ANEXO 1 de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2011, publicadas el 29 de julio de 2011.

Martes 09 de agosto de 2011

(Viene de la Segunda Sección)

 

 


 

 

 

 


 

Datos de la Empresa Transportista

Certificaciones

Nombre, denominación o razón social:

R.F.C.:

Domicilio Fiscal:

Datos de la Empresa Autorizada

Nombre, denominación o razón social:

R.F.C.:

Datos de la Unidad

Transporte

 

Fecha de Emisión

Marca

 

 

Modelo

 

Hora de Emisión

Línea

 

 

No. Económico

 

Firma Electrónica

No. Serie

 

 

No. Placas

 

Código de Barras

Valor Nominal

 

 

Fracción arancelaria.

 

 

Tipo Unidad

 

 

Este documento deberá ser presentado por el interesado en las garitas aduanales, tanto al momento de su INTERNACION a la zona gravada, como al RETORNO del vehículo, para su certificación por impresora del sistema electrónico de cómputo del SAT, sin lo cual no tendrán validez las anotaciones de internación y retorno que aparezcan en este Pedimento de importación temporal; con fundamento en los artículos 16-B  y 107 de la Ley, 10 y 12 del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, así como la regla 4.2.1.

Declaro bajo protesta de decir verdad que retornaré, dentro del plazo legal otorgado, a esta franja o región fronteriza, el vehículo antes descrito, apercibido que de hacerlo en forma extemporánea seré acreedor a la sanción establecida en el artículo 183, fracción II de la Ley Aduanera, y que me abstendré de cometer infracciones o delitos relacionados con la indebida utilización o destino de dicho vehículo durante su estancia en territorio nacional. Asimismo, declaro bajo protesta de decir verdad que los datos asentados son ciertos.

_____________________________________________________________________________________

Nombre y Firma


Instructivo de llenado del pedimento de importación temporal de remolques, semirremolques y portacontenedores.

                    Campo                                                                                          Contenido

1. Nombre, denominación o razón social de la empresa transportista.

 

Nombre, denominación o razón social de la empresa transportista que solicita la importación temporal.

2. RFC de la empresa transportista.

 

Registro Federal de Contribuyentes de la empresa transportista. En los casos en que la importación temporal se efectúe por un extranjero, se anotará la clave EXTR920901TS4.

3. Domicilio fiscal de la empresa transportista.

 

Domicilio fiscal de la empresa transportista, o bien, si se trata de un extranjero el domicilio que conste en los documentos oficiales, compuestos en su caso, por la calle, número exterior, número interior, código postal, municipio, ciudad entidad federativa y país.

4. Nombre, denominación o razón social de la empresa autorizada.

 

Debe anotarse el nombre, denominación o razón social de la empresa autorizada por la AGA, en términos del artículo 16-B de la Ley.

5. RFC de la empresa autorizada.

 

Registro Federal de Contribuyentes de la empresa autorizada por la AGA, en términos del artículo 16-B de la Ley.

6. Datos de la unidad.

 

Se deberá anotar el tipo de transporte (autotransporte, ferroviario, marítimo), la marca, modelo, línea, número económico, número de serie, número de placas, valor nominal, fracción arancelaria, tipo de unidad (remolque, semirremolque o portacontenedor).

En el caso del número de serie, únicamente los dígitos deberán ser impresos entre paréntesis.

7. Número de pedimento.

 

Número de folio integrado por:

1.      Un dígito para indicar la clave de la Empresa Autorizada.

2.      Tres dígitos para indicar la Clave de la Aduana.

3.      Un dígito para indicar el último dígito del año en curso.

4.      Seis dígitos más para el número consecutivo anual por Aduana asignado por la empresa autorizada emisora del pedimento.

Cada uno de estos grupos de dígitos deberán ser separados por dos espacios en blanco, excepto entre el dígito que corresponde al último dígito del año en curso y los seis dígitos de la numeración progresiva.

8. Consecutivo por empresa transportista.

 

Número consecutivo de pedimento tramitado por la Empresa Transportista al año.

9. Fecha de Emisión.

 

Día, mes y año en el que se efectúa la validación del Pedimento por el SAIT.

10. Hora de Emisión.

 

Hora, minutos y segundos en los que se efectúa la validación del Pedimento por el SAIT.

11. Firma electrónica.

 

Firma electrónica generada por el SAIT.

12. Código de barras.

 

Clave SAIT con 2 caracteres (numérico), Clave de la aduana de despacho con 3 caracteres (numérico), folio del pedimento de importación temporal de remolques, semirremolques y portacontenedores hasta 7 caracteres (alfanumérico) y firma electrónica generada por el SAIT hasta 7 caracteres (alfanumérico).

Después de cada campo, incluyendo el último, se deberán presentar los caracteres de control, carriage return y line feed.

13. Nombre y firma.

 

Firma del transportista, representante legal o persona autorizada por el representante legal.


 

Marque con una “X” el tipo de solicitud de que se trate:

 

Registro

 

Si va a realizar alguno de los siguientes trámites proporcione el número y fecha de oficio con el que se otorgó el registro.

 

 

 

 

Modificación

Los datos que proporcione en esta forma sustituirán a los que proporcionó cuando se registró.

 

 

 

 

Adición

 

 

Prórroga

* En caso de modificación asegúrese de anexar los documentos que demuestren los datos que nos proporcionó.

ACUSE DE RECIBO

 

Persona que solicita el CAAT.

 

 

Agente naviero y consignatario de buque.

 

 

Agente internacional de carga.

 

 

Prestadores de servicio de autotransporte terrestre.

 

 

 

Propietarios de vehículos de carga que ingresen sus mercancías a territorio nacional en la frontera norte del país.

 

Si es una persona física señale dónde tiene su residencia.

 

 

 En México

 

En el extranjero

 

Si es una persona moral señale dónde se constituyó.

 

 

 En México

 

En el extranjero

 

Prórroga del registro del Código Alfanumérico Armonizado del Transportista.

 

 

Marque con una “X” si solicita prórroga y cumple con los requisitos previstos para el otorgamiento del Código Alfanumérico Armonizado del Transportista.

 

LE RECORDAMOS QUE ANTES DE ENVIAR ESTA SOLICITUD Y SUS ANEXOS DEBERA HABER CONCLUIDO EL REGISTRO DE SU INFORMACION EN EL SISTEMA DE REGISTRO DE TRANSPORTISTAS (SIRET).

INSTRUCCIONES GENERALES

1.      El solicitante o su representante legal debe firmar el formato. En todos los casos deberá ser firma autógrafa.

2.      Presente esta solicitud y los documentos anexos en la Administración Central de Regulación Aduanera, ubicada en Hidalgo 77, Módulo IV, P.B., Colonia Guerrero, C.P. 06300, México, Distrito Federal, de lunes a viernes, en un horario de 9:00 a 15:00 horas.

3.      Puede presentar el formato directamente de lunes a viernes, de 9:00 a 15:00 horas, enviarse mediante el Servicio Postal Mexicano o a través de mensajería acelerada. Si lo entrega directamente por favor anexe una copia del formato para que la sellemos y la pueda conservar como acuse de recibo.


 

I. Si el solicitante es residente en territorio nacional o es una empresa constituida conforme a las leyes mexicanas asiente sus datos en este apartado:

1. Nombre, denominación o razón social.

 

RFC incluyendo la homoclave. Si el solicitante es persona moral deje el primer espacio en blanco.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

2. Actividad que desempeña el solicitante.

 

 

3. Domicilio fiscal.

 

Calle                                                   Número y/o letra exterior                           Número y/o letra interior

 

Colonia                C.P.                       Municipio/Delegación                                  Entidad federativa

 

 

4. Domicilio para oír y recibir notificaciones.

 

 

 

Calle                                                   Número y/o letra exterior                           Número y/o letra interior

 

 

 

Colonia                C.P.                      Municipio/Delegación                                  Entidad federativa

 

 

 

 

Teléfono

Correo electrónico

 

5. Datos del representante legal del solicitante, en su caso.

 

 

Apellido paterno                              Apellido materno                                                    Nombre

 

 

RFC incluyendo la homoclave

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Teléfono

Correo electrónico

 

DATOS DE LAS PERSONAS AUTORIZADAS PARA OIR Y RECIBIR NOTIFICACIONES, EN SU CASO.

 

6. Persona autorizada para oír y recibir notificaciones.

 

Apellido paterno                               Apellido materno                                                   Nombre

 

RFC incluyendo la homoclave

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Teléfono

 

Correo electrónico


 

6.1. Persona autorizada para oír y recibir notificaciones.

 

 

Apellido paterno                                     Apellido materno                                             Nombre

 

RFC incluyendo la homoclave

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Teléfono

Correo electrónico

 

6.2. Persona autorizada para oír y recibir notificaciones.

 

Apellido paterno                                     Apellido materno                                             Nombre

 

RFC incluyendo la homoclave

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Teléfono

Correo electrónico

 

SI EL SOLICITANTE ES UNA PERSONA MORAL, SEÑALE LOS SIGUIENTES DATOS DE LOS DOCUMENTOS QUE ACREDITAN SUS DATOS.

7. Acta constitutiva de la persona moral solicitante.

 

 

Número del instrumento notarial o póliza mercantil

Fecha

 

 

Nombre y número del Notario o Corredor Público

Entidad Federativa

 

8. Modificación (es) al acta constitutiva.

 

8.1. Modificación al acta constitutiva.

8.2. Modificación al acta constitutiva.

 

 

Número del instrumento notarial o póliza mercantil

Número del instrumento notarial o póliza mercantil

 

 

Fecha

Fecha

 

 

Nombre y número del Notario o Corredor Público

Nombre y número del Notario o Corredor Público

 

 

Entidad Federativa

Entidad Federativa

 

 

Descripción de la modificación

Descripción de la modificación

 

 

 


9. Poder general para actos de administración que se otorgan al firmante, si es una persona moral o una persona física que nombra un representante.

* Si es persona moral y consta en el acta constitutiva, señálelo marcando una “X” en el cuadro.

 

 

Consta en el acta constitutiva. En caso de no constar en el acta constitutiva por favor señale los siguientes datos:

 

 

Número del instrumento notarial o póliza mercantil

Fecha

 

 

Nombre y número del Notario Público o corredor público

Entidad Federativa

 

 

 


Documentos que deben anexar los residentes en territorio nacional.

 

 

Carta responsiva que incluya el RFC de la persona moral o de la persona física que solicita el registro para el uso de la clave de acceso al Sistema de Registro de Transportistas (SIRET), misma que se deberá imprimir de dicho sistema, firmada por el solicitante o por su representante legal.

 

 

 

Cuando se trate de una persona física, copia certificada de la identificación oficial vigente con fotografía y firma del solicitante y de su representante legal, cuando sea presentado por una tercera persona.

 

 

Cuando se trate de una persona física que es representada por una tercera persona, se deberá adjuntar poder notarial o carta poder en la que se le faculte para realizar este trámite.

 

 

 

Cuando el solicitante sea una persona moral, copia certificada del acta constitutiva.

 

 

Cuando el solicitante sea una persona moral, copia certificada del instrumento notarial con que se acredite que la persona que firma la solicitud se encuentra facultada para realizar actos de administración.

 

 

 

Cuando el solicitante sea una persona moral, copia certificada de la identificación oficial vigente, con fotografía y firma del representante legal.

 

 

Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que los datos asentados en el presente documento son ciertos y que las facultades que me fueron otorgadas no han sido modificadas o revocadas.

 

NOMBRE Y FIRMA DEL SOLICITANTE O SU REPRESENTANTE LEGAL


 



II. Si es residente en territorio extranjero o es una empresa constituida conforme a las leyes extranjeras asiente sus datos en este apartado:

               

1. Nombre, denominación o razón social del solicitante.

 

 

 

 

 

2. Domicilio del solicitante.

 

 

 

Calle                                               Número y/o letra exterior                                Número y/o letra interior

 

 

 

Código postal o zona postal                          Estado                                                   País

 

 

 

 

Teléfono

Correo electrónico

 

3. Domicilio para oír y recibir notificaciones en México, en caso de tenerlo.

 

 

 

Calle                                                Número y/o letra exterior                                Número y/o letra interior

 

 

 

Colonia                  C.P.                Municipio/Delegación                                        Entidad federativa

 

 

 

 

 

Teléfono

Fax

Correo electrónico

 

4. Datos del representante legal del solicitante, en su caso.

 

 

Apellido paterno                              Apellido materno                                Nombre

 

 

 

 

 

Teléfono

Fax

Correo electrónico

 

5. Datos de las personas autorizadas para oír y recibir notificaciones, en su caso.

 

Persona autorizada para oír y recibir notificaciones.

 

 

 

Apellido paterno                              Apellido materno                                Nombre

 

 

 

 

Teléfono

Correo electrónico

 

 

Documentos que deben anexar los residentes en el extranjero.

 

 

Identificación de la persona física solicitante o del representante legal de la persona moral que firma la solicitud.

 

 

 

Carta responsiva que incluya el nombre o denominación social de la persona que solicita el registro para el uso de la clave de acceso al Sistema de Registro de Transportistas (SIRET). Esta carta se imprime del sistema y debe ser firmada por el solicitante o por su representante legal.

 

 

 

Documentación con la que se acredite su residencia en el extranjero, si es persona física.

 

 

Documentación con la que se acredite estar constituido conforme a las leyes extranjeras, si es persona moral.

 

Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que los datos asentados en el presente documento son ciertos y que las facultades que me fueron otorgadas no han sido modificadas o revocadas.

 

 

NOMBRE Y FIRMA DEL SOLICITANTE O SU REPRESENTANTE LEGAL

 


 

 

Marque con una X el tipo de solicitud de que se trate:

 

Registro

 

Si va a realizar alguno de los siguientes trámites proporcione el número y fecha de oficio con el que se otorgó el registro.

 

 

 

Modificación

Los datos que proporcione en esta forma sustituirán a los que proporcionó cuando se registró.

 

 

 

Renovación

 

 

 

Adición

Los datos que proporcione en esta forma se adicionarán a su registro.

 

 

* En caso de modificación o adición asegúrese de anexar los documentos que demuestren los datos que nos proporcionó.

ACUSE DE RECIBO

DATOS DE LA PERSONA MORAL SOLICITANTE

1. Denominación o razón social

 

 

 

RFC incluyendo la homoclave

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

2. Actividad preponderante

 

 

 

3. Domicilio fiscal

Marque con una “X” si solicita modificación

 

 

Calle                                                  Número y/o letra exterior                                Número y/o letra interior

 

Colonia                    C.P.                  Municipio/Delegación                                      Entidad federativa

 

 

4. Domicilio para oír y recibir notificaciones

 

 

Calle                                                Número y/o letra exterior                                   Número y/o letra interior

 

Colonia                  C.P.                    Municipio/Delegación                                      Entidad federativa

 

 

 

Teléfono

Correo electrónico

 

DATOS DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA PERSONA MORAL SOLICITANTE

5. Nombre.

 

 

Apellido paterno                                         Apellido materno                                                Nombre

 

RFC incluyendo la homoclave

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Teléfono

Correo electrónico

 

DATOS DE LAS PERSONAS AUTORIZADAS PARA OIR Y RECIBIR NOTIFICACIONES.

6. Persona autorizada para oír y recibir notificaciones.

 

 

Apellido paterno                                         Apellido materno                                                Nombre

 

RFC incluyendo la homoclave

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Teléfono

Correo electrónico

6.1. Persona autorizada para oír y recibir notificaciones.

 

 

 

Apellido paterno                                         Apellido materno                                                Nombre

 

 

 

RFC incluyendo la homoclave

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Teléfono

Correo electrónico


6.2. Persona autorizada para oír y recibir notificaciones.

 

 

 

Apellido paterno                                         Apellido materno                                                Nombre

 

 

 

RFC incluyendo la homoclave

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Teléfono

Correo electrónico


 

DOCUMENTOS QUE ACREDITAN LOS DATOS DE LA PERSONA MORAL SOLICITANTE

7. Acta constitutiva de la persona moral solicitante.

 

 

Número del instrumento notarial o póliza mercantil

Fecha

 

 

 

Nombre y número del Notario o Corredor Público

Entidad Federativa

 

8. Modificación (es) al acta constitutiva.

 

8.1. Modificación al acta constitutiva.

8.2. Modificación al acta constitutiva.

 

 

Número del instrumento notarial o póliza mercantil

Número del instrumento notarial o póliza mercantil

 

 

Fecha

Fecha

 

 

Nombre y número del Notario o Corredor Público

Nombre y número del Notario o Corredor Público

 

 

Entidad Federativa

Entidad Federativa

 

 

Descripción de la modificación

Descripción de la modificación

 

 

 

 

8.3. Modificación al acta constitutiva.

8.4. Modificación al acta constitutiva.

 

 

Número del instrumento notarial o póliza mercantil

Número del instrumento notarial o póliza mercantil

 

 

Fecha

Fecha

 

 

Nombre y número del Notario o Corredor Público

Nombre y número del Notario o Corredor Público

 

 

Entidad Federativa

Entidad Federativa

 

 

Descripción de la modificación

Descripción de la modificación

 

 

 


 

9. Poder general para actos de administración que le otorgó la persona moral solicitante.

* De constar en el acta constitutiva, señálelo marcando una “X” en el cuadro.

 

 

Consta en el acta constitutiva. En caso de no constar en el acta constitutiva por favor señale los siguientes datos:

 

 

Número del instrumento notarial o póliza mercantil

Fecha

 

 

Nombre y número del Notario Público o Corredor Público

Entidad Federativa

 

 

 

10. Indique si la persona moral solicitante cuenta con programa IMMEX.

 

 

 

 

 

SI

Señale por favor el número del programa

 

 

 

NO

 

Si no cuenta con programa IMMEX por favor proporcione la siguiente información:

 

1.- Por favor marque con una “X” la opción que corresponde a los ejercicios durante los que la persona moral solicitante ha dictaminado sus estados financieros:

 

 

Los últimos cinco años

 

Los últimos _____años, a partir de la constitución (Cuando tenga menos de cinco años de constituida).

 

2.- Por favor marque con una “X” el supuesto en que se ubica la persona moral solicitante:

 

Realizó importaciones con un valor mayor a $75,576,766.00 en el año de calendario anterior al que se presenta la solicitud.

 

 

Inicia sus operaciones y estima efectuar en el ejercicio de inicio importaciones con valor superior a $75,576,766.00.

 

11.- Anote la descripción detallada de la mercancía que se importará y su fracción arancelaria.

* La fracción arancelaria de las mercancías debe señalarse de acuerdo a la tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación.

Marque con una “X” si solicita adición

 

Descripción

Fracción  arancelaria

Descripción

Fracción arancelaria

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


 

12. Anote el nombre y número de patente de los agentes aduanales o nombre y número de autorización de los apoderados aduanales autorizados para promover el despacho a nombre y en representación de la solicitante.

Marque con una “X” si solicita adición

 

Nombre (indicar si es agente o apoderado)

Patente o autorización

Nombre (indicar si es agente o apoderado)

Patente o autorización

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

13. Si estima conveniente limitar el registro a determinados proveedores, favor de relacionarlos a continuación

Marque con una “X” si solicita adición

 

Nombre

Domicilio

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

14. Señale los datos de la constancia de pago del derecho

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

$

 

 

 

 

.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Fecha de pago

 Monto en moneda nacional

Denominación o razón social de la institución en la cual se realizo el pago

 

 

15. Anote el nombre, RFC y domicilio de los transportistas que designa para operar bajo el esquema de revisión en origen.

Marque con una “X” si solicita adición

 

Nombre

RFC

Domicilio

 

 

 

 

 

 

 

 

 


 

16. Renovación del registro del despacho de mercancías de las empresas.

 

 

 

Marque con una “X” si solicita renovación y su representada cumple con los requisitos previstos para el otorgamiento del registro del despacho de mercancías de las empresas.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Documentos que se deben anexar a la solicitud.

 

 

 

Copia certificada de la escritura constitutiva, únicamente cuando se solicite el registro. Cuando se trate de una renovación no será necesario presentarla nuevamente.

 

 

 

 

 

 

 

Copia certificada del instrumento notarial con el que el firmante acredite sus facultades para realizar actos de administración. Si en trámites posteriores al registro se presentan solicitudes firmadas por persona distinta, se deberá anexar a la solicitud copia certificada del documento notarial con el que el firmante acredite sus facultades para realizar actos de administración.

 

 

 

 

 

 

 

Copia del comprobante de pago realizado a través del esquema electrónico e5cinco por el concepto de “registro del despacho de mercancías de las empresas” con el que se acredite el pago de los derechos previstos en el artículo 40, inciso a) de la LFD.

 

 

 

 

 

 

 

Informe de opinión sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales, conforme a lo dispuesto en la regla II.2.1.12. de la RMF

 

 

 

Medio magnético conteniendo la información incluida en esta solicitud, en formato Word.

 

Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que los datos asentados en el presente documento son ciertos y que las facultades que me fueron otorgadas no han sido modificadas o revocadas.

 

_______________________________________________________________

NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL DEL SOLICITANTE

 

INFORMACION DE ENVIO

1.      Presente esta solicitud y los documentos anexos en:

         Administración Central de Regulación Aduanera

         Hidalgo 77, Módulo IV, P.B., Colonia Guerrero,

         C.P. 06300, México, Distrito Federal.

         De lunes a viernes, en un horario de 9:00 a 15:00 horas.

* Por favor anexe una copia de la solicitud para que la sellemos y la pueda conservar como acuse de recibo.

2.      También puede enviar la solicitud y los documentos mediante el Servicio Postal Mexicano o utilizando los servicios de empresas de mensajería.

 


 

 

Marque con una “X” el tipo de solicitud de que se trate:

 

Registro

 

Si va a realizar alguno de los siguientes trámites proporcione el número y fecha de oficio con el que se otorgó el registro.

 

 

 

Modificación

Los datos que proporcione en esta forma sustituirán a los que proporcionó cuando se registró.

 

 

 

 

Adición

 

* En caso de modificación o adición asegúrese de anexar los documentos que demuestren los datos que nos proporcionó.

ACUSE DE RECIBO

 

DATOS DE LA PERSONA MORAL SOLICITANTE

1. Denominación o razón social.

 

 

RFC incluyendo la homoclave

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

2. Actividad preponderante.

 

 

 

3. Domicilio fiscal.

 

 

Calle                                               Número y/o letra exterior                             Número y/o letra interior

 

Colonia                  C.P.                 Municipio/Delegación                                    Entidad federativa

 

 

4. Domicilio para oír y recibir notificaciones.

 

 

Calle                       Número y/o letra exterior                                                     Número y/o letra interior

 

Colonia                  C.P.                Municipio/Delegación                                    Entidad federativa

 

 

 

Teléfono

Correo electrónico

 


 

DATOS DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA PERSONA MORAL SOLICITANTE

5. Nombre.

 

Apellido paterno                                      Apellido materno                                     Nombre

 

RFC incluyendo la homoclave

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Teléfono

Correo electrónico

 

DATOS DE LAS PERSONAS AUTORIZADAS PARA OIR Y RECIBIR NOTIFICACIONES.

6. Persona autorizada para oír y recibir notificaciones.

 

Apellido paterno                                      Apellido materno                                      Nombre

 

RFC incluyendo la homoclave

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Teléfono

Correo electrónico

6.1. Persona autorizada para oír y recibir notificaciones.

 

 

Apellido paterno                                      Apellido materno                                    Nombre

 

 

 

RFC incluyendo la homoclave

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Teléfono

Correo electrónico

6.2. Persona autorizada para oír y recibir notificaciones.

 

 

 

Apellido paterno                                      Apellido materno                                      Nombre

 

 

 

RFC incluyendo la homoclave

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Teléfono

Correo electrónico

 

DOCUMENTOS QUE ACREDITAN LOS DATOS DE LA PERSONA MORAL SOLICITANTE:

7. Acta constitutiva.

 

Número del instrumento notarial o póliza mercantil

Fecha

 

 

Nombre y número del Notario Público o corredor público

Entidad Federativa

 

 


 

8. Modificación(es) al acta constitutiva.

 

8.1. Modificación al acta constitutiva.

8.2. Modificación al acta constitutiva.

 

 

Número del instrumento notarial o póliza mercantil

Número del instrumento notarial o póliza mercantil

 

 

Fecha

Fecha

 

 

Nombre y número del Notario o Corredor Público

Nombre y número del Notario o Corredor Público

 

 

Entidad Federativa

Entidad Federativa

 

 

Descripción de la modificación

Descripción de la modificación

 

 

 

8.3. Modificación al acta constitutiva.

8.4. Modificación al acta constitutiva.

 

 

Número del instrumento notarial o póliza mercantil

Número del instrumento notarial o póliza mercantil

 

 

Fecha

Fecha

 

 

Nombre y número del Notario o Corredor Público

Nombre y número del Notario o Corredor Público

 

 

Entidad Federativa

Entidad Federativa

 

 

Descripción de la modificación

Descripción de la modificación

 

 

 

9. Poder general para actos de administración que le otorgó la persona moral solicitante.

 * De constar en el acta constitutiva, señálelo marcando una “X” en el cuadro.

 

 

Consta en el acta constitutiva. En caso de no constar en el acta constitutiva por favor señale los siguientes datos:

 

 

Número del instrumento notarial o póliza mercantil

Fecha

 

 

 

Nombre y número del Notario Público o corredor público

Entidad Federativa

 

 

 


 

10. Capital social.

Señale el monto en moneda nacional:

 

$

 

 

 

 

 

 

 

 

.

 

 

 

 

 

Señale los datos del instrumento notarial del cual obtuvo la información anterior:

 

Número del instrumento notarial

Fecha

 

 

Nombre y número del Notario Público

Entidad Federativa

 

 

 

11. Señale con una “X” el tipo de tránsito que le interesa realizar.

 

 

 Interno

 

 Internacional

 

Ambos

 

 

12. Señale con una “X” si tiene interés en prestar servicios de consolidación bajo el régimen aduanero de tránsito interno.

 

 

 SI

 

 NO

 

 

 

 

13. Señale las aduanas en las que le interesa prestar los servicios. Deberá señalar en cada aduana un domicilio para oír y recibir notificaciones y un número telefónico.

Podrá utilizar tantas hojas como sean necesarias para presentar esta información.

 

Aduana:

 

Calle                                                         Número y/o letra exterior                           Número y/o letra interior

 

Colonia            Código postal               Municipio/Delegación                                 Entidad federativa

 

Nombre de una persona de contacto en la circunscripción de la aduana

 

Apellido paterno                                  Apellido materno                                Nombre

 

 

 

 Teléfono

Correo electrónico

 


 


Aduana:

 

Calle                                                         Número y/o letra exterior                           Número y/o letra interior

 

Colonia            Código postal              Municipio/Delegación                                  Entidad federativa

 

Nombre de una persona de contacto en la circunscripción de la aduana

 

Apellido paterno                                              Apellido materno                                      Nombre

 

 

 

Teléfono

Correo electrónico

 

 

Aduana:

 

Calle                                                        Número y/o letra exterior                           Número y/o letra interior

 

Colonia            Código postal              Municipio/Delegación                                  Entidad federativa

 

Nombre de una persona de contacto en la circunscripción de la aduana

 

Apellido paterno                                              Apellido materno                                      Nombre

 

 

 

Teléfono

Correo electrónico

 

 

14. Relación de vehículos con los que se prestará el servicio de tránsito interno o internacional.

Podrá utilizar tantas hojas como sean necesarias para presentar esta información.

 

Señale los siguientes datos por cada vehículo que utilizará.

 

MARCA

MODELO

SERIE

PLACAS

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

15. Permiso expedido por la Dirección General de Autotransporte Federal de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, para prestar el servicio de autotransporte federal de carga.

Número

Fecha

 

 

 

 

16. Señale los datos de la constancia de pago del derecho.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

$

 

 

 

 

.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Fecha de pago

 

 

Monto en moneda nacional

Denominación o razón social de la institución en la cual se realizó el pago

 

 

Información adicional para los interesados en prestar servicios de consolidación bajo el régimen aduanero de tránsito interno, que acrediten mediante documento notarial, que el objeto social de la empresa es la consolidación de carga.

 

 

 

17. Señale el cuadro con una “X” si dentro del objeto social de la empresa se encuentra el de consolidación de carga, conforme a su acta constitutiva o sus modificaciones.

 

 

SI

 

Señale el cuadro con una “X” si esta información se encuentra en el acta constitutiva. Si consta en un documento distinto por favor proporcione la siguiente información:

 

Número del instrumento notarial

 

Fecha

 

 

Nombre y número del Notario Público

Entidad Federativa

 

 

 


 

18. Anote el nombre y número de patente del o los agentes aduanales autorizados para promover las operaciones de consolidación de carga bajo el régimen de tránsito interno.

Nombre

Patente

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

19. Relación de vehículos con los que se prestará el servicio de consolidación de carga, proporcionando un domicilio para la verificación de los requisitos de seguridad. Podrá utilizar tantas hojas como sean necesarias para presentar esta información.

 

SEÑALE LOS SIGUIENTES DATOS POR CADA VEHICULO QUE UTILIZARA PARA CONSOLIDACION DE CARGA

 

MARCA

MODELO

SERIE

PLACAS

 

 

 

 

DOMICILIO PARA LA VERIFICACION

 

 

MARCA

MODELO

SERIE

PLACAS

 

 

 

 

DOMICILIO PARA LA VERIFICACION

 

 

MARCA

MODELO

SERIE

PLACAS

 

 

 

 

DOMICILIO PARA LA VERIFICACION

 

 

MARCA

MODELO

SERIE

PLACAS

 

 

 

 

DOMICILIO PARA LA VERIFICACION

 

 

MARCA

MODELO

SERIE

PLACAS

 

 

 

 

DOMICILIO PARA LA VERIFICACION

 

 

MARCA

MODELO

SERIE

PLACAS

 

 

 

 

DOMICILIO PARA LA VERIFICACION

 

 

MARCA

MODELO

SERIE

PLACAS

 

 

 

 

DOMICILIO PARA LA VERIFICACION

 


 


 

Instructivo de trámite para el registro en el padrón de empresas transportistas de mercancía en

tránsito interno y/o para prestar los servicios de consolidación de carga

por vía Terrestre.

¿Quiénes lo realizan?

Personas morales.

¿Cómo se realiza?

Mediante el formato denominado “registro en el padrón de empresas transportistas de mercancía en tránsito interno y/o para prestar los servicios de consolidación de carga por vía terrestre conforme a la regla 4.6.9.”

¿Dónde se presenta?

Ante la ACRA de manera personal o podrá ser enviada mediante el Servicio Postal Mexicano o utilizando los servicios de empresas de mensajería.

¿Qué documento se obtiene?

Registro de empresas transportistas para llevar a cabo el tránsito de mercancías y/o para prestar los servicios de consolidación de carga por vía terrestre.

¿En qué casos se presenta?

Cuando las personas morales estén interesadas en llevar a cabo el tránsito de mercancías y/o para prestar los servicios de consolidación de carga por vía terrestre.

¿Qué requisitos de seguridad deben reunir los vehículos con los que se prestarán los servicios de consolidación de carga?

1.     La caja deberá ser de lámina o placa metálica exterior en todos sus lados, incluyendo el piso y no podrá tener comunicación con el exterior mediante puertas, ventanas o cualquier otro tipo de abertura, a excepción de la puerta de carga y descarga.

2.     Los pernos de las puertas estarán soldados en sus límites y no estarán expuestos los extremos que permitan su salida mediante extracción de chavetas o cualquier otro tipo de mercancía similar.

3.     Tanto las paredes como las puertas no deberán tener detalles que permitan su extracción y colocación posterior, tales como parches sobrepuestos, atornillados o remachados.

4.     Las puertas deberán contar con cerrojos de seguridad que permitan colocar los candados oficiales, para asegurar el mismo cerrojo contra el cuerpo de la caja y llevará un candado por cada pieza móvil de la puerta.

¿Quién verificará los requisitos de seguridad que deben reunir los vehículos con los que se prestarán los servicios de consolidación de carga?

La autoridad aduanera.

¿Qué procede cuando el contribuyente no se encuentre al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales?

No se otorgará el registro de empresas transportistas para llevar a cabo el tránsito de mercancías y/o para prestar los servicios de consolidación de carga por vía terrestre.

¿A través de que medio podrá la ACRA solicitar información o documentación adicional que considere necesaria?

Mediante requerimiento por escrito.

¿En qué plazo emitirá la ACRA la resolución a la solicitud de inscripción?

En un plazo no mayor a 11 días contados a partir de la fecha en que se haya presentado la solicitud debidamente requisitada.

¿Cuál es la vigencia del registro de empresas transportistas para llevar a cabo el tránsito de mercancías y/o para prestar los servicios de consolidación de carga por vía terrestre?

Un año.

¿Cuándo deben presentar los interesados su solicitud para obtener nuevamente su inscripción?

Por lo menos con 11 días de anticipación al vencimiento del plazo de vigencia del registro.

¿Cuál es el procedimiento para obtener nuevamente su inscripción?

1.     Declarar bajo protesta de decir verdad que continúan cumpliendo con los requisitos previstos para su inscripción.

2.     Acompañar únicamente los documentos que requieran ser actualizados.

3.     El comprobante de pago realizado a través del esquema electrónico e5cinco, a que hace referencia la regla 1.1.3., con el que se acredite el pago del derecho establecido en el artículo 40, inciso j) de la LFD.

4.     Cuando la empresa solicitante manifieste su interés en continuar prestando servicios de consolidación de carga por vía terrestre bajo el régimen aduanero de tránsito interno, únicamente se verificarán los requisitos de seguridad de los vehículos que no hayan sido verificados dentro de los tres meses anteriores a la fecha de la solicitud.

¿Cómo se solicitan las modificaciones o adiciones a los datos asentados en el registro de empresas transportistas para llevar a cabo el tránsito de mercancías?

