ACUERDO por el que se da a conocer que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público autoriza a la Secretaría de Gobernación los montos bajo el esquema de aprovechamientos en materia de Juegos y Sorteos 2010.

Jueves 09 de septiembre de 2010

 

MA. GUADALUPE LOPEZ MARES, DIRECTORA GENERAL ADJUNTA DE JUEGOS Y SORTEOS, con fundamento en los artículos 14 y 27, fracción XXII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3o., 4o. y 5o. de la Ley Federal de Juegos y Sorteos, artículos 2 y 8 deI Reglamento de la Ley Federal de Juegos y Sorteos, así como 12, fracción XII del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación.

CONSIDERANDO

Que corresponde a la Secretaría de Gobernación, señalar la participación que debe corresponder al Gobierno Federal en los permisos que conceda para juegos y sorteos, independientemente de los impuestos que al efecto determinen las leyes fiscales;

Que corresponde a esta Dirección General Adjunta de Juegos y Sorteos de la Unidad de Gobierno,
la atención, trámite y despacho de los asuntos relacionados con la supervisión y vigilancia del cumplimiento de la Ley y el Reglamento; la expedición de permisos, la supervisión y vigilancia del cumplimiento de los términos y condiciones consignados en éstos; el finiquito de los permisos para sorteos; el desahogo de las quejas, reclamaciones y procedimientos administrativos provenientes del desarrollo y resultado de juegos con apuestas y sorteos; imponer sanciones por infracciones a la Ley Federal de Juegos y Sorteos y su Reglamento, así como las que le confieran las demás disposiciones aplicables;

Que la Subsecretaría de Ingresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, emitió el Oficio número 349-A-0786 de fecha 13 de julio de 2010, autorizando con fundamento en los artículos 31, fracción Xl
de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 38 fracción XV, del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; 3o. del Código Fiscal de la Federación; 10 de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2010, bajo el esquema de aprovechamientos, las cuotas por los conceptos en materia de Juegos y Sorteos 2010 que emite la Secretaría de Gobernación a través de la Dirección General Adjunta de Juegos y Sorteos;

Que los rubros a que se refieren los montos autorizados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, corresponden a actividades que se derivan del Reglamento de la Ley Federal de Juegos y Sorteos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 de septiembre de 2004, de modo que los montos autorizados han de ser aplicados a actividades que requieren de un marco legal para el pago de los aprovechamientos que les corresponden, y

Que los montos autorizados por la Subsecretaría de Ingresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, se determinaron con base en los criterios económicos que se establecen en el artículo 10 de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2010, e incorporan información sobre el crecimiento del nivel general de precios observados desde la fecha de la última autorización, por lo que he tenido a bien emitir el siguiente

ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER QUE LA SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO, AUTORIZA A LA SECRETARIA DE GOBERNACION LOS MONTOS BAJO EL ESQUEMA
DE APROVECHAMIENTOS EN MATERIA DE JUEGOS Y SORTEOS 2010

Artículo Unico.- Se da a conocer que mediante oficio número 349-A-0786 de fecha 13 de julio de 2010,
la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, autorizó a la Secretaría de Gobernación los montos bajo el esquema de aprovechamientos en materia de Juegos y Sorteos 2010, mismo que se transcribe en documento anexo al presente.

TRANSITORIO

Unico.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial
de la Federación.

Dado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los dos días del mes de septiembre de dos mil diez.-
La Directora General Adjunta de Juegos y Sorteos, Ma. Guadalupe López Mares.- Rúbrica.

“Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Subsecretaría de Ingresos.- Unidad de Política de Ingresos.- 349-A-0786.

“2010, Año de la Patria. Bicentenario del Inicio de la Independencia y Centenario del Inicio de la Revolución

México D.F., a 13 de julio de 2010

C.P. Leticia de Jesús Tadeo Madrazo,

Directora General de Programación y

Presupuesto de la Secretaría de Gobernación

Abraham González No. 48, Edif. L, 1er Piso,

Col. Juárez,

06600, México, D.F.

Hago referencia al oficio No. OM/DGPYP/176/2010, mediante el cual solicita autorización de aprovechamientos por concepto de servicios que presta la Secretaría de Gobernación, en materia de juegos y sorteos

Sobre el particular, le informo que esta Secretaría, con fundamento en los artículos 31, fracción XI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 38, fracción XV del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en vigor, 3° del Código Fiscal de la Federación, 10 de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2010; y considerando que los montos de aprovechamientos propuestos fueron determinados con base en los criterios económicos de eficiencia económica y saneamiento financiero, previstos en el artículo 10 de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2010, al tiempo que incorporan información de la inflación observada desde la fecha de la última autorización, de acuerdo con la información presentada por esa dependencia del Ejecutivo Federal, autoriza a la Secretaría de Gobernación, bajo la naturaleza jurídica de aprovechamientos, las cuotas por los conceptos que se detallan en el documento anexo, el cual forma parte integrante del presente oficio.

Los ingresos obtenidos por los conceptos autorizados mediante el presente oficio deberán enterarse a la Tesorería de la Federación, a través de las oficinas autorizadas por esta Secretaría, utilizando el formato aprobado por el Servicio de Administración Tributaria, bajo las claves asignadas por ese órgano administrativo desconcentrado y, de conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2010, estos recursos se deberán concentrar en la Tesorería de la Federación.

Atentamente

El Jefe de la Unidad, Lic. Juan Manuel Pérez Porrúa.- Rúbrica.”

ANEXO

APROVECHAMIENTOS QUE SE AUTORIZAN A LA
SECRETARIA DE
GOBERNACION PARA 2010
EN MATERIA DE JUEGOS Y SORTEOS

PERMISOS DE SORTEOS

Las cuotas de aprovechamientos por concepto de permisos de sorteos que se autorizan a la Secretaría de Gobernación, se determinarán como un porcentaje del valor total de los premios a repartir, conforme a la siguiente tabla:

Límite inferior
(Pesos)

Límite superior
(Pesos)

Cuota fija
(Pesos)

Porcentaje sobre el excedente de límite inferior

$0.01

$5,000.00

$0.00

15%

$5,000.01

$50,000.00

$1,006.22

14%

$50,000.01

$100,000.00

$9,429.78

13%

$100,000.01

$200,000.00

$18,121.12

12%

$200,000.01

$300,000.00

$34,175.10

11%

$300,000.01

$400,000.00

$48,881.00

10%

$400,000.01

$500,000.00

$62,246.77

9%

$500,000.01

$1,000,000.00

$74,289.54

8%

$1,000,000.01

$2,000,000.00

$127,769.77

7%

$2,000,000.01

$3,000,000.00

$221,376.96

6%

$3,000,000.01

$4,000,000.00

$301,617.23

5%

$4,000,000.01

$5,000,000.00

$368,478.05

4%

$5,000,000.01

$6,000,000.00

$421,958.27

3%

$6,000,000.01

en adelante

$462,072.71

2%

 

PELEAS DE GALLOS

NIVEL

FERIA PRINCIPAL DE LAS LOCALIDADES

CUOTA POR DIA*
(Pesos)

A

Aguascalientes, Ags.

$27,158.74

B

Texcoco, Mex.; Zapopan, Jal.; Puebla, Pue.; León, Gto.; Tlaxcala, Tlax. y Metepec, Edo. de México

$17,656.07

C

Tijuana, B.C.; Chihuahua, Chi.; Morelia, Mich. y Querétaro, Qro.

$10,143.60

D

Guadalupe, NL.; Villahermosa, Tab.; Zacatecas, Zac.; Cd. Juárez, Chih. ( en eventos de la feria principal ); Irapuato, Gto.; Colima, Col.; Mexicali, B.C. ( en eventos de la feria principal); Rosarito, B.C.; San Juan del Río, Qro.; Uruapan, Mich.; Tlaquepaque, Jal.; Culiacán, Sin.; Guadalajara, Jal.; San Luis Potosí, SLP: Pachuca, Hgo.; y Gómez Palacio, Dgo.

$7,447.20

E

Ciudades capitales de los estados fronterizos, Mexicali, BC, (en eventos que no corresponden a la feria principal) y Chetumal, Q. Roo

$6,100.07

F

Ciudades capitales de estados restantes

$4,751.87

G

Cabeceras municipales fronterizas, Tijuana, BC.; San Luis Río Colorado, Son.; Nogales, Son.; Piedras Negras, Coah.; Cd. Juárez, Chih. (en eventos que no correspondan a la feria principal ); Cd. Acuña, Coah.; Nuevo Laredo, Tamps.; Reynosa, Tamps.; Matamoros, Tamps.; y Cancún, Q. Roo.

$6,099.00

H

Cabeceras municipales restantes

$3,402.60

I

Comunidades

$2,055.47

*/ La cuota se aplica por día, teniendo como límite 16 peleas diarias, bajo la hipótesis de que un evento se realiza en un tiempo máximo de ocho horas, a razón de una pelea por cada media hora. Si la cantidad de peleas solicitadas es mayor a 16, el excedente de peleas se cobrará en forma proporcional a las cuotas autorizadas.

Las cuotas que se autorizan por concepto de permisos de peleas de gallos cubren el permiso de rifa de números (del 1 al 14), siempre que se celebren entre pelea y pelea y sin rebasar cinco rifas entre pelea y pelea.

 

LOTERIA DE NUMEROS DENTRO DE PELEAS DE GALLOS

Por cada lotería de números

$258.00

 

CARRERAS DE CABALLOS

CONCEPTO

CUOTA
(Pesos)

1 Carrera

$2,118.60

2 Carreras

$3,660.47

3 Carreras

$4,070.28

4 ó más carreras ( Por cada carrera )

$1,285.07

Tercia

$3,466.80

Cuarteta

$4,790.39

Quinteta

$6,159.99

Sexteta

$7,447.20

 

Instituciones u organismos que se exceptúan del pago de aprovechamientos

INSTITUCION U ORGANISMO

Pago de aprovechamiento

Instituciones públicas o privadas de asistencia o de beneficencia

EXENTAS

Instituciones educativas con reconocimiento oficial de validez de estudios

EXENTAS

Dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, Estatal y Municipal

EXENTAS

Sorteos que se celebren con fines exclusivos de propaganda comercial

EXENTOS

 

Permisos para eventos de autofinanciamiento

Adquirientes de vehículos

TAMAÑO DE GRUPO Y PLAZO

CUOTA
(Pesos)

Grupo de 100 integrantes a 40 meses  ( Por cada grupo )

$68.48

Grupo de 125 integrantes a 50 meses  ( Por cada grupo )

$85.60

Grupo de 150 integrantes a 50 meses  ( Por cada grupo )

$102.72

Grupo de 180 integrantes a 60 meses  ( Por cada grupo )

$121.98

 

Adquirentes de bienes inmuebles

TAMAÑO DE GRUPO Y PLAZO

CUOTA
(Pesos)

Grupo de 500 integrantes ( Por cada grupo )

$1,027.20

Grupo de 350 integrantes ( Por cada grupo )

$731.88

Grupo de 300 integrantes ( Por cada grupo )

$610.97

 

Adjudicación por sorteo para empresas de autofinanciamiento

CONCEPTO

CUOTA
1er PERMISO
(Pesos)

CUOTA
2o. PERMISO
(Pesos)

Enseres domésticos y/o equipo de cómputo

$13,483.07

$6,739.93

Automóviles

$32,759.12

$16,954.15

Bienes muebles e inmuebles y/o servicios de construcción

$54,314.27

$27,092.40

 

Cuotas por participación de grupos al evento de adjudicación

TIPO DE BIEN

CUOTA POR INTEGRANTE
(Pesos)

Número de participantes por grupo

CUOTA POR GRUPO
(Pesos)

Enseres domésticos

$1.03

24

$25.68

Equipos de cómputo

$1.24

40 a 75

$51.36

Automóviles

$0.63

100

$65.27

125

$80.25

150

$95.23

180

$115.56

Bienes inmuebles y servicios de construcción

$1.88

300

$578.87

340

$655.91

500

$965.14

 

Espectáculos en vivo

TIPO DE ESPECTACULO

PORCENTAJE DE APROVECHAMIENTO

HIPODROMO, GALGODROMO O FRONTON EN VIVO

Apuestas realizadas en las propias instalaciones del espectáculo en vivo

2% sobre el monto de las apuestas

Apuestas realizadas en los libros foráneos de la misma empresa

2% sobre el monto de las apuestas

Apuestas realizadas en los libros foráneos de otras empresas nacionales

2% sobre el monto de las apuestas

HIPODROMO, GALGODROMO O FRONTON SIMULTANEO:

Apuestas realizadas en libros foráneos de eventos celebrados por otra empresa nacional

2% sobre el monto de las apuestas

Apuestas realizadas en libros foráneos de eventos celebrados en el extranjero

1% sobre el monto de las apuestas

 

OTROS EVENTOS

Apuestas realizadas en libros foráneos de eventos deportivos nacionales

1% sobre el monto de las apuestas

Apuestas realizadas en libros foráneos de eventos deportivos extranjeros

1% sobre el monto de las apuestas

Sorteo de números en tarjetas con números preimpresos

2% sobre el monto de las tarjetas vendidas

Sorteo de números predeterminados por el participante

2% sobre el monto de las tarjetas vendidas

Apuestas a juegos de naipes y dados en ferias

4% sobre el monto de las apuestas menos los premios pagados

Apuestas a juegos de ruleta en ferias

4% sobre el monto de las apuestas menos los premios pagados

 

OTROS EVENTOS

EVENTO

CUOTA
(Pesos)

Sorteo de símbolos tipo la lotería mexicana tradicional, cuando el costo de participación por persona y por juego exceda la cantidad equivalente al 50% del salario mínimo general diario vigente en el Distrito Federal (Por cada sorteo)

$252.52

 

Premios no cobrados, residuos indivisibles y sobrantes en dinero:

CONCEPTO

CUOTA

Premios en dinero no cobrados dentro de los 60 días naturales siguientes en que son exigibles

100% del valor del premio en dinero no cobrado o reclamado

Indivisibles en dinero

100% del valor de la parte del premio en dinero no divisible y que no fue objeto de reparto entre los ganadores

Sobrantes de dinero

100% del valor que por concepto de sobrante de dinero se registre en caja al final del juego o sorteo

 

Interventorías

CONCEPTO

CUOTA
(Pesos)

Por interventoría en eventos nacionales de sorteos

$1,254.04

Por interventoría en eventos en el exterior

Se aplican las tarifas de viáticos autorizadas por
la SHCP.

Por interventoría en eventos en ferias por día

$1,254.04

 

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