ACUERDO mediante el cual se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa para el Desarrollo de la Industria del Software (PROSOFT) para el ejercicio fiscal 2012

Viernes 23 de diciembre de 2011

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

Con fundamento en los artículos 28 último párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 28 y 32 de la Ley de Planeación; 75, 76, 77 y 78 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 33 y 34 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2012; 175, 176, 177, 178, 179, 180 y 181 último párrafo del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 3, 5 fracción XVI y 24 del Reglamento Interior de la Secretaría  de Economía, y

CONSIDERANDO

Que el artículo 28, último párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, señala que se podrán otorgar apoyos con recursos federales a actividades que sean prioritarias, cuando éstas sean generales, de carácter temporal y no afecten las finanzas de la Nación;

Que el Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2007-2012 tiene como finalidad establecer los objetivos nacionales, las estrategias y las prioridades que durante la presente Administración deberán regir la acción del gobierno;

Que el segundo eje del PND, Economía competitiva y generadora de empleos, tiene como uno de sus objetivos, el potenciar la productividad y competitividad de la economía mexicana y así lograr un crecimiento económico sostenido y acelerar la creación de empleos, para lo cual se establece como estrategia el diseñar agendas sectoriales para la competitividad de sectores económicos de alto valor agregado y contenido tecnológico, y de sectores precursores, así como la reconversión de sectores tradicionales, a fin de generar empleos mejor remunerados. Asimismo, considera estratégico establecer condiciones para que México se inserte en la vanguardia tecnológica;

Que el Programa Sectorial de Economía 2007-2012 establece como objetivo rector 2.5, elevar la competitividad de las empresas mediante el fomento del uso de las tecnologías de información, la innovación y el desarrollo tecnológico en sus productos y servicios, a su vez, como objetivo rector 3.2 incrementar la participación de México en los flujos de comercio mundial y en la atracción de Inversión Extranjera Directa (IED), en el cual se establece que se deberá posicionar a México como un oferente en el mercado de servicios de tecnologías de información;

Que el Presupuesto de Egresos de la Federación, ha establecido erogaciones del Ramo 10 Economía, para el Programa para el Desarrollo de la Industria del Software (PROSOFT), y

Que con el propósito de mejorar los procesos para brindar certidumbre y certeza jurídica a la población objetivo del PROSOFT, se expide el siguiente

Acuerdo

Unico.- Se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa para el Desarrollo de la Industria del Software (PROSOFT) para el Ejercicio Fiscal 2012.

REGLAS DE OPERACION DEL PROGRAMA PARA EL DESARROLLO DE LA INDUSTRIA DEL SOFTWARE (PROSOFT) PARA EL EJERCICIO FISCAL 2012

1. Introducción

Transitar hacia una economía de servicios con alto valor agregado y con una dinámica orientada a la innovación, requiere de una industria de tecnologías de información y comunicaciones (TIC) competitiva y estrechamente integrada con los demás sectores económicos del país.

Las TIC son un factor crítico para potenciar la productividad y la competitividad de todos los sectores de la economía. Además de su relevancia como precursor transversal para el crecimiento económico del país, se trata de una industria intensiva en conocimiento, con capacidad de generar empleos bien remunerados. Asimismo, es reconocida como una industria con gran potencial para atraer inversiones y detonar la innovación tecnológica.

En la medida que las tecnologías de la información (TI) influyen no sólo en la productividad de las empresas sino además en un gran número de factores que determinan la competitividad de un país. Se ha demostrado que existe una relación positiva y contundente entre ambas variables, tanto en países desarrollados como en países en vías de desarrollo. El Banco Mundial ha concluido que las compañías que utilizan las TIC crecen más rápido, invierten más, son más productivas y más rentables que las que no las usan.

El potencial de crecimiento del mercado interno y global para servicios de TI es enorme y con amplias posibilidades de realizarlo ya que México cuenta con importantes fortalezas, entre ellas el talento abundante.

La política pública actual para desarrollar el sector de TI en México tiene como antecedente al Programa para el Desarrollo de la Industria de Software, y ahora se establece en el Programa de Desarrollo del Sector de Servicios de Tecnologías de Información, denominado PROSOFT 2.0, el cual busca crear las condiciones necesarias para que México cuente con un sector de TI más competitivo internacionalmente y asegurar su crecimiento en el largo plazo.

Además de esta política pública, en 2008 se creó el Programa para el Desarrollo de la Industria de Medios Interactivos (PROMEDIA), con la finalidad de crear las condiciones necesarias para asegurar el crecimiento y la consolidación de esta industria en el país, así como elevar su competitividad internacional. Si bien, los medios interactivos son un subsector de las TI, se consideró que por sus características particulares era necesario darle una personalidad propia.

Cabe señalar que el Estado juega un papel crucial como coordinador entre individuos y organizaciones en todos los sectores de la economía. En el contexto del PROSOFT 2.0, es necesaria la coordinación de acciones actualmente dispersas para corregir algunos de los factores identificados como causas de la debilidad de la industria, algo que ni el mercado, ni la iniciativa privada pueden hacer por sí mismos.

Para promover el desarrollo de un sector de TI competitivo y aprovechar sus oportunidades de crecimiento, se requiere crear las condiciones para la formación de una masa crítica de empresas con escala de producción y niveles de capacidad de procesos suficientes para aprovechar la magnitud del mercado interno y competir en el mercado mundial.

El fondo Prosoft es uno de los instrumentos del PROSOFT 2.0, y está previsto en las estrategias de este último. Dicho fondo ha estado en operación desde el ejercicio 2004 hasta la fecha y busca facilitar el despliegue de las acciones para lograr los objetivos planteados en la política pública (PROSOFT 2.0 y PROMEDIA), así como potenciar el impacto de los recursos, al fortalecer la cobertura de las acciones, asegurar la complementariedad de los apoyos y reducir los gastos administrativos, a través de la coordinación institucional y la vinculación de acciones con las entidades federativas y los sectores privado y académico.

En 2009, a fin de obtener asistencia técnica para acelerar y ampliar el alcance del PROSOFT 2.0, se diseñó, en conjunto con el Banco Mundial, el “Proyecto de Desarrollo de la Industria de las Tecnologías de la Información – México”, mismo que toma como referencia las estrategias instrumentadas por la Secretaría de Economía para desarrollar el sector de TI. El proyecto obtuvo un préstamo del Banco Mundial por 80 millones de dólares. En dicho proyecto, se estableció al fondo PROSOFT como mecanismo para operar el préstamo, tomando como base de distribución de los recursos las Reglas de Operación del PROSOFT.

Cabe señalar que el fondo PROSOFT ha sido objeto de evaluaciones externas en las cuales se han emitido recomendaciones para mejorar su operación y evaluación de impacto. Asimismo, se ha recibido retroalimentación de Organismos Promotores, Beneficiarios del fondo y de expertos en la materia. Derivado de lo anterior, las presentes Reglas de Operación cambian su estructura, con el fin de facilitar su entendimiento y mejorar sus procedimientos, particularmente en lo referente a la selección de proyectos.

2. Objetivos

2.1 Objetivo General

Contribuir al desarrollo del sector de tecnologías de la información buscando su crecimiento en el largo plazo en el país para así favorecer la competitividad nacional e internacional.

2.2 Objetivos Específicos

a)      Promover las exportaciones y la atracción de inversiones de TI;

b)      Elevar la cantidad y calidad del capital humano del sector de TI;

c)      Promover la adopción de un marco legal que impulse el uso y la producción de TI;

d)      Incentivar la adopción de TI ofertadas por empresas del sector ubicadas en el país;

e)      Crear una base más amplia de empresas y agrupamientos del sector de TI, así como elevar la competitividad de los mismos;

f)       Promover que las empresas del sector de TI alcancen niveles internacionales en capacidad de procesos, y

g)      Aumentar las opciones y posibilidades de acceso a recursos financieros para el sector de TI.

3. Definiciones

Acciones estratégicas: Aquellas que el Consejo Directivo considere necesarias para acelerar el cumplimiento del PROSOFT, mismas que pueden articularse con actores representativos del sector. Para valorar la pertinencia de las mismas, el Consejo Directivo tomará en consideración los indicadores de impacto, objetivos, metas, así como las cotizaciones que sustentan el monto solicitado;

Beneficiarios: Aquellos que forman parte de la población objetivo, que cumplen los requisitos de la normatividad correspondiente y cuyos proyectos son aprobados por el Consejo Directivo;

Convenio de Asignación de Recursos: Instrumento jurídico que será suscrito entre la Secretaría de Economía, por conducto de la Subsecretaría, la Instancia Ejecutora y/o la Delegación Federal de la Secretaría que corresponda; en su caso, el Organismo Promotor y el Beneficiario, en el que se establecerá el proyecto a desarrollar y los montos de apoyo a otorgar por parte de la Secretaría, en su caso el Organismo Promotor y el beneficiario, conforme al Anexo E o F;

Convenio de Colaboración: Instrumento jurídico que será celebrado entre la Secretaría de Economía y el Organismo Empresarial, en el que se establecerán los compromisos generales y las acciones tendientes a promover el desarrollo del Sector de TI conforme al Anexo D;

Convenio de Coordinación: Instrumento jurídico que será celebrado entre la Secretaría de Economía y el Ejecutivo Estatal, en el que se establecerán los compromisos generales y las acciones tendientes a promover el desarrollo del Sector de TI;

Convocatoria: Acuerdo emitido por el Consejo Directivo para determinar el plazo que deberán observar los Organismos Promotores para someter Solicitudes de Apoyo al PROSOFT, los objetivos a cubrir en función de la fuente de financiamiento del recurso disponible, el modelo paramétrico, así como los mecanismos a través de los cuales la población objetivo podrá identificar a los Organismos Promotores autorizados. Este acuerdo se publicará en las páginas de Internet www.prosoft.economia.gob.mx y/o www.economia.gob.mx  y será comunicado a los Organismos Promotores autorizados;

Co-Productor: Persona física o moral bajo la legislación mexicana que solicite apoyo para participar en la producción de un proyecto que permita desarrollar en el país un producto de medios creativos digitales;

Delegados Federales: Los representantes de la Secretaría de Economía en las Entidades Federativas;

Dictamen Financiero: Es el documento que suscribe un contador público o despacho de contadores públicos conforme a las normas de su profesión y en el que expresa su opinión, relativa a la naturaleza, alcance y resultado del examen realizado sobre los estados financieros de la entidad de que se trate;

Empleo mejorado: Aquel que previo a la vigencia del proyecto ya estaba contratado en el sector de TI el cual recibirá como parte del alcance del proyecto aprobado alguna capacitación o certificación;

Empleo potencial: Aquel que se contratará en el ámbito del sector de TI derivado de la ejecución del proyecto. Un empleo potencial no se debe contabilizar a su vez como empleo mejorado, aun y cuando éste reciba una capacitación o certificación, así también se deberá considerar que el sector de TI se caracteriza por su movilidad basada en la duración de proyectos. Dicha movilidad de personal permite facilitar el desarrollo de habilidades y competencias, creando equipos de trabajo interdisciplinarios cuyo objetivo no es la permanencia sino adaptarse a necesidades del mercado (Empleo temporal);

Empleo potencial de usuario: Aquel que se contratará dentro del Usuario de TI, derivado de la ejecución del proyecto;

Fondo de Garantía: Entidad instituida de conformidad con la normatividad aplicable con el fin de garantizar el cumplimiento de una obligación de pago, mediante depósito de recursos monetarios en el caso de incumplimiento, o en su caso, el otorgamiento de fianza o de una garantía hipotecaria, buscando mejorar las condiciones del crédito para las empresas del Sector de TI que resulten beneficiadas;

Fuente de financiamiento: Identifica si la fuente de los recursos a otorgar mediante el PROSOFT son de origen fiscal o financiamiento externo, es decir proveniente del Proyecto del Banco Mundial;

Instancia Ejecutora: La Dirección General de Comercio Interior y Economía Digital, adscrita a la Subsecretaría de Industria y Comercio;

Intermediario Financiero: Las instituciones de banca de desarrollo y banca múltiple, las organizaciones auxiliares de crédito, las sociedades financieras de objeto limitado, las instituciones nacionales de seguros y fianzas y las demás instituciones o entidades facultadas en términos de la legislación mexicana vigente para realizar la intermediación financiera;

Medios creativos digitales: Subsector del sector de TI, que incluye medios interactivos digitales tales como animación, videojuegos, efectos especiales, así como aquellos contenidos web, multimedia, que permiten a los usuarios interactuar con otros usuarios o con un medio por sí mismo, con el propósito de entretenimiento, información y educación;

Modelo Paramétrico: Esquema aprobado por el Consejo Directivo que permite establecer prioridades en la selección de Solicitudes de Apoyo recibidas, estableciendo un puntaje en función de los elementos de impacto para el cumplimiento de los objetivos e indicadores del PROSOFT y el Proyecto del Banco Mundial;

Operador Financiero: Institución de la banca de desarrollo, financiera rural o fideicomisos públicos de fomento del Gobierno Federal, que realizan funciones de administración de recursos del PROSOFT en el marco de proyectos orientados a fortalecer el acceso al financiamiento del sector, así como de operación de mecanismos alternativos de financiamiento;

Organismo Empresarial: Organismo o asociación empresarial del Sector de TI;

Organismo Promotor: Entidad Federativa u Organismo Empresarial autorizado por el Consejo Directivo, mediante el cual la Población Objetivo puede solicitar apoyo al PROSOFT;

PROMEDIA: Programa para el Desarrollo de la Industria de Medios Interactivos;

Proyecto: Conjunto de líneas de acción asociadas a recursos humanos, materiales y financieros para lograr uno o varios objetivos;

Proyecto del Banco Mundial: Proyecto de Desarrollo de la Industria de las Tecnologías de la Información, préstamo 7571-MX;

Proyecto de industria: Proyectos cuyo beneficio impactan en el desarrollo del Sector de TI en su conjunto, ya sea a nivel de todo el país o de alguna región;

Proyecto en Extenso: El documento que contiene la descripción a detalle de al menos, la información del beneficiario, alcances del proyecto, así como sus objetivos generales y específicos, metas, etapas, necesidades y requerimientos, e impacto social y económico;

Proyecto productivo: Aquel que genera más de cincuenta empleos;

Reporte de Avance/Final: Reporte que el Beneficiario deberá enviar, a través del Sistema del fondo, incluyendo la documentación que justifique el gasto, el impacto y los entregables del proyecto aprobado. El Reporte de Avance se deberá enviar de manera semestral a partir de la fecha de la firma del Convenio de Asignación de Recursos y el Final al concluir el proyecto;

Reporte de Cumplimiento de Compromisos: Reporte que el Organismo Promotor deberá enviar a la Instancia Ejecutora para que ésta pueda determinar si dicho Organismo se encuentra al corriente con sus obligaciones ante el PROSOFT. El Reporte de Cumplimiento de Compromisos, deberá enviarse trimestralmente a partir de la fecha de la firma del Convenio Coordinación o del Convenio de Colaboración, hasta en tanto el Organismo Promotor mantenga obligaciones ante el PROSOFT, de acuerdo al Anexo N de las presentes reglas;

SCIAN: Sistema de Clasificación Industrial de América del Norte;

Secretaría: La Secretaría de Economía;

Sector de TI: Conjunto de industrias cuya actividad económica principal consiste en el diseño, desarrollo, producción y/o comercialización de productos, tecnologías y servicios asociados al procesamiento de datos y administración de información. Este sector incluye el desarrollo de software, servicios de TI, Business Process Outsourcing (BPO) y de medios creativos digitales;

Software: Conjunto de programas, instrucciones y procedimientos computacionales y su documentación asociada, relacionado con la operación de un sistema de procesamiento de datos;

SAT: Servicio de Administración Tributaria;

SHCP: Secretaría de Hacienda y Crédito Público;

Sistema del fondo: Sistema informático para enviar Solicitudes de Apoyo, Reportes de Avance/Final, documentación jurídica, entre otros, para cuyo acceso es necesario consultar las páginas de Internet www.prosoft.economia.gob.mx y/o www.economia.gob.mx a través de un navegador de Internet y contar con una clave de acceso y usuario;

Solicitud de Apoyo: El formato de presentación de proyectos para solicitar el apoyo del fondo PROSOFT conforme al Anexo B;

Subsecretaría: La Subsecretaría de Industria y Comercio;

Tamaño de las empresas: La estratificación de las empresas será la definida en la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana empresa así como la señalada en el Acuerdo por el que se establece la estratificación de las micro, pequeñas y medianas empresas, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 30 de junio de 2009;

TESOFE: Tesorería de la Federación;

TI: Tecnologías de la información;

Usuario de TI: Persona física o moral establecida en el territorio nacional que desee adquirir, implantar o subcontratar un producto, servicio de TI, servicio basado en TI o medio interactivo, y

Vocación estratégica: Aquellas actividades que permitirán diferenciar y/o posicionar la oferta del sector de TI en el mercado nacional e internacional.

4. LINEAMIENTOS

4.1 Cobertura

4.1.1 Geográfica

El PROSOFT operará a nivel nacional.

4.1.2 Población potencial

Para efectos de las presentes Reglas se considerará como población potencial del

PROSOFT la siguiente:

a)      Las personas físicas con actividad empresarial y personas morales constituidas conforme a la legislación mexicana, que realizan actividades clasificadas en las siguientes subramas o clases de actividad económica previstas en el SCIAN:

51121

Edición de software y edición de software integrada con la reproducción

51219

Servicios de postproducción y otros servicios para la industria fílmica y del video

51211

Producción de películas, programas para la televisión y otros materiales audiovisuales

51821

Procesamiento electrónico de información, hospedaje y otros servicios relacionados

54151

Servicios de diseño de sistemas de cómputo y servicios relacionados

561422

Servicios de recepción de llamadas telefónicas y promoción por teléfono

NA

Cualquiera otra actividad que el Consejo Directivo determine

 

b)      Los organismos, agrupamientos empresariales, empresas integradoras y asociaciones civiles, así como la cámara del sector de TI;

c)      Las instituciones académicas con carreras afines del sector de TI;

d)      Los organismos públicos, privados o mixtos sin fines de lucro entre cuyos objetivos se encuentre el fomento del sector de TI, y

e)      Las personas físicas con actividad empresarial y personas morales constituidas conforme a la legislación mexicana que pretendan adoptar o facilitar la producción de productos y/o servicios de TI generados en el país por empresas del sector de TI conforme a lo previsto en la Regla 4.5.5.1.

4.2 Población objetivo y atendida

La población objetivo del PROSOFT está definida por el número de unidades económicas del sector de TI que se pretende atender en función del presupuesto anual con que cuente el Programa conforme a lo que defina el Consejo Directivo.

En función de lo anterior, la población atendida será determinada por el número de unidades económicas atendidas, vinculadas a los proyectos aprobados.

4.3 Requisitos

4.3.1 Organismos Promotores

Los interesados en fungir como Organismos Promotores del PROSOFT, antes de que sean canalizadas las Solicitudes de Apoyo a la Instancia Ejecutora para someterla a consideración del Consejo Directivo deberán cumplir con los siguientes requisitos:

Requisitos

Elementos

a)     Ser Entidad Federativa u Organismo Empresarial del sector de TI

Todas las Entidades Federativas y el Distrito Federal podrán participar como Organismo Promotor ante el PROSOFT.

Los Organismos Empresariales deberán cumplir con al menos uno de los siguientes supuestos: (a) ser una cámara especializada en el sector de TI, en términos de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones; (b) ser una asociación del sector de TI, con carácter nacional y con al menos 150 asociados; o (c) ser una asociación del sector de TI, con carácter nacional y con orientación temática.

b)     Contar con una estrategia y/o programa para el desarrollo del sector de TI

Estrategia y/o programa alineado al PROSOFT 2.0 cuyo fin sea desarrollar el sector de TI en una Entidad Federativa, una región o en todo el país, conforme a su ámbito de operación. Lo anterior será validado por la Instancia Ejecutora y deberá ser publicado por el Organismo Promotor en su portal de Internet.

c)     Contar con un mecanismo interno de operación

Documento a través del cual el Organismo Promotor pretende dar a conocer a la población potencial el mecanismo mediante el cual operaría para dar cumplimiento a lo previsto en las presentes Reglas de Operación en caso de ser autorizado por el Consejo Directivo.

El mecanismo deberá contemplar al menos lo previsto en el Anexo K.

La Instancia Ejecutora validará el documento para lo cual podrá realizar comentarios al mecanismo presentado.

En el caso de las Entidades Federativas se deberá invitar, con derecho a voz pero sin voto, al Delegado Federal de la Secretaría que corresponda a formar parte del órgano colegiado, vinculado al Organismo Promotor que seleccionará las Solicitudes de Apoyo que se presentarán a consideración del Consejo Directivo.

d)     Intención para fungir como Organismo Promotor

Presentar Carta de intención para fungir como Organismo Promotor ante la Instancia Ejecutora conforme al Anexo G.