A través del formato “Registro en el padrón de empresas transportistas de mercancía en tránsito interno y/o para prestar los servicios de consolidación de carga por vía terrestre conforme a la regla 4.6.9.”, al que se deberá anexar la documentación que acredite la modificación o adición solicitada, conforme a los requisitos previstos para el otorgamiento del registro.

Requisitos:

1.     Cumplir con los requisitos y condiciones establecidos en el artículo 170 del Reglamento.

2.     En caso de que se revoque el poder, el titular del registro deberá hacerlo del conocimiento de la ACRA y señalar un nuevo representante mediante el formato denominado “Registro en el padrón de empresas transportistas de mercancía en tránsito interno y/o para prestar los servicios de consolidación de carga por vía terrestre conforme a la regla 4.6.9.”,  acompañando copia certificada del poder notarial actualizado.

3.     Escrito en el que manifiesten bajo protesta de decir verdad, lo siguiente:

"Mi representada, por mi conducto, se hace responsable solidaria con el titular del  tránsito _____________ (interno o internacional, según corresponda) de todos los embarques en que mi representada participe como transportista en los términos de los artículos (129 y 133, según sea el caso) de la Ley Aduanera, respecto de las mercancías que se destinen al régimen de tránsito ________________ (interno o internacional, según corresponda), responsabilizándose desde este momento de los créditos fiscales que se originen con motivo de infracciones cometidas durante el trayecto de las mercancías, desde la aduana de inicio hasta la de cierre del tránsito, inclusive la desviación de la ruta fiscal, el arribo extemporáneo, el no arribo de las mercancías o las irregularidades detectadas al practicar el reconocimiento aduanero, segundo reconocimiento o la verificación de mercancías en transporte”.

Las empresas transportistas interesadas en prestar los servicios de consolidación de carga por vía terrestre bajo el régimen de tránsito interno deberán anexar adicionalmente a los documentos señalados anteriormente y en el formato “Registro en el padrón de empresas transportistas de mercancía en tránsito interno y/o para prestar los servicios de consolidación de carga por vía terrestre conforme a la regla 4.6.9.”, deberán presentar:

1.     Original o copia certificada de la carta compromiso que celebren con el agente aduanal para realizar las operaciones de consolidación, señalando el nombre y número de patente del mismo y que contenga la siguiente leyenda:

“Por la presente, manifiesto mi compromiso para efectuar todos los trámites relativos a mi función en las operaciones de consolidación que realice esta empresa, bajo el régimen de tránsito interno como lo establece la Ley Aduanera y me obligo a seguir el procedimiento establecido en las disposiciones relativas”.

Disposiciones jurídicas aplicables:

Artículos 127, fracción V, 129, fracción II, 131, fracción III, 133, fracción II de la Ley, 170 del Reglamento, regla 4.6.9. II.2.1.12. RMF

 


 


RELACION DE DOCUMENTOS

Código de Barras

 

DATOS GENERALES

Aduana de Despacho

Número de Patente o Autorización

Nombre del Agente o Apoderado Aduanal

Fecha de Emisión

 

 

 

 

LISTADO DE PEDIMENTOS O FACTURAS

Consecutivo

Número de Pedimento

Número de Factura

 

 

 

 

 

 

NUMERO DE CONTENEDORES

1.

2.

3.

4.

 

INSTRUCTIVO DE LLENADO DEL FORMATO RELACION DE DOCUMENTOS

El agente o apoderado aduanal es quien tiene la obligación de llenar este formato, cuando se trate tanto de operaciones efectuadas con un pedimento y/o factura, o consolidación de carga conforme a la regla 3.1.13. o bien tratándose de operaciones realizadas con pedimentos Parte II a que se refiere la regla 3.1.12., segundo párrafo, fracción I. El presente formato deberá presentarse ante el módulo de selección automatizado como primera hoja de todos los documentos que ampara.

Los siguientes campos se llenarán, como a continuación se indica:

1. El código de barras estará determinado como:

 

Longitud

Formato

1

Carácter que identifica que la lectura es por código de barras. (L)

1

Carácter.

2

Número total de pedimentos de la operación.

2

Numérico

3

Código Alfanumérico Armonizado del Transportista (CAAT), obtenido conforme a la regla 2.4.6.

4

Numérico

4

Número de contenedor.- Este campo deberá llenarse, tratándose de operaciones efectuadas con pedimento Parte II o pedimento consolidado, indicando el número de contenedor, cuando la mercancía se transporte en tractocamiones doblemente articulados (full).

11

Alfanumérico

5

Número de contenedor.- Este campo deberá llenarse, tratándose de operaciones efectuadas con pedimento Parte II o pedimento consolidado, indicando el número de contenedor, cuando la mercancía se transporte en tractocamiones doblemente articulados (full).

11

Alfanumérico

6

Número de contenedor.- Este campo deberá llenarse, tratándose de operaciones efectuadas con pedimento Parte II o pedimento consolidado, indicando el número de contenedor, cuando la mercancía se transporte en tractocamiones doblemente articulados (full).

11

Alfanumérico

7

Número de contenedor.- Este campo deberá llenarse, tratándose de operaciones efectuadas con pedimento Parte II o pedimento consolidado, indicando el número de contenedor, cuando la mercancía se transporte en tractocamiones doblemente articulados (full).

11

Alfanumérico

Después de cada campo, se deben presentar los caracteres de control "CARRIAGE RETURN" y "LINE FEED".

2. Datos generales

1. Aduana de Despacho

Deberá declararse la clave de la aduana/sección en la que se tramita el despacho aduanero.

Este campo está conformado por tres caracteres numéricos.

2. Número de Patente o Autorización

Deberá declararse el número de la patente o autorización que corresponda al agente o apoderado aduanal que realiza el despacho de las mercancías.

Se conforma por cuatro caracteres alfanuméricos.

3. Nombre del Agente o Apoderado Aduanal

Deberá declararse el nombre del Agente o Apoderado Aduanal que promueve el despacho.

4. Fecha de Emisión

Deberá declararse la fecha de emisión del Formato.

El campo deberá declararse como DD/MM/AAAA

 

3. Listado de Pedimentos o Facturas

1. Consecutivo

Consecutivo del pedimento que se está declarando.

2. Número de pedimento

Se deberán declarar todos los pedimentos o facturas en consolidación de carga que amparen a las mercancías en trasporte en un mismo vehículo.

3. Número de factura

Se deberá declarar el número(s) de la(s) factura(s) o lista de facturas que amparen las remesas de los pedimentos consolidados conforme al artículo 37 de la Ley y 58 de su Reglamento.

 


 

Reporte de exportaciones de operaciones de submanufactura o submaquila

No. de Folio

 

 

Lugar de Expedición:

 

Fecha de expedición:

Día

 

 

Mes

 

 

Año

 

 

 

 

 

1. Datos de la empresa con Programa IMMEX  que emite el reporte:

 

Denominación o Razón Social: _______________________________________________________________________

Registro Federal de Contribuyentes (R.F.C.): ____________________________________________________________

 

Número de Programa IMMEX: _________________________________________________________________

Domicilio: ________________________________________________________________________________________

Calle: ______________________________________ No. y/o letra ext: _____________ No. y/o letra int: ____________

Colonia: _________________________________________ C.P. _______________ Entidad Federativa: ____________

Teléfono: ______________________________ Fax: _____________________________________________________

Señalar con una “X” si la proporción corresponde al:

Primer semestre

Segundo semestre

 

2. Datos de la empresa que realiza la operación de submanufactura o submaquila:

 

Denominación o Razón Social: _______________________________________________________________________

Registro Federal de Contribuyentes (R.F.C.): ____________________________________________________________

Domicilio: ________________________________________________________________________________________

Calle: _________________________________________ No. y/o letra ext: _____________ No. y/o letra int: _________

Colonia: _____________________________________________ C.P. ____________ Entidad Federativa: ___________

Teléfono: ______________________________ Fax: _____________________________________________________

 

 

3. Proporción de exportación de mercancías

Descripción de la mercancía transferida:

 

Fracción arancelaria:

Proporción:

Descripción del proceso:

 

 

 

Manifiesto bajo protesta de decir verdad que la información contenida en este documento es verdadera y exacta. En caso de que los datos contenidos en la presente se modifiquen, me obligo a comunicar dicha situación. La falsedad o inexactitud de la información contenida en la presente, se sancionará de conformidad con las disposiciones fiscales aplicables.

 

4. Datos del Representante Legal

 

Apellido paterno:

 

 

 

 

 

 

 

Apellido materno:

 

 

 

 

 

 

 

Nombre(s):

 

 

 

 

 

 

 

RFC:

 

 

____________________

 

 

 

Firma del representante

CURP:

 

 

legal


Instructivo de llenado del reporte de exportaciones de operaciones de submanufactura o submaquila

-        Este reporte será llenado a máquina o con letra de molde, con bolígrafo a tinta negra o azul y las cifras no deberán invadir los límites de los recuadros.

-        Se deberá presentar en original y una copia, el original se entregará a la empresa que realiza las operaciones de submanufactura o submaquila y la copia la mantendrá  la empresa con Programa IMMEX que expide el reporte.

-        Número de folio: La empresa con Programa IMMEX anotará el número de folio consecutivo que corresponda.

-        Lugar de expedición: Lugar en donde se genera el presente reporte, (Estado, Capital, Ciudad o Municipio).

-        Fecha de expedición: Se deberá anotar la fecha de llenado del reporte, utilizando 2 números arábigos para el día, 2 para el mes y 4 para el año, como sigue: (31 de marzo de 2007 ejem: 31 03 2007).

1. Datos de la empresa con Programa IMMEX  que emite el reporte

-        Denominación o Razón Social: Anotará la razón social de la empresa con Programa IMMEX.

-        Registro Federal de Contribuyentes: Se anotará la clave.

-        Número de Programa IMMEX: El número asignado por la Secretaría de Economía a la empresa con Programa IMMEX.

-        Domicilio: Anotará los datos relativos al domicilio fiscal; nombre de la calle, número y/o letra exterior, número y/o letra interior, nombre de la colonia, código postal, entidad federativa, número telefónico y número de fax.

-        Señalar con una “X”, si la proporción corresponde al primer o segundo semestre.

2. Datos de la empresa que realiza la operación de submanufactura o submaquila

-        Denominación o Razón Social: Anotará la razón social de la empresa.

-        Registro Federal de Contribuyentes: Se anotará la clave.

-        Domicilio: Anotará los datos relativos al domicilio fiscal; nombre de la calle, número y/o letra exterior, número y/o letra interior, nombre de la colonia, código postal, entidad federativa, número telefónico y número de fax.

3. Proporción de exportación de mercancías

-        Descripción de la mercancía transferida: Se manifestará la descripción detallada de la mercancía que le transfiere la empresa con Programa IMMEX a la empresa que realice la operación de submanufactura o submaquila.

-        Fracción arancelaria de la mercancía transferida: Anotará la fracción arancelaria que corresponda a la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación de la mercancía que  se transfiere.

-        Descripción del proceso. Se manifestará la descripción de proceso realizado por la empresa de submanufactura o submaquila.

-        Proporción de exportación: Indicar la proporción que determine conforme a lo dispuesto en la regla 5.2.9.

4. Datos del Representante Legal.

-        Anotará el apellido paterno, materno y nombre(s) del representante legal.

-        RFC: Se anotará la clave del Registro Federal de Contribuyentes a trece posiciones.

-        CURP: Se anotará la Clave Unica del Registro de Población, en caso de que se cuente con ésta.


 

 

 

No. de Folio

 

 

Fecha de |___|___|___|___|___|___|            Fecha de    |___|___|___|___|___|___|

ingreso      día         mes       año                 vencimiento   día        mes      año

 

Aduana/sección aduanera

 

 Clave

 

 

 

 

1. Datos del propietario.

 

Nombre completo (apellido paterno/apellido materno/nombre(s)), razón o denominación social

____________________________________________________________________________________________

 

Domicilio ____________________________________________________________________________________

 

2. Datos del importador.

 

Nombre completo (apellido paterno/apellido materno/nombre(s)), razón o denominación social

____________________________________________________________________________________________

 

Domicilio ____________________________________________________________________________________

 

Licencia de conducir No. __________________ Pasaporte No. ____________________S.S.N. _______________

 

 

_________________________

Firma

3. Descripción de la mercancía.

 

 

 

 

 

 

4. Autorización de la aduana/sección aduanera.

Nombre ________________________________________________________________

No. de gafete del empleado___________________________________

 

 

_____________________

Firma

 

Sello

Aduana/sección aduanera

 

5. Datos del retorno.

 

Fecha ________________________________

                  día                 mes             año

 

Aduana/sección aduanera ____________________________________________

 

Clave ____________________________________________

 

Lugar ____________________________________________

Anverso


Instructivo de llenado de la solicitud de autorización de importación temporal

-Escribir con claridad, letra de molde y bolígrafo.

-Esta solicitud se debe de presentar en original y copia.

-Conserve su solicitud para ser entregada en la oficina de control vehicular de Banjército por donde vaya a efectuar su retorno. Es su comprobante de la estancia legal de su mercancía.

-Este documento no es válido si presenta raspaduras o enmendaduras.

-Recuerde usted que al proporcionar datos inexactos o falsos se hará acreedor a sanciones relacionadas con la presunción de contrabando.

Los campos 1, 2 y 3 serán llenados por el importador, los demás son de uso exclusivo de la autoridad aduanera.

Estos datos deberán ser llenados por la autoridad aduanera:

No. de Folio.- La autoridad aduanera anotará el número de folio del registro interno que corresponda.

Fecha de ingreso.- Anotará la fecha de ingreso de la mercancía a territorio nacional, comenzando por el día, mes y año.

Fecha de vencimiento.- Se anotará la fecha en que venza la importación temporal de la mercancía, empezando por el día, mes y año.

Aduana/sección aduanera.- Anotará el nombre de la aduana o sección aduanera por la que se introduce  la mercancía.

Clave.- Anotará la clave de la aduana o sección aduanera por la que se introduce la mercancía.

El importador proporcionará los siguientes datos:

1.- Datos del propietario:

Nombre completo (apellido paterno/apellido materno/nombre(s)), razón o denominación social.

Anotará el nombre del propietario o razón social, empezando por el apellido paterno, materno y nombre o nombres, así como su dirección completa.

2.- Datos del importador:

Nombre completo (apellido paterno/apellido materno/nombre(s)), razón o denominación social.

Anotará el nombre del importador o de la razón social, residente en el extranjero en su caso, empezando por el apellido paterno, materno y nombre o nombres, así como su dirección completa.

Licencia de conducir No.- Anotará el número de la licencia de conducir.

Pasaporte No.- Anotará el número del pasaporte.

S.S.N.- Anotará el número de la tarjeta de seguro social.

Firma.- Asentará su firma autógrafa.

3.- Descripción de la mercancía.- En este recuadro anotará la descripción, naturaleza, estado, origen y demás características de la mercancía, así como los demás datos que permitan la identificación de las mismas, o en su defecto las especificaciones técnicas o comerciales necesarias para su identificación, tales como marca, modelo, tipo, número de serie, tamaño, color, etc.

Los siguientes datos deberán ser llenados por la autoridad aduanera:

4.- Autorización de la aduana/sección aduanera:

Nombre.- Anotará el nombre completo de la persona que otorga la autorización por parte de la aduana.

No. de gafete del empleado.- Anotará el número de identificación (gafete) personal del empleado de la aduana que otorga la autorización.

Firma.- Asentará su firma el empleado que haya autorizado la solicitud.

Sello de la Aduana/sección aduanera.- En este espacio se pondrá el sello de la aduana o sección aduanera que otorga la autorización.

5.- Datos del retorno:

Fecha.- Anotará la fecha de retorno de la mercancía, comenzando por el día, mes y año.

Aduana/sección aduanera.- Anotará el nombre de la aduana o sección aduanera por la que se retornará(n) la(s) mercancía(s).

Clave.- Anotará la clave de la aduana o sección aduanera que le corresponda.

Lugar.- Anotará el nombre de la ciudad, municipio y estado que le corresponda a la aduana o a la sección aduanera.

Reverso


 

PARA SER LLENADO POR EL IMPORTADOR/THE IMPORTER WILL PROVIDE THE FOLLOWING INFORMATION

 

1. Fecha de ingreso/Date of entry                Fecha de vencimiento/Expiring date

|_______|_______|_______|_______|_______|_______|                                      |_______|_______|_______|_______|_______|_____|

       día/day                mes/month          año/year                                                    día/day            mes/month            año/year

 

 

2. Datos del propietario/Owner’s generals.

Nombre completo (apellido paterno/apellido materno/nombre(s)), razón o denominación social/Full name (Last name/name) or company’s name.

______________________________________________________________________________________________________________

Domicilio/Address _______________________________________________________________________________________________

 

 

3. Datos del importador/Importer’s generals.

                 ______________________________        _____________________________              _______________________________

                     Apellido paterno/Last name                    Apellido materno/middle name                                Nombre(s)/Name

Domicilio/Address _______________________________________________________________________________________________

______________________________________________________________________________________________________________

Licencia de conducir/Drivers license ________________________________________________________________________________

Pasaporte/Passport number _______________________________________________________________________________________

Nacional/Mexican citizen ( ) Extranjero/Non Mexican citizen ( )

Si es extranjero, indique su calidad migratoria/If non Mexican, indicate your migratory status: ____________________________________

Propietario/Owner( ) Cónyuge/Spouse ( ) Ascendiente/Ancestor ( )             Descendiente/Descendant ( ) Otro/Other ( )

 

 

4. Datos de la embarcación/Boat´s information.

Clase de embarcación/Class of boat ________________________________________________________________________________

Nombre/Name _______________________________________________________________ Marca/Trademark ___________________

Eslora/Lenght ________________________________________________________________ Tipo/Model ________________________

Modelo/Model year ____________________________________________________________ Núm. de registro/Registry number ______

Motor (es)/Motor (motors) _______________________________________________________ Serie casco/Hull´s series _____________

Color/Color __________________________________________________________________ Título de propiedad/Ownership´s title ____

Número de serie/ Serial number __________________________________________________ Número de matrícula/Enrol number _____

VIN/VIN ___________________________________________________________________

Finalidad a la que será destinadá la embarcación/The object of boats ______________________________________________________

 

 

5. Destino de la embarcación/Boat´s destination: Explotación/Exploitation____________________ Exploración/Exploration __________

 

6. Declaro bajo protesta de decir verdad que retornaré oportunamente al extranjero la embarcación importada temporalmente a los Estados Unidos Mexicanos y que me abstendré de cometer infracciones o delitos relacionados con su indebida utilización durante su estancia en este país/I hereby declare under oath that I will opportunely return abroad the temporarily imported boat, and that I will abstain myself of commiting any penalties or felonies related with their improper use while their stay in this country.

_________________________

Firma/Signature

 

 

ESTE FORMATO DEBIDAMENTE REQUISITADO AMPARA LA LEGAL ESTANCIA EN EL PAIS DE LA EMBARCACION/  THIS FORM, ONCE STAMPED, COVERS THE LEGAL STAY OF THE BOAT IN MEXICO.

 

PARA USO EXCLUSIVO OFICIAL/OFFICIAL USE ONLY

 

7. Autorización de la aduana o sección aduanera/Customs office or customs section authorization.

Nombre/Name ______________________________________________________________________

No. de gafete del empleado/Employee gafet number     

_____________________________

Firma/Signature

 

Sello

Aduana o sección

aduanera/

Seal

Customs office or

customs Section

 

8. Datos del retorno/Return information.

Fecha/Date_______________ ______________ _______________

                         día /day           mes/month            año/year

Aduana o Sección aduanera/Customs office or customs section________________________________________________

Clave/Code______________________________________________

Lugar/Place______________________________________________

 


 

REVERSO/BEHIND REVERSE

____________________________

Instructivo de llenado de la solicitud de autorización de importación temporal de embarcaciones/Instructions for completing the application for temporal importation of boats

-Escribir con claridad, letra de molde y bolígrafo/Write clearly with ballpoint pen.

-Esta solicitud se debe de presentar en original y copia/This form should be submitted in original and a copy.

-Conserve su solicitud autorizada para ser entregada en la oficina de control de la aduana por donde vaya a efectuar su retorno. Este documento es su comprobante de la estancia legal de su embarcación/This form is your legal importation document, and it should be provided to the customs control office when returning abroad.

-Este documento no es válido si presenta raspaduras o enmendaduras/This document is not valid if it presents scratchings or amendments.

-Recuerde usted que al proporcionar datos inexactos o falsos se hará acreedor a sanciones relacionadas con la presunción de contrabando/You are liable for any false statements or inaccurate information provided in this document to penalties related to smuggling presumption.

- No. de Folio/No. of Folio.- La autoridad aduanera anotará el número de folio del registro interno que corresponda/Custom´s authority will provide each form with its corresponding number.

Los campos 1, 2, 3, 4, 5 y 6 serán llenados por el importador, los campos 7 y 8 son de uso exclusivo de la autoridad aduanera/Camp 1, 2, 3, 4, 5 and 6 must be completed by the importer, camp 7 and 8 are for official use only.

Estos datos deberán ser llenados por el importador/The importer will provide the following information:

1.- Fecha de ingreso/Date of entry.- Anotará la fecha de ingreso de la embarcación a territorio nacional/The date on which the boats has crossed the mexican border.

Fecha de vencimiento/Expyring date.- Se anotará la fecha en que venza la importación temporal de la embarcación/The date on which the authorization for the temporal importation of the boat expires.

2.- Datos del propietario/Owner´s generals.

Nombre completo (apellido paterno/apellido materno/nombre(s)), razón o denominación social y domicilio fiscal/Full name (last name/name) or company´s name and complete address should be written down.

3.- Datos del importador/Importer’s generals.

Anotará el nombre del importador, así como su dirección completa/The importer’s name and complete address should be written down.

Licencia de conducir/Drivers license.- Anotará el número de la licencia de conducir/The driving license number should be written down.

Pasaporte/Passport.- Anotará el número de pasaporte/The passport number should be written down.

Nacional o Extranjero/Mexican or Non Mexican Citizen.- Anotará con una “X” si es nacional o extranjero/Mark with an “X” whether your are Mexican or Non Mexican Citizen.

Si es extranjero, indique su calidad migratoria: Indicará mediante número asignado a su calidad migratoria/If Non Mexican, state your migratory status: Indicate by your assigned number your migratory status.

Marcará con una “X” si la persona que solicita la importación temporal de la embarcación es el propietario, cónyuge, ascendiente o descendiente/Mark with an “X” whether the person that requires the temporal importation of the boat is the owner, spouse, ancestor or descendant.

4.- Datos de la embarcación/Boat’s information.- En este recuadro anotará los datos de la embarcación, tales como: clase de embarcación, nombre, marca, eslora, tipo, modelo, número de registro, número de motor, número de serie del casco, color, número del título de propiedad, número de serie, número de matrícula, vin (número de identificación vehicular)/The boat’s information should be written down, such as class, name, trademark, length, model, model year, registry number, motor number, hull’s series number, color, real state property, serial number, enrol number, vehicle identification number.

5.- Destino de la embarcación/Boat´s destination: Señalará con una “X” la opción correspondiente al destino de la embarcación, pudiendo ser: explotación o exploración/An “X” mark should be marked at the correspondant boat destination (Exploitation or exploration). Finalidad a la que será destinada la embarcación/The object of boats: El importador señalará el uso que le dará a la embarcación/The importer’s object of boats should be written down.

6.- Firma/Signature.- Asentará su firma autógrafa/Your signature should be written down.

Notas/Notes:

Deberá acreditar la propiedad de la embarcación para lo cual deberá anexar a la presente solicitud copia de cualquiera de los siguientes documentos: factura, el contrato de fletamento, título de propiedad, o bien del certificado de registro otorgado por la autoridad competente/The boats ownership should be proved by annexing to this application form any of the following documents: invoice, transport contract, ownership´s title or the registry certificate granted by the competent authority.

Deberá anexar copia de la siguiente documentación/A copy of the following documents should be attached:

I. Las características técnicas de las mercancías antes descritas/The technical characteristics of the above mentioned merchandise are indicated;

II. Acta constitutiva en la que se establezca dentro del objeto social de la empresa, que se dedicará a la prestación de los servicios de exploración o explotación, y/Company´s by-laws in which exploration or exploitation should be included at the company´s purpose, and

III. En su caso, el contrato, concesión o autorización correspondiente, para la prestación de los servicios que requieran de dichas mercancías para su cumplimiento/If the case may be, the contract, concession or correspondant authorization which demonstrates that with the above mentioned merchandise, the services will be rendered.


 

 

 

No. de Folio:

 

 

 

 

 

Importación temporal.

(  )

Retorno.

(  )

 

 

         Fecha   |___|___|___|___|___|___|

                                                                                                                                                  día         mes         año  

 

Aduana/Sección Aduanera:

__________________________

 

Clave:

_________________

 

1. Datos del importador.

Nombre o Razón Social:_________________________ ___________________________ _______________________

                                                            Paterno                               Materno                                      Nombre(s)

 

R.F.C.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

(Nota: En caso de extranjeros, deberá declararse el R.F.C. genérico EXTR 920901 TS4)

Domicilio:_____________________________________________________________________________________

_____________________________________________________________________________________________

_____________________________________________________________________________________________

 

2.- Datos relativos al pedimento, o a la forma oficial utilizada para la importación temporal de los bienes objeto de mantenimiento o reparación.

Fecha de importación temporal 

|___|___|___|___|___|___|

Fecha de vencimiento 

|___|___|___|___|___|___|

 

día

mes

año

 

día

mes

año

 

No. de pedimento/ No. de folio de la forma oficial:_______________________________

Descripción de la mercancía:     

Marca: ___________________________________             Modelo: ______________________________________

Tipo: _____________________________________            No. de Serie:___________________________________

Unidad:___________________________________            Cantidad: _____________________________________

_____________________________________________________________________________________________

 

3.- Datos de las partes, refacciones, o bienes destinados al mantenimiento o reparación.

Descripción de la mercancía:___________________________________________________________________

Especificaciones técnicas o comerciales:_________________________________________________________

En su caso:

Marca: ________________________________                   Modelo: ______________________________________

Tipo: _________________________________                    No. de Serie: __________________________________

No. de parte: __________________________________________________________________________________

_____________________________________________________________________________________________

 

4.- Destino que se le dará a las partes o refacciones reemplazadas:

Retornadas (  ) Destruidas (  ) Importadas definitivamente (  )

 

 

Autorizó ingreso/salida en aduana.

Nombre: _____________________________________

No. de gafete del empleado:___________________

Cargo: ______________________                                                _________________

                                                                                                                     Firma

 

Sello

Aduana

 

5.- Datos de la destrucción o importación definitiva de las partes o refacciones reemplazadas.

 

Pedimento de importación definitiva:

 

 

Aduana/sección/clave:

_______________________________________________

______________________________________________

 

Fecha y No. del acta de destrucción:

 

 

Autoridad ante la que se presentó el aviso de destrucción:

_______________________________________________

______________________________________________

 

Declaro bajo protesta de decir verdad que los datos asentados en la presente solicitud son ciertos.

 

______________________________________________

Nombre y firma del importador o su representante legal


 

Instrucciones para el llenado de la solicitud de autorización de importación temporal de mercancías, destinadas al mantenimiento y reparación de las mercancías importadas temporalmente

          No. de folio: La aduana de entrada, asignará un número consecutivo a la solicitud de la operación.

          Operación: Se deberá marcar con una “X” la operación que se va llevar a cabo, importación temporal o retorno, según se trate.

          Fecha: Se deberá anotar la fecha de presentación de la solicitud ante la autoridad aduanera.

          Aduana y sección aduanera: Se deberá declarar la aduana y/o sección aduanera, por la cual se llevará a cabo la operación.

          Clave: Se deberá declarar la clave de la aduana y sección aduanera, por la cual se llevará a cabo la operación de mantenimiento o reparación, conforme al Apéndice 1 del Anexo 22.

1.      DATOS DEL IMPORTADOR

          Nombre o Razón Social: Se deberán declarar el apellido paterno, materno y el nombre, de la persona que presenta la solicitud.

          R.F.C.: Se deberá declarar el Registro Federal de Contribuyentes de la persona física o moral encargada en llevar a cabo la operación. En caso de extranjeros, se deberá declarar el R.F.C., genérico EXTR920901TS4.

          Domicilio: Se deberá declarar el domicilio fiscal de la persona física o moral encargada de llevar a cabo la operación. En el caso de extranjeros, deberá declarar el domicilio fiscal del residente en territorio nacional.

2.      DATOS RELATIVOS AL PEDIMENTO, O LA FORMA OFICIAL UTILIZADA PARA LA IMPORTACION TEMPORAL DE LOS BIENES OBJETO DE MANTENIMIENTO O REPARACION.

          Fecha de importación temporal: En este campo se deberá declarar la fecha día, mes y año, de la importación temporal.

          Fecha de vencimiento: En este campo se deberá declarar la fecha día, mes y año, del vencimiento de la importación temporal.

          No. de pedimento/No. de folio de la forma oficial: En este campo se debe declarar el número de pedimento o el número de folio del documento que la autoridad aduanera asignó para llevar a cabo la operación.

          Descripción de la mercancía: Se deberá señalar la descripción comercial de la mercancía objeto del mantenimiento o reparación.

          Marca: En caso de tener marca, se deberá anotar la marca comercial del bien.

          Modelo, Tipo, No. de serie: En caso de contar con la información del Modelo, Tipo y/o número de serie, deberá ser declarada en la solicitud.

          Unidad: Se deberá declarar la unidad de medida comercial de las mercancías objeto de mantenimiento o reparación.

          Cantidad: Se deberá declarar la cantidad de bienes que serán objeto del mantenimiento o reparación.

3.      DATOS DE LAS PARTES O REFACCIONES, O BIENES DESTINADOS AL MANTENIMIENTO O REPARACION:

          Descripción de la mercancía: Se deberá señalar la descripción comercial de la mercancía objeto del mantenimiento o reparación.

          Especificaciones técnicas o comerciales: Se deberá señalar la descripción comercial de la mercancía objeto del mantenimiento o reparación.

          Descripción de la mercancía: Se deberá señalar la descripción comercial de la mercancía que viene a sustituir las mercancías objeto del mantenimiento o reparación.

          Marca: Se deberá anotar la marca comercial del bien.

          Modelo, Tipo, No. de serie: En caso de contar con la información del Modelo, Tipo y/o número de serie, deberá ser declarada en la solicitud.

          Cantidad: Se deberá declarar la cantidad de bienes que serán objeto de la autorización.

4.      DESTINO QUE SE LE DARA A LAS PARTES O REFACCIONES REEMPLAZADAS:

          Destino: En este caso se deberá marcar con una “X” el uso al que será(n) sometida(s) la(s) mercancía(s) que fueron objeto del reemplazo, retornadas, destruida o importada definitivamente.

5.      DATOS DE LA DESTRUCCION O IMPORTACION DEFINITIVA DE LAS PARTES O REFACCIONES REEMPLAZADAS

          Pedimento de importación definitiva: Se declara el número del pedimento con el cual se efectuó el cambio de régimen de las mercancías reemplazadas.

          Aduana/sección/clave: Se deberá declarar la aduana y/o sección aduanera, por la cual se llevará a cabo la importación definitiva de las partes o refacciones reemplazadas.

          Fecha y No. del acta de destrucción: Se deberá señalar la fecha y No. de acta de destrucción, de las partes o refacciones reemplazadas.

          Autoridad ante la que se presentó el aviso de destrucción: Se deberá declarar el Nombre de la autoridad aduanera a la que se presentó el aviso de destrucción de las partes o refacciones.

6.      NOMBRE Y FIRMA DEL IMPORTADOR O SU REPRESENTANTE LEGAL

          Se deberán declarar el apellido paterno, materno y el nombre, del representante legal de la empresa que presenta la solicitud.

Observaciones:

          En la presente solicitud se deberá escribir con claridad, letra de molde y bolígrafo. Esta solicitud se debe de presentar en original para la aduana, copia para el importador y copia para quien en su caso tenga la custodia de la mercancía. Este documento no es válido si presenta raspaduras o enmendaduras. Recuerde usted que al proporcionar datos inexactos o falsos se hará acreedor a sanciones relacionadas con la presunción de contrabando. Deberá anexar los documentos que en su caso, demuestre el destino de las partes o refacciones reemplazadas. En el caso de refacciones para aeronaves, se deberá presentar una autorización por aeronave. Sólo se podrá hacer uso de esta solicitud, cuando las partes o refacciones puedan ser susceptibles de ser identificadas plenamente. No están sujetas a este tipo de operaciones las mercancías consumibles, tales como aceites, remaches, tornillos, cintas adhesivas, material sellante, líquidos, cables, entre otros.


 

Información General del Solicitante

¿Se encuentra inscrito en el Padrón de Importadores?

SI

 

NO

 

¿Ha sido iniciado el trámite para la inscripción en el Padrón de Importadores y el mismo no ha concluido?

SI

 

NO

 

Persona

Moral

 

Física

 

Física no obligada a inscribirse en el RFC

¿Ha realizado solicitud con anterioridad ante otra autoridad distinta?

SI

 

NO

 

Nombre completo (apellido paterno/materno/nombre (s)), razón o denominación social.

