ACUERDO ACDO.AS1.HCT.241110/334.P.DIR, dictado por el H. Consejo Técnico en la sesión ordinaria celebrada el 24 de noviembre del presente año, por el que se aprueban las reglas generales para el cumplimiento del artículo tercero del Decreto por el que se otorgan facilidades administrativas en materia de simplificación tributaria, publicado el 30 de junio de 2010.

Jueves 2 de diciembre de 2010

 

Al margen un logotipo, que dice: Instituto Mexicano del Seguro Social.- Secretaría General.- Oficio 09-9001-030000/.

El H. Consejo Técnico, en la sesión ordinaria celebrada el 24 de noviembre del presente año, dictó el ACDO.AS1.HCT.241110/334.P.DIR, en los siguientes términos:

“Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 16, 251, fracciones IV, VIII, XXVIII y XXXVII, 263 y 264, fracciones III, XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 5 y 57, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 31, fracciones II y XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, en relación con los artículos Tercero y Sexto del Decreto por el que se otorgan facilidades administrativas en materia de simplificación tributaria, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 30 de junio de 2010; y de conformidad con el planteamiento presentado por la Dirección General, por conducto de la Dirección de Incorporación y Recaudación, mediante oficio 584 del 16 de noviembre de 2010; así como de la resolución tomada por el Comité del mismo nombre, en reunión celebrada el día 10 del mes y año citados, Acuerda: Primero.- Aprobar las REGLAS GENERALES PARA EL CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACION PREVISTA EN EL ARTICULO TERCERO DEL DECRETO POR EL QUE SE OTORGAN FACILIDADES ADMINISTRATIVAS EN MATERIA DE SIMPLIFICACION TRIBUTARIA, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION, EL 30 DE JUNIO DE 2010. Segundo.- Instruir a la Dirección de Incorporación y Recaudación para que informe a este Organo de Gobierno semestralmente, sobre los resultados de la aplicación de las reglas que se aprueban. Tercero.- Instruir a la Dirección Jurídica a efecto de que proceda al trámite de publicación en el Diario Oficial de la Federación, del presente Acuerdo, así como de las Reglas Generales que se aprueban. Cuarto.- El presente Acuerdo, así como las Reglas Generales a que se refiere el punto Primero del mismo, entrarán en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación”.

Atentamente

México, D.F., a 25 de noviembre de 2010.- El Secretario General, Juan Moisés Calleja García.- Rúbrica.

(R.- 317250)