En el caso de las Entidades Federativas, se deberá señalar el monto de recursos que en el presente ejercicio fiscal pretende invertir en conjunto con PROSOFT.

e)     Estar al corriente en sus obligaciones ante el PROSOFT y la SE

En caso de haber fungido como Organismo Promotor del PROSOFT en años anteriores, acreditar que está al corriente en sus obligaciones mediante Reporte de Cumplimiento de Compromisos de acuerdo al Anexo N, así como obtener la aprobación del mismo por parte de la Instancia Ejecutora.

El candidato a Organismo Promotor no deberá haber recibido una recomendación de suspensión de otros apoyos del PROSOFT por parte del Consejo Directivo

f)      Tener capacidad para operar

Confirmar que cuenta con la infraestructura física y humana suficiente para cumplir con las obligaciones inherentes a ser un Organismo Promotor del PROSOFT conforme al Anexo L, ya que del fondo PROSOFT no se otorgarán recursos para ello, ya sea directamente o a través de las Solicitudes de Apoyo aprobadas.

g)     Contar y resguardar su clave de acceso al Sistema del fondo

Tramitar o renovar a través de la Instancia Ejecutora la clave de acceso al Sistema del fondo.

h)     Presentar su documentación jurídica

Se deberá ingresar al Sistema del fondo la documentación jurídica que acredite su legal existencia y los poderes para actos de administración y para suscribir los instrumentos jurídicos correspondientes.

En caso de haber sido Organismo Promotor previamente y que la información registrada en el sistema esté actualizada, bastará con señalar a través del propio sistema, que se ha validado dicha información y que no existen cambios.

i)      Designar al responsable operativo del Organismo Promotor

Designar al responsable operativo del Organismo Promotor conforme a lo establecido en el Anexo H, para dar seguimiento al cumplimiento de las obligaciones previstas en las citadas reglas.

 

4.3.2 Población objetivo

Para que la población objetivo pueda solicitar apoyos del PROSOFT, deberán cumplirse los siguientes requisitos:

Requisitos

Elementos

a)     Ser parte de la población objetivo

Documentación jurídica que confirme que cumple con lo establecido en alguno de los incisos de la Regla 4.1.2.

b)     Estar al corriente en sus obligaciones ante el PROSOFT

En caso de haber sido un Beneficiario del PROSOFT, previamente, se deberá estar al corriente en sus obligaciones.

Asimismo, no haber recibido una recomendación de suspensión de otros apoyos del PROSOFT por parte del Consejo Directivo.

c)     Contar con clave de acceso al Sistema del fondo

Tramitar o renovar la clave de acceso directamente en el Sistema del fondo.

d)     Presentar su documentación jurídica

Se deberá ingresar al Sistema del fondo la documentación jurídica necesaria para poder suscribir los instrumentos jurídicos correspondientes.

En caso de haber sido Beneficiario del fondo PROSOFT y que la información registrada en el sistema esté actualizada, bastará con señalar, a través del propio sistema, que se ha validado la información y que no existen cambios a través del mismo sistema.

No se podrán someter Solicitudes de Apoyo en caso de no contar con esta información completa y actualizada en el sistema.

e)     Ingresar la Solicitud de Apoyo a través de un Organismo Promotor autorizado

Se deberá enviar la Solicitud de Apoyo mediante un Organismo Promotor autorizado y a través del Sistema del fondo, conforme a lo establecido en el Anexo B. Dicha Solicitud de Apoyo deberá ser debidamente llenada, anexando los documentos correspondientes.

f)      Invertir en el proyecto propuesto

La aportación del solicitante al menos debe representar 50 por ciento de la inversión total del proyecto, salvo los casos previstos en la Regla 4.5.2 inciso d.

g)     No duplicar apoyos federales y no incumplir disposiciones de la Secretaría

El representante legal deberá suscribir carta bajo protesta de decir verdad, que no se han recibido apoyos de otros programas federales para el mismo concepto, que impliquen sustituir su aportación o duplicar apoyos, además deberá incluir, en dicha carta, que no está en incumplimiento de alguna disposición cuya aplicación competa a la Secretaría.

h)     Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales

Conforme a lo previsto en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación y en la Resolución Miscelánea Fiscal para 2011, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1 de julio 2011 o la que sustituya a esta última.

La Instancia Ejecutora podrá establecer mecanismos de coordinación con el SAT para solicitar información al respecto.

i)      No formar parte de las estructuras que administran y canalizan los apoyos

Los Beneficiarios del PROSOFT bajo ningún concepto podrán ser servidores públicos de la Subsecretaría, de las Delegaciones Federales o de cualquier otra área de la Secretaría, de las dependencias que funjan como Organismos Promotores en las Entidades Federativas, así como sus cónyuges o parientes por afinidad o consanguinidad y las demás personas que al efecto se refieran en las legislaciones federal y estatales aplicables en materia de responsabilidades de los servidores públicos.

j)      Cumplir con los tiempos y los procedimientos previstos

Se deberán cumplir con los tiempos y con los procedimientos previstos en las presentes Reglas de Operación, así como con lo establecido por el Consejo Directivo.

4.4 Criterios de selección de Beneficiarios

a)      Cumplir con los requisitos previstos en la Regla 4.3.2;

b)      Que cumpla con lo previsto en las convocatorias que emita el Consejo Directivo;

c)      Se dará prioridad a aquellas solicitudes que:

i.      Fortalezcan al sector de TI en su conjunto, ya sea a nivel país o región,

ii.     Generen o mejoren empleos de alta especialización y creen sinergias en los equipos de trabajo,

iii.    Mejoren los niveles de madurez o capacidad de procesos,

iv.    Fomenten la innovación,

v.     Desarrollen una vocación estratégica en el sector de TI,

vi.    Faciliten el cumplimiento de lo previsto en el proyecto con el Banco Mundial, y

d)      Que al momento de someterse la Solicitud al Consejo Directivo se cuente con disponibilidad presupuestal en el PROSOFT.

4.5 De los apoyos

4.5.1 Características

a)      Los apoyos del PROSOFT están integrados por recursos previstos en el Presupuesto de Egresos de la Federación vigente;

b)      Serán otorgados a los Beneficiarios a través de los Organismos Promotores salvo en los casos acordados por el Consejo Directivo y los que establezcan las disposiciones previstas en las presentes Reglas de Operación y demás disposiciones legales aplicables;

c)      El PROSOFT no podrá otorgar apoyos a un mismo proyecto por más de tres años, salvo en los casos de proyectos de industria y aquellos que por su naturaleza y a juicio del Consejo Directivo requieran un plazo mayor. Lo anterior no implica que se puedan comprometer recursos de ejercicios fiscales posteriores, por lo que en todos los casos, la Solicitud de Apoyo deberá ser presentada por ejercicio fiscal y con apego a las disposiciones presupuestales aplicables;

d)      Los apoyos provenientes del PROSOFT serán considerados en todo momento como subsidios federales en los términos de las disposiciones aplicables, y no perderán su carácter federal al ser canalizados al Organismo Promotor así como al Beneficiario. Asimismo estarán sujetos, en todo momento, a las disposiciones federales que regulan su control y ejercicio;

e)      Los Beneficiarios deberán abstenerse de utilizar el apoyo del PROSOFT para el pago de pasivos, sufragar el pago de actividades administrativas (sueldos, salarios u honorarios asimilables a sueldos) así como pago de servicios para la operación o el funcionamiento de las empresas de TI (gastos por arrendamiento de inmuebles, energía eléctrica, telefonía, agua, impuestos, materiales y suministros);

f)       Los recursos que sean otorgados con cargo al PROSOFT, están sujetos a las disposiciones federales aplicables en materia presupuestaria, especialmente a lo dispuesto en los artículos 175, 176, 177 y 178 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria;

g)      Los recursos públicos federales deberán destinarse exclusivamente a los fines del programa, de lo contrario deberán entregarse a la TESOFE, en los términos del artículo 178 tercer párrafo y 217 último párrafo del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y

h)      Los recursos y acciones destinados a solventar los efectos ocasionados por desastres naturales, deberán apegarse a los lineamientos y mecanismos que determine la Secretaría de Gobernación y la SHCP, en sus ámbitos de competencia y demás disposiciones aplicables.

4.5.2 Monto de apoyo

a)      El monto por Solicitud de Apoyo aprobada estará en función de los rubros de gasto, montos, y consideraciones previstas en el Anexo A;

b)      Los rubros de gasto autorizados son:

1.     Capacitación y certificación,

2.     Habilitación y equipamiento tecnológico,

3.     Normas y modelos,

4.     Adopción y producción de TI,

5.     Innovación,

6.     Comercialización,

7.     Estudios para desarrollar capacidades de negocio,

8.     Servicios profesionales diversos,

9.     Eventos,

10.  Creación y fortalecimiento de fondos, y

11.  Aceleración de la política pública;

c)      Estos recursos podrán ser complementados con aportaciones de los Organismos Promotores, los Beneficiarios y/o de otras instituciones, organismos o empresas, de tal forma que se integre el total del monto a ejercer;

d)      Tratándose de acciones estratégicas, de proyectos de industria y/o proyectos vinculados al Banco Mundial, con la autorización del Consejo Directivo, los proyectos podrán no sujetarse a los montos previstos en el Anexo A de las presentes Reglas de Operación, y

e)      En cualquier caso, la asignación de apoyos estará sujeta a la evaluación que realice la Instancia Ejecutora y al dictamen del Consejo Directivo.

4.5.3 Concurrencia

a)      La Instancia Ejecutora coordinará con los gobiernos de las Entidades Federativas, en su caso, la aportación conjunta de recursos procurando que sea en partes iguales (1 a 1), y

b)      En el supuesto de que algún gobierno de una Entidad Federativa no cuente con suficiencia presupuestal para el apoyo de proyectos, el Consejo Directivo podrá, sujeto a la disponibilidad presupuestal del PROSOFT, asignar recursos federales a las empresas para atender las Solicitudes de Apoyo presentadas por dicha Entidad Federativa.

4.5.4 Comprobación del ejercicio de los recursos

a)      Se podrá presentar documentación comprobatoria y justificativa del proyecto, con fecha a partir del primero de enero en adelante del ejercicio vigente en el que se apruebe la Solicitud de Apoyo, salvo que el Consejo Directivo apruebe un caso distinto;

b)      La comprobación de los recursos deberá estar a nombre del Beneficiario correspondiente. En los casos que autorice el Consejo Directivo, se podrá considerar documentación comprobatoria a nombre de las empresas atendidas conforme a la Solicitud de Apoyo aprobada;

c)      En el caso de los proyectos en que empresas relacionadas y/o asociadas actúen como compradores y/o aportantes, se deberá comprobar que las adquisiciones finales no se realizaron dentro del grupo de empresas relacionadas y/o asociadas, así como contar con la autorización previa del Consejo Directivo. Para ello la Instancia Ejecutora podrá requerir información complementaria, actas constitutivas de los proveedores que participen en los proyectos, y en el caso de que se compruebe fehacientemente que los accionistas y/o representantes legales de los proveedores son las mismas personas que fungen como Beneficiarios en los proyectos, se podrán aplicar las sanciones establecidas en la Regla 4.7.2 incisos b), c) y d) de estas Reglas de Operación;

d)      A su vez, los Beneficiarios y/o empresas atendidas, deberán conservar los documentos originales que comprueben el ejercicio y gasto de los apoyos que les hayan sido otorgados hasta por los cinco años posteriores a la fecha de terminación del proyecto, o conforme a la normatividad aplicable. Asimismo, se atenderá lo previsto en el Trámite inscrito en el Registro Federal de Trámites y Servicios SE-06-029 Conservación de información contable relacionada con apoyos derivados del PROSOFT;

e)      En el caso de los proyectos vinculados al Proyecto del Banco Mundial, además de lo previsto en el inciso anterior la documentación en todo momento podrá estar sujeta a revisión por el Banco Mundial o por quien este organismo designe, y

f)       Como parte del Reporte Final, se incluirá un dictamen financiero sobre la mezcla total de las aportaciones del proyecto que deberá ser realizado por un despacho externo de contadores públicos autorizados por la Secretaría de la Función Pública y/o por la SHCP. El Consejo Directivo podrá autorizar recursos para dicho fin.

          En el caso de los proyectos previstos conforme a la Regla 4.5.5.1 inciso c), el dictamen se deberá realizar a la empresa de medios creativos digitales así como validar la transferencia de recursos del Beneficiario a esta última.

4.5.5 Consideraciones sobre rubros de apoyo

4.5.5.1 Adopción y producción de TI

a)      Este rubro de gasto está previsto para incentivar el acercamiento entre Usuarios de TI con la oferta del sector de TI nacional, así como incentivar la producción de medios creativos digitales nacionales;

b)      Para la adopción de productos o servicios de TI, el Usuario de TI deberá contratar a una o varias empresas, agrupamientos empresariales y/o empresas integradoras del sector de TI que cuente(n) con:

i.      Una certificación, evaluación formal o verificación en un modelo o norma de calidad o mejora de procesos que cumpla con alguno de los siguientes supuestos:

a.    NMX-I-059-NYCE (MoProSoft) - con nivel 2 como mínimo, con excepción de las empresas que tienen más de 24 meses verificadas en dicho nivel, en cuyo caso se solicitará nivel 3,

b.    Capability Maturity Model Integration (CMMI) - con nivel 2 como mínimo,

c.    Team Software Process (TSP) - se deberá comprobar que el equipo de personas que participarán en el proyecto están certificadas bajo la metodología de Personal Software Process (PSP), así como contar con un coach TSP autorizado que reporte la información necesaria al Software Engineering Institute (SEI) o al organismo que éste designe habilitar para ello,

d.    Otras normas o modelos - en caso de contar con otra norma o modelo relacionado con el sector de TI no previsto en los incisos anteriores, se deberá enviar documentación a la Instancia Ejecutora para que ésta evalúe y determine si se puede considerar, y

e.    Medios creativos- en tanto no exista un modelo-norma formal vinculado a dicha actividad no se solicitará cumplir con este requisito.

ii.     Al menos 80% de los recursos humanos involucrados directamente para ofrecer el producto o servicio laboren en territorio nacional;

iii.    Será necesario especificar la facturación mínima a detonar en el sector de TI, el número de empresas del sector de TI vinculadas y los empleos mejorados o creados diferenciándolos entre los correspondientes a la empresa usuaria y los del sector de TI;

iv.    En caso de que un proyecto aprobado requiera cambio de proveedor, éste deberá ser validado y aprobado por la Instancia Ejecutora conforme a lo dispuesto en esta Regla.

c)      Para la producción de medios creativos digitales, se deberá observar lo siguiente:

i.      El interesado en fungir como Co-Productor podrá negociar, con la empresa de medios creativos digitales nacional, un mayor porcentaje de participación o derechos sobre el producto, mismo que no podrá ser mayor a 40 por ciento de lo que se obtuviera derivado del monto de apoyo del PROSOFT;

ii.     Deberá anexarse a la Solicitud de Apoyo, un documento suscrito por los representantes legales que correspondan, en el cual se establezca, de mutuo acuerdo, el porcentaje adicional que el Co-Productor obtendrá en caso de aprobarse el apoyo del PROSOFT;

iii.    El Consejo Directivo, evaluará si el acuerdo antes señalado así como el producto a producir tendrán un efecto positivo en el desarrollo del subsector de medios creativos digitales en el país.

d)      El 100% de la mezcla de recursos previstos en la Solicitud de Apoyo, incluidos los recursos recibidos del PROSOFT, deberán utilizarse para el pago a la empresa del sector de TI, y

e)      Al solicitar apoyo para este rubro de gasto no se podrá hacer uso de otros rubros autorizados para desarrollar el proyecto.

4.5.5.2. Creación y fortalecimiento de fondos

a)      Para crear instrumentos financieros destinados al otorgamiento de apoyos que operen como fondos de garantía, u otros medios alternativos de financiamiento y/o incrementar el subsidio asociado a éstos, el Operador o Intermediario Financiero podrá presentar directamente Solicitudes de Apoyo al Consejo Directivo del PROSOFT para su autorización;

b)      El Operador y/o Intermediario Financiero será responsable de recibir y administrar los recursos del PROSOFT y sus rendimientos destinados a tal propósito, así como de cubrir las pérdidas en que incurran los intermediarios financieros que coloquen los créditos al amparo de este tipo de instrumentos y conforme a lo que convenga la Instancia Ejecutora con el Operador Financiero;

c)      El Operador o Intermediario Financiero con proyectos aprobados será responsable de informar mediante Reporte de Avance previsto en el instrumento jurídico suscrito con la Secretaría para el uso de los recursos, y

d)      Los Operadores o Intermediarios Financieros no son un Beneficiario ni un Organismo Promotor, por lo que sus derechos y obligaciones no corresponden a las señaladas para éstos en las presentes Reglas de Operación. Los derechos y obligaciones de los Operadores o Intermediarios Financieros se estipularán en los instrumentos jurídicos por medio de los cuales se otorguen los recursos del PROSOFT.

4.5.5.3 Aceleración de la política pública

a)      Para acelerar las acciones previstas en la política pública federal enfocadas a eliminar fallas de mercado que limitan el desarrollo del sector de TI así como las acciones previstas en el proyecto del Banco Mundial, la Instancia Ejecutora podrá canalizar directamente Solicitudes de Apoyo al Consejo Directivo para que éste determine la pertinencia de asignar apoyos, es decir sin pasar a través de un Organismo Promotor;

b)      Dado el beneficio social de los proyectos, a los Beneficiarios vinculados a dicho rubro de gasto no se les solicitarán los requisitos establecidos en: los incisos e) y f) de la Regla 4.3.2; el inciso b) de la Regla 4.4; los formatos y mecanismos para cumplir con las obligaciones previstas en los incisos a), d), e) y f) de la Regla 4.6.2.2 se ajustarán por la Instancia Ejecutora con el fin de reflejar correctamente el alcance de dichos proyectos; asimismo, no será obligatorio ingresar la información prevista para el Organismo Promotor en el Anexo B;

c)      Los proyectos aprobados con este rubro de gasto serán clasificados por el Organismo Promotor conforme a lo previsto en el inciso d) de la Regla 4.5.2, y

d)      Los derechos y obligaciones de los Beneficiarios de tales proyectos se estipularán en los instrumentos jurídicos por medio de los cuales se canalicen los recursos del PROSOFT.

4.6. Derechos y Obligaciones

4.6.1 Derechos

4.6.1.1 De los Organismos Promotores

a)      Recibir un trato digno, respetuoso, equitativo y no discriminatorio;

b)      Acceder a la información y asesoría necesaria para la operación del programa;

c)      Solicitar y recibir información sobre el estado que guardan las gestiones que hubieran realizado;

d)      Enviar al Consejo Directivo, a través de la Instancia Ejecutora, mediante el Sistema del fondo, las Solicitudes de Apoyo que determinen sean susceptibles de recibir apoyo en apego a su mecanismo interno de operación;

e)      Recibir de la Instancia Ejecutora una respuesta a sus Solicitudes de Apoyo a más tardar en 90 días naturales posteriores a su presentación. En caso de no recibir respuesta dentro de ese plazo, se entenderá que no fue aceptada, y

f)       Recibir con oportunidad los recursos de los proyectos que les sean aprobados por el Consejo Directivo.

4.6.1.2 De los Beneficiarios

a)      Recibir un trato digno, respetuoso, equitativo y no discriminatorio;

b)      Elegir el Organismo Promotor a través del cual puedan someter su Solicitud de Apoyo;

c)      Acceder a la información sobre el fondo PROSOFT y recibir la asesoría necesaria a través del Organismo Promotor;

d)      Solicitar y recibir información sobre el estado que guardan las gestiones que hayan realizado;

e)      Recibir respuesta a su Solicitud de Apoyo a más tardar en 90 días naturales posteriores a su presentación por el Organismo Promotor ante la Instancia Ejecutora. En caso de no recibir respuesta a su Solicitud de Apoyo dentro del plazo mencionado, deberá entenderse que no fue aceptada;

f)       A quienes se les apruebe una Solicitud de Apoyo, tienen derecho a recibir con oportunidad el apoyo económico federal, a través del Organismo Promotor, lo cual dependerá de la suficiencia presupuestal del fondo PROSOFT, y

g)      Solicitar la autorización del Consejo Directivo para cualquier modificación al proyecto aprobado a través del Organismo Promotor.

4.6.2 Obligaciones

4.6.2.1 De los Organismos Promotores autorizados

Obligación

Descripción

a)     Suscribir el Convenio con la Secretaría

Suscribir el instrumento jurídico, según sea el caso, con la Secretaría, mismo que deberá enviar suscrito a la Instancia Ejecutora dentro de los veinte días hábiles posteriores a su recepción en el caso de Entidades Federativas, y dentro de cinco días hábiles posteriores a su recepción en el caso de Organismos Empresariales. En caso de no cumplir con el plazo establecido, el Consejo Directivo, podrá reasignar los recursos sin responsabilidad alguna para la Secretaría o el Consejo Directivo.

