ACUERDO mediante el cual se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa para el Desarrollo de la Industria del Software (PROSOFT) para el ejercicio fiscal 2012 |
Viernes 23 de diciembre de 2011 |
Al margen
un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.-
Secretaría de Economía.
Con fundamento en los artículos
28 último párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal
de Procedimiento Administrativo; 28 y 32 de la Ley de Planeación; 75, 76, 77 y
78 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 33 y 34 del
Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal
2012; 175, 176, 177, 178, 179, 180 y 181 último párrafo del Reglamento de la
Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 3, 5 fracción XVI y 24
del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 28, último
párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, señala que
se podrán otorgar apoyos con recursos federales a actividades que sean
prioritarias, cuando éstas sean generales, de carácter temporal y no afecten
las finanzas de la Nación;
Que el Plan Nacional de
Desarrollo (PND) 2007-2012 tiene como finalidad establecer los objetivos
nacionales, las estrategias y las prioridades que durante la presente
Administración deberán regir la acción del gobierno;
Que el segundo eje del PND,
Economía competitiva y generadora de empleos, tiene como uno de sus objetivos,
el potenciar la productividad y competitividad de la economía mexicana y así
lograr un crecimiento económico sostenido y acelerar la creación de empleos,
para lo cual se establece como estrategia el diseñar agendas sectoriales para
la competitividad de sectores económicos de alto valor agregado y contenido
tecnológico, y de sectores precursores, así como la reconversión de sectores
tradicionales, a fin de generar empleos mejor remunerados. Asimismo, considera
estratégico establecer condiciones para que México se inserte en la vanguardia
tecnológica;
Que el Programa Sectorial de
Economía 2007-2012 establece como objetivo rector 2.5, elevar la competitividad
de las empresas mediante el fomento del uso de las tecnologías de información,
la innovación y el desarrollo tecnológico en sus productos y servicios, a su
vez, como objetivo rector 3.2 incrementar la participación de México en los
flujos de comercio mundial y en la atracción de Inversión Extranjera Directa
(IED), en el cual se establece que se deberá posicionar a México como un
oferente en el mercado de servicios de tecnologías de información;
Que el Presupuesto de Egresos
de la Federación, ha establecido erogaciones del Ramo 10 Economía, para el
Programa para el Desarrollo de la Industria del Software (PROSOFT), y
Que con el propósito de mejorar
los procesos para brindar certidumbre y certeza jurídica a la población
objetivo del PROSOFT, se expide el siguiente
Acuerdo
Unico.- Se dan a
conocer las Reglas de Operación del Programa para el Desarrollo de la Industria
del Software (PROSOFT) para el Ejercicio Fiscal 2012.
REGLAS DE OPERACION DEL PROGRAMA PARA EL DESARROLLO
DE LA INDUSTRIA DEL SOFTWARE (PROSOFT) PARA EL EJERCICIO FISCAL 2012
1. Introducción
Transitar hacia una economía de
servicios con alto valor agregado y con una dinámica orientada a la innovación,
requiere de una industria de tecnologías de información y comunicaciones (TIC)
competitiva y estrechamente integrada con los demás sectores económicos del
país.
Las TIC son un factor crítico
para potenciar la productividad y la competitividad de todos los sectores de la
economía. Además de su relevancia como precursor transversal para el
crecimiento económico del país, se trata de una industria intensiva en
conocimiento, con capacidad de generar empleos bien remunerados. Asimismo, es
reconocida como una industria con gran potencial para atraer inversiones y
detonar la innovación tecnológica.
En la medida que las
tecnologías de la información (TI) influyen no sólo en la productividad de las
empresas sino además en un gran número de factores que determinan la
competitividad de un país. Se ha demostrado que existe una relación positiva y
contundente entre ambas variables, tanto en países desarrollados como en países
en vías de desarrollo. El Banco Mundial ha concluido que las compañías que
utilizan las TIC crecen más rápido, invierten más, son más productivas y más
rentables que las que no las usan.
El potencial de crecimiento del
mercado interno y global para servicios de TI es enorme y con amplias
posibilidades de realizarlo ya que México cuenta con importantes fortalezas,
entre ellas el talento abundante.
La política pública actual para
desarrollar el sector de TI en México tiene como antecedente al Programa para
el Desarrollo de la Industria de Software, y ahora se establece en el Programa
de Desarrollo del Sector de Servicios de Tecnologías de Información, denominado
PROSOFT 2.0, el cual busca crear las condiciones necesarias para que México
cuente con un sector de TI más competitivo internacionalmente y asegurar su
crecimiento en el largo plazo.
Además
de esta política pública, en 2008 se creó el Programa para el Desarrollo de la
Industria de Medios Interactivos (PROMEDIA), con la finalidad de crear las
condiciones necesarias para asegurar el crecimiento y la consolidación de esta
industria en el país, así como elevar su competitividad internacional. Si bien,
los medios interactivos son un subsector de las TI, se consideró que por sus
características particulares era necesario darle una personalidad propia.
Cabe señalar que el Estado
juega un papel crucial como coordinador entre individuos y organizaciones en
todos los sectores de la economía. En el contexto del PROSOFT 2.0, es necesaria
la coordinación de acciones actualmente dispersas para corregir algunos de los
factores identificados como causas de la debilidad de la industria, algo que ni
el mercado, ni la iniciativa privada pueden hacer por sí mismos.
Para promover el desarrollo de
un sector de TI competitivo y aprovechar sus oportunidades de crecimiento, se
requiere crear las condiciones para la formación de una masa crítica de
empresas con escala de producción y niveles de capacidad de procesos
suficientes para aprovechar la magnitud del mercado interno y competir en el
mercado mundial.
El fondo Prosoft es uno de los
instrumentos del PROSOFT 2.0, y está previsto en las estrategias de este
último. Dicho fondo ha estado en operación desde el ejercicio 2004 hasta la
fecha y busca facilitar el despliegue de las acciones para lograr los objetivos
planteados en la política pública (PROSOFT 2.0 y PROMEDIA), así como potenciar
el impacto de los recursos, al fortalecer la cobertura de las acciones,
asegurar la complementariedad de los apoyos y reducir los gastos
administrativos, a través de la coordinación institucional y la vinculación de
acciones con las entidades federativas y los sectores privado y académico.
En 2009, a fin de obtener
asistencia técnica para acelerar y ampliar el alcance del PROSOFT 2.0, se
diseñó, en conjunto con el Banco Mundial, el “Proyecto de Desarrollo de la
Industria de las Tecnologías de la Información – México”, mismo que toma como
referencia las estrategias instrumentadas por la Secretaría de Economía para
desarrollar el sector de TI. El proyecto obtuvo un préstamo del Banco Mundial
por 80 millones de dólares. En dicho proyecto, se estableció al fondo PROSOFT
como mecanismo para operar el préstamo, tomando como base de distribución de
los recursos las Reglas de Operación del PROSOFT.
Cabe señalar que el fondo
PROSOFT ha sido objeto de evaluaciones externas en las cuales se han emitido
recomendaciones para mejorar su operación y evaluación de impacto. Asimismo, se
ha recibido retroalimentación de Organismos Promotores, Beneficiarios del fondo
y de expertos en la materia. Derivado de lo anterior, las presentes Reglas de
Operación cambian su estructura, con el fin de facilitar su entendimiento y
mejorar sus procedimientos, particularmente en lo referente a la selección de
proyectos.
2. Objetivos
a) Promover las exportaciones y la atracción de inversiones de
TI;
b) Elevar la cantidad y calidad del capital humano del sector
de TI;
c) Promover la adopción de un marco legal que impulse el uso y
la producción de TI;
d) Incentivar la adopción de TI ofertadas por empresas del
sector ubicadas en el país;
e) Crear una base más amplia de empresas y agrupamientos del
sector de TI, así como elevar la competitividad de los mismos;
f) Promover que las empresas del sector de TI alcancen
niveles internacionales en capacidad de procesos, y
g) Aumentar las opciones y posibilidades de acceso a recursos
financieros para el sector de TI.
3. Definiciones
Acciones estratégicas:
Aquellas que el Consejo Directivo considere necesarias para acelerar el
cumplimiento del PROSOFT, mismas que pueden articularse con actores
representativos del sector. Para valorar la pertinencia de las mismas, el
Consejo Directivo tomará en consideración los indicadores de impacto,
objetivos, metas, así como las cotizaciones que sustentan el monto solicitado;
Beneficiarios: Aquellos
que forman parte de la población objetivo, que cumplen los requisitos de la
normatividad correspondiente y cuyos proyectos son aprobados por el Consejo
Directivo;
Convenio de Asignación de Recursos: Instrumento jurídico que será suscrito entre la Secretaría de Economía,
por conducto de la Subsecretaría, la Instancia Ejecutora y/o la Delegación
Federal de la Secretaría que corresponda; en su caso, el Organismo Promotor y
el Beneficiario, en el que se establecerá el proyecto a desarrollar y los
montos de apoyo a otorgar por parte de la Secretaría, en su caso el Organismo
Promotor y el beneficiario, conforme al Anexo E o F;
Convenio de Colaboración: Instrumento jurídico que será celebrado entre la Secretaría de Economía
y el Organismo Empresarial, en el que se establecerán los compromisos generales
y las acciones tendientes a promover el desarrollo del Sector de TI conforme al
Anexo D;
Convenio de Coordinación: Instrumento jurídico que será celebrado entre la Secretaría de Economía
y el Ejecutivo Estatal, en el que se establecerán los compromisos generales y
las acciones tendientes a promover el desarrollo del Sector de TI;
Convocatoria: Acuerdo
emitido por el Consejo Directivo para determinar el plazo que deberán observar
los Organismos Promotores para someter Solicitudes de Apoyo al PROSOFT, los
objetivos a cubrir en función de la fuente de financiamiento del recurso
disponible, el modelo paramétrico, así como los mecanismos a través de los
cuales la población objetivo podrá identificar a los Organismos Promotores
autorizados. Este acuerdo se publicará en las páginas de Internet
www.prosoft.economia.gob.mx y/o www.economia.gob.mx y será comunicado a los Organismos Promotores
autorizados;
Co-Productor: Persona
física o moral bajo la legislación mexicana que solicite apoyo para participar
en la producción de un proyecto que permita desarrollar en el país un producto
de medios creativos digitales;
Delegados Federales:
Los representantes de la Secretaría de Economía en las Entidades Federativas;
Dictamen Financiero: Es
el documento que suscribe un contador público o despacho de contadores públicos
conforme a las normas de su profesión y en el que expresa su opinión, relativa
a la naturaleza, alcance y resultado del examen realizado sobre los estados
financieros de la entidad de que se trate;
Empleo mejorado: Aquel
que previo a la vigencia del proyecto ya estaba contratado en el sector de TI
el cual recibirá como parte del alcance del proyecto aprobado alguna
capacitación o certificación;
Empleo potencial: Aquel
que se contratará en el ámbito del sector de TI derivado de la ejecución del
proyecto. Un empleo potencial no se debe contabilizar a su vez como empleo
mejorado, aun y cuando éste reciba una capacitación o certificación, así
también se deberá considerar que el sector de TI se caracteriza por su
movilidad basada en la duración de proyectos. Dicha movilidad de personal
permite facilitar el desarrollo de habilidades y competencias, creando equipos
de trabajo interdisciplinarios cuyo objetivo no es la permanencia sino
adaptarse a necesidades del mercado (Empleo temporal);
Empleo potencial de usuario: Aquel que se contratará dentro del Usuario de TI, derivado de la
ejecución del proyecto;
Fondo de Garantía:
Entidad instituida de conformidad con la normatividad aplicable con el fin de
garantizar el cumplimiento de una obligación de pago, mediante depósito de
recursos monetarios en el caso de incumplimiento, o en su caso, el otorgamiento
de fianza o de una garantía hipotecaria, buscando mejorar las condiciones del
crédito para las empresas del Sector de TI que resulten beneficiadas;
Fuente de financiamiento: Identifica si la fuente de los recursos a otorgar mediante el PROSOFT
son de origen fiscal o financiamiento externo, es decir proveniente del
Proyecto del Banco Mundial;
Instancia Ejecutora:
La Dirección General de Comercio Interior y Economía Digital, adscrita a la
Subsecretaría de Industria y Comercio;
Intermediario Financiero: Las instituciones de banca de desarrollo y banca múltiple, las
organizaciones auxiliares de crédito, las sociedades financieras de objeto
limitado, las instituciones nacionales de seguros y fianzas y las demás
instituciones o entidades facultadas en términos de la legislación mexicana
vigente para realizar la intermediación financiera;
Medios creativos digitales: Subsector del sector de TI, que incluye medios interactivos digitales
tales como animación, videojuegos, efectos especiales, así como aquellos
contenidos web, multimedia, que permiten a los usuarios interactuar con otros
usuarios o con un medio por sí mismo, con el propósito de entretenimiento,
información y educación;
Modelo Paramétrico:
Esquema aprobado por el Consejo Directivo que permite establecer prioridades en
la selección de Solicitudes de Apoyo recibidas, estableciendo un puntaje en
función de los elementos de impacto para el cumplimiento de los objetivos e
indicadores del PROSOFT y el Proyecto del Banco Mundial;
Operador Financiero: Institución
de la banca de desarrollo, financiera rural o fideicomisos públicos de fomento
del Gobierno Federal, que realizan funciones de administración de recursos del
PROSOFT en el marco de proyectos orientados a fortalecer el acceso al
financiamiento del sector, así como de operación de mecanismos alternativos de
financiamiento;
Organismo Empresarial:
Organismo o asociación empresarial del Sector de TI;
Organismo Promotor:
Entidad Federativa u Organismo Empresarial autorizado por el Consejo Directivo,
mediante el cual la Población Objetivo puede solicitar apoyo al PROSOFT;
PROMEDIA: Programa
para el Desarrollo de la Industria de Medios Interactivos;
Proyecto: Conjunto de
líneas de acción asociadas a recursos humanos, materiales y financieros para
lograr uno o varios objetivos;
Proyecto del Banco Mundial: Proyecto de Desarrollo de la Industria de las Tecnologías de la
Información, préstamo 7571-MX;
Proyecto de industria:
Proyectos cuyo beneficio impactan en el desarrollo del Sector de TI en su
conjunto, ya sea a nivel de todo el país o de alguna región;
Proyecto en Extenso:
El documento que contiene la descripción a detalle de al menos, la información
del beneficiario, alcances del proyecto, así como sus objetivos generales y
específicos, metas, etapas, necesidades y requerimientos, e impacto social y
económico;
Proyecto productivo: Aquel
que genera más de cincuenta empleos;
Reporte de Avance/Final: Reporte que el Beneficiario deberá enviar, a través del Sistema del
fondo, incluyendo la documentación que justifique el gasto, el impacto y los
entregables del proyecto aprobado. El Reporte de Avance se deberá enviar de
manera semestral a partir de la fecha de la firma del Convenio de Asignación de
Recursos y el Final al concluir el proyecto;
Reporte de Cumplimiento de Compromisos: Reporte que el Organismo Promotor deberá
enviar a la Instancia Ejecutora para que ésta pueda determinar si dicho
Organismo se encuentra al corriente con sus obligaciones ante el PROSOFT. El
Reporte de Cumplimiento de Compromisos, deberá enviarse trimestralmente a
partir de la fecha de la firma del Convenio Coordinación o del Convenio de
Colaboración, hasta en tanto el Organismo Promotor mantenga obligaciones ante
el PROSOFT, de acuerdo al Anexo N de las presentes reglas;
SCIAN: Sistema de
Clasificación Industrial de América del Norte;
Secretaría: La
Secretaría de Economía;
Sector de TI: Conjunto
de industrias cuya actividad económica principal consiste en el diseño,
desarrollo, producción y/o comercialización de productos, tecnologías y
servicios asociados al procesamiento de datos y administración de información.
Este sector incluye el desarrollo de software, servicios de TI, Business
Process Outsourcing (BPO) y de medios creativos digitales;
Software: Conjunto de
programas, instrucciones y procedimientos computacionales y su documentación
asociada, relacionado con la operación de un sistema de procesamiento de datos;
SAT: Servicio de
Administración Tributaria;
SHCP: Secretaría de
Hacienda y Crédito Público;
Sistema del fondo: Sistema
informático para enviar Solicitudes de Apoyo, Reportes de Avance/Final,
documentación jurídica, entre otros, para cuyo acceso es necesario consultar
las páginas de Internet www.prosoft.economia.gob.mx y/o www.economia.gob.mx a
través de un navegador de Internet y contar con una clave de acceso y usuario;
Solicitud de Apoyo: El
formato de presentación de proyectos para solicitar el apoyo del fondo PROSOFT
conforme al Anexo B;
Subsecretaría: La
Subsecretaría de Industria y Comercio;
Tamaño de las empresas:
La estratificación de las empresas será la definida en la Ley para el
Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana empresa así como
la señalada en el Acuerdo por el que se establece la estratificación de las
micro, pequeñas y medianas empresas, publicado en el Diario Oficial de la
Federación del 30 de junio de 2009;
TESOFE: Tesorería de
la Federación;
TI: Tecnologías de la
información;
Usuario de TI: Persona
física o moral establecida en el territorio nacional que desee adquirir,
implantar o subcontratar un producto, servicio de TI, servicio basado en TI o
medio interactivo, y
Vocación estratégica: Aquellas
actividades que permitirán diferenciar y/o posicionar la oferta del sector de
TI en el mercado nacional e internacional.
4.
LINEAMIENTOS
El PROSOFT operará a nivel nacional.
Para efectos de las presentes Reglas se considerará como población
potencial del
PROSOFT la siguiente:
a) Las personas físicas con
actividad empresarial y personas morales constituidas conforme a la legislación
mexicana, que realizan actividades clasificadas en las siguientes subramas o
clases de actividad económica previstas en el SCIAN:
51121 |
Edición de
software y edición de software integrada con la reproducción |
51219 |
Servicios
de postproducción y otros servicios para la industria fílmica y del video |
51211 |
Producción
de películas, programas para la televisión y otros materiales audiovisuales |
51821 |
Procesamiento
electrónico de información, hospedaje y otros servicios relacionados |
54151 |
Servicios
de diseño de sistemas de cómputo y servicios relacionados |
561422 |
Servicios
de recepción de llamadas telefónicas y promoción por teléfono |
NA |
Cualquiera otra actividad que el Consejo
Directivo determine |
b) Los organismos,
agrupamientos empresariales, empresas integradoras y asociaciones civiles, así
como la cámara del sector de TI;
c) Las instituciones
académicas con carreras afines del sector de TI;
d) Los organismos públicos,
privados o mixtos sin fines de lucro entre cuyos objetivos se encuentre el
fomento del sector de TI, y
e) Las personas físicas con
actividad empresarial y personas morales constituidas conforme a la legislación
mexicana que pretendan adoptar o facilitar la producción de productos y/o
servicios de TI generados en el país por empresas del sector de TI conforme a
lo previsto en la Regla 4.5.5.1.
4.2 Población
objetivo y atendida
La población objetivo
del PROSOFT está definida por el número de unidades económicas del sector de TI
que se pretende atender en función del presupuesto anual con que cuente el
Programa conforme a lo que defina el Consejo Directivo.
En función de lo anterior, la población
atendida será determinada por el número de unidades económicas atendidas,
vinculadas a los proyectos aprobados.
