ANEXO 16-A de la Cuarta Resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2009, publicada el 31 de marzo de 2010. |
Lunes 19 de abril de 2010 |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Anexo 16-A de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2009
Contenido ESTE ANEXO SE INTEGRA DE LOS INSTRUCTIVOS DE INTEGRACION Y DE
CARACTERISTICAS, LOS FORMATOS GUIA PARA LA PRESENTACION DEL DICTAMEN DE ESTADOS
FINANCIEROS PARA EFECTOS FISCALES EMITIDO POR CONTADOR PUBLICO REGISTRADO,
POR EL EJERCICIO FISCAL DEL 2009, UTILIZANDO EL SISTEMA DE PRESENTACION DEL
DICTAMEN 2009 (SIPRED’2009), APLICABLE A LOS TIPOS DE DICTAMENES QUE SE
MENCIONAN. ·
Instructivo
para la integración y presentación del dictamen de estados financieros para
efectos fiscales emitido por contador público registrado, por el ejercicio
fiscal del 2009, utilizando el Sistema de Presentación del Dictamen 2009
(SIPRED’2009). ·
Instructivo
de características para el llenado y presentación del dictamen de estados
financieros para efectos fiscales emitido por contador público registrado,
por el ejercicio fiscal del 2009, utilizando el Sistema de Presentación del
Dictamen 2009 (SIPRED’2009). A. Formato guía para la presentación del dictamen fiscal de estados
financieros, aplicable a las sociedades controladoras y controladas, por el
ejercicio fiscal del 2009. ·
Cuestionario
de diagnóstico fiscal. ·
Cuestionario
en materia de precios de transferencia. B. Formato guía para la presentación del dictamen fiscal de estados
financieros, aplicable a las instituciones de crédito y a las sociedades
financieras de objeto limitado, por el ejercicio fiscal del 2009. ·
Cuestionario
de diagnóstico fiscal. ·
Cuestionario
en materia de precios de transferencia. C. Formato guía para la presentación del dictamen fiscal de estados
financieros, aplicable a las instituciones de seguros y fianzas, por el
ejercicio fiscal del 2009. ·
Cuestionario
de diagnóstico fiscal. ·
Cuestionario
en materia de precios de transferencia. D. Formato guía para la presentación del dictamen fiscal de estados
financieros de los intermediarios financieros no bancarios, aplicable a las
uniones de crédito, a los almacenes generales de depósito, a las arrendadoras
financieras, a las empresas de factoraje financiero, a las sociedades
financieras de objeto múltiple reguladas, entidades de ahorro y crédito
popular conforme a la ley de ahorro y crédito popular y a otros
intermediarios financieros no bancarios, por el ejercicio fiscal del 2009. ·
Cuestionario
de diagnóstico fiscal. ·
Cuestionario
en materia de precios de transferencia. E. Formato guía para la presentación del dictamen fiscal de estados
financieros, aplicable a las casas de cambio, por el ejercicio fiscal del 2009. ·
Cuestionario
de diagnóstico fiscal. ·
Cuestionario
en materia de precios de transferencia. F. Formato guía para la presentación del dictamen fiscal de estados
financieros, aplicable a las casas de bolsa, por el ejercicio fiscal del
2009. ·
Cuestionario
de diagnóstico fiscal. ·
Cuestionario
en materia de precios de transferencia. G. Formato guía para la presentación del dictamen fiscal de estados
financieros, aplicable a las sociedades controladoras de grupos financieros,
por el ejercicio fiscal del 2009. ·
Cuestionario
de diagnóstico fiscal. ·
Cuestionario
en materia de precios de transferencia. H. Formato guía para la presentación del dictamen fiscal de estados
financieros, aplicable a las sociedades de inversión de capitales, por el
ejercicio fiscal del 2009. ·
Cuestionario
de diagnóstico fiscal. ·
Cuestionario
en materia de precios de transferencia. I. Formato guía para la presentación del dictamen fiscal de estados
financieros, aplicable a las sociedades de inversión de renta variable y en
instrumentos de deuda, por el ejercicio fiscal del 2009. ·
Cuestionario
de diagnóstico fiscal. J. Formato guía para la presentación del dictamen sobre el cumplimiento
de obligaciones fiscales de establecimientos permanentes de residentes en el
extranjero, por el ejercicio fiscal del 2009. ·
Cuestionario
de diagnóstico fiscal. ·
Cuestionario
en materia de precios de transferencia. |
INSTRUCTIVO PARA LA
INTEGRACION Y PRESENTACION DEL DICTAMEN DE ESTADOS FINANCIEROS PARA EFECTOS
FISCALES EMITIDO POR CONTADOR PUBLICO REGISTRADO, POR EL EJERCICIO FISCAL DEL
2009, UTILIZANDO EL SISTEMA DE PRESENTACION DEL DICTAMEN 2009 (SIPRED'2009),
APLICABLE A LOS SIGUIENTES TIPOS DE DICTAMENES:
A. SOCIEDADES CONTROLADORAS Y CONTROLADAS
B. INSTITUCIONES DE CREDITO Y SOCIEDADES
FINANCIERAS DE OBJETO LIMITADO
C. INSTITUCIONES DE SEGUROS Y FIANZAS
D. INTERMEDIARIOS FINANCIEROS NO BANCARIOS
E. CASAS DE CAMBIO
F. CASAS DE BOLSA
G. SOCIEDADES CONTROLADORAS DE GRUPOS
FINANCIEROS
H. SOCIEDADES DE INVERSION DE CAPITALES
I. SOCIEDADES DE INVERSION DE RENTA
VARIABLE Y EN INSTRUMENTOS DE DEUDA
J. ESTABLECIMIENTOS PERMANENTES DE
RESIDENTES EN EL EXTRANJERO
I.- PAQUETE UTILIZADO PARA
LA GENERACION DEL DICTAMEN.
SIPRED'2009
II.- PRESENTACION DEL
DICTAMEN FISCAL.
LA PRESENTACION SE INTEGRA POR:
·
LOS ANEXOS DEL DICTAMEN GENERADO A TRAVES DEL SIPRED’2009.
·
LA OPINION DEL CONTADOR PUBLICO REGISTRADO QUE DICTAMINA Y EL INFORME
SOBRE LA REVISION DE LA SITUACION FISCAL DEL CONTRIBUYENTE, ASI COMO:
> EL CUESTIONARIO DE
DIAGNOSTICO FISCAL ELABORADO POR EL CONTADOR PUBLICO.
> EL CUESTIONARIO EN MATERIA
DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA ELABORADO POR EL CONTADOR PUBLICO.
·
EN SU CASO, INFORMACION ADICIONAL AL DICTAMEN.
III.- CARACTERISTICAS
GENERALES.
A.- NOMBRE DEL ARCHIVO.
LA INFORMACION SE INTEGRARA EN UN SOLO ARCHIVO ENCRIPTADO Y
ENSOBRETADO CON EXTENSION SB2, EL
CUAL SERA CONFORMADO POR 24 CARACTERES (INCLUYENDO EXTENSION) Y CONTENDRA LA
INFORMACION SEÑALADA EN EL PUNTO II ANTERIOR.
B.- LA INFORMACION DE CADA DICTAMEN SE INTEGRARA DE LA SIGUIENTE
MANERA.
SOCIEDADES
CONTROLADORAS Y CONTROLADAS.
No. DE REFERENCIA |
DATOS A CONTENER |
|
DATOS FIJOS: |
|
|
|
·
DATOS DE IDENTIFICACION: -
CONTRIBUYENTE. -
REPRESENTANTE LEGAL. - CONTADOR
PUBLICO |
|
|
|
·
DATOS GENERALES. |
|
|
|
INFORMACION DEL DICTAMEN REFERENTE A: |
|
|
1.- |
·
ESTADO DE POSICION FINANCIERA. |
2.- |
·
ESTADO DE RESULTADOS. |
3.- |
·
ESTADO DE VARIACIONES EN EL CAPITAL CONTABLE. |
4.- |
·
ESTADO DE FLUJOS DE EFECTIVO. |
4.1.- |
·
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS. |
5.- |
·
ESTADO DE RESULTADOS SEGMENTADO (APLICA A CONTRIBUYENTES QUE
REALIZARON OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS). |
6.- |
·
INTEGRACION ANALITICA DE VENTAS O INGRESOS NETOS. |
7.- |
·
DETERMINACION DEL COSTO DE LO VENDIDO PARA EFECTOS CONTABLES Y DEL
IMPUESTO SOBRE LA RENTA. |
8.- |
·
ANALISIS COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DE GASTOS. |
9.- |
·
ANALISIS COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DE OTROS GASTOS. |
10.- |
·
ANALISIS COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DEL RESULTADO INTEGRAL DE
FINANCIAMIENTO. |
11.- |
·
RELACION DE CONTRIBUCIONES A CARGO DEL CONTRIBUYENTE COMO SUJETO
DIRECTO O EN SU CARACTER DE RETENEDOR. |
11.1.- |
·
DECLARATORIA. |
12.- |
·
RELACION DE PAGOS PROVISIONALES Y PAGOS MENSUALES DEFINITIVOS. |
13.- |
·
DETERMINACION DE PAGOS PROVISIONALES Y PAGOS MENSUALES DEFINITIVOS. |
14.- |
·
BASE PARA LA DETERMINACION DEL IMPUESTO RETENIDO SOBRE HONORARIOS,
ARRENDAMIENTOS E INTERESES. |
15.- |
·
OPERACIONES CON RESIDENTES EN EL EXTRANJERO. |
16.- |
·
RESPONSABILIDAD SOLIDARIA POR OPERACIONES DE RESIDENTES EN EL
EXTRANJERO (EXCLUSIVAMENTE DE ENAJENACION DE ACCIONES). |
17.- |
·
DETERMINACION MENSUAL DEL IMPUESTO A LOS DEPOSITOS EN EFECTIVO. |
18.- |
·
RELACION DE CONTRIBUCIONES POR PAGAR. |
19.- |
·
CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y FISCAL PARA EFECTOS DEL
IMPUESTO SOBRE LA RENTA. |
20.- |
·
INTEGRACION DEL INVENTARIO ACUMULABLE. |
21.- |
·
INTEGRACION DE PERDIDAS FISCALES DE EJERCICIOS ANTERIORES. |
22.- |
·
CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA. CUFIN. |
23.- |
·
CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA REINVERTIDA. CUFINRE. |
24.- |
·
OPERACIONES FINANCIERAS DERIVADAS CONTRATADAS CON RESIDENTES EN EL
EXTRANJERO. |
25.- |
·
CUENTAS Y DOCUMENTOS POR COBRAR Y POR PAGAR EN MONEDA EXTRANJERA. |
26.- |
·
PRESTAMOS DEL EXTRANJERO. |
27.- |
·
INVERSIONES PERMANENTES EN SUBSIDIARIAS, ASOCIADAS Y AFILIADAS
RESIDENTES EN EL EXTRANJERO. |
28.- |
·
SOCIOS O ACCIONISTAS QUE TUVIERON ACCIONES O PARTES SOCIALES. |
29.- |
·
INGRESOS SUJETOS A REGIMENES FISCALES PREFERENTES. |
30.- |
·
CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y EL DETERMINADO PARA EL
IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA. |
31.- |
·
ACREDITAMIENTO DE CREDITOS FISCALES DETERMINADOS PARA EFECTOS DEL
IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA. |
32.- |
·
CONCILIACION ENTRE LOS INGRESOS DICTAMINADOS SEGUN ESTADO DE RESULTADOS,
LOS ACUMULABLES PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y LOS PERCIBIDOS
PARA EFECTOS DEL IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA Y EL TOTAL DE ACTOS O
ACTIVIDADES PARA EFECTOS DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. |
33.- |
·
OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS. |
33.1.- |
·
INFORMACION DEL CONTRIBUYENTE SOBRE SUS OPERACIONES CON PARTES
RELACIONADAS. |
34.- |
·
INVERSIONES Y TERRENOS. |
35.- |
·
DETERMINACION DE LA RENTA GRAVABLE PARA EFECTOS DE LA PARTICIPACION DE
LOS TRABAJADORES EN LAS UTILIDADES DE LAS EMPRESAS DE CONFORMIDAD CON EL
ARTICULO 16 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA. |
36.- |
·
DATOS INFORMATIVOS. |
37.- |
·
OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR |
38.- |
·
INTEGRACION DE CIFRAS REEXPRESADAS. |
39.- |
·
OPERACIONES REALIZADAS A TRAVES DE FIDEICOMISOS. |
40.- |
·
RELACION DE CONTRIBUCIONES A CARGO DEL CONTRIBUYENTE EN SU CARACTER DE
SOCIEDAD CONTROLADORA. |
41.- |
·
RELACION DE PAGOS PROVISIONALES DEL I.S.R. CONSOLIDADOS. |
42.- |
·
DETERMINACION DE PAGOS PROVISIONALES CONSOLIDADOS. |
43.- |
·
IMPUESTO SOBRE LA RENTA E IMPUESTO AL ACTIVO DIFERIDO CONSOLIDADOS. |
44.- |
·
DETERMINACION DEL RESULTADO FISCAL CONSOLIDADO O DE LA PERDIDA FISCAL
CONSOLIDADA. |
45.- |
·
DETERMINACION DEL ISR E IMPAC POR DESINCORPORACION DE SOCIEDADES
CONTROLADAS O DESCONSOLIDACION DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 71 DE LA LEY
DEL ISR. |
46.- |
·
DETERMINACION DEL ISR E IMPAC POR DESINCORPORACION DE SOCIEDADES
CONTROLADAS O DESCONSOLIDACION DE CONFORMIDAD CON LA RESOLUCION MISCELANEA
FISCAL. |
47.- |
·
INFORMACION SOBRE CONSOLIDACION (I.S.R.). |
48.- |
·
MODIFICACIONES POR VARIACIONES EN LA PARTICIPACION ACCIONARIA DE LA
CONTROLADORA EN LAS CONTROLADAS (I.S.R.). |
49.- |
·
IMPUESTOS ACREDITABLES. |
50.- |
·
PARTIDAS POR DESINCORPORACION DE CONTROLADAS O DESCONSOLIDACION DE
CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 71 DE LA LEY DEL ISR. |
51.- |
·
PARTIDAS POR DESINCORPORACION DE CONTROLADAS DE CONFORMIDAD CON LA
RESOLUCION MISCELANEA FISCAL. |
52.- |
·
CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA CONSOLIDADA. CUFIN CONSOLIDADA I.S.R. |
53.- |
·
CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA CONSOLIDADA REINVERTIDA. CUFINRE
CONSOLIDADA I.S.R |
54.- |
·
REGISTRO INDIVIDUAL AL OBTENER LA DEVOLUCION O EFECTUAR LA
COMPENSACION DEL IMPAC CONTRA EL I.S.R. |
55.- |
·
REGISTRO DE LA SOCIEDAD CONTROLADORA POR CADA UNA DE SUS SOCIEDADES
CONTROLADAS AL OBTENER LA DEVOLUCION O EFECTUAR LA COMPENSACION DEL IMPAC
CONTRA EL I.S.R. CONSOLIDADO. |
56.- |
·
INTEGRACION DE PERDIDAS FISCALES CONSOLIDADAS DE EJERCICIOS
ANTERIORES. |
|
|
LOS CUESTIONARIOS QUE
SE SEÑALAN A CONTINUACION, CONTIENEN INFORMACION RELATIVA A LA REVISION
EFECTUADA POR EL CONTADOR PUBLICO REGISTRADO A LOS ESTADOS FINANCIEROS DEL
CONTRIBUYENTE, QUE FORMAN PARTE DEL INFORME SOBRE LA REVISION DE LA SITUACION
FISCAL DEL CONTRIBUYENTE. |
|
|
|
|
·
CUESTIONARIO DE DIAGNOSTICO FISCAL. |
|
·
CUESTIONARIO EN MATERIA DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA. |
INSTITUCIONES DE CREDITO Y SOCIEDADES FINANCIERAS
DE OBJETO LIMITADO
No. DE REFERENCIA |
DATOS A CONTENER |
|
DATOS FIJOS: |
|
|
|
·
DATOS DE IDENTIFICACION: -
CONTRIBUYENTE. -
REPRESENTANTE LEGAL. - CONTADOR
PUBLICO |
|
|
|
·
DATOS GENERALES. |
|
|
|
INFORMACION DEL DICTAMEN REFERENTE A: |
|
|
1.- |
·
BALANCE GENERAL. |
2.- |
·
ESTADO DE RESULTADOS. |
3.- |
·
ESTADO DE VARIACIONES EN EL CAPITAL CONTABLE. |
4.- |
·
ESTADO DE FLUJOS DE EFECTIVO. |
4.1.- |
·
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS. |
5.- |
·
ESTADO DE RESULTADOS SEGMENTADO (APLICA A CONTRIBUYENTES QUE
REALIZARON OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS). |
6.- |
·
ANALISIS COMPARATIVO DE LAS CUENTAS DEL ESTADO DE RESULTADOS. |
7.- |
·
RELACION DE CONTRIBUCIONES A CARGO DEL CONTRIBUYENTE COMO SUJETO
DIRECTO O EN SU CARACTER DE RETENEDOR O RECAUDADOR. |
7.1.- |
·
DECLARATORIA. |
8.- |
·
RELACION DE PAGOS PROVISIONALES Y PAGOS MENSUALES DEFINITIVOS. |
9.- |
·
DETERMINACION DE PAGOS PROVISIONALES Y PAGOS MENSUALES DEFINITIVOS. |
10.- |
·
BASE PARA LA DETERMINACION DEL IMPUESTO RETENIDO SOBRE HONORARIOS,
ARRENDAMIENTOS E INTERESES. |
11.- |
·
OPERACIONES CON RESIDENTES EN EL EXTRANJERO. |
12.- |
·
RESPONSABILIDAD SOLIDARIA POR OPERACIONES DE RESIDENTES EN EL
EXTRANJERO (EXCLUSIVAMENTE DE ENAJENACION DE ACCIONES). |
13.- |
·
RELACION DEL IMPUESTO A LOS DEPOSITOS EN EFECTIVO RECAUDADO Y
PENDIENTE DE RECAUDAR (APLICABLE A LAS INSTITUCIONES DEL SISTEMA FINANCIERO A
QUE SE REFIERE LA L.I.D.E.). |
14.- |
·
RELACION DE CONTRIBUCIONES POR PAGAR. |
15.- |
·
CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y FISCAL PARA EFECTOS DEL
IMPUESTO SOBRE LA RENTA. |
16.- |
·
INTEGRACION DE PERDIDAS FISCALES DE EJERCICIOS ANTERIORES. |
17.- |
·
CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA. CUFIN. |
18.- |
·
CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA REINVERTIDA. CUFINRE. |
19.- |
·
OPERACIONES FINANCIERAS DERIVADAS CONTRATADAS CON RESIDENTES EN EL
EXTRANJERO. |
20.- |
·
PRESTAMOS DEL EXTRANJERO. |
21.- |
·
INVERSIONES PERMANENTES EN SUBSIDIARIAS, ASOCIADAS Y AFILIADAS
RESIDENTES EN EL EXTRANJERO. |
22.- |
·
SOCIOS O ACCIONISTAS QUE TUVIERON ACCIONES O PARTES SOCIALES. |
23.- |
·
INGRESOS SUJETOS A REGIMENES FISCALES PREFERENTES. |
24.- |
·
CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y EL DETERMINADO PARA EL
IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA. |
25.- |
·
ACREDITAMIENTO DE CREDITOS FISCALES DETERMINADOS PARA EFECTOS DEL
IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA. |
26.- |
·
CONCILIACION ENTRE LOS INGRESOS DICTAMINADOS SEGUN ESTADO DE
RESULTADOS, LOS ACUMULABLES PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y LOS
PERCIBIDOS PARA EFECTOS DEL IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA Y EL TOTAL DE
ACTOS O ACTIVIDADES PARA EFECTOS DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. |
27.- |
·
OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS. |
27.1.- |
·
INFORMACION DEL CONTRIBUYENTE SOBRE SUS OPERACIONES CON PARTES
RELACIONADAS. |
28.- |
·
INVERSIONES Y TERRENOS. |
29.- |
·
DETERMINACION DE LA RENTA GRAVABLE PARA EFECTOS DE LA PARTICIPACION DE
LOS TRABAJADORES EN LAS UTILIDADES DE LAS EMPRESAS DE CONFORMIDAD CON EL
ARTICULO 16 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA. |
30.- |
·
DATOS INFORMATIVOS. |
31.- |
·
OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR |
32.- |
·
INTEGRACION DE CIFRAS REEXPRESADAS. |
33.- |
·
OPERACIONES REALIZADAS A TRAVES DE FIDEICOMISOS. |
|
|
LOS CUESTIONARIOS QUE
SE SEÑALAN A CONTINUACION, CONTIENEN INFORMACION RELATIVA A LA REVISION EFECTUADA
POR EL CONTADOR PUBLICO REGISTRADO A LOS ESTADOS FINANCIEROS DEL
CONTRIBUYENTE, QUE FORMAN PARTE DEL INFORME SOBRE LA REVISION DE LA SITUACION
FISCAL DEL CONTRIBUYENTE. |
|
|
|
|
·
CUESTIONARIO DE DIAGNOSTICO FISCAL. |
|
·
CUESTIONARIO EN MATERIA DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA. |
INSTITUCIONES
DE SEGUROS Y FIANZAS
No. DE REFERENCIA |
DATOS A CONTENER |
|
DATOS FIJOS: |
|
|
|
·
DATOS DE IDENTIFICACION: - CONTRIBUYENTE. - REPRESENTANTE LEGAL. - CONTADOR PUBLICO |
|
|
|
·
DATOS GENERALES. |
|
|
|
INFORMACION DEL DICTAMEN REFERENTE A: |
|
|
1.- |
·
BALANCE GENERAL. |
2.- |
·
ESTADO DE RESULTADOS. |
3.- |
·
ESTADO DE VARIACIONES EN EL CAPITAL CONTABLE. |
4.- |
·
ESTADO DE CAMBIOS EN LA SITUACION FINANCIERA. |
4.1.- |
·
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS. |
5.- |
·
ESTADO DE RESULTADOS SEGMENTADO (APLICA A CONTRIBUYENTES QUE
REALIZARON OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS). |
6.- |
·
ANALISIS COMPARATIVO DE LAS CUENTAS DEL ESTADO DE RESULTADOS. |
7.- |
·
RELACION DE CONTRIBUCIONES A CARGO DEL CONTRIBUYENTE COMO SUJETO
DIRECTO O EN SU CARACTER DE RETENEDOR O RECAUDADOR. |
7.1.- |
·
DECLARATORIA. |
8.- |
·
RELACION DE PAGOS PROVISIONALES Y PAGOS MENSUALES DEFINITIVOS. |
9.- |
·
DETERMINACION DE PAGOS PROVISIONALES Y PAGOS MENSUALES DEFINITIVOS. |
10.- |
·
BASE PARA LA DETERMINACION DEL IMPUESTO RETENIDO SOBRE HONORARIOS,
ARRENDAMIENTOS E INTERESES. |
11.- |
·
GANANCIA INFLACIONARIA DIFERIDA. |
12.- |
·
VALOR DE LOS ACTOS O ACTIVIDADES PARA EFECTO DEL IMPUESTO AL VALOR
AGREGADO. |
13.- |
·
OPERACIONES CON RESIDENTES EN EL EXTRANJERO. |
14.- |
·
RESPONSABILIDAD SOLIDARIA POR OPERACIONES DE RESIDENTES EN EL
EXTRANJERO (EXCLUSIVAMENTE DE ENAJENACION DE ACCIONES). |
15.- |
·
RELACION DEL IMPUESTO A LOS DEPOSITOS EN EFECTIVO RECAUDADO Y
PENDIENTE DE RECAUDAR (APLICABLE A LAS INSTITUCIONES DEL SISTEMA FINANCIERO A
QUE SE REFIERE LA L.I.D.E.). |
16.- |
·
RELACION DE CONTRIBUCIONES POR PAGAR. |
17.- |
·
CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y FISCAL PARA EFECTOS DEL
IMPUESTO SOBRE LA RENTA. |
18.- |
·
INTEGRACION DE PERDIDAS FISCALES DE EJERCICIOS ANTERIORES. |
19.- |
·
CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA. CUFIN. |
20.- |
·
CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA REINVERTIDA. CUFINRE. |
21.- |
·
OPERACIONES FINANCIERAS DERIVADAS CONTRATADAS CON RESIDENTES EN EL
EXTRANJERO. |
22.- |
·
PRESTAMOS DEL EXTRANJERO. |
23.- |
·
INVERSIONES PERMANENTES EN SUBSIDIARIAS, ASOCIADAS Y AFILIADAS
RESIDENTES EN EL EXTRANJERO. |
24.- |
·
SOCIOS O ACCIONISTAS QUE TUVIERON ACCIONES O PARTES SOCIALES. |
25.- |
·
INGRESOS SUJETOS A REGIMENES FISCALES PREFERENTES. |
26.- |
·
CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y EL DETERMINADO PARA EL
IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA. |
27.- |
·
ACREDITAMIENTO DE CREDITOS FISCALES DETERMINADOS PARA EFECTOS DEL
IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA. |
28.- |
·
CONCILIACION ENTRE LOS INGRESOS DICTAMINADOS SEGUN ESTADO DE
RESULTADOS, LOS ACUMULABLES PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y LOS
PERCIBIDOS PARA EFECTOS DEL IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA Y EL TOTAL DE
ACTOS O ACTIVIDADES PARA EFECTOS DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. |
29 |
·
OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS. |
29.1.- |
·
INFORMACION DEL CONTRIBUYENTE SOBRE SUS OPERACIONES CON PARTES
RELACIONADAS. |
30.- |
·
INVERSIONES Y TERRENOS. |
31.- |
·
DETERMINACION DE LA RENTA GRAVABLE PARA EFECTOS DE LA PARTICIPACION DE
LOS TRABAJADORES EN LAS UTILIDADES DE LAS EMPRESAS DE CONFORMIDAD CON EL
ARTICULO 16 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA. |
32.- |
·
DATOS INFORMATIVOS. |
33.- |
·
OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR |
34.- |
·
INTEGRACION DE CIFRAS REEXPRESADAS. |
35.- |
·
OPERACIONES REALIZADAS A TRAVES DE FIDEICOMISOS. |
|
|
LOS CUESTIONARIOS QUE
SE SEÑALAN A CONTINUACION, CONTIENEN INFORMACION RELATIVA A LA REVISION
EFECTUADA POR EL CONTADOR PUBLICO REGISTRADO A LOS ESTADOS FINANCIEROS DEL
CONTRIBUYENTE, QUE FORMAN PARTE DEL INFORME SOBRE LA REVISION DE LA SITUACION
FISCAL DEL CONTRIBUYENTE. |
|
|
|
|
·
CUESTIONARIO DE DIAGNOSTICO FISCAL. |
|
·
CUESTIONARIO EN MATERIA DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA. |
INTERMEDIARIOS FINANCIEROS NO BANCARIOS
No. DE REFERENCIA |
DATOS A CONTENER |
|
DATOS FIJOS: |
|
|
|
·
DATOS DE IDENTIFICACION: -
CONTRIBUYENTE. -
REPRESENTANTE LEGAL. - CONTADOR
PUBLICO |
|
|
|
·
DATOS GENERALES. |
|
|
|
INFORMACION DEL DICTAMEN REFERENTE A: |
|
|
1.- |
·
BALANCE GENERAL. |
2.- |
·
ESTADO DE RESULTADOS. |
3.- |
·
ESTADO DE VARIACIONES EN EL CAPITAL CONTABLE. |
4.- |
·
ESTADO DE CAMBIOS EN LA SITUACION FINANCIERA. |
4.1.- |
·
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS. |
5.- |
·
ESTADO DE RESULTADOS SEGMENTADO (APLICA A CONTRIBUYENTES QUE
REALIZARON OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS). |
6.- |
·
DETERMINACION DEL COSTO DE LO VENDIDO PARA EFECTOS CONTABLES Y DEL
IMPUESTO SOBRE LA RENTA. |
7.- |
·
ANALISIS COMPARATIVO DE LAS CUENTAS DEL ESTADO DE RESULTADOS. |
8.- |
·
RELACION DE CONTRIBUCIONES A CARGO DEL CONTRIBUYENTE COMO SUJETO
DIRECTO O EN SU CARACTER DE RETENEDOR O RECAUDADOR. |
8.1.- |
·
DECLARATORIA. |
9.- |
·
RELACION DE PAGOS PROVISIONALES Y PAGOS MENSUALES DEFINITIVOS. |
10.- |
·
DETERMINACION DE PAGOS PROVISIONALES Y PAGOS MENSUALES DEFINITIVOS. |
11.- |
·
BASE PARA LA DETERMINACION DEL IMPUESTO RETENIDO SOBRE HONORARIOS,
ARRENDAMIENTOS E INTERESES. |
12.- |
·
OPERACIONES CON RESIDENTES EN EL EXTRANJERO. |
13.- |
·
RESPONSABILIDAD SOLIDARIA POR OPERACIONES DE RESIDENTES EN EL
EXTRANJERO (EXCLUSIVAMENTE DE ENAJENACION DE ACCIONES). |
14.- |
·
RELACION DEL IMPUESTO A LOS DEPOSITOS EN EFECTIVO RECAUDADO Y
PENDIENTE DE RECAUDAR (APLICABLE A LAS INSTITUCIONES DEL SISTEMA FINANCIERO A
QUE SE REFIERE LA L.I.D.E.). |
15.- |
·
RELACION DE CONTRIBUCIONES POR PAGAR. |
16.- |
·
CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y FISCAL PARA EFECTOS DEL
IMPUESTO SOBRE LA RENTA. |
17.- |
·
INTEGRACION DEL INVENTARIO ACUMULABLE. |
18.- |
·
INTEGRACION DE PERDIDAS FISCALES DE EJERCICIOS ANTERIORES. |
19.- |
·
CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA. CUFIN. |
20.- |
·
CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA REINVERTIDA. CUFINRE. |
21.- |
·
OPERACIONES FINANCIERAS DERIVADAS CONTRATADAS CON RESIDENTES EN EL
EXTRANJERO. |
22.- |
·
PRESTAMOS DEL EXTRANJERO. |
23.- |
·
INVERSIONES PERMANENTES EN SUBSIDIARIAS, ASOCIADAS Y AFILIADAS
RESIDENTES EN EL EXTRANJERO. |
24.- |
·
SOCIOS O ACCIONISTAS QUE TUVIERON ACCIONES O PARTES SOCIALES. |
25.- |
·
INGRESOS SUJETOS A REGIMENES FISCALES PREFERENTES. |
26.- |
·
CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y EL DETERMINADO PARA EL
IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA. |
27.- |
·
ACREDITAMIENTO DE CREDITOS FISCALES DETERMINADOS PARA EFECTOS DEL
IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA. |
28.- |
·
CONCILIACION ENTRE LOS INGRESOS DICTAMINADOS SEGUN ESTADO DE
RESULTADOS, LOS ACUMULABLES PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y LOS
PERCIBIDOS PARA EFECTOS DEL IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA Y EL TOTAL DE
ACTOS O ACTIVIDADES PARA EFECTOS DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. |
29.- |
·
OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS. |
29.1.- |
·
INFORMACION DEL CONTRIBUYENTE SOBRE SUS OPERACIONES CON PARTES
RELACIONADAS. |
30.- |
·
INVERSIONES Y TERRENOS. |
31.- |
·
DETERMINACION DE LA RENTA GRAVABLE PARA EFECTOS DE LA PARTICIPACION DE
LOS TRABAJADORES EN LAS UTILIDADES DE LAS EMPRESAS DE CONFORMIDAD CON EL
ARTICULO 16 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA. |
32.- |
·
DATOS INFORMATIVOS. |
33.- |
·
OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR |
34.- |
·
INTEGRACION DE CIFRAS REEXPRESADAS. |
35.- |
·
OPERACIONES REALIZADAS A TRAVES DE FIDEICOMISOS. |
|
|
LOS CUESTIONARIOS QUE SE SEÑALAN A CONTINUACION, CONTIENEN
INFORMACION RELATIVA A LA REVISION EFECTUADA POR EL CONTADOR PUBLICO
REGISTRADO A LOS ESTADOS FINANCIEROS DEL CONTRIBUYENTE, QUE FORMAN PARTE DEL
INFORME SOBRE LA REVISION DE LA SITUACION FISCAL DEL CONTRIBUYENTE. |
|
|
|
|
·
CUESTIONARIO DE DIAGNOSTICO FISCAL. |
|
·
CUESTIONARIO EN MATERIA DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA. |
CASAS DE CAMBIO
No. DE REFERENCIA |
DATOS A CONTENER |
|
DATOS FIJOS: |
|
|
|
·
DATOS DE IDENTIFICACION: - CONTRIBUYENTE. - REPRESENTANTE LEGAL. - CONTADOR PUBLICO |
|
|
|
·
DATOS GENERALES. |
|
|
|
INFORMACION DEL DICTAMEN
REFERENTE A: |
|
|
1.- |
·
BALANCE GENERAL. |
2.- |
·
ESTADO DE RESULTADOS. |
3.- |
·
ESTADO DE VARIACIONES EN EL CAPITAL CONTABLE. |
4.- |
·
ESTADO DE CAMBIOS EN LA SITUACION FINANCIERA. |
4.1.- |
·
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS. |
5.- |
·
ESTADO DE RESULTADOS SEGMENTADO (APLICA A CONTRIBUYENTES QUE
REALIZARON OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS). |
6.- |
·
ANALISIS COMPARATIVO DE LAS CUENTAS DEL ESTADO DE RESULTADOS. |
7.- |
·
RELACION DE CONTRIBUCIONES A CARGO DEL CONTRIBUYENTE COMO SUJETO
DIRECTO O EN SU CARACTER DE RETENEDOR. |
7.1.- |
·
DECLARATORIA. |
8.- |
·
RELACION DE PAGOS PROVISIONALES Y PAGOS MENSUALES DEFINITIVOS. |
9.- |
·
DETERMINACION DE PAGOS PROVISIONALES Y PAGOS MENSUALES DEFINITIVOS. |
10.- |
·
BASE PARA LA DETERMINACION DEL IMPUESTO RETENIDO SOBRE HONORARIOS,
ARRENDAMIENTOS E INTERESES. |
11.- |
·
OPERACIONES CON RESIDENTES EN EL EXTRANJERO. |
12.- |
·
RESPONSABILIDAD SOLIDARIA POR OPERACIONES DE RESIDENTES EN EL EXTRANJERO
(EXCLUSIVAMENTE DE ENAJENACION DE ACCIONES). |
13.- |
·
RELACION DE CONTRIBUCIONES POR PAGAR. |
14.- |
·
CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y FISCAL PARA EFECTOS DEL
IMPUESTO SOBRE LA RENTA. |
15.- |
·
INTEGRACION DE PERDIDAS FISCALES DE EJERCICIOS ANTERIORES. |
16.- |
·
CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA. CUFIN. |
17.- |
·
CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA REINVERTIDA. CUFINRE. |
18.- |
·
OPERACIONES FINANCIERAS DERIVADAS CONTRATADAS CON RESIDENTES EN EL
EXTRANJERO. |
19.- |
·
PRESTAMOS DEL EXTRANJERO. |
20.- |
·
INVERSIONES PERMANENTES EN SUBSIDIARIAS, ASOCIADAS Y AFILIADAS
RESIDENTES EN EL EXTRANJERO. |
21.- |
·
SOCIOS O ACCIONISTAS QUE TUVIERON ACCIONES O PARTES SOCIALES. |
22.- |
·
INGRESOS SUJETOS A REGIMENES FISCALES PREFERENTES. |
23.- |
·
CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y EL DETERMINADO PARA EL
IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA. |
24.- |
·
ACREDITAMIENTO DE CREDITOS FISCALES DETERMINADOS PARA EFECTOS DEL
IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA. |
25.- |
·
CONCILIACION ENTRE LOS INGRESOS DICTAMINADOS SEGUN ESTADO DE
RESULTADOS, LOS ACUMULABLES PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y LOS
PERCIBIDOS PARA EFECTOS DEL IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA Y EL TOTAL DE
ACTOS O ACTIVIDADES PARA EFECTOS DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. |
26.- |
·
OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS. |
26.1.- |
·
INFORMACION DEL CONTRIBUYENTE SOBRE SUS OPERACIONES CON PARTES
RELACIONADAS. |
27.- |
·
INVERSIONES Y TERRENOS. |
28.- |
·
DETERMINACION DE LA RENTA GRAVABLE PARA EFECTOS DE LA PARTICIPACION DE
LOS TRABAJADORES EN LAS UTILIDADES DE LAS EMPRESAS DE CONFORMIDAD CON EL
ARTICULO 16 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA. |
29.- |
·
DATOS INFORMATIVOS. |
30.- |
·
OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR |
31.- |
·
INTEGRACION DE CIFRAS REEXPRESADAS. |
32.- |
·
OPERACIONES REALIZADAS A TRAVES DE FIDEICOMISOS. |
|
|
LOS CUESTIONARIOS QUE
SE SEÑALAN A CONTINUACION, CONTIENEN INFORMACION RELATIVA A LA REVISION
EFECTUADA POR EL CONTADOR PUBLICO REGISTRADO A LOS ESTADOS FINANCIEROS DEL
CONTRIBUYENTE, QUE FORMAN PARTE DEL INFORME SOBRE LA REVISION DE LA SITUACION
FISCAL DEL CONTRIBUYENTE. |
|
|
|
|
·
CUESTIONARIO DE DIAGNOSTICO FISCAL. |
|
·
CUESTIONARIO EN MATERIA DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA. |
CASAS DE BOLSA
No. DE REFERENCIA |
DATOS A CONTENER |
|
DATOS FIJOS: |
|
|
|
·
DATOS DE IDENTIFICACION: - CONTRIBUYENTE. - REPRESENTANTE LEGAL. - CONTADOR PUBLICO |
|
|
|
·
DATOS GENERALES. |
|
|
|
INFORMACION DEL DICTAMEN REFERENTE A: |
|
|
1.- |
·
BALANCE GENERAL. |
2.- |
·
ESTADO DE RESULTADOS. |
3.- |
·
ESTADO DE VARIACIONES EN EL CAPITAL CONTABLE. |
4.- |
·
ESTADO DE FLUJOS DE EFECTIVO. |
4.1.- |
·
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS. |
5.- |
·
ESTADO DE RESULTADOS SEGMENTADO (APLICA A CONTRIBUYENTES QUE
REALIZARON OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS). |
6.- |
·
ANALISIS COMPARATIVO DE LAS CUENTAS DEL ESTADO DE RESULTADOS. |
7.- |
·
RELACION DE CONTRIBUCIONES A CARGO DEL CONTRIBUYENTE COMO SUJETO
DIRECTO O EN SU CARACTER DE RETENEDOR O RECAUDADOR. |
7.1.- |
·
DECLARATORIA. |
8.- |
·
RELACION DE PAGOS PROVISIONALES Y PAGOS MENSUALES DEFINITIVOS. |
9.- |
·
DETERMINACION DE PAGOS PROVISIONALES Y PAGOS MENSUALES DEFINITIVOS. |
10.- |
·
BASE PARA LA DETERMINACION DEL IMPUESTO RETENIDO SOBRE HONORARIOS,
ARRENDAMIENTOS E INTERESES. |
11.- |
·
OPERACIONES CON RESIDENTES EN EL EXTRANJERO. |
12.- |
·
RESPONSABILIDAD SOLIDARIA POR OPERACIONES DE RESIDENTES EN EL
EXTRANJERO (EXCLUSIVAMENTE DE ENAJENACION DE ACCIONES). |
13.- |
·
RELACION DEL IMPUESTO A LOS DEPOSITOS EN EFECTIVO RECAUDADO Y
PENDIENTE DE RECAUDAR (APLICABLE A LAS INSTITUCIONES DEL SISTEMA FINANCIERO A
QUE SE REFIERE LA L.I.D.E.). |
14.- |
·
RELACION DE CONTRIBUCIONES POR PAGAR. |
15.- |
·
CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y FISCAL PARA EFECTOS DEL
IMPUESTO SOBRE LA RENTA. |
16.- |
·
INTEGRACION DE PERDIDAS FISCALES DE EJERCICIOS ANTERIORES. |
17.- |
·
CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA. CUFIN. |
18.- |
·
CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA REINVERTIDA. CUFINRE. |
19.- |
·
OPERACIONES FINANCIERAS DERIVADAS CONTRATADAS CON RESIDENTES EN EL
EXTRANJERO. |
20.- |
·
PRESTAMOS DEL EXTRANJERO. |
21.- |
·
INVERSIONES PERMANENTES EN SUBSIDIARIAS, ASOCIADAS Y AFILIADAS
RESIDENTES EN EL EXTRANJERO. |
22.- |
·
SOCIOS O ACCIONISTAS QUE TUVIERON ACCIONES O PARTES SOCIALES. |
23.- |
·
INGRESOS SUJETOS A REGIMENES FISCALES PREFERENTES. |
24.- |
·
CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y EL DETERMINADO PARA EL
IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA. |
25.- |
·
ACREDITAMIENTO DE CREDITOS FISCALES DETERMINADOS PARA EFECTOS DEL
IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA. |
26.- |
·
CONCILIACION ENTRE LOS INGRESOS DICTAMINADOS SEGUN ESTADO DE
RESULTADOS, LOS ACUMULABLES PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y LOS
PERCIBIDOS PARA EFECTOS DEL IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA Y EL TOTAL DE
ACTOS O ACTIVIDADES PARA EFECTOS DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. |
27.- |
·
OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS. |
27.1.- |
·
INFORMACION DEL CONTRIBUYENTE SOBRE SUS OPERACIONES CON PARTES
RELACIONADAS. |
28.- |
·
INVERSIONES Y TERRENOS. |
29.- |
·
DETERMINACION DE LA RENTA GRAVABLE PARA EFECTOS DE LA PARTICIPACION DE
LOS TRABAJADORES EN LAS UTILIDADES DE LAS EMPRESAS DE CONFORMIDAD CON EL
ARTICULO 16 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA. |
30.- |
·
DATOS INFORMATIVOS. |
31.- |
·
OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR |
32.- |
·
INTEGRACION DE CIFRAS REEXPRESADAS. |
33.- |
·
OPERACIONES REALIZADAS A TRAVES DE FIDEICOMISOS. |
|
|
LOS CUESTIONARIOS QUE SE SEÑALAN A CONTINUACION,
CONTIENEN INFORMACION RELATIVA A LA REVISION EFECTUADA POR EL CONTADOR
PUBLICO REGISTRADO A LOS ESTADOS FINANCIEROS DEL CONTRIBUYENTE, QUE FORMAN
PARTE DEL INFORME SOBRE LA REVISION DE LA SITUACION FISCAL DEL CONTRIBUYENTE. |
|
|
|
|
·
CUESTIONARIO DE DIAGNOSTICO FISCAL. |
|
·
CUESTIONARIO EN MATERIA DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA. |
SOCIEDADES CONTROLADORAS DE GRUPOS FINANCIEROS
No. DE
REFERENCIA |
DATOS A
CONTENER |
|
DATOS FIJOS: |
|
|
|
·
DATOS DE IDENTIFICACION: - CONTRIBUYENTE. - REPRESENTANTE LEGAL. - CONTADOR PUBLICO |
|
|
|
·
DATOS GENERALES. |
|
|
|
INFORMACION DEL DICTAMEN
REFERENTE A: |
|
|
1.- |
·
BALANCE GENERAL. |
2.- |
·
ESTADO DE RESULTADOS. |
3.- |
·
ESTADO DE VARIACIONES EN EL CAPITAL CONTABLE. |
4.- |
·
ESTADO DE CAMBIOS EN LA SITUACION FINANCIERA. |
4.1.- |
·
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS. |
5.- |
·
ESTADO DE RESULTADOS SEGMENTADO (APLICA A CONTRIBUYENTES QUE
REALIZARON OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS). |
6.- |
·
ANALISIS COMPARATIVO DE LAS CUENTAS DEL ESTADO DE RESULTADOS. |
7.- |
·
RELACION DE CONTRIBUCIONES A CARGO DEL CONTRIBUYENTE COMO SUJETO
DIRECTO O EN SU CARACTER DE RETENEDOR. |
7.1.- |
·
DECLARATORIA. |
8.- |
·
RELACION DE PAGOS PROVISIONALES Y PAGOS MENSUALES DEFINITIVOS. |
9.- |
·
DETERMINACION DE PAGOS PROVISIONALES Y PAGOS MENSUALES DEFINITIVOS. |
10.- |
·
BASE PARA LA DETERMINACION DEL IMPUESTO RETENIDO SOBRE HONORARIOS,
ARRENDAMIENTOS E INTERESES. |
11.- |
·
OPERACIONES CON RESIDENTES EN EL EXTRANJERO. |
12.- |
·
RESPONSABILIDAD SOLIDARIA POR OPERACIONES DE RESIDENTES EN EL
EXTRANJERO (EXCLUSIVAMENTE DE ENAJENACION DE ACCIONES). |
13.- |
·
RELACION DE CONTRIBUCIONES POR PAGAR. |
14.- |
·
CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y FISCAL PARA EFECTOS DEL
IMPUESTO SOBRE LA RENTA. |
15.- |
·
INTEGRACION DE PERDIDAS FISCALES DE EJERCICIOS ANTERIORES. |
16.- |
·
CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA. CUFIN. |
17.- |
·
CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA REINVERTIDA. CUFINRE. |
18.- |
·
OPERACIONES FINANCIERAS DERIVADAS CONTRATADAS CON RESIDENTES EN EL
EXTRANJERO. |
19.- |
·
PRESTAMOS DEL EXTRANJERO. |
20.- |
·
INVERSIONES PERMANENTES EN SUBSIDIARIAS, ASOCIADAS Y AFILIADAS
RESIDENTES EN EL EXTRANJERO. |
21.- |
·
SOCIOS O ACCIONISTAS QUE TUVIERON ACCIONES O PARTES SOCIALES. |
22.- |
·
INGRESOS SUJETOS A REGIMENES FISCALES PREFERENTES. |
23.- |
·
CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y EL DETERMINADO PARA EL
IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA. |
24.- |
·
ACREDITAMIENTO DE CREDITOS FISCALES DETERMINADOS PARA EFECTOS DEL
IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA. |
25.- |
·
CONCILIACION ENTRE LOS INGRESOS DICTAMINADOS SEGUN ESTADO DE
RESULTADOS, LOS ACUMULABLES PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y LOS
PERCIBIDOS PARA EFECTOS DEL IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA Y EL TOTAL DE
ACTOS O ACTIVIDADES PARA EFECTOS DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. |
26.- |
·
OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS. |
26.1.- |
·
INFORMACION DEL CONTRIBUYENTE SOBRE SUS OPERACIONES CON PARTES
RELACIONADAS. |
27.- |
·
INVERSIONES Y TERRENOS. |
28.- |
·
DETERMINACION DE LA RENTA GRAVABLE PARA EFECTOS DE LA PARTICIPACION DE
LOS TRABAJADORES EN LAS UTILIDADES DE LAS EMPRESAS DE CONFORMIDAD CON EL
ARTICULO 16 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA. |
29.- |
·
DATOS INFORMATIVOS. |
30.- |
·
OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR |
31.- |
·
INTEGRACION DE CIFRAS REEXPRESADAS. |
32.- |
·
OPERACIONES REALIZADAS A TRAVES DE FIDEICOMISOS. |
|
|
LOS CUESTIONARIOS QUE SE SEÑALAN A CONTINUACION,
CONTIENEN INFORMACION RELATIVA A LA REVISION EFECTUADA POR EL CONTADOR PUBLICO
REGISTRADO A LOS ESTADOS FINANCIEROS DEL CONTRIBUYENTE, QUE FORMAN PARTE DEL
INFORME SOBRE LA REVISION DE LA SITUACION FISCAL DEL CONTRIBUYENTE. |
|
|
|
|
·
CUESTIONARIO DE DIAGNOSTICO FISCAL. |
|
·
CUESTIONARIO EN MATERIA DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA. |
SOCIEDADES DE INVERSION DE CAPITALES
No. DE
REFERENCIA |
DATOS A
CONTENER |
|
DATOS FIJOS: |
|
|
|
·
DATOS DE IDENTIFICACION: - CONTRIBUYENTE. - REPRESENTANTE LEGAL. - CONTADOR PUBLICO |
|
|
|
·
DATOS GENERALES. |
|
|
|
INFORMACION DEL DICTAMEN REFERENTE A: |
|
|
1.- |
·
BALANCE GENERAL. |
2.- |
·
ESTADO DE RESULTADOS. |
3.- |
·
ESTADO DE VARIACIONES EN EL CAPITAL CONTABLE. |
4.- |
·
ESTADO DE VALUACION DE CARTERA DE INVERSION. |
4.1.- |
·
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS. |
5.- |
·
ESTADO DE RESULTADOS SEGMENTADO (APLICA A CONTRIBUYENTES QUE
REALIZARON OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS). |
6.- |
·
ANALISIS COMPARATIVO DE LAS CUENTAS DEL ESTADO DE RESULTADOS. |
7.- |
·
RELACION DE CONTRIBUCIONES A CARGO DEL CONTRIBUYENTE COMO SUJETO
DIRECTO O EN SU CARACTER DE RETENEDOR. |
7.1.- |
·
DECLARATORIA. |
8.- |
·
RELACION DE PAGOS PROVISIONALES Y PAGOS MENSUALES DEFINITIVOS. |
9.- |
·
DETERMINACION DE PAGOS PROVISIONALES Y PAGOS MENSUALES DEFINITIVOS. |
10.- |
·
BASE PARA LA DETERMINACION DEL IMPUESTO RETENIDO SOBRE HONORARIOS,
ARRENDAMIENTOS E INTERESES. |
11.- |
·
OPERACIONES CON RESIDENTES EN EL EXTRANJERO. |
12.- |
·
RESPONSABILIDAD SOLIDARIA POR OPERACIONES DE RESIDENTES EN EL
EXTRANJERO (EXCLUSIVAMENTE DE ENAJENACION DE ACCIONES). |
13.- |
·
RELACION DE CONTRIBUCIONES POR PAGAR. |
14.- |
·
CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y FISCAL PARA EFECTOS DEL
IMPUESTO SOBRE LA RENTA. |
15.- |
·
INTEGRACION DE PERDIDAS FISCALES DE EJERCICIOS ANTERIORES. |
16.- |
·
CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA. CUFIN. |
17.- |
·
CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA REINVERTIDA. CUFINRE. |
18.- |
·
OPERACIONES FINANCIERAS DERIVADAS CONTRATADAS CON RESIDENTES EN EL
EXTRANJERO. |
19.- |
·
PRESTAMOS DEL EXTRANJERO. |
20.- |
·
INVERSIONES PERMANENTES EN SUBSIDIARIAS, ASOCIADAS Y AFILIADAS
RESIDENTES EN EL EXTRANJERO. |
21.- |
·
SOCIOS O ACCIONISTAS QUE TUVIERON ACCIONES O PARTES SOCIALES. |
22.- |
·
INGRESOS SUJETOS A REGIMENES FISCALES PREFERENTES. |
23.- |
·
CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y EL DETERMINADO PARA EL
IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA. |
24.- |
·
ACREDITAMIENTO DE CREDITOS FISCALES DETERMINADOS PARA EFECTOS DEL
IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA. |
25.- |
·
CONCILIACION ENTRE LOS INGRESOS DICTAMINADOS SEGUN ESTADO DE
RESULTADOS, LOS ACUMULABLES PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y LOS
PERCIBIDOS PARA EFECTOS DEL IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA Y EL TOTAL DE
ACTOS O ACTIVIDADES PARA EFECTOS DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. |
26.- |
·
OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS. |
26.1.- |
·
INFORMACION DEL CONTRIBUYENTE SOBRE SUS OPERACIONES CON PARTES
RELACIONADAS. |
27.- |
·
INVERSIONES Y TERRENOS. |
28.- |
·
DETERMINACION DE LA RENTA GRAVABLE PARA EFECTOS DE LA PARTICIPACION DE
LOS TRABAJADORES EN LAS UTILIDADES DE LAS EMPRESAS DE CONFORMIDAD CON EL
ARTICULO 16 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA. |
29.- |
·
DATOS INFORMATIVOS. |
30.- |
·
OPERACIONES REALIZADAS A TRAVES DE FIDEICOMISOS. |
|
|
LOS CUESTIONARIOS
QUE SE SEÑALAN A CONTINUACION, CONTIENEN INFORMACION RELATIVA A LA REVISION
EFECTUADA POR EL CONTADOR PUBLICO REGISTRADO A LOS ESTADOS FINANCIEROS DEL
CONTRIBUYENTE, QUE FORMAN PARTE DEL INFORME SOBRE LA REVISION DE LA SITUACION
FISCAL DEL CONTRIBUYENTE. |
|
|
|
|
·
CUESTIONARIO DE DIAGNOSTICO FISCAL. |
|
·
CUESTIONARIO EN MATERIA DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA. |
SOCIEDADES DE INVERSION DE RENTA VARIABLE Y EN
INSTRUMENTOS DE DEUDA
No. DE REFERENCIA |
DATOS A CONTENER |
|
DATOS FIJOS: |
|
|
|
·
DATOS DE IDENTIFICACION: -
CONTRIBUYENTE. -
REPRESENTANTE LEGAL. - CONTADOR
PUBLICO |
|
|
|
·
DATOS GENERALES. |
|
|
|
INFORMACION DEL DICTAMEN REFERENTE A: |
|
|
1.- |
·
BALANCE GENERAL. |
2.- |
·
ESTADO DE RESULTADOS. |
3.- |
·
ESTADO DE VARIACIONES EN EL CAPITAL CONTABLE. |
4.- |
·
ESTADO DE VALUACION DE CARTERA DE INVERSION. |
4.1.- |
·
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS. |
5.- |
·
ANALISIS COMPARATIVO DE LAS CUENTAS DEL ESTADO DE RESULTADOS. |
6.- |
·
RELACION DE CONTRIBUCIONES A CARGO DEL CONTRIBUYENTE COMO SUJETO
DIRECTO O EN SU CARACTER DE RETENEDOR. |
6.1.- |
·
DECLARATORIA. |
7.- |
·
RELACION DE PAGOS MENSUALES DEFINITIVOS. |
8.- |
·
DETERMINACION DE PAGOS MENSUALES DEFINITIVOS. |
9.- |
·
BASE PARA LA DETERMINACION DEL IMPUESTO RETENIDO SOBRE HONORARIOS,
ARRENDAMIENTOS E INTERESES. |
10.- |
·
RELACION DE CONTRIBUCIONES POR PAGAR. |
|
|
LOS CUESTIONARIOS QUE
SE SEÑALAN A CONTINUACION, CONTIENEN INFORMACION RELATIVA A LA REVISION
EFECTUADA POR EL CONTADOR PUBLICO REGISTRADO A LOS ESTADOS FINANCIEROS DEL
CONTRIBUYENTE, QUE FORMAN PARTE DEL INFORME SOBRE LA REVISION DE LA SITUACION
FISCAL DEL CONTRIBUYENTE. |
|
|
|
|
·
CUESTIONARIO DE DIAGNOSTICO FISCAL. |
ESTABLECIMIENTOS PERMANENTES DE RESIDENTES EN EL
EXTRANJERO
No. DE REFERENCIA |
DATOS A CONTENER |
|
DATOS FIJOS: |
|
|
|
·
DATOS DE IDENTIFICACION: -
CONTRIBUYENTE. - OFICINA
CENTRAL EN EL EXTRANJERO. -
REPRESENTANTE LEGAL. - CONTADOR
PUBLICO |
|
|
|
·
DATOS GENERALES. |
|
|
|
INFORMACION DEL DICTAMEN
REFERENTE A: |
|
|
1.- |
·
ESTADO DE POSICION FINANCIERA. |
2.- |
·
ESTADO DE RESULTADOS. |
3.- |
·
ESTADO DE VARIACIONES EN EL PATRIMONIO DE LA OFICINA CENTRAL DEL
EXTRANJERO EN EL ESTABLECIMIENTO PERMANENTE. |
4.- |
·
ESTADO DE FLUJOS DE EFECTIVO. |
4.1.- |
·
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS. |
5.- |
·
ESTADO DE RESULTADOS SEGMENTADO (APLICA A CONTRIBUYENTES QUE
REALIZARON OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS). |
6.- |
·
INTEGRACION ANALITICA DE VENTAS O INGRESOS NETOS. |
7.- |
·
DETERMINACION DEL COSTO DE LO VENDIDO PARA EFECTOS CONTABLES Y DEL
IMPUESTO SOBRE LA RENTA. |
8.- |
·
ANALISIS COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DE GASTOS. |
9.- |
·
ANALISIS COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DE OTROS GASTOS. |
10.- |
·
ANALISIS COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DEL RESULTADO INTEGRAL DE
FINANCIAMIENTO. |
11.- |
·
RELACION DE CONTRIBUCIONES A CARGO DEL CONTRIBUYENTE COMO SUJETO
DIRECTO O EN SU CARACTER DE RETENEDOR O RECAUDADOR. |
11.1.- |
·
DECLARATORIA. |
12.- |
·
RELACION DE PAGOS PROVISIONALES Y PAGOS MENSUALES DEFINITIVOS. |
13.- |
·
DETERMINACION DE PAGOS PROVISIONALES Y PAGOS MENSUALES DEFINITIVOS. |
14.- |
·
BASE PARA LA DETERMINACION DEL IMPUESTO RETENIDO SOBRE HONORARIOS,
ARRENDAMIENTOS E INTERESES. |
15.- |
·
OPERACIONES CON RESIDENTES EN EL EXTRANJERO. |
16.- |
·
RESPONSABILIDAD SOLIDARIA POR OPERACIONES DE RESIDENTES EN EL
EXTRANJERO (EXCLUSIVAMENTE DE ENAJENACION DE ACCIONES). |
17.- |
·
DETERMINACION MENSUAL DEL IMPUESTO A LOS DEPOSITOS EN EFECTIVO. |
18.- |
·
RELACION DEL IMPUESTO A LOS DEPOSITOS EN EFECTIVO RECAUDADO Y
PENDIENTE DE RECAUDAR (APLICABLE A LAS INSTITUCIONES DEL SISTEMA FINANCIERO A
QUE SE REFIERE LA L.I.D.E.) |
19.- |
·
RELACION DE CONTRIBUCIONES POR PAGAR. |
20.- |
·
CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y FISCAL PARA EFECTOS DEL
IMPUESTO SOBRE LA RENTA. |
21.- |
·
INTEGRACION DEL INVENTARIO ACUMULABLE. |
22.- |
·
INTEGRACION DE PERDIDAS FISCALES DE EJERCICIOS ANTERIORES. |
23.- |
·
CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA. CUFIN. |
24.- |
·
CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA REINVERTIDA. CUFINRE. |
25.- |
·
OPERACIONES FINANCIERAS DERIVADAS CONTRATADAS CON RESIDENTES EN EL
EXTRANJERO. |
26.- |
·
CUENTAS Y DOCUMENTOS POR COBRAR Y POR PAGAR EN MONEDA EXTRANJERA. |
27.- |
·
PRESTAMOS DEL EXTRANJERO. |
28.- |
·
INVERSIONES PERMANENTES EN SUBSIDIARIAS, ASOCIADAS Y AFILIADAS
RESIDENTES EN EL EXTRANJERO. |
29.- |
·
CUENTA DE REMESAS DE CAPITAL. |
30.- |
·
INGRESOS SUJETOS A REGIMENES FISCALES PREFERENTES. |
31.- |
·
CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y EL DETERMINADO PARA EL
IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA. |
32.- |
·
ACREDITAMIENTO DE CREDITOS FISCALES DETERMINADOS PARA EFECTOS DEL
IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA. |
33.- |
·
CONCILIACION ENTRE LOS INGRESOS DICTAMINADOS SEGUN ESTADO DE
RESULTADOS, LOS ACUMULABLES PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y LOS
PERCIBIDOS PARA EFECTOS DEL IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA Y EL TOTAL DE
ACTOS O ACTIVIDADES PARA EFECTOS DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. |
34.- |
·
OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS. |
34.1.- |
·
INFORMACION DEL CONTRIBUYENTE SOBRE SUS OPERACIONES CON PARTES
RELACIONADAS. |
35.- |
·
INVERSIONES Y TERRENOS. |
36.- |
·
DETERMINACION DE LA RENTA GRAVABLE PARA EFECTOS DE LA PARTICIPACION DE
LOS TRABAJADORES EN LAS UTILIDADES DE LAS EMPRESAS DE CONFORMIDAD CON EL
ARTICULO 16 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA. |
37.- |
·
DATOS INFORMATIVOS. |
38.- |
·
OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR |
39.- |
·
INTEGRACION DE CIFRAS REEXPRESADAS. |
40.- |
·
OPERACIONES REALIZADAS A TRAVES DE FIDEICOMISOS. |
41.- |
·
CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y FISCAL PARA EFECTOS DEL
IMPUESTO SOBRE LA RENTA. DETERMINACION DE LA DEDUCCION DE LA PARTE
PROPORCIONAL DEL GASTO PROMEDIO QUE POR SUS OPERACIONES HAYA TENIDO EN EL
MISMO EJERCICIO LA EMPRESA RESIDENTES EN EL EXTRANJERO QUE SE DEDICO AL
TRANSPORTE INTERNACIONAL AEREO O TERRESTRE, CONSIDERANDO LA OFICINA CENTRAL Y
TODOS SUS ESTABLECIMIENTOS ARTICULO 30, 4o. Y 5o. PARRAFOS L.I.S.R. |
42.- |
·
INFORMACION SOBRE EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO DE RESIDENTES EN EL
EXTRANJERO QUE PRESTEN SERVICIOS DE TRANSPORTE AEREO INTERNACIONAL DE
PERSONAS AMPARADO POR BOLETOS ENAJENADOS POR OTRA LINEA AEREA |
43.- |
·
DATOS DE LA LINEA AEREA QUE ENAJENA LOS BOLETOS QUE AMPAREN EL
SERVICIO DE TRANSPORTE AEREO INTERNACIONAL DE PERSONAS |
|
|
LOS CUESTIONARIOS QUE SE SEÑALAN A CONTINUACION, CONTIENEN
INFORMACION RELATIVA A LA REVISION EFECTUADA POR EL CONTADOR PUBLICO
REGISTRADO A LOS ESTADOS FINANCIEROS DEL CONTRIBUYENTE, QUE FORMAN PARTE DEL
INFORME SOBRE LA REVISION DE LA SITUACION FISCAL DEL CONTRIBUYENTE. |
|
|
|
|
·
CUESTIONARIO DE DIAGNOSTICO FISCAL. |
|
·
CUESTIONARIO EN MATERIA DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA. |
C. FORMATO DE PRESENTACION EN SIPRED’2009.
·
LA INFORMACION ESTA INTEGRADA POR LOS DATOS DE IDENTIFICACION, DATOS
GENERALES, LOS ESTADOS FINANCIEROS BASICOS, NOTAS A LOS MISMOS, CONCILIACIONES,
INTEGRACIONES, DETERMINACIONES Y RELACIONES; Y SE PRESENTARAN EN FORMA LINEAL
VERTICAL, DE ACUERDO A LAS REGLAS ESPECIFICAS CON LAS QUE EL SISTEMA OPERA.
