CONVOCATORIA dirigida a las administradoras de fondos para el retiro interesadas en fungir como prestadoras de servicio para llevar el registro y control de los recursos de cuentas individuales pendientes de ser asignadas y cuentas individuales inactivas de conformidad con lo dispuesto por el Título Cuarto de las Disposiciones de carácter general en materia de operaciones de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, publicadas el 30 de julio de 2010. |
Miércoles 16 de marzo de 2011 |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que
dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional del
Sistema de Ahorro para el Retiro.
CONVOCATORIA DIRIGIDA A LAS ADMINISTRADORAS DE
FONDOS PARA EL RETIRO INTERESADAS EN FUNGIR COMO PRESTADORAS DE SERVICIO PARA
LLEVAR EL REGISTRO Y CONTROL DE LOS RECURSOS DE CUENTAS INDIVIDUALES PENDIENTES
DE SER ASIGNADAS Y CUENTAS INDIVIDUALES INACTIVAS DE CONFORMIDAD CON LO
DISPUESTO POR EL TITULO CUARTO DE LAS DISPOSICIONES DE CARACTER GENERAL EN
MATERIA DE OPERACIONES DE LOS SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO, PUBLICADAS EN
EL DIARIO OFICIAL DE
El Presidente de
CONSIDERANDO
Que de acuerdo con lo dispuesto por el segundo párrafo
del artículo 76 de
Que conforme a lo dispuesto en el Capítulo II del Título
Cuarto de las Disposiciones de Carácter General en Materia de Operaciones de
los Sistemas de Ahorro para el Retiro, para la prestación de los servicios de
registro y control de recursos de cuentas individuales,
CONVOCATORIA
DIRIGIDA A LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO INTERESADAS EN FUNGIR
COMO PRESTADORAS DE SERVICIO PARA LLEVAR EL REGISTRO Y CONTROL DE LOS RECURSOS DE CUENTAS
INDIVIDUALES PENDIENTES DE SER ASIGNADAS Y CUENTAS INDIVIDUALES INACTIVAS DE
CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR EL TITULO CUARTO DE LAS DISPOSICIONES DE CARACTER
GENERAL EN MATERIA DE OPERACIONES DE LOS SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO,
PUBLICADAS EN EL DIARIO OFICIAL DE
CONVOCA
A las Administradoras de Fondos para el Retiro
interesadas en fungir como Prestadoras de Servicio a efecto prestar los
servicios que establece el artículo 148 del Título Cuarto de las Disposiciones
de Carácter General en Materia de Operaciones de los Sistemas de Ahorro para el
Retiro, publicadas en el Diario Oficial de
BASES
1. Objeto
1.1 Seleccionar a la(s) Prestadora(s) de Servicio de
conformidad con lo dispuesto por el Título Cuarto de las Disposiciones en
Materia de Operaciones, que ofrezca la propuesta con las mejores condiciones,
calidad, niveles de servicios ofrecidos y precio para llevar el registro y
control de los recursos de Cuentas Individuales pendientes de ser asignadas y
Cuentas Individuales inactivas, así como prestar los servicios a que se refiere
el artículo 148 de las Disposiciones en Materia de Operaciones.
Las Cuentas Individuales pendientes de ser asignadas y
Cuentas Individuales inactivas que serán objeto de la presente Convocatoria
serán:
a) Las Cuentas
Individuales pendientes de ser asignadas y las Cuentas Individuales inactivas
que a la fecha de adjudicación
b) Las Cuentas
Individuales de las Administradoras que al 31 de diciembre de 2010 se
encuentren inactivas y que les hubieren sido asignadas con anterioridad al 24
de agosto de 2009; y respecto de las cuales renuncien a fungir como Prestadoras
de Servicio de acuerdo con los artículos 76 cuarto párrafo de
El flujo bimestral aproximado de Cuentas Individuales de
nuevo ingreso, es de 230,000 Cuentas Individuales, que representan un monto
total de 108 millones de pesos.
Asimismo, al mes de septiembre de 2010 existen 8
millones de Cuentas Individuales inactivas asignadas a las Administradoras con
anterioridad a 2009 y que representan un monto total de 11,600 millones de
pesos. Estas Cuentas Individuales únicamente podrán ser objeto de la presente
Convocatoria en términos de lo señalado en la fracción b del presente numeral.