Clave del RFC

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Domicilio fiscal: Calle _______________________________ No. y/o letra exterior ___________ No. y/o letra interior ________________

Colonia ________________ Código Postal ______________ Municipio o Delegación en el D.F. _________________________________

Localidad __________________________________ Entidad Federativa ________________________ Teléfonos ___________________

 

Domicilio para oír y recibir notificaciones: Calle _____________________ No. y/o letra exterior _________ No. y/o letra interior ________

Colonia _________________ Código Postal _______________ Municipio o Delegación en el D.F. _______________________________

Localidad __________________________________ Entidad Federativa ________________________ Teléfonos ___________________

 

Personal autorizado para oír y recibir notificaciones ____________________________________________________________________

__________________________________________________________________________________ Teléfonos ___________________

 

Actividades en general a que se dedique el interesado   

________________________________________________________________________________________________________________

________________________________________________________________________________________________________________

Descripción detallada de la mercancía a importar _______________________________________________________________________

________________________________________________________________________________________________________________

________________________________________________________________________________________________________________

________________________________________________________________________________________________________________

 

Razón o justificación de la necesidad de importar mercancía ______________________________________________________________

________________________________________________________________________________________________________________

________________________________________________________________________________________________________________

Valor de la mercancía según factura __________________ Aduana por la que ingresará _______________________________________

 

 

Datos del Representante Legal

Nombre completo (apellido paterno/materno/nombre (s))

Clave del RFC

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Domicilio fiscal: Calle ___________________________________ No. y/o letra exterior ____________ No. y/o letra interior ___________

Colonia _________________ Código Postal _______________ Municipio o Delegación en el D.F. _______________________________

Localidad ________________________ Entidad Federativa _________________________________Teléfonos ____________________

 

 

Declaro bajo protesta de decir verdad, que todo lo asentado es cierto.

_________________________________________________________

Firma autógrafa del solicitante o representante legal

 

Documentos que deberán anexarse

 

a)      Copia del comprobante que acredite el domicilio.

b)      Copia de la cédula de identificación fiscal o la constancia de registro fiscal, según corresponda. Asimismo, los movimientos al RFC, identificados en los últimos 2 años, en los términos de los artículos 19, 25 y 26  del RCFF.

c)      Copia de los acuses de recibo electrónico, los cuales deberán contener el sello y la cadena original de las declaraciones anuales del ISR e IETU de los dos últimos ejercicios, en su caso.

d)      Acreditar que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, a través de la opinión sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales.

e)      Copia de la factura o documento que justifique la propiedad de la mercancía a importar o, en su caso, declaración bajo protesta de decir verdad de que es su legítimo propietario. Si la información se encuentra en idioma distinto al español, anexar traducción de la misma de conformidad con el artículo 271, primer párrafo del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la legislación aduanera.

f)      Declaración bajo protesta de decir verdad, de que la mercancía que se pretende importar será destinada para su uso personal o para realizar los fines de su objeto social y no será comercializada.

g)      Indicar la fracción arancelaria en que se clasifica la mercancía a importar.

h)      Copia certificada y copia para cotejo, de la escritura pública o carta poder mediante la cual se acredite la representación legal.

i)       Original o copia certificada y copia para cotejo, de la identificación oficial del representante legal o de la persona física que presente la solicitud.

Las personas físicas no inscritas en el RFC, únicamente deberán cumplir con los requisitos señalados en los incisos a), e), f), g) e i).

Consultar el “Instructivo de trámite de la solicitud de autorización para importar mercancía sin estar inscrito en el padrón de importadores, de conformidad con la regla 1.3.6.”.

 

DIA________ MES__________________ AÑO __________


Instructivo de llenado de la solicitud de autorización para importar mercancía por única vez, sin estar inscrito en el padrón de importadores, de conformidad con la regla 1.3.6.

-       Esta solicitud será llenada en dos tantos a máquina o con letra de molde, con bolígrafo a tinta negra o azul y las cifras no deberán invadir los límites de los recuadros.

-       El original se entregará en Oficialía de Partes de la Administración Local Jurídica que le corresponda a su domicilio fiscal o ante la Administración Central de Normatividad de Comercio Exterior y Aduanal de la Administración General Jurídica, Avenida Reforma 37, Módulo VI, Planta baja, Colonia Guerrero, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06300, México, D.F., o Administración Central de Normatividad Internacional de la Administración General de Grandes Contribuyentes, Avenida Hidalgo 77, Módulo III, Planta baja, Colonia Guerrero, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06300. México, D.F. según sea el caso, y la copia con el sello de recibido será para el interesado. Podrá presentarse de manera personal o enviarse a través del servicio de mensajería a la Administración Local Jurídica que corresponda a su domicilio fiscal.

Información General del Solicitante

1.     Se señalará con una "X" el supuesto en el que se encuentre.

2.     Se señalará con una “X” si se trata de persona física o persona moral y si ha realizado la solicitud ante otra autoridad.

3.     Anotará el nombre completo, razón o denominación social según corresponda, así como el Registro Federal de Contribuyentes del importador a doce o trece posiciones según corresponda.

4.     Anotará el domicilio fiscal así como domicilio para oír y recibir notificaciones, especificando calle, número exterior e interior, Colonia, Delegación o Municipio, Código Postal, Localidad, Entidad Federativa y teléfonos.

5.     Se señalarán a las personas autorizadas para oír y recibir notificaciones.

6.     Se anotarán las actividades generales a que se dedique el interesado.

7.     Anotará la descripción detallada de la mercancía a importar, señalando los datos que permitan su identificación individual (número de serie, parte, marca, modelo), o en su defecto las especificaciones técnicas o comerciales; asimismo, la cantidad total de la mercancía a importar señalando la unidad de medida de comercialización (kilo, gramo, metro, pieza, litro, par, juego, etc.) En caso de que el espacio sea insuficiente se podrá describir la mercancía en documento anexo haciendo referencia del mismo en este formato

8.     Anotará la razón o justificación de la necesidad de importar la mercancía.

9.     Anotará el valor comercial de la mercancía tomando en cuenta la factura comercial, así como la aduana por donde ingresará la mercancía.

Información del Representante Legal

1.     Se asentarán los datos generales del Representante Legal, especificando el nombre completo y el Registro Federal de Contribuyentes.

2.     Anotará el domicilio fiscal del representante legal, especificando calle, número exterior e interior, Colonia, Delegación o Municipio, Código Postal, Localidad, Entidad Federativa y teléfonos.

3.     El solicitante (interesado o representante legal) asentará su firma autógrafa.

"Para cualquier aclaración en el llenado de este formato, podrá obtener información en internet en las siguientes direcciones: www.shcp.gob.mx; www.sat.gob.mx; asisnet@shcp.gob.mx; asisnet@sat.gob.mx o comunicarse en el Distrito Federal al 01 800 4636 728, en la zona metropolitana de Monterrey al (81) 8047-1166, en la zona metropolitana de Guadalajara al (33) 3836-2120, en el resto del país lada sin costo: 01 800 4636 728; o bien, acudir a los Módulos de Asistencia al Contribuyente de la Administración Local que corresponda a su domicilio fiscal. Quejas al teléfono 01-800-335-4867.


 

 

 

Instructivo de trámite de la solicitud de autorización para importar mercancía por única vez, sin estar inscrito en el padrón de importadores, de conformidad con la regla 1.3.6.

 

¿Quiénes lo presentan?

Las personas físicas o morales interesadas en obtener autorización para importar mercancías sin estar inscritos en el Padrón de Importadores.

¿Cómo se presenta?

Mediante el formato denominado “Solicitud de autorización para importar mercancía sin estar inscrito en el padrón de importadores”.

¿Dónde se presenta?

Ante la ALJ que corresponda a su domicilio fiscal o ante la ACNCEA o ACNI, según sea el caso.

¿Qué documento se obtiene?

Copia del oficio por el que se solicita a la ACCG se permita la importación de la mercancía sin estar inscrito en el padrón de importadores.

¿Cuándo se presenta?

Cuando se requiera importar mercancía para uso personal o cuando sea necesaria para realizar los fines de su objeto social.

Requisitos:

Consultar el formato de “Solicitud de autorización para importar mercancía sin estar inscrito en el padrón de importadores, de conformidad con la regla 1.3.6.

 

Disposiciones jurídicas aplicables:

Artículo 71 del Reglamento de la Ley y regla 1.3.6.

 

 

 


 

Información General del Solicitante

 

¿Ha sido suspendido en el padrón de importadores?

SI

 

NO

 

¿Ha sido iniciado el trámite para la inscripción en el Padrón de Importadores y el mismo no ha concluido?

SI

 

NO

 

 

Persona Moral

 

 

Persona Física

 

 

¿Ha realizado solicitud con anterioridad ante otra autoridad distinta?

SI

 

NO

 

 

Nombre completo (apellido paterno/materno/nombre (s) ), razón o denominación social.

Clave del RFC

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Domicilio fiscal: Calle _____________________________________ No. y/o letra exterior ____________ No. y/o letra interior _________

 

Colonia ________________ Código Postal ______________ Municipio o Delegación en el D.F. _________________________________

 

Localidad __________________________________ Entidad Federativa ________________________ Teléfonos __________________

 

 

Domicilio para oír y recibir notificaciones: Calle ______________________ No. y/o letra exterior _________ No. y/o letra interior _______

 

Colonia _________________ Código Postal _______________ Municipio o Delegación en el D.F. _______________________________

 

Localidad __________________________________ Entidad Federativa ________________________ Teléfonos __________________

 

Personal Autorizado para oír y recibir notificaciones _____________________________________________________________________

 

__________________________________________________________________________________ Teléfonos ______________________

 

Actividades en General a que se dedique el interesado __________________________________________________________________

________________________________________________________________________________________________________________

________________________________________________________________________________________________________________

_______________________________________________________________________________________________________

Descripción detallada de la mercancía a importar _______________________________________________________________________

________________________________________________________________________________________________________________

________________________________________________________________________________________________________________

_______________________________________________________________________________________________________

 

Razón o justificación de la necesidad de importar mercancía _____________________________________________________________

________________________________________________________________________________________________________________

________________________________________________________________________________________________________________

_______________________________________________________________________________________________________

 

Valor de la mercancía según factura _________________________ Aduana por la que ingresará _______________________________

 

 

 

 

La mercancía a importar es:

 

Explosiva

 

Inflamable

 

Contaminante

 

Radiactiva

 

Corrosiva

 

Perecedera

 

Fácil descomposición

 

Animales  vivos


 

Datos del Representante Legal

Nombre completo (apellido paterno/materno/nombre (s) )

Clave del RFC

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Domicilio fiscal: Calle _______________________________________ No. y/o letra exterior _______________ No. y/o letra interior ____

 

Colonia _________________ Código Postal _______________ Municipio o Delegación en el D.F. _______________________________

 

Localidad ________________________ Entidad Federativa _________________________________Teléfonos ____________________

 

 

Declaro bajo protesta de decir verdad, que todo lo asentado es cierto

 

 

_________________________________________________________

Firma autógrafa del solicitante o representante legal

 

Documentos que deberán anexarse

a)      Copia del documento que acredite que la mercancía se encuentra en depósito ante la aduana.

b)      Documentos que acrediten que la mercancía es explosiva, inflamable, contaminante, radiactiva, corrosiva, perecedera o de fácil descomposición o animales vivos.

c)      Copia de la factura o documento que justifique la propiedad de la mercancía a importar, o en su caso, declaración bajo protesta de decir verdad, de que es su legítimo propietario.

d)      Copia del acuse de recibo electrónico del formato “Inscripción en el Padrón de Importadores” o “Autorización para dejar sin efectos la Suspensión en el Padrón de Importadores”, en el que conste la fecha de envío.

e)      Indicar la fracción arancelaria en que se clasifica la mercancía a importar.

f)      Original o copia certificada y copia para cotejo, de la identificación oficial del representante legal o de la persona física que presente la solicitud.

g)      Copia certificada y copia para cotejo, de la escritura pública o carta poder mediante la cual se acredite la representación legal.

Consultar el “Instructivo de trámite de la solicitud de autorización para importar mercancía por única vez, sin haber concluido el trámite de inscripción o estando suspendidos en el padrón de importadores, de conformidad con la regla 1.3.5.”.

 

 

DIA________ MES__________________ AÑO __________

 


Instructivo de llenado de la solicitud de autorización para importar mercancía por única vez, sin haber concluido el trámite de inscripción o para permitir la importación estando suspendidos   en el padrón de importadores, de conformidad con la regla 1.3.5.

-       Esta solicitud será llenada en dos tantos a máquina o con letra de molde, con bolígrafo a tinta negra o azul y las cifras no deberán invadir los límites de los recuadros.

-       El original se entregará en Oficialía de Partes de la Administración Local Jurídica que le corresponda a su domicilio fiscal o ante la Administración Central de Normatividad de Comercio Exterior y Aduanal de la Administración General Jurídica, Avenida Reforma 37, Módulo VI, Planta baja, Colonia Guerrero, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06300, México, D.F., o Administración Central de Normatividad Internacional de la Administración General de Grandes Contribuyentes, Avenida Hidalgo 77, Módulo III, Planta baja, Colonia Guerrero, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06300. México, D.F. según sea el caso, y la copia con el sello de recibido será para el interesado. Podrá presentarse de manera personal o enviarse a través del servicio de mensajería a la Administración Local Jurídica que corresponda a su domicilio fiscal.

Información General del Solicitante

1.     Se señalará con una “X” si ha sido suspendido en el padrón de importadores o ha iniciado el trámite de inscripción al padrón de importadores y el mismo no ha concluido.

2.     Señalar con una “X” si se trata de persona física o persona moral o si ha realizado la solicitud ante otra autoridad.

3.     Anotará el nombre completo, la razón o denominación social, así como el Registro Federal de Contribuyentes del importador a doce o trece posiciones según corresponda.

4.     Anotará el domicilio fiscal, así como domicilio para oír y recibir notificaciones, especificando calle, número exterior e interior, Colonia, Delegación o Municipio, Código Postal, Localidad, Entidad Federativa y teléfonos.

5.     Se señalarán a las personas autorizadas para oír y recibir notificaciones.

6.     Se anotarán las actividades generales a que se dedique el interesado.

7.     Anotará la descripción detallada de la mercancía a importar, señalando los datos que permitan su identificación individual (número de serie, parte, marca o modelo), o en su defecto las especificaciones técnicas o comerciales, asimismo, la cantidad total de la mercancía a importar señalando la unidad de medida de comercialización (kilo, gramo, metro, pieza, litro, par, juego, etc.).

8.     Se asentará la razón o justificación de la necesidad por el cual se realiza el trámite.

9.     Señalar el valor de la mercancía según factura.

10.   Señalar la Aduana por la que ingresará la mercancía.

11.   Señalar con una “X” si la mercancía a importar es explosiva, inflamable, contaminante, radiactiva, corrosiva, perecedera, de fácil descomposición o animales vivos.

Información del Representante Legal

1.     Se asentarán los datos generales del Representante Legal, especificando el nombre completo y el Registro Federal de Contribuyentes.

2.     Anotará el domicilio fiscal del representante legal, especificando calle, número exterior e interior, Colonia, Delegación o Municipio, Código Postal, Localidad, Entidad Federativa y teléfonos.

3.     El solicitante (interesado o representante legal) asentará su firma autógrafa.

Documentos que deberán anexarse

"Para cualquier aclaración en el llenado de este formato, podrá obtener información en internet en las siguientes direcciones: www.shcp.gob.mx; www.sat.gob.mx; asisnet@shcp.gob.mx; asisnet@sat.gob.mx o comunicarse en el Distrito Federal al 01 800 463 6728, en la zona metropolitana de Monterrey al (81) 8047-1160, en la zona metropolitana de Guadalajara al (33) 3836-2120, en el resto del país lada sin costo: 01-800-90-450-00; o bien, acudir a los Módulos de Asistencia al Contribuyente de la Administración Local que corresponda a su domicilio fiscal. Quejas al teléfono 01-800-335-4867".

 

 


 

Instructivo de trámite de la solicitud de autorización para importar mercancía por única vez, sin haber concluido el trámite de inscripción o estando suspendidos en el padrón de importadores, de conformidad con la regla 1.3.5..

 

¿Quiénes lo presentan?

Las personas físicas y morales obligadas a inscribirse en el Padrón de Importadores que no han concluido el trámite de inscripción o que se encuentran suspendidas en el citado padrón.

¿Cómo se presenta?

Mediante el formato denominado “Solicitud de autorización para importar mercancía por única vez, sin haber concluido el trámite de inscripción o estando suspendidos en el padrón de importadores”.

¿Dónde se presenta?

Ante la ALJ que corresponda al domicilio fiscal del interesado o ante la ACNCEA o ACNI, según sea el caso.

¿Qué documento se obtiene?

Copia del oficio por el que se solicita a la ACCG se permita por única vez la importación de la mercancía sin haber concluido el trámite de inscripción o estando suspendido en el padrón de importadores.

¿Cuándo se presenta?

Después de transcurridos más de 5 días de haber presentado los formatos electrónicos “Inscripción al Padrón de Importadores” o “Autorización para dejar sin efectos la Suspensión en el Padrón de Importadores” y no se haya recibido respuesta.

Requisitos:

Consultar el formato de “Solicitud de autorización para importar mercancía por única vez, sin haber concluido el trámite de inscripción o estando o suspendidos en el padrón de importadores, de conformidad con la regla 1.3.5.

Disposiciones jurídicas aplicables:

Artículos 59, fracción IV de la Ley, 71 de su Reglamento y regla 1.3.5.

 


 

 

 

 

2) FORMA DE ENTREGA

 

Entrega Personal (marque con una X)

 

Envío por Mensajería (marque con una X)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

DATOS GENERALES DEL SOLICITANTE

 

 3) Nombre, Razón o Denominación Social

 

4) R.F.C.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

-

 

 

 

 

 

 

-

 

 

 

 

 

 

 5) Domicilio para Oír o Recibir Notificaciones

 

 

Calle:

 

Núm. y/o Letra Ext.:

 

Núm. y/o Letra Int.:

 

 

Colonia:

 

Localidad:

 

 

Código Postal:

 

Municipio o Delegación en el D.F.:

 

Entidad Federativa:

 

 

Teléfono:

 

Correo Electrónico:

 

 

 

DATOS DEL PEDIMENTO

 

6) Número del Pedimento

 

7) Aduana de Despacho

 

8) Fecha de Pago del Pedimento

 

9) Nombre del Importador/Exportador que tramitó el o los pedimentos

 

P a t e n t e

 

Número del Pedimento

 

 

 

d

d

 

m

m

 

a

a

a

a

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

P a t e n t e

 

Número del Pedimento

 

 

 

 

 

d

d

 

m

m

 

a

a

a

a

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

P a t e n t e

 

Número del Pedimento

 

 

 

 

 

d

d

 

m

m

 

a

a

a

a

 

 

 

 

 

 

 

-

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

-

 

 

-

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Nota : En caso de más de 3 Pedimentos, anexar relación.

10) CANTIDAD DE COPIAS SOLICITADAS POR CADA PEDIMENTO

 

Número

 

Con Anexos

 

Sin Anexos

(marque con una X)

(marque con una X)

 

 

 

 

Declaro bajo protesta de decir verdad, que los datos asentados en la presente solicitud son reales y exactos.

 

 

 

11) Firma autógrafa del solicitante o representante legal

 

DOCUMENTOS QUE DEBERAN ANEXARSE

 

Personas Físicas

 

Personas Morales

 

 

 

1.       Documento mediante el cual acredite la propiedad de la

 

 

          ð mercancía, únicamente a través de los siguientes:

 

1.     Copia del Poder Notarial del Representante Legal

          ð Copia del pedimento a su nombre

 

 

          ð Copia de la factura a su nombre

 

2.     Copia de identificación oficial vigente

          ð Copia del título de propiedad

 

        del Representante Legal

          ð Cesión de derechos

 

        ð Credencial para votar con fotografía;

2.       Copia de identificación oficial vigente:

 

        ð Cartilla del Servicio Militar Nacional;                 ðPasaporte;

          ð Credencial para votar con fotografía;

 

        ð Forma Migratoria con fotografía; ð Cédula Profesional;

          ð Cartilla del Servicio Militar Nacional;                 ðPasaporte;

 

        ð Carta de Naturalización; o              ð Credencial de Inmigrado.

          ð Forma Migratoria con fotografía;      Cédula Profesional;

 

 

          ð Carta de Naturalización; o                 Credencial de Inmigrado.

 

3.     Original del Pago de Derechos

3.       Original del Pago de Derechos

Comprobante de pago realizado a través del esquema electrónico e5cinco.

 

 

Comprobante de pago realizado a través del esquema electrónico e5cinco.

 

Dependencias u Organismos Oficiales

1. Oficio dirigido al Administrador Central de Contabilidad y Glosa

NOTA: LA OMISION DE CUALQUIERA DE ESTOS REQUISITOS, DEJARA SIN EFECTOS LA SOLICITUD ESTE FORMATO ES DE LIBRE IMPRESION


 

Instructivo de trámite para solicitar copias certificadas de pedimentos y sus anexos

¿Quiénes lo realizan?

Personas físicas o morales que requieran copia certificada de pedimentos y sus anexos.

Cómo se realiza?

Mediante el formato denominado “Solicitud de expedición de copias certificadas de pedimentos y sus anexos”.

¿Dónde se presenta?

En la ventanilla denominada “Expedición de copias certificadas”, en la ACCG, de lunes a viernes dentro del horario de las 09:00 a las 14:00 horas, o bien, por cualquier servicio de mensajería dirigido a la citada unidad administrativa.

¿Qué documento se obtiene?

Oficio de respuesta de la autoridad que en su caso contiene el pedimento solicitado y sus anexos.

¿Cuándo se presenta?

Cuando el contribuyente requiera copia certificada de pedimentos y sus anexos para la acreditación de la legal estancia de su mercancía en territorio nacional.

¿Qué procede en caso de que la solicitud no se presente debidamente llenada o se omita alguno de los documentos manifestados?

La ACCG requerirá mediante oficio al interesado, el dato o documento omitido, a fin de que sea presentado mediante escrito libre con la finalidad de subsanar dicha omisión.

En qué supuestos no proceden las solicitudes de copias certificadas de pedimentos y sus anexos:

1.     Documentos relativos al extinto Registro Federal de Vehículos, correspondiente a los años 1989 o anteriores.

2.     Documentos que hayan causado “baja definitiva” por haber cumplido el tiempo de guarda y custodia por parte de la autoridad aduanera, de conformidad con el “Acuerdo por el que se establecen los lineamientos a que se sujetará la guarda, custodia y plazo de conservación del Archivo Contable Gubernamental”, publicado en el DOF el 25 de agosto de 1998.

3.     Pedimentos que no se encuentren registrados en el SAAI o que existan discrepancias entre la información asentada en el pedimento y la información registrada en el SAAI.

¿Cómo puede solicitar el interesado información del estado que guarda su trámite y, en su caso, del importe que deberá cubrir por la expedición de copias certificadas?

Vía telefónica al número 01 800 INFOSAT (463-67-28) dentro del horario de 8:00 a 21:00 hrs., o bien, vía correo electrónico a la dirección copiascertificadas@sat.gob.mx.

¿En qué plazo se emite la resolución?

La ACCG emitirá la resolución correspondiente en un plazo no mayor a tres meses a partir de la fecha de recepción de la solicitud. Transcurrido dicho plazo sin que se notifique la resolución, se entenderá que es negativa en los términos del artículo 37 del Código.

Entrega de los pedimentos y sus anexos solicitados:

1.     Una vez cubiertos los requisitos necesarios para resolver y efectuado el pago del importe total de las copias certificadas, la ACCG las entregará de forma personal en la ventanilla de dicha unidad administrativa o a través del servicio de mensajería, cuando así se haya requerido en la solicitud.

2.     En el caso de que no se hubiera especificado en la solicitud la forma de entrega de la documentación, ésta se realizará de forma personal en la ventanilla, a quienes hayan declarado su domicilio en el Distrito Federal o área metropolitana, y a través de mensajería a quienes hayan declarado su domicilio fuera de dicha zona.

Una vez transcurridos tres meses contados a partir de la fecha de recepción de la solicitud, sin que el interesado hubiera recogido las copias certificadas en la ventanilla, dará lugar a su invalidez, debiendo realizar nuevamente el trámite en caso de requerirlas.

3.     Cuando la entrega fuere personal, ésta será de lunes a viernes dentro del horario de las 09:00 a las 14:00 horas; para ello se deberá presentar identificación oficial vigente y, en su caso, carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas del otorgante, aceptante y testigos ante las autoridades fiscales, notario o fedatario público, de conformidad con el artículo 19 del Código.

Disposiciones jurídicas aplicables:

Regla 1.1.2.


LLENAR CLARAMENTE LOS CAMPOS QUE SE INDICAN:

 

A) FECHA EN QUE SE PRESENTA:                                                                           DIA _____ MES _____ AÑO ________

 

MARQUE CON UNA “X” EL TRAMITE QUE SOLICITA

SOLICITUD DE

 

DEJAR SIN EFECTOS

 

MODIFICACION

 

 

INSCRIPCION

 LA SUSPENSION

DE DATOS

 

 

CLAVE DEL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

DATOS DE IDENTIFICACION ACTUAL

 

APELLIDO PATERNO, MATERNO, NOMBRE (S), O DENOMINACION O RAZON SOCIAL

 

                                 CALLE                                 NUMERO Y/O LETRA EXTERIOR         NUMERO Y/O LETRA INTERIOR

 

                                 COLONIA                             CODIGO POSTAL                               TELEFONO

 

                                 LOCALIDAD                         MUNICIPIO                                        ENTIDAD FEDERATIVA

 

GIRO O ACTIVIDAD PREPONDERANTE:

MARCAR CON UNA “X” SI ES

100% EXPORTADOR

 

ENAJENADOR (VENDEDOR) EN TERRITORIO NACIONAL, DE LAS MERCANCIAS INDICADAS EN LOS SECTORES SOLICITADOS

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

INDICAR CON UNA “X” SI ES

 

 

 

 

 

 

 

 

 

PRODUCTOR

ENVASADOR

COMERCIALIZADOR

 

 

 

B) MODIFICACION DE DATOS, ANOTAR EL ANTERIOR RFC, O NOMBRE SEGUN CORRESPONDA:

NOMBRE COMPLETO ANTERIOR (APELLIDO/PATERNO/MATERNO/NOMBRE) DENOMINACION O RAZON SOCIAL

 

CLAVE DEL ANTERIOR REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

C) SECTORES

 

MARCAR CON UNA “X” EL NOMBRE DEL O DE LOS SECTORES EN LOS QUE DESEA INSCRIBIRSE. REINCORPORARSE AL DEJAR SIN EFECTOS LA SUSPENSION. O EN LOS QUE SE ENCONTRABA INSCRITO CON EL ANTERIOR RFC

 

 

 

 

 

 

 

 

 

1) ALCOHOL, ALCOHOL DESNATURALIZADO Y MIELES INCRISTALIZABLES

 

 

5) BEBIDAS ALCOHOLICAS DESTILADAS (LICORES).

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

2) CERVEZA.

 

 

 

6) CIGARROS Y TABACOS LABRADOS.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

3) TEQUILA.

 

 

7) BEBIDAS ENERGETIZANES, ASI COMO CONCENTRADOS POLVOS Y JARABES PARA PREPARAR BEBIDAS ENERGETIZANTES

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

4) BEBIDAS ALCOHOLICAS FERMENTADAS (VINOS).

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

D)

DATOS DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

APELLIDO PATERNO, MATERNO, NOMBRE(S)

CORREO ELECTRONICO: ________________________

 

CLAVE DEL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES

 

DECLARO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD QUE LOS DATOS ASENTADOS SON REALES Y EXACTOS

______________________________________________________________

FIRMA AUTOGRAFA DEL CONTRIBUYENTE O REPRESENTANTE LEGAL

 

E) DEJAR SIN EFECTOS LA SUSPENSION; SEÑALE LOS DOCUMENTOS QUE ANEXA, PARA COMPROBAR QUE YA CORRIGIO LA INCONSISTENCIA POR LA QUE FUE SUSPENDIDO

 

 

INSTRUCCIONES PARA LLENAR ESTA SOLICITUD AL REVERSO.

Anverso


Instrucciones para llenar la Solicitud para el Padrón de Exportadores Sectorial.

-        Llene claramente los campos que se indican en 2 tantos de esta solicitud.

-        No invada los límites de los recuadros.

-        De preferencia utilice tinta azul.

-        Realice su trámite conforme a la reglas 1.3.7., de manera personal o a través de un servicio de mensajería en la siguiente dirección:

         Padrón de Exportadores Sectorial. Ventanilla de Control de Gestión de la ACOA, Av. Hidalgo No. 77, Módulo IV, 1er piso, Col. Guerrero, C.P. 06300, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F.

A)      Anote la fecha en que presenta su solicitud dd/mm/aaaa

-        Marque con una “X” el trámite que solicita: Solicitud de Inscripción, Solicitud de autorización para dejar sin efectos la Suspensión o Solicitud de Datos de Modificación al Padrón de Exportadores Sectorial.

-        Señale con una “X” si es persona física o persona moral

-        Anote el nombre completo, razón o denominación social según corresponda, tal y como se encuentra registrado ante el Registro Federal de Contribuyentes; en caso de existir cambio de denominación o razón social o régimen de capital anotará los nuevos datos que le asignó la Administración Local de Servicios al Contribuyente.

-        Anote el Registro Federal de Contribuyentes del importador a doce o trece posiciones según corresponda.

-        Anote el domicilio fiscal completo especificando calle, número exterior e interior, Colonia, Delegación o Municipio, Código Postal, Localidad, Entidad Federativa y teléfonos.

-        Anote Giro o actividad principal.

-        Señale con una “X”, si es 100% Exportador o si es Enajenador (Vendedor) en Territorio Nacional, de las mercancías indicadas en los Sectores Solicitados

-        Asimismo indicar con una “X” si es, productor, envasador o comercializador.

B)     Sólo en el caso de Modificación de Datos llene esta información, señalando el ANTERIOR Registro Federal de Contribuyentes y/o el ANTERIOR Nombre, Denominación o Razón Social.

C)     Marque con una “X” el nombre del o los sectores en los que desea Inscribirse. Reincorporarse al dejar sin efecto la Suspensión o en los que se encontraba inscrito con el anterior RFC o Nombre o Denominación o Razón Social, conforme a las fracciones arancelarias que aparecen listadas en el Rubro B del Anexo 10, relativas al Padrón de Exportadores Sectorial.

D)     Anote los datos generales del representante legal, especificando el nombre completo y el Registro Federal de Contribuyentes.

-        Anote el correo electrónico del representante legal o solicitante.

-        El solicitante (interesado o representante legal) asentará su firma autógrafa.

E)      En el caso de ser un trámite de reincorporación deberá señalar los Anexos o documentos con los que compruebe que corrigió la inconsistencia por la que fue suspendido.

Documentos que deberán anexarse

a)      Copia fotostática de identificación oficial vigente del solicitante o del representante legal.

b)      Para personas morales, anexe copia simple del acta constitutiva y del poder notarial que acredite que quien firma la solicitud está facultado para realizar actos de administración.

c)      Si el representante legal es extranjero, anexe copia simple del documento que compruebe su legal estancia en el país y que acredite que su calidad migratoria le permite ostentarse con los cargos que se mencionan en el acta constitutiva o poder notarial correspondientes, de conformidad con el artículo 67 de la Ley General de Población.

d)      Tratándose de personas físicas extranjeras residentes en territorio nacional, incluir además, copia del documento mediante el cual comprueben, su calidad migratoria en el país y que se les autoriza para realizar actividades empresariales.

e)      Si la persona física es representada por una tercera persona, adjunte poder notarial o carta poder en la que se faculte para realizar este trámite, conforme a lo dispuesto en el artículo 19 del Código.

f)       Si cambió la denominación o razón social de la empresa, deberá enviar copia simple de la escritura pública protocolizada ante notario público, en la cual conste dicho cambio.

g)      En el caso de trámite de Solicitud para dejar sin efectos la Suspensión en el Padrón de Exportadores Sectorial, anexar documentos con los que compruebe que corrigió la inconsistencia por la que fue suspendido.

Informes y Consulta de Resultados:

       Página de Internet de Aduana México: www.aduanas.gob.mx

      Vía telefónica sin costo: 01 800 INFOSAT (4636728) de lunes a viernes de 8:00 a 21:00 Hrs. desde Estados Unidos y Canadá: 1 877 (4488728).

       Correo electrónico: padrondeimportadores@sat.gob.mx

      Módulo de atención personalizada: Ubicado en Av. Hidalgo No. 77, Módulo IV, primer piso, Col. Guerrero, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F.; donde, el solicitante o representante legal acreditando su personalidad, de conformidad con el artículo 19 del Código y con su identificación oficial, podrá conocer el estado actual que guarda su trámite, de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 Hrs.

IMPORTANTE:    Para el trámite de Solicitud para dejar sin efectos la Suspensión en el Padrón de Exportadores Sectorial, es indispensable que previo al envío de la solicitud se comunique con nosotros, a efecto de informarle sobre los motivos por los que fue suspendido en el Padrón de Exportadores Sectorial.

Reverso


Instructivo de trámite de la solicitud de inscripción en el Padrón de Exportadores Sectorial 1.3.7.

A. Solicitud para la inscripción en el Padrón de Exportadores Sectorial

¿Quiénes lo realizan?

Las personas físicas y morales que requieran exportar mercancías a que se refiere el artículo 2o., fracción I, incisos A), B), C) y F) de la LIEPS, ello en relación a lo establecido en el artículo 19, fracción XI de la misma Ley.

¿Cómo se realiza?

Mediante el formato denominado “Solicitud para el Padrón de Exportadores Sectorial”.

¿Cómo se presenta?

Utilizando el servicio de mensajería o ante la ventanilla de control de gestión de la ACCG, ubicada en Av. Hidalgo No. 77, módulo IV, primer piso, Colonia Guerrero, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06300, México, D.F.

¿En qué casos se presenta?

Cuando se requiera exportar las mercancías a que se refiere el artículo 2o., fracción I, incisos A), B), C) y F) de la LIEPS, ello en relación a lo establecido en el artículo 19, fracción XI de la misma Ley.

¿En qué casos no procede la inscripción en el Padrón de Exportadores Sectorial?

Cuando las personas físicas o morales, se ubiquen en cualquiera de los supuestos señalados en la regla 1.3.3. 

¿En qué casos no será necesario inscribirse en el Padrón de Exportadores Sectorial?