ASIMISMO CONTIENE LA OPINION, EL INFORME SOBRE LA REVISION DE LA SITUACION
FISCAL DEL CONTRIBUYENTE, EL CUESTIONARIO DE DIAGNOSTICO FISCAL ELABORADO POR
EL CONTADOR PUBLICO, EL CUESTIONARIO DEL CONTADOR PUBLICO EN MATERIA DE PRECIOS
DE TRANSFERENCIA, Y EN SU CASO, LA INFORMACION ADICIONAL AL DICTAMEN.
D.- PRESENTACION DE LA INFORMACION.
·
LOS DICTAMENES DEBERAN ELABORARSE Y PREPARARSE PARA SU ENVIO
INVARIABLEMENTE EN EL SISTEMA DENOMINADO SIPRED’2009, DESARROLLADO POR EL
SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA.
·
EN LOS FORMATOS DE LOS ANEXOS NO SE PUEDEN ADICIONAR COLUMNAS, NI SE
PUEDEN ADICIONAR RENGLONES CON INDICES, SALVO PARA LA INTEGRACION DE LOS
CONCEPTOS DENOMINADOS “OTROS” O EN LOS CASOS EN QUE EL PROPIO SISTEMA LO
PERMITA; SIN EMBARGO, SI ES POSIBLE AGREGAR “NOTAS”, CONFORME AL APENDICE III
NOTAS TECNICAS DE ESTE INSTRUCTIVO.
·
CABE SEÑALAR QUE LOS IMPORTES DE LOS DATOS A PROPORCIONAR DE LOS ANEXOS
DEL DICTAMEN QUE NO SE OCUPEN, PODRAN DEJARSE EN BLANCO O BIEN PONER UN CERO
PARA EVITAR ERRORES DE OMISION DE LA CAPTURA, EXCEPTO EN AQUELLOS INDICES, QUE
EL PROPIO SISTEMA INDIQUE QUE NO DEBEN DEJARSE EN BLANCO Y SE REQUERIRA QUE POR
LO MENOS SE ANOTE UN CERO.
·
LA INFORMACION DEBERA PRESENTARSE RESPETANDO LA ESTRUCTURA DE
CONSTRUCCION Y ENCRIPTACION DE DATOS DEL SIPRED’2009. ASIMISMO, POR NINGUN
MOTIVO PODRA PRESENTARLA O EDITARLA CON ALGUN OTRO SOFTWARE.
·
EN LA PRESENTACION DE LOS IMPORTES, SE PODRAN UTILIZAR FORMULAS,
SUMATORIAS Y CUALQUIER TIPO DE OPERACION O RUTINA QUE ESTE INCLUIDA EN EL
SIPRED’2009.
·
PARA ESCRIBIR LOS TEXTOS DE LAS NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS, LA
DECLARATORIA DE CONTRIBUCIONES A CARGO DEL CONTRIBUYENTE COMO SUJETO DIRECTO O
EN SU CARACTER DE RETENEDOR, LA OPINION, EL INFORME SOBRE LA REVISION DE LA
SITUACION FISCAL DEL CONTRIBUYENTE Y LA INFORMACION ADICIONAL AL DICTAMEN,
PODRAN UTILIZARSE CARACTERES ESPECIALES (COMAS, PUNTOS, PARENTESIS, CORCHETES,
ETC.).
·
LAS NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS, LA DECLARATORIA, LA OPINION, EL
INFORME, EL CUESTIONARIO DE DIAGNOSTICO FISCAL SE DEBERAN REQUISITAR
OBLIGATORIAMENTE EN TODOS LOS CASOS Y CUANDO LE APLIQUE AL CONTRIBUYENTE,
TAMBIEN EL CUESTIONARIO EN MATERIA DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA, EN EL CASO DE
INFORMACION DE TEXTOS, DEBERAN CONTENER UN MINIMO DE 100 CARACTERES.
·
EN EL CASO DE UTILIZAR EL ANEXO DE “INFORMACION ADICIONAL”, SE DEBERAN
CAPTURAR UN MINIMO DE 100 CARACTERES.
·
CON LA FINALIDAD DE REALIZAR LAS ACOTACIONES DE LOS ESTADOS FINANCIEROS,
RELACIONES Y CONCILIACIONES QUE ESTARAN RELACIONADAS CON LAS NOTAS A LOS
MISMOS, SE ANOTARA LA REFERENCIA INMEDIATAMENTE DESPUES DEL NOMBRE DE LA CUENTA
O SUBCUENTA QUE SE VA A REFERENCIAR INSERTANDO UNA NOTA POR MEDIO DEL SISTEMA.
EN LAS NOTAS RELACIONADAS CON CUENTAS ADICIONADAS MEDIANTE INDICES AGREGADOS,
SE DEBE INDICAR EL INDICE AL QUE SE REFIERE LA NOTA. EJEMPLO:
NOTA
DEL INDICE 011191...
·
TODOS LOS DATOS DE LAS CELDAS, SE CAPTURARAN DE ACUERDO A LAS REGLAS DE
VALIDACION PROPIAS DEL SISTEMA.
IV.- CARACTERISTICAS ESPECIFICAS.
A.- LAS
COLUMNAS.
·
SE DEBERA RESPETAR EL NUMERO DE COLUMNAS ESTABLECIDAS PARA CADA UNO DE
LOS ANEXOS ESPECIFICOS.
·
POR NINGUN MOTIVO SE DEBERAN INCORPORAR COLUMNAS, ARCHIVOS O ANEXOS
EXTRAS.
·
LAS NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS, LA DECLARATORIA, LA OPINION, EL
INFORME Y LA INFORMACION ADICIONAL, NO TENDRAN COLUMNAS DE INDICES.
B.- LOS
INDICES.
·
SE MANEJARAN ENTRE SEIS Y HASTA OCHO CARACTERES DEPENDIENDO DEL TIPO DE
DICTAMEN DE QUE SE TRATE.
·
EL TRATAMIENTO DEL INDICE SERA COMO UN CARACTER ALFANUMERICO.
·
LA JUSTIFICACION DE LOS CARACTERES DE LOS INDICES SERA CENTRADA.
C.- LOS CONCEPTOS.
·
TODOS LOS TEXTOS UTILIZADOS SE PRESENTARAN EN LETRAS MAYUSCULAS Y NO
PODRAN CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, CORCHETES, PARENTESIS, ETC.). SE
PODRAN CAPTURAR CON MINUSCULAS; SIN EMBARGO, EL SIPRED’2009 AUTOMATICAMENTE LAS
CONVIERTE A MAYUSCULAS.
D.- LAS CANTIDADES.
·
LAS CIFRAS DE IMPORTES, PODRAN CONTENER FORMULAS PERO NO SIGNOS
ESPECIALES (SIGNO DE PESOS, COMAS, PUNTOS, CORCHETES O PARENTESIS), UNICAMENTE
DEBERAN CONSTAR DE LOS DIGITOS DEL 0 AL 9.
·
LOS SIMBOLOS COMO LOS PARENTESIS, LOS SEPARADORES DE MILES, ETC.;
SOLAMENTE SERAN LOS QUE EL SISTEMA ASIGNE (SEGUN LA CONFIGURACION QUE ELIJA EL
USUARIO).
·
LAS CANTIDADES NEGATIVAS DEBERAN CAPTURARSE CON SIGNO NEGATIVO,
ANTEPONIENDOSE EL SIGNO A DICHA CANTIDAD, PERO PODRAN VISUALIZARSE CON
PARENTESIS (SEGUN LA CONFIGURACION QUE ELIJA EL USUARIO).
·
LOS CAMPOS NUMERICOS QUE CONTENGAN INFORMACION SERAN JUSTIFICADOS A LA
DERECHA.
·
LOS IMPORTES DEBERAN ANOTARSE INVARIABLEMENTE
EN PESOS, NO EN MILES DE PESOS.
·
LAS CANTIDADES REPRESENTATIVAS DE PORCENTAJES SE DEBERAN CAPTURAR CON
ENTEROS Y 2 DECIMALES, SIN EL SIGNO DE PORCENTAJE, EXCEPTO EN LOS CASOS EN QUE
DICHAS CANTIDADES REPRESENTEN UN FACTOR DE ACTUALIZACION, LOS CUALES DEBERAN
CONTENER ENTEROS Y 4 DECIMALES.
EJEMPLOS:
10% SE ESCRIBIRA 10.00
28% SE ESCRIBIRA 28.00
2.89078 SE ESCRIBIRA 2.8907
4.56320 SE ESCRIBIRA 4.5632
V.- TERMINOLOGIA UTILIZADA.
ACUSE DE RECIBO ELECTRONICO.- |
MENSAJE DE ACEPTACION DEL DICTAMEN, QUE EMITE Y
ENVIA EL SAT VIA INTERNET, A LA DIRECCION DEL CORREO ELECTRONICO DEL CONTADOR
PUBLICO Y DEL CONTRIBUYENTE, CON EL “SELLO DIGITAL”. |
|
|
ALFABETICO.- |
CUANDO SE CAPTURAN SOLO LETRAS |
|
|
ALFANUMERICO.- |
CUANDO SE CAPTURA UNA COMBINACION DE LETRA(S) Y/O
NUMERO(S). |
|
|
BYTES.- |
UNIDAD DE MEDIDA DE ALMACENAMIENTO MAGNETICO
EQUIVALENTE A 8 BITS (BINARY DIGIT) O A UN CARACTER DE INFORMACION. |
|
|
CARACTER.- |
ES LA REPRESENTACION DE CUALQUIER LETRA O NUMERO
EN FORMA INDIVIDUAL. |
|
|
CELDA.- |
SE DEFINE POR LA INTERSECCION DE UNA COLUMNA Y UN
RENGLON. |
|
|
COPY (COPIAR).- |
INSTRUCCION QUE PERMITE COPIAR UNO O MAS ARCHIVOS
EN OTRO DISCO O TEXTO SELECCIONADO DENTRO DE UN MISMO O DIFERENTE DOCUMENTO. |
|
|
DIRECTORIO.- |
ESTRUCTURA QUE AGRUPA UN CONJUNTO DE ARCHIVOS O
SUBDIRECTORIOS |
|
|
DOCUMENTO DIGITAL.- |
TODO
MENSAJE DE DATOS QUE CONTIENE INFORMACION O ESCRITURA GENERADA, ENVIADA,
RECIBIDA O ARCHIVADA POR MEDIOS ELECTRONICOS. |
|
|
ENCRIPTADO.- |
FORMATO DE
ARCHIVO EL CUAL SIGUIENDO UN CONJUNTO DE METODOS, SE OCULTA EL CONTENIDO DEL
MISMO A TODOS AQUELLOS A QUIEN NO ESTE DIRIGIDO. |
|
|
ENSOBRETADO O FIRMADO
DIGITAL.- |
PROCESO DE
INTEGRACION AL DICTAMEN FISCAL DE LA GARANTIA/CERTIFICADO DIGITAL Y LLAVE
PRIVADA DE UN REMITENTE Y UNA GARANTIA/CERTIFICADO DIGITAL DE UN DESTINATARIO
QUE PERMITA GARANTIZAR SU AUTENTICIDAD, INTEGRIDAD, CONFIDENCIALIDAD Y NO
REPUDIACION DE LA INFORMACION TRASMITIDA. |
|
|
GARANTIA/CERTIFICADO DIGITAL
(LLAVE PUBLICA) |
DOCUMENTO
ELECTRONICO QUE CONTIENE UN CONJUNTO DE INFORMACION A LA QUE SE LE HA FIJADO
UNA FIRMA DIGITAL, POR UNA AUTORIDAD CERTIFICADORA, EN ESTE CASO EL SERVICIO
DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA, Y SE UTILIZA PARA FIRMAR DOCUMENTOS ELECTRONICOS.
RELACIONADA EN FORMA INEQUIVOCA CON LA LLAVE PRIVADA. |
|
|
INTERNET.- |
RED DE
ALCANCE MUNDIAL QUE INTERCONECTA UNA GRAN CANTIDAD DE EQUIPOS DE COMPUTO. |
|
|
KILOBYTE (KB).- |
UNIDAD DE
MEDIDA DE ALMACENAMIENTO EQUIVALENTE A 1024 BYTES. |
|
|
LLAVE PRIVADA.- |
CONTRASEÑA
QUE PERMITE IDENTIFICAR JUNTO CON LA GARANTIA/CERTIFICADO DIGITAL (LLAVE
PUBLICA) QUE EL REMITENTE Y DESTINATARIO DE LA INFORMACION SON QUIENES DICEN
SER. |
|
|
MEGABYTE (MB).- |
UNIDAD DE
MEDIDA DE ALMACENAMIENTO EQUIVALENTE A 1024 KILOBYTES. |
|
|
NUMERICO.- |
CUANDO SE
CAPTURAN SOLO NUMEROS |
|
|
PASTE (PEGAR).- |
INSTRUCCION
QUE PERMITE PEGAR UNO O MAS ARCHIVOS EN OTRO DISCO O TEXTO SELECCIONADO
DENTRO DE UN MISMO O DIFERENTE DOCUMENTO |
|
|
RESPALDAR.- |
PROCEDIMIENTO
O RUTINA QUE GENERA UNA COPIA DE SEGURIDAD DE LA INFORMACION. |
|
|
RESTAURAR.- |
PROCEDIMIENTO
O RUTINA DE RECUPERACION DE DATOS A PARTIR DE UN RESPALDO. |
|
|
SELLO DIGITAL.- |
MENSAJE
ELECTRONICO QUE ACREDITA QUE UN DOCUMENTO DIGITAL FUE RECIBIDO POR LA
AUTORIDAD CORRESPONDIENTE EN LA HORA Y FECHA QUE SE CONSIGNEN EN EL ACUSE DE
RECIBO. |
|
|
SUBDIRECTORIO.- |
ESTRUCTURA
DE ALMACENAMIENTO QUE AGRUPA A UN CONJUNTO DE ARCHIVOS. |
VI.- PROCEDIMIENTOS PARA UTILIZAR EL SISTEMA
SIPRED’2009.
PARA EFECTOS DE UTILIZAR EL SIPRED’2009
SE PROCEDERA COMO SE INDICA A CONTINUACION:
A.- REQUERIMIENTOS:
·
COMPUTADORA PERSONAL (PC).
·
MONITOR SVGA (RECOMENDABLE A COLOR).
·
RATON INSTALADO.
·
IMPRESORA LASER COMPATIBLE CON MICROSOFT WINDOWS®.
·
PROCESADOR PENTIUM® IV A 1.7 GHZ O SUPERIOR.
·
512 MB EN MEMORIA RAM O SUPERIOR.
·
SISTEMA OPERATIVO MICROSOFT WINDOWS® 7, XP O VISTA (CON ULTIMAS
VERSIONES DE SERVICE PACK INSTALADAS).
·
MICROSOFT OFFICE® 2003, 2007 O XP (CON ULTIMAS VERSIONES DE SERVICE PACK
INSTALADAS).
·
NAVEGADOR PARA INTERNET VERSION 6.0 O SUPERIOR (CON ULTIMAS VERSIONES DE
SERVICE PACK INSTALADAS).
·
ESPACIO LIBRE EN DISCO DURO TOTAL DE 500 MB.
B.- PROCEDIMIENTO DE INSTALACION DEL SIPRED.
·
LA INSTALACION SE LLEVARA A CABO SIGUIENDO LAS INSTRUCCIONES SEÑALADAS
EN EL MANUAL DE USUARIO DEL SISTEMA.
C.- PROCEDIMIENTO DE ENTRADA.
1. ENCENDER EL EQUIPO DE COMPUTO.
2. EJECUTAR EL SIPRED’2009 DESDE EL GRUPO DE
PROGRAMAS GENERADO POR EL PROGRAMA DE INSTALACION:
INICIO-PROGRAMAS-SIPRED’2009.
3. SE PROCEDERA A LA GENERACION DE UN
DICTAMEN (NUEVO O A PARTIR DE UN EJERCICIO ANTERIOR) Y AL LLENADO DE LOS DATOS
DE IDENTIFICACION (DEL CONTRIBUYENTE, CONTADOR PUBLICO REGISTRADO,
REPRESENTANTE LEGAL), DATOS GENERALES Y POSTERIORMENTE A LOS DEMAS ANEXOS DEL
DICTAMEN.
APENDICE I |
CATALOGO DE CLAVES DE
ENTIDADES FEDERATIVAS. |
||||
01 |
AGUASCALIENTES |
|
17 |
MORELOS |
|
02 |
BAJA CALIFORNIA |
|
18 |
NAYARIT |
|
03 |
BAJA CALIFORNIA SUR |
|
19 |
NUEVO LEON |
|
04 |
CAMPECHE |
|
20 |
OAXACA |
|
05 |
COAHUILA |
|
21 |
PUEBLA |
|
06 |
COLIMA |
|
22 |
QUERETARO |
|
07 |
CHIAPAS |
|
23 |
QUINTANA ROO |
|
08 |
CHIHUAHUA |
|
24 |
SAN LUIS POTOSI |
|
09 |
DISTRITO FEDERAL |
|
25 |
SINALOA |
|
10 |
DURANGO |
|
26 |
SONORA |
|
11 |
GUANAJUATO |
|
27 |
TABASCO |
|
12 |
GUERRERO |
|
28 |
TAMAULIPAS |
|
13 |
HIDALGO |
|
29 |
TLAXCALA |
|
14 |
JALISCO |
|
30 |
VERACRUZ |
|
15 |
MEXICO |
|
31 |
YUCATAN |
|
16 |
MICHOACAN |
|
32 |
ZACATECAS |
|
EL SIPRED CUENTA CON ESTE CATALOGO DEL CUAL SE
PODRA ELEGIR EL ESTADO QUE CORRESPONDA.
APENDICE II CATALOGO DE CLAVES
DE ACTIVIDADES PARA EFECTOS FISCALES.
PARA LOS EFECTOS DE ESTE APENDICE, SE APLICARA EL
CATALOGO DE ACTIVIDADES ECONOMICAS, VIGENTE A LA FECHA DE PRESENTACION DEL
DICTAMEN. EL SIPRED CONTIENE DICHO CATALOGO ACTUALIZADO, SEGUN EL ANEXO 6 DE LA
RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2009.
APENDICE III NOTAS TECNICAS.
GENERALES:
UTILIZACION DE SIGNOS
NEGATIVOS.
·
CUANDO LAS CUENTAS ACREEDORAS TENGAN SALDO DEUDOR O BIEN LAS CUENTAS
DEUDORAS TENGAN SALDO ACREEDOR, SE LES ANTEPONDRA EL SIGNO NEGATIVO Y CUANDO SE
TRATE DE CUENTAS QUE SU SALDO PUEDA SER TANTO ACREEDOR COMO DEUDOR, SE DEBERA
PONER EL SIGNO NEGATIVO EN DICHA CUENTA CUANDO:
- REPRESENTE
UN SALDO DEUDOR, PERO LA CUENTA SE ENCUENTRE UBICADA DENTRO DE UNA
CLASIFICACION DE CUENTAS ACREEDORAS.
- REPRESENTE
UN SALDO ACREEDOR, PERO LA CUENTA SE ENCUENTRE UBICADA DENTRO DE UNA
CLASIFICACION DE CUENTAS DEUDORAS.
·
PARA EFECTOS DE UNA MEJOR VISUALIZACION EL SISTEMA PERMITE, A ELECCION
DEL USUARIO, VER LAS CANTIDADES NEGATIVAS ENTRE PARENTESIS.
UTILIZACION DE INDICES.
·
POR NINGUN MOTIVO SE PODRAN AGREGAR INDICES DENOMINADOS TOTAL, QUE POR
ESENCIA REFLEJEN EL IMPORTE DE UN GRUPO DE CUENTAS Y/O SUBCUENTAS.
·
TAMPOCO SE PODRAN AGREGAR INDICES PARA DESGLOSAR EL IMPORTE SEÑALADO EN
EL INDICE PREESTABLECIDO DEL CUAL SE DERIVAN LOS INDICES AGREGADOS.
·
TAMPOCO SE PODRA UTILIZAR UN INDICE YA PREESTABLECIDO PARA SER OCUPADO
POR OTRO CONCEPTO.
·
CADA INDICE SE COMPONE DE SEIS Y HASTA OCHO CARACTERES, SEGUN EL TIPO DE
DICTAMEN DE QUE SE TRATE, QUE IDENTIFICAN DE MANERA UNICA A CADA CONCEPTO.
·
EL SIPRED PERMITIRA ADICIONAR RENGLONES CON INDICES EN ALGUNOS LUGARES
PREESTABLECIDOS O NOTAS, PERO NO PERMITIRA ADICIONAR COLUMNAS.
·
LOS RENGLONES QUE REPRESENTEN TITULOS NO LLEVAN INDICE Y POR LO TANTO EL
SIPRED NO PERMITIRA ANOTAR EN ELLOS NINGUNA CANTIDAD.
CONSTRUCCION DE NUEVOS
INDICES.
·
EN AQUELLOS CASOS EN QUE EL CONTRIBUYENTE TUVIESE EN SU CONTABILIDAD
NOMBRES DE CUENTAS DIFERENTES A LAS QUE SE MENCIONAN EN LOS ANEXOS DE
INFORMACION OFICIALES QUE INTEGRAN EL FORMATO GUIA DEL DICTAMEN FISCAL, DEBERA
UBICAR DICHAS CUENTAS EN LOS CONCEPTOS DE DICHO FORMATO QUE POR SU NATURALEZA
SEAN ANALOGOS A LAS CUENTAS QUE SE DESEAN INCORPORAR, RESPETANDO LOS INDICES Y
CONCEPTOS YA ESTABLECIDOS.
·
EN ALGUNOS CASOS ESPECIFICOS DEFINIDOS EN EL PROPIO SIPRED, PODRA
CONSTRUIR NUEVOS CONCEPTOS, ASIGNANDOLES UN NUEVO INDICE CONFORME A LA
DEFINICION DE INDICES ANTES SEÑALADA, SIEMPRE Y CUANDO NO HAYA PODIDO UBICARLOS
COMO SE INDICA EN EL PARRAFO ANTERIOR.
·
ASIMISMO, CUANDO EXISTAN CONCEPTOS DE CUENTAS QUE NO QUEDEN COMPRENDIDOS
EN LAS CUENTAS PREESTABLECIDAS, SE PODRAN AGREGAR INDICES A LAS CUENTAS
PREDETERMINADAS DE “OTROS” Y REFLEJAR AHI ESTOS CONCEPTOS.
INFORMACION ADICIONAL AL
DICTAMEN.
·
ESTA HOJA ES DE CAPTURA CON TEXTO LIBRE, Y SE UTILIZARA PARA
PROPORCIONAR INFORMACION ADICIONAL A LA CONTENIDA EN LOS ANEXOS DEL DICTAMEN, O
BIEN, INFORMACION QUE NO ESTA REFLEJADA EN LOS ANEXOS, COMO PUEDE SER LA QUE
PROPORCIONAN LAS SOCIEDADES QUE SE ESCINDAN O FUSIONEN, A QUE SE REFIEREN LOS
ARTICULOS 79 Y 80, RESPECTIVAMENTE, DEL REGLAMENTO DEL CODIGO FISCAL DE LA
FEDERACION VIGENTE, ASIMISMO, SE PODRA UTILIZAR PARA HACER CUALQUIER TIPO DE
ACLARACIONES Y EXPLICACIONES CON RESPECTO A LA INFORMACION DE CUALQUIER ANEXO
DEL DICTAMEN.
·
CUALQUIER PRECISION O AMPLIACION QUE SE QUISIERA SEÑALAR CON RESPECTO A
LA INFORMACION PROPORCIONADA DEL CONTRIBUYENTE EN ALGUN ANEXO AL DICTAMEN
FISCAL, LO PODRA HACER EL CONTRIBUYENTE POR SI MISMO O POR CONDUCTO DEL
CONTADOR PUBLICO REGISTRADO QUE DICTAMINO, A TRAVES DEL ANEXO DENOMINADO
INFORMACION ADICIONAL.
LAS NOTAS TECNICAS QUE A
CONTINUACION SE MENCIONAN SERAN APLICABLES PARA LOS TIPOS DE DICTAMENES QUE
CONTENGAN LA INFORMACION O DATOS A QUE SE REFIERE CADA UNA DE ELLAS.
DATOS DE IDENTIFICACION.
DEL CONTRIBUYENTE.
·
LA CAPTURA DE LOS DATOS DE IDENTIFICACION DEL CONTRIBUYENTE (CON
EXCEPCION DEL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES) SOLAMENTE SE PODRA REALIZAR
OBTENIENDO LA INFORMACION REGISTRADA EN EL SERVICIO DE ADMINISTRACION
TRIBUTARIA (SAT), A TRAVES DE LA PAGINA DE INTERNET, PREVIA IDENTIFICACION CON
LA FIEL DEL CONTRIBUYENTE.
LA
INFORMACION LA REMITIRA EL SAT VIA CORREO ELECTRONICO AL CONTRIBUYENTE,
CONTENIDA EN UN ARCHIVO, CON ESTA INFORMACION SE LLENARAN LOS DATOS DE
IDENTIFICACION DEL CONTRIBUYENTE SIGUIENDO LAS INSTRUCCIONES QUE SE ESPECIFICAN
EN EL MANUAL DE USUARIO DEL SIPRED.
CUANDO
ALGUNOS DE LOS DATOS DEL CONTRIBUYENTE QUE SE ENCUENTRAN REGISTRADOS EN EL SAT
NO COINCIDAN CON LOS ACTUALES, PODRA MODIFICARLOS EN EL LLENADO DEL DICTAMEN;
SIN EMBARGO, LA ACTUALIZACION DE ESOS DATOS NO LO EXIME DE PRESENTAR EL AVISO
DE CAMBIO CORRESPONDIENTE ANTE EL SAT.
·
PARA EL LLENADO AUTOMATICO QUE EL SIPRED REALIZA DEL CONCEPTO DENOMINADO
“NOMBRE DEL SECTOR ECONOMICO AL QUE PERTENECE”, SE TOMA EN CUENTA LA
DESCRIPCION QUE AL EFECTO SE HACE EN EL ANEXO No. 6 DE LA RESOLUCION MISCELANEA
FISCAL VIGENTE PARA 2009, UNA VEZ QUE EL USUARIO DEFINE SU GIRO O CLAVE DE
ACTIVIDAD ECONOMICA, EN EL CATALOGO CONTENIDO EN LA APLICACION.
DEL CONTADOR PUBLICO.
·
LA CAPTURA DE LOS DATOS DE IDENTIFICACION DEL CONTADOR PUBLICO SOLAMENTE
SE PODRA REALIZAR OBTENIENDO LA INFORMACION REGISTRADA EN EL SERVICIO DE
ADMINISTRACION TRIBUTARIA (SAT), A TRAVES DE LA PAGINA DE INTERNET, PREVIA
IDENTIFICACION CON LA FIEL DEL CONTADOR PUBLICO.
LA INFORMACION LA REMITIRA EL SAT VIA CORREO ELECTRONICO AL CONTADOR
PUBLICO, CONTENIDA EN UN ARCHIVO, CON ESTA INFORMACION SE LLENARAN LOS DATOS DE
IDENTIFICACION DEL CONTADOR PUBLICO SIGUIENDO LAS INSTRUCCIONES QUE SE
ESPECIFICAN EN EL MANUAL DE USUARIO DEL SIPRED.
CUANDO LOS DATOS DEL DOMICILIO DEL CONTADOR PUBLICO, REGISTRADOS EN EL
SAT NO COINCIDAN CON LOS ACTUALES, PODRA MODIFICARLOS EN EL LLENADO DEL
DICTAMEN; SIN EMBARGO, ES NECESARIO NOTIFICAR LOS DATOS CORRECTOS DE SU
DOMICILIO, ANTE LA ADMINISTRACION GENERAL DE AUDITORIA FISCAL FEDERAL, MEDIANTE
UN ESCRITO LIBRE QUE PODRA PRESENTAR ANTE LA ADMINISTRACION LOCAL DE AUDITORIA
FISCAL DE SU JURISDICCION.
DATOS GENERALES (CUANDO RESULTE APLICABLE POR EL TIPO DE DICTAMEN DE QUE
SE TRATE).
·
ES OBLIGATORIA LA CAPTURA DE LOS DATOS: “FRACCION I (ARTICULO 32-A
C.F.F.)”, “FRACCION II (ARTICULO 32-A C.F.F.)”, “FRACCION III (ARTICULO 32-A
C.F.F.)”, “FRACCION IV (ARTICULO 32-A C.F.F.)” Y “OPTATIVO (ARTICULO 32-A
C.F.F.)”, Y SOLAMENTE DEBE SEÑALARSE “SI”
EN UNO DE ELLOS.
·
CUANDO SE ESTE OBLIGADO A LA DETERMINACION DEL COSTO DE VENTAS, DEBE
SEÑALARSE “SI” SOLAMENTE EN UNO DE
LOS DATOS SIGUIENTES: “COSTO DE VENTAS: UTILIZA EL SISTEMA DE COSTEO DIRECTO
(COSTOS HISTORICOS)”, “COSTO DE VENTAS: UTILIZA EL SISTEMA DE COSTEO DIRECTO
(COSTOS PREDETERMINADOS)”, “COSTO DE VENTAS: UTILIZA EL SISTEMA DE COSTEO
ABSORBENTE (COSTOS HISTORICOS)”, “COSTO DE VENTAS: UTILIZA EL SISTEMA DE COSTEO
ABSORBENTE (COSTOS PREDETERMINADOS)” O “COSTO DE VENTAS: UTILIZA UN SISTEMA
DISTINTO A LOS ANTERIORES”.
·
ES OBLIGATORIA LA CAPTURA DE LOS DATOS: “TIPO DE OPINION: OPINION SIN
SALVEDADES”, “TIPO DE OPINION: OPINION CON SALVEDADES QUE TENGAN IMPLICACIONES
FISCALES”, “TIPO DE OPINION: OPINION CON SALVEDADES QUE NO TENGAN IMPLICACIONES
FISCALES”, “TIPO DE OPINION: OPINION NEGATIVA QUE TENGA IMPLICACIONES
FISCALES”, “TIPO DE OPINION: OPINION NEGATIVA QUE NO TENGA IMPLICACIONES
FISCALES” Y “TIPO DE OPINION: ABSTENCION DE OPINION”, Y SOLAMENTE DEBE
SEÑALARSE “SI” EN UNO DE ELLOS. EN
SU CASO, ES RECOMENDABLE PRECISAR EN EL INFORME SOBRE LA REVISION DE LA
SITUACION FISCAL DEL CONTRIBUYENTE, EL PORQUE SE CONSIDERO QUE LA OPINION DE
QUE SE TRATE TUVO O NO IMPLICACIONES FISCALES.
·
EN EL ESTADO DE FLUJOS DE EFECTIVO, DEBE SEÑALARSE “SI” SOLAMENTE EN UNO DE LOS DATOS SIGUIENTES: “ESTADO DE FLUJOS DE
EFECTIVO: UTILIZO EL METODO INDIRECTO” O “ESTADO DE FLUJOS DE EFECTIVO: UTILIZO
EL METODO DIRECTO”
·
CUANDO SE SEÑALE “SI” EN EL
DATO: “ES RECAUDADOR DEL IMPUESTO A LOS DEPOSITOS EN EFECTIVO”, SE DEBERA
LLENAR EL ANEXO “RELACION DEL IMPUESTO A LOS DEPOSITOS EN EFECTIVO RECAUDADO Y
PENDIENTE DE RECAUDAR (APLICABLE A LAS INSTITUCIONES DEL SISTEMA FINANCIERO A
QUE SE REFIERE LA L.I.D.E.).
·
CUANDO SE SEÑALE “SI” EN EL
DATO: “EN EL EJERCICIO RECONOCIO EFECTOS DEL INVENTARIO ACUMULABLE AL 31 DE
DICIEMBRE DE 2004”, SE DEBERA LLENAR EL ANEXO “INTEGRACION DEL INVENTARIO
ACUMULABLE”.
·
CUANDO SE SEÑALE “SI” EN EL
DATO: “EN EL EJERCICIO DISMINUYO PERDIDAS FISCALES DE EJERCICIOS ANTERIORES, O
BIEN, PARTICIPO EN ALGUNA FUSION O ESCISION”, SE DEBERA LLENAR EL ANEXO
“INTEGRACION DE PERDIDAS FISCALES DE EJERCICIOS ANTERIORES”.
·
CUANDO SE SEÑALE “SI” EN EL
DATO: “EN EL EJERCICIO SE PERCIBIERON O DISTRIBUYERON DIVIDENDOS QUE AFECTARAN
LA CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA”, SE DEBERA LLENAR EL ANEXO “CUENTA DE
UTILIDAD FISCAL NETA. CUFIN”.
·
CUANDO SE SEÑALE “SI” EN EL
DATO: “EN EL EJERCICIO SE DISTRIBUYERON DIVIDENDOS QUE AFECTARAN LA CUENTA
UTILIDAD FISCAL NETA REINVERTIDA”, SE DEBERA LLENAR EL ANEXO “CUENTA DE
UTILIDAD FISCAL NETA REINVERTIDA. CUFINRE.”
·
CUANDO SE SEÑALE “SI” EN EL
DATO: “RECONOCIO EN LOS ESTADOS FINANCIEROS DEL EJERCICIO FISCAL, LOS EFECTOS
DE LA INFLACION CONFORME A LA NIF B-10”, SE DEBERA LLENAR EL ANEXO “INTEGRACION
DE CIFRAS REEXPRESADAS".
·
CUANDO SE SEÑALE “SI” EN EL
DATO: “EFECTUO OPERACIONES CON FIDEICOMISOS”, SE DEBERA LLENAR EL ANEXO
“OPERACIONES REALIZADAS A TRAVES DE FIDEICOMISOS".
·
CUANDO SE SEÑALE “SI” EN EL
DATO: “REALIZO OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS NACIONALES”, SE DEBERAN
LLENAR LOS ANEXOS “OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS” E “INFORMACION DEL CONTRIBUYENTE
SOBRE SUS OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS”.
·
CUANDO SE SEÑALE “SI” EN EL
DATO: “REALIZO OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS EXTRANJERAS”, SE DEBERAN
LLENAR LOS ANEXOS “OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS” E “INFORMACION DEL
CONTRIBUYENTE SOBRE SUS OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS”.
·
CUANDO SE SEÑALE “SI” EN EL
DATO: “LA RENTA GRAVABLE SE DETERMINO CON BASE EN LO DISPUESTO EN EL ARTICULO
16 DE LA L.I.S.R., SE DEBERA LLENAR EL ANEXO “DETERMINACION DE LA RENTA
GRAVABLE PARA EFECTOS DE LA PARTICIPACION DE LOS TRABAJADORES EN LAS UTILIDADES
DE LAS EMPRESAS DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 16 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE
LA RENTA”.
·
CUANDO SE SEÑALE “SI” EN EL
DATO: “EL CONTRIBUYENTE APLICO CRITERIOS CONTRARIOS A LOS PUBLICADOS EN EL
D.O.F. COMO CRITERIOS NO VINCULATIVOS DE LAS DISPOSICIONES FISCALES Y
ADUANERAS”, SE DEBERAN ESPECIFICAR EL O LOS NUMEROS DE CRITERIOS EN EL INDICE
“ESPECIFIQUE EL O LOS NUMERO(S) DE CRITERIO(S)” DE LOS DATOS GENERALES DEL
DICTAMEN. ESTE DATO SE REFIERE A LOS CRITERIOS CONTENIDOS EN EL ANEXO 3 DE LA
RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2009.
·
CUANDO SE SEÑALE “SI” EN EL
DATO: “OBTUVO ALGUNA RESOLUCION POR PARTE DEL SAT O DE SHCP QUE HAYA AFECTADO
SU SITUACION FISCAL DURANTE EL EJERCICIO”, SE DEBERAN ESPECIFICAR LOS NUMEROS
DE OFICIO Y SUS FECHAS EN LOS INDICES: “NUMERO DE OFICIO 1, 2 Y 3” Y “FECHA DEL
OFICIO 1, 2 Y 3”, DE LOS DATOS GENERALES DEL DICTAMEN.
·
CUANDO SE SEÑALE “SI” EN EL
DATO: “OBTUVO ALGUNA RESOLUCION FAVORABLE POR PARTE DE AUTORIDADES
JURISDICCIONALES QUE HAYA AFECTADO SU SITUACION FISCAL DURANTE EL EJERCICIO”,
SE DEBERAN ESPECIFICAR LOS NUMEROS DE RESOLUCION Y SUS FECHAS EN LOS INDICES:
“NUMERO DE RESOLUCION 1, 2 Y 3” Y “FECHA DE LA RESOLUCION 1, 2 Y 3”, DE LOS
DATOS GENERALES DEL DICTAMEN.
·
CUANDO SE SEÑALE “SI” EN EL
DATO: “REALIZO OPERACIONES AFECTAS A RETENCION DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA”,
CON RESIDENTES EN EL EXTRANJERO, SE DEBERA LLENAR EL ANEXO “OPERACIONES CON
RESIDENTES EN EL EXTRANJERO”
·
CUANDO SE SEÑALE “SI” EN EL
DATO: “FUE RESPONSABLE SOLIDARIO EN EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA EN ALGUNA
ENAJENACION DE ACCIONES EFECTUADA POR RESIDENTES EN EL EXTRANJERO”, SE DEBERA
LLENAR EL ANEXO “RESPONSABILIDAD SOLIDARIA POR OPERACIONES DE RESIDENTES EN EL
EXTRANJERO (EXCLUSIVAMENTE DE ENAJENACION DE ACCIONES)”.
·
CUANDO SE SEÑALE “SI” EN EL
DATO:”CONTRATO OPERACIONES FINANCIERAS DERIVADAS QUE TUVIERAN EFECTOS FISCALES
DURANTE EL EJERCICIO EN EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA”, CON RESIDENTES EN EL
EXTRANJERO, DEBERA LLENAR EL ANEXO “OPERACIONES FINANCIERAS DERIVADAS
CONTRATADAS CON RESIDENTES EN EL EXTRANJERO”.
·
CUANDO SE SEÑALE “SI” EN EL
DATO: “MANTUVO SALDOS POR COBRAR Y POR PAGAR EN MONEDA EXTRANJERA DURANTE EL
EJERCICIO” CON RESIDENTES EN EL EXTRANJERO, SE DEBERA LLENAR EL ANEXO “CUENTAS
Y DOCUMENTOS POR COBRAR Y POR PAGAR EN MONEDA EXTRANJERA”.
·
CUANDO SE SEÑALE “SI” EN EL
DATO: “CONTRATO PRESTAMOS QUE TUVIERAN EFECTOS FISCALES DURANTE EL EJERCICIO EN
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA” CON RESIDENTES EN EL EXTRANJERO, SE DEBERA LLENAR
EL ANEXO “PRESTAMOS DEL EXTRANJERO”.
·
CUANDO SE SEÑALE “SI” EN EL
DATO: “MANTUVO INVERSIONES PERMANENTES EN SUBSIDIARIAS, ASOCIADAS Y AFILIADAS
DURANTE EL EJERCICIO”, SE DEBERA LLENAR EL ANEXO “INVERSIONES PERMANENTES EN
SUBSIDIARIAS, ASOCIADAS Y AFILIADAS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO”
·
CUANDO SE SEÑALE “SI” EN EL
DATO: “OBTUVO INGRESOS SUJETOS A REGIMENES FISCALES PREFERENTES”, SE DEBERA
LLENAR EL ANEXO “INGRESOS SUJETOS A REGIMENES FISCALES PREFERENTES”.
·
CUANDO SE SEÑALE “SI” EN EL
DATO: “EFECTUO OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR”, SE
DEBERA LLENAR EL ANEXO “OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR”
·
LA INFORMACION A QUE SE REFIEREN LOS INDICES: “RFC 1, 2, 3, 4 Y 5”,
CORRESPONDE AL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES DE LAS PERSONAS FISICAS O
MORALES QUE ASESORARON FISCALMENTE AL CONTRIBUYENTE DURANTE EL EJERCICIO QUE SE
DICTAMINA, EN FORMA DIRECTA O A TRAVES DE ALGUNA PARTE RELACIONADA.
ESTADO DE POSICION FINANCIERA.
·
EN EL INDICE “IMPUESTO AL VALOR AGREGADO NO PAGADO” SE REFLEJARA EL
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO QUE NO OBSTANTE QUE CONSTA EN UNA FACTURA O RECIBO A
FAVOR DEL CONTRIBUYENTE, POR LA ADQUISICION DE BIENES Y SERVICIOS, O POR DEL
USO O GOCE TEMPORAL DE BIENES, AL CIERRE DEL EJERCICIO ESTA PENDIENTE DE PAGO,
Y POR LO TANTO TIENE DERECHO A ACREDITARLO HASTA EL MOMENTO EN QUE
EFECTIVAMENTE LO PAGUE.
·
EN EL INDICE “IMPUESTO AL VALOR AGREGADO NO COBRADO” SE REFLEJARA EL
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO QUE, NO OBSTANTE QUE CONSTA EN UNA FACTURA O RECIBO
EXPEDIDO POR EL CONTRIBUYENTE, POR LA ENAJENACION DE BIENES Y SERVICIOS, O POR
OTORGAR EL USO O GOCE TEMPORAL DE BIENES, AL CIERRE DEL EJERCICIO ESTA
PENDIENTE DE COBRO, Y POR LO TANTO LO CAUSA EL CONTRIBUYENTE HASTA EL MOMENTO
EN QUE EFECTIVAMENTE LO COBRE.
ESTADO DE RESULTADOS (NO APLICABLE PARA DICTAMENES DEL SECTOR
FINANCIERO).
·
PARA EL LLENADO DE ESTE ANEXO, ES NECESARIO CAPTURAR PREVIAMENTE LA INFORMACION
DE LOS ANEXOS DENOMINADOS:”INTEGRACION ANALITICA DE VENTAS O INGRESOS NETOS”,
“DETERMINACION DEL COSTO DE LO VENDIDO PARA EFECTOS CONTABLES Y DEL IMPUESTO
SOBRE LA RENTA” (CUANDO SE ESTE OBLIGADO AL LLENADO DE ESTE ANEXO), “ANALISIS
COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DE GASTOS”, “ANALISIS COMPARATIVO DE LAS
SUBCUENTAS DE OTROS GASTOS” Y “ANALISIS COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DEL
RESULTADO INTEGRAL DE FINANCIAMIENTO”.
ESTADO DE VARIACIONES EN EL CAPITAL CONTABLE.
·
DEBIDO A LA LIMITACION PARA AGREGAR NUEVAS COLUMNAS A LOS FORMATOS, EN
EL ESTADO DE VARIACIONES EN EL CAPITAL CONTABLE, SE HAN INCLUIDO DOS COLUMNAS
UNA PARA “OTRAS CUENTAS DE CAPITAL ACREEDORAS” Y OTRA PARA “OTRAS CUENTAS DE
CAPITAL DEUDORAS”, QUE PODRAN UTILIZARSE CUANDO SEA NECESARIO REFLEJAR
CONCEPTOS DEL CAPITAL CONTABLE QUE NO TENGAN UNA COLUMNA ESPECIFICA.
·
CUANDO SE ANOTEN CANTIDADES EN LAS COLUMNAS “OTRAS CUENTAS DE CAPITAL
ACREEDORAS” Y “OTRAS CUENTAS DE CAPITAL DEUDORAS”, DEBIDO A QUE SU SALDO SE
INTEGRA POR EL IMPORTE DE UNA O MAS CUENTAS, LA INTEGRACION DE LAS MISMAS SE
DEBERA PRESENTAR INMEDIATAMENTE ANTES DEL INDICE “SALDOS AL 31 DE DICIEMBRE DE
2009” O DEL INDICE “SALDOS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2008”, SEGUN CORRESPONDA,
CONSIGNANDO EN LA COLUMNA DE CONCEPTO EL NOMBRE DE LAS CUENTAS QUE INTEGRAN
DICHO SALDO Y EN LA COLUMNA DE REFERENCIA, EL IMPORTE CORRESPONDIENTE A CADA
CUENTA O CONCEPTO.
ESTADO
DE FLUJOS DE EFECTIVO.
·
SE PONDRA UNICAMENTE LA INFORMACION CORRESPONDIENTE AL METODO ELEGIDO
POR EL CONTRIBUYENTE.
ESTADO DE RESULTADOS SEGMENTADO (APLICA A
CONTRIBUYENTES QUE REALIZARON OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS).
·
LA INFORMACION DE ESTE ANEXO PODRA NO PRESENTARSE PARA LOS EJERCICIOS
FISCALES DE 2009 Y DE 2008.
·
DE ACUERDO CON EL ARTICULO 215 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA SE
CONSIDERA QUE DOS O MAS PERSONAS SON PARTES RELACIONADAS, CUANDO UNA PARTICIPA
DE MANERA DIRECTA O INDIRECTA EN LA ADMINISTRACION, CONTROL O CAPITAL DE LA
OTRA, O CUANDO UNA PERSONA O GRUPO DE PERSONAS PARTICIPE DIRECTA O INDIRECTAMENTE
EN LA ADMINISTRACION, CONTROL O CAPITAL DE DICHAS PERSONAS. TRATANDOSE DE
ASOCIACIONES EN PARTICIPACION, SE CONSIDERAN COMO PARTES RELACIONADAS SUS
INTEGRANTES, ASI COMO LAS PERSONAS QUE CONFORME A ESTE PARRAFO SE CONSIDEREN
PARTES RELACIONADAS DE DICHO INTEGRANTE.
·
EL ORIGEN PARA EL LLENADO DE LA INFORMACION DE ESTE ANEXO, ES LA
DOCUMENTACION PARA EFECTOS FISCALES CON LA QUE EL CONTRIBUYENTE DEMUESTRA QUE
SUS INGRESOS ACUMULABLES Y DEDUCCIONES AUTORIZADAS POR OPERACIONES CON PARTES
RELACIONADAS SE DETERMINARON CONSIDERANDO PARA ESAS OPERACIONES LOS PRECIOS O
MONTOS DE CONTRAPRESTACIONES QUE HUBIEREN UTILIZADO PARTES INDEPENDIENTES EN
OPERACIONES COMPARABLES (ARTICULOS 86 FRACCIONES XII Y XV DE LA LEY DEL
IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y 18 FRACCION III DE LA LEY DEL IMPUESTO EMPRESARIAL A
TASA UNICA). LA PRESENTACION DE ESTA INFORMACION NO IMPLICA NECESARIAMENTE QUE
LA MISMA HAYA SIDO DICTAMINADA, DEBIENDOSE HACER LAS ACLARACIONES
CORRESPONDIENTES EN EL INFORME SOBRE LA REVISION DE LA SITUACION FISCAL DEL
CONTRIBUYENTE.
INTEGRACION ANALITICA DE VENTAS O INGRESOS
NETOS (NO APLICABLE PARA DICTAMENES DEL SECTOR FINANCIERO).
·
LAS COLUMNAS “OPERATIVOS O PROPIOS DE LA ACTIVIDAD” Y “NO OPERATIVOS
(OTROS INGRESOS)”, SE REFIERE A INGRESOS PROPIOS DE LA OPERACION E INGRESOS NO
PROPIOS DE LA OPERACION RESPECTIVAMENTE.
DETERMINACION DEL COSTO DE LO VENDIDO PARA
EFECTOS CONTABLES Y DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA (NO APLICABLE PARA DICTAMENES
DEL SECTOR FINANCIERO, EXCEPTO EN INTERMEDIARIOS FINANCIEROS NO BANCARIOS).
·
LOS CONTRIBUYENTES QUE SE DEDIQUEN A LA COMPRAVENTA DE BIENES PARA SU
DISTRIBUCION DEJARAN EN BLANCO LA DETERMINACION DEL “COSTO DE PRODUCCION
TERMINADA”.
ANALISIS COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DE
GASTOS (NO APLICABLE PARA DICTAMENES DEL SECTOR FINANCIERO).
·
EN EL ANALISIS COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DE GASTOS, LAS COLUMNAS
DENOMINADAS: “TOTAL DEDUCIBLES PARA ISR”, “TOTAL NO DEDUCIBLES PARA ISR”,
“TOTAL DEDUCIBLES PARA IETU” Y “TOTAL NO DEDUCIBLES PARA IETU”, SE PONDRA EL
MONTO QUE DE LOS CONCEPTOS DE GASTOS QUE SE REPORTAN TIENEN EFECTO FISCAL. LAS
PARTIDAS NO DEDUCIBLES SE REFIEREN A PARTIDAS CONTABLES Y NO FISCALES.
·
NO SERA NECESARIO PRESENTAR LA INFORMACION DEL EJERCICIO FISCAL DE 2008,
EN LAS COLUMNAS DENOMINADAS “TOTAL DEDUCIBLES PARA IETU” Y “TOTAL NO DEDUCIBLES
PARA IETU”.
·
LOS CONTRIBUYENTES PODRAN NO PRESENTAR LA INFORMACION DEL EJERCICIO
FISCAL DE 2009, EN LAS COLUMNAS DENOMINADAS “TOTAL DEDUCIBLES PARA IETU” Y
“TOTAL NO DEDUCIBLES PARA IETU”, SIEMPRE Y CUANDO SE PRESENTE LA INFORMACION DE
LOS INDICES REFERIDOS PARA CADA TIPO DE DICTAMEN DE ESTADOS FINANCIEROS QUE SE
SEÑALAN EN EL ANEXO “DATOS INFORMATIVOS”, COMO MAS ADELANTE SE DETALLA.
ANALISIS COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DE OTROS GASTOS (NO APLICABLE
PARA DICTAMENES DEL SECTOR FINANCIERO).
·
EN EL ANALISIS COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DE OTROS GASTOS, LAS
COLUMNAS DENOMINADAS: “DEDUCIBLES PARA ISR”, “NO DEDUCIBLES PARA ISR”,
“DEDUCIBLES PARA IETU” Y “NO DEDUCIBLES PARA IETU”, SE PONDRA EL MONTO QUE DE
LOS CONCEPTOS DE OTROS GASTOS QUE SE REPORTAN TIENEN EFECTO FISCAL. LAS
PARTIDAS NO DEDUCIBLES SE REFIEREN A PARTIDAS CONTABLES Y NO FISCALES.
·
NO SERA NECESARIO PRESENTAR LA INFORMACION DEL EJERCICIO FISCAL DE 2008,
EN LAS COLUMNAS DENOMINADAS “DEDUCIBLES PARA IETU” Y “ NO DEDUCIBLES PARA
IETU”.
·
LOS CONTRIBUYENTES PODRAN NO PRESENTAR LA INFORMACION DEL EJERCICIO
FISCAL DE 2009, EN LAS COLUMNAS DENOMINADAS “TOTAL DEDUCIBLES PARA IETU” Y
“TOTAL NO DEDUCIBLES PARA IETU”, SIEMPRE Y CUANDO SE PRESENTE LA INFORMACION DE
LOS INDICES REFERIDOS PARA CADA TIPO DE DICTAMEN DE ESTADOS FINANCIEROS QUE SE
SEÑALAN EN EL ANEXO “DATOS INFORMATIVOS”, COMO MAS ADELANTE SE DETALLA.
ANALISIS COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DEL RESULTADO INTEGRAL DE
FINANCIAMIENTO (NO APLICABLE PARA DICTAMENES DEL SECTOR FINANCIERO).
·
EN EL ANALISIS COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DEL RESULTADO INTEGRAL DE
FINANCIAMIENTO, LAS COLUMNAS DENOMINADAS: “ACUMULABLES O DEDUCIBLES PARA ISR”,
“NO ACUMULABLES O NO AFECTOS AL ISR (INGRESOS) NO DEDUCIBLES (GASTOS) PARA
ISR”, “GRAVABLES O DEDUCIBLES PARA IETU” Y “EXENTOS O NO AFECTOS PARA EL IETU
(INGRESOS) NO DEDUCIBLES (GASTOS) PARA IETU”, SE PONDRA EL MONTO QUE DE LOS
CONCEPTOS DE INGRESOS O GASTOS QUE SE REPORTAN, SEGUN CORRESPONDA, TIENEN
EFECTO FISCAL. LAS PARTIDAS NO DEDUCIBLES, NO ACUMULABLES O NO AFECTOS SE
REFIEREN A PARTIDAS CONTABLES Y NO FISCALES.
·
NO SERA NECESARIO PRESENTAR LA INFORMACION DEL EJERCICIO FISCAL DE 2008,
EN LAS COLUMNAS DENOMINADAS “GRAVABLES O DEDUCIBLES PARA IETU” Y “EXENTOS O NO
AFECTOS PARA EL IETU (INGRESOS) NO DEDUCIBLES (GASTOS) PARA IETU”.
·
LOS CONTRIBUYENTES PODRAN NO PRESENTAR LA INFORMACION DEL EJERCICIO
FISCAL DE 2009, EN LAS COLUMNAS DENOMINADAS “GRAVABLES O DEDUCIBLES PARA IETU”
Y “EXENTOS O NO AFECTOS PARA IETU (INGRESOS) NO DEDUCIBLES (GASTOS) PARA IETU”,
SIEMPRE Y CUANDO SE PRESENTE LA INFORMACION DE LOS INDICES REFERIDOS PARA CADA
TIPO DE DICTAMEN DE ESTADOS FINANCIEROS QUE SE SEÑALAN EN EL ANEXO “DATOS
INFORMATIVOS”, COMO MAS ADELANTE SE DETALLA.
RELACION DE CONTRIBUCIONES A CARGO DEL CONTRIBUYENTE COMO SUJETO DIRECTO
O EN SU CARACTER DE RETENEDOR(A) O DE RECAUDADOR(A).
·EN ESTA RELACION, CUANDO
EXISTAN DIFERENCIAS ENTRE LA COLUMNA “CONTRIBUCION DETERMINADA POR AUDITORIA A
CARGO O A FAVOR” Y LA COLUMNA “CONTRIBUCION A CARGO O SALDO A FAVOR DETERMINADO
POR EL CONTRIBUYENTE”, EN UNO O MAS INDICES DE LOS CAPITULOS:
- IMPUESTO SOBRE LA RENTA
- IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA
SE DEBERAN REPORTAR LAS DIFERENCIAS DETECTADAS EN CADA UNO DE LOS
INDICES DE DICHOS CAPITULOS EN LA COLUMNA DE “DIFERENCIA”, EN EL INDICE
CORRESPONDIENTE.
LA INFORMACION QUE SE REVELE EN LOS INDICES CORRESPONDIENTES A LA
COLUMNA “CONTRIBUCION A CARGO O SALDO A FAVOR DETERMINADO POR EL
CONTRIBUYENTE”, DEBERA CORRESPONDER A LOS IMPUESTOS EFECTIVAMENTE PAGADOS O A
LOS SALDOS A FAVOR MANIFESTADOS POR EL CONTRIBUYENTE.
·NO SE DEBERA LLENAR LA
INFORMACION CONTENIDA EN LAS COLUMNAS: “BASE GRAVABLE” Y “TASA, TARIFA O
CUOTA”, EN LOS SIGUIENTES CONCEPTOS:
COMO SUJETO DIRECTO.
o IMPUESTO
SOBRE LA RENTA, DEL INDICE “EXENCION PARA MAQUILADORAS (ARTICULO UNDECIMO DEL
DECRETO PUBLICADO EN EL DOF EL 30 DE OCTUBRE DE 2003)” AL INDICE “DIFERENCIA A
FAVOR DEL EJERCICIO”.
o IMPUESTO
A LOS DEPOSITOS EN EFECTIVO, DEL INDICE “IMPUESTO A LOS DEPOSITOS EN EFECTIVO
RECAUDADO POR INSTITUCIONES DEL SISTEMA FINANCIERO Y OTRAS QUE TENGAN ESTA
OBLIGACION” AL INDICE “NETO A CARGO”.
o IMPUESTO
A LOS DEPOSITOS EN EFECTIVO, DEL INDICE “IMPUESTO A LOS DEPOSITOS EN EFECTIVO
EFECTIVAMENTE PAGADO ACREDITADO CONTRA IMPUESTO SOBRE LA RENTA A CARGO” AL
INDICE “IMPUESTO A LOS DEPOSITOS EN EFECTIVO EFECTIVAMENTE PAGADO PENDIENTE DE
DEVOLUCION”.
o IMPUESTO
EMPRESARIAL A TASA UNICA, DEL INDICE “CREDITO FISCAL POR DEDUCCIONES MAYORES A
LOS INGRESOS DE EJERCICIOS ANTERIORES” AL INDICE “SALDO A FAVOR DEL EJERCICIO”.
o IMPUESTO
AL VALOR AGREGADO, DEL INDICE “SUMA DEL IVA CAUSADO DE LOS MESES DEL EJERCICIO”
AL INDICE “SUMA DEL IVA DEVUELTO DE LOS MESES DEL EJERCICIO”.
o IMPUESTO
ESPECIAL SOBRE PRODUCCION Y SERVICIOS, DEL INDICE “SUMA DEL IEPS CAUSADO DE LOS
MESES DEL EJERCICIO” AL INDICE “SUMA DEL IEPS DEVUELTO DE LOS MESES DEL
EJERCICIO”.
o IMPUESTO
AL COMERCIO EXTERIOR EL INDICE “TOTAL DE IMPUESTOS AL COMERCIO EXTERIOR”.
EN SU CARACTER DE
RETENEDOR.
o OTRAS
CONTRIBUCIONES RETENIDAS, DEL INDICE “IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCION Y
SERVICIOS RETENIDO” AL INDICE “OTROS”.
COMPENSACIONES EFECTUADAS
Y DEVOLUCIONES OBTENIDAS.
o COMPENSACIONES
EFECTUADAS DURANTE EL EJERCICIO, DEL INDICE “IMPUESTO AL VALOR AGREGADO” AL
INDICE “OTRAS CONTRIBUCIONES FEDERALES”.
o DEVOLUCIONES
OBTENIDAS EN EL EJERCICIO, DEL INDICE “IMPUESTO AL VALOR AGREGADO” AL INDICE
“OTRAS CONTRIBUCIONES FEDERALES”.