Con el fin de formalizar la aportación del PROSOFT con una Entidad Federativa autorizada como Organismo Promotor y acelerar el proceso de entrega de recursos a los Beneficiarios, el Consejo Directivo podrá aprobar el monto marco de aportación del PROSOFT para el ejercicio, mismo que se establecerá en el Convenio de Coordinación correspondiente.

En caso de no suscribirse un Convenio de Coordinación con un monto de aportación autorizado por el Consejo Directivo, el monto del PROSOFT será igual al monto de las Solicitudes de Apoyo aprobadas por el Consejo Directivo, pudiéndose en todo momento suscribir las adendas o convenios modificatorios correspondientes.

b)     Contar con cuenta bancaria exclusiva para recibir el apoyo

El Organismo Promotor deberá contar con una cuenta bancaria productiva específica y exclusiva para recibir los apoyos federales del PROSOFT que canalizará a los Beneficiarios. Por lo anterior, en esta cuenta no se deberán mezclar recursos de otras aportaciones ya sean propias del Beneficiario o de terceros.

c)     Proporcionar recibo/factura de pago

Entregar a la Instancia Ejecutora el recibo que proceda, dentro de los cinco días hábiles posteriores a su solicitud, para que se pueda tramitar el pago correspondiente por parte de la Secretaría con cargo al PROSOFT.

d)     Acudir a las capacitaciones por parte de la Instancia Ejecutora

Los Organismos Promotores deberán asistir a las capacitaciones que la Instancia Ejecutora organice relacionadas con el Programa para el Desarrollo de la Industria del Software (PROSOFT).

e)     Cotejar documentación de solicitantes y Beneficiarios

Cotejar la documentación entregada por los Solicitantes y Beneficiarios contra los documentos originales.

f)      Difundir el PROSOFT

Se deberá difundir en medios impresos locales, nacionales y/o electrónicos:

1)      Que se ha obtenido la autorización como Organismo Promotor del PROSOFT por parte del Consejo Directivo en el presente ejercicio, incluyendo el medio para conocer su mecanismo interno de operación.

2)      Las Convocatorias aprobadas por el Consejo Directivo.

3)      El conjunto total de Solicitudes de Apoyo recibidas por el Organismo Promotor, no sólo las seleccionadas por éste.

4)      Los impactos esperados de los apoyos aprobados al Organismo Promotor por parte del Consejo Directivo.

g)     Acusar de recibido comunicaciones del PROSOFT

Acusar de recibido cualquier notificación realizada por la Instancia Ejecutora o por el Consejo Directivo a través de su Secretario Técnico, en un plazo no mayor de tres días hábiles a partir del siguiente día hábil de haberla recibido.

h)     Comunicar resoluciones o requerimientos a Beneficiarios

Notificar a los solicitantes o Beneficiarios cualquier resolución de Consejo Directivo que les competa, dentro de los tres días hábiles posteriores a la notificación del Secretario Técnico.

Se deberá enviar a la Instancia Ejecutora, en el mismo término de tres días hábiles, copia de dichas notificaciones con el acuse de recibido por parte del Beneficiario o de la Población Objetivo.

 

i)      Suscribir los Convenios de Asignación de Recursos

Suscribir los Convenios de Asignación de Recursos correspondientes a las Solicitudes de Apoyo aprobadas, así como, recabar la firma de los Beneficiarios y enviar dicho Convenio a la Instancia Ejecutora dentro de los 15 días hábiles posteriores a su recepción.

En caso de no presentarse a firmar dicho Convenio en el plazo previsto, el Consejo Directivo podrá cancelar el apoyo otorgado sin ninguna responsabilidad para la Instancia Ejecutora o la Secretaría.

j)      Otorgar los apoyos a los Beneficiarios

Entregar, la totalidad de los recursos a los Beneficiarios en los términos establecidos en la Solicitud de Apoyo aprobada por el Consejo Directivo, garantizando la liberación expedita de los recursos una vez que se cuente con el Oficio de ministración de recursos correspondiente emitido por la Instancia Ejecutora. Una vez realizada la ministración de recursos se deberá informar a la Instancia Ejecutora conforme al Anexo I

k)     Presentar evidencia de sus aportaciones a los proyectos.

Si el Organismo Promotor efectúa aportaciones para apoyar a los proyectos, dicho Organismo deberá presentar las transferencias o depósitos bancarios mediante las cuales se comprueben dichas aportaciones.

l)      Solicitar modificaciones requeridas por los Beneficiarios

Solicitar por escrito a la Instancia Ejecutora, y en su caso, al Consejo Directivo, la autorización para cualquier modificación a proyectos aprobados, solicitadas por los Beneficiarios o el Organismo Promotor conforme al Anexo J.

m)    Validar aplicación de recursos

Recabar, recibir y evaluar los Reportes de Avance/Final y validar la documentación original comprobatoria de la ejecución del proyecto y la correcta aplicación de los apoyos otorgados por el PROSOFT que presenten los Beneficiarios para acreditar las obligaciones, así como, en su caso, realizar visitas para la inspección física de los proyectos aprobados.

En el caso de los proyectos vinculados con las actividades del Banco Mundial, validar que los Beneficiarios hayan seguido los procedimientos de conformidad con la normatividad señalada por dicho Organismo.

m)    Supervisar y vigilar el avance de proyectos

Supervisar, vigilar, dar seguimiento e informar a la Instancia Ejecutora de los avances en el ejercicio de los recursos, cumplimiento de metas, tiempos, inversión, indicadores y objetivos de los proyectos aprobados y en su caso las visitas de inspección física de los proyectos aprobados.

o)     Reintegrar recursos no ejercidos o no utilizados correctamente

Reintegrar a la TESOFE los recursos y sus rendimientos que no se destinen a los fines autorizados, así como aquellos que al cierre del ejercicio no se hayan devengado, de conformidad con el artículo 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

p)     Facilitar verificaciones y auditorías

Facilitar los trabajos de verificación y la atención de solicitudes de información en cualquier etapa del proceso de otorgamiento del apoyo económico federal.

q)     Entregar los Reportes de Cumplimiento de Compromisos

Enviar a la Instancia Ejecutora el Reporte de Cumplimiento de Compromisos del Organismo Promotor de forma trimestral, conforme al Anexo N.

r)      Entregar oportunamente la información requerida

Proporcionar en tiempo y forma la información requerida por las presentes Reglas de Operación, la Instancia Ejecutora o el Consejo Directivo.

En caso de requerirlo, podrán solicitar a la Instancia Ejecutora una prórroga para cumplir con la información requerida por ésta.

s)     Notificar a la Instancia Ejecutora del incumplimiento de los Beneficiarios

Notificar oportunamente, a la Instancia Ejecutora, el incumplimiento detectado en las obligaciones del Beneficiario.

t)      Cumplir con el marco normativo

En general, cumplir, en todos los términos, con lo dispuesto en las presentes Reglas de Operación, lineamientos de Banco Mundial en los proyectos que aplique, así como los acuerdos tomados por el Consejo Directivo y lo establecido en las disposiciones jurídicas y administrativas aplicables.

4.6.2.2 De los Beneficiarios

Obligación

Descripción

a)     Cuenta bancaria exclusiva para recibir el apoyo

Contar con una cuenta bancaria productiva específica y exclusiva para recibir el apoyo federal del fondo PROSOFT, segmentando de manera clara el recurso vinculado a cada proyecto, por lo tanto no deberá mezclarse con otras aportaciones ya sean propias o de terceros.

b)     Suscribir el Convenio de Asignación de Recursos

Suscribir el Convenio de Asignación de Recursos con la Secretaría y el Organismo Promotor correspondiente conforme a lo establecido en los Anexos E o F en el plazo establecido para el Organismo Promotor, de lo contrario el Consejo Directivo podrá cancelar el apoyo, sin ninguna responsabilidad para la Instancia Ejecutora o la Secretaría.

c)     Proporcionar recibo de pago

Entregar al Organismo Promotor el recibo que éste le solicite, para que se pueda tramitar el pago correspondiente, conforme a lo establecido en el Anexo M.

d)     Entregar Reporte(s) de Avance

Entregar al Organismo Promotor la documentación y los Reporte(s) de Avance en el ejercicio de los recursos, metas, indicadores, entregables, objetivos y declaraciones de impacto del proyecto, conforme a los formatos y medios electrónicos que para tal fin establezca la Instancia Ejecutora y a lo señalado en los Criterios de Operación que acuerde el Consejo Directivo y al Trámite inscrito en el Registro Federal de Trámites y Servicios SE-06-018 Reporte de Avances y/o Final del Apoyo del Programa para el Desarrollo de la Industria del Software (PROSOFT).

e) Entregar Reporte Final

Entregar al Organismo Promotor la documentación y el Reporte Final del ejercicio acumulado de los recursos, metas, indicadores, entregables, objetivos e impacto del proyecto, conforme a los formatos y medios electrónicos que para tal fin establezca la Instancia Ejecutora atendiendo a lo previsto en la Regla 4.5.4, así como a los Criterios de Operación y el Trámite inscrito en el Registro Federal de Trámites y Servicios SE-06-018 Reporte de Avances y/o Final del Apoyo del Programa para el Desarrollo de la Industria del Software (PROSOFT). Los Beneficiarios y/o empresas atendidas deberán adjuntar al Reporte Final, una carta signada por el representante legal, en la que bajo protesta de decir verdad de que toda la documentación comprobatoria del gasto, de entregables e impacto es fidedigna.

f)      Entregar información sobre los beneficios del proyecto

Los Beneficiarios están obligados a entregar la información relativa a los impactos del proyecto apoyado durante los dos ejercicios posteriores a la fecha de cierre del Proyecto, con el fin de monitorear el impacto del programa.

g)     Solicitar modificaciones al proyecto aprobado

Solicitar por escrito, a través del Organismo Promotor, la autorización del Consejo Directivo para cualquier modificación al proyecto aprobado conforme al Anexo J.

h)     Facilitar visitas de supervisión e inspección, verificaciones y auditorías

Aceptar y facilitar la realización de visitas de supervisión e inspección, verificaciones y auditorías con el fin de comprobar la correcta aplicación de los apoyos otorgados, conforme a la Solicitud de Apoyo aprobada.

 

i)      Cumplir con lo previsto en el proyecto aprobado

Cumplir con los tiempos, indicadores, entregables, compromisos y lineamientos generales y particulares de la Solicitud de Apoyo aprobada por el Consejo Directivo, en estricto apego al objetivo del proyecto, las presentes Reglas de Operación y a las demás disposiciones aplicables.

j)      Utilizar correctamente los apoyos

Aplicar eficientemente los apoyos recibidos de acuerdo a la Solicitud de Apoyo aprobada por el Consejo Directivo, en estricto apego al objetivo del proyecto, las presentes Reglas de Operación y a las demás disposiciones aplicables. En el caso de los proyectos vinculados con las actividades del Banco Mundial, dar cumplimiento con la normatividad de dicho organismo internacional en materia de adquisiciones.

k)     Reintegrar recursos no aplicados o por reducción de alcance.

Una vez terminado el proyecto, en caso de no haberse documentado, en el Reporte Final, el cumplimiento de metas, indicadores, entregables y objetivos de los proyectos así como recursos no aplicados al proyecto o remanentes en la cuenta específica donde se recibió el apoyo del PROSOFT, la Instancia Ejecutora determinará el monto a reintegrar, mismo que será comunicado a través del Organismo Promotor.

l)      Difundir el apoyo del fondo PROSOFT

En caso de acciones de difusión y promoción de los proyectos aprobados por el Consejo Directivo, así como la información de resultados obtenidos, se tendrá la obligación de señalar expresamente el apoyo de la Secretaría y el fondo PROSOFT.

m)    Cumplir con el marco normativo

En general, cumplir, en todos sus términos, con lo dispuesto en las presentes Reglas de Operación, lineamientos de Banco Mundial en los proyectos que aplique, así como con los acuerdos emitidos por el Consejo Directivo y las demás disposiciones jurídicas y administrativas aplicables.

 

4.7 Incumplimiento y sanciones

4.7.1 Causales de sanción para Organismos Promotores y Beneficiarios

a)      Presenten documentación falsa;

b)      Utilicen el apoyo recibido para fines distintos a los autorizados, o los apliquen inadecuadamente de manera que adviertan ineficiencia o deshonestidad;

c)      No entreguen los Reportes de Avance y/o Final requeridos;

d)      No realicen las aportaciones que les corresponden conforme a la Solicitud de Apoyo aprobada;

e)      Incumplan con la ejecución del proyecto aprobado;

f)       No permitan los trabajos de verificación o auditoría;

g)      No entreguen la información requerida en los plazos establecidos;

h)      No reintegren el monto que determine la Instancia Ejecutora en tiempo y forma;

i)       Incumplan con lo previsto en los instrumentos jurídicos;

j)       Los accionistas y/o representantes legales de los proveedores sean las mismas personas que fungen como Beneficiarios en los proyectos, o

k)      Incumplan cualquier otra obligación o deber jurídico previsto en las presentes Reglas de Operación, sus anexos, o requerimientos realizados por el Consejo Directivo y la Instancia Ejecutora.

4.7.2 Sanciones

El Consejo Directivo, en función de la gravedad de las causales de sanción, podrá:

a)      Requerir al Organismo Promotor y/o al Beneficiario para que, dentro del término que se le determine, subsane las omisiones o irregularidades advertidas;

b)      Cancelar en forma total o parcial la entrega de los apoyos;

c)      Solicitar el reintegro de recursos, y

d)      Recomendar la suspensión o reducción de los apoyos.

En su caso, el Consejo Directivo deberá notificar a la Secretaría del beneficio indebido obtenido en perjuicio del fisco federal para que proceda, en los términos de las disposiciones fiscales y penales vigentes, al cobro mediante los procedimientos administrativos y judiciales que correspondan, debiendo además, excluírsele de posibles apoyos subsecuentes por parte del PROSOFT.

Las sanciones previstas en esta sección se aplicarán sin perjuicio de que se ejerciten las acciones legales que procedan, por lo que la Secretaría se reserva el derecho de ejercer la acción legal pertinente de conformidad con las disposiciones aplicables.

4.8 Instancia Ejecutora

4.8.1 Responsable

La Instancia Ejecutora estará facultada para interpretar las presentes Reglas de Operación y resolver sobre aspectos no contemplados en ellas.

4.8.2 Obligaciones.

a)      Capacitar a los Organismos Promotores en el marco de las presentes Reglas de Operación;

b)      Elaborar los instrumentos jurídicos correspondientes así como registrarlos ante la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Secretaría;

c)      Difundir las Solicitudes de Apoyo aprobadas así como los resultados obtenidos;

d)      Tramitar los pagos de Solicitudes de Apoyo aprobadas;

e)      Analizar y en su caso aprobar, los Reportes de Avance /Final elaborados por los Beneficiarios y presentados por los Organismos Promotores, así como solicitar los reintegros que correspondan;

f)       Analizar y en su caso aprobar, el Reporte de Cumplimiento de Compromisos del Organismo Promotor, Anexo N;

g)      Analizar, y en su caso resolver, las prórrogas solicitadas por los Organismos Promotores, para lo cual podrá solicitar apoyo al Consejo Directivo;

h)      Facilitar y supervisar el desarrollo de los componentes previstos en el proyecto del Banco Mundial, e

i)       Tomar las acciones necesarias para dar cumplimiento a lo establecido por el Consejo Directivo y las presentes Reglas de Operación.

4.9 Instancia Normativa

La Instancia Normativa del PROSOFT será el Consejo Directivo, el cual dictaminará, conforme a las disposiciones previstas en las presentes Reglas de Operación.

4.9.1 Integrantes del Consejo Directivo

a)      El titular de la Subsecretaría, quien lo presidirá;

b)      Un representante de la Subsecretaría de Competitividad y Normatividad;

c)      Un representante de la Subsecretaría para la Pequeña y Mediana Empresa;

d)      Un representante de la Subsecretaría de Comercio Exterior;

e)      El Oficial Mayor;

f)       El Director General de Industrias Pesadas y de Alta Tecnología de la Subsecretaría;

g)      El Director General Adjunto de Operación de la Dirección General de Comercio Interior y Economía Digital (DGCIED);

h)      El Director Adjunto de Desarrollo Tecnológico e Innovación del CONACYT;

i)       Un representante de la Unidad de Inteligencia de Negocios de PROMEXICO, y

j)       El Coordinador General de Delegaciones Federales de la Secretaría.

Adicionalmente se invitará de manera permanente a un representante de la Unidad de Asuntos Jurídicos, uno del Organo Interno de Control en la Secretaría, y a dos expertos que determine la Instancia Ejecutora, quienes tendrán voz, sin voto, en las sesiones del Consejo Directivo.

Asimismo, el Consejo Directivo podrá invitar a representantes de otras Unidades Administrativas de la Secretaría, organismos e instituciones públicas y/o privadas que se relacionen con proyectos o asuntos que sean presentados en las sesiones, con derecho a voz, sin voto.

El Director de Economía Digital de la DGCIED fungirá como Secretario Técnico y tendrá voz pero sin voto.

Cada uno de los miembros propietarios podrá designar un suplente, quien tendrá las mismas facultades que el titular, y sólo para los casos de los consejeros de los incisos b), c), d) y e), sus suplentes deberán ser servidores públicos. Dicha designación podrá hacerse en cualquier momento ante el Secretario Técnico y será válida para las sesiones que efectúe el Consejo Directivo para todo el ejercicio fiscal, o en su defecto, por Sesión de Consejo Directivo. Estas podrán ser revocadas a su vez.

El Suplente del Titular de la Subsecretaría será el Director General de Comercio Interior y Economía Digital, quien presidirá las sesiones del Consejo Directivo en caso de ausencia del Titular.

El Consejo Directivo sólo podrá sesionar cuando estén presentes al menos cinco de sus consejeros o en su defecto sus suplentes.

En caso de que exista empate en la toma de decisiones de los acuerdos respectivos, el Presidente del Consejo Directivo tendrá voto de calidad.

En caso de ausencia del Director General de Comercio Interior y Economía Digital o del Director de Economía Digital, el Titular de la Subsecretaría designará al funcionario público que los sustituya, este funcionario suplente contará con las facultades previstas en esta Regla.

En caso de que por cualquier motivo los consejeros propietarios dejaran de ocupar sus cargos como funcionarios públicos, o si los puestos que ocupan dichos consejeros estuvieran vacantes, la Instancia Ejecutora designará a un consejero suplente de carácter temporal, mientras se ocupa nuevamente la vacante.

4.9.2 Facultades y obligaciones del Consejo Directivo

a)      Sesionar al menos trimestralmente en forma ordinaria y en forma extraordinaria cuando así se requiera;

b)      Dictaminar las Solicitudes de Apoyo conforme a las presentes Reglas de Operación y, en su caso, aprobar los montos y porcentajes de apoyo a otorgar;

c)      Aprobar y modificar los Criterios de Operación del PROSOFT;

d)      Aprobar el modelo paramétrico a utilizarse en la convocatoria correspondiente;

e)      Determinar las fechas de apertura y cierre de las Convocatorias, así como su contenido;

f)       Analizar y determinar cuándo una Solicitud de Apoyo puede clasificarse como acción estratégica, proyecto de industria o vinculado al proyecto del Banco Mundial, así como autorizar el monto de inversión y porcentaje de aportación del PROSOFT;

g)      Reasignar los recursos que lleguen a generarse cuando no se hayan ministrado al Organismo Promotor y/o al Beneficiario, con motivo de la cancelación de proyectos aprobados;

h)      Analizar y, en su caso, aprobar las modificaciones y/o prórrogas que soliciten los Beneficiarios a los proyectos, siempre y cuando éstas no afecten el impacto, la población objetivo, y no impliquen un incremento del apoyo federal, ni comprometan recursos de ejercicios posteriores;

i)       Analizar y, en su caso, aprobar las aportaciones en especie;

j)       Establecer las sanciones que correspondan;

k)      Analizar y determinar cuáles son las vocaciones estratégicas del Sector de TI;

l)       Analizar y en su caso, cancelar proyectos aprobados, en caso de que no se suscriban los instrumentos jurídicos correspondientes o que exista algún incumplimiento con las obligaciones establecidas en las presentes Reglas de Operación en los plazos establecidos;

m)     Solicitar, en cualquier momento, la presentación de Reportes de Avance/Final o de Cumplimiento de Obligaciones de Organismos Promotores;

n)      Delegar a la Instancia Ejecutora facultades de autorización y las funciones que determine necesarias;

o)      Ordenar evaluaciones, dictámenes técnicos y contables, así como visitas periódicas para validar la información obtenida de los Reportes de Avance/Final que rindan tanto los Beneficiarios como los Organismos Promotores;

p)      Pronunciarse sobre aquellos casos en que por negligencia u omisión del Organismo Promotor, se haya perjudicado al Beneficiario, y

q)      En general, todas las facultades y obligaciones necesarias para la consecución de los objetivos del PROSOFT.

