SEGUNDA Convocatoria para presentar las solicitudes de apoyo del Programa para el Desarrollo de las Industrias de Alta Tecnología PRODIAT, para el ejercicio fiscal 2012

Miércoles 11 de julio de 2012

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

SEGUNDA CONVOCATORIA PARA PRESENTAR LAS SOLICITUDES DE APOYO DEL PROGRAMA PARA EL DESARROLLO DE LAS INDUSTRIAS DE ALTA TECNOLOGIA (PRODIAT), PARA EL EJERCICIO FISCAL 2012.

La Secretaría de Economía, con fundamento en los artículos 3 y 23 fracciones II, III, IV y VIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía; 14, 27, 38 fracción I de las Reglas de Operación  del Programa para el Desarrollo de las Industrias de Alta Tecnología (Prodiat), para el ejercicio fiscal 2012, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 23 de diciembre de 2011, y

CONSIDERANDO

Que la Secretaría de Economía estableció el Prodiat con el objetivo general de impulsar el crecimiento de las ventas, producción, empleo, valor agregado, productividad y competitividad de las industrias de alta tecnología, por medio del otorgamiento de apoyos de carácter temporal para la realización de proyectos que atiendan fallas de mercado.

CONVOCA A

A.      Las personas físicas con actividad empresarial y personas morales constituidas conforme a la legislación mexicana, que realizan actividades clasificadas en los siguientes subsectores definidos en el Sistema de Clasificación Industrial de América del Norte (SCIAN):

a.     333 Fabricación de maquinaria y equipo,

b.     334 Fabricación de equipo de computación, comunicación, medición y de otros equipos, componentes y accesorios electrónicos,

c.     335 Fabricación de equipo de generación eléctrica y aparatos y accesorios eléctricos,

d.     336 Fabricación de equipo de transporte y partes para vehículos automotores;

B.      Los organismos empresariales constituidos por las personas a las que se refiere el inciso A;

C.      Los proveedores de primer nivel de las personas a las que se refiere el inciso A, y

D.      Las instituciones académicas y de investigación y desarrollo, los organismos públicos, privados o mixtos sin fines de lucro, siempre que desarrollen proyectos para las personas a las que se refiere el inciso A, mediante convenios u otros instrumentos jurídicos;

A presentar proyectos con el propósito de atender fallas de mercado que obstaculizan la competitividad de las industrias de fabricación de maquinaria y equipo; de equipo de computación, comunicación, medición y  de otros equipos, componentes y accesorios electrónicos; de equipo de generación eléctrica y aparatos y accesorios eléctricos, y de equipo de transporte y partes para vehículos automotores, siempre y cuando la naturaleza y finalidad de los subsidios se vinculen con los objetivos del Prodiat.

Para acceder a los apoyos del Prodiat serán elegibles, sin distinción de género, raza, credo, condición socioeconómica o cualquier otra causa que implique discriminación, la población objetivo que cumpla con los requisitos de elegibilidad y criterios de selección establecidos en las Reglas de Operación del Prodiat, para el ejercicio fiscal 2012 y que presente proyectos que correspondan a los siguientes:

I. Rubros temáticos de apoyo y conceptos específicos:

1.      Asistencia técnica, capacitación y otros servicios relacionados para reducir el riesgo y los costos hundidos asociados a la capacitación y consultorías especializadas en la aplicación industrial de productos y procesos innovadores.

1.1. Cursos para la formación y capacitación especializada de capital humano en la aplicación industrial de productos y procesos innovadores.

1.2. Consultoría especializada en aplicación industrial de productos y procesos innovadores.

1.3. Adquisición y/o pago de regalías y/o licencias por tecnología, únicamente el pago inicial.

1.4. Gastos asociados a la protección de la propiedad intelectual.

1.5. Gastos asociados a la transferencia tecnológica.

1.6. Innovación de productos, y/u organizacionales.

2.      Asistencia técnica, para aumentar la eficiencia en las decisiones de compra de maquinaria, insumos y servicios de alta especialización.

2.1. Consultoría especializada en materia de tecnologías disponibles e implementación.

2.2. Estudios de diagnóstico y prospectiva.

2.3. Estudios para identificar insumos con demanda elevada.

2.4. Estudios para identificar capacidades tecnológicas y de manufactura.

2.5. Consultorías para aumentar la eficiencia en las decisiones de compra.

2.6. Estudios de mercado.

3.      Acceso y recursos para obtener información especializada de la situación actual en los mercados, y de sus tendencias tecnológicas, productivas y de demanda.

3.1. Desarrollo de Portales en Internet que contengan información de la situación actual en los mercados, y de sus tendencias tecnológicas, productivas y de demanda, así como de las capacidades de la industria, los centros de investigación y las instituciones educativas.

3.2. Estudios de diagnóstico y prospectiva.

3.3. Estudios para identificar insumos con demanda elevada.

3.4. Estudios de mercado.

3.5. Otros rubros límite equiparables por analogía.

II. Aportación del Programa

La aportación del programa a los proyectos presentados será hasta 50 por ciento sobre el costo total del proyecto. Sólo tratándose de proyectos estratégicos, el Consejo Directivo del Prodiat podrá autorizar apoyos hasta por el 70 por ciento del costo total del proyecto, siempre y cuando exista disponibilidad presupuestal. Es importante señalar que no podrán realizarse aportaciones en especie.