·CUANDO EN LA COLUMNA DE
“TASA, TARIFA O CUOTA”, CORRESPONDAN VARIAS TASAS IMPOSITIVAS SE ANOTARA LA
PALABRA “VARIAS”.
·EN LAS SIGUIENTES
CONTRIBUCIONES COMO SUJETO DIRECTO, EL CONTRIBUYENTE LLENARA LOS DATOS
CORRESPONDIENTES A LA SUMATORIA DE ENERO A DICIEMBRE:
o IMPUESTO
A LOS DEPOSITOS EN EFECTIVO, DEL INDICE “IMPUESTO A LOS DEPOSITOS EN EFECTIVO”
AL INDICE “IMPUESTO A LOS DEPOSITOS EN EFECTIVO EFECTIVAMENTE PAGADO PENDIENTE
DE DEVOLUCION”.
o IMPUESTO
AL VALOR AGREGADO, DEL INDICE “VALOR DE LOS ACTOS O ACTIVIDADES GRAVADOS A LA
TASA DEL 15%” AL INDICE “SUMA DEL IVA DEVUELTO EN LOS MESES DEL EJERCICIO”.
o IMPUESTO
ESPECIAL SOBRE PRODUCCION Y SERVICIOS, DEL INDICE “VALOR DE LOS ACTOS O
ACTIVIDADES GRAVADOS A LA TASA DEL 20%” AL INDICE “SUMA DEL IEPS DEVUELTO EN
LOS MESES DEL EJERCICIO”.
·
IMPUESTO SOBRE LA RENTA POR INGRESOS SUJETOS A REGIMENES FISCALES
PREFERENTES.
EN
RELACION CON ESTE CONCEPTO, SE DEBERA CONSIDERAR COMO BASE GRAVABLE LA SUMA DE
TODOS LOS INGRESOS GRAVABLES, UTILIDADES Y/O RESULTADOS FISCALES QUE PROVENGAN
DE INGRESOS SUJETOS A REGIMENES FISCALES PREFERENTES OBTENIDOS POR LOS
CONTRIBUYENTES A TRAVES DE ENTIDADES O FIGURAS JURIDICAS EXTRANJERAS EN LAS QUE
PARTICIPEN, DIRECTA O INDIRECTAMENTE, EN LA PROPORCION QUE LES CORRESPONDA POR
SU PARTICIPACION EN ELLAS, ASI COMO POR LOS INGRESOS QUE OBTENGAN A TRAVES DE
ENTIDADES O FIGURAS JURIDICAS EXTRANJERAS QUE SEAN TRANSPARENTES FISCALES EN EL
EXTRANJERO, LA SUMATORIA DEL IMPUESTO CAUSADO POR CADA UNA DE LAS INVERSIONES
POR LAS QUE SE GENERO BASE GRAVABLE Y EL IMPUESTO PAGADO EN EL EJERCICIO. SE
DEBERAN OMITIR, EN SU CASO, LAS UTILIDADES Y/O RESULTADOS FISCALES EN LAS QUE
SE HAYA GENERADO O AMORTIZADO PERDIDAS, ES DECIR, UNICAMENTE SE CONSIDERARAN LOS
INGRESOS GRAVABLES, UTILIDADES Y/O RESULTADOS FISCALES QUE HAYAN GENERADO BASE
GRAVABLE PARA LA CAUSACION Y ENTERO DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.
·
“IMPUESTO SOBRE LA RENTA SOBRE DIVIDENDOS DISTRIBUIDOS NO PROVENIENTES
DE CUFIN NI CUFINRE” E “IMPUESTO SOBRE LA RENTA SOBRE DIVIDENDOS DISTRIBUIDOS
PROVENIENTES DE CUFINRE”.
EN
RELACION CON ESTOS CONCEPTOS, EN LA COLUMNA “BASE GRAVABLE” SE DEBERA SEÑALAR
EL MONTO DEL DIVIDENDO DISTRIBUIDO ADICIONADO CON EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
QUE SE DEBE PAGAR CONFORME A LAS DISPOSICIONES FISCALES.
·
DERECHOS POR LOS SERVICIOS QUE PRESTA:
EL
INDICE: “EL INSTITUTO NACIONAL DE MIGRACION (INM)”, CORRESPONDE A LOS DERECHOS
DE SERVICIOS DE NO INMIGRANTES (ARTICULO 8, FRACCIONES I A IX DE LA LEY FEDERAL
DE DERECHOS), SERVICIOS MIGRATORIOS (ARTICULO 12 DE LA LEY FEDERAL DE DERECHOS)
Y SERVICIOS MIGRATORIOS EXTRAORDINARIOS (ARTICULO 14-A, FRACCIONES I Y II DE LA
LEY FEDERAL DE DERECHOS).
EL
INDICE: “SERVICIOS A LA NAVEGACION EN EL ESPACIO AEREO MEXICANO (SENEAM)”
CORRESPONDE A LOS DERECHOS ESTABLECIDOS EN EL ARTICULO 289, FRACCIONES I Y II
DE LA LEY FEDERAL DE DERECHOS.
EL
INDICE: “COMISION FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES (COFETEL)” CORRESPONDE A LOS
DERECHOS ESTABLECIDOS EN LOS ARTICULOS 244, 244-A FRACCIONES I A V, 244-B,
244-C Y 244-D DE LA LEY FEDERAL DE DERECHOS.
EN
EL INDICE: “OTROS ESPECIFICAR CONCEPTO” SE ANOTARAN LOS DERECHOS FEDERALES MAS
REPRESENTATIVOS EN CUANTO A MONTO QUE HAYA CAUSADO EL CONTRIBUYENTE DURANTE EL
EJERCICIO.
·
COMPENSACIONES EFECTUADAS Y DEVOLUCIONES OBTENIDAS
EN
RELACION CON ESTOS CONCEPTOS, SE DEBERAN CONSIDERAR COMO COMPENSACIONES
EFECTUADAS DURANTE EL EJERCICIO Y COMO DEVOLUCIONES OBTENIDAS EN EL EJERCICIO,
A LAS CONTRIBUCIONES QUE CORRESPONDAN AL MISMO EJERCICIO DICTAMINADO, ASI COMO
A LAS CONTRIBUCIONES COMPENSADAS EFECTUADAS Y A LAS DEVOLUCIONES OBTENIDAS EN
EL EJERCICIO POR EL CUAL SE EMITE EL DICTAMEN FISCAL QUE PROVENGAN DE
EJERCICIOS ANTERIORES.
RELACION DE PAGOS PROVISIONALES Y PAGOS MENSUALES DEFINITIVOS.
·
EN LAS COLUMNAS: “CONTRIBUCION A CARGO DETERMINADA POR AUDITORIA” Y
“SALDO A FAVOR DETERMINADO POR AUDITORIA”, SE DEBERA ASENTAR EL MONTO DEL PAGO
PROVISIONAL O DEFINITIVO DETERMINADO POR EL CONTADOR PUBLICO QUE DICTAMINO LOS
ESTADOS FINANCIEROS DEL CONTRIBUYENTE.
·
EN LAS COLUMNAS: “CONTRIBUCION A CARGO DETERMINADA POR EL CONTRIBUYENTE”
Y “SALDO A FAVOR DETERMINADO POR EL CONTRIBUYENTE”, SE DEBERA ASENTAR EL TOTAL
QUE CORRESPONDA A CADA COLUMNA DE ACUERDO CON LOS DATOS DE LA ULTIMA
DECLARACION NORMAL O COMPLEMENTARIA PRESENTADA POR EL CONTRIBUYENTE EN EL MES
DE QUE SE TRATE.
·
CUANDO EL CONTRIBUYENTE HAYA REALIZADO PAGOS PROVISIONALES EN CANTIDADES
INFERIORES A LAS QUE DEBIO HABER REALIZADO DE ACUERDO CON LOS CALCULOS DEL
CONTADOR PUBLICO QUE DICTAMINO LOS ESTADOS FINANCIEROS Y SE HAYA DETERMINADO
UNA CONTRIBUCION A CARGO ANUAL, SI EL CONTRIBUYENTE PAGO LA ACTUALIZACION Y LOS
RECARGOS CORRESPONDIENTES, DESDE EL MES EN QUE DEBIO HACER EL PAGO PROVISIONAL
Y HASTA EL MES EN QUE PRESENTO SU DECLARACION ANUAL, EN EL INFORME SOBRE LA
REVISION DE LA SITUACION FISCAL DEL CONTRIBUYENTE SE HARA ESTA ACLARACION,
SEÑALANDO EL NOMBRE DE LA CONTRIBUCION, EL MES O PERIODO AL QUE CORRESPONDE EL
PAGO, EL MONTO HISTORICO NO PAGADO, LA ACTUALIZACION Y LOS RECARGOS ENTERADOS;
EN ESTOS CASOS NO SE MOSTRARAN DIFERENCIAS EN AQUELLAS CONTRIBUCIONES EN LAS
QUE SUCEDIO TAL CIRCUNSTANCIA.
·
LAS DIFERENCIAS QUE MUESTRE EN ESTE ANEXO CORRESPONDERAN A LAS QUE ESTEN
PENDIENTES DE PAGO POR EL CONTRIBUYENTE AL MOMENTO DEL ENVIO DEL DICTAMEN
FISCAL.
·
EL CONTRIBUYENTE PODRA CONSULTAR LOS PAGOS PROVISIONALES Y MENSUALES
DEFINITIVOS QUE HAYA REALIZADO, CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO QUE SE DICTAMINA,
PARA VERIFICAR LA INFORMACION REGISTRADA EN EL SERVICIO DE ADMINISTRACION
TRIBUTARIA (SAT), LA CONSULTA SE HARA A TRAVES DE LA PAGINA DE INTERNET DEL
SAT, PREVIA IDENTIFICACION CON LA FIEL DEL CONTRIBUYENTE, SIGUIENDO LAS
INSTRUCCIONES QUE AL EFECTO SE ESPECIFICAN EN LA PROPIA PAGINA DEL SAT.
DETERMINACION DE PAGOS PROVISIONALES Y PAGOS MENSUALES DEFINITIVOS.
·
CUANDO EXISTAN DIFERENCIAS A CARGO DEL CONTRIBUYENTE EN EL ANEXO
“RELACION DE PAGOS PROVISIONALES Y PAGOS MENSUALES DEFINITIVOS” ENTRE LAS
COLUMNAS “CONTRIBUCION A CARGO DETERMINADA POR AUDITORIA” Y LA “CONTRIBUCION A
CARGO DETERMINADA POR EL CONTRIBUYENTE”, O ENTRE EL “SALDO A FAVOR DETERMINADO
POR AUDITORIA” Y EL “SALDO A FAVOR DETERMINADO POR EL CONTRIBUYENTE”, POR
CONCEPTO DE PAGOS PROVISIONALES O PAGOS MENSUALES DEFINITIVOS, SE DEBERA
PROPORCIONAR LA INFORMACION SOLICITADA EN ESTE ANEXO, ANALIZANDOLA, TAL COMO SE
INDICA EN ESTE ANEXO, POR MES O PERIODO AL QUE CORRESPONDE LA DIFERENCIA,
UNICAMENTE DE AQUELLOS PAGOS PROVISIONALES O MENSUALES DEFINITIVOS EN LOS QUE
EL CONTADOR PUBLICO REGISTRADO DETERMINE DIFERENCIAS A CARGO DEL CONTRIBUYENTE
CON MOTIVO DE SU REVISION, SIEMPRE Y CUANDO DICHAS DIFERENCIAS A LA FECHA DE LA
PRESENTACION DEL DICTAMEN, ESTEN PENDIENTES DE PAGO.
LOS CONTRIBUYENTES QUE PRESENTEN EL DICTAMEN DE ESTADOS FINANCIEROS
APLICABLE A SOCIEDADES CONTROLADORAS Y CONTROLADAS, INVARIABLEMENTE DEBERAN
PROPORCIONAR LA INFORMACION SOLICITADA EN ESTE ANEXO.
BASE PARA LA DETERMINACION DEL IMPUESTO RETENIDO SOBRE HONORARIOS,
ARRENDAMIENTOS E INTERESES.
·
ESTE ANEXO SE LLENARA UNICAMENTE CUANDO EXISTA IMPUESTO SOBRE LA RENTA
RETENIDO POR EL CONTRIBUYENTE POR CUALQUIERA DE LOS CONCEPTOS SIGUIENTES:
HONORARIOS, ARRENDAMIENTOS E INTERESES, Y SE DEJARAN EN BLANCO LOS RUBROS NO
APLICABLES.
·
LOS CONCEPTOS CAPITALIZADOS SE REFIEREN A HONORARIOS, ARRENDAMIENTOS E
INTERESES CUYO IMPORTE FORMA PARTE DEL MONTO ORIGINAL DE LA INVERSION EN
ACTIVOS FIJOS, GASTOS Y CARGOS DIFERIDOS, ASI COMO POR EROGACIONES REALIZADAS
EN PERIODOS PREOPERATIVOS.
·
LAS INSTITUCIONES DE CREDITO, LAS CASAS DE BOLSA Y LAS SOCIEDADES DE
INVERSION, PODRAN NO PRESENTAR LA INFORMACION RELATIVA A LA BASE PARA LA
DETERMINACION DEL IMPUESTO RETENIDO SOBRE INTERESES.
OPERACIONES CON RESIDENTES EN EL EXTRANJERO.
·
ESTE ANEXO SE REFIERE A OPERACIONES AFECTAS A RETENCION EN EL IMPUESTO
SOBRE LA RENTA.
·
EN ESTE ANEXO LOS DATOS SE PROPORCIONARAN AGRUPADOS POR CADA RESIDENTE
EN EL EXTRANJERO, PARTE RELACIONADA Y PARTE NO RELACIONADA, GLOBALIZANDO LAS
OPERACIONES POR CONCEPTO DE PAGO Y POR TASA DE IMPUESTO RETENIDO CONSIGNANDOLAS
EN EL RENGLON QUE LES CORRESPONDA.
·
EN LA COLUMNA “NUMERO DE IDENTIFICACION FISCAL”, SE ANOTARA EL NUMERO O
CLAVE DE IDENTIFICACION FISCAL QUE UTILIZA EL RESIDENTE EN EL EXTRANJERO, PARTE
RELACIONADA Y NO RELACIONADA EN SU PAIS DE RESIDENCIA, EN CASO DE QUE EN EL
PAIS DE RESIDENCIA DE LA PARTE RELACIONADA Y NO RELACIONADA NO SE UTILICE DICHA
CLAVE, SE ANOTARA N/A.
·
EN LA COLUMNA “PAIS DE RESIDENCIA”, SE DEBERA ANOTAR LA CLAVE Y NOMBRE
DEL PAIS DE RESIDENCIA, DE CONFORMIDAD CON EL CATALOGO CONTENIDO EN EL APENDICE
VI DE ESTE INSTRUCTIVO.
·
EN LA COLUMNA “CONCEPTO DEL PAGO”, SE DEBERA ANOTAR LA CLAVE Y EL
CONCEPTO DEL PAGO, DE CONFORMIDAD CON EL CATALOGO CONTENIDO EN EL APENDICE IX
DE ESTE INSTRUCTIVO.
·
EN ESTE ANEXO SE REFLEJARAN DIFERENCIAS DE IMPUESTO CUANDO ESTEN
PENDIENTES DE PAGO A LA FECHA DE PRESENTACION DEL DICTAMEN.
·
EN CASO DE PROCEDER ALGUNA ACLARACION A LA INFORMACION CONTENIDA EN ESTE
ANEXO, EL CONTADOR PUBLICO QUE DICTAMINO DEBERA HACERLA EN EL INFORME SOBRE LA
REVISION DE LA SITUACION FISCAL DEL CONTRIBUYENTE, O BIEN EL CONTRIBUYENTE A
TRAVES DEL ANEXO DE INFORMACION ADICIONAL.
RESPONSABILIDAD SOLIDARIA POR OPERACIONES DE RESIDENTES EN EL EXTRANJERO
(EXCLUSIVAMENTE DE ENAJENACION DE ACCIONES)
·
EN ESTE ANEXO LOS DATOS SE PROPORCIONARAN AGRUPADOS POR CADA RESIDENTE
EN EL EXTRANJERO, GLOBALIZANDO LAS OPERACIONES POR EL CONCEPTO ESPECIFICO DE LA
OPERACION.
·
EN LA COLUMNA “NUMERO DE IDENTIFICACION FISCAL”, SE ANOTARA EL NUMERO O
CLAVE DE IDENTIFICACION FISCAL QUE UTILIZA EL RESIDENTE EN EL EXTRANJERO EN SU
PAIS DE RESIDENCIA, EN CASO DE QUE EN EL PAIS DE RESIDENCIA NO SE UTILICE DICHA
CLAVE, SE ANOTARA N/A.
·
EN LA COLUMNA “PAIS DE RESIDENCIA DE LA ENTIDAD EXTRANJERA”, SE DEBERA
ANOTAR LA CLAVE Y NOMBRE DEL PAIS DE RESIDENCIA DE LA ENTIDAD EXTRANJERA, DE
CONFORMIDAD CON EL CATALOGO CONTENIDO EN EL APENDICE VI DE ESTE INSTRUCTIVO.
·
EN LA COLUMNA “CONCEPTO ESPECIFICO DE LA OPERACION”, SE DEBERA ANOTAR LA
CLAVE Y EL CONCEPTO DE LA OPERACION, DE CONFORMIDAD CON EL CATALOGO CONTENIDO
EN EL APENDICE IX DE ESTE INSTRUCTIVO.
·
EN LA COLUMNA “TIPO DE MONEDA” SE DEBERA ANOTAR LA MONEDA QUE
CORRESPONDA DE CONFORMIDAD CON EL CATALOGO CONTENIDO EN EL APENDICE VII DE ESTE
INSTRUCTIVO.
·
EN CASO DE PROCEDER ALGUNA ACLARACION A LA INFORMACION CONTENIDA EN ESTE
ANEXO, EL CONTADOR PUBLICO QUE DICTAMINO DEBERA HACERLA EN EL INFORME SOBRE LA
REVISION DE LA SITUACION FISCAL DEL CONTRIBUYENTE, O BIEN EL CONTRIBUYENTE A
TRAVES DEL ANEXO DE INFORMACION ADICIONAL.
·
LA INFORMACION DE ESTE ANEXO, ASI COMO LA PREGUNTA REALIZADA EN LA
SECCION DE DATOS GENERALES “FUE RESPONSABLE SOLIDARIO EN EL IMPUESTO SOBRE LA
RENTA EN ALGUNA ENAJENACION DE ACCIONES EFECTUADA POR RESIDENTES EN EL
EXTRANJERO”, SE REFIEREN A CUANDO EL CONTRIBUYENTE ACTUA COMO RESPONSABLE
SOLIDARIO DE ALGUN RESIDENTE EN EL EXTRANJERO POR LAS CONTRIBUCIONES QUE ESTE
CAUSA Y CUYA OPERACION QUE DIO LUGAR AL PAGO DE LA CONTRIBUCION FUE REALIZADA
CON UNA PERSONA DISTINTA AL CONTRIBUYENTE DICTAMINADO, POR EJEMPLO,
ENAJENACIONES DE ACCIONES DEL RESIDENTE EN EL EXTRANJERO REALIZADAS A UNA
PERSONA DISTINTA AL CONTRIBUYENTE, PERO EN LA CUAL ESTE ULTIMO ACTUA COMO
REPRESENTANTE EN EL PAIS DEL RESIDENTE EN EL EXTRANJERO (ARTICULO 190 DE LA LEY
DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA VIGENTE EN 2009).
DETERMINACION MENSUAL DEL IMPUESTO A LOS DEPOSITOS
EN EFECTIVO (NO APLICABLE PARA DICTAMENES DEL SECTOR FINANCIERO).
·
EN ESTE ANEXO LOS DATOS SE PROPORCIONARAN AGRUPADOS POR MES Y POR CADA INSTITUCION
DEL SISTEMA FINANCIERO A QUE SE REFIERE LA LEY DEL IMPUESTO A LOS DEPOSITOS EN
EFECTIVO, QUE RECAUDO EL IMPUESTO A LOS DEPOSITOS EN EFECTIVO, Y EN LOS CASOS
EN QUE EL CONTRIBUYENTE REALICE DIRECTAMENTE UN PAGO DEL IMPUESTO A LOS
DEPOSITOS EN EFECTIVO, SE USARA EL TERMINO “PAGO DIRECTO” Y SE AGRUPARA EN EL
MES QUE CORRESPONDA.
·
EN LA COLUMNA “TOTAL DE DEPOSITOS EN EFECTIVO (ART. 1 L.I.D.E.)” SE
ANOTARAN TODOS LOS DEPOSITOS EN EFECTIVO, EN MONEDA NACIONAL O EXTRANJERA
(CONVERTIDOS A MONEDA NACIONAL), QUE SE HAYAN REALIZADO EN EL MES DE QUE SE
TARTE, SIN CONSIDERAR LOS QUE SE HAYAN EFECTUADO MEDIANTE TRANSFERENCIAS
ELECTRONICAS, TRASPASOS DE CUENTAS, TITULOS DE CREDITO O CUALQUIER OTRO
DOCUMENTO O SISTEMA PACTADO CON INSTITUCIONES DEL SISTEMA FINANCIERO, TAMPOCO
SE CONSIDERARAN LAS ADQUISICIONES EN EFECTIVO DE CHEQUES DE CAJA.
·
EN LA COLUMNA “DEPOSITOS POR LOS QUE NO SE ESTA OBLIGADO AL PAGO DEL
IMPUESTO (ART. 2 L.I.D.E.)” SE ANOTARA POR CADA MES Y POR CADA INSTITUCION DEL
SISTEMA FINANCIERO, EL MONTO PREVISTO EN EL PRIMER PARRAFO DE LA FRACCION III
DEL ARTICULO 2 DE LA L.I.D.E., EXCEPTO CUANDO SE TRATE DE ADQUISICIONES DE
CHEQUES DE CAJA.
·
EN LA COLUMNA “ADQUISICION EN EFECTIVO DE CHEQUES DE CAJA” SE ANOTARA EL
MONTO TOTAL POR MES, QUE CORRESPONDA A LAS ADQUISICIONES DE CHEQUES DE CAJA
PAGADAS EN EFECTIVO.
·
EL IMPORTE DE LA COLUMNA “DEPOSITOS EN EFECTIVO GRAVADOS Y ADQUISICION
EN EFECTIVO CHEQUES DE CAJA” SERA EL RESULTADO DE DISMINUIR DEL IMPORTE DE LA
COLUMNA “TOTAL DE DEPOSITOS EN EFECTIVO” EL IMPORTE DE LA COLUMNA “DEPOSITOS
POR LOS QUE NO SE ESTA OBLIGADO AL PAGO DEL IMPUESTO” INCREMENTANDO LOS
IMPORTES DE LA COLUMNA “ADQUISICION EN EFECTIVO DE CHEQUES DE CAJA”.
·
NO SERA NECESARIO LLENAR ESTE ANEXO EN LOS MESES EN QUE EL TOTAL DE
DEPOSITOS EN EFECTIVO REALIZADO EN ALGUNA DE LAS INSTITUCIONES DEL SISTEMA
FINANCIERO A QUE SE REFIERE LA L.I.D.E., NO REBASE EL MONTO PREVISTO EN EL
PRIMER PARRAFO DE LA FRACCION III DEL ARTICULO 2 DE DICHA LEY, Y CUANDO NO SE
HAYAN EFECTUADO ADQUISICIONES EN EFECTIVO DE CHEQUES DE CAJA. CUANDO EN UN MES
NO SE REBASE EL MONTO ANTES CITADO, PERO SI SE REALICE LA ADQUSICION DE CHEQUES
DE CAJA EN EFECTIVO, NO SERA NECESARIO ANOTAR CANTIDAD ALGUNA EN LAS COLUMNAS
“TOTAL DE DEPOSITOS EN EFECTIVO (ART. 1 L.I.D.E.)” Y “DEPOSITOS POR LOS QUE NO
SE ESTA OBLIGADO AL PAGO DEL IMPUESTO (ART. 2 L.I.D.E-)”
·
EN LA COLUMNA “TOTAL DEL IMPUESTO RECAUDADO POR LA INSTITUCION DEL
SISTEMA FINANCIERO”, SE INCLUIRAN LAS RECAUDACIONES EFECTUADAS POR LAS
INSTITUCIONES REFERIDAS EN EL ARTICULO SEGUNDO TRANSITORIO DEL DECRETO POR EL
QUE SE EXPIDE LA LEY DEL IMPUESTO A LOS DEPOSITOS EN EFECTIVO.
·
EN LA COLUMNA “IMPUESTO PAGADO DIRECTAMENTE POR EL CONTRIBUYENTE” SE
ANOTARA EL IMPUESTO PAGADO POR EL CONTRIBUYENTE COMO CONSECUENCIA DEL
PROCEDIMIENTO REFERIDO EN EL ARTICULO 5 DE LA L.I.D.E.
·
SI EL CONTRIBUYENTE NO OPTO POR EFECTUAR EL ACREDITAMIENTO DEL IMPUESTO
DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO POR EL ARTICULO 9 DE LA LEY DEL IMPUESTO A LOS
DEPOSITOS EN EFECTIVO, LAS COLUMNAS “OPCION ARTICULO 9 DE LA L.I.D.E. (ACREDITAMIENTO
POR ESTIMACION DEL I.D.E.)”, NO LE SON APLICABLES.
·
CUANDO EL CONTRIBUYENTE ESTE EXENTO DEL IMPUESTO A LOS DEPOSITOS EN
EFECTIVO, NO HAYA REALIZADO DEPOSITOS EN EFECTIVO DURANTE EL EJERCICIO, O BIEN,
NO HAYA TENIDO DEPOSITOS GRAVADOS EN LOS TERMINOS DE LAS DISPOSICIONES
FISCALES, DEJARA EN BLANCO ESTE ANEXO.
·
EN CASO DE PROCEDER ALGUNA ACLARACION CON EL CONTENIDO DE ESTE ANEXO, EL
CONTADOR PUBLICO QUE DICTAMINO DEBERA HACERLA EN EL INFORME SOBRE LA REVISION
DE LA SITUACION FISCAL DEL CONTRIBUYENTE, O BIEN, EL CONTRIBUYENTE A TRAVES DEL
ANEXO DE INFORMACION ADICIONAL.
RELACION DEL IMPUESTO A LOS DEPOSITOS EN
EFECTIVO RECAUDADO Y PENDIENTE DE RECAUDAR (APLICABLE A INSTITUCIONES DEL
SISTEMA FINANCIERO A QUE SE REFIERE LA L.I.D.E.).
·
EN ESTE ANEXO LOS DATOS SE PROPORCIONARAN AGRUPADOS POR MES.
·
EN LA COLUMNA “I.D.E. PENDIENTE DE RECAUDAR EN EL EJERCICIO” SE ANOTARAN
LAS CANTIDADES NO RECAUDADAS POR FALTA DE FONDOS DEL CONTRIBUYENTE O POR
OMISION.
·
EN CASO DE PROCEDER ALGUNA ACLARACION CON EL CONTENIDO DE ESTE ANEXO, EL
CONTADOR PUBLICO QUE DICTAMINO DEBERA HACERLA EN EL INFORME SOBRE LA REVISION
DE LA SITUACION FISCAL DEL CONTRIBUYENTE, O BIEN, EL CONTRIBUYENTE A TRAVES DEL
ANEXO DE INFORMACION ADICIONAL.
RELACION DE CONTRIBUCIONES POR PAGAR.
·
LAS CONTRIBUCIONES QUE AL CIERRE DEL EJERCICIO DICTAMINADO SE HUBIEREN
CAUSADO Y ESTEN PENDIENTES DE PAGO, SEGUN EL ESTADO DE POSICION FINANCIERA, SE
RELACIONARAN EN EL ANEXO DENOMINADO “RELACION DE CONTRIBUCIONES POR PAGAR”,
IDENTIFICANDOLAS POR TIPO DE CONTRIBUCION Y DENTRO DE ESTA, POR MES, EJERCICIO
O PERIODO DE CAUSACION, INDICANDO SU IMPORTE, FECHA DE PAGO Y NOMBRE DE LA
INSTITUCION DE CREDITO O SAT EN EL QUE SE EFECTUO EL PAGO, O EN SU CASO, NUMERO
DE LA OPERACION, O BIEN, DEJANDO EN BLANCO ESTOS DATOS CON EXCEPCION DEL
IMPORTE, CUANDO NO SE HUBIERA CUBIERTO LA CONTRIBUCION A LA FECHA DE
PRESENTACION DEL DICTAMEN.
·
EL CONTADOR PUBLICO QUE DICTAMINO DEBERA MANIFESTAR EN EL INFORME SOBRE
LA REVISION DE LA SITUACION FISCAL DEL CONTRIBUYENTE, LOS IMPUESTOS RETENIDOS
POR CONCEPTO DE I.S.R. PENDIENTES DE PAGO A LA FECHA DE PRESENTACION DEL
DICTAMEN, SEÑALANDO: LA BASE DEDUCIDA A LA QUE CORRESPONDEN DICHAS RETENCIONES,
EL PERIODO Y EL CONCEPTO DEL PAGO.
EL CONTADOR PUBLICO QUE
DICTAMINO QUEDARA RELEVADO DE MANIFESTAR DICHA INFORMACION, CUANDO CON MOTIVO
DE SU AUDITORIA, HAYA CONSIDERADO COMO CONCEPTOS NO DEDUCIBLES PARA EL IMPUESTO
SOBRE LA RENTA A CARGO DEL CONTRIBUYENTE, LAS BASES A LAS QUE CORRESPONDEN LOS
IMPUESTOS RETENIDOS PENDIENTES DE PAGO, DEBIENDO PRECISAR EN SU INFORME ESTA
SITUACION.
·
LOS CONTRIBUYENTES QUE ESTEN EFECTUANDO EL PAGO EN PARCIALIDADES, DE UNA
O MAS CONTRIBUCIONES, DEBERAN ANOTAR LOS DATOS DEL AVISO DE OPCION, (ESCRITO
LIBRE): NUMERO DE FOLIO, FECHA DE PRESENTACION Y LA ADMINISTRACION RECEPTORA,
ASI COMO LOS DATOS DEL OFICIO DE AUTORIZACION DE PAGO EN PARCIALIDADES,
INDICANDO EL NUMERO DEL OFICIO Y LA FECHA.
EJEMPLO DE LLENADO DEL ANEXO
EN EL CASO DE UN CONTRIBUYENTE QUE PRESENTA DICTAMEN DE ESTADOS FINANCIEROS
APLICABLE A LAS SOCIEDADES CONTROLADORAS Y CONTROLADAS, CON LOS SUPUESTOS
SIGUIENTES:
- SE LE
DETERMINO, CON MOTIVO DEL DICTAMEN, UNA DIFERENCIA DE I.S.R. A CARGO, QUE A LA
FECHA DE PRESENTACION DEL DICTAMEN NO SE HA CUBIERTO.
- AL
CIERRE DEL EJERCICIO NO HA EFECTUADO LOS PAGOS PROVISIONALES DEL I.S.R. A SU
CARGO, DE LOS MESES DE NOVIEMBRE Y DICIEMBRE, MISMOS QUE QUEDAN CUBIERTOS EN EL
MES DE ENERO DEL AÑO SIGUIENTE Y DE LOS CUALES SE PRESENTA UNA DECLARACION
COMPLEMENTARIA EN EL MES DE MARZO DEL AÑO SIGUIENTE.
- AL
CIERRE DEL EJERCICIO NO HA EFECTUADO EL ENTERO DE LAS RETENCIONES DEL I.S.R.
SOBRE SUELDOS Y SALARIOS DE DICIEMBRE, MISMAS QUE QUEDARON CUBIERTAS EN EL MES
DE ENERO DEL AÑO SIGUIENTE.
ESTOS DATOS SE REFLEJARAN EN EL ANEXO “RELACION DE
CONTRIBUCIONES POR PAGAR”, EN LOS INDICES Y CON LOS CONCEPTOS SIGUIENTES:
IMPUESTO SOBRE LA RENTA CAUSADO COMO SUJETO
DIRECTO |
|
|
DETERMINADO
AL CIERRE DEL EJERCICIO POR DICTAMEN |
|
SE LLENARA
UNICAMENTE LA COLUMNA DE IMPORTE |
PAGO
PROVISIONAL DE NOVIEMBRE DE 2009 |
|
SE
LLENARAN, ADEMAS DE LA COLUMNA DE IMPORTE LAS QUE APLIQUEN PARA ANOTAR LA
FECHA Y FORMA DE PAGO |
PAGO
PROVISIONAL COMPLEMENTARIO DE NOVIEMBRE DE 2009 |
|
SE
LLENARAN, ADEMAS DE LA COLUMNA DE IMPORTE LAS QUE APLIQUEN PARA ANOTAR LA
FECHA Y FORMA DE PAGO |
PAGO
PROVISIONAL DE DICIEMBRE DE 2009 |
|
SE
LLENARAN, ADEMAS DE LA COLUMNA DE IMPORTE LAS QUE APLIQUEN PARA ANOTAR LA
FECHA Y FORMA DE PAGO |
PAGO
PROVISIONAL COMPLEMENTARIO DE DICIEMBRE DE 2009 |
|
SE
LLENARAN, ADEMAS DE LA COLUMNA DE IMPORTE LAS QUE APLIQUEN PARA ANOTAR LA
FECHA Y FORMA DE PAGO |
IMPUESTO
SOBRE LA RENTA POR SALARIOS Y EN GENERAL POR LA PRESTACION DE UN SERVICIO
PERSONAL SUBORDINADO EN SU CARACTER DE RETENEDOR |
|
|
CORRESPONDIENTE
AL MES DE DICIEMBRE DE 2009 |
|
SE
LLENARAN, ADEMAS DE LA COLUMNA DE IMPORTE LAS QUE APLIQUEN PARA ANOTAR LA
FECHA Y FORMA DE PAGO |
·
SI POR ALGUNA RAZON EL CONTRIBUYENTE REFLEJA EN SUS CUENTAS DEL PASIVO,
CONTRIBUCIONES POR PAGAR CON SALDOS DE CONTRIBUCIONES NO CAUSADAS AL CIERRE DEL
EJERCICIO, A PARTIR DEL INDICE “ESPECIFICAR CONCEPTO Y PERIODO AL QUE
CORRESPONDE” DEBERA REFLEJAR ESOS SALDOS.
·
SI ALGUNA DE LAS CONTRIBUCIONES PENDIENTES DE PAGO SE ENCUENTRA EN
LITIGIO EL CONTRIBUYENTE DEBERA ADICIONAR EN LA CONTRIBUCION DE QUE SE TRATE EN
LA COLUMNA DE CONCEPTO, LA PALABRA “LITIGIO” PARA IDENTIFICAR LA RAZON POR LA
CUAL NO SE HA CUBIERTO ESA CONTRIBUCION.
CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y FISCAL PARA EFECTOS DEL
IMPUESTO SOBRE
LA RENTA.
·
EN EL CONCEPTO “EFECTO DE LA INFLACION DE LA NIF B-10” SE ANOTARA EL
IMPORTE NETO DE LA INFLACION RECONOCIDO EN LA UTILIDAD O PERDIDA NETA SIN
CONSIDERAR EL RESULTADO FAVORABLE O DESFAVORABLE CORRESPONDIENTE AL RESULTADO
POR POSICION MONETARIA.
·
EN EL CONCEPTO “PERDIDA EN ENAJENACION DE ACCIONES” SE ANOTARA EL
IMPORTE DE LA PERDIDA EN ENAJENACION DE ACCIONES DEDUCIDA EN EL EJERCICIO, POR
LO MISMO DICHO IMPORTE NO DEBERA REFLEJARSE COMO PARTE DE LAS DEDUCCIONES
FISCALES NO CONTABLES.
·
CUANDO EL CONTRIBUYENTE DETERMINE PERDIDA FISCAL, SOLAMENTE DEBERA
LLENAR ESTE ANEXO, HASTA EL INDICE “PERDIDA FISCAL DEL EJERCICIO”, CONCLUYENDO
LA CONCILIACION. POR NINGUN MOTIVO DEBERA ANOTAR EL IMPORTE DE LA PERDIDA
FISCAL EN EL INDICE “RESULTADO FISCAL”.
·
CUANDO EL CONTRIBUYENTE AMORTICE PERDIDAS FISCALES DE EJERCICIOS
ANTERIORES, NO DEBERA ASENTAR EN ESE RENGLON UN MONTO MAYOR AL DE LA UTILIDAD
FISCAL DEL EJERCICIO.
INTEGRACION DEL INVENTARIO ACUMULABLE (NO APLICABLE PARA DICTAMENES DEL
SECTOR FINANCIERO, EXCEPTO EN INTERMEDIARIOS FINANCIEROS NO BANCARIOS).
·
LOS CONTRIBUYENTES QUE NO HAYAN OPTADO POR APLICAR LO DISPUESTO POR LA
FRACCION IV DEL ARTICULO 3 DE LAS DISPOSICIONES TRANSITORIAS DE LA LEY DEL
IMPUESTO SOBRE LA RENTA, DEL DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN, ADICIONAN, DEROGAN
Y ESTABLECEN DIVERSAS DISPOSICIONES, APLICABLES A LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA
RENTA, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION DEL 1 DE DICIEMBRE DE
2004, DEBERAN DEJAR EN BLANCO ESTE ANEXO, DEDUCIENDO EL COSTO DE LO VENDIDO
CONFORME SE ENAJENAN LAS MERCANCIAS.
INTEGRACION DE PERDIDAS FISCALES DE EJERCICIOS ANTERIORES.
·
LA INFORMACION DE ESTE ANEXO, SE PRESENTARA SOLO CUANDO EN EL EJERCICIO
FISCAL DICTAMINADO SE HAYAN DISMINUIDO PERDIDAS FISCALES DE EJERCICIOS
ANTERIORES O CUANDO EL CONTRIBUYENTE HAYA TENIDO PARTICIPACION EN ALGUNA FUSION
O ESCISION. LO ANTERIOR NO APLICA PARA LOS CONTRIBUYENTES QUE PRESENTEN EL
DICTAMEN DE ESTADOS FINANCIEROS APLICABLE A SOCIEDADES CONTROLADORAS Y
CONTROLADAS, LOS CUALES INVARIABLEMENTE DEBERAN PROPORCIONAR LA INFORMACION
SOLICITADA EN ESTE ANEXO.
CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA. CUFIN.
·
LA INFORMACION QUE SE SOLICITA PARA EFECTOS DE LA CUENTA DE UTILIDAD
FISCAL NETA, SE DEBERA PROPORCIONAR CON UNA INTEGRACION DE LA MISMA, DE
CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 88 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.
·
SE INTEGRARA LA UTILIDAD FISCAL NETA DEL EJERCICIO GENERADA EN LOS
SIGUIENTES PERIODOS: DE 1975 A 1988, DE 1989 A 1998, DE 1999 A 2001, DE 2002 A
2004 Y DE 2005 A 2009, ANOTANDO LAS CANTIDADES RELACIONADAS CON LA INTEGRACION
DE LA UTILIDAD EN LA COLUMNA DEL EJERCICIO FISCAL AL QUE CORRESPONDAN.
·
PARA EFECTOS DE ESTE ANEXO, CUANDO SE PERCIBAN O DISTRIBUYAN DIVIDENDOS,
SE PODRAN ABRIR INDICES ADICIONALES A LOS YA EXISTENTES, CUANDO SE REQUIERA
UTILIZAR RENGLONES ADICIONALES A LOS PREESTABLECIDOS, APLICANDO LA MECANICA
OPERACIONAL CONTEMPLADA EN ESTE ANEXO, ENTRE EL CONCEPTO “FACTOR DE
ACTUALIZACION AL MES EN QUE SE PERCIBAN DIVIDENDOS” Y EL CONCEPTO “SALDO CUFIN
ACTUALIZADO DESPUES DEL COBRO DE DIVIDENDOS”.
EJEMPLO ESTOS CONCEPTOS SE PRESENTAN COMO SIGUE:
FACTOR DE ACTUALIZACION AL
MES EN QUE SE PERCIBAN DIVIDENDOS |
SALDO CUFIN ACTUALIZADO
ANTES DE QUE SE PERCIBAN DIVIDENDOS |
DIVIDENDOS COBRADOS |
SALDO CUFIN ACTUALIZADO
DESPUES DEL COBRO DE DIVIDENDOS |
·
LA PRESENTACION DE ESTA INFORMACION SERA OBLIGATORIA PARA AQUELLOS
CONTRIBUYENTES QUE DISTRIBUYAN O PERCIBAN DIVIDENDOS PROVENIENTES DE LA CUENTA
DE UTILIDAD FISCAL NETA.
CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA REINVERTIDA.- (CUFINRE).
·
SE INTEGRARA LA UTILIDAD FISCAL NETA REINVERTIDA DEL EJERCICIO GENERADA
EN LOS EJERCICIOS DE 1999, 2000 Y 2001.
·
LA PRESENTACION DE ESTA INFORMACION SERA OBLIGATORIA PARA AQUELLOS
CONTRIBUYENTES QUE DISTRIBUYAN DIVIDENDOS PROVENIENTES DE LA CUENTA DE
UTILIDIDAD FISCAL NETA REINVERTIDA.
OPERACIONES FINANCIERAS DERIVADAS CONTRATADAS CON RESIDENTES EN EL
EXTRANJERO.
·
LA INFORMACION DE ESTE ANEXO SE PRESENTARA POR EL EJERCICIO FISCAL DE
2009.
·
LOS CONTRIBUYENTES QUE HAYAN OPTADO POR APLICAR LO DISPUESTO POR LA
FRACCION II DE LA REGLA I.2.10.15. DE LA PRIMERA RESOLUCION DE MODIFICACIONES A
LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2009 PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA
FEDERACION EL 7 DE AGOSTO DE 2009 (REGLA I.2.18.5. DE LA SEGUNDA RESOLUCION DE
MODIFICACIONES A LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2009 PUBLICADA EN EL
DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 21 DE DICIEMBRE DE 2009), PROPORCIONARAN LA
INFORMACION DE ESTE ANEXO QUE DIFIRIERON DEL EJERCICIO FISCAL DE 2008,
CONJUNTAMENTE CON LA CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL 2009.
·
EN ESTE ANEXO LOS DATOS SE PROPORCIONARAN AGRUPADOS POR CADA RESIDENTE
EN EL EXTRANJERO, GLOBALIZANDO LAS OPERACIONES POR TIPO DE OPERACION Y MONTO
CONTRATADO.
·
EN LA COLUMNA “NUMERO DE IDENTIFICACION FISCAL”, SE ANOTARA EL NUMERO O
CLAVE DE IDENTIFICACION FISCAL QUE UTILIZA EL RESIDENTE EN EL EXTRANJERO EN SU
PAIS DE RESIDENCIA, EN CASO DE QUE EN EL PAIS DE RESIDENCIA NO SE UTILICE DICHA
CLAVE, SE ANOTARA N/A.
·
EN LA COLUMNA “PAIS DE RESIDENCIA”, SE DEBERA ANOTAR LA CLAVE Y NOMBRE
DEL PAIS DE RESIDENCIA, DE CONFORMIDAD CON EL CATALOGO CONTENIDO EN EL APENDICE
VI DE ESTE INSTRUCTIVO.
·
EL DATO DE LA COLUMNA “TIPO DE OPERACION CONTRATADA, DEUDA O CAPITAL” SE
LLENARA DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ULTIMO PARRAFO DEL ARTICULO 16-A
DEL CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION, QUE ESTABLECE LO SIGUIENTE:
“16-A PARA LOS
EFECTOS DE LAS DISPOSICIONES FISCALES, SE ENTIENDE POR OPERACIONES FINANCIERAS
DERIVADAS LAS SIGUIENTES:
…
SE CONSIDERAN OPERACIONES FINANCIERAS DERIVADAS DE
DEUDA, AQUELLAS QUE ESTEN REFERIDAS A TASAS DE INTERES, TITULOS DE DEUDA O AL
INDICE NACIONAL DE PRECIOS AL CONSUMIDOR; ASIMISMO, SE ENTIENDE POR OPERACIONES
FINANCIERAS DERIVADAS DE CAPITAL, AQUELLAS QUE ESTEN REFERIDAS A OTROS TITULOS,
MERCANCIAS, DIVISAS O CANASTAS O INDICES ACCIONARIOS. LAS OPERACIONES
FINANCIERAS DERIVADAS QUE NO SE ENCUADREN DENTRO DE LOS SUPUESTOS A QUE SE
REFIERE ESTE PARRAFO, SE CONSIDERARAN DE CAPITAL O DE DEUDA ATENDIENDO A LA
NATURALEZA DEL SUBYACENTE.”
·
EL DATO DEL “MONTO CONTRATADO” SE EXPRESARA EN MONEDA EXTRANJERA.
·
EN EL DATO “TIPO DE MONEDA”, SE ANOTARA LA MONEDA Y EL PAIS AL QUE
CORRESPONDE DE CONFORMIDAD CON EL CATALOGO CONTENIDO EN EL APENDICE VII DE ESTE
INSTRUCTIVO.
·
EL DATO PORCENTAJE DE LA COLUMNA “TASA DE INTERES” SE EXPRESARA EN
PORCENTAJE.
·
LAS INSTITUCIONES DE CREDITO, LAS CASAS DE BOLSA Y LAS SOCIEDADES DE
INVERSION DE CAPITALES PODRAN OPTAR POR PRESENTAR LA INFORMACION DE ESTE ANEXO
AGRUPADA Y CONCENTRADA HOMOGENEAMENTE POR CADA RESIDENTE EN EL EXTRANJERO CON
EL QUE CELEBRARON OPERACIONES DE LA SIGUIENTE FORMA:
>
LOS INDICES QUE CORRESPONDAN.
>
EL NOMBRE, DENOMINACION O RAZON SOCIAL DE LOS RESIDENTES EN EL
EXTRANJERO.
>
EN EL NUMERO DE IDENTIFICACION FISCAL, SE PODRA PONER UN CERO.
>
PAIS DE RESIDENCIA DE LOS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO.
>
EN LA FECHA DE CELEBRACION DEL CONTRATO QUE LE DIO ORIGEN A LA OPERACION
SE PODRA PONER 31/12/2009.
>
TIPO DE OPERACION CONTRATADA DEUDA O CAPITAL CON CADA RESIDENTE EN EL
EXTRANJERO.
>
EL MONTO CONTRATADO CON CADA RESIDENTE EN EL EXTRANJERO.
>
TIPO DE MONEDA, SE PODRA PONER NINGUNA.
>
PARA LOS DICTAMENES DEL SECTOR FINANCIERO, EN LA COLUMNA “TASA DE
INTERES”, SE PONDRA LA GANANCIA ACUMULABLE O LA PERDIDA DEDUCIBLE.
>
VIGENCIA SE PODRA PONER DEL 31/12/2009 A LA ULTIMA FECHA DE PAGO
AGRUPADA.
>
INDIQUE SI EL RESIDENTE EN EL EXTRANJERO CON EL CONTRATO ES SU PARTE
RELACIONADA.
CUENTAS Y DOCUMENTOS POR COBRAR Y POR PAGAR
EN MONEDA EXTRANJERA (NO APLICABLE PARA DICTAMENES DEL SECTOR FINANCIERO).
·
LA INFORMACION DE ESTE ANEXO SE PRESENTARA POR EL EJERCICIO FISCAL DE
2009.
·
LOS CONTRIBUYENTES QUE HAYAN OPTADO POR APLICAR LO DISPUESTO POR LA
FRACCION II DE LA REGLA I.2.10.15. DE LA PRIMERA RESOLUCION DE MODIFICACIONES A
LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2009 PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA
FEDERACION EL 7 DE AGOSTO DE 2009 (REGLA I.2.18.5. DE LA SEGUNDA RESOLUCION DE
MODIFICACIONES A LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2009 PUBLICADA EN EL
DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 21 DE DICIEMBRE DE 2009), PROPORCIONARAN LA
INFORMACION DE ESTE ANEXO QUE DIFIRIERON DEL EJERCICIO FISCAL DE 2008,
CONJUNTAMENTE CON LA CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL 2009.
·
EN ESTE ANEXO LOS DATOS SE PROPORCIONARAN AGRUPADOS POR CADA RESIDENTE
EN EL EXTRANJERO, DEUDOR O ACREEDOR, GLOBALIZANDO LAS OPERACIONES POR CONCEPTO
DE SALDOS EN MONEDA EXTRANJERA.
·
EN LA COLUMNA “NUMERO DE IDENTIFICACION FISCAL”, SE ANOTARA EL NUMERO O
CLAVE DE IDENTIFICACION FISCAL QUE UTILIZA EL RESIDENTE EN EL EXTRANJERO EN SU
PAIS DE RESIDENCIA, EN CASO DE QUE EN EL PAIS DE RESIDENCIA NO SE UTILICE DICHA
CLAVE, SE ANOTARA N/A.
·
EN LA COLUMNA “PAIS DE RESIDENCIA FISCAL”, SE ANOTARA EL DATO DE LA
CLAVE Y NOMBRE DEL PAIS DE RESIDENCIA FISCAL, DE CONFORMIDAD CON EL CATALOGO
CONTENIDO EN EL APENDICE VI DE ESTE INSTRUCTIVO.
·
EN LA COLUMNA “TIPO DE MONEDA”, SE ANOTARA EL DATO DE LA MONEDA Y EL
PAIS AL QUE CORRESPONDE, DE CONFORMIDAD CON EL CATALOGO CONTENIDO EN EL
APENDICE VII DE ESTE INSTRUCTIVO.
·
EN LA COLUMNA “SALDO EN MONEDA NACIONAL” SE ANOTARA LA CONVERSION A
MONEDA NACIONAL DEL SALDO EN MONEDA EXTRANJERA, DEUDOR O ACREEDOR DE QUE SE
TRATE, CUYO MONTO FORMA PARTE INTEGRANTE DE LOS SALDOS REFLEJADOS EN EL ESTADO
DE POSICION FINANCIERA.
·
EN LA COLUMNA “CONCEPTO MAS IMPORTANTE QUE ORIGINO EL SALDO” SE ANOTARA
EL CONCEPTO QUE ORIGINO LA CUENTA, POR EJEMPLO:
DEUDORES:
FONDO
FIJO
CUENTA
DE CHEQUES
CUENTA
DE INVERSIONES
VENTAS
DE INVENTARIOS
VENTAS
DE ACTIVO FIJO
VENTAS
DE INTANGIBLES
VENTAS
DE ACCIONES
VENTAS
DE OTROS
PRESTAMOS
ANTICIPOS
ACREEDORES
PRESTAMOS
COMPRAS
DE INVENTARIOS
COMPRAS
DE ACTIVO FIJO
COMPRAS
DE INTANGIBLES
COMPRAS
DE ACCIONES
COMPRAS
DE OTROS
ANTICIPOS
PRESTAMOS DEL EXTRANJERO.
·
LA INFORMACION DE ESTE ANEXO SE PRESENTARA POR EL EJERCICIO FISCAL DE
2009.
·
LOS CONTRIBUYENTES QUE HAYAN OPTADO POR APLICAR LO DISPUESTO POR LA
FRACCION II DE LA REGLA I.2.10.15. DE LA PRIMERA RESOLUCION DE MODIFICACIONES A
LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2009 PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA
FEDERACION EL 7 DE AGOSTO DE 2009 (REGLA I.2.18.5. DE LA SEGUNDA RESOLUCION DE
MODIFICACIONES A LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2009 PUBLICADA EN EL
DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 21 DE DICIEMBRE DE 2009), PROPORCIONARAN LA
INFORMACION DE ESTE ANEXO QUE DIFIRIERON DEL EJERCICIO FISCAL DE 2008,
CONJUNTAMENTE CON LA CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL 2009.
·
EN ESTE ANEXO LOS DATOS SE PROPORCIONARAN AGRUPADOS POR CADA RESIDENTE
EN EL EXTRANJERO, GLOBALIZANDO LAS OPERACIONES POR TIPO DE FINANCIAMIENTO, O
BIEN, POR COLOCACIONES EN EL EXTRANJERO.
·
EN LA COLUMNA “NUMERO DE IDENTIFICACION FISCAL”, SE ANOTARA EL NUMERO O
CLAVE DE IDENTIFICACION FISCAL QUE UTILIZA EL RESIDENTE EN EL EXTRANJERO EN SU
PAIS DE RESIDENCIA, EN CASO DE QUE EN EL PAIS DE RESIDENCIA NO SE UTILICE DICHA
CLAVE, SE ANOTARA N/A.
·
EN LAS COLUMNAS “SALDO INSOLUTO DEL PRESTAMO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2008”
Y “SALDO INSOLUTO DEL PRESTAMO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2009” SE ANOTARAN LOS
SALDOS CORRESPONDIENTES EN MONEDA NACIONAL QUE SE REFLEJAN EN EL ESTADO DE
POSICION FINANCIERA.
·
EN LA COLUMNA “TIPO DE FINANCIAMIENTO”, SE ANOTARA EL DATO DE LA CLAVE Y
EL CONCEPTO DEL TIPO DE FINANCIAMIENTO, DE CONFORMIDAD CON EL CATALOGO
CONTENIDO EN EL APENDICE X DE ESTE INSTRUCTIVO.
·
PARA EL DATO DE LA COLUMNA “FUE BENEFICIARIO EFECTIVO DE LOS INTERESES”
SE TOMARA EN CUENTA LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 195 DE LA LEY DEL IMPUESTO
SOBRE LA RENTA, LOS TRATADOS PARA EVITAR DOBLE TRIBUTACION CELEBRADOS POR
MEXICO, ASI COMO POR LOS COMENTARIOS DEL MODELO DE CONVENIO PARA EVITAR LA
DOBLE IMPOSICION E IMPEDIR LA EVASION FISCAL A QUE HACE REFERENCIA LA
RECOMENDACION ADOPTADA POR EL CONSEJO DE LA ORGANIZACION PARA LA COOPERACION Y
EL DESARROLLO ECONOMICO, EL 21 DE SEPTIEMBRE DE 1995, O AQUELLA QUE LA
SUSTITUYA, EN LA MEDIDA EN QUE TALES COMENTARIOS SEAN CONGRUENTES CON LAS
DISPOSICIONES DE LOS TRATADOS INTERNACIONALES CELEBRADOS POR MEXICO.
·
EN LA COLUMNA “NUMERO DE REGISTRO DEL ACREEDOR RESIDENTE EN EL
EXTRANJERO ANTE EL SAT”, SE DEBERA ANOTAR EL NUMERO DE REGISTRO DE BANCOS,
ENTIDADES DE FINANCIAMIENTO, FONDOS DE PENSIONES Y JUBILACIONES Y FONDOS DE
INVERSION DEL EXTRANJERO PARA LOS EFECTOS DE LOS ARTICULOS 179, 195 FRACCIONES
I, II Y IV, 196, FRACCION II, 197 Y 199 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA,
DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL APENDICE VIII DE ESTE INSTRUCTIVO
(ANEXO 17 DE LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL), CUANDO NO RESULTE APLICABLE ESTE
DATO SE ANOTARA N/A.
·
EN LA COLUMNA “PAIS DE RESIDENCIA PARA EFECTOS FISCALES”, SE ANOTARA EL
DATO DE LA CLAVE Y NOMBRE DEL PAIS DE RESIDENCIA, DE CONFORMIDAD CON EL
CATALOGO CONTENIDO EN EL APENDICE VI DE ESTE INSTRUCTIVO. EN CASO DE HABER ANOTADO
“SI” EN LA COLUMNA “FUE BENEFICIARIO EFECTIVO DE LOS INTERESES” SE ANOTARA LA
CLAVE DEL PAIS QUE FUE BENEFICIARIO EFECTIVO DE LOS INTERESES.
·
EN LA COLUMNA “TIPO DE MONEDA”, SE ANOTARA LA MONEDA Y EL PAIS AL QUE
CORRESPONDE DE CONFORMIDAD CON EL CATALOGO CONTENIDO EN EL APENDICE VII DE ESTE
INSTRUCTIVO.
·
EN LA COLUMNA “DENOMINACION DE LA TASA DE INTERES” SE ANOTARA EL NOMBRE
DE LA TASA DE INTERES DE REFERENCIA CON LA CUAL SE PACTO EL PRESTAMO. EJEMPLO:
“LIBOR, PRIME RATE, ETC”.
·
EN LA COLUMNA “PORCENTAJE DE LA TASA DE INTERES” SE ANOTARA LA TASA DE
INTERES PACTADA EN TERMINOS NETOS Y EN PORCENTAJE, QUE FUE LA TASA DE INTERES
BASE DEL CALCULO DE LOS INTERESES DEVENGADOS EN MONEDA EXTRANJERA,
POR EJEMPLO: SI SE PACTARA UNA TASA LIBOR DE UN 8% MAS 3%, SE EXPRESARA
11%.
·
EN LA COLUMNA “IMPORTE TOTAL DE LOS INTERESES PAGADOS” SE ANOTARAN LOS
INTERESES EN MONEDA NACIONAL QUE SE HAYAN PAGADO EN EFECTIVO, EN BIENES, EN
SERVICIOS O EN CREDITO, O BIEN QUE HAYAN SIDO EXIGIBLES PARA SU PAGO.
TAMBIEN
SE INCLUIRA EN ESTA COLUMNA LOS IMPORTES QUE CORRESPONDAN AL PAGO DEL IMPUESTO
SOBRE LA RENTA REALIZADO POR CUENTA DEL CONTRIBUYENTE RESIDENTE EN EL
EXTRANJERO.
POR
LO ANTERIOR, EL IMPORTE REFLEJADO EN ESTA COLUMNA SERA LA BASE DEL CALCULO DE
LA RETENCION DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.
·
EN LA COLUMNA “FECHA O FRECUENCIA DE EXIGIBILIDAD DEL PAGO DE INTERESES”
SE ANOTARA LA FRECUENCIA PACTADA PARA EL PAGO DE INTERESES, ES DECIR,
“MENSUAL”, “TRIMESTRAL”, “ANUAL”, “LOS DIAS X” O “Y”, ETC.
·
EN LA COLUMNA “IMPORTE TOTAL DE LOS INTERESES PAGADOS” SE ANOTARAN LOS
INTERESES EFECTIVAMENTE PAGADOS AL RESIDENTE EN EL EXTRANJERO CONVERTIDOS A
MONEDA NACIONAL.
·
CUANDO SE ANOTE “SI” EN LA COLUMNA “EFECTUO COLOCACIONES EN EL
EXTRANJERO”, ESTE ANEXO SE LLENARA DE LA SIGUIENTE FORMA:
o EN
LA COLUMNA “NUMERO DE IDENTIFICACION FISCAL” SE ANOTARA “VARIOS”.
o EN
LAS COLUMNAS “SALDO INSOLUTO DEL PRESTAMO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2008” Y “SALDO
INSOLUTO DEL PRESTAMO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2009” SE ANOTARA EL MONTO DEL TOTAL
DE LA COLOCACION EN MONEDA NACIONAL A ESAS FECHAS.
o EN
LA COLUMNA “TIPO DE FINANCIAMIENTO” SE ANOTARA “COLOCACIONES”.
o EN
LAS COLUMNAS “FUE BENEFICIARIO EFECTIVO DE LOS INTERESES” Y “NUMERO DE REGISTRO
DEL ACREEDOR RESIDENTE EN EL EXTRANJERO ANTE EL SAT”, SE ANOTARA “N/A”.
o EN
LA COLUMNA “PAIS DE RESIDENCIA PARA EFECTOS FISCALES” SE ANOTARA EL PAIS EN EL
QUE SE REALIZO LA COLOCACION, SI FUERON VARIOS PAISES SE ANOTARA AQUEL EN EL
QUE SE COLOCO EL IMPORTE MAS REPRESENTATIVO EN CUANTO A MONTO.
o EN
LA COLUMNA “TIPO DE MONEDA” SE PONDRA LA CLAVE DE LA MONEDA Y EL PAIS EN EL QUE
SE REALIZO LA COLOCACION, SI FUERON VARIOS PAISES SE ANOTARA LA DE AQUEL EN EL
QUE SE COLOCO EL IMPORTE MAS REPRESENTATIVO EN CUANTO A MONTO.
INVERSIONES PERMANENTES EN SUBSIDIARIAS, ASOCIADAS Y AFILIADAS
RESIDENTES EN EL EXTRANJERO.