Los interesados en fungir como
Organismos Promotores del PROSOFT, antes de que sean canalizadas las
Solicitudes de Apoyo a la Instancia Ejecutora para someterla a consideración
del Consejo Directivo deberán cumplir con los siguientes requisitos:
Requisitos |
Elementos |
a) Ser
Entidad Federativa u Organismo Empresarial del sector de TI |
Todas las Entidades Federativas y el Distrito Federal
podrán participar como Organismo Promotor ante el PROSOFT. Los Organismos Empresariales deberán cumplir con al
menos uno de los siguientes supuestos: (a) ser una cámara especializada en el
sector de TI, en términos de la Ley de Cámaras Empresariales y sus
Confederaciones; (b) ser una asociación del sector de TI, con carácter
nacional y con al menos 150 asociados; o (c) ser una asociación del sector de
TI, con carácter nacional y con orientación temática. |
b) Contar
con una estrategia y/o programa para el desarrollo del sector de TI |
Estrategia y/o programa alineado al PROSOFT 2.0 cuyo
fin sea desarrollar el sector de TI en una Entidad Federativa, una región o
en todo el país, conforme a su ámbito de operación. Lo anterior será validado
por la Instancia Ejecutora y deberá ser publicado por el Organismo Promotor
en su portal de Internet. |
c) Contar
con un mecanismo interno de operación |
Documento a través del cual el Organismo Promotor
pretende dar a conocer a la población potencial el mecanismo mediante el cual
operaría para dar cumplimiento a lo previsto en las presentes Reglas de
Operación en caso de ser autorizado por el Consejo Directivo. El mecanismo deberá contemplar al menos lo previsto en
el Anexo K. La Instancia Ejecutora validará el documento para lo
cual podrá realizar comentarios al mecanismo presentado. En el caso de las Entidades Federativas se deberá
invitar, con derecho a voz pero sin voto, al Delegado Federal de la Secretaría
que corresponda a formar parte del órgano colegiado, vinculado al Organismo
Promotor que seleccionará las Solicitudes de Apoyo que se presentarán a
consideración del Consejo Directivo. |
d) Intención
para fungir como Organismo Promotor |
Presentar Carta de intención para fungir como Organismo
Promotor ante la Instancia Ejecutora conforme al Anexo G. En el caso de las Entidades Federativas, se deberá
señalar el monto de recursos que en el presente ejercicio fiscal pretende
invertir en conjunto con PROSOFT. |
e) Estar
al corriente en sus obligaciones ante el PROSOFT y la SE |
En caso de haber fungido como Organismo Promotor del
PROSOFT en años anteriores, acreditar que está al corriente en sus
obligaciones mediante Reporte de Cumplimiento de Compromisos de acuerdo al
Anexo N, así como obtener la aprobación del mismo por parte de la Instancia
Ejecutora. El candidato a Organismo Promotor no deberá haber
recibido una recomendación de suspensión de otros apoyos del PROSOFT por
parte del Consejo Directivo |
f) Tener
capacidad para operar |
Confirmar que cuenta con la infraestructura física y
humana suficiente para cumplir con las obligaciones inherentes a ser un
Organismo Promotor del PROSOFT conforme al Anexo L, ya que del fondo PROSOFT
no se otorgarán recursos para ello, ya sea directamente o a través de las
Solicitudes de Apoyo aprobadas. |
g) Contar
y resguardar su clave de acceso al Sistema del fondo |
Tramitar o renovar a través de la Instancia Ejecutora
la clave de acceso al Sistema del fondo. |
h) Presentar
su documentación jurídica |
Se deberá ingresar al Sistema del fondo la
documentación jurídica que acredite su legal existencia y los poderes para
actos de administración y para suscribir los instrumentos jurídicos
correspondientes. En caso de haber sido Organismo Promotor previamente y
que la información registrada en el sistema esté actualizada, bastará con
señalar a través del propio sistema, que se ha validado dicha información y
que no existen cambios. |
i) Designar
al responsable operativo del Organismo Promotor |
Designar al responsable operativo del Organismo
Promotor conforme a lo establecido en el Anexo H, para dar seguimiento al
cumplimiento de las obligaciones previstas en las citadas reglas. |
4.3.2 Población
objetivo
Para que la población objetivo pueda solicitar
apoyos del PROSOFT, deberán cumplirse los siguientes requisitos:
Requisitos |
Elementos |
a) Ser parte de la población
objetivo |
Documentación jurídica que
confirme que cumple con lo establecido en alguno de los incisos de la Regla
4.1.2. |
b) Estar al corriente en sus
obligaciones ante el PROSOFT |
En caso de haber sido un
Beneficiario del PROSOFT, previamente, se deberá estar al corriente en sus
obligaciones. Asimismo, no haber recibido
una recomendación de suspensión de otros apoyos del PROSOFT por parte del
Consejo Directivo. |
c) Contar con clave de acceso
al Sistema del fondo |
Tramitar o renovar la clave
de acceso directamente en el Sistema del fondo. |
d) Presentar su documentación
jurídica |
Se deberá ingresar al Sistema
del fondo la documentación jurídica necesaria para poder suscribir los
instrumentos jurídicos correspondientes. En caso de haber sido
Beneficiario del fondo PROSOFT y que la información registrada en el sistema
esté actualizada, bastará con señalar, a través del propio sistema, que se ha
validado la información y que no existen cambios a través del mismo sistema. No se podrán someter
Solicitudes de Apoyo en caso de no contar con esta información completa y
actualizada en el sistema. |
e) Ingresar la Solicitud de
Apoyo a través de un Organismo Promotor autorizado |
Se deberá enviar la Solicitud
de Apoyo mediante un Organismo Promotor autorizado y a través del Sistema del
fondo, conforme a lo establecido en el Anexo B. Dicha Solicitud de Apoyo
deberá ser debidamente llenada, anexando los documentos correspondientes. |
f) Invertir en el proyecto
propuesto |
La aportación del solicitante
al menos debe representar 50 por ciento de la inversión total del proyecto,
salvo los casos previstos en la Regla 4.5.2 inciso d. |
g) No duplicar apoyos
federales y no incumplir disposiciones de la Secretaría |
El representante
legal deberá suscribir carta bajo protesta de decir verdad, que no se han
recibido apoyos de otros programas federales para el mismo concepto, que
impliquen sustituir su aportación o duplicar apoyos, además deberá incluir, en dicha carta, que no está
en incumplimiento de alguna disposición cuya aplicación competa a la
Secretaría. |
h) Estar al corriente en el
cumplimiento de sus obligaciones fiscales |
Conforme a lo
previsto en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación y en la
Resolución Miscelánea Fiscal para 2011, publicada en el Diario Oficial de la
Federación el 1 de julio 2011 o la que sustituya a esta última. La Instancia
Ejecutora podrá establecer mecanismos de coordinación con el SAT para
solicitar información al respecto. |
i) No formar parte de las
estructuras que administran y canalizan los apoyos |
Los Beneficiarios
del PROSOFT bajo ningún concepto podrán ser servidores públicos de la
Subsecretaría, de las Delegaciones Federales o de cualquier otra área de la
Secretaría, de las dependencias que funjan como Organismos Promotores en las
Entidades Federativas, así como sus cónyuges o parientes por afinidad o
consanguinidad y las demás personas que al efecto se refieran en las legislaciones
federal y estatales aplicables en materia de responsabilidades de los
servidores públicos. |
j) Cumplir con los tiempos y
los procedimientos previstos |
Se deberán cumplir con los
tiempos y con los procedimientos previstos en las presentes Reglas de Operación,
así como con lo establecido por el Consejo Directivo. |
4.4 Criterios de
selección de Beneficiarios
a) Cumplir
con los requisitos previstos en la Regla 4.3.2;
b) Que
cumpla con lo previsto en las convocatorias que emita el Consejo Directivo;
c) Se
dará prioridad a aquellas solicitudes que:
i. Fortalezcan
al sector de TI en su conjunto, ya sea a nivel país o región,
ii. Generen
o mejoren empleos de alta especialización y creen sinergias en los equipos de
trabajo,
iii. Mejoren
los niveles de madurez o capacidad de procesos,
iv. Fomenten
la innovación,
v. Desarrollen
una vocación estratégica en el sector de TI,
vi. Faciliten
el cumplimiento de lo previsto en el proyecto con el Banco Mundial, y
d) Que
al momento de someterse la Solicitud al Consejo Directivo se cuente con
disponibilidad presupuestal en el PROSOFT.
4.5 De los apoyos
a) Los
apoyos del PROSOFT están integrados por recursos previstos en el Presupuesto de
Egresos de la Federación vigente;
b) Serán
otorgados a los Beneficiarios a través de los Organismos Promotores salvo en
los casos acordados por el Consejo Directivo y los que establezcan las
disposiciones previstas en las presentes Reglas de Operación y demás
disposiciones legales aplicables;
c) El
PROSOFT no podrá otorgar apoyos a un mismo proyecto por más de tres años, salvo
en los casos de proyectos de industria y aquellos que por su naturaleza y a
juicio del Consejo Directivo requieran un plazo mayor. Lo anterior no implica
que se puedan comprometer recursos de ejercicios fiscales posteriores, por lo
que en todos los casos, la Solicitud de Apoyo deberá ser presentada por
ejercicio fiscal y con apego a las disposiciones presupuestales aplicables;
d) Los
apoyos provenientes del PROSOFT serán considerados en todo momento como
subsidios federales en los términos de las disposiciones aplicables, y no
perderán su carácter federal al ser canalizados al Organismo Promotor así como
al Beneficiario. Asimismo estarán sujetos, en todo momento, a las disposiciones
federales que regulan su control y ejercicio;
e) Los
Beneficiarios deberán abstenerse de utilizar el apoyo del PROSOFT para el pago
de pasivos, sufragar el pago de actividades administrativas (sueldos, salarios
u honorarios asimilables a sueldos) así como pago de servicios para la
operación o el funcionamiento de las empresas de TI (gastos por arrendamiento
de inmuebles, energía eléctrica, telefonía, agua, impuestos, materiales y
suministros);
f) Los
recursos que sean otorgados con cargo al PROSOFT, están sujetos a las disposiciones
federales aplicables en materia presupuestaria, especialmente a lo dispuesto en
los artículos 175, 176, 177 y 178 del Reglamento de la Ley Federal de
Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria;
g) Los
recursos públicos federales deberán destinarse exclusivamente a los fines del
programa, de lo contrario deberán entregarse a la TESOFE, en los términos del
artículo 178 tercer párrafo y 217 último párrafo del Reglamento de la Ley
Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y
h) Los
recursos y acciones destinados a solventar los efectos ocasionados por
desastres naturales, deberán apegarse a los lineamientos y mecanismos que
determine la Secretaría de Gobernación y la SHCP, en sus ámbitos de competencia
y demás disposiciones aplicables.
a) El
monto por Solicitud de Apoyo aprobada estará en función de los rubros de gasto,
montos, y consideraciones previstas en el Anexo A;
b) Los
rubros de gasto autorizados son:
1. Capacitación
y certificación,
2. Habilitación
y equipamiento tecnológico,
3. Normas
y modelos,
4. Adopción
y producción de TI,
5. Innovación,
6. Comercialización,
7. Estudios
para desarrollar capacidades de negocio,
8. Servicios
profesionales diversos,
9. Eventos,
10. Creación
y fortalecimiento de fondos, y
11. Aceleración
de la política pública;
c) Estos
recursos podrán ser complementados con aportaciones de los Organismos
Promotores, los Beneficiarios y/o de otras instituciones, organismos o
empresas, de tal forma que se integre el total del monto a ejercer;
d) Tratándose
de acciones estratégicas, de proyectos de industria y/o proyectos vinculados al
Banco Mundial, con la autorización del Consejo Directivo, los proyectos podrán
no sujetarse a los montos previstos en el Anexo A de las presentes Reglas de
Operación, y
e) En
cualquier caso, la asignación de apoyos estará sujeta a la evaluación que
realice la Instancia Ejecutora y al dictamen del Consejo Directivo.
a) La
Instancia Ejecutora coordinará con los gobiernos de las Entidades Federativas,
en su caso, la aportación conjunta de recursos procurando que sea en partes
iguales (1 a 1), y
b) En
el supuesto de que algún gobierno de una Entidad Federativa no cuente con
suficiencia presupuestal para el apoyo de proyectos, el Consejo Directivo
podrá, sujeto a la disponibilidad presupuestal del PROSOFT, asignar recursos
federales a las empresas para atender las Solicitudes de Apoyo presentadas por
dicha Entidad Federativa.
4.5.4 Comprobación
del ejercicio de los recursos
a) Se
podrá presentar documentación comprobatoria y justificativa del proyecto, con
fecha a partir del primero de enero en adelante del ejercicio vigente en el que
se apruebe la Solicitud de Apoyo, salvo que el Consejo Directivo apruebe un
caso distinto;
b) La
comprobación de los recursos deberá estar a nombre del Beneficiario
correspondiente. En los casos que autorice el Consejo Directivo, se podrá
considerar documentación comprobatoria a nombre de las empresas atendidas
conforme a la Solicitud de Apoyo aprobada;
c) En
el caso de los proyectos en que empresas relacionadas y/o asociadas actúen como
compradores y/o aportantes, se deberá comprobar que las adquisiciones finales
no se realizaron dentro del grupo de empresas relacionadas y/o asociadas, así
como contar con la autorización previa del Consejo Directivo. Para ello la
Instancia Ejecutora podrá requerir información complementaria, actas
constitutivas de los proveedores que participen en los proyectos, y en el caso
de que se compruebe fehacientemente que los accionistas y/o representantes legales
de los proveedores son las mismas personas que fungen como Beneficiarios en los
proyectos, se podrán aplicar las sanciones establecidas en la Regla 4.7.2
incisos b), c) y d) de estas Reglas de Operación;
d) A
su vez, los Beneficiarios y/o empresas atendidas, deberán conservar los
documentos originales que comprueben el ejercicio y gasto de los apoyos que les
hayan sido otorgados hasta por los cinco años posteriores a la fecha de
terminación del proyecto, o conforme a la normatividad aplicable. Asimismo, se
atenderá lo previsto en el Trámite inscrito en el Registro Federal de Trámites
y Servicios SE-06-029 Conservación de información contable relacionada con
apoyos derivados del PROSOFT;
e) En el caso de los proyectos vinculados al
Proyecto del Banco Mundial, además de lo previsto en el inciso anterior la
documentación en todo momento podrá estar sujeta a revisión por el Banco
Mundial o por quien este organismo designe, y
f) Como
parte del Reporte Final, se incluirá un dictamen financiero sobre la mezcla total
de las aportaciones del proyecto que deberá ser realizado por un despacho
externo de contadores públicos autorizados por la Secretaría de la Función
Pública y/o por la SHCP. El Consejo Directivo podrá autorizar recursos para
dicho fin.
En
el caso de los proyectos previstos conforme a la Regla 4.5.5.1 inciso c), el
dictamen se deberá realizar a la empresa de medios creativos digitales así como
validar la transferencia de recursos del Beneficiario a esta última.
4.5.5 Consideraciones
sobre rubros de apoyo
4.5.5.1 Adopción y producción de TI
a) Este
rubro de gasto está previsto para incentivar el acercamiento entre Usuarios de
TI con la oferta del sector de TI nacional, así como incentivar la producción
de medios creativos digitales nacionales;
b) Para
la adopción de productos o servicios de TI, el Usuario de TI deberá contratar a
una o varias empresas, agrupamientos empresariales y/o empresas integradoras
del sector de TI que cuente(n) con:
i. Una
certificación, evaluación formal o verificación en un modelo o norma de calidad
o mejora de procesos que cumpla con alguno de los siguientes supuestos:
a. NMX-I-059-NYCE (MoProSoft) - con nivel 2 como
mínimo, con excepción de las empresas que tienen más de 24 meses verificadas en
dicho nivel, en cuyo caso se solicitará nivel 3,
b. Capability Maturity Model Integration (CMMI) - con nivel 2 como mínimo,
c. Team Software Process (TSP) - se deberá comprobar
que el equipo de personas que participarán en el proyecto están certificadas
bajo la metodología de Personal Software Process (PSP), así como contar con un
coach TSP autorizado que reporte la información necesaria al Software
Engineering Institute (SEI) o al organismo que éste designe habilitar para
ello,
d. Otras normas o modelos - en caso de contar
con otra norma o modelo relacionado con el sector de TI no previsto en los
incisos anteriores, se deberá enviar documentación a la Instancia Ejecutora
para que ésta evalúe y determine si se puede considerar, y
e. Medios creativos- en tanto no exista
un modelo-norma formal vinculado a dicha actividad no se solicitará cumplir con
este requisito.
ii. Al
menos 80% de los recursos humanos involucrados directamente para ofrecer el
producto o servicio laboren en territorio nacional;
iii. Será
necesario especificar la facturación mínima a detonar en el sector de TI, el
número de empresas del sector de TI vinculadas y los empleos mejorados o
creados diferenciándolos entre los correspondientes a la empresa usuaria y los
del sector de TI;
iv. En
caso de que un proyecto aprobado requiera cambio de proveedor, éste deberá ser
validado y aprobado por la Instancia Ejecutora conforme a lo dispuesto en esta
Regla.
c) Para
la producción de medios creativos
digitales, se deberá observar lo siguiente:
i. El
interesado en fungir como Co-Productor podrá negociar, con la empresa de medios
creativos digitales nacional, un mayor porcentaje de participación o derechos
sobre el producto, mismo que no podrá ser mayor a 40 por ciento de lo que se
obtuviera derivado del monto de apoyo del PROSOFT;
ii. Deberá
anexarse a la Solicitud de Apoyo, un documento suscrito por los representantes
legales que correspondan, en el cual se establezca, de mutuo acuerdo, el
porcentaje adicional que el Co-Productor obtendrá en caso de aprobarse el apoyo
del PROSOFT;
iii. El
Consejo Directivo, evaluará si el acuerdo antes señalado así como el producto a
producir tendrán un efecto positivo en el desarrollo del subsector de medios
creativos digitales en el país.
d) El
100% de la mezcla de recursos previstos en la Solicitud de Apoyo, incluidos los
recursos recibidos del PROSOFT, deberán utilizarse para el pago a la empresa
del sector de TI, y
e) Al
solicitar apoyo para este rubro de gasto no se podrá hacer uso de otros rubros
autorizados para desarrollar el proyecto.
4.5.5.2. Creación
y fortalecimiento de fondos
a) Para
crear instrumentos financieros destinados al otorgamiento de apoyos que operen
como fondos de garantía, u otros medios alternativos de financiamiento y/o
incrementar el subsidio asociado a éstos, el Operador o Intermediario
Financiero podrá presentar directamente Solicitudes de Apoyo al Consejo
Directivo del PROSOFT para su autorización;
b) El
Operador y/o Intermediario Financiero será responsable de recibir y administrar
los recursos del PROSOFT y sus rendimientos destinados a tal propósito, así
como de cubrir las pérdidas en que incurran los intermediarios financieros que
coloquen los créditos al amparo de este tipo de instrumentos y conforme a lo
que convenga la Instancia Ejecutora con el Operador Financiero;
c) El
Operador o Intermediario Financiero con proyectos aprobados será responsable de
informar mediante Reporte de Avance previsto en el instrumento jurídico
suscrito con la Secretaría para el uso de los recursos, y
d) Los
Operadores o Intermediarios Financieros no son un Beneficiario ni un Organismo
Promotor, por lo que sus derechos y obligaciones no corresponden a las
señaladas para éstos en las presentes Reglas de Operación. Los derechos y
obligaciones de los Operadores o Intermediarios Financieros se estipularán en
los instrumentos jurídicos por medio de los cuales se otorguen los recursos del
PROSOFT.
4.5.5.3 Aceleración
de la política pública
a) Para
acelerar las acciones previstas en la política pública federal enfocadas a
eliminar fallas de mercado que limitan el desarrollo del sector de TI así como
las acciones previstas en el proyecto del Banco Mundial, la Instancia Ejecutora
podrá canalizar directamente Solicitudes de Apoyo al Consejo Directivo para que
éste determine la pertinencia de asignar apoyos, es decir sin pasar a través de
un Organismo Promotor;
b) Dado
el beneficio social de los proyectos, a los Beneficiarios vinculados a dicho
rubro de gasto no se les solicitarán los requisitos establecidos en: los
incisos e) y f) de la Regla 4.3.2; el inciso b) de la Regla 4.4; los formatos y
mecanismos para cumplir con las obligaciones previstas en los incisos a), d),
e) y f) de la Regla 4.6.2.2 se ajustarán por la Instancia Ejecutora con el fin
de reflejar correctamente el alcance de dichos proyectos; asimismo, no será
obligatorio ingresar la información prevista para el Organismo Promotor en el
Anexo B;
c) Los
proyectos aprobados con este rubro de gasto serán clasificados por el Organismo
Promotor conforme a lo previsto en el inciso d) de la Regla 4.5.2, y
d) Los
derechos y obligaciones de los Beneficiarios de tales proyectos se estipularán
en los instrumentos jurídicos por medio de los cuales se canalicen los recursos
del PROSOFT.
4.6.1.1 De
los Organismos Promotores
a) Recibir
un trato digno, respetuoso, equitativo y no discriminatorio;
b) Acceder
a la información y asesoría necesaria para la operación del programa;
c) Solicitar
y recibir información sobre el estado que guardan las gestiones que hubieran realizado;
d) Enviar
al Consejo Directivo, a través de la Instancia Ejecutora, mediante el Sistema
del fondo, las Solicitudes de Apoyo que determinen sean susceptibles de recibir
apoyo en apego a su mecanismo interno de operación;
e) Recibir
de la Instancia Ejecutora una respuesta a sus Solicitudes de Apoyo a más tardar
en 90 días naturales posteriores a su presentación. En caso de no recibir
respuesta dentro de ese plazo, se entenderá que no fue aceptada, y
f) Recibir
con oportunidad los recursos de los proyectos que les sean aprobados por el
Consejo Directivo.
a) Recibir
un trato digno, respetuoso, equitativo y no discriminatorio;
b) Elegir
el Organismo Promotor a través del cual puedan someter su Solicitud de Apoyo;
c) Acceder
a la información sobre el fondo PROSOFT y recibir la asesoría necesaria a
través del Organismo Promotor;
d) Solicitar
y recibir información sobre el estado que guardan las gestiones que hayan
realizado;
e) Recibir
respuesta a su Solicitud de Apoyo a más tardar en 90 días naturales posteriores
a su presentación por el Organismo Promotor ante la Instancia Ejecutora. En
caso de no recibir respuesta a su Solicitud de Apoyo dentro del plazo
mencionado, deberá entenderse que no fue aceptada;
f) A
quienes se les apruebe una Solicitud de Apoyo, tienen derecho a recibir con
oportunidad el apoyo económico federal, a través del Organismo Promotor, lo
cual dependerá de la suficiencia presupuestal del fondo PROSOFT, y
g) Solicitar
la autorización del Consejo Directivo para cualquier modificación al proyecto
aprobado a través del Organismo Promotor.
