ACUERDO por el que se da a conocer que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público autoriza a la Secretaría de Gobernación los montos bajo el esquema de aprovechamientos en materia de Juegos y Sorteos 2010. |
Jueves 09 de septiembre de 2010 |
MA. GUADALUPE LOPEZ MARES, DIRECTORA GENERAL ADJUNTA DE JUEGOS Y
SORTEOS, con fundamento en los artículos 14 y 27, fracción XXII de
CONSIDERANDO
Que corresponde a
Que corresponde a esta Dirección General Adjunta de Juegos y Sorteos de
la atención, trámite y despacho de los asuntos relacionados con la supervisión
y vigilancia del cumplimiento de
Que
de
Que los rubros a que se refieren los montos autorizados por
Que los montos autorizados por
ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER QUE
DE APROVECHAMIENTOS EN MATERIA DE JUEGOS Y SORTEOS 2010
Artículo Unico.- Se da a conocer que mediante oficio número 349-A-0786 de fecha 13 de
julio de 2010,
TRANSITORIO
Unico.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente de su
publicación en el Diario Oficial
de
Dado en
“Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Subsecretaría de Ingresos.- Unidad de Política de Ingresos.- 349-A-0786.
“2010, Año de
México D.F., a 13 de julio de 2010
C.P.
Leticia de Jesús Tadeo Madrazo,
Directora
General de Programación y
Presupuesto
de
Abraham González No. 48, Edif. L, 1er Piso,
Col. Juárez,
06600, México, D.F.
Hago referencia al oficio No. OM/DGPYP/176/2010, mediante el cual
solicita autorización de aprovechamientos por concepto de servicios que presta
Sobre el particular, le informo que esta Secretaría, con fundamento en
los artículos 31, fracción XI de
Los ingresos obtenidos por los conceptos autorizados mediante el
presente oficio deberán enterarse a
Atentamente
El Jefe de la Unidad, Lic. Juan
Manuel Pérez Porrúa.- Rúbrica.”
ANEXO
APROVECHAMIENTOS QUE SE
AUTORIZAN A
SECRETARIA DE
EN MATERIA DE JUEGOS Y SORTEOS
PERMISOS DE SORTEOS
Las cuotas de aprovechamientos por concepto de permisos de sorteos que
se autorizan a
Límite inferior |
Límite superior |
Cuota fija |
Porcentaje sobre el excedente de límite inferior |
$0.01 |
$5,000.00 |
$0.00 |
15% |
$5,000.01 |
$50,000.00 |
$1,006.22 |
14% |
$50,000.01 |
$100,000.00 |
$9,429.78 |
13% |
$100,000.01 |
$200,000.00 |
$18,121.12 |
12% |
$200,000.01 |
$300,000.00 |
$34,175.10 |
11% |
$300,000.01 |
$400,000.00 |
$48,881.00 |
10% |
$400,000.01 |
$500,000.00 |
$62,246.77 |
9% |
$500,000.01 |
$1,000,000.00 |
$74,289.54 |
8% |
$1,000,000.01 |
$2,000,000.00 |
$127,769.77 |
7% |
$2,000,000.01 |
$3,000,000.00 |
$221,376.96 |
6% |
$3,000,000.01 |
$4,000,000.00 |
$301,617.23 |
5% |
$4,000,000.01 |
$5,000,000.00 |
$368,478.05 |
4% |
$5,000,000.01 |
$6,000,000.00 |
$421,958.27 |
3% |
$6,000,000.01 |
en adelante |
$462,072.71 |
2% |
PELEAS DE GALLOS
NIVEL |
FERIA PRINCIPAL DE LAS LOCALIDADES |
CUOTA POR DIA* |
A |
Aguascalientes, Ags. |
$27,158.74 |
B |
Texcoco, Mex.; Zapopan, Jal.; Puebla, Pue.; León, Gto.; Tlaxcala, Tlax. y Metepec, Edo. de México |
$17,656.07 |
C |
Tijuana, B.C.; Chihuahua, Chi.; Morelia, Mich. y Querétaro, Qro. |
