SEGUNDA Convocatoria para presentar las solicitudes de apoyo del Programa para el Desarrollo de las Industrias de Alta Tecnología PRODIAT, para el ejercicio fiscal 2012 |
Miércoles 11 de julio de 2012 |
Al margen
un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.-
Secretaría de Economía.
SEGUNDA CONVOCATORIA PARA PRESENTAR LAS
SOLICITUDES DE APOYO DEL PROGRAMA PARA EL DESARROLLO DE LAS INDUSTRIAS DE ALTA
TECNOLOGIA (PRODIAT), PARA EL
EJERCICIO FISCAL 2012.
La Secretaría de Economía, con fundamento en los artículos 3 y 23
fracciones II, III, IV y VIII del Reglamento Interior de la Secretaría de
Economía; 14, 27, 38 fracción I de las Reglas de Operación del Programa para el Desarrollo de las
Industrias de Alta Tecnología (Prodiat), para el ejercicio fiscal 2012, publicadas en
el Diario Oficial de la Federación el 23 de diciembre de 2011, y
CONSIDERANDO
Que la Secretaría de Economía estableció el Prodiat con el objetivo general
de impulsar el crecimiento de las ventas, producción, empleo, valor agregado,
productividad y competitividad de las industrias de alta tecnología, por medio
del otorgamiento de apoyos de carácter temporal para la realización de
proyectos que atiendan fallas de mercado.
CONVOCA A
A. Las personas físicas con actividad empresarial y personas
morales constituidas conforme a la legislación mexicana, que realizan
actividades clasificadas en los siguientes subsectores definidos en el Sistema
de Clasificación Industrial de América del Norte (SCIAN):
a. 333 Fabricación de maquinaria y equipo,
b. 334 Fabricación de equipo de computación, comunicación,
medición y de otros equipos, componentes y accesorios electrónicos,
c. 335 Fabricación de equipo de generación eléctrica y aparatos y
accesorios eléctricos,
d. 336 Fabricación de equipo de transporte y partes para vehículos
automotores;
B. Los organismos empresariales constituidos por las personas a
las que se refiere el inciso A;
C. Los proveedores de primer nivel de las personas a las que
se refiere el inciso A, y
D. Las instituciones académicas y de investigación y
desarrollo, los organismos públicos, privados o mixtos sin fines de lucro,
siempre que desarrollen proyectos para las personas a las que se refiere el
inciso A, mediante convenios u otros instrumentos jurídicos;
A presentar proyectos con el propósito de atender fallas de mercado
que obstaculizan la competitividad de las industrias de fabricación de
maquinaria y equipo; de equipo de computación, comunicación, medición y de otros equipos, componentes y accesorios
electrónicos; de equipo de generación eléctrica y aparatos y accesorios
eléctricos, y de equipo de transporte y partes para vehículos automotores,
siempre y cuando la naturaleza y finalidad de los subsidios se vinculen con los
objetivos del Prodiat.
Para acceder a los apoyos del Prodiat serán elegibles, sin distinción
de género, raza, credo, condición socioeconómica o cualquier otra causa que
implique discriminación, la población objetivo que cumpla con los requisitos de
elegibilidad y criterios de selección establecidos en las Reglas de Operación
del Prodiat,
para el ejercicio fiscal 2012 y que presente proyectos que correspondan a los
siguientes:
I. Rubros temáticos de apoyo y conceptos específicos:
1. Asistencia técnica, capacitación y otros servicios
relacionados para reducir el riesgo y los costos hundidos asociados a la
capacitación y consultorías especializadas en la aplicación industrial de
productos y procesos innovadores.
1.1. Cursos para la formación y capacitación especializada de capital
humano en la aplicación industrial de productos y procesos innovadores.
1.2. Consultoría especializada en aplicación industrial de productos y
procesos innovadores.
1.3. Adquisición y/o pago de regalías y/o licencias por tecnología,
únicamente el pago inicial.