4.6.2.1 De
los Organismos Promotores autorizados
Obligación |
Descripción |
a) Suscribir el Convenio con la Secretaría |
Suscribir el instrumento jurídico, según sea el caso, con la Secretaría, mismo que
deberá enviar suscrito a la Instancia Ejecutora
dentro de los veinte días hábiles posteriores a su recepción en el caso de
Entidades Federativas, y dentro de cinco días hábiles posteriores a su
recepción en el caso de Organismos Empresariales. En caso de no cumplir con
el plazo establecido, el Consejo Directivo, podrá reasignar los recursos sin
responsabilidad alguna para la Secretaría o el Consejo Directivo. Con el fin de formalizar la aportación del PROSOFT con
una Entidad Federativa autorizada como Organismo Promotor y acelerar el
proceso de entrega de recursos a los Beneficiarios, el Consejo Directivo
podrá aprobar el monto marco de aportación del PROSOFT para el ejercicio,
mismo que se establecerá en el Convenio de Coordinación correspondiente. En caso de no suscribirse un Convenio de Coordinación
con un monto de aportación autorizado por el Consejo Directivo, el monto del
PROSOFT será igual al monto de las Solicitudes de Apoyo aprobadas por el
Consejo Directivo, pudiéndose en todo momento suscribir las adendas o
convenios modificatorios correspondientes. |
b) Contar con cuenta bancaria exclusiva para
recibir el apoyo |
El Organismo Promotor deberá contar con una cuenta
bancaria productiva específica y exclusiva para recibir los apoyos federales
del PROSOFT que canalizará a los Beneficiarios. Por lo anterior, en esta
cuenta no se deberán mezclar recursos de otras aportaciones ya sean propias
del Beneficiario o de terceros. |
c) Proporcionar recibo/factura de pago |
Entregar a la Instancia Ejecutora el recibo que
proceda, dentro de los cinco días hábiles
posteriores a su solicitud, para que se pueda tramitar el pago
correspondiente por parte de la Secretaría con cargo al PROSOFT. |
d) Acudir a las capacitaciones por parte de la
Instancia Ejecutora |
Los Organismos Promotores deberán asistir a las
capacitaciones que la Instancia Ejecutora organice relacionadas con el
Programa para el Desarrollo de la Industria del Software (PROSOFT). |
e) Cotejar documentación de solicitantes y
Beneficiarios |
Cotejar la documentación entregada por los Solicitantes
y Beneficiarios contra los documentos originales. |
f) Difundir el PROSOFT |
Se deberá difundir en medios impresos locales,
nacionales y/o electrónicos: 1) Que se ha obtenido la autorización como
Organismo Promotor del PROSOFT por parte del Consejo Directivo en el presente
ejercicio, incluyendo el medio para conocer su mecanismo interno de
operación. 2) Las Convocatorias aprobadas por el
Consejo Directivo. 3) El conjunto total de Solicitudes de
Apoyo recibidas por el Organismo Promotor, no sólo las seleccionadas por
éste. 4) Los impactos esperados de los apoyos
aprobados al Organismo Promotor por parte del Consejo Directivo. |
g) Acusar de recibido comunicaciones del
PROSOFT |
Acusar de recibido cualquier notificación realizada por
la Instancia Ejecutora o por el Consejo Directivo a través de su Secretario
Técnico, en un plazo no mayor de tres días hábiles a partir del siguiente día
hábil de haberla recibido. |
h) Comunicar resoluciones o requerimientos a
Beneficiarios |
Notificar a los solicitantes o Beneficiarios cualquier
resolución de Consejo Directivo que les competa, dentro de los tres días
hábiles posteriores a la notificación del Secretario Técnico. Se deberá enviar a la Instancia Ejecutora, en el mismo
término de tres días hábiles, copia de dichas notificaciones con el acuse de
recibido por parte del Beneficiario o de la Población Objetivo. |
i) Suscribir los Convenios de Asignación de
Recursos |
Suscribir los Convenios de Asignación de Recursos
correspondientes a las Solicitudes de Apoyo aprobadas, así como, recabar la
firma de los Beneficiarios y enviar dicho Convenio a la Instancia Ejecutora
dentro de los 15 días hábiles posteriores a su recepción. En caso de no presentarse a firmar dicho Convenio en el
plazo previsto, el Consejo Directivo podrá cancelar el apoyo otorgado sin
ninguna responsabilidad para la Instancia Ejecutora o la Secretaría. |
j) Otorgar los apoyos a los Beneficiarios |
Entregar, la totalidad de los recursos a los
Beneficiarios en los términos establecidos en la Solicitud de Apoyo aprobada
por el Consejo Directivo, garantizando la liberación expedita de los recursos
una vez que se cuente con el Oficio de ministración de recursos
correspondiente emitido por la Instancia Ejecutora. Una vez realizada la
ministración de recursos se deberá informar a la Instancia Ejecutora conforme
al Anexo I |
k) Presentar evidencia de sus aportaciones a
los proyectos. |
Si el Organismo Promotor efectúa aportaciones para
apoyar a los proyectos, dicho Organismo deberá presentar las transferencias o
depósitos bancarios mediante las cuales se comprueben dichas aportaciones. |
l) Solicitar modificaciones requeridas por los
Beneficiarios |
Solicitar por escrito a la Instancia
Ejecutora, y en su caso, al Consejo Directivo, la autorización para cualquier
modificación a proyectos aprobados, solicitadas por los Beneficiarios o el
Organismo Promotor conforme al Anexo J. |
m) Validar aplicación de recursos |
Recabar, recibir y evaluar los Reportes de
Avance/Final y validar la documentación original comprobatoria de la
ejecución del proyecto y la correcta aplicación de los apoyos otorgados por
el PROSOFT que presenten los Beneficiarios para acreditar las obligaciones,
así como, en su caso, realizar visitas para la inspección física de los
proyectos aprobados. En el caso
de los proyectos vinculados con las actividades del Banco Mundial, validar
que los Beneficiarios hayan seguido los procedimientos de conformidad con la
normatividad señalada por dicho Organismo. |
m) Supervisar y vigilar el avance de proyectos |
Supervisar, vigilar, dar seguimiento e
informar a la Instancia Ejecutora de los avances en el ejercicio de los
recursos, cumplimiento de metas, tiempos, inversión, indicadores y objetivos
de los proyectos aprobados y en su caso las visitas de inspección física de
los proyectos aprobados. |
o) Reintegrar recursos no ejercidos o no
utilizados correctamente |
Reintegrar a la TESOFE los recursos y sus
rendimientos que no se destinen a los fines autorizados, así como aquellos que
al cierre del ejercicio no se hayan devengado, de conformidad con el artículo
176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad
Hacendaria. |
p) Facilitar verificaciones y auditorías |
Facilitar los trabajos de verificación y la
atención de solicitudes de información en cualquier etapa del proceso de
otorgamiento del apoyo económico federal. |
q) Entregar los Reportes de Cumplimiento de
Compromisos |
Enviar a la Instancia Ejecutora el Reporte
de Cumplimiento de Compromisos del Organismo Promotor de forma trimestral,
conforme al Anexo N. |
r) Entregar oportunamente la información
requerida |
Proporcionar en tiempo y forma la
información requerida por las presentes Reglas de Operación, la Instancia
Ejecutora o el Consejo Directivo. En caso de requerirlo, podrán solicitar a
la Instancia Ejecutora una prórroga para cumplir con la información requerida
por ésta. |
s) Notificar a la Instancia Ejecutora del
incumplimiento de los Beneficiarios |
Notificar oportunamente, a la Instancia
Ejecutora, el incumplimiento detectado en las obligaciones del Beneficiario. |
t) Cumplir con el marco normativo |
En general, cumplir, en todos los términos,
con lo dispuesto en las presentes Reglas de Operación, lineamientos de Banco Mundial en los
proyectos que aplique, así como los acuerdos
tomados por el Consejo Directivo y lo establecido en las disposiciones
jurídicas y administrativas aplicables. |
Obligación |
Descripción |
a) Cuenta bancaria exclusiva para recibir el
apoyo |
Contar con una cuenta bancaria productiva específica y
exclusiva para recibir el apoyo federal del fondo PROSOFT, segmentando de
manera clara el recurso vinculado a cada proyecto, por lo tanto no deberá
mezclarse con otras aportaciones ya sean propias o de terceros. |
b) Suscribir el Convenio de Asignación de
Recursos |
Suscribir el Convenio de Asignación de Recursos con la
Secretaría y el Organismo Promotor correspondiente conforme a lo establecido
en los Anexos E o F en el plazo establecido para el Organismo Promotor, de lo
contrario el Consejo Directivo podrá cancelar el apoyo, sin ninguna
responsabilidad para la Instancia Ejecutora o la Secretaría. |
c) Proporcionar recibo de pago |
Entregar al Organismo Promotor el recibo que éste le
solicite, para que se pueda tramitar el pago correspondiente, conforme a lo
establecido en el Anexo M. |
d) Entregar Reporte(s) de Avance |
Entregar al Organismo Promotor la
documentación y los Reporte(s) de Avance en el ejercicio de los recursos,
metas, indicadores, entregables, objetivos y declaraciones de impacto del
proyecto, conforme a los formatos y medios electrónicos que para tal fin
establezca la Instancia Ejecutora y a lo señalado en los Criterios de
Operación que acuerde el Consejo Directivo y al Trámite inscrito en el
Registro Federal de Trámites y Servicios SE-06-018 Reporte de Avances y/o
Final del Apoyo del Programa para el Desarrollo de la Industria del Software
(PROSOFT). |
e) Entregar Reporte
Final |
Entregar al Organismo Promotor la documentación y el
Reporte Final del ejercicio acumulado de los
recursos, metas, indicadores, entregables, objetivos e impacto del proyecto,
conforme a los formatos y medios electrónicos que para tal fin establezca la
Instancia Ejecutora atendiendo a lo previsto en la Regla 4.5.4, así como a
los Criterios de Operación y el Trámite inscrito en el Registro Federal de
Trámites y Servicios SE-06-018 Reporte de Avances y/o Final del Apoyo del
Programa para el Desarrollo de la Industria del Software (PROSOFT). Los
Beneficiarios y/o empresas atendidas deberán adjuntar al Reporte Final, una
carta signada por el representante legal, en la que bajo protesta de decir
verdad de que toda la documentación comprobatoria del gasto, de entregables e
impacto es fidedigna. |
f) Entregar información sobre los beneficios
del proyecto |
Los Beneficiarios están obligados a
entregar la información relativa a los impactos del proyecto apoyado durante
los dos ejercicios posteriores a la fecha de cierre del Proyecto, con el fin
de monitorear el impacto del programa. |
g) Solicitar modificaciones al proyecto
aprobado |
Solicitar por escrito, a través del
Organismo Promotor, la autorización del Consejo Directivo para cualquier
modificación al proyecto aprobado conforme al Anexo J. |
h) Facilitar visitas de supervisión e
inspección, verificaciones y auditorías |
Aceptar y facilitar la realización de
visitas de supervisión e inspección, verificaciones y auditorías con el fin
de comprobar la correcta aplicación de los apoyos otorgados, conforme a la
Solicitud de Apoyo aprobada. |
i) Cumplir con lo previsto en el proyecto
aprobado |
Cumplir con los tiempos,
indicadores, entregables, compromisos y lineamientos generales y particulares
de la Solicitud de Apoyo aprobada por el Consejo Directivo, en estricto apego
al objetivo del proyecto, las presentes Reglas de Operación y a las demás
disposiciones aplicables. |
j) Utilizar correctamente los apoyos |
Aplicar eficientemente los
apoyos recibidos de acuerdo a la Solicitud de Apoyo aprobada por el Consejo
Directivo, en estricto apego al objetivo del proyecto, las presentes Reglas
de Operación y a las demás disposiciones aplicables. En el caso de los proyectos vinculados con las
actividades del Banco Mundial, dar cumplimiento con la normatividad de dicho
organismo internacional en materia de adquisiciones. |
k) Reintegrar recursos no aplicados o por
reducción de alcance. |
Una vez terminado el proyecto,
en caso de no haberse documentado, en el Reporte Final, el cumplimiento de
metas, indicadores, entregables y objetivos de los proyectos así como
recursos no aplicados al proyecto o remanentes en la cuenta específica donde
se recibió el apoyo del PROSOFT, la Instancia Ejecutora determinará el monto
a reintegrar, mismo que será comunicado a través del Organismo Promotor. |
l) Difundir el apoyo del fondo PROSOFT |
En caso de acciones de difusión
y promoción de los proyectos aprobados por el Consejo Directivo, así como la
información de resultados obtenidos, se tendrá la obligación de señalar
expresamente el apoyo de la Secretaría y el fondo PROSOFT. |
m) Cumplir con el marco normativo |
En general, cumplir, en todos
sus términos, con lo dispuesto en las presentes Reglas de Operación, lineamientos de Banco Mundial en los
proyectos que aplique, así como con los acuerdos
emitidos por el Consejo Directivo y las demás disposiciones jurídicas y administrativas
aplicables. |
4.7 Incumplimiento
y sanciones
4.7.1 Causales
de sanción para Organismos Promotores y Beneficiarios
a) Presenten
documentación falsa;
b) Utilicen
el apoyo recibido para fines distintos a los autorizados, o los apliquen inadecuadamente de manera que adviertan
ineficiencia o deshonestidad;
c) No
entreguen los Reportes de Avance y/o Final requeridos;
d) No
realicen las aportaciones que les corresponden conforme a la Solicitud de Apoyo
aprobada;
e) Incumplan
con la ejecución del proyecto aprobado;
f) No
permitan los trabajos de verificación o auditoría;
g) No
entreguen la información requerida en los plazos establecidos;
h) No
reintegren el monto que determine la Instancia Ejecutora en tiempo y forma;
i) Incumplan
con lo previsto en los instrumentos jurídicos;
j) Los
accionistas y/o representantes legales de los proveedores sean las mismas
personas que fungen como Beneficiarios en los proyectos, o
k) Incumplan
cualquier otra obligación o deber jurídico previsto en las presentes Reglas de
Operación, sus anexos, o requerimientos realizados por el Consejo Directivo y
la Instancia Ejecutora.
El Consejo Directivo, en
función de la gravedad de las causales de sanción, podrá:
a) Requerir
al Organismo Promotor y/o al Beneficiario para que, dentro del término que se
le determine, subsane las omisiones o irregularidades advertidas;
b) Cancelar
en forma total o parcial la entrega de los apoyos;
c) Solicitar
el reintegro de recursos, y
d) Recomendar
la suspensión o reducción de los apoyos.
En su
caso, el Consejo Directivo deberá notificar a la Secretaría del beneficio
indebido obtenido en perjuicio del fisco federal para que proceda, en los
términos de las disposiciones fiscales y penales vigentes, al cobro mediante
los procedimientos administrativos y judiciales que correspondan, debiendo
además, excluírsele de posibles apoyos subsecuentes por parte del PROSOFT.
Las
sanciones previstas en esta sección se aplicarán sin perjuicio de que se
ejerciten las acciones legales que procedan, por lo que la Secretaría se
reserva el derecho de ejercer la acción legal pertinente de conformidad con las
disposiciones aplicables.
La Instancia Ejecutora estará facultada
para interpretar las presentes Reglas de Operación y resolver sobre aspectos no
contemplados en ellas.
a) Capacitar
a los Organismos Promotores en el marco de las presentes Reglas de Operación;
b) Elaborar
los instrumentos jurídicos correspondientes así como registrarlos ante la
Unidad de Asuntos Jurídicos de la Secretaría;
c) Difundir
las Solicitudes de Apoyo aprobadas así como los resultados obtenidos;
d) Tramitar
los pagos de Solicitudes de Apoyo aprobadas;
e) Analizar
y en su caso aprobar, los Reportes
de Avance /Final elaborados por los Beneficiarios y presentados por los
Organismos Promotores, así como solicitar los reintegros que correspondan;
f) Analizar
y en su caso aprobar, el Reporte de Cumplimiento de Compromisos del Organismo
Promotor, Anexo N;
g) Analizar,
y en su caso resolver, las prórrogas solicitadas por los Organismos Promotores,
para lo cual podrá solicitar apoyo al Consejo Directivo;
h) Facilitar
y supervisar el desarrollo de los componentes previstos en el proyecto del
Banco Mundial, e
i) Tomar
las acciones necesarias para dar cumplimiento a lo establecido por el Consejo
Directivo y las presentes Reglas de Operación.
La Instancia Normativa del
PROSOFT será el Consejo Directivo, el cual dictaminará, conforme a las
disposiciones previstas en las presentes Reglas de Operación.
4.9.1 Integrantes
del Consejo Directivo
a) El
titular de la Subsecretaría, quien lo presidirá;
b) Un
representante de la Subsecretaría de Competitividad y Normatividad;
c) Un
representante de la Subsecretaría para la Pequeña y Mediana Empresa;
d) Un
representante de la Subsecretaría de Comercio Exterior;
e) El
Oficial Mayor;
f) El
Director General de Industrias Pesadas y de Alta Tecnología de la
Subsecretaría;
g) El
Director General Adjunto de Operación de la Dirección General de Comercio
Interior y Economía Digital (DGCIED);
h) El
Director Adjunto de Desarrollo Tecnológico e Innovación del CONACYT;
i) Un
representante de la Unidad de Inteligencia de Negocios de PROMEXICO, y
j) El
Coordinador General de Delegaciones Federales de la Secretaría.
Adicionalmente se invitará de manera
permanente a un representante de la Unidad de Asuntos
Jurídicos, uno del Organo Interno de Control en la Secretaría, y a dos
expertos que determine la Instancia Ejecutora, quienes tendrán voz, sin voto,
en las sesiones del Consejo Directivo.
Asimismo, el Consejo Directivo podrá
invitar a representantes de otras Unidades Administrativas de la Secretaría,
organismos e instituciones públicas y/o privadas que se relacionen con
proyectos o asuntos que sean presentados en las sesiones, con derecho a voz,
sin voto.
El Director de Economía
Digital de la DGCIED fungirá como Secretario Técnico y tendrá voz pero sin
voto.
Cada uno de los miembros
propietarios podrá designar un suplente, quien tendrá las mismas facultades que
el titular, y sólo para los casos de los consejeros de los incisos b), c), d) y
e), sus suplentes deberán ser servidores públicos. Dicha designación podrá
hacerse en cualquier momento ante el Secretario Técnico y será válida para las
sesiones que efectúe el Consejo Directivo para todo el ejercicio fiscal, o en
su defecto, por Sesión de Consejo Directivo. Estas podrán ser revocadas a su
vez.
El Suplente del Titular de
la Subsecretaría será el Director General de Comercio Interior y Economía
Digital, quien presidirá las sesiones del Consejo Directivo en caso de ausencia
del Titular.
El Consejo Directivo sólo
podrá sesionar cuando estén presentes al menos cinco de sus consejeros o en su
defecto sus suplentes.
En caso de que exista empate
en la toma de decisiones de los acuerdos respectivos, el Presidente del Consejo
Directivo tendrá voto de calidad.
En caso de ausencia del
Director General de Comercio Interior y Economía Digital o del Director de
Economía Digital, el Titular de la Subsecretaría designará al funcionario
público que los sustituya, este funcionario suplente contará con las facultades
previstas en esta Regla.
En caso de que por cualquier motivo los
consejeros propietarios dejaran de ocupar sus cargos como funcionarios públicos,
o si los puestos que ocupan dichos consejeros estuvieran vacantes, la Instancia
Ejecutora designará a un consejero suplente de carácter temporal, mientras se
ocupa nuevamente la vacante.
4.9.2 Facultades
y obligaciones del Consejo Directivo
a) Sesionar
al menos trimestralmente en forma ordinaria y en forma extraordinaria cuando
así se requiera;
b) Dictaminar
las Solicitudes de Apoyo conforme a las presentes Reglas de Operación y, en su
caso, aprobar los montos y porcentajes de apoyo a otorgar;
c) Aprobar
y modificar los Criterios de Operación del PROSOFT;
d) Aprobar
el modelo paramétrico a utilizarse en la convocatoria correspondiente;
e) Determinar
las fechas de apertura y cierre de las Convocatorias, así como su contenido;
f) Analizar
y determinar cuándo una Solicitud de Apoyo puede clasificarse como acción
estratégica, proyecto de industria o vinculado al proyecto del Banco Mundial,
así como autorizar el monto de inversión y porcentaje de aportación del
PROSOFT;
g) Reasignar
los recursos que lleguen a generarse cuando no se hayan ministrado al Organismo
Promotor y/o al Beneficiario, con motivo de la cancelación de proyectos
aprobados;
h) Analizar
y, en su caso, aprobar las modificaciones y/o prórrogas que soliciten los
Beneficiarios a los proyectos, siempre y cuando éstas no afecten el impacto, la
población objetivo, y no impliquen un incremento del apoyo federal, ni
comprometan recursos de ejercicios posteriores;
i) Analizar
y, en su caso, aprobar las aportaciones en especie;
j) Establecer
las sanciones que correspondan;
k) Analizar
y determinar cuáles son las vocaciones estratégicas del Sector de TI;
l) Analizar
y en su caso, cancelar proyectos aprobados, en caso de que no se suscriban los
instrumentos jurídicos correspondientes o que exista algún incumplimiento con
las obligaciones establecidas en las presentes Reglas de Operación en los
plazos establecidos;
m) Solicitar,
en cualquier momento, la presentación de Reportes de Avance/Final o de
Cumplimiento de Obligaciones de Organismos Promotores;
n) Delegar
a la Instancia Ejecutora facultades de autorización y las funciones que
determine necesarias;
o) Ordenar
evaluaciones, dictámenes técnicos y contables, así como visitas periódicas para
validar la información obtenida de los Reportes de Avance/Final que rindan
tanto los Beneficiarios como los Organismos Promotores;
p) Pronunciarse
sobre aquellos casos en que por negligencia u omisión del Organismo Promotor,
se haya perjudicado al Beneficiario, y
q) En
general, todas las facultades y obligaciones necesarias para la consecución de
los objetivos del PROSOFT.
4.9.3 Funciones
y facultades del Secretario Técnico
a) Elaborar
el Orden del Día de los asuntos que se someterán a la consideración del Consejo
Directivo;
b) Convocar
a los miembros del Consejo Directivo, así como a los invitados que éste
determine;
c) Integrar
la lista de asistencia de la sesión y efectuar la verificación del quórum;
d) Auxiliar
en la conducción de las sesiones del Consejo Directivo;
e) Elaborar
las actas correspondientes a cada sesión;
f) Dar
de alta en el Sistema del fondo, el dictamen emitido por el Consejo Directivo
respecto a las Solicitudes de Apoyo;
g) Notificar
a los Organismos Promotores las resoluciones del Consejo Directivo sobre los
temas que hayan sometido a su consideración;
h) Notificar
a las Delegaciones de la Secretaría en las Entidades Federativas el listado de
los proyectos que fueron aprobados en dicha entidad;
i) Integrar
los expedientes para el debido resguardo de las listas de asistencia, de las
actas y de los acuerdos de cada sesión;
j) Dar
seguimiento a los acuerdos adoptados por el Consejo Directivo;
k) Emitir
correspondencia oficial a nombre del Consejo Directivo tratándose de
comunicación de resoluciones, respuestas y difusión de información, y
l) Certificar
acuerdos del Consejo Directivo y documentación relacionada.