4.9.3 Funciones y facultades del Secretario Técnico

a)      Elaborar el Orden del Día de los asuntos que se someterán a la consideración del Consejo Directivo;

b)      Convocar a los miembros del Consejo Directivo, así como a los invitados que éste determine;

c)      Integrar la lista de asistencia de la sesión y efectuar la verificación del quórum;

d)      Auxiliar en la conducción de las sesiones del Consejo Directivo;

e)      Elaborar las actas correspondientes a cada sesión;

f)       Dar de alta en el Sistema del fondo, el dictamen emitido por el Consejo Directivo respecto a las Solicitudes de Apoyo;

g)      Notificar a los Organismos Promotores las resoluciones del Consejo Directivo sobre los temas que hayan sometido a su consideración;

h)      Notificar a las Delegaciones de la Secretaría en las Entidades Federativas el listado de los proyectos que fueron aprobados en dicha entidad;

i)       Integrar los expedientes para el debido resguardo de las listas de asistencia, de las actas y de los acuerdos de cada sesión;

j)       Dar seguimiento a los acuerdos adoptados por el Consejo Directivo;

k)      Emitir correspondencia oficial a nombre del Consejo Directivo tratándose de comunicación de resoluciones, respuestas y difusión de información, y

l)       Certificar acuerdos del Consejo Directivo y documentación relacionada.

La documentación que emita el Secretario Técnico podrá ser en archivos electrónicos y enviarse a través de correo electrónico.

4.10 Coordinación Institucional

La Instancia Ejecutora establecerá los mecanismos de coordinación necesarios para garantizar que el Programa para el Desarrollo de la Industria del Software no se contraponga, afecte o presente duplicidades con otros programas o acciones de la Secretaría; la coordinación institucional y la vinculación de acciones busca potenciar el impacto de los recursos, fortalecer la cobertura de las acciones, detonar la complementariedad y reducir gastos administrativos.

5. MECANICA OPERATIVA

5.1 Proceso de Operación

La operación del fondo PROSOFT considera ocho procedimientos presentados en el Anexo C:

Nombre de procedimiento

Descripción breve

a)     Difusión

Mecanismo y actividades que deberán observar y realizar los Organismos Promotores y Delegaciones Federales de la Secretaría para dar a conocer a la opinión pública, y en particular a la comunidad empresarial del sector de tecnologías de la información el Programa para el Desarrollo de la Industria del Software, así como las Convocatorias que el Consejo Directivo determine.

b)     Organismos Promotores

Mecanismo y actividades que deberán observar y realizar los gobiernos de las Entidades Federativas y los Organismos Empresariales para obtener la autorización del Consejo Directivo y fungir como Organismo Promotor del PROSOFT (Anexos G, H, K y L), así como informar sobre el cumplimiento de las obligaciones a su cargo (Anexo N).

c)     Solicitudes de Apoyo

Mecanismo y actividades que deberán observar la Población Objetivo y los Organismos Promotores para poder someter Solicitudes de Apoyo (Anexo B) a la consideración del Consejo Directivo.

d)     Selección de Beneficiarios

Mecanismo y actividades a través de los cuales el Consejo Directivo determinará los Beneficiarios del PROSOFT, en función de los criterios de selección de los Beneficiarios, conforme a la Regla 4.4 de las presentes Reglas de Operación.

e)     Formalización de apoyos

Mecanismo y actividades para la suscripción de los instrumentos jurídicos previstos en las presentes Reglas de Operación (Anexo D, E y F).

f)      Entrega de apoyos

Mecanismo y actividades para canalizar los apoyos aprobados a los Beneficiarios (Anexos I y M).

g)     Seguimiento a Beneficiarios

Actividades que deberán observar y realizar los Beneficiarios y los Organismos Promotores para dar seguimiento a los proyectos a través de la presentación de los Reportes de Avance/Final (Trámite inscrito en el Registro Federal de Trámites y Servicios SE-06-018) y, en su caso, solicitar modificaciones a los proyectos aprobados (Anexo J).

h)     Análisis de Impacto

Mecanismo a través del cual se efectúa el análisis y evaluación del impacto del PROSOFT.

5.2 Gastos de operación

El presupuesto federal que se asigna en el presente ejercicio fiscal será distribuido de la forma siguiente:

I.        Como mínimo 97.24 por ciento se destinará a los Apoyos a los Beneficiarios, y

II.       Hasta 2.76 por ciento será destinado a los gastos asociados a la eficiente supervisión y evaluación del PROSOFT.

5.3 Avances físicos-financieros

La Secretaría enviará a la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, por conducto de las comisiones correspondientes, informes trimestrales sobre el presupuesto ejercido entregado a los Beneficiarios, así como los informes sobre el cumplimiento de las metas y objetivos con base en los indicadores de desempeño y de gestión previstos en las presentes Reglas de Operación. Asimismo turnará copia de esos informes a las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y de la Función Pública y al Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL).

Dichos informes se deberán presentar a más tardar a los 15 días naturales posteriores a la terminación de cada trimestre.

Esta información será difundida simultáneamente al público en general, a través de la página electrónica www.economia.gob.mx.

5.4 Cierre de ejercicio de los apoyos

La Instancia Ejecutora entregará una Carta de Cierre de Ejercicio de los Apoyos a aquellos Beneficiarios cuyo Reporte Final haya sido aprobado. Sin menoscabo de lo anterior, los proyectos podrán ser sujetos de requerimientos adicionales ya sea por el Consejo Directivo, la Instancia Ejecutora o los actores previstos en la Regla 6.

5.5 Recursos no devengados

Los Organismos Promotores deberán reintegrar a la TESOFE los recursos que no se hubiesen destinado a los fines para los que fueron autorizados y otorgados, y aquellos que por cualquier motivo no hayan sido devengados al 31 de diciembre del presente ejercicio fiscal, más los rendimientos obtenidos. Lo anterior deberá realizarse en el transcurso de los 15 días naturales siguientes al fin del ejercicio fiscal. Dentro del mismo plazo los Organismos Promotores deberán remitir el documento del reintegro que solicite la Instancia Ejecutora para su trámite de registro ante la autoridad competente.

Los Beneficiarios deberán reintegrar a la TESOFE los recursos que no se hubiesen destinado a los fines autorizados, y aquellos que por cualquier motivo no hubiesen devengado al concluir su proyecto, más los rendimientos obtenidos, dentro de los 15 días naturales siguientes a la aprobación de su reporte final. Dentro del mismo plazo, deberán remitir el documento del reintegro que solicite la Instancia Ejecutora para su trámite de registro ante la autoridad competente.

6. SEGUIMIENTO, CONTROL Y AUDITORIA

6.1 Seguimiento

Con el propósito de impulsar la eficiencia y eficacia en la operación del Programa, así como promover su mejora continua, la Secretaría llevará a cabo el seguimiento del ejercicio de los apoyos, acciones ejecutadas, resultados, indicadores y metas alcanzadas. Asimismo, realizará acciones de seguimiento físico, en las cuales se podrá apoyar en las Representaciones Federales de la Secretaría en las entidades así como de otros organismos que determine para tal efecto.

Se faculta al Director General de Comercio Interior y Economía Digital y a los Delegados Federales de la Secretaría para suscribir y efectuar el seguimiento de los Convenios de Asignación de Recursos.

6.2 Control y Auditoría

Considerando que los recursos federales de este programa no pierden su carácter federal al ser entregados, su ejercicio está sujeto a las disposiciones federales aplicables y podrán ser auditados por las siguientes instancias, conforme a la legislación vigente y en el ámbito de sus respectivas competencias: el Organo Interno de Control en la Secretaría; la Secretaría de la Función Pública, en coordinación con los órganos de control de los gobiernos locales; así como por la Auditoría Superior de la Federación.

De manera particular, todas aquellas Solicitudes de Apoyo aprobadas, que estén alineadas al Proyecto del Banco Mundial, podrán ser auditadas por dicho organismo internacional o en su caso por la entidad designada a través de la Secretaría de la Función Pública y responsable de llevar a cabo la revisión de las actividades del Proyecto.

El Beneficiario deberá dar todas las facilidades a dichas instancias para realizar, en el momento en que lo juzguen pertinente, las auditorías que consideren necesarias; asimismo, efectuará el seguimiento y solventará las observaciones planteadas por los órganos de control. La inobservancia de esta disposición independientemente de las sanciones a que hubiere lugar, limitará la ministración de los recursos federales en el siguiente ejercicio presupuestal.

7 EVALUACION

7.1 Indicadores

El PROSOFT contará con los indicadores de fin, propósito y componentes establecidos en la Matriz de Indicadores de Resultados 2012 autorizada por la SHCP.

Adicionalmente, el Consejo Directivo podrá requerir el establecimiento y seguimiento de indicadores complementarios.

7.2 Interna

Con la información que los Beneficiarios y los Organismos Promotores entreguen sobre los avances y conclusión de los proyectos, así como con la información relativa a los impactos y beneficios de los proyectos apoyados, la Instancia Ejecutora evaluará el impacto y los beneficios del PROSOFT.

7.3 Externa

Para evaluar el apego a estas Reglas de Operación, el impacto del programa y los beneficios económicos y sociales de sus acciones, la satisfacción de los Beneficiarios del PROSOFT, así como su costo y efectividad, la Instancia Ejecutora, de conformidad con lo establecido en el artículo 78 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispondrá la realización de una evaluación externa del PROSOFT, considerando los lineamientos que para tal efecto emita el CONEVAL, por conducto de instituciones académicas y de investigación u organismos especializados, de carácter nacional o internacional.

8 TRANSPARENCIA

8.1 Difusión

Estas Reglas de Operación, además de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, estarán disponibles en la página electrónica de la Secretaría (www.economia.gob.mx) y/o en www.prosoft.economia.gob.mx

La Secretaría promoverá y difundirá el Programa, a través de los medios a su alcance, además de reportar las actividades realizadas y las empresas beneficiadas. Para ello, se apoyará en las Representaciones Federales de la Secretaría.

Los Organismos Promotores realizarán acciones de difusión del PROSOFT ante organismos, empresas, instituciones académicas, centros de investigación, entre otros. A su vez, deberán cumplir con lo previsto en la Regla 4.6.2.1 inciso f).

La publicidad para la difusión del PROSOFT que contraten o utilicen las dependencias, Entidades Federativas y Organismos Empresariales, deberá incluir, claramente visible y/o audible, la siguiente leyenda: “Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa”.

8.2 Padrón de Beneficiarios.

La Instancia Ejecutora actualizará al menos trimestralmente el Padrón de Beneficiarios y lo publicará en la página de Internet de la Secretaría (www.economia.gob.mx) y/o www.prosoft.economia.gob.mx.

9 QUEJAS Y DENUNCIAS

Los Beneficiarios, los Organismos Promotores y el público en general podrán presentar por escrito sus inconformidades, quejas y denuncias, con respecto a la ejecución del PROSOFT y la aplicación de las presentes Reglas de Operación, ante las instancias que a continuación se señalan, en el orden siguiente:

a)      El Organo Interno de Control en la Secretaría, con domicilio en el séptimo piso del edificio marcado con el número 3025, del Boulevard Adolfo López Mateos, colonia San Jerónimo Aculco, Delegación Magdalena Contreras, código postal 10400, México, D.F., y

b)      La Secretaría de la Función Pública, ubicada en Insurgentes Sur número 1735-10, colonia Guadalupe Inn, Delegación Alvaro Obregón, código postal 01020, México, D.F.

Las quejas o denuncias se realizarán a través de los formatos correspondientes, que estarán a disposición en los Módulos del Organo Interno de Control en la Secretaría, en las Delegaciones Federales, en las oficinas de la Secretaría y en los Organos Estatales de Control.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el 1 de enero de 2012.

SEGUNDO.- Se abroga el Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa para el Desarrollo de la Industria del Software (PROSOFT) para el ejercicio fiscal 2011, publicado el 29 de diciembre de 2010 en el Diario Oficial de la Federación.

TERCERO.- Las disposiciones del presente Acuerdo, serán aplicables en los ejercicios fiscales subsecuentes, en lo que no se contraponga con lo dispuesto en el Presupuesto de Egresos de la Federación, hasta en tanto no se modifique o se sustituya el presente Acuerdo.

CUARTO.- Los proyectos aprobados, previo a la entrada en vigor del presente Acuerdo, seguirán rigiéndose por las disposiciones con las que fueron aprobados, si bien los Beneficiarios de dichos proyectos podrán presentar documentación comprobatoria a su nombre, así como de las empresas atendidas señaladas en la Solicitud de Apoyo aprobada por el Consejo Directivo para justificar el ejercicio, entregables e impacto de los apoyos recibidos, siempre y cuando este último lo autorice.

QUINTO.- De conformidad con la Norma Técnica sobre Domicilios Geográficos, emitida por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 12 de noviembre de 2010, se incluyó en el Anexo B de este Acuerdo el modelo de estructura de datos de domicilio geográfico, dando cumplimiento a lo dispuesto por el Oficio Circular con números 801.1.-276 y SSFP/400/123/2010 emitido por las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y de la Función Pública el 18 de noviembre  de 2010.

SEXTO.- Para el otorgamiento de los apoyos a la Población Objetivo del presente Programa, se analizará la posibilidad de instrumentar un mecanismo de dispersión vía electrónica, mediante el uso de productos bancarios, de conformidad con el artículo 18, fracción XII, del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2012.

SEPTIMO.- La Secretaría de Economía, en cumplimiento al numeral 31 del Programa Nacional Reducción del Gasto Público emitido por la Unidad de Política y Control Presupuestario de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público con fecha 12 de marzo de 2010, redujo los gastos indirectos del PROSOFT en el presente ejercicio fiscal y realizará una reducción adicional de, al menos, el 4% de los gastos indirectos del PROSOFT, para el ejercicio fiscal 2012.

México, D.F., a 14 de diciembre de 2011.- El Secretario de Economía, Bruno Ferrari García de Alba.- Rúbrica.




ANEXO A

RUBROS DE GASTO AUTORIZADOS-PROSOFT

 

 

CONCEPTOS APLICABLES POR RUBRO DE GASTO

HASTA UN MONTO MAXIMO DE APOYO

CONSIDERACION

1

CAPACITACION Y CERTIFICACION

 

Cursos de capacidades técnicas

$50,000

Por curso por persona, se tomará en cuenta el nivel de especialización.

Reintegrable en caso de que no se acredite diploma de culminación satisfactoria.

 

Cursos de capacidades de negocio

$50,000

 

Cursos de capacidad de procesos, metodologías y modelos de calidad

$40,000

 

Certificaciones

$50,000

Por examen de certificación por persona, se tomará en cuenta el nivel de especialización.

Reintegrable en caso de no alcanzar la certificación.

 

Cursos y certificaciones del uso del idioma inglés técnico como competencia laboral

$20,000

Por curso y/o certificación por persona; Reintegrable en caso de que no se acredite diploma de culminación satisfactoria o en su caso la certificación.

 

Transferencia de metodologías o conocimiento

$50,000

Por persona; se tomará en cuenta el nivel de especialización.

Reintegrable en caso de que no se acredite diploma de culminación satisfactoria.

 

Elaboración o compra de material de estudio

$150,000

Por empresa atendida.

 

Desarrollo de material y contenidos de capacitación

$100,000

Por proyecto.

2

HABILITACION Y EQUIPAMIENTO TECNOLOGICO

 

Equipamiento tecnológico

$5,000,000

Por proyecto; podrán considerarse contratos de arrendamiento de equipo siempre y cuando éste prevea una vigencia de 36 meses. Podrá incluirse pago de servicios de renta de infraestructura como servicio.

 

Equipamiento de un proyecto productivo

$50,000

Por posición de trabajo habilitada en proyectos productivos.

 

Software o licencia

$50,000

Para adquisición de herramientas y paquetería. Por licencia de herramientas de software que faciliten el desarrollo de productos o servicios de TI.

 

Telefonía y Conmutadores

$3,000,000

Este equipo deberá estar vinculado con un proyecto cuyo objetivo sea prestar servicios de atención al cliente o procesos de negocios.

 

Laboratorios

$2,000,000

Por empresa; para la adquisición de insumos y equipamiento.

 

Habilitación de espacios

$2,000,000

Por proyecto; no aplica para la compra de terrenos ni edificios, renta de inmuebles o construcción de obra gris.

 

 

Prototipos o demos (en el caso del sector de medios creativos)

$1,000,000

Por proyecto.

 

Equipamiento tecnológico de aulas de capacitación

$500,000

Por empresa/Institución; no aplica para la compra de terrenos ni edificios, ni renta de inmuebles

 

Proyecto integral de infraestructura y equipamiento tecnológico de Parques tecnológicos

$20,000,000

Por proyecto; no aplica para la compra de terrenos ni edificios, ni renta de inmuebles.

3

NORMAS Y MODELOS

 

Compra de normas de calidad

$6,000

Por norma.

 

Pago de consultoría para implantar un modelo/metodología/norma de calidad o capacidad de procesos

$800,000

Por empresa atendida; se tomará en cuenta el modelo, metodología o norma a implantar, así como el nivel de madurez que se busca alcanzar cuando aplique.

 

Pago de evaluaciones (previas)

$500,000

Por empresa atendida; se tomará en cuenta el modelo o norma a evaluarse, así como el nivel de madurez.

 

Pago de evaluaciones (formales), verificaciones y certificaciones

$800,000

Por empresa atendida; se tomará en cuenta el modelo o norma a evaluarse formalmente, verificarse y/o certificarse, así como el nivel de madurez. Los apoyos serán reintegrables en un 100% cuando no se logre o compruebe la certificación inherente al proyecto apoyado en un plazo máximo de 9 meses a la fecha de terminación del proyecto

 

Autorización ante organismos para fungir como instructor o coach autorizado de modelos o metodologías de calidad propietarios

$200,000

Por persona a autorizar; se tomará en cuenta el modelo, metodología o norma. Reintegrable en caso de no acreditar la autorización satisfactoria.

 

Gastos relacionados con el aseguramiento de la calidad y evaluación de la conformidad para soluciones de alto valor agregado

$500,000

Por solución tecnológica.

4

ADOPCION Y PRODUCCION DE TI

 

Adopción de productos de software

$4,000,000

Por proyecto; Se deberá cumplir con lo previsto en la Regla 4.5.5.1 de las Reglas de Operación.

 

Adopción de servicios de TI

$4,000,000

 

Adopción de procesos de negocio y/o atención a clientes basados en TI

$4,000,000

 

Adopción y producción de medios creativos digitales

$4,000,000

En el caso de producción sólo se apoyará una sola vez. Se deberá cumplir con lo previsto en la Regla 4.5.5.1 de las Reglas de Operación.

5

INNOVACION

 

Adquisición y/o pago de regalías y/o licencias por tecnología

$1,000,000

Proyectos que permitan desarrollar una ventaja competitiva en el mercado a través de la investigación científica aplicada y/o transferencia de conocimiento. No incluye desarrollo de aplicaciones y/o soluciones de TI.

 

Investigación científica aplicada, para la adquisición de nuevos conocimientos, dirigida hacia un objetivo o fin práctico, que responda a una necesidad específica

$2,000,000

 

Gastos asociados a la transferencia tecnológica

$1,000,000

 

 

Adaptación, regionalización y pruebas de las soluciones

$1,000,000

Por solución tecnológica; dirigido a proyectos que permitan preparar un producto que está actualmente en el mercado mexicano y que requiere adecuaciones para su venta.

 

Registro de patentes

$200,000

Por patente; en México y/o en el extranjero.

 

Marcas y derechos de autor

$50,000

Por marca y/o trámite de derecho de autor; en México y/o en el extranjero.

 

Servicios legales y administrativos

$200,000

Por proyecto.

6

COMERCIALIZACION

 

Servicios de alto valor agregado para la comercialización de productos y servicios de TI y medios creativos digitales

$2,000,000

Por proyecto.

7

ESTUDIOS PARA DESARROLLAR CAPACIDADES DE NEGOCIO

 

Benchmarking

$250,000

Por estudio.

 

Estrategia de mercado

$1,000,000

Por estudio.

 

Servicios de información y obtención de documentos

$250,000

Por proyecto.

 

Estudios de análisis tecnológicos

$150,000

Por empresa.

 

Plan de negocios

$1,000,000

Por proyecto.

8

SERVICIOS PROFESIONALES DIVERSOS

 

Consultoría especializada

$4,000,000

Por proyecto; se tomará en cuenta la complejidad de los servicios. No se permite personal adscrito a la empresa y/o institución del Beneficiario incluyendo sus empresas relacionadas.

 

Asesoría especializada

$4,000,000

 

Servicios de auditoría financiera

$50,000

Por proyecto.

9

EVENTOS

 

Participación en eventos que tengan como propósito el posicionamiento y/o venta de los productos y servicios del sector de TI

$2,000,000

Por evento; se tomará en cuenta la audiencia objetivo y su impacto en el desarrollo de competencias y/o posicionamiento del sector  de TI del país.