Cuando se trate de las mercancías destinadas para exposición y venta en establecimientos de depósito fiscal a que se refiere el artículo 121, fracción I de la Ley.

¿Cómo se da a conocer el resultado de la solicitud?

1.     A través de la página electrónica www.sat.gob.mx, sección “Servicio al Contribuyente”, apartado “Padrón de Importadores”, en un término no mayor a 7 días contados a partir del día siguiente de la recepción de la solicitud.

2.     Por mensajería, siempre que así se haya solicitado, y que se anexe la guía prepagada a la solicitud.

 

¿Qué procede si la solicitud es rechazada?

El exportador deberá subsanar las inconsistencias observadas y presentar nuevamente su solicitud.

Requisitos:

1.     FIEL vigente expedida por el SAT, tratándose de personas morales deberán utilizar su propia fiel expedida por el SAT y no la de su representante legal.

2.     CIECF.

3.     Domicilio fiscal que se encuentre como localizado en el RFC o en proceso de verificación por parte de la ALSC.

4.     Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, y acreditar dicha circunstancia a través de la opinión sobre el cumplimiento de las mismas, que obtengan conforme a lo dispuesto en la regla II.2.1.12. de la RMF.

5.     Estar inscrito y activo en el RFC, y en alguno de los supuestos del artículo 71 del Reglamento de la Ley Aduanera.

Asimismo, se deberá anexar al formato de “Solicitud para el Padrón de Exportadores Sectorial”, además de la documentación que se señala en el mismo, lo siguiente::

Los numerales testados no se incluyen, toda vez que ya se encuentran previstos en el formato de “Solicitud para el Padrón de Exportadores Sectorial”.

Copia simple y legible del nombramiento del funcionario público que firme la solicitud, tratándose de las Dependencias del Ejecutivo Federal, los Poderes Legislativo, Judicial y las entidades que integran la Administración Pública Paraestatal de la Federación, Estados y Municipios, o bien los organismos públicos autónomos, para acreditar la representación del funcionario que firma la solicitud de inscripción, para los efectos del artículo 75, fracción II del Reglamento de la Ley.

B. Solicitud para la modificación de datos en el Padrón de Exportadores Sectorial.

¿Quiénes lo realizan?

Las personas físicas y morales que hayan efectuado cambio de nombre, denominación o razón social, régimen de capital o clave en el RFC.

¿Cómo se realiza?

Mediante el formato denominado “Solicitud para el Padrón de Exportadores Sectorial

¿Cómo se presenta?

Utilizando el servicio de mensajería o ante la ventanilla de control de gestión de la ACCG.

¿En qué casos se presenta?

Cuando las personas físicas o morales inscritas en el Padrón de Exportadores Sectorial, hayan realizado cambio de nombre, denominación o razón social, régimen de capital o clave en el RFC.

¿Cómo se da a conocer el resultado de la solicitud?

1.     A través de la página electrónica www.sat.gob.mx, sección “Servicio al Contribuyente”, apartado “Padrón de Importadores”, en un término no mayor a 5 días contados a partir del día siguiente de la recepción de la solicitud.

2.     Por mensajería, siempre que así se haya solicitado, y que se anexe la guía prepagada a la solicitud.

¿Qué procede si la solicitud es rechazada?

El exportador deberá subsanar las inconsistencias observadas y presentar nuevamente su solicitud.

Requisitos:

1.     Quienes soliciten la modificación de datos en el Padrón de Exportadores Sectorial, deberán cumplir con los requisitos previstos en los numerales 1, 3, 4 y 5 del apartado A del presente instructivo.

2.     Copia legible del instrumento notarial, donde conste la modificación de que se trate, en el caso de cambio de nombre, denominación o razón social, o régimen de capital.

3.     Copia simple y legible del nombramiento del funcionario público que firme la solicitud, tratándose de las Dependencias del Ejecutivo Federal, los Poderes Legislativo, Judicial y las entidades que integran la Administración Pública Paraestatal de la Federación, Estados y Municipios, o bien los organismos públicos autónomos, para acreditar la representación del funcionario que firma la solicitud de inscripción, para los efectos del artículo 75, fracción II del Reglamento de la Ley.

C. Solicitud para dejar sin efectos la suspensión en el Padrón de Exportadores Sectorial

¿Quiénes lo realizan?

Las personas físicas y morales que hayan sido suspendidas en el Padrón de Exportadores Sectorial.

¿Cómo se realiza?

Mediante el formato denominado “Solicitud para el Padrón de Exportadores Sectorial”.

¿Cómo se presenta?

Utilizando el servicio de mensajería o ante la ventanilla de control de gestión de la ACCG.

¿En qué casos se presenta?

Cuando las personas físicas o morales soliciten reincorporarse al Padrón de Exportadores Sectorial.

¿Cómo se da a conocer el resultado de la solicitud?

1.     A través de la página electrónica www.sat.gob.mx, sección “Servicio al Contribuyente”, apartado “Padrón de Importadores”, en un término no mayor a 7 días contados a partir del día siguiente de la recepción de la solicitud.

2.     Por mensajería, siempre que así se haya solicitado, y que se anexe la guía prepagada a la solicitud.

¿Qué procede si la solicitud es rechazada?

El exportador deberá subsanar las inconsistencias observadas y presentar nuevamente su solicitud.

Requisitos:

 

1.     Quienes soliciten la reincorporación al Padrón de Exportadores Sectorial, deberán cumplir con los requisitos previstos en los numerales 1, 3, 4 y 5 del apartado A del presente instructivo.

2.     Copia simple y legible de la documentación con la que acredite que se subsana la causal por la que fue suspendido por la autoridad.

3.     Copia simple y legible del nombramiento del funcionario público que firme la solicitud, tratándose de las Dependencias del Ejecutivo Federal, los Poderes Legislativo, Judicial y las entidades que integran la Administración Pública Paraestatal de la Federación, Estados y Municipios, o bien los organismos públicos autónomos, para acreditar la representación del funcionario que firma la solicitud de inscripción, para los efectos del artículo 75, fracción II del Reglamento de la Ley.

Disposiciones jurídicas aplicables:

Artículos 2o., fracción I, incisos A), B), C) y F) y 19, fracción XI de la LIEPS, y regla 1.3.8.


 

Información General del Solicitante

Residente en el País

 

 

No residente en el país

 

 

¿Ha realizado solicitud con anterioridad ante otra autoridad distinta?

SI

 

NO

En caso de ser afirmativo, ante qué autoridad: _________________________________

 

Razón o denominación social.

Clave del RFC

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Domicilio fiscal: Calle _____________________________________ No. y/o letra exterior ______________ No. y/o letra interior _______

 

Colonia ________________ Código Postal ______________ Municipio o Delegación en el D.F. _________________________________

 

Localidad __________________________________ Entidad Federativa ________________________ Teléfonos __________________

 

Información general del responsable solidario en territorio nacional

Nombre completo de la razón o denominación social.

Clave del RFC

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Domicilio fiscal: Calle _____________________________________ No. y/o letra exterior ___________ No. y/o letra interior __________

 

Colonia ________________ Código Postal ______________ Municipio o Delegación en el D.F.          ____________________________

Localidad __________________________________ Entidad Federativa ________________________ Teléfonos __________________

 

 

Domicilio para oír y recibir notificaciones: Calle ____________________ No. y/o letra exterior _________ No. y/o letra interior _________

 

Colonia _________________ Código Postal _______________ Municipio o Delegación en el D.F. _______________________________

 

Localidad __________________________________ Entidad Federativa ________________________ Teléfonos __________________

 

 

Personal autorizado para oír y recibir notificaciones: ____________________________________________________________________

 

__________________________________________________________________________________ Teléfonos ___________________

 

 

Actividades en general a que se dedique el interesado: __________________________________________________________________

________________________________________________________________________________________________________________

________________________________________________________________________________________________________________

Descripción detallada del vehículo a importar en forma temporal (marca, año, modelo y número de serie): ________________________

________________________________________________________________________________________________________________

________________________________________________________________________________________________________________

 

Razón o justificación de la necesidad de importar mercancía: _____________________________________________________________

________________________________________________________________________________________________________________

________________________________________________________________________________________________________________

 

Datos del Representante Legal

Nombre completo (apellido paterno/materno/nombre(s) ).

Clave del RFC

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Domicilio fiscal: Calle _______________________________________ No. y/o letra exterior _______________ No. y/o letra interior ____

 

Colonia _________________ Código Postal _______________ Municipio o Delegación en el D.F. _______________________________

 

Localidad ________________________ Entidad Federativa _________________________________Teléfono _____________________

 

Declaro bajo protesta de decir verdad, que todo lo asentado es cierto.

 

_________________________________________________________

Firma autógrafa del solicitante o representante legal.

Documentos que deberán anexarse:

a.          Carta de un residente en territorio nacional que asuma la responsabilidad solidaria, en términos del artículo 26, fracción VIII del Código Fiscal de la Federación, de los créditos fiscales que lleguen a causarse en el caso de incumplimiento de las obligaciones de retornar dichos vehículos, en el caso de residentes en el extranjero.

b.          Documento donde se exprese la opinión favorable de la Secretaría de Economía.

c.          Copia del contrato de prestación de servicios, en su caso.

d.          Copia de la convocatoria y de la adjudicación del contrato que hayan sido publicadas en el Diario Oficial de la Federación.

Las personas solicitantes que sean residentes en territorio nacional, no están obligadas a presentar lo relativo al inciso a.

 

En caso de que el promovente sea persona moral, se deberá anexar el poder notarial o acta constitutiva en donde se faculte al representante legal para realizar actos de administración.

Este formato se deberá presentar por duplicado en el domicilio que se indica en forma personal o remitirse por conducto de empresa de mensajería con acuse de recibido.

 

DIA________ MES__________________ AÑO __________


 

Instructivo de llenado de la solicitud para la importación de vehículos especialmente construidos  o transformados, equipados con dispositivos o aparatos diversos para cumplir  con contrato derivado de licitación pública conforme a la regla 4.2.9.

 

-       Esta solicitud será llenada en dos tantos a máquina o con letra de molde, con bolígrafo a tinta negra o azul y las cifras no deberán invadir los límites de los recuadros.

-       El original se entregará en Oficialía de Partes de la Administración Central Jurídica Internacional  y de Normatividad de Grandes Contribuyentes de la Administración General de Grandes Contribuyentes y la copia con el sello de recibido será para el interesado.

Información General del Solicitante

1.     Señalará con una “X” si es o no residente en el país y si ha realizado solicitud ante otra autoridad, señalando el nombre de ésta.

2.     Anotará el nombre completo de la razón o denominación social y en su caso, el Registro Federal de Contribuyentes de la empresa a doce o trece posiciones según corresponda.

3.     Anotará el domicilio fiscal, así como el domicilio para oír y recibir notificaciones, especificando calle, número exterior e interior, colonia, Delegación o Municipio, Código Postal, Localidad, Entidad Federativa y teléfonos.

4.     Se señalarán a las personas autorizadas para oír y recibir notificaciones.

5.     Se anotarán las actividades generales a que se dedique el interesado.

6.     Asentará la descripción detallada del vehículo a importar temporalmente.

7.     Se asentará la razón o justificación de la necesidad por el cual se realiza el trámite.

Información del Representante Legal.

1.     Se asentarán los datos generales del Representante Legal del almacén general de depósito, especificando el nombre completo y el Registro Federal de Contribuyentes.

2.     Anotará el domicilio fiscal del representante legal, especificando calle, número exterior e interior, colonia, Delegación o Municipio, Código Postal, Localidad, Entidad Federativa y teléfonos.

3.     El solicitante (interesado o representante legal) asentará su firma autógrafa.

Documentos que deberán anexarse:

1.     Para efectos de que se le dé trámite a la presente solicitud, se deberá anexar la documentación completa.

2.     Por ningún motivo se admitirá la gestión de negocios, por lo que deberá acreditar la personalidad del representante legal facultado para realizar actos de administración, mediante cualquiera de los siguientes documentos:

-       Escritura Pública.

-       Carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas del otorgante y testigos ante las autoridades fiscales, notario o fedatario público.

3.     Esta solicitud en original, podrá presentarse de manera personal o enviarse a través del servicio de mensajería, al siguiente domicilio: Administración Central Jurídica Internacional y de Normatividad de Grandes Contribuyentes, Administración General de Grandes Contribuyentes, Avenida Hidalgo No. 77, Módulo III, 1er. piso, Colonia Guerrero, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06300. México, D.F.

"Para cualquier aclaración en el llenado de este formato, podrá obtener información de internet en las siguientes direcciones: www.shcp.gob.mx; www.sat.gob.mx; asisnet@shcp.gob.mx; asisnet@sat.gob.mx o comunicarse en el Distrito Federal al 01 800 463 6728, en la zona metropolitana de Monterrey al (81) 8047-1160, en la zona metropolitana de Guadalajara al (33) 3836-2120, en el resto del país lada sin costo: 01-800-90-450-00; o bien, acudir a los Módulos de Asistencia al Contribuyente de la Administración Local que corresponda a su domicilio fiscal. Quejas al teléfono 01-800-728-2000".

 


 

Marque con una X el tipo de solicitud de que se trate:

 

Inscripción

 

Si va a realizar alguno de los siguientes trámites proporcione el número y fecha de oficio con el que se otorgó la autorización.

 

 

 

Renovación

Los datos que proporcione en esta forma sustituirán a los que proporcionó cuando solicitó su autorización.

 

 

 

 

 

*En caso de renovación asegúrese de anexar los documentos que demuestren los datos que nos proporcionó.

ACUSE DE RECIBO

 

DATOS DE LA PERSONA MORAL SOLICITANTE

1. Denominación o razón social

 

 

RFC incluyendo la homoclave

2. Actividad preponderante

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

3. Domicilio fiscal

 

 

Calle:                                                Número y/o letra exterior:                                  Número y/o letra interior

 

Colonia                   C.P.                  Municipio/Delegación                                            Entidad federativa


 

4. Domicilio para oír y recibir notificaciones

 

 

Calle                                                 Número y/o letra exterior                                     Número y/o letra interior

 

Colonia                  C.P.                  Municipio/Delegación                                            Entidad federativa

 

 

 

Teléfono                                            Correo electrónico

 

DATOS DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA PERSONA MORAL SOLICITANTE

5. Nombre.

 

Apellido paterno                                       Apellido materno                                        Nombre

RFC incluyendo la homoclave

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Teléfono

Correo electrónico

DATOS DE LAS PERSONAS AUTORIZADAS PARA OIR Y RECIBIR NOTIFICACIONES.

6. Persona autorizada para oír y recibir notificaciones.

 

Apellido paterno                                        Apellido materno                                      Nombre

 

RFC incluyendo la homoclave

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Teléfono

Correo electrónico

6.1. Persona autorizada para oír y recibir notificaciones.

 

Apellido paterno                                      Apellido materno                                        Nombre

 

RFC incluyendo la homoclave

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Teléfono

Correo electrónico

 

6.2. Persona autorizada para oír y recibir notificaciones.

 

Apellido paterno                                        Apellido materno                                      Nombre

 

RFC incluyendo la homoclave

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Teléfono                                                                 Correo electrónico


 

DOCUMENTOS QUE ACREDITAN LOS DATOS DE LA PERSONA MORAL SOLICITANTE

7. Acta constitutiva de la persona moral solicitante.

 

Número del instrumento notarial o póliza mercantil

Fecha

 

 

Nombre y número del Notario o Corredor Público

Entidad Federativa

 8. Modificación (es) al acta constitutiva.

 

8.1. Modificación al acta constitutiva.

8.2. Modificación al acta constitutiva.

 

 

 

 

Número del instrumento notarial o póliza mercantil

Número del instrumento notarial o póliza mercantil

 

 

 

 

Fecha

Fecha

 

 

 

 

Nombre y número del Notario o Corredor Público

Nombre y número del Notario o Corredor Público

 

 

 

 

Entidad Federativa

Entidad Federativa

 

 

 

 

Descripción de la modificación

Descripción de la modificación

 

 

 

 

 

 

8. Modificación (es) al acta constitutiva.

8.3. Modificación al acta constitutiva.

8.4. Modificación al acta constitutiva.

 

 

Número del instrumento notarial o póliza mercantil

Número del instrumento notarial o póliza mercantil

 

 

Fecha

Fecha

 

 

Nombre y número del Notario o Corredor Público

Nombre y número del Notario o Corredor Público

 

 

Entidad Federativa

Entidad Federativa

 

 

Descripción de la modificación

Descripción de la modificación

 

 

 


 

9. Poder general para actos de administración que le otorgó la persona moral solicitante.

* De constar en el acta constitutiva, señálelo marcando una “X” en el cuadro.

 

 

Consta en el acta constitutiva. En caso de no constar en el acta constitutiva por favor señale los siguientes datos:

 

 

Número del instrumento notarial o póliza mercantil

Fecha

 

 

Nombre y número del Notario Público o corredor público

Entidad Federativa

 

 

 

10. Declara el solicitante que:

 

 

Está al corriente en el cumplimiento de las obligaciones fiscales.

 

 

Está activo en el RFC.

 

 

Que los documentos que se anexan avalan las condiciones señaladas en la presente solicitud.

 

10.1. Respecto del reconocimiento Aduanero, el solicitante declara que:

El último despacho con reconocimiento aduanero se realizó:

Importación (   ) Exportación (   )

Nombre y Número de aduana:______________________________

Número de pedimento: ______________________, Fecha: _______________

Se tomó muestra: Sí (   ) No (   )

En caso que sea afirmativo favor de indicar el lugar en el cual se tomó la muestra: Aduana (   ) Empresa (   )

En caso que de ser negativo, indicar el motivo: ____________________

 

 11. Anote la descripción detallada de la mercancía por la que se solicita el registro o su renovación y su fracción arancelaria.

* La fracción arancelaria de las mercancías debe señalarse de acuerdo a la Tarifa de la leyes de importación y de exportación.

Descripción

Fracción arancelaria

Descripción

Fracción arancelaria

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

12. Naturaleza de la mercancía por la que se solicita el registro o su renovación.

Nombre Comercial y Químico

Número de CAS (Chemical Abstracts Service)

Nombre Comercial y Químico

Número de CAS (Chemical Abstracts Service)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

13. Anote el estado de agregación de la mercancía

 

Líquido

 

 

Sólido

 

 

Gaseoso

 


 

14. Indique si la mercancía es considerada como:

 

Estéril

 

 

Radiactiva

 

 

Peligrosa

 

 

15. La exposición de la mercancía a las condiciones ambientales le ocasiona:

 

Daño

 

 

Inutilización

 

 

16. Se requiere para el muestreo de la mercancía:

 

Instalación Especial

 

 

Equipo especial

 

 

17. Medidas de seguridad y precauciones aplicables para la muestras de la mercancía:

 

(   ) Conservación (   ) Transporte (   )

Método de análisis sugerido______________________

Descripción del recipiente para su transporte y conservación:

________________________________________________________________________________

________________________________________________________________________________

________________________________________________________________________________

Lugar y fecha donde se realizó la toma de muestra:

________________________________________________________________________________

________________________________________________________________________________

Información técnica para la identificación de la mercancía:

________________________________________________________________________________

________________________________________________________________________________

________________________________________________________________________________

________________________________________________________________________________

________________________________________________________________________________

Destino de la mercancía:

________________________________________________________________________________

Uso de la mercancía:

________________________________________________________________________________

 

18. Anote el nombre y número de patente de los agentes aduanales o nombre y número de autorización de los apoderados aduanales autorizados para promover el despacho a nombre y en representación de la solicitante.

 

 

Nombre del agente o apoderado aduanal

Patente o autorización

Nombre del agente o apoderado aduanal

Patente o autorización

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

19. Señale los datos de la constancia de pago del derecho

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

$

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Fecha de pago

 

      Monto en moneda nacional

Denominación o razón social de la institución en la cual se realizo el pago

Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que los datos asentados en el presente documento son ciertos y que las facultades que me fueron otorgadas no han sido modificadas o revocadas.

 

NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL DEL SOLICITANTE


 

Documentos que se deben anexar a la solicitud.

 

A. Para inscripción al registro

 

 

 

Copia certificada del acta constitutiva de la empresa con datos de inscripción en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio.

 

 

 

 

Copia certificada del instrumento notarial con el que el firmante acredite sus facultades para realizar actos de administración.

 

 

 

 

Copia simple de la identificación oficial del representante legal.

 

 

 

 

 

Copia del comprobante de pago realizado a través del esquema electrónico e5cinco.

 

 

 

 

 

El pago de derechos será por cada muestra de mercancía por la que se solicite el registro o renovación, conforme a lo dispuesto en el artículo 52 de la LFD

 

 

 

Muestra de la mercancía que pretenda importar, así como su documentación técnica, conforme a lo dispuesto en el artículo 62 del Reglamento

 

 

 

 

Documentación técnica de la mercancía que se pretende importar conforme a lo dispuesto en el artículo 62 del Reglamento

 

 

 

 

Tratándose del registro de mercancías radiactivas, los interesados deberán presentar en lugar de sus muestras, el certificado de análisis expedido por el Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares (ININ), el cual deberá tener fecha de expedición no mayor a 15 días anteriores de la fecha de presentación de la solicitud ante la Administración Central de Regulación Aduanera, dicho certificado deberá indicar el radioisótopo de que se trate, la radicación que emite y su actividad.

 

 

 

 

 

 


 

B. Para renovar la inscripción al registro.

 

 

Copia certificada del acta constitutiva de la empresa con datos de inscripción en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio. (Este dato sólo aplica si tienen modificaciones posteriores al registro)

 

 

 

 

 

Copia certificada del instrumento notarial con el que el firmante acredite sus facultades para realizar actos de administración. (Este dato sólo aplica si tienen modificaciones posteriores al registro)

 

 

 

 

 

Copia simple de la identificación oficial del representante legal.

 

 

 

 

 

 

Copia del comprobante de pago realizado a través del esquema electrónico e5cinco.

 

 

 

 

 

 

 

El pago de derechos será por cada muestra de mercancía por la que se solicite el registro o renovación, conforme a lo dispuesto en el artículo 52 de la LFD.

 

 

 

Muestra de la mercancía que pretenda importar, así como su documentación técnica, conforme a lo dispuesto en el artículo 62 del Reglamento.

 

 

 

 

 

Documentación técnica de la mercancía que se pretende importar conforme a lo dispuesto en el artículo 62 del Reglamento.

 

 

 

 

 

Tratándose del registro de mercancías radiactivas, los interesados deberán presentar en lugar de sus muestras, el certificado de análisis expedido por el Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares (ININ), el cual deberá tener fecha de expedición no mayor a 15 días anteriores de la fecha de presentación de la solicitud ante la Administración Central de Regulación Aduanera, dicho certificado deberá indicar el radioisótopo de que se trate, la radicación que emite y su actividad.

 

 

 

 

 

 

 

INSTRUCCIONES GENERALES

Presente esta solicitud y los documentos anexos en original y dos copias, debidamente requisitado, en forma personal ante la:

Administración Central de Regulación Aduanera,

Administración General de Aduanas,

Calzada Legaria, número 608, primer piso,

Colonia Irrigación, C.P. 11500, México, D.F.

La solicitud que no se acompañe de la totalidad de los requisitos y documentación solicitada en la regla 3.1.18., se tendrá por no presentada, procediéndose a la devolución de la misma.

*Por favor anexe una copia de la solicitud para que la sellemos y la conserve como acuse de recibo.

 


 

Instructivo de trámite para  la inscripción  y renovación en el registro para la toma de muestras de mercancías conforme al artículo 45 de la Ley Aduanera

 

¿Quiénes lo realizan?

Los importadores o exportadores interesados en obtener o renovar su registro para la toma de muestras de mercancías  estériles, radioactivas, peligrosas para las que se requieran instalaciones  o equipos especiales para el muestreo.

¿Cómo se realiza?

Mediante el formato denominado “Solicitud para la inscripción o renovación en el registro para la toma de muestras de mercancías, conforme al artículo 45 de la Ley Aduanera”.

¿Cómo se proporciona información sobre el trámite?

Asistencia vía telefónica de lunes viernes de 09:00 a 18:00 horas.

Atención personalizada de lunes a viernes de 09:00 a 15:00 horas, Calzada Legaría No.608, Colonia Irrigación, Delegación Miguel Hidalgo, C.P 11500, México D.F.

Números telefónicos y correo electrónico.

En el Laboratorio de Aduanas, Administración de Regulación Aduanera “7”.

Tel: 5128 2544 (Q.F.B Eduardo Morales Ramírez) o 5128 2623 (Ing. Enrique H. Jiménez Ramírez).

Correos Electrónicos; eduardo.morales@sat.gob.mx; enrique.heron@sat.gob.mx.

¿Qué documento se obtiene?

Registro para la toma de muestras de mercancías conforme al Artículo 45 de la Ley Aduanera.

¿En qué casos se presenta?

Cuando los importadores o exportadores estén interesados en obtener o renovar su registro para la toma de muestras de mercancías estériles, radiactivas, peligrosas o las que requieran instalaciones o equipos especiales para su muestreo.

¿Qué procede una vez presentada la documentación?

Se les notificará vía oficio si es procedente el registro para efectuar el pago y presentar la muestra.

¿Cuál es la vigencia del trámite?

Un año a partir de la expedición del oficio de registro, siempre y cuando no se incurra en irregularidades en cuanto al uso del oficio de Registro.

¿Cuál es el trámite para la renovación del registro?

Los exportadores o importadores deberán presentar su solicitud de renovación con 45 días de anticipación a su vencimiento ante la ACRA, para lo cual deberán cumplir con los requisitos previstos en el formato denominado “Solicitud para la inscripción o renovación en el registro para la toma de muestras de mercancías, conforme al artículo 45 de la Ley Aduanera”

Disposiciones jurídicas aplicables:

Artículo 45 de la Ley 63 del Reglamento, regla 3.1.18.

 

 


Pedimento

El formato de Pedimento es un formato dinámico conformado por bloques, en el cual únicamente se deberán imprimir los bloques correspondientes a la información que deba ser declarada.

A continuación se presentan los diferentes bloques que pueden conformar un pedimento, citando la obligatoriedad de los mismos y la forma en que deberán ser impresos.

Cuando en un campo determinado, el espacio especificado no sea suficiente, éste se podrá ampliar agregando tantos renglones en el apartado como se requieran.

La impresión deberá realizarse de preferencia en láser en papel tamaño carta y los tamaños de letra serán como se indica a continuación:

INFORMACION

FORMATO DE LETRA

Encabezados de Bloque

Arial 9 Negritas u otra letra de tamaño equivalente.

De preferencia, los espacios en donde se presenten encabezados deberán imprimirse con sombreado de 15%.

Nombre del Campo

Arial 8 Negritas u otra letra de tamaño equivalente.

Información Declarada

Arial 9 u otra letra de tamaño equivalente.

 

El formato de impresión para todas las fechas será:

DD/MM/AAAA Donde

DD        Es el día a dos posiciones. Dependiendo del mes que se trate, puede ser de 01 a 31.

MM       Es el número de mes. (01 a 12).

AAAA   Es el año a cuatro posiciones.

 

ENCABEZADO PRINCIPAL DEL PEDIMENTO

El encabezado principal deberá asentarse en la primera página de todo pedimento. La parte derecha del encabezado deberá utilizarse para las certificaciones de banco y selección automatizada.

El código de barras bidimensional deberá imprimirse entre el acuse de recibo y el nombre de la aduana/sección de despacho.

PEDIMENTO

Página 1 de N

NUM. PEDIMENTO:                  T. OPER CVE. PEDIMENTO:                        REGIMEN:

CERTIFICACIONES

DESTINO:                      TIPO CAMBIO:                PESO BRUTO:              ADUANA E/S:

 

MEDIOS DE TRANSPORTE

VALOR DOLARES:

 

ENTRADA/SALIDA:

ARRIBO:

SALIDA:

VALOR ADUANA:

PRECIO PAGADO/VALOR

COMERCIAL:

 

DATOS DEL IMPORTADOR /EXPORTADOR

 

RFC:                                                              NOMBRE, DENOMINACION O RAZON SOCIAL:

CURP:

DOMICILIO:

 

 

VAL. SEGUROS

 

SEGUROS

FLETES

EMBALAJES

OTROS INCREMENTABLES

 

ACUSE ELECTRONICO  DE VALIDACION:

 

CLAVE DE LA SECCION ADUANERA DE DESPACHO:

 

 

 

MARCAS, NUMEROS Y TOTAL DE BULTOS:

 

FECHAS

TASAS A NIVEL PEDIMENTO

 

 

CONTRIB.

 

CVE. T. TASA

TASA

 

CUADRO DE LIQUIDACION

 

CONCEPTO

F.P.

IMPORTE

CONCEPTO

F.P.

IMPORTE

TOTALES

 

 

 

 

 

 

 

EFECTIVO

 

 

 

 

 

 

 

 

OTROS

 

 

 

 

 

 

 

 

TOTAL

 

 


 

ENCABEZADO PARA PAGINAS SECUNDARIAS DEL PEDIMENTO

El encabezado de las páginas 2 a la última página es el que se presenta a continuación.

ANEXO DEL PEDIMENTO

Página M de N

NUM. PEDIMENTO:                      TIPO OPER:                                    CVE. PEDIM:                                      RFC:

                                                                                                                                                                CURP:

 

PIE DE PAGINA DE TODAS LAS HOJAS DEL PEDIMENTO

El pie de página que se presenta a continuación deberá ser impreso en la parte inferior de todas las hojas del pedimento.

En todos los tantos deberán aparecer el RFC, CURP y nombre del Agente Aduanal, Apoderado Aduanal o Apoderado de Almacén.

Cuando el pedimento lleve la firma electrónica avanzada del mandatario, deberán aparecer su RFC y nombre después de los del Agente Aduanal.

AGENTE ADUANAL, APODERADO ADUANAL O DE ALMACEN

NOMBRE O RAZ. SOC:

RFC:                                     CURP:

MANDATARIO/PERSONA AUTORIZADA

NOMBRE:

RFC:                                     CURP:

 

DECLARO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, EN LOS TERMINOS DE LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 81 DE LA LEY ADUANERA: PATENTE O AUTORIZACION:

 

NUMERO DE SERIE DEL CERTIFICADO:

 

FIRMA ELECTRONICA AVANZADA:

 

El pago de las contribuciones puede realizarse mediante el servicio de “Pago Electrónico Centralizado Aduanero” (PECA), conforme a lo establecido en la regla 1.6.2., con la posibilidad de que la cuenta bancaria de la persona que contrate los servicios sea afectada directamente por el Banco. El agente o apoderado aduanal que utilice el servicio de PECA, deberá imprimir la certificación bancaria en el campo correspondiente del pedimento o en el documento oficial, conforme al Apéndice 20 “Certificación de Pago Electrónico Centralizado” del Anexo 22.

El Importador-Exportador podrá solicitar la certificación de la información contenida en este pedimento en: Administración General de Aduanas, Administración de Operación Aduanera “7”, Av. Hidalgo Núm. 77, Módulo IV, P.B., Col. Guerrero, C.P. 06300., México, D.F.

NOTA:     Cuando el pedimento lleve la firma electrónica avanzada del agente aduanal, no se deberán imprimir los datos del mandatario; tratándose de la leyenda de Pago Electrónico Centralizado Aduanero (PECA), ésta se deberá imprimir en el Pie de Página del pedimento, únicamente en la primera hoja (original y copias).

FIN DEL PEDIMENTO

Con el fin de identificar la conclusión de la impresión del pedimento, en la última página, se deberá imprimir la siguiente leyenda, inmediatamente después del último bloque de información que se haya impreso.

**********FIN DE PEDIMENTO ******NUM. TOTAL DE PARTIDAS: ******CLAVE PREVALIDADOR: **********


ENCABEZADO DE DATOS DEL PROVEEDOR O COMPRADOR

Se deberá imprimir la información de las facturas que ampara el pedimento. En caso de que varias facturas sean del mismo proveedor en la importación o sean para el mismo comprador a la exportación, la información de éste se imprimirá una sola vez, seguida del detalle de cada una de sus facturas.

DATOS DEL PROVEEDOR O COMPRADOR

ID. FISCAL

NOMBRE, DENOMINACION O RAZON SOCIAL

DOMICILIO:

VINCULACION

NUM. FACTURA

FECHA

INCOTERM

MONEDA FACT

VAL. MON. FACT

FACTOR MON. FACT

VAL. DOLARES

 

ENCABEZADO DE DATOS DEL DESTINATARIO

Cuando se trate de exportación, se deberá imprimir la información del destinatario inmediatamente después del encabezado de datos del comprador, cuando dicha información sea distinta a la del comprador. En caso de que se cuente con varios destinatarios, el bloque se imprimirá tantas veces como destinatarios amparen el pedimento.

DATOS DEL DESTINATARIO

ID. FISCAL

NOMBRE, DENOMINACION O RAZON SOCIAL

DOMICILIO:

 

DATOS DEL TRANSPORTE Y TRANSPORTISTA

TRANSPORTE

IDENTIFICACION:

PAIS:

TRANSPORTISTA

RFC

CURP

DOMICILIO/CIUDAD/ESTADO

 

CANDADOS

NUMERO DE CANDADO

 

 

 

 

 

 

 

1RA. REVISION

 

2DA. REVISION

 

GUIAS, MANIFIESTOS O CONOCIMIENTOS DE EMBARQUE

Se podrán imprimir tantos renglones como sean necesarios y en cada uno se podrá declarar la información hasta de tres números de guías, manifiestos o números de orden del conocimiento de embarque (número e identificador).

NUMERO (GUIA/ORDEN EMBARQUE)/ID:

 

 

 

 

 

 

 

CONTENEDORES/CARRO DE FERROCARRIL/NUMERO ECONOMICO DEL VEHICULO

Se podrán imprimir tantos renglones como sean necesarios y en cada uno se podrá declarar la información de contenedores, carro de ferrocarril y número económico de vehículo. (número y tipo).

