ANEXO 16-A de la Cuarta Resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2009, publicada el 31 de marzo de 2010.

Lunes 19 de abril de 2010

 

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Anexo 16-A de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2009

Contenido

ESTE ANEXO SE INTEGRA DE LOS INSTRUCTIVOS DE INTEGRACION Y DE CARACTERISTICAS, LOS FORMATOS GUIA PARA LA PRESENTACION DEL DICTAMEN DE ESTADOS FINANCIEROS PARA EFECTOS FISCALES EMITIDO POR CONTADOR PUBLICO REGISTRADO, POR EL EJERCICIO FISCAL DEL 2009, UTILIZANDO EL SISTEMA DE PRESENTACION DEL DICTAMEN 2009 (SIPRED’2009), APLICABLE A LOS TIPOS DE DICTAMENES QUE SE MENCIONAN.

·         Instructivo para la integración y presentación del dictamen de estados financieros para efectos fiscales emitido por contador público registrado, por el ejercicio fiscal del 2009, utilizando el Sistema de Presentación del Dictamen 2009 (SIPRED’2009).

·         Instructivo de características para el llenado y presentación del dictamen de estados financieros para efectos fiscales emitido por contador público registrado, por el ejercicio fiscal del 2009, utilizando el Sistema de Presentación del Dictamen 2009 (SIPRED’2009).

A.      Formato guía para la presentación del dictamen fiscal de estados financieros, aplicable a las sociedades controladoras y controladas, por el ejercicio fiscal del 2009.

·         Cuestionario de diagnóstico fiscal.

·     Cuestionario en materia de precios de transferencia.

B.      Formato guía para la presentación del dictamen fiscal de estados financieros, aplicable a las instituciones de crédito y a las sociedades financieras de objeto limitado, por el ejercicio fiscal del 2009.

·     Cuestionario de diagnóstico fiscal.

·     Cuestionario en materia de precios de transferencia.

C.      Formato guía para la presentación del dictamen fiscal de estados financieros, aplicable a las instituciones de seguros y fianzas, por el ejercicio fiscal del 2009.

·     Cuestionario de diagnóstico fiscal.

·     Cuestionario en materia de precios de transferencia.

D.      Formato guía para la presentación del dictamen fiscal de estados financieros de los intermediarios financieros no bancarios, aplicable a las uniones de crédito, a los almacenes generales de depósito, a las arrendadoras financieras, a las empresas de factoraje financiero, a las sociedades financieras de objeto múltiple reguladas, entidades de ahorro y crédito popular conforme a la ley de ahorro y crédito popular y a otros intermediarios financieros no bancarios, por el ejercicio fiscal del 2009.

·     Cuestionario de diagnóstico fiscal.

·     Cuestionario en materia de precios de transferencia.

E.      Formato guía para la presentación del dictamen fiscal de estados financieros, aplicable a las casas de cambio, por el ejercicio fiscal del 2009.

·     Cuestionario de diagnóstico fiscal.

·     Cuestionario en materia de precios de transferencia.

F.       Formato guía para la presentación del dictamen fiscal de estados financieros, aplicable a las casas de bolsa, por el ejercicio fiscal del 2009.

·     Cuestionario de diagnóstico fiscal.

·     Cuestionario en materia de precios de transferencia.

G.      Formato guía para la presentación del dictamen fiscal de estados financieros, aplicable a las sociedades controladoras de grupos financieros, por el ejercicio fiscal del 2009.

·     Cuestionario de diagnóstico fiscal.

·     Cuestionario en materia de precios de transferencia.

H.      Formato guía para la presentación del dictamen fiscal de estados financieros, aplicable a las sociedades de inversión de capitales, por el ejercicio fiscal del 2009.

·     Cuestionario de diagnóstico fiscal.

·     Cuestionario en materia de precios de transferencia.

I.        Formato guía para la presentación del dictamen fiscal de estados financieros, aplicable a las sociedades de inversión de renta variable y en instrumentos de deuda, por el ejercicio fiscal del 2009.

·     Cuestionario de diagnóstico fiscal.

J.       Formato guía para la presentación del dictamen sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales de establecimientos permanentes de residentes en el extranjero, por el ejercicio fiscal del 2009.

·     Cuestionario de diagnóstico fiscal.

·     Cuestionario en materia de precios de transferencia.

 

INSTRUCTIVO PARA LA INTEGRACION Y PRESENTACION DEL DICTAMEN DE ESTADOS FINANCIEROS PARA EFECTOS FISCALES EMITIDO POR CONTADOR PUBLICO REGISTRADO, POR EL EJERCICIO FISCAL DEL 2009, UTILIZANDO EL SISTEMA DE PRESENTACION DEL DICTAMEN 2009 (SIPRED'2009), APLICABLE A LOS SIGUIENTES TIPOS DE DICTAMENES:

A.      SOCIEDADES CONTROLADORAS Y CONTROLADAS

B.      INSTITUCIONES DE CREDITO Y SOCIEDADES FINANCIERAS DE OBJETO LIMITADO

C.      INSTITUCIONES DE SEGUROS Y FIANZAS

D.      INTERMEDIARIOS FINANCIEROS NO BANCARIOS

E.      CASAS DE CAMBIO

F.      CASAS DE BOLSA

G.      SOCIEDADES CONTROLADORAS DE GRUPOS FINANCIEROS

H.      SOCIEDADES DE INVERSION DE CAPITALES

I.        SOCIEDADES DE INVERSION DE RENTA VARIABLE Y EN INSTRUMENTOS DE DEUDA

J.       ESTABLECIMIENTOS PERMANENTES DE RESIDENTES EN EL EXTRANJERO

I.- PAQUETE UTILIZADO PARA LA GENERACION DEL DICTAMEN.

SIPRED'2009

II.- PRESENTACION DEL DICTAMEN FISCAL.

LA PRESENTACION SE INTEGRA POR:

·            LOS ANEXOS DEL DICTAMEN GENERADO A TRAVES DEL SIPRED’2009.

·            LA OPINION DEL CONTADOR PUBLICO REGISTRADO QUE DICTAMINA Y EL INFORME SOBRE LA REVISION DE LA SITUACION FISCAL DEL CONTRIBUYENTE, ASI COMO:

>      EL CUESTIONARIO DE DIAGNOSTICO FISCAL ELABORADO POR EL CONTADOR PUBLICO.

>      EL CUESTIONARIO EN MATERIA DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA ELABORADO POR EL CONTADOR PUBLICO.

·            EN SU CASO, INFORMACION ADICIONAL AL DICTAMEN.

III.- CARACTERISTICAS GENERALES.

A.-     NOMBRE DEL ARCHIVO.

          LA INFORMACION SE INTEGRARA EN UN SOLO ARCHIVO ENCRIPTADO Y ENSOBRETADO CON EXTENSION SB2, EL CUAL SERA CONFORMADO POR 24 CARACTERES (INCLUYENDO EXTENSION) Y CONTENDRA LA INFORMACION SEÑALADA EN EL PUNTO II ANTERIOR.

B.-     LA INFORMACION DE CADA DICTAMEN SE INTEGRARA DE LA SIGUIENTE MANERA.

SOCIEDADES CONTROLADORAS Y CONTROLADAS.

No. DE REFERENCIA
DEL ANEXO

DATOS A CONTENER

 

DATOS FIJOS:

 

 

 

·         DATOS DE IDENTIFICACION:

- CONTRIBUYENTE.

- REPRESENTANTE LEGAL.

- CONTADOR PUBLICO

 

 

 

·          DATOS GENERALES.

 

 

 

INFORMACION DEL DICTAMEN REFERENTE A:

 

 

1.-

·          ESTADO DE POSICION FINANCIERA.

2.-

·          ESTADO DE RESULTADOS.

3.-

·          ESTADO DE VARIACIONES EN EL CAPITAL CONTABLE.

4.-

·          ESTADO DE FLUJOS DE EFECTIVO.

4.1.-

·          NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS.

5.-

·          ESTADO DE RESULTADOS SEGMENTADO (APLICA A CONTRIBUYENTES QUE REALIZARON OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS).

6.-

·          INTEGRACION ANALITICA DE VENTAS O INGRESOS NETOS.

7.-

·          DETERMINACION DEL COSTO DE LO VENDIDO PARA EFECTOS CONTABLES Y DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.

8.-

·          ANALISIS COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DE GASTOS.

9.-

·          ANALISIS COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DE OTROS GASTOS.

10.-

·         ANALISIS COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DEL RESULTADO INTEGRAL DE FINANCIAMIENTO.

11.-

·         RELACION DE CONTRIBUCIONES A CARGO DEL CONTRIBUYENTE COMO SUJETO DIRECTO O EN SU CARACTER DE RETENEDOR.

11.1.-

·         DECLARATORIA.

12.-

·         RELACION DE PAGOS PROVISIONALES Y PAGOS MENSUALES DEFINITIVOS.

13.-

·         DETERMINACION DE PAGOS PROVISIONALES Y PAGOS MENSUALES DEFINITIVOS.

14.-

·         BASE PARA LA DETERMINACION DEL IMPUESTO RETENIDO SOBRE HONORARIOS, ARRENDAMIENTOS E INTERESES.

15.-

·         OPERACIONES CON RESIDENTES EN EL EXTRANJERO.

16.-

·         RESPONSABILIDAD SOLIDARIA POR OPERACIONES DE RESIDENTES EN EL EXTRANJERO (EXCLUSIVAMENTE DE ENAJENACION DE ACCIONES).

17.-

·         DETERMINACION MENSUAL DEL IMPUESTO A LOS DEPOSITOS EN EFECTIVO.

18.-

·         RELACION DE CONTRIBUCIONES POR PAGAR.

19.-

·         CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y FISCAL PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.

20.-

·         INTEGRACION DEL INVENTARIO ACUMULABLE.

21.-

·         INTEGRACION DE PERDIDAS FISCALES DE EJERCICIOS ANTERIORES.

22.-

·         CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA. CUFIN.

23.-

·         CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA REINVERTIDA. CUFINRE.

24.-

·         OPERACIONES FINANCIERAS DERIVADAS CONTRATADAS CON RESIDENTES EN EL EXTRANJERO.

25.-

·         CUENTAS Y DOCUMENTOS POR COBRAR Y POR PAGAR EN MONEDA EXTRANJERA.

26.-

·         PRESTAMOS DEL EXTRANJERO.

27.-

·         INVERSIONES PERMANENTES EN SUBSIDIARIAS, ASOCIADAS Y AFILIADAS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO.

28.-

·         SOCIOS O ACCIONISTAS QUE TUVIERON ACCIONES O PARTES SOCIALES.

29.-

·         INGRESOS SUJETOS A REGIMENES FISCALES PREFERENTES.

30.-

·         CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y EL DETERMINADO PARA EL IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA.