 

 

Realización de eventos que tengan como temática principal el sector de TI

$2,000,000

 

Renta de espacios para la participación en eventos, construcción y montaje de módulos de exhibición para la promoción

$500,000

10

CREACION Y FORTALECIMIENTO DE FONDOS

 

Creación y fortalecimiento de fondos de garantía, capital  de riesgo y semilla

Conforme a las políticas que al respecto establezca el Consejo Directivo del PROSOFT y la normatividad aplicable

Conforme a lo previsto en el numeral 4.5.5.2 de las Reglas de Operación.

11

ACELERACION DE LA POLITICA PUBLICA

 

Aceleración de la Política Pública

$20,000,000

Conforme a lo previsto en la Regla 4.5.5.3 de las Reglas de Operación.

 

ANEXO B

 

SECRETARIA DE ECONOMIA

SOLICITUD DE APOYO AL PROSOFT

 

USO EXCLUSIVO DE LA SECRETARIA DE ECONOMIA (SE):

Número de Folio:

 

Fecha de recepción en la SE:

 

Acuerdo Consejo Directivo

 

 

“Este programa es público ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa”

El presente formato electrónico, proporcionado en http://www.prosoft.economia.gob.mx, será utilizado para registrar Solicitudes de Apoyo, las cuales serán analizadas y, en su caso, aprobadas por el Consejo Directivo del PROSOFT.

I. Información general del proyecto. Identifique al proyecto, Organismo Promotor autorizado y tipo de solicitante.

1.Nombre del proyecto

 

2. Organismo Promotor

 

 

3. Registro IE

 

4. Tipo de solicitante

Empresa TI

 

Academia

 

Organismo público

 

Usuario de TI

 

Medios creativos digitales

 

Agrupamiento empresarial

 

Otro

 

 

II. Resumen ejecutivo del proyecto. Describa brevemente el proyecto

5. Objetivo general

 

6. Total de etapas

 

7. Etapa que se somete

 

8. Objetivo del proyecto que se somete

 

9. Beneficios esperados del proyecto

 

10. Duración del proyecto (semanas)

 

 

 

 

 

 

 

 

III. Impacto esperado del proyecto. Aquel que se pretende alcanzar una vez ejecutado en su totalidad el proyecto presentado. Proporcione información sobre los siguientes apartados (los que apliquen):

 

a) Empresas-Proyecto atendidas1

 

Micro

Pequeña

Mediana

Grande

Total

 

11. Existentes

 

 

 

 

 

 

12. Potenciales

 

 

 

 

 

 

13. Total

 

 

 

 

 

 

b) Capital humano en sector de TI

 

 

Mujeres

Hombres

Total

 

 

Segmentación

E

T

P

PG

E

T

P

PG

 

 

 

14. Empleo Actual de la Empresa.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

15. Empleo Mejorado

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

16. Empleo Potencial

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

17. Total

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Nota: E=Estudiantes; T=Técnicos; P=Profesionistas; PG=Posgrados

 

 

c) Adopción y Producción de TI

 

 

18. Sector al que pertenece el usuario

 

 

 

19. Facturación a detonar en sector de TI

 

 

 

 

Mujeres

Hombres

Total

 

 

 

E

T

P

PG

E

T

P

PG

 

 

 

20. Empleo Potencial de usuario

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Nota: E=Estudiantes; T=Técnicos; P=Profesionistas; PG=Posgrados

 

 

d) Indicadores relevantes

 

 

Tecnología

Negocios

Calidad

Idioma

Total

 

 

21. Cursos

 

 

 

 

 

 

 

22. Certificaciones

 

 

 

 

 

 

 

 

23. Proyecto productivo

 

No

 

Posiciones habilitadas

 

 

24. Madurez organizacional

Implantación(es)

 

Certificación(es)

 

 

25. Innovación

Patentes a registrar

 

Marcas o derechos de autor a proteger

 

Centros de I+D+i

 

 

 

 

IV. Rubros de gasto

 

No.

Rubro

Concepto aplicable

Entregable

 

26.

27.

28.

29.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

V. Fuentes de aplicación de recursos (Los montos se expresan en miles.)

Concepto

PROSOFT

Entidad Federativa

Sector académico

Sector privado

Otras aportaciones (en especie)

Total

 

 

 

 

 

Aportante

Monto

Tipo de aportación

 

30.

31.

32.

33.

34.

35.

36.

37.

38.

Total

 

 

 

 

 

 

 

 

Porcentaje de inversión

39.

40.

41.

42.

43.

44.

45.

46.

 

VI. Documentación soporte, obligatorio anexar la documentación para todos incisos, con excepción del h.

a. Proyecto en extenso

 

b. Cotizaciones

 

c. Ficha técnica del solicitante

 

d. Carta (s) compromiso de Beneficiario y constancia de no haber recibido apoyo similar

 

e. Opinión favorable respecto del cumplimiento de sus obligaciones fiscales

 

f. Carta protesta bajo decir verdad que se cumple con requisito 4.3.2.i)

 

g. Listado de empresas atendidas

 

h. Otro(s)

 

Especifique

 

VII. Ubicación del proyecto. Información del domicilio geográfico2 en donde se desarrollará el proyecto

 

47. Tipo de vialidad

 

48. Nombre de vialidad

 

49. Número exterior

 

50. Número exterior

 

51. Número interior

 

52.Tipo de asentamiento humano

 

53. Nombre de asentamiento humano

 

54. Código Postal

 

55. Nombre de localidad

 

56. Nombre del Municipio o Delegación

 

57. Nombre del Estado o del DF

 

58. Entre vialidades: tipo y nombre

 

59. Vialidad posterior tipo y nombre

 

60. Descripción de ubicación

 

 

VIII. Otros apoyos

Fondo o programa

Nombre o denominación del proyecto

Monto de apoyo federal recibido

Año

61.

62.

63.

64.

 

 

 

 

 

IX. Beneficiario

 

Registro IE

Razón social

Tamaño

Actividad principal3

65.

66.

67.

68.

69. CURP

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

70. RFC

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

71. Responsable del proyecto

 

72. Correo electrónico4

 

 

X. Declaraciones

a)   Del Beneficiario

COMO RESPONSABLE DEL PROYECTO Y/O REPRESENTANTE DE LA EMPRESA QUIEN SOLICITA EL APOYO, MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, QUE CONOZCO EL CONTENIDO Y ALCANCES LEGALES DEL ACUERDO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS REGLAS DE OPERACION DEL PROGRAMA PARA EL DESARROLLO DE LA INDUSTRIA DEL SOFTWARE (PROSOFT) PARA EL EJERCICIO FISCAL 2012; EN CONSECUENCIA, MANIFIESTO A NOMBRE PROPIO Y, EN SU CASO, DE MI REPRESENTADA, QUE ME ADHIERO A LAS OBLIGACIONES SEÑALADAS EN DICHO ACUERDO, PARTICULARMENTE LAS RELATIVAS A REALIZAR LAS ACCIONES CORRESPONDIENTES PARA LLEVAR A CABO SU EJECUCION ADMINISTRACION DE LOS RECURSOS OTORGADOS Y ELABORACION DE LOS REPORTES DE AVANCE Y FINAL ESTABLECIDOS EN LAS REGLAS DE OPERACION, EN CASO DE QUE LA SOLICITUD DE APOYO RESULTE APROBADA.

BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD MANIFIESTO NO ESTAR RECIBIENDO APOYOS DE OTROS PROGRAMAS FEDERALES DIRIGIDOS A LOS MISMOS FINES QUE IMPLIQUEN SUSTITUIR MI APORTACION O DUPLICAR APOYOS O SUBSIDIOS.

b)  Del Organismo Promotor

 

COMO REPRESENTANTE DEL ORGANISMO PROMOTOR, MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, QUE CONOZCO EL CONTENIDO Y ALCANCES LEGALES DEL ACUERDO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS REGLAS DE OPERACION DEL PROGRAMA PARA EL DESARROLLO DE LA INDUSTRIA DEL SOFTWARE (PROSOFT) PARA EL EJERCICIO FISCAL 2012; EN CONSECUENCIA, MANIFIESTO A NOMBRE PROPIO Y DE MI REPRESENTADA, QUE ME ADHIERO A LAS OBLIGACIONES SEÑALADAS EN DICHO ACUERDO, PARTICULARMENTE LAS RELATIVAS A REALIZAR LAS ACCIONES CORRESPONDIENTES PARA VIGILAR LA CORRECTA APLICACION Y ADMINISTRACION DE LOS APOYOS OTORGADOS AL BENEFICIARIO, ESTABLECIDOS EN LAS REGLAS DE OPERACION, EN CASO DE QUE LA SOLICITUD DE APOYO RESULTE APROBADA. BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD MANIFIESTO QUE EL POTENCIAL BENEFICIARIO NO ESTA RECIBIENDO APOYOS DE OTROS PROGRAMAS FEDERALES DIRIGIDOS A LOS MISMOS FINES QUE IMPLIQUEN SUSTITUIR SU APORTACION O DUPLICAR APOYOS O SUBSIDIOS.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Consideraciones generales para su llenado:

·          La captura de la Solicitud es a través de Internet, por lo que el horario de recepción es abierto, sin embargo la revisión de la Solicitud se realizará de 9:00 a 14:30 horas y de 15:30 a 18:00 horas, de lunes a viernes en días hábiles.

·          1 Conforme al Acuerdo por el que se establece la estratificación de las micro, pequeñas y medianas empresas. (DOF 30/06/2009).

·          2 Conforme al Acuerdo por el que aprueba la Norma Técnica sobre Domicilios Geográficos. (DOF 12/11/2010)

·          3 Actividad principal del Beneficiario: Desarrollo de software, Servicios de TI, BPO, Contact o Call Center, Medios Interactivos u Otra

·          4 Con fundamento en el artículo 35 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo autorizo la recepción de notificaciones relacionadas al PROSOFT.

 

Trámite al que corresponde la forma: Solicitud de Apoyo del Programa para el Desarrollo de la Industria de Software (PROSOFT). Número de Registro Federal de Trámites y Servicios: SE-06-017

Fecha de autorización de la forma por parte de la Oficialía Mayor:

Fecha de autorización de la forma por parte de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria:

 

Fundamento jurídico-administrativo:

-        Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa para el Desarrollo de la Industria del Software (PROSOFT) para el Ejercicio Fiscal 2012.

 

Documentos anexos:

-        Los señalados en la sección VI de este formato

 

Tiempo de respuesta: 3 meses

 

Número telefónico del responsable del trámite para consultas: 5229-61-00 extensión: 34155

 

Número telefónico para quejas:

Organo Interno de Control en la SE

5629-95-52 (directo)

5629-95-00 extensiones: 21200, 212010, 21212, 21218 y 21219

Para cualquier aclaración, duda y/o comentario con respecto a este trámite, sírvase llamar al Centro de Contacto Ciudadano: En el Distrito Federal: 2000-2000. 01 800 FUNCION (01 800 3862466). Desde Estados Unidos o Canadá: 1 800 475-2393 Correo electrónico: contactociudadano@funcionpublica.gob.mx

 

SE-06-017


ANEXO C

PROCESO DE OPERACION DEL PROSOFT

 

Los siguientes procedimientos están vinculados a la gestión de proyectos que solicitan apoyo al PROSOFT. Los proyectos de aceleración de política pública se regirán conforme a la Regla 4.5.5.3 de las Reglas de Operación y los instrumentos jurídicos correspondientes.

Para fines prácticos en la presente ilustración se utilizan los siguientes acrónimos:

·         CD – Consejo Directivo

·         OP - Organismo Promotor

·         BEN - Beneficiario

·         IE - Instancia Ejecutora

·         ROP – Reglas de Operación del PROSOFT

·         DOF – Diario Oficial de la Federación

·         SA – Solicitud de Apoyo

 

                                                                                      1) Trámites dados de alta ante la Comisión Federal de Mejora Regulatoria

ANEXO D

CONVENIO DE COLABORACON PARA CONJUNTAR ESFUERZOS Y RECURSOS PARA CONTRIBUIR AL DESARROLLO DEL SECTOR DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION BUSCANDO SU CRECIMIENTO EN EL LARGO PLAZO EN EL PAIS FAVORECIENDO LA COMPETITIVIDAD INTERNACIONAL QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL PODER EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE ECONOMIA, EN LO SUCESIVO DENOMINADA LA SECRETARIA, REPRESENTADA POR <<NOMBRE>>, SUBSECRETARIA(O) DE INDUSTRIA Y COMERCIO, CON EL APOYO DE<<NOMBRE>>,DIRECTOR(A) GENERAL DE COMERCIO INTERIOR Y ECONOMIA DIGITAL, Y POR LA OTRA, <<NOMBRE DEL ORGANISMO PROMOTOR>>, EN LO SUCESIVO DENOMINADA EL ORGANISMO PROMOTOR, REPRESENTADO POR <<NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL>>, EN SU CARACTER DE <<REPRESENTANTE O APODERADO LEGAL>>, QUIENES CONJUNTAMENTE SERAN DENOMINADOS COMO LAS PARTES, SUJETANDOSE AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS:

ANTECEDENTES

1.      El artículo 28 último párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, señala que se podrán otorgar apoyos con recursos federales a actividades que sean prioritarias, cuando éstas sean generales, de carácter temporal y no afecten las finanzas de la Nación;

2.      El Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2007-2012 tiene como finalidad establecer los objetivos nacionales, las estrategias y las prioridades que durante la presente Administración deberán regir la acción del gobierno;

3.      El segundo eje del PND, Economía competitiva y generadora de empleos, tiene como uno de sus objetivos, el potenciar la productividad y competitividad de la economía mexicana para lograr un crecimiento económico sostenido y acelerar la creación de empleos; para lo cual se establece como estrategia el diseñar agendas sectoriales para la competitividad de sectores económicos de alto valor agregado y contenido tecnológico, y de sectores precursores, así como la reconversión de sectores tradicionales, a fin de generar empleos mejor remunerados. El mismo plan considera estratégico establecer condiciones para que México se inserte en la vanguardia tecnológica;

4.      El Programa Sectorial de Economía 2007-2012 establece como objetivo rector 2.5 el elevar la competitividad de las empresas mediante el fomento del uso de las tecnologías de información,  la innovación y el desarrollo tecnológico en sus productos y servicios; a su vez, como objetivo rector 3.2 el incrementar la participación de México en los flujos de comercio mundial y en la atracción de Inversión Extranjera Directa (IED), en el cual se establece que se deberá posicionar a México como un oferente en el mercado de servicios de tecnologías de información;

5.      El Presupuesto de Egresos de la Federación, ha establecido erogaciones del Ramo 10 Economía, para el Programa para el Desarrollo de la Industria del Software (PROSOFT);

6.      Las Tecnologías de Información y Comunicaciones (TIC) son un factor crítico para potenciar la productividad y la competitividad de todos los sectores de la economía. Además de su relevancia como precursor transversal para el crecimiento económico del país, se trata de una industria intensiva en conocimiento, con capacidad de generar empleos bien remunerados. Así mismo, es reconocida como una industria con gran potencial para atraer inversiones y para detonar la innovación tecnológica.

7.      El Estado juega un papel crucial como coordinador entre individuos y organizaciones en todos los sectores y regiones de la economía. En el contexto del PROSOFT 2.0, es necesaria la coordinación de acciones dispersas para corregir algunos de los factores identificados como causas de la debilidad de la industria, algo que ni el mercado ni la iniciativa privada pueden hacer por sí mismos.

8.      Para promover el desarrollo de un sector de tecnologías de información (TI) competitivo y aprovechar sus oportunidades de crecimiento se requiere crear las condiciones para la formación de una masa crítica de empresas, con escala de producción y niveles de capacidad de procesos suficientes para aprovechar la magnitud del mercado interno y competir en el mercado mundial.

9.      El fondo PROSOFT busca facilitar el despliegue de las acciones para lograr los objetivos planteados en la política pública (PROSOFT 2.0 y PROMEDIA), así como potenciar el impacto de los recursos, fortaleciendo la cobertura de las acciones, asegurando la complementariedad de los apoyos y reducción de gastos administrativos, a través de la coordinación institucional y vinculación de acciones con las entidades federativas, el sector privado y el académico.

10.    El PROSOFT tiene como objetivo general, contribuir al desarrollo del sector de tecnologías de la información buscando su crecimiento en el largo plazo en el país favoreciendo la competitividad internacional.

11.    Con el fin de impulsar íntegramente el desarrollo del sector de tecnologías de información, la Secretaría de Economía, en el ámbito de su competencia y conforme a lo establecido en los artículos 75, 76, 77 y 78 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, 175, 176, 177, 178, 180 y 181 último párrafo, el Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 3 y 24 fracciones XXIV del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, emitió el Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación para el otorgamiento de Apoyos del Programa para el Desarrollo de la Industria del Software (PROSOFT) para el ejercicio fiscal 2012, en lo sucesivo REGLAS DE OPERACION, mismo que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación con fecha <<DIA>>de <<MES>> de <<AÑO>>. El Consejo Directivo del PROSOFT, aprobó las Solicitudes de Apoyo que presentó el ORGANISMO PROMOTOR, en lo sucesivo los PROYECTOS.

DECLARACIONES

I. De la SECRETARIA que:

I.1. Es una Dependencia del Poder Ejecutivo Federal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2 fracción I y 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

I.2. Conforme a lo establecido en el artículo 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, corresponde a la SECRETARIA, entre otros, el despacho de los siguientes asuntos; formular y conducir las políticas generales de industria y comercio interior; promover, orientar, fomentar y estimular el desarrollo de la industria nacional; regular la organización de productores industriales y promover, en su caso, organizarla investigación técnica industrial.

I.3. Con fundamento en el artículo 6 fracción IX, del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, <<NOMBRE>>, Subsecretaria(o) de Industria y Comercio, de la SECRETARIA, cuenta con las facultades suficientes para suscribir el presente Convenio de Colaboración; y <<NOMBRE>>, en su carácter de Director(a) General de Comercio Interior y Economía Digital, en lo sucesivo DGCIED, siendo la responsable de llevar el seguimiento del mismo, de conformidad con el artículo 24 del ordenamiento legal antes citado.

I.4. La DGCIED, será la encargada de coordinar las acciones necesarias con el ORGANISMO PROMOTOR, para la ejecución del presente Convenio de Colaboración.

I.5 El PROSOFT, cuenta con recursos previstos en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación del Ejercicio Fiscal 2012, al ramo 10 de la SECRETARIA.

I.6. La SECRETARIA cuenta con los recursos presupuestarios necesarios.

I.7. Para los efectos del presente Convenio de Colaboración, señala como domicilio legal el ubicado en Alfonso Reyes número 30, en la colonia Hipódromo Condesa de la Ciudad de México, Distrito Federal, código postal 06140.

II. De el ORGANISMO PROMOTOR que:

II.1. Es una <<RAZON SOCIAL DEL ORGANISMO PROMOTOR>>, debidamente constituida conforme a las leyes mexicanas, tal y como consta en la Escritura Pública número <<NUMERO DE ESCRITURA PUBLICA>> otorgada ante la fe del Licenciado <<NOMBRE DEL NOTARIO PUBLICO>>, Notario Público número <<NUMERO DE NOTARIA>>, de fecha <<DIA>> de <<MES>>de <<AÑO>> e inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio, bajo el folio número <<NUMERO DE REGISTRO>> de fecha <<DIA>>de <<MES>>de <<AÑO>>.

II.2. Exhibe su Cédula de Registro Federal de Contribuyentes expedida por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de la que se desprende que su clave de Registro Federal de Contribuyentes es <<REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES>>.

II.3. Que dentro de su objeto social se encuentran, entre otras, <<ACTIVIDADES PREPONDERANTES>>.

II.4. Cumple con lo descrito en el numeral 4.3.1 de las REGLAS DE OPERACION del PROSOFT para fungir como ORGANISMO PROMOTOR.

II.5. El C. <<NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL>>, en su carácter de <<REPRESENTANTE O APODERADO LEGAL>>, cuenta con las facultades necesarias para suscribir el presente instrumento jurídico, conforme a lo establecido en la Escritura Pública número <<NUMERO DE ESCRITURA PUBLICA>> otorgada ante la fe del Licenciado <<NOMBRE DEL NOTARIO PUBLICO>>, Notario Público número <<NUMERO DE NOTARIA>> con fecha <<DIA>> de <<MES>> de <<AÑO>>, en la que le fueron otorgadas las facultades con que se ostenta mismas que manifiesta bajo protesta de decir verdad que a la fecha, no le ha sido revocadas ni restringidas o modificadas en forma alguna.

II.6. Para los efectos del presente Convenio de Colaboración, señala como domicilio legal el ubicado en <<DOMICILIO LEGAL>>.

III. De las PARTES

III.1. Que conocen el contenido de las REGLAS DE OPERACION.

III.2. Que de conformidad con las anteriores declaraciones, las PARTES reconocen su personalidad jurídica y aceptan la capacidad legal con que se ostentan.

