito libre en original y dos copias, en términos de los artículos 18 y 18-A del Código Fiscal de la Federación.

Asimismo, se apercibe que en caso de no aportar la documentación e información necesaria a efecto de desvirtuar los hechos que llevaron a presumir la inexistencia de operaciones, se confirmará dicha presunción legal y se publicará en el Diario Oficial de la Federación y en la página de internet del Servicio de Administración Tributaria, conforme a lo previsto en el tercer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación.

Atentamente

México, D.F., 30 de enero de 2014.- El Administrador Central de Análisis Técnico Fiscal, Francisco Hugolino Cruz Ortiz.- Rúbrica.