31.-

·         ACREDITAMIENTO DE CREDITOS FISCALES DETERMINADOS PARA EFECTOS DEL IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA.

32.-

·         CONCILIACION ENTRE LOS INGRESOS DICTAMINADOS SEGUN ESTADO DE RESULTADOS, LOS ACUMULABLES PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y LOS PERCIBIDOS PARA EFECTOS DEL IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA Y EL TOTAL DE ACTOS O ACTIVIDADES PARA EFECTOS DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO.

33.-

·         OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS.

33.1.-

·         INFORMACION DEL CONTRIBUYENTE SOBRE SUS OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS.

34.-

·         INVERSIONES Y TERRENOS.

35.-

·         DETERMINACION DE LA RENTA GRAVABLE PARA EFECTOS DE LA PARTICIPACION DE LOS TRABAJADORES EN LAS UTILIDADES DE LAS EMPRESAS DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 16 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.

36.-

·         DATOS INFORMATIVOS.

37.-

·         OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR

38.-

·         INTEGRACION DE CIFRAS REEXPRESADAS.

39.-

·         OPERACIONES REALIZADAS A TRAVES DE FIDEICOMISOS.

40.-

·         RELACION DE CONTRIBUCIONES A CARGO DEL CONTRIBUYENTE EN SU CARACTER DE SOCIEDAD CONTROLADORA.

41.-

·         RELACION DE PAGOS PROVISIONALES DEL I.S.R. CONSOLIDADOS.

42.-

·         DETERMINACION DE PAGOS PROVISIONALES CONSOLIDADOS.

43.-

·         IMPUESTO SOBRE LA RENTA E IMPUESTO AL ACTIVO DIFERIDO CONSOLIDADOS.

44.-

·         DETERMINACION DEL RESULTADO FISCAL CONSOLIDADO O DE LA PERDIDA FISCAL CONSOLIDADA.

45.-

·         DETERMINACION DEL ISR E IMPAC POR DESINCORPORACION DE SOCIEDADES CONTROLADAS O DESCONSOLIDACION DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 71 DE LA LEY DEL ISR.

46.-

·         DETERMINACION DEL ISR E IMPAC POR DESINCORPORACION DE SOCIEDADES CONTROLADAS O DESCONSOLIDACION DE CONFORMIDAD CON LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL.

47.-

·         INFORMACION SOBRE CONSOLIDACION (I.S.R.).

48.-

·         MODIFICACIONES POR VARIACIONES EN LA PARTICIPACION ACCIONARIA DE LA CONTROLADORA EN LAS CONTROLADAS (I.S.R.).

49.-

·         IMPUESTOS ACREDITABLES.

50.-

·         PARTIDAS POR DESINCORPORACION DE CONTROLADAS O DESCONSOLIDACION DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 71 DE LA LEY DEL ISR.

51.-

·         PARTIDAS POR DESINCORPORACION DE CONTROLADAS DE CONFORMIDAD CON LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL.

52.-

·         CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA CONSOLIDADA. CUFIN CONSOLIDADA I.S.R.

53.-

·         CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA CONSOLIDADA REINVERTIDA. CUFINRE CONSOLIDADA I.S.R

54.-

·         REGISTRO INDIVIDUAL AL OBTENER LA DEVOLUCION O EFECTUAR LA COMPENSACION DEL IMPAC CONTRA EL I.S.R.

55.-

·         REGISTRO DE LA SOCIEDAD CONTROLADORA POR CADA UNA DE SUS SOCIEDADES CONTROLADAS AL OBTENER LA DEVOLUCION O EFECTUAR LA COMPENSACION DEL IMPAC CONTRA EL I.S.R. CONSOLIDADO.

56.-

·         INTEGRACION DE PERDIDAS FISCALES CONSOLIDADAS DE EJERCICIOS ANTERIORES.

 

LOS CUESTIONARIOS QUE SE SEÑALAN A CONTINUACION, CONTIENEN INFORMACION RELATIVA A LA REVISION EFECTUADA POR EL CONTADOR PUBLICO REGISTRADO A LOS ESTADOS FINANCIEROS DEL CONTRIBUYENTE, QUE FORMAN PARTE DEL INFORME SOBRE LA REVISION DE LA SITUACION FISCAL DEL CONTRIBUYENTE.

 

 

·         CUESTIONARIO DE DIAGNOSTICO FISCAL.

 

·         CUESTIONARIO EN MATERIA DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA.

 

INSTITUCIONES DE CREDITO Y SOCIEDADES FINANCIERAS DE OBJETO LIMITADO

No. DE REFERENCIA
DEL ANEXO

DATOS A CONTENER

 

DATOS FIJOS:

 

 

 

·         DATOS DE IDENTIFICACION:

- CONTRIBUYENTE.

- REPRESENTANTE LEGAL.

- CONTADOR PUBLICO

 

 

 

·         DATOS GENERALES.

 

 

 

INFORMACION DEL DICTAMEN REFERENTE A:

 

 

1.-

·         BALANCE GENERAL.

2.-

·         ESTADO DE RESULTADOS.

3.-

·         ESTADO DE VARIACIONES EN EL CAPITAL CONTABLE.

4.-

·         ESTADO DE FLUJOS DE EFECTIVO.

4.1.-

·         NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS.

5.-

·         ESTADO DE RESULTADOS SEGMENTADO (APLICA A CONTRIBUYENTES QUE REALIZARON OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS).

6.-

·         ANALISIS COMPARATIVO DE LAS CUENTAS DEL ESTADO DE RESULTADOS.

7.-

·         RELACION DE CONTRIBUCIONES A CARGO DEL CONTRIBUYENTE COMO SUJETO DIRECTO O EN SU CARACTER DE RETENEDOR O RECAUDADOR.

7.1.-

·         DECLARATORIA.

8.-

·         RELACION DE PAGOS PROVISIONALES Y PAGOS MENSUALES DEFINITIVOS.

9.-

·         DETERMINACION DE PAGOS PROVISIONALES Y PAGOS MENSUALES DEFINITIVOS.

10.-

·         BASE PARA LA DETERMINACION DEL IMPUESTO RETENIDO SOBRE HONORARIOS, ARRENDAMIENTOS E INTERESES.

11.-

·         OPERACIONES CON RESIDENTES EN EL EXTRANJERO.

12.-

·         RESPONSABILIDAD SOLIDARIA POR OPERACIONES DE RESIDENTES EN EL EXTRANJERO (EXCLUSIVAMENTE DE ENAJENACION DE ACCIONES).

13.-

·         RELACION DEL IMPUESTO A LOS DEPOSITOS EN EFECTIVO RECAUDADO Y PENDIENTE DE RECAUDAR (APLICABLE A LAS INSTITUCIONES DEL SISTEMA FINANCIERO A QUE SE REFIERE LA L.I.D.E.).

14.-

·         RELACION DE CONTRIBUCIONES POR PAGAR.

15.-

·         CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y FISCAL PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.

16.-

·         INTEGRACION DE PERDIDAS FISCALES DE EJERCICIOS ANTERIORES.

17.-

·         CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA. CUFIN.

18.-

·         CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA REINVERTIDA. CUFINRE.

19.-

·         OPERACIONES FINANCIERAS DERIVADAS CONTRATADAS CON RESIDENTES EN EL EXTRANJERO.

20.-

·         PRESTAMOS DEL EXTRANJERO.

21.-

·         INVERSIONES PERMANENTES EN SUBSIDIARIAS, ASOCIADAS Y AFILIADAS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO.

22.-

·         SOCIOS O ACCIONISTAS QUE TUVIERON ACCIONES O PARTES SOCIALES.

23.-

·         INGRESOS SUJETOS A REGIMENES FISCALES PREFERENTES.

24.-

·         CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y EL DETERMINADO PARA EL IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA.

25.-

·         ACREDITAMIENTO DE CREDITOS FISCALES DETERMINADOS PARA EFECTOS DEL IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA.

26.-

·         CONCILIACION ENTRE LOS INGRESOS DICTAMINADOS SEGUN ESTADO DE RESULTADOS, LOS ACUMULABLES PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y LOS PERCIBIDOS PARA EFECTOS DEL IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA Y EL TOTAL DE ACTOS O ACTIVIDADES PARA EFECTOS DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO.

27.-

·         OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS.

27.1.-

·         INFORMACION DEL CONTRIBUYENTE SOBRE SUS OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS.

28.-

·         INVERSIONES Y TERRENOS.

29.-

·         DETERMINACION DE LA RENTA GRAVABLE PARA EFECTOS DE LA PARTICIPACION DE LOS TRABAJADORES EN LAS UTILIDADES DE LAS EMPRESAS DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 16 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.

30.-

·         DATOS INFORMATIVOS.

31.-

·         OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR

32.-

·         INTEGRACION DE CIFRAS REEXPRESADAS.

33.-

·         OPERACIONES REALIZADAS A TRAVES DE FIDEICOMISOS.

 

LOS CUESTIONARIOS QUE SE SEÑALAN A CONTINUACION, CONTIENEN INFORMACION RELATIVA A LA REVISION EFECTUADA POR EL CONTADOR PUBLICO REGISTRADO A LOS ESTADOS FINANCIEROS DEL CONTRIBUYENTE, QUE FORMAN PARTE DEL INFORME SOBRE LA REVISION DE LA SITUACION FISCAL DEL CONTRIBUYENTE.

 

 

 

·         CUESTIONARIO DE DIAGNOSTICO FISCAL.

 

·         CUESTIONARIO EN MATERIA DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA.

 

INSTITUCIONES DE SEGUROS Y FIANZAS

No. DE REFERENCIA
DEL ANEXO

DATOS A CONTENER

 

DATOS FIJOS:

 

 

 

·         DATOS DE IDENTIFICACION:

- CONTRIBUYENTE.

- REPRESENTANTE LEGAL.

- CONTADOR PUBLICO

 

 

 

·         DATOS GENERALES.

 

 

 

INFORMACION DEL DICTAMEN REFERENTE A:

 

 

1.-

·         BALANCE GENERAL.

2.-

·         ESTADO DE RESULTADOS.

3.-

·         ESTADO DE VARIACIONES EN EL CAPITAL CONTABLE.

4.-

·         ESTADO DE CAMBIOS EN LA SITUACION FINANCIERA.

4.1.-

·         NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS.

5.-

·         ESTADO DE RESULTADOS SEGMENTADO (APLICA A CONTRIBUYENTES QUE REALIZARON OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS).

6.-

·         ANALISIS COMPARATIVO DE LAS CUENTAS DEL ESTADO DE RESULTADOS.

7.-

·         RELACION DE CONTRIBUCIONES A CARGO DEL CONTRIBUYENTE COMO SUJETO DIRECTO O EN SU CARACTER DE RETENEDOR O RECAUDADOR.

7.1.-

·         DECLARATORIA.