·
LA INFORMACION DE ESTE ANEXO SE PRESENTARA POR EL EJERCICIO FISCAL DE
2009.
·
LOS CONTRIBUYENTES QUE HAYAN OPTADO POR APLICAR LO DISPUESTO POR LA
FRACCION II DE LA REGLA I.2.10.15. DE LA PRIMERA RESOLUCION DE MODIFICACIONES A
LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2009 PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA
FEDERACION EL 7 DE AGOSTO DE 2009 (REGLA I.2.18.5. DE LA SEGUNDA RESOLUCION DE
MODIFICACIONES A LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2009 PUBLICADA EN EL
DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 21 DE DICIEMBRE DE 2009), PROPORCIONARAN LA
INFORMACION DE ESTE ANEXO QUE DIFIRIERON DEL EJERCICIO FISCAL DE 2008,
CONJUNTAMENTE CON LA CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL 2009.
·
EN ESTE ANEXO LOS DATOS SE PROPORCIONARAN AGRUPADOS POR CADA RESIDENTE
EN EL EXTRANJERO, QUE SEA UNA ENTIDAD SUBSIDIARIA, ASOCIADA O AFILIADA DEL
CONTRIBUYENTE, GLOBALIZANDO LAS OPERACIONES POR MONTO DE LA INVERSION.
PARA ESTOS EFECTOS LOS TERMINOS “SUBSIDIARIA”, “ASOCIADA” O “AFILIADA”
SERAN LOS DEFINIDOS EN LA NORMA DE INFORMACION FINANCIERA NIF B-8 EMITIDA POR
EL CONSEJO MEXICANO PARA LA INVESTIGACION Y DESARROLLO DE NORMAS DE INFORMACION
FINANCIERA (CINIF), EN LOS TERMINOS SIGUIENTES:
SUBSIDIARIA.- ES LA EMPRESA QUE ES
CONTROLADA POR OTRA CONOCIDA COMO CONTROLADORA.
ASOCIADA.- ES UNA COMPAÑIA EN LA CUAL
LA TENEDORA TIENE INFLUENCIA SIGNIFICATIVA EN SU ADMINISTRACION, PERO SIN
LLEGAR A TENER CONTROL DE LA MISMA.
AFILIADAS.- SON AQUELLAS COMPAÑIAS QUE
TIENEN ACCIONISTAS COMUNES O ADMINISTRACION COMUN SIGNIFICATIVOS.
·
EN LA COLUMNA “NUMERO DE IDENTIFICACION FISCAL”, SE ANOTARA EL DATO DEL
NUMERO O CLAVE DE IDENTIFICACION FISCAL QUE UTILIZA EL RESIDENTE EN EL
EXTRANJERO EN SU PAIS DE RESIDENCIA, EN CASO DE QUE EN EL PAIS DE RESIDENCIA NO
SE UTILICE DICHA CLAVE,
SE ANOTARA N/A.
·
EN LA COLUMNA “PAIS DE RESIDENCIA FISCAL DE LA ENTIDAD”, SE ANOTARA LA
CLAVE Y NOMBRE DEL PAIS DE RESIDENCIA FISCAL DE LA ENTIDAD, DE CONFORMIDAD CON
EL CATALOGO CONTENIDO EN EL APENDICE VI DE ESTE INSTRUCTIVO.
·
EN LA COLUMNA “PORCENTAJE DE PARTICIPACION EN EL CAPITAL DE LA ENTIDAD”
SE ANOTARA EL PORCENTAJE QUE REPRESENTEN LAS ACCIONES, PARTES SOCIALES O SUS
EQUIVALENTES PROPIEDAD DEL CONTRIBUYENTE CON RESPECTO AL TOTAL DE ACCIONES,
PARTES SOCIALES O EQUIVALENTES QUE HAYA EMITIDO LA ENTIDAD SUBSIDIARIA,
ASOCIADA O AFILIADA EN EL EXTRANJERO.
·
EN LA COLUMNA “MONTO DE LA INVERSION” SE ANOTARA EL MONTO DE LAS
APORTACIONES AL CAPITAL SOCIAL O SU EQUIVALENTE EN LA ENTIDAD SUBSIDIARIA,
ASOCIADA O AFILIADA EN EL EXTRANJERO. O BIEN, EL VALOR TOTAL NETO DE
ADQUISICION DE LAS ACCIONES O PARTES SOCIALES, INCLUYENDO, EN SU CASO, EL MONTO
CORRESPONDIENTE AL CREDITO MERCANTIL O COMERCIAL; ESTE ULTIMO DATO SE PODRA
ANOTAR EN UN RENGLON POR SEPARADO, ASENTANDO EL MONTO EN ESTA MISMA COLUMNA.
·
EN LA COLUMNA “MONTO DE LAS UTILIDADES (PERDIDAS) DE EJERCICIOS
ANTERIORES EN EL PORCENTAJE DE PARTICIPACION” SE ANOTARAN LAS UTILIDADES O
PERDIDAS CONTABLES DE EJERCICIOS FISCALES ANTERIORES QUE SE HAYAN GENERADO EN
LA ENTIDAD SUBSIDIARIA, ASOCIADA O AFILIADA EN EL EXTRANJERO, DESDE EL
EJERCICIO FISCAL EN EL QUE EL CONTRIBUYENTE ES SOCIO O ACCIONISTA Y HASTA EL
EJERCICIO FISCAL INMEDIATO ANTERIOR DEL CONTRIBUYENTE, ESTAS UTILIDADES O
PERDIDAS CONTABLES DE EJERCICIOS FISCALES ANTERIORES, SE DEBERAN MULTIPLICAR
POR EL PORCENTAJE DE PARTICIPACION QUE EN EL CAPITAL SOCIAL TENGA EL
CONTRIBUYENTE EN LA ENTIDAD RESIDENTE EN EL EXTRANJERO, AL CIERRE DEL EJERCICIO
FISCAL DEL CONTRIBUYENTE QUE SE DICTAMINA.
·
EN LA COLUMNA “MONTO DE LA UTILIDAD (PERDIDA) DEL EJERCICIO EN EL
PORCENTAJE DE PARTICIPACION” SE DEBERA SEÑALAR LA UTILIDAD O PERDIDA CONTABLE
CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL DEL CONTRIBUYENTE MULTIPLICADA POR EL
PORCENTAJE DE PARTICIPACION QUE EN EL CAPITAL SOCIAL TENGA EL CONTRIBUYENTE QUE
SE DICTAMINA, EN LA ENTIDAD RESIDENTE EN EL EXTRANJERO AL CIERRE DEL MISMO
EJERCICIO FISCAL.
·
EN LA COLUMNA “VALOR DE LA INVERSION” SE ANOTARA LA SUMA DE LAS
CANTIDADES ASENTADAS POR RENGLON DE LAS COLUMNAS: “MONTO DE LA INVERSION”,
“MONTO DE LAS UTILIDADES (PERDIDAS) DE EJERCICIOS ANTERIORES EN EL PORCENTAJE
DE PARTICIPACION” Y “MONTO DE LA UTILIDAD (PERDIDA) DEL EJERCICIO EN EL
PORCENTAJE DE PARTICIPACION”, EN NINGUN CASO PROCEDERA ANOTAR VALORES NEGATIVOS
EN ESTA COLUMNA, POR LO QUE, SI ARITMETICAMENTE SE DIERA EL CASO, SE ANOTARA
CERO.
SOCIOS O ACCIONISTAS QUE TUVIERON ACCIONES O PARTES SOCIALES.
·
LA INFORMACION DE ESTE ANEXO SE PRESENTARA POR EL EJERCICIO FISCAL DE
2009.
·
LOS CONTRIBUYENTES QUE HAYAN OPTADO POR APLICAR LO DISPUESTO POR LA
FRACCION II DE LA REGLA I.2.10.15. DE LA PRIMERA RESOLUCION DE MODIFICACIONES A
LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2009 PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA
FEDERACION EL 7 DE AGOSTO DE 2009 (REGLA I.2.18.5. DE LA SEGUNDA RESOLUCION DE
MODIFICACIONES A LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2009 PUBLICADA EN EL
DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 21 DE DICIEMBRE DE 2009), PROPORCIONARAN LA
INFORMACION DE ESTE ANEXO QUE DIFIRIERON DEL EJERCICIO FISCAL DE 2008,
CONJUNTAMENTE CON LA CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL 2009.
·
EN ESTE ANEXO LOS DATOS SE PROPORCIONARAN AGRUPADOS POR CADA SOCIO O
ACCIONISTA QUE EL CONTRIBUYENTE HAYA TENIDO DURANTE EL EJERCICIO, CUANDO EL
SOCIO O ACCIONISTA NO SEA DIRECTAMENTE UNA PERSONA FISICA O MORAL SINO UN
CONTRATO DE FIDEICOMISO, SE ANOTARA EL NUMERO DE CONTRATO DEL FIDEICOMISO Y EL
NOMBRE DE LA INSTITUCION QUE ACTUA COMO FIDUCIARIA.
CUANDO EXISTAN ACCIONES COLOCADAS ENTRE EL GRAN PUBLICO INVERSIONISTA,
SE ASENTARA EN EL RENGLON CORRESPONDIENTE AL SOCIO O ACCIONISTA “ACCIONES COLOCADAS ENTRE EL GRAN PUBLICO
INVERSIONISTA”.
·
EN LA COLUMNA “NUMERO DE IDENTIFICACION FISCAL O RFC”, SE ANOTARA EL
NUMERO O CLAVE DE IDENTIFICACION FISCAL QUE UTILIZA EL SOCIO O ACCIONISTA EN SU
PAIS DE RESIDENCIA, EN CASO DE QUE EN EL PAIS DE RESIDENCIA DEL SOCIO O
ACCIONISTA NO SE UTILICE DICHA CLAVE, SE ANOTARA N/A. CUANDO EL SOCIO O
ACCIONISTA SEA UN RESIDENTE EN TERRITORIO NACIONAL, SE ANOTARA EL REGISTRO
FEDERAL DE CONTRIBUYENTES. CUANDO EXISTAN ACCIONISTAS PUBLICO EN GENERAL, SE
ANOTARA “VARIOS”
·
EN LA COLUMNA “PAIS DE RESIDENCIA PARA EFECTOS FISCALES”, SE ANOTARA LA
CLAVE Y NOMBRE DEL PAIS DE RESIDENCIA PARA EFECTOS FISCALES DEL SOCIO O
ACCIONISTA, DE CONFORMIDAD CON EL CATALOGO CONTENIDO EN EL APENDICE VI DE ESTE
INSTRUCTIVO.
·
EN LA COLUMNA “PORCENTAJE DE PARTICIPACION DEL SOCIO O ACCIONISTA EN EL
EJERCICIO” SE ANOTARA EL PORCENTAJE QUE REPRESENTEN LAS ACCIONES, PARTES
SOCIALES PROPIEDAD DE LOS SOCIOS O ACCIONISTAS DEL CONTRIBUYENTE CON RESPECTO
AL TOTAL DE ACCIONES O PARTES SOCIALES EMITIDAS POR EL PROPIO CONTRIBUYENTE.
·
EN LA COLUMNA “PERIODO DE TENENCIA” SE SEÑALARA EL PERIODO DEL 1 DE
ENERO AL 31 DE DICIEMBRE, CUANDO EL SOCIO O ACCIONISTA SE HAYA MANTENIDO COMO
TAL DURANTE EL EJERCICIO FISCAL DEL CONTRIBUYENTE QUE SE DICTAMINA.
CUANDO UN SOCIO O ACCIONISTA HAYA DEJADO DE TENER TAL CARACTER DURANTE
UN EJERCICIO, EL PERIODO DE TENENCIA TERMINARA EN LA FECHA EN QUE SE ASIENTE EN
EL REGISTRO DE ACCIONES O EN EL LIBRO ESPECIAL DE LOS SOCIOS, LA TRANSMISION DE
LAS ACCIONES O PARTES SOCIALES (ARTICULOS 128 Y 129, Y 73, RESPECTIVAMENTE DE
LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES).
CUANDO UN SOCIO O ACCIONISTA COMIENCE A TENER TAL CARACTER DURANTE UN
EJERCICIO, EL PERIODO DE TENENCIA INICIARA EN LA FECHA EN QUE SE ASIENTE EN EL
REGISTRO DE ACCIONES O EN EL LIBRO ESPECIAL DE LOS SOCIOS, LA TRANSMISION DE
LAS ACCIONES O PARTES SOCIALES (ARTICULOS 128 Y 129, Y 73, RESPECTIVAMENTE DE
LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES).
PARA LOS ACCIONISTAS PUBLICO EN GENERAL, SE DEJARAN EN BLANCO LAS FECHAS
DE LA VIGENCIA.
·
EN LAS COLUMNAS “MONTO DE APORTACIONES” Y “MONTO DE RETIROS DE CAPITAL”
SE SEÑALARAN LAS APORTACIONES Y RETIROS EFECTUADOS QUE HAYAN AFECTADO CUENTAS
DE CAPITAL CONTABLE, INCLUYENDO APORTACIONES PARA FUTUROS AUMENTOS DE CAPITAL,
DE LAS CUALES EXISTA RESOLUCION EN ASAMBLEA DE SOCIOS O ACCIONISTAS PARA SU
APLICACION EN EL FUTURO COMO AUMENTO DE CAPITAL SOCIAL.
·
EN LAS COLUMNAS “MONTO DE PRESTAMOS: EFECTUADOS Y RECIBIDOS”, SE
SEÑALARAN LOS PRESTAMOS EFECTUADOS A LOS SOCIOS O ACCIONISTAS, Y LOS RECIBIDOS
DE ESTOS QUE HAYAN AFECTADO CUENTAS DE PASIVO, INCLUYENDO APORTACIONES PARA
FUTUROS AUMENTOS DE CAPITAL, DE LAS CUALES NO EXISTA RESOLUCION EN ASAMBLEA DE
SOCIOS O ACCIONISTAS PARA SU APLICACION EN EL FUTURO COMO AUMENTO DE CAPITAL
SOCIAL.
·
CUANDO EN UN EJERCICIO FISCAL NO HAYA HABIDO TRANSACCIONES CON LOS
SOCIOS O ACCIONISTAS, NI MOVIMIENTOS EN LA TENENCIA ACCIONARIA O EN LAS PARTES
SOCIALES, SE PODRAN DEJAR EN BLANCO LAS COLUMNAS: “MONTO DE APORTACIONES”,
“MONTO DE RETIROS DE CAPITAL” Y “MONTO DE PRESTAMOS: EFECTUADOS Y RECIBIDOS”.
INGRESOS SUJETOS A REGIMENES FISCALES PREFERENTES.
·
LA INFORMACION DE ESTE ANEXO SE PRESENTARA POR EL EJERCICIO FISCAL DE
2009.
·
LOS CONTRIBUYENTES QUE HAYAN OPTADO POR APLICAR LO DISPUESTO POR LA
FRACCION II DE LA REGLA I.2.10.15. DE LA PRIMERA RESOLUCION DE MODIFICACIONES A
LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2009 PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA
FEDERACION EL 7 DE AGOSTO DE 2009 (REGLA I.2.18.5. DE LA SEGUNDA RESOLUCION DE
MODIFICACIONES A LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2009 PUBLICADA EN EL
DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 21 DE DICIEMBRE DE 2009), PROPORCIONARAN LA
INFORMACION DE ESTE ANEXO QUE DIFIRIERON DEL EJERCICIO FISCAL DE 2008,
CONJUNTAMENTE CON LA CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL 2009.
·
EN ESTE ANEXO LOS DATOS SE PROPORCIONARAN AGRUPADOS POR CADA RESIDENTE
EN EL EXTRANJERO, O BIEN, POR CADA FIDUCIARIO DE UN CONTRATO DE FIDEICOMISO.
·
EN LA COLUMNA “NUMERO DE IDENTIFICACION FISCAL”, SE ANOTARA EL NUMERO O
CLAVE DE IDENTIFICACION FISCAL QUE UTILIZA LA PARTE RELACIONADA EN SU PAIS DE
RESIDENCIA, EN CASO DE QUE EN EL PAIS DE RESIDENCIA DE LA PARTE RELACIONADA NO
SE UTILICE DICHA CLAVE, SE ANOTARA N/A.
·
EN LA COLUMNA “PAIS DE RESIDENCIA FISCAL”, SE ANOTARA LA CLAVE Y NOMBRE
DEL PAIS DE RESIDENCIA FISCAL, DE CONFORMIDAD CON EL CATALOGO CONTENIDO EN EL
APENDICE VI DE ESTE INSTRUCTIVO.
·
EN LA COLUMNA “TASA EFECTIVA DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA PAGADA EN EL
EXTRANJERO (MENOR AL 75% DEL QUE SE PAGARIA EN MEXICO)” SE ANOTARA LA TASA
CALCULADA EN PORCENTAJE Y DETERMINADA CONFORME AL TERCER Y CUARTO PARRAFOS DEL
ARTICULO 212 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, QUE SEÑALAN:
“PARA LOS EFECTOS DE ESTA LEY, SE CONSIDERARAN
INGRESOS SUJETOS A REGIMENES FISCALES PREFERENTES, LOS QUE NO ESTAN GRAVADOS EN
EL EXTRANJERO O LO ESTAN CON UN IMPUESTO SOBRE LA RENTA INFERIOR AL 75% DEL
IMPUESTO SOBRE LA RENTA QUE SE CAUSARIA Y PAGARIA EN MEXICO, EN LOS TERMINOS DE
LOS TITULOS II O IV DE ESTA LEY, SEGUN CORRESPONDA.” Y
“SE CONSIDERARA QUE LOS INGRESOS ESTAN SUJETOS
A UN REGIMEN FISCAL PREFERENTE CUANDO EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA EFECTIVAMENTE
CAUSADO Y PAGADO EN EL PAIS O JURISDICCION DE QUE SE TRATE SEA INFERIOR AL
IMPUESTO CAUSADO EN MEXICO EN LOS TERMINOS DE ESTE ARTICULO POR LA APLICACION
DE UNA DISPOSICION LEGAL, REGLAMENTARIA, ADMINISTRATIVA, DE UNA RESOLUCION,
AUTORIZACION, DEVOLUCION, ACREDITAMIENTO O CUALQUIER OTRO PROCEDIMIENTO.”
·
EN LA COLUMNA “TIPO DE MONEDA”, SE DEBERA ANOTAR LA MONEDA Y EL PAIS AL
QUE CORRESPONDE DE CONFORMIDAD CON EL CATALOGO CONTENIDO EN EL APENDICE VII DE
ESTE INSTRUCTIVO.
·
EN LA COLUMNA “TIPO DE INGRESO” SE ANOTARAN LOS SIGUIENTES TIPOS DE
INGRESO:
1. INGRESOS POR CONCEPTO DE INTERESES, EN INSTITUCIONES DEL SISTEMA
FINANCIERO
2. INGRESOS DERIVADOS DE SOCIEDADES DE INVERSION
3. OTROS INGRESOS DERIVADOS DE ENTIDADES DEL SISTEMA FINANCIERO (SWAPS,
OPCIONES, ETC.)
4. INGRESOS POR LA INVERSION EN ACCIONES DE PERSONAS MORALES
5. PARTICIPACION EN FIDEICOMISOS Y SIMILARES
6. INGRESOS DERIVADOS DE INVERSIONES EN ASOCIACIONES EN PARTICIPACION Y
SIMILARES
7. INGRESOS POR VENTA DE ACCIONES
8. OTROS INGRESOS
·
CUANDO EN LA COLUMNA “INFORMACION DE ENTIDAD INTERPUESTA” SE ANOTE “SI”, SE ENTENDERA QUE TODA LA
INFORMACION CORRESPONDIENTE A LAS COLUMNAS ANTERIORES SE REFIERE A LA ENTIDAD
INTERPUESTA.
·
CUANDO SE ANOTE INFORMACION EN LA PARTE RELATIVA A: “EN EL CASO DE
INGRESOS GENERADOS EN PARTICIPACION CON OTRAS ENTIDADES”, SE ENTENDERA QUE TODA
LA INFORMACION CORRESPONDIENTE A LAS COLUMNAS ANTERIORES SE REFIERE A LA
ENTIDAD INTERPUESTA.
·
EN LA COLUMNA “CUENTA CON LA INFORMACION DE LA ENTIDAD QUE GENERO
INGRESOS POR PARTICIPACION CON OTRAS ENTIDADES” SE INDICARA SI SE CUENTA O NO
CON LA INFORMACION DE LA ENTIDAD EN LA QUE SE PARTICIPA CON OTRAS ENTIDADES.
·
EN LA COLUMNA “ACTIVIDAD QUE REALIZA LA ENTIDAD EN LA QUE PARTICIPA” SE
ANOTARA LA INFORMACION CORRESPONDIENTE A LA CLAVE DEL CATALOGO DE ACTIVIDADES
ECONOMICAS, VIGENTE A LA FECHA DE PRESENTACION DEL DICTAMEN, SEGUN EL ANEXO 6
DE LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2009.
·
CUANDO SE ANOTE “SI” EN LA
COLUMNA “SEÑALAR SI LA INFORMACION ES PARA EL CASO DE INGRESOS GENERADOS EN
FIDEICOMISOS Y SIMILARES”, SE ENTENDERA QUE TODA LA INFORMACION CORRESPONDIENTE
A LAS COLUMNAS ANTERIORES SE REFIERE A OPERACIONES CON FIDEICOMISOS.
CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y EL
DETERMINADO PARA EL IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA.
·
EL DATO QUE SE DEBE ANOTAR EN EL INDICE “BASE PARA EL CALCULO DEL
CREDITO FISCAL”, ES EL MONTO DE LAS DEDUCCIONES AUTORIZADAS QUE SEAN MAYORES A
LOS INGRESOS GRAVADOS.
·
PARA DETERMINAR LAS PARTIDAS EN CONCILIACION, LOS CONTRIBUYENTES PODRAN
CONSIDERAR, ENTRE OTROS, INFORMACION PROVENIENTE DEL PROPIO SIPRED 2009:
v PARA LOS INGRESOS GRAVABLES
PARA EFECTOS DEL IETU NO CONTABLES, LA PROVENIENTE DEL ANEXO: CONCILIACION
ENTRE LOS INGRESOS DICTAMINADOS SEGUN ESTADO DE RESULTADOS, LOS ACUMULABLES
PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, LOS PERCIBIDOS PARA EFECTOS DEL
IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA Y EL TOTAL DE ACTOS O ACTIVIDADES PARA
EFECTOS DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO.
v PARA LAS DEDUCCIONES
CONTABLES NO AFECTAS AL IETU, LAS PROVENIENTES DE LOS ANEXOS: ESTADO DE
POSICION FINANCIERA, ESTADO DE RESULTADOS, INTEGRACION ANALITICA DE VENTAS O
INGRESOS NETOS, ANALISIS COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DE GASTOS, ANALISIS
COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DE OTROS GASTOS, ANALISIS COMPARATIVO DE LAS
SUBCUENTAS DEL RESULTADO INTEGRAL DE FINANCIAMIENTO, CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO
CONTABLE Y FISCAL PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, CONCILIACION ENTRE
LOS INGRESOS DICTAMINADOS SEGUN ESTADO DE RESULTADOS, LOS ACUMULABLES PARA
EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, LOS PERCIBIDOS PARA EFECTOS DEL IMPUESTO
EMPRESARIAL A TASA UNICA Y EL TOTAL DE ACTOS O ACTIVIDADES PARA EFECTOS DEL
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO Y OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS.
v PARA LAS DEDUCCIONES
AUTORIZADAS PARA EFECTOS DEL IETU NO CONTABLES, LAS PROVENIENTES DE LOS ANEXOS:
ESTADO DE POSICION FINANCIERA, DETERMINACION DEL COSTO DE LO VENDIDO PARA
EFECTOS CONTABLES Y DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, ANALISIS COMPARATIVO DE LAS
SUBCUENTAS DE GASTOS, INVERSIONES Y TERRENOS, ASI COMO DATOS INFORMATIVOS.
v PARA LOS INGRESOS CONTABLES
NO AFECTOS O EXENTOS EN EL IETU, LAS PROVENIENTES DE LOS ANEXOS: ESTADO DE
RESULTADOS, INTEGRACION ANALITICA DE VENTAS O INGRESOS NETOS, ANALISIS
COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DE OTROS GASTOS, ANALISIS COMPARATIVO DE LAS
SUBCUENTAS DEL RESULTADO INTEGRAL DE FINANCIAMIENTO Y CONCILIACION ENTRE LOS
INGRESOS DICTAMINADOS SEGUN ESTADO DE RESULTADOS, LOS ACUMULABLES PARA EFECTOS
DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, LOS PERCIBIDOS PARA EFECTOS DEL IMPUESTO
EMPRESARIAL A TASA UNICA Y EL TOTAL DE ACTOS O ACTIVIDADES PARA EFECTOS DEL
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO.
·
PARA EFECTOS DE LAS DEDUCCIONES CONTABLES NO AFECTAS AL IETU, LOS
CONTRIBUYENTES PODRAN:
v DETERMINAR LAS “DEDUCCIONES
NO PAGADAS EN EL EJERCICIO” CONFORME AL SIGUIENTE PROCEDIMIENTO QUE SE MUESTRA
A MANERA DE EJEMPLO.
CONCEPTO |
|
SUMA DE DEDUCCIONES CONTABLES
(ESTADO DE RESULTADOS) |
|
ANEXO |
ANALISIS COMPARATIVO DE
LAS SUBCUENTAS DE GASTOS |
TOTAL DE GASTOS (COLUMNA TOTAL 2009) |
|
ANEXO |
ANALISIS COMPARATIVO DE
LAS SUBCUENTAS DE OTROS GASTOS |
OTROS NO RELACIONADOS CON ACTIVO FIJO NI PTU |
|
|
OTRAS PARTIDAS |
IGUAL A TOTAL 1
(DEDUCCIONES CONTABLES (ESTADO DE RESULTADOS)) |
|
MENOS.- DEDUCCIONES
CONTABLES NO AFECTAS A IETU |
|
|
CONCILIACION ENTRE EL
RESULTADO CONTABLE Y EL DETERMINADO PARA EL IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA |
|
TOTAL DE REMUNERACIONES AL PERSONAL |
|
TOTAL DE PRESTACIONES AL PERSONAL |
|
CUOTAS AL IMSS |
|
APORTACIONES AL INFONAVIT |
|
SEGURO DE RETIRO |
|
MULTAS |
|
GASTOS NO DEDUCIBLES |
|
DEPRECIACION CONTABLE |
|
PROVISIONES |
|
ESTIMACIONES |
|
AMORTIZACIONES |
|
REGALIAS CON PARTES RELACIONADAS |
|
OTRAS PARTIDAS |
IGUAL A TOTAL 2 (DEDUCCIONES CONTABLES NO AFECTAS A IETU) |
|
MENOS.- DEDUCCIONES AUTORIZADAS PARA EFECTOS DE IETU NO CONTABLES |
|
ANEXO |
DATOS INFORMATIVOS * |
|
EROGACIONES POR SERVICIOS
INDEPENDIENTES |
|
EROGACIONES POR EL USO O
GOCE TEMPORAL DE BIENES |
|
CONTRIBUCIONES A CARGO |
|
EROGACIONES POR
APROVECHAMIENTOS |
|
INDEMNIZACIONES POR DAÑOS
Y PERJUICIOS Y PENAS CONVENCIONALES |
|
PREMIOS PAGADOS EN
EFECTIVO |
|
DONATIVOS |
|
OTRAS DEDUCCIONES
AUTORIZADAS |
|
OTRAS PARTIDAS |
IGUAL A TOTAL 3 (DEDUCCIONES AUTORIZADAS PARA EFECTOS DE IETU NO
CONTABLES) |
|
TOTAL 4 (DEDUCCIONES NO PAGADAS EN EL EJERCICIO) = TOTAL 1 - TOTAL 2 -
TOTAL 3 ESTE RESULTADO DEBE SER
POSITIVO DE LO CONTRARIO SERA CERO |
|
INFORMACION NECESARIA PARA
EL SIGUIENTE CUADRO: |
|
TOTAL 5 (PROPORCION DE DEDUCCIONES NO PAGADAS) = TOTAL 4 / (TOTAL 1 –
TOTAL 2) ESTE RESULTADO SE EXPRESA
EN PORCENTAJE |
|
TOTAL 6 (PROPORCION DE DEDUCCIONES PAGADAS) = (1- TOTAL 5) ESTE RESULTADO SE EXPRESA
EN PORCENTAJE |
v CUANDO SE ENAJENEN TERRENOS,
SE PODRA NO ASENTAR DATO ALGUNO EN EL RENGLON “COSTO CONTABLE EN VENTA DE
TERRENO”, SIEMPRE QUE EN EL RENGLON “COSTO CONTABLE EN VENTA DE INVERSIONES
(ACTIVO FIJO SIN TERRENOS”, SE INCLUYA EL COSTO CONTABLE EN VENTA DE TERRENO.
·
PARA EFECTOS DE LAS DEDUCCIONES AUTORIZADAS PARA EFECTOS DEL IETU NO
CONTABLES, LOS CONTRIBUYENTES PODRAN:
v DETERMINAR LOS “GASTOS DE
FABRICACION DEL EJERCICIO Y PAGADOS EN EL MISMO” CONFORME AL SIGUIENTE
PROCEDIMIENTO QUE SE MUESTRA A MANERA DE EJEMPLO.
CONCEPTO |
|
ANEXO |
ANALISIS COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DE GASTOS |
|
TOTAL DE GASTOS (COLUMNA
GASTOS DE FABRICACION 2009) |
MENOS: |
|
|
ANALISIS COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DE GASTOS |
ANEXO |
TOTAL DE REMUNERACIONES
(COLUMNA GASTOS DE FABRICACION 2009) |
|
TOTAL DE PRESTACIONES AL
PERSONAL (COLUMNA GASTOS DE FABRICACION 2009) |
|
CUOTAS AL IMSS (COLUMNA
GASTOS DE FABRICACION 2009) |
|
APORTACIONES AL INFONAVIT
(COLUMNA GASTOS DE FABRICACION 2009) |
|
SEGURO DE RETIRO (COLUMNA
GASTOS DE FABRICACION 2009) |
|
TOTAL DE DEPRECIACIONES
(COLUMNA GASTOS DE FABRICACION 2009) |
|
TOTAL DE AMORTIZACIONES
(COLUMNA GASTOS DE FABRICACION 2009) |
|
GASTOS NO DEDUCIBLES
(COLUMNA GASTOS DE FABRICACION 2009) |
|
OTROS GASTOS (COLUMNA
GASTOS DE FABRICACION 2009) |
IGUAL |
GASTOS DE FABRICACION DEL
EJERCICIO 2009 |
POR |
TOTAL 6 PROPORCION DE
DEDUCCIONES PAGADAS (CUADRO ANTERIOR) |
IGUAL |
GASTOS DE FABRICACION DEL EJERCICIO Y PAGADOS EN EL MISMO |
v LOS CONTRIBUYENTES PODRAN NO
ASENTAR DATO ALGUNO EN EL RENGLON “ADQUISICIONES DE INVENTARIOS DE EJERCICIOS
ANTERIORES Y PAGADAS EN ESTE (APLICABLE A PARTIR DEL EJERCICIO DE 2009) SIEMPRE
QUE EN EL RENGLON “ADQUISICIONES DE INVENTARIOS EFECTUADAS EN EL EJERCICIO Y
PAGADAS EN EL MISMO”, SE INCLUYA LA TOTALIDAD DE LAS EROGACIONES POR
ADQUISICION DE BIENES DEL EJERCICIO.
v LOS CONTRIBUYENTES PODRAN NO
ASENTAR DATO ALGUNO EN EL RENGLON “GASTOS DE FABRICACION DE EJERCICIOS
ANTERIORES Y PAGADOS EN ESTE (APLICABLE A PARTIR DEL EJERCICIO DE 2009) SIEMPRE
QUE EN EL RENGLON “GASTOS DE FABRICACION DEL EJERCICIO Y PAGADOS EN EL MISMO”,
SE INCLUYA LA TOTALIDAD DE LAS EROGACIONES POR GASTOS DE FABRICACION DEL
EJERCICIO.
·
SI LOS CONTRIBUYENTES REALIZARON LOS PROCEDIMIENTOS ANTERIORMENTE
SEÑALADOS Y TODAVIA TIENEN ALGUNA DIFERENCIA PARA EFECTOS DE DETERMINAR LA BASE
GRAVABLE DEL EJERCICIO, PODRAN::
v SUMAR LA DIFERENCIA PARA
EFECTOS DE DETERMINAR LA BASE GRAVABLE DEL EJERCICIO, EN UNA CUENTA DENOMINADA
“FLUJO DE EFECTIVO DE AÑOS ANTERIORES” EN EL PRIMER RENGLON POSTERIOR AL
DENOMINADO “OTROS” DE LOS INGRESOS GRAVABLES PARA EFECTOS DEL IETU NO
CONTABLES.
v RESTAR LA DIFERENCIA PARA
EFECTOS DE DETERMINAR LA BASE GRAVABLE DEL EJERCICIO, EN UNA CUENTA DENOMINADA
“FLUJO DE EFECTIVO DE AÑOS ANTERIORES” EN EL PRIMER RENGLON POSTERIOR AL
DENOMINADO “OTROS” DE LAS DEDUCCIONES AUTORIZADAS PARA EFECTOS DEL IETU NO
CONTABLES.
ACREDITAMIENTO DE CREDITOS FISCALES DETERMINADOS PARA EFECTOS DEL
IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA.
·
CUANDO EL CONTRIBUYENTE NO HAYA DETERMINADO CREDITOS FISCALES, DEJARA EN
BLANCO ESTE ANEXO.
CONCILIACION ENTRE LOS INGRESOS DICTAMINADOS SEGUN ESTADO DE RESULTADOS,
LOS ACUMULABLES PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, LOS PERCIBIDOS PARA
EFECTOS DEL IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA Y EL TOTAL DE ACTOS O ACTIVIDADES
PARA EFECTOS DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO.
·
PARA DETERMINAR LOS INGRESOS GRAVADOS PARA EFECTOS DE IETU, TOMANDO COMO
PUNTO DE PARTIDA LOS INGRESOS ACUMULABLES PARA EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, LOS
CONTRIBUYENTES PODRAN CONSIDERAR, ENTRE OTRA, LA SIGUIENTE INFORMACION
PROVENIENTE DEL PROPIO SIPRED 2009:
v PARA LOS CONCEPTOS QUE SE
SUMAN A LOS INGRESOS ACUMULABLES PARA EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, LA
PROVENIENTE DE LOS ANEXOS: ESTADO DE POSICION FINANCIERA, INTEGRACION ANALITICA
DE VENTAS O INGRESOS NETOS Y ANALISIS COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DE OTROS
GASTOS.
v PARA LOS CONCEPTOS QUE SE
RESTAN DE LOS INGRESOS ACUMULABLES PARA EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, LA
PROVENIENTE DE LOS ANEXOS: INTEGRACION ANALITICA DE VENTAS O INGRESOS NETOS,
ANALISIS COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DE OTROS GASTOS, CONCILIACION ENTRE EL
RESULTADO CONTABLE Y EL DETERMINADO PARA EL IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA Y
LA DE ESTE MISMO ANEXO.
OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS.
·
EN ESTE ANEXO LOS DATOS SE PROPORCIONARAN AGRUPADOS POR CADA PARTE
RELACIONADA, GLOBALIZANDO LAS OPERACIONES POR TIPO DE OPERACION DURANTE EL
EJERCICIO, PARA EFECTOS TANTO DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA COMO DEL IMPUESTO
EMPRESARIAL A TASA UNICA.
·
LA INFORMACION RELATIVA AL “IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA” DE ESTE
ANEXO, SE PODRA NO PRESENTAR PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 2009.
·
EN LA COLUMNA “NUMERO DE IDENTIFICACION FISCAL O RFC”, SE ANOTARA EL
NUMERO O CLAVE DE IDENTIFICACION FISCAL QUE UTILIZA LA PARTE RELACIONADA EN SU
PAIS DE RESIDENCIA, EN CASO DE QUE EN EL PAIS DE RESIDENCIA DE LA PARTE
RELACIONADA NO SE UTILICE DICHA CLAVE, SE ANOTARA N/A.
CUANDO LA PARTE RELACIONADA SEA UN RESIDENTE EN TERRITORIO NACIONAL, SE
ANOTARA EL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES.
·
EN LA COLUMNA “TIPO DE OPERACION”, SE ANOTARA LA CLAVE Y DESCRIPCION QUE
CORRESPONDA AL TIPO DE OPERACION REALIZADA, DE CONFORMIDAD CON EL CATALOGO
CONTENIDO EN EL APENDICE IV DE ESTE INSTRUCTIVO.
·
EN LA COLUMNA “PAIS DE RESIDENCIA”, SE ANOTARA LA CLAVE Y NOMBRE DEL
PAIS DE RESIDENCIA, DE CONFORMIDAD CON EL CATALOGO CONTENIDO EN EL APENDICE VI
DE ESTE INSTRUCTIVO.
·
LA COLUMNA “MONTO EN PESOS”, CONTENDRA LOS IMPORTES DE LAS OPERACIONES
REALIZADAS QUE DIERON ORIGEN A INGRESOS ACUMULABLES Y DEDUCCIONES AUTORIZADAS
PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, O BIEN, A INGRESOS GRAVABLES O
DEDUCCIONES PARA EFECTOS DEL IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA.
·
EN LA COLUMNA “METODO DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA APLICADO”, SE ANOTARA
LA CLAVE Y DESCRIPCION QUE CORRESPONDA AL METODO DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA
APLICADO, DE CONFORMIDAD CON EL CATALOGO CONTENIDO EN EL APENDICE V DE ESTE
INSTRUCTIVO.
·
CUANDO EN LA COLUMNA “LA OPERACION ESTA PACTADA COMO CON PARTES
INDEPENDIENTES EN OPERACIONES COMPARABLES” SE ANOTE “SI”, ES PORQUE SE CUENTA CON LA INFORMACION QUE DEMUESTRA QUE LAS
OPERACIONES ESTAN PACTADAS COMO LO HARIAN PARTES INDEPENDIENTES EN OPERACIONES
COMPARABLES.
·
EN LA COLUMNA “AJUSTE FISCAL PARA QUE LA OPERACION SE CONSIDERASE
PACTADA COMO CON PARTES INDEPENDIENTES EN OPERACIONES COMPARABLES”, SE DEBERA
PRESENTAR EL AJUSTE DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA, QUE EN SU CASO, HAYAN
REALIZADO LOS CONTRIBUYENTES PARA QUE LA OPERACION CON PARTES RELACIONADAS QUE
SE ESTA MANIFESTANDO HAYA QUEDADO DETERMINADA COMO LO HUBIERAN HECHO PARTES
INDEPENDIENTES EN OPERACIONES COMPARABLES. EN CASO DE NO EXISTIR AJUSTE SE
DEJARA EN BLANCO EL RENGLON DE ESTA COLUMNA.
·
EN LA COLUMNA “EJERCICIO EN EL QUE SE REGISTRO COMO INGRESO, COSTO,
GASTO O INVERSION”, SE DEBERA REFLEJAR EL EJERCICIO FISCAL EN EL QUE PARA
EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA EL INGRESO, COSTO, GASTO O INVERSION QUE SE
RELACIONA FUE CONSIDERADO COMO INGRESO ACUMULABLE O DEDUCCION Y, EN EL CASO DE
INVERSIONES EL PRIMER EJERCICIO EN EL QUE SE DEDUJO COMO DEPRECIACION.
CUANDO SE
TRATE DE LAS SIGUIENTES OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS, SE ESTARA A LO
SIGUIENTE:
CLAVE |
TIPO DE OPERACION |
INFORMACION A PROPORCIONAR |
||||||||
DENOMINACION O RAZON
SOCIAL DE LA PARTE RELACIONADA |
NUMERO DE IDENTIFICACION
FISCAL O RFC |
TIPO DE OPERACION |
PAIS DE RESIDENCIA |
MONTO EN PESOS |
METODO DE PRECIOS DE
TRANSFERENCIA APLICADO |
LA OPERACION ESTA PACTADA
COMO CON PARTES INDEPENDIENTES EN OPERACIONES COMPARABLES |
AJUSTE FISCAL PARA QUE LA
OPERACION SE CONSIDERASE PACTADA COMO CON PARTES INDEPENDIENTES EN
OPERACIONES COMPARABLES |
EJERCICIO EN EL QUE SE
REGISTRO COMO INGRESO, COSTO, GASTO O INVERSION |
||
(SI O NO) |
||||||||||
OPERACIONES DE INGRESO |
||||||||||
1303 |
GANANCIA REALIZADA POR FUSION |
DATOS DE LA FUSIONANTE |
Si |
Si |
Si |
Si |
NO |
NO |
NO |
NO |
1304 |
GANANCIA REALIZADA POR ESCISION |
DATOS DE LA(S)
ESCINDIDA(S) |
Si |
Si |
Si |
Si |
NO |
NO |
NO |
NO |
1305 |
GANANCIA QUE PROVENGA DE REDUCCION DE
CAPITAL DE SOCIEDADES MERCANTILES RESIDENTES EN EL EXTRANJERO |
Si |
Si |
Si |
Si |
Si |
NO |
NO |
NO |
NO |
1306 |
GANANCIA QUE PROVENGA DE LIQUIDACION DE
SOCIEDADES MERCANTILES RESIDENTES EN EL EXTRANJERO |
Si |
Si |
Si |
Si |
Si |
NO |
NO |
NO |
NO |
1307 |
INGRESOS POR RECUPERACION DE CREDITOS
INCOBRABLES |
Si |
Si |
Si |
Si |
Si |
NO |
NO |
NO |
SI |
1309 |
AJUSTE ANUAL POR INFLACION RELATIVO A LOS
CREDITOS Y DEUDAS CON PARTES RELACIONADAS |
NO |
NO |
SI |
NO |
SI |
NO |
NO |
NO |
NO |
1310 |
UTILIDAD EN CAMBIOS GENERADA DE SALDOS Y
OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS |
NO |
NO |
SI |
NO |
SI |
NO |
NO |
NO |
NO |
1311 |
CANTIDADES RECIBIDAS EN EFECTIVO, EN MONEDA
NACIONAL O EXTRANJERA POR CONCEPTO DE PRESTAMOS, APORTACIONES PARA FUTUROS
AUMENTOS DE CAPITAL MAYORES A $600,000 CUANDO NO SE CUMPLA CON LO PREVISTO EN
EL ARTICULO 86-A DE LA L.I.S.R. |
Si |
Si |
Si |
Si |
Si |
NO |
NO |
NO |
NO |
1312 |
INGRESOS POR DIVIDENDOS |
Si |
Si |
Si |
Si |
Si |
NO |
NO |
NO |
NO |
OPERACIONES DE COSTO Y
GASTOS |
||||||||||
3007 |
CREDITOS INCOBRABLES, PERDIDAS POR CASO
FORTUITO, FUERZA MAYOR O POR ENAJENACION DE BIENES DISTINTOS DE INVENTARIO |
NO |
NO |
SI |
NO |
SI |
NO |
NO |
NO |
NO |
3008 |
AJUSTE ANUAL POR INFLACION RELATIVO A LOS
CREDITOS Y DEUDAS CON PARTES RELACIONADAS |
NO |
NO |
SI |
NO |
SI |
NO |
NO |
NO |
NO |
3009 |
PERDIDA EN CAMBIOS GENERADA DE SALDOS Y
OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS |
NO |
NO |
SI |
NO |
SI |
NO |
NO |
NO |
NO |
INFORMACION DEL
CONTRIBUYENTE SOBRE SUS OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS.
·
CUALQUIER EXPLICACION SOLICITADA EN ESTE ANEXO, CUYO ESPACIO ASIGNADO
RESULTE INSUFICIENTE, DEBERA HACERSE A TRAVES DEL ANEXO DENOMINADO “INFORMACION
ADICIONAL”.
·
SI A CRITERIO DE LA PERSONA QUE RESPONDA EL CUESTIONARIO NO HAY UNA
RESPUESTA POSIBLE PARA UNA PREGUNTA EN UN RENGLON DETERMINADO SE PODRA DEJAR EN
BLANCO EL RENGLON QUE CORRESPONDA.
EN ESTE CASO, SE DEBERAN HACER ACLARACIONES DEL PORQUE SE QUEDO EN
BLANCO LA RESPUESTA A UNA PREGUNTA DETERMINADA, ESTO SE PODRA HACER EN EL
ARCHIVO DEL SIPRED 2009 DENOMINADO INFORMACION ADICIONAL, YA QUE DE NO HACERLO
EL SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA ENTENDERA QUE EL CONTRIBUYENTE TENIA
LA OBLIGACION CUESTIONADA Y NO LE DIO CUMPLIMIENTO.
·
EN GENERAL UNA RESPUESTA NO APLICABLE (N/A) SIGNIFICA QUE EL
CONTRIBUYENTE NO SE ENCUENTRA ANTE EL SUPUESTO ESTABLECIDO PARA LA PREGUNTA,
POR EJEMPLO:
PREGUNTA |
SIGNIFICADO DE UNA
RESPUESTA N/A |
EL CONTRIBUYENTE CUENTA
CON UN ESTUDIO DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA (DOCUMENTACION A QUE SE REFIERE LA
FRACCION XII DEL ARTICULO 86 DE LA LISR) |
SIGNIFICA QUE: A) EL
CONTRIBUYENTE SE ENCUENTRA EN EL SUPUESTO ESTABLECIDO EN EL SEGUNDO PARRAFO
DE LA FRACCION XII DEL ARTICULO 86 DE LA LISR, ES DECIR, QUE REALIZO
ACTIVIDADES EMPRESARIALES Y OBTUVO INGRESOS EN EL EJERCICIO INMEDIATO
ANTERIOR QUE NO HAYAN EXCEDIDO DE $ 13’000,000.00, O BIEN, PRESTO SERVICIOS
PROFESIONALES Y OBTUVO INGRESOS QUE NO HUBIESEN EXCEDIDO EN DICHO EJERCICIO
DE $ 3’000,000.00, SIEMPRE QUE NO ESTE EN EL SUPUESTO A QUE SE REFIERE EL
PENULTIMO PARRAFO DEL ARTICULO 215 DE ESTA LEY. B) EL
CONTRIBUYENTE NO REALIZO OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS RESIDENTES EN EL
EXTRANJERO. |
EL CONTRIBUYENTE PRESENTO
SU DECLARACION INFORMATIVA POR SUS OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS
RESIDENTES EN EL EXTRANJERO (FRACCION XIII DEL ARTICULO 86 DE LA LISR) |
SIGNIFICA QUE EL
CONTRIBUYENTE SE ENCUENTRA EN EL SUPUESTO ESTABLECIDO EN EL PENULTIMO PARRAFO
DEL ARTICULO 216-BIS DE LA LISR. |
·
SI UN CONTRIBUYENTE TIENE MAS DE UNA ACTIVIDAD PREPONDERANTE SE PUEDEN
PRESENTAR SIN LIMITACION LA(S) OTRA(S) ACTIVIDADES DEL CONTRIBUYENTE.
·
EN EL RENGLON VALOR DEL ACTIVO INTANGIBLE QUE TIENE REGISTRADO EN SU
CONTABILIDAD, SE ASENTARA EL SALDO FINAL REFLEJADO EN LOS ESTADOS FINANCIEROS
DEL CONTRIBUYENTE. EN CASO DE HABER DADO DE BAJA O ENAJENADO DURANTE EL
EJERCICIO ALGUN ACTO INTANGIBLE DEBERA REFLEJAR EL VALOR DEL MISMO EN LOS
ESTADOS FINANCIEROS A LA FECHA DE LA BAJA O ENAJENACION.
·
LOS RENGLONES EN LOS QUE EL CONTRIBUYENTE CUENTA CON EVIDENCIA
DOCUMENTAL QUE DEMUESTRE HABER DADO CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO POR LA FRACCION
XV DEL ARTICULO 86 DE LA LISR POR SUS OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS Y EL
CONTRIBUYENTE CUENTA CON EVIDENCIA DOCUMENTAL QUE DEMUESTRE HABER DADO
CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO POR LA FRACCION III DEL ARTICULO 18 DE LA LIETU POR
SUS OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS TANTO RESIDENTES EN TERRITORIO NACIONAL
COMO RESIDENTES EN EL EXTRANJERO, SE REFIEREN A QUE LOS CONTRIBUYENTES QUE
CELEBRARON OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS DEBERAN CONTAR CON EL SOPORTE
QUE ACREDITE QUE SE DETERMINARON SUS INGRESOS ACUMULABLES Y DEDUCCIONES
AUTORIZADAS, CONSIDERANDO PARA ESAS OPERACIONES LOS PRECIOS Y MONTOS DE
CONTRAPRESTACIONES QUE HUBIERAN UTILIZADO CON O ENTRE PARTES INDEPENDIENTES EN
OPERACIONES COMPARABLES, APLICANDO PARA ESTE EFECTO LOS METODOS ESTABLECIDOS EN
EL ARTICULO 216 DE LA LISR, EN EL ORDEN ESTABLECIDO EN EL CITADO ARTICULO.
·
EN LOS RENGLONES QUE SE REFIEREN AL RFC DE LAS PERSONAS QUE ELABORARON
LA DOCUMENTACION QUE DEMUESTRE HABER DADO CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO POR LOS
ARTICULOS 86 FRACCION XII Y XV DE LA LISR Y 18 FRACCION III DE LA LIETU, O
BIEN, QUE ASESORARON EN SU FORMULACION, SE ASENTARA EL RFC DE LA PERSONA FISICA
EXTERNA AL CONTRIBUYENTE QUE ELABORO O ASESORO AL CONTRIBUYENTE. CUANDO HAYA
SIDO EL PERSONAL DEL PROPIO CONTRIBUYENTE EL QUE ELABORO EL ESTUDIO SE ASENTARA
EL RFC DEL CONTRIBUYENTE.
INVERSIONES Y TERRENOS
·
EN ESTE ANEXO SE PRESENTARA PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 2009, LA
INFORMACION RELATIVA AL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y AL IMPUESTO EMPRESARIAL A
TASA UNICA.
DETERMINACION DE LA RENTA GRAVABLE PARA EFECTOS DE LA PARTICIPACION DE
LOS TRABAJADORES EN LAS UTILIDADES DE LAS EMPRESAS DE CONFORMIDAD CON EL
ARTICULO 16 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.
·
CUANDO EL CONTRIBUYENTE NO HAYA DETERMINADO RENTA GRAVABLE PARA EFECTOS
DE LA PARTICIPACION DE LOS TRABAJADORES EN LAS UTILIDADES DE LAS EMPRESAS EN
LOS TERMINOS DEL ARTICULO 16 DE LA LISR, DEJARA EN BLANCO ESTE ANEXO.
DATOS INFORMATIVOS
·
LOS CONTRIBUYENTES QUE HAYAN OPTADO POR NO PRESENTAR LA INFORMACION DEL
EJERCICIO FISCAL DE 2009, EN LAS COLUMNAS CORRESPONDIENTES AL IMPUESTO
EMPRESARIAL A TASA UNICA DE LOS ANEXOS DENOMINADOS ANALISIS COMPARATIVO DE LAS
SUBCUENTAS DE GASTOS, ANALISIS COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DE OTROS GASTOS,
ANALISIS COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DEL RESULTADO INTEGRAL DE FINANCIAMIENTO
Y ANALISIS COMPARATIVO DE LAS CUENTAS DEL ESTADO DE RESUILTADOS, PRESENTARAN LA
INFORMACION EN LOS SIGUIENTES INDICES DE ESTE ANEXO CON LOS SIGUIENTES
CONCEPTOS, CONFORME AL TIPO DE DICTAMEN DE ESTADOS FINANCIEROS QUE CORRESPONDA:
TIP O DE DICTAMEN DE
ESTADOS FINANCIEROS |
SOCIEDADES CONTROLADORAS
Y CONTROLADAS |
INSTITUCIONES DE CREDITO
Y SOFOL |
SEGUROS Y FIANZAS |
INTERMEDIARIOS
FINANCIEROS NO BANCARIOS |
CASAS DE CAMBIO |
CASAS DE BOLSA |
GRUPOS FINANCIEROS |
SOCIEDADES DE INVERSION
DE CAPITALES |
ESTABLECIMIENTOS
PERMANENTES |
NUMERO DE ANEXO EN DONDE
SE AGREGA LA INFORMACION |
36 |
30 |
32 |
32 |
29 |
30 |
29 |
29 |
37 |
NUMERO DE INDICE
PRESTABLECIDO |
363620 |
|
T0003580 |
|
373620 |
||||
|
|
T0003570 |
T0003570 |
|
T0003570 |
T0003570 |
T0003570 |
T0003570 |
|
CONCEPTO IETU |
NUMERO DE INDICE |
||||||||
INGRESOS |
|||||||||
ENAJENACION DE BIENES |
363621 |
T0003571 |
T0003571 |
T0003581 |
T0003571 |
T0003571 |
T0003571 |
T0003571 |
373621 |
EXENTOS POR ENAJENACION DE BIENES |
363622 |
T0003572 |
T0003572 |
T0003582 |
T0003572 |
T0003572 |
T0003572 |
T0003572 |
373622 |
PRESTACION DE SERVICIOS INDEPENDIENTES |
363623 |
T0003573 |
T0003573 |
T0003583 |
T0003573 |
T0003573 |
T0003573 |
T0003573 |
373623 |
EXENTOS POR PRESTACION DE SERVICIOS
INDEPENDIENTES |
363624 |
T0003574 |
T0003574 |
T0003584 |
T0003574 |
T0003574 |
T0003574 |
T0003574 |
373624 |
USO O GOCE TEMPORAL DE BIENES |
363625 |
T0003575 |
T0003575 |
T0003585 |
T0003575 |
T0003575 |
T0003575 |
T0003575 |
373625 |
EXENTOS POR USO O GOCE TEMPORAL DE BIENES |
363626 |
T0003576 |
T0003576 |
T0003586 |
T0003576 |
T0003576 |
T0003576 |
T0003576 |
373626 |
OTROS INGRESOS |
363627 |
T0003577 |
T0003577 |
T0003587 |
T0003577 |
T0003577 |
T0003577 |
T0003577 |
373627 |
TOTAL DE INGRESOS GRAVADOS |
363628 |
T0003578 |
T0003578 |
T0003588 |
T0003578 |
T0003578 |
T0003578 |
T0003578 |
373628 |
DEDUCCIONES |
|
||||||||
EROGACIONES POR ADQUISICION DE BIENES |
363629 |
T0003579 |
T0003579 |
T0003589 |
T0003579 |
T0003579 |
T0003579 |
T0003579 |
373629 |
EROGACIONES POR SERVICIOS INDEPENDIENTES |
363630 |
T0003580 |
T0003580 |
T0003590 |
T0003580 |
T0003580 |
T0003580 |
T0003580 |
373630 |
EROGACIONES POR EL USO O GOCE TEMPORALES DE
BIENES |
363631 |
T0003581 |
T0003581 |
T0003591 |
T0003581 |
T0003581 |
T0003581 |
T0003581 |
373631 |
DEDUCCION DE INVERSIONES (ACTIVO FIJO) |
363632 |
T0003582 |
T0003582 |
T0003592 |
T0003582 |
T0003582 |
T0003582 |
T0003582 |
373632 |
CONTRIBUCIONES A CARGO |
363633 |
T0003583 |
T0003583 |
T0003593 |
T0003583 |
T0003583 |
T0003583 |
T0003583 |
373633 |
EROGACIONES POR APROVECHAMIENTOS |
363634 |
T0003584 |
T0003584 |
T0003594 |
T0003584 |
T0003584 |
T0003584 |
T0003584 |
373634 |
DEVOLUCIONES, DESCUENTOS O BONIFICACIONES,
DEPOSITOS O ANTICIPOS |
363635 |
T0003585 |
T0003585 |
T0003595 |
T0003585 |
T0003585 |
T0003585 |
T0003585 |
373635 |
INDEMINIZACIONES POR DAÑOS Y PERJUICIOS Y
PENAS CONVENCIONALES |
363636 |
T0003586 |
T0003586 |
T0003596 |
T0003586 |
T0003586 |
T0003586 |
T0003586 |
373636 |
RESERVAS VINCULADAS CON LOS SEGUROS DE VIDA
O DE PENSIONES |
|
T0003587 |
|
||||||
CREACION O INCREMENTO DE RESERVAS DE
RIESGOS CATASTROFICAS (ASEGURADORAS) |
|
T0003588 |
|
||||||
PAGO DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y FIANZAS |
|
T0003589 |
|
||||||
PREMIOS PAGADOS EN EFECTIVO |
363637 |
T0003587 |
T0003590 |
T0003597 |
T0003597 |
T0003597 |
T0003597 |
T0003597 |
373637 |
DONATIVOS |
363638 |
T0003588 |
T0003591 |
T0003598 |
T0003598 |
T0003598 |
T0003598 |
T0003598 |
373638 |
PERDIDAS
POR CREDITOS INCOBRABLES (SISTEMA FINANCIERO) |
|
T0003589 |
T0003592 |
T0003599 |
T0003599 |
T0003599 |
T0003599 |
T0003599 |
|
QUITAS,
CONDONACIONES, BONIFICACIONES Y DESCUENTOS SOBRE CARTERA DE CREDITOS (SISTEMA
FINANCIERO) |
|
T0003590 |
T0003593 |
T0003600 |
T0003600 |
T0003600 |
T0003600 |
T0003600 |
|
MONTO
DE LAS RESERVAS PREVENTIVAS GLOBALES |
|
T0003591 |
|
|
|||||
PERDIDAS
POR CREDITOS INCOBRABLES Y CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR |
363639 |
T0003592 |
T0003594 |
T0003601 |
T0003601 |
T0003601 |
T0003601 |
T0003601 |
373639 |
DEDUCCION
ADICIONAL POR INVERSIONES |
363640 |
T0003593 |
T0003595 |
T0003602 |
T0003602 |
T0003602 |
T0003602 |
T0003602 |
373640 |
OTRAS
DEDUCCIONES AUTORIZADAS |
363641 |
T0003594 |
T0003596 |
T0003603 |
T0003603 |
T0003603 |
T0003603 |
T0003603 |
373641 |
TOTAL
DE DEDUCCIONES AUTORIZADAS |
363642 |
T0003595 |
T0003597 |
T0003604 |
T0003604 |
T0003604 |
T0003604 |
T0003604 |
373642 |
BASE
GRAVABLE |
363643 |
T0003596 |
T0003598 |
T0003605 |
T0003605 |
T0003605 |
T0003605 |
T0003605 |
373643 |
DEDUCCIONES
QUE EXCEDEN A LOS INGRESOS |
363644 |
T0003597 |
T0003599 |
T0003606 |
T0003606 |
T0003606 |
T0003606 |
T0003606 |
373644 |
·
PARA EFECTOS DEL CUADRO ANTERIOR, LOS INDICES CITADOS SE DEBERAN AGREGAR
DESPUES DE LOS SIGUIENTES CONCEPTOS PREESTABLECIDOS EN ESTE ANEXO PARA EL
IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA:
v PARA LOS DICTAMENES DE
SOCIEDADES CONTROLADORAS Y SOCIEDADES CONTROLADAS, ESTABLECIMIENTOS PERMANENTES
DE RESIDENTES EN EL EXTRANJERO, ASI COMO INTERMEDIARIOS FINANCIEROS NO
BANCARIOS, EL DENOMINADO “CONTRAPRESTACIONES QUE EFECTIVAMENTE SE COBREN EN EL
PERIODO, POR LAS ENAJENACIONES A PLAZO”.
v PARA LOS DICTAMENES DE
SECTOR FINANCIERO, EXCEPTO EL DE INTERMEDIARIOS FINANCIEROS NO BANCARIOS, EL
DENOMINADO “DEDUCCION DE INVERSIONES”.
OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR.
·
EN ESTE ANEXO LOS DATOS QUE SE SOLICITAN SE PROPORCIONARAN AGRUPADOS POR
CADA UNO DE LOS BIENES IMPORTADOS O EXPORTADOS, POR CADA UNO DE LOS AGENTES
ADUANALES Y DENTRO DE CADA AGENTE ADUANAL AGRUPADOS POR PAIS DE ORIGEN Y
PROCEDENCIA, GLOBALIZANDO LAS OPERACIONES EN QUE INTERVINO Y CONSIGNANDOLAS EN
EL RENGLON O RENGLONES QUE LES CORRESPONDA.