En consideración a los anteriores Antecedentes y Declaraciones, las PARTES convienen en sujetar el presente Convenio de Colaboración al contenido de las siguientes:

CLAUSULAS

PRIMERA.- El presente Convenio de Colaboración tiene por objeto establecer las bases para contribuir al desarrollo del sector de tecnologías de la información buscando su crecimiento en el largo plazo en el país favoreciendo la competitividad internacional.

SEGUNDA.- Con base en lo que se refiere en el apartado de Antecedentes del presente Convenio de Colaboración, la suficiencia presupuestal señalada en las Declaraciones de este instrumento, las REGLAS DE OPERACION y los PROYECTOS, la SECRETARIA aportará recursos por concepto de apoyos transitorios por un monto total de <<CANTIDAD EN NUMERO Y LETRA PESOS 00/100 M.N.>>, para desarrollar los PROYECTOS aprobados por el Consejo Directivo.

TERCERA.- Las PARTES acuerdan que las acciones comprendidas en los PROYECTOS listados en el ANEXO 1 de este Convenio de Colaboración, se sujetarán a los términos establecidos en las Solicitudes de Apoyo aprobadas por el Consejo Directivo, mismas que son agregadas como parte integral del presente instrumento.

CUARTA.- La SECRETARIA señala que apoyará la ejecución de los PROYECTOS a través de apoyos destinados a los tipos de proyectos previstos en las REGLAS DE OPERACION y las demás disposiciones que deriven de éstas.

QUINTA.- Los recursos que aporta la SECRETARIA para el cumplimiento del objeto del presente Convenio de Colaboración y que se realizan de conformidad con las REGLAS DE OPERACION del PROSOFT, serán considerados en todo momento como subsidios federales en los términos de las disposiciones aplicables, en consecuencia, no perderán su carácter federal al ser canalizados a el ORGANISMO PROMOTOR y estarán sujetos, en todo momento, a las disposiciones federales que regula su control y ejercicio.

En este sentido, el ORGANISMO PROMOTOR, reconoce que los recursos previstos en la Cláusula SEGUNDA serán destinados única y exclusivamente para dichos fines, por lo que en caso de que éstos sean usados con fines políticos a cualquier fin distinto al autorizado, particularmente a la promoción de algún determinado partido político o candidato, o que en su caso se condicione el cumplimiento del PROSOFT a la emisión del sufragio a favor de algún partido político o candidato, la SECRETARIA podrá rescindir administrativamente el presente instrumento jurídico.

La rescisión a que se refiere el párrafo anterior, operará de pleno derecho y sin necesidad de acción judicial o arbitral previa. Consecuentemente, el ORGANISMO PROMOTOR acepta que ante la rescisión del Convenio de Colaboración, éste quedará obligado a la devolución total de la cantidad señalada en la Cláusula SEGUNDA más los intereses que en su caso se hubieren generado, sin responsabilidad alguna para la SECRETARIA por los gastos, expensas, erogaciones o análogos que hubiere realizado.

Lo anterior, sin perjuicio de las responsabilidades civiles, penales, administrativas o de cualquier otra índole que en su caso pudiere incurrir el ORGANISMO PROMOTOR.

SEXTA.- Para los efectos de la entrega de los recursos a cargo de la SECRETARIA citados en la Cláusula SEGUNDA del presente instrumento, el ORGANISMO PROMOTOR se compromete a tener una cuenta bancaria productiva específica y exclusiva para la administración y ejercicio de los recursos federales, que identifiquen las erogaciones cuyo destino se sujete a lo establecido en este Convenio de Colaboración; en consecuencia, el ORGANISMO PROMOTOR, acepta expresamente que hasta en tanto no cumpla con dichos procedimientos y normas, la SECRETARIA no realizará la entrega de los recursos señalados en este Convenio de Colaboración, sin responsabilidad alguna.

Asimismo, la SECRETARIA señala que los depósitos de los recursos federales, estarán sujetos a la presentación previa por parte de el ORGANISMO PROMOTOR del recibo que en derecho proceda.

SEPTIMA.- De conformidad con lo establecido en los artículos 54 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 176 de su Reglamento, el saldo de los recursos aportados por la SECRETARIA que no hayan sido devengados al término del ejercicio fiscal 2012, incluyendo los rendimientos financieros e intereses generados, deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación, dentro de los 15 días naturales siguientes al cierre del ejercicio.

OCTAVA.- Para el cumplimiento del objeto del presente Convenio de Colaboración el ORGANISMO PROMOTOR, acepta asumir las obligaciones descritas en el numeral 4.6.2.1 de las REGLAS DE OPERACION.

Las PARTES acuerdan que los Reportes de Avance / Finales de los PROYECTOS serán enviados, recibidos o archivados a través del Sistema del fondo habilitado para ello en www.economia.gob.mx o www.prosoft.economia.gob.mx mediante el uso de usuario y contraseña que le permita identificar al firmante.

En consecuencia el ORGANISMO PROMOTOR acepta que la información contenida producirá los mismos efectos jurídicos que la firma autógrafa, reconociendo la plena validez, eficacia y efectos legales, sin perjuicio de que la veracidad de los mismos, pueda ser verificada por la DGCIED o cualquier otra autoridad, conforme a lo previsto en las REGLAS DE OPERACION y las demás disposiciones aplicables que se derivan de éstas.

NOVENA.- La SECRETARIA tendrá las siguientes obligaciones:

a)      Capacitar a los Organismos Promotores en el marco de las Reglas de Operación.

b)      Tramitar los pagos de Solicitudes de Apoyo aprobadas.

c)      Elaborar los instrumentos jurídicos correspondientes así como registrarlos ante la Unidad de Asuntos Jurídicos de la SECRETARIA.

d)      Difundir las Solicitudes de Apoyo aprobadas así como los resultados obtenidos.

e)      Aprobar los Reportes de Avance/Final sometidos por los Organismos Promotores.

f)       Facilitar y supervisar el desarrollo de los componentes previstos en el proyecto del Banco Mundial.

g)      Tomar las acciones necesarias para dar cumplimiento a lo establecido por el Consejo Directivo.

DECIMA.- Las PARTES se comprometen a canalizar el recurso a los BENEFICIARIOS a través de la suscripción de un Convenio de Asignación de Recursos en términos de lo establecido en el numeral 4.6.2.2 inciso b), de las REGLAS DE OPERACION indicando expresamente el monto total del apoyo que se recibe de la SECRETARIA a través del PROSOFT, incluyendo la siguiente leyenda:

“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa”.

DECIMA PRIMERA.- Por su parte, el ORGANISMO PROMOTOR, recabará y conservará en custodia la documentación original justificativa y comprobatoria de la entrega total de los recursos a los BENEFICIARIOS otorgados por los PROYECTOS, en términos de las disposiciones fiscales aplicables o en su defecto por cinco años.

La DGCIED como área responsable del PROSOFT, podrá verificar en cualquier momento la documentación a que se refiere esta cláusula.

DECIMA SEGUNDA.- Observando el cumplimiento de las disposiciones contenidas en los artículos 54 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 176 de su Reglamento, la SECRETARIA y el ORGANISMO PROMOTOR, se comprometen a ejecutar todas las actividades que impliquen erogaciones a cargo del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2012, a más tardar el 31 de diciembre de 2012.

Los Recursos que no sean devengados y acreditados con la documentación correspondiente, en los términos que señalen las disposiciones aplicables, así como el saldo de la cuenta específica referida en la Cláusula SEXTA, respecto a los recursos otorgados con cargo al PROSOFT, incluyendo aquellos que resulten de rendimientos financieros e intereses, deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación de conformidad con la legislación aplicable, por el ORGANISMO PROMOTOR, informando por escrito a la DGCIED de LA SECRETARIA.

El mismo procedimiento de reintegro a la Tesorería de la Federación, se aplicará al ORGANISMO PROMOTOR o en su caso al BENEFICIARIO, para aquellos apoyos que no se destinen a los fines autorizados.

DECIMA TERCERA.- La SECRETARIA manifiesta y el ORGANISMO PROMOTOR acepta que la primera podrá suspender o cancelar total o parcialmente la entrega de los apoyos destinados a los PROYECTOS con sujeción a lo dispuesto en las REGLAS DE OPERACION.

El Consejo Directivo del PROSOFT podrá tomar la resolución correspondiente definida en el regla 4.7 de las REGLAS DE OPERACION.

DECIMA CUARTA.- Los recursos públicos federales a que se refiere el presente Convenio de Colaboración podrán ser revisados de conformidad con lo establecido en la regla 6 de las REGLAS DE OPERACION.

DECIMA QUINTA.- El personal de cada una de las PARTES que sea designado para la realización de cualquier actividad relacionada con el presente Convenio de Colaboración, permanecerá en forma absoluta bajo la dirección y dependencia de la entidad con la cual tiene establecida su relación laboral, mercantil, civil, administrativa o cualquier otra, por lo que no se creará una subordinación de ninguna especie con la parte opuesta, ni operará la figura jurídica de patrón sustituto o solidario, lo anterior, con independencia de estar presentando sus servicios fuera de las instalaciones de la entidad por la que fue contratado o realizar labores de supervisión de los trabajos que se realicen.

DECIMA SEXTA.- El presente Convenio de Colaboración podrá ser modificado o adicionado previo consentimiento por escrito de las PARTES. Las modificaciones o adiciones obligarán a los signatarios a partir de la fecha de firma, salvo que éstas designen expresamente una fecha distinta.

DECIMA SEPTIMA.- En caso de que el ORGANISMO PROMOTOR incumpla sus obligaciones señaladas en el presente Convenio de Colaboración, las REGLAS DE OPERACION del PROSOFT, y demás disposiciones aplicables, la SECRETARIA podrá rescindir administrativamente el presente Convenio de Colaboración.

DECIMA OCTAVA.- Las PARTES manifiestan que en la celebración del presente Convenio de Colaboración, no existe error, dolo, mala fe, violencia, intimidación, lesión o cualquier otra causa de nulidad que pudiera invocarse.

DECIMA NOVENA.- Para cualquier controversia que se suscite por la interpretación o cumplimiento del presente Convenio de Colaboración, las PARTES están de acuerdo en someterse a la competencia de los Tribunales Federales en la Ciudad de México, renunciando al fuero que por su domicilio presente o futuro pudieran tener.

VIGESIMA.- El presente Convenio de Colaboración tendrá una vigencia hasta el 31 de diciembre de 2012, contada a partir de la fecha de su firma y/o hasta en tanto se cumpla con las disposiciones y obligaciones a cargo de el ORGANISMO PROMOTOR sin perjuicio de que los recursos provenientes del PROSOFT deberán devengarse a más tardar el 31 de diciembre de 2012, en términos de los artículos 54 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y 176 de su Reglamento; el numeral 4.6.2.1 inciso p) de las REGLAS DE OPERACION y demás disposiciones legales aplicables.

Leído que fue el presente Convenio de Colaboración y enteradas las PARTES de su contenido y alcance legal, se firma en cinco tantos en la Ciudad de México, D.F., a los <<DIA>> del mes de<<MES>> de 2012.

POR LA SECRETARIA

POR EL ORGANISMO PROMOTOR

 

 

 

 

 

 

 

ANEXO E

CONVENIO DE ASIGNACION DE RECURSOS PARA EL OTORGAMIENTO DE LOS SUBSIDIOS DEL PROGRAMA PARA EL DESARROLLO DE LA INDUSTRIA DEL SOFTWARE (PROSOFT) QUE SUSCRIBEN POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE ECONOMIA, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR <<NOMBRE>>, EN SU CARACTER DE <<CARGO>>, EN LO SUCESIVO DENOMINADA LA SECRETARIA; POR OTRA PARTE, EL PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE <<NOMBRE>> EN LO SUCESIVO DENOMINADO EL GOBIERNO DEL ESTADO, REPRESENTADO POR EL <<NOMBRE>>, EN SU CARACTER DE <<CARGO>>; Y POR LA OTRA, LA EMPRESA <<NOMBRE DEL BENEFICIARIO>> REPRESENTADA POR <<NOMBRE DEL REPRESENTANTE O APODERADO>>, EN LO SUCESIVO EL BENEFICIARIO, QUIENES CONJUNTAMENTE SERAN DENOMINADOS COMO LAS PARTES, SUJETANDOSE AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS:

ANTECEDENTES

1.      Que con fecha <<DIA>> de <<MES>> de 2012, la SECRETARIA y el GOBIERNO DEL ESTADO suscribieron el Convenio de Coordinación que tiene por objeto contribuir al desarrollo del sector de tecnologías de la información buscando su crecimiento en el largo plazo en el país favoreciendo la competitividad internacional en lo sucesivo el CONVENIO DE COORDINACION, registrado en  la Unidad de Asuntos Jurídicos con el número <<número de registro>> y número de Registro <<número>> del Sistema Integral de Gestión Financiera, ambos de fecha <<DIA>> de <<MES>> de 2012.

2.      Que en la Cláusula Décima del CONVENIO DE COORDINACION, se establecen como parte de los compromisos asumidos por el GOBIERNO DEL ESTADO el suscribir el correspondiente Convenio de Asignación de Recursos con el BENEFICIARIO, conforme a lo previsto en el Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa para el Desarrollo de la Industria del Software (PROSOFT) para el ejercicio fiscal 2012.

DECLARACIONES

I. De la SECRETARIA que:

I.1. Es una dependencia del Poder Ejecutivo Federal, con base en las disposiciones contenidas en los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2 fracción I, 26 y 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

I.2. En el ámbito de su competencia, y con fundamento en las disposiciones contenidas en los artículos 75, 76, 77 y 78 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 175, 176, 177, 178, 180 y 181 último párrafo del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 3 y 24 fracción XXIV del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, emitió el Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa para el Desarrollo de la Industria del Software (PROSOFT) para el ejercicio fiscal 2012, en lo sucesivo las REGLAS DE OPERACION.

I.3. Que el <<día>> de <<mes>> de 2012 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación las REGLAS DE OPERACION.

I.4. En términos de las disposiciones establecidas en el numeral 4.9.2 y el ANEXO B de las REGLAS DE OPERACION, el Consejo Directivo del PROSOFT determinó la aprobación del apoyo al proyecto presentado por el ORGANISMO PROMOTOR; consecuentemente, ha instruido la suscripción del presente Convenio entre la SECRETARIA, el ORGANISMO PROMOTOR y el BENEFICIARIO.

I.5. Con fundamento en <<artículo>> del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía y lo dispuesto por el numeral 6.1 de las REGLAS DE OPERACION, << NOMBRE>>, <<CARGO>>, cuenta con las facultades suficientes para suscribir el presente Convenio.

I.6. Para los efectos del presente Convenio, señala como domicilio el ubicado en Alfonso Reyes número 30, en la colonia Hipódromo Condesa de la Ciudad de México, Distrito Federal, Código Postal 06140.

II. De el GOBIERNO DEL ESTADO.

II.1. Que forma parte integrante de la Federación, es libre, soberano y autónomo en lo concerniente a su régimen interior, de conformidad con lo establecido por los artículos 40, 42 y 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; <<ARTICULOS>> de la Constitución Política del Estado de <<NOMBRE>>.

II.2. El <<Instrumento>> señala como <<ACTIVIDADES PREPONDERANTES PARA EL DESARROLLO DEL SECTOR TI>>.

II.3. Que <<dependencia>> del Estado de <<NOMBRE>>, es una dependencia del Poder Ejecutivo del Estado, con base en las disposiciones contenidas en los artículos <<ARTICULOS>> y demás relativos y aplicables de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de <<NOMBRE>>.

II.4. Que el <<NOMBRE DEL SECRETARIO>>, en su carácter de <<Cargo>>, cuenta con facultades suficientes para suscribir el presente Convenio conforme a lo dispuesto en <<ordenamientos>>.

II.5. Que cuenta con recursos aprobados en el Presupuesto de Egresos del Estado de <<NOMBRE>>, necesarios para cubrir el compromiso derivado del presente Convenio, correspondiente al ejercicio fiscal 2012, en la partida correspondiente.

II.6. Que conforme a lo establecido en las REGLAS DE OPERACION, presentó la Solicitud de Apoyo del Proyecto denominado <<NOMBRE DEL PROYECTO>>, en lo sucesivo el PROYECTO, a la consideración  del Consejo Directivo del PROSOFT para ser ejecutado en el Estado de <<NOMBRE>>.

II.7. Que en el ámbito de su competencia y con base en las REGLAS DE OPERACION y del CONVENIO DE COORDINACION celebrado con la SECRETARIA, suscribe el presente Convenio para el otorgamiento de los apoyos asignados al BENEFICIARIO.

II.8. Que para los efectos del presente Convenio, señala como domicilio legal el ubicado en <<DOMICILIO>>.

III. De el BENEFICIARIO que:

III.1. Es una <<RAZON SOCIAL>>, debidamente constituida conforme a las leyes mexicanas, tal y como consta en la Escritura Pública número <<NUMERO>> otorgada ante la fe del Licenciado <<NOMBRE DEL NOTARIO>>, Notario Público número <<NUMERO DE NOTARIA>> de fecha <<DIA>> de <<MES>> de <<AÑO>> e inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio, bajo el folio número <<NUMERO DE REGISTRO>> de fecha <<DIA>> de <<MES>> de <<AÑO>>.

III.2. El C. <<NOMBRE DE REPRESENTANTE LEGAL>>, en su carácter de <<APODERADO O REPRESENTANTE LEGAL>>, cuenta con las facultades necesarias para suscribir el presente instrumento jurídico, conforme a lo establecido en la Escritura Pública número <<NUMERO>> otorgada ante la fe del Licenciado <<NOMBRE DEL NOTARIO>>, Notario Público número <<NUMERO DE NOTARIA>>, de fecha <<DIA>> de <<MES>> de <<AÑO>>, en la que le fueron otorgadas las facultades con que se ostenta mismas que manifiesta bajo protesta de decir verdad que a la fecha, no le han sido revocadas ni restringidas o modificadas en forma alguna.

III.3. Dentro de su objeto social se encuentran, entre otras, <<ACTIVIDADES PREPONDERANTES>>.

III.4. Bajo protesta de decir verdad, manifiesta que conoce el contenido y alcances legales de las REGLAS DE OPERACION, así como las disposiciones jurídicas aplicables y sus lineamientos.

III.5. Con base en el Acta de acuerdos del Consejo Directivo de fecha <<DIA>> de <<MES>> de 2012, en la que se aprobó el PROYECTO denominado <<NOMBRE DEL PROYECTO>>, en lo sucesivo el PROYECTO, comparece sin que existan vicios en su consentimiento, con el objeto de solicitar la ejecución de la asignación de los apoyos otorgados por el Consejo Directivo del PROSOFT.

III.6. Para los efectos del presente Convenio, señala como domicilio legal el ubicado en <<DOMICILIO>>.

Las partes manifiestan su conformidad en suscribir el presente Convenio al tenor de las siguientes:

CLAUSULAS

PRIMERA.- El objeto del presente Convenio consiste en establecer las condiciones específicas para el otorgamiento de los apoyos asignados a el BENEFICIARIO para la ejecución del PROYECTO denominado: <<NOMBRE PROYECTO>>, aprobado por el Consejo Directivo del PROSOFT, en la sesión <<ORDINARIA O EXTRAORDINARIA>> del <<DIA>> de <<MES>> de 2012, cuya responsabilidad de ejecución y correcta aplicación de los recursos, queda desde este momento, plenamente asumida por el BENEFICIARIO.

SEGUNDA.- El BENEFICIARIO se obliga a observar y cumplir las disposiciones contenidas en las REGLAS DE OPERACION y Criterios de Operación aprobados por el Consejo Directivo, particularmente los relativos a la ejecución y/o desarrollo del proyecto, manifestando en este acto que los conoce y se adhiere a las obligaciones a su cargo, como si a la letra se insertaran en el presente Convenio.

TERCERA.- Con base en la Solicitud de Apoyo aprobada por el Consejo Directivo del PROSOFT que forma parte integral de este Convenio, como ANEXO 1, la SECRETARIA, el GOBIERNO DEL ESTADO y el BENEFICIARIO se comprometen a destinar un total de <<CANTIDAD EN PESOS MEXICANOS CON LETRA Y NUMERO>>, conforme a la siguiente distribución:

Conforme lo que establece el CONVENIO DE COORDINACION, la SECRETARIA aportó recursos al PROYECTO a través del GOBIERNO DEL ESTADO, por concepto de apoyos transitorios que prevén las REGLAS DE OPERACION, por un total de <<CANTIDAD EN PESOS MEXICANOS CON LETRA  Y NUMERO>>.

Por su parte EL GOBIERNO DEL ESTADO otorgará a el BENEFICIARIO recursos por un total de <<CANTIDAD EN PESOS MEXICANOS CON LETRA Y NUMERO>> conforme al PROYECTO aprobado por el Consejo Directivo.

Asimismo, el BENEFICIARIO se compromete a complementar los recursos por un total de <<CANTIDAD EN PESOS MEXICANOS CON LETRA Y NUMERO>> para la adecuada ejecución o desarrollo del PROYECTO, en los términos señalados en el mismo, aprobados por el Consejo Directivo del PROSOFT.

