ACUERDO por el que se amplía el plazo que tienen los patrones para presentar la información con base a la cual determinarán la prima correspondiente para efectos del pago de sus cuotas en el Seguro de Riesgos de Trabajo. |
Jueves 03 de marzo de 2011 |
Al margen
un logotipo, que dice: Instituto Mexicano del Seguro Social.- Dirección
General.
ACUERDO POR EL QUE SE AMPLIA EL
PLAZO QUE TIENEN LOS PATRONES PARA PRESENTAR
DANIEL KARAM TOUMEH,
Director General del Instituto Mexicano del Seguro Social, con fundamento en
los artículos 3, fracción I y 45, de
CONSIDERANDO
Que conforme a lo
dispuesto en los artículos 74, de
Que para cumplir con
esta obligación, durante el mes de febrero de cada año los patrones deben
presentar los formatos impresos o el dispositivo magnético generado por el
programa informático que el Instituto autorice, en donde se harán constar los casos
de riesgos de trabajo terminados durante el año, precisando la identificación
de los trabajadores y las consecuencias de cada riesgo, así como el número de
trabajadores promedio expuestos al riesgo dados en razón de la mecánica bajo la
cual efectúen los pagos de cuotas.
Además, de que los patrones determinarán, con base en los datos proporcionados
al Instituto, la prima correspondiente y, conforme a la misma, cubrirán sus
cuotas del Seguro de Riesgos de Trabajo;
Que la herramienta
informática desarrollada por el Instituto para estos efectos, consiste en un
módulo que forma parte del Sistema de Autodeterminación de Cuotas (SUA),
mediante el cual los patrones registran las secuelas derivadas de riesgos de trabajo,
para que previo al periodo de presentación, se genere un archivo con los
resultados de la revisión de la siniestralidad patronal, el cual es enviado
cada año al Instituto a través del Sistema “IMSS Desde Su Empresa” (IDSE);
Que el día 25 de
febrero de 2011, se presentó una afectación operativa en la recepción de la
información a través del IDSE, con base en la cual los patrones determinarán la
prima correspondiente para efecto del pago de sus cuotas en el Seguro de
Riesgos de Trabajo, debido a que la capacidad instalada del Instituto fue superada,
obstaculizando de esta manera la recepción de dicha información. Los días 26 y
27 de febrero de 2011, el Instituto trabajó en la solución de esta
problemática, y fue hasta el día 28 del mismo mes y año, cuando se logró
recuperar toda la información correspondiente a 11,283 movimientos registrados
el día de la falla en el sistema y, una vez restablecida la base de datos con
la información generada, se reiniciaron los servicios en su totalidad;
Que debido a esta
circunstancia, se estima que aproximadamente 53,600 patrones pudieron verse
imposibilitados para cumplir con su obligación, en razón de que los días en que
se dio la problemática eran inhábiles y no podían hacerlo en forma presencial
en las subdelegaciones del Instituto;
Que de conformidad con
ACUERDO
ARTICULO UNICO.-
Se amplía el plazo al día 7 de marzo de 2011, que tienen los patrones para
presentar los formatos impresos o el dispositivo magnético generado por el
programa informático “IMSS Desde Su Empresa” (IDSE), y determinar, con base en
los datos proporcionados al Instituto, la prima correspondiente conforme a la
cual cubrirán sus cuotas del Seguro de Riesgos de Trabajo.
TRANSITORIOS
Unico- El presente
Acuerdo surtirá sus efectos el día de su publicación en el Diario Oficial de
Dado en
(R.- 321745)