La documentación que emita
el Secretario Técnico podrá ser en archivos electrónicos y enviarse a través de
correo electrónico.
4.10 Coordinación
Institucional
La Instancia Ejecutora establecerá los
mecanismos de coordinación necesarios para garantizar que el Programa para el
Desarrollo de la Industria del Software no se contraponga, afecte o presente
duplicidades con otros programas o acciones de la Secretaría; la coordinación
institucional y la vinculación de acciones busca potenciar el impacto de los
recursos, fortalecer la cobertura de las acciones, detonar la complementariedad
y reducir gastos administrativos.
5. MECANICA
OPERATIVA
5.1 Proceso de
Operación
La operación del fondo PROSOFT
considera ocho procedimientos presentados en el Anexo C:
Nombre
de procedimiento |
Descripción
breve |
a) Difusión |
Mecanismo y actividades que deberán observar y realizar
los Organismos Promotores y Delegaciones Federales de la Secretaría para dar
a conocer a la opinión pública, y en particular a la comunidad empresarial
del sector de tecnologías de la información el Programa para el Desarrollo de
la Industria del Software, así como las Convocatorias que el Consejo
Directivo determine. |
b) Organismos Promotores |
Mecanismo y actividades que deberán observar y realizar
los gobiernos de las Entidades Federativas y los Organismos Empresariales
para obtener la autorización del Consejo Directivo y fungir como Organismo
Promotor del PROSOFT (Anexos G, H, K y L), así como informar sobre el
cumplimiento de las obligaciones a su cargo (Anexo N). |
c) Solicitudes de Apoyo |
Mecanismo y actividades que deberán observar la
Población Objetivo y los Organismos Promotores para poder someter Solicitudes
de Apoyo (Anexo B) a la consideración del Consejo Directivo. |
d) Selección de Beneficiarios |
Mecanismo y actividades a través de los cuales el
Consejo Directivo determinará los Beneficiarios del PROSOFT, en función de
los criterios de selección de los Beneficiarios, conforme a la Regla 4.4 de
las presentes Reglas de Operación. |
e) Formalización de apoyos |
Mecanismo y actividades para la suscripción de los
instrumentos jurídicos previstos en las presentes Reglas de Operación (Anexo
D, E y F). |
f) Entrega de apoyos |
Mecanismo y actividades para canalizar los apoyos
aprobados a los Beneficiarios (Anexos I y M). |
g) Seguimiento a Beneficiarios |
Actividades que deberán observar y realizar los
Beneficiarios y los Organismos Promotores para dar seguimiento a los
proyectos a través de la presentación de los Reportes de Avance/Final
(Trámite inscrito en el Registro Federal de Trámites y Servicios SE-06-018)
y, en su caso, solicitar modificaciones a los proyectos aprobados (Anexo J). |
h) Análisis de Impacto |
Mecanismo a través del cual se efectúa el análisis y
evaluación del impacto del PROSOFT. |
El presupuesto federal que se asigna en
el presente ejercicio fiscal será distribuido de la forma siguiente:
I. Como
mínimo 97.24 por ciento se destinará a los Apoyos a los Beneficiarios, y
II. Hasta
2.76 por ciento será destinado a los gastos asociados a la eficiente
supervisión y evaluación del PROSOFT.
5.3 Avances
físicos-financieros
La Secretaría enviará a la Cámara de
Diputados del H. Congreso de la Unión, por conducto de las comisiones correspondientes,
informes trimestrales sobre el presupuesto ejercido entregado a los
Beneficiarios, así como los informes sobre el cumplimiento de las metas y
objetivos con base en los indicadores de desempeño y de gestión previstos en
las presentes Reglas de Operación. Asimismo turnará copia de esos informes a
las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y de la Función Pública y al
Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL).
Dichos informes se deberán presentar a
más tardar a los 15 días naturales posteriores a la terminación de cada
trimestre.
Esta información será difundida
simultáneamente al público en general, a través de la página electrónica www.economia.gob.mx.
5.4 Cierre de
ejercicio de los apoyos
La Instancia Ejecutora entregará una
Carta de Cierre de Ejercicio de los Apoyos a aquellos Beneficiarios cuyo
Reporte Final haya sido aprobado. Sin menoscabo de lo anterior, los proyectos
podrán ser sujetos de requerimientos adicionales ya sea por el Consejo
Directivo, la Instancia Ejecutora o los actores previstos en la Regla 6.
Los Organismos Promotores deberán
reintegrar a la TESOFE los recursos que no se hubiesen destinado a los fines
para los que fueron autorizados y otorgados, y aquellos que por cualquier
motivo no hayan sido devengados al 31 de diciembre del presente ejercicio
fiscal, más los rendimientos obtenidos. Lo anterior deberá realizarse en el
transcurso de los 15 días naturales siguientes al fin del ejercicio fiscal.
Dentro del mismo plazo los Organismos Promotores deberán remitir el documento
del reintegro que solicite la Instancia Ejecutora para su trámite de registro
ante la autoridad competente.
Los Beneficiarios deberán reintegrar a
la TESOFE los recursos que no se hubiesen destinado a los fines autorizados, y
aquellos que por cualquier motivo no hubiesen devengado al concluir su
proyecto, más los rendimientos obtenidos, dentro de los 15 días naturales
siguientes a la aprobación de su reporte final. Dentro del mismo plazo, deberán
remitir el documento del reintegro que solicite la Instancia Ejecutora para su
trámite de registro ante la autoridad competente.
6. SEGUIMIENTO,
CONTROL Y AUDITORIA
6.1 Seguimiento
Con el propósito de impulsar la
eficiencia y eficacia en la operación del Programa, así como promover su mejora
continua, la Secretaría llevará a cabo el seguimiento del ejercicio de los
apoyos, acciones ejecutadas, resultados, indicadores y metas alcanzadas.
Asimismo, realizará acciones de seguimiento físico, en las cuales se podrá
apoyar en las Representaciones Federales de la Secretaría en las entidades así
como de otros organismos que determine para tal efecto.
Se faculta al Director General de
Comercio Interior y Economía Digital y a los Delegados Federales de la
Secretaría para suscribir y efectuar el seguimiento de los Convenios de
Asignación de Recursos.
Considerando que los recursos federales
de este programa no pierden su carácter federal al ser entregados, su ejercicio
está sujeto a las disposiciones federales aplicables y podrán ser auditados por
las siguientes instancias, conforme a la legislación vigente y en el ámbito de
sus respectivas competencias: el Organo Interno de Control en la Secretaría; la
Secretaría de la Función Pública, en coordinación con los órganos de control de
los gobiernos locales; así como por la Auditoría Superior de la Federación.
De
manera particular, todas aquellas Solicitudes de Apoyo aprobadas, que estén
alineadas al Proyecto del Banco Mundial, podrán ser auditadas por dicho
organismo internacional o en su caso por la entidad designada a través de la Secretaría de la
Función Pública y responsable de llevar a cabo la revisión de las
actividades del Proyecto.
El Beneficiario deberá dar todas las
facilidades a dichas instancias para realizar, en el momento en que lo juzguen
pertinente, las auditorías que consideren necesarias; asimismo, efectuará el
seguimiento y solventará las observaciones planteadas por los órganos de
control. La inobservancia de esta disposición independientemente de las
sanciones a que hubiere lugar, limitará la ministración de los recursos
federales en el siguiente ejercicio presupuestal.
El PROSOFT contará con los indicadores
de fin, propósito y componentes establecidos en la Matriz de Indicadores de
Resultados 2012 autorizada por la SHCP.
Adicionalmente, el Consejo Directivo
podrá requerir el establecimiento y seguimiento de indicadores complementarios.
Con la información que los
Beneficiarios y los Organismos Promotores entreguen sobre los avances y
conclusión de los proyectos, así como con la información
relativa a los impactos y beneficios de los proyectos apoyados, la
Instancia Ejecutora evaluará el impacto y los beneficios del PROSOFT.
Para evaluar el apego a estas Reglas de
Operación, el impacto del programa y los beneficios económicos y sociales de
sus acciones, la satisfacción de los Beneficiarios del PROSOFT, así como su
costo y efectividad, la Instancia Ejecutora, de conformidad con lo establecido
en el artículo 78 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad
Hacendaria, dispondrá la realización de una evaluación externa del PROSOFT,
considerando los lineamientos que para tal efecto emita el CONEVAL, por
conducto de instituciones académicas y de investigación u organismos
especializados, de carácter nacional o internacional.
Estas Reglas de Operación, además de su
publicación en el Diario Oficial de la Federación, estarán disponibles en la
página electrónica de la Secretaría (www.economia.gob.mx) y/o en www.prosoft.economia.gob.mx
La Secretaría promoverá y difundirá el
Programa, a través de los medios a su alcance, además de reportar las
actividades realizadas y las empresas beneficiadas. Para ello, se apoyará en
las Representaciones Federales de la Secretaría.
Los Organismos Promotores realizarán
acciones de difusión del PROSOFT ante organismos, empresas, instituciones
académicas, centros de investigación, entre otros. A su vez, deberán cumplir
con lo previsto en la Regla 4.6.2.1 inciso f).
La publicidad para la difusión del
PROSOFT que contraten o utilicen las dependencias, Entidades Federativas y
Organismos Empresariales, deberá incluir, claramente visible y/o audible, la
siguiente leyenda: “Este programa es público, ajeno a cualquier partido
político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el
programa”.
8.2 Padrón de
Beneficiarios.
La Instancia Ejecutora actualizará al
menos trimestralmente el Padrón de Beneficiarios y lo publicará en la página de
Internet de la Secretaría (www.economia.gob.mx) y/o
www.prosoft.economia.gob.mx.
Los Beneficiarios, los Organismos
Promotores y el público en general podrán presentar por escrito sus
inconformidades, quejas y denuncias, con respecto a la ejecución del PROSOFT y
la aplicación de las presentes Reglas de Operación, ante las instancias que a
continuación se señalan, en el orden siguiente:
a) El
Organo Interno de Control en la Secretaría, con domicilio en el séptimo piso
del edificio marcado con el número 3025, del Boulevard Adolfo López Mateos,
colonia San Jerónimo Aculco, Delegación Magdalena Contreras, código postal
10400, México, D.F., y
b) La
Secretaría de la Función Pública, ubicada en Insurgentes Sur número 1735-10,
colonia Guadalupe Inn, Delegación Alvaro Obregón, código postal 01020, México,
D.F.
Las quejas o denuncias se realizarán a
través de los formatos correspondientes, que estarán a disposición en los
Módulos del Organo Interno de Control en la Secretaría, en las Delegaciones
Federales, en las oficinas de la Secretaría y en los Organos Estatales de
Control.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el 1 de
enero de 2012.
SEGUNDO.-
Se
abroga el Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación
del Programa para el Desarrollo de la Industria del Software (PROSOFT) para el
ejercicio fiscal 2011,
publicado el 29 de diciembre de 2010 en el Diario Oficial de la Federación.
TERCERO.- Las disposiciones del presente Acuerdo, serán
aplicables en los ejercicios fiscales subsecuentes, en lo que no se contraponga
con lo dispuesto en el Presupuesto de Egresos de la Federación, hasta en tanto
no se modifique o se sustituya el presente Acuerdo.
CUARTO.- Los proyectos aprobados, previo a la entrada en vigor del presente
Acuerdo, seguirán rigiéndose por las disposiciones con las que fueron
aprobados, si bien los
Beneficiarios de dichos proyectos podrán presentar documentación comprobatoria
a su nombre, así como de las empresas atendidas señaladas en la Solicitud de
Apoyo aprobada por el Consejo Directivo para justificar el ejercicio,
entregables e impacto de los apoyos recibidos, siempre y cuando este último lo
autorice.
QUINTO.- De conformidad con la
Norma Técnica sobre Domicilios Geográficos, emitida por el Instituto Nacional
de Estadística y Geografía, publicada en el Diario Oficial de la Federación el
12 de noviembre de 2010, se incluyó en el Anexo B de este Acuerdo el modelo de
estructura de datos de domicilio geográfico, dando cumplimiento a lo dispuesto
por el Oficio Circular con números 801.1.-276 y SSFP/400/123/2010 emitido por
las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y de la Función Pública el 18 de
noviembre de 2010.
SEXTO.- Para el otorgamiento de
los apoyos a la Población Objetivo del presente Programa, se analizará la
posibilidad de instrumentar un mecanismo de dispersión vía electrónica,
mediante el uso de productos bancarios, de conformidad con el artículo 18,
fracción XII, del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal
2012.
SEPTIMO.- La Secretaría de Economía, en cumplimiento al numeral 31 del Programa
Nacional Reducción del Gasto Público emitido por la Unidad de Política y
Control Presupuestario de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público con fecha
12 de marzo de 2010, redujo los gastos indirectos del PROSOFT en el presente
ejercicio fiscal y realizará una reducción adicional de, al menos, el 4% de los
gastos indirectos del PROSOFT, para el ejercicio fiscal 2012.
México,
D.F., a 14 de diciembre de 2011.- El Secretario de Economía, Bruno Ferrari García de Alba.- Rúbrica.
ANEXO A RUBROS DE GASTO AUTORIZADOS-PROSOFT |
|
Prototipos o demos (en el caso del sector de
medios creativos) |
$1,000,000 |
Por proyecto. |
|
Equipamiento tecnológico de aulas de
capacitación |
$500,000 |
Por empresa/Institución; no aplica para la
compra de terrenos ni edificios, ni renta de inmuebles |
|
Proyecto integral de infraestructura y
equipamiento tecnológico de Parques tecnológicos |
$20,000,000 |
Por proyecto; no aplica para la compra de
terrenos ni edificios, ni renta de inmuebles. |
3 |
NORMAS Y
MODELOS |
||
|
Compra de normas de calidad |
$6,000 |
Por norma. |
|
Pago de consultoría para implantar un
modelo/metodología/norma de calidad o capacidad de procesos |
$800,000 |
Por empresa atendida; se tomará en cuenta el
modelo, metodología o norma a implantar, así como el nivel de madurez que se
busca alcanzar cuando aplique. |
|
Pago de evaluaciones (previas) |
$500,000 |
Por empresa atendida; se tomará en cuenta el
modelo o norma a evaluarse, así como el nivel de madurez. |
|
Pago de evaluaciones (formales), verificaciones
y certificaciones |
$800,000 |
Por empresa atendida; se tomará en cuenta el
modelo o norma a evaluarse formalmente, verificarse y/o certificarse, así
como el nivel de madurez. Los apoyos serán reintegrables en un 100% cuando no
se logre o compruebe la certificación inherente al proyecto apoyado en un
plazo máximo de 9 meses a la fecha de terminación del proyecto |
|
Autorización ante organismos para fungir como
instructor o coach autorizado de modelos o metodologías de calidad
propietarios |
$200,000 |
Por persona a autorizar; se tomará en cuenta el
modelo, metodología o norma. Reintegrable en caso de no acreditar la
autorización satisfactoria. |
|
Gastos relacionados con el aseguramiento de la
calidad y evaluación de la conformidad para soluciones de alto valor agregado |
$500,000 |
Por solución tecnológica. |
4 |
ADOPCION
Y PRODUCCION DE TI |
||
|
Adopción de productos de software |
$4,000,000 |
Por proyecto; Se deberá cumplir con lo previsto
en la Regla 4.5.5.1 de las Reglas de Operación. |
|
Adopción de servicios de TI |
$4,000,000 |
|
|
Adopción de procesos de negocio y/o atención a
clientes basados en TI |
$4,000,000 |
|
|
Adopción y producción de medios creativos
digitales |
$4,000,000 |
En el caso de producción sólo se apoyará una
sola vez. Se deberá cumplir con lo previsto en la Regla 4.5.5.1 de las Reglas
de Operación. |
5 |
INNOVACION |
||
|
Adquisición y/o pago de regalías y/o licencias
por tecnología |
$1,000,000 |
Proyectos que permitan desarrollar una ventaja
competitiva en el mercado a través de la investigación científica aplicada
y/o transferencia de conocimiento. No incluye desarrollo de aplicaciones y/o
soluciones de TI. |
|
Investigación científica aplicada, para la
adquisición de nuevos conocimientos, dirigida hacia un objetivo o fin
práctico, que responda a una necesidad específica |
$2,000,000 |
|
|
Gastos asociados a la transferencia tecnológica
|
$1,000,000 |
|
Adaptación, regionalización y pruebas de las
soluciones |
$1,000,000 |
Por solución tecnológica; dirigido a proyectos
que permitan preparar un producto que está actualmente en el mercado mexicano
y que requiere adecuaciones para su venta. |
|
Registro de patentes |
$200,000 |
Por patente; en México y/o en el extranjero. |
|
Marcas y derechos de autor |
$50,000 |
Por marca y/o trámite de derecho de autor; en
México y/o en el extranjero. |
|
Servicios legales y administrativos |
$200,000 |
Por proyecto. |
6 |
COMERCIALIZACION |
||
|
Servicios de alto valor agregado para la
comercialización de productos y servicios de TI y medios creativos digitales |
$2,000,000 |
Por proyecto. |
7 |
ESTUDIOS
PARA DESARROLLAR CAPACIDADES DE NEGOCIO |
||
|
Benchmarking |
$250,000 |
Por estudio. |
|
Estrategia de mercado |
$1,000,000 |
Por estudio. |
|
Servicios de información y obtención de
documentos |
$250,000 |
Por proyecto. |
|
Estudios de análisis tecnológicos |
$150,000 |
Por empresa. |
|
Plan de negocios |
$1,000,000 |
Por proyecto. |
8 |
SERVICIOS
PROFESIONALES DIVERSOS |
||
|
Consultoría especializada |
$4,000,000 |
Por proyecto; se tomará en cuenta la
complejidad de los servicios. No se permite personal adscrito a la empresa
y/o institución del Beneficiario incluyendo sus empresas relacionadas. |
|
Asesoría especializada |
$4,000,000 |
|
|
Servicios de auditoría financiera |
$50,000 |
Por proyecto. |
9 |
EVENTOS |
||
|
Participación en eventos que tengan como
propósito el posicionamiento y/o venta de los productos y servicios del
sector de TI |
$2,000,000 |
Por evento; se tomará en cuenta la audiencia
objetivo y su impacto en el desarrollo de competencias y/o posicionamiento
del sector de TI del país. |
|
Realización de eventos que tengan como temática
principal el sector de TI |
$2,000,000 |
|
|
Renta de espacios para la participación en
eventos, construcción y montaje de módulos de exhibición para la promoción |
$500,000 |
|
10 |
CREACION
Y FORTALECIMIENTO DE FONDOS |
||
|
Creación y fortalecimiento de fondos de
garantía, capital de riesgo y semilla |
Conforme a las políticas que al respecto
establezca el Consejo Directivo del PROSOFT y la normatividad aplicable |
Conforme a lo previsto en el numeral 4.5.5.2 de
las Reglas de Operación. |
11 |
ACELERACION
DE LA POLITICA PUBLICA |
||
|
Aceleración de la Política Pública |
$20,000,000 |
Conforme a lo previsto en la Regla 4.5.5.3 de
las Reglas de Operación. |
ANEXO B SECRETARIA DE
ECONOMIA SOLICITUD DE APOYO
AL PROSOFT |
|
USO EXCLUSIVO DE LA SECRETARIA DE ECONOMIA (SE): |
|
Número de Folio: |
|
Fecha de recepción en la
SE: |
|
Acuerdo Consejo Directivo |
|
“Este programa es público
ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos
a los establecidos en el programa”
El presente formato
electrónico, proporcionado en http://www.prosoft.economia.gob.mx, será
utilizado para registrar Solicitudes de Apoyo, las cuales serán analizadas y,
en su caso, aprobadas por el Consejo Directivo del PROSOFT.