2. Calendario de actividades
2.1. El calendario al que se sujetará el presente proceso de licitación
para elegir a la(s) Administradoras que fungirán como Prestadora(s) de Servicio
es el siguiente:
|
ACTIVIDAD |
FECHAS |
1 |
Junta de Aclaraciones |
A los 2 días hábiles
siguientes de la publicación de |
2 |
Entrega y recepción de |
A los 10 días hábiles
siguientes de la publicación de |
3 |
Notificación del Fallo |
A los 5 días hábiles
siguientes de la entrega y recepción de |
4 |
Notificación de la
adjudicación del servicio |
Dentro de los 4 días
hábiles siguientes a la notificación del fallo. |
3. Información de
los servicios que deberán ofrecer la(s) Prestadora(s) de Servicio
3.1. La descripción completa y especificaciones técnicas
de los servicios que deberán proporcionar y cumplir la(s) Administradora(s)
ganadora(s) de la presente licitación para fungir como Prestadora(s) de
Servicio, se encuentran establecidos en el Anexo Técnico de la presente
Convocatoria, así como en lo dispuesto por el Título Cuarto de las
Disposiciones en Materia de Operaciones.
4. Junta de
Aclaraciones
4.1.
4.2.
4.3. Con el propósito de agilizar el proceso de
4.4.
4.5. Cualquier modificación a
4.6. Se emitirá un Acta derivada de
5. De la entrega
y recepción de Propuesta Técnica y Económica
5.1. La(s) Administradora(s) interesada(s) en participar
en la presente Convocatoria deberán entregar
5.1.1. La razón social de
5.1.2. Contenido del sobre, con la leyenda “Propuesta
Técnica y Económica para fungir como Prestadora de Servicio”.
5.1.3. Relación de documentos que digan contenerse en
dicho sobre.
5.2. Los documentos deben presentarse ante
5.3. Los documentos deberán venir firmados
preferentemente en todas sus hojas y necesariamente en la última hoja de cada
uno de los documentos a entregar, por el representante o apoderado legal de
5.4. El acto de entrega y recepción del sobre que
contenga
5.5. La apertura de los sobres se hará en presencia de
los correspondientes interesados.
5.6.
5.7. Una vez recibida
6. Criterios para
la evaluación de
6.1. La evaluación se hará verificando que las
propuestas incluyan la información, documentos y requisitos solicitados en esta
Convocatoria, el Anexo Técnico y modificaciones que resulten de la(s) Junta(s)
de Aclaraciones.
6.2. La evaluación de la propuesta técnica se realizará
verificando que todas las condiciones ofrecidas por las Administradoras
Postulantes cumplan con las características y especificaciones técnicas
requeridas en la presente Convocatoria, Anexo Técnico y modificaciones
derivadas de la(s) Junta(s) de Aclaraciones utilizando la forma de calificación
de “cumple” o “no cumple” por lo que no se utilizarán mecanismos de puntos o porcentajes.
Se entenderá que
6.3. La evaluación de la propuesta económica se
realizará mediante la revisión de las comisiones ofertadas para la prestación
del servicio objeto de la presente Convocatoria y se elaborará cuadro económico
comparativo de las propuestas que hayan cumplido con todos los requisitos legales,
administrativos y técnicos exigidos en
6.4. Una vez hecha la evaluación de las propuestas, el
servicio se adjudicará a
6.5. Si derivado de la evaluación de las propuestas se
obtuviera un empate en la comisión ofertada por dos o más Administradoras
Postulantes,
De subsistir el empate entre las Administradoras, el
servicio se adjudicará a éstas y las Cuentas Individuales pendientes de ser
asignadas y Cuentas Individuales inactivas objeto de la presente Convocatoria
serán distribuidas a prorrata, de acuerdo con la capacidad de administración de
Cuentas Individuales que cada Administradora posea.