NUMERO/TIPO

 

 

 

 

 

 


 

IDENTIFICADORES (NIVEL PEDIMENTO)

Se podrán imprimir tantos renglones como sean necesarios.

CLAVE/COMPL. IDENTIFICADOR

 

 

COMPLEMENTO 1

COMPLEMENTO 2

COMPLEMENTO 3

 

CUENTAS ADUANERAS Y CUENTAS ADUANERAS DE GARANTIA A NIVEL PEDIMENTO

CUENTAS ADUANERAS Y CUENTAS ADUANERAS DE GARANTIA

TIPO CUENTA:

CLAVE GARANTIA:

INSTITUCION EMISORA

NUMERO DE CUENTA:

FOLIO CONSTANCIA:

TOTAL DEPOSITO:

FECHA CONSTANCIA:

 

DESCARGOS

DESCARGOS

NUM. PEDIMENTO ORIGINAL:

FECHA DE OPERACION ORIGINAL:

CVE. PEDIMENTO ORIGINAL:

 

COMPENSACIONES

COMPENSACIONES

NUM. PEDIMENTO ORIGINAL:

FECHA DE OPERACION ORIGINAL:   CLAVE DEL GRAVAMEN:   IMPORTE DEL GRAVAMEN:

 

DOCUMENTOS QUE AMPARAN LAS FORMAS DE PAGO: FIANZA, CARGO A PARTIDA PRESUPUESTAL GOBIERNO FEDERAL, CERTIFICADOS ESPECIALES DE TESORERIA PUBLICO Y PRIVADO.

FORMAS DE PAGO VIRTUALES

 

FORMA DE PAGO

DEPENDENCIA O INSTITUCION EMISORA

NUMERO DE IDENTIFICACION DEL DOCUMENTO

FECHA DEL DOCUMENTO

IMPORTE DEL DOCUMENTO

SALDO DISPONIBLE

IMPORTE A PAGAR

 

Se podrán imprimir tantos renglones como sean necesarios y en cada uno se podrá declarar la información de un documento que ampare alguna de las formas de pago citadas.

OBSERVACIONES

El bloque correspondiente a observaciones deberá ser impreso cuando se haya enviado electrónicamente esta información, por considerar el Agente, Apoderado Aduanal o de Almacén conveniente manifestar alguna observación relacionada con el pedimento.

OBSERVACIONES

 


 

ENCABEZADO DE PARTIDAS

PARTIDAS

En la primera página que se imprima información de las partidas que ampara el pedimento, así como en las páginas subsecuentes que contengan información de partidas, se deberá imprimir el siguiente encabezado, ya sea inmediatamente después de los bloques de información general del pedimento o inmediatamente después del encabezado de las páginas subsecuentes.

Para cada una de las partidas del pedimento se deberán declarar los datos que a continuación se mencionan, conforme a la posición en que se encuentran en este encabezado.

PARTIDAS

 

FRACCION

SUBD.

VINC.

MET VAL

UMC

CANTIDAD UMC

UMT

CANTIDAD UMT

P. V/C

P. O/D

 

 

 

 

 

SEC

DESCRIPCION (RENGLONES VARIABLES SEGUN SE REQUIERA)

CON.

TASA

T.T.

F.P.

IMPORTE

 

VAL ADU/USD

IMP. PRECIO PAG.

PRECIO UNIT.

VAL. AGREG.

 

 

 

 

 

 

 

MARCA

MODELO

CODIGO PRODUCTO

 

 

 

 

 

 

NOTAS:          El renglón correspondiente a “Marca”, “Modelo” y “Código del Producto” únicamente tendrá que ser impreso cuando esta información haya sido transmitida electrónicamente.

 

MERCANCIAS

 

 

VIN/NUM. SERIE

KILOMETRAJE

VIN/NUM. SERIE

KILOMETRAJE

 

 

 

 

 

 

 

REGULACIONES, RESTRICCIONES NO ARANCELARIAS Y NOM

 

 

CLAVE

NUM. PERMISO O NOM

FIRMA DESCARGO

 

VAL. COM. DLS.

CANTIDAD UMT/C

 

 

 

 

 

IDENTIFICADORES (NIVEL PARTIDA)

 

IDENTIF.

 

COMPLEMENTO 1

COMPLEMENTO 2

COMPLEMENTO 3

 

 

 

 

 

 

CUENTAS ADUANERAS DE GARANTIA A NIVEL PARTIDA

 

CVE GAR.

INST. EMISORA

 

FECHA C.

NUMERO DE CUENTA

FOLIO CONSTANCIA

 

 

 

 

 

 

TOTAL DEPOSITO

 

PRECIO ESTIMADO

CANT. U.M. PRECIO EST.

 

 

 

 

 


 

DETERMINACION Y/O PAGO DE CONTRIBUCIONES POR APLICACION DEL ART. 303 TLCAN A NIVEL PARTIDA

Cuando la determinación y pago de contribuciones por aplicación del Artículo 303 del TLCAN se efectúe al tramitar el pedimento que ampare el retorno se deberá adicionar, a la fracción arancelaria correspondiente, el siguiente bloque:

DETERMINACION Y/O PAGO DE CONTRIBUCIONES POR APLICACION DE LOS ARTICULOS 303 DEL TLCAN, 14 DE LA DECISION O 15 DEL TLCAELC A NIVEL PARTIDA

 

DETERMINACION Y/O PAGO DE CONTRIBUCIONES POR APLICACION DE LOS ARTICULOS 303 DEL TLCAN, 14 DE LA DECISION O 15 DEL TLCAELC

 

 

 

 

 

 

VALOR MERCANCIAS NO ORIGINARIAS

MONTO IGI

 

 

 

 

 

 

OBSERVACIONES A NIVEL PARTIDA

El bloque correspondiente a observaciones a nivel partida deberá ser impreso cuando se haya enviado electrónicamente esta información, por considerar el Agente, Apoderado Aduanal o de Almacén conveniente manifestar alguna observación relacionada con la partida.

 

OBSERVACIONES A NIVEL PARTIDA

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

RECTIFICACIONES

DATOS DE LA RECTIFICACION

Cuando se trate de un pedimento de rectificación, el Agente o Apoderado Aduanal deberá imprimir el siguiente bloque en donde se hace mención al pedimento original y a la clave de documento de la rectificación inmediatamente después del encabezado de la primera página.

RECTIFICACION

PEDIMENTO ORIGINAL

CVE. PEDIM. ORIGINAL

CVE. PEDIM. RECT.

FECHA PAGO RECT.

 

DIFERENCIAS DE CONTRIBUCIONES A NIVEL PEDIMENTO

Después de la información de la rectificación, citada en el párrafo anterior, se deberá imprimir el cuadro de liquidación de las diferencias totales del pedimento de rectificación en relación a las contribuciones pagadas en el pedimento que se esté rectificando.

Cabe mencionar que los valores citados en este cuadro deberán coincidir con la certificación bancaria.

DIFERENCIAS DE CONTRIBUCIONES A NIVEL PEDIMENTO

CONCEPTO

F.P.

DIFERENCIA

CONCEPTO

F.P.

DIFERENCIA

DIFERENCIAS TOTALES

 

 

 

 

 

 

EFECTIVO

OTROS

 

 

 

 

 

 

 

DIF. TOTALES

 

 

NOTA:   Cuando se esté rectificando información a nivel pedimento, en el campo de Observaciones a Nivel Pedimento se deberá citar la corrección que se haya realizado.


 

PEDIMENTO COMPLEMENTARIO

ENCABEZADO DEL PEDIMENTO COMPLEMENTARIO

Cuando se trate de un pedimento complementario debido a la aplicación de los Artículos 303 del TLCAN, 14 de la Decisión o 15 del TLCAELC, el Agente o Apoderado Aduanal deberá imprimir el siguiente bloque inmediatamente después del encabezado principal del pedimento de la primera página.

PEDIMENTO COMPLEMENTARIO

 

Después del bloque de descargos, se deberá imprimir el siguiente bloque, esto cuando el pedimento  lo requiera.

PRUEBA SUFICIENTE

PRUEBA SUFICIENTE

PAIS DESTINO

NUM. PEDIMENTO EUA/CAN

PRUEBA SUFICIENTE

 

ENCABEZADO PARA DETERMINACION DE CONTRIBUCIONES A NIVEL PARTIDA PARA PEDIMENTOS COMPLEMENTARIOS AL AMPARO DEL ART. 303 DEL TLCAN.

DETERMINACION DE CONTRIBUCIONES A NIVEL PARTIDA

SEC

FRACCION

VALOR MERC NO ORIG.

MONTO IGI

TOTAL ARAN. EUA/CAN

MONTO EXENT.

F.P.

IMPORTE

 

UMT

CANT. UMT

FRACC. EUA/CAN

TASA EUA/CAN

ARAN. EUA/CAN

 

 

 

NOTA:     Cuando se trate de un pedimento complementario, para el cual existan diversas mercancías que fueron destinadas a EUA y a Canadá indistintamente, se deberán imprimir primero los bloques de “Prueba Suficiente” y “Encabezado para Determinación de Contribuciones a Nivel Partida para Pedimentos Complementarios al Amparo del Art. 303 del TLCAN”, para las mercancías destinadas a EUA y en forma inmediata se imprimarán los mismos bloques para las mercancías destinadas a Canadá.

ENCABEZADO PARA DETERMINACION DE CONTRIBUCIONES A NIVEL PARTIDA PARA PEDIMENTOS COMPLEMENTARIOS AL AMPARO DE LOS ARTICULOS 14 DE LA DECISION O 15 DEL TLCAELC.

DETERMINACION DE CONTRIBUCIONES A NIVEL PARTIDA

SEC

FRACCION

VALOR MERC NO ORIG.

MONTO IGI

F.P.

IMPORTE

 

 


Pedimento de importación. Parte II. Embarque parcial de mercancías

 

CODIGO DE BARRAS

 

Número de pedimento ___________________

Datos del vehículo ______________________

Candados oficiales _____________________

 

Tipo de mercancía

Cantidad en Unidades de Comercialización

Cantidad en Unidades de Tarifa

 

 

 

NUMERO DE SERIE DEL CERTIFICADO:

 

FIRMA ELECTRONICA AVANZADA:

 

 

___________________________

Nombre y firma

Instructivo de llenado de la forma pedimento de importación. Parte II. Embarque parcial de mercancías.

CAMPO

CONTENIDO

1.- Código de barras.

Se imprimirá en este espacio el código de barras bidimensional mismo que se deberá generar mediante programa de cómputo que proporciona el SAT.

2.- Número de pedimento.

El número asignado por el agente, apoderado aduanal o apoderado de almacén, integrado por quince dígitos, que corresponden a:

2     dígitos, del año de validación;

2     dígitos, de la aduana de despacho;

4     dígitos, del número de la patente o autorización otorgada por la AGA al Agente, Apoderado Aduanal o Apoderado de Almacén que promueve el despacho. Cuando este número sea menor a cuatro dígitos, se deberán anteponer los ceros que fueren necesarios para completar 4 dígitos;

7     dígitos, los cuales serán de numeración progresiva por aduana; en la que se encuentren autorizados para el despacho, asignada por cada agente, apoderado aduanal o apoderado de almacén, referido a todos los tipos de pedimento, empezando cada año con el numero 0000001.

NOTA:    Entre cada uno de estos datos, se deberán conservar dos espacios en blanco.

3.- Datos del vehículo.

Se anotará el número de contenedor o remolque, así como los datos de identificación del vehículo que transporta la mercancía, como son: modelo, número de placas de circulación y número de serie.

4.- Candados oficiales.

Se anotarán los números de candados oficiales con los que se aseguran las puertas de acceso al vehículo, cuando proceda.

5.- Tipo de mercancía.

Se anotará la descripción de las mercancías, naturaleza y características necesarias y suficientes para determinar su clasificación arancelaria.

6.- Cantidad en Unidades de Comercialización.

Se anotará la cantidad de mercancías en unidades de comercialización, de acuerdo a lo señalado en la factura o documento comercial respectivo.

7.- Cantidad en Unidades de Tarifa.

Se anotará la cantidad de mercancía correspondiente, conforme a la unidad de medida señalada en la TIGIE.

8.- Firma Electrónica Avanzada.

Firma Electrónica Avanzada del agente aduanal, apoderado aduanal, apoderado de almacén o mandatario del agente aduanal, que promueve el despacho.

9. Número de serie del certificado.

Número de serie del certificado de la firma electrónica avanzada del agente aduanal, apoderado aduanal, apoderado de almacén o mandatario del agente aduanal, que promueve el despacho.

10. Nombre y Firma.

Se anotará el nombre del apoderado aduanal, agente aduanal o apoderado de almacén, o del mandatario del agente aduanal que promueva y su firma autógrafa.


 

Pedimento de exportación. Parte II. Embarque parcial de mercancías

 

CODIGO DE BARRAS

 

Número de pedimento _________________

Datos del vehículo _____________________

Candados oficiales ____________________

 

Tipo de mercancía

Cantidad en Unidades de Comercialización

Cantidad en Unidades de Tarifa

 

 

 

 

 

____________________________

Nombre y firma

Instructivo de llenado de la forma pedimento de exportación. Parte II. Embarque parcial de mercancías.

CAMPO

CONTENIDO

1.- Código de barras.

Se imprimirá en este espacio el código de barras bidimensional mismo que se deberá generar mediante programa de cómputo que proporciona el SAT.

2.- Número de pedimento.

El número asignado por el agente, apoderado aduanal o apoderado de almacén, integrado por quince dígitos, que corresponden a:

2     dígitos, del año de validación;

2     dígitos, de la aduana de despacho;

 

4     dígitos, del número de la patente o autorización otorgada por la AGA al Agente o Apoderado Aduanal, Apoderado de Almacén que promueve el despacho. Cuando este número sea menor a cuatro dígitos, se deberán anteponer los ceros que fueren necesarios para completar 4 dígitos;

 

7     dígitos, los cuales serán de numeración progresiva por aduana, en la que se encuentren autorizados para el despacho, asignada por cada agente, apoderado aduanal o apoderado de almacén, referido a todos los tipos de pedimento, empezando cada año con el numero 0000001.

 

NOTA:    Entre cada uno de estos datos, se deberán conservar dos espacios en blanco.

3.- Datos del vehículo.

Se anotará el número de contenedor o remolque, así como los datos de identificación del vehículo que transporta la mercancía, como son: modelo, número de placas de circulación y número de serie.

4.- Candados oficiales.

Se anotarán los números de candados oficiales con los que se aseguran las puertas de acceso al vehículo, cuando proceda.

5.- Tipo de mercancía.

Se anotará la descripción de las mercancías, naturaleza y características necesarias y suficientes para determinar su clasificación arancelaria.

6.- Cantidad en Unidades de Comercialización.

Se anotará la cantidad de mercancías en unidades de comercialización, de acuerdo a lo señalado en la factura o documento comercial respectivo.

7.- Cantidad en Unidades de Tarifa.

Se anotará la cantidad de mercancía correspondiente, conforme a la unidad de medida señalada en la TIGIE.

8.- Nombre y firma.

Se anotará el nombre del apoderado aduanal, agente aduanal o de almacén, o el mandatario de agente aduanal que promueva y su firma autógrafa.

 

 

Pedimento de tránsito para el transbordo

HOJA _______ DE _______

 

No. DE PEDIMENTO ____________________________________________________

TIPO DE OPERACION _______________ CLAVE DE PEDIMENTO _______________

ADUANA/SECCION ORIGEN __________ ADUANA/SECCION DESTINO __________

PAIS DE ORIGEN ___________________ T.C. _______________________________

FECHA DE ENTRADA _______________ FECHA DE ARRIBO TRANSITO _________

 

IMPORTADOR/DESTINATARIO ___________________________________________

R.F.C.

______________________________________________________________________

DOMICILIO ____________________________________________________________

 

LINEA AEREA (1) ______________________ No. DE VUELO _______________ MATRICULA No. ________________

LINEA AEREA (2) ______________________ No. DE VUELO _______________ MATRICULA No. ________________

R.F.C.: _______________________________ No. DE REGISTRO LOCAL ____________________________________

 

 

DOMICILIO ___________________________________________________________________________________

VALOR M.E. ___________________________________________________________________________________

VALOR DLS. __________________________________________________________________________________

 

 

CANTIDAD

 

NUMEROS/FECHAS

 

FORMA FACTURACION

 

FACTURAS

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

GUIAS AEREAS

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

PROVEEDOR(ES)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

BULTOS

CANTIDAD

 

MARCAS

 

NUMEROS

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

DESCRIPCION DE LA(S) MERCANCIA(S)

PRECIO UNITARIO

VALOR EN ADUANA

U/M

CANTIDAD

PERMISO(S) AUTORIZACION(ES) E IDENTIFICADORES/CLAVE(S)/NUMEROS/FIRMA

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ACUSE DE RECIBO

CODIGO DE BARRAS

LIQUIDACION PROVISIONAL

CVE. F/P

IMPUESTOS

 

 

 

 

 

 

 

 

ENGOMADO O CANDADOS OFICIALES ASIGNADOS

 

 

OBSERVACIONES:

 

 

AGENTE O APODERADO ADUANAL

 

REPRESENTANTE DE LA LINEA AEREA

 

ENCARGADO DE LA VERIFICACION

 

 

 

 

 

 

 

 

NOMBRE Y FIRMA

 

NOMBRE Y FIRMA

 

NOMBRE Y FIRMA


Formato para “Impresión Simplificada del Pedimento”

La impresión simplificada del Pedimento es un formato dinámico conformado por bloques, en el cual se deberán imprimir únicamente los bloques que se indican en el presente, con la información transmitida al SAAI en el momento de la elaboración del pedimento a que se refiere el Instructivo para el llenado del pedimento del Anexo 22.

Este formato podrá presentarse para las tres copias del pedimento.

Primera copia:           “Transportista”.

Segunda copia:         “Importador” o “Exportador”. Tratándose de operaciones efectuadas por el apoderado aduanal de la empresa.

Tercera copia:            “Agente” o “Apoderado Aduanal”.

Podrá presentarse para el original que corresponde a la Aduana, al tramitarse los pedimentos conforme a las reglas 3.1.4., 3.7.3., 3.8.4., fracción XX, incisos a) y b), 4.5. 20., 4.5.31., fracción XI, 4.8.4., 4.8.6. y 4.8.7., fracción II.

A continuación se presentan los diferentes bloques que pueden conformar la impresión simplificada de un pedimento, citando la obligatoriedad de los mismos y la forma en que deberán ser impresos.

Cuando en un campo determinado, el espacio especificado no sea suficiente, éste se podrá ampliar agregando tantos renglones en el apartado como se requieran.

Cuando el dato de un campo no sea transmitido electrónicamente, según sea el caso, y que éste forme parte de un bloque que debe ser impreso, deberá llenarse el espacio del dato con la leyenda “N/A”.

La impresión deberá realizarse de preferencia en láser en papel tamaño carta y los tamaños de letra serán como se indica a continuación:

INFORMACION

FORMATO DE LETRA

Encabezados de Bloque

Arial 9 Negritas u otra letra de tamaño equivalente.

De preferencia, los espacios en donde se presenten encabezados deberán imprimirse con sombreado de 15%.

Nombre del Campo

Arial 8 Negritas u otra letra de tamaño equivalente.

Información Declarada

Arial 9 u otra letra de tamaño equivalente.

 

El formato de impresión para todas las fechas será:

DD/MM/AAAA Donde

DD    Es el día a dos posiciones. Dependiendo del mes que se trate, puede ser de 01 a 31.

MM   Es el número de mes. (01 a 12).

AAAA    Es el año a cuatro posiciones.

 

ENCABEZADO PRINCIPAL DEL PEDIMENTO

El encabezado principal deberá imprimirse como primer bloque de toda impresión simplificada del pedimento. La parte derecha del encabezado deberá utilizarse para las certificaciones de selección automatizada y la certificación de las instituciones bancarias autorizadas para recibir el pago de recaudaciones fiscales al comercio exterior.

La impresión del sub-bloque denominado “CUADRO DE LIQUIDACION” no es obligatorio en la copia que corresponde al transportista, primera copia del pedimento.

El código de barras bidimensional deberá imprimirse entre el acuse de recibo y el nombre de la aduana/sección de despacho.


 

IMPRESION SIMPLIFICADA DEL PEDIMENTO

NUM. PEDIMENTO:                        T. OPER                                         CVE. PEDIMENTO:

CERTIFICACIONES

DESTINO:                             PESO BRUTO:                                        ADUANA E/S:

 

DATOS DEL IMPORTADOR /EXPORTADOR

RFC:                                                              CURP:

ACUSE ELECTRONICO  DE VALIDACION:

 

CLAVE DE LA SECCION ADUANERA DE DESPACHO:

 

MARCAS, NUMEROS Y TOTAL DE BULTOS:

FECHAS

 

 

CUADRO DE LIQUIDACION

 

CONCEPTO

F.P.

IMPORTE

CONCEPTO

F.P.

IMPORTE

TOTALES

 

 

 

 

 

 

 

EFECTIVO

 

 

 

 

 

 

 

 

OTROS

 

 

 

 

 

 

 

 

TOTAL

 

 

 

NOTA: En los pedimentos que se tramiten conforme a la reglas 3.1.4., 3.7.3., 3.8.4., fracción XX, incisos a) y b), 4.5.20., 4.5.31., 4.8.4., 4.8.6. y 4.8.7., fracción II, los campos DESTINO, PESO BRUTO, MARCAS, NUMEROS Y TOTAL DE BULTOS deberán llevar impresa la leyenda  “N/A”.

CANDADO(S)

Para el renglón denominado NUMERO DE CANDADO se podrán imprimir tantos renglones como sean necesarios y en cada uno se podrá declarar la información hasta de seis números de candados

El renglón 1RA. REVISION y el renglón 2DA. REVISION solamente se imprimen una sola vez

NUMERO DE CANDADO

 

 

 

 

 

 

 

1RA. REVISION

 

2DA. REVISION

 

GUIAS, MANIFIESTOS O CONOCIMIENTOS DE EMBARQUE

Se podrán imprimir tantos renglones como sean necesarios y en cada uno se podrá declarar la información hasta de tres números de guías, manifiestos o números de orden del conocimiento de embarque (número e identificador).

NUMERO (GUIA/ORDEN EMBARQUE)/ID:

 

 

 

 

 

 

 

NOTA: Los bloques correspondientes a candados, guías, manifiestos o conocimientos de embarque y contenedores deberán imprimirse siempre que se trate de la primera copia del pedimento (copia correspondiente al transportista).

CONTENEDORES

Se podrán imprimir tantos renglones como sean necesarios y en cada uno se podrá declarar la información hasta de tres contenedores (número y tipo).

NUMERO / TIPO DE CONTENEDOR:

 

 

 

 

 

 

 

PIE DE PAGINA DEL FORMATO DE IMPRESION SIMPLIFICADA DEL PEDIMENTO

El pie de página que se presenta a continuación deberá ser impreso en la parte inferior como último bloque de la impresión simplificada del pedimento.

Deberán aparecer el RFC, CURP y nombre del Agente Aduanal, Apoderado Aduanal o Apoderado de Almacén, el número de serie del certificado y la firma electrónica avanzada.


 

AGENTE ADUANAL, APODERADO ADUANAL O DE ALMACEN

NOMBRE O RAZ. SOC:

RFC:                                                              CURP:

                                                                      MANDATARIO/PERSONA AUTORIZADA

NOMBRE:

RFC:                                                              CURP:

NUMERO DE SERIE DEL CERTIFICADO:

FIRMA ELECTRONICA AVANZADA:

_____________________________

 

El pago de las contribuciones puede realizarse mediante el servicio de “Pago Electrónico Centralizado Aduanero” (PECA), conforme a lo establecido en la regla 1.6.2., con la posibilidad de que la cuenta bancaria de la persona que contrate los servicios sea afectada directamente por el Banco. El agente o apoderado aduanal que utilice el servicio de PECA, deberá imprimir la certificación bancaria en el campo correspondiente del pedimento o en el documento oficial, conforme al Apéndice 20 “Certificación de Pago electrónico Centralizado” del Anexo 22.

El Importador-Exportador podrá solicitar la certificación de la información contenida en este pedimento en: Administración General de Aduanas, Administración de Operación Aduanera “7”, Av. Hidalgo Núm. 77, Módulo IV, P.B., Col. Guerrero C.P. 06300. México, D.F

NOTA:   Cuando el pedimento lleve la firma electrónica avanzada del agente aduanal, no se deberán imprimir los datos del mandatario; tratándose de la leyenda de Pago Electrónico Centralizado Aduanero (PECA), ésta se deberá imprimir en el Pie de Página del pedimento, únicamente en la primera hoja (original y copias).

__________________________

RECTIFICACIONES

DATOS DE LA RECTIFICACION

Cuando se trate de un pedimento de rectificación, el Agente o Apoderado Aduanal deberá imprimir el siguiente bloque en donde se hace mención al pedimento original y a la clave de documento de la rectificación inmediatamente después del encabezado principal.

RECTIFICACION

PEDIMENTO ORIGINAL

CVE. PEDIM. ORIGINAL

CVE. PEDIM. RECT.

FECHA PAGO RECT.

 

DIFERENCIAS DE CONTRIBUCIONES A NIVEL PEDIMENTO

Después de la información de la rectificación, citada en el bloque denominado “Datos de la rectificación”, se deberá imprimir el cuadro de liquidación de las diferencias totales del pedimento de rectificación en relación a las contribuciones pagadas en el pedimento que se esté rectificando.

La impresión de este bloque no es obligatorio en el caso del ejemplar que corresponde al transportista, primera copia del pedimento.

Cabe mencionar que los valores citados en este cuadro deberán coincidir con la certificación bancaria.

DIFERENCIAS DE CONTRIBUCIONES A NIVEL PEDIMENTO

CONCEPTO

F.P.

DIFERENCIA

CONCEPTO

F.P.

DIFERENCIA

DIFERENCIAS TOTALES

 

 

 

 

 

 

EFECTIVO

OTROS

 

 

 

 

 

 

 

DIF. TOTALES

 

 

PEDIMENTO COMPLEMENTARIO

ENCABEZADO DEL PEDIMENTO COMPLEMENTARIO

Cuando se trate de un pedimento complementario debido a la aplicación de los Artículos 303 del TLCAN, 14 de la Decisión o 15 del TLCAELC, el Agente o Apoderado Aduanal deberá imprimir el siguiente bloque inmediatamente después del encabezado principal de la impresión simplificada del pedimento.

PEDIMENTO COMPLEMENTARIO


Instructivo de trámite para la solicitud de clasificación arancelaria, de conformidad con la regla 1.2.6

Objetivo:

Obtener una resolución administrativa que resuelva la correcta clasificación arancelaria de la mercancía a importar o exportar, la cual será aplicable para operaciones realizadas con posterioridad a la presentación de la consulta.

Interesados:

Los importadores, exportadores y agentes o apoderados aduanales.

Forma de presentación:

Mediante escrito libre.

Lugar de presentación:

Ante la ACNCEA o la ACNI, según corresponda.

Plazo para presentarla:

En cualquier momento previamente a la operación de importación o exportación de mercancías de comercio exterior.

Modalidades:

I.        Cuando exista duda de que la mercancía se puede clasificar en más de una fracción arancelaria.

II.       Cuando se desconozca por completo la fracción arancelaria en la cual se ubica la mercancía de comercio exterior.

Requisitos:

I.        Cuando exista duda de que la mercancía se puede clasificar en más de una fracción arancelaria.

1.       Cumplir con lo dispuesto por los artículos 18 y 19 del Código,

2.       Señalar la fracción arancelaria que se considera aplicable y las razones que sustenten su apreciación,

3.       Señalar la fracción o fracciones con las que exista duda, y

4.       Anexar los elementos que permitan identificar plenamente a la mercancía para estar en condiciones de establecer su correcta clasificación arancelaria (muestras, catálogos, fotografías, planos, características técnicas, etc.).

II.       Cuando se desconozca por completo la fracción arancelaria en la cual se ubica la mercancía de comercio exterior.

1.       Cumplir con lo dispuesto por los artículos 18, 18-A y 19 del Código, y

2.       Anexar los elementos que permitan identificar plenamente a la mercancía para estar en condiciones de establecer su correcta clasificación arancelaria (muestras, catálogos, fotografías, planos, características técnicas, etc.).

En ambos casos, la solicitud también deberá ir acompañada de los siguientes documentos:

1.       Original o copia certificada para cotejo del poder general para actos de administración del representante legal de la persona que consulta cuando se trate de promociones que no se presenten por propio derecho.

2.       Original o copia certificada para cotejo de la identificación oficial vigente del representante legal de quien promueve o de la persona que lo hace por propio derecho.

3.       Documentación que ilustre y describa de manera detallada sus características físicas, técnicas, en forma cuantitativa y cualitativa.

4.       Muestras de las mercancías objeto de consulta. En caso de no contar con la muestra o que por su características de tamaño, uso o manejo especial, sea imposible su exhibición física, deberá presentar documentación que ilustre y describa de manera detallada sus características.

5.       Catálogos, fichas técnicas, etiquetas y en general toda la documentación que ilustre y describa de manera detallada las características de la mercancía.

6.       Cuando se trate de mercancías para las cuales sea necesario el análisis técnico químico-arancelario por parte de la ACRA de la AGA, deberá anexarse el comprobante de pago realizado a través del esquema electrónico e5cinco, en donde conste el pago por el servicio de análisis de laboratorio, por cada muestra a analizar.

 

Disposiciones jurídicas aplicables:

Artículos 47 de la Ley, 18, 18-A, 19, 34 del Código y regla 1.2.6.


Instructivo de trámite para inscribirse en el Padrón de Importadores y/o Padrón de Importadores de Sectores Específicos, de conformidad con la regla 1.3.2.

A. Inscripción en el Padrón de Importadores.

¿Quiénes lo realizan?

Las Personas físicas y morales que pretenden importar mercancías a territorio nacional.

¿Cómo se realiza?

Mediante el formato electrónico denominado “Inscripción al Padrón de Importadores”.

¿Cómo se presenta?

A través de la página electrónica www.sat.gob.mx, sección “Servicio al Contribuyente”, apartado “Padrón de Importadores”.

¿Cuándo se presenta?

Cuando se requiera el registro como importador.

Requisitos:

1.       FIEL vigente expedida por el SAT.

Tratándose de personas morales deberán utilizar su propia FIEL expedida por el SAT y no la de su representante legal.

2.       CIECF.

3.       Domicilio fiscal que se encuentre como localizado en el RFC o en proceso de verificación por parte de la ALSC.

4.       Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y acreditar dicha circunstancia a través de la opinión sobre el cumplimiento de las mismas, que obtengan en términos de lo dispuesto por la regla II.2.1.12. de la RMF.

5.       Estar inscrito y activo en el RFC, y en alguno de los supuestos del artículo 71 del Reglamento de la Ley.

Los requisitos mencionados anteriormente serán necesarios para tramitar su inscripción, así como para mantener su registro activo en el Padrón de Importadores.

¿A quienes se debe registrar en el formato electrónico?

A los agentes aduanales que realizarán sus operaciones de comercio exterior, en cumplimiento a la obligación prevista en el artículo 59, fracción III, segundo párrafo de la Ley.

¿Cómo se da a conocer el resultado de la solicitud y en qué plazo?

A través de la página electrónica www.sat.gob.mx, sección “Servicio al Contribuyente”, apartado “Padrón de Importadores”, en un término no mayor a 5 días contados a partir del día siguiente de la recepción de la solicitud.

B. Inscripción al Padrón de Importadores de Sectores Específicos.

¿Quiénes lo realizan?

Los contribuyentes que requieran importar de manera temporal o definitiva o destinar a los regímenes de depósito fiscal, de elaboración o reparación en recinto fiscalizado y de recinto fiscalizado estratégico, las mercancías de las fracciones arancelarias listadas en el apartado A del Anexo 10.

¿Cómo se genera la solicitud?

En la página electrónica www.sat.gob.mx, sección “Servicio al Contribuyente”, apartado “Padrón de Importadores”, en la opción denominada “Aumento o disminución de Sectores.

¿En qué casos no procede la inscripción?

Cuando las personas físicas o morales, se ubiquen en cualquiera de los supuestos señalados en la regla 1.3.3.

Requisitos:

1.       Encontrarse inscritos y activos en el Padrón de Importadores.

2.       Cumplir con requisitos previstos en el apartado A del presente instructivo.

3.       Tratándose de las fracciones arancelarias listadas en el Sector 2 del apartado A del Anexo 10, se deberá anexar a la solicitud en forma digitalizada cualquiera de los siguientes documentos emitidos por la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias de la Secretaría de Energía:

a)    Autorización para Adquisición y Transferencia.

b)    Autorización para Prestadores de Servicio.

c)     Licencia de Operación.

d)    Licencia para Posesión y Uso de Material.

¿Cómo se dará a conocer el resultado de la solicitud y en qué plazo?

En su portal privado ingresando a la página electrónica www.sat.gob.mx, sección “Servicio al Contribuyente”, apartado “Padrón de Importadores”, en un término no mayor a 10 días contados a partir del día siguiente del envío de dicha solicitud.

¿Qué procede en caso de que la solicitud haya sido rechazada?

El importador podrá generar nuevamente su solicitud, subsanando las inconsistencias observadas.

Disposiciones jurídicas aplicables:

Artículos 59, fracciones III y IV de la Ley, 71 y 72 de su Reglamento y regla 1.3.2.


Instructivo de trámite para dejar sin efectos la suspensión en el Padrón de Importadores y/o Padrón de Importadores de Sectores Específicos, de conformidad con la regla 1.3.5.

¿Quiénes lo realizan?

Las personas físicas y Morales que se encuentren suspendidas en el Padrón de Importadores y/o en el Padrón de Importadores de Sectores Específicos.

¿Cómo se realiza?

Ingresando a la página electrónica www.sat.gob.mx, sección “Servicio al Contribuyente”, apartado “Padrón de Importadores”.