1.4. Gastos asociados a la protección de la propiedad intelectual.
1.5. Gastos asociados a la transferencia tecnológica.
1.6. Innovación de productos, y/u organizacionales.
2. Asistencia
técnica, para aumentar la eficiencia en las decisiones de compra de maquinaria,
insumos y servicios de alta especialización.
2.1. Consultoría
especializada en materia de tecnologías disponibles e implementación.
2.2. Estudios
de diagnóstico y prospectiva.
2.3. Estudios
para identificar insumos con demanda elevada.
2.4. Estudios
para identificar capacidades tecnológicas y de manufactura.
2.5. Consultorías
para aumentar la eficiencia en las decisiones de compra.
2.6. Estudios
de mercado.
3. Acceso
y recursos para obtener información especializada de la situación actual en los
mercados, y de sus tendencias tecnológicas, productivas y de demanda.
3.1. Desarrollo
de Portales en Internet que contengan información de la situación actual en los
mercados, y de sus tendencias tecnológicas, productivas y de demanda, así como
de las capacidades de la industria, los centros de investigación y las
instituciones educativas.
3.2. Estudios
de diagnóstico y prospectiva.
3.3. Estudios
para identificar insumos con demanda elevada.
3.4. Estudios
de mercado.
3.5. Otros
rubros límite equiparables por analogía.
II.
Aportación del Programa
La
aportación del programa a los proyectos presentados será hasta 50 por ciento
sobre el costo total del proyecto. Sólo tratándose de proyectos estratégicos,
el Consejo Directivo del Prodiat
podrá autorizar apoyos hasta por el 70 por ciento del costo total del proyecto,
siempre y cuando exista disponibilidad presupuestal. Es importante señalar que
no podrán realizarse aportaciones en especie.
El
Consejo Directivo del Prodiat
determinará caso por caso si un proyecto puede ser considerado estratégico, con
base a la propuesta que presente la Dirección General de Industrias Pesadas y
de Alta Tecnología previo análisis del proyecto, que considerará a petición
expresa por parte del solicitante, la atención a más de una falla de mercado,
su impacto en toda la cadena de valor y sobre la competencia en los mercados
relevantes.
Los
montos máximos por concepto específico de gasto en los que podrá incurrir un
proyecto con recursos del Prodiat
se listan en la regla 9 de las Reglas de Operación.
Para la
entrega de los apoyos destinados a los beneficiarios, éstos deberán suscribir
un Convenio de Colaboración con la Secretaría de Economía por conducto de la
Dirección General de Industrias Pesadas y de Alta Tecnología (DGIPAT), así como cumplir
con todos los requisitos que establecen las Reglas de Operación del Prodiat para
el ejercicio fiscal 2012 y la normatividad correspondiente del Gobierno
Federal.
III.
Presentación de las solicitudes de apoyo
Las
Solicitudes de Apoyo junto con la documentación soporte completa deberán
presentarse en las Delegaciones y Subdelegaciones Federales de la Secretaría de
Economía o en las oficinas de la Dirección General de Industrias Pesadas y de
Alta Tecnología de la Secretaría de Economía, sita en Av. Insurgentes Sur 1940,
piso 6, Colonia Florida, 01030, Delegación Alvaro
Obregón, Distrito Federal, entre las calles Vito Alessio
Robles y Encanto. El horario en el que se recibirá la documentación es de 9:00
a 14:30 horas de lunes a viernes.
Se
deberá presentar la solicitud conforme al trámite correspondiente con homoclave SE-05-005, “Apoyo del Programa para el Desarrollo
de las Industrias de Alta Tecnología (Prodiat)”, disponible en la
página electrónica de la Secretaría de Economía www.economia.gob.mx y en la
página electrónica de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria
http://207.248.177.30/rfts/formulario/tramite.asp?coNodes=1794141 &num_modalidad=0&epe=0&nv=0
Cada
solicitud deberá llenarse tomando en cuenta la “Guía de Presentación de
Proyectos del Prodiat”,
que está disponible en la página electrónica de la Secretaría de Economía
http://www.economia.gob.mx/files/Guia_PRODIAT2012.pdf
En caso de que la solicitud no esté debidamente requisitada,
la DGIPAT prevendrá al solicitante para que en un plazo de 10 días hábiles
subsane las omisiones o complete la información faltante. De no hacerlo en el
plazo establecido, se tendrá por desechada la solicitud.