El Consejo Directivo del Prodiat determinará caso por caso si un proyecto puede ser considerado estratégico, con base a la propuesta que presente la Dirección General de Industrias Pesadas y de Alta Tecnología previo análisis del proyecto, que considerará a petición expresa por parte del solicitante, la atención a más de una falla de mercado, su impacto en toda la cadena de valor y sobre la competencia en los mercados relevantes.

Los montos máximos por concepto específico de gasto en los que podrá incurrir un proyecto con recursos del Prodiat se listan en la regla 9 de las Reglas de Operación.

Para la entrega de los apoyos destinados a los beneficiarios, éstos deberán suscribir un Convenio de Colaboración con la Secretaría de Economía por conducto de la Dirección General de Industrias Pesadas y  de Alta Tecnología (DGIPAT), así como cumplir con todos los requisitos que establecen las Reglas de Operación del Prodiat para el ejercicio fiscal 2012 y la normatividad correspondiente del Gobierno Federal.

III. Presentación de las solicitudes de apoyo

Las Solicitudes de Apoyo junto con la documentación soporte completa deberán presentarse en las Delegaciones y Subdelegaciones Federales de la Secretaría de Economía o en las oficinas de la Dirección General de Industrias Pesadas y de Alta Tecnología de la Secretaría de Economía, sita en Av. Insurgentes Sur 1940, piso 6, Colonia Florida, 01030, Delegación Alvaro Obregón, Distrito Federal, entre las calles Vito Alessio Robles y Encanto. El horario en el que se recibirá la documentación es de 9:00 a 14:30 horas de lunes a viernes.

Se deberá presentar la solicitud conforme al trámite correspondiente con homoclave SE-05-005, “Apoyo del Programa para el Desarrollo de las Industrias de Alta Tecnología (Prodiat)”, disponible en la página electrónica de la Secretaría de Economía www.economia.gob.mx y en la página electrónica de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria http://207.248.177.30/rfts/formulario/tramite.asp?coNodes=1794141 &num_modalidad=0&epe=0&nv=0

Cada solicitud deberá llenarse tomando en cuenta la “Guía de Presentación de Proyectos del Prodiat”, que está disponible en la página electrónica de la Secretaría de Economía http://www.economia.gob.mx/files/Guia_PRODIAT2012.pdf

En caso de que la solicitud no esté debidamente requisitada, la DGIPAT prevendrá al solicitante para que en un plazo de 10 días hábiles subsane las omisiones o complete la información faltante. De no hacerlo en el plazo establecido, se tendrá por desechada la solicitud.

IV. Resolución de solicitudes

El Consejo Directivo del Prodiat emitirá la resolución que corresponda a las Solicitudes de Apoyo para Proyectos, una vez cumplidos los Requisitos de Elegibilidad y los Criterios de Selección; asimismo publicará en la página electrónica de la Secretaría de Economía www.economia.gob.mx los listados de los proyectos y montos aprobados.

El Beneficiario deberá acudir a firmar el Convenio de Colaboración dentro de los 20 días hábiles siguientes a la notificación de la aprobación de la Solicitud de Apoyo, apercibido de que si no comparece en dicho término, se le tendrá por desistida su solicitud sin responsabilidad alguna para la Secretaría de Economía, la Subsecretaría de Industria y Comercio, los miembros del Consejo Directivo u otras instancias que intervengan en el proceso.

La información recibida, así como la difusión y divulgación de los resultados materia de los proyectos, será manejada con los criterios y prácticas establecidas en las Reglas de Operación del Prodiat para el ejercicio fiscal 2012, para asegurar la confidencialidad y su correcto manejo, en términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

V. Vigencia de la convocatoria

La Convocatoria entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación y estará vigente hasta el 31 de julio de 2012.

VI. Consideraciones Generales

No se someterán a evaluación las solicitudes de apoyo para proyectos que estén recibiendo apoyos de otros programas federales para el mismo concepto, que impliquen sustituir su aportación o duplicar apoyos o subsidios, conforme a lo establecido en las Reglas de Operación.

Bajo ningún concepto podrán ser Beneficiarios de los apoyos del Prodiat los servidores públicos de la Secretaría  de Economía, de las Secretarías de Desarrollo Económico o su equivalente de las Entidades Federativas, así como sus cónyuges o parientes consanguíneos y las demás personas que al efecto se refieran en las legislaciones federal y estatales aplicables en materia de responsabilidades de los  servidores públicos.

VII. Mayor Información

Los interesados podrán ampliar la información consultando:

·         El Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa para el Desarrollo de las Industrias de Alta Tecnología (Prodiat), para el ejercicio fiscal 2012, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de diciembre de 2011.

        Este Acuerdo está disponible en la página electrónica de la Secretaría de Economía www.economia.gob.mx y puede solicitarse a través de los correos electrónicos gloria.pazos@economia.gob.mx, antonio.vigil@economia.gob.mx, o a través del teléfono 5229-61-00, extensiones 34452 y 34439.

·         La Guía de Presentación de Proyectos del Prodiat que está disponible en la página electrónica de  la Secretaría de Economía http://www.economia.gob.mx/files/Guia_PRODIAT2012.pdf

·         A petición expresa de las Delegaciones o de las Subdelegaciones Federales, y cuando exista el interés de por lo menos cinco proyectos, personal de la DGIPAT podrá asistir a reuniones de asesoría a los interesados, siempre y cuando se soliciten dentro de la primera mitad de la vigencia de la Convocatoria.

México, D.F., a 2 de julio de 2012.- El Director General de Industrias Pesadas y de Alta Tecnología, Jesús Serrano Landeros.- Rúbrica.

(R.- 350796)