8.-

·         RELACION DE PAGOS PROVISIONALES Y PAGOS MENSUALES DEFINITIVOS.

9.-

·         DETERMINACION DE PAGOS PROVISIONALES Y PAGOS MENSUALES DEFINITIVOS.

10.-

·         BASE PARA LA DETERMINACION DEL IMPUESTO RETENIDO SOBRE HONORARIOS, ARRENDAMIENTOS E INTERESES.

11.-

·         GANANCIA INFLACIONARIA DIFERIDA.

12.-

·         VALOR DE LOS ACTOS O ACTIVIDADES PARA EFECTO DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO.

13.-

·         OPERACIONES CON RESIDENTES EN EL EXTRANJERO.

14.-

·         RESPONSABILIDAD SOLIDARIA POR OPERACIONES DE RESIDENTES EN EL EXTRANJERO (EXCLUSIVAMENTE DE ENAJENACION DE ACCIONES).

15.-

·         RELACION DEL IMPUESTO A LOS DEPOSITOS EN EFECTIVO RECAUDADO Y PENDIENTE DE RECAUDAR (APLICABLE A LAS INSTITUCIONES DEL SISTEMA FINANCIERO A QUE SE REFIERE LA L.I.D.E.).

16.-

·         RELACION DE CONTRIBUCIONES POR PAGAR.

17.-

·         CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y FISCAL PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.

18.-

·         INTEGRACION DE PERDIDAS FISCALES DE EJERCICIOS ANTERIORES.

19.-

·         CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA. CUFIN.

20.-

·         CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA REINVERTIDA. CUFINRE.

21.-

·         OPERACIONES FINANCIERAS DERIVADAS CONTRATADAS CON RESIDENTES EN EL EXTRANJERO.

22.-

·         PRESTAMOS DEL EXTRANJERO.

23.-

·         INVERSIONES PERMANENTES EN SUBSIDIARIAS, ASOCIADAS Y AFILIADAS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO.

24.-

·         SOCIOS O ACCIONISTAS QUE TUVIERON ACCIONES O PARTES SOCIALES.

25.-

·         INGRESOS SUJETOS A REGIMENES FISCALES PREFERENTES.

26.-

·         CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y EL DETERMINADO PARA EL IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA.

27.-

·         ACREDITAMIENTO DE CREDITOS FISCALES DETERMINADOS PARA EFECTOS DEL IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA.

28.-

·         CONCILIACION ENTRE LOS INGRESOS DICTAMINADOS SEGUN ESTADO DE RESULTADOS, LOS ACUMULABLES PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y LOS PERCIBIDOS PARA EFECTOS DEL IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA Y EL TOTAL DE ACTOS O ACTIVIDADES PARA EFECTOS DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO.

29

·         OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS.

29.1.-

·         INFORMACION DEL CONTRIBUYENTE SOBRE SUS OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS.

30.-

·         INVERSIONES Y TERRENOS.

31.-

·         DETERMINACION DE LA RENTA GRAVABLE PARA EFECTOS DE LA PARTICIPACION DE LOS TRABAJADORES EN LAS UTILIDADES DE LAS EMPRESAS DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 16 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.

32.-

·         DATOS INFORMATIVOS.

33.-

·         OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR

34.-

·         INTEGRACION DE CIFRAS REEXPRESADAS.

35.-

·         OPERACIONES REALIZADAS A TRAVES DE FIDEICOMISOS.

 

LOS CUESTIONARIOS QUE SE SEÑALAN A CONTINUACION, CONTIENEN INFORMACION RELATIVA A LA REVISION EFECTUADA POR EL CONTADOR PUBLICO REGISTRADO A LOS ESTADOS FINANCIEROS DEL CONTRIBUYENTE, QUE FORMAN PARTE DEL INFORME SOBRE LA REVISION DE LA SITUACION FISCAL DEL CONTRIBUYENTE.

 

 

 

·         CUESTIONARIO DE DIAGNOSTICO FISCAL.

 

·         CUESTIONARIO EN MATERIA DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA.

 

INTERMEDIARIOS FINANCIEROS NO BANCARIOS

No. DE REFERENCIA
DEL ANEXO

DATOS A CONTENER

 

DATOS FIJOS:

 

 

 

·         DATOS DE IDENTIFICACION:

- CONTRIBUYENTE.

- REPRESENTANTE LEGAL.

- CONTADOR PUBLICO

 

 

 

·         DATOS GENERALES.

 

 

 

INFORMACION DEL DICTAMEN REFERENTE A:

 

 

1.-

·         BALANCE GENERAL.

2.-

·         ESTADO DE RESULTADOS.

3.-

·         ESTADO DE VARIACIONES EN EL CAPITAL CONTABLE.

4.-

·         ESTADO DE CAMBIOS EN LA SITUACION FINANCIERA.

4.1.-

·         NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS.

5.-

·         ESTADO DE RESULTADOS SEGMENTADO (APLICA A CONTRIBUYENTES QUE REALIZARON OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS).

6.-

·         DETERMINACION DEL COSTO DE LO VENDIDO PARA EFECTOS CONTABLES Y DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.

7.-

·         ANALISIS COMPARATIVO DE LAS CUENTAS DEL ESTADO DE RESULTADOS.

8.-

·         RELACION DE CONTRIBUCIONES A CARGO DEL CONTRIBUYENTE COMO SUJETO DIRECTO O EN SU CARACTER DE RETENEDOR O RECAUDADOR.

8.1.-

·         DECLARATORIA.

9.-

·         RELACION DE PAGOS PROVISIONALES Y PAGOS MENSUALES DEFINITIVOS.

10.-

·         DETERMINACION DE PAGOS PROVISIONALES Y PAGOS MENSUALES DEFINITIVOS.

11.-

·         BASE PARA LA DETERMINACION DEL IMPUESTO RETENIDO SOBRE HONORARIOS, ARRENDAMIENTOS E INTERESES.

12.-

·         OPERACIONES CON RESIDENTES EN EL EXTRANJERO.

13.-

·         RESPONSABILIDAD SOLIDARIA POR OPERACIONES DE RESIDENTES EN EL EXTRANJERO (EXCLUSIVAMENTE DE ENAJENACION DE ACCIONES).

14.-

·         RELACION DEL IMPUESTO A LOS DEPOSITOS EN EFECTIVO RECAUDADO Y PENDIENTE DE RECAUDAR (APLICABLE A LAS INSTITUCIONES DEL SISTEMA FINANCIERO A QUE SE REFIERE LA L.I.D.E.).

15.-

·         RELACION DE CONTRIBUCIONES POR PAGAR.

16.-

·         CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y FISCAL PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.

17.-

·         INTEGRACION DEL INVENTARIO ACUMULABLE.

18.-

·         INTEGRACION DE PERDIDAS FISCALES DE EJERCICIOS ANTERIORES.

19.-

·         CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA. CUFIN.

20.-

·         CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA REINVERTIDA. CUFINRE.

21.-

·         OPERACIONES FINANCIERAS DERIVADAS CONTRATADAS CON RESIDENTES EN EL EXTRANJERO.

22.-

·         PRESTAMOS DEL EXTRANJERO.

23.-

·         INVERSIONES PERMANENTES EN SUBSIDIARIAS, ASOCIADAS Y AFILIADAS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO.

24.-

·         SOCIOS O ACCIONISTAS QUE TUVIERON ACCIONES O PARTES SOCIALES.

25.-

·         INGRESOS SUJETOS A REGIMENES FISCALES PREFERENTES.

26.-

·         CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y EL DETERMINADO PARA EL IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA.

27.-

·         ACREDITAMIENTO DE CREDITOS FISCALES DETERMINADOS PARA EFECTOS DEL IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA.

28.-

·         CONCILIACION ENTRE LOS INGRESOS DICTAMINADOS SEGUN ESTADO DE RESULTADOS, LOS ACUMULABLES PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y LOS PERCIBIDOS PARA EFECTOS DEL IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA Y EL TOTAL DE ACTOS O ACTIVIDADES PARA EFECTOS DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO.

29.-

·         OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS.

29.1.-

·         INFORMACION DEL CONTRIBUYENTE SOBRE SUS OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS.

30.-

·         INVERSIONES Y TERRENOS.

31.-

·         DETERMINACION DE LA RENTA GRAVABLE PARA EFECTOS DE LA PARTICIPACION DE LOS TRABAJADORES EN LAS UTILIDADES DE LAS EMPRESAS DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 16 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.

32.-

·         DATOS INFORMATIVOS.

33.-

·         OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR

34.-

·         INTEGRACION DE CIFRAS REEXPRESADAS.

35.-

·         OPERACIONES REALIZADAS A TRAVES DE FIDEICOMISOS.

 

LOS CUESTIONARIOS QUE SE SEÑALAN A CONTINUACION, CONTIENEN INFORMACION RELATIVA A LA REVISION EFECTUADA POR EL CONTADOR PUBLICO REGISTRADO A LOS ESTADOS FINANCIEROS DEL CONTRIBUYENTE, QUE FORMAN PARTE DEL INFORME SOBRE LA REVISION DE LA SITUACION FISCAL DEL CONTRIBUYENTE.

 

 

 

·         CUESTIONARIO DE DIAGNOSTICO FISCAL.

 

·         CUESTIONARIO EN MATERIA DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA.

 

CASAS DE CAMBIO

No. DE REFERENCIA
DEL ANEXO

DATOS A CONTENER

 

DATOS FIJOS:

 

 

 

·          DATOS DE IDENTIFICACION:

- CONTRIBUYENTE.

- REPRESENTANTE LEGAL.

- CONTADOR PUBLICO

 

 

 

·         DATOS GENERALES.

 

 

 

INFORMACION DEL DICTAMEN REFERENTE A:

 

 

1.-

·         BALANCE GENERAL.

2.-

·         ESTADO DE RESULTADOS.

3.-

·         ESTADO DE VARIACIONES EN EL CAPITAL CONTABLE.

4.-

·         ESTADO DE CAMBIOS EN LA SITUACION FINANCIERA.

4.1.-

·         NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS.

5.-

·         ESTADO DE RESULTADOS SEGMENTADO (APLICA A CONTRIBUYENTES QUE REALIZARON OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS).

6.-

·         ANALISIS COMPARATIVO DE LAS CUENTAS DEL ESTADO DE RESULTADOS.

7.-

·         RELACION DE CONTRIBUCIONES A CARGO DEL CONTRIBUYENTE COMO SUJETO DIRECTO O EN SU CARACTER DE RETENEDOR.

7.1.-

·         DECLARATORIA.

8.-

·         RELACION DE PAGOS PROVISIONALES Y PAGOS MENSUALES DEFINITIVOS.

9.-

·         DETERMINACION DE PAGOS PROVISIONALES Y PAGOS MENSUALES DEFINITIVOS.