I. Información general del proyecto. Identifique al proyecto, Organismo Promotor autorizado
y tipo de solicitante. |
||||||||||||||
1.Nombre del proyecto |
|
|||||||||||||
2. Organismo Promotor |
|
3. Registro IE |
|
|||||||||||
4. Tipo de solicitante |
Empresa TI |
|
Academia |
|
Organismo público |
|
Usuario de TI |
|
Medios creativos
digitales |
|
Agrupamiento
empresarial |
|
Otro |
|
II. Resumen
ejecutivo del proyecto. Describa brevemente el proyecto |
||||||||||||||||||||||||||||||
5. Objetivo
general |
|
|||||||||||||||||||||||||||||
6. Total de
etapas |
|
7. Etapa que se
somete |
|
|||||||||||||||||||||||||||
8. Objetivo del
proyecto que se somete |
|
|||||||||||||||||||||||||||||
9. Beneficios
esperados del proyecto |
|
|||||||||||||||||||||||||||||
10. Duración del
proyecto (semanas) |
|
|||||||||||||||||||||||||||||
|
|
|
|
|
|
|
||||||||||||||||||||||||
III. Impacto esperado del proyecto. Aquel que se pretende alcanzar una vez ejecutado en su
totalidad el proyecto presentado. Proporcione información sobre los
siguientes apartados (los que apliquen): |
|
|||||||||||||||||||||||||||||
a) Empresas-Proyecto atendidas1 |
||||||||||||||||||||||||||||||
|
Micro |
Pequeña |
Mediana |
Grande |
Total |
|
||||||||||||||||||||||||
11. Existentes |
|
|
|
|
|
|
||||||||||||||||||||||||
12. Potenciales |
|
|
|
|
|
|
||||||||||||||||||||||||
13. Total |
|
|
|
|
|
|
||||||||||||||||||||||||
b) Capital humano en sector de TI |
|
|||||||||||||||||||||||||||||
|
Mujeres |
Hombres |
Total |
|
|
|||||||||||||||||||||||||
Segmentación |
E |
T |
P |
PG |
E |
T |
P |
PG |
|
|
|
|||||||||||||||||||
14. Empleo Actual
de la Empresa. |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|||||||||||||||||||
15. Empleo
Mejorado |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|||||||||||||||||||
16. Empleo
Potencial |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|||||||||||||||||||
17. Total |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|||||||||||||||||||
Nota:
E=Estudiantes; T=Técnicos; P=Profesionistas; PG=Posgrados |
|
|
||||||||||||||||||||||||||||
c) Adopción y Producción de TI |
|
|
||||||||||||||||||||||||||||
18. Sector al que pertenece el usuario |
|
|
|
|||||||||||||||||||||||||||
19. Facturación a detonar en sector de TI |
|
|
|
|||||||||||||||||||||||||||
|
Mujeres |
Hombres |
Total |
|
|
|||||||||||||||||||||||||
|
E |
T |
P |
PG |
E |
T |
P |
PG |
|
|
|
|||||||||||||||||||
20. Empleo Potencial de usuario |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|||||||||||||||||||
Nota: E=Estudiantes; T=Técnicos; P=Profesionistas;
PG=Posgrados |
|
|
||||||||||||||||||||||||||||
d) Indicadores relevantes |
|
|||||||||||||||||||||||||||||
|
Tecnología |
Negocios |
Calidad |
Idioma |
Total |
|
|
|||||||||||||||||||||||
21. Cursos |
|
|
|
|
|
|
|
|||||||||||||||||||||||
22. Certificaciones |
|
|
|
|
|
|
|
|||||||||||||||||||||||
23. Proyecto productivo |
Sí |
|
No |
|
Posiciones habilitadas |
|
|
||||||||||||||||||
24. Madurez
organizacional |
Implantación(es) |
|
Certificación(es) |
|
|
||||||||||||||||||||
25. Innovación |
Patentes a registrar |
|
Marcas o derechos de autor a proteger |
|
Centros de I+D+i |
|
|
||||||||||||||||||
|
|
||||||||||||||||||||||||
IV. Rubros de gasto |
|
||||||||||||||||||||||||
No. |
Rubro |
Concepto
aplicable |
Entregable |
|
|||||||||||||||||||||
26. |
27. |
28. |
29. |
|
|||||||||||||||||||||
|
|
|
|
|
|||||||||||||||||||||
|
|
|
|
|
|
|
|||||||||||||||||||
V. Fuentes de aplicación de recursos (Los montos se expresan en miles.) |
|||||||||||||||||||||||||
Concepto |
PROSOFT |
Entidad Federativa |
Sector académico |
Sector privado |
Otras aportaciones (en especie) |
Total |
|||||||||||||||||||
|
|
|
|
|
Aportante |
Monto |
Tipo de aportación |
|
|||||||||||||||||
30. |
31. |
32. |
33. |
34. |
35. |
36. |
37. |
38. |
|||||||||||||||||
Total |
|
|
|
|
|
|
|
|
|||||||||||||||||
Porcentaje de inversión |
39. |
40. |
41. |
42. |
43. |
44. |
45. |
46. |
|||||||||||||||||
VI. Documentación
soporte, obligatorio anexar la documentación
para todos incisos, con excepción del h.
a.
Proyecto en extenso |
|
b.
Cotizaciones |
|
c. Ficha
técnica del solicitante |
|
||||||
d. Carta
(s) compromiso de Beneficiario y constancia de no haber recibido apoyo
similar |
|
e.
Opinión favorable respecto del cumplimiento de sus obligaciones fiscales |
|
f. Carta
protesta bajo decir verdad que se cumple con requisito 4.3.2.i) |
|
||||||
g.
Listado de empresas atendidas |
|
h.
Otro(s) |
|
Especifique |
|
||||||
VII. Ubicación del
proyecto. Información del domicilio geográfico2 en
donde se desarrollará el proyecto |
|
||||||||||
47. Tipo de vialidad |
|
48. Nombre de vialidad |
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49. Número exterior |
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50. Número exterior |
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51. Número interior |
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52.Tipo de asentamiento humano |
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53. Nombre de asentamiento humano |
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54. Código Postal |
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55. Nombre de localidad |
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56. Nombre del Municipio o Delegación |
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57. Nombre del Estado o del DF |
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58. Entre vialidades: tipo y nombre |
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59. Vialidad posterior tipo y nombre |
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60. Descripción de ubicación |
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VIII. Otros apoyos |
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Fondo o programa |
Nombre o denominación del proyecto |
Monto de apoyo federal recibido |
Año |
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61. |
62. |
63. |
64. |
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IX. Beneficiario |
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Registro IE |
Razón social |
Tamaño |
Actividad principal3 |
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65. |
66. |
67. |
68. |
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69. CURP |
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70. RFC |
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71. Responsable del proyecto |
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72. Correo electrónico4 |
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X. Declaraciones a) Del Beneficiario |
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COMO RESPONSABLE DEL PROYECTO Y/O REPRESENTANTE DE LA EMPRESA QUIEN
SOLICITA EL APOYO, MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, QUE CONOZCO EL
CONTENIDO Y ALCANCES LEGALES DEL ACUERDO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS
REGLAS DE OPERACION DEL PROGRAMA PARA EL DESARROLLO DE LA INDUSTRIA DEL
SOFTWARE (PROSOFT) PARA EL EJERCICIO FISCAL 2012; EN CONSECUENCIA, MANIFIESTO
A NOMBRE PROPIO Y, EN SU CASO, DE MI REPRESENTADA, QUE ME ADHIERO A LAS
OBLIGACIONES SEÑALADAS EN DICHO ACUERDO, PARTICULARMENTE LAS RELATIVAS A
REALIZAR LAS ACCIONES CORRESPONDIENTES PARA LLEVAR A CABO SU EJECUCION
ADMINISTRACION DE LOS RECURSOS OTORGADOS Y ELABORACION DE LOS REPORTES DE
AVANCE Y FINAL ESTABLECIDOS EN LAS REGLAS DE OPERACION, EN CASO DE QUE LA
SOLICITUD DE APOYO RESULTE APROBADA. BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD MANIFIESTO NO ESTAR RECIBIENDO APOYOS DE
OTROS PROGRAMAS FEDERALES DIRIGIDOS A LOS MISMOS FINES QUE IMPLIQUEN
SUSTITUIR MI APORTACION O DUPLICAR APOYOS O SUBSIDIOS. |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
b) Del Organismo
Promotor |
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COMO REPRESENTANTE
DEL ORGANISMO PROMOTOR, MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, QUE CONOZCO
EL CONTENIDO Y ALCANCES LEGALES DEL ACUERDO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS
REGLAS DE OPERACION DEL PROGRAMA PARA EL DESARROLLO DE LA INDUSTRIA DEL
SOFTWARE (PROSOFT) PARA EL EJERCICIO FISCAL 2012; EN CONSECUENCIA, MANIFIESTO
A NOMBRE PROPIO Y DE MI REPRESENTADA, QUE ME ADHIERO A LAS OBLIGACIONES
SEÑALADAS EN DICHO ACUERDO, PARTICULARMENTE LAS RELATIVAS A REALIZAR LAS
ACCIONES CORRESPONDIENTES PARA VIGILAR LA CORRECTA APLICACION Y
ADMINISTRACION DE LOS APOYOS OTORGADOS AL BENEFICIARIO, ESTABLECIDOS EN LAS
REGLAS DE OPERACION, EN CASO DE QUE LA SOLICITUD DE APOYO RESULTE APROBADA. BAJO
PROTESTA DE DECIR VERDAD MANIFIESTO QUE EL POTENCIAL BENEFICIARIO NO ESTA
RECIBIENDO APOYOS DE OTROS PROGRAMAS FEDERALES DIRIGIDOS A LOS MISMOS FINES
QUE IMPLIQUEN SUSTITUIR SU APORTACION O DUPLICAR APOYOS O SUBSIDIOS. |
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Consideraciones generales para su llenado: ·
La captura de la
Solicitud es a través de Internet, por lo que el horario de recepción es
abierto, sin embargo la revisión de la Solicitud se realizará de 9:00 a 14:30
horas y de 15:30 a 18:00 horas, de lunes a viernes en días hábiles. ·
1 Conforme al Acuerdo por el que se establece la
estratificación de las micro, pequeñas y medianas empresas. (DOF 30/06/2009). ·
2 Conforme al Acuerdo por el que aprueba la Norma
Técnica sobre Domicilios Geográficos. (DOF 12/11/2010) ·
3 Actividad principal del Beneficiario: Desarrollo de
software, Servicios de TI, BPO, Contact o Call Center, Medios Interactivos u
Otra ·
4 Con fundamento en el artículo 35 de la Ley Federal de
Procedimiento Administrativo autorizo la recepción de notificaciones
relacionadas al PROSOFT. |
Trámite al que corresponde la forma: Solicitud de Apoyo del
Programa para el Desarrollo de la Industria de Software (PROSOFT). Número de Registro Federal de Trámites y
Servicios: SE-06-017 Fecha de autorización de la forma por parte de la Oficialía
Mayor: Fecha de autorización de la forma por parte de la
Comisión Federal de Mejora Regulatoria: |
Fundamento jurídico-administrativo: - Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación
del Programa para el Desarrollo de la Industria del Software (PROSOFT) para
el Ejercicio Fiscal 2012. |
Documentos anexos: - Los señalados en la sección VI de este formato |
Tiempo de respuesta: 3 meses |
Número telefónico del responsable del trámite para
consultas: 5229-61-00 extensión: 34155 |
Número telefónico para quejas: Organo Interno de Control en la SE 5629-95-52 (directo) 5629-95-00 extensiones: 21200, 212010,
21212, 21218 y 21219 |
Para cualquier aclaración, duda y/o comentario con
respecto a este trámite, sírvase llamar al Centro de Contacto Ciudadano: En
el Distrito Federal: 2000-2000. 01 800 FUNCION (01 800 3862466). Desde
Estados Unidos o Canadá: 1 800 475-2393 Correo electrónico:
contactociudadano@funcionpublica.gob.mx |
SE-06-017
ANEXO C PROCESO
DE OPERACION DEL PROSOFT |
Los siguientes procedimientos están vinculados a la gestión de proyectos
que solicitan apoyo al PROSOFT. Los proyectos de aceleración de política pública se regirán
conforme a la Regla 4.5.5.3 de las Reglas de Operación y los instrumentos
jurídicos correspondientes.
Para fines prácticos en la presente ilustración se utilizan los siguientes
acrónimos:
·
CD – Consejo Directivo ·
OP - Organismo Promotor ·
BEN - Beneficiario ·
IE - Instancia Ejecutora |
·
ROP – Reglas de Operación del PROSOFT ·
DOF – Diario Oficial de la Federación ·
SA – Solicitud de Apoyo |
1) Trámites dados de alta ante
la Comisión Federal
de Mejora Regulatoria
ANEXO D
CONVENIO DE COLABORACON PARA CONJUNTAR ESFUERZOS Y RECURSOS PARA CONTRIBUIR
AL DESARROLLO DEL SECTOR DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION BUSCANDO SU
CRECIMIENTO EN EL LARGO PLAZO EN EL PAIS FAVORECIENDO LA COMPETITIVIDAD
INTERNACIONAL QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL PODER EJECUTIVO FEDERAL POR
CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE ECONOMIA, EN LO SUCESIVO DENOMINADA LA SECRETARIA,
REPRESENTADA POR <<NOMBRE>>, SUBSECRETARIA(O) DE INDUSTRIA Y
COMERCIO, CON EL APOYO DE<<NOMBRE>>,DIRECTOR(A) GENERAL DE COMERCIO
INTERIOR Y ECONOMIA DIGITAL, Y POR LA OTRA, <<NOMBRE DEL ORGANISMO
PROMOTOR>>, EN LO SUCESIVO DENOMINADA EL ORGANISMO PROMOTOR, REPRESENTADO
POR <<NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL>>, EN SU CARACTER DE
<<REPRESENTANTE O APODERADO LEGAL>>, QUIENES CONJUNTAMENTE SERAN
DENOMINADOS COMO LAS PARTES, SUJETANDOSE AL TENOR DE LOS SIGUIENTES
ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS:
ANTECEDENTES
1. El artículo 28 último párrafo de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, señala que se podrán
otorgar apoyos con recursos federales a actividades que sean prioritarias,
cuando éstas sean generales, de carácter temporal y no afecten las finanzas de
la Nación;
2. El Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2007-2012
tiene como finalidad establecer los objetivos nacionales, las estrategias y las
prioridades que durante la presente Administración deberán regir la acción del
gobierno;
3. El segundo eje del PND, Economía competitiva y generadora
de empleos, tiene como uno de sus objetivos, el potenciar la productividad y
competitividad de la economía mexicana para lograr un crecimiento económico
sostenido y acelerar la creación de empleos; para lo cual se establece como
estrategia el diseñar agendas sectoriales para la competitividad de sectores
económicos de alto valor agregado y contenido tecnológico, y de sectores
precursores, así como la reconversión de sectores tradicionales, a fin de
generar empleos mejor remunerados. El mismo plan considera estratégico
establecer condiciones para que México se inserte en la vanguardia tecnológica;
4. El Programa Sectorial de Economía
2007-2012 establece como objetivo rector 2.5 el elevar la competitividad de las
empresas mediante el fomento del uso de las tecnologías de información, la innovación y el desarrollo tecnológico en
sus productos y servicios; a su vez, como objetivo rector 3.2 el incrementar la
participación de México en los flujos de comercio mundial y en la atracción de
Inversión Extranjera Directa (IED), en el cual se establece que se deberá
posicionar a México como un oferente en el mercado de servicios de tecnologías
de información;
5. El
Presupuesto de Egresos de la Federación, ha establecido erogaciones del Ramo 10
Economía, para el Programa para el Desarrollo de la Industria del Software
(PROSOFT);
6. Las Tecnologías de Información y Comunicaciones
(TIC) son un factor crítico para potenciar la productividad y la competitividad
de todos los sectores de la economía. Además de su relevancia como precursor
transversal para el crecimiento económico del país, se trata de una industria
intensiva en conocimiento, con capacidad de generar empleos bien remunerados.
Así mismo, es reconocida como una industria con gran potencial para atraer inversiones
y para detonar la innovación tecnológica.
7. El Estado juega un papel crucial como coordinador
entre individuos y organizaciones en todos los sectores y regiones de la
economía. En el contexto del PROSOFT 2.0, es necesaria la coordinación de
acciones dispersas para corregir algunos de los factores identificados como
causas de la debilidad de la industria, algo que ni el mercado ni la iniciativa
privada pueden hacer por sí mismos.
8. Para
promover el desarrollo de un sector de tecnologías de información (TI)
competitivo y aprovechar sus oportunidades de crecimiento se requiere crear las
condiciones para la formación de una masa crítica de empresas, con escala de
producción y niveles de capacidad de procesos suficientes para aprovechar la
magnitud del mercado interno y competir en el mercado mundial.
9. El
fondo PROSOFT busca facilitar el despliegue de las acciones para lograr los
objetivos planteados en la política pública (PROSOFT 2.0 y PROMEDIA), así como
potenciar el impacto de los recursos, fortaleciendo la cobertura de las
acciones, asegurando la complementariedad de los apoyos y reducción de gastos
administrativos, a través de la coordinación institucional y vinculación de
acciones con las entidades federativas, el sector privado y el académico.
10. El PROSOFT tiene como objetivo general, contribuir
al desarrollo del sector de tecnologías de la información buscando su
crecimiento en el largo plazo en el país favoreciendo la competitividad
internacional.
11. Con el fin de impulsar íntegramente el desarrollo
del sector de tecnologías de información, la Secretaría de Economía, en el
ámbito de su competencia y conforme a lo establecido en los artículos 75, 76,
77 y 78 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, 175,
176, 177, 178, 180 y 181 último párrafo, el Reglamento de la Ley Federal de
Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 3 y 24 fracciones XXIV del Reglamento
Interior de la Secretaría de Economía, emitió el Acuerdo por el que se dan a
conocer las Reglas de Operación para el otorgamiento de Apoyos del Programa
para el Desarrollo de la Industria del Software (PROSOFT) para el ejercicio
fiscal 2012, en lo sucesivo REGLAS DE OPERACION, mismo que fue publicado en el
Diario Oficial de la Federación con fecha <<DIA>>de
<<MES>> de <<AÑO>>. El Consejo Directivo del PROSOFT,
aprobó las Solicitudes de Apoyo que presentó el ORGANISMO PROMOTOR, en lo
sucesivo los PROYECTOS.
DECLARACIONES
I. De la SECRETARIA que:
I.1. Es una
Dependencia del Poder Ejecutivo Federal, de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2
fracción I y 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
I.2. Conforme a lo
establecido en el artículo 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal, corresponde a la SECRETARIA, entre otros, el despacho de los
siguientes asuntos; formular y conducir las políticas generales de industria y
comercio interior; promover, orientar, fomentar y estimular el desarrollo de la
industria nacional; regular la organización de productores industriales y
promover, en su caso, organizarla investigación técnica industrial.
I.3. Con fundamento
en el artículo 6 fracción IX, del Reglamento Interior de la Secretaría de
Economía, <<NOMBRE>>, Subsecretaria(o) de Industria y Comercio, de
la SECRETARIA, cuenta con las facultades suficientes para suscribir el presente
Convenio de Colaboración; y <<NOMBRE>>, en su carácter de
Director(a) General de Comercio Interior y Economía Digital, en lo sucesivo
DGCIED, siendo la responsable de llevar el seguimiento del mismo, de
conformidad con el artículo 24 del ordenamiento legal antes citado.
I.4. La DGCIED, será
la encargada de coordinar las acciones necesarias con el ORGANISMO PROMOTOR,
para la ejecución del presente Convenio de Colaboración.
I.5 El PROSOFT,
cuenta con recursos previstos en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la
Federación del Ejercicio Fiscal 2012, al ramo 10 de la SECRETARIA.
I.6. La SECRETARIA
cuenta con los recursos presupuestarios necesarios.
I.7. Para los efectos
del presente Convenio de Colaboración, señala como domicilio legal el ubicado
en Alfonso Reyes número 30, en la colonia Hipódromo Condesa de la Ciudad de
México, Distrito Federal, código postal 06140.
II. De el ORGANISMO PROMOTOR que:
II.1. Es una
<<RAZON SOCIAL DEL ORGANISMO PROMOTOR>>, debidamente constituida
conforme a las leyes mexicanas, tal y como consta en la Escritura Pública
número <<NUMERO DE ESCRITURA PUBLICA>> otorgada ante la fe del
Licenciado <<NOMBRE DEL NOTARIO PUBLICO>>, Notario Público número
<<NUMERO DE NOTARIA>>, de fecha <<DIA>> de
<<MES>>de <<AÑO>> e inscrita en el Registro Público de
la Propiedad y de Comercio, bajo el folio número <<NUMERO DE
REGISTRO>> de fecha <<DIA>>de <<MES>>de
<<AÑO>>.
II.2. Exhibe su
Cédula de Registro Federal de Contribuyentes expedida por la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público, de la que se desprende que su clave de Registro
Federal de Contribuyentes es <<REGISTRO FEDERAL DE
CONTRIBUYENTES>>.
II.3. Que dentro de
su objeto social se encuentran, entre otras, <<ACTIVIDADES
PREPONDERANTES>>.
II.4. Cumple con lo
descrito en el numeral 4.3.1 de las REGLAS DE OPERACION del PROSOFT para fungir
como ORGANISMO PROMOTOR.
II.5. El C.
<<NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL>>, en su carácter de
<<REPRESENTANTE O APODERADO LEGAL>>, cuenta con las facultades
necesarias para suscribir el presente instrumento jurídico, conforme a lo
establecido en la Escritura Pública número <<NUMERO DE ESCRITURA
PUBLICA>> otorgada ante la fe del Licenciado <<NOMBRE DEL NOTARIO
PUBLICO>>, Notario Público número <<NUMERO DE NOTARIA>> con
fecha <<DIA>> de <<MES>> de <<AÑO>>, en la
que le fueron otorgadas las facultades con que se ostenta mismas que manifiesta
bajo protesta de decir verdad que a la fecha, no le ha sido revocadas ni
restringidas o modificadas en forma alguna.
II.6. Para los
efectos del presente Convenio de Colaboración, señala como domicilio legal el
ubicado en <<DOMICILIO LEGAL>>.
III. De las PARTES
III.1. Que conocen el
contenido de las REGLAS DE OPERACION.
III.2. Que de conformidad
con las anteriores declaraciones, las PARTES reconocen su personalidad jurídica
y aceptan la capacidad legal con que se ostentan.
En consideración a los anteriores
Antecedentes y Declaraciones, las PARTES convienen en sujetar el presente
Convenio de Colaboración al contenido de las siguientes:
CLAUSULAS
PRIMERA.- El presente
Convenio de Colaboración tiene por objeto establecer las bases para contribuir
al desarrollo del sector de tecnologías de la información buscando su
crecimiento en el largo plazo en el país favoreciendo la competitividad
internacional.
SEGUNDA.- Con base en
lo que se refiere en el apartado de Antecedentes del presente Convenio de
Colaboración, la suficiencia presupuestal señalada en las Declaraciones de este
instrumento, las REGLAS DE OPERACION y los PROYECTOS, la SECRETARIA aportará
recursos por concepto de apoyos transitorios por un monto total de
<<CANTIDAD EN NUMERO Y LETRA PESOS 00/100 M.N.>>, para desarrollar
los PROYECTOS aprobados por el Consejo Directivo.
TERCERA.- Las PARTES
acuerdan que las acciones comprendidas en los PROYECTOS listados en el ANEXO 1
de este Convenio de Colaboración, se sujetarán a los términos establecidos en
las Solicitudes de Apoyo aprobadas por el Consejo Directivo, mismas que son
agregadas como parte integral del presente instrumento.