¿ En qué casos se envía documentación adicional?

Cuando el contribuyente requiera presentar o enviar documentación para subsanar la irregularidad por la cual fue suspendido.

¿Dónde se presenta o envía la documentación?

Ante la ventanilla de control de gestión de la ACCG o utilizando el servicio de mensajería dirigido al domicilio de la ACCG, adjuntando el acuse electrónico de su promoción, en un plazo máximo de dos días contados a partir del envío de la solicitud, haciendo referencia a su número de folio, al correo electrónico padrondeimportadores@sat.gob.mx.

Requisitos:

1.     Documentación con la que acredite que ya quedó subsanada la irregularidad por la que fue suspendido el contribuyente en el Padrón de Importadores y/o en el Padrón de Importadores de Sectores Específicos.

2.     FIEL vigente expedida por el SAT.

                Tratándose de personas morales deberán utilizar su propia FIEL expedida por el SAT y no la de su representante legal.

3.     CIECF.

4.     Domicilio fiscal que se encuentre como localizado en el RFC o en proceso de verificación por parte de la ALSC.

5.     Acreditar que se encuentren al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, acreditando dicha circunstancia a través de la opinión sobre el cumplimiento de las mismas conforme a lo dispuesto en la regla II.2.1.12. de la RMF.

6.     Estar inscrito y activo en el RFC, y en alguno de los supuestos del artículo 71 del Reglamento de la Ley.

7.     Para la reincorporación del Sector 2 del apartado A del Anexo 10, se deberá anexar a la solicitud en forma digitalizada la Licencia o Autorización, vigente, para el uso o comercialización de material radiactivo, emitida por la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias de la Secretaría de Energía.

¿Cómo se dará a conocer el resultado de la solicitud?

A través de la página electrónica www.sat.gob.mx, sección “Servicio al Contribuyente”, apartado “Padrón de Importadores”, en un término no mayor a 30 días naturales contados a partir del día siguiente de la recepción de la solicitud.

 

¿Qué sucede si trascurrido el plazo antes citado, no se publica el resultado del dictamen en la página?

Se entenderá que el resultado es favorable.

¿Qué procede si la solicitud es rechazada?

El importador podrá generar de forma electrónica nuevamente su solicitud, subsanando las inconsistencias observadas.

Disposiciones jurídicas aplicables:

Artículo 59 fracción IV de la Ley, artículo 79 de su Reglamento y regla 1.3.5. de las RCGMCE vigentes.


Instructivo de trámite para autorización y prórroga de mandatarios de conformidad con la regla 1.4.2.

A. AUTORIZACION.

¿Quiénes lo realizan?

Agentes aduanales que no se encuentren sujetos a procedimiento de suspensión, cancelación o extinción de su patente.

¿Cómo se presenta?

Mediante escrito libre de conformidad con la regla 1.2.2., con la firma autógrafa del agente aduanal, así como la de los aspirantes a ser designados como sus mandatarios.

¿Dónde se presenta?

Ante la ACRA.

¿Qué documento se obtiene?

Autorización de mandatario de agente aduanal.

¿Cuándo se presenta?

En los casos en que el Agente Aduanal se encuentre interesado en obtener la autorización de los Mandatarios que lo representen para promover y tramitar el despacho.

Requisitos:

1.     Nombre completo, RFC y CURP del Agente Aduanal.

2.     Número de patente.

3.     Aduana de adscripción y número de autorización para actuar ante aduanas adicionales, en su caso, aduanas autorizadas.

4.     Domicilio desde el que transmita para validación los pedimentos en cada una de las aduanas autorizadas.

5.     Nombre de las personas que han fungido como sus representantes o mandatarios, el periodo en el cual tuvieron dicho carácter y las aduanas ante las cuales actuaron.

6.     Domicilio para oír y recibir notificaciones y su dirección de correo electrónico.

7.     Nombre completo, RFC, CURP, dirección de correo electrónico y el domicilio particular de cada uno de los aspirantes a mandatarios.

8.     En el caso de que los mismos hayan fungido como representantes o mandatarios de otro agente aduanal, se deberá indicar el nombre de éste, especificando el periodo y las aduanas ante las cuales actuaron como representantes o mandatarios.

       Manifestar la opción elegida conforme a lo siguiente:

1.     Que su aspirante sustente un examen que constará de dos etapas, una de conocimientos y la otra psicotécnica que aplicará la AGA, o

2.     Que su aspirante sustente únicamente la etapa psicotécnica que determine la AGA, siempre que el aspirante cuente con la certificación de la NTCL, emitida mediante publicación en el DOF por el CONOCER.

De acuerdo a la opción manifestada por el agente aduanal, el aspirante deberá cumplir con lo siguiente:

a)    Cuando el agente aduanal hubiera manifestado en su solicitud, la opción señalada en el numeral 1, el aspirante deberá presentarse a sustentar la etapa de conocimientos en la fecha, lugar y hora que previamente la ACRA le notifique al agente aduanal. En caso de que el aspirante apruebe la etapa de conocimientos, estará en posibilidad de presentar la etapa psicotécnica, en la fecha, lugar y hora que dicha autoridad le señale para tal efecto.

        A fin de sustentar la etapa de conocimientos y, en su caso, la psicotécnica, el aspirante deberá presentar la copia del comprobante de pago realizado a través del esquema electrónico e5cinco, a que hace referencia la regla 1.1.3., en la cual se haga constar el pago del derecho por concepto de examen para aspirante a mandatario de agente aduanal que corresponda a cada una de las etapas en los términos del artículo 51, fracción III, incisos a) y b) de la LFD.

b)    Cuando el agente aduanal hubiera manifestado en su solicitud, la opción señalada en el numeral 2, se estará a lo siguiente:

1.     La ACRA determinará el nombre de los aspirantes que deberán presentarse ante el SAT a sustentar la etapa psicotécnica, para lo cual se notificará al agente aduanal, la fecha, lugar y hora, en que deberá presentarse el aspirante a sustentar dicha etapa con la copia del comprobante de pago realizado a través del esquema electrónico e5cinco, a que hace referencia la regla 1.1.3., en la cual se haga constar el pago del derecho por concepto de examen para aspirante a mandatario de agente aduanal correspondiente a la etapa psicotécnica a que se refiere el artículo 51, fracción III, inciso b) de la LFD.

2.     En los casos en que los aspirantes no sean seleccionados por la ACRA para sustentar la etapa psicotécnica, el organismo de certificación acreditado por el CONOCER, deberá informar al agente aduanal el nombre de los aspirantes a mandatarios que deberán presentarse a aplicar la etapa psicotécnica con ese organismo, el cual deberá proporcionar en un plazo máximo de un mes a la ACRA el resultado, así como el soporte documental de las pruebas psicológicas que se le hubieran aplicado a los aspirantes a efecto de cumplir con la etapa psicotécnica.

·         La solicitud deberá ir acompañada de los siguientes documentos:

1.     Constancia en original, con la cual se acredite que el aspirante cuenta con experiencia en materia aduanera mayor de dos años y que contenga los datos generales de la persona física o moral que la expide.

2.     Currículum vitae actualizado del aspirante a mandatario.

3.     Copia de la constancia de relación laboral existente entre el aspirante a mandatario y el agente aduanal, la cual podrá ser la inscripción en el IMSS, al SAR o bien, del contrato de prestación de servicios.

4.     Copia de la cédula de identificación fiscal o constancia de registro fiscal del aspirante a mandatario.

5.     Copia de la CURP del aspirante a mandatario.

6.     Copia certificada del poder notarial que le otorgue el agente aduanal a los aspirantes a mandatarios, debiendo señalar que dicho poder se otorga para que lo representen en los actos relativos al despacho de mercancías, en las aduanas ante las cuales se encuentra autorizado, sin señalar el nombre de dichas aduanas.

7.     En los casos en que el agente aduanal hubiera manifestado en su solicitud, la opción señalada en el numeral 1 del presente Instructivo, deberá anexar el original del Certificado de Competencia Laboral, emitido por el organismo de certificación acreditado por el CONOCER, o bien, copia certificada por Notario Público del ejemplar original, el cual deberá haber sido expedido, dentro de los doce meses anteriores a la presentación de la solicitud.

8.     Disco compacto en el formato que cumpla con los lineamientos que determine la AGCTI para el SIREMA en la página electrónica www.aduanas.gob.mx.

B. PRORROGA.

¿Quiénes lo presentan?

Agentes aduanales que se encuentren activos en el ejercicio de sus funciones.

¿Cómo se presenta?

Mediante escrito libre con la firma autógrafa del agente aduanal, así como la del mandatario.

¿Dónde se presenta?

Ante la ACRA.

¿Qué documento se obtiene?

Prórroga a la Autorización de Mandatario de Agente Aduanal.

¿Cuándo se presenta?

Un mes antes del vencimiento de la última autorización o prórroga otorgada al Mandatario.

Requisitos:

1.     Nombre completo, RFC y CURP del Agente Aduanal.

2.     Número de patente.

3.     Aduana de adscripción y número de autorización para actuar ante aduanas adicionales, en su caso, aduanas autorizadas.

4.     Domicilio desde el que transmita para validación los pedimentos en cada una de las aduanas autorizadas.

5.     Domicilio para oír y recibir notificaciones y su dirección de correo electrónico.

6.     Nombre completo, RFC, CURP, dirección de correo electrónico y el domicilio particular de cada uno del mandatario.

7.     En el caso de que los mismos hayan fungido como representantes o mandatarios de otro agente aduanal, se deberá indicar el nombre de éste, especificando el periodo y las aduanas ante las cuales actuaron como representantes o mandatarios.

·         Manifestar la opción elegida conforme a lo siguiente:

1.     Que su mandatario acredita el cumplimiento de la NTCL, para lo cual deberá anexar el original del Certificado de Competencia Laboral, emitido por el organismo de certificación acreditado por el CONOCER, o bien, copia certificada por Notario Público del ejemplar original, el cual deberá haber sido expedido, dentro de los doce meses anteriores a la presentación de la solicitud, mismo que deberá tener una fecha de expedición no mayor a tres meses anteriores a la fecha del vencimiento de la autorización.

2.     Que su mandatario presentará la etapa de conocimientos, para efecto de que la ACRA notifique oportunamente al agente aduanal, la fecha, lugar y hora en que su mandatario deberá presentarse a sustentar dicha etapa, debiendo anexar la copia del comprobante de pago realizado a través del esquema electrónico e5cinco, a que hace referencia la regla 1.1.3., en la cual se haga constar el pago del derecho correspondiente a que se refiere el artículo 51, fracción III, inciso a) de la LFD.

·         La solicitud deberá ir acompañada de los siguientes documentos:

Copia del comprobante de pago realizado a través del esquema electrónico e5cinco, a que hace referencia la regla 1.1.13., en el cual se haga constar el pago del derecho por concepto de prórroga a la autorización de mandatario de agente aduanal, conforme a lo establecido en el penúltimo párrafo del artículo 40 de la LFD, señalando en el formato el nombre del mandatario que corresponda.

Disposiciones jurídicas aplicables:

Artículo 160, fracción VI de la Ley y regla 1.4.2.


 

Instructivo de trámite para la autorización de mandatario de agentes aduanales que hubieran obtenido su patente por sustitución, de conformidad con la regla 1.4.3.

¿Quiénes lo realizan?

Los Agentes Aduanales que hubieran obtenido su patente por sustitución, de conformidad con lo establecido en el artículo 163, fracción VII y 163-A de la Ley, y que no se encuentren sujetos a procedimiento de suspensión, cancelación o extinción de su patente.

¿Cómo se realiza?

Mediante escrito libre de conformidad con la regla 1.2.2., con la firma autógrafa del agente aduanal, así como la del mandatario.

¿Dónde se presenta?

Ante la ACRA de manera personal o se envía a través del servicio de mensajería.

¿Qué documento se obtiene?

Autorización de Mandatario de Agente Aduanal

¿En qué casos se presenta?

Cuando el Agente Aduanal se encuentre interesado en designar como mandatarios, a las personas que se encontraban autorizadas para fungir como mandatarios, en el momento en que se dio el supuesto de fallecimiento, incapacidad permanente o retiro voluntario del agente aduanal cuya patente sustituyen.

Requisitos:

1.     Nombre completo, RFC y CURP del agente aduanal.

2.     Número de patente.

3.     Aduana de adscripción y número de autorización para actuar ante aduanas adicionales, en su caso, aduanas autorizadas.

4.     Domicilio fiscal.

5.     Domicilio para oír y recibir notificaciones, teléfono y dirección de correo electrónico.

6.     Nombre completo, RFC, CURP y dirección de correo electrónico del Mandatario.

·         La solicitud deberá ir acompañada de lo siguiente:

1.     Copia certificada del poder notarial que le otorgue el agente aduanal a los mandatarios, debiendo señalar que el poder se otorga para que lo representen en los actos relativos al despacho de mercancías, en las aduanas ante las cuales se encuentra autorizado, sin señalar el nombre de dichas aduanas.

2.     Copia del comprobante de pago realizado a través del esquema electrónico e5cinco, a que hace referencia la regla 1.1.3., en el cual se haga constar el pago del derecho que corresponda a la fecha de la emisión de la autorización, por concepto de la autorización de mandatario de agente aduanal a que se refiere el artículo 40, inciso n) de la LFD.

3.     Disco compacto en el formato que cumpla con los lineamientos que determine la AGCTI, para el SIREMA, en la página electrónica www.aduanas.gob.mx.

Disposiciones jurídicas aplicables:

Artículo 160, fracción VI de la Ley y reglas 1.2.2., y 1.4.3.

 


Instructivo de trámite para autorización de aduana adicional de conformidad con la regla 1.4.6.

¿Quiénes lo realizan?

Agentes aduanales que no se encuentren sujetos a procedimiento de suspensión, cancelación o extinción de su patente.

¿Cómo se realiza?

Mediante escrito libre de conformidad con la regla 1.2.2., con la firma autógrafa del agente aduanal.

¿Dónde se presenta?

Ante la ACRA de manera personal o se envía a través del servicio de mensajería.

¿Qué documento se obtiene?

Acuerdo de autorización de aduana adicional.

¿Cuándo se presenta?

En los casos en que el agente aduanal se encuentre interesado en obtener la autorización para actuar en una aduana adicional a la de su adscripción, con un máximo de 3 aduanas adicionales.

¿Qué procede en caso de que los datos estén incompletos o presenten inconsistencias?

La ACRA, podrá dar aviso al agente aduanal vía correo electrónico de esta circunstancia, a la dirección que, en su caso, haya indicado en su solicitud, a efecto de que las subsane presentando un escrito conforme al presente instructivo.

Requisitos:

1.     Nombre completo, RFC, CURP.

2.     Número de patente.

3.     Aduana de adscripción y número de autorización para actuar ante aduanas adicionales, en su caso.

4.     Domicilio fiscal.

5.     Dirección de correo electrónico.

6.     Número telefónico de sus oficinas

7.     Domicilio para oír y recibir notificaciones.

8.     Denominación o razón social, RFC y domicilio fiscal de las sociedades que hubiera constituido para facilitar la prestación de sus servicios.

9.     Aduana adicional en la que desea actuar.

10.   Domicilio para oír y recibir notificaciones dentro de la circunscripción de la aduana donde desea actuar.

11.   Domicilio para oír y recibir notificaciones de la aduana de adscripción y en su caso de las aduanas adicionales autorizadas en las que opera.

12.   En caso de sustitución de alguna de las tres aduanas adicionales autorizadas, se deberá señalar la aduana o aduanas que serán sustituidas.

 

Disposiciones jurídicas aplicables:

Artículo 161 de la Ley y reglas 1.2.2., 1.4.6.

 


Instructivo de trámite para presentar el aviso de las sociedades que los agentes aduanales constituyan, modifiquen o se incorporen para facilitar la prestación de sus servicios, de conformidad con la regla 1.4.9.

¿Quiénes lo realizan?

Agentes aduanales que constituyan o se incorporen a sociedades para facilitar la prestación de sus servicios.

¿Cómo se realiza?

Mediante escrito libre de conformidad con la regla 1.2.2., con la firma autógrafa del Agente Aduanal.

¿Dónde se presenta?

Ante la ACRA de manera personal o se envía a través del servicio de mensajería.

¿En qué casos se presenta?

Cuando los Agentes Aduanales constituyan o modifiquen una sociedad que tenga por objeto  facilitar la prestación de sus servicios, o se incorporen a alguna sociedad constituida para esos efectos.

¿Cuándo se presenta?

Dentro de los 15 días siguientes a aquél en que se hubiera constituido la sociedad de que se trate.

¿Quién puede presentar el aviso de la sociedad que se constituye cuando ésta esté constituida por varios agentes aduanales?

Cualquiera de los agentes aduanales que la integran, dentro del plazo establecido, señalando en su escrito el nombre de los agentes aduanales que forman parte de la sociedad y se tendrá por cumplida la obligación prevista en el artículo 162, fracción XII de la Ley, únicamente para los agentes aduanales que se mencionen en el escrito.

¿Qué documentación se debe presentar por cada sociedad de la cual se esté dando aviso?

Copia certificada del acta constitutiva de la sociedad y, en su caso, el instrumento notarial, donde conste que la sociedad está integrada por mexicanos, así como que la sociedad y sus socios, salvo los propios agentes aduanales, no adquirirán derecho alguno sobre la patente, ni disfrutarán de los derechos que la Ley confiere a los agentes aduanales.

¿Cuándo se debe presentar la documentación por cada sociedad de la cual se esté dando aviso?

Anexa al aviso a que se refiere el presente instructivo o a más tardar dentro de los dos meses siguientes a la fecha de la presentación de dicho aviso.

¿En qué casos se debe dar aviso por modificación a las sociedades constituidas por los agentes aduanales para facilitar la prestación de sus servicios?

1. Por cambio de denominación, razón social, domicilio fiscal, clave del RFC, objeto social de la sociedad, o bien de los socios que la integran.

2. Cuando se modifique el objeto social de la sociedad, para no facilitar la prestación de los servicios de la patente de alguno de los agentes aduanales que forman parte.

¿Cómo se presenta el aviso por modificación a las sociedades?

Mediante escrito presentado por alguno de los agentes aduanales integrantes de la sociedad o por el agente aduanal involucrado en el supuesto del numeral 2.

¿Cuándo se debe presentar el aviso por modificación a las sociedades?

Dentro de los 15 días siguientes a aquél en que se efectúe dicho cambio.

¿Qué se debe presentar con el aviso por modificación a las sociedades?

Copia certificada del instrumento notarial en el cual conste la modificación correspondiente, así como copia simple de la nueva cédula de identificación fiscal, en caso de cambio de denominación o razón social.

¿Cuándo se debe presentar el aviso en el supuesto de que algún agente aduanal se incorpore a una sociedad previamente constituida?

Dentro de los 15 días siguientes a la referida incorporación.

¿Qué documentación se debe presentar con el aviso en el supuesto de que algún agente aduanal se incorpore a una sociedad previamente constituida?

Adicionalmente se deberá presentar copia certificada del instrumento notarial en el cual conste que dicha incorporación tuvo como objeto facilitar la prestación de sus servicios.

¿Quién puede presentar la documentación en el supuesto de que se incorpore a la sociedad más de un agente aduanal?

Alguno de los agentes aduanales que se incorporen, señalando en su escrito el nombre de los agentes aduanales que se incorporan, y se tendrá por cumplida la obligación prevista en el artículo 162, fracción XII de la Ley, únicamente para los agentes aduanales que se mencionen en el escrito.

¿Cuándo se debe presentar el aviso en el supuesto de en los casos en que se incorpore más de un agente aduanal a una sociedad previamente constituida?

Anexa al aviso o a más tardar dentro de los dos meses siguientes a la fecha de la presentación de dicho aviso.

Requisitos:

1.      Nombre del agente aduanal.

2.      Número de patente y en su caso número de autorización para actuar ante aduanas adicionales, en su caso.

3.      RFC.

4.      Domicilio fiscal.

5.      Domicilio para oír y recibir notificaciones.

6.      Dirección de correo electrónico.

7.      Teléfono de su oficina.

8.      Denominación de la sociedad o sociedades que constituyan, modifiquen o se incorporen, indicando el RFC y domicilio fiscal de las mismas.

Disposiciones jurídicas aplicables:

Artículo 162, fracción XII de la Ley y la reglas 1.2.2., 1.4.9.


Instructivo de trámite para autorización de agentes aduanales sustitutos, de conformidad con la regla 1.4.11.

¿Quiénes lo realizan?

Los Agentes Aduanales que no se encuentren sujetos a procedimiento de suspensión, cancelación o extinción de su patente o aquellos que hubieran solicitado autorización para suspender voluntariamente sus actividades.

¿Cómo se realiza?

Mediante escrito libre de conformidad con la regla 1.2.2., con la firma autógrafa del Agente Aduanal, así como de la persona que propone para ser designado como sustituto.

¿Dónde se presenta o envía la documentación?

Ante la ACRA de manera personal o a través del servicio de mensajería.

¿Qué documento se obtiene?

Autorización de agente aduanal sustituto.

¿En qué caso se presenta?

Cuando el agente aduanal se encuentre interesado en obtener la autorización de su agente aduanal sustituto.

¿Qué procede cuando los datos o documentación estén incompletos o presenten inconsistencias?

La ACRA, podrá dar aviso al agente aduanal vía correo electrónico de esta circunstancia, a la dirección que, en su caso, haya indicado en su solicitud, a efecto de que las subsane presentando un escrito. Asimismo, podrá dar a conocer vía correo electrónico la fecha en que el agente aduanal deberá presentarse a ratificar o revocar la designación de su sustituto.

¿Qué procede una vez cubiertos los requisitos por el agente aduanal?

La AGA notificará oportunamente al agente aduanal la fecha, lugar y hora, en que deberá presentarse para ratificar mediante acta la designación mencionada. El original del acta de ratificación deberá ser entregada al agente aduanal.

¿Qué procede en caso de que el agente aduanal decida revocar la designación que hubiera hecho de su sustituto?

Deberá comunicarlo a la autoridad mediante escrito libre que presente ante la ACRA, a fin de que dicha unidad administrativa le notifique al agente aduanal la fecha, lugar y hora para ratificar mediante acta la revocación presentada. Una vez efectuada la ratificación de la revocación, la designación quedará sin efectos y el agente aduanal estará en posibilidad de designar a otra persona física como su agente aduanal sustituto.

¿Qué procede una vez exhibida la totalidad de los documentos?

La AGA citará a la persona designada como sustituto, para que previo pago de los derechos respectivos, a través del esquema electrónico e5cinco, a que hace referencia la regla 1.1.3., se presente a sustentar el examen de conocimientos y el examen psicotécnico, que se aplican a los aspirantes a agentes aduanales por parte de las autoridades aduaneras.

¿Cómo se llevarán a cabo las evaluaciones de las personas designadas como sustitutos?

Se llevarán a cabo bimestralmente, aplicando de manera integral en un lapso de 3 días, el examen de conocimientos y el examen psicotécnico, el cual constará de dos etapas.

Requisitos:

I.       Información que deben señalar los Agentes Aduanales interesados en proponer un agente aduanal sustituto:

Datos del agente aduanal:

1.       Nombre completo.

2.       Número de patente.

3.       Número de autorización para actuar ante aduanas adicionales, en su caso.

4.       RFC, CURP.

5.       Aduana de adscripción, aduanas adicionales autorizadas.

6.       Domicilio fiscal.

7.       Dirección de correo electrónico.

8.       Número telefónico de sus oficinas.

9.       Domicilio para oír y recibir notificaciones.

Datos de la persona que se designa como sustituto:

1.       Nombre completo.

2.       Domicilio particular.

3.       RFC, CURP.

4.       Dirección de correo electrónico.

Anexando a la promoción la siguiente documentación relativa a la persona propuesta:

1.       Copia certificada de su acta de nacimiento.

2.       Copia simple de la cédula de identificación fiscal o constancia de registro fiscal.

3.       Copia simple de su CURP.

4.       Curriculum Vitae.

II.      Documentación que debe presentar la persona física designada como sustituto:

1.       Declaratoria formulada bajo protesta de decir verdad, en la cual se señale de manera textual lo siguiente:

a).     No haber sido condenado por sentencia ejecutoriada por delito doloso, ni sufrido la cancelación de su patente o autorización, en caso de haber sido agente o apoderado aduanal.

b).     No tener antecedentes penales.

2.       Tres cartas de recomendación en original, en las que conste que goza de buena reputación personal, señalando los datos generales del signatario.

3.       Constancia en original que acredite que cuenta con experiencia en la materia aduanera mayor de 3 años describiendo las funciones.

4.       Copia certificada por notario público, del título y cédula profesional o de su equivalente en los términos de la ley de la materia.

La fecha de formulación de la declaratoria y de las cartas referidas, no deberá ser mayor de tres meses anteriores a su exhibición ante la AGA.

Disposiciones jurídicas aplicables:

Artículos 163, fracción VII y 163-A de la Ley y reglas 1.2.2. y 1.4.11.

 


Instructivo de trámite para retiro voluntario del agente aduanal y para la expedición de patente en virtud del fallecimiento o retiro voluntario del Agente Aduanal al cual se sustituye, de conformidad con la regla 1.4.12.

A. Retiro voluntario del agente aduanal.

Quiénes lo realizan?

Los agentes aduanales que no se encuentren sujetos a procedimiento de suspensión, cancelación o extinción de su patente.

¿Cómo se realiza?

Mediante escrito libre de conformidad con la regla 1.2.2., con la firma autógrafa del agente aduanal.

¿Dónde se presenta?

Ante la ACRA de manera personal o se envía a través del servicio de mensajería.

¿Qué documento se obtiene?

Acuerdo de Retiro Voluntario de la patente del agente aduanal.

¿En qué casos se presenta?

Cuando los agentes aduanales estén interesados en obtener el retiro voluntario a su patente, a efecto de que ésta sea otorgada a la persona autorizada como su agente aduanal sustituto.

¿Qué procede una vez presentada la solicitud?

La AGA notificará oportunamente al agente aduanal la fecha, lugar y hora, en que deberá presentarse para ratificar mediante acta la solicitud de retiro voluntario. Un ejemplar con firma autógrafa del acta de retiro voluntario será entregado al agente aduanal.

Requisitos:

1.       Nombre.

2.       RFC.

3.       Número de patente.

4.       Número de autorización para actuar ante aduanas adicionales, en su caso.

5.       Domicilio fiscal.

6.       Domicilio para oír y recibir notificaciones.

7.       Dirección de correo electrónico.

8.       Teléfono de su oficina.

9.       Nombre de la persona autorizada como su agente aduanal sustituto.

B. Expedición de patente en virtud del fallecimiento o retiro voluntario del Agente Aduanal  al cual se sustituye.

¿Quiénes lo realizan?

La persona autorizada como agente aduanal sustituto interesada en solicitar la expedición de patente.

¿Cómo se realiza?

Mediante escrito libre con la firma autógrafa del sustituto autorizado.

¿Dónde se presenta?

Ante la ACRA de manera personal o se envía o a través del servicio de mensajería.

¿Qué documento se obtiene?

Acuerdo de Autorización de Patente de Agente Aduanal.

¿Cuándo se presenta?

Cuando ocurre el fallecimiento o retiro voluntario del agente aduanal al cual se va a sustituir.

¿Qué procede una vez entregado el Acuerdo de Autorización de Patente de Agente Aduanal?

El agente aduanal podrá iniciar con el trámite de registro local y oficialización de gafetes, en las aduanas ante las cuales hubiera sido autorizado.

Requisitos:

1.     Nombre.

2.     RFC, CURP.

3.     Domicilio fiscal.

4.     Domicilio para oír y recibir notificaciones.

5.     Dirección de correo electrónico.

6.     Teléfono de su oficina.

7.     Nombre, número de patente y número de autorización para actuar ante aduanas distintas a la de adscripción en su caso, y aduanas autorizadas del agente aduanal al cual se sustituye.

8.     Indicar el motivo de la sustitución (retiro voluntario  o fallecimiento del agente aduanal al cual se va a sustituir)

Asimismo, en la solicitud de expedición de patente, podrá solicitar la autorización de sus mandatarios, conforme a lo establecido en la regla 1.4.3., para lo cual deberá indicar el nombre de las personas que desea sean autorizadas, y también podrá solicitar autorización para actuar en aduanas adicionales a las cuales se encontraba autorizado para actuar el agente aduanal al cual sustituye, para lo cual deberá cumplir con lo señalado en la regla 1.4.6 y proporcionar en su escrito la información a que hace referencia dicha regla.

Deberá anexar la siguiente documentación:

1.     Copia del comprobante de pago realizado a través del esquema electrónico e5cinco, a que hace referencia la regla 1.1.3., donde conste el pago correspondiente por concepto de expedición de patente de agente aduanal, conforme a lo establecido en el artículo 51, fracción II de la LFD.

2.     Cuatro fotografías tamaño título.

3.     Declaratoria formulada bajo protesta de decir verdad, en la cual señale de manera textual lo siguiente:

a)    No ser servidor público, excepto tratándose de cargos de elección popular, ni militar en servicio activo.

b)    No tener parentesco por consanguinidad en línea recta sin limitación de grado y colateral hasta el cuarto grado, ni por afinidad, con el administrador de la aduana de adscripción de la patente.

4.     Copia certificada del acta de defunción del agente aduanal al cual se sustituye, en caso de fallecimiento del agente aduanal.

Disposiciones jurídicas aplicables:

Artículo 163, fracción VII y 163-A de la Ley y reglas 1.2.2. y 1.4.12.


Instructivo de trámite para designar apoderados aduanales, de conformidad con la regla1.4.16.

A.    Personas físicas o morales.

¿Quiénes lo realizan?

Las personas físicas o morales.

¿Cómo se realiza?

Mediante escrito libre de conformidad con la regla 1.2.2.

¿Dónde se presenta?

Ante la ACRA de manera personal o se envía a través del servicio de mensajería.

¿Qué documento se obtiene?

Autorización para actuar como apoderado aduanal.

¿En qué casos se presenta?

Cuando las personas físicas o morales deseen designar a sus apoderados aduanales.

¿Qué procede una vez cubiertos los requisitos?

La AGA citará oportunamente al aspirante para que, previo pago de los derechos respectivos, a través del esquema electrónico e5cinco, a que hace referencia la regla 1.1.3., se presente a sustentar el examen de conocimientos que practiquen las autoridades aduaneras y un examen psicotécnico, en términos del artículo 168, fracción VII de la Ley.

¿Qué procede en caso de que no se acompañe a la solicitud la totalidad de los documentos requeridos?

No se tramitarán la misma.

¿Qué procede si el aspirante aprueba el examen de conocimientos?

Estará en posibilidad de presentar el examen psicotécnico.

¿Qué procede en caso de que el aspirante no apruebe el examen psicotécnico?

Podrá volver a presentarlo, siempre que hubiere transcurrido un plazo de seis meses, a partir de la presentación de dicho examen.

¿Cuándo otorgará la AGA la autorización de apoderado aduanal?

Una vez aprobados ambos exámenes, previo pago de derechos a través del esquema electrónico e5cinco, a que hace referencia la regla 1.1.3.

Requisitos:

1.     La solicitud deberá estar firmada por la persona física o por el representante legal de la persona moral, en su caso y por el aspirante y cumplir además de lo dispuesto en los artículos 168 de la Ley y 191 de su Reglamento, con lo siguiente:

a)      Nombre, denominación o razón social de la empresa solicitante, así como el nombre de su representante legal, en su caso.

b)      Nombre completo, RFC y CURP del aspirante, así como el domicilio para oír y recibir notificaciones y su número telefónico.

c)      Establecer la aduana de adscripción en donde solicita operar.

d)      En el caso de haber sido apoderado aduanal, señalar el nombre completo, denominación o razón social de la persona física o moral para las que actuó con ese carácter y la fecha en que se revocaron las autorizaciones respectivas.

e)      El aspirante deberá manifestar bajo protesta de decir verdad, que no es servidor público, ni militar en servicio activo.

f)       El aspirante deberá manifestar que no tiene parentesco por consanguinidad en línea recta sin limitación de grado y colateral hasta el cuarto grado, ni por afinidad, con el administrador de la aduana de adscripción.

g)      La persona física o moral solicitante, deberá manifestar bajo protesta de decir verdad, que le consta que el aspirante goza de buena reputación personal.

2.     Asimismo, se deberá anexar a la solicitud la documentación siguiente:

a)      Copia certificada por notario o fedatario público del documento con el que acredite la personalidad jurídica con que se ostenta el representante legal de la empresa.

b)      Copia simple de la constancia de relación laboral del aspirante, pudiendo ser la del IMSS o del SAR.

c)      Copia certificada por notario o fedatario público del poder notarial otorgado por la persona física o moral, al aspirante.

d)      Copias certificadas por notario o fedatario público del título y cédula profesional, a nivel licenciatura, del aspirante, o su equivalente en los términos de la Ley de la materia.

e)      Constancia en original que acredite que el aspirante tiene experiencia en materia aduanera mayor de tres años.

B.            Almacenes generales de depósito y las empresas de la industria  automotriz terminal y/o manufacturera de vehículos de autotransporte, que cuenten con autorización de depósito fiscal.

¿Quiénes lo realizan?

Almacenes generales de depósito y las empresas de la industria automotriz terminal y/o manufacturera de vehículos de autotransporte, que cuenten con autorización de depósito fiscal.

¿Cómo se realiza?

Mediante escrito libre de conformidad con la regla 1.2.2.

¿Dónde se presenta?

Ante la ACRA de manera personal o se envía a través del servicio de mensajería.

¿Qué se debe pagar previo a la autorización?

Los derechos correspondientes, a través del esquema electrónico e5cinco, a que hace referencia la regla 1.1.3.

¿Qué documento se obtiene?

