DECRETO por el que se reforma el artículo 18 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público |
Miércoles 15 de junio de 2011 |
Al margen
un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.-
Presidencia de
FELIPE DE JESÚS CALDERÓN HINOJOSA,
Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Que el
Honorable Congreso de
DECRETO
"EL
CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA:
SE
REFORMA EL ARTÍCULO 18 DE
ARTÍCULO ÚNICO.- Se reforma el artículo 18 de
Artículo 18. En la planeación de las adquisiciones, arrendamientos y
servicios que pretendan realizar sujetos a que se refiere las fracciones I a VI
del artículo 1 de esta Ley, deberá ajustarse a:
I. Los
objetivos y prioridades del Plan Nacional de Desarrollo y de los programas
sectoriales, institucionales, regionales y especiales que correspondan, así
como a las previsiones contenidas en sus programas anuales, y
II. Los
objetivos, metas y previsiones de recursos establecidos en el Presupuesto de
Egresos de
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente decreto entrará en vigor el día siguiente de su
publicación en el Diario Oficial de
México,
D.F., a 26 de abril de 2011.- Dip. Jorge Carlos Ramirez
Marin, Presidente.- Sen.
Manlio Fabio Beltrones
Rivera, Presidente.- Dip. Maria de Jesus Aguirre Maldonado,
Secretaria.- Sen. Renán Cleominio Zoreda
Novelo, Secretario.- Rúbricas."
En
cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de