·
EN LAS COLUMNAS: “PAIS DE PROCEDENCIA”, “PAIS DE ORIGEN” Y “PAIS DE
DESTINO”, SE DEBERA ANOTAR LA CLAVE Y NOMBRE DEL PAIS DE CONFORMIDAD CON EL
CATALOGO CONTENIDO EN EL APENDICE VI DE ESTE INSTRUCTIVO.
·
EN LA COLUMNA “PROGRAMA O DECRETO” SE ANOTARA CUANDO SEA PROCEDENTE EL
PROGRAMA O DECRETO BAJO EL CUAL SE LLEVARON A CABO LAS OPERACIONES DE COMERCIO
EXTERIOR.
EJEMPLO: “IMMEX”.
INTEGRACION DE CIFRAS REEXPRESADAS.
·
LOS ESTADOS FINANCIEROS BASICOS QUE SE DICTAMINAN SE PODRAN MOSTRAR A
CIFRAS HISTORICAS; SIN EMBARGO, AQUELLOS CONTRIBUYENTES QUE REEXPRESARON LAS
CIFRAS DE DICHOS ESTADOS, CONFORME A LA NIF B-10 DE LAS NORMAS DE INFORMACION
FINANCIERA (NIF), DEBERAN PROPORCIONAR LA INTEGRACION DE LA ACTUALIZACION DE
LAS PARTIDAS DE ESOS ESTADOS EN EL ANEXO DE “INTEGRACION DE CIFRAS
REEXPRESADAS”.
·
DICHA INTEGRACION CONSISTIRA EN REFLEJAR EL AJUSTE POR ACTUALIZACION
DEUDOR O ACREEDOR DERIVADO DE LOS EFECTOS DE REEXPRESION A LOS ESTADOS
FINANCIEROS DEL EJERCICIO DE QUE SE TRATE QUE FUERON MOTIVO DE REVISION EN LA
AUDITORIA. ASIMISMO, EN LAS NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS, SE INCLUIRA LA
REVELACION DE QUE LA INFORMACION PROPORCIONADA POR REEXPRESION, SE PRESENTA EN
PESOS DE PODER ADQUISITIVO A LA FECHA DE CIERRE DE LOS ESTADOS FINANCIEROS, ASI
COMO EL HECHO DE HABER OPERADO EN UN ENTORNO ECONOMICO INFLACIONARIO Y
CONSECUENTEMENTE HABER REEXPRESADO LOS ESTADOS FINANCIEROS, EL PORCENTAJE DE
INFLACION ACUMULADA DE LOS TRES EJERCICIOS ANTERIORES, EL PORCENTAJE DE
INFLACION DEL PERIODO, ASI COMO EL INDICE DE PRECIOS UTILIZADO.
·
NO ES NECESARIO PRESENTAR ESTE ANEXO, CUANDO UNICAMENTE EXISTAN EFECTOS
INFLACIONARIOS DE EJERCICIOS ANTERIORES QUE AFECTEN LOS ESTADOS FINANCIEROS DEL
EJERCICIO FISCAL DE 2009, EN CUYO CASO, LA INFORMACION RELATIVA SE PRESENTARA
EN LOS RENGLONES RELATIVOS A LOS EFECTOS DE LA INFLACION DE LOS ANEXOS DEL
ESTADO DE RESULTADOS QUE CORRESPONDAN.
CUESTIONARIO DE DIAGNOSTICO FISCAL.
·
LOS INDICES QUE SE SEÑALAN EN EL SIGUIENTE CUADRO (PARTE I Y PARTE II),
CONTIENEN LAS PREGUNTAS RELACIONADAS CON EL CUESTIONARIO DE DIAGNOSTICO FISCAL,
CUYAS RESPUESTAS ESTARAN A CARGO DEL CONTADOR PUBLICO CONFORME A LA REVISION
QUE HAGA A LOS ESTADOS FINANCIEROS DEL CONTRIBUYENTE, POR LO QUE DEBERA
MANIFESTAR EN SU INFORME SOBRE LA REVISION DE LA SITUACION FISCAL DEL
CONTRIBUYENTE, EN FORMA EXPRESA, CUALQUIER OMISION O INCUMPLIMIENTO A LAS
DISPOSICIONES FISCALES SEÑALADAS EN EL CUESTIONARIO DE DIGNOSTICO FISCAL, QUE
HAYA DETECTADO AL EXAMINAR LA SITUACION FISCAL DEL CONTRIBUYENTE DENTRO DEL
ALCANCE DE SUS PRUEBAS SELECTIVAS LLEVADAS A CABO EN CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS
Y PROCEDIMIENTOS DE AUDITORIA.
PARTE I
TIPO DE DICTAMEN DE
ESTADOS FINANCIEROS |
SOCIEDADES CONTROLADORAS Y
CONTROLADAS |
INSTITUCIONES DE CREDITO Y
SOFOL |
SEGUROS Y FIANZAS |
INTERMEDIARIOS FINANCIEROS
NO BANCARIOS |
CASAS DE CAMBIO |
CONCEPTO |
INDICES |
||||
PROCEDIMIENTOS DE AUDITORIA APLICADOS PARA
LA REVISION DE ESTADOS FINANCIEROS |
DEL
DF0003 AL DF0028 |
DEL
DF000008 AL DF000028 |
DEL
DF000008 AL DF000028 |
DEL
DF000008 AL DF000028 |
DEL
DF000008 AL DF000028 |
INGRESOS (I.S.R.) |
DF0469
Y DF0470 |
|
|||
DEDUCCIONES (I.S.R.) |
DF0522
Y DF0523 |
DF000540
Y DF000541 |
DF000527
Y DF000528 |
DF000527
Y DF000528 |
DF000522
Y DF000523 |
DISPOSICIONES ESPECIFICAS (I.S.R.) |
|
DF000559
Y DF000560 |
DF000572
Y DF000573 |
DF000557
Y DF000558 |
DF000540
Y DF000541 |
OTRAS OBLIGACIONES (I.S.R.) |
|
||||
DISPOSICIONES ESPECIFICAS (I.E.T.U.) |
|
DF000660
Y DF000661 |
DF000660
Y DF000661 |
DF000655
Y DF000656 |
|
INGRESOS (I.E.T.U.) |
DF0654
Y DF0655 |
|
|||
DEDUCCIONES (I.E.T.U.) |
DF0690
Y DF0691 |
DF000693
Y DF000694 |
DF000690
Y DF000691 |
DF000690
Y DF000691 |
DF000690
Y DF000691 |
ACREDITAMIENTOS (I.E.T.U.) |
DF0706
Y DF0707 |
DF000703
Y DF000704 |
DF000703
Y DF000704 |
DF000703
Y DF000704 |
DF000703
Y DF000704 |
ACTOS O ACTIVIDADES (I.V.A.) |
DF0857
Y DF0858 |
DF000858
Y DF000859 |
DF000858
Y DF000859 |
DF000858
Y DF000859 |
|
ACDREDITAMIENTO (I.V.A.) |
DF0884
Y DF0885 |
DF000875
Y DF000876 |
DF000875
Y DF000876 |
DF000874
Y DF000875 |
DF000884
Y DF000885 |
DISPOSICIONES ESPECIFICAS DEL IMPUESTO AL
VALOR AGREGADO (I.V.A.) |
|
DF000897
Y DF000898 |
|
||
OBLIGACIONES (I.V.A.) |
DF0917
Y DF0918 |
|
DF000917
Y DF000918 |
||
IMPUESTO A LOS DEPOSITOS EN EFECTIVO
(I.D.E.) |
DF1005
Y DF1006 |
|
PARTE II
TIPO DE DICTAMEN DE
ESTADOS FINANCIEROS |
CASAS DE BOLSA |
GRUPOS FINANCIEROS |
SOCIEDADES DE INVERSION DE
CAPITALES |
SOCIEDADES DE INVERSION DE
RENTA FIJA Y EN INSTRUMENTOS DE DEUDA |
ESTABLECIMIENTOS
PERMANENTES |
CONCEPTO |
INDICES |
||||
PROCEDIMIENTOS DE AUDITORIA APLICADOS PARA
LA REVISION DE ESTADOS FINANCIEROS |
DEL
DF000008 AL DF000028 |
DEL
DF000008 AL DF000028 |
DEL
DF000008 AL DF000028 |
DEL
DF000008 AL DF000028 |
DEL
DF0003 AL DF0028 |
INGRESOS (I.S.R.) |
|
DF0472
Y DF0473 |
|||
DEDUCCIONES (I.S.R.) |
DF000522
Y DF000523 |
DF000524
Y DF000525 |
DF000522
Y DF000523 |
|
DF0522
Y DF0523 |
DISPOSICIONES ESPECIFICAS (I.S.R.) |
DF000585
Y DF000586 |
|
|||
OTRAS OBLIGACIONES (I.S.R.) |
|
DF0555
Y DF0556 |
|||
DISPOSICIONES ESPECIFICAS (I.E.T.U.) |
DF000654
Y DF000655 |
|
|||
INGRESOS (I.E.T.U.) |
|
DF0654
Y DF0655 |
|||
DEDUCCIONES (I.E.T.U.) |
DF000690
Y DF000691 |
|
DF000690
Y DF000691 |
|
DF0690
Y DF0691 |
ACREDITAMIENTOS (I.E.T.U.) |
DF000703
Y DF000704 |
DF000703
Y DF000704 |
DF000703
Y DF000704 |
|
DF0703
Y DF0704 |
ACTOS O ACTIVIDADES (I.V.A.) |
DF000858 |
|
DF0857
Y DF0858 |
||
ACDREDITAMIENTO (I.V.A.) |
DF000875
Y DF000876 |
|
DF0884
Y DF0885 |
||
DISPOSICIONES ESPECIFICAS DEL IMPUESTO AL
VALOR AGREGADO (I.V.A.) |
|
DF000884
Y DF000885 |
|
||
OBLIGACIONES (I.V.A.) |
|
DF000917
Y DF000918 |
DF000917
Y DF000918 |
|
DF0917
Y DF0918 |
IMPUESTO A LOS DEPOSITOS EN EFECTIVO
(I.D.E.) |
|
DF1004
Y DF1005 |
·
LAS RESPUESTAS A LOS INDICES DEL DF0029 AL INDICE DF0070 PARA EL CASO DE
SOCIEDADES CONTROLADORAS Y CONTROLADAS Y ESTABLECIMIENTOS PERMANENTES DE
RESIDENTES EN EL EXTRANJERO, ASI COMO DE LOS INDICES DEL DF000029 AL INDICE
DF000073 PARA EL CASO DEL SECTOR FINANCIERO PODRAN NO PRESENTARSE PARA EL
EJERCICIO FISCAL DE 2009.
·
EN LA PREGUNTA DF0005 PARA EL CASO DE SOCIEDADES CONTROLADORAS Y
CONTROLADAS Y ESTABLECIMIENTOS PERMANENTES DE RESIDENTES EN EL EXTRANJERO SE
PRETENDE QUE EL CONTADOR PUBLICO REGISTRADO DESCRIBA, EN SU CASO, EN EL INFORME
SOBRE LA REVISION DE LA SITUACION FISCAL DEL CONTRIBUYENTE LAS DEFICIENCIAS
IMPORTANTES EN EL DISEÑO Y OPERACION DE LA ESTRUCTURA DEL CONTROL INTERNO QUE
DETECTO Y QUE A SU JUICIO PODRIAN AFECTAR NEGATIVAMENTE LA CAPACIDAD DEL
CONTRIBUYENTE PARA REGISTRAR, PROCESAR, RESUMIR Y REPORTAR INFORMACION
FINANCIERA QUE TIENE REPERCUSION FISCAL. A CONTINUACION SE CITAN ALGUNOS
EJEMPLOS:
- DISEÑO INADECUADO DE LA
ESTRUCTURA DEL CONTROL INTERNO EN GENERAL
- FALTA DE REVISION Y
APROBACION ADECUADA DE LAS TRANSACCIONES, POLIZAS CONTABLES O REPORTES EMITIDOS
QUE TIENEN REPERCUISION FISCAL.
- PROCEDIMIENTOS INADECUADOS
PARA LA EVALUACION Y APLICACION ADECUADA DE NORMAS DE INFORMACION FINANCIERA
QUE TIENEN REPERCUSION FISCAL.
- APLICACION INDEBIDA DE NORMAS
DE INFORMACION FINANCIERA QUE REPERCUTEN EN LA SITUACION FISCAL DEL
CONTRIBUYENTE.
- FALLAS EN EL DISEÑO DEL
SISTEMA PARA SUMINISTRAR INFORMACION FINANCIERA Y FISCAL COMPLETA, CORRECTA,
CONGRUENTE Y OPORTUNA.
- DEFICIENCIAS EN LOS
CONTROLES ESTABLECIDOS PARA LA PREVENCION Y DETECCION DE OMISIONES EN LA
INFORMACION CONTABLE Y FISCAL.
- FALLAS EN EL SUMINISTRO
OPORTUNO DE INFORMACION FINANCIERA Y FISCAL COMPLETA,
- TRANSACCIONES IMPORTANTES
CON PARTES RELACIONADAS NO REVELADAS.
·
LOS INDICES QUE SE SEÑALAN EN EL SIGUIENTE CUADRO (PARTE I Y PARTE II),
CONTIENEN LAS PREGUNTAS RELACIONADAS CON EL CUESTIONARIO DE DIAGNOSTICO FISCAL,
CUYAS RESPUESTAS ESTARAN A CARGO DEL CONTRIBUYENTE, SIN EMBARGO, DICHAS
RESPUESTAS SERAN REVISADAS Y VALIDADAS POR EL CONTADOR PUBLICO CONFORME A LAS
NORMAS Y PROCEDIMIENTOS DE AUDITORIA Y AL ALCANCE DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS DE
SU AUDITORIA; CUANDO NO PUEDA VALIDAR LAS RESPUESTAS DEL CONTRIBUYENTE O NO
ESTE DE ACUERDO CON ALGUNA DE ELLAS, DEBERA SEÑALAR EL NUMERO DE INDICE DE LA
PREGUNTA Y EXPLICAR LOS MOTIVOS EN EL INFORME SOBRE LA REVISION DE LA SITUACION
FISCAL DEL CONTRIBUYENTE Y, EN SU CASO, HACER LAS SALVEDADES CORRESPONDIENTES.
PARTE I
TIPO DE DICTAMEN DE
ESTADOS FINANCIEROS |
SOCIEDADES CONTROLADORAS Y
CONTROLADAS |
INSTITUCIONES DE CREDITO Y
SOFOL |
SEGUROS Y FIANZAS |
INTERMEDIARIOS FINANCIEROS
NO BANCARIOS |
CASAS DE CAMBIO |
CONCEPTO |
INDICES |
||||
GENERALIDADES FISCALES |
DEL
DF0150 AL DF0316 |
DEL
DF000159 AL DF000208 |
DEL
DF000159 AL DF000208 |
DEL
DF000159 AL DF000208 |
DEL
DF000159 AL DF000208 |
IMPUESTO SOBRE LA RENTA (I.S.R.) |
DEL
DF0430 AL DF0442 |
DEL
DF000431 AL DF000445 |
DEL
DF000431 AL DF000444 |
DEL
DF000431 AL DF000445 |
DEL
DF000431 AL DF000444 |
INGRESOS (I.S.R.) |
DEL
DF0460 AL DF0468 Y DF0471 |
|
|||
DEDUCCIONES (I.S.R.) / DEDUCCIONES
ESPECIFICAS (I.S.R) |
DEL
DF0489 AL DF0521 Y DF0524 |
DEL
DF000502 AL DF000534 |
DEL
DF000500 AL DF000526 |
DEL
DF000500 AL DF000526 |
DEL
DF000502 AL DF000521 Y DEL DF000524 AL DF000539 |
REGIMEN DE CONSOLIDACION FISCAL (I.S.R.) Y
OBLIGACIONES DE LA SOCIEDAD CONTROLADORA |
DEL
DF0550 AL DF0606 |
|
|||
OBLIGACIONES DE LAS SOCIEDADES CONTROLADAS |
DEL
DF0620 AL DF0624 |
|
|||
DISPOSICIONES ESPECIFICAS (I.S.R.) |
|
DEL
DF000549 AL DF000557 |
DEL
DF000550 AL DF000571 |
DEL
DF000531 AL DF000556 |
|
RETENCIONES Y/O RESPONSABILIDAD SOLIDARIA |
DF0628
Y DF0629 |
DF000581
Y DF000582 |
DF000581
Y DF000582 |
DF000581
Y DF000582 |
|
OTRAS OBLIGACIONES (I.S.R.) |
|
||||
DISPOSICIONES ESPECIFICAS (I.E.T.U.) |
|
DF000653
Y DF000654 |
DEL
DF000650 AL DF000659 |
DEL
DF000649 AL DF000654 |
DEL
DF000650 AL DF000655 |
INGRESOS (I.E.T.U.) |
DEL
DF0649 AL DF0653 |
|
|||
DEDUCCIONES (I.E.T.U.) |
DEL
DF0680 AL DF0687 |
DEL
DF000681 AL DF000687 |
DEL
DF000681 AL DF000687 |
DEL
DF000680 AL DF000687 |
DEL
DF000681 AL DF000686 |
ACREDITAMIENTOS (I.E.T.U.) |
DEL
DF0700 AL DF0705 |
DF000700
Y DF000701 |
DF000700
Y DF000701 |
DF000700
Y DF000701 |
DEL
DF000700 AL DF000702 |
ACTOS O ACTIVIDADES (I.V.A.) |
DEL
DF0850 AL DF0856 |
DF000856
Y DF000857 |
DF000856
Y DF000857 |
DF000856
Y DF000857 |
DF000856
Y DF000857 |
ACDREDITAMIENTO (I.V.A.) |
DEL
DF0869 AL DF0882 |
DEL
DF000869 AL DF000872 |
DEL
DF000869 AL DF000874 |
DEL
DF000869 AL DF000873 |
DF000874 |
DISPOSICIONES ESPECIFICAS (I.V.A.) Y/O
ESPECIFICAS DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO |
|
DEL
DF000891 AL DF000893 |
DEL
DF000891 AL DF000896 |
|
|
OBLIGACIONES (I.V.A.) |
DEL
DF0910 AL DF0916 |
|
DEL
DF000914 AL DF000918 |
|
DF000914
Y DF000915 |
IMPUESTO A LOS DEPOSITOS EN EFECTIVO
(I.D.E.) |
DEL
DF1000 AL DF1004 |
DEL
DF001000 AL DF001004 |
DEL
DF001000 AL DF001004 |
DEL
DF001000 AL DF001004 |
|
PARTE II
TIPO DE DICTAMEN DE
ESTADOS FINANCIEROS |
CASAS DE BOLSA |
GRUPOS FINANCIEROS |
SOCIEDADES DE INVERSION DE
CAPITALES |
SOCIEDADES DE INVERSION DE
RENTA FIJA Y EN INSTRUMENTOS DE DEUDA |
ESTABLECIMIENTOS
PERMANENTES |
CONCEPTO |
INDICES |
||||
GENERALIDADES FISCALES |
DEL
DF000159 AL DF000316 |
DEL
DF000159 AL DF000208 |
DEL
DF000159 AL DF000208 |
DEL
DF000159 AL DF000183 |
DEL
DF0150 AL DF0316 |
IMPUESTO SOBRE LA RENTA (I.S.R.) |
DEL
DF000431 AL DF000444 |
DEL
DF000431 AL DF000444 |
DEL
DF000434 AL DF000443 |
DEL
DF000431 AL DF000436 |
DEL
DF0430 AL DF0442 |
INGRESOS (I.S.R.) |
|
DEL
DF0460 AL DF0471 Y DF0474 |
|||
DEDUCCIONES (I.S.R.) / DEDUCCIONES
ESPECIFICAS (I.S.R) |
DEL
DF000502 AL DF000520 |
DEL
DF000502 AL DF000523 |
DF000502
Y DF000519 |
|
DEL
DF0480 AL DF0521 Y DF0524 |
REGIMEN DE CONSOLIDACION FISCAL (I.S.R.) Y
OBLIGACIONES DE LA SOCIEDAD CONTROLADORA |
|
||||
OBLIGACIONES DE LAS SOCIEDADES CONTROLADAS |
|
||||
DISPOSICIONES ESPECIFICAS (I.S.R.) |
DEL
DF000550 AL DF000578 |
|
|||
RETENCIONES Y/O RESPONSABILIDAD SOLIDARIA |
|
DF0540
Y DF0541 |
|||
OTRAS OBLIGACIONES (I.S.R.) |
|
DF0550
Y DF0551 |
|||
DISPOSICIONES ESPECIFICAS (I.E.T.U.) |
DF000652
Y DF000653 |
DEL
DF000649 AL DF000681 |
|
||
INGRESOS (I.E.T.U.) |
|
DF000649 |
|
DEL
DF0649 AL DF0653 |
|
DEDUCCIONES (I.E.T.U.) |
DEL
DF000681 AL DF000686 |
|
DF000680
Y DF000685 |
|
DEL
DF0680 AL DF0687 |
ACREDITAMIENTOS (I.E.T.U.) |
DEL
DF000700 AL DF000702 |
DF000700
Y DF000701 |
DF000700 |
|
DEL
DF0700 AL DF0702 |
ACTOS O ACTIVIDADES (I.V.A.) |
DF000856
Y DF000857 |
|
DEL
DF0850 AL DF0856 |
||
ACDREDITAMIENTO (I.V.A.) |
DEL
DF000869 AL DF000874 |
|
DEL
DF0869 AL DF0882 |
||
DISPOSICIONES ESPECIFICAS (I.V.A.) Y/O
ESPECIFICAS DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO |
|
DF000874 |
|
||
OBLIGACIONES (I.V.A.) |
|
DF000914
Y DF000915 |
DEL
DF000873 AL DF000916 |
|
DEL
DF0910 AL DF0916 |
IMPUESTO A LOS DEPOSITOS EN EFECTIVO
(I.D.E.) |
DEL
DF001000 AL DF001004 |
|
DEL
DF1000 AL DF1003 |
·
PARA EFECTO DE DAR RESPUESTA A LAS PREGUNTAS ANTERIORES, EL
CONTRIBUYENTE DEBERA REALIZAR UN AUTODIAGNOSTICO DE CUMPLIMIENTO A LAS
DIFERENTES DISPOSICIONES FISCALES QUE ESTEN RELACIONADAS.
·
LOS CONTADORES PUBLICOS DEBERAN MANIFESTAR EN SU INFORME SOBRE LA
REVISION DE LA SITUACION FISCAL DEL CONTRIBUYENTE, EN FORMA EXPRESA, CUALQUIER
OMISION O INCUMPLIMIENTO A LAS DISPOSICIONES FISCALES QUE HAYAN DETECTADO AL
EXAMINAR LA SITUACION FISCAL DEL CONTRIBUYENTE, CONFORME A LAS NORMAS Y
PROCEDIMIENTOS DE AUDITORIA.
·
EN LA PREGUNTA DF0503 “PARA EL CASO DE SOCIEDADES CONTROLADORAS Y
CONTROLADAS Y ESTABLECIMIENTOS PERMANENTES DE RESIDENTES EN EL EXTRANJERO, ASI
COMO EN LA PREGUNTA DF000503 PARA EL CASO DEL SECTOR FINANCIERO, EN LOS CASOS
DE ASISTENCIA TECNICA, DE TRANSFERENCIA DE TECNOLOGIA O DE REGALIAS, PUDO
COMPROBAR QUE, QUIEN PROPORCIONO LOS CONOCIMIENTOS CONTABA CON ELEMENTOS
TECNICOS PROPIOS PARA ELLO, LOS HAYA PRESTADO EN FORMA DIRECTA Y EFECTIVAMENTE
SE HAYAN LLEVADO A CABO (ARTICULO 31 FRACCION XI DE LA LEY)”, EN CASO DE UNA
RESPUESTA NEGATIVA, SE ENTENDERA QUE EL CONTADOR PUBLICO REGISTRADO NO TUVO
ELEMENTOS PARA COMPROBAR QUE SE REUNIERA EL REQUISITO SEÑALADO.
CUESTIONARIO DE DIAGNOSTICO FISCAL EN MATERIA DE
PRECIOS DE TRANSFERENCIA.
·
PAPEL DEL CONTADOR PUBLICO REGISTRADO EN EL TEMA DE PRECIOS DE
TRANSFERENCIA. EL SERVICIO DE
ADMINISTRACION TRIBUTARIA A TRAVES DEL CUESTIONARIO EN MATERIA DE PRECIOS DE
TRANSFERENCIA QUE DEBEN LLENAR LOS CONTADORES PUBLICOS REGISTRADOS, PRETENDE
QUE EL AUDITOR SE CERCIORE DE QUE LOS CONTRIBUYENTES QUE ESTAN REVISANDO
CUMPLIERON CON SUS OBLIGACIONES FISCALES EN MATERIA DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA
(ARTICULO 86, FRACCIONES XII, XIII Y XV DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
VIGENTE EN 2009), ES DECIR, QUE HAYAN PRESENTADO LA DECLARACION INFORMATIVA DE
OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO Y QUE CUENTEN CON
DOCUMENTACION E INFORMACION QUE ACREDITE QUE LAS OPERACIONES CON PARTES
RELACIONADAS SE DETERMINARON COMO LO HARIAN PARTES INDEPENDIENTES EN
OPERACIONES COMPARABLES (ESTUDIOS DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA). PARA ESTOS
EFECTOS SE DEBE CONSIDERAR LO DISPUESTO, ENTRE OTROS, EN LOS BOLETINES 3010,
3060, 3080, 4010, 4060, 4080 Y SOBRE TODO LO SEÑALADO EN LOS BOLETINES 5050 Y
5060 DE LAS NORMAS Y PROCEDIMIENTOS DE AUDITORIA QUE ESTUVIERON VIGENTES PARA
EL EJERCICIO FISCAL DE 2009.
·
ES IMPORTANTE SEGUIR LAS RECOMENDACIONES Y GUIAS ESTABLECIDAS EN LOS
FOLIOS 67 Y 82 DE FECHAS 7 DE MAYO DE 2007 Y 27 DE JUNIO DE 2007,
RESPECTIVAMENTE, EMITIDOS POR EL INSTITUTO MEXICANO DE CONTADORES PUBLICOS, LOS
CUALES SON DE LIBRE ACCESO A TRAVES DE INTERNET EN LA PAGINA WWW.IMCP.ORG.MX.
·
LAS RESPUESTAS A LAS PREGUNTAS DE LOS SIGUIENTES RENGLONES PODRAN NO
PRESENTARSE PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 2009.
CONCEPTO |
INDICES |
EN CASO DE INCUMPLIMIENTO POR PARTE DEL CONTRIBUYENTE A LO DISPUESTO
POR ESTAS DISPOSICIONES, SEÑALO ALGUNA SALVEDAD EN SU INFORME SOBRE LA
REVISION DE LA SITUACION FISCAL |
CPR025 |
EN CASO DE INCUMPLIMIENTO POR PARTE DEL CONTRIBUYENTE A LO DISPUESTO
POR ESTAS DISPOSICIONES, SEÑALO ALGUNA SALVEDAD EN SU DICTAMEN |
CPR026 |
VERIFICO QUE EN LA DOCUMENTACION COMPROBATORIA DE PRECIOS DE
TRANSFERENCIA, EXISTA EVIDENCIA DE QUE SE INTENTO APLICAR EN PRIMER TERMINO
EL METODO DE PRECIO COMPARABLE NO CONTROLADO (PREVISTO POR LA FRACCION I DEL
ARTICULO 216 DE LA LISR) PARA CADA UNA DE SUS TRANSACCIONES CON PARTES
RELACIONADAS QUE VALIDO EN SUS ESTUDIOS DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA |
CPR067 |
SI USTED DICTAMINO ESA INFORMACION FINANCIERA |
CPR068 |
SI LOS SISTEMAS DE CONTABILIDAD DEL CONTRIBUYENTE PERMITEN SEGMENTAR
RAZONABLEMENTE LA INFORMACION FINANCIERA |
CPR069 |
INDIQUE SI LAS CIFRAS SEGMENTADAS TOTALES SON CONSISTENTES CON LAS
CIFRAS CONTABLES DICTAMINADAS DE LA CONTRIBUYENTE |
CPR070 |
EN CASO DE QUE NO SE HAYA CUMPLIDO CON ALGUNO DE LOS PUNTOS ANTES
REFERIDOS SEÑALE SI MENCIONO TAL CIRCUNSTANCIA EN SU INFORME SOBRE LA
REVISION DE LA SITUACION FISCAL, O BIEN EN SU DICTAMEN |
CPR071 |
NO
OBSTANTE LO ANTERIOR, LOS CONTADORES PUBLICOS DEBERAN MANIFESTAR EN SU INFORME
SOBRE LA REVISION DE LA SITUACION FISCAL DEL CONTRIBUYENTE, EN FORMA EXPRESA,
CUALQUIER OMISION O INCUMPLIMIENTO A LAS DISPOSICIONES FISCALES A QUE HACEN
REFERENCIA LOS RENGLONES ANTES CITADOS, QUE SE HAYAN DETECTADO AL EXAMINAR LA
SITUACION FISCAL DEL CONTRIBUYENTE CONFORME LAS NORMAS Y PROCEDIMIENTOS DE
AUDITORIA.
·
EN GENERAL UNA RESPUESTA NO APLICABLE (N/A) SIGNIFICA QUE EL
CONTRIBUYENTE NO SE ENCUENTRA ANTE EL SUPUESTO ESTABLECIDO PARA LA PREGUNTA,
POR EJEMPLO (DICTAMEN FISCAL DE ESTADOS FINANCIEROS GENERAL):
INDICE |
PREGUNTA |
SIGNIFICADO
DE UNA RESPUESTA N/A |
CPR027 A
CPR030 |
SECCION REFERENTE AL ARTICULO 86, FRACCION XII DE
LA LISR VERIFICO
QUE EL CONTRIBUYENTE CUMPLIERA FORMALMENTE CON ESTA OBLIGACION FISCAL A EN CASO DE
INCUMPLIMIENTO DEL CONTRIBUYENTE, MENCIONO TAL CIRCUNSTANCIA COMO UNA
SALVEDAD EN SU DICTAMEN |
SIGNIFICA
QUE: A) EL CONTRIBUYENTE SE
ENCUENTRA EN EL SUPUESTO ESTABLECIDO EN EL SEGUNDO PARRAFO DE LA FRACCION XII
DEL ARTICULO 86 DE LA LISR, ES DECIR, QUE REALIZO ACTIVIDADES EMPRESARIALES Y
OBTUVO INGRESOS EN EL EJERCICIO INMEDIATO ANTERIOR QUE NO HAYAN EXCEDIDO DE
$13’000,000.00, O BIEN, PRESTO SERVICIOS PROFESIONALES Y OBTUVO INGRESOS QUE
NO HUBIESEN EXCEDIDO EN DICHO EJERCICIO DE $3’000,000.00, SIEMPRE QUE NO ESTE
EN EL SUPUESTO A QUE SE REFIERE EL PENULTIMO PARRAFO DEL ARTICULO 215 DE ESTA
LEY. B) EL CONTRIBUYENTE NO REALIZO
OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO. |
CPR054 A
CPR058 |
SECCION REFERENTE AL ARTICULO 86, FRACCION XIII
DE LA LISR VERIFICO LA
PRESENTACION OPORTUNA DE LA INFORMACION DE LAS OPERACIONES CON PARTES
RELACIONADAS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO, EFECTUADAS DURANTE EL AÑO INMEDIATO
ANTERIOR. A EN CASO DE
INCUMPLIMIENTO MENCIONO TAL CIRCUNSTANCIA COMO UNA SALVEDAD EN SU DICTAMEN |
SIGNIFICA
QUE EL CONTRIBUYENTE SE ENCUENTRA EN EL SUPUESTO ESTABLECIDO EN EL PENULTIMO
PARRAFO DEL ARTICULO 216-BIS DE LA LISR. |
·
EN LA SECCION VERIFICO QUE LA DOCUMENTACION COMPROBATORIA DE PRECIOS DE
TRANSFERENCIA, POR LAS OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS RESIDENTES EN EL
EXTRANJERO (ARTICULO 86, FRACCION XII DE LA LISR), INCLUYERA LO SIGUIENTE, SE
DEBE ENTENDER QUE EL CONTADOR PUBLICO REGISTRADO DEBE DEJAR CONSTANCIA DE HABER
REVISADO QUE LA DOCUMENTACION COMPROBATORIA CORRESPONDIENTE, INCLUYA LA
INFORMACION QUE LA DISPOSICION FISCAL CITADA SEÑALA EXPRESAMENTE QUE DEBE
CONTENER.
ESTA SECCION SOLO SE DEBE CONTESTARA CUANDO
EXISTA DOCUMENTACION COMPROBATORIA DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA, POR LAS
OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO (ARTICULO 86,
FRACCION XII DE LA LISR)
·
EN LA PREGUNTA CPR038 SE PRETENDE QUE EL CONTADOR PUBLICO REGISTRADO SE
CERCIORE, DE QUE EN LA DOCUMENTACION COMPPROBATORIA DE PRECIOS DE
TRANSFERENCIA PARA CADA UNA DE LAS TRANSACCIONES CON PARTES RELACIONADAS
RESIDENTES EN EL EXTRANJERO, SE HAYA APLICADO ALGUNA DE LAS METODOLOGIAS A QUE
SE REFIERE EL ARTICULO 216 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, SIN QUE SE
JUZGUE SI ES LA MAS APROPIADA.
·
EN LA PREGUNTA CPR039 SE PRETENDE QUE EL CONTADOR PUBLICO REGISTRADO SE
CERCIORE, DE QUE EN LA DOCUMENTACION COMPPROBATORIA DE PRECIOS DE
TRANSFERENCIA PARA CADA UNA DE LAS TRANSACCIONES CON PARTES RELACIONADAS
RESIDENTES EN EL EXTRANJERO, EN LAS QUE SE HAYA APLICADO ALGUNA DE LAS
METODOLOGIAS A QUE SE REFIERE EL ARTICULO 216 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA
RENTA, EXISTA INFORMACION Y DOCUMENTACION SOBRE OPERACIONES O EMPRESAS
COMPARABLES, INCLUYENDO SU FUENTE, SIN QUE SE JUZGUE SI DICHAS OPERACIONES O
EMPRESAS SON O NO COMPARABLES.
·
EN LA PREGUNTA CPR043 SE PRETENDE QUE EL CONTADOR PUBLICO REGISTRADO SE
CERCIORE, DE QUE EN LA DOCUMENTACION COMPROBATORIA DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA,
ADEMAS, DE CUMPLIR CON LOS REQUISITOS QUE ESTABLECE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE
LA RENTA, SE CONCLUYA QUE LAS OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS RESIDENTES EN
EL EXTRANJERO FUERON PACTADAS COMO LO HUBIERAN HECHO PARTES INDEPENDIENTES EN
OPERACIONES COMPARABLES, SIN JUZGAR SI LA CONCLUSION ES CORRECTA O NO.
·
CUANDO EN EL CUESTIONARIO SE HAGA MENCION DE CONCLUSIONES NEGATIVAS SE
DEBERA ENTENDER EN EL CASO DE PREGUNTAS RELACIONADAS CON LAS FRACCIONES XII Y
XV DEL ARTICULO 86 DE LA LISR, QUE EN LA DOCUMENTACION COMPROBATORIA O
EVIDENCIA DOCUMENTAL DEL CONTRIBUYENTE CORRESPONDIENTE AL CUMPLIMIENTO DE
DICHAS DISPOSICIONES FISCALES, SE CONCLUYE QUE LAS OPERACIONES CELEBRADAS CON
PARTES RELACIONADAS POR EL CONTRIBUYENTE NO
SE EFECTUARON DE ACUERDO A LOS PRECIOS O MONTOS DE CONTRAPRESTACIONES QUE
HUBIERAN UTILIZADO PARTES INDEPENDIENTES EN OPERACIONES COMPARABLES
·
EN LA PREGUNTA “DEL RENGLON CPR063 VERIFICO EN LA EVIDENCIA DOCUMENTAL
REFERIDA EN EL INDICE CPR059 LA APLICACION DE LOS METODOS DE PRECIOS DE
TRANSFERENCIA ESTABLECIDOS EN EL ARTICULO 216 DE LA LISR EN LOS TERMINOS DEL
TERCER PARRAFO DEL CITADO ARTICULO”, TIENE COMO OBJETIVO QUE EL CONTADOR
PUBLICO ANALICE QUE EN LA EVIDENCIA DOCUMENTAL SE INCLUYA LA APLICACION DE
ALGUNO DE LOS METODOS ESTABLECIDOS EN EL ARTICULO 216 DE LA LEY DEL IMPUESTO
SOBRE LA RENTA SIN JUZGAR SI ES EL MAS APROPIADO.
·
LAS RESPUESTAS A LAS PREGUNTAS DE LOS RENGLONES CPR066 EN RELACION CON
LA RESPUESTA DEL CONTRIBUYENTE AL RENGLON CPR065 Y CPR097 EN RELACION CON LAS
RESPUESTAS DEL CONTRIBUYENTE A LOS RENGLONES CPR091 A CPR096, SERAN RESPONDIDAS
Y VALIDADAS POR EL CONTADOR PUBLICO REGISTRADO CONFORME A LAS NORMAS Y
PROCEDIMIENTOS DE AUDITORIA. LO ANTERIOR SE MUESTRA EN EL SIGUIENTE CUADRO:
CONCEPTO |
INDICES |
INDICES RELACIONADOS CON
LA RESPUESTA |
EN CASO DE HABER
ENCONTRADO ALGUNA OMISION DE DIVIDENDOS CONFORME A LO DISPUESTO POR ESTE
ORDENAMIENTO, SEÑALO ALGUNA SALVEDAD EN SU INFORME SOBRE LA REVISION DE LA
SITUACION FISCAL, O BIEN EN SU DICTAMEN |
CPR066 |
CPR065 |
EN CASO DE ALGUNA
RESPUESTA NEGATIVA ENTRE LOS INDICES CPR091 A CPR096 MENCIONO ALGUNA SALVEDAD
EN SU INFORME SOBRE LA REVISION DE LA SITUACION FISCAL DEL CONTRIBUYENTE |
CPR097 |
CPR091 A CPR096 |
·
LAS RESPUESTAS A LAS PREGUNTAS DE LOS SIGUIENTES RENGLONES ESTARAN A
CARGO DEL CONTRIBUYENTE, SIN EMBARGO, EL CONTADOR PUBLICO REGISTRADO REVISARA Y
VALIDARA CADA RESPUESTA CONFORME A LAS NORMAS Y PROCEDIMIENTOS DE AUDITORIA Y
AL ALCANCE DE LAS PRUEBAS DE AUDITORIA DETERMINADAS PARA TAL CASO.
CONCEPTO |
INDICES |
VERIFICO QUE EL
CONTRIBUYENTE ESTUVIERA EN LOS SUPUESTOS ESTABLECIDOS EN LOS ARTICULOS 32,
FRACCION XXVI Y/O TERCERO TRANSITORIO, FRACCION III DEL DECRETO POR EL QUE SE
REFORMAN, ADICIONAN, DEROGAN Y ESTABLECEN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY
DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y DE LA LEY DEL IMPUESTO AL ACTIVO Y ESTABLECE
LOS SUBSIDIOS PARA EL EMPLEO Y PARA LA NIVELACION DEL INGRESO PUBLICADO EN EL
DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 1 DE DICIEMBRE DE 2004 DE LA LISR |
CPR 023 |
DE ENCONTRARSE EL
CONTRIBUYENTE EN LOS SUPUESTOS ESTABLECIDOS EN EL INDICE ANTERIOR, VERIFICO
LA APLICACION DE LO DISPUESTO POR DICHAS DISPOSICIONES |
CPR024 |
VERIFICO SI LA
CONTRIBUYENTE REALIZO ALGUN AJUSTE EN MATERIA DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA
PARA QUE LOS PRECIOS, MONTOS DE CONTRAPRESTACIONES O MARGENES DE UTILIDAD DE
LAS OPERACIONES CELEBRADAS CON PARTES RELACIONADAS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO
SE CONSIDEREN COMO PACTADAS COMO LO HARIAN CON O ENTRE PARTES INDEPENDIENTES
EN OPERACIONES COMPARABLES |
CPR046 |
EL MONTO DEL INCREMENTO A
LOS INGRESOS ACUMULABLES PARA EFECTOS DE LA LISR |
CPR047 |
EL MONTO DISMINUIDO A LOS
INGRESOS ACUMULABLES PARA EFECTOS DE LA LISR |
CPR048 |
EL MONTO DEL INCREMENTO A
LAS DEDUCCIONES AUTORIZADAS PARA EFECTOS DE LA LISR |
CPR049 |
EL MONTO DISMINUIDO A LAS
DEDUCCIONES AUTORIZADAS PARA EFECTOS DE LA LISR |
CPR050 |
VERIFICO QUE LOS INTERESES
DEVENGADOS POR EL CONTRIBUYENTE HUBIERAN TENIDO EL TRATAMIENTO DE DIVIDENDOS
EN LOS CASOS PREVISTOS POR ESTE ARTICULO |
CPR065 |
VERIFICO SI EL
CONTRIBUYENTE REALIZO DURANTE EL EJERCICIO FISCAL (EN EL PROPIO EJERCICIO
SUJETO A REVISION O PARA EFECTOS DE EJERCICIOS ANTERIORES) ALGUN AJUSTE EN
MATERIA DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA COMO CONSECUENCIA DE APLICAR LO SEÑALADO
EN LA DOCUMENTACION DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA DE ALGUNA PARTE RELACIONADA
RESIDENTE EN EL EXTRANJERO |
CPR072 |
EN CASO DE QUE EL
CONTRIBUYENTE HUBIERA HECHO AJUSTES, INDIQUE EL MONTO DE LOS MISMOS |
CPR073 |
EL EJERCICIO(S) FISCAL(ES)
AJUSTADOS |
CPR074 |
VERIFICO QUE EL
CONTRIBUYENTE HUBIESE LLEVADO A CABO AJUSTES CORRESPONDIENTES EN MATERIA DE
PRECIOS DE TRANSFERENCIA DURANTE EL EJERCICIO FISCAL (EN EL PROPIO EJERCICIO
SUJETO A REVISION O PARA EFECTOS DE EJERCICIOS ANTERIORES) SIN CUMPLIR CON LO
ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 217 DE LA LISR |
CPR075 |
EN CASO DE QUE EL
CONTRIBUYENTE HUBIERA HECHO AJUSTES, INDIQUE EL MONTO DE LOS MISMOS |
CPR076 |
EL EJERCICIO(S) FISCAL(ES)
AJUSTADOS |
CPR077 |
VERIFICO QUE EL
CONTRIBUYENTE HUBIESE LLEVADO A CABO AJUSTES CORRESPONDIENTES EN MATERIA DE
PRECIOS DE TRANSFERENCIA DURANTE EL EJERCICIO FISCAL (EN EL PROPIO EJERCICIO
SUJETO A REVISION O PARA EFECTOS DE EJERCICIOS ANTERIORES) COMO CONSECUENCIA
DE OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS RESIDENTES EN PAISES CON LOS CUALES
MEXICO NO TIENE CELEBRADOS TRATADOS INTERNACIONALES EN MATERIA FISCAL Y
REALIZADOS POR LAS AUTORIDADES DE DICHOS PAISES |
CPR078 |
EN CASO DE QUE EL
CONTRIBUYENTE HUBIERA HECHO AJUSTES, INDIQUE EL MONTO DE LOS MISMOS |
CPR079 |
EL EJERCICIO(S) FISCAL(ES)
AJUSTADOS |
CPR080 |
ACUMULAR INTERESES
DEVENGADOS A FAVOR (ARTICULO 20 FRACCION X DE LA LEY DEL ISR) |
CPR091 |
ACUMULAR UTILIDAD
CAMBIARIA DEVENGADA A FAVOR (ARTICULO 20 FRACCION X DE LA LEY DEL ISR) |
CPR092 |
ACUMULAR EL AJUSTE ANUAL
POR INFLACION (ARTICULO 20 FRACCION XI DE LA LEY DEL ISR) |
CPR093 |
DEDUCIR INTERESES
DEVENGADOS A CARGO (ARTICULO 29 FRACCION IX DE LA LEY DEL ISR) |
CPR094 |
DEDUCIR PERDIDA EN CAMBIOS
DEVENGADA A CARGO (ARTICULO 29 FRACCION IX DE LA LEY DEL ISR) |
CPR095 |
DEDUCIR AJUSTE ANUAL POR
INFLACION (ARTICULO 29 FRACCION X DE LA LEY DEL ISR) |
CPR096 |
PARA EFECTOS DE DAR
RESPUESTA A LAS PREGUNTAS ANTERIORES, EL CONTRIBUYENTE DEBERA REALIZAR UN
AUTODIAGNOSTICO DE CUMPLIMIENTO A LAS DIFERENTES DISPOSICIONES FISCALES QUE SE
CUESTIONAN.
CUANDO EL CONTADOR
PUBLICO REGISTRADO VALIDE LAS RESPUESTAS DEL CONTRIBUYENTE Y NO ESTE DE ACUERDO
CON ALGUNA DE ELLAS, DEBERA SEÑALAR EL NUMERO DE PREGUNTA CORRESPONDIENTE Y
EXPLICAR LOS MOTIVOS DE SU DISCREPANCIA EN EL INFORME SOBRE LA REVISION DE LA
SITUACION FISCAL DEL CONTRIBUYENTE Y, EN SU CASO, HACER LAS SALVEDADES
CORRESPONDIENTES.
·
LOS CONTADORES PUBLICOS DEBERAN MANIFESTAR EN SU INFORME SOBRE LA
REVISION DE LA SITUACION FISCAL DEL CONTRIBUYENTE, EN FORMA EXPRESA, CUALQUIER
OMISION O INCUMPLIMIENTO A LAS DISPOSICIONES FISCALES QUE HAYAN DETECTADO AL
EXAMINAR LA SITUACION FISCAL DEL CONTRIBUYENTE, RESPECTO DE SUS OPERACIONES CON
PARTES RELACIONADAS CONFORME A LAS NORMAS Y PROCEDIMIENTOS DE AUDITORIA.
APLICABLES A LOS DICTAMENES DE LAS INSTITUCIONES
DEL SECTOR FINANCIERO A QUE SE REFIERE ESTE INSTRUCTIVO.
LAS CUENTAS
MOSTRADAS EN LOS ESTADOS FINANCIEROS BASICOS Y EN EL ANALISIS COMPARATIVO DE
LAS CUENTAS DEL ESTADO DE RESULTADOS ESTAN BASADAS EN LOS CATALOGOS AUTORIZADOS
QUE PUBLICA LA COMISION NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES Y LA COMISION NACIONAL
DE SEGUROS Y FIANZAS.
ESTADO DE VARIACIONES EN EL CAPITAL CONTABLE.
·
DEBIDO A LA LIMITACION PARA AGREGAR NUEVAS COLUMNAS A LOS FORMATOS, EN
EL ESTADO DE VARIACIONES EN EL CAPITAL CONTABLE, SE HAN INCLUIDO DOS COLUMNAS
PARA “OTRAS CUENTAS DE CAPITAL CONTRIBUIDO” Y “OTRAS CUENTAS DE CAPITAL
GANADO”; SEGUN CORRESPONDA, QUE PODRAN UTILIZARSE CUANDO SEA NECESARIO REFLEJAR
CONCEPTOS DEL CAPITAL CONTABLE QUE NO TENGAN UNA COLUMNA ESPECIFICA.
·
CUANDO SE ANOTEN CANTIDADES EN LAS COLUMNAS “OTRAS CUENTAS DE CAPITAL
CONTRIBUIDO” Y “OTRAS CUENTAS DE CAPITAL GANADO”; SEGUN CORRESPONDA, DEBIDO A
QUE SU SALDO SE INTEGRA POR EL IMPORTE DE UNA O MAS CUENTAS, LA INTEGRACION DE
LAS MISMAS SE DEBERA PRESENTAR ANTES DEL RENGLON “SALDOS AL 31 DE DICIEMBRE DE
2009” O EL RENGLON “SALDOS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2008” EN LOS RENGLONES
DENOMINADOS “OTROS”, SEGUN SE TRATE, CONSIGNANDO EN LA COLUMNA DE CONCEPTO EL
NOMBRE DE LAS CUENTAS QUE INTEGRAN DICHOS SALDOS Y EN LA COLUMNA DE REFERENCIA,
EL IMPORTE CORRESPONDIENTE A CADA CUENTA O CONCEPTO.
ESTADO
DE FLUJOS DE EFECTIVO (APLICA A LOS DICTAMENES DE
INSTITUCIONES DE CREDITO Y SOCIEDADES FINANCIERAS DE OBJETO LIMITADO Y CASAS DE
BOLSA).
·
LA INFORMACION DE ESTE ESTADO PODRA NO SER PRESENTADA EN FORMA
COMPARATIVA CON LA DEL EJERCICIO FISCAL DE 2008.
ESTADO
DE CAMBIOS EN LA SITUACION FINANCIERA (NO APLICA A LOS DICTAMENES DE
INSTITUCIONES DE CREDITO Y SOCIEDADES FINANCIERAS DE OBJETO LIMITADO Y CASAS DE
BOLSA).
·
SEGUN SEA EL CASO, EN LUGAR DE PRESENTAR EL ESTADO DE FLUJOS DE
EFECTIVO, SE DEBERA SEGUIR MANIFESTANDO LA INFORMACION DEL ESTADO DE CAMBIOS EN
LA SITUACION FINANCIERA EN FORMA COMPARATIVA CON LA DEL EJERCICIO FISCAL DE
2008.
ANALISIS COMPARATIVO DE LAS CUENTAS DEL ESTADO DE RESULTADOS.
·
EN LUGAR DE PRESENTAR LOS ANEXOS DE “INTEGRACION ANALITICA DE VENTAS O
INGRESOS NETOS”, “DETERMINACION DEL COSTO DE LO VENDIDO PARA EFECTOS CONTABLES
Y DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA”, “ANALISIS COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DE
GASTOS”, “ANALISIS COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DE OTROS GASTOS” Y “ANALISIS
COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DEL RESULTADO INTEGRAL DE FINANCIAMIENTO”, SE
DEBERA PRESENTAR EL ANEXO “ANALISIS COMPARATIVO DE LAS CUENTAS DEL ESTADO DE
RESULTADOS”.
·
EN LAS COLUMNAS DENOMINADAS: “ACUMULABLES O DEDUCIBLES PARA ISR”, “NO
ACUMULABLES O NO AFECTOS AL ISR (INGRESOS) NO DEDUCIBLES (GASTOS) PARA ISR”,
“GRAVABLES O DEDUCIBLES PARA IETU” Y “EXENTOS O NO AFECTOS PARA EL IETU
(INGRESOS) NO DEDUCIBLES (GASTOS) PARA IETU”, SE PONDRA EL MONTO QUE DE LOS
CONCEPTOS DE INGRESOS O GASTOS QUE SE REPORTAN, SEGUN CORRESPONDA, TIENEN
EFECTO FISCAL. LAS PARTIDAS NO DEDUCIBLES, NO ACUMULABLES O NO AFECTOS SE
REFIEREN A PARTIDAS CONTABLES Y NO FISCALES.
·
NO SERA NECESARIO PRESENTAR LA INFORMACION DEL EJERCICIO FISCAL DE 2008,
EN LAS COLUMNAS DENOMINADAS “GRAVABLES O DEDUCIBLES PARA IETU” Y “EXENTOS O NO
AFECTOS PARA EL IETU (INGRESOS) NO DEDUCIBLES (GASTOS) PARA IETU”.
·
LOS CONTRIBUYENTES PODRAN NO PRESENTAR LA INFORMACION DEL EJERCICIO FISCAL
DE 2009, EN LAS COLUMNAS DENOMINADAS “GRAVABLES O DEDUCIBLES PARA IETU” Y
“EXENTOS O NO AFECTOS PARA IETU (INGRESOS) NO DEDUCIBLES (GASTOS) PARA IETU”,
SIEMPRE Y CUANDO SE PRESENTE LA INFORMACION DE LOS INDICES REFERIDOS PARA CADA
TIPO DE DICTAMEN DE ESTADOS FINANCIEROS QUE SE SEÑALAN EN EL ANEXO “DATOS
INFORMATIVOS”.
RELACION DE CONTRIBUCIONES A CARGO DEL CONTRIBUYENTE COMO SUJETO DIRECTO
O EN SU CARACTER DE RETENEDOR(A) O DE RECAUDADOR(A).
·
DERECHOS POR LOS SERVICIOS QUE PRESTA:
EL INDICE: “LA COMISION NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES (CNBV)”
CORRESPONDE A LOS DERECHOS ESTABLECIDOS POR LOS SERVICIOS DE INSPECCION Y
VIGILANCIA COMPRENDIDOS EN LOS ARTICULOS 27 Y 29 FRACCION I AL XX DE LA LEY
FEDERAL DE DERECHOS VIGENTE EN 2009.
EL INDICE “LA COMISION NACIONAL DE SEGUROS Y FIANZAS (CNSF)” CORRESPONDE
A LOS DERECHOS ESTABLECIDOS POR LOS SERVICIOS DE INSPECCION Y VIGILANCIA
COMPRENDIDOS EN LOS ARTICULOS 30 FRACCIONES I AL VI Y 31 FRACCIONES I Y II DE
LA LEY FEDERAL DE DERECHOS VIGENTE EN 2009.
ESPECIFICAS:
APLICABLES A LOS DICTAMENES DE SOCIEDADES CONTROLADORAS.
RELACION DE CONTRIBUCIONES A CARGO DEL CONTRIBUYENTE EN SU CARACTER DE
SOCIEDAD CONTROLADORA.
·
EN ESTA RELACION, CUANDO EXISTAN DIFERENCIAS ENTRE LA COLUMNA
“CONTRIBUCION DETERMINADA POR AUDITORIA A CARGO O A FAVOR” Y LA COLUMNA
“CONTRIBUCION A CARGO O SALDO A FAVOR DETERMINADO POR EL CONTRIBUYENTE”, SE
DEBERAN REPORTAR LAS DIFERENCIAS DETECTADAS EN CADA UNO DE LOS INDICES EN LA
COLUMNA DE “DIFERENCIA”, EN EL INDICE Y RENGLON CORRESPONDIENTE.
LA INFORMACION QUE SE REVELE EN LOS INDICES CORRESPONDIENTES A LA
COLUMNA “CONTRIBUCION A CARGO O SALDO A FAVOR DETERMINADO POR EL
CONTRIBUYENTE”, DEBERA CORRESPONDER A LAS CONTRIBUCIONES EFECTIVAMENTE PAGADAS
O A LOS SALDOS A FAVOR MANIFESTADOS POR EL CONTRIBUYENTE.
·
NO SE DEBERA LLENAR LA INFORMACION CONTENIDA EN LAS COLUMNAS: “BASE
GRAVABLE” Y “TASA O TARIFA” EN LOS SIGUIENTES CONCEPTOS:
o IMPUESTO SOBRE LA RENTA
(I.S.R.) CONSOLIDADO. DESDE EL RENGLON “IMPUESTO POR MODIFICACION EN
PARTICIPACION ACCIONARIA” HASTA EL RENGLON “NETO A FAVOR DEL EJERCICIO”.
DECLARATORIA.
·
EN LA DECLARATORIA CUANDO SE TRATE DE SOCIEDADES CONTROLADORAS, SE
DEBERA REFLEJAR EN EL TEXTO LAS CONTRIBUCIONES DE LA CONTROLADORA COMO ENTE
INDIVIDUAL, ASI COMO LOS EFECTOS DE LA CONSOLIDACION FISCAL EN EL IMPUESTO
SOBRE LA RENTA.
RELACION DE PAGOS PROVISIONALES DEL I.S.R. CONSOLIDADOS.
·
EN LAS COLUMNAS: “CONTRIBUCION A CARGO DETERMINADA POR AUDITORIA” Y
“SALDO A FAVOR DETERMINADO POR AUDITORIA”, SE DEBERA ASENTAR EL MONTO DEL PAGO
PROVISIONAL DEL I.S.R. CONSOLIDADO DETERMINADO POR EL CONTADOR PUBLICO QUE
DICTAMINO LOS ESTADOS FINANCIEROS DEL CONTRIBUYENTE.
·
EN LAS COLUMNAS: “CONTRIBUCION A CARGO DETERMINADA POR EL CONTRIBUYENTE”
Y “SALDO A FAVOR DETERMINADO POR EL CONTRIBUYENTE”, SE DEBERA ASENTAR EL TOTAL
QUE CORRESPONDA A CADA COLUMNA DE ACUERDO CON LOS DATOS DE LA ULTIMA
DECLARACION NORMAL O COMPLEMENTARIA PRESENTADA POR EL CONTRIBUYENTE EN EL MES
DE QUE SE TRATE.
·
CUANDO EL CONTRIBUYENTE HAYA REALIZADO PAGOS PROVISIONALES DEL I.S.R.
CONSOLIDADOS EN CANTIDADES INFERIORES A LAS QUE DEBIO HABER REALIZADO DE
ACUERDO CON LOS CALCULOS DEL CONTADOR PUBLICO QUE DICTAMINO LOS ESTADOS
FINANCIEROS Y SE HAYA DETERMINADO UNA CONTRIBUCION A CARGO ANUAL, SI EL
CONTRIBUYENTE EFECTUO PAGOS POR ACTUALIZACION Y RECARGOS DESDE EL MES EN QUE
DEBIO HACER EL PAGO PROVISIONAL Y EL MES EN QUE DEBIO HABER PRESENTADO SU
DECLARACION ANUAL, ESTA SITUACION DEBERA ACLARARSE EN EL INFORME SOBRE LA
REVISION DE LA SITUACION FISCAL DEL CONTRIBUYENTE RELACIONANDO EL NOMBRE DE LA
CONTRIBUCION, EL MES O PERIODO AL QUE CORRESPONDE EL PAGO, EL MONTO HISTORICO
NO PAGADO, ACTUALIZACION Y RECARGOS ENTERADOS Y, ADEMAS, NO DEBERAN MOSTRARSE
DIFERENCIAS EN AQUELLAS CONTRIBUCIONES EN LAS QUE SUCEDIO TAL CIRCUNSTANCIA.
·
LAS DIFERENCIAS QUE SE MUESTREN EN ESTE ANEXO CORRESPONDERAN A LAS QUE
ESTEN PENDIENTES DE PAGO POR EL CONTRIBUYENTE AL MOMENTO DEL ENVIO DEL DICTAMEN
FISCAL.
DETERMINACION DE PAGOS PROVISIONALES CONSOLIDADOS.
·
ESTE ANEXO SE PRESENTARA SIEMPRE, INDEPENDIENTEMENTE QUE EXISTAN O NO
DIFERENCIAS A CARGO DEL CONTRIBUYENTE EN EL ANEXO “RELACION DE PAGOS
PROVISIONALES DEL I.S.R. CONSOLIDADOS” ENTRE LAS COLUMNAS “CONTRIBUCION A CARGO
DETERMINADA POR AUDITORIA” Y LA “CONTRIBUCION A CARGO DETERMINADA POR EL
CONTRIBUYENTE”, O ENTRE EL “SALDO A FAVOR DETERMINADO POR AUDITORIA” Y EL
“SALDO A FAVOR DETERMINADO POR EL CONTRIBUYENTE”, POR CONCEPTO DE PAGOS
PROVISIONALES DEL IS.R. CONSOLIDADOS, SE DEBERA PROPORCIONAR LA INFORMACION
SOLICITADA EN ESTE ANEXO, ANALIZANDOLA, TAL COMO SE INDICA EN ESTE, POR MES AL QUE
CORRESPONDE LA DIFERENCIA, UNICAMENTE DE AQUELLOS PAGOS PROVISIONALES DE I.S.R.
CONSOLIDADOS MENSUALES EN LOS QUE EL CONTADOR PUBLICO REGISTRADO DETERMINE
DIFERENCIAS A CARGO DEL CONTRIBUYENTE CON MOTIVO DE SU REVISION, SIEMPRE Y
CUANDO DICHAS DIFERENCIAS NO SE HAYAN PAGADO A LA FECHA DE LA PRESENTACION DEL
DICTAMEN.
IMPUESTO SOBRE LA RENTA E IMPUESTO AL ACTIVO DIFERIDO CONSOLIDADOS.
·
PARA EL LLENADO DE ESTE ANEXO SE ESTARA A LO DISPUESTO POR LA RESOLUCION
MISCELANEA FISCAL PARA 2009.