Autorización de apoderado de almacén para los almacenes generales de depósito o para la industria automotriz terminal y/o manufacturera de vehículos de autotransporte, únicamente para realizar la extracción de mercancías que se encuentren bajo el régimen de depósito fiscal conforme lo previsto por el artículo 119 de la Ley.

Requisitos:

a)     Nombre, denominación o razón social del almacén o empresa solicitante, así como el nombre de su representante legal.

b)     Nombre completo, RFC y CURP del aspirante, así como el domicilio para oír y recibir notificaciones y su número telefónico.

c)     En el caso de haber sido apoderado aduanal, señalar el nombre completo, denominación o razón social de la persona física o moral para las que actuó con ese carácter y la fecha en que se revocaron las autorizaciones respectivas.

d)     El aspirante deberá manifestar bajo protesta de decir verdad, que no es servidor público, ni militar en servicio activo.

e)     La persona moral solicitante, deberá manifestar bajo protesta de decir verdad, que le consta que el aspirante goza de buena reputación personal.

f)      La personas morales solicitantes, deberá manifestar en su solicitud que se responsabilizan ilimitadamente por los actos del apoderado del almacén.

¿Qué procede una vez se hayan cubierto todos los requisitos por parte de los almacenes generales de depósito y las empresas de la industria automotriz terminal y/o manufacturera de vehículos de autotransporte?

La AGA otorgará en un plazo no mayor a un mes, la autorización de apoderado de almacén.

Disposiciones jurídicas aplicables:

Artículos 168 de la Ley, 191 del Reglamento, reglas 1.2.2., 1.1.3. y 1.4.16.

 


Instructivo de trámite para el registro de cuentas bancarias de agentes y apoderados aduanales, de conformidad con la regla 1.6.3.

¿Quiénes lo realizan?

Agentes Aduanales y Apoderados Aduanales.

¿Cómo se realiza?

Mediante escrito libre de conformidad con la regla 1.2.2., con la firma autógrafa del Agente o Apoderado Aduanal, o la persona física o moral que hubiere designado a éste último.

¿Dónde se presenta o se envía la documentación?

Ante la ACRA. de manera personal o a través de servicio de mensajería.

¿En qué casos se presenta?

Cuando los Agentes o Apoderados Aduanales registren ante la AGA todas las cuentas bancarias, a través de las cuales efectúen los pagos a que se refieren las reglas 1.6.2., 1.6.21., fracción II y 1.7.3., ya sea que los titulares sean ellos mismos, sus mandatarios, las sociedades constituidas para facilitar la prestación de los servicios de los agentes aduanales, el almacén general de depósito o la persona física o moral que hubiere designado al apoderado aduanal.

¿Qué sucederá cuando los datos estén incompletos o presenten inconsistencias?

La ACRA, podrá dar aviso al agente o apoderado aduanal vía correo electrónico de esta circunstancia, a la dirección que, en su caso, haya indicado en su solicitud, a efecto de que las subsane presentando un escrito conforme al presente instructivo.

¿Qué procede en caso de cambios en la información de la cuenta bancaria registrada o de la adición de nuevas cuentas bancarias?

Cualquier cambio en la información de la cuenta bancaria registrada o de la adición de nuevas cuentas bancarias, deberá ser comunicado a la ACRA, mediante escrito, dentro de los 15 días siguientes a aquél en que se efectúe dicho cambio.

Requisitos:

1.     Nombre completo, RFC, CURP.

2.     Número de la patente.

3.     Número de autorización para actuar ante aduanas adicionales, en su caso.

4.     Domicilio Fiscal.

5.     Domicilio para oír y recibir notificaciones.

6.     Teléfono.

7.     Dirección de correo electrónico.

8.     Número de autorización, tratándose de apoderado aduanal o apoderado de almacén.

9.     Número de todas las cuentas bancarias con las que se efectúen los pagos y nombre y RFC del titular de la cuenta bancaria.

10.   Denominación o razón social de la institución de crédito.

11.   Número de plaza y de la sucursal bancaria.

12.   Lugar donde se encuentran radicadas cada una de las cuentas bancarias.

Al escrito se deberá anexar un disco compacto que contenga los datos a que se refiere el párrafo anterior, conforme a los lineamientos que determine la AGCTI para el SIRECU en la página electrónica www.aduanas.gob.mx.

 

 

Disposiciones jurídicas aplicables:

Reglas 1.2.2., 1.6.2., 1.6.3., y 1.6.21., fracción II.

 


Instructivo de trámite para obtener la autorización para la apertura de cuentas aduaneras o cuentas aduaneras de garantía, de conformidad con la regla 1.6.25.

¿Quiénes lo realizan?

Las instituciones de crédito o casas de bolsa.

¿Cómo se realiza?

Mediante escrito libre de conformidad con la regla 1.2.2.

¿Dónde se presenta?

Ante la ACNCEA.

¿Qué documento se obtiene?

Autorización para la apertura de cuentas aduaneras o cuentas aduaneras de garantía.

Requisitos:

1.     Resolución por la que se autoriza la organización y operación de una institución de banca múltiple, emitida por el Secretario de Hacienda y Crédito Público, a través de la Unidad de Banca y Ahorro o la constancia de inscripción en la sección de intermediarios del Registro Nacional de Valores e Intermediarios, otorgada por la Junta de Gobierno de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, señalando denominación o razón social, domicilio fiscal y RFC de la institución de crédito o casa de bolsa.

2.     Copia certificada del poder notarial con que se acredita la personalidad del representante legal.

3.     Escrito en el que se señalen los requisitos para la apertura de una cuenta aduanera, una cuenta aduanera de garantía y para su operación, de acuerdo con el instructivo de operación que emita el SAT.

4.     Proyecto de contrato de apertura de la cuenta aduanera y cuenta aduanera de garantía, contemplando las opciones de garantía financiera mediante el depósito o línea de crédito contingente.

5.     Formato de constancia de depósito o de la garantía que cumpla con los requisitos y contenga los datos que señala la regla 1.6.28.

6.     Formato de solicitud de cancelación de garantía que cumpla con los requisitos y contenga la información que señala la regla 1.6.19.

7.     Relación de las sucursales u oficinas en las que se efectuarán las operaciones de cuentas aduaneras o cuentas aduaneras de garantía, en su caso.

Disposiciones jurídicas aplicables:

Artículos 84-A y 86 de la Ley y reglas 1.2.2. y 1.6.25.

 


 

Instructivo de trámite para solicitar autorización para la fabricación o importación de candados oficiales, de conformidad con la regla 1.7.3.

 

¿Quiénes lo presentan?

Personas físicas o morales o asociaciones, cámaras empresariales y sus confederaciones interesadas en obtener autorización para la fabricación o importación de candados oficiales.

¿Cómo se presenta?

Mediante escrito libre.

¿Dónde se presenta?

Ante las oficialías de partes de la ACNCEA o la ACNI, según corresponda o a través de correo o de manera personal.

¿Qué documento se obtiene?

Una autorización para la fabricación o importación de candados oficiales.

¿Cuándo se presenta?

Cuando los interesados pretendan fabricar o importar candados oficiales.

Requisitos:

I.      Escrito libre que cumpla con los requisitos establecidos en la regla 1.2.2.

II.     Original del dictamen de la ACRA con el que se acredite que el candado oficial cumple en su diseño con las siguientes especificaciones:

a)    Estar fabricado en una o dos piezas y:

1.     Contar con un cilindro de bloqueo o dispositivo de cierre manufacturado en acero, encapsulado en plástico de colores verde y/o rojo y provisto de un capuchón transparente o de un recubrimiento de plástico transparente, soldado por ultrasonido al encapsulado de tal manera que no sea posible separarlo sin destruirlo, protegiendo las impresiones requeridas.

2.     Contar con un perno de acero con recubrimiento de plástico o de cable de acero que forma la otra parte del sistema de cierre.

3.     El candado cerrado deberá contar con una resistencia mínima a la tensión de 1000 kilogramos y cumplir con la prueba de resistencia a la tensión contenida en la norma ISO/PAS 17712.

4.     Contener de manera ejemplificativa las impresiones de la clave identificadora y el número de folio consecutivo, grabadas exclusivamente en rayo láser, dentro del capuchón transparente o del recubrimiento de plástico, a que se refiere el numeral 1 del presente inciso.

5.     El candado cerrado deberá contar con movilidad, esto es, que el perno o cable de acero no se encuentren fijos al cilindro de bloqueo o dispositivo de cierre, dicho movimiento no deberá afectar el estado del candado cerrado.

III.     Tratándose de candados electrónicos, deberán cumplir con los lineamientos que al efecto emita la AGA, los cuales serán publicados en la página electrónica www.aduanas.gob.mx.

IV.    Opinión sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales conforme a lo dispuesto en la Regla II.2.1.12. de la RMF.

V.     Tratándose de personas físicas, manifestación bajo protesta de decir verdad, de que no han sido condenadas por delito que amerita pena corporal o que se encuentran sujetas a un proceso penal.

Disposiciones jurídicas aplicables:

Artículos 88, último párrafo y 172, fracción I de la Ley y 193 del Reglamento, Reglas 1.2.2. y 1.7.3.

 


Instructivo de trámite para prestar los servicios de prevalidación electrónica de datos contenidos en los pedimentos, de conformidad con la regla 1.8.1.

¿Quiénes lo realizan?

Las Confederaciones de agentes aduanales, las asociaciones nacionales de empresas, cámaras y sus confederaciones, almacenes generales de depósito y de las empresas de mensajería y paquetería, empresas certificadas, empresas de la industria automotriz terminal o manufacturera de vehículos de autotransporte.

¿Cómo se realiza?

Mediante escrito libre de conformidad con la regla 1.2.2., indicando las aduanas en las cuales requiera prestar dichos servicios.

¿Dónde se presenta?

Ante la ACRA.

¿Qué documento se obtiene?

Autorización para llevar a cabo la prevalidación electrónica de datos contenidos en los pedimentos.

¿En qué casos se presenta?

Cuando las Confederaciones de agentes aduanales las asociaciones nacionales de empresas, cámaras y sus confederaciones, estén interesadas en prestar los servicios de prevalidación electrónica de datos contenidos en los pedimentos, tratándose de almacenes generales de depósito y de las empresas de mensajería y paquetería, interesadas en llevar a cabo la prevalidación electrónica de datos de sus propias operaciones.

¿Qué procede una vez presentada la solicitud para prestar los servicios de prevalidación electrónica de datos?

La AGCTI, proporcionará al interesado los lineamientos para llevar a cabo el enlace de los medios de cómputo y prestar el servicio de prevalidación electrónica de datos, para que el solicitante presente su propuesta técnica para la prestación del servicio.

¿Cuándo deberá iniciar operaciones la persona autorizada para llevar a cabo la prevalidación electrónica de datos contenidos en los pedimentos?

Una vez que la AGA emita la autorización correspondiente, para lo cual será necesario que la AGCTI haya realizado las pruebas necesarias para verificar el debido funcionamiento del prevalidador, emitiendo el visto bueno correspondiente.

Requisitos:

1.     Copia certificada del acta constitutiva con la cual se acredite que tiene una antigüedad no menor a 1 año y sus modificaciones, cuando corresponda.

2.     Instrumento notarial con el que acredite que cuentan con un capital social no menor a $1´000,000.00, o con el que acredite un patrimonio propio no menor a $500,000.00.

3.     Copia simple de la cédula de identificación fiscal.

4.     Listado de sus afiliados.

5.     Copia certificada del instrumento notarial con la cual se acredite la representación legal de la persona que suscriba la solicitud, con poder para actos de administración.

6.     Escrito libre firmado por el representante legal, en el que manifieste bajo protesta de decir verdad, que su representada cuenta con amplia solvencia moral y económica.

7.     El comprobante de pago realizado a través del esquema electrónico e5cinco, a que hace referencia la regla 1.1.3. con el que acredite el pago de derechos previsto en el artículo 40, inciso o) de la LFD.

8.     Opinión positiva sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, mediante la cual se acredite que se encuentra al corriente en el cumplimiento de las mismas, conforme a lo dispuesto en la regla II.2.1.12. de la  RMF.

Asimismo, la propuesta deberá contener:

1.     Descripción de la infraestructura.

2.     Equipo y medios de cómputo y de transmisión de datos necesarios para la prestación del servicio.

3.     Sistema electrónico a implementar.

4.     En la propuesta se deberá identificar la infraestructura, equipo y medios de cómputo y de transmisión de datos por cada localidad en que se lleve a cabo su instalación.

Las cámaras empresariales y sus confederaciones que deseen prestar los servicios de prevalidación electrónica de datos contenidos en los pedimentos, además de cumplir con los requisitos antes citados, deberán acreditar encontrarse constituidas conforme a la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones.

Tratándose de los almacenes generales de depósito y de las empresas de mensajería y paquetería, deberán acreditar que con anterioridad al 15 de febrero de 2002, contaban con conectividad directa para validar sus pedimentos.

Disposiciones jurídicas aplicables:

Artículo 16-A de la Ley y Reglas 1.2.2. y 1.8.1.


Instructivo de trámite para prestar el servicio de procesamiento electrónico de datos y servicios relacionados necesarios para llevar a cabo el control de la importación temporal de remolques, semirremolques y portacontenedores, de conformidad con la regla 1.9.6.

¿Quiénes lo realizan?

Personas morales.

¿Cómo se realiza?

Mediante escrito libre de conformidad con la regla 1.2.2., señalando un mínimo de 5 aduanas en las que pretendan operar.

¿Dónde se presenta?

Ante la ACRA.

¿Qué documento se obtiene?

Autorización para prestar los servicios de procesamiento electrónico de datos y servicios relacionados necesarios para llevar a cabo el control de la importación temporal de remolques, semirremolques y portacontenedores.

¿En qué casos se presenta?

Cuando las personas morales estén interesadas en prestar el servicio de procesamiento electrónico de datos y servicios relacionados necesarios para llevar a cabo el control de la importación temporal de remolques, semirremolques y portacontenedores.

¿Qué procede una vez presentada la solicitud en los términos del presente instructivo?

La AGCTI, proporcionará al interesado los lineamientos bajo los cuales deberá implementar el Sistema Automatizado de Importación Temporal de Remolques, Semirremolques y Portacontenedores, debiendo presentar su propuesta técnica para la prestación del servicio.

Documentos anexos:

1.     Copia certificada del acta constitutiva y sus modificaciones, cuando corresponda.

2.     Con el que se acredite que cuentan con un capital social o patrimonio propio, mínimo de $1´000,000.00;

3.     Copia certificada de la documentación con la cual se acredite la representación legal de la persona que suscriba la solicitud, con poder para actos de administración;

4.     Copia simple de la cédula de identificación fiscal;

5.     Listado de sus asociados, tratándose de asociaciones de transportistas;

6.     Escrito libre firmado por el representante legal, en el que manifieste bajo protesta de decir verdad, que su representada, así como sus accionistas se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, que cuentan con amplia solvencia moral y económica, así como capacidad técnica, administrativa y financiera en la prestación de los servicios de procesamiento electrónico de datos.

7.     El comprobante de pago realizado a través del esquema electrónico e5cinco, a que hace referencia la regla 1.1.3., con el que acredite el pago de derechos previsto en el artículo 40, inciso p) de la Ley Federal de Derechos.

8.     Opinión positiva sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, mediante la cual se acredite que se encuentra al corriente en el cumplimiento de las mismas, conforme a lo dispuesto en la regla II.2.1.12. de la RMF.

Disposiciones jurídicas aplicables:

Artículo 16-B de la Ley y reglas 1.2.2. y 1.9.6.

 


Instructivo de trámite para prestar servicios de manejo, almacenaje y custodia de mercancías de comercio exterior, de conformidad con la regla 2.3.1.

A.    Concesión.

¿Quiénes lo realizan?

Personas morales constituidas conforme a las leyes mexicanas.

¿Cómo se realiza?

Mediante escrito libre de conformidad con la regla 1.2.2.

¿Dónde se presenta?

Ante la ACRA dentro de los 30 días siguientes a la publicación en el DOF de la convocatoria.

¿Qué documento se obtiene?

Concesión para prestar los servicios de manejo, almacenaje y custodia de mercancías de comercio exterior.

¿Qué requisitos y condiciones se deben cubrir para obtener la concesión?

Los que se señalen en las Bases de Licitación.

¿En qué momento se emite la resolución por la que se otorgue la concesión?

Una vez que se cumplan con los requisitos y las condiciones que se señalen en las Bases y dentro del plazo que se establezca en las mismas.

¿En donde se publica la concesión?

En el DOF y en dos periódicos de mayor circulación en la República Mexicana, debiendo el interesado cubrir los gastos originados por este concepto.

B.     Autorización.

¿Quiénes lo realizan?

Personas morales constituidas conforme a las leyes mexicanas, así como las Administraciones Portuarias Integrales.

¿Cómo se realiza?

Mediante escrito libre de conformidad con la regla 1.2.2.

¿Dónde se presenta?

Ante la ACRA.

¿Qué documento se obtiene?

Autorización para prestar los servicios de manejo, almacenaje y custodia de mercancías de comercio exterior.

¿Cuándo se presenta la solicitud para obtener la autorización?

En el momento que el solicitante cubra los requisitos correspondientes.

Documentos que se deben anexar a la solicitud:

1.     Copia certificada del acta constitutiva de la sociedad con los titulares que integran el capital social, en la que se acredite un capital mínimo pagado de $600,000.00 y, en su caso, las reformas a la misma, en donde sean visibles los datos de inscripción en el Registro Público del Comercio. En el caso de que la solicitud la presente una Administración Portuaria Integral, deberá acreditar un capital social mínimo pagado de $100,000.00.

2.     Copia simple de la cédula de identificación fiscal.

3.     Opinión positiva sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales, mediante la cual se acredite que se encuentra al corriente en el cumplimiento de las mismas, conforme a lo dispuesto en la regla II.2.1.12. de la RMF.

4.     Curriculum vitae de cada uno de los socios o integrantes del Consejo de Administración, mencionando la experiencia de por lo menos uno de ellos en la prestación de los servicios de manejo, almacenaje y custodia de mercancías de comercio exterior.

5.     Programa de inversión presentado en sobre cerrado, el cual contendrá dos juegos de planos impresos y digitalizados en disco compacto en formato Autocad, en los que se identifique la superficie objeto de la solicitud, las obras, instalaciones y/o adaptaciones, conforme a los lineamientos que emita la ACPA, así como el monto en moneda nacional de la respectiva inversión. Respecto al equipo a instalar, deberán precisar el número de unidades que lo integran, sus características y, en su caso, su ubicación dentro de las áreas que correspondan, así como el valor unitario del equipo en moneda nacional. Asimismo, deberán señalar las etapas y los plazos en que se efectuarán las citadas inversiones.

6.     Copia certificada del documento con el cual se acredite el uso o goce del inmueble objeto de su solicitud.

7.     Escrito firmado por el representante legal y por cada uno de los accionistas, a través del cual manifiesten bajo protesta de decir verdad, que cuentan con solvencia económica, capacidad técnica, administrativa y financiera en la prestación de los servicios de manejo, almacenaje y custodia de mercancías.

8.     Copia certificada de la documentación con la cual se acredite la representación legal de la persona que suscribe la solicitud, con poder para actos de administración.

9.     El comprobante de pago realizado a través del esquema electrónico e5cinco, a que hace referencia la regla 1.1.3. con el que acredite el pago de derechos previsto en el artículo 40, inciso d) de la Ley Federal de Derechos.

Disposiciones jurídicas aplicables:

Artículos 14 de la Ley, reglas 1.2.2. y 2.3.1.

 


Instructivo de trámite de ampliación de la superficie originalmente habilitada en forma exclusiva para la introducción de mercancías bajo el régimen de recinto fiscalizado estratégico, de conformidad con la regla 2.3.2.

¿Quiénes lo realizan?

La persona que cuente con la habilitación de inmueble en forma exclusiva para la introducción de mercancías bajo el régimen de recinto fiscalizado estratégico y la autorización para su administración.

¿Cómo se realiza?

Mediante escrito libre.

¿Dónde se presenta?

Ante la ACRA.

¿Qué documento se obtiene?

Autorización de ampliación de superficie originalmente habilitada.

¿Cuándo se presenta?

Cuando pretenda ampliarse la superficie de un inmueble habilitado en forma exclusiva para la introducción de mercancías bajo el régimen de recinto fiscalizado estratégico, para incluir algún predio que le sea colindante o alguna superficie ubicada dentro o colindante a un recinto portuario sujeto a la administración de una Administración Portuaria Integral.

Requisitos:

1.     Solicitud  con escrito que cumpla con los requisitos señalados en el artículo 18 del Código, en la que se señale:

a)    La ubicación, colindancias, infraestructura y demás características con que cuenta el inmueble cuya superficie se pretenda adicionar al área previamente habilitada como recinto fiscalizado estratégico.

b)    Nombre y datos de la empresa que en dicha superficie pretenda destinar mercancía al régimen de recinto fiscalizado estratégico.

2.     Solicitud para destinar mercancías al régimen de recinto fiscalizado estratégico, formulada por el representante legal de la empresa que acredite tener el uso o goce del inmueble colindante con el recinto fiscalizado estratégico, por ser de su propiedad, conforme al artículo 135-A de la Ley, cumpliendo con los requisitos que establece la regla 4.8.1., en la que además manifieste bajo protesta de decir verdad, su decisión de sujetarse  a la administración de la persona que cuente con la habilitación de Recinto Fiscalizado Estratégico y la autorización para su administración.

Disposiciones jurídicas aplicables:

Artículos 14, 14-A, 14-D, 135-A de la Ley, y reglas 1.2.2., 1.1.3. 2.3.2. y 4.8.1.

 


Instructivo de trámite para solicitar autorización para prestar los servicios de carga, descarga y maniobras de mercancías en el recinto fiscal, de conformidad con la regla 2.3.3.

¿Quiénes lo realizan?

Las personas morales y los gobiernos estatales a través de sus organismos descentralizados interesados en obtener autorización para prestar los servicios de carga, descarga y maniobras de mercancías en los recintos fiscales.

¿Cómo se realiza?

Mediante escrito libre de conformidad con la regla 1.2.2., en el que se señalen las aduanas en la que desean prestar el servicio..

¿Dónde se presenta?

Ante la ACRA.

¿Qué documento se obtiene?

Autorización para prestar los servicios de carga, descarga y maniobras de mercancía dentro de los recintos fiscales.

¿En qué casos se presenta?

Cuando las personas morales y los gobiernos estatales a través de sus organismos descentralizados estén interesados en obtener autorización para prestar los servicios de carga, descarga y maniobras de mercancías en los recintos fiscales.

¿Cuándo se solicita la prórroga de la autorización para prestar los servicios de carga, descarga y maniobras de mercancías en el recinto fiscal?

Por escrito con 30 días naturales anteriores al vencimiento de la autorización, manifestando bajo protesta de decir verdad, que las circunstancias bajo las cuales se le otorgó inicialmente la autorización, no han variado y que continúan cumpliendo con los requisitos y obligaciones inherentes a la misma.

¿Qué se debe anexar a la solicitud de prórroga?

El comprobante de pago realizado a través del esquema electrónico e5cinco, a que hace referencia la regla 1.1.3. con el que acrediten el pago del derecho a que se refiere el artículo 40, inciso e) de la LFD, correspondiente al año en que efectúe su petición.

¿Por qué plazo se puede autorizar la prórroga?

Hasta por un plazo igual al que se señale en la autorización.

Requisitos:

1.     Copia certificada del acta constitutiva de la sociedad y sus modificaciones, en la que se acredite como mínimo un capital social fijo pagado de $300,000.00 y que en su objeto social esté la prestación de los servicios de carga, descarga y maniobras de mercancías, en donde sean visibles los datos de inscripción en el Registro Público de Comercio.

2.     Copia certificada de la documentación con la cual se acredite la representación legal de la persona que suscribe la solicitud, con poder para actos de administración.

3.     Copia simple de la cédula de identificación fiscal de la persona moral solicitante.

4.     Opinión positiva sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales, mediante la cual se acredite que se encuentra al corriente en el cumplimiento de las mismas, conforme a lo dispuesto en la regla II.2.1.12. de la RMF

5.     Relación y descripción del equipo necesario para la prestación del servicio o en el caso de empresas de nueva constitución, el programa de inversión para la adquisición del mismo, y número de empleados que prestarán el servicio.

6.     Fianza por la cantidad de $500,000.00 a favor de la TESOFE o bien, copia de la póliza del contrato de seguro a favor de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público que cubra dicha cantidad, por cada una de las aduanas en las que desea prestar el servicio, para garantizar la correcta prestación de los servicios y daños que pudieran causarse a las instalaciones, bienes y equipo del recinto fiscal con motivo de la prestación del servicio. La fianza o el contrato de seguro deberá permanecer vigente durante la vigencia de la autorización.

7.     Copia de póliza del seguro con cobertura mínima de $500,000.00 por cada una de las aduanas en las que desea prestar el servicio, que ampare las mercancías y los daños a terceros, derivados de la prestación del servicio de carga, descarga y maniobras. El contrato de seguro deberá permanecer vigente durante la vigencia de la autorización.

8.     El comprobante de pago realizado a través del esquema electrónico e5cinco, a que hace referencia la regla 1.1.3., con el que acredite el pago de derechos previsto en el artículo 40, inciso e) de la LFD por cada una de las aduanas en las que desea prestar el servicio.

Los gobiernos estatales a través de sus organismos descentralizados, podrán solicitar la autorización a que se refiere el artículo 14-C de la Ley, presentando la solicitud conforme a la regla 2.3.3. y anexando los documentos señalados en los numerales 2, 3, 5, 6,7, 8 del presente instructivo, así como copia simple y legible del medio de difusión oficial del Estado de que se trate, en el que se crea dicho organismo y del nombramiento del funcionario que firma la solicitud.

Disposiciones jurídicas aplicables:

Artículo 14-C de la Ley y reglas 1.1.2., 1.1.3. y 2.3.3.


Instructivo de trámite para obtener la habilitación de un inmueble para la introducción de mercancías bajo el régimen de recinto fiscalizado estratégico y la autorización para su administración, de conformidad con la regla 2.3.6.

¿Quiénes lo realizan?

Las personas morales; gobiernos estatales a través de sus organismos descentralizados, desconcentrados, empresas de participación estatal constituidas de conformidad con la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de que se trate o mediante un fideicomiso constituido para estos efectos; las empresas de participación estatal constituidas en los términos del artículo 46 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal;  así como las Administraciones Portuarias Integrales.

¿Cómo se realiza?

Mediante escrito libre de conformidad con la regla 1.2.2.

¿Dónde se presenta?

Ante la ACRA.

¿Qué documento se obtiene?

La habilitación de inmueble en forma exclusiva para la introducción de mercancías bajo el régimen de recinto fiscalizado estratégico y la autorización para su administración.

¿En qué casos se presenta?

Cuando las personas morales; gobiernos estatales a través de sus organismos descentralizados, desconcentrados, empresas de participación estatal constituidas de conformidad con la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de que se trate o mediante un fideicomiso constituido para estos efectos; las empresas de participación estatal constituidas en los términos del artículo 46 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; así como las Administraciones Portuarias Integrales estén interesadas en obtener la habilitación de inmueble en forma exclusiva para la introducción de mercancías bajo el régimen de recinto fiscalizado estratégico y la autorización para su administración.

Requisitos:

1.     Copia certificada del acta constitutiva, con la integración y titulares del capital social actual, en la cual se deberá acreditar como mínimo un capital fijo y variable pagado de $1’000,000.00 y, en su caso, modificaciones a la misma, en donde sean visibles los datos de inscripción en el Registro Público de Comercio.

2.     Copia certificada del documento con el cual se acredite el legal uso o goce del inmueble por un plazo mínimo de diez años.

3.     Programa de inversión, el cual contendrá los conceptos a desarrollar con motivo de las obras, instalaciones y/o adaptaciones a realizar incluyendo aquellas inversiones que se requieran en infraestructura de vías de comunicación, señalando el monto en moneda nacional de la respectiva inversión, fuentes de financiamiento y los plazos en que se efectuarán las inversiones.

4.     Los planos en los que se identifique la superficie que se pretenda habilitar como recinto fiscalizado estratégico, conforme a los lineamientos que al efecto emita la ACPA. El recinto fiscalizado estratégico debe tener un mínimo de 10 hectáreas de superficie urbanizada y contar con una reserva de terreno para su crecimiento por lo menos de 10 hectáreas de terreno utilizable.

5.     La propuesta deberá considerar los siguientes elementos:

a)     Delimitar el recinto fiscalizado estratégico conforme a los lineamientos que al efecto emita la ACPA.

b)    La instalación de equipos de rayos X, circuito cerrado de televisión y demás medios de control, conforme a los lineamientos que al efecto emita la ACPA.

6.     Estudio económico que demuestre la viabilidad económica y financiera del proyecto, al cual se deberá de anexar escrito con opinión favorable por parte del Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos S.N.C., conforme a los lineamientos establecidos en la página electrónica www.banobras.gob.mx.

7.     Copia certificada de la documentación con la cual se acredita la representación legal de la persona que suscribe la solicitud, con poder para actos de administración.

8.     El comprobante de pago realizado a través del esquema electrónico e5cinco, a que hace referencia la regla 1.1.3., con el que acredite el pago de derechos previsto en el artículo 40, inciso l) de la LFD.

9.     Escrito firmado por el representante legal y por cada uno de sus accionistas, a través del cual manifiesten bajo protesta de decir verdad, que cuentan con solvencia económica, capacidad técnica, administrativa y financiera.

10.   Opinión positiva sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales, mediante la cual se acredite que se encuentra al corriente en el cumplimiento de las mismas, conforme a lo dispuesto en la regla II.2.1.12. de la RMF.

Los gobiernos estatales a través de sus organismos descentralizados, desconcentrados, empresas de participación estatal constituidas de conformidad con la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de que se trate o mediante un fideicomiso constituido para estos efectos, así como las empresas de participación estatal constituidas en los términos del artículo 46 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, podrán solicitar la habilitación y autorización a que se refiere el artículo 14-D de la Ley, presentando la solicitud conforme a la regla 2.3.6. y anexando los documentos señalados en los numerales 2, 3, 4, 5 y 6 del presente instructivo, así como copia simple y legible del DOF o del medio de difusión oficial del Estado de que se trate, en el que se crea dicho organismo y del nombramiento del funcionario que firma la solicitud.

Las Administraciones Portuarias Integrales podrán solicitar la habilitación y autorización a que se refiere el artículo 14-D de la Ley, de superficies ubicadas dentro del recinto portuario o colindantes con el mismo, siempre que el recinto fiscal, el recinto portuario y las superficies colindantes con estos últimos, se encuentren debidamente confinados para efectos de seguridad, control, vigilancia y vías de acceso, presentando la solicitud conforme al presente instructivo de trámite, a la cual deberán anexar los documentos señalados en los numerales 2, 3, 4, 5, incisos a) y b), 7, 8 y 10 de dicho instructivo, , además de los siguientes:

1.     Copia simple del título de concesión de la Administración Portuaria Integral.

2.     Los planos del recinto portuario.

3.     El programa maestro portuario del puerto que corresponda.

4.     Escrito en el que la Dirección General de Fomento y Administración Portuaria de la SCT manifieste su visto bueno.

 

Disposiciones jurídicas aplicables:

Artículo 14-D de la Ley y reglas 1.2.2., 1.1.3. y  2.3.6.


Instructivo de trámite para solicitar autorización para la importación definitiva de vehículos especiales o adaptados de manera permanente a las necesidades de las personas con discapacidad y las demás mercancías que les permitan suplir o disminuir esta condición, de conformidad con la regla 3.3.7.

¿Quiénes lo realizan?

Personas con discapacidad y personas morales con fines no lucrativos autorizadas para recibir donativos deducibles en el impuesto sobre la renta.

¿Cómo se realiza?

Mediante escrito libre que cumpla con los requisitos previstos en la regla 1.2.2.

¿Dónde se presenta?

Ante la oficialías de partes de las ALJs correspondientes a la circunscripción territorial del domicilio del solicitante o la ACNCEA, a través de correo o de manera personal.

¿Qué documento se obtiene?

Autorización para la importación definitiva de vehículos especiales o adaptados de manera permanente a las necesidades de las personas con discapacidad y las demás mercancías que les permitan suplir o disminuir esta condición, sin el pago de los impuestos al comercio exterior.

¿Cuándo se presenta?

Cuando las personas con discapacidad o las personas morales con fines no lucrativos autorizadas para recibir donativos deducibles en el impuesto sobre la renta, requieran importar definitivamente un vehículo especial o adaptado de manera permanente a las necesidades de personas con discapacidad o mercancías que les permitan suplir o disminuir esta condición.

¿Qué tipo de mercancías se pueden importar al amparo de esta regla?

Vehículos especiales o adaptados de manera permanente a las necesidades de las personas con discapacidad, así como aquellas que permitan suplir o disminuir la discapacidad de una persona, tales como prótesis, ortesis o cualquier otra ayuda técnica que se adapte al cuerpo de la persona con discapacidad.

Requisitos:

Personas físicas.

A.     Vehículos

I.      Escrito libre que cumpla con los requisitos previstos en la regla 1.2.2. En caso de que la persona que tramite la autorización sea distinta a la persona con discapacidad, deberá presentar documento por medio del cual se acredite la personalidad de acuerdo a lo establecido en el artículo 19 del Código Fiscal de la Federación.

II.     En caso de menores de edad, la patria potestad se acreditará con el acta de nacimiento del menor o resolución judicial y la tutoría, con la resolución judicial correspondiente.

III.    Copia certificada de la identificación oficial vigente de la persona que promueva la solicitud.

IV.   Original del documento expedido por el responsable de establecimiento técnico especializado en el extranjero que realizó la adaptación, con su respectiva traducción al español, en el que se señale claramente lo siguiente:

1.     Los datos de identificación del vehículo (marca, modelo, tipo y número de serie).

2.     Que la adaptación efectuada al vehículo es permanente, describiendo sus características y funciones.

3.     Los datos generales del establecimiento (dirección, teléfono, correo electrónico, número de identificación fiscal) y nombre del responsable del mismo.