10.-

·         BASE PARA LA DETERMINACION DEL IMPUESTO RETENIDO SOBRE HONORARIOS, ARRENDAMIENTOS E INTERESES.

11.-

·         OPERACIONES CON RESIDENTES EN EL EXTRANJERO.

12.-

·         RESPONSABILIDAD SOLIDARIA POR OPERACIONES DE RESIDENTES EN EL EXTRANJERO (EXCLUSIVAMENTE DE ENAJENACION DE ACCIONES).

13.-

·         RELACION DE CONTRIBUCIONES POR PAGAR.

14.-

·         CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y FISCAL PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.

15.-

·         INTEGRACION DE PERDIDAS FISCALES DE EJERCICIOS ANTERIORES.

16.-

·         CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA. CUFIN.

17.-

·         CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA REINVERTIDA. CUFINRE.

18.-

·         OPERACIONES FINANCIERAS DERIVADAS CONTRATADAS CON RESIDENTES EN EL EXTRANJERO.

19.-

·         PRESTAMOS DEL EXTRANJERO.

20.-

·         INVERSIONES PERMANENTES EN SUBSIDIARIAS, ASOCIADAS Y AFILIADAS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO.

21.-

·         SOCIOS O ACCIONISTAS QUE TUVIERON ACCIONES O PARTES SOCIALES.

22.-

·         INGRESOS SUJETOS A REGIMENES FISCALES PREFERENTES.

23.-

·         CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y EL DETERMINADO PARA EL IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA.

24.-

·         ACREDITAMIENTO DE CREDITOS FISCALES DETERMINADOS PARA EFECTOS DEL IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA.

25.-

·         CONCILIACION ENTRE LOS INGRESOS DICTAMINADOS SEGUN ESTADO DE RESULTADOS, LOS ACUMULABLES PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y LOS PERCIBIDOS PARA EFECTOS DEL IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA Y EL TOTAL DE ACTOS O ACTIVIDADES PARA EFECTOS DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO.

26.-

·         OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS.

26.1.-

·         INFORMACION DEL CONTRIBUYENTE SOBRE SUS OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS.

27.-

·         INVERSIONES Y TERRENOS.

28.-

·         DETERMINACION DE LA RENTA GRAVABLE PARA EFECTOS DE LA PARTICIPACION DE LOS TRABAJADORES EN LAS UTILIDADES DE LAS EMPRESAS DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 16 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.

29.-

·         DATOS INFORMATIVOS.

30.-

·         OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR

31.-

·         INTEGRACION DE CIFRAS REEXPRESADAS.

32.-

·         OPERACIONES REALIZADAS A TRAVES DE FIDEICOMISOS.

 

LOS CUESTIONARIOS QUE SE SEÑALAN A CONTINUACION, CONTIENEN INFORMACION RELATIVA A LA REVISION EFECTUADA POR EL CONTADOR PUBLICO REGISTRADO A LOS ESTADOS FINANCIEROS DEL CONTRIBUYENTE, QUE FORMAN PARTE DEL INFORME SOBRE LA REVISION DE LA SITUACION FISCAL DEL CONTRIBUYENTE.

 

 

 

·         CUESTIONARIO DE DIAGNOSTICO FISCAL.

 

·         CUESTIONARIO EN MATERIA DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA.

 

CASAS DE BOLSA

No. DE REFERENCIA
DEL ANEXO

DATOS A CONTENER

 

DATOS FIJOS:

 

 

 

·         DATOS DE IDENTIFICACION:

- CONTRIBUYENTE.

- REPRESENTANTE LEGAL.

- CONTADOR PUBLICO

 

 

 

·         DATOS GENERALES.

 

 

 

INFORMACION DEL DICTAMEN REFERENTE A:

 

 

1.-

·         BALANCE GENERAL.

2.-

·         ESTADO DE RESULTADOS.

3.-

·         ESTADO DE VARIACIONES EN EL CAPITAL CONTABLE.

4.-

·         ESTADO DE FLUJOS DE EFECTIVO.

4.1.-

·         NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS.

5.-

·         ESTADO DE RESULTADOS SEGMENTADO (APLICA A CONTRIBUYENTES QUE REALIZARON OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS).

6.-

·         ANALISIS COMPARATIVO DE LAS CUENTAS DEL ESTADO DE RESULTADOS.

7.-

·         RELACION DE CONTRIBUCIONES A CARGO DEL CONTRIBUYENTE COMO SUJETO DIRECTO O EN SU CARACTER DE RETENEDOR O RECAUDADOR.

7.1.-

·         DECLARATORIA.

8.-

·         RELACION DE PAGOS PROVISIONALES Y PAGOS MENSUALES DEFINITIVOS.

9.-

·         DETERMINACION DE PAGOS PROVISIONALES Y PAGOS MENSUALES DEFINITIVOS.

10.-

·         BASE PARA LA DETERMINACION DEL IMPUESTO RETENIDO SOBRE HONORARIOS, ARRENDAMIENTOS E INTERESES.

11.-

·         OPERACIONES CON RESIDENTES EN EL EXTRANJERO.

12.-

·         RESPONSABILIDAD SOLIDARIA POR OPERACIONES DE RESIDENTES EN EL EXTRANJERO (EXCLUSIVAMENTE DE ENAJENACION DE ACCIONES).

13.-

·         RELACION DEL IMPUESTO A LOS DEPOSITOS EN EFECTIVO RECAUDADO Y PENDIENTE DE RECAUDAR (APLICABLE A LAS INSTITUCIONES DEL SISTEMA FINANCIERO A QUE SE REFIERE LA L.I.D.E.).

14.-

·         RELACION DE CONTRIBUCIONES POR PAGAR.

15.-

·         CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y FISCAL PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.

16.-

·         INTEGRACION DE PERDIDAS FISCALES DE EJERCICIOS ANTERIORES.

17.-

·         CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA. CUFIN.

18.-

·         CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA REINVERTIDA. CUFINRE.

19.-

·         OPERACIONES FINANCIERAS DERIVADAS CONTRATADAS CON RESIDENTES EN EL EXTRANJERO.

20.-

·         PRESTAMOS DEL EXTRANJERO.

21.-

·         INVERSIONES PERMANENTES EN SUBSIDIARIAS, ASOCIADAS Y AFILIADAS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO.

22.-

·         SOCIOS O ACCIONISTAS QUE TUVIERON ACCIONES O PARTES SOCIALES.

23.-

·         INGRESOS SUJETOS A REGIMENES FISCALES PREFERENTES.

24.-

·         CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y EL DETERMINADO PARA EL IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA.

25.-

·         ACREDITAMIENTO DE CREDITOS FISCALES DETERMINADOS PARA EFECTOS DEL IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA.

26.-

·         CONCILIACION ENTRE LOS INGRESOS DICTAMINADOS SEGUN ESTADO DE RESULTADOS, LOS ACUMULABLES PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y LOS PERCIBIDOS PARA EFECTOS DEL IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA Y EL TOTAL DE ACTOS O ACTIVIDADES PARA EFECTOS DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO.

27.-

·         OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS.

27.1.-

·         INFORMACION DEL CONTRIBUYENTE SOBRE SUS OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS.

28.-

·         INVERSIONES Y TERRENOS.

29.-

·         DETERMINACION DE LA RENTA GRAVABLE PARA EFECTOS DE LA PARTICIPACION DE LOS TRABAJADORES EN LAS UTILIDADES DE LAS EMPRESAS DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 16 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.

30.-

·         DATOS INFORMATIVOS.

31.-

·         OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR

32.-

·         INTEGRACION DE CIFRAS REEXPRESADAS.

33.-

·         OPERACIONES REALIZADAS A TRAVES DE FIDEICOMISOS.

 

LOS CUESTIONARIOS QUE SE SEÑALAN A CONTINUACION, CONTIENEN INFORMACION RELATIVA A LA REVISION EFECTUADA POR EL CONTADOR PUBLICO REGISTRADO A LOS ESTADOS FINANCIEROS DEL CONTRIBUYENTE, QUE FORMAN PARTE DEL INFORME SOBRE LA REVISION DE LA SITUACION FISCAL DEL CONTRIBUYENTE.

 

 

 

·         CUESTIONARIO DE DIAGNOSTICO FISCAL.

 

·         CUESTIONARIO EN MATERIA DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA.

 

SOCIEDADES CONTROLADORAS DE GRUPOS FINANCIEROS

No. DE REFERENCIA
DEL ANEXO

DATOS A CONTENER

 

DATOS FIJOS:

 

 

 

·         DATOS DE IDENTIFICACION:

- CONTRIBUYENTE.

- REPRESENTANTE LEGAL.

- CONTADOR PUBLICO

 

 

 

·         DATOS GENERALES.

 

 

 

INFORMACION DEL DICTAMEN REFERENTE A:

 

 

1.-

·         BALANCE GENERAL.

2.-

·         ESTADO DE RESULTADOS.

3.-

·         ESTADO DE VARIACIONES EN EL CAPITAL CONTABLE.

4.-

·         ESTADO DE CAMBIOS EN LA SITUACION FINANCIERA.

4.1.-

·         NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS.

5.-

·         ESTADO DE RESULTADOS SEGMENTADO (APLICA A CONTRIBUYENTES QUE REALIZARON OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS).

6.-

·         ANALISIS COMPARATIVO DE LAS CUENTAS DEL ESTADO DE RESULTADOS.

7.-

·         RELACION DE CONTRIBUCIONES A CARGO DEL CONTRIBUYENTE COMO SUJETO DIRECTO O EN SU CARACTER DE RETENEDOR.

7.1.-

·         DECLARATORIA.

8.-

·         RELACION DE PAGOS PROVISIONALES Y PAGOS MENSUALES DEFINITIVOS.

9.-

·         DETERMINACION DE PAGOS PROVISIONALES Y PAGOS MENSUALES DEFINITIVOS.

10.-

·         BASE PARA LA DETERMINACION DEL IMPUESTO RETENIDO SOBRE HONORARIOS, ARRENDAMIENTOS E INTERESES.

11.-

·         OPERACIONES CON RESIDENTES EN EL EXTRANJERO.

12.-

·         RESPONSABILIDAD SOLIDARIA POR OPERACIONES DE RESIDENTES EN EL EXTRANJERO (EXCLUSIVAMENTE DE ENAJENACION DE ACCIONES).

13.-

·         RELACION DE CONTRIBUCIONES POR PAGAR.

14.-

·         CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y FISCAL PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.

15.-

·         INTEGRACION DE PERDIDAS FISCALES DE EJERCICIOS ANTERIORES.

16.-

·         CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA. CUFIN.

17.-

·         CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA REINVERTIDA. CUFINRE.

18.-

·         OPERACIONES FINANCIERAS DERIVADAS CONTRATADAS CON RESIDENTES EN EL EXTRANJERO.

19.-

·         PRESTAMOS DEL EXTRANJERO.