·
LA INFORMACION DE ESTE ANEXO, POR LO QUE RESPECTA AL IMPUESTO SOBRE LA
RENTA, SE REFIERE A LA DETERMINACION DE LA BASE DE ESE IMPUESTO QUE SE DIFIERE
CON MOTIVO DE LA CONSOLIDACION FISCAL.
DETERMINACION DEL RESULTADO FISCAL CONSOLIDADO.
·
CUANDO EL CONTRIBUYENTE DETERMINE PERDIDA FISCAL, SOLAMENTE DEBERA
LLENAR ESTE ANEXO, HASTA EL INDICE 440190 “PERDIDA FISCAL CONSOLIDADA
DISMINUIDA CON LAS PERDIDAS POR LAS CUALES LA SOCIEDAD CONTROLADORA O ALGUNA DE
LAS CONTROLADAS PERDIERON EL DERECHO DE DISMINUIRLAS”, CONCLUYENDO LA DETERMINACION.
POR NINGUN MOTIVO DEBERA ANOTAR EL IMPORTE DE LA PERDIDA FISCAL EN EL INDICE
440210 “RESULTADO FISCAL CONSOLIDADO”.
·
CUANDO EL CONTRIBUYENTE AMORTICE PERDIDAS FISCALES CONSOLIDADAS DE
EJERCICIOS ANTERIORES, NO DEBERA ASENTAR EN ESE RENGLON UN MONTO MAYOR AL DE LA
UTILIDAD FISCAL CONSOLIDADA DEL EJERCICIO.
DETERMINACION DEL ISR E IMPAC POR DESINCORPORACION DE SOCIEDADES
CONTROLADAS O DESCONSOLIDACION, CONFORME A LO DISPUESTO POR LA LEY DEL IMPUESTO
SOBRE LA RENTA O EN LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL ASI COMO PARTIDAS POR
DESINCORPORACION DE SOCIEDADES CONTROLADAS O DESCONSOLIDACION, CONFORME A LO
DISPUESTO POR LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA O EN LA RESOLUCION MISCELANEA
FISCAL.
·
ESTOS ANEXOS UNICAMENTE SE DEBERAN LLENAR CUANDO EXISTA DESINCORPORACION
DE SOCIEDADES CONTROLADAS, O BIEN, DESCONSOLIDACION.
·
PARA LA DETERMINACION DEL ISR E IMPAC POR DESINCORPORACION DE SOCIEDADES
CONTROLADAS O DESCONSOLIDACION SE DEBERAN TOMAR EN CUENTA LO DISPUESTO POR EL
ARTICULO 3, FRACCION III DE LAS DISPOSICIONES TRANSITORIAS DE LA LEY DEL
IMPUESTO SOBRE LA RENTA PUBLICADAS EN EL D.O.F. EL 1 DE OCTUBRE DE 2007.
·
LA INFORMACION DE DESINCORPORACION CORRESPONDERA AL EJERCICIO SUJETO A
REVISION CUANDO LA DESINCORPORACION DE UNA SOCIEDAD CONTROLADA Y LA OBLIGACION
DE ENTERAR IMPUESTOS RELATIVOS A SU EXCLUSION SE DE ANTES DE QUE SE EMITA EL
INFORME SOBRE LA REVISION DE LA SITUACION FISCAL DEL CONTRIBUYENTE, EN ESTE
CASO LA DETERMINACION DEL RESULTADO FISCAL CONSOLIDADO DEL EJERCICIO DEBERA
INCLUIR LOS EFECTOS POR DESINCORPORACION, AUN CUANDO SE PRESENTE UNA
DECLARACION COMPLEMENTARIA POR LOS EFECTOS DE LA DESINCORORACION.
·
LA INFORMACION DE DESINCORPORACION CORRESPONDERA AL EJERCICIO INMEDIATO
ANTERIOR AL SUJETO A REVISION CUANDO LA DESINCORPORACION DE UNA SOCIEDAD
CONTROLADA Y LA OBLIGACION DE ENTERAR IMPUESTOS RELATIVOS A SU EXCLUSION SE DE
POSTERIORMENTE A CUANDO SE EMITA EL INFORME SOBRE LA REVISION DE LA SITUACION
FISCAL DEL CONTRIBUYENTE, EN ESTE CASO LA DETERMINACION DEL RESULTADO FISCAL
CONSOLIDADO DEL EJERCICIO NO INCLUIRA LOS EFECTOS POR DESINCORPORACION.
·
LA INFORMACION DE DESCONSOLIDACION CORRESPONDERA AL EJERCICIO SUJETO A
REVISION CUANDO LA DESCONSOLIDACION DEL GRUPO Y LA OBLIGACION DE ENTERAR
IMPUESTOS RELATIVOS SE DE ANTES DE QUE SE EMITA EL INFORME SOBRE LA REVISION DE
LA SITUACION FISCAL DEL CONTRIBUYENTE, EN ESTE CASO, A PESAR DE QUE LA SOCIEDAD
CONTROLADORA CUMPLA CON SUS OBLIGACIONES FISCALES EN MATERIA DE IMPUESTO SOBRE
LA RENTA EN FORMA INDIVIDUAL Y YA NO CONSOLIDE, DEBERA PRESENTAR EL DICTAMEN
RELATIVO A SOCIEDADES CONTROLADORAS Y CONTROLADAS.
·
LA INFORMACION DE DESCONSOLIDACION CORRESPONDERA AL EJERCICIO INMEDIATO
A ANTERIOR AL SUJETO A REVISION CUANDO LA DESCONSOLIDACION DEL GRUPO Y LA
OBLIGACION DE ENTERAR IMPUESTOS RELATIVOS SE DE ANTES DE QUE SE EMITA EL INFORME
SOBRE LA REVISION DE LA SITUACION FISCAL DEL CONTRIBUYENTE, EN ESTE CASO, A
PESAR DE QUE LA SOCIEDAD CONTROLADORA CUMPLA CON SUS OBLIGACIONES FISCALES EN
MATERIA DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA EN FORMA INDIVIDUAL Y YA NO CONSOLIDE,
DEBERA PRESENTAR EL DICTAMEN RELATIVO A SOCIEDADES CONTROLADORAS Y CONTROLADAS.
CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA CONSOLIDADA. CUFIN CONSOLIDADA I.S.R.
·
POR LO QUE RESPECTA A LA INFORMACION QUE SE SOLICITA PARA EFECTOS DE LA
CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA (CUFIN) CONSOLIDADA I.S.R., SE DEBERA
PROPORCIONAR CON UNA INTEGRACION DE LA MISMA, DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 69
Y 88 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, ARTICULO 2 FRACCION XXXV DE LAS
DISPOSICIONES TRANSITORIAS DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA PUBLICADA EN
EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 1 DE ENERO DE 2002 Y EN VIGOR A PARTIR DE
ESE DIA.
·
SE INTEGRARA LA UTILIDAD FISCAL NETA DEL EJERCICIO GENERADA EN LOS
SIGUIENTES PERIODOS: DE 1975 A 1988, DE 1989 A 1998, DE 1999 A 2001, DE 2002 A
2004 Y DE 2005 A 2009, ANOTANDO LAS CANTIDADES RELACIONADAS CON LA INTEGRACION
DE LA UTILIDAD EN LA COLUMNA DEL EJERCICIO FISCAL AL QUE CORRESPONDAN.
·
PARA EFECTOS DE ESTE ANEXO, CUANDO SE DISTRIBUYAN O PERCIBAN DIVIDENDOS,
SE PODRAN ABRIR INDICES ADICIONALES A LOS YA EXISTENTES DESPUES DEL 521023
“SALDO CUFIN CONSOLIDADO ACTUALIZADO DESPUES DEL COBRO DE DIVIDENDOS”, CUANDO
SE REQUIERA UTILIZAR RENGLONES ADICIONALES A LOS PREESTABLECIDOS, APLICANDO LA
MECANICA OPERACIONAL CONTEMPLADA EN ESTE ANEXO, UTILIZANDO LOS SIGUIENTES
CONCEPTOS DESDE “FACTOR DE ACTUALIZACION AL MES EN QUE SE PERCIBAN DIVIDENDOS”
Y HASTA EL CONCEPTO “SALDO CUFIN ACTUALIZADO DESPUES DEL COBRO DE DIVIDENDOS”
PARA LOS DIVIDENDOS PERCIBIDOS.
EJEMPLO: ESTOS CONCEPTOS SE PRESENTAN
COMO SIGUE:
CONCEPTO |
|
FACTOR DE ACTUALIZACION AL MES EN QUE SE
PERCIBAN DIVIDENDOS |
SALDO CUFIN ACTUALIZADO ANTES DE QUE SE
PERCIBAN DIVIDENDOS |
DIVIDENDOS COBRADOS |
SALDO CUFIN CONSOLIDADO ACTUALIZADO DESPUES
DEL COBRO DE DIVIDENDOS |
·
EN EL CASO DE DIVIDENDOS PAGADOS SE PODRAN ABRIR RENGLONES DESPUES DEL
RENGLON “SALDO CUFIN ACTUALIZADO DESPUES DEL PAGO DE DIVIDENDOS”, UTILIZANDO
LOS SIGUIENTES CONCEPTOS “FACTOR DE ACTUALIZACION” HASTA “SALDO CUFIN
ACTUALIZADO DESPUES DEL PAGO DE DIVIDENDOS”.
EJEMPLO: ESTOS CONCEPTOS SE PRESENTAN
COMO SIGUE:
CONCEPTO |
|
FACTOR DE ACTUALIZACION |
SALDO CUFIN ACTUALIZADO ANTES DE QUE SE
DISTRIBUYAN DIVIDENDOS |
DIVIDENDOS PAGADOS, INCLUSO POR DISMINUCION
O REDUCCION DE CAPITAL |
SALDO CUFIN ACTUALIZADO DESPUES DEL PAGO DE
DIVIDENDOS |
·
LA PRESENTACION DE ESTA INFORMACION SERA OBLIGATORIA INDEPENDIENTEMENTE
DE QUE SE PERCIBAN O DISTRIBUYAN DIVIDENDOS EN EL EJERCICIO.
CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA CONSOLIDADA
REINVERTIDA.- CUFINRE CONSOLIDADA I.S.R.
·
SE INTEGRARA LA UTILIDAD FISCAL NETA CONSOLIDADA REINVERTIDA DEL EJERCICIO
GENERADA EN LOS EJERCICIOS DE 1999, 2000 Y 2001.
·
PARA EFECTOS DE ESTE ANEXO, CUANDO SE DISTRIBUYAN DIVIDENDOS, SE PODRAN
ABRIR INDICES ADICIONALES A LOS YA EXISTENTES DESPUES DEL RENGLON “SALDO FINAL
DE CUFINRE CONSOLIDADO ACTUALIZADO HASTA EL ULTIMO MES DEL EJERCICIO DE QUE SE
TRATE”, CUANDO SE REQUIERA UTILIZAR RENGLONES ADICIONALES A LOS
PREESTABLECIDOS, APLICANDO LA MECANICA OPERACIONAL CONTEMPLADA EN ESTE ANEXO,
UTILIZANDO LOS SIGUIENTES CONCEPTOS DESDE EL “SALDO CUFINRE ACTUALIZADO ANTES
DE QUE SE DISTRIBUYAN DIVIDENDOS, INCLUSIVE POR DISMINUCION O REDUCCION DE
CAPITAL” Y HASTA EL CONCEPTO “SALDO FINAL DE CUFINRE CONSOLIDADO ACTUALIZADO
HASTA EL ULTIMO MES DEL EJERCICIO DE QUE SE TRATE”.
EJEMPLO: ESTOS CONCEPTOS SE PRESENTAN
COMO SIGUE:
CONCEPTO |
|
SALDO CUFINRE ACTUALIZADO ANTES DE QUE SE
DISTRIBUYAN DIVIDENDOS, INCLUSIVE POR DISMINUCION O REDUCCION DE CAPITAL |
DIVIDENDOS PAGADOS POR LA SOCIEDAD
CONTROLADORA |
DIVIDENDOS PAGADOS POR LAS SOCIEDADES
CONTROLADAS |
SALDO CUFINRE CONSOLIDADO DESPUES DEL PAGO
DE DIVIDENDOS |
FACTOR DE ACTUALIZACION AL ULTIMO MES DEL
EJERCICIO DE QUE SE TRATE |
SALDO FINAL DE CUFINRE CONSOLIDADO
ACTUALIZADO HASTA EL ULTIMO MES DEL EJERCICIO DE QUE SE TRATE |
·
LA PRESENTACION DE ESTA INFORMACION SERA OBLIGATORIA INDEPENDIENTEMENTE
DE QUE SE DISTRIBUYAN O NO DIVIDENDOS EN EL EJERCICIO.
INTEGRACION DE PERDIDAS FISCALES CONSOLIDADAS DE EJERCICIOS ANTERIORES.
·
LAS SOCIEDADES CONTROLADORAS QUE TENGAN PERDIDAS FISCALES CONSOLIDADAS
DE EJERCICIOS ANTERIORES QUE LAS HAYAN AMORTIZADO EN EL EJERCICIO FISCAL DE
2009, O BIEN, CUANDO ESTEN PENDIENTES DE AMORTIZAR AL CIERRE DEL EJERCICIO DE
2009, INVARIABLEMENTE DEBERAN PROPORCIONAR LA INFORMACION SOLICITADA EN ESTE
ANEXO.
APLICABLES A LOS DICTAMENES DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y FIANZAS.
GANANCIA INFLACIONARIA DIFERIDA.
·
EN ESTE ANEXO SE INTEGRARA LA GANANCIA INFLACIONARIA DIFERIDA O SALDO
PENDIENTE DE APLICAR DESDE 1992, ASI COMO SU APLICACION POSTERIOR Y EL SALDO
PENDIENTE DE APLICAR.
VALOR DE LOS ACTOS O ACTIVIDADES PARA EFECTOS DEL IMPUESTO AL VALOR
AGREGADO.
·
EN ESTE ANEXO SE INTEGRARAN LOS INGRESOS DEL CONTRIBUYENTE DE ACUERDO
CON LA TASA A LA QUE SE ENCUENTRAN AFECTOS COMO ACTOS O ACTIVIDADES, SEÑALANDO
SI ESTAN EXENTOS O NO SON AFECTOS EN EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO.
APLICABLES A LOS DICTAMENES DE INTERMEDIARIOS FINANCIEROS NO BANCARIOS.
·
DEBIDO A LA SIMILITUD EN LA DENOMINACION DE LAS DIVERSAS CUENTAS QUE
INTEGRAN LOS CATALOGOS DE CUENTAS AUTORIZADAS DE LA COIMISION NACIONAL BANCARIA
Y DE VALORES PARA LOS ALMACENES GENERALES DE DEPOSITO, EMPRESAS DE FACTORAJE
FINANCIERO, ARRENDADORAS FINANCIERAS, SOCIEDADES FINANCIERAS DE OBJETO MULTIPLE
REGULADAS, UNIONES DE CREDITO, ENTIDADES DE AHORRO Y CREDITO POPULAR Y OTROS
INTERMEDIARIOS FINANCIEROS NO BANCARIOS, SE HIZO NECESARIO COJUNTAR EN UN SOLO
DICTAMEN TODA LA INFORMACION DE ESTE TIPO DE ENTIDADES BAJO LA DENOMINACION
GENERICA DE “INTERMEDIARIOS FINANCIEROS NO BANCARIOS”.
APLICABLES A LOS DICTAMENES DE SOCIEDADES DE INVERSION DE CAPITALES, DE
RENTA VARIABLE E INSTRUMENTOS DE DEUDA.
ESTADO DE VALUACION DE
CARTERA DE INVERSION.
·
EN LUGAR DE PRESENTAR LOS ESTADOS DE FLUJOS DE EFECTIVO Y/O DE CAMBIOS
EN LA SITUACION FINANCIERA, SE DEBERA INCLUIR EL ESTADO DE VALUACION DE CARTERA
DE INVERSION, CON LA INFORMACION AL CIERRE DEL EJERCICIO.
APLICABLES A LOS DICTAMENES DE ESTABLECIMIENTOS PERMANENTES DE
RESIDENTES EN EL EXTRANJERO.
ESTADO DE VARIACIONES EN EL PATRIMONIO DE LA OFICINA CENTRAL DEL
EXTRANJERO.
·
DEBIDO A LA LIMITACION PARA AGREGAR NUEVAS COLUMNAS A LOS FORMATOS, EN
EL ESTADO DE VARIACIONES EN EL PATRIMONIO, SE HAN INCLUIDO DOS COLUMNAS PARA
“OTRAS CUENTAS DE PATRIMONIO ACREEDORAS” Y “OTRAS CUENTAS DE PATRIMONIO
DEUDORAS”, QUE PODRAN UTILIZARSE CUANDO SEA NECESARIO REFLEJAR CONCEPTOS DEL
PATRIMONIO QUE NO TENGAN UNA COLUMNA ESPECIFICA, POR EJEMPLO: “DONACIONES”.
·
CUANDO SE ANOTEN CANTIDADES EN LAS COLUMNAS “OTRAS CUENTAS DE PATRIMONIO
ACREEDORAS” Y “OTRAS CUENTAS DE PATRIMONIO DEUDORAS”, DEBIDO A QUE SU SALDO SE
INTEGRA POR EL IMPORTE DE UNA O MAS CUENTAS, LA INTEGRACION DE LAS MISMAS SE
DEBERA PRESENTAR ANTES DEL RENGLON “SALDOS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2009” O EL
RENGLON “SALDOS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2008” EN LOS RENGLONES DENOMINADOS
“OTROS”, SEGUN SE TRATE, CONSIGNANDO EN LA COLUMNA DE CONCEPTO EL NOMBRE DE LAS
CUENTAS QUE INTEGRAN DICHOS SALDOS Y EN LA COLUMNA DE REFERENCIA, EL IMPORTE
CORRESPONDIENTE A CADA CUENTA O CONCEPTO.
ANALISIS COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DE GASTOS.
·
EN ESTE ANEXO SE DEBERA PRESENTAR ADEMAS UN ANALISIS COMPARATIVO DE
GASTOS PRORRATEADOS POR LA OFICINA CENTRAL EN EL EXTRANJERO.
CUENTAS DE REMESAS DE CAPITAL.
·
POR LO QUE RESPECTA A LA INFORMACION QUE SE SOLICITA PARA EFECTOS DE LA
CUENTA DE REMESAS DE CAPITAL, SE DEBERA PROPORCIONAR CON UNA INTEGRACION DE LA
MISMA, DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 193 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA
RENTA.
·
SE INTEGRARAN LOS SALDOS DE LA CUENTA DESDE EL EJERCICIO FISCAL DE 1975,
CUANDO ASI PROCEDA.
CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y
FISCAL PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA. DETERMINACION DE LA DEDUCCION
DE LA PARTE PROPORCIONAL DEL GASTO PROMEDIO QUE POR SUS OPERACIONES HAYA TENIDO
EN EL MISMO EJERCICIO LA EMPRESA RESIDENTE EN EL EXTRANJERO QUE SE DEDICO AL
TRANSPORTE INTERNACIONAL AEREO O TERRESTE, CONSIDERANDO LA OFICINA CENTRAL Y
TODOS SUS ESTABLECIMIENTOS ARTICULO 30, 4o. Y 5o. PARRAFOS L.I.S.R.
·
PARA EFECTOS DEL LLENADO DE LOS INDICES 416010 “UTILIDAD ANTES DE
IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LA OFICINA CENTRAL Y TODOS SUS ESTABLECIMIENTOS” Y
416020 “TOTAL DE INGRESOS CONTABLES OBTENIDOS EN EL EJERCICIO FISCAL DE LA
OFICINA CENTRAL Y TODOS SUS ESTABLECIMIENTOS”, EL CONTRIBUYENTE DEBERA OBTENER
DICHOS IMPORTES DE ACUERDO CON EL ARTICULO 30 DE L.I.S.R. CONSIDERANDO LOS
DATOS DE LA OFICINA CENTRAL Y TODOS SUS ESTABLECIMIENTOS.
·
RESPECTO DE LOS SIGUIENTES CONCEPTOS SE DEBERA MANEJAR CON ENTEROS Y DOS
DECIMALES.
CONCEPTO
COCIENTE
FACTOR DE GASTO PROMEDIO APLICABLE
FACTOR DE GASTO PROMEDIO APLICABLE
EJEMPLO:
FACTOR DE GASTO DEL 80% SE ESCRIBIRA 0.80
FACTOR DE GASTO DEL 100% SE ESCRIBIRA 1.00
INFORMACION SOBRE EL IMPUESTO AL VALOR
AGREGADO DE RESIDENTES EN EL EXTRANJERO QUE PRESTEN SERVICIOS DE TRANSPORTE
AEREO INTERNACIONAL DE PERSONAS AMPARADO POR BOLETOS ENAJENADOS POR OTRA LINEA
AEREA.
·
EN ESTE ANEXO SE IDENTIFICARA EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO RELACIONADO
CON EL SERVICIO DE TRANSPORTE AEREO INTERNACIONAL DE PERSONAS AMPARADO POR
BOLETOS ENAJENADOS POR UNA LINEA AEREA DISTINTA.
·
LA INFORMACION DE ESTE ANEXO ES COMPLEMENTARIA DE LA CONTENIDA EN LOS
ANEXOS “RELACION DE CONTRIBUCIONES A CARGO DEL CONTRIBUYENTE COMO SUJETO
DIRECTO O EN SU CARACTER DE RETENEDOR O RECAUDADOR” Y “RELACION DE PAGOS
PROVISIONALES Y PAGOS MENSUALES DEFINITIVOS”, POR LO QUE EL VALOR DE ACTOS O
ACTIVIDADES Y EL IVA CAUSADO RELACIONADO CON EL SERVICIO DE TRANSPORTE AEREO
INTERNACIONAL DE PERSONAS AMPARADO POR BOLETOS ENAJENADOS POR UNA LINEA AEREA
DISTINTA DEBERA SER PARTE INTEGRANTE DE LA INFORMACION CONTENIDA EN LOS DOS
ANEXOS ANTES REFERIDOS.
DATOS DE LA LINEA AEREA QUE ENAJENA LOS
BOLETOS QUE AMPAREN EL SERVICIO DE TRANSPORTE AEREO INTERNACIONAL DE PERSONAS.
·
EN ESTE ANEXO SE IDENTIFICARAN LOS DATOS CORRESPONDIENTES A LA LINEA
AEREA QUE ENAJENO LOS BOLETOS QUE AMPARARON EL SERVICIO DE TRANSPORTE AEREO
INTERNACIONAL DE PERSONAS.
APENDICE IV.
CATALOGO DE TIPO DE OPERACION PARA EFECTOS DEL ANEXO “OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS”.
OPERACIONES DE INGRESO |
|
0100 |
INGRESOS TOTALES POR VENTA DE INVENTARIOS
PRODUCIDOS TERMINADOS |
0101 |
INGRESOS TOTALES POR VENTA DE INVENTARIOS
PRODUCIDOS SEMITERMINADOS |
0200 |
INGRESOS TOTALES POR VENTA DE INVENTARIOS
ADQUIRIDOS PARA DISTRIBUCION |
0201 |
INGRESOS TOTALES POR VENTA DE INVENTARIOS
ADQUIRIDOS (MATERIAS PRIMAS) |
0202 |
INGRESOS TOTALES POR VENTA DE INVENTARIOS
ADQUIRIDOS (ARTICULOS SEMITERMINADOS) |
0300 |
INGRESOS POR PRESTACION DE SERVICIOS EN GENERAL |
0301 |
INGRESOS POR PRESTACION DE SERVICIOS TECNICOS |
0400 |
INGRESOS POR MAQUILA |
0500 |
INGRESOS
POR SERVICIOS ADMINISTRATIVOS |
0600 |
INGRESOS
POR SEGUROS Y REASEGUROS |
0700 |
INGRESOS
POR COMISIONES |
0800 |
INGRESOS
POR REGALIAS |
0900 |
INGRESOS
POR ASISTENCIA TECNICA |
1000 |
INGRESOS
POR INTERESES DEVENGADOS |
1100 |
INGRESOS
POR ARRENDAMIENTO |
1200 |
INGRESO POR
ENAJENACION DE ACCIONES |
1300 |
INGRESOS
POR VENTA DE ACTIVO FIJO |
1301 |
INGRESOS
POR VENTA DE TERRENOS |
1302 |
INGRESOS
POR CONDONACION DE DEUDAS |
1303 |
GANANCIA
REALIZADA POR FUSION |
1304 |
GANANCIA
REALIZADA POR ESCISION |
1305 |
GANANCIA
QUE PROVENGA DE REDUCCION DE CAPITAL DE SOCIEDADES MERCANTILES RESIDENTES EN
EL EXTRANJERO |
1306 |
GANANCIA
QUE PROVENGA DE LIQUIDACION DE SOCIEDADES MERCANTILES RESIDENTES EN EL
EXTRANJERO |
1307 |
INGRESOS
POR RECUPERACION DE CREDITOS INCOBRABLES |
1308 |
INGRESOS
POR CANTIDADES PERCIBIDAS PARA EFECTUAR GASTOS POR CUENTA DE PARTES
RELACIONADAS |
1309 |
AJUSTE
ANUAL POR INFLACION RELATIVO A LOS CREDITOS Y DEUDAS CON PARTES RELACIONADAS |
1310 |
UTILIDAD EN
CAMBIOS GENERADA DE SALDOS Y OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS |
1311 |
CANTIDADES
RECIBIDAS EN EFECTIVO, EN MONEDA NACIONAL O EXTRANJERA POR CONCEPTO DE
PRESTAMOS, APORTACIONES PARA FUTUROS AUMENTOS DE CAPITAL MAYORES A $600,000
CUANDO NO SE CUMPLA CON LO PREVISTO EN EL ARTICULO 86-A DE LA L.I.S.R. |
1312 |
INGRESOS
POR DIVIDENDOS |
1313 |
GANANCIA
ACUMULABLE EN OPERACIONES FINANCIERAS DERIVADAS |
1314 |
INTERES A
FAVOR O ACUMULABLE QUE SE DETERMINE POR REALIZAR OPERACIONES FINANCIERAS
DERIVADAS |
1315 |
ACUMULACION
DE INGRESOS PERCIBIDOS POR OPERACIONES FINANCIERAS REFERIDAS A UN SUBYACENTE
QUE NO COTICE EN UN MERCADO RECONOCIDO |
1316 |
INGRESOS
POR VENTA DE INTANGIBLES |
1317 |
INGRESOS
POR VENTA DE OTROS CARGOS Y GASTOS DIFERIDOS |
1318 |
ANTICIPOS
DE CLIENTES |
1319 |
INGRESOS
ATRIBUIBLES A ESTABLECIMIENTOS PERMANENTES |
1400 |
OTROS
INGRESOS (ESPECIFICAR) |
OPERACIONES
DE COSTO Y GASTOS |
|
1500 |
COMPRA NETA
DE INVENTARIOS PARA PRODUCCION TERMINADOS |
1501 |
COMPRA NETA
DE INVENTARIOS PARA PRODUCCION SEMITERMINADOS |
1502 |
COSTO DE
PRODUCCION Y VENTA DE ARTICULOS PRODUCIDOS |
1600 |
COMPRA NETA DE INVENTARIOS
ADQUIRIDOS PARA DISTRIBUCION |
1601 |
COSTO DE VENTAS DE
ARTICULOS DE DISTRIBUCION |
1700 |
INVERSIONES EN ACTIVO
FIJO, CARGOS Y GASTOS DIFERIDOS |
1701 |
DEPRECIACION FISCAL |
1702 |
DEDUCCION INMEDIATA |
1703 |
AMORTIZACION FISCAL |
1704 |
COSTO FISCAL EN VENTA DE
ACTIVO FIJO |
1705 |
COSTO FISCAL EN VENTA DE
TITULOS VALOR |
1706 |
COSTO FISCAL EN VENTA DE
INTANGIBLES |
1707 |
COSTO FISCAL EN VENTA DE
OTROS CARGOS Y GASTOS DIFERIDOS |
1708 |
COSTO FISCAL EN VENTA DE
TERRENO |
1800 |
REGALIAS |
1900 |
ASISTENCIA TECNICA |
2000 |
HONORARIOS |
2100 |
ARRENDAMIENTO |
2200 |
GARANTIAS |
2300 |
PUBLICIDAD |
2400 |
SERVICIOS DE MAQUILA |
2500 |
OTROS SERVICIOS PRESTADOS |
2600 |
SERVICIOS FINANCIEROS |
2700 |
COMISIONES |
2800 |
INTERESES DEVENGADOS A
CARGO |
2900 |
POR PRIMAS PAGADAS POR
SEGURO Y REASEGURO |
2901 |
REASEGURO CAUTIVO |
3000 |
COSTO FISCAL EN VENTA DE
ACCIONES |
3001 |
GASTOS A PRORRATA DE
ESTABLECIMIENTOS PERMANENTES |
3002 |
DEVOLUCIONES, REBAJAS Y
DESCUENTOS SOBRE VENTA DE INVENTARIOS PRODUCIDOS TERMINADOS |
3003 |
DEVOLUCIONES, REBAJAS Y
DESCUENTOS SOBRE VENTA DE INVENTARIOS PRODUCIDOS SEMITERMINADOS |
3004 |
DEVOLUCIONES, REBAJAS Y
DESCUENTOS SOBRE VENTA DE INVENTARIOS ADQUIRIDOS PARA DISTRIBUCION |
3005 |
DEVOLUCIONES, REBAJAS Y
DESCUENTOS SOBRE VENTA DE INVENTARIOS ADQUIRIDOS (MATERIAS PRIMAS) |
3006 |
DEVOLUCIONES, REBAJAS Y
DESCUENTOS SOBRE VENTA DE INVENTARIOS ADQUIRIDOS (ARTICULOS SEMITERMINADOS) |
3007 |
CREDITOS INCOBRABLES,
PERDIDAS POR CASO FORTUITO, FUERZA MAYOR O POR ENAJENACION DE BIENES
DISTINTOS DE INVENTARIO |
3008 |
AJUSTE ANUAL POR INFLACION
RELATIVO A LOS CREDITOS Y DEUDAS CON PARTES RELACIONADAS |
3009 |
PERDIDA EN CAMBIOS
GENERADA DE SALDOS Y OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS |
3010 |
ANTICIPOS DE GASTOS |
3100 |
OTROS PAGOS (ESPECIFICAR) |
APENDICE V. CATALOGO DE
METODO DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA APLICADO, PARA EFECTOS DEL ANEXO
“OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS”.
CLAVE |
METODO |
PC |
PRECIO COMPARABLE NO
CONTROLADO |
PR |
PRECIO DE REVENTA |
CA |
COSTO ADICIONADO |
PU |
PARTICION DE UTILIDADES |
RPU |
RESIDUAL DE PARTICION DE
UTILIDADES |
MTU |
MARGENES TRANSACCIONALES
DE UTILIDADES DE OPERACION |
APENDICE VI. CATALOGO DE
PAIS DE RESIDENCIA, PAIS DE RESIDENCIA DE LA ENTIDAD EXTRANJERA, PAIS DE
RESIDENCIA FISCAL, PAIS DE RESIDENCIA PARA EFECTOS FISCALES, PAIS DE RESIDENCIA
FISCAL DE LA ENTIDAD, PAIS DE PROCEDENCIA, PAIS DE ORIGEN Y PAIS DE DESTINO.
PARA LOS EFECTOS DE ESTE APENDICE, SE APLICARA EL
CATALOGO VIGENTE A LA FECHA DE PRESENTACION DEL DICTAMEN, SEGUN EL ANEXO 10 DE
LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2002 PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA
FEDERACION EL 5 DE JULIO DE 2002 Y SE PRESENTAN A CONTINUACION:
CLAVE |
PAIS |
AD |
PRINCIPADO
DE ANDORRA |
AE |
EMIRATOS
ARABES UNIDOS |
AF |
AFGANISTAN |
AG |
ANTIGUA
Y BERMUDA |
AI |
ISLA
ANGUILLA |
AL |
REPUBLICA
DE ALBANIA |
AN |
ANTILLAS
NEERLANDESAS |
AO |
REPUBLICA
DE ANGOLA |
AQ |
ANTARTICA |
AR |
ARGENTINA |
AS |
SAMOA
AMERICANA |
AT |
AUSTRIA |
AU |
AUSTRALIA |
AW |
ARUBA |
AX |
ASCENSION |
AZ |
ISLAS
AZORES |
BB |
BARBADOS |
BD |
BANGLADESH |
BE |
BELGICA |
BF |
BURKINA
FASO |
BG |
BULGARIA |
BH |
ESTADO
DE BAHREIN |
BI |
BURUNDI |
BJ |
BENIN |
BL |
BELICE |
BM |
BERMUDAS |
BN |
BRUNEI
DARUSSALAM |
BO |
BOLIVIA |
BR |
BRASIL |
BS |
COMMONWEALTH
DE LAS BAHAMAS |
BT |
BUTHAN |
BU |
BURMA |
BV |
ISLA
BOUVET |
BW |
BOTSWANA |
BY |
BIELORRUSIA |
CA |
CANADA |
CC |
ISLA
DE COCOS O KELLING |
CD |
ISLAS
CANARIAS |
CE |
ISLA
DE CHRISTMAS |
CF |
REPUBLICA
CENTRO AFRICANA |
CG |
CONGO |
CH |
SUIZA |
CI |
COSTA
DE MARFIL |
CK |
ISLAS
COOK |
CL |
CHILE |
CM |
CAMERUN |
CN |
CHINA |
CO |
COLOMBIA |
CP |
CAMPIONE
D’ITALIA |
CR |
REPUBLICA
DE COSTA RICA |
CS |
REPUBLICA
CHECA Y REPUBLICA ESLOVACA |
CU |
CUBA |
CV |
REPUBLICA
DE CABO VERDE |
CX |
ISLA
DE NAVIDAD |
CY |
REPUBLICA
DE CHIPRE |
DD |
ALEMANIA |
DJ |
REPUBLICA
DE DJIBOUTI |
DK |
DINAMARCA |
DM |
REPUBLICA
DOMINICANA |
DN |
COMMONWEALTH
DE DOMINICA |
DZ |
ARGELIA |
EC |
ECUADOR |
EG |
EGIPTO |
EH |
SAHARA
DEL OESTE |
EO |
ESTADO
INDEPENDIENTE DE SAMOA OCCIDENTAL |
ES |
ESPAÑA |
ET |
ETIOPIA |
FI |
FINLANDIA |
FJ |
FIJI |
FK |
ISLAS
MALVINAS |
FM |
MICRONESIA |
FO |
ISLAS
FAROE |
FR |
FRANCIA |
GA |
GABON |
GB |
GRAN
BRETAÑA (REINO UNIDO) |
GD |
GRANADA |
GF |
GUYANA
FRANCESA |
GH |
GHANA |
GI |
GIBRALTAR |
GJ |
GROENLANDIA |
GM |
GAMBIA |
GN |
GUINEA |
GP |
GUADALUPE |
GQ |
GUINEA
ECUATORIAL |
GR |
GRECIA |
GT |
GUATEMALA |
GU |
GUAM |
GW |
GUINEA
BISSAU |
GY |
REPUBLICA
DE GUYANA |
GZ |
ISLAS DE GUERNESEY, JERSEY, ALDERNEY, ISLA
GREAT SARK, HERM, LITTLE SARK, BERCHOU, JETHOU, LIHOU (ISLAS DEL CANAL) |
HK |
HONG
KONG |
HM |
ISLAS HEARD AND MC DONALD |
HN |
REPUBLICA
DE HONDURAS |
HT |
HAITI |
HU |
HUNGRIA |
ID |
INDONESIA |
IE |
IRLANDA |
IH |
ISLA
DEL HOMBRE |
IL |
ISRAEL |
IN |
INDIA |
IO |
TERRITORIO
BRITANICO EN EL OCEANO INDICO |
IP |
ISLAS
PACIFICO |
IQ |
IRAQ |
IR |
IRAN |
IS |
ISLANDIA |
IT |
ITALIA |
JM |
JAMAICA |
JO |
REINO
HACHEMITA DE JORDANIA |
JP |
JAPON |
KE |
KENIA |
KH |
CAMPUCHEA
DEMOCRATICA |
KI |
KIRIBATI |
KM |
COMOROS |
KN |
SAN
KITTS |
KP |
REPUBLICA
DEMOCRATICA DE COREA |
KR |
REPUBLICA
DE COREA |
KW |
ESTADO
DE KUWAIT |
KY |
ISLAS
CAIMAN |
LA |
REPUBLICA
DEMOCRATICA DE LAOS |
LB |
LIBANO |
LC |
SANTA
LUCIA |
LI |
PRINCIPADO
DE LIECHTENSTEIN |
LK |
REPUBLICA
SOCIALISTA DEMOCRATICA DE SRI LANKA |
LN |
LABUAN |
LR |
REPUBLICA
DE LIBERIA |
LS |
LESOTHO |
LU |
GRAN
DUCADO DE LUXEMBURGO |
LY |
LIBIA |
MA |
MARRUECOS |
MC |
PRINCIPADO
DE MONACO |
MD |
MADEIRA |
MG |
MADAGASCAR |
MH |
REPUBLICA
DE LAS ISLAS MARSHALL |
ML |
MALI |
MN |
MONGOLIA |
MO |
MACAO |
MP |
ISLAS
MARIANAS DEL NORESTE |
MQ |
MARTINICA |
MR |
MAURITANIA |
MS |
MONSERRAT |
MT |
MALTA |
MU |
REPUBLICA
DE MAURICIO |
MV |
REPUBLICA
DE MALDIVAS |
MW |
MALAWI |
MY |
MALASIA |
MZ |
MOZAMBIQUE |
NA |
REPUBLICA
DE NAMIBIA |
NC |
NUEVA
CALEDONIA |
NE |
NIGER |
NF |
ISLA
DE NORFOLK |
NG |
NIGERIA |
NI |
NICARAGUA |
NL |
HOLANDA |
NO |
NORUEGA |
NP |
NEPAL |
NR |
REPUBLICA
DE NAURU |
NT |
ZONA
NEUTRAL |
NU |
NIUE |
NV |
NEVIS |
NZ |
NUEVA
ZELANDIA |
OM |
SULTANIA
DE OMAN |
PA |
REPUBLICA
DE PANAMA |
PE |
PERU |
PF |
POLINESIA
FRANCESA |
PG |
PAPUA
NUEVA GUINEA |
PH |
FILIPINAS |
PK |
PAKISTAN |
PL |
POLONIA |
PM |
ISLA
DE SAN PEDRO Y MIGUELON |
PN |
PITCAIRN |
PR |
ESTADO
LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO |
PT |
PORTUGAL |
PU |
PATAU |
PW |
PALAU |
PY |
PARAGUAY |
QA |
ESTADO
DE QUATAR |
QB |
ISLA
QESHM |
RE |
REUNION |
RO |
RUMANIA |
RW |
RHUANDA |
SA |
ARABIA
SAUDITA |
SB |
ISLAS
SALOMON |
SC |
SEYCHELLES
ISLAS |
SD |
SUDAN |
SE |
SUECIA |
SG |
SINGAPUR |
SH |
SANTA
ELENA |
SI |
ARCHIPIELAGO
DE SVALBARD |
SJ |
ISLAS SVALBARD AND JAN MAYEN |
SK |
SARK |
SL |
SIERRA
LEONA |
SM |
SERENISIMA
REPUBLICA DE SAN MARINO |
SN |
SENEGAL |
SO |
SOMALIA |
SR |
SURINAM |
ST |
SAO
TOME AND PRINCIPE |
SU |
PAISES
DE LA EX-U.R.S.S., EXCEPTO UCRANIA Y BIELORUSIA |
SV |
EL
SALVADOR |
SW |
REPUBLICA
DE SEYCHELLES |
SY |
SIRIA |
SZ |
REINO
DE SWAZILANDIA |
TC |
ISLAS
TURCAS Y CAICOS |
TD |
CHAD |
TF |
TERRITORIOS
FRANCESES DEL SURESTE |
TG |
TOGO |
TH |
THAILANDIA |
TK |
TOKELAU |
TN |
REPUBLICA
DE TUNEZ |
TO |
REINO
DE TONGA |
TP |
TIMOR
ESTE |
TR |
TRIESTE |
TS |
TRISTAN
DA CUNHA |
TT |
REPUBLICA
DE TRINIDAD Y TOBAGO |
TU |
TURQUIA |
TV |
TUVALU |
TW |
TAIWAN |
TZ |
TANZANIA |
UA |
UCRANIA |
UG |
UGANDA |
UM |
ISLAS
MENORES ALEJADAS DE LOS ESTADOS UNIDOS |
US |
ESTADOS
UNIDOS DE AMERICA |
UY |
REPUBLICA
ORIENTAL DEL URUGUAY |
VA |
EL
VATICANO |
VC |
SAN
VICENTE Y LAS GRANADINAS |
VE |
VENEZUELA |
VG |
ISLAS
VIRGENES BRITANICAS |
VI |
ISLAS
VIRGENES DE ESTADOS UNIDOS DE AMERICA |
VN |
VIETNAM |
VU |
REPUBLICA
DE VANUATU |
WF |
ISLAS
WALLIS Y FUNTUNA |
XX |
OTRO |
YD |
YEMEN
DEMOCRATICA |
YE |
REPUBLICA
DEL YEMEN |
YU |
PAISES
DE LA EX-YUGOSLAVIA |
ZA |
SUDAFRICA |
ZC |
ZONA
ESPECIAL CANARIA |
ZM |
ZAMBIA |
ZO |
ZONA
LIBRE OSTRAVA |
ZR |
ZAIRE |
ZW |
ZIMBABWE |
CUANDO
SE REQUIERA UTILIZAR MEXICO SE
PONDRA EL NOMBRE CORRESPONDIENTE, O BIEN, LA CLAVE ME, SEGUN EL TIPO DE INFORMACION SOLICITADA.
APENDICE VII.
CATALOGO DE TIPO DE MONEDA.
ANEXO
22 DE LAS REGLAS DE CARACTER GENERAL EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2009,
APENDICE 5.- CLAVES DE MONEDAS, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION
EL 14 DE MAYO
DE 2009.
PAIS |
NOMBRE MONEDA |
AFRICA CENTRAL |
FRANCO |
ALBANIA |
LEK |
ALEMANIA |
EURO |
ANTILLAS HOLAN. |
FLORIN |
ARABIA SAUDITA |
RIYAL |
ARGELIA |
DINAR |
ARGENTINA |
PESO |
AUSTRALIA |
DOLAR |
AUSTRIA |
EURO |
BAHAMAS |
DOLAR |
BAHRAIN |
DINAR |
BARBADOS |
DOLAR |
BELGICA |
EURO |
BELICE |
DOLAR |
BERMUDA |
DOLAR |
BOLIVIA |
BOLIVIANO |
BRASIL |
REAL |
BULGARIA |
LEV |
CANADA |
DOLAR |
CHILE |
PESO |
CHINA |
YUAN |
COLOMBIA |
PESO |
COREA DEL NORTE |
WON |
COREA DEL SUR |
WON |
COSTA RICA |
COLON |
CUBA |
PESO |
DINAMARCA |
CORONA |
ECUADOR |
DOLAR |
EGIPTO |
LIBRA |
EL SALVADOR |
COLON |
EM. ARABES UNIDOS |
DIRHAM |
ESPAÑA |
EURO |
ESTONIA |
CORONA |
ETIOPIA |
BIRR |
E.U.A. |
DOLAR |
FED. RUSA |
RUBLO |
FIDJI |
DOLAR |
FILIPINAS |
PESO |
FINLANDIA |
EURO |
FRANCIA |
EURO |
GHANA |
CEDI |
GRAN BRETAÑA |
LIBRA ESTERLINA |
GRECIA |
EURO |
GUATEMALA |
QUETZAL |
GUYANA |
DOLAR |
HAITI |
GOURDE |
HOLANDA |
EURO |
HONDURAS |
LEMPIRA |
HONG KONG |
DOLAR |
HUNGRIA |
FORINT |
INDIA |
RUPIA |
INDONESIA |
RUPIA |
IRAK |
DINAR |
IRAN |
RIYAL |
IRLANDA |
EURO |
ISLANDIA |
CORONA |
ISRAEL |
SHEKEL |
ITALIA |
EURO |
JAMAICA |
DOLAR |
JAPON |
YEN |
JORDANIA |
DINAR |
KENYA |
CHELIN |
KUWAIT |
DINAR |
LIBANO |
LIBRA |
LIBIA |
DINAR |
LITUANIA |
LITAS |
LUXEMBURGO |
EURO |
MALASIA |
RINGGIT |
MALTA |
LIRA |
MARRUECOS |
DIRHAM |
MEXICO |
PESO |
MONTENEGRO |
EURO |
NICARAGUA |
CORDOBA |
NIGERIA (FED) |
NAIRA |
NORUEGA |
CORONA |
NUEVA ZELANDA |
DOLAR |
PAKISTAN |
RUPIA |
PALESTINA |
SHEKEL |
PANAMA |
BALBOA |
PARAGUAY |
GUARANI |
PERU |
N. SOL |
POLONIA |
ZLOTY |
PORTUGAL |
EURO |
PUERTO RICO |
DOLAR |
REPUBLICA CHECA |
CORONA |
REPUBLICA DEMOCRATICA DEL CONGO |
FRANCO |
REPUBLICA DE SERBIA |
DINAR |
REPUBLICA DOMINICANA |
PESO |
REPUBLICA ESLOVACA |
CORONA |
RUMANIA |
LEU |
SINGAPUR |
DOLAR |
SIRIA |
LIBRA |
SRI-LANKA |
RUPIA |
SUECIA |
CORONA |
SUIZA |
FRANCO |
SURINAM |
DOLAR |
TAILANDIA |
BAHT |
TAIWAN |
NUEVO DOLAR |
TANZANIA |
CHELIN |
TRINIDAD Y TOBAGO |
DOLAR |
TURQUIA |
LIRA |
UCRANIA |
HRYVNA |
UNION SUDAFRICANA |
RAND |
URUGUAY |
PESO |
U. MON. EUROPEA |
EURO |
VENEZUELA |
BOLIVAR |
VIETNAM |
DONG |
YEMEN (DEM. POP.) |
RIAL |
YUGOSLAVIA |
DINAR |
LOS DEMAS PAISES |
OTRAS MONEDAS |
APENDICE VIII. REGISTRO DE BANCOS, ENTIDADES
DE FINANCIAMIENTO, FONDOS DE PENSIONES Y JUBILACIONES Y FONDOS DE INVERSION DEL
EXTRANJERO, PARA LOS EFECTOS DE LOS ARTICULOS 179, 195, FRACCIONES I, II Y IV,
196, FRACCION II, 197 Y 199 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, PARA EL
ANEXO PRESTAMOS DEL EXTRANJERO, NUMERO DE REGISTRO DEL ACREEDOR RESIDENTE EN EL
EXTRANJERO.
PARA LOS
EFECTOS DE ESTE REGISTRO SE APLICARA EL CONTENIDO EN EL ANEXO 17 DE LA
RESOLUCION MISCELANEA FISCAL.
APENDICE IX.
CATALOGO DE CONCEPTOS DEL PAGO Y CONCEPTO ESPECIFICO DE LA OPERACION, PARA
EFECTOS DE LOS ANEXOS OPERACIONES CON RESIDENTES EN EL EXTRANJERO Y
RESPONSABILIDAD SOLIDARIA POR OPERACIONES DE RESIDENTES EN EL EXTRANJERO.
CLAVE |
CONCEPTO DE PAGO Y CONCEPTO ESPECIFICO DE LA OPERACION |
01 |
SUELDOS Y SALARIOS (EXCEPTO POR SERVICIOS
GUBERNAMENTALES) |
02 |
SERVICIOS PERSONALES INDEPENDIENTES (EXCEPTO
HONORARIOS A MIEMBROS DEL CONSEJO Y POR SERVICIOS GUBERNAMENTALES) |
03 |
HONORARIOS A MIEMBROS DEL CONSEJO |
04 |
INTERESES (ART.195.
FRACCION I LISR) |
05 |
INTERESES (ART.195, FRACCION II LISR) |
06 |
INTERESES (ART.195, FRACCION III LISR) |
07 |
INTERESES (ART.195, FRACCION IV LISR) |
08 |
INTERESES (OTROS) |
09 |
DIVIDENDOS PAGADOS A LAS PERSONAS MORALES QUE
SEAN PROPIETARIAS DE MAS DEL 10% DE LAS ACCIONES REPRESENTATIVAS DEL CAPITAL
SOCIAL |
10 |
DIVIDENDOS PAGADOS A OTRAS PERSONAS |
11 |
REGALIAS POR EL USO O GOCE TEMPORAL DE CARROS DE
FERROCARRIL (ART. 200, FRACCION I LISR) |
12 |
REGALIAS (DISTINTAS DE LAS COMPRENDIDAS EN LA
FRACCION I EXCEPTO ASISTENCIA TECNICA DEL ART. 200 FRACCION II LISR) |
13 |
OTRAS REGALIAS |
14 |
ASISTENCIA TECNICA (ART. 200 FRACCION II LISR) |
15 |
GANANCIAS DE CAPITAL (ENAJENACION DE INMUEBLES) |
16 |
GANANCIAS DE CAPITAL (ENAJENACION DE ACCIONES O
TITULOS VALOR) |
17 |
GANANCIAS DE CAPITAL (OTROS) |
18 |
REMUNERACIONES POR SERVICIOS GUBERNAMENTALES
(SUELDOS Y SALARIOS) |
19 |
REMUNERACIONES
POR SERVICIOS GUBERNAMENTALES (PENSIONES) |
20 |
REMUNERACIONES
POR SERVICIOS GUBERNAMENTALES (OTROS) |
21 |
PENSIONES
ALIMENTICIAS |
22 |
ARTISTAS,
DEPORTISTAS Y ESPECTACULOS PUBLICOS |
23 |
BIENES
INMUEBLES (AGRICULTURA) |
24 |
BIENES
INMUEBLES (REGALIAS POR USO DE RECURSOS NATURALES) |
25 |
BIENES
INMUEBLES (USO O GOCE TEMPORAL) |
26 |
BIENES
INMUEBLES (DESTINADOS A HOSPEDAJE) |
27 |
BIENES
INMUEBLES (OTROS) |
28 |
CONSTRUCCION,
INSTALACION, MANTENIMIENTO Y MONTAJE |
29 |
COMISIONES |
30 |
INGRESOS
DERIVADOS DE CONTRATOS DE SERVICIO TURISTICO DE TIEMPOS COMPARTIDOS |
31 |
INGRESOS POR PRIMAS PAGADAS O CEDIDAS A
REASEGURADORAS |
32 |
INGRESOS POR PRIMAS PAGADAS O CEDIDAS A
REASEGURADORAS CAUTIVAS |
40 |
OTROS
ESPECIFICAR |
APENDICE X. CATALOGO DE TIPO DE FINANCIAMIENTO PARA EFECTOS DEL ANEXO
“PRESTAMOS DEL EXTRANJERO”.
CLAVE |
TIPO DE FINANCIAMIENTO |
A |
ACEPTACIONES
BANCARIAS |
B |
CARTAS DE
CREDITO |
C |
CREDITO
PUENTE |
D |
DIRECTO |
E |
HABILITACION
O AVIO |
F |
HIPOTECARIO |
G |
LINEAS
GLOBALES |
H |
PRENDARIO |
I |
PROTOCOLOS |
J |
QUIROGRAFARIOS |
K |
REFACCIONARIO |
L |
REVOLVENTE |
M |
SINDICADO |
N |
OTROS
ESPECIFICAR |
APENDICE XI. CATALOGO DE PRINCIPALES ACTIVOS INTANGIBLES PARA EFECTOS
DEL “CUESTIONARIO EN MATERIA DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA”.
PRINCIPALES ACTIVOS INTANGIBLES (APENDICE B
DE LA NORMA DE INFORMACION FINANCIERA C-8 ACTIVOS INTANGIBLES)
CLAVE |
TIPO DE ACTIVO INTANGIBLE |
I. ACTIVOS RELACIONADOS
CON EL MERCADO |
|
IA) |
MARCAS REGISTRADAS |
IB) |
NOMBRES COMERCIALES |
IC) |
MARCAS DE SERVICIO O CERTIFICACION |
ID) |
IMAGEN DE MERCADO |
IE) |
NOMBRES DE PORTALES O “SITIOS DE RED” EN INTERNET |
IF) |
ACUERDOS DE NO COMPETENCIA |
IG) |
DERECHOS (TRANSMISION DE RADIO, DESARROLLO, DISTRIBUCION DE GAS,
ATERRIZAJE, RENTA, MINEROS, SERVICIO DE HIPOTECA, FRANQUICIA READQUIRIDA,
SERVICIO, CORTE DE MADERA, USO O AGUA) |
IH |
OTROS |
II. ACTIVOS RELACIONADOS
CON LA CARTERA DE CLIENTES |
|
IIA) |
LISTAS DE CLIENTES |
IIB) |
PRODUCCION CONTRATADA Y PEDIDOS FINCADOS |
IIC) |
CONTRATOS CON CLIENTES Y LAS CORRESPONDIENTES RELACIONES CON CLIENTES |
IID) |
RELACIONES NO CONTRACTUALES CON CLIENTES |
IIE) |
OTROS |
III. ACTIVOS INTELECTUALES
O ARTISTICOS |
|
IIIA) |
OBRAS TEATRALES, OPERAS, BALLETS, ETC. |
IIIB) |
LIBROS, REVISTAS, PERRIODICOS, MANUSCRITOS Y OTRO MATERIAL LITERARIO |
IIIC) |
OBRAS MUSICALES |
IIID) |
PINTURAS Y FOTOGRAFIAS |
IIIE) |
MATERIAL AUDIVISUAL, VIDEOS, PELICULAS, VIDEOS MUSICALES Y PROGRAMAS
DE TELEVISION |
IIIF) |
OTROS |
IV. ACTIVOS BASADOS EN
CONTRATOS O DERECHOS |
|
IVA) |
CONTRATOS DE LICENCIA DE USO, REGALIA Y PRIORIDAD |
IVB) |
CONTRATOS DE PUBLICIDAD, CONSTRUCCION, ADMINISTRACION, SERVICIO O
SUMINISTRO |
IVC) |
PERMISOS O CONCESIONES DE EXPLOTACION DE RECURSOS, ASI COMO DE PUERTOS
Y AEROPUERTOS |
IVD) |
CONTRATOS DE ARRENDAMIENTO |
IVE) |
PERMISOS DE CONSTRUCCION |
IVF) |
FRANQUICIAS |
IVG) |
PERMISOS, CONCESIONES O DERECHOS DE TRANSMISION DE CABLE, RADIO,
TELEVISION Y TELEDIFUSION |
IVH) |
PERMISOS O DERECHOS DE SUMINISTRO DE AGUA, ENERGIA, DISTRIBUCION DE
GAS, ATERROZAJE, RENTA, MINEROS, ETC. |
IVI) |
OTROS |
V. ACTIVOS INTANGIBLES
TECNOLOGICOS |
|
VA) |
PATENTES TECNOLOGICAS |
VB) |
INVESTIGACION Y DESARROLLO EN PROCESO |
VC) |
SISTEMAS DE COMPUTO (SOFTWARE), Y LICENCIAS, PROGRAMAS DE COMPUTO,
SISTEMAS DE INFORMACION, FORMATOS, ETC. |
VD) |
TECNOLOGIA NO PATENTADA, CONOCIMIENTO TECNICO. |
VE) |
BASES DE DATOS, TITULOS DE PLANTAS |
VF) |
PROCESOS Y FORMULAS CONFIDENCIALES |
VG) |
DIBUJOS TECNICOS, MANUALES DE PROCEDIMIENTOS TECNICOS, PLANOS |
VH) |
CREACION DE PROCESOS DE MANUFACTURA, PROCEDIMIENTOS, LINEAS DE
PRODUCCION |
VI) |
OTROS |
VI. ACTIVOS INTANGIBLES
DISTINTOS A LOS ANTERIORES |
|
VIA) |
OTROS |
INSTRUCTIVO DE CARACTERISTICAS PARA EL LLENADO Y PRESENTACION DEL
DICTAMEN DE ESTADOS FINANCIEROS PARA EFECTOS FISCALES EMITIDO POR CONTADOR
PUBLICO REGISTRADO, POR EL EJERCICIO FISCAL DEL 2009, UTILIZANDO EL SISTEMA DE
PRESENTACION DEL DICTAMEN 2009 (SIPRED'2009), APLICABLE A LOS SIGUIENTES TIPOS
DE DICTAMENES.
A. SOCIEDADES CONTROLADORAS Y CONTROLADAS
B. INSTITUCIONES DE CREDITO Y SOCIEDADES FINANCIERAS DE OBJETO
LIMITADO
C. INSTITUCIONES DE SEGUROS Y FIANZAS
D. INTERMEDIARIOS FINANCIEROS NO BANCARIOS
E. CASAS DE CAMBIO
F. CASAS DE BOLSA
G. SOCIEDADES CONTROLADORAS DE GRUPOS FINANCIEROS
H. SOCIEDADES DE INVERSION DE CAPITALES
I. SOCIEDADES DE INVERSION DE RENTA VARIABLE Y EN INSTRUMENTOS
DE DEUDA
J. ESTABLECIMIENTOS PERMANENTES DE RESIDENTES EN EL EXTRANJERO
ESTE INSTRUCTIVO ES
COMPLEMENTO DE LOS FORMATOS GUIA Y DEL INSTRUCTIVO PARA LA INTEGRACION Y
PRESENTACION DEL DICTAMEN.
CONTENIDO Y
CARACTERISTICAS PARA EL LLENADO DEL DICTAMEN.
DATOS DE
IDENTIFICACION.
APLICABLES A TODOS LOS TIPOS DE DICTAMENES EXCEPTO LOS DATOS DEL
CONTRIBUYENTE PARA EL DICTAMEN DE ESTABLECIMIENTOS PERMANENTES DE RESIDENTES EN
EL EXTRANJERO, LOS CUALES SE MENCIONAN EN EL APARTADO CORRESPONDIENTE.
NOTA: EN LOS INDICES DE ESTE APARTADO SE MANEJARAN ENTRE SEIS Y HASTA
OCHO CARACTERES DEPENDIENDO DEL TIPO DE DICTAMEN DE QUE SE TRATE.
CONTRIBUYENTE,
REPRESENTANTE LEGAL, CONTADOR PUBLICO.
DIC001 RFC (DEL CONTRIBUYENTE).
DIR001 RFC (DEL REPRESENTANTE LEGAL).
DIP001 RFC (DEL CONTADOR PUBLICO).
DIP015 RFC DEL DESPACHO.
·
DATO, REGISTRO FEDERAL DE
CONTRIBUYENTES DEL CONTRIBUYENTE, DEL REPRESENTANTE LEGAL, DEL CONTADOR PUBLICO
Y DEL DESPACHO.
·
DATO DE 13 CARACTERES ALFANUMERICOS
MAXIMO, COMPUESTO POR:
- CUATRO LETRAS PARA PERSONAS FISICAS; O
GUION MEDIO Y TRES LETRAS PARA PERSONAS MORALES.
- SEIS CARACTERES NUMERICOS QUE
CORRESPONDEN A LA FECHA, (DOS CARACTERES PARA AÑO, DOS PARA MES Y DOS PARA EL
DIA).
- TRES CARACTERES ALFANUMERICOS PARA LA
HOMONIMIA.
·
EN EL CASO DE QUE EL
REPRESENTANTE LEGAL SEA RESIDENTES EN EL EXTRANJERO QUE NO CUENTE CON ESTE
DATO, SE ANOTARA LO SIGUIENTE: REXT990101XXX
·
UTILIZACION DE CARACTERES
ALFABETICOS EN MAYUSCULAS.
·
ESTE DATO NO PODRA CONTENER
SIGNOS ESPECIALES (COMAS, CORCHETES, PARENTESIS, ETC., SALVO EL CARACTER
&).
DIC002 DENOMINACION
O RAZON SOCIAL.
DIR002 NOMBRE
(DEL REPRESENTANTE LEGAL) (APELLIDO PATERNO, APELLIDO MATERNO, NOMBRE(S)).
DIP002 NOMBRE
(DEL CONTADOR PUBLICO) (APELLIDO PATERNO, APELLIDO MATERNO, NOMBRE(S)).
DIP014 NOMBRE
DEL DESPACHO.
·
DATO, NOMBRE COMPLETO DEL
CONTRIBUYENTE. TRATANDOSE DE PERSONAS FISICAS, SE ANOTARA: APELLIDO PATERNO,
APELLIDO MATERNO Y NOMBRE(S), DEL REPRESENTANTE LEGAL, DEL CONTADOR PUBLICO Y
DEL DESPACHO.