La entrega de los apoyos se realizará de conformidad con lo previsto en el presente Convenio y en las REGLAS DE OPERACION.

Para el depósito de los recursos provenientes del PROSOFT, el BENEFICIARIO cuenta con una <<CUENTA/SUBCUENTA>> bancaria específica y exclusiva para la administración y ejercicio de los recursos federales, para que se identifiquen las erogaciones cuyo destino se sujeten a lo establecido en este Convenio. El BENEFICIARIO se compromete a llevar un manejo diferenciado de los recursos provenientes del PROSOFT, de los de el GOBIERNO DEL ESTADO y de los de origen privado.

CUARTA.- Con el fin de verificar la correcta aplicación de los apoyos otorgados y el cumplimiento de las obligaciones a cargo de el BENEFICIARIO, a partir de la firma de este Convenio, el Consejo Directivo del PROSOFT y el GOBIERNO DEL ESTADO, por sí mismos o a través de la contratación de terceros, podrán realizar, visitas de supervisión o inspección, con sujeción a las disposiciones contenidas en las REGLAS DE OPERACION, sin perjuicio de las facultades y atribuciones de la SECRETARIA, de la Secretaría de la Función Pública o cualquier otra instancia o autoridad competente.

QUINTA.- Por su parte el BENEFICIARIO, se compromete a aceptar y facilitar la realización de auditorías, y visitas de supervisión e inspección a la que se refiere la Cláusula inmediata anterior del presente instrumento jurídico, así como a rendir los Reportes de Avance/Final, según corresponda en el ejercicio de los recursos, con las metas y objetivos del proyecto aprobado, a comprobar el gasto y ejercicio tanto de  los apoyos, como de los demás recursos económicos que sean utilizados para la ejecución y desarrollo  del proyecto, conforme a los formatos que para tal fin establezca el Consejo Directivo del PROSOFT.

SEXTA.- En caso de incumplimiento de el BENEFICIARIO a lo establecido en el presente Convenio, así como a lo dispuesto en las REGLAS DE OPERACION particularmente en las obligaciones a su cargo, el Consejo Directivo del PROSOFT, atendiendo la gravedad y origen del incumplimiento, podrá aplicar lo dispuesto en el numeral 4.7 de las REGLAS DE OPERACION, sin perjuicio de que se ejerciten las demás acciones legales que conforme a derecho procedan y correspondan.

El BENEFICIARIO se compromete a notificar inmediatamente al GOBIERNO DEL ESTADO cualquier actividad no prevista o de fuerza mayor que implique modificación, en tiempo o forma al PROYECTO aprobado por el Consejo Directivo del PROSOFT y el GOBIERNO DEL ESTADO deberá notificar por escrito a la DGCIED de la SECRETARIA.

El BENEFICIARIO acepta que, ante la cancelación total o parcial de la entrega de apoyos, éste quedará obligado, en el término que establezca el Consejo Directivo del PROSOFT, al reintegro de la cantidad señalada en la Cláusula TERCERA del presente Convenio o su parte proporcional, según sea el caso, incluyendo los rendimientos financiero que en su caso se haya generado, sin responsabilidad alguna por los gastos, expensas, erogaciones o análogos que hubiere realizado. El reintegro de los recursos y sus rendimientos financieros generados deberán ser entregados a la Tesorería de la Federación en una sola exhibición y notificar por escrito a la SECRETARIA a través de la DGCIED de la SECRETARIA.

SEPTIMA.- Los recursos que aporta la SECRETARIA para el cumplimiento del objeto del presente Convenio y que se realizan de conformidad con las REGLAS DE OPERACION, serán considerados en todo momento como subsidios federales en los términos de las disposiciones aplicables; en consecuencia, no perderán su carácter federal al ser canalizados a el BENEFICIARIO, y estarán sujetos, en todo momento, a las disposiciones federales que regulan su control y ejercicio.

En este sentido, el BENEFICIARIO, reconoce que los recursos previstos en la Cláusula TERCERA serán destinados única y exclusivamente para los fines previstos en la Cláusula PRIMERA del presente instrumento jurídico, por lo que en caso de que éstos sean usados con fines políticos, electorales, de lucro y cualquier otro distinto a los establecidos o que los recursos sean aplicados a cualquier fin distinto al autorizado particularmente a la promoción de algún determinado partido político o candidato, o que en su caso se condicione el cumplimiento del PROSOFT a la emisión del sufragio a favor de algún partido político o candidato, la SECRETARIA podrá rescindir administrativamente el presente Convenio.

La rescisión a que se refiere el párrafo anterior, operará de pleno derecho y sin necesidad de acción judicial o arbitral previa. Consecuentemente, el BENEFICIARIO acepta que ante la rescisión de este Convenio, éste quedará obligado a la devolución total de la cantidad señalada en la Cláusula TERCERA más los intereses que en su caso se hubieren generado, sin responsabilidad alguna para la SECRETARIA por los gastos, expensas, erogaciones o análogos que hubiera realizado.

Lo anterior, sin perjuicio de las responsabilidades civiles, penales, administrativas o de cualquier otra índole que en su caso pudiere incurrir el BENEFICIARIO.

OCTAVA.- El personal de cada una de las partes que sea designado para la realización de cualquier actividad relacionada con este Convenio permanecerá, en forma absoluta, bajo la dirección y dependencia de la entidad con la cual tiene establecida su relación laboral, mercantil, civil, administrativa o cualquier otra, por lo que no se creará una subordinación de ninguna especie con la parte opuesta, ni operará la figura jurídica de patrón sustituto o solidario; lo anterior con independencia de estar prestando sus servicios fuera de las instalaciones de la entidad por la que fue contratado, o realizar labores de supervisión de los trabajos que se realicen.

NOVENA.- Por su parte el BENEFICIARIO, recabará y conservará en custodia la documentación original justificativa y comprobatoria del gasto y ejercicio de los apoyos otorgados y autorizados al proyecto, en términos de las disposiciones fiscales aplicables, o en su defecto por cinco años; asimismo, deberá llevar el registro de las operaciones financieras a que haya lugar.

En caso de que los recursos no sean devengados en los términos que señalen las disposiciones aplicables, o bien los apoyos sean cancelados parcial o totalmente, el BENEFICIARIO deberá reintegrar, en los términos que se indique y conforme a las disposiciones legales aplicables, el saldo de la cuenta específica referida en la Cláusula TERCERA, incluyendo aquellos que resulten de rendimientos financieros e intereses generados deberán ser entregados a la Tesorería de la Federación y notificar por escrito a la SECRETARIA a través de la Dirección General de Comercio Interior y Economía Digital, dentro de los 10 días naturales siguientes al cierre del presente ejercicio fiscal.

DECIMA.- Observando el cumplimiento de las disposiciones contenidas en los artículos 54 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 176 de su Reglamento, la SECRETARIA y el GOBIERNO DEL ESTADO se comprometen a ejecutar todas las actividades que impliquen erogaciones a cargo del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio Fiscal 2012, a más tardar el 31 de diciembre de 2012.

Los recursos que no sean devengados y acreditados con la documentación correspondiente, en los términos que señalen las disposiciones aplicables, así como el saldo de la cuenta específica referida en la Cláusula TERCERA, respecto a los recursos otorgados con cargo al PROSOFT, incluyendo aquellos que resulten de rendimientos financieros e intereses, deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación, a más tardar el día 31 de diciembre de 2012, por el GOBIERNO DEL ESTADO, informando por escrito a la DGCIED de la SECRETARIA

El mismo procedimiento de reintegro a la Tesorería de la Federación, se aplicará para aquellos apoyos que no se destinen a los fines autorizados por el GOBIERNO DEL ESTADO o, en su caso, por el BENEFICIARIO.

DECIMA PRIMERA.- El presente Convenio tendrá una vigencia hasta el 31 de diciembre de 2012, contada a partir de la fecha de su firma, o hasta en tanto se cumpla con las disposiciones a cargo de el GOBIERNO DEL ESTADO y del BENEFICIARIO, sin perjuicio de que los recursos provenientes del PROSOFT deberán devengarse a más tardar el 31 de diciembre de 2012, en términos de los artículos 54 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 176 de su Reglamento; numeral 4.6.2.1 inciso o) de las REGLAS DE OPERACION y demás disposiciones legales aplicables.

DECIMA SEGUNDA.- El presente Convenio podrá ser modificado o adicionado previo consentimiento por escrito de las partes, con la autorización del Consejo Directivo. Las modificaciones o adiciones obligarán a los signatarios a partir de la fecha de su firma, salvo que éstas designen expresamente una fecha distinta.

Los asuntos relacionados con el objeto de este Convenio que no queden expresamente previstos en sus cláusulas, ni en sus anexos, serán interpretados por la SECRETARIA de común acuerdo con las partes, haciendo constar sus decisiones por escrito.

DECIMA TERCERA.- Para cualquier controversia que se suscite por la interpretación o cumplimiento del presente Convenio, las partes están de acuerdo en someterse y sujetarse a la competencia de los Tribunales Federales en la Ciudad de México, renunciando al fuero que por su domicilio presente o futuro pudieran tener.

Leído que fue el presente Convenio y enteradas las partes de su contenido y alcance legal, se firma en cuatro tantos en la ciudad de México, D.F. a los <<DIA>> de <<MES>> de 2012.

 

Por la SECRETARIA.

 

Por el GOBIERNO DEL ESTADO.

Por el BENEFICIARIO.

 

 

 

 

 

 

 

 

ANEXO F

CONVENIO DE ASIGNACION DE RECURSOS PARA EL OTORGAMIENTO DE LOS SUBSIDIOS DEL PROGRAMA PARA EL DESARROLLO DE LA INDUSTRIA DEL SOFTWARE (PROSOFT) QUE SUSCRIBEN POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE ECONOMIA, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR <<NOMBRE>>, EN SU CARACTER DE <<CARGO>>, EN LO SUCESIVO LA SECRETARIA; POR OTRA PARTE, <<NOMBRE ORGANISMO PROMOTOR>>, EN LO SUCESIVO DENOMINADA EL ORGANISMO PROMOTOR, REPRESENTADA POR <<NOMBRE DEL REPRESENTANTE O APODERADO LEGAL>>; Y POR LA OTRA, LA EMPRESA <<NOMBRE DEL BENEFICIARIO>> REPRESENTADA POR <<NOMBRE DEL REPRESENTANTE O APODERADO>>, EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA EL BENEFICIARIO, QUIENES CONJUNTAMENTE SERAN DENOMINADOS COMO LAS PARTES, SUJETANDOSE AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS:

ANTECEDENTES

1. Que con fecha <<DIA>> de <<MES>> de 2012, la SECRETARIA y el ORGANISMO PROMOTOR suscribieron un Convenio de Colaboración mismo que tiene por objeto contribuir al desarrollo del sector de tecnologías de la información buscando su crecimiento en el largo plazo en el país favoreciendo la competitividad internacional, en lo sucesivo el CONVENIO DE COLABORACION, registrado en la Unidad de Asuntos Jurídicos con el número <<NUMERO DE REGISTRO de fecha <<DIA>> de <<MES>> de 2012.

2. Que en la Cláusula DECIMA del CONVENIO DE COLABORACION, se establecen como parte de los compromisos asumidos por el ORGANISMO PROMOTOR el suscribir el correspondiente Convenio de Asignación de Recursos con el BENEFICIARIO, conforme a lo previsto en el Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa para el Desarrollo de la Industria del Software (PROSOFT) para el ejercicio fiscal 2012.

DECLARACIONES

I. De la SECRETARIA que:

I.1. Es una dependencia del Poder Ejecutivo Federal, con base en las disposiciones contenidas en los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2 fracción I, 26 y 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

I.2. En el ámbito de su competencia, y con fundamento en las disposiciones contenidas en los artículos 75, 76, 77 y 78 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 175, 176, 177, 178, 180 y 181 último párrafo del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 3 y 24 fracción XXIV del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, emitió el Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa para el Desarrollo de la Industria del Software (Prosoft) para el ejercicio fiscal 2012, en lo sucesivo las REGLAS DE OPERACION.

I.3. Que el <<DIA>> de <<MES>> de 2012 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación las REGLAS DE OPERACION.

I.4. En términos de las disposiciones contenidas en el numeral 4.9.2 y el ANEXO B de las REGLAS DE OPERACION, el Consejo Directivo del PROSOFT determinó la aprobación del apoyo al proyecto presentado por el ORGANISMO PROMOTOR; consecuentemente, ha instruido la suscripción del presente Convenio entre la SECRETARIA, el ORGANISMO PROMOTOR y el BENEFICIARIO.

I.5. Con fundamento en el <<artículo>> del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía y el numeral 6.1 de las REGLAS DE OPERACION, la o el <<NOMBRE>>, <<CARGO>>, cuenta con las facultades suficientes para suscribir el presente Convenio.

I.6. Para los efectos del presente Convenio, señala como domicilio el ubicado en Alfonso Reyes número 30, en la colonia Hipódromo Condesa de la Ciudad de México, Distrito Federal, Código Postal 06140.

II. De el ORGANISMO PROMOTOR.

II.1. Es una <<RAZON SOCIAL DEL ORGANISMO PROMOTOR>>, debidamente constituida conforme a las leyes mexicanas, tal y como consta en la Escritura Pública número <<NUMERO DE ESCRITURA>> otorgada ante la fe del Licenciado <<NOMBRE DEL NOTARIO>>, Notario Público número <<NUMERO DE NOTARIA>>, de fecha <<DIA>> de <<MES>> de <<AÑO>> e inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio, bajo el folio número <<NUMERO DE REGISTRO>> de fecha <<DIA>> de <<MES>>  de <<AÑO>>.

II.2. Dentro de su objeto social se encuentra, entre otras, <<ACTIVIDADES PREPONDERANTES>>.

II.3. El C. <<NOMBRE DE REPRESENTANTE LEGAL>>, en su carácter de <<REPRESENTANTE O APODERADO LEGAL>>, cuenta con las facultades necesarias para suscribir el presente instrumento jurídico, conforme a lo establecido en la Escritura Pública número <<NUMERO>> otorgada ante la fe del Licenciado <<NOMBRE DEL NOTARIO>>, Notario Público número <<NUMERO DE NOTARIA>>, de fecha <<DIA>> de <<MES>> de <<AÑO>>, en la que le fueron otorgadas las facultades con que se ostenta, mismas que manifiesta bajo protesta de decir verdad que a la fecha, no le han sido revocadas ni restringidas o modificadas en forma alguna.

II.4. Conforme a lo establecido en las REGLAS DE OPERACION, presentó en tiempo y forma según la Convocatoria Pública de fecha <<FECHA DE CONVOCATORIA>> la Solicitud de Apoyo del proyecto denominado <<NOMBRE DEL PROYECTO>>, en lo sucesivo el PROYECTO, a la consideración del Consejo Directivo del PROSOFT.

II.5. Bajo protesta de decir verdad, manifiesta que conoce el contenido y alcances legales de las REGLAS DE OPERACION, así como las disposiciones jurídicas aplicables y los lineamientos contenidos en  sus Anexos.

II.6. En el ámbito de su competencia y con base en lo establecido en la regla 4.6.2.1 inciso i) de las REGLAS DE OPERACION y en el CONVENIO DE COLABORACION celebrado con la SECRETARIA, suscribe el presente Convenio para el otorgamiento de los apoyos asignados a el BENEFICIARIO.

II.7. Para los efectos del presente Convenio, señala como domicilio legal el ubicado en <<DOMICILIO>>.

III. De el BENEFICIARIO que:

III.1. Es una <<RAZON SOCIAL>>, debidamente constituida conforme a las leyes mexicanas, tal y como consta en la Escritura Pública número <<NUMERO>> otorgada ante la fe del Licenciado <<NOMBRE NOTARIO>>, de la Notaría Pública número <<NUMERO DE NOTARIA>> de fecha <<DIA>> de <<MES>> de <<AÑO>> e inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio, bajo el folio número <<NUMERO DE REGISTRO>> de fecha <<DIA>> de <<MES>> de <<AÑO>>.

III.2. El C. <<NOMBRE DE REPRESENTANTE LEGAL>>, en su carácter de <<APODERADO O REPRESENTANTE LEGAL>>, cuenta con las facultades necesarias para suscribir el presente instrumento jurídico, conforme a lo establecido en la Escritura Pública número <<NUMERO>> otorgada ante la fe del Licenciado <<NOMBRE DEL NOTARIO>>, Notario Público número <<NUMERO DE NOTARIA>>, de fecha <<DIA>> de <<MES>> de <<AÑO>>, en la que le fueron otorgadas las facultades con que se ostenta mismas que manifiesta bajo protesta de decir verdad que a la fecha, no le han sido revocadas ni restringidas o modificadas en forma alguna.

III.3. Dentro de su objeto social se encuentra, entre otras, <<ACTIVIDADES PREPONDERANTES>>.

III.4. Bajo protesta de decir verdad, manifiesta que conoce el contenido y alcances legales de las REGLAS DE OPERACION, así como las disposiciones jurídicas aplicables y sus lineamientos.

III.5. Con base en el Acta de acuerdos del Consejo Directivo de fecha <<DIA>> de <<MES>> de 2012, en la que se aprobó el PROYECTO denominado <<NOMBRE DEL PROYECTO>> comparece sin que existan vicios en su consentimiento, con el objeto de solicitar la ejecución de la asignación de los apoyos otorgados por el Consejo Directivo del PROSOFT.

III.6. Para los efectos del presente Convenio, señala como domicilio legal el ubicado en <<DOMICILIO>>.

Las partes manifiestan su conformidad en suscribir el presente Convenio al tenor de las siguientes:

CLAUSULAS

PRIMERA.- El objeto del presente Convenio consiste en establecer las condiciones específicas para el otorgamiento de los apoyos asignados a el BENEFICIARIO para la ejecución del PROYECTO denominado: <<NOMBRE PROYECTO>>, aprobado por el Consejo Directivo del PROSOFT, en la sesión <<ORDINARIA O EXTRAORDINARIA>> del <<DIA>> de <<MES>> de 2012, cuya responsabilidad de ejecución y correcta aplicación de los recursos, queda desde este momento, plenamente asumida por el BENEFICIARIO.

SEGUNDA.- El BENEFICIARIO se obliga a observar y cumplir las disposiciones contenidas en las REGLAS DE OPERACION y criterios, particularmente las relativas a la ejecución y/o desarrollo del proyecto aprobado por el Consejo Directivo, manifestando en este acto que los conoce y se adhiere a las obligaciones a su cargo, como si a la letra se insertaran en el presente Convenio.

TERCERA.- Con base en la Solicitud de Apoyo aprobada por el Consejo Directivo del PROSOFT que forma parte integral de este Convenio, como ANEXO 1, la SECRETARIA y el BENEFICIARIO se comprometen a destinar un total de <<CANTIDAD EN PESOS MEXICANOS CON LETRA Y NUMERO>>, conforme a la siguiente distribución:

Conforme lo que establece el CONVENIO DE COLABORACION, la SECRETARIA aportó recursos al PROYECTO por concepto de apoyos transitorios que prevén las REGLAS DE OPERACION, por un total de <<CANTIDAD EN PESOS MEXICANOS CON LETRA Y NUMERO>>.

Asimismo, el BENEFICIARIO se compromete a complementar los recursos por un total de <<CANTIDAD EN PESOS MEXICANOS CON LETRA Y NUMERO>> para la adecuada ejecución o desarrollo del PROYECTO, en los términos señalados en el mismo, aprobados por el Consejo Directivo del PROSOFT.

La entrega de los apoyos se realizará de conformidad con lo previsto en el presente Convenio y en las REGLAS DE OPERACION.

Para el depósito de los recursos provenientes del PROSOFT, el BENEFICIARIO cuenta con una cuenta bancaria productiva específica y exclusiva para la administración y ejercicio de los recursos federales, para que se identifiquen las erogaciones cuyo destino se sujeten a lo establecido en este Convenio. El BENEFICIARIO se compromete a llevar un manejo diferenciado de los recursos provenientes del PROSOFT, del ORGANISMO PROMOTOR y de los de origen privado.

CUARTA.- Con el fin de verificar la correcta aplicación de los apoyos otorgados y el cumplimiento de las obligaciones a cargo de el BENEFICIARIO, a partir de la firma de este Convenio, el Consejo Directivo del PROSOFT y el ORGANISMO PROMOTOR, por sí mismos o a través de la contratación de terceros, podrán realizar auditorías, visitas de supervisión o inspección, con sujeción a las disposiciones contenidas en las REGLAS DE OPERACION, sin perjuicio de las facultades y atribuciones de la SECRETARIA, de la Secretaría de la Función Pública o cualquier otra instancia o autoridad competente.