CUARTA.- La SECRETARIA
señala que apoyará la ejecución de los PROYECTOS a través de apoyos destinados
a los tipos de proyectos previstos en las REGLAS DE OPERACION y las demás
disposiciones que deriven de éstas.
QUINTA.- Los recursos
que aporta la SECRETARIA para el cumplimiento del objeto del presente Convenio
de Colaboración y que se realizan de conformidad con las REGLAS DE OPERACION
del PROSOFT, serán considerados en todo momento como subsidios federales en los
términos de las disposiciones aplicables, en consecuencia, no perderán su
carácter federal al ser canalizados a el ORGANISMO PROMOTOR y estarán sujetos,
en todo momento, a las disposiciones federales que regula su control y
ejercicio.
En este sentido, el ORGANISMO PROMOTOR,
reconoce que los recursos previstos en la Cláusula SEGUNDA serán destinados
única y exclusivamente para dichos fines, por lo que en caso de que éstos sean
usados con fines políticos a cualquier fin distinto al autorizado,
particularmente a la promoción de algún determinado partido político o
candidato, o que en su caso se condicione el cumplimiento del PROSOFT a la
emisión del sufragio a favor de algún partido político o candidato, la SECRETARIA
podrá rescindir administrativamente el presente instrumento jurídico.
La rescisión a que se refiere el párrafo
anterior, operará de pleno derecho y sin necesidad de acción judicial o
arbitral previa. Consecuentemente, el ORGANISMO PROMOTOR acepta que ante la
rescisión del Convenio de Colaboración, éste quedará obligado a la devolución
total de la cantidad señalada en la Cláusula SEGUNDA más los intereses que en
su caso se hubieren generado, sin responsabilidad alguna para la SECRETARIA por
los gastos, expensas, erogaciones o análogos que hubiere realizado.
Lo anterior, sin perjuicio de las
responsabilidades civiles, penales, administrativas o de cualquier otra índole
que en su caso pudiere incurrir el ORGANISMO PROMOTOR.
SEXTA.- Para los
efectos de la entrega de los recursos a cargo de la SECRETARIA citados en la
Cláusula SEGUNDA del presente instrumento, el ORGANISMO PROMOTOR se compromete
a tener una cuenta bancaria productiva específica y exclusiva para la
administración y ejercicio de los recursos federales, que identifiquen las
erogaciones cuyo destino se sujete a lo establecido en este Convenio de
Colaboración; en consecuencia, el ORGANISMO PROMOTOR, acepta expresamente que
hasta en tanto no cumpla con dichos procedimientos y normas, la SECRETARIA no
realizará la entrega de los recursos señalados en este Convenio de
Colaboración, sin responsabilidad alguna.
Asimismo, la SECRETARIA señala que los
depósitos de los recursos federales, estarán sujetos a la presentación previa
por parte de el ORGANISMO PROMOTOR del recibo que en derecho proceda.
SEPTIMA.- De
conformidad con lo establecido en los artículos 54 de la Ley Federal de
Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 176 de su Reglamento, el saldo de
los recursos aportados por la SECRETARIA que no hayan sido devengados al
término del ejercicio fiscal 2012, incluyendo los rendimientos financieros e
intereses generados, deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación,
dentro de los 15 días naturales siguientes al cierre del ejercicio.
OCTAVA.- Para el
cumplimiento del objeto del presente Convenio de Colaboración el ORGANISMO
PROMOTOR, acepta asumir las obligaciones descritas en el numeral 4.6.2.1 de las
REGLAS DE OPERACION.
Las PARTES acuerdan que los Reportes de
Avance / Finales de los PROYECTOS serán enviados, recibidos o archivados a
través del Sistema del fondo habilitado para ello en www.economia.gob.mx o
www.prosoft.economia.gob.mx mediante el uso de usuario y contraseña que le
permita identificar al firmante.
En consecuencia el ORGANISMO PROMOTOR
acepta que la información contenida producirá los mismos efectos jurídicos que
la firma autógrafa, reconociendo la plena validez, eficacia y efectos legales,
sin perjuicio de que la veracidad de los mismos, pueda ser verificada por la
DGCIED o cualquier otra autoridad, conforme a lo previsto en las REGLAS DE
OPERACION y las demás disposiciones aplicables que se derivan de éstas.
NOVENA.- La SECRETARIA
tendrá las siguientes obligaciones:
a) Capacitar
a los Organismos Promotores en el marco de las Reglas de Operación.
b) Tramitar
los pagos de Solicitudes de Apoyo aprobadas.
c) Elaborar
los instrumentos jurídicos correspondientes así como registrarlos ante la
Unidad de Asuntos Jurídicos de la SECRETARIA.
d) Difundir
las Solicitudes de Apoyo aprobadas así como los resultados obtenidos.
e) Aprobar
los Reportes de Avance/Final sometidos por los Organismos Promotores.
f) Facilitar
y supervisar el desarrollo de los componentes previstos en el proyecto del
Banco Mundial.
g) Tomar
las acciones necesarias para dar cumplimiento a lo establecido por el Consejo
Directivo.
DECIMA.- Las PARTES
se comprometen a canalizar el recurso a los BENEFICIARIOS a través de la
suscripción de un Convenio de Asignación de Recursos en términos de lo
establecido en el numeral 4.6.2.2 inciso b), de las REGLAS DE OPERACION
indicando expresamente el monto total del apoyo que se recibe de la SECRETARIA
a través del PROSOFT, incluyendo la siguiente leyenda:
“Este programa es público, ajeno a
cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los
establecidos en el programa”.
DECIMA PRIMERA.- Por
su parte, el ORGANISMO PROMOTOR, recabará y conservará en custodia la
documentación original justificativa y comprobatoria de la entrega total de los
recursos a los BENEFICIARIOS otorgados por los PROYECTOS, en términos de las
disposiciones fiscales aplicables o en su defecto por cinco años.
La DGCIED como área responsable del
PROSOFT, podrá verificar en cualquier momento la documentación a que se refiere
esta cláusula.
DECIMA SEGUNDA.-
Observando el cumplimiento de las disposiciones contenidas en los artículos 54
de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 176 de su
Reglamento, la SECRETARIA y el ORGANISMO PROMOTOR, se comprometen a ejecutar
todas las actividades que impliquen erogaciones a cargo del Presupuesto de
Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2012, a más tardar el 31 de
diciembre de 2012.
Los Recursos que no sean devengados y
acreditados con la documentación correspondiente, en los términos que señalen
las disposiciones aplicables, así como el saldo de la cuenta específica
referida en la Cláusula SEXTA, respecto a los recursos otorgados con cargo al
PROSOFT, incluyendo aquellos que resulten de rendimientos financieros e
intereses, deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación de
conformidad con la legislación aplicable, por el ORGANISMO PROMOTOR, informando
por escrito a la DGCIED de LA SECRETARIA.
El mismo procedimiento de reintegro a la
Tesorería de la Federación, se aplicará al ORGANISMO PROMOTOR o en su caso al
BENEFICIARIO, para aquellos apoyos que no se destinen a los fines autorizados.
DECIMA TERCERA.- La
SECRETARIA manifiesta y el ORGANISMO PROMOTOR acepta que la primera podrá
suspender o cancelar total o parcialmente la entrega de los apoyos destinados a
los PROYECTOS con sujeción a lo dispuesto en las REGLAS DE OPERACION.
El Consejo Directivo del PROSOFT podrá
tomar la resolución correspondiente definida en el regla 4.7 de las REGLAS DE
OPERACION.
DECIMA CUARTA.- Los
recursos públicos federales a que se refiere el presente Convenio de
Colaboración podrán ser revisados de conformidad con lo establecido en la regla
6 de las REGLAS DE OPERACION.
DECIMA QUINTA.- El
personal de cada una de las PARTES que sea designado para la realización de
cualquier actividad relacionada con el presente Convenio de Colaboración,
permanecerá en forma absoluta bajo la dirección y dependencia de la entidad con
la cual tiene establecida su relación laboral, mercantil, civil, administrativa
o cualquier otra, por lo que no se creará una subordinación de ninguna especie
con la parte opuesta, ni operará la figura jurídica de patrón sustituto o
solidario, lo anterior, con independencia de estar presentando sus servicios
fuera de las instalaciones de la entidad por la que fue contratado o realizar
labores de supervisión de los trabajos que se realicen.
DECIMA SEXTA.- El
presente Convenio de Colaboración podrá ser modificado o adicionado previo
consentimiento por escrito de las PARTES. Las modificaciones o adiciones
obligarán a los signatarios a partir de la fecha de firma, salvo que éstas
designen expresamente una fecha distinta.
DECIMA SEPTIMA.- En
caso de que el ORGANISMO PROMOTOR incumpla sus obligaciones señaladas en el
presente Convenio de Colaboración, las REGLAS DE OPERACION del PROSOFT, y demás
disposiciones aplicables, la SECRETARIA podrá rescindir administrativamente el
presente Convenio de Colaboración.
DECIMA OCTAVA.- Las
PARTES manifiestan que en la celebración del presente Convenio de Colaboración,
no existe error, dolo, mala fe, violencia, intimidación, lesión o cualquier
otra causa de nulidad que pudiera invocarse.
DECIMA NOVENA.- Para
cualquier controversia que se suscite por la interpretación o cumplimiento del
presente Convenio de Colaboración, las PARTES están de acuerdo en someterse a
la competencia de los Tribunales Federales en la Ciudad de México, renunciando
al fuero que por su domicilio presente o futuro pudieran tener.
VIGESIMA.- El
presente Convenio de Colaboración tendrá una vigencia hasta el 31 de diciembre
de 2012, contada a partir de la fecha de su firma y/o hasta en tanto se cumpla
con las disposiciones y obligaciones a cargo de el ORGANISMO PROMOTOR sin
perjuicio de que los recursos provenientes del PROSOFT deberán devengarse a más
tardar el 31 de diciembre de 2012, en términos de los artículos 54 de la Ley
Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y 176 de su Reglamento; el
numeral 4.6.2.1 inciso p) de las REGLAS DE OPERACION y demás disposiciones
legales aplicables.
Leído que fue el presente Convenio de
Colaboración y enteradas las PARTES de su contenido y alcance legal, se firma
en cinco tantos en la Ciudad de México, D.F., a los <<DIA>> del mes
de<<MES>> de 2012.
POR LA SECRETARIA |
POR EL ORGANISMO PROMOTOR |
|
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|
|
|
|
ANEXO E
CONVENIO DE ASIGNACION DE
RECURSOS PARA EL OTORGAMIENTO DE LOS SUBSIDIOS DEL PROGRAMA PARA EL DESARROLLO
DE LA INDUSTRIA DEL SOFTWARE (PROSOFT) QUE SUSCRIBEN POR UNA PARTE, EL
EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE ECONOMIA, REPRESENTADA EN
ESTE ACTO POR <<NOMBRE>>, EN SU CARACTER DE <<CARGO>>,
EN LO SUCESIVO DENOMINADA LA SECRETARIA; POR OTRA PARTE, EL PODER EJECUTIVO DEL
GOBIERNO DEL ESTADO DE <<NOMBRE>> EN LO SUCESIVO DENOMINADO EL
GOBIERNO DEL ESTADO, REPRESENTADO POR EL <<NOMBRE>>, EN SU CARACTER
DE <<CARGO>>; Y POR LA OTRA, LA EMPRESA <<NOMBRE DEL
BENEFICIARIO>> REPRESENTADA POR <<NOMBRE DEL REPRESENTANTE O
APODERADO>>, EN LO SUCESIVO EL BENEFICIARIO, QUIENES CONJUNTAMENTE SERAN
DENOMINADOS COMO LAS PARTES, SUJETANDOSE AL TENOR DE LOS SIGUIENTES
ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS:
ANTECEDENTES
1. Que con
fecha <<DIA>> de <<MES>> de 2012, la SECRETARIA y el
GOBIERNO DEL ESTADO suscribieron el Convenio de Coordinación que tiene por
objeto contribuir al desarrollo del sector de tecnologías de la información
buscando su crecimiento en el largo plazo en el país favoreciendo la
competitividad internacional en lo sucesivo el CONVENIO DE COORDINACION,
registrado en la Unidad de Asuntos
Jurídicos con el número <<número de registro>> y número de Registro
<<número>> del Sistema Integral de Gestión Financiera, ambos de
fecha <<DIA>> de <<MES>> de 2012.
2. Que en la
Cláusula Décima del CONVENIO DE COORDINACION, se establecen como parte de los
compromisos asumidos por el GOBIERNO DEL ESTADO el suscribir el correspondiente
Convenio de Asignación de Recursos con el BENEFICIARIO, conforme a lo previsto
en el Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa
para el Desarrollo de la Industria del Software (PROSOFT) para el ejercicio
fiscal 2012.
DECLARACIONES
I. De la SECRETARIA que:
I.1. Es una dependencia del Poder Ejecutivo Federal,
con base en las disposiciones contenidas en los artículos 90 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2 fracción I, 26 y 34 de la Ley
Orgánica de la Administración Pública Federal.
I.2. En el ámbito de su competencia, y con fundamento
en las disposiciones contenidas en los artículos 75, 76, 77 y 78 de la Ley
Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 175, 176, 177, 178, 180 y
181 último párrafo del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y
Responsabilidad Hacendaria; 3 y 24 fracción XXIV del Reglamento Interior de la
Secretaría de Economía, emitió el Acuerdo por el que se dan a conocer las
Reglas de Operación del Programa para el Desarrollo de la Industria del
Software (PROSOFT) para el ejercicio fiscal 2012, en lo sucesivo las REGLAS DE
OPERACION.
I.3. Que el <<día>> de <<mes>>
de 2012 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación las REGLAS DE
OPERACION.
I.4. En términos de las disposiciones establecidas en
el numeral 4.9.2 y el ANEXO B de las REGLAS DE OPERACION, el Consejo Directivo
del PROSOFT determinó la aprobación del apoyo al proyecto presentado por el
ORGANISMO PROMOTOR; consecuentemente, ha instruido la suscripción del presente
Convenio entre la SECRETARIA, el ORGANISMO PROMOTOR y el BENEFICIARIO.
I.5. Con fundamento en <<artículo>> del
Reglamento Interior de la Secretaría de Economía y lo dispuesto por el numeral
6.1 de las REGLAS DE OPERACION, << NOMBRE>>, <<CARGO>>,
cuenta con las facultades suficientes para suscribir el presente Convenio.
I.6. Para los efectos del presente Convenio, señala
como domicilio el ubicado en Alfonso Reyes número 30, en la colonia Hipódromo
Condesa de la Ciudad de México, Distrito Federal, Código Postal 06140.
II. De el GOBIERNO DEL ESTADO.
II.1. Que forma parte integrante de la Federación, es
libre, soberano y autónomo en lo concerniente a su régimen interior, de
conformidad con lo establecido por los artículos 40, 42 y 43 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos; <<ARTICULOS>> de la
Constitución Política del Estado de <<NOMBRE>>.
II.2. El <<Instrumento>> señala como
<<ACTIVIDADES PREPONDERANTES PARA EL DESARROLLO DEL SECTOR TI>>.
II.3. Que <<dependencia>> del Estado de
<<NOMBRE>>, es una dependencia del Poder Ejecutivo del Estado, con
base en las disposiciones contenidas en los artículos <<ARTICULOS>>
y demás relativos y aplicables de la Ley Orgánica de la Administración Pública
del Estado de <<NOMBRE>>.
II.4. Que el
<<NOMBRE DEL SECRETARIO>>, en su carácter de <<Cargo>>,
cuenta con facultades suficientes para suscribir el presente Convenio conforme
a lo dispuesto en <<ordenamientos>>.
II.5. Que cuenta con
recursos aprobados en el Presupuesto de Egresos del Estado de
<<NOMBRE>>, necesarios para cubrir el compromiso derivado del
presente Convenio, correspondiente al ejercicio fiscal 2012, en la partida
correspondiente.
II.6. Que conforme a
lo establecido en las REGLAS DE OPERACION, presentó la Solicitud de Apoyo del
Proyecto denominado <<NOMBRE DEL PROYECTO>>, en lo sucesivo el
PROYECTO, a la consideración del Consejo
Directivo del PROSOFT para ser ejecutado en el Estado de
<<NOMBRE>>.
II.7. Que en el
ámbito de su competencia y con base en las REGLAS DE OPERACION y del CONVENIO
DE COORDINACION celebrado con la SECRETARIA, suscribe el presente Convenio para
el otorgamiento de los apoyos asignados al BENEFICIARIO.
II.8. Que para los
efectos del presente Convenio, señala como domicilio legal el ubicado en
<<DOMICILIO>>.
III. De el BENEFICIARIO que:
III.1. Es una
<<RAZON SOCIAL>>, debidamente constituida conforme a las leyes
mexicanas, tal y como consta en la Escritura Pública número
<<NUMERO>> otorgada ante la fe del Licenciado <<NOMBRE DEL
NOTARIO>>, Notario Público número <<NUMERO DE NOTARIA>> de
fecha <<DIA>> de <<MES>> de <<AÑO>> e
inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio, bajo el folio
número <<NUMERO DE REGISTRO>> de fecha <<DIA>> de
<<MES>> de <<AÑO>>.
III.2. El C.
<<NOMBRE DE REPRESENTANTE LEGAL>>, en su carácter de
<<APODERADO O REPRESENTANTE LEGAL>>, cuenta con las facultades
necesarias para suscribir el presente instrumento jurídico, conforme a lo
establecido en la Escritura Pública número <<NUMERO>> otorgada ante
la fe del Licenciado <<NOMBRE DEL NOTARIO>>, Notario Público número
<<NUMERO DE NOTARIA>>, de fecha <<DIA>> de
<<MES>> de <<AÑO>>, en la que le fueron otorgadas las
facultades con que se ostenta mismas que manifiesta bajo protesta de decir
verdad que a la fecha, no le han sido revocadas ni restringidas o modificadas
en forma alguna.
III.3. Dentro de su
objeto social se encuentran, entre otras, <<ACTIVIDADES
PREPONDERANTES>>.
III.4. Bajo protesta
de decir verdad, manifiesta que conoce el contenido y alcances legales de las
REGLAS DE OPERACION, así como las disposiciones jurídicas aplicables y sus
lineamientos.
III.5. Con base en el
Acta de acuerdos del Consejo Directivo de fecha <<DIA>> de
<<MES>> de 2012, en la que se aprobó el PROYECTO denominado
<<NOMBRE DEL PROYECTO>>, en lo sucesivo el PROYECTO, comparece sin
que existan vicios en su consentimiento, con el objeto de solicitar la
ejecución de la asignación de los apoyos otorgados por el Consejo Directivo del
PROSOFT.
III.6. Para los
efectos del presente Convenio, señala como domicilio legal el ubicado en
<<DOMICILIO>>.
Las partes manifiestan su conformidad en
suscribir el presente Convenio al tenor de las siguientes:
CLAUSULAS
PRIMERA.- El objeto
del presente Convenio consiste en establecer las condiciones específicas para
el otorgamiento de los apoyos asignados a el BENEFICIARIO para la ejecución del
PROYECTO denominado: <<NOMBRE PROYECTO>>, aprobado por el Consejo
Directivo del PROSOFT, en la sesión <<ORDINARIA O EXTRAORDINARIA>>
del <<DIA>> de <<MES>> de 2012, cuya responsabilidad de
ejecución y correcta aplicación de los recursos, queda desde este momento,
plenamente asumida por el BENEFICIARIO.
SEGUNDA.- El
BENEFICIARIO se obliga a observar y cumplir las disposiciones contenidas en las
REGLAS DE OPERACION y Criterios de Operación aprobados por el Consejo
Directivo, particularmente los relativos a la ejecución y/o desarrollo del
proyecto, manifestando en este acto que los conoce y se adhiere a las
obligaciones a su cargo, como si a la letra se insertaran en el presente
Convenio.
TERCERA.- Con base en
la Solicitud de Apoyo aprobada por el Consejo Directivo del PROSOFT que forma
parte integral de este Convenio, como ANEXO 1, la SECRETARIA, el GOBIERNO DEL
ESTADO y el BENEFICIARIO se comprometen a destinar un total de <<CANTIDAD
EN PESOS MEXICANOS CON LETRA Y NUMERO>>, conforme a la siguiente
distribución:
Conforme lo que establece el CONVENIO DE
COORDINACION, la SECRETARIA aportó recursos al PROYECTO a través del GOBIERNO
DEL ESTADO, por concepto de apoyos transitorios que prevén las REGLAS DE
OPERACION, por un total de <<CANTIDAD EN PESOS MEXICANOS CON LETRA Y NUMERO>>.
Por su parte EL GOBIERNO
DEL ESTADO otorgará a el BENEFICIARIO recursos por un total de <<CANTIDAD
EN PESOS MEXICANOS CON LETRA Y NUMERO>> conforme al PROYECTO aprobado por
el Consejo Directivo.
Asimismo, el BENEFICIARIO
se compromete a complementar los recursos por un total de <<CANTIDAD EN
PESOS MEXICANOS CON LETRA Y NUMERO>> para la adecuada ejecución o
desarrollo del PROYECTO, en los términos señalados en el mismo, aprobados por
el Consejo Directivo del PROSOFT.
La entrega de los apoyos se
realizará de conformidad con lo previsto en el presente Convenio y en las
REGLAS DE OPERACION.
Para el depósito de los
recursos provenientes del PROSOFT, el BENEFICIARIO cuenta con una
<<CUENTA/SUBCUENTA>> bancaria específica y exclusiva para la
administración y ejercicio de los recursos federales, para que se identifiquen
las erogaciones cuyo destino se sujeten a lo establecido en este Convenio. El
BENEFICIARIO se compromete a llevar un manejo diferenciado de los recursos
provenientes del PROSOFT, de los de el GOBIERNO DEL ESTADO y de los de origen
privado.