20.-

·         INVERSIONES PERMANENTES EN SUBSIDIARIAS, ASOCIADAS Y AFILIADAS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO.

21.-

·         SOCIOS O ACCIONISTAS QUE TUVIERON ACCIONES O PARTES SOCIALES.

22.-

·         INGRESOS SUJETOS A REGIMENES FISCALES PREFERENTES.

23.-

·         CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y EL DETERMINADO PARA EL IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA.

24.-

·         ACREDITAMIENTO DE CREDITOS FISCALES DETERMINADOS PARA EFECTOS DEL IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA.

25.-

·         CONCILIACION ENTRE LOS INGRESOS DICTAMINADOS SEGUN ESTADO DE RESULTADOS, LOS ACUMULABLES PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y LOS PERCIBIDOS PARA EFECTOS DEL IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA Y EL TOTAL DE ACTOS O ACTIVIDADES PARA EFECTOS DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO.

26.-

·         OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS.

26.1.-

·         INFORMACION DEL CONTRIBUYENTE SOBRE SUS OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS.

27.-

·         INVERSIONES Y TERRENOS.

28.-

·         DETERMINACION DE LA RENTA GRAVABLE PARA EFECTOS DE LA PARTICIPACION DE LOS TRABAJADORES EN LAS UTILIDADES DE LAS EMPRESAS DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 16 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.

29.-

·         DATOS INFORMATIVOS.

30.-

·         OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR

31.-

·         INTEGRACION DE CIFRAS REEXPRESADAS.

32.-

·         OPERACIONES REALIZADAS A TRAVES DE FIDEICOMISOS.

 

LOS CUESTIONARIOS QUE SE SEÑALAN A CONTINUACION, CONTIENEN INFORMACION RELATIVA A LA REVISION EFECTUADA POR EL CONTADOR PUBLICO REGISTRADO A LOS ESTADOS FINANCIEROS DEL CONTRIBUYENTE, QUE FORMAN PARTE DEL INFORME SOBRE LA REVISION DE LA SITUACION FISCAL DEL CONTRIBUYENTE.

 

 

 

·         CUESTIONARIO DE DIAGNOSTICO FISCAL.

 

·         CUESTIONARIO EN MATERIA DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA.

 

SOCIEDADES DE INVERSION DE CAPITALES

No. DE REFERENCIA
DEL ANEXO

DATOS A CONTENER

 

DATOS FIJOS:

 

 

 

·         DATOS DE IDENTIFICACION:

- CONTRIBUYENTE.

- REPRESENTANTE LEGAL.

- CONTADOR PUBLICO

 

 

 

·         DATOS GENERALES.

 

 

 

INFORMACION DEL DICTAMEN REFERENTE A:

 

 

1.-

·         BALANCE GENERAL.

2.-

·         ESTADO DE RESULTADOS.

3.-

·         ESTADO DE VARIACIONES EN EL CAPITAL CONTABLE.

4.-

·         ESTADO DE VALUACION DE CARTERA DE INVERSION.

4.1.-

·         NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS.

5.-

·         ESTADO DE RESULTADOS SEGMENTADO (APLICA A CONTRIBUYENTES QUE REALIZARON OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS).

6.-

·         ANALISIS COMPARATIVO DE LAS CUENTAS DEL ESTADO DE RESULTADOS.

7.-

·         RELACION DE CONTRIBUCIONES A CARGO DEL CONTRIBUYENTE COMO SUJETO DIRECTO O EN SU CARACTER DE RETENEDOR.

7.1.-

·         DECLARATORIA.

8.-

·         RELACION DE PAGOS PROVISIONALES Y PAGOS MENSUALES DEFINITIVOS.

9.-

·         DETERMINACION DE PAGOS PROVISIONALES Y PAGOS MENSUALES DEFINITIVOS.

10.-

·         BASE PARA LA DETERMINACION DEL IMPUESTO RETENIDO SOBRE HONORARIOS, ARRENDAMIENTOS E INTERESES.

11.-

·         OPERACIONES CON RESIDENTES EN EL EXTRANJERO.

12.-

·         RESPONSABILIDAD SOLIDARIA POR OPERACIONES DE RESIDENTES EN EL EXTRANJERO (EXCLUSIVAMENTE DE ENAJENACION DE ACCIONES).

13.-

·         RELACION DE CONTRIBUCIONES POR PAGAR.

14.-

·         CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y FISCAL PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.

15.-

·         INTEGRACION DE PERDIDAS FISCALES DE EJERCICIOS ANTERIORES.

16.-

·         CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA. CUFIN.

17.-

·         CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA REINVERTIDA. CUFINRE.

18.-

·         OPERACIONES FINANCIERAS DERIVADAS CONTRATADAS CON RESIDENTES EN EL EXTRANJERO.

19.-

·         PRESTAMOS DEL EXTRANJERO.

20.-

·         INVERSIONES PERMANENTES EN SUBSIDIARIAS, ASOCIADAS Y AFILIADAS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO.

21.-

·         SOCIOS O ACCIONISTAS QUE TUVIERON ACCIONES O PARTES SOCIALES.

22.-

·         INGRESOS SUJETOS A REGIMENES FISCALES PREFERENTES.

23.-

·         CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y EL DETERMINADO PARA EL IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA.

24.-

·         ACREDITAMIENTO DE CREDITOS FISCALES DETERMINADOS PARA EFECTOS DEL IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA.

25.-

·         CONCILIACION ENTRE LOS INGRESOS DICTAMINADOS SEGUN ESTADO DE RESULTADOS, LOS ACUMULABLES PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y LOS PERCIBIDOS PARA EFECTOS DEL IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA Y EL TOTAL DE ACTOS O ACTIVIDADES PARA EFECTOS DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO.

26.-

·         OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS.

26.1.-

·         INFORMACION DEL CONTRIBUYENTE SOBRE SUS OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS.

27.-

·         INVERSIONES Y TERRENOS.

28.-

·         DETERMINACION DE LA RENTA GRAVABLE PARA EFECTOS DE LA PARTICIPACION DE LOS TRABAJADORES EN LAS UTILIDADES DE LAS EMPRESAS DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 16 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.

29.-

·         DATOS INFORMATIVOS.

30.-

·         OPERACIONES REALIZADAS A TRAVES DE FIDEICOMISOS.

 

LOS CUESTIONARIOS QUE SE SEÑALAN A CONTINUACION, CONTIENEN INFORMACION RELATIVA A LA REVISION EFECTUADA POR EL CONTADOR PUBLICO REGISTRADO A LOS ESTADOS FINANCIEROS DEL CONTRIBUYENTE, QUE FORMAN PARTE DEL INFORME SOBRE LA REVISION DE LA SITUACION FISCAL DEL CONTRIBUYENTE.

 

 

 

·         CUESTIONARIO DE DIAGNOSTICO FISCAL.

 

·         CUESTIONARIO EN MATERIA DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA.

 

SOCIEDADES DE INVERSION DE RENTA VARIABLE Y EN INSTRUMENTOS DE DEUDA

No. DE REFERENCIA
DEL ANEXO

DATOS A CONTENER

 

DATOS FIJOS:

 

 

 

·         DATOS DE IDENTIFICACION:

- CONTRIBUYENTE.

- REPRESENTANTE LEGAL.

- CONTADOR PUBLICO

 

 

 

·         DATOS GENERALES.

 

 

 

INFORMACION DEL DICTAMEN REFERENTE A:

 

 

1.-

·         BALANCE GENERAL.

2.-

·         ESTADO DE RESULTADOS.

3.-

·         ESTADO DE VARIACIONES EN EL CAPITAL CONTABLE.

4.-

·         ESTADO DE VALUACION DE CARTERA DE INVERSION.

4.1.-

·         NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS.

5.-

·         ANALISIS COMPARATIVO DE LAS CUENTAS DEL ESTADO DE RESULTADOS.

6.-

·         RELACION DE CONTRIBUCIONES A CARGO DEL CONTRIBUYENTE COMO SUJETO DIRECTO O EN SU CARACTER DE RETENEDOR.

6.1.-

·         DECLARATORIA.

7.-

·         RELACION DE PAGOS MENSUALES DEFINITIVOS.

8.-

·         DETERMINACION DE PAGOS MENSUALES DEFINITIVOS.

9.-

·         BASE PARA LA DETERMINACION DEL IMPUESTO RETENIDO SOBRE HONORARIOS, ARRENDAMIENTOS E INTERESES.

10.-

·         RELACION DE CONTRIBUCIONES POR PAGAR.

 

LOS CUESTIONARIOS QUE SE SEÑALAN A CONTINUACION, CONTIENEN INFORMACION RELATIVA A LA REVISION EFECTUADA POR EL CONTADOR PUBLICO REGISTRADO A LOS ESTADOS FINANCIEROS DEL CONTRIBUYENTE, QUE FORMAN PARTE DEL INFORME SOBRE LA REVISION DE LA SITUACION FISCAL DEL CONTRIBUYENTE.

 

 

 

·         CUESTIONARIO DE DIAGNOSTICO FISCAL.

 

ESTABLECIMIENTOS PERMANENTES DE RESIDENTES EN EL EXTRANJERO

No. DE REFERENCIA
DEL ANEXO

DATOS A CONTENER

 

DATOS FIJOS:

 

 

 

·         DATOS DE IDENTIFICACION:

- CONTRIBUYENTE.

- OFICINA CENTRAL EN EL EXTRANJERO.

- REPRESENTANTE LEGAL.

- CONTADOR PUBLICO

 

 

 

·         DATOS GENERALES.

 

 

 

INFORMACION DEL DICTAMEN REFERENTE A:

 

 

1.-

·         ESTADO DE POSICION FINANCIERA.

2.-

·         ESTADO DE RESULTADOS.

3.-

·         ESTADO DE VARIACIONES EN EL PATRIMONIO DE LA OFICINA CENTRAL DEL EXTRANJERO EN EL ESTABLECIMIENTO PERMANENTE.

4.-

·         ESTADO DE FLUJOS DE EFECTIVO.

4.1.-

·         NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS.

5.-

·         ESTADO DE RESULTADOS SEGMENTADO (APLICA A CONTRIBUYENTES QUE REALIZARON OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS).

6.-

·         INTEGRACION ANALITICA DE VENTAS O INGRESOS NETOS.

7.-

·         DETERMINACION DEL COSTO DE LO VENDIDO PARA EFECTOS CONTABLES Y DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.

8.-

·         ANALISIS COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DE GASTOS.

9.-

·         ANALISIS COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DE OTROS GASTOS.

10.-

·         ANALISIS COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DEL RESULTADO INTEGRAL DE FINANCIAMIENTO.

11.-

·         RELACION DE CONTRIBUCIONES A CARGO DEL CONTRIBUYENTE COMO SUJETO DIRECTO O EN SU CARACTER DE RETENEDOR O RECAUDADOR.