QUINTA.- Por su parte el BENEFICIARIO se compromete a aceptar y facilitar la realización de auditorías, y visitas de supervisión e inspección a la que se refiere la Cláusula inmediata anterior del presente instrumento jurídico, así como a rendir los Reportes de Avance/Final, según corresponda en el ejercicio de los recursos, con las metas y objetivos del proyecto aprobado, a comprobar el gasto y ejercicio tanto de los apoyos, como de los demás recursos económicos que sean utilizados para la ejecución y desarrollo del proyecto, conforme a los formatos que para tal fin establezca el Consejo Directivo del PROSOFT.

SEXTA.- En caso de incumplimiento del BENEFICIARIO a lo establecido en el presente Convenio así como a lo dispuesto en las REGLAS DE OPERACION particularmente en las obligaciones a su cargo, el Consejo Directivo del PROSOFT, atendiendo la gravedad y origen del incumplimiento, podrá aplicar lo dispuesto en el numeral 4.7 de las REGLAS DE OPERACION, sin perjuicio de que se ejerciten las demás acciones legales que conforme a derecho procedan y correspondan.

El BENEFICIARIO se compromete a notificar inmediatamente, a el ORGANISMO PROMOTOR cualquier actividad no prevista o de fuerza mayor que implique modificación, en tiempo o forma al PROYECTO aprobado por el Consejo Directivo del PROSOFT y el ORGANISMO PROMOTOR deberá notificar por escrito a la Dirección General de Comercio Interior y Economía Digital de la SECRETARIA.

El BENEFICIARIO acepta que, ante la cancelación total o parcial de la entrega de apoyos, éste quedará obligado, en el término que establezca el Consejo Directivo del PROSOFT, al reintegro de la cantidad señalada en la Cláusula TERCERA del presente Convenio o su parte proporcional, según sea el caso, incluyendo los rendimientos financieros y el interés que en su caso se haya generado, sin responsabilidad alguna por los gastos, expensas, erogaciones o análogos que hubiere realizado. El reintegro de los recursos y sus rendimientos financieros e intereses generados deberán ser entregados a la Tesorería de la Federación en una sola exhibición y notificar por escrito a la SECRETARIA a través de la Dirección General de Comercio Interior y Economía Digital de la SECRETARIA.

SEPTIMA.- Los recursos que aporta la SECRETARIA para el cumplimiento del objeto del presente Convenio y que se realizan de conformidad con las REGLAS DE OPERACION, serán considerados en todo momento como subsidios federales en los términos de las disposiciones aplicables; en consecuencia, no perderán su carácter federal al ser canalizados a el BENEFICIARIO, y estarán sujetos, en todo momento, a las disposiciones federales que regulan su control y ejercicio.

En este sentido, el BENEFICIARIO, reconoce que los recursos previstos en la Cláusula TERCERA serán destinados única y exclusivamente para los fines previstos en la Cláusula PRIMERA del presente instrumento jurídico, por lo que en caso de que éstos sean usados con fines políticos, electorales, de lucro y cualquier otro distinto a los establecidos o que los recursos sean aplicados a cualquier fin distinto al autorizado particularmente a la promoción de algún determinado partido político o candidato, o que en su caso se condicione el cumplimiento del PROSOFT a la emisión del sufragio a favor de algún partido político o candidato, la SECRETARIA podrá rescindir administrativamente el presente Convenio.

La rescisión a que se refiere el párrafo anterior, operará de pleno derecho y sin necesidad de acción judicial o arbitral previa. Consecuentemente, el BENEFICIARIO acepta que ante la rescisión de este Convenio, éste quedará obligado a la devolución total de la cantidad señalada en la Cláusula TERCERA más los intereses que en su caso se hubieren generado, sin responsabilidad alguna para la SECRETARIA por los gastos, expensas, erogaciones o análogos que hubiera realizado.

OCTAVA.- El personal de cada una de las partes que sea designado para la realización de cualquier actividad relacionada con este Convenio permanecerá, en forma absoluta, bajo la dirección y dependencia de la entidad con la cual tiene establecida su relación laboral, mercantil, civil, administrativa o cualquier otra, por lo que no se creará una subordinación de ninguna especie con la parte opuesta, ni operará la figura jurídica de patrón sustituto o solidario; lo anterior con independencia de estar prestando sus servicios fuera de las instalaciones de la entidad por la que fue contratado, o realizar labores de supervisión de los trabajos que  se realicen.

NOVENA.- Por su parte el BENEFICIARIO, recabará y conservará en custodia la documentación original justificativa y comprobatoria del gasto y ejercicio de los apoyos otorgados y autorizados al proyecto, en términos de las disposiciones fiscales aplicables, o en su defecto por cinco años; asimismo, deberá llevar el registro de las operaciones financieras a que haya lugar.

En caso de que los recursos no sean devengados en los términos que señalen las disposiciones aplicables, o bien los apoyos sean cancelados parcial o totalmente, el BENEFICIARIO deberá reintegrar, en los términos que se indique y conforme a las disposiciones legales aplicables, el saldo de la cuenta específica referida en la Cláusula TERCERA, incluyendo aquellos que resulten de rendimientos generados deberán ser entregados a la Tesorería de la Federación y notificar por escrito a la SECRETARIA a través de la DGCIED, dentro de los 10 días naturales siguientes al cierre del presente ejercicio fiscal.

DECIMA.- Observando el cumplimiento de las disposiciones contenidas en los artículos 54 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 176 de su Reglamento, la SECRETARIA y el ORGANISMO PROMOTOR se comprometen a ejecutar todas las actividades que impliquen erogaciones a cargo del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio Fiscal 2012, a más tardar el 31 de diciembre de 2012.

Los recursos que no sean devengados con la documentación correspondiente, en los términos que señalen las disposiciones aplicables, así como el saldo de la cuenta específica referida en la Cláusula TERCERA, respecto a los recursos otorgados con cargo al PROSOFT, incluyendo aquellos que resulten de rendimientos financieros e intereses, deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación, a más tardar el día 31 de diciembre de 2012, por el ORGANISMO PROMOTOR, informando por escrito a la SECRETARIA a través de la DGCIED.

El mismo procedimiento de reintegro a la Tesorería de la Federación, se aplicará para aquellos apoyos que no se destinen a los fines autorizados por el ORGANISMO PROMOTOR o, en su caso, por el BENEFICIARIO.

DECIMA PRIMERA.- El presente Convenio tendrá una vigencia hasta el 31 de diciembre de 2012, contada a partir de la fecha de su firma, o hasta en tanto se cumpla con las disposiciones a cargo de el ORGANISMO PROMOTOR y del BENEFICIARIO, sin perjuicio de que los recursos provenientes del PROSOFT deberán devengarse a más tardar el 31 de diciembre de 2012, en términos de los artículos 54 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 176 de su Reglamento; numeral 4.6.2.1 inciso o) de las REGLAS DE OPERACION y demás disposiciones legales aplicables.

DECIMA SEGUNDA.- El presente Convenio podrá ser modificado o adicionado previo consentimiento por escrito de las partes, con la autorización del Consejo Directivo. Las modificaciones o adiciones obligarán a los signatarios a partir de la fecha de su firma, salvo que éstas designen expresamente una fecha distinta.

Los asuntos relacionados con el objeto de este Convenio que no queden expresamente previstos en sus cláusulas, ni en sus anexos, serán interpretados por la SECRETARIA de común acuerdo con las partes, haciendo constar sus decisiones por escrito.

DECIMA TERCERA.- Para cualquier controversia que se suscite por la interpretación o cumplimiento del presente Convenio, las partes están de acuerdo en someterse y sujetarse a la competencia de los Tribunales Federales en la Ciudad de México, renunciando al fuero que por su domicilio presente o futuro pudieran tener.

Leído que fue el presente Convenio y enteradas las partes de su contenido y alcance legal, se firma en cuatro tantos en la ciudad de México, D.F. a los <<DIA>> de <<MES>> de 2012.

Por la SECRETARIA.

 

Por el ORGANISMO PROMOTOR.

Por el BENEFICIARIO.

 

 

 

 

 

 

 

 

ANEXO G

Formato Carta de intención para fungir como Organismo Promotor en el PROSOFT

<<Ciudad>>, <<Estado>>, a <<día>> de <<mes>> de 2012

<<Nombre>>

SECRETARIA TECNICA DEL CONSEJO

DIRECTIVO DEL PROSOFT

Secretaría de Economía

P r e s e n t e.

Conforme a lo señalado en el apartado 4.3 de las Reglas de Operación del Programa para el Desarrollo de la Industria del Software (PROSOFT) para el ejercicio fiscal 2012, le informo que << el Gobierno del Estado>> de <Entidad> a través de la <Dependencia>/la Cámara/Asociación>> tiene interés de participar como Organismo Promotor autorizado del PROSOFT para el presente ejercicio fiscal, por lo que le solicitó lo ponga a consideración del Consejo Directivo del PROSOFT.

En cumplimiento a los requisitos previstos en las Reglas de Operación para fungir como Organismo Promotor del PROSOFT se manifiesta lo siguiente:

·            Se cuenta con un(a) <<estrategia y/o programa>> para el desarrollo del sector de TI, mismo que se anexa para ser validado por la Instancia Ejecutora.

·            Se ha diseñado un mecanismo interno de operación, mismo que se anexa para ser validado por la Instancia Ejecutora.

·            Se cuenta con capacidad para operar como Organismo Operador.

·            Se cuenta con clave de acceso al sistema del PROSOFT, misma que está al resguardo de <<la dependencia>> que se mencionó en el primer párrafo, ya que se entiende que ésta hace las veces de firma electrónica para el envío de Solicitudes de Apoyo y Reportes de Avance /Final.

·            Se ha ingresado al sistema del PROSOFT la documentación jurídica necesaria para suscribir instrumentos jurídicos.

·            No se está en incumplimiento de disposiciones cuya aplicación compete a la SE.

<<De conformidad con lo previsto en el apartado 4.5.3 de las Reglas de Operación, le informo que el Gobierno del Estado pretende invertir <<cantidad en número>> (<<cantidad en letra>>) con el PROSOFT en el 2012>>

Asimismo, en apego al apartado 8.1 de las Reglas de Operación, se realizarán acciones de difusión ante organismos, empresas, instituciones académicas, centros de investigación, entre otros. A la par, al menos se divulgarán las Reglas de Operación, el mecanismo interno de operación y las convocatorias que se aprueben por el Consejo Directivo en <<www.____>>, sin menoscabo de lo previsto en el apartado 4.6.2.1.

Por último, la publicidad que se adquiera para la difusión del Programa incluirá, claramente visible y/o audible, la siguiente leyenda: “Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa”.

Atentamente,

ANEXO H

Formato para designar responsable operativo de Organismo Promotor

 

<<Ciudad>>, <<Estado>>, a <<día>> de <<mes>> de 2012

<<Nombre>>

SECRETARIA TECNICA DEL CONSEJO

DIRECTIVO DEL PROSOFT

Secretaría de Economía

P r e s e n t e.

En cumplimiento a lo previsto en el apartado 4.3.1 de las Reglas de Operación, designo a <<nombre>>, <<puesto>>, como la persona facultada para dar cumplimiento con las obligaciones previstas en las citadas Reglas, así como enviar y recibir todas aquellas comunicaciones necesarias.

Será dicha persona quien tendrá a su resguardo la clave de acceso para poder utilizar el Sistema del fondo PROSOFT a través de los enlaces digitales correspondientes y acepta recibir y acusar de recibido de manera electrónica todas las notificaciones que se le hagan llegar.

A continuación se brindan los datos de contacto:

·        Teléfono

·        Correo electrónico

·        Dirección física

Reciba un cordial saludo.

Atentamente,

ANEXO I

Formato para informar ministración a Beneficiarios

 

<<Ciudad>>, <<Estado>>, a <<día>> de <<mes>> de 2012

<<Nombre>>

DIRECTOR(A) GENERAL DE

COMERCIO INTERIOR Y ECONOMIA DIGITAL

Secretaría de Economía

P r e s e n t e.

En cumplimiento con el inciso j) del apartado 4.6.2.1 de las Reglas de Operación del Programa para el Desarrollo de la Industria del Software (PROSOFT) para el ejercicio fiscal <<año>> y en seguimiento a su oficio <<número>> de fecha <<día>> de <<mes>> de <<año>>, por medio del presente hago de su conocimiento que se ha realizado la ministración de los recursos a los siguientes Beneficiarios:

#

Beneficiario

Nombre del Proyecto

Monto otorgado por la Secretaría

Forma de pago

Fecha de pago

 

 

 

 

 

 

 

“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa”.

Atentamente,

ANEXO J

SECRETARIA DE ECONOMIA

SOLICITUD DE MODIFICACION A LOS PROYECTOS APROBADOS DEL PROSOFT

USO EXCLUSIVO DE LA SECRETARIA DE ECONOMIA (SE):

Organismo Promotor:

 

Folio:

 

Fecha de recepción:

 

 

“Este programa es público ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa”

I. PROYECTO, Identificar el proyecto para el cual se solicita la modificación

 

 

 

Nombre del proyecto

 

 

Número de folio

 

 

Beneficiario

 

 

 

 

II. Modificación solicitada

 

a) Fecha de cierre (prórroga)

 

Original

 

 

Propuesta

 

 

Relación de prórrogas recibidas

 

 

Justificación

 

 

 

b) Entregables

A. Concepto aplicable

B. Entregable original

C. Entregable modificado

D. Costo entregable original

E. Costo entregable modificado

G. Justificación de la modificación

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

c) Proveedor, rubro de gasto 4, conforme al apartado 4.5.5.1 inciso b) iv. de las Reglas de Operación

Nombre de nuevo proveedor

 

Certificado de calidad del proveedor (si aplica)

 

Currícula de proveedor

 

Justificación de cambio

 

 

d) Aclaración, detallar justificación y/o motivos de dicha(s) aclaración(es).

 

 

 

III. Responsable del Organismo Promotor

En cumplimiento con lo estipulado en las Reglas de Operación del Programa para el Desarrollo de la Industria del Software (PROSOFT), el Organismo Promotor declara haber analizado la información manifestada por el Beneficiario en la presente Solicitud.

 

Observaciones. Indicar observaciones del Organismo Promotor a la Solicitud del Beneficiario.

 

El Organismo Promotor está de acuerdo en enviar la presente Solicitud a la Instancia Ejecutora:

 

No

 

 

 

 

Registro OP

 

Nombre

 

Cargo

 

Correo electrónico1

 

CURP

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

RFC

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Consideraciones generales para su llenado:

-            La captura de la Solicitud es a través de Internet, por lo que el horario de recepción es abierto, sin embargo la revisión de la Solicitud se realizará de 9:00 a 14:30 horas y de 15:30 a 18:00 horas, de lunes a viernes.

-            En el Módulo I. Proyecto. Especifique los datos requeridos de acuerdo con la Solicitud de Apoyo aprobada por el Consejo Directivo del PROSOFT.

-            En el Módulo II. Modificación solicitada. Marcar todas las opciones que correspondan de acuerdo con el tipo de modificación solicitada.

-            En el Módulo III. Responsable del Organismo Promotor. La información requerida en este punto únicamente podrá ser llenada por el Organismo Promotor del proyecto.

Nota 1 Con fundamento en el artículo 35 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo autorizo la recepción de notificaciones relacionadas al PROSOFT.

 

Trámite al que corresponde la forma: Solicitud de modificación a los proyectos aprobados del PROSOFT

Número de Registro Federal de Trámites y Servicios: SE-06-027

Fecha de autorización de la forma por parte de la Oficialía Mayor: 05/12/2011

Fecha de autorización de la forma por parte de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria:

 

Fundamento jurídico-administrativo:

Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa para el Desarrollo de la Industria del Software (PROSOFT) para el ejercicio fiscal 2012.

 

Documentos anexos: Los señalados en el módulo II de este formato

 

Tiempo de respuesta: 3 meses

 

Número telefónico del responsable del trámite para consultas: 5229-6100 extensión: 34155

 

NUMERO TELEFONICO PARA QUEJAS:

Organo Interno de Control en la SE

5629-95-52 (directo)

5629-95-00 extensiones: 21200, 212010, 21212, 21218 y 21219

Para cualquier aclaración, duda y/o comentario con respecto a este trámite, sírvase llamar al Centro de Contacto Ciudadano: En el Distrito Federal: 2000-2000. 01 800 FUNCION (01 800 3862466). Desde Estados Unidos o Canadá: 1 800 475-2393 Correo electrónico: contactociudadano@funcionpublica.gob.mx

 

SE-06-027

 

ANEXO K

Mecanismo Interno de Operación de Organismo Promotor

 

 

 

 

 

 

 

Actividades por realizar

R- Recurso

Evaluación/Jurídico/Finanzas

RI- Recurso Inicio

Seguimiento/Finanzas

RF-Recurso Final

Evaluación/Jurídico/Finanzas/Seguimiento

 

ANEXO M

Formato de Recibo de Otorgamiento o Entrega de Subsidio

 

Nombre del Beneficiario:

_________________________________________________________

RFC:

_________________________________________________________

Localidad:

_________________________________________________________

Estado:

_________________________________________________________

 

Por este medio manifiesto que recibo por conducto de <<nombre del OP>> los recursos otorgados por la Secretaría de Economía en su calidad de Organismo Promotor del Programa para el Desarrollo de la Industria del Software (PROSOFT) y de conformidad con el Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa para el Desarrollo de la Industria del Software (PROSOFT), la cantidad de apoyo  de subsidio por un monto total de $XXXXX (Cantidad con letra 00/100 M.N.).

Me comprometo a aplicar dicho monto exclusivamente para ejecutar el proyecto <<Nombre del Proyecto>> con folio <<Número de folio>> aprobado por el Consejo Directivo del PROSOFT, mismo que se detalla en el Convenio de Asignación de Recursos No. <<Número de registro>>/2012 de fecha <<Día>> de <<Mes>>  de <<Año>>.

A <<Día>> de <<Mes>> del 2012, México D.F.

 

 

____________________________

Representante Legal

(Nombre, Cargo y Firma)

 

“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa”

 

ANEXO N

SECRETARIA DE ECONOMIA

REPORTE DE CUMPLIMIENTO DE COMPROMISOS DEL OP

USO EXCLUSIVO DE LA SECRETARIA DE ECONOMIA (SE):

Número de Folio:

 

Fecha de recepción en SE:

 

Ejercicio que se presenta:

 

Fecha de presentación:

 

 

“Este programa es público ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa”

I. Información general.

1. Organismo Promotor

 

2. Registro IE

 

3. Domicilio

 

4. Responsable Operativo

 

5. Teléfono

 

6. Correo electrónico

 

7. Sitio Web

 

 

II. Información Compromisos

a) Convenio Coordinación/Colaboración

Original

Núm. de Convenio

Fecha

Montos

Firmantes

SE

OP

Privado

 

 

 

 

 

 

Totales

 

 

 

 

 

Adendas

Núm. de Adenda

Fecha

Montos

Firmantes

Causa

 

 

SE

OP

Privado

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Totales

 

 

 

 

 

b) Cuenta Bancaria exclusiva del PROSOFT (Incluir estados de cuenta como evidencia, señalar nombre de archivo anexo)

No. Cuenta

Tipo de Cuenta

Fecha

Banco

Monto Ministrado

No. Recibo

Fecha

Titular de la Cuenta

Apertura

Cancelación

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

c) Convenio de asignación de recursos (Al incluir evidencia señalar nombre de archivo anexo)

Original

Folio Proyecto

BEN

Monto

Fecha

Evidencia

SE

OP

Privado

 

 

 

 

 

 

 

Totales

 

 

 

 

 

Adendas

Folio Proyecto

BEN

Monto

Fecha

Evidencia

Motivo

SE

OP

Privado

 

 

 

 

 

 

 

 

Totales

 

 

 

 

 

d) Ministración de recursos a BEN (Al incluir evidencia señalar nombre de archivo anexo)

Folio Proyecto

BEN

Monto

Fecha

Evidencia

Tipo Ministración

(Total o Parcial)

 

 

SE

OP

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Totales

 

 

 

 

e) Actividades de Difusión, asesoría y capacitación (Al incluir evidencia señalar nombre de archivo anexo)

 

Fecha de Publicación

Medio

Evidencia que se presenta

Comentarios

Autorización OP

 

 

 

 

Convocatoria N

 

 

 

 

Listado de proyectos y Estatus

 

 

 

 

Realización de Eventos

 

 

 

 

Publicación de Impactos esperados de proyectos aprobados

 

 

 

 

 

c) Capacitación recibida por el OP

Fecha de Capacitación

Nombre de Asistentes

Tema

Horas

Organismo responsable de capacitación

 

 

 

 

 

 

f) Cumplimiento y seguimiento a BEN (Indicar nombre del documento donde aplique)

Presentación de evidencia de cumplimiento con BEN

No. Proyecto

Validación de Documentación Jurídica

Validación de SA y Documentación Soporte

Notificaciones Realizadas

Validación de Solicitud de Modificaciones

Validación de Seguimiento a Reportes de Avance y/o Final

Seguimiento Físico a proyectos realizado

 

 

 

 

 

 

 

Se deberá anexar documentación soporte en archivo “pdf”