$10,143.60 |
D |
Guadalupe, NL.; Villahermosa, Tab.; Zacatecas, Zac.; Cd. Juárez, Chih. ( en eventos de la feria principal ); Irapuato, Gto.; Colima, Col.; Mexicali, B.C. ( en eventos de la feria principal); Rosarito, B.C.; San Juan del Río, Qro.; Uruapan, Mich.; Tlaquepaque, Jal.; Culiacán, Sin.; Guadalajara, Jal.; San Luis Potosí, SLP: Pachuca, Hgo.; y Gómez Palacio, Dgo. |
$7,447.20 |
E |
Ciudades capitales de los estados fronterizos, Mexicali, BC, (en eventos que no corresponden a la feria principal) y Chetumal, Q. Roo |
$6,100.07 |
F |
Ciudades capitales de estados restantes |
$4,751.87 |
G |
Cabeceras municipales fronterizas, Tijuana, BC.; San Luis Río Colorado, Son.; Nogales, Son.; Piedras Negras, Coah.; Cd. Juárez, Chih. (en eventos que no correspondan a la feria principal ); Cd. Acuña, Coah.; Nuevo Laredo, Tamps.; Reynosa, Tamps.; Matamoros, Tamps.; y Cancún, Q. Roo. |
$6,099.00 |
H |
Cabeceras municipales restantes |
$3,402.60 |
I |
Comunidades |
$2,055.47 |
*/
La cuota se aplica por día, teniendo como límite 16 peleas diarias, bajo la
hipótesis de que un evento se realiza en un tiempo máximo de ocho horas, a
razón de una pelea por cada media hora. Si la cantidad de peleas solicitadas es
mayor a 16, el excedente de peleas se cobrará en forma proporcional a las
cuotas autorizadas.
Las
cuotas que se autorizan por concepto de permisos de peleas de gallos cubren el
permiso de rifa de números (del 1 al 14), siempre que se celebren entre pelea y
pelea y sin rebasar cinco rifas entre pelea y pelea.
LOTERIA DE NUMEROS DENTRO DE PELEAS DE GALLOS
Por cada lotería de números |
$258.00 |
CARRERAS DE CABALLOS
CONCEPTO |
CUOTA |
1 Carrera |
$2,118.60 |
2 Carreras |
$3,660.47 |
3 Carreras |
$4,070.28 |
4 ó más carreras ( Por cada carrera ) |
$1,285.07 |
Tercia |
$3,466.80 |
Cuarteta |
$4,790.39 |
Quinteta |
$6,159.99 |
Sexteta |
$7,447.20 |
Instituciones u organismos que se exceptúan del pago de
aprovechamientos
INSTITUCION
U ORGANISMO |
Pago de
aprovechamiento |
Instituciones públicas o privadas de asistencia o de beneficencia |
EXENTAS |
Instituciones educativas con reconocimiento oficial de validez de estudios |
EXENTAS |
Dependencias
y entidades de |
EXENTAS |
Sorteos que se celebren con fines exclusivos de propaganda comercial |
EXENTOS |
Permisos para eventos de autofinanciamiento
Adquirientes de vehículos
TAMAÑO
DE GRUPO Y PLAZO |
CUOTA |
Grupo de 100 integrantes a 40 meses ( Por cada grupo ) |
$68.48 |
Grupo de 125 integrantes a 50 meses ( Por cada grupo ) |
$85.60 |
Grupo de 150 integrantes a 50 meses ( Por cada grupo ) |
$102.72 |
Grupo de 180 integrantes a 60 meses ( Por cada grupo ) |
$121.98 |
Adquirentes de bienes
inmuebles
TAMAÑO DE GRUPO Y PLAZO |
CUOTA |
Grupo de 500 integrantes ( Por cada grupo ) |
$1,027.20 |
Grupo de 350 integrantes ( Por cada grupo ) |
$731.88 |
Grupo de 300 integrantes ( Por cada grupo ) |
$610.97 |
Adjudicación por sorteo para
empresas de autofinanciamiento
CONCEPTO |
CUOTA |
CUOTA |
Enseres domésticos y/o equipo de cómputo |
$13,483.07 |
$6,739.93 |
Automóviles |
$32,759.12 |
$16,954.15 |
Bienes muebles e inmuebles y/o servicios de construcción |
$54,314.27 |
$27,092.40 |
Cuotas por participación de
grupos al evento de adjudicación
TIPO DE BIEN |
CUOTA POR INTEGRANTE |
Número de participantes por grupo |
CUOTA POR GRUPO |
Enseres domésticos |
$1.03 |
24 |
$25.68 |
Equipos de cómputo |
$1.24 |
40 a 75 |
$51.36 |
Automóviles |
$0.63 |
100 |
$65.27 |
125 |
$80.25 |
||
150 |
$95.23 |
||
180 |
$115.56 |
||
Bienes inmuebles y servicios de construcción |
$1.88 |
300 |
$578.87 |
340 |
$655.91 |
||
500 |
$965.14 |
Espectáculos en vivo
TIPO DE ESPECTACULO |
PORCENTAJE DE APROVECHAMIENTO |
HIPODROMO, GALGODROMO O FRONTON EN VIVO |
|
Apuestas realizadas en las propias instalaciones del espectáculo en vivo |
2% sobre el monto de las apuestas |
Apuestas realizadas en los libros foráneos de la misma empresa |
2% sobre el monto de las apuestas |
Apuestas realizadas en los libros foráneos de otras empresas nacionales |
2% sobre el monto de las apuestas |
HIPODROMO,
GALGODROMO O FRONTON SIMULTANEO: |
|
Apuestas realizadas en libros foráneos de eventos celebrados por otra empresa nacional |
2% sobre el monto de las apuestas |
Apuestas realizadas en libros foráneos de eventos celebrados en el extranjero |
1% sobre el monto de las apuestas |
OTROS EVENTOS |
|
Apuestas realizadas en libros foráneos de eventos deportivos nacionales |
1% sobre el monto de las apuestas |
Apuestas realizadas en libros foráneos de eventos deportivos extranjeros |
1% sobre el monto de las apuestas |
Sorteo de números en tarjetas con números preimpresos |
2% sobre el monto de las tarjetas vendidas |
Sorteo de números predeterminados por el participante |
2% sobre el monto de las tarjetas vendidas |
Apuestas a juegos de naipes y dados en ferias |
4% sobre el monto de las apuestas menos los premios pagados |
Apuestas a juegos de ruleta en ferias |
4% sobre el monto de las apuestas menos los premios pagados |
OTROS EVENTOS |
|
EVENTO |
CUOTA |
Sorteo de símbolos tipo la lotería mexicana tradicional, cuando el costo de participación por persona y por juego exceda la cantidad equivalente al 50% del salario mínimo general diario vigente en el Distrito Federal (Por cada sorteo) |
$252.52 |
Premios no cobrados, residuos
indivisibles y sobrantes en dinero:
CONCEPTO |
CUOTA |
Premios en dinero no cobrados dentro de los 60 días naturales siguientes en que son exigibles |
100% del valor del premio en dinero no cobrado o reclamado |
Indivisibles en dinero |
100% del valor de la parte del premio en dinero no divisible y que no fue objeto de reparto entre los ganadores |
Sobrantes de dinero |
100% del valor que por concepto de sobrante de dinero se registre en caja al final del juego o sorteo |
Interventorías
CONCEPTO |
CUOTA |
Por interventoría en eventos nacionales de sorteos |
$1,254.04 |
Por interventoría en eventos en el exterior |
Se aplican las
tarifas de viáticos autorizadas por |
Por interventoría en eventos en ferias por día |
$1,254.04 |
_____________________________