CUARTA.- Con el fin
de verificar la correcta aplicación de los apoyos otorgados y el cumplimiento
de las obligaciones a cargo de el BENEFICIARIO, a partir de la firma de este
Convenio, el Consejo Directivo del PROSOFT y el GOBIERNO DEL ESTADO, por sí
mismos o a través de la contratación de terceros, podrán realizar, visitas de
supervisión o inspección, con sujeción a las disposiciones contenidas en las
REGLAS DE OPERACION, sin perjuicio de las facultades y atribuciones de la
SECRETARIA, de la Secretaría de la Función Pública o cualquier otra instancia o
autoridad competente.
QUINTA.- Por su parte
el BENEFICIARIO, se compromete a aceptar y facilitar la realización de auditorías,
y visitas de supervisión e inspección a la que se refiere la Cláusula inmediata
anterior del presente instrumento jurídico, así como a rendir los Reportes de
Avance/Final, según corresponda en el ejercicio de los recursos, con las metas
y objetivos del proyecto aprobado, a comprobar el gasto y ejercicio tanto de los apoyos, como de los demás recursos
económicos que sean utilizados para la ejecución y desarrollo del proyecto, conforme a los formatos que para
tal fin establezca el Consejo Directivo del PROSOFT.
SEXTA.- En caso de
incumplimiento de el BENEFICIARIO a lo establecido en el presente Convenio, así
como a lo dispuesto en las REGLAS DE OPERACION particularmente en las
obligaciones a su cargo, el Consejo Directivo del PROSOFT, atendiendo la gravedad
y origen del incumplimiento, podrá aplicar lo dispuesto en el numeral 4.7 de
las REGLAS DE OPERACION, sin perjuicio de que se ejerciten las demás acciones
legales que conforme a derecho procedan y correspondan.
El BENEFICIARIO se
compromete a notificar inmediatamente al GOBIERNO DEL ESTADO cualquier
actividad no prevista o de fuerza mayor que implique modificación, en tiempo o
forma al PROYECTO aprobado por el Consejo Directivo del PROSOFT y el GOBIERNO
DEL ESTADO deberá notificar por escrito a la DGCIED de la SECRETARIA.
El BENEFICIARIO acepta que,
ante la cancelación total o parcial de la entrega de apoyos, éste quedará
obligado, en el término que establezca el Consejo Directivo del PROSOFT, al
reintegro de la cantidad señalada en la Cláusula TERCERA del presente Convenio
o su parte proporcional, según sea el caso, incluyendo los rendimientos
financiero que en su caso se haya generado, sin responsabilidad alguna por los
gastos, expensas, erogaciones o análogos que hubiere realizado. El reintegro de
los recursos y sus rendimientos financieros generados deberán ser entregados a
la Tesorería de la Federación en una sola exhibición y notificar por escrito a
la SECRETARIA a través de la DGCIED de la SECRETARIA.
SEPTIMA.- Los
recursos que aporta la SECRETARIA para el cumplimiento del objeto del presente
Convenio y que se realizan de conformidad con las REGLAS DE OPERACION, serán
considerados en todo momento como subsidios federales en los términos de las
disposiciones aplicables; en consecuencia, no perderán su carácter federal al
ser canalizados a el BENEFICIARIO, y estarán sujetos, en todo momento, a las
disposiciones federales que regulan su control y ejercicio.
En este sentido, el
BENEFICIARIO, reconoce que los recursos previstos en la Cláusula TERCERA serán
destinados única y exclusivamente para los fines previstos en la Cláusula
PRIMERA del presente instrumento jurídico, por lo que en caso de que éstos sean
usados con fines políticos, electorales, de lucro y cualquier otro distinto a
los establecidos o que los recursos sean aplicados a cualquier fin distinto al
autorizado particularmente a la promoción de algún determinado partido político
o candidato, o que en su caso se condicione el cumplimiento del PROSOFT a la
emisión del sufragio a favor de algún partido político o candidato, la SECRETARIA
podrá rescindir administrativamente el presente Convenio.
La rescisión a que se
refiere el párrafo anterior, operará de pleno derecho y sin necesidad de acción
judicial o arbitral previa. Consecuentemente, el BENEFICIARIO acepta que ante
la rescisión de este Convenio, éste quedará obligado a la devolución total de
la cantidad señalada en la Cláusula TERCERA más los intereses que en su caso se
hubieren generado, sin responsabilidad alguna para la SECRETARIA por los
gastos, expensas, erogaciones o análogos que hubiera realizado.
Lo anterior, sin perjuicio
de las responsabilidades civiles, penales, administrativas o de cualquier otra
índole que en su caso pudiere incurrir el BENEFICIARIO.
OCTAVA.- El personal
de cada una de las partes que sea designado para la realización de cualquier
actividad relacionada con este Convenio permanecerá, en forma absoluta, bajo la
dirección y dependencia de la entidad con la cual tiene establecida su relación
laboral, mercantil, civil, administrativa o cualquier otra, por lo que no se
creará una subordinación de ninguna especie con la parte opuesta, ni operará la
figura jurídica de patrón sustituto o solidario; lo anterior con independencia
de estar prestando sus servicios fuera de las instalaciones de la entidad por
la que fue contratado, o realizar labores de supervisión de los trabajos que se
realicen.
NOVENA.- Por su parte
el BENEFICIARIO, recabará y conservará en custodia la documentación original
justificativa y comprobatoria del gasto y ejercicio de los apoyos otorgados y
autorizados al proyecto, en términos de las disposiciones fiscales aplicables,
o en su defecto por cinco años; asimismo, deberá llevar el registro de las
operaciones financieras a que haya lugar.
En caso de que los recursos
no sean devengados en los términos que señalen las disposiciones aplicables, o
bien los apoyos sean cancelados parcial o totalmente, el BENEFICIARIO deberá
reintegrar, en los términos que se indique y conforme a las disposiciones
legales aplicables, el saldo de la cuenta específica referida en la Cláusula
TERCERA, incluyendo aquellos que resulten de rendimientos financieros e
intereses generados deberán ser entregados a la Tesorería de la Federación y
notificar por escrito a la SECRETARIA a través de la Dirección General de
Comercio Interior y Economía Digital, dentro de los 10 días naturales
siguientes al cierre del presente ejercicio fiscal.
DECIMA.- Observando
el cumplimiento de las disposiciones contenidas en los artículos 54 de la Ley
Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 176 de su Reglamento, la
SECRETARIA y el GOBIERNO DEL ESTADO se comprometen a ejecutar todas las
actividades que impliquen erogaciones a cargo del Presupuesto de Egresos de la
Federación para el ejercicio Fiscal 2012, a más tardar el 31 de diciembre de
2012.
Los recursos que no sean
devengados y acreditados con la documentación correspondiente, en los términos
que señalen las disposiciones aplicables, así como el saldo de la cuenta
específica referida en la Cláusula TERCERA, respecto a los recursos otorgados
con cargo al PROSOFT, incluyendo aquellos que resulten de rendimientos
financieros e intereses, deberán ser reintegrados a la Tesorería de la
Federación, a más tardar el día 31 de diciembre de 2012, por el GOBIERNO DEL
ESTADO, informando por escrito a la DGCIED de la SECRETARIA
El mismo procedimiento de
reintegro a la Tesorería de la Federación, se aplicará para aquellos apoyos que
no se destinen a los fines autorizados por el GOBIERNO DEL ESTADO o, en su caso,
por el BENEFICIARIO.
DECIMA PRIMERA.- El
presente Convenio tendrá una vigencia hasta el 31 de diciembre de 2012, contada
a partir de la fecha de su firma, o hasta en tanto se cumpla con las
disposiciones a cargo de el GOBIERNO DEL ESTADO y del BENEFICIARIO, sin
perjuicio de que los recursos provenientes del PROSOFT deberán devengarse a más
tardar el 31 de diciembre de 2012, en términos de los artículos 54 de la Ley
Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 176 de su Reglamento;
numeral 4.6.2.1 inciso o) de las REGLAS DE OPERACION y demás disposiciones
legales aplicables.
DECIMA SEGUNDA.- El
presente Convenio podrá ser modificado o adicionado previo consentimiento por
escrito de las partes, con la autorización del Consejo Directivo. Las modificaciones
o adiciones obligarán a los signatarios a partir de la fecha de su firma, salvo
que éstas designen expresamente una fecha distinta.
Los asuntos relacionados
con el objeto de este Convenio que no queden expresamente previstos en sus
cláusulas, ni en sus anexos, serán interpretados por la SECRETARIA de común
acuerdo con las partes, haciendo constar sus decisiones por escrito.
DECIMA TERCERA.- Para
cualquier controversia que se suscite por la interpretación o cumplimiento del
presente Convenio, las partes están de acuerdo en someterse y sujetarse a la
competencia de los Tribunales Federales en la Ciudad de México, renunciando al
fuero que por su domicilio presente o futuro pudieran tener.
Leído que fue el presente
Convenio y enteradas las partes de su contenido y alcance legal, se firma en
cuatro tantos en la ciudad de México, D.F. a los <<DIA>> de
<<MES>> de 2012.
Por la SECRETARIA. |
Por el GOBIERNO DEL ESTADO. |
Por el BENEFICIARIO. |
|
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ANEXO F
CONVENIO DE ASIGNACION DE RECURSOS PARA EL OTORGAMIENTO DE LOS SUBSIDIOS
DEL PROGRAMA PARA EL DESARROLLO DE LA INDUSTRIA DEL SOFTWARE (PROSOFT) QUE
SUSCRIBEN POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE
ECONOMIA, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR <<NOMBRE>>, EN SU CARACTER
DE <<CARGO>>, EN LO SUCESIVO LA SECRETARIA; POR OTRA PARTE,
<<NOMBRE ORGANISMO PROMOTOR>>, EN LO SUCESIVO DENOMINADA EL
ORGANISMO PROMOTOR, REPRESENTADA POR <<NOMBRE DEL REPRESENTANTE O
APODERADO LEGAL>>; Y POR LA OTRA, LA EMPRESA <<NOMBRE DEL
BENEFICIARIO>> REPRESENTADA POR <<NOMBRE DEL REPRESENTANTE O
APODERADO>>, EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA EL BENEFICIARIO, QUIENES
CONJUNTAMENTE SERAN DENOMINADOS COMO LAS PARTES, SUJETANDOSE AL TENOR DE LOS
SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS:
ANTECEDENTES
1. Que con fecha
<<DIA>> de <<MES>> de 2012, la SECRETARIA y el
ORGANISMO PROMOTOR suscribieron un Convenio de Colaboración mismo que tiene por
objeto contribuir al desarrollo del sector de tecnologías de la información
buscando su crecimiento en el largo plazo en el país favoreciendo la
competitividad internacional, en lo sucesivo el CONVENIO DE COLABORACION,
registrado en la Unidad de Asuntos Jurídicos con el número <<NUMERO DE
REGISTRO de fecha <<DIA>> de <<MES>> de 2012.
2. Que en la Cláusula
DECIMA del CONVENIO DE COLABORACION, se establecen como parte de los
compromisos asumidos por el ORGANISMO PROMOTOR el suscribir el correspondiente
Convenio de Asignación de Recursos con el BENEFICIARIO, conforme a lo previsto
en el Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa
para el Desarrollo de la Industria del Software (PROSOFT) para el ejercicio
fiscal 2012.
DECLARACIONES
I. De la SECRETARIA que:
I.1. Es una
dependencia del Poder Ejecutivo Federal, con base en las disposiciones
contenidas en los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos; 2 fracción I, 26 y 34 de la Ley Orgánica de la Administración
Pública Federal.
I.2. En el ámbito de
su competencia, y con fundamento en las disposiciones contenidas en los
artículos 75, 76, 77 y 78 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad
Hacendaria; 175, 176, 177, 178, 180 y 181 último párrafo del Reglamento de la
Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 3 y 24 fracción XXIV
del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, emitió el Acuerdo por el
que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa para el Desarrollo de
la Industria del Software (Prosoft) para el ejercicio fiscal 2012, en lo
sucesivo las REGLAS DE OPERACION.
I.3. Que el
<<DIA>> de <<MES>> de 2012 se publicaron en el Diario
Oficial de la Federación las REGLAS DE OPERACION.
I.4. En términos de
las disposiciones contenidas en el numeral 4.9.2 y el ANEXO B de las REGLAS DE
OPERACION, el Consejo Directivo del PROSOFT determinó la aprobación del apoyo
al proyecto presentado por el ORGANISMO PROMOTOR; consecuentemente, ha
instruido la suscripción del presente Convenio entre la SECRETARIA, el
ORGANISMO PROMOTOR y el BENEFICIARIO.
I.5. Con fundamento
en el <<artículo>> del Reglamento Interior de la Secretaría de
Economía y el numeral 6.1 de las REGLAS DE OPERACION, la o el
<<NOMBRE>>, <<CARGO>>, cuenta con las facultades
suficientes para suscribir el presente Convenio.
I.6. Para los efectos
del presente Convenio, señala como domicilio el ubicado en Alfonso Reyes número
30, en la colonia Hipódromo Condesa de la Ciudad de México, Distrito Federal,
Código Postal 06140.
II. De el ORGANISMO PROMOTOR.
II.1. Es una
<<RAZON SOCIAL DEL ORGANISMO PROMOTOR>>, debidamente constituida
conforme a las leyes mexicanas, tal y como consta en la Escritura Pública
número <<NUMERO DE ESCRITURA>> otorgada ante la fe del Licenciado
<<NOMBRE DEL NOTARIO>>, Notario Público número <<NUMERO DE
NOTARIA>>, de fecha <<DIA>> de <<MES>> de
<<AÑO>> e inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de
Comercio, bajo el folio número <<NUMERO DE REGISTRO>> de fecha
<<DIA>> de <<MES>> de <<AÑO>>.
II.2. Dentro de su
objeto social se encuentra, entre otras, <<ACTIVIDADES
PREPONDERANTES>>.
II.3. El C. <<NOMBRE DE REPRESENTANTE LEGAL>>, en su carácter de
<<REPRESENTANTE O APODERADO LEGAL>>, cuenta con las facultades
necesarias para suscribir el presente instrumento jurídico, conforme a lo
establecido en la Escritura Pública número <<NUMERO>> otorgada ante
la fe del Licenciado <<NOMBRE DEL NOTARIO>>, Notario Público número
<<NUMERO DE NOTARIA>>, de fecha <<DIA>> de
<<MES>> de <<AÑO>>, en la que le fueron otorgadas las
facultades con que se ostenta, mismas que manifiesta bajo protesta de decir
verdad que a la fecha, no le han sido revocadas ni restringidas o modificadas
en forma alguna.
II.4. Conforme a lo establecido en las REGLAS DE OPERACION, presentó en tiempo y
forma según la Convocatoria Pública de fecha <<FECHA DE
CONVOCATORIA>> la Solicitud de Apoyo del proyecto denominado <<NOMBRE
DEL PROYECTO>>, en lo sucesivo el PROYECTO, a la consideración del
Consejo Directivo del PROSOFT.
II.5. Bajo protesta de decir verdad, manifiesta que conoce el contenido y
alcances legales de las REGLAS DE OPERACION, así como las disposiciones
jurídicas aplicables y los lineamientos contenidos en sus Anexos.
II.6. En el ámbito de su competencia y con base en lo establecido en la regla
4.6.2.1 inciso i) de las REGLAS DE OPERACION y en el CONVENIO DE COLABORACION
celebrado con la SECRETARIA, suscribe el presente Convenio para el otorgamiento
de los apoyos asignados a el BENEFICIARIO.
II.7. Para los efectos del presente Convenio, señala como domicilio legal el
ubicado en <<DOMICILIO>>.
III. De el BENEFICIARIO que:
III.1. Es una <<RAZON SOCIAL>>, debidamente constituida conforme a
las leyes mexicanas, tal y como consta en la Escritura Pública número
<<NUMERO>> otorgada ante la fe del Licenciado <<NOMBRE
NOTARIO>>, de la Notaría Pública número <<NUMERO DE NOTARIA>>
de fecha <<DIA>> de <<MES>> de <<AÑO>> e
inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio, bajo el folio
número <<NUMERO DE REGISTRO>> de fecha <<DIA>> de
<<MES>> de <<AÑO>>.
III.2. El C. <<NOMBRE DE REPRESENTANTE LEGAL>>, en su carácter de
<<APODERADO O REPRESENTANTE LEGAL>>, cuenta con las facultades
necesarias para suscribir el presente instrumento jurídico, conforme a lo
establecido en la Escritura Pública número <<NUMERO>> otorgada ante
la fe del Licenciado <<NOMBRE DEL NOTARIO>>, Notario Público número
<<NUMERO DE NOTARIA>>, de fecha <<DIA>> de
<<MES>> de <<AÑO>>, en la que le fueron otorgadas las
facultades con que se ostenta mismas que manifiesta bajo protesta de decir
verdad que a la fecha, no le han sido revocadas ni restringidas o modificadas
en forma alguna.
III.3. Dentro de su objeto social se encuentra, entre otras, <<ACTIVIDADES
PREPONDERANTES>>.
III.4. Bajo protesta de decir verdad, manifiesta que conoce el contenido y
alcances legales de las REGLAS DE OPERACION, así como las disposiciones
jurídicas aplicables y sus lineamientos.
III.5. Con base en el Acta de acuerdos del Consejo Directivo de fecha
<<DIA>> de <<MES>> de 2012, en la que se aprobó el
PROYECTO denominado <<NOMBRE DEL PROYECTO>> comparece sin que
existan vicios en su consentimiento, con el objeto de solicitar la ejecución de
la asignación de los apoyos otorgados por el Consejo Directivo del PROSOFT.
III.6. Para los efectos del presente Convenio, señala como domicilio legal el
ubicado en <<DOMICILIO>>.
Las partes
manifiestan su conformidad en suscribir el presente Convenio al tenor de las
siguientes:
CLAUSULAS
PRIMERA.- El objeto del presente Convenio consiste en
establecer las condiciones específicas para el otorgamiento de los apoyos
asignados a el BENEFICIARIO para la ejecución del PROYECTO denominado:
<<NOMBRE PROYECTO>>, aprobado por el Consejo Directivo del PROSOFT,
en la sesión <<ORDINARIA O EXTRAORDINARIA>> del <<DIA>>
de <<MES>> de 2012, cuya responsabilidad de ejecución y correcta
aplicación de los recursos, queda desde este momento, plenamente asumida por el
BENEFICIARIO.
SEGUNDA.- El BENEFICIARIO se obliga a observar y cumplir
las disposiciones contenidas en las REGLAS DE OPERACION y criterios,
particularmente las relativas a la ejecución y/o desarrollo del proyecto
aprobado por el Consejo Directivo, manifestando en este acto que los conoce y
se adhiere a las obligaciones a su cargo, como si a la letra se insertaran en
el presente Convenio.
TERCERA.- Con base en la Solicitud de Apoyo aprobada por el
Consejo Directivo del PROSOFT que forma parte integral de este Convenio, como
ANEXO 1, la SECRETARIA y el BENEFICIARIO se comprometen a destinar un total de
<<CANTIDAD EN PESOS MEXICANOS CON LETRA Y NUMERO>>, conforme a la
siguiente distribución:
Conforme lo que establece el CONVENIO DE
COLABORACION, la SECRETARIA aportó recursos al PROYECTO por concepto de apoyos
transitorios que prevén las REGLAS DE OPERACION, por un total de
<<CANTIDAD EN PESOS MEXICANOS CON LETRA Y NUMERO>>.
Asimismo, el BENEFICIARIO se compromete a
complementar los recursos por un total de <<CANTIDAD EN PESOS MEXICANOS
CON LETRA Y NUMERO>> para la adecuada ejecución o desarrollo del
PROYECTO, en los términos señalados en el mismo, aprobados por el Consejo
Directivo del PROSOFT.
La entrega de los apoyos se realizará de
conformidad con lo previsto en el presente Convenio y en las REGLAS DE OPERACION.
Para el depósito de los recursos
provenientes del PROSOFT, el BENEFICIARIO cuenta con una cuenta bancaria
productiva específica y exclusiva para la administración y ejercicio de los
recursos federales, para que se identifiquen las erogaciones cuyo destino se
sujeten a lo establecido en este Convenio. El BENEFICIARIO se compromete a
llevar un manejo diferenciado de los recursos provenientes del PROSOFT, del
ORGANISMO PROMOTOR y de los de origen privado.
CUARTA.- Con el fin
de verificar la correcta aplicación de los apoyos otorgados y el cumplimiento
de las obligaciones a cargo de el BENEFICIARIO, a partir de la firma de este
Convenio, el Consejo Directivo del PROSOFT y el ORGANISMO PROMOTOR, por sí mismos
o a través de la contratación de terceros, podrán realizar auditorías, visitas
de supervisión o inspección, con sujeción a las disposiciones contenidas en las
REGLAS DE OPERACION, sin perjuicio de las facultades y atribuciones de la
SECRETARIA, de la Secretaría de la Función Pública o cualquier otra instancia o
autoridad competente.
QUINTA.- Por su parte
el BENEFICIARIO se compromete a aceptar y facilitar la realización de
auditorías, y visitas de supervisión e inspección a la que se refiere la
Cláusula inmediata anterior del presente instrumento jurídico, así como a
rendir los Reportes de Avance/Final, según corresponda en el ejercicio de los
recursos, con las metas y objetivos del proyecto aprobado, a comprobar el gasto
y ejercicio tanto de los apoyos, como de los demás recursos económicos que sean
utilizados para la ejecución y desarrollo del proyecto, conforme a los formatos
que para tal fin establezca el Consejo Directivo del PROSOFT.
SEXTA.- En caso de
incumplimiento del BENEFICIARIO a lo establecido en el presente Convenio así
como a lo dispuesto en las REGLAS DE OPERACION particularmente en las
obligaciones a su cargo, el Consejo Directivo del PROSOFT, atendiendo la
gravedad y origen del incumplimiento, podrá aplicar lo dispuesto en el numeral
4.7 de las REGLAS DE OPERACION, sin perjuicio de que se ejerciten las demás
acciones legales que conforme a derecho procedan y correspondan.