·
DATO DE CARACTERES
ALFANUMERICOS.
·
LOS CARACTERES
ALFABETICOS UNICAMENTE EN MAYUSCULAS.
DIR005 CURP (DEL REPRESENTANTE LEGAL).
DIP003 CURP (DEL CONTADOR PUBLICO).
·
DATO DE 18 CARACTERES
ALFANUMERICOS MAXIMO, COMPUESTO POR:
- CUATRO CARACTERES ALFABETICOS
- SEIS CARACTERES NUMERICOS.
- SEIS CARACTERES ALFABETICOS.
- UN CARACTER ALFABETICO O NUMERICO.
- UN CARACTER NUMERICO
·
UTILIZACION DE CARACTERES
ALFABETICOS EN MAYUSCULAS.
·
ESTE DATO NO PODRA
CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, CORCHETES, PARENTESIS, ETC.).
DOMICILIO FISCAL DEL
CONTRIBUYENTE, DEL REPRESENTANTE LEGAL Y DEL CONTADOR PUBLICO:
DIC004 ENTIDAD FEDERATIVA (DEL CONTRIBUYENTE).
DIR006 ENTIDAD FEDERATIVA (DEL REPRESENTANTE
LEGAL).
DIP005 ENTIDAD FEDERATIVA (DEL CONTADOR PUBLICO).
·
DATO ELEGIDO DE UNA LISTA
(CATALOGO).
DIC005 DELEGACION O MUNICIPIO (DEL CONTRIBUYENTE).
DIR007 DELEGACION O MUNICIPIO (DEL REPRESENTANTE
LEGAL).
DIP006 DELEGACION O MUNICIPIO (DEL CONTADOR
PUBLICO).
·
DATO DELEGACION O
MUNICIPIO COMPLETO.
·
DATO DE CARACTERES
ALFABETICOS EN MAYUSCULAS.
·
ESTE DATO NO PODRA
CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, CORCHETES, PARENTESIS, ETC.).
DIC006 COLONIA O LOCALIDAD (DEL CONTRIBUYENTE).
DIR008 COLONIA O LOCALIDAD (DEL REPRESENTANTE
LEGAL).
DIP007 COLONIA O LOCALIDAD (DEL CONTADOR
PUBLICO).
·
DATO COLONIA O LOCALIDAD
COMPLETA.
·
DATO DE CARACTERES
ALFANUMERICOS.
·
LOS CARACTERES
ALFABETICOS UNICAMENTE EN MAYUSCULAS.
·
ESTE DATO NO PODRA
CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, CORCHETES, PARENTESIS, ETC.).
DIC007 CODIGO POSTAL (DEL CONTRIBUYENTE).
DIR009 CODIGO POSTAL (DEL REPRESENTANTE LEGAL).
DIP008 CODIGO POSTAL (DEL CONTADOR PUBLICO).
·
DATO CODIGO POSTAL
COMPLETA.
·
DATO DE CARACTERES
NUMERICOS.
·
ESTE DATO NO PODRA
CONTENER SIGNOS ESPECIALES (SIGNOS DE PESOS, COMAS, PUNTOS, GUIONES,
PARENTESIS, ETC.), UNICAMENTE DEBERA CONSTAR DE LOS DIGITOS DEL 0 AL 9.
DIC008 CALLE, NUMERO EXTERIOR E INTERIOR (DEL
CONTRIBUYENTE).
DIR010 CALLE, NUMERO EXTERIOR E INTERIOR (DEL
REPRESENTANTE LEGAL).
DIP009 CALLE, NUMERO EXTERIOR E INTERIOR (DEL
CONTADOR PUBLICO).
·
DATO DE CALLE Y NUMERO
COMPLETO.
·
DATO DE CARACTERES
ALFANUMERICOS.
·
LOS CARACTERES
ALFABETICOS UNICAMENTE EN MAYUSCULAS.
·
ESTE DATO NO PODRA
CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, CORCHETES, PARENTESIS, ETC.).
DIC009 CIUDAD O POBLACION (DEL CONTRIBUYENTE).
DIR011 CIUDAD O POBLACION (DEL REPRESENTANTE
LEGAL).
DIP010 CIUDAD O POBLACION (DEL CONTADOR PUBLICO).
·
DATO, CIUDAD O POBLACION
COMPLETA.
·
DATO DE CARACTERES
ALFANUMERICOS.
·
LOS CARACTERES
ALFABETICOS UNICAMENTE EN MAYUSCULAS.
·
ESTE DATO NO PODRA
CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, CORCHETES, PARENTESIS, ETC.).
DIC010 TELEFONO (DEL CONTRIBUYENTE)
DIR012 TELEFONO (DEL REPRESENTANTE LEGAL)
DIP011 TELEFONO (DEL CONTADOR PUBLICO O DEL
DESPACHO)
·
DATO DE QUINCE CARACTERES
ALFANUMERICOS MAXIMO.
·
ESTE DATO NO PODRA
CONTENER SIGNOS ESPECIALES (SIGNO DE PESOS, COMAS, PUNTOS, CORCHETES,
PARENTESIS, ETC.) UNICAMENTE DEBERA CONSTAR DE LOS DIGITOS DEL 0 AL 9.
DIC011 CORREO ELECTRONICO (DEL CONTRIBUYENTE)
DIR013 CORREO ELECTRONICO (DEL REPRESENTANTE
LEGAL)
DIP012 CORREO ELECTRONICO (DEL CONTADOR PUBLICO).
·
DATO DE CARACTERES
ALFANUMERICOS
·
LOS CARACTERES
ALFABETICOS SE PODRAN ANOTAR EN MINUSCULAS.
·
ESTE DATO SI PODRA
CONTENER SIGNOS ESPECIALES (PUNTOS, GUIONES, ARROBA, ETC.).
DIC012 CLAVE DE ACTIVIDAD PARA EFECTOS FISCALES.
·
DATO ACTIVIDAD ECONOMICA
O ACTIVIDAD PREPONDERANTE DENOMINADO TAMBIEN GIRO, ASIGNADO AUTOMATICAMENTE POR
EL SIPRED’2009 UNA VEZ QUE SE SELECCIONA DE UN CATALOGO.
·
PARA EFECTOS DE ESTE DATO
SE DEBERA TOMAR EN CUENTA LA DESCRIPCION QUE AL EFECTO SE HACE EN EL ANEXO 6 DE
LA RESOLUCION MISCELANEA VIGENTE PARA 2009.
·
ESTE TEXTO NO PODRA
CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, CORCHETES, PARENTESIS, ETC.).
DIC013 NOMBRE DEL SECTOR ECONOMICO AL QUE
PERTENECE.
·
TEXTO O NOMBRE DEL SECTOR
ECONOMICO, ASIGNADO AUTOMATICAMENTE POR EL SIPRED’2009 UNA VEZ QUE SE
SELECCIONO LA CLAVE DE ACTIVIDAD PARA EFECTOS FISCALES.
DIR003 NACIONAL (REPRESENTANTE LEGAL).
DIR004 EXTRANJERO (REPRESENTANTE LEGAL).
·
DATO DE DOS CARACTERES
ALFABETICOS (SI O NO).
·
UTILIZACION UNICAMENTE DE
CARACTERES ALFABETICOS EN MAYUSCULAS.
·
ESTE TEXTO NO PODRA
CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, CORCHETES, PARENTESIS, ETC.).
DIR014 NUMERO DE ESCRITURA (REPRESENTANTE LEGAL).
DIR015 NUMERO DE NOTARIA QUE CERTIFICO EL PODER
(REPRESENTANTE LEGAL).
·
DATO DE QUINCE Y DIEZ
CARACTERES ALFANUMERICOS MAXIMO SIN SIGNO, RESPECTIVAMENTE.
·
ESTE DATO NO PODRA
CONTENER SIGNOS ESPECIALES (SIGNO DE PESOS, COMAS, PUNTOS, GUIONES, PARENTESIS,
ETC.), UNICAMENTE DEBERA CONSTAR DE LOS DIGITOS DEL 0 AL 9.
DIR016 ENTIDAD EN LA QUE SE UBICA LA NOTARIA
(REPRESENTANTE LEGAL).
·
DATO, ENTIDAD COMPLETA.
·
DATO DE CARACTERES
ALFABETICOS.
·
LOS CARACTERES
ALFABETICOS UNICAMENTE EN MAYUSCULAS.
·
ESTE DATO NO PODRA
CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, CORCHETES, PARENTESIS, ETC.).
DIR017 FECHA DE CERTIFICACION DEL PODER
(REPRESENTANTE LEGAL).
DIR018 FECHA DE DESIGNACION (REPRESENTANTE LEGAL).
·
DATO DE LA CERTIFICACION
DEL PODER Y DE LA DESIGNACION DEL CARGO.
·
ESTE DATO ESTARA
COMPUESTO POR DIEZ CARACTERES ALFANUMERICOS QUE CORRESPONDEN A LA FECHA DE
CERTIFICACION DEL PODER (DOS PARA EL DIA, DOS PARA EL MES Y CUATRO PARA EL AÑO
SEPARADOS POR DIAGONALES “/”).
DIP004 NUMERO DE REGISTRO DEL CONTADOR PUBLICO.
DIP016 NUMERO DE REGISTRO DEL DESPACHO.
·
PARA EFECTOS DE ESTE DATO
SE ANOTARA EL NUMERO ASIGNADO POR LA ADMINISTRACION GENERAL DE AUDITORIA FISCAL
FEDERAL AL CONTADOR PUBLICO REGISTRADO Y A SU DESPACHO.
·
DATO DE CINCO CARACTERES
NUMERICOS MAXIMO, SIN SIGNO.
·
ESTE DATO NO PODRA
CONTENER SIGNOS ESPECIALES (SIGNO DE PESOS, COMAS, PUNTOS, GUIONES, PARENTESIS,
ETC.), UNICAMENTE DEBERA CONSTAR DE LOS DIGITOS DEL 0 AL 9.
DIP013 COLEGIO AL QUE PERTENECE EL CONTADOR
PUBLICO.
·
DATO, NOMBRE DEL COLEGIO
AL QUE PERTENECE EL CONTADOR PUBLICO REGISTRADO.
·
DATO DE CARACTERES
ALFANUMERICOS.
·
LOS CARACTERES
ALFABETICOS UNICAMENTE EN MAYUSCULAS.
·
ESTE TEXTO NO PODRA
CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, CORCHETES, PARENTESIS, ETC.).
DATOS APLICABLES AL DICTAMEN DE:
A. SOCIEDADES CONTROLADORAS Y
CONTROLADAS
DATOS
GENERALES.
DATOS A PROPORCIONAR:
AUTORIDAD COMPETENTE:
DGE002 ADMINISTRACION GENERAL DE GRANDES
CONTRIBUYENTES.
·
DATO DE DOS CARACTERES
ALFABETICOS, (SI O NO) EN MAYUSCULAS.
·
ESTE DATO NO PODRA
CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, CORCHETES, PARENTESIS, ETC.).
DGE007 FRACCION I (ARTICULO 32-A C.F.F.).
DGE008 FRACCION II (ARTICULO 32-A C.F.F.).
DGE009 FRACCION III (ARTICULO 32-A C.F.F.).
DGE010 FRACCION IV (ARTICULO 32-A C.F.F.).
DGE011 OPTATIVO (ARTICULO 32-A C.F.F.).
DGE013 CONSOLIDA ESTADOS FINANCIEROS PARA EFECTOS
FISCALES.
DGE014 CONTROLADORA (EN CASO
AFIRMATIVO DEBE LLENAR ADEMAS LOS ANEXOS 40 AL 56).
DGE015 CONTROLADA (EN CASO
AFIRMATIVO NO DEBERA LLENAR LOS ANEXOS 40 AL 56).
·
DATO DE DOS CARACTERES
ALFABETICOS, (SI O NO) EN MAYUSCULAS.
·
ESTE DATO NO PODRA
CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, CORCHETES, PARENTESIS, ETC.).
EN CASO DE SER CONTROLADA
INDIQUE:
DGE016 NOMBRE DE LA EMPRESA CONTROLADORA.
·
DATO, NOMBRE COMPLETO DE
LA EMPRESA CONTROLADORA.
·
DATO DE CARACTERES
ALFANUMERICOS (MAXIMO 80 CARACTERES).
·
LOS CARACTERES
ALFABETICOS UNICAMENTE EN MAYUSCULAS.
DGE040 FECHA DE INICIO DEL EJERCICIO FISCAL.
DGE041 FECHA DE TERMINACION DEL EJERCICIO FISCAL.
DGE042 FECHA DE INICIO DEL EJERCICIO FISCAL
ANTERIOR.
DGE043 FECHA DE TERMINACION DEL EJERCICIO FISCAL
ANTERIOR.
·
DATOS DEL EJERCICIO
FISCAL QUE SE DICTAMINA Y DEL EJERCICIO FISCAL ANTERIOR.
·
DIVIDIDO EN INICIO DEL
EJERCICIO Y TERMINACION DEL EJERCICIO.
·
ESTOS DATOS ESTARAN
COMPUESTOS POR DIEZ CARACTERES ALFANUMERICOS QUE CORRESPONDEN A LA FECHA DE
INICIO DEL EJERCICIO FISCAL (DOS PARA EL DIA, DOS PARA EL MES Y CUATRO PARA EL
AÑO SEPARADOS POR DIAGONALES ”/”) Y DIEZ PARA LA FECHA DE TERMINACION DEL
EJERCICIO FISCAL, (DOS PARA EL DIA, DOS PARA EL MES Y CUATRO PARA EL AÑO,
SEPARADOS POR DIAGONALES “/”).
EJEMPLO:
INICIO FINAL
01/01/2009 31/12/2009
DGE020 PRIMER
DICTAMEN.
DGE021 FIDEICOMISO.
DGE022 FORMA
PARTE DE UNA ASOCIACION EN PARTICIPACION.
DGE023 ASOCIANTE
EN LA ASOCIACION EN PARTICIPACION.
DGE024 EMPRESA
PARAESTATAL.
DGE025 INDUSTRIA
MAQUILADORA.
DGE026 EMPRESA FILIAL.
DGE027 EMPRESA SUBSIDIARIA.
DGE028 ORGANISMO
DESCENTRALIZADO.
DGE029 DICTAMEN
POR FUSION.
DGE030 DICTAMEN
POR ESCISION.
DGE031 DICTAMEN
POR LIQUIDACION.
DGE049 TIENE
COSTO DE VENTAS EN CASO AFIRMATIVO ESTARA A LO SIGUIENTE:
DGE050 COSTO
DE VENTAS: UTILIZA EL SISTEMA DE COSTEO DIRECTO (COSTOS HISTORICOS) (EN CASO AFIRMATIVO DEBE LLENAR EL ANEXO 7).
DGE051 COSTO
DE VENTAS: UTILIZA EL SISTEMA DE COSTEO DIRECTO (COSTOS PREDETERMINADOS) (EN CASO AFIRMATIVO DEBE LLENAR EL ANEXO 7).
DGE052 COSTO
DE VENTAS: UTILIZA EL SISTEMA DE COSTEO ABSORBENTE (COSTOS HISTORICOS) (EN CASO AFIRMATIVO DEBE LLENAR EL ANEXO 7).
DGE053 COSTO
DE VENTAS: UTILIZA EL SISTEMA DE COSTEO ABSORBENTE (COSTOS PREDETERMINADOS) (EN CASO AFIRMATIVO DEBE LLENAR EL ANEXO 7).
DGE054 COSTO
DE VENTAS: UTILIZA UN SISTEMA DISTINTO A LOS ANTERIORES (EN CASO AFIRMATIVO DEBE LLENAR EL ANEXO 7).
DGE060 TIPO
DE OPINION: OPINION SIN SALVEDADES.
DGE061 TIPO
DE OPINION: OPINION CON SALVEDADES QUE TENGAN IMPLICACIONES FISCALES.
DGE062 TIPO
DE OPINION: OPINION CON SALVEDADES QUE NO TENGAN IMPLICACIONES FISCALES.
DGE063 TIPO
DE OPINION: OPINION NEGATIVA QUE TENGA IMPLICACIONES FISCALES.
DGE064 TIPO
DE OPINION: OPINION NEGATIVA QUE NO TENGA IMPLICACIONES FISCALES.
DGE065 TIPO
DE OPINION: ABSTENCION DE OPINION.
DGE070 ESTADO
DE FLUJOS DE EFECTIVO: UTILIZO EL METODO INDIRECTO.
DGE071 ESTADO
DE FLUJOS DE EFECTIVO: UTILIZO EL METODO DIRECTO.
DGE076 EN EL EJERCICIO RECONOCIO EFECTOS DEL INVENTARIO ACUMULABLE AL 31 DE
DICIEMBRE DE 2004 (EN CASO AFIRMATIVO DEBE LLENAR EL ANEXO 20)
DGE080 RECONOCIO EN LOS ESTADOS FINANCIEROS DEL
EJERCICIO FISCAL, LOS EFECTOS DE LA INFLACION CONFORME A LA NIF B-10 (EN CASO
AFIRMATIVO DEBE LLENAR EL ANEXO 38)
DGE081 EFECTUO OPERACIONES CON FIDEICOMISOS (EN
CASO AFIRMATIVO DEBE LLENAR EL
ANEXO 39)
DGE082 REALIZO OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS
NACIONALES (EN CASO AFIRMATIVO DEBE LLENAR LOS ANEXOS 33 Y 33.1)
DGE083 REALIZO OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS
EXTRANJERAS (EN CASO AFIRMATIVO DEBE LLENAR LOS ANEXOS 33 Y 33.1)
DGE084 UTILIZO INFORMACION FINANCIERA SEGMENTADA
PARA EFECTOS DE CUMPLIR CON LAS OBLIGACIONES FISCALES A QUE SE REFIEREN LAS
FRACCIONES XII Y/O XV DEL ARTICULO 86 DE LA L.I.S.R.
DGE087 DETERMINO RENTA GRAVABLE PARA EFECTOS DE LA PARTICIPACION DE LOS
TRABAJADORES EN LAS UTILIDADES
DGE088 LA RENTA GRAVABLE SE DETERMINO CON BASE EN LO DISPUESTO EN EL ARTICULO
16 DE LA L.I.S.R. (EN CASO AFIRMATIVO DEBE LLENAR EL ANEXO 35)
DGE095 EL CONTRIBUYENTE APLICO CRITERIOS CONTRARIOS A LOS PUBLICADOS EN EL
D.O.F. COMO CRITERIOS NO VINCULATIVOS DE LAS DISPOSICIONES FISCALES Y ADUANERAS
DGE100 OBTUVO ALGUNA RESOLUCION POR PARTE DEL SAT O
DE LA SHCP QUE HAYA AFECTADO SU SITUACION FISCAL DURANTE EL EJERCICIO
DGE120 OBTUVO ALGUNA RESOLUCION FAVORABLE POR PARTE
DE AUTORIDADES JURISDICCIONALES QUE HAYA AFECTADO SU SITUACION FISCAL DURANTE
EL EJERCICIO
DGE140 REALIZO OPERACIONES AFECTAS A RETENCION DEL
IMPUESTO SOBRE LA RENTA. (EN CASO AFIRMATIVO DEBE LLENAR EL ANEXO 15)
DGE141 FUE RESPONSABLE SOLIDARIO EN EL IMPUESTO
SOBRE LA RENTA EN ALGUNA ENAJENACION DE ACCIONES EFECTUADA POR RESIDENTES EN EL
EXTRANJERO. (EN CASO AFIRMATIVO DEBE LLENAR EL ANEXO 16)
DGE142 CONTRATO OPERACIONES FINANCIERAS DERIVADAS
QUE TUVIERAN EFECTOS FISCALES DURANTE EL EJERCICIO EN EL IMPUESTO SOBRE LA
RENTA (EN CASO AFIRMATIVO DEBE LLENAR EL ANEXO 24)
DGE143 MANTUVO SALDOS POR COBRAR Y POR PAGAR EN
MONEDA EXTRANJERA DURANTE EL EJERCICIO (EN CASO AFIRMATIVO DEBE LLENAR EL ANEXO
25)
DGE144 CONTRATO PRESTAMOS QUE TUVIERAN EFECTOS
FISCALES DURANTE EL EJERCICIO EN EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA (EN CASO AFIRMATIVO
DEBE LLENAR EL ANEXO 26)
DGE145 MANTUVO INVERSIONES PERMANENTES EN
SUBSIDIARIAS, ASOCIADAS Y AFILIADAS DURANTE EL EJERCICIO (EN CASO AFIRMATIVO
DEBE LLENAR EL ANEXO 27)
DGE146 OBTUVO INGRESOS SUJETOS A REGIMENES FISCALES
PREFERENTES (EN CASO AFIRMATIVO DEBE LLENAR EL ANEXO 29)
DGE147 EFECTUO OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR (EN
CASO AFIRMATIVO DEBE LLENAR EL ANEXO 37)
·
DATOS DE DOS CARACTERES
ALFABETICOS, (SI O NO) EN MAYUSCULAS.
·
ESTOS DATOS NO PODRAN
CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, CORCHETES, PARENTESIS, ETC.).
DGE102 FECHA
DEL OFICIO 1.
DGE104 FECHA
DEL OFICIO 2.
DGE106 FECHA
DEL OFICIO 3.
DGE122 FECHA
DE LA RESOLUCION 1.
DGE124 FECHA
DE LA RESOLUCION 2.
DGE126 FECHA
DE LA RESOLUCION 3.
DGE130 FECHA
DE ENVIO DE LA DECLARACION INFORMATIVA MULTIPLE. (NORMAL).
DGE131 FECHA
DE ENVIO DE LA DECLARACION INFORMATIVA MULTIPLE. (ULTIMA COMPLEMENTARIA).
·
DATOS DE LA FECHA DEL
OFICIO, DE LA RESOLUCION Y DEL ENVIO DE LA DECLARACION INFORMATIVA MULTIPLE.
·
ESTOS DATOS ESTARAN
COMPUESTOS POR DIEZ CARACTERES ALFANUMERICOS QUE CORRESPONDEN A LA FECHA DEL
OFICIO, DE LA RESOLUCION Y DEL ENVIO DE LA DECLARACION INFORMATIVA MULTIPLE
(DOS PARA EL DIA, DOS PARA EL MES Y CUATRO PARA EL AÑO SEPARADOS POR DIAGONALES
”/”).
DGE096 ESPECIFIQUE EL O LOS NUMERO(S) DE
CRITERIO(S).
DGE101 NUMERO DE OFICIO 1.
DGE103 NUMERO DE OFICIO 2.
DGE105 NUMERO DE OFICIO 3.
DGE121 NUMERO DE RESOLUCION 1.
DGE123 NUMERO DE RESOLUCION 2.
DGE125 NUMERO DE RESOLUCION 3.
·
DATOS DE CARACTERES
ALFANUMERICOS.
·
ESTOS DATOS SI PODRAN
CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, PUNTOS, GUIONES, DIAGONALES, CORCHETES,
PARENTESIS, ETC.).
DGE017 RFC
DE LA EMPRESA CONTROLADORA.
DGE150 RFC 1 (RFC DE LA PERSONA FISICA O MORAL QUE
ASESORO FISCALMENTE AL CONTRIBUYENTE).
DGE151 RFC 2 (RFC DE LA PERSONA FISICA O MORAL QUE
ASESORO FISCALMENTE AL CONTRIBUYENTE).
DGE152 RFC 3 (RFC DE LA PERSONA FISICA O MORAL QUE
ASESORO FISCALMENTE AL CONTRIBUYENTE).
DGE153 RFC 4 (RFC DE LA PERSONA FISICA O MORAL QUE
ASESORO FISCALMENTE AL CONTRIBUYENTE).
DGE154 RFC 5 (RFC DE LA PERSONA FISICA O MORAL QUE
ASESORO FISCALMENTE AL CONTRIBUYENTE).
·
DATO, REGISTRO FEDERAL DE
CONTRIBUYENTES.
·
DATO DE 13 CARACTERES
ALFANUMERICOS MAXIMO COMPUESTO POR:
- CUATRO LETRAS PARA PERSONAS FISICAS; O GUION MEDIO Y TRES
LETRAS PARA PERSONAS MORALES.
- SEIS CARACTERES NUMERICOS QUE CORRESPONDEN A LA FECHA (DOS CARACTERES
PARA AÑO, DOS PARA MES Y DOS PARA EL DIA).
- TRES CARACTERES ALFANUMERICOS PARA LA HOMONIMIA.
·
UTILIZACION DE CARACTERES
ALFABETICOS EN MAYUSCULAS.
ESTE DATO NO
PODRA CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, CORCHETES, PARENTESIS, ETC., SALVO EL
CARACTER &).
DGE160 NOMBRE
DEL CONTADOR PUBLICO QUE DICTAMINO (DECLARATORIA DEL CONTADOR PUBLICO QUE
DICTAMINO).
DGE161 NOMBRE
DEL CONTRIBUYENTE O DE SU REPRESENTANTE LEGAL (DECLARATORIA DEL CONTRIBUYENTE O
DE SU REPRESENTANTE LEGAL).
·
DATO, NOMBRE COMPLETO DEL
CONTADOR PUBLICO QUE DICTAMINO Y DEL CONTRIBUYENTE O DE SU REPRESENTANTE LEGAL,
ASIGNADOS AUTOMATICAMENTE POR EL SIPRED’2009 UNA VEZ QUE SE CAPTUREN LOS DATOS
DE IDENTIFICACION DEL CONTRIBUYENTE, EN SU CASO, DE SU REPRESENTANTE LEGAL, Y
DEL CONTADOR PUBLICO QUE DICTAMINO.
ANEXO |
DATOS A
PROPORCIONAR |
|
|
1.- ESTADO DE POSICION
FINANCIERA |
2009 Y 2008 |
|
|
2.- ESTADO DE RESULTADOS |
2009 Y 2008 |
|
|
3.- ESTADO DE VARIACIONES EN EL
CAPITAL CONTABLE |
CAPITAL
SOCIAL: PROVENIENTE DE APORTACIONES, PROVENIENTE DE CAPITALIZACION,
APORTACIONES PARA FUTUROS AUMENTOS DE CAPITAL, PRIMA EN SUSCRIPCION DE
ACCIONES, RESERVA LEGAL, UTILIDAD NETA, PERDIDA NETA, UTILIDADES RETENIDAS DE
EJERCICIOS ANTERIORES, PERDIDAS ACUMULADAS DE EJERCICIOS ANTERIORES, EXCESO
EN LA ACTUALIZACION DEL CAPITAL CONTABLE, INSUFICIENCIA EN LA ACTUALIZACION
DEL CAPITAL CONTABLE, EFECTO INICIAL ACUMULADO DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA
DIFERIDO, EFECTO INICIAL ACUMULADO DE LA PARTICIPACION DE LOS TRABAJADORES EN
LAS UTILIDADES DIFERIDA, EFECTO INICIAL ACUMULADO DEL IMPUESTO EMPRESARIAL A
TASA UNICA DIFERIDO, RESULTADO POR TENENCIA DE ACTIVOS NO MONETARIOS, OTRAS
CUENTAS DE CAPITAL ACREEDORAS, OTRAS CUENTAS DE CAPITAL DEUDORAS Y TOTAL DEL
CAPITAL CONTABLE |
|
|
4.- ESTADO DE FLUJOS DE
EFECTIVO |
2009 Y 2008 |
|
|
5.- ESTADO DE RESULTADOS
SEGMENTADO (APLICA A CONTRIBUYENTES QUE REALIZARON OPERACIONES CON PARTES
RELACIONADAS) |
2009 PARTES
RELACIONADAS NACIONALES, 2009 PARTES RELACIONADAS EXTRANJERAS, 2009 PARTES NO
RELACIONADAS NACIONALES, 2009 PARTES NO RELACIONADAS EXTRANJERAS, 2008 PARTES
RELACIONADAS NACIONALES, 2008 PARTES RELACIONADAS EXTRANJERAS, 2008 PARTES NO
RELACIONADAS NACIONALES, 2008 PARTES NO RELACIONADAS EXTRANJERAS, 2009 TOTAL
Y 2008 TOTAL |
|
|
6.- INTEGRACION ANALITICA DE
VENTAS O INGRESOS NETOS |
2009
OPERATIVOS O PROPIOS DE LA ACTIVIDAD, 2009 NO OPERATIVOS (OTROS INGRESOS),
2008 OPERATIVOS O PROPIOS DE LA ACTIVIDAD, 2008 NO OPERATIVOS (OTROS
INGRESOS), 2009 TOTAL Y 2008 TOTAL |
|
|
7.- DETERMINACION DEL COSTO DE
LO VENDIDO PARA EFECTOS CONTABLES Y DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA |
2009 Y 2008 |
|
|
8.- ANALISIS COMPARATIVO DE LAS
SUBCUENTAS DE GASTOS |
GASTOS DE
FABRICACION: 2009 Y 2008; GASTOS DE VENTA: 2009 Y 2008; GASTOS DE
ADMINISTRACION: 2009 Y 2008; GASTOS GENERALES: 2009 Y 2008; TOTAL: 2009 Y
2008; TOTAL DEDUCIBLES PARA ISR: 2009 Y 2008; TOTAL NO DEDUCIBLES PARA ISR:
2009 Y 2008; TOTAL DEDUCIBLES PARA IETU: 2009 Y 2008; TOTAL NO DEDUCIBLES PARA
IETU: 2009 Y 2008 |
|
|
9.- ANALISIS COMPARATIVO DE LAS
SUBCUENTAS DE OTROS GASTOS |
2009 Y
2008, DEDUCIBLES PARA ISR: 2009 Y 2008; NO DEDUCIBLES PARA ISR: 2009 Y 2008;
DEDUCIBLES PARA IETU: 2009 Y 2008; NO DEDUCIBLES PARA IETU: 2009 Y 2008 |
|
|
10- ANALISIS COMPARATIVO DE LAS
SUBCUENTAS DEL RESULTADO INTEGRAL DE FINANCIAMIENTO |
2009 Y
2008, ACUMULABLES O DEDUCIBLES PARA ISR: 2009 Y 2008; NO ACUMULABLES O NO
AFECTOS AL ISR (INGRESOS) NO DEDUCIBLES (GASTOS) PARA ISR: 2009 Y 2008;
GRAVABLES O DEDUCIBLES PARA EL IETU: 2009 Y 2008; EXENTOS O NO AFECTOS PARA
EL IETU (INGRESOS) NO DEDUCIBLES (GASTOS) PARA IETU: 2009 Y 2008 |
|
|
11.- RELACION DE CONTRIBUCIONES A
CARGO DEL CONTRIBUYENTE COMO SUJETO DIRECTO O EN SU CARACTER DE RETENEDOR |
BASE
GRAVABLE, CONTRIBUCION DETERMINADA POR AUDITORIA A CARGO O A FAVOR,
CONTRIBUCION A CARGO O SALDO A FAVOR DETERMINADO POR EL CONTRIBUYENTE Y
DIFERENCIA |
|
|
12.- RELACION DE PAGOS
PROVISIONALES Y PAGOS MENSUALES DEFINITIVOS |
CONTRIBUCION
A CARGO DETERMINADA POR AUDITORIA, SALDO A FAVOR DETERMINADO POR AUDITORIA,
CONTRIBUCION A CARGO DETERMINADA POR EL CONTRIBUYENTE Y SALDO A FAVOR
DETERMINADO POR EL CONTRIBUYENTE |
|
|
13.- DETERMINACION DE PAGOS
PROVISIONALES Y PAGOS MENSUALES DEFINITIVOS |
ENERO,
FEBRERO, MARZO, ABRIL, MAYO, JUNIO, JULIO, AGOSTO, SEPTIEMBRE, OCTUBRE,
NOVIEMBRE, DICIEMBRE Y TOTAL |
|
|
14.- BASE PARA LA DETERMINACION
DEL IMPUESTO RETENIDO SOBRE HONORARIOS, ARRENDAMIENTOS E INTERESES |
IMPORTE |
|
|
15.- OPERACIONES CON RESIDENTES
EN EL EXTRANJERO |
IMPORTE,
I.S.R. DETERMINADO POR AUDITORIA, I.S.R. RETENIDO PAGADO Y DIFERENCIA |
|
|
16.- RESPONSABILIDAD SOLIDARIA
POR OPERACIONES DE RESIDENTES EN EL EXTRANJERO (EXCLUSIVAMENTE DE ENAJENACION
DE ACCIONES) |
MONTO DE LA
OPERACION EN MONEDA EXTRAJERA Y MONTO DE LA OPERACION EN MONEDA NACIONAL
SUJETA AL PAGO DEL I.S.R. |
|
|
17.- DETERMINACION MENSUAL DEL IMPUESTO A LOS
DEPOSITOS EN EFECTIVO |
TOTAL DE DEPOSITOS EN EFECTIVO (ART. 1 L.I.D.E.); DEPOSITOS POR LOS
QUE NO SE ESTA OBLIGADO AL PAGO DEL IMPUESTO (ART. 2 L.I.D.E.); ADQUISICION
EN EFECTIVO DE CHEQUES DE CAJA; DEPOSITOS EN EFECTIVO GRAVADOS Y ADQUISICION
EN EFECTIVO DE CHEQUES DE CAJA; IMPUESTO CORRESPONDIENTE; TOTAL DEL IMPUESTO
RECAUDADO POR LA INSTITUCION DEL SISTEMA FINANCIERO; IMPUESTO PAGADO
DIRECTAMENTE POR EL CONTRIBUYENTE; DIFERENCIA A CARGO O A FAVOR; OPCION
ARTICULO 8 DE LA L.I.D.E. (IMPUESTO A LOS DEPOSITOS EN EFECTIVO EFECTIVAMENTE
PAGADO): ACREDITADO CONTRA PAGO PROVISIONAL DEL I.S.R., ACREDITADO CONTRA
I.S.R. RETENIDO A TERCEROS, COMPENSADO CONTRA CONTRIBUCIONES FEDERALES Y POR
EL QUE SE SOLICITO DEVOLUCION; OPCION ARTICULO 9 DE LA L.I.D.E.
(ACREDITAMIENTO POR ESTIMACION DEL I.D.E.): IMPUESTO A LOS DEPOSITOS EN
EFECTIVO ESTIMADO APLICADO CONTRA PAGO PROVISIONAL DEL I.S.R., IMPUESTO A LOS
DEPOSITOS EN EFECTIVO EFECTIVAMENTE PAGADO (RECAUDADO POR LA INSTITUCION DEL
SISTEMA FINANCIERO), DIFERENCIA A CARGO Y DIFERENCIA A FAVOR |
|
|
18.- RELACION DE CONTRIBUCIONES POR PAGAR |
IMPORTE |
|
|
19.- CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y
FISCAL PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA |
TOTAL |
|
|
20.- INTEGRACION DEL INVENTARIO ACUMULABLE |
VALOR DEL INVENTARIO ACUMULABLE AL 31 DE DICIEMBRE DE 2004 E
INVENTARIO ACUMULABLE |
|
|
24.- OPERACIONES FINANCIERAS DERIVADAS
CONTRATADAS CON RESIDENTES EN EL EXTRANJERO. |
MONTO CONTRATADO |
|
|
25.- CUENTAS Y DOCUMENTOS POR COBRAR Y POR PAGAR
EN MONEDA EXTRANJERA |
SALDO EN MONEDA EXTRANJERA Y SALDO EN MONEDA NACIONAL |
|
|
26.- PRESTAMOS DEL EXTRANJERO |
SALDO INSOLUTO DEL PRESTAMO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2008, IMPORTE TOTAL
DE LOS INTERESES PAGADOS, I.S.R. RETENIDO EN EL EJERCICIO, SALDO INSOLUTO AL
31 DE DICIEMBRE DE 2009, IMPORTE TOTAL DE LOS INTERESES DEDUCIDOS (I.S.R.) E IMPORTE
TOTAL DE LOS INTERESES PAGADOS |
|
|
27.- INVERSIONES PERMANENTES EN SUBSIDIARIAS,
ASOCIADAS Y AFILIADAS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO |
MONTO DE LA INVERSION, MONTO DE LAS UTILIDADES (PERDIDAS) DE
EJERCICIOS ANTERIORES EN EL PORCENTAJE DE PARTICIPACION, MONTO DE LA UTILIDAD
(PERDIDA) DEL EJERCICIO EN EL PORCENTAJE DE PARTICIPACION Y VALOR DE LA
INVERSION |
|
|
28.- SOCIOS
O ACCIONISTAS QUE TUVIERON ACCIONES O PARTES SOCIALES |
MONTO DE APORTACIONES,
MONTO DE RETIROS DE CAPITAL, MONTO DE PRESTAMOS: EFECTUADOS Y RECIBIDOS |
|
|
29.- INGRESOS
SUJETOS A REGIMENES FISCALES PREFERENTES. |
MONTO TOTAL DE LAS
INVERSIONES O APORTACIONES EFECTUADAS DURANTE EL EJERCICIO, MONTO TOTAL DE
REEMBOLSOS DE CAPITAL RECIBIDOS DURANTE EL EJERCICIO, MONTO TOTAL DE LAS
UTILIDADES O PERDIDAS FISCALES EN LA PARTICIPACION ACCIONARIA, TOTAL DE
INGRESOS ACUMULABLES O GRAVABLES EN EL EJERCICIO; PARTICIPACION DIRECTA
PROMEDIO POR DIA DEL CONTRIBUYENTE EN EL EJERCICIO (PORCENTAJE): IMPORTE;
DATOS DE LA ENTIDAD UBICADA EN REGIMEN FISCAL PREFERENTE: TOTAL DE UTILIDADES
O PERDIDAS FISCALES DEL EJERCICIO, TOTAL DE UTILIDADES DISTRIBUIDAS EN EL
EJERCICIO, MONTO TOTAL DE ACTIVOS NO AFECTOS A LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL Y
MONTO TOTAL DE ACTIVOS AFECTOS A LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL |
|
|
30.- CONCILIACION
ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y EL DETERMINADO PARA EL IMPUESTO EMPRESARIAL A
TASA UNICA |
TOTAL |
|
|
31.- ACREDITAMIENTO
DE CREDITOS FISCALES DETERMINADOS PARA EFECTOS DEL IMPUESTO EMPRESARIAL A
TASA UNICA |
2009 Y 2008 |
|
|
32.- CONCILIACION
ENTRE LOS INGRESOS DICTAMINADOS SEGUN ESTADO DE RESULTADOS, LOS ACUMULABLES
PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y LOS PERCIBIDOS PARA EFECTOS DEL
IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA Y EL TOTAL DE ACTOS O ACTIVIDADES PARA
EFECTOS DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO |
TOTAL |
|
|
33.- OPERACIONES
CON PARTES RELACIONADAS |
MONTO EN PESOS Y AJUSTE
FISCAL PARA QUE LA OPERACION SE CONSIDERASE PACTADA COMO CON PARTES
INDEPENDIENTES EN OPERACIONES COMPARABLES |
|
|
34.- INVERSIONES
Y TERRENOS |
ISR DEDUCCION EN EL
EJERCICIO, ISR DEDUCCION INMEDIATA EN EL EJERCICIO, ISR ADQUISICIONES DURANTE
EL EJERCICIO, ISR ENAJENACIONES Y BAJAS, IETU ADQUISICIONES E IETU
ENAJENACIONES |
|
|
35.- DETERMINACION
DE LA RENTA GRAVABLE PARA EFECTOS DE LA PARTICIPACION DE LOS TRABAJADORES EN
LAS UTILIDADES DE LAS EMPRESAS DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 16 DE LA LEY
DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA |
IMPORTE |
|
|
36.- DATOS
INFORMATIVOS |
IMPORTE |
|
|
37.- OPERACIONES
DE COMERCIO EXTERIOR |
VALOR DECLARADO EN ADUANA E
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO PAGADO |
|
|
38.- INTEGRACION
DE CIFRAS REEXPRESADAS |
CIFRAS HISTORICAS, AJUSTE
POR ACTUALIZACION Y CIFRAS ACTUALIZADAS SEGUN ESTADOS FINANCIEROS |
|
|
39.- OPERACIONES
REALIZADAS A TRAVES DE FIDEICOMISOS |
DATOS CORESPONDIENTES A
LAS OPERACIONES TOTALES EFECTUADAS POR EL FIDEICOMISO: IMPUESTO SOBRE LA
RENTA (ISR): UTILIDAD (PERDIDA) FISCAL DEL EJERCICIO, PAGOS PROVISIONALES
EFECTUADOS DE ISR; IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA (IETU): INGRESO GRAVADO,
PAGOS PROVISIONALES EFECTUADOS DE IETU Y CREDITO FISCAL IETU |
|
|
40.- RELACION
DE CONTRIBUCIONES A CARGO DEL CONTRIBUYENTE EN SU CARACTER DE SOCIEDAD
CONTROLADORA |
BASE GRAVABLE, CONTRIBUCION
DETERMINADA POR AUDITORIA A CARGO O A FAVOR, CONTRIBUCION A CARGO O SALDO A
FAVOR DETERMINADO POR EL CONTRIBUYENTE Y DIFERENCIA |
|
|
41.- RELACION
DE PAGOS PROVISIONALES DEL I.S.R. CONSOLIDADOS |
CONTRIBUCION A CARGO
DETERMINADA POR AUDITORIA, SALDO A FAVOR DETERMINADO POR AUDITORIA, CONTRIBUCION
A CARGO DETERMINADA POR EL CONTRIBUYENTE Y SALDO A FAVOR DETERMINADO POR EL
CONTRIBUYENTE |
|
|
42.- DETERMINACION
DE PAGOS PROVISIONALES CONSOLIDADOS |
ENERO, FEBRERO, MARZO,
ABRIL, MAYO, JUNIO, JULIO, AGOSTO, SEPTIEMBRE, OCTUBRE, NOVIEMBRE, DICIEMBRE
Y TOTAL |
|
|
43.- IMPUESTO
SOBRE LA RENTA E IMPUESTO AL ACTIVO DIFERIDO CONSOLIDADDOS |
IMPUESTO DIFERIDO
ACTUALIZADO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2009, E IMPUESTO HISTORICO AL 31 DE
DICIEMBRE DE 2009 |
|
|
44.- DETERMINACION
DEL RESULTADO FISCAL CONSOLIDADO O DE LA PERDIDA FISCAL CONSOLIDADA |
TOTAL |
|
|
45.- DETERMINACION
DEL I.S.R. E IMPAC POR DESINCORPORACION DE SOCIEDADES CONTROLADAS O
DESCONSOLIDACION DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 71 DE LA LEY DEL I.S.R. |
TOTAL |
|
|
46.- DETERMINACION
DEL I.S.R. E IMPAC POR DESINCORPORACION DE SOCIEDADES CONTROLADAS O
DESCONSOLIDACION DE CONFORMIDAD CON LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL |
TOTAL |
|
|
47.- INFORMACION SOBRE CONSOLIDACION (I.S.R.) |
UTILIDAD O PERDIDA INDIVIDUAL, UTILIDAD O PERDIDA FISCAL EN PARTICIPACION
CONSOLIDABLE, PERDIDAS DE EJERCICIOS ANTERIORES A SU INCORPORACION A LA
CONSOLIDACION DE LAS SOCIEDADES CONTROLADAS Y DE LA CONTROLADORA, REMANENTE
DE LAS PERDIDAS POR ENAJENACION DE ACCIONES, POR LAS SOCIEDADES CONTROLADAS Y
LA SOCIEDAD CONTROLADORA VIGENTE EN 2007, MONTO DE LAS PERDIDAS OBTENIDAS POR
LA SOCIEDAD CONTROLADORA POR ENAJENACION DE ACCIONES EMITIDAS POR LAS
SOCIEDADES CONTROLADAS EN LA PARTICIPACION CONSOLIDABLE Y DE LA SOCIEDAD
CONTROLADORA EMITIDAS POR SOCIEDADES CONTROLADAS, A QUE SE REFIERE EL INCISO
e) DE LA FRACCION I DEL ARTICULO 68 DE LA LEY DEL ISR Y CONCEPTOS ESPECIALES
DE CONSOLIDACION EN TERMINOS DE LA FRACCION XXXIII DEL ARTICULO SEGUNDO DE
LAS DISPOSICIONES TRANSITORIAS PARA 2002 DE LA LEY DEL ISR |
|
|
48.- MODIFICACIONES POR VARIACIONES EN LA
PARTICIPACION ACCIONARIA DE LA CONTROLADORA EN LAS CONTROLADAS (I.S.R.) |
UTILIDADES FISCALES DE SOCIEDADES CONTROLADAS CONSIDERADAS EN LA
CONSOLIDACION DE EJERCICIOS ANTERIORES, PERDIDAS FISCALES DE SOCIEDADES
CONTROLADAS CONSIDERADAS EN LA CONSOLIDACION DE EJERCICIOS ANTERIORES,
PERDIDAS FISCALES DE EJERCICIOS ANTERIORES A SU INCORPORACION A LA
CONSOLIDACION PENDIENTES DE DISMINUIR DE SOCIEDADES CONTROLADAS, PERDIDAS POR
ENAJENACION DE ACCIONES DE CONTROLADAS OBTENIDAS POR LAS SOCIEDADES
CONTROLADAS Y CONTROLADORA, PERDIDAS POR ENAJENACION DE ACCIONES DE
CONTROLADAS QUE HUBIERAN DEDUCIDO LAS SOCIEDADES CONTROLADAS Y CONTROLADORA
EN LO INDIVIDUAL, IMPUESTO CORRESPONDIENTE A LA DISMINUCION DE LA
PARTICIPACION ACCIONARIA DE LA CONTROLADORA EN LA CONTROLADA CON UTILIDAD
FISCAL E IMPUESTO CORRESPONDIENTE AL MOMENTO DE LA PARTICIPACION ACCIONARIA
DE LA CONTROLADORA EN LA CONTROLADA CON UTILIDAD FISCAL |
|
|
49.- IMPUESTOS ACREDITABLES |
IMPUESTO SOBRE LA RENTA PAGADO EN EL EXTRANJERO, IMPUESTO SOBRE LA
RENTA RETENIDO A CONTROLADAS, SUBTOTAL, IMPUESTO SOBRE LA RENTA ACREDITABLE
EN LA PARTICIPACION CONSOLIDABLE, PAGOS PROVISIONALES DEL IMPUESTO SOBRE LA
RENTA CONSOLIDADOS, IMPUESTO SOBRE LA RENTA ACREDITABLE POR VARIACION EN LA
PARTICIPACION ACCIONARIA, OTROS CONCEPTOS DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA
ACREDITABLE EN LA PARTICIPACION CONSOLIDABLE, TOTAL DE IMPUESTO ACREDITABLE
ANTES DE OTROS CONCEPTOS ACREDITABLES NO RELACIONADOS CON IMPUESTO SOBRE LA
RENTA, OTROS CONCEPTOS ACREDITABLES NO RELACIONADOS CON IMPUESTO SOBRE LA
RENTA Y TOTAL DE IMPUESTO ACREDITABLE |
|
|
50.- PARTIDAS
POR DESINCORPORACION DE CONTROLADAS O DESCONSOLIDACION DE CONFORMIDAD CON EL
ARTICULO 71 DE LA LEY DEL ISR |
I.S.R.:
PERDIDA FISCAL CONSOLIDADA DEL EJERCICIO INMEDIATO ANTERIOR, UTILIDAD FISCAL
CONSOLIDADA DEL EJERCICIO INMEDIATO ANTERIOR, MONTO DE PERDIDAS FISCALES DE
EJERCICIOS ANTERIORES QUE LA SOCIEDAD CONTROLADA TENGA DERECHO A DISMINUIR AL
MOMENTO DE SU DESINCORPORACION EN LA PARTICIPACION CONSOLIDABLE, UTILIDADES POR
COMPARACION DE REGISTRO DE UTILIDADES FISCALES NETAS, REGISTRO DE UTILIDADES
FISCALES NETAS REINVERTIDAS, CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA Y CUENTA DE
UTILIDAD FISCAL NETA REINVERTIDA, DIVIDENDOS PAGADOS POR LA SOCIEDAD QUE SE
DESINCORPORA EN EJERCICIOS ANTERIORES NO PROVENIENTES DE LA CUENTA DE
UTILIDAD FISCAL NETA, PERDIDA EN ENAJENACION DE ACCIONES DE SOCIEDADES
CONTROLADAS OBTENIDAS POR LA SOCIEDAD QUE SE DESINCORPORA CUANDO NO HUBIERAN
PODIDO DEDUCIRSE POR ESTA ULTIMA, EN LA PARTICIPACION CONSOLIDABLE, CONCEPTOS
ESPECIALES DE CONSOLIDACION QUE CON MOTIVO DE LA DESINCORPORACION DE LA
SOCIEDAD QUE DEJA DE SER CONTROLADA DEBEN CONSIDERARSE COMO EFECTUADAS CON
TERCEROS, PERDIDAS FISCALES CONSOLIDADAS DE EJERCICIOS ANTERIORES, IMPUESTO
POR MODIFICACION EN PARTICIPACION ACCIONARIA; IMPUESTO AL ACTIVO: CONSOLIDADO
PAGADO EN EJERCICIOS ANTERIORES QUE TENGA DERECHO A RECUPERAR, IMPAC PAGADO
EN EJERCICIOS ANTERIORES QUE TENGA DERECHO A RECUPERAR POR LA SOCIEDAD
CONTROLADA QUE SE DESINCORPORA Y DIFERENCIA |
|
|
51.- PARTIDAS
POR DESINCORPORACION DE CONTROLADAS DE CONFORMIDAD CON LA RESOLUCION
MISCELANEA FISCAL |
I.S.R.:
PERDIDA FISCAL CONSOLIDADA DEL EJERCICIO INMEDIATO ANTERIOR, UTILIDAD FISCAL
CONSOLIDADA DEL EJERCICIO INMEDIATO ANTERIOR, CONCEPTOS ESPECIALES DE
CONSOLIDACION QUE CON MOTIVO DE LA DESINCORPORACION DE LA SOCIEDAD QUE DEJA
DE SER CONTROLADA DEBEN CONSIDERARSE COMO EFECTUADAS CON TERCEROS, MONTO DE
PERDIDAS FISCALES DE EJERCICIOS ANTERIORES QUE LA SOCIEDAD CONTROLADA TENGA
DERECHO A DISMINUIR AL MOMENTO DE SU DESINCORPORACION EN LA PARTICIPACION
CONSOLIDABLE, PERDIDA EN ENAJENACION DE ACCIONES DE SOCIEDADES CONTROLADAS
OBTENIDAS POR LA SOCIEDAD QUE SE DESINCORPORA CUANDO NO HUBIERAN PODIDO
DEDUCIRSE POR ESTA ULTIMA, EN LA PARTICIPACION CONSOLIDABLE, UTILIDAD FISCAL,
IMPUESTO FRACCION I DE LA REGLA DE LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL,
DIVIDENDOS PAGADOS POR LA SOCIEDAD QUE SE DESINCORPORA EN EJERCICIOS
ANTERIORES NO PROVENIENTES DE CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA, IMPUESTO
CORRESPONDIENTE A LOS DIVIDENDOS FRACCION II DE LA REGLA DE LA RESOLUCION
MISCELANEA FISCAL, SALDO DEL REGISTRO DE UTILIDADES FISCALES NETAS
CONSOLIDADAS, INCREMENTO DEL SALDO DEL REGISTRO DE UTILIDADES FISCALES NETAS
CONSOLIDADAS POR DESINCORPORACION DE SOCIEDADES, REGISTRO DE UTILIDADES
FISCALES NETAS DE LAS CONTROLADAS QUE SE DESINCORPORAN, DIFERENCIA CUANDO EL
REGISTRO DE UTILIDADES FISCALES NETAS DE LAS CONTROLADAS QUE SE DESINCORPORAN
ES MAYOR AL SALDO DEL REGISTRO DE UTILIDADES FISCALES NETAS CONSOLIDADAS, UTILIDAD BASE DEL IMPUESTO, IMPUESTO
FRACCION III INCISO a) DE LA REGLA DE LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL, SALDO
DEL REGISTRO DE UTILIDADES FISCALES NETAS CONSOLIDADAS REINVERTIDAS,
INCREMENTO DEL SALDO DEL REGISTRO DE UTILIDADES FISCALES NETAS CONSOLIDADAS
REINVERTIDAS POR DESINCORPORACION DE SOCIEDADES, REGISTRO DE UTILIDADES
FISCALES NETAS DE LAS CONTROLADAS REINVERTIDAS QUE SE DESINCORPORAN,
DIFERENCIA CUANDO EL REGISTRO DE UTILIDADES FISCALES NETAS DE LAS CONTROLADAS
REINVERTIDAS QUE SE DESINCORPORAN ES MAYOR AL SALDO DEL REGISTRO DE UTILIDADES
FISCALES NETAS CONSOLIDADAS REINVERTIDAS, UTILIDAD BASE DEL IMPUESTO,
IMPUESTO FRACCION III INCISO b) DE LA REGLA DE LA RESOLUCION MISCELANEA
FISCAL, SALDO DE LA CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA CONSOLIDADA, INCREMENTO
DEL SALDO DE LA CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA CONSOLIDADA POR
DESINCORPORACION DE SOCIEDADES, CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA DE LAS
CONTROLADAS QUE SE DESINCORPORAN, DIFERENCIA CUANDO LA CUENTA DE UTILIDAD
FISCAL NETA DE LAS CONTROLADAS QUE SE DESINCORPORAN ES MAYOR AL SALDO DE LA
CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA CONSOLIDADAS, UTILIDAD BASE DEL IMPUESTO,
IMPUESTO FRACCION IV INCISO a) DE LA REGLA DE LA RESOLUCION MISCELANEA
FISCAL, SALDO DE LA CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA CONSOLIDADA REINVERTIDA,
INCREMENTO DEL SALDO DE LA CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA CONSOLIDADA
REINVERTIDA POR DESINCORPORACION DE SOCIEDADES, CUENTA DE UTILIDAD FISCAL
NETA DE LAS CONTROLADAS REINVERTIDA QUE SE DESINCORPORAN, DIFERENCIA CUANDO
LA CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA DE LAS CONTROLADAS REINVERTIDAS QUE SE DESINCORPORAN
ES MAYOR AL SALDO DE LA CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA CONSOLIDADAS
REINVERTIDAS, UTILIDAD BASE DEL
IMPUESTO, IMPUESTO FRACCION IV INCISO b) DE LA REGLA DE LA RESOLUCION
MISCELANEA FISCAL, IMPUESTO PAGADO POR LAS DESINCORPORACIONES DEL EJERCICIO,
DIFERENCIA; IMPUESTO AL ACTIVO: IMPAC CONSOLIDADO PAGADO EN EJERCICIOS
ANTERIORES QUE TENGA DERECHO A RECUPERAR, IMPAC PAGADO EN EJERCICIOS
ANTERIORES QUE TENGA DERECHO A RECUPERAR POR LA SOCIEDAD CONTROLADA QUE SE
DESINCORPORA Y DIFERENCIA |
|
|
54.- REGISTRO INDIVIDUAL AL OBTENER LA DEVOLUCION
O EFECTUAR LA COMPENSACION DEL IMPAC CONTRA EL I.S.R. |
MONTO DEL IMPAC PAGADO CON ANTERIORIDAD A SU
INCORPORACION AL REGIMEN DE CONSOLIDACION, DEVOLUCION O COMPENSACION DE LA
PARTE QUE NO CONSOLIDE PARA EFECTOS FISCALES E IMPUESTO QUE HUBIERE REDUCIDO
CON MOTIVO DE LA DEVOLUCION OBTENIDA POR LA CONTROLADA |
|
|
55.- REGISTRO EN LA SOCIEDAD CONTROLADORA POR CADA
UNA DE SUS SOCIEDADES CONTROLADAS AL OBTENER LA DEVOLUCION O EFECTUAR LA
COMPENSACION DEL IMPAC CONTRA EL I.S.R CONSOLIDADO |
MONTO DEL IMPAC PAGADO CON ANTERIORIDAD A SU
INCORPORACION AL REGIMEN DE CONSOLIDACION, DEVOLUCIONES O COMPENSACIONES DE
LA PARTE QUE NO CONSOLIDE PARA EFECTOS FISCALES, EFECTOS DE LA INCORPORACION
O DESINCORPORACION DE SOCIEDADES CONTROLADAS Y AUMENTOS Y DISMINUCIONES EN LA
TENENCIA ACCIONARIA |
NOTA: EL ORDEN DE ESTOS DATOS ES
UNICAMENTE INFORMATIVO, PARA SU CAPTURA REFERENCIAR AL FORMATO GUIA.
·
PARA EFECTOS DE ESTOS DATOS, SE ANOTARAN CIFRAS DE IMPORTES REFERENTES A
LOS DATOS INDICADOS.
·
DATOS DE CARACTERES NUMERICOS.
·
LAS CANTIDADES NEGATIVAS SE DEBERAN PRESENTAR CON SIGNO NEGATIVO,
ANTEPONIENDOSE EL SIGNO A DICHA CANTIDAD.
·
PARA LAS CANTIDADES POSITIVAS SE OMITIRA EL SIGNO.
·
ESTOS DATOS NO PODRAN CONTENER SIGNOS ESPECIALES TALES COMO: SIGNO DE PESOS,
COMAS, PUNTOS, PARENTESIS, ETC., UNICAMENTE DEBERAN CONSTAR DE LOS DIGITOS DEL
0 AL 9.
·
LAS CANTIDADES INDICATIVAS DE IMPORTES DEBERAN ANOTARSE EN PESOS, NO EN
MILES DE PESOS.
ANEXO |
DATOS A PROPORCIONAR |
|
|
4.1.- NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS |
TEXTO REFERENTE A LAS NOTAS A LOS ESTADOS
FINANCIEROS |
|
|
11.1.- DECLARATORIA |
TEXTO REFERENTE A LA DECLARATORIA |
·
DATOS DE CARACTERES ALFANUMERICOS.
·
ESTOS TEXTOS SI PODRAN CONTENER SIGNOS ESPECIALES (SIGNO DE PESOS,
COMAS, PUNTOS, GUIONES, PARENTESIS, ETC.).
·
EL TEXTO ALFABETICO DEBERA SER UTILIZADO UNICAMENTE EN LETRAS
MAYUSCULAS.
ANEXO |
DATOS A PROPORCIONAR |
|
|
11.- RELACION DE CONTRIBUCIONES A CARGO DEL
CONTRIBUYENTE COMO SUJETO DIRECTO O EN SU CARACTER DE RETENEDOR |
TASA , TARIFA O CUOTA |
|
|
15.- OPERACIONES CON RESIDENTES EN EL EXTRANJERO |
TASA |
|
|
17.- DETERMINACION
MENSUAL DEL IMPUESTO A LOS DEPOSITOS EN EFECTIVO |
TASA DEL IMPUESTO |
|
|
20.- INTEGRACION DEL
INVENTARIO ACUMULABLE |
PORCENTAJE DE ACUMULACION |
|
|
24.- OPERACIONES FINANCIERAS
DERIVADAS CONTRATADAS CON RESIDENTES EN EL EXTRANJERO |
TASA DE INTERES |
|
|
26.- PRESTAMOS DEL EXTRANJERO |
PORCENTAJE DE LA TASA DE INTERESES Y TASA DE RETENCION DEL I.S.R. |
|
|
27.- INVERSIONES PERMANENTES
EN SUBSIDIARIAS, ASOCIADAS Y AFILIADAS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO |
PORCENTAJE DE PARTICIPACION EN EL CAPITAL DE LA ENTIDAD |
|
|
28.- SOCIOS O ACCIONISTAS QUE
TUVIERON ACCIONES O PARTES SOCIALES |
PORCENTAJE DE PARTICIPACION DEL SOCIO O ACCIONISTA EN EL EJERCICIO |
|
|
29.- INGRESOS SUJETOS A
REGIMENES FISCALES PREFERENTES |
TASA EFECTIVA DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA PAGADA EN EL EXTRANJERO
(MENOR AL 75% DEL QUE SE PAGARIA EN MEXICO) Y PARTICIPACION DIRECTA PROMEDIO
POR DIA DEL CONTRIBUYENTE EN EL EJERCICIO (PORCENTAJE): PORCENTAJE |
|
|
39.- OPERACIONES REALIZADAS A
TRAVES DE FIDEICOMISOS |
PORCENTAJE DE PARTICIPACION CONFORME AL CONTRATO |
|
|
40.- RELACION DE
CONTRIBUCIONES A CARGO DEL CONTRIBUYENTE EN SU CARACTER DE SOCIEDAD
CONTROLADORA |
TASA O TARIFA |
|
|
54.- REGISTRO INDIVIDUAL AL
OBTENER LA DEVOLUCION O EFECTUAR LA COMPENSACION DEL IMPAC CONTRA EL I.S.R |
PARTICIPACION ACCIONARIA |
·
PARA EFECTOS DE ESTOS DATOS, SE ANOTARAN CIFRAS REFERENTES A LOS DATOS
INDICADOS.