V.    Original de la constancia expedida por alguna institución de salud con autorización oficial con la que acredite su discapacidad, la cual deberá contener la siguiente información:

1.     Nombre completo de la persona con discapacidad.

2.     Descripción de la discapacidad.

3.     Nombre completo del representante legal o director general de la institución de salud que expide la constancia médica.

4.     Dirección, teléfono y el registro correspondiente como institución de salud.

VI.   Fotografías en las que se aprecie claramente en qué consiste la adaptación realizada al vehículo y se desprenda que la misma es permanente, en las cuales se aprecie lo siguiente:

a)    Para dispositivos de aceleración y frenado:

1.     La adaptación general del dispositivo al vehículo.

2.     El sistema de control manual o eléctrico que activa los sistemas de aceleración o frenado del vehículo, en su caso, del embrague, de manera que se aprecie cómo se encuentra el dispositivo soportado de manera permanente en la dirección.

3.     La vista panorámica del vehículo.

4.     La vista del lado del conductor.

b)    Para dispositivos de rampa:

1.     La adaptación general de la rampa.

2.     El funcionamiento de la rampa (secuencia de despliegue) y que no se encuentre únicamente sobrepuesta al vehículo.

3.     La vista panorámica del vehículo.

4.     Los controles de la rampa.

5.     Descripción detallada del vehículo especial o adaptado a las necesidades de la persona con discapacidad.

6.     Declaración bajo protesta de decir verdad que el vehículo se encuentra fuera del territorio nacional.

B.     Otras mercancías

I.      Factura o nota de venta, las cuales necesariamente deben estar expedidas a nombre de la persona con discapacidad o, en su caso, a nombre de los padres (tratándose de discapacitados menores de edad) o tutores (tratándose de discapacitados mayores de edad).

II.     Folletos, catálogos o información técnica, de los que se desprenda como suplen o disminuyen su discapacidad.

Descripción detallada (tipo, marca, año, modelo, número de serie), para efecto de que pueda ser incluida en la autorización correspondiente.

Personas morales.

I.      Además de cumplir con los requisitos señalados para las personas físicas (excepto la constancia expedida por alguna institución de salud con autorización oficial), deberán presentar la siguiente documentación:

1.     Copia de la constancia de autorización a que se refiere la Regla I.3.9.2. de la Resolución Miscelánea Fiscal

2.     Exhibir copia del acta constitutiva protocolizada donde acrediten que tienen por objeto social la atención a personas con discapacidad.

 


Instructivo de trámite para la importación temporal de mercancías, de conformidad con la regla 4.2.8.

1. Competencias y eventos deportivos.

¿Quiénes lo realizan?

Organismo Público, así como Organismo Privado constituido conforme a las leyes mexicanas y organizador de la competencia o evento deportivo.

¿Cómo se realiza?

Mediante aviso de conformidad con la regla 1.2.2.

¿Dónde se presenta?

Ante la ACOA.

¿Cuándo se presenta?

Con anticipación a la celebración del evento.

¿Qué documento se obtiene?

Pedimento de importación temporal.

¿Cómo se tramita?

Mediante pedimento de importación temporal.

¿Qué mercancías se pueden importar?

Las inherentes a la finalidad del evento, incluyendo vehículos y embarcaciones de competencia, tractocamiones y sus remolques, casas rodantes, equipos de servicio médico y de seguridad y sus herramientas y accesorios necesarios para cumplir con el fin del evento, así como aquellas mercancías que se vayan a distribuir gratuitamente entre los asistentes o participantes al evento, mismas que deberán ser identificadas mediante sellos o marcas que las distingan individualmente como destinadas al evento de que se trate, por las que no se requerirá comprobar su retorno al extranjero, siempre que se observe lo establecido en la fracción I de la regla 4.2.8.

¿Qué procede en caso de que la mercancía se deteriore?

El Organismo Público o Privado deberá destruirla dentro de los 20 días siguientes a la conclusión del evento.

¿Ante quién se debe presentar el aviso de destrucción de las mercancías y con qué anticipación?

Ante la ALAF, que corresponda al lugar donde se encuentran las mercancías, cuando menos dos días antes de la fecha de destrucción.

¿Cuándo se debe efectuar la destrucción de las mercancías?

El día, hora y lugar indicados en el aviso, en días y horas hábiles, se encuentre o no presente la autoridad aduanera.

¿Quién debe levantar el acta de destrucción de las mercancías?

La autoridad aduanera y en su ausencia el importador; en el caso de que no sea levantada por la autoridad, se remitirá copia dentro de los 5 días siguientes a la ALAF que corresponda al lugar donde se encuentran las mercancías.

¿Qué debe hacerse constar en el acta de destrucción de mercancías?

La cantidad, peso o volumen de las mercancías destruidas, descripción del proceso de destrucción, así como los pedimentos de importación con los que se hubieran introducido las mercancías al territorio nacional.

¿En qué casos queda relevado el importador de retornar la mercancía importada temporalmente?

Cuando ésta se deteriore o consuma.

¿En qué casos no será aplicable la autorización a que se refiere el presente numeral?

Tratándose de competencias o eventos de automovilismo deportivo, excepto por lo que se refiere al procedimiento que deberá observarse cuando las mercancías se deterioren.

Requisitos:

1.     Aviso que cumpla con los requisitos previstos en la regla 1.2.2.

2.     Señalar lugar y fecha en que se celebrará el evento y la descripción del mismo.

3.     Señalar las aduanas por las que ingresará la mercancía.

4.     Anexar listado de la mercancía que se destinará al evento, que contenga su descripción y cantidad, indicando las que serán objeto de distribución gratuita y las que serán consumidas durante el evento.

5.     Anexar carta bajo protesta de decir verdad en la que se asuma la obligación de retornar al extranjero las mercancías importadas temporalmente dentro del plazo establecido en la Ley, así como la responsabilidad solidaria en términos del artículo 26, fracción VIII del Código, respecto de los créditos fiscales que lleguen a derivarse por no efectuar dicho retorno.

6.     Tratándose de mercancías sujetas al cumplimiento de regulaciones y restricciones no arancelarias, se deberán anexar al pedimento respectivo los documentos que comprueben su cumplimiento.

2. Competencias y eventos de automovilismo deportivo.

¿Quiénes lo realizan?

Interesado o su representante legal.

¿Cómo se realiza?

Mediante escrito libre personalmente o a través del servicio de mensajería.

¿Dónde se presenta?

Ante la aduana o aduanas por las que vaya a ingresar la mercancía.

¿Cuándo se presenta?

Con anticipación a la fecha de la competencia o evento.

¿Qué documento se obtiene?

Autorización para importar mercancías temporalmente.

¿Cómo se tramita?

Mediante pedimento de importación temporal.

¿Qué mercancías se pueden importar?

El vehículo o vehículos que serán utilizados en la competencia o evento de que se trate, incluyendo las mercancías inherentes al desarrollo de la competencia o evento, como los vehículos de competencia o exhibición, tractocamiones y sus remolques, casas rodantes, equipos de servicio médico y de seguridad, sus herramientas, los demás equipos que se utilicen en dichas competencias o eventos y sus accesorios, necesarios para cumplir con el fin de los mismos, así como aquellas mercancías que se vayan a distribuir gratuitamente entre los asistentes o participantes al evento, las cuales deberán ser identificadas mediante sellos o marcas que las distingan individualmente como destinadas a la competencia o evento de que se trate, por lo que no se requerirá comprobar su retorno al extranjero.

¿Qué procede en caso de que dentro del plazo señalado en la fracción III del artículo 106 de la Ley, el interesado pretenda participar en competencias o eventos adicionales a los señalados en la autorización?

Deberá solicitar una nueva autorización por cada competencia o evento subsecuente en el que desee participar, ante la Federación Mexicana de Automovilismo Deportivo y presentarla ante la aduana de la circunscripción que corresponda al lugar donde tendrán lugar, conforme al presente numeral.

Requisitos:

1.     Escrito libre que cumpla con los requisitos previstos en la regla 1.2.2.

2.     Señalar la aduana o aduanas por las que ingresará la mercancía.

3.     Anexar copia de la autorización de la Federación Mexicana de Automovilismo Deportivo en el que se señale el(los) lugar(es) y la(s) fecha(s) en la(s) que se celebrará(n) la(s) competencia(s) o evento(s).

4.     Anexar listado de la mercancía que se destinará a la competencia o evento, que incluya su descripción y cantidad, indicando las que serán distribuidas gratuitamente y las que serán consumidas en la competencia o evento, así como el valor unitario de las mismas.

5.     Anexar carta de anuencia emitida por la Confederación Deportiva Mexicana.

6.     Tratándose de mercancías sujetas al cumplimiento de regulaciones y restricciones no arancelarias, se deberán anexar al pedimento de importación temporal respectivo los documentos que comprueben su cumplimiento.

7.     En el caso de que la mercancía o mercancías importadas temporalmente al amparo de la presente regla se deterioren, se estará al procedimiento de destrucción establecido en el numeral 1 del presente instructivo.

3. Eventos culturales.

¿Quiénes lo realizan?

Organizadores del evento.

¿Cómo se realiza?

Mediante escrito libre personalmente o a través del servicio de mensajería.

¿Dónde se presenta?

Aduanas por las que vayan a ingresar las mercancías.

¿Cuándo se presenta?

Con anticipación a la celebración del evento.

¿Qué documento se obtiene?

Autorización para importar mercancías temporalmente.

¿Cómo se tramita?

Mediante pedimento de importación temporal.

¿Qué mercancías se pueden importar?

Las inherentes a la finalidad del evento, incluyendo sus accesorios, así como aquellas mercancías que se vayan a distribuir gratuitamente entre los asistentes o participantes a éste, mismas que deberán ser identificadas mediante sellos o marcas que las distingan individualmente como destinadas al evento de que se trate, por las que no se requerirá comprobar su retorno al extranjero, siempre que se observe lo establecido en la fracción I de la regla 4.2.8.

Requisitos:

1.     Escrito libre que cumpla con los requisitos previstos en la regla 1.2.2.

2.     Señalar el (los) lugar(es) y el(los) día(s) en que se llevará a cabo el evento.

3.     Señalar la aduana o aduanas por las que ingresará la mercancía.

4.     Anexar carta de anuencia emitida por la Confederación Deportiva Mexicana, a solicitud de la Federación respectiva.

5.     Anexar lista de la mercancía que se destinará al evento, que contenga su descripción y cantidad, indicando las que serán objeto de distribución gratuita y las que serán consumidas durante el evento.

6.     Tratándose de mercancías sujetas al cumplimiento de regulaciones y restricciones no arancelarias, se deberán anexar al pedimento respectivo los documentos que comprueben su cumplimiento.

7.     En el caso de que la mercancía o mercancías importadas temporalmente al amparo de la presente fracción se deterioren, el organizador deberá observar el procedimiento establecido en el numeral 1 del presente Instructivo.

4. Certámenes de belleza o eventos internacionales de modelaje.

¿Quiénes lo realizan?

Organizador del evento o importador.

¿Cómo se realiza?

Mediante solicitud de Autorización de Importación Temporal.

¿Dónde se presenta?

Aduana o aduanas por las que vayan a ingresar las mercancías.

¿Cuándo se presenta?

Con anticipación a la celebración del evento.

¿Qué documento se obtiene?

Autorización para importar mercancías temporalmente.

¿Qué mercancías se pueden importar?

Las inherentes a la finalidad del evento, incluyendo sus accesorios, así como aquellas que se vayan a distribuir gratuitamente entre los asistentes o participantes a éste, mismas que deberán ser identificadas mediante sellos o marcas que las distingan individualmente como destinadas al evento de que se trate, por las que no se requerirá comprobar su retorno al extranjero, siempre que se observe lo establecido en la fracción I de la regla 4.2.8.

Requisitos:

1.     Anexar listado en el que se indique bajo protesta de decir verdad, la cantidad total de prendas de vestir y accesorios del arreglo personal que se introducirán con fines de ser utilizados en el evento y que dichas mercancías no serán objeto de comercialización, identificando aquellas que retornarán al extranjero como parte del equipaje de las participantes. En este último caso el organizador no estará obligado a comprobar el retorno al extranjero de las mercancías.

2.     Las mercancías deberán ostentar la leyenda “Prohibida su venta”, misma que podrá encontrarse adherida, bordada, pintada con tinta indeleble o grabada, de manera que las descalifique para su venta o para cualquier uso distinto al evento, excepto cuando este procedimiento inutilice la mercancía de manera tal que no pueda ser usada en el evento.

3.     El importador podrá introducir más de una prenda de vestir o accesorio del arreglo personal, de la misma marca, modelo y características, siempre que así lo haya manifestado en el listado a que se refiere el presente numeral, no obstante sólo podrá introducir hasta 2 prendas de vestir y accesorios del arreglo personal, del mismo modelo, marca y características, por participante del evento.

5. Exposiciones caninas internacionales.

¿Quiénes lo realizan?

Federación Canófila Mexicana.

¿Cómo se realizan?

Mediante escrito libre.

¿Dónde se presenta?

Aduana o aduanas por las que ingresarán los ejemplares.

¿Cuándo se presenta?

Con anticipación a la celebración del evento.

¿Qué documento se obtiene?

Autorización para importar mercancías temporalmente.

¿Cómo se tramita?

Mediante pedimento de importación temporal.

¿Qué mercancías se pueden importar?

Los ejemplares que participarán en el evento.

 

¿Cuándo deben retornar al extranjero los ejemplares importados temporalmente?

A la conclusión del evento en el que participaron. Dicho retorno no podrá exceder el plazo de un año contado a partir de su ingreso a territorio nacional.

Requisitos:

1.     Escrito libre que cumpla con los requisitos previstos en la regla 1.2.2.

2.     Señalar el lugar, la fecha en que se celebrará el evento y la descripción del mismo.

3.     Señalar la aduana o aduanas por las que ingresará la mercancía.

4.     Anexar listado en el que se indique, el nombre, la raza y el registro del ejemplar, y el nombre de la persona que introducirá o transportará los ejemplares en territorio nacional, especificando el número de ejemplares que acompañaran a dicha persona.

5.     La persona que introduzca o transporte a los ejemplares deberá presentar ante el personal de la aduana, el certificado de importación zoosanitario expedido por la SAGARPA, por cada ejemplar que lo acompañe.

6. Vehículos especializados y medios de transporte que sean utilizados para producción de filmaciones de la industria cinematográfica.

¿Qué se requiere previo al trámite?

Presentar aviso a la ACPPFGC.

¿Quiénes lo realizan?

Residentes en el extranjero.

¿Cómo se realiza?

Mediante pedimento de importación temporal.

¿Dónde se presenta?

Aduana o aduanas por la que ingrese la mercancía.

¿Cuándo se presenta?

Al momento del despacho.

¿Qué documento se obtiene?

Pedimento de importación temporal.

¿Qué mercancías se pueden importar?

Vehículos especializados y los medios de transporte que sean utilizados para la industria cinematográfica.

¿Se pueden destinar las mercancías a un fin distinto para el que fueron importadas?

No, las mercancías que se introduzcan de conformidad con lo dispuesto en el presente numeral, no podrán sujetarse a cambios de régimen, reexpedición o regularización de mercancía, ni podrán destinarse a fines distintos de aquéllos por los que se hubiera autorizado su introducción.

¿Se puede efectuar el despacho a domicilio de las mercancías?

Sí, siempre que la compañía productora anexe su solicitud al formato respectivo y se encuentre en la franja o región fronteriza, manifestando bajo protesta de decir verdad, que será el lugar donde se mantendrán las mercancías durante la producción de la filmación.

Requisitos:

1.     Anexar al pedimento copia del aviso presentado a la ACPPFGC, con sello de acuse de recibido.

                El aviso deberá indicar:

a)    Uso específico de los vehículos especialmente acondicionados para la filmación.

b)    Plazo de permanencia de los mismos.

c)    Número a importar, señalando la marca, modelo, año, número de serie o NIV, y

d)    Lugar o lugares en donde se realizará la filmación.

2.     Anexar al aviso el original de una carta expedida por el Instituto Mexicano de Cinematografía, avalando la existencia tanto de la empresa cinematográfica como de la producción y el nombre del responsable de la producción.

3.     Anexar carta de un residente en territorio nacional que asuma la responsabilidad solidaria, en los términos del artículo 26, fracción VIII del Código, de los créditos fiscales que lleguen a causarse en el caso de incumplimiento de la obligación de retornar dichos vehículos.

4.     Para los efectos de los artículos 1o. y 20, fracciones IV y VII de la Ley, no será necesario obtener el CAAT a que se refiere la regla 2.4.6., siempre que la compañía productora manifieste bajo protesta de decir verdad, que los vehículos especializados y los medios de transporte que se utilizarán para el traslado de los enseres, utilería y demás equipo necesario para la industria cinematográfica, ingresarán por una sola ocasión y no se utilizarán para la transportación de mercancías distintas.

5.     Anexar un listado de los vehículos en el que se indique tipo de camión, marca, modelo, año y NIV.

6.     Tratándose de mercancías sujetas al cumplimiento de regulaciones y restricciones no arancelarias, se deberán anexar al pedimento de importación temporal respectivo los documentos que comprueben su cumplimiento.

7. Producción de filmaciones, siempre que las mercancías sean utilizadas en la industria cinematográfica.

¿Qué se requiere previo al trámite?

Presentar aviso a la ACPPFGC.

¿Quiénes lo realizan?

Compañía productora o residente en el extranjero.

¿Cómo se realiza?

Mediante Solicitud de autorización de importación temporal.

¿Dónde se presenta?

Ante la ACNI.

¿Qué documento se obtiene?

Autorización para importar mercancías temporalmente.

¿Qué mercancías se pueden importar?

Enseres, utilería y demás equipos necesarios para la producción de la filmación que sean utilizados para la industria cinematográfica.

¿Cómo se realiza la importación temporal de mercancías sujetas al cumplimiento de regulaciones y restricciones no arancelarias por parte de la Secretaría de la Defensa Nacional o de la Secretaría de Salud?

Mediante la tramitación del pedimento correspondiente y cumpliendo con las disposiciones legales aplicables.

¿Se pueden destinar las mercancías a un fin distinto para el que fueron importadas?

No, las mercancías que se introduzcan de conformidad con lo dispuesto en el presente numeral, no podrán sujetarse a cambios de régimen, reexpedición o regularización de mercancía, ni podrán destinarse a fines distintos de aquéllos por los que se hubiera autorizado su introducción.

¿Se puede efectuar el despacho a domicilio de las mercancías?

Sí, siempre que la compañía productora anexe su solicitud al formato respectivo y se encuentre en la franja o región fronteriza, manifestando bajo protesta de decir verdad, que será el lugar donde se mantendrán las mercancías durante la producción de la filmación.

Requisitos:

1.     Anexar copia del aviso presentado a la ACPPFGC, con sello de acuse de recibido.

2.     Anexar al aviso el original de una carta expedida por el Instituto Mexicano de Cinematografía, avalando la existencia tanto de la empresa cinematográfica como de la producción y el nombre del responsable de la producción.

3.     Anexar carta de un residente en territorio nacional que asuma la responsabilidad solidaria, en los términos del artículo 26, fracción VIII del Código, de los créditos fiscales que lleguen a causarse en el caso de incumplimiento de la obligación de retornar las mercancías.

4.     Listado en el que se indique bajo protesta de decir verdad, la cantidad total de enseres, utilería y demás equipos necesarios que se introducirán con la finalidad de ser utilizados para la producción de la filmación y que dichas mercancías no serán objeto de comercialización.

5.     Las mercancías deberán ostentar la leyenda “Prohibida su venta”, misma que podrá encontrarse adherida, bordada, pintada con tinta indeleble o grabada, de manera que las descalifique para su venta o para cualquier uso distinto a la producción de la filmación, excepto cuando el procedimiento de que se trate inutilice la mercancía de manera que no pueda ser usada en la filmación.

6.     En caso de ser necesaria la introducción de animales vivos para la producción de la filmación, deberán estar señalados en el listado a que se refiere el presente numeral y se deberá presentar ante el personal de la aduana, el certificado de importación zoosanitario expedido por la SAGARPA, por cada ejemplar.

8. Vehículos de prueba.

¿Quiénes lo realizan?

Fabricantes autorizados o distribuidores autorizados de vehículos de marcas extranjeras establecidos en México.

¿Cómo se realizan?

Mediante pedimento.

¿Dónde se presenta?

Aduana o aduanas por la que ingresen los vehículos.

¿Qué documento se obtiene?

Pedimento de importación temporal.

¿Qué mercancías se pueden importar?

Vehículos de prueba que se utilicen únicamente en la realización de exámenes para medir el buen funcionamiento de vehículos similares al mismo, o de cada una de sus partes, sin que puedan destinarse a un uso distinto.

Requisitos:

1.     Los distribuidores autorizados de vehículos de marcas extranjeras establecidos en México, para que puedan considerarse como fabricantes autorizados para los efectos de lo dispuesto en el inciso d) de la fracción II del artículo 106 de la Ley, demostrarán ante la SE su carácter de distribuidor autorizado mediante carta expedida por el fabricante extranjero correspondiente, en la que autorice a comercializar sus vehículos en México.

2.     La demostración a que se hace referencia, la realizará el interesado al momento de solicitar los permisos previos de importación de los vehículos de prueba que vaya a importar.

Disposiciones jurídicas aplicables:

Artículo 106, fracción III de la Ley y regla 4.2.8.


Instructivo de trámite para solicitar autorización para el cambio de régimen de las mercancías importadas temporalmente que hubiesen sufrido algún daño en el país, de conformidad con la regla 4.2.16.

¿Quiénes lo realizan?

Importadores.

¿Cómo se realiza?

Mediante escrito libre que cumpla con los requisitos previstos en la regla 1.2.2.

¿Dónde se presenta?

Ante la ACNCEA o ALJ o la ACNI, según corresponda a la circunscripción territorial del lugar donde se encuentren las mercancías.

¿Qué documento se obtiene?

Autorización para cambiar de régimen las mercancías importadas temporalmente que hubiesen sufrido algún daño en el país.

¿Qué procede una  vez obtenida dicha autorización?

Se deberá presentar a la aduana que corresponda al lugar donde se encuentran las mercancías, para realizar el trámite de la importación definitiva, sin que sea necesaria la presentación física de la mercancía, por lo que si el resultado del mecanismo de selección automatizado es reconocimiento aduanero, el mismo se practicará documentalmente.

¿Qué mercancías se pueden cambiar de régimen?

Las importadas temporalmente que hubiesen sufrido algún daño en el país.

¿En qué casos no será aplicable la autorización para el cambio de régimen de las mercancías importadas temporalmente que hubiesen sufrido algún daño en el país?

Tratándose de vehículos que fueron importados al amparo del artículo 106, fracciones II, inciso e) y IV, inciso a) de la Ley.

Requisitos:

A la promoción deberá anexarse:

1.       Copia del pedimento de importación temporal o la documentación aduanera original que ampare la importación temporal de la mercancía dañada.

2.       Declaración del importador bajo protesta de decir verdad, que describa los hechos que provocaron el daño sufrido por la mercancía.

Al pedimento de importación definitiva deberá anexarse:

1.       Copia del pedimento de importación temporal o la documentación aduanera original que ampare la importación de la mercancía dañada.

2.       Copia de la autorización de cambio de régimen de que se trata.

Disposiciones jurídicas aplicables:

Artículo 94 de la Ley, reglas 1.2.2. y 4.2.16.

 


Instructivo de trámite para que las mercancías importadas temporalmente que hubiesen sufrido algún daño en el país, puedan considerarse como retornadas al extranjero, con su destrucción, de conformidad con la regla 4.2.17.

¿Quiénes lo presentan?

Importadores.

¿Cómo se presenta?

Mediante escrito libre que cumpla con los requisitos previstos en la regla 1.2.2.

¿Dónde se presenta?

Ante la ACNCEA o ALJ o la ACNI, según corresponda a la circunscripción territorial del lugar donde se encuentren las mercancías.

¿Qué documento se obtiene?

Autorización para cambiar de régimen las mercancías importadas temporalmente que hubiesen sufrido algún daño en el país.

¿Qué mercancías podrán considerarse como retornadas al extranjero con su destrucción?

Importadas temporalmente que hubiesen sufrido algún daño en el país.

¿A cargo de quién correrán los gastos de la destrucción de las mercancías?

Del interesado.

Requisitos:

         Señalar el lugar donde se localizan las mercancías, sus condiciones materiales, el día, hora y lugar donde se pretenda llevar a cabo la destrucción, así como la descripción de dicho proceso.

I.       A la promoción se deberá anexar:

a)    Copia del pedimento o la documentación aduanera original que ampare la mercancía dañada.

Tratándose de contenedores, cuando no se cuente con la documentación señalada en el párrafo anterior, anexar el manifiesto de carga o el conocimiento de embarque, con el que acrediten que ingresaron a territorio nacional.

b)    En su caso, la autorización de destrucción otorgada por la autoridad competente tratándose de mercancías peligrosas o nocivas para la salud o seguridad pública, medio ambiente, flora o fauna.

c)    Copia del documento emitido por autoridad competente, mediante el cual acredite el daño sufrido a la mercancía, cuando dicho daño deba hacerse constar en acta que se levante ante autoridad competente.

d)    Declaración bajo protesta de decir verdad, explicando los motivos o circunstancias por los cuales se considere que la mercancía no puede ser retornada al extranjero, así como, en su caso, señalar los motivos de incosteabilidad para su retorno al extranjero.

II.            Una vez obtenida la autorización, se deberá presentar ante la ALAF que corresponda al lugar donde se encuentran las mercancías, promoción por escrito en la que se señale:

a)    El lugar donde se localizan las mismas.

b)    Sus condiciones materiales.

c)    El día, hora y lugar donde se pretenda llevar a cabo la destrucción.

d)    La descripción del proceso de destrucción, cuando menos con 5 días de anticipación a la fecha señalada para la realización del evento, acompañando copia certificada de la autorización.

III.     Asimismo, se deberá cumplir con lo siguiente:

a)    Levantar acta de hechos en la que se hará constar la cantidad, peso o volumen de la mercancía dañada, así como la descripción del proceso de destrucción que se realice.

b)    Dicha acta será levantada por la ALAF que corresponda al lugar donde se encuentran las mercancías o, en su ausencia por el importador.

Disposiciones jurídicas aplicables:

Artículo 94 de la Ley, reglas 1.2.2. y 4.2.17.


Instructivo de trámite para el traslado de partes y componentes de la franja o región fronteriza al resto del país de conformidad con la regla 4.3.14.

¿Quiénes lo realizan?

Las empresas de la industria de autopartes, que se encuentren ubicadas en la franja o región fronteriza y que enajenen partes y componentes a las empresas de la industria terminal automotriz o manufacturera de vehículos de autotransporte ubicadas en el resto del territorio nacional.

¿Cómo se realiza?

Mediante escrito libre que cumpla con los requisitos previstos en la regla 1.2.2.

¿Dónde se presenta?

Ante la ACNCEA o ALJ o ACNI de manera personal.

¿Qué documento se obtiene?

Autorización de traslado de partes y componentes de la franja o región fronteriza al resto del país.

¿En qué casos se presenta?

Cuando las empresas de la industria de autopartes, que se encuentren ubicadas en la franja o región fronteriza y que enajenen partes y componentes a las empresas de la industria terminal automotriz o manufacturera de vehículos de autotransporte ubicadas en el resto del territorio nacional, efectúen el traslado de partes y componentes al resto del país.

Requisitos:

1.     Escrito de la empresa perteneciente a la industria terminal automotriz y/o manufacturera de vehículos de autotransporte mediante el cual se declare, bajo protesta de decir verdad, que la mercancía ha sido adquirida por ésta, y que asume la responsabilidad solidaria, en los términos de la fracción VIII del artículo 26 del Código, en caso de incumplimiento.

2.     Copia de la autorización del Programa IMMEX, emitida por la SE.

3.     Lista que permita identificar las mercancías que serán trasladadas, mismas que deberán estar comprendidas en el programa respectivo.

¿Qué documentos se deben acompañar durante el traslado de partes y componentes de la franja o región fronteriza al resto del país?

1.     La autorización de traslado de partes y componentes de la franja o región fronteriza al resto del país.

2.     Factura que deberá contener:

a)    El número del programa.

b)    Los datos del vehículo en que se efectúa el traslado.

c)    El lugar al que van a ser destinadas las mercancías y,

d)    La anotación de que dicha operación se efectúa en los términos de la regla 4.3.14.

3.     Tratándose de mercancías susceptibles de ser identificadas individualmente, deberán indicar:

a)    Números de serie, parte, marca, modelo o, en su defecto,

b)    Las especificaciones técnicas o comerciales necesarias para identificar dichas mercancías, a efecto de distinguirlas de otras similares.

Disposiciones jurídicas aplicables:

Regla 1.2.2. y 4.3.14.

 


Instructivo de trámite para obtener la autorización para destinar mercancías al régimen de recinto fiscalizado estratégico, de conformidad con la regla 4.8.1.

¿Quiénes lo realizan?

Personas morales.

¿Cómo se realiza?

Mediante escrito libre de conformidad con la regla 1.2.2.

¿Dónde se presenta?

Ante la ACRA.

¿Qué documento se obtiene?

Autorización para destinar mercancías al régimen de recinto fiscalizado estratégico.

¿Cuándo se presenta?

En el caso de que personas morales se encuentren interesadas en destinar mercancía al régimen de recinto fiscalizado estratégico.

¿Cuándo se emite la resolución?

La AGA emitirá la autorización correspondiente en un plazo no mayor a tres meses contados a partir de la fecha de recepción de la solicitud. Transcurrido dicho plazo sin que se notifique la autorización que corresponda, se entenderá que la resolución es negativa en los términos del artículo 37 del Código.

Requisitos generales:

A.     Solicitud de Autorización para destinar mercancías al régimen de recinto fiscalizado estratégico:

1.     Copia certificada del acta constitutiva y, en su caso, modificaciones a la misma, en donde sean visibles los datos de inscripción en el Registro Público de Comercio.

2.     Copia certificada del documento con el cual se acredite el legal uso o goce del inmueble.

3.     En el caso de personas morales que se encuentren inscritas en el registro del despacho de mercancías de las empresas para efectuar importaciones mediante el procedimiento de revisión en origen o en el registro de empresas certificadas, a que se refieren los artículos 100 y 100-A de la Ley; que cuenten con autorización de depósito fiscal para el ensamble y fabricación de vehículos, o con Programa IMMEX, ECEX o ALTEX por parte de la SE, deberán manifestarlo indicando el número de registro o autorización que les haya sido asignado.

4.     Descripción general de las actividades o servicios que se pretendan desarrollar dentro del inmueble, de conformidad con lo previsto en el artículo 135-B, primer párrafo de la Ley.

5.     Programa de inversión, el cual contendrá los conceptos a desarrollar con motivo de las obras, instalaciones y/o adaptaciones a realizar, señalando el monto en moneda nacional de la respectiva inversión y los plazos en que se efectuarán las inversiones.

6.     Dos juegos de planos impresos y digitalizados en disco compacto con formato Autocad, en los que se identifique la superficie en que se pretenda operar el régimen de recinto fiscalizado estratégico, conforme a los lineamientos que se establecen para los Recintos Fiscalizados Estratégicos en la página electrónica www.aduanas.gob.mx.

7.     La propuesta deberá considerar la instalación de circuito cerrado de televisión y demás medios de control conforme a los lineamientos que se establecen para los Recintos Fiscalizados Estratégicos en la página electrónica www.aduanas.gob.mx.

8.     Escrito firmado por el representante legal y por cada uno de los accionistas, a través del cual manifiesten bajo protesta de decir verdad, que cuentan con solvencia económica, así como con capacidad técnica, administrativa y financiera.

9.     Documentación certificada con la que se acredite la representación legal de la persona que firme la solicitud, con poder para actos de administración.

10.   El comprobante de pago realizado a través del esquema e5cinco, a que hace referencia la regla 1.1.3., con el que acredite el pago de derechos previsto en el artículo 40, inciso ñ) de la LFD.

11.   Opinión positiva sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales, mediante la cual se acredite que se encuentra al corriente en el cumplimiento de las mismas, conforme a lo dispuesto en la regla II.2.1.12. de la RMF.

B.     Tratándose de solicitudes de autorización para destinar mercancías al régimen de recinto fiscalizado para la elaboración, transformación o reparación, adicionalmente a los requisitos señalados en el apartado A del presente instructivo, se estará a lo siguiente:

1.     Para los efectos del numeral 1 del apartado A del presente instructivo, se deberá acreditar como mínimo un capital fijo pagado de $1’000,000.00.

2.     Anexar una descripción detallada del proceso productivo que incluya la capacidad instalada de la empresa para procesar las mercancías que se destinen al régimen de recinto fiscalizado estratégico.

3.     Anexar un listado que contenga la descripción comercial, así como la descripción y fracción arancelaria conforme a la TIGIE, de los productos que resultarían de los procesos de elaboración, transformación o reparación, así como para cada uno de ellos, la descripción comercial y la descripción y fracción arancelaria conforme a la TIGIE de las mercancías que se destinen al régimen de recinto fiscalizado estratégico para llevar a cabo dichos procesos.

C.     Tratándose de empresas que soliciten una autorización de recinto fiscalizado estratégico dentro de un recinto portuario o colindante al mismo, a una Administración Portuaria Integral, además de la documentación señalada en los apartados A y B del presente instructivo deberán proporcionar lo siguiente:

1.     Documento con el que acredite su legal establecimiento dentro del recinto portuario.

2.     Cumplir con los lineamientos en materia de operación, seguridad y control que determine la ACPA.

Disposiciones jurídicas aplicables:

Artículo 135-A de la Ley, reglas 1.2.2., 1.1.3. y 4.8.1.