11.1.-

·         DECLARATORIA.

12.-

·         RELACION DE PAGOS PROVISIONALES Y PAGOS MENSUALES DEFINITIVOS.

13.-

·         DETERMINACION DE PAGOS PROVISIONALES Y PAGOS MENSUALES DEFINITIVOS.

14.-

·         BASE PARA LA DETERMINACION DEL IMPUESTO RETENIDO SOBRE HONORARIOS, ARRENDAMIENTOS E INTERESES.

15.-

·         OPERACIONES CON RESIDENTES EN EL EXTRANJERO.

16.-

·         RESPONSABILIDAD SOLIDARIA POR OPERACIONES DE RESIDENTES EN EL EXTRANJERO (EXCLUSIVAMENTE DE ENAJENACION DE ACCIONES).

17.-

·         DETERMINACION MENSUAL DEL IMPUESTO A LOS DEPOSITOS EN EFECTIVO.

18.-

·         RELACION DEL IMPUESTO A LOS DEPOSITOS EN EFECTIVO RECAUDADO Y PENDIENTE DE RECAUDAR (APLICABLE A LAS INSTITUCIONES DEL SISTEMA FINANCIERO A QUE SE REFIERE LA L.I.D.E.)

19.-

·         RELACION DE CONTRIBUCIONES POR PAGAR.

20.-

·         CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y FISCAL PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.

21.-

·         INTEGRACION DEL INVENTARIO ACUMULABLE.

22.-

·         INTEGRACION DE PERDIDAS FISCALES DE EJERCICIOS ANTERIORES.

23.-

·         CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA. CUFIN.

24.-

·         CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA REINVERTIDA. CUFINRE.

25.-

·         OPERACIONES FINANCIERAS DERIVADAS CONTRATADAS CON RESIDENTES EN EL EXTRANJERO.

26.-

·         CUENTAS Y DOCUMENTOS POR COBRAR Y POR PAGAR EN MONEDA EXTRANJERA.

27.-

·         PRESTAMOS DEL EXTRANJERO.

28.-

·         INVERSIONES PERMANENTES EN SUBSIDIARIAS, ASOCIADAS Y AFILIADAS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO.

29.-

·         CUENTA DE REMESAS DE CAPITAL.

30.-

·         INGRESOS SUJETOS A REGIMENES FISCALES PREFERENTES.

31.-

·         CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y EL DETERMINADO PARA EL IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA.

32.-

·         ACREDITAMIENTO DE CREDITOS FISCALES DETERMINADOS PARA EFECTOS DEL IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA.

33.-

·         CONCILIACION ENTRE LOS INGRESOS DICTAMINADOS SEGUN ESTADO DE RESULTADOS, LOS ACUMULABLES PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y LOS PERCIBIDOS PARA EFECTOS DEL IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA Y EL TOTAL DE ACTOS O ACTIVIDADES PARA EFECTOS DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO.

34.-

·         OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS.

34.1.-

·         INFORMACION DEL CONTRIBUYENTE SOBRE SUS OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS.

35.-

·         INVERSIONES Y TERRENOS.

36.-

·         DETERMINACION DE LA RENTA GRAVABLE PARA EFECTOS DE LA PARTICIPACION DE LOS TRABAJADORES EN LAS UTILIDADES DE LAS EMPRESAS DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 16 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.

37.-

·         DATOS INFORMATIVOS.

38.-

·         OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR

39.-

·         INTEGRACION DE CIFRAS REEXPRESADAS.

40.-

·         OPERACIONES REALIZADAS A TRAVES DE FIDEICOMISOS.

41.-

·         CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y FISCAL PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA. DETERMINACION DE LA DEDUCCION DE LA PARTE PROPORCIONAL DEL GASTO PROMEDIO QUE POR SUS OPERACIONES HAYA TENIDO EN EL MISMO EJERCICIO LA EMPRESA RESIDENTES EN EL EXTRANJERO QUE SE DEDICO AL TRANSPORTE INTERNACIONAL AEREO O TERRESTRE, CONSIDERANDO LA OFICINA CENTRAL Y TODOS SUS ESTABLECIMIENTOS ARTICULO 30, 4o. Y 5o. PARRAFOS L.I.S.R.

42.-

·         INFORMACION SOBRE EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO DE RESIDENTES EN EL EXTRANJERO QUE PRESTEN SERVICIOS DE TRANSPORTE AEREO INTERNACIONAL DE PERSONAS AMPARADO POR BOLETOS ENAJENADOS POR OTRA LINEA AEREA

43.-

·         DATOS DE LA LINEA AEREA QUE ENAJENA LOS BOLETOS QUE AMPAREN EL SERVICIO DE TRANSPORTE AEREO INTERNACIONAL DE PERSONAS

 

LOS CUESTIONARIOS QUE SE SEÑALAN A CONTINUACION, CONTIENEN INFORMACION RELATIVA A LA REVISION EFECTUADA POR EL CONTADOR PUBLICO REGISTRADO A LOS ESTADOS FINANCIEROS DEL CONTRIBUYENTE, QUE FORMAN PARTE DEL INFORME SOBRE LA REVISION DE LA SITUACION FISCAL DEL CONTRIBUYENTE.

 

 

 

·         CUESTIONARIO DE DIAGNOSTICO FISCAL.

 

·         CUESTIONARIO EN MATERIA DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA.

 

C.      FORMATO DE PRESENTACION EN SIPRED’2009.

·            LA INFORMACION ESTA INTEGRADA POR LOS DATOS DE IDENTIFICACION, DATOS GENERALES, LOS ESTADOS FINANCIEROS BASICOS, NOTAS A LOS MISMOS, CONCILIACIONES, INTEGRACIONES, DETERMINACIONES Y RELACIONES; Y SE PRESENTARAN EN FORMA LINEAL VERTICAL, DE ACUERDO A LAS REGLAS ESPECIFICAS CON LAS QUE EL SISTEMA OPERA. ASIMISMO CONTIENE LA OPINION, EL INFORME SOBRE LA REVISION DE LA SITUACION FISCAL DEL CONTRIBUYENTE, EL CUESTIONARIO DE DIAGNOSTICO FISCAL ELABORADO POR EL CONTADOR PUBLICO, EL CUESTIONARIO DEL CONTADOR PUBLICO EN MATERIA DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA, Y EN SU CASO, LA INFORMACION ADICIONAL AL DICTAMEN.

D.-     PRESENTACION DE LA INFORMACION.

·            LOS DICTAMENES DEBERAN ELABORARSE Y PREPARARSE PARA SU ENVIO INVARIABLEMENTE EN EL SISTEMA DENOMINADO SIPRED’2009, DESARROLLADO POR EL SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA.

·            EN LOS FORMATOS DE LOS ANEXOS NO SE PUEDEN ADICIONAR COLUMNAS, NI SE PUEDEN ADICIONAR RENGLONES CON INDICES, SALVO PARA LA INTEGRACION DE LOS CONCEPTOS DENOMINADOS “OTROS” O EN LOS CASOS EN QUE EL PROPIO SISTEMA LO PERMITA; SIN EMBARGO, SI ES POSIBLE AGREGAR “NOTAS”, CONFORME AL APENDICE III NOTAS TECNICAS DE ESTE INSTRUCTIVO.

·            CABE SEÑALAR QUE LOS IMPORTES DE LOS DATOS A PROPORCIONAR DE LOS ANEXOS DEL DICTAMEN QUE NO SE OCUPEN, PODRAN DEJARSE EN BLANCO O BIEN PONER UN CERO PARA EVITAR ERRORES DE OMISION DE LA CAPTURA, EXCEPTO EN AQUELLOS INDICES, QUE EL PROPIO SISTEMA INDIQUE QUE NO DEBEN DEJARSE EN BLANCO Y SE REQUERIRA QUE POR LO MENOS SE ANOTE UN CERO.

·            LA INFORMACION DEBERA PRESENTARSE RESPETANDO LA ESTRUCTURA DE CONSTRUCCION Y ENCRIPTACION DE DATOS DEL SIPRED’2009. ASIMISMO, POR NINGUN MOTIVO PODRA PRESENTARLA O EDITARLA CON ALGUN OTRO SOFTWARE.

·            EN LA PRESENTACION DE LOS IMPORTES, SE PODRAN UTILIZAR FORMULAS, SUMATORIAS Y CUALQUIER TIPO DE OPERACION O RUTINA QUE ESTE INCLUIDA EN EL SIPRED’2009.

·            PARA ESCRIBIR LOS TEXTOS DE LAS NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS, LA DECLARATORIA DE CONTRIBUCIONES A CARGO DEL CONTRIBUYENTE COMO SUJETO DIRECTO O EN SU CARACTER DE RETENEDOR, LA OPINION, EL INFORME SOBRE LA REVISION DE LA SITUACION FISCAL DEL CONTRIBUYENTE Y LA INFORMACION ADICIONAL AL DICTAMEN, PODRAN UTILIZARSE CARACTERES ESPECIALES (COMAS, PUNTOS, PARENTESIS, CORCHETES, ETC.).

·            LAS NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS, LA DECLARATORIA, LA OPINION, EL INFORME, EL CUESTIONARIO DE DIAGNOSTICO FISCAL SE DEBERAN REQUISITAR OBLIGATORIAMENTE EN TODOS LOS CASOS Y CUANDO LE APLIQUE AL CONTRIBUYENTE, TAMBIEN EL CUESTIONARIO EN MATERIA DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA, EN EL CASO DE INFORMACION DE TEXTOS, DEBERAN CONTENER UN MINIMO DE 100 CARACTERES.

·            EN EL CASO DE UTILIZAR EL ANEXO DE “INFORMACION ADICIONAL”, SE DEBERAN CAPTURAR UN MINIMO DE 100 CARACTERES.

·            CON LA FINALIDAD DE REALIZAR LAS ACOTACIONES DE LOS ESTADOS FINANCIEROS, RELACIONES Y CONCILIACIONES QUE ESTARAN RELACIONADAS CON LAS NOTAS A LOS MISMOS, SE ANOTARA LA REFERENCIA INMEDIATAMENTE DESPUES DEL NOMBRE DE LA CUENTA O SUBCUENTA QUE SE VA A REFERENCIAR INSERTANDO UNA NOTA POR MEDIO DEL SISTEMA. EN LAS NOTAS RELACIONADAS CON CUENTAS ADICIONADAS MEDIANTE INDICES AGREGADOS, SE DEBE INDICAR EL INDICE AL QUE SE REFIERE LA NOTA. EJEMPLO:

               NOTA DEL INDICE 011191...

·            TODOS LOS DATOS DE LAS CELDAS, SE CAPTURARAN DE ACUERDO A LAS REGLAS DE VALIDACION PROPIAS DEL SISTEMA.

IV.-    CARACTERISTICAS ESPECIFICAS.