IV. Resolución de solicitudes
El Consejo Directivo del Prodiat emitirá la resolución que corresponda a las
Solicitudes de Apoyo para Proyectos, una vez cumplidos los Requisitos de
Elegibilidad y los Criterios de Selección; asimismo publicará en la página
electrónica de la Secretaría de Economía www.economia.gob.mx los listados de
los proyectos y montos aprobados.
El Beneficiario deberá acudir a firmar el Convenio de Colaboración
dentro de los 20 días hábiles siguientes a la notificación de la aprobación de
la Solicitud de Apoyo, apercibido de que si no comparece en dicho término, se
le tendrá por desistida su solicitud sin responsabilidad alguna para la
Secretaría de Economía, la Subsecretaría de Industria y Comercio, los miembros
del Consejo Directivo u otras instancias que intervengan en el proceso.
La información recibida, así como la difusión y divulgación de los
resultados materia de los proyectos, será manejada con los criterios y
prácticas establecidas en las Reglas de Operación del Prodiat para el ejercicio fiscal
2012, para asegurar la confidencialidad y su correcto manejo, en términos de la
Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.
V. Vigencia de la convocatoria
La Convocatoria entrará en vigor al día siguiente de su publicación en
el Diario Oficial de la Federación y estará vigente hasta el 31 de julio de
2012.
VI. Consideraciones Generales
No se someterán a evaluación las solicitudes de apoyo para proyectos
que estén recibiendo apoyos de otros programas federales para el mismo
concepto, que impliquen sustituir su aportación o duplicar apoyos o subsidios,
conforme a lo establecido en las Reglas de Operación.
Bajo ningún concepto podrán ser Beneficiarios de los apoyos del Prodiat los
servidores públicos de la Secretaría de
Economía, de las Secretarías de Desarrollo Económico o su equivalente de las
Entidades Federativas, así como sus cónyuges o parientes consanguíneos y las
demás personas que al efecto se refieran en las legislaciones federal y
estatales aplicables en materia de responsabilidades de los servidores públicos.
VII. Mayor Información
Los interesados podrán ampliar la información consultando:
·
El Acuerdo por el que se dan a conocer las
Reglas de Operación del Programa para el Desarrollo de las Industrias de Alta
Tecnología (Prodiat),
para el ejercicio fiscal 2012, publicado en el Diario Oficial de la Federación
el 23 de diciembre de 2011.
Este Acuerdo está
disponible en la página electrónica de la Secretaría de Economía
www.economia.gob.mx y puede solicitarse a través de los correos electrónicos gloria.pazos@economia.gob.mx,
antonio.vigil@economia.gob.mx, o a través del teléfono 5229-61-00,
extensiones 34452 y 34439.
·
La Guía de Presentación de Proyectos del Prodiat que
está disponible en la página electrónica de la Secretaría de Economía
http://www.economia.gob.mx/files/Guia_PRODIAT2012.pdf
·
A petición expresa de las Delegaciones o de las
Subdelegaciones Federales, y cuando exista el interés de por lo menos cinco
proyectos, personal de la DGIPAT podrá asistir a reuniones de asesoría a los
interesados, siempre y cuando se soliciten dentro de la primera mitad de la
vigencia de la Convocatoria.
México, D.F., a 2 de julio de 2012.- El Director General de Industrias
Pesadas y de Alta Tecnología, Jesús
Serrano Landeros.- Rúbrica.
(R.-
350796)