·
DATOS DE CARACTERES ALFANUMERICOS CON DECIMALES.
·
LAS CANTIDADES REPRESENTATIVAS DE PORCENTAJE SE ANOTARAN CON ENTEROS Y
DOS DECIMALES, SIN EL SIGNO DE PORCENTAJE.
·
ESTOS DATOS NO PODRAN CONTENER SIGNOS ESPECIALES TALES COMO: SIGNO DE
PESOS, COMAS, PARENTESIS, ETC., UNICAMENTE DEBERAN CONSTAR DE LOS DIGITOS DEL 0
AL 9.
ANEXO |
DATOS A PROPORCIONAR |
|
|
21.- INTEGRACION DE PERDIDAS
FISCALES DE EJERCICIOS ANTERIORES |
2009 A 1999 |
|
|
22.- CUENTA DE UTILIDAD FISCAL
NETA. CUFIN |
2009 A 1975 |
|
|
23.- CUENTA DE UTILIDAD FISCAL
NETA REINVERTIDA.- CUFINRE |
2009 A 1999 |
|
|
52.- CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA
CONSOLIDADA. CUFIN CONSOLIDADA I.S.R. |
2009 A 1975 |
|
|
53.- CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA CONSOLIDADA
REINVERTIDA.- CUFINRE CONSOLIDADA I.S.R. |
2009 A 1999 |
|
|
56.- INTEGRACION DE PERDIDAS FISCALES
CONSOLIDADAS DE EJERCICIOS ANTERIORES |
2009 A 1999 |
·
PARA EFECTOS DE ESTOS DATOS, SE ANOTARAN CIFRAS REFERENTES A LOS DATOS
INDICADOS.
·
DATOS DE CARACTERES NUMERICOS CON CUATRO DECIMALES.
·
ESTOS DATOS NO PODRAN CONTENER SIGNOS ESPECIALES TALES COMO: SIGNO DE
PESOS, COMAS, PARENTESIS, ETC., UNICAMENTE DEBERAN CONSTAR DE LOS DIGITOS DEL 0
AL 9.
ANEXO |
DATOS A PROPORCIONAR |
|
|
15.- OPERACIONES CON RESIDENTES EN EL EXTRANJERO |
PAIS DE RESIDENCIA,
CONCEPTO DEL PAGO Y APLICO LOS BENEFICIOS DE ALGUN TRATADO CELEBRADO POR
MEXICO PARA EVITAR LA DOBLE TRIBUTACION (SI O NO) |
|
|
16.- RESPONSABILIDAD SOLIDARIA POR OPERACIONES
DE RESIDENTES EN EL EXTRANJERO (EXCLUSIVAMENTE DE ENAJENACION DE ACCIONES) |
PAIS DE RESIDENCIA DE LA
ENTIDAD EXTRANJERA, CONCEPTO ESPECIFICO DE LA OPERACION, TIPO DE MONEDA, Y
EXISTE DICTAMEN POR LA OPERACION REALIZADA (SI NO) |
|
|
18.- RELACION DE CONTRIBUCIONES POR PAGAR |
INSTITUCION DE CREDITO O
SAT Y PAGO EN PARCIALIDADES (DATOS DEL ESCRITO LIBRE): ADMINISTRACION
RECEPTORA |
|
|
24.- OPERACIONES FINANCIERAS DERIVADAS
CONTRATADAS CON RESIDENTES EN EL EXTRANJERO |
PAIS DE RESIDENCIA, TIPO
DE OPERACION CONTRATADA, DEUDA O CAPITAL, TIPO DE MONEDA E INDIQUE SI SE
CONTRATO CON UNA PARTE RELACIONADA (SI O NO) |
|
|
25.- CUENTAS Y DOCUMENTOS POR COBRAR Y POR
PAGAR EN MONEDA EXTRAJERA |
PAIS DE RESIDENCIA FISCAL,
TIPO DE MONEDA, CONCEPTO MAS IMPORTANTE QUE ORIGINO EL SALDO, INDIQUE SI ES PARTE
RELACIONADA (SI O NO) Y GENERO INTERESES (SI O NO) |
|
|
26.- PRESTAMOS DEL EXTRANJERO |
TIPO DE FINANCIAMIENTO,
FUE BENEFICIARIO EFECTIVO DE LOS INTERESES (SI O NO), PAIS DE RESIDENCIA PARA
EFECTOS FISCALES, TIPO DE MONEDA, DENOMINACION DE LA TASA DE INTERES,
GARANTIZO EL PRESTAMO (SI O NO) Y EFECTUO COLOCACIONES EN EL EXTRANJERO ( SI
O NO) |
|
|
27.- INVERSIONES PERMANENTES EN SUBSIDIARIAS,
ASOCIADAS Y AFILIADAS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO |
PAIS DE RESIDENCIA FISCAL
DE LA ENTIDAD |
|
|
28.- SOCIOS O ACCIONISTAS QUE TUVIERON ACCIONES
O PARTES SOCIALES |
PAIS
DE RESIDENCIA PARA EFECTOS FISCALES |
|
|
29.- INGRESOS SUJETOS A REGIMENES FISCALES
PREFERENTES |
PAIS DE RESIDENCIA FISCAL,
TIPO DE MONEDA, TIPO DE INGRESO, LA CONTABILIDAD ESTA A DISPOSICION DE LA
AUTORIDAD (SI O NO), INFORMACION DE ENTIDAD INTERPUESTA (SI O NO), EN EL CASO
DE INGRESOS GENERADOS EN PARTICIPACION CON OTRAS ENTIDADES: CUENTA CON LA
INFORMACION DE LA ENTIDAD QUE GENERO INGRESOS POR PARTICIPACION CON OTRAS
ENTIDADES (SI O NO), ACTIVIDAD QUE REALIZA LA ENTIDAD EN LA QUE PARTICIPA;
OPERACIONES CON FIDEICOMISO: SEÑALAR SI LA INFORMACION ES PARA EL CASO DE LOS
INGRESOS GENERADOS EN FIDEICOMISOS Y SIMILARES (SI O NO) Y DESCRIPCION DEL
OBJETO DEL FIDEICOMISO |
|
|
33.- OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS |
TIPO DE OPERACION, PAIS DE
RESIDENCIA, METODO DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA APLICADO, LA OPERACION ESTA
PACTADA COMO CON PARTES INDEPENDIENTES EN OPERACIONES COMPARABLES (SI O NO) |
|
|
37.- OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR |
NOMBRE DEL AGENTE ADUANAL,
PAIS DE PROCEDENCIA, PAIS DE ORIGEN, PAIS DE DESTINO Y PROGRAMA O DECRETO |
|
|
41.- RELACION DE PAGOS PROVISIONALES DEL I.S.R.
CONSOLIDADO |
TIPO DE PAGO NORMAL O
COMPLEMENTARIO E INSTITUCION DE CREDITO O SAT |
·
DATOS DE CARACTERES ALFANUMERICOS.
·
LOS CARACTERES ALFABETICOS UNICAMENTE EN MAYUSCULAS.
·
ESTOS TEXTOS NO PODRAN CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, CORCHETES,
PARENTESIS, ETC.).
ANEXO |
DATOS A PROPORCIONAR |
|
|
18.- RELACION
DE CONTRIBUCIONES POR PAGAR |
NUMERO DE LA OPERACION;
PAGO EN PARCIALIDADES (DATOS DEL ESCRITO LIBRE): NUMERO DE FOLIO; Y OFICIO DE
AUTORIZACION DE PAGO EN PARCIALIDADES: NUMERO |
|
|
26.- PRESTAMOS
DEL EXTRANJERO |
FECHA O FRECUENCIA DE
EXIGIBILIDAD DEL PAGO DE INTERESES Y NUMERO DE OFICIO DE AUTORIZACION DE LA
CNBV DE LA OFERTA PUBLICA EN EL EXTRANJERO DE VALORES EMITIDOS EN MEXICO |
|
|
33.- OPERACIONES
CON PARTES RELACIONADAS |
EJERCICIO EN EL QUE SE
REGISTRO COMO INGRESO, COSTO, GASTO O INVERSION |
|
|
37.- OPERACIONES
DE COMERCIO EXTERIOR |
CANTIDAD DE PEDIMENTOS |
|
|
41.- RELACION
DE PAGOS PROVISIONALES DEL I.S.R. CONSOLIDADO |
NUMERO DE LA OPERACION |
·
PARA EFECTOS DE ESTOS
DATOS, SE ANOTARAN CIFRAS REFERENTES A LOS DATOS INDICADOS.
·
DATO DE CARACTERES
ALFANUMERICOS.
·
LOS CARACTERES
ALFABETICOS UNICAMENTE EN MAYUSCULAS.
·
ESTOS DATOS NO PODRAN
CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, CORCHETES, PARENTESIS, ETC.)
ANEXO |
DATOS A PROPORCIONAR |
|
|
16.- RESPONSABILIDAD SOLIDARIA POR
OPERACIONES DE RESIDENTES EN EL EXTRANJERO (EXCLUSIVAMENTE DE ENAJENACION DE
ACCIONES) |
FECHA DE LA OPERACION |
|
|
18.- RELACION DE CONTRIBUCIONES POR PAGAR |
FECHA DE PAGO, PAGO EN PARCIALIDADES (DATOS DEL ESCRITO
LIBRE): FECHA DE PRESENTACION; Y OFICIO DE AUTORIZACION DE PAGO EN
PARCIALIDADES: FECHA |
|
|
24.- OPERACIONES FINANCIERAS DERIVADAS
CONTRATADAS CON RESIDENTES EN EL EXTRANJERO |
FECHA DE CELEBRACION DEL CONTRATO QUE LE DIO
ORIGEN A LA OPERACION; Y VIGENCIA: DEL, AL |
|
|
26.- PRESTAMOS DEL EXTRANJERO |
VIGENCIA DEL PRESTAMO: DEL Y AL |
|
|
28.- SOCIOS O ACCIONISTAS QUE TUVIERON ACCIONES
O PARTES SOCIALES |
PERIODO DE TENENCIA: DEL Y AL |
|
|
29.- INGRESOS SUJETOS A REGIMENES FISCALES
PREFERENTES |
OPERACIONES CON FIDEICOMISO: VIGENCIA: DEL Y AL |
|
|
41.- RELACION DE PAGOS PROVISIONALES DEL I.S.R.
CONSOLIDADO |
FECHA DE PRESENTACION |
·
DIEZ CARACTERES ALFANUMERICOS QUE CORRESPONDEN A LA FECHA (DOS
CARACTERES PARA EL DIA, DOS PARA EL MES Y CUATRO PARA EL AÑO, SEPARADOS POR
DIAGONALES “/”, EJEMPLO: 17/04/2009).
·
ESTOS DATOS NO PODRAN CONTENER SIGNOS ESPECIALES (SIGNO DE PESOS, COMAS,
PUNTOS, GUIONES, PARENTESIS, ETC.), UNICAMENTE DEBERAN CONSTAR DE LOS DIGITOS
DEL 0 AL 9 Y LA DIAGONAL “/”.
ANEXO |
DATOS A PROPORCIONAR |
|
|
15.- OPERACIONES CON RESIDENTES EN EL
EXTRANJERO |
NUMERO DE IDENTIFICACION FISCAL |
|
|
16.- RESPONSABILIDAD SOLIDARIA POR OPERACIONES
DE RESIDENTES EN EL EXTRANJERO (EXCLUSIVAMENTE DE ENAJENACION DE ACCIONES) |
NUMERO DE IDENTIFICACION FISCAL |
|
|
24.- OPERACIONES
FINANCIERAS DERIVADAS CONTRATADAS CON RESIDENTES EN EL EXTRANJERO |
NUMERO DE IDENTIFICACION
FISCAL |
|
|
25.- CUENTAS
Y DOCUMENTOS POR COBRAR Y POR PAGAR EN MONEDA EXTRAJERA |
NUMERO DE IDENTIFICACION
FISCAL |
|
|
26.- PRESTAMOS
DEL EXTRANJERO |
NUMERO DE IDENTIFICACIO
FISCAL Y NUMERO DE REGISTRO DEL ACREEDOR RESIDENTE EN EL EXTRANJERO ANTE EL
SAT |
|
|
27.- INVERSIONES
PERMANENTES EN SUBSIDIARIAS, ASOCIADAS Y AFILIADAS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO |
NUMERO DE IDENTIFICACION
FISCAL |
|
|
28.- SOCIOS
O ACCIONISTAS QUE TUVIERON ACCIONES O PARTES SOCIALES |
NUMERO DE IDENTIFICACION
FISCAL O RFC |
|
|
29.- INGRESOS
SUJETOS A REGIMENES FISCALES PREFERENTES |
NUMERO DE IDENTIFICACION
FISCAL |
|
|
33.- OPERACIONES
CON PARTES RELACIONADAS |
NUMERO DE IDENTIFICACION
FISCAL O RFC |
NUMERO DE IDENTIFICACION
FISCAL Y NUMERO DE REGISTRO DEL CONTROL ACRREDOR RESIDENTE EN EL EXTRANJERO
ANTE EL SAT
·
DATO, REGISTRO DE IDENTIFICACION FISCAL DEL PAIS DE RESIDENCIA Y NUMERO
DE REGISTRO DEL CONTROL ACREEDOR RESIDENTE EN EL EXTRANJERO ANTE EL SAT.
·
DATO DE CARACTERES ALFANUMERICOS.
·
LOS CARACTERES ALFABETICOS UNICAMENTE EN MAYUSCULAS.
·
ESTE DATO NO PODRA CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, CORCHETES,
PARENTESIS, ETC.).
RFC
·
DATO, REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES DE LA PARTE RELACIONADA.
·
DATO DE 13 CARACTERES ALFANUMERICOS MAXIMO, COMPUESTO POR:
·
CUATRO LETRAS PARA PERSONAS FISICAS, O GUION MEDIO Y TRES LETRAS PARA
PERSONAS MORALES.
·
SEIS CARACTERES NUMERICOS QUE CORRESPONDEN A LA FECHA (DOS CARACTERES
PARA EL AÑO, DOS PARA EL MES Y DOS PARA EL DIA).
·
TRES CARACTERES ALFANUMERICOS PARA LA HOMONIMIA.
·
UTILIZACION DE CARACTERES ALFABETICOS EN MAYUSCULAS.
·
ESTE DATO NO PODRA CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, CORCHETES,
PARENTESIS, ETC., SALVO EL CARACTER &).
ANEXO |
DATOS A PROPORCIONAR |
|
|
39.- OPERACIONES REALIZADAS ATRAVES DE
FIDEICOMISOS |
R.F.C. |
|
|
47.- INFORMACION SOBRE CONSOLIDACION (I.S.R.) |
R.F.C. |
|
|
48.- MODIFICACIONES
POR VARIACIONES EN LA PARTICIPACION ACCIONARIA DE LA CONTROLADORA EN LAS
CONTROLADAS (I.S.R.) |
R.F.C |
|
|
49.- IMPUESTOS
ACREDITABLES |
R.F.C. |
|
|
50.- PARTIDAS
POR DESINCORPORACION DE CONTROLADAS O DESCONSOLIDACION DE CONFORMIDAD CON EL
ARTICULO 71 DE LA LEY DEL ISR |
R.F.C. |
|
|
51.- PARTIDAS
POR DESINCORPORACION DE CONTROLADAS DE CONFORMIDAD CON LA RESOLUCION
MISCELANEA FISCAL |
R.F.C. |
|
|
55.- REGISTRO
EN LA SOCIEDAD CONTROLADORA POR CADA UNA DE SUS SOCIEDADES CONTROLADAS AL
OBTENER LA DEVOLUCION O EFECTUAR LA COMPENSACION DEL IMPAC CONTRA EL I.S.R.
CONSOLIDADO |
R.F.C. |
·
DATO, REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES.
·
DATO DE 13 CARACTERES ALFANUMERICOS MAXIMO, COMPUESTO POR:
·
CUATRO LETRAS PARA PERSONAS FISICAS, O GUION MEDIO Y TRES LETRAS PARA
PERSONAS MORALES.
·
SEIS CARACTERES NUMERICOS QUE CORRESPONDEN A LA FECHA (DOS CARACTERES
PARA EL AÑO, DOS PARA EL MES Y DOS PARA EL DIA).
·
TRES CARACTERES ALFANUMERICOS PARA LA HOMONIMIA.
·
UTILIZACION DE CARACTERES ALFABETICOS EN MAYUSCULAS.
·
ESTE DATO NO PODRA CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, CORCHETES,
PARENTESIS, ETC., SALVO EL CARACTER &).
ANEXO |
DATOS A
PROPORCIONAR |
|
|
47.- INFORMACION SOBRE
CONSOLIDACION (I.S.R.) |
PARTICIPACION
CONSOLIDABLE DE LA CONTROLADORA: AL CIERRE DEL EJERCICIO INMEDIATO ANTERIOR Y
AL CIERRE DEL EJERCICIO |
|
|
48.- MODIFICACIONES POR
VARIACIONES EN LA PARTICIPACION ACCIONARIA DE LA CONTROLADORA EN LAS
CONTROLADAS (I.S.R.) |
PARTICIPACION
CONSOLIDABLE DE LA CONTROLADORA: AL CIERRE DEL EJERCICIO ANTERIOR, AL CIERRE
DEL EJERCICIO; Y COCIENTE POR CAMBIO DE PARTICIPACION ACCIONARIA |
|
|
49.- IMPUESTOS ACREDITABLES |
PARTICIPACION
CONSOLIDABLE |
·
PARA EFECTOS DE ESTOS
DATOS, SE ANOTARAN CIFRAS REFERENTES A LOS DATOS INDICADOS.
·
DATO DE CARACTERES
ALFANUMERICOS.
·
LOS CARACTERES
ALFABETICOS UNICAMENTE EN MAYUSCULAS.
DATOS APLICABLES AL DICTAMEN DE:
B. INSTITUCIONES DE CREDITO Y
SOCIEDADES FINANCIERAS DE OBJETO LIMITADO
DATOS
GENERALES.
DATOS A PROPORCIONAR:
AUTORIDAD COMPETENTE:
DGE00002 ADMINISTRACION
GENERAL DE GRANDES CONTRIBUYENTES.
·
DATO DE DOS CARACTERES
ALFABETICOS, (SI O NO) EN MAYUSCULAS.
·
ESTE DATO NO PODRA
CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, CORCHETES, PARENTESIS, ETC.).
DGE00007 FRACCION
I (ARTICULO 32-A C.F.F.).
DGE00008 FRACCION
II (ARTICULO 32-A C.F.F.).
DGE00009 FRACCION
III (ARTICULO 32-A C.F.F.).
DGE00010 FRACCION
IV (ARTICULO 32-A C.F.F.).
DGE00011 OPTATIVO
(ARTICULO 32-A C.F.F.).
DGE00013 INSTITUCIONES
DE CREDITO.
DGE00014 SOCIEDADES
FINANCIERAS DE OBJETO LIMITADO.
·
DATO DE DOS CARACTERES
ALFABETICOS, (SI O NO) EN MAYUSCULAS.
·
ESTE DATO NO PODRA
CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, CORCHETES, PARENTESIS, ETC.).
DGE00040 FECHA
DE INICIO DEL EJERCICIO FISCAL.
DGE00041 FECHA
DE TERMINACION DEL EJERCICIO FISCAL.
DGE00042 FECHA
DE INICIO DEL EJERCICIO FISCAL ANTERIOR.
DGE00043 FECHA
DE TERMINACION DEL EJERCICIO FISCAL ANTERIOR.
·
DATOS DEL EJERCICIO
FISCAL QUE SE DICTAMINA Y DEL EJERCICIO FISCAL ANTERIOR.
·
DIVIDIDO EN INICIO DEL
EJERCICIO Y TERMINACION DEL EJERCICIO.
·
ESTOS DATOS ESTARAN
COMPUESTOS POR DIEZ CARACTERES ALFANUMERICOS QUE CORRESPONDEN A LA FECHA DE
INICIO DEL EJERCICIO FISCAL (DOS PARA EL DIA, DOS PARA EL MES Y CUATRO PARA EL
AÑO SEPARADOS POR DIAGONALES ”/”) Y DIEZ PARA LA FECHA DE TERMINACION DEL
EJERCICIO FISCAL, (DOS PARA EL DIA, DOS PARA EL MES Y CUATRO PARA EL AÑO,
SEPARADOS POR DIAGONALES “/”).
EJEMPLO:
INICIO FINAL
01/01/2009 31/12/2009
DGE00020 PRIMER
DICTAMEN.
DGE00021 FIDEICOMISO.
DGE00022 FORMA
PARTE DE UNA ASOCIACION EN PARTICIPACION.
DGE00023 ASOCIANTE
EN LA ASOCIACION EN PARTICIPACION.
DGE00024 EMPRESA
PARAESTATAL.
DGE00026 EMPRESA FILIAL.
DGE00027 EMPRESA SUBSIDIARIA.
DGE00028 ORGANISMO
DESCENTRALIZADO.
DGE00029 DICTAMEN
POR FUSION.
DGE00030 DICTAMEN
POR ESCISION.
DGE00031 DICTAMEN
POR LIQUIDACION.
DGE00060 TIPO
DE OPINION: OPINION SIN SALVEDADES.
DGE00061 TIPO
DE OPINION: OPINION CON SALVEDADES QUE TENGAN IMPLICACIONES FISCALES.
DGE00062 TIPO
DE OPINION: OPINION CON SALVEDADES QUE NO TENGAN IMPLICACIONES FISCALES.
DGE00063 TIPO
DE OPINION: OPINION NEGATIVA QUE TENGA IMPLICACIONES FISCALES.
DGE00064 TIPO
DE OPINION: OPINION NEGATIVA QUE NO TENGA IMPLICACIONES FISCALES.
DGE00065 TIPO
DE OPINION: ABSTENCION DE OPINION.
DGE00072 ES
RECAUDADOR DEL IMPUESTO A LOS DEPOSITOS EN EFECTIVO (EN CASO AFIRMATIVO DEBE
LLENAR EL ANEXO 13)
DGE00077 EN EL EJERCICIO DISMINUYO PERDIDAS FISCALES DE EJERCICIOS ANTERIORES, O
BIEN , PARTICIPO EN ALGUNA FUSION O ESCISION (EN CASO AFIRMATIVO DEBE LLENAR EL
ANEXO 16)
DGE00078 EN EL EJERCICIO SE PERCIBIERON O DISTRIBUYERON DIVIDENDOS QUE AFECTARAN
LA CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA (EN CASO AFIRMATIVO DEBE LLENAR EL ANEXO 17)
DGE00079 EN EL EJERCICIO SE DISTRIBUYERON DIVIDENDOS QUE AFECTARAN LA CUENTA DE
UTILIDAD FISCAL NETA REINVERTIDA (EN CASO AFIRMATIVO DEBE LLENAR EL ANEXO 18)
DGE00080 RECONOCIO EN LOS ESTADOS FINANCIEROS DEL
EJERCICIO FISCAL, LOS EFECTOS DE LA INFLACION CONFORME A LA NIF B-10 (EN CASO
AFIRMATIVO DEBE LLENAR EL ANEXO 32)
DGE00081 EFECTUO OPERACIONES CON FIDEICOMISOS (EN CASO
AFIRMATIVO DEBE LLENAR EL ANEXO 33)
DGE00082 REALIZO OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS
NACIONALES (EN CASO AFIRMATIVO DEBE LLENAR LOS ANEXOS 27 Y 27.1)
DGE00083 REALIZO OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS EXTRANJERAS
(EN CASO AFIRMATIVO DEBE LLENAR LOS ANEXOS 27 Y 27.1)
DGE00084 UTILIZO INFORMACION FINANCIERA SEGMENTADA PARA
EFECTOS DE CUMPLIR CON LAS OBLIGACIONES FISCALES A QUE SE REFIEREN LAS
FRACCIONES XII Y/O XV DEL ARTICULO 86 DE LA L.I.S.R.
DGE00087 DETERMINO RENTA GRAVABLE PARA EFECTOS DE LA PARTICIPACION DE LOS
TRABAJADORES EN LAS UTILIDADES
DGE00088 LA RENTA GRAVABLE SE DETERMINO CON BASE EN LO DISPUESTO EN EL ARTICULO
16 DE LA L.I.S.R. (EN CASO AFIRMATIVO DEBE LLENAR EL ANEXO 29)
DGE00095 EL CONTRIBUYENTE APLICO CRITERIOS CONTRARIOS A LOS PUBLICADOS EN EL
D.O.F. COMO CRITERIOS NO VINCULATIVOS DE LAS DISPOSICIONES FISCALES Y ADUANERAS
DGE00100 OBTUVO ALGUNA RESOLUCION POR PARTE DEL SAT O
DE LA SHCP QUE HAYA AFECTADO SU SITUACION FISCAL DURANTE EL EJERCICIO
DGE00120 OBTUVO ALGUNA RESOLUCION FAVORABLE POR PARTE
DE AUTORIDADES JURISDICCIONALES QUE HAYA AFECTADO SU SITUACION FISCAL DURANTE
EL EJERCICIO
DGE00140 REALIZO OPERACIONES AFECTAS A RETENCION DEL
IMPUESTO SOBRE LA RENTA. (EN CASO AFIRMATIVO DEBE LLENAR EL ANEXO 11)
DGE00141 FUE RESPONSABLE SOLIDARIO EN EL IMPUESTO SOBRE
LA RENTA EN ALGUNA ENAJENACION DE ACCIONES EFECTUADA POR RESIDENTES EN EL
EXTRANJERO. (EN CASO AFIRMATIVO DEBE LLENAR EL ANEXO 12)
DGE00142 CONTRATO OPERACIONES FINANCIERAS DERIVADAS QUE
TUVIERAN EFECTOS FISCALES DURANTE EL EJERCICIO EN EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
(EN CASO AFIRMATIVO DEBE LLENAR EL ANEXO 19)
DGE00144 CONTRATO PRESTAMOS QUE TUVIERAN EFECTOS
FISCALES DURANTE EL EJERCICIO EN EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA (EN CASO AFIRMATIVO
DEBE LLENAR EL ANEXO 20)
DGE00145 MANTUVO INVERSIONES PERMANENTES EN
SUBSIDIARIAS, ASOCIADAS Y AFILIADAS DURANTE EL EJERCICIO (EN CASO AFIRMATIVO
DEBE LLENAR EL ANEXO 21)
DGE00146 OBTUVO INGRESOS SUJETOS A REGIMENES FISCALES
PREFERENTES (EN CASO AFIRMATIVO DEBE LLENAR EL ANEXO 23)
DGE00147 EFECTUO OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR (EN
CASO AFIRMATIVO DEBE LLENAR EL ANEXO 31)
·
DATO DE DOS CARACTERES
ALFABETICOS, (SI O NO) EN MAYUSCULAS.
·
ESTE DATO NO PODRA
CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, CORCHETES, PARENTESIS, ETC.).
DGE00102 FECHA
DEL OFICIO 1.
DGE00104 FECHA
DEL OFICIO 2.
DGE00106 FECHA
DEL OFICIO 3.
DGE00122 FECHA
DE LA RESOLUCION 1.
DGE00124 FECHA
DE LA RESOLUCION 2.
DGE00126 FECHA
DE LA RESOLUCION 3.
DGE00130 FECHA
DE ENVIO DE LA DECLARACION INFORMATIVA MULTIPLE. (NORMAL).
DGE00131 FECHA
DE ENVIO DE LA DECLARACION INFORMATIVA MULTIPLE. (ULTIMA COMPLEMENTARIA).
·
DATOS DE LA FECHA DEL
OFICIO, DE LA RESOLUCION Y DEL ENVIO DE LA DECLARACION INFORMATIVA MULTIPLE.
·
ESTOS DATOS ESTARAN
COMPUESTOS POR DIEZ CARACTERES ALFANUMERICOS QUE CORRESPONDEN A LA FECHA DEL
OFICIO, DE LA RESOLUCION Y DEL ENVIO DE LA DECLARACION INFORMATIVA MULTIPLE
(DOS PARA EL DIA, DOS PARA EL MES Y CUATRO PARA EL AÑO SEPARADOS POR DIAGONALES
”/”).
DGE00096 ESPECIFIQUE
EL O LOS NUMERO(S) DE CRITERIO(S).
DGE00101 NUMERO
DE OFICIO 1.
DGE00103 NUMERO
DE OFICIO 2.
DGE00105 NUMERO
DE OFICIO 3.
DGE00121 NUMERO
DE RESOLUCION 1.
DGE00123 NUMERO
DE RESOLUCION 2.
DGE00125 NUMERO
DE RESOLUCION 3.
·
DATOS DE CARACTERES
ALFANUMERICOS.
·
ESTOS DATOS SI PODRAN CONTENER
SIGNOS ESPECIALES (COMAS, PUNTOS, GUIONES, DIAGONALES, CORCHETES, PARENTESIS,
ETC.).
DGE00150 RFC 1 (RFC DE LA PERSONA FISICA O MORAL QUE
ASESORO FISCALMENTE AL CONTRIBUYENTE).
DGE00151 RFC
2 (RFC DE LA PERSONA FISICA O MORAL QUE ASESORO FISCALMENTE AL CONTRIBUYENTE).
DGE00152 RFC 3 (RFC DE LA PERSONA FISICA O MORAL QUE
ASESORO FISCALMENTE AL CONTRIBUYENTE).
DGE00153 RFC 4 (RFC DE LA PERSONA FISICA O MORAL QUE
ASESORO FISCALMENTE AL CONTRIBUYENTE).
DGE00154 RFC 5 (RFC DE LA PERSONA FISICA O MORAL QUE
ASESORO FISCALMENTE AL CONTRIBUYENTE).
·
DATO, REGISTRO FEDERAL DE
CONTRIBUYENTES.
·
DATO DE 13 CARACTERES
ALFANUMERICOS MAXIMO COMPUESTO POR:
- CUATRO LETRAS PARA PERSONAS FISICAS; O GUION
MEDIO Y TRES LETRAS PARA PERSONAS MORALES.
- SEIS CARACTERES NUMERICOS QUE CORRESPONDEN A
LA FECHA (DOS CARACTERES PARA AÑO, DOS PARA MES Y DOS PARA EL DIA).
- TRES CARACTERES ALFANUMERICOS PARA LA
HOMONIMIA.
·
UTILIZACION DE CARACTERES
ALFABETICOS EN MAYUSCULAS.
ESTE DATO NO PODRA CONTENER SIGNOS
ESPECIALES (COMAS, CORCHETES, PARENTESIS, ETC., SALVO EL CARACTER &).
DGE00160 NOMBRE
DEL CONTADOR PUBLICO QUE DICTAMINO (DECLARATORIA DEL CONTADOR PUBLICO QUE
DICTAMINO).
DGE00161 NOMBRE
DEL CONTRIBUYENTE O DE SU REPRESENTANTE LEGAL (DECLARATORIA DEL CONTRIBUYENTE O
DE SU REPRESENTANTE LEGAL).
·
DATO, NOMBRE COMPLETO DEL
CONTADOR PUBLICO QUE DICTAMINO Y DEL CONTRIBUYENTE O DE SU REPRESENTANTE LEGAL,
ASIGNADOS AUTOMATICAMENTE POR EL SIPRED’2009 UNA VEZ QUE SE CAPTUREN LOS DATOS
DE IDENTIFICACION DEL CONTRIBUYENTE, EN SU CASO, DE SU REPRESENTANTE LEGAL, Y
DEL CONTADOR PUBLICO QUE DICTAMINO.
ANEXO |
DATOS A
PROPORCIONAR |
|
|
1.- BALANCE
GENERAL |
2009 Y 2008 |
|
|
2.- ESTADO
DE RESULTADOS |
2009 Y 2008 |
|
|
3.- ESTADO
DE VARIACIONES EN EL CAPITAL CONTABLE |
CAPITAL
CONTRIBUIDO: CAPITAL SOCIAL, APORTACIONES PARA FUTUROS AUMENTOS DE CAPITAL
PENDIENTES DE FORMALIZAR POR SU ORGANO DE GOBIERNO, APORTACIONES PARA FUTUROS
AUMENTOS DE CAPITAL PENDIENTES DE FORMALIZAR EN ASAMBLEA DE ACCIONISTAS (PARA
EL CASO DE LAS SOCIEDADES FINANCIERAS DE OBJETO LIMITADO), PRIMA EN VENTA DE
ACCIONES, OBLIGACIONES SUBORDINADAS EN CIRCULACION, DONATIVOS Y OTRAS CUENTAS
DE CAPITAL CONTRIBUIDO; CAPITAL GANDO: RESERVAS DE CAPITAL, RESULTADO DE
EJERCICIOS ANTERIORES, RESULTADO POR VALUACION DE TITULOS DISPONIBLES PARA LA
VENTA, RESULTADO POR VALUACION DE INSTRUMENTOS DE COBERTURA DE FLUJOS DE
EFECTIVO, RESULTADO POR CONVERSION DE OPERACIONES EXTRANJERAS, EXCESO O
INSUFICIENCIA EN LA ACTUALIZACION DEL CAPITAL CONTABLE, EFECTO ACUMULADO POR
CONVERSION, RESULTADO POR TENENCIA DE ACTIVOS NO MONETARIOS (POR VALUACION DE
ACTIVO FIJO), RESULTADO POR TENENCIA DE ACTIVOS NO MONETARIOS (POR VALUACION
DE INVERSIONES PERMANENTES EN ACCIONES), AJUSTES POR OBLIGACIONES LABORALES
AL RETIRO, EFECTO INICIAL ACUMULADO DE I.S.R. DIFERIDO, EFECTO INICIAL
ACUMULADO DE P.T.U. DIFERIDA, EFECTO INICIAL ACUMULADO DEL I.E.T.U. DIFERIDO,
OTRAS CUENTAS DE CAPITAL GANADO, UTILIDAD NETA, PERDIDA NETA; Y TOTAL DE
CAPITAL CONTABLE |
|
|
4.- ESTADO
DE FLUJOS DE EFECTIVO |
2009 Y 2008 |
|
|
5.- ESTADO
DE RESULTADOS SEGMENTADO (APLICA A CONTRIBUYENTES QUE REALIZARON OPERACIONES
CON PARTES RELACIONADAS) |
2009 PARTES
RELACIONADAS NACIONALES, 2009 PARTES RELACIONADAS EXTRANJERAS, 2009 PARTES NO
RELACIONADAS NACIONALES, 2009 PARTES NO RELACIONADAS EXTRANJERAS, 2008 PARTES
RELACIONADAS NACIONALES, 2008 PARTES RELACIONADAS EXTRANJERAS, 2008 PARTES NO
RELACIONADAS NACIONALES, 2008 PARTES NO RELACIONADAS EXTRANJERAS, 2009 TOTAL
Y 2008 TOTAL |
|
|
6.- ANALISIS
COMPARATIVO DE LAS CUENTAS DEL ESTADO DE RESULTADOS |
2009, 2008;
ACUMULABLES O DEDUCIBLES PARA ISR: 2009 Y 2008; NO ACUMULABLES O NO AFECTOS
AL ISR (INGRESOS) NO DEDUCIBLES (GASTOS) PARA ISR: 2009 Y 2008; GRAVABLES O
DEDUCIBLES PARA IETU: 2009 Y 2008; EXENTOS O NO AFECTOS PARA EL IETU
(INGRESOS) NO DEDUCIBLES (GASTOS) PARA IETU: 2009 Y 2008 |
|
|
7.- RELACION
DE CONTRIBUCIONES A CARGO DEL CONTRIBUYENTE COMO SUJETO DIRECTO O EN SU
CARACTER DE RETENEDOR O RECAUDADOR |
BASE
GRAVABLE, CONTRIBUCION DETERMINADA POR AUDITORIA A CARGO O A FAVOR,
CONTRIBUCION A CARGO O SALDO A FAVOR DETERMINADO POR EL CONTRIBUYENTE Y
DIFERENCIA |
|
|
8.- RELACION
DE PAGOS PROVISIONALES Y PAGOS MENSUALES DEFINITIVOS |
CONTRIBUCION
A CARGO DETERMINADA POR AUDITORIA, SALDO A FAVOR DETERMINADO POR AUDITORIA, CONTRIBUCION
A CARGO DETERMINADA POR EL CONTRIBUYENTE Y SALDO A FAVOR DETERMINADO POR EL
CONTRIBUYENTE |
|
|
9.- DETERMINACION
DE PAGOS PROVISIONALES Y PAGOS MENSUALES DEFINITIVOS |
ENERO,
FEBRERO, MARZO, ABRIL, MAYO, JUNIO, JULIO, AGOSTO, SEPTIEMBRE, OCTUBRE,
NOVIEMBRE, DICIEMBRE Y TOTAL |
|
|
10.- BASE
PARA LA DETERMINACION DEL IMPUESTO RETENIDO SOBRE HONORARIOS, ARRENDAMIENTOS
E INTERESES |
IMPORTE |
|
|
11.- OPERACIONES
CON RESIDENTES EN EL EXTRANJERO |
IMPORTE,
I.S.R. DETERMINADO POR AUDITORIA, I.S.R. RETENIDO PAGADO Y DIFERENCIA |
|
|
12.- RESPONSABILIDAD
SOLIDARIA POR OPERACIONES DE RESIDENTES EN EL EXTRANJERO (EXCLUSIVAMENTE DE
ENAJENACION DE ACCIONES) |
MONTO DE LA
OPERACION EN MONEDA EXTRAJERA Y MONTO DE LA OPERACION EN MONEDA NACIONAL
SUJETA AL PAGO DEL I.S.R. |
|
|
13.- RELACION
DEL IMPUESTO A LOS DEPOSITOS EN EFECTIVO RECAUDADO Y PENDIENTE DE RECAUDAR
(APLICABLE A LAS INSTITUCIONES DEL SISTEMA FINANCIERO A QUE SE REFIERE LA
L.I.D.E.) |
I.D.E.
RECAUDADO EN EL EJERCICIO E I.D.E. PENDIENTE DE RECAUDAR EN EL EJERCICIO |
|
|
14.- RELACION
DE CONTRIBUCIONES POR PAGAR |
IMPORTE |
|
|
15.- CONCILIACION
ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y FISCAL PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA |
TOTAL |
|
|
19.- OPERACIONES
FINANCIERAS DERIVADAS CONTRATADAS CON RESIDENTES EN EL EXTRANJERO |
MONTO
CONTRATADO |
|
|
20.- PRESTAMOS
DEL EXTRANJERO |
SALDO
INSOLUTO DEL PRESTAMO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2008, IMPORTE TOTAL DE LOS
INTERESES PAGADOS, I.S.R. RETENIDO EN EL EJERCICIO, SALDO INSOLUTO AL 31 DE
DICIEMBRE DE 2009, IMPORTE TOTAL DE LOS INTERESES DEDUCIDOS (I.S.R.) E IMPORTE
TOTAL DE LOS INTERESES PAGADOS |
|
|
21.- INVERSIONES
PERMANENTES EN SUBSIDIARIAS, ASOCIADAS Y AFILIADAS RESIDENTES EN EL
EXTRANJERO |
MONTO DE LA
INVERSION, MONTO DE LAS UTILIDADES (PERDIDAS) DE EJERCICIOS ANTERIORES EN EL
PORCENTAJE DE PARTICIPACION, MONTO DE LA UTILIDAD (PERDIDA) DEL EJERCICIO EN
EL PORCENTAJE DE PARTICIPACION Y VALOR DE LA INVERSION |
|
|
22.- SOCIOS
O ACCIONISTAS QUE TUVIERON ACCIONES O PARTES SOCIALES |
MONTO DE
APORTACIONES, MONTO DE RETIROS DE CAPITAL, MONTO DE PRESTAMOS: EFECTUADOS Y
RECIBIDOS |
|
|
23.- INGRESOS
SUJETOS A REGIMENES FISCALES PREFERENTES |
MONTO TOTAL
DE LAS INVERSIONES O APORTACIONES EFECTUADAS DURANTE EL EJERCICIO, MONTO
TOTAL DE REEMBOLSOS DE CAPITAL RECIBIDOS DURANTE EL EJERCICIO, MONTO TOTAL DE
LAS UTILIDADES O PERDIDAS FISCALES EN LA PARTICIPACION ACCIONARIA, TOTAL DE INGRESOS
ACUMULABLES O GRAVABLES EN EL EJERCICIO; PARTICIPACION DIRECTA PROMEDIO POR
DIA DEL CONTRIBUYENTE EN EL EJERCICIO (PORCENTAJE): IMPORTE; DATOS DE LA
ENTIDAD UBICADA EN REGIMEN FISCAL PREFERENTE: TOTAL DE UTILIDADES O PERDIDAS
FISCALES DEL EJERCICIO, TOTAL DE UTILIDADES DISTRIBUIDAS EN EL EJERCICIO,
MONTO TOTAL DE ACTIVOS NO AFECTOS A LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL Y MONTO TOTAL DE
ACTIVOS AFECTOS A LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL |
|
|
24.- CONCILIACION
ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y EL DETERMINADO PARA EL IMPUESTO EMPRESARIAL A
TASA UNICA |
TOTAL |
|
|
25.- ACREDITAMIENTO
DE CREDITOS FISCALES DETERMINADOS PARA EFECTOS DEL IMPUESTO EMPRESARIAL A
TASA UNICA |
2009 Y 2008 |
|
|
26.- CONCILIACION
ENTRE LOS INGRESOS DICTAMINADOS SEGUN ESTADO DE RESULTADOS, LOS ACUMULABLES
PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y LOS PERCIBIDOS PARA EFECTOS DEL
IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA Y EL TOTAL DE ACTOS O ACTIVIDADES PARA
EFECTOS DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO |
TOTAL |
|
|
27.- OPERACIONES
CON PARTES RELACIONADAS |
MONTO EN
PESOS Y AJUSTE FISCAL PARA QUE LA OPERACION SE CONSIDERASE PACTADA COMO CON
PARTES INDEPENDIENTES EN OPERACIONES COMPARABLES |
|
|
28.- INVERSIONES
Y TERRENOS |
ISR
DEDUCCION EN EL EJERCICIO, ISR DEDUCCION INMEDIATA EN EL EJERCICIO, ISR
ADQUISICIONES DURANTE EL EJERCICIO, ISR ENAJENACIONES Y BAJAS, IETU
ADQUISICIONES E IETU ENAJENACIONES |
|
|
29.- DETERMINACION
DE LA RENTA GRAVABLE PARA EFECTOS DE LA PARTICIPACION DE LOS TRABAJADORES EN
LAS UTILIDADES DE LAS EMPRESAS DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 16 DE LA LEY
DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA |
IMPORTE |
|
|
30.- DATOS
INFORMATIVOS |
IMPORTE |
|
|
31.- OPERACIONES
DE COMERCIO EXTERIOR |
VALOR
DECLARADO EN ADUANA E IMPUESTO AL VALOR AGREGADO PAGADO |
|
|
32.- INTEGRACION
DE CIFRAS REEXPRESADAS |
CIFRAS
HISTORICAS, EFECTO FIDEICOMISOS UDIS, AJUSTE POR ACTUALIZACION Y CIFRAS
ACTUALIZADAS SEGUN ESTADOS FINANCIEROS |
|
|
33.- OPERACIONES
REALIZADAS A TRAVES DE FIDEICOMISOS |
DATOS
CORESPONDIENTES A LAS OPERACIONES TOTALES EFECTUADAS POR EL FIDEICOMISO:
IMPUESTO SOBRE LA RENTA (ISR): UTILIDAD (PERDIDA) FISCAL DEL EJERCICIO, PAGOS
PROVISIONALES EFECTUADOS DE ISR; IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA (IETU):
INGRESO GRAVADO, PAGOS PROVISIONALES EFECTUADOS DE IETU Y CREDITO FISCAL IETU
|
NOTA: EL ORDEN DE ESTOS DATOS ES UNICAMENTE
INFORMATIVO, PARA SU CAPTURA REFERENCIAR AL FORMATO GUIA.
·
PARA EFECTOS DE ESTOS DATOS, SE ANOTARAN CIFRAS DE IMPORTES REFERENTES A
LOS DATOS INDICADOS.
·
DATOS DE CARACTERES NUMERICOS.
·
LAS CANTIDADES NEGATIVAS SE DEBERAN PRESENTAR CON SIGNO NEGATIVO,
ANTEPONIENDOSE EL SIGNO A DICHA CANTIDAD.
·
PARA LAS CANTIDADES POSITIVAS SE OMITIRA EL SIGNO.
·
ESTOS DATOS NO PODRAN CONTENER SIGNOS ESPECIALES TALES COMO: SIGNO DE
PESOS, COMAS, PUNTOS, PARENTESIS, ETC., UNICAMENTE DEBERAN CONSTAR DE LOS
DIGITOS DEL 0 AL 9.
·
LAS CANTIDADES
INDICATIVAS DE IMPORTES DEBERAN ANOTARSE EN PESOS, NO EN MILES
DE PESOS.
ANEXO |
DATOS A PROPORCIONAR |
|
|
4.1.- NOTAS
A LOS ESTADOS FINANCIEROS |
TEXTO
REFERENTE A LAS NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS |
|
|
7.1.- DECLARATORIA |
TEXTO
REFERENTE A LA DECLARATORIA |
·
DATOS DE CARACTERES ALFANUMERICOS.
·
ESTOS TEXTOS SI PODRAN CONTENER SIGNOS ESPECIALES (SIGNO DE PESOS,
COMAS, PUNTOS, GUIONES, PARENTESIS, ETC.).
·
EL TEXTO ALFABETICO DEBERA SER UTILIZADO UNICAMENTE EN LETRAS
MAYUSCULAS.
ANEXO |
DATOS A
PROPORCIONAR |
|
|
7.- RELACION
DE CONTRIBUCIONES A CARGO DEL CONTRIBUYENTE COMO SUJETO DIRECTO O EN SU
CARACTER DE RETENEDOR O RECAUDADOR |
TASA ,
TARIFA O CUOTA |
|
|
11.- OPERACIONES
CON RESIDENTES EN EL EXTRANJERO |
TASA |
|
|
19.- OPERACIONES
FINANCIERAS DERIVADAS CONTRATADAS CON RESIDENTES EN EL EXTRANJERO |
TASA DE
INTERES |
|
|
20.- PRESTAMOS
DEL EXTRANJERO |
PORCENTAJE
DE LA TASA DE INTERESES Y TASA DE RETENCION DEL I.S.R. |
|
|
21.- INVERSIONES
PERMANENTES EN SUBSIDIARIAS, ASOCIADAS Y AFILIADAS RESIDENTES EN EL
EXTRANJERO |
PORCENTAJE
DE PARTICIPACION EN EL CAPITAL DE LA ENTIDAD |
|
|
22.- SOCIOS
O ACCIONISTAS QUE TUVIERON ACCIONES O PARTES SOCIALES |
PORCENTAJE
DE PARTICIPACION DEL SOCIO O ACCIONISTA EN EL EJERCICIO |
|
|
23.- INGRESOS
SUJETOS A REGIMENES FISCALES PREFERENTES |
TASA
EFECTIVA DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA PAGADA EN EL EXTRANJERO (MENOR AL 75%
DEL QUE SE PAGARIA EN MEXICO) Y PARTICIPACION DIRECTA PROMEDIO POR DIA DEL
CONTRIBUYENTE EN EL EJERCICIO (PORCENTAJE): PORCENTAJE |
|
|
33.- OPERACIONES
REALIZADAS A TRAVES DE FIDEICOMISOS |
PORCENTAJE
DE PARTICIPACION CONFORME AL CONTRATO |
·
PARA EFECTOS DE ESTOS DATOS, SE ANOTARAN CIFRAS REFERENTES A LOS DATOS
INDICADOS.
·
DATOS DE CARACTERES ALFANUMERICOS CON DECIMALES.
·
LAS CANTIDADES REPRESENTATIVAS DE PORCENTAJE SE ANOTARAN CON ENTEROS Y
DOS DECIMALES, SIN EL SIGNO DE PORCENTAJE.
·
ESTOS DATOS NO PODRAN CONTENER SIGNOS ESPECIALES TALES COMO: SIGNO DE
PESOS, COMAS, PARENTESIS, ETC., UNICAMENTE DEBERAN CONSTAR DE LOS DIGITOS DEL 0
AL 9.
ANEXO |
DATOS A
PROPORCIONAR |
|
|
16.- INTEGRACION
DE PERDIDAS FISCALES DE EJERCICIOS ANTERIORES |
2009 A 1999 |
|
|
17.- CUENTA
DE UTILIDAD FISCAL NETA. CUFIN |
2009 A 1975 |
|
|
18.- CUENTA
DE UTILIDAD FISCAL NETA REINVERTIDA.- CUFINRE |
2009 A 1999 |
·
PARA EFECTOS DE ESTOS DATOS, SE ANOTARAN CIFRAS REFERENTES A LOS DATOS
INDICADOS.
·
DATOS DE CARACTERES NUMERICOS CON CUATRO DECIMALES.
·
ESTOS DATOS NO PODRAN CONTENER SIGNOS ESPECIALES TALES COMO: SIGNO DE
PESOS, COMAS, PARENTESIS, ETC., UNICAMENTE DEBERAN CONSTAR DE LOS DIGITOS DEL 0
AL 9.
ANEXO |
DATOS A
PROPORCIONAR |
|
|
11.- OPERACIONES
CON RESIDENTES EN EL EXTRANJERO |
PAIS DE
RESIDENCIA, CONCEPTO DEL PAGO Y APLICO LOS BENEFICIOS DE ALGUN TRATADO
CELEBRADO POR MEXICO PARA EVITAR LA DOBLE TRIBUTACION (SI O NO) |
|
|
12.- RESPONSABILIDAD
SOLIDARIA POR OPERACIONES DE RESIDENTES EN EL EXTRANJERO (EXCLUSIVAMENTE DE
ENAJENACION DE ACCIONES) |
PAIS DE
RESIDENCIA DE LA ENTIDAD EXTRANJERA, CONCEPTO ESPECIFICO DE LA OPERACION,
TIPO DE MONEDA Y EXISTE DICTAMEN POR LA OPERACION REALIZADA (SI NO) |
|
|
14.- RELACION
DE CONTRIBUCIONES POR PAGAR |
INSTITUCION
DE CREDITO O SAT Y PAGO EN PARCIALIDADES (DATOS DEL ESCRITO LIBRE):
ADMINISTRACION RECEPTORA |
|
|
19.- OPERACIONES FINANCIERAS DERIVADAS
CONTRATADAS CON RESIDENTES EN EL EXTRANJERO |
PAIS DE
RESIDENCIA, TIPO DE OPERACION CONTRATADA, DEUDA O CAPITAL, TIPO DE MONEDA E
INDIQUE SI SE CONTRATO CON UNA PARTE RELACIONADA (SI O NO) |
|
|
20.- PRESTAMOS DEL EXTRANJERO |
TIPO DE
FINANCIAMIENTO, FUE BENEFICIARIO EFECTIVO DE LOS INTERESES (SI O NO), PAIS DE
RESIDENCIA PARA EFECTOS FISCALES, TIPO DE MONEDA, DENOMINACION DE LA TASA DE
INTERES, GARANTIZO EL PRESTAMO (SI O NO) Y EFECTUO COLOCACIONES EN EL
EXTRANJERO ( SI O NO) |
|
|
21.- INVERSIONES PERMANENTES EN SUBSIDIARIAS,
ASOCIADAS Y AFILIADAS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO |
PAIS DE
RESIDENCIA FISCAL DE LA ENTIDAD |
|
|
22- SOCIOS O ACCIONISTAS QUE TUVIERON ACCIONES O PARTES SOCIALES |
PAIS DE RESIDENCIA PARA EFECTOS FISCALES |
|
|
23.- INGRESOS SUJETOS A REGIMENES FISCALES
PREFERENTES |
PAIS DE
RESIDENCIA FISCAL, TIPO DE MONEDA, TIPO DE INGRESO, LA CONTABILIDAD ESTA A
DISPOSICION DE LA AUTORIDAD (SI O NO), INFORMACION DE ENTIDAD INTERPUESTA (SI
O NO), EN EL CASO DE INGRESOS GENERADOS EN PARTICIPACION CON OTRAS ENTIDADES:
CUENTA CON LA INFORMACION DE LA ENTIDAD QUE GENERO INGRESOS POR PARTICIPACION
CON OTRAS ENTIDADES (SI O NO), ACTIVIDAD QUE REALIZA LA ENTIDAD EN LA QUE
PARTICIPA; OPERACIONES CON FIDEICOMISO: SEÑALAR SI LA INFORMACION ES PARA EL
CASO DE LOS INGRESOS GENERADOS EN FIDEICOMISOS Y SIMILARES (SI O NO) Y
DESCRIPCION DEL OBJETO DEL FIDEICOMISO |
|
|
27.- OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS |
TIPO DE OPERACION,
PAIS DE RESIDENCIA, METODO DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA APLICADO, LA OPERACION
ESTA PACTADA COMO CON PARTES INDEPENDIENTES EN OPERACIONES COMPARABLES (SI O
NO) |
|
|
31.- OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR |
NOMBRE DEL
AGENTE ADUANAL, PAIS DE PROCEDENCIA, PAIS DE ORIGEN, PAIS DE DESTINO Y
PROGRAMA O DECRETO |
·
DATOS DE CARACTERES ALFANUMERICOS.
·
LOS CARACTERES ALFABETICOS UNICAMENTE EN MAYUSCULAS.
·
ESTOS TEXTOS NO PODRAN CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, CORCHETES,
PARENTESIS, ETC.).
ANEXO |
DATOS A
PROPORCIONAR |
|
|
14.- RELACION DE CONTRIBUCIONES POR PAGAR |
NUMERO DE LA OPERACION; PAGO EN PARCIALIDADES (DATOS DEL ESCRITO
LIBRE): NUMERO DE FOLIO; Y OFICIO DE AUTORIZACION DE PAGO EN PARCIALIDADES:
NUMERO |
|
|
20.- PRESTAMOS DEL EXTRANJERO |
FECHA O FRECUENCIA DE EXIGIBILIDAD DEL PAGO DE INTERESES Y NUMERO DE
OFICIO DE AUTORIZACION DE LA CNBV DE LA OFERTA PUBLICA EN EL EXTRANJERO DE
VALORES EMITIDOS EN MEXICO |
|
|
27.- OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS |
EJERCICIO EN EL QUE SE REGISTRO COMO INGRESO, COSTO, GASTO O INVERSION |
|
|
31.- OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR |
CANTIDAD DE PEDIMENTOS |
·
PARA EFECTOS DE ESTOS
DATOS, SE ANOTARAN CIFRAS REFERENTES A LOS DATOS INDICADOS.
·
DATO DE CARACTERES
ALFANUMERICOS.
·
LOS CARACTERES
ALFABETICOS UNICAMENTE EN MAYUSCULAS.
·
ESTOS DATOS NO PODRAN
CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, CORCHETES, PARENTESIS, ETC.)
ANEXO |
DATOS A PROPORCIONAR |
|
|
12.- RESPONSABILIDAD SOLIDARIA POR OPERACIONES
DE RESIDENTES EN EL EXTRANJERO (EXCLUSIVAMENTE DE ENAJENACION DE ACCIONES) |
FECHA DE LA OPERACION |
|
|
14.- RELACION DE CONTRIBUCIONES POR PAGAR |
FECHA DE PAGO, PAGO EN PARCIALIDADES (DATOS DEL ESCRITO LIBRE): FECHA
DE PRESENTACION; Y OFICIO DE AUTORIZACION DE PAGO EN PARCIALIDADES: FECHA |
|
|
19.- OPERACIONES FINANCIERAS DERIVADAS
CONTRATADAS CON RESIDENTES EN EL EXTRANJERO |
FECHA DE CELEBRACION DEL CONTRATO QUE LE DIO ORIGEN A LA OPERACION; Y
VIGENCIA: DEL, AL |
|
|
20.- PRESTAMOS DEL EXTRANJERO |
VIGENCIA DEL PRESTAMO: DEL Y AL |
|
|
22.- SOCIOS O ACCIONISTAS QUE TUVIERON ACCIONES
O PARTES SOCIALES |
PERIODO DE TENENCIA: DEL Y AL |
|
|
23.- INGRESOS SUJETOS A REGIMENES FISCALES
PREFERENTES |
OPERACIONES CON FIDEICOMISO VIGENCIA: DEL Y AL |
·
DIEZ CARACTERES ALFANUMERICOS QUE CORRESPONDEN A LA FECHA (DOS
CARACTERES PARA EL DIA, DOS PARA EL MES Y CUATRO PARA EL AÑO, SEPARADOS POR
DIAGONALES “/”, EJEMPLO: 17/04/2009).
·
ESTOS DATOS NO PODRAN CONTENER SIGNOS ESPECIALES (SIGNO DE PESOS, COMAS,
PUNTOS, GUIONES, PARENTESIS, ETC.), UNICAMENTE DEBERAN CONSTAR DE LOS DIGITOS
DEL 0 AL 9 Y LA DIAGONAL “/”.
ANEXO |
DATOS A PROPORCIONAR |
|
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11.- OPERACIONES CON
RESIDENTES EN EL EXTRANJERO |
NUMERO DE IDENTIFICACION FISCAL |
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12.- RESPONSABILIDAD SOLIDARIA
POR OPERACIONES DE RESIDENTES EN EL EXTRANJERO (EXCLUSIVAMENTE DE ENAJENACION
DE ACCIONES) |
NUMERO DE IDENTIFICACION FISCAL |
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19.- OPERACIONES FINANCIERAS
DERIVADAS CONTRATADAS CON RESIDENTES EN EL EXTRANJERO |
NUMERO DE IDENTIFICACION FISCAL |
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20.- PRESTAMOS DEL EXTRANJERO |
NUMERO DE IDENTIFICACIO FISCAL Y NUMERO DE REGISTRO DEL ACREEDOR
RESIDENTE EN EL EXTRANJERO ANTE EL SAT |
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21.- INVERSIONES PERMANENTES
EN SUBSIDIARIAS, ASOCIADAS Y AFILIADAS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO |
NUMERO DE IDENTIFICACION FISCAL |
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22.- SOCIOS O ACCIONISTAS QUE
TUVIERON ACCIONES O PARTES SOCIALES |
NUMERO DE IDENTIFICACION FISCAL O RFC |
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23.- INGRESOS SUJETOS A
REGIMENES FISCALES PREFERENTES |
NUMERO DE IDENTIFICACION FISCAL |
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27.- OPERACIONES CON PARTES
RELACIONADAS |
NUMERO DE IDENTIFICACION FISCAL O RFC |
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33.- OPERACIONES REALIZADAS A
TRAVES DE FIDEICOMISOS |
RFC |
NUMERO DE IDENTIFICACION FISCAL Y NUMERO DE
REGISTRO DEL CONTROL ACRREDOR RESIDENTE EN EL EXTRANJERO ANTE EL SAT
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DATO, REGISTRO DE IDENTIFICACION FISCAL DEL PAIS DE RESIDENCIA Y NUMERO
DE REGISTRO DEL CONTROL ACREEDOR RESIDENTE EN EL EXTRANJERO ANTE EL SAT.
·
DATO DE CARACTERES ALFANUMERICOS.
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LOS CARACTERES ALFABETICOS UNICAMENTE EN MAYUSCULAS.
·
ESTE DATO NO PODRA CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, CORCHETES,
PARENTESIS, ETC.).
RFC
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DATO, REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES DE LA PARTE RELACIONADA.
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DATO DE 13 CARACTERES ALFANUMERICOS MAXIMO, COMPUESTO POR:
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CUATRO LETRAS PARA PERSONAS FISICAS, O GUION MEDIO Y TRES LETRAS PARA
PERSONAS MORALES.
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SEIS CARACTERES NUMERICOS QUE CORRESPONDEN A LA FECHA (DOS CARACTERES
PARA EL AÑO, DOS PARA EL MES Y DOS PARA EL DIA).
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TRES CARACTERES ALFANUMERICOS PARA LA HOMONIMIA.
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UTILIZACION DE CARACTERES ALFABETICOS EN MAYUSCULAS.
·
ESTE DATO NO PODRA CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, CORCHETES,
PARENTESIS, ETC., SALVO EL CARACTER &).
(Continúa en la Quinta Sección)