A.- LAS COLUMNAS.

·            SE DEBERA RESPETAR EL NUMERO DE COLUMNAS ESTABLECIDAS PARA CADA UNO DE LOS ANEXOS ESPECIFICOS.

·            POR NINGUN MOTIVO SE DEBERAN INCORPORAR COLUMNAS, ARCHIVOS O ANEXOS EXTRAS.

·            LAS NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS, LA DECLARATORIA, LA OPINION, EL INFORME Y LA INFORMACION ADICIONAL, NO TENDRAN COLUMNAS DE INDICES.

B.- LOS INDICES.

·            SE MANEJARAN ENTRE SEIS Y HASTA OCHO CARACTERES DEPENDIENDO DEL TIPO DE DICTAMEN DE QUE SE TRATE.

·            EL TRATAMIENTO DEL INDICE SERA COMO UN CARACTER ALFANUMERICO.

·            LA JUSTIFICACION DE LOS CARACTERES DE LOS INDICES SERA CENTRADA.

C.- LOS CONCEPTOS.

·            TODOS LOS TEXTOS UTILIZADOS SE PRESENTARAN EN LETRAS MAYUSCULAS Y NO PODRAN CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, CORCHETES, PARENTESIS, ETC.). SE PODRAN CAPTURAR CON MINUSCULAS; SIN EMBARGO, EL SIPRED’2009 AUTOMATICAMENTE LAS CONVIERTE A MAYUSCULAS.

D.- LAS CANTIDADES.

·            LAS CIFRAS DE IMPORTES, PODRAN CONTENER FORMULAS PERO NO SIGNOS ESPECIALES (SIGNO DE PESOS, COMAS, PUNTOS, CORCHETES O PARENTESIS), UNICAMENTE DEBERAN CONSTAR DE LOS DIGITOS DEL 0 AL 9.

·            LOS SIMBOLOS COMO LOS PARENTESIS, LOS SEPARADORES DE MILES, ETC.; SOLAMENTE SERAN LOS QUE EL SISTEMA ASIGNE (SEGUN LA CONFIGURACION QUE ELIJA EL USUARIO).

·            LAS CANTIDADES NEGATIVAS DEBERAN CAPTURARSE CON SIGNO NEGATIVO, ANTEPONIENDOSE EL SIGNO A DICHA CANTIDAD, PERO PODRAN VISUALIZARSE CON PARENTESIS (SEGUN LA CONFIGURACION QUE ELIJA EL USUARIO).

·            LOS CAMPOS NUMERICOS QUE CONTENGAN INFORMACION SERAN JUSTIFICADOS A LA DERECHA.

·            LOS IMPORTES DEBERAN ANOTARSE INVARIABLEMENTE EN PESOS, NO EN MILES DE PESOS.

·            LAS CANTIDADES REPRESENTATIVAS DE PORCENTAJES SE DEBERAN CAPTURAR CON ENTEROS Y 2 DECIMALES, SIN EL SIGNO DE PORCENTAJE, EXCEPTO EN LOS CASOS EN QUE DICHAS CANTIDADES REPRESENTEN UN FACTOR DE ACTUALIZACION, LOS CUALES DEBERAN CONTENER ENTEROS Y 4 DECIMALES.

EJEMPLOS:

10%              SE ESCRIBIRA 10.00

28%              SE ESCRIBIRA 28.00

2.89078        SE ESCRIBIRA 2.8907

4.56320        SE ESCRIBIRA 4.5632

V.- TERMINOLOGIA UTILIZADA.

ACUSE DE RECIBO ELECTRONICO.-

MENSAJE DE ACEPTACION DEL DICTAMEN, QUE EMITE Y ENVIA EL SAT VIA INTERNET, A LA DIRECCION DEL CORREO ELECTRONICO DEL CONTADOR PUBLICO Y DEL CONTRIBUYENTE, CON EL “SELLO DIGITAL”.

 

 

ALFABETICO.-

CUANDO SE CAPTURAN SOLO LETRAS

 

 

ALFANUMERICO.-

CUANDO SE CAPTURA UNA COMBINACION DE LETRA(S) Y/O NUMERO(S).

 

 

BYTES.-

UNIDAD DE MEDIDA DE ALMACENAMIENTO MAGNETICO EQUIVALENTE A 8 BITS (BINARY DIGIT) O A UN CARACTER DE INFORMACION.

 

 

CARACTER.-

ES LA REPRESENTACION DE CUALQUIER LETRA O NUMERO EN FORMA INDIVIDUAL.

 

 

CELDA.-

SE DEFINE POR LA INTERSECCION DE UNA COLUMNA Y UN RENGLON.

 

 

COPY (COPIAR).-

INSTRUCCION QUE PERMITE COPIAR UNO O MAS ARCHIVOS EN OTRO DISCO O TEXTO SELECCIONADO DENTRO DE UN MISMO O DIFERENTE DOCUMENTO.

 

 

DIRECTORIO.-

ESTRUCTURA QUE AGRUPA UN CONJUNTO DE ARCHIVOS O SUBDIRECTORIOS

 

 

DOCUMENTO DIGITAL.-

TODO MENSAJE DE DATOS QUE CONTIENE INFORMACION O ESCRITURA GENERADA, ENVIADA, RECIBIDA O ARCHIVADA POR MEDIOS ELECTRONICOS.

 

 

ENCRIPTADO.-

FORMATO DE ARCHIVO EL CUAL SIGUIENDO UN CONJUNTO DE METODOS, SE OCULTA EL CONTENIDO DEL MISMO A TODOS AQUELLOS A QUIEN NO ESTE DIRIGIDO.

 

 

ENSOBRETADO O FIRMADO DIGITAL.-

PROCESO DE INTEGRACION AL DICTAMEN FISCAL DE LA GARANTIA/CERTIFICADO DIGITAL Y LLAVE PRIVADA DE UN REMITENTE Y UNA GARANTIA/CERTIFICADO DIGITAL DE UN DESTINATARIO QUE PERMITA GARANTIZAR SU AUTENTICIDAD, INTEGRIDAD, CONFIDENCIALIDAD Y NO REPUDIACION DE LA INFORMACION TRASMITIDA.

 

 

GARANTIA/CERTIFICADO DIGITAL (LLAVE PUBLICA)

DOCUMENTO ELECTRONICO QUE CONTIENE UN CONJUNTO DE INFORMACION A LA QUE SE LE HA FIJADO UNA FIRMA DIGITAL, POR UNA AUTORIDAD CERTIFICADORA, EN ESTE CASO EL SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA, Y SE UTILIZA PARA FIRMAR DOCUMENTOS ELECTRONICOS. RELACIONADA EN FORMA INEQUIVOCA CON LA LLAVE PRIVADA.

 

 

INTERNET.-

RED DE ALCANCE MUNDIAL QUE INTERCONECTA UNA GRAN CANTIDAD DE EQUIPOS DE COMPUTO.

 

 

KILOBYTE (KB).-

UNIDAD DE MEDIDA DE ALMACENAMIENTO EQUIVALENTE A 1024 BYTES.

 

 

LLAVE PRIVADA.-

CONTRASEÑA QUE PERMITE IDENTIFICAR JUNTO CON LA GARANTIA/CERTIFICADO DIGITAL (LLAVE PUBLICA) QUE EL REMITENTE Y DESTINATARIO DE LA INFORMACION SON QUIENES DICEN SER.

 

 

MEGABYTE (MB).-

UNIDAD DE MEDIDA DE ALMACENAMIENTO EQUIVALENTE A 1024 KILOBYTES.

 

 

NUMERICO.-

CUANDO SE CAPTURAN SOLO NUMEROS

 

 

PASTE (PEGAR).-

INSTRUCCION QUE PERMITE PEGAR UNO O MAS ARCHIVOS EN OTRO DISCO O TEXTO SELECCIONADO DENTRO DE UN MISMO O DIFERENTE DOCUMENTO

 

 

RESPALDAR.-

PROCEDIMIENTO O RUTINA QUE GENERA UNA COPIA DE SEGURIDAD DE LA INFORMACION.

 

 

RESTAURAR.-

PROCEDIMIENTO O RUTINA DE RECUPERACION DE DATOS A PARTIR DE UN RESPALDO.

 

 

SELLO DIGITAL.-

MENSAJE ELECTRONICO QUE ACREDITA QUE UN DOCUMENTO DIGITAL FUE RECIBIDO POR LA AUTORIDAD CORRESPONDIENTE EN LA HORA Y FECHA QUE SE CONSIGNEN EN EL ACUSE DE RECIBO.

 

 

SUBDIRECTORIO.-

ESTRUCTURA DE ALMACENAMIENTO QUE AGRUPA A UN CONJUNTO DE ARCHIVOS.

 

VI.- PROCEDIMIENTOS PARA UTILIZAR EL SISTEMA SIPRED’2009.

         PARA EFECTOS DE UTILIZAR EL SIPRED’2009 SE PROCEDERA COMO SE INDICA A CONTINUACION:

A.- REQUERIMIENTOS:

·            COMPUTADORA PERSONAL (PC).

·            MONITOR SVGA (RECOMENDABLE A COLOR).

·            RATON INSTALADO.

·            IMPRESORA LASER COMPATIBLE CON MICROSOFT WINDOWS®.

·            PROCESADOR PENTIUM® IV A 1.7 GHZ O SUPERIOR.

·            512 MB EN MEMORIA RAM O SUPERIOR.

·            SISTEMA OPERATIVO MICROSOFT WINDOWS® 7, XP O VISTA (CON ULTIMAS VERSIONES DE SERVICE PACK INSTALADAS).

·            MICROSOFT OFFICE® 2003, 2007 O XP (CON ULTIMAS VERSIONES DE SERVICE PACK INSTALADAS).

·            NAVEGADOR PARA INTERNET VERSION 6.0 O SUPERIOR (CON ULTIMAS VERSIONES DE SERVICE PACK INSTALADAS).

·            ESPACIO LIBRE EN DISCO DURO TOTAL DE 500 MB.

B.- PROCEDIMIENTO DE INSTALACION DEL SIPRED.

·            LA INSTALACION SE LLEVARA A CABO SIGUIENDO LAS INSTRUCCIONES SEÑALADAS EN EL MANUAL DE USUARIO DEL SISTEMA.

C.- PROCEDIMIENTO DE ENTRADA.

1.       ENCENDER EL EQUIPO DE COMPUTO.

2.       EJECUTAR EL SIPRED’2009 DESDE EL GRUPO DE PROGRAMAS GENERADO POR EL PROGRAMA DE INSTALACION: INICIO-PROGRAMAS-SIPRED’2009.

3.       SE PROCEDERA A LA GENERACION DE UN DICTAMEN (NUEVO O A PARTIR DE UN EJERCICIO ANTERIOR) Y AL LLENADO DE LOS DATOS DE IDENTIFICACION (DEL CONTRIBUYENTE, CONTADOR PUBLICO REGISTRADO, REPRESENTANTE LEGAL), DATOS GENERALES Y POSTERIORMENTE A LOS DEMAS ANEXOS DEL DICTAMEN.