El BENEFICIARIO se compromete a notificar
inmediatamente, a el ORGANISMO PROMOTOR cualquier actividad no prevista o de fuerza
mayor que implique modificación, en tiempo o forma al PROYECTO aprobado por el
Consejo Directivo del PROSOFT y el ORGANISMO PROMOTOR deberá notificar por
escrito a la Dirección General de Comercio Interior y Economía Digital de la
SECRETARIA.
El BENEFICIARIO acepta que, ante la
cancelación total o parcial de la entrega de apoyos, éste quedará obligado, en
el término que establezca el Consejo Directivo del PROSOFT, al reintegro de la
cantidad señalada en la Cláusula TERCERA del presente Convenio o su parte
proporcional, según sea el caso, incluyendo los rendimientos financieros y el
interés que en su caso se haya generado, sin responsabilidad alguna por los
gastos, expensas, erogaciones o análogos que hubiere realizado. El reintegro de
los recursos y sus rendimientos financieros e intereses generados deberán ser
entregados a la Tesorería de la Federación en una sola exhibición y notificar
por escrito a la SECRETARIA a través de la Dirección General de Comercio
Interior y Economía Digital de la SECRETARIA.
SEPTIMA.- Los
recursos que aporta la SECRETARIA para el cumplimiento del objeto del presente
Convenio y que se realizan de conformidad con las REGLAS DE OPERACION, serán
considerados en todo momento como subsidios federales en los términos de las
disposiciones aplicables; en consecuencia, no perderán su carácter federal al
ser canalizados a el BENEFICIARIO, y estarán sujetos, en todo momento, a las
disposiciones federales que regulan su control y ejercicio.
En este sentido, el BENEFICIARIO, reconoce
que los recursos previstos en la Cláusula TERCERA serán destinados única y
exclusivamente para los fines previstos en la Cláusula PRIMERA del presente
instrumento jurídico, por lo que en caso de que éstos sean usados con fines
políticos, electorales, de lucro y cualquier otro distinto a los establecidos o
que los recursos sean aplicados a cualquier fin distinto al autorizado
particularmente a la promoción de algún determinado partido político o
candidato, o que en su caso se condicione el cumplimiento del PROSOFT a la
emisión del sufragio a favor de algún partido político o candidato, la SECRETARIA
podrá rescindir administrativamente el presente Convenio.
La rescisión a que se
refiere el párrafo anterior, operará de pleno derecho y sin necesidad de acción
judicial o arbitral previa. Consecuentemente, el BENEFICIARIO acepta que ante
la rescisión de este Convenio, éste quedará obligado a la devolución total de
la cantidad señalada en la Cláusula TERCERA más los intereses que en su caso se
hubieren generado, sin responsabilidad alguna para la SECRETARIA por los
gastos, expensas, erogaciones o análogos que hubiera realizado.
OCTAVA.- El personal
de cada una de las partes que sea designado para la realización de cualquier
actividad relacionada con este Convenio permanecerá, en forma absoluta, bajo la
dirección y dependencia de la entidad con la cual tiene establecida su relación
laboral, mercantil, civil, administrativa o cualquier otra, por lo que no se
creará una subordinación de ninguna especie con la parte opuesta, ni operará la
figura jurídica de patrón sustituto o solidario; lo anterior con independencia
de estar prestando sus servicios fuera de las instalaciones de la entidad por
la que fue contratado, o realizar labores de supervisión de los trabajos que se realicen.
NOVENA.- Por su parte
el BENEFICIARIO, recabará y conservará en custodia la documentación original
justificativa y comprobatoria del gasto y ejercicio de los apoyos otorgados y
autorizados al proyecto, en términos de las disposiciones fiscales aplicables,
o en su defecto por cinco años; asimismo, deberá llevar el registro de las
operaciones financieras a que haya lugar.
En caso de que los recursos
no sean devengados en los términos que señalen las disposiciones aplicables, o
bien los apoyos sean cancelados parcial o totalmente, el BENEFICIARIO deberá
reintegrar, en los términos que se indique y conforme a las disposiciones
legales aplicables, el saldo de la cuenta específica referida en la Cláusula
TERCERA, incluyendo aquellos que resulten de rendimientos generados deberán ser
entregados a la Tesorería de la Federación y notificar por escrito a la
SECRETARIA a través de la DGCIED, dentro de los 10 días naturales siguientes al
cierre del presente ejercicio fiscal.
DECIMA.- Observando
el cumplimiento de las disposiciones contenidas en los artículos 54 de la Ley
Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 176 de su Reglamento, la
SECRETARIA y el ORGANISMO PROMOTOR se comprometen a ejecutar todas las
actividades que impliquen erogaciones a cargo del Presupuesto de Egresos de la
Federación para el ejercicio Fiscal 2012, a más tardar el 31 de diciembre de
2012.
Los recursos que no sean
devengados con la documentación correspondiente, en los términos que señalen
las disposiciones aplicables, así como el saldo de la cuenta específica
referida en la Cláusula TERCERA, respecto a los recursos otorgados con cargo al
PROSOFT, incluyendo aquellos que resulten de rendimientos financieros e
intereses, deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación, a más
tardar el día 31 de diciembre de 2012, por el ORGANISMO PROMOTOR, informando
por escrito a la SECRETARIA a través de la DGCIED.
El mismo procedimiento de
reintegro a la Tesorería de la Federación, se aplicará para aquellos apoyos que
no se destinen a los fines autorizados por el ORGANISMO PROMOTOR o, en su caso,
por el BENEFICIARIO.
DECIMA PRIMERA.- El
presente Convenio tendrá una vigencia hasta el 31 de diciembre de 2012, contada
a partir de la fecha de su firma, o hasta en tanto se cumpla con las disposiciones
a cargo de el ORGANISMO PROMOTOR y del BENEFICIARIO, sin perjuicio de que los
recursos provenientes del PROSOFT deberán devengarse a más tardar el 31 de
diciembre de 2012, en términos de los artículos 54 de la Ley Federal de
Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 176 de su Reglamento; numeral 4.6.2.1
inciso o) de las REGLAS DE OPERACION y demás disposiciones legales aplicables.
DECIMA SEGUNDA.- El
presente Convenio podrá ser modificado o adicionado previo consentimiento por
escrito de las partes, con la autorización del Consejo Directivo. Las
modificaciones o adiciones obligarán a los signatarios a partir de la fecha de
su firma, salvo que éstas designen expresamente una fecha distinta.
Los asuntos relacionados
con el objeto de este Convenio que no queden expresamente previstos en sus
cláusulas, ni en sus anexos, serán interpretados por la SECRETARIA de común
acuerdo con las partes, haciendo constar sus decisiones por escrito.
DECIMA TERCERA.- Para
cualquier controversia que se suscite por la interpretación o cumplimiento del
presente Convenio, las partes están de acuerdo en someterse y sujetarse a la
competencia de los Tribunales Federales en la Ciudad de México, renunciando al
fuero que por su domicilio presente o futuro pudieran tener.
Leído que fue el presente
Convenio y enteradas las partes de su contenido y alcance legal, se firma en
cuatro tantos en la ciudad de México, D.F. a los <<DIA>> de
<<MES>> de 2012.
Por la SECRETARIA. |
Por el ORGANISMO PROMOTOR. |
Por el BENEFICIARIO. |
|
|
|
|
|
|
ANEXO G Formato Carta de intención para fungir como Organismo Promotor en el
PROSOFT |
<<Ciudad>>,
<<Estado>>, a <<día>> de <<mes>> de 2012
<<Nombre>>
SECRETARIA TECNICA DEL CONSEJO
DIRECTIVO DEL PROSOFT
Secretaría de Economía
P r e s e n t e.
Conforme a lo señalado en el apartado 4.3
de las Reglas de Operación del Programa para el Desarrollo de la Industria del
Software (PROSOFT) para el ejercicio fiscal 2012, le informo que << el
Gobierno del Estado>> de <Entidad> a través de la
<Dependencia>/la Cámara/Asociación>> tiene interés de participar
como Organismo Promotor autorizado del PROSOFT para el presente ejercicio
fiscal, por lo que le solicitó lo ponga a consideración del Consejo Directivo
del PROSOFT.
En cumplimiento a los requisitos previstos
en las Reglas de Operación para fungir como Organismo Promotor del PROSOFT se
manifiesta lo siguiente:
·
Se
cuenta con un(a) <<estrategia y/o programa>> para el desarrollo del
sector de TI, mismo que se anexa para ser validado por la Instancia Ejecutora.
·
Se ha
diseñado un mecanismo interno de operación, mismo que se anexa para ser
validado por la Instancia Ejecutora.
·
Se
cuenta con capacidad para operar como Organismo Operador.
·
Se
cuenta con clave de acceso al sistema del PROSOFT, misma que está al resguardo
de <<la dependencia>> que se mencionó en el primer párrafo, ya que
se entiende que ésta hace las veces de firma electrónica para el envío de
Solicitudes de Apoyo y Reportes de Avance /Final.
·
Se ha
ingresado al sistema del PROSOFT la documentación jurídica necesaria para suscribir
instrumentos jurídicos.
·
No se está en incumplimiento de disposiciones
cuya aplicación compete a la SE.
<<De conformidad con lo previsto en
el apartado 4.5.3 de las Reglas de Operación, le informo que el Gobierno del
Estado pretende invertir <<cantidad en número>> (<<cantidad
en letra>>) con el PROSOFT en el 2012>>
Asimismo, en apego al apartado 8.1 de las
Reglas de Operación, se realizarán acciones de difusión ante organismos,
empresas, instituciones académicas, centros de investigación, entre otros. A la
par, al menos se divulgarán las Reglas de Operación, el mecanismo interno de
operación y las convocatorias que se aprueben por el Consejo Directivo en
<<www.____>>, sin menoscabo de lo previsto en el apartado
4.6.2.1.
Por último, la publicidad que se adquiera
para la difusión del Programa incluirá, claramente visible y/o audible, la
siguiente leyenda: “Este programa es público, ajeno a cualquier partido
político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el
programa”.
Atentamente,
ANEXO H Formato para designar responsable operativo de Organismo Promotor |
<<Ciudad>>,
<<Estado>>, a <<día>> de <<mes>> de 2012
<<Nombre>>
SECRETARIA TECNICA DEL CONSEJO
DIRECTIVO DEL PROSOFT
Secretaría de Economía
P r e s e n t e.
En cumplimiento a lo previsto en el
apartado 4.3.1 de las Reglas de Operación, designo a <<nombre>>,
<<puesto>>, como la persona facultada para dar cumplimiento con las
obligaciones previstas en las citadas Reglas, así como enviar y recibir todas aquellas
comunicaciones necesarias.
Será dicha persona quien tendrá a su
resguardo la clave de acceso para poder utilizar el Sistema del fondo PROSOFT a
través de los enlaces digitales correspondientes y acepta recibir y acusar de
recibido de manera electrónica todas las notificaciones que se le hagan llegar.
A continuación se brindan los datos de
contacto:
·
Teléfono
·
Correo
electrónico
·
Dirección
física
Reciba un cordial saludo.
Atentamente,
ANEXO I Formato para informar ministración a Beneficiarios |
<<Ciudad>>,
<<Estado>>, a <<día>> de <<mes>> de 2012
<<Nombre>>
DIRECTOR(A) GENERAL DE
COMERCIO INTERIOR Y ECONOMIA DIGITAL
Secretaría de Economía
P r e s e n t e.
En cumplimiento con el inciso j) del
apartado 4.6.2.1 de las Reglas de Operación del Programa para el Desarrollo de
la Industria del Software (PROSOFT) para el ejercicio fiscal
<<año>> y en seguimiento a su oficio <<número>> de
fecha <<día>> de <<mes>> de <<año>>, por
medio del presente hago de su conocimiento que se ha realizado la ministración
de los recursos a los siguientes Beneficiarios:
# |
Beneficiario |
Nombre del Proyecto |
Monto otorgado por la Secretaría |
Forma de pago |
Fecha de pago |
|
|
|
|
|
|
“Este programa es público, ajeno a
cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los
establecidos en el programa”.
Atentamente,
ANEXO J SECRETARIA DE
ECONOMIA SOLICITUD DE
MODIFICACION A LOS PROYECTOS APROBADOS DEL PROSOFT |
|
|
USO
EXCLUSIVO DE LA SECRETARIA DE ECONOMIA (SE): |
||
Organismo Promotor: |
|
|
Folio: |
|
|
Fecha de recepción: |
|
|
“Este
programa es público ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso
para fines distintos a los establecidos en el programa”
I. PROYECTO, Identificar el proyecto para el cual se
solicita la modificación |
|
|
|
|
|
Nombre del proyecto |
|
|
Número de folio |
|
|
Beneficiario |
|
|
|
|
|
II. Modificación solicitada |
|
|
a) Fecha de cierre (prórroga) |
|
|
Original |
|
|
Propuesta |
|
|
Relación de prórrogas recibidas |
|
|
Justificación |
|
|
b) Entregables |
|||||
A.
Concepto aplicable |
B.
Entregable original |
C.
Entregable modificado |
D.
Costo entregable original |
E.
Costo entregable modificado |
G.
Justificación de la modificación |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
c) Proveedor, rubro de gasto 4, conforme al apartado
4.5.5.1 inciso b) iv. de las Reglas de Operación |
||||||
Nombre de nuevo proveedor |
|
|||||
Certificado de calidad del proveedor (si aplica) |
|
|||||
Currícula de proveedor |
|
|||||
Justificación de cambio |
|
|||||
|
||||||
d) Aclaración, detallar justificación y/o motivos de
dicha(s) aclaración(es). |
|
|||||
|
||||||
|
||||||
III. Responsable del Organismo Promotor En
cumplimiento con lo estipulado en las Reglas de Operación del Programa para
el Desarrollo de la Industria del Software (PROSOFT), el Organismo Promotor
declara haber analizado la información manifestada por el Beneficiario en la
presente Solicitud. |
||||||
Observaciones. Indicar observaciones del Organismo
Promotor a la Solicitud del Beneficiario. |
||||||
|
||||||
El
Organismo Promotor está de acuerdo en enviar la presente Solicitud a la
Instancia Ejecutora:
|
||||||
Registro
OP |
|
Nombre |
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||
Cargo |
|
Correo
electrónico1 |
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||
CURP |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
RFC |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|||
Consideraciones generales para su llenado: - La captura de la Solicitud es a
través de Internet, por lo que el horario de recepción es abierto, sin
embargo la revisión de la Solicitud se realizará de 9:00 a 14:30 horas y de
15:30 a 18:00 horas, de lunes a viernes. - En el Módulo I. Proyecto.
Especifique los datos requeridos de acuerdo con la Solicitud de Apoyo
aprobada por el Consejo Directivo del PROSOFT. - En el Módulo II. Modificación
solicitada. Marcar todas las opciones que correspondan de acuerdo con el tipo
de modificación solicitada. - En el Módulo III. Responsable del
Organismo Promotor. La información requerida en este punto únicamente podrá
ser llenada por el Organismo Promotor del proyecto. Nota 1 Con fundamento en el artículo 35 de la Ley
Federal de Procedimiento Administrativo autorizo la recepción de
notificaciones relacionadas al PROSOFT. |
Trámite al que corresponde la forma: Solicitud de modificación a los proyectos aprobados
del PROSOFT Número de Registro Federal de Trámites y Servicios: SE-06-027 Fecha de autorización de la forma por parte de la
Oficialía Mayor: 05/12/2011 Fecha de autorización de la forma por parte de la
Comisión Federal de Mejora Regulatoria: |
Fundamento jurídico-administrativo: Acuerdo por el
que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa para el Desarrollo
de la Industria del Software (PROSOFT) para el ejercicio fiscal 2012. |
Documentos anexos: Los señalados en el módulo II de este formato |
Tiempo de respuesta: 3 meses |
Número telefónico del responsable del trámite para
consultas: 5229-6100 extensión:
34155 |
NUMERO TELEFONICO PARA QUEJAS: Organo
Interno de Control en la SE 5629-95-52
(directo) 5629-95-00
extensiones: 21200, 212010, 21212, 21218 y 21219 |
Para cualquier
aclaración, duda y/o comentario con respecto a este trámite, sírvase llamar
al Centro de Contacto Ciudadano: En el Distrito Federal: 2000-2000. 01 800
FUNCION (01 800 3862466). Desde Estados Unidos o Canadá: 1 800 475-2393
Correo electrónico: contactociudadano@funcionpublica.gob.mx |
|
SE-06-027 |
ANEXO K Mecanismo Interno de Operación de
Organismo Promotor |
|
Actividades por realizar |
R- Recurso |
Evaluación/Jurídico/Finanzas |
RI- Recurso Inicio |
Seguimiento/Finanzas |
RF-Recurso Final |
Evaluación/Jurídico/Finanzas/Seguimiento |
ANEXO M Formato de Recibo de Otorgamiento
o Entrega de Subsidio |
Nombre del Beneficiario: |
_________________________________________________________ |
RFC: |
_________________________________________________________ |
Localidad: |
_________________________________________________________ |
Estado: |
_________________________________________________________ |
Por este
medio manifiesto que recibo por conducto de <<nombre del OP>> los
recursos otorgados por la Secretaría de Economía en su calidad de Organismo
Promotor del Programa para el Desarrollo de la Industria del Software (PROSOFT)
y de conformidad con el Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de
Operación del Programa para el Desarrollo de la Industria del Software
(PROSOFT), la cantidad de apoyo de
subsidio por un monto total de $XXXXX (Cantidad con letra 00/100 M.N.).
Me
comprometo a aplicar dicho monto exclusivamente para ejecutar el proyecto
<<Nombre del Proyecto>> con folio <<Número de folio>>
aprobado por el Consejo Directivo del PROSOFT, mismo que se detalla en el
Convenio de Asignación de Recursos No. <<Número de registro>>/2012 de
fecha <<Día>> de <<Mes>> de <<Año>>.
A
<<Día>> de <<Mes>> del 2012, México D.F.
____________________________
Representante Legal
(Nombre, Cargo y Firma)
“Este programa es público, ajeno a cualquier
partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los
establecidos en el programa”
ANEXO N SECRETARIA DE ECONOMIA REPORTE DE CUMPLIMIENTO DE COMPROMISOS
DEL OP |
|
|
USO EXCLUSIVO DE LA SECRETARIA DE ECONOMIA (SE): |
||
Número de Folio: |
|
|
Fecha de recepción en SE: |
|
|
Ejercicio que se presenta: |
|
|
Fecha de presentación: |
|
|
“Este programa es público ajeno a
cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los
establecidos en el programa”
I. Información general. |
|||
1. Organismo Promotor |
|
2. Registro IE |
|
3. Domicilio |
|
||
4. Responsable Operativo |
|
5. Teléfono |
|
6. Correo electrónico |
|
7. Sitio Web |
|
II. Información Compromisos
a) Convenio Coordinación/Colaboración |
|||||
Original |
|||||
Núm. de Convenio |
Fecha |
Montos |
Firmantes |
||
SE |
OP |
Privado |
|||
|
|
|
|
|
|
Totales |
|
|
|
|
Adendas |
||||||
Núm. de Adenda |
Fecha |
Montos |
Firmantes |
Causa |
||
|
|
SE |
OP |
Privado |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Totales |
|
|
|
|
b) Cuenta Bancaria exclusiva del
PROSOFT (Incluir estados de cuenta como evidencia, señalar nombre de archivo
anexo) |
||||||||
No. Cuenta |
Tipo de Cuenta |
Fecha |
Banco |
Monto Ministrado |
No. Recibo |
Fecha |
Titular de la Cuenta |
|
Apertura |
Cancelación |
|||||||
|
|
|
|
|
|
|
|
|
c) Convenio de
asignación de recursos (Al incluir evidencia señalar nombre de archivo anexo) |
||||||
Original |
||||||
Folio Proyecto |
BEN |
Monto |
Fecha |
Evidencia |
||
SE |
OP |
Privado |
||||
|
|
|
|
|
|
|
Totales |
|
|
|
|
Adendas |
|||||||
Folio Proyecto |
BEN |
Monto |
Fecha |
Evidencia |
Motivo |
||
SE |
OP |
Privado |
|||||
|
|
|
|
|
|
|
|
Totales |
|
|
|
|
d) Ministración
de recursos a BEN (Al incluir evidencia señalar nombre de archivo anexo) |
||||||
Folio Proyecto |
BEN |
Monto |
Fecha |
Evidencia |
Tipo
Ministración (Total o
Parcial) |
|
|
|
SE |
OP |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Totales |
|
|
|
e) Actividades
de Difusión, asesoría y capacitación (Al incluir evidencia señalar nombre de
archivo anexo) |
||||
|
Fecha de
Publicación |
Medio |
Evidencia que
se presenta |
Comentarios |
Autorización OP |
|
|
|
|
Convocatoria N |
|
|
|
|
Listado de
proyectos y Estatus |
|
|
|
|
Realización de
Eventos |
|
|
|
|
Publicación de
Impactos esperados de proyectos aprobados |
|
|
|
|
c) Capacitación
recibida por el OP |
||||
Fecha de
Capacitación |
Nombre de
Asistentes |
Tema |
Horas |
Organismo
responsable de capacitación |
|
|
|
|
|
f) Cumplimiento y seguimiento a
BEN (Indicar nombre del documento donde aplique)
Presentación de evidencia
de cumplimiento con BEN |
||||||
No. Proyecto |
Validación de Documentación
Jurídica |
Validación de SA y
Documentación Soporte |
Notificaciones Realizadas |
Validación de Solicitud de
Modificaciones |
Validación de Seguimiento a
Reportes de Avance y/o Final |
Seguimiento Físico a
proyectos realizado |
|
|
|
|
|
|
|
Se deberá anexar documentación soporte en archivo “pdf”