Una vez que se haya notificado la adjudicación del
servicio y para efectos de las Cuentas Individuales que se reciban con
posterioridad, éstas serán distribuidas en igualdad de condiciones entre las
Administradoras Prestadoras de Servicio, tomando en consideración la edad del
Trabajador, el salario base de cotización, las aportaciones que se registren en
las Cuentas Individuales y la ubicación geográfica de la subdelegación del IMSS.
7. Notificación
del Fallo
7.1. El fallo que emita
7.1.1. Nombre de las Administradoras Postulantes cuyas
propuestas fueron desechadas como resultado de su análisis detallado y las
razones que se tuvieron para ello.
7.1.2. Nombre de las Administradoras Postulantes cuyas
propuestas fueron evaluadas por ofertar la comisión más baja, y el resultado de
la evaluación de cada una de ellas.
7.1.3. Nombre de la o de las Administradoras a quien se
adjudique el servicio, indicando la comisión que ofertó.
7.2.
7.4. Dentro de los cuatro días hábiles de haberse
notificado el fallo,
8. Causas de
descalificación para desechar
De manera enunciativa más no limitativa serán causas de
descalificación para desechar la(s) propuesta(s):
8.1. Cuando el Postulante no cumpla con alguno de los
requisitos indicados en la presente Convocatoria, el Anexo Técnico y
modificaciones derivadas de la(s) Junta(s) de Aclaraciones.
8.2. Cuando el sobre que contenga
8.3. Cuando
8.4. Cuando la documentación legal y administrativa, así
como
8.5. Cuando las comisiones señaladas en
8.6. Los demás casos en los que esta misma Convocatoria
y Anexo Técnico lo señalen expresamente.
9. Idioma en que
deberá presentarse
Las propuestas deberán presentarse en idioma español.
10. Plazo, lugar
y condiciones para la prestación de los servicios
10.1. La prestación de los servicios tendrá una vigencia
de 12 meses a partir de la fecha en que reciban las Cuentas Individuales objeto
de
10.2. La(s) Administradora(s) ganadora(s) deberán
proporcionar los servicios objeto de la presente Convocatoria en sus propias
instalaciones.
11.
Incumplimiento en la prestación de los servicios
En caso de incumplimiento en la prestación del servicio,
las Administradoras Prestadoras de Servicio serán acreedoras de las sanciones
que correspondan en términos de
12. Causales para
declarar desierta
12.1.
Se considerará que la comisión propuesta es aceptable,
cuando ésta no sea excesiva a los intereses de los Trabajadores, y sea menor a
la comisión vigente del 0.30% y contemple una diferencia de por lo menos 10% de
la comisión vigente para
En caso de que
13. Terminación
anticipada del servicio como Prestadora de Servicio
13.1. Concurran razones de interés general, o bien
cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los
servicios originalmente establecidos, y se demuestre que de continuar con el
cumplimiento de las obligaciones pactadas, se ocasionaría algún daño o
perjuicio a los Trabajadores, o se determine la nulidad total o parcial de los
actos que dieron origen a la adjudicación del servicio.
13.2. La(s) Prestadora(s) de Servicio incumplan
reiteradamente con las obligaciones a su cargo establecidas en
Se entiende que existe un incumplimiento reiterado de
las obligaciones cuando esta Comisión detecte que de la(s) Prestadora(s) de
Servicio no ha llevado a cabo dos o más veces los compromisos asumidos a través
de
13.3. Cuando la(s) Prestadora(s) de Servicio no
entregue(n) la información necesaria de conformidad con lo previsto en la
presente Convocatoria, Anexo Técnico y modificaciones derivadas de la(s)
Junta(s) de Aclaraciones, y afecten de manera grave, a juicio de
13.4. Si
13.5. Los demás casos que se establecen en las
Disposiciones en Materia de Operaciones.
México, D.F., a 7 de marzo de 2011.- El Presidente de
Especificaciones
y detalle
Indice
1. DEFINICIONES
2. DE LAS FUNCIONES DE LAS PRESTADORAS DE SERVICIO
2.1. Sobre el registro y control de las Cuentas Individuales:
2.2. Sobre el registro de la información
2.3. Entregables a
2.4. Entregables a
2.5. Confidencialidad y sujeción a normatividad
3. DE LOS REQUISITOS
3.1. La existencia y personalidad jurídica de las Administradoras
Postulantes
3.2. De la capacidad para prestar el servicio
3.3. Probada capacidad en administración de Cuentas Individuales
3.4. Solvencia financiera
3.5. Calidad y niveles de servicios
3.6. Cartas
3.7. Propuesta Económica
3.8. Otros
4. ANEXO
4.1. Relación de documentos a presentar de
4.2. Relación de documentos a presentar de
4.3. Formato para elaborar las
proyecciones del Balance General y los Estados de Resultados
1. DEFINICIONES
Para efectos de
1.1. Administradora
Postulante, a
1.2. Base
de Datos, a la base de datos que contenga la información d las Cuentas
Individuales de los Trabajadores respecto de las cuales las Prestadoras de
Servicio lleven el registro y control de los recursos;
1.3. Disposiciones
en Materia de Operaciones, a las Disposiciones de Carácter General en Materia
de Operaciones de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, publicada en el Diario
Oficial de
1.4. SAR,
Sistemas de Ahorro para el Retiro.
2. DE LAS
FUNCIONES DE LAS PRESTADORAS DE SERVICIO
Las Prestadoras de Servicio deberán prestar los
servicios a que se refiere el artículo 55 del Reglamento, así como los
servicios establecidos en el Título Cuarto de las Disposiciones en Materia de
Operaciones.
2.1. Sobre el registro y control de los
recursos de las Cuentas Individuales:
2.1.1. Recibir
la información de las cuotas y aportaciones de las Cuentas Individuales
pendientes de ser asignadas y de las Cuentas Individuales inactivas de los
Trabajadores, que reciban derivado de la adjudicación del servicio así como de
aquellas Cuentas Individuales que se acumulen durante los procesos bimestrales
de recaudación que lleven a cabo las Empresas Operadoras para el registro y
control de los recursos;
2.1.2. Conciliar
con las Empresas Operadoras los montos por conceptos de comisiones que serán
liquidados a
2.1.3. Llevar
el registro de los intereses que generen las cuotas durante el tiempo en que se
encuentren las aportaciones en procesos de conciliación y conciliar con las
Empresas Operadoras los intereses generados de las Cuentas Individuales;
2.1.4. Proporcionar
información histórica y actualizada de
2.1.5. Llevar
el registro de las cuotas y aportaciones del seguro de retiro, cesantía en edad
avanzada y vejez, de la cuota social, de las Aportaciones de Vivienda, así como
de otras aportaciones que correspondan;
2.1.6. Llevar
el registro del saldo de los recursos del seguro de retiro, cesantía en edad
avanzada y vejez, cuota social y otras subcuentas que correspondan, así como de
los rendimientos que genere su depósito en
2.1.7. Llevar
el registro del saldo de la subcuenta de vivienda y de los rendimientos que
genere de conformidad con
2.1.8. Llevar
el registro contable del saldo y rendimientos de la cuota social de las Cuentas
Individuales pendientes de ser asignadas y de las Cuentas Individuales
Inactivas, respecto de las cuales tengan a su cargo el registro y control de
los recursos, en tanto se mantengan depositados en
2.1.9. Informar
el saldo de los recursos del seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y
vejez, o de las Aportaciones de Vivienda y otras subcuentas que correspondan,
el mismo día que el Trabajador lo solicite;
2.1.10. Ceder
las Cuentas Individuales de los Trabajadores que se registren voluntariamente
en una Administradora en el momento en que
2.1.11 Ceder
las Cuentas Individuales de los Trabajadores que sean objeto de los procesos
anuales de asignación en términos del artículo 76 de
2.1.12. Establecer
los mecanismos y controles que prevengan que el área comercial de la(s)
Administradora(s) que funja(n) como Prestadora(s) de Servicio, cuente con
información adicional, distinta o en tiempo diferente al resto de las
Administradoras, y
2.1.13. Elaborar
un Manual de Políticas y Procedimientos para llevar a cabo la prestación de
servicios, en términos de lo dispuesto por el artículo 3 de las Disposiciones
en Materia de Operaciones.
2.2. Sobre el registro de la información
2.2.1. Recibir
de las Empresas Operadoras:
2.2.1.1. Un
primer envío masivo para la apertura de las Cuentas Individuales, con la
información de todos los Trabajadores que se encuentren en su Base de Datos;
2.2.1.2. La
información de Cuotas y Aportaciones de los Trabajadores cada bimestre para la
apertura de su Cuenta Individual, y
2.2.1.3. La
información de las aportaciones obrero patronales de conformidad con la
normatividad emitida por
2.2.2. Realizar
el registro de las Cuentas Individuales de los Trabajadores con la siguiente
información:
2.2.2.1. Datos
del Trabajador, como son, el apellido paterno, materno y nombre (s);
2.2.2.2. Número
de Seguridad Social del Trabajador;
2.2.2.3. CURP,
en su caso;
2.2.2.4. Registro
federal de contribuyentes, en su caso;
2.2.2.5. Fecha en
que se distribuyó la información de las Cuentas Individuales a
2.2.2.6. Registro
de las subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, vivienda y
otras que apliquen, y
2.2.2.7. La
demás información requerida para el registro de una Cuenta Individual que se
establezca en el Título Cuarto de las Disposiciones en Materia de Operaciones emitidas
por
2.2.3. Registrar
y administrar la información de las Cuentas Individuales que reciba como
Prestadora de Servicio de forma independiente al resto de las Cuentas
Individuales que tenga
2.2.4. Llevar
el registro y administración de las Cuentas Individuales en un formato y
estructura estandarizados, compatibles con sistemas abiertos que permitan una
sencilla transferencia de información al finalizar su período como Prestadora
de Servicio.
2.3. Entregables a
2.3.1. Entregar
a
2.3.1.1. Número
de Cuentas Individuales administradas;
2.3.1.2. Saldo
de las Cuentas Individuales administradas por subcuenta;
2.3.1.3. Número
de Cuentas Individuales que han solicitado su registro;
2.3.1.4. Intereses
generados;
2.3.1.5. Monto
de las comisiones cobradas a las Cuentas Individuales;
2.3.1.6. Número
de consultas recibidas por parte de los Trabajadores, y
2.3.1.7. Demás
información que solicite
2.4. Entregables a las Empresas Operadoras
2.4.1. Entregar
la base de datos con los movimientos históricos y saldos actualizados de las
Cuentas Individuales administradas al terminar su período como Prestadora de
Servicio, en el formato y características que defina en conjunto con las
Empresas Operadoras.
2.4.2. Entregar
a las Empresas Operadoras la información para el contacto de los Trabajadores
de las Cuentas Individuales que administre, para que ésta a su vez la ponga a
disposición de todas las
Administradoras. Esta información deberá contener como mínimo los datos de
identificación de los Trabajadores, de las aportaciones, de acuerdo con las
Disposiciones en Materia de Operaciones.
Asimismo,
para efecto de lo anterior, se deberá verificar que existan formatos de
transmisión de información.
2.5. Confidencialidad y sujeción a
normatividad
2.5.1. Llevar
a cabo los procesos que conlleven las presentes funciones, de manera que
garanticen la integridad, congruencia, fidelidad, seguridad, confidencialidad,
actualización y disponibilidad de
2.5.2. Mantener
y garantizar la confidencialidad de la información de las Cuentas Individuales
respecto de las cuales lleve el registro y control para evitar que las
Administradoras cuenten con información adicional, distinta o en tiempos
diferentes;
2.5.3. Estar
sujeto a la normatividad emitida por
2.5.4.
Las
obligaciones pactadas, serán extensivas para los empleados, funcionarios,
consejeros y/o accionistas de
3. DE LOS
REQUISITOS
3.1. La
existencia y personalidad jurídica de las Administradoras Postulantes
Forma en que se acreditará la existencia y personalidad
jurídica de
3.1.1. Para
acreditar la existencia y personalidad jurídica, las Administradoras
Postulantes, a través de un representante, deberán presentar una carta
preferentemente en papel membretado de
3.1.1.1. De
3.1.1.2. Del representante o
apoderado legal de
3.1.2. Asimismo,
de conformidad con el numeral arriba indicado, quien concurra en representación
de
3.2.
De la capacidad para prestar los servicios
Declaratoria, en papel membretado de
3.3.
Probada capacidad en administración de Cuentas Individuales
Forma en que se acreditará la capacidad
en administración de Cuentas Individuales:
3.3.1. Con
el Manual de Políticas y Procedimientos a que se refiere el numeral 2.1.13,
mismo que deberá contener como mínimo, además de lo dispuesto por las
Disposiciones en Materia de Operaciones, los siguientes aspectos:
a. Mecanismos y
controles internos sobre la seguridad e
integridad de
b. Mecanismos
para evitar que el área comercial de
c. Separación
de
d. Garantizar
la portabilidad, seguridad e integridad de la base de datos;
e. Gestión y
entrega de Estados de Cuenta, y
f. Procesos
operativos que lleve a cabo
3.4. Solvencia
financiera
3.4.1. Un
informe en el que demuestre que cuenta con capacidad financiera suficiente para
garantizar el cumplimiento de las funciones requeridas para la operación de
3.4.1.1. Que la relación entre el capital contable al cierre del mes
previo a la publicación del presente Anexo Técnico en el Diario Oficial de
En donde:
i=mes de publicación
del Anexo Técnico en el Diario Oficial de
kcontable: es el capital contable al
cierre del mes previo a la publicación en el Diario Oficial de
kmínimo: es el capital mínimo
requerido por las reglas generales emitidas por
Resultado: es el
resultado de operación o utilidad o pérdida neta en flujos acumulados del
estado de resultados de
El cálculo de la desigualdad presentada en este numeral,
debe ser presentando en el informe junto con los Estados Financieros de donde
se obtuvieron los datos para su cálculo.
3.4.1.2. Proyección proforma del balance y estado de resultados anual al
final de 2010 y para los siguientes dos años de operación, sin incluir las
proyecciones proforma en caso de resultar como ganadora de
3.5.
Calidad y niveles de servicios
3.5.1. Acreditar
sobrada capacidad técnica y suficiencia de infraestructura para la
administración de las Cuentas Individuales, de forma que garantice el
almacenamiento y procesamiento de la información bajo los estándares de calidad
que aseguren su integridad, debiendo contener lo siguiente:
3.5.1.1. Características técnicas de los sistemas de cómputo que se
pretenden utilizar para cumplir con las funciones de
3.5.1.2. Crecimiento de los sistemas de cómputo, en caso de que sea
necesario para fungir como Prestadora de Servicio;
3.5.1.3. Características de los dispositivos de almacenamiento y
procesamiento de la información, así como los respaldos requeridos para fungir
como Prestadora de Servicio, y
3.5.1.4. Escrito en el que haga constar que durante 2010, el número de
quejas e inconformidades ante
3.6.
Cartas
Las Administradoras Postulantes deberán
presentar cada una de las siguientes cartas por separado en papel membretado de
3.6.1. Su
intención de fungir como Prestadora de Servicio.
3.6.2. Aceptación,
conformidad y sujeción a
3.6.3. Que
se abstendrán de adoptar conductas para que los servidores públicos de
3.6.4. Su
cumplimiento al artículo 9º de
3.6.5. Que
se compromete a no divulgar ni a utilizar información alguna de la que tenga
acceso para la ejecución de los servicios, materia de la presente Convocatoria
y deberá guardar absoluta confidencialidad. De no ser así, se pagarán los daños
y perjuicios, independientemente de las acciones penales que procedan. Lo
anterior con el propósito de garantizar la salvaguarda de la información que
tenga el carácter de reservada y confidencial en los términos previstos en
3.6.6. Que
se obliga ante
3.6.7. Que
en caso de resultar ganador, garantiza que la prestación de los servicios se
realizará con estricto apego a lo solicitado en
3.6.8. Que
en caso de resultar ganador, reconoce que es la única responsable de la
relación laboral con el personal que intervenga en los servicios objeto de esta
Convocatoria, reconociendo expresamente que no existe subordinación ni relación
laboral o de alguna otra naturaleza entre
3.7. Propuesta
Económica
Las Administradoras postulantes deberán presentar la
propuesta de comisión que cobrarán por el registro y control de los recursos de
Cuentas Individuales pendientes de ser asignadas y Cuentas Individuales
inactivas, como porcentaje de los activos administrados; la cual será
presentada en términos porcentuales anualizados respecto al saldo promedio
mensual de las Cuentas Individuales que se encuentren invertidas en
Las
Administradoras Postulantes deberán considerar en su Propuesta Económica que
los servicios ofrecidos a los trabajadores cuyas Cuentas Individuales se
encuentren pendientes de asignar y de las Cuentas Individuales inactivas son
menores a los que se brindan a un trabajador registrado en una Administradora.
Cabe
señalar que no habrán costos por los proceso de dispersión al IMSS, ni se
pagarán comisiones a las Empresas Operadoras por los procesos que se lleven a
cabo.
Para
que la propuesta de comisión de las Administradoras Postulantes sea aceptable,
ésta deberá ser menor a la comisión vigente del 0.30%. Dicha propuesta deberá
contemplar una diferencia de por lo menos 10% de la comisión vigente.
En
virtud de lo anterior, se considerará que una propuesta de comisión es excesiva
a los intereses de los trabajadores cuando exceda del porcentaje establecido en
el párrafo anterior.
3.8. Otros
4. ANEXO
4.1. Relación de
documentos a presentar de
No. |
Documentos |
Puntos de relación |
ACREDITACION DE |
3.1. |
|
1. |
Para acreditar la existencia y
personalidad jurídica, las Administradoras Postulantes, a través de un
representante, deberán presentar una carta preferentemente en papel membretado de De Del representante o apoderado legal de |
3.1.1 |
2. |
Asimismo, de conformidad al
numeral arriba indicado, quien concurra en representación de |
3.1.2 |
DE |
3.2. |
|
3. |
Declaratoria, en papel membretado
de |
3.2 |
PROBADA CAPACIDAD EN ADMINISTRACION DE CUENTAS INDIVIDUALES |
3.3. |
|
4. |
Manual de Políticas y
Procedimientos. |
3.3.1 |
SOLVENCIA FINANCIERA |
3.4. |
|
5. |
Informe aprobado por el Contralor
Normativo presentado en papel membretado de |
3.4.1 |
CALIDAD Y NIVELES DE SERVICIOS |
3.5. |
|
6. |
Resumen técnico en el que se
contenga el detalle esquemático bajo el cual proponen operar los procesos, así
como las políticas conceptuales y de operación, presentado en papel
membretado de |
3.5.1 |
CARTAS. Deberán ser presentadas cada carta por separado,
preferentemente en papel membretado de |
3.6 |
|
7. |
Su intención de fungir como
Prestadora de Servicio. |
3.6.1 |
8. |
Aceptación, conformidad y
sujeción a |
3.6.2 |
9. |
Que se abstendrán de adoptar
conductas para que los servidores públicos de |
3.6.3 |
10. |
El cumplimiento al artículo 9° de
|
3.6.4 |
11. |
Que se compromete a no divulgar
ni a utilizar información alguna de la que tenga acceso para la ejecución de
los servicios materia de la presente Convocatoria y deberá guardar absoluta
confidencialidad. |
3.6.5 |
12. |
Que se obliga ante |
3.6.6 |
13. |
Que en caso de resultar ganador,
garantiza que la prestación de los servicios se realizará con estricto apego
a lo solicitado en |
3.6.7 |
14. |
Que en caso de resultar ganador,
reconoce que es la única responsable de la relación laboral con el personal
que intervenga en los servicios objeto de esta Convocatoria, reconociendo
expresamente que no existe subordinación ni relación laboral o de alguna otra
naturaleza entre |
3.6.8 |
4.2. Relación de documentos a
presentar de
No. |
Documentos |
Puntos de relación |
COMISIONES |
||
15. |
Presentar una carta en papel
membretado donde indiquen su propuesta de comisión en términos de |
3.7 |
LO ANTERIOR, PARA FACILITAR
|
4.3.
Formato para elaborar las proyecciones del Balance General y los Estados de
Resultados
Las proyecciones del Balance General y los estados
de resultados a que hacer referencia el numeral 3.4.1.2 deberá entregarse en un
archivo electrónico (Excel) conforme a los siguientes formatos y contener notas
sobre los supuestos más relevantes para su cálculo:
_______________________