 

APENDICE I

CATALOGO DE CLAVES DE ENTIDADES FEDERATIVAS.

01

AGUASCALIENTES

 

17

MORELOS

02

BAJA CALIFORNIA

 

18

NAYARIT

03

BAJA CALIFORNIA SUR

 

19

NUEVO LEON

04

CAMPECHE

 

20

OAXACA

05

COAHUILA

 

21

PUEBLA

06

COLIMA

 

22

QUERETARO

07

CHIAPAS

 

23

QUINTANA ROO

08

CHIHUAHUA

 

24

SAN LUIS POTOSI

09

DISTRITO FEDERAL

 

25

SINALOA

10

DURANGO

 

26

SONORA

11

GUANAJUATO

 

27

TABASCO

12

GUERRERO

 

28

TAMAULIPAS

13

HIDALGO

 

29

TLAXCALA

14

JALISCO

 

30

VERACRUZ

15

MEXICO

 

31

YUCATAN

16

MICHOACAN

 

32

ZACATECAS

 

EL SIPRED CUENTA CON ESTE CATALOGO DEL CUAL SE PODRA ELEGIR EL ESTADO QUE CORRESPONDA.

APENDICE II    CATALOGO DE CLAVES DE ACTIVIDADES PARA EFECTOS FISCALES.

PARA LOS EFECTOS DE ESTE APENDICE, SE APLICARA EL CATALOGO DE ACTIVIDADES ECONOMICAS, VIGENTE A LA FECHA DE PRESENTACION DEL DICTAMEN. EL SIPRED CONTIENE DICHO CATALOGO ACTUALIZADO, SEGUN EL ANEXO 6 DE LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2009.

APENDICE III   NOTAS TECNICAS.

GENERALES:

UTILIZACION DE SIGNOS NEGATIVOS.

·            CUANDO LAS CUENTAS ACREEDORAS TENGAN SALDO DEUDOR O BIEN LAS CUENTAS DEUDORAS TENGAN SALDO ACREEDOR, SE LES ANTEPONDRA EL SIGNO NEGATIVO Y CUANDO SE TRATE DE CUENTAS QUE SU SALDO PUEDA SER TANTO ACREEDOR COMO DEUDOR, SE DEBERA PONER EL SIGNO NEGATIVO EN DICHA CUENTA CUANDO:

-       REPRESENTE UN SALDO DEUDOR, PERO LA CUENTA SE ENCUENTRE UBICADA DENTRO DE UNA CLASIFICACION DE CUENTAS ACREEDORAS.

-       REPRESENTE UN SALDO ACREEDOR, PERO LA CUENTA SE ENCUENTRE UBICADA DENTRO DE UNA CLASIFICACION DE CUENTAS DEUDORAS.

·            PARA EFECTOS DE UNA MEJOR VISUALIZACION EL SISTEMA PERMITE, A ELECCION DEL USUARIO, VER LAS CANTIDADES NEGATIVAS ENTRE PARENTESIS.

UTILIZACION DE INDICES.

·            POR NINGUN MOTIVO SE PODRAN AGREGAR INDICES DENOMINADOS TOTAL, QUE POR ESENCIA REFLEJEN EL IMPORTE DE UN GRUPO DE CUENTAS Y/O SUBCUENTAS.

·            TAMPOCO SE PODRAN AGREGAR INDICES PARA DESGLOSAR EL IMPORTE SEÑALADO EN EL INDICE PREESTABLECIDO DEL CUAL SE DERIVAN LOS INDICES AGREGADOS.

·            TAMPOCO SE PODRA UTILIZAR UN INDICE YA PREESTABLECIDO PARA SER OCUPADO POR OTRO CONCEPTO.

·            CADA INDICE SE COMPONE DE SEIS Y HASTA OCHO CARACTERES, SEGUN EL TIPO DE DICTAMEN DE QUE SE TRATE, QUE IDENTIFICAN DE MANERA UNICA A CADA CONCEPTO.

·            EL SIPRED PERMITIRA ADICIONAR RENGLONES CON INDICES EN ALGUNOS LUGARES PREESTABLECIDOS O NOTAS, PERO NO PERMITIRA ADICIONAR COLUMNAS.

·            LOS RENGLONES QUE REPRESENTEN TITULOS NO LLEVAN INDICE Y POR LO TANTO EL SIPRED NO PERMITIRA ANOTAR EN ELLOS NINGUNA CANTIDAD.

CONSTRUCCION DE NUEVOS INDICES.

·            EN AQUELLOS CASOS EN QUE EL CONTRIBUYENTE TUVIESE EN SU CONTABILIDAD NOMBRES DE CUENTAS DIFERENTES A LAS QUE SE MENCIONAN EN LOS ANEXOS DE INFORMACION OFICIALES QUE INTEGRAN EL FORMATO GUIA DEL DICTAMEN FISCAL, DEBERA UBICAR DICHAS CUENTAS EN LOS CONCEPTOS DE DICHO FORMATO QUE POR SU NATURALEZA SEAN ANALOGOS A LAS CUENTAS QUE SE DESEAN INCORPORAR, RESPETANDO LOS INDICES Y CONCEPTOS YA ESTABLECIDOS.

·            EN ALGUNOS CASOS ESPECIFICOS DEFINIDOS EN EL PROPIO SIPRED, PODRA CONSTRUIR NUEVOS CONCEPTOS, ASIGNANDOLES UN NUEVO INDICE CONFORME A LA DEFINICION DE INDICES ANTES SEÑALADA, SIEMPRE Y CUANDO NO HAYA PODIDO UBICARLOS COMO SE INDICA EN EL PARRAFO ANTERIOR.

·            ASIMISMO, CUANDO EXISTAN CONCEPTOS DE CUENTAS QUE NO QUEDEN COMPRENDIDOS EN LAS CUENTAS PREESTABLECIDAS, SE PODRAN AGREGAR INDICES A LAS CUENTAS PREDETERMINADAS DE “OTROS” Y REFLEJAR AHI ESTOS CONCEPTOS.

INFORMACION ADICIONAL AL DICTAMEN.

·            ESTA HOJA ES DE CAPTURA CON TEXTO LIBRE, Y SE UTILIZARA PARA PROPORCIONAR INFORMACION ADICIONAL A LA CONTENIDA EN LOS ANEXOS DEL DICTAMEN, O BIEN, INFORMACION QUE NO ESTA REFLEJADA EN LOS ANEXOS, COMO PUEDE SER LA QUE PROPORCIONAN LAS SOCIEDADES QUE SE ESCINDAN O FUSIONEN, A QUE SE REFIEREN LOS ARTICULOS 79 Y 80, RESPECTIVAMENTE, DEL REGLAMENTO DEL CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION VIGENTE, ASIMISMO, SE PODRA UTILIZAR PARA HACER CUALQUIER TIPO DE ACLARACIONES Y EXPLICACIONES CON RESPECTO A LA INFORMACION DE CUALQUIER ANEXO DEL DICTAMEN.

·            CUALQUIER PRECISION O AMPLIACION QUE SE QUISIERA SEÑALAR CON RESPECTO A LA INFORMACION PROPORCIONADA DEL CONTRIBUYENTE EN ALGUN ANEXO AL DICTAMEN FISCAL, LO PODRA HACER EL CONTRIBUYENTE POR SI MISMO O POR CONDUCTO DEL CONTADOR PUBLICO REGISTRADO QUE DICTAMINO, A TRAVES DEL ANEXO DENOMINADO INFORMACION ADICIONAL.

LAS NOTAS TECNICAS QUE A CONTINUACION SE MENCIONAN SERAN APLICABLES PARA LOS TIPOS DE DICTAMENES QUE CONTENGAN LA INFORMACION O DATOS A QUE SE REFIERE CADA UNA DE ELLAS.

DATOS DE IDENTIFICACION.

DEL CONTRIBUYENTE.

·            LA CAPTURA DE LOS DATOS DE IDENTIFICACION DEL CONTRIBUYENTE (CON EXCEPCION DEL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES) SOLAMENTE SE PODRA REALIZAR OBTENIENDO LA INFORMACION REGISTRADA EN EL SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA (SAT), A TRAVES DE LA PAGINA DE INTERNET, PREVIA IDENTIFICACION CON LA FIEL DEL CONTRIBUYENTE.

          LA INFORMACION LA REMITIRA EL SAT VIA CORREO ELECTRONICO AL CONTRIBUYENTE, CONTENIDA EN UN ARCHIVO, CON ESTA INFORMACION SE LLENARAN LOS DATOS DE IDENTIFICACION DEL CONTRIBUYENTE SIGUIENDO LAS INSTRUCCIONES QUE SE ESPECIFICAN EN EL MANUAL DE USUARIO DEL SIPRED.

          CUANDO ALGUNOS DE LOS DATOS DEL CONTRIBUYENTE QUE SE ENCUENTRAN REGISTRADOS EN EL SAT NO COINCIDAN CON LOS ACTUALES, PODRA MODIFICARLOS EN EL LLENADO DEL DICTAMEN; SIN EMBARGO, LA ACTUALIZACION DE ESOS DATOS NO LO EXIME DE PRESENTAR EL AVISO DE CAMBIO CORRESPONDIENTE ANTE EL SAT.

·            PARA EL LLENADO AUTOMATICO QUE EL SIPRED REALIZA DEL CONCEPTO DENOMINADO “NOMBRE DEL SECTOR ECONOMICO AL QUE PERTENECE”, SE TOMA EN CUENTA LA DESCRIPCION QUE AL EFECTO SE HACE EN EL ANEXO No. 6 DE LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL VIGENTE PARA 2009, UNA VEZ QUE EL USUARIO DEFINE SU GIRO O CLAVE DE ACTIVIDAD ECONOMICA, EN EL CATALOGO CONTENIDO EN LA APLICACION.

DEL CONTADOR PUBLICO.

·            LA CAPTURA DE LOS DATOS DE IDENTIFICACION DEL CONTADOR PUBLICO SOLAMENTE SE PODRA REALIZAR OBTENIENDO LA INFORMACION REGISTRADA EN EL SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA (SAT), A TRAVES DE LA PAGINA DE INTERNET, PREVIA IDENTIFICACION CON LA FIEL DEL CONTADOR PUBLICO.

LA INFORMACION LA REMITIRA EL SAT VIA CORREO ELECTRONICO AL CONTADOR PUBLICO, CONTENIDA EN UN ARCHIVO, CON ESTA INFORMACION SE LLENARAN LOS DATOS DE IDENTIFICACION DEL CONTADOR PUBLICO SIGUIENDO LAS INSTRUCCIONES QUE SE ