CIRCULAR Modificatoria 17/11 de la Unica de Seguros.

Lunes 18 de marzo de 2011

 

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda  y Crédito Público.- Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.

CIRCULAR MODIFICATORIA 17/11 DE LA UNICA DE SEGUROS

(ANEXO 18.7.9)

La Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 108, fracción IV, de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros y de conformidad con el Acuerdo por el que la Junta de Gobierno de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas delega en el presidente la facultad de emitir las disposiciones necesarias para el ejercicio de las facultades que la ley le otorga a dicha Comisión y para el eficaz cumplimiento de la misma y de las reglas y reglamentos, emitido el 2 de diciembre de 1998 y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de enero de 1999, y

CONSIDERANDO

Que resulta necesario actualizar el Anexo 18.7.9 de la Circular Unica de Seguros con los valores de tasa de referencia que deben emplear las personas y entidades relacionadas con la contratación de las rentas vitalicias y de Seguros de Sobrevivencia previstos en la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro en las Metodologías de Cálculo de los Montos Constitutivos de los Seguros de Pensiones derivados de la Ley del Seguro Social y de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de Trabajadores del Estado.

Por lo que esta Comisión ha resuelto expedir la siguiente Circular modificatoria:

CIRCULAR MODIFICATORIA 17/11 DE SEGUROS

(ANEXO 18.7.9)

UNICA.- Se modifica el Anexo 18.7.9.

TRANSITORIA

UNICA.- La presente Circular entrará en vigor el 21 de marzo de 2011.

Lo anterior se hace de su conocimiento, con fundamento en el artículo 108 fracción IV de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros y de conformidad con el Acuerdo por el que la Junta de Gobierno de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas delega en el presidente la facultad de emitir las disposiciones necesarias para el ejercicio de las facultades que la ley le otorga a dicha Comisión y para el eficaz cumplimiento de la misma y de las reglas y reglamentos, emitido el 2 de diciembre de 1998 y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de enero de 1999.

Atentamente

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D.F., 16 de marzo de 2011.- El Presidente de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, Manuel S. Aguilera Verduzco.- Rúbrica.

 

ANEXO 18.7.9

TASA DE REFERENCIA PARA UTILIZAR EN LAS METODOLOGIAS DE CALCULO DE LOS MONTOS CONSTITUTIVOS DE LOS SEGUROS DE PENSIONES DERIVADOS DE LA LSS Y DE LA LISSSTE

Ofertas Realizadas

Tasa de Rendimiento de Mercado

Tasa de Referencia

 del

 al

Para ofertas con BBR*

Para ofertas con BBMC*

Para ofertas con BBR*

Para ofertas con BBMC*

14-ago-2009

9-sep-2009

4.50%

4.50%

3.70%

3.70%

10-sep-2009

15-sep-2009

4.46%

4.46%

3.70%

3.93%

16-sep-2009

2-oct-2009

4.42%

4.42%

3.66%

3.87%

5-oct-2009

20-oct-2009

4.35%

4.35%

3.62%

3.81%

21-oct-2009

26-oct-2009

4.21%

4.21%

3.58%

3.75%

27-oct-2009

19-nov-2009

4.13%

4.13%

3.54%

3.69%

20-nov-2009

23-nov-2009

4.04%

4.04%

3.51%

3.63%

24-nov-2009

22-dic-2009

3.78%

4.03%

3.32%

3.72%

23-dic-2009

12-feb-2010

3.74%

3.93%

3.22%

3.62%

15-feb-2010

8-mar-2010

3.65%

3.91%

3.11%

3.62%

9-mar-2010

9-abr-2010

3.59%

3.85%

3.11%

3.52%

12-abr-2010

16-abr-2010

3.55%

3.78%

3.01%

3.52%

19-abr-2010

27-may-2010

3.53%

3.74%

3.01%

3.42%

28-may-2010

15-jun-2010

3.48%

3.63%

3.01%

3.32%

16-jun-2010

29-jun-2010

3.44%

3.58%

2.90%

3.32%

30-jun-2010

7-jul-2010

3.38%

3.53%

2.90%

3.22%

8-jul-2010

29-jul-2010

3.30%

3.45%

2.80%

3.12%

30-jul-2010

3-ago-2010

3.19%

3.36%

2.69%

3.12%

4-ago-2010

4-ago-2010

3.11%

3.28%

2.59%

3.02%

5-ago-2010

13-ago-2010

3.05%

3.22%

2.48%

2.92%

16-ago-2010

20-ago-2010

2.91%

3.10%

2.37%

2.82%

23-ago-2010

27-ago-2010

2.85%

3.03%

2.27%

2.72%

30-ago-2010

9-sep-2010

2.75%

2.94%

2.16%

2.62%

10-sep-2010

4-oct-2010

2.65%

2.84%

2.06%

2.52%

5-oct-2010

21-oct-2010

2.53%

2.74%

2.00%

2.47%

22-oct-2010

11-nov-2010

2.44%

2.64%

1.89%

2.37%

12-nov-2010

26-nov-2010

2.34%

2.56%

1.79%

2.37%

29-nov-2010

3-dic-2010

2.39%

2.62%

1.89%

2.37%

6-dic-2010

10-dic-2010

2.47%

2.70%

2.00%

2.47%

13-dic-2010

17-dic-2010

2.60%

2.85%

2.11%

2.57%

20-dic-2010

28-dic-2010

2.73%

2.98%

2.21%

2.77%

29-dic-2010

4-ene-2011

2.89%

3.14%

2.42%

2.87%

5-ene-2011

7-ene-2011

3.06%

3.33%

2.63%

3.07%

10-ene-2011

14-ene-2011

3.16%

3.44%

2.74%

3.17%

17-ene-2011

21-ene-2011

3.24%

3.52%

2.74%

3.27%

24-ene-2011

4-feb-2011

3.28%

3.58%

2.89%

3.41%

7-feb-2011

18-feb-2011

3.37%

3.66%

2.99%

3.51%

21-feb-2011

25-feb-2011

3.46%

3.74%

3.10%

3.51%

28-feb-2011

4-mar-2011

3.54%

3.82%

3.10%

3.61%

7-mar-2011

11-mar-2011

3.60%

3.87%

3.20%

3.71%

14-mar-2011

18-mar-2011

3.66%

3.94%

3.30%

3.71%

21-mar-2011

 

3.70%

3.98%

3.30%

3.81%

 

*        BBR: Bases Biométricas de Reservas Técnicas o menos conservadoras.

         BBMC: Bases Biométricas más conservadoras que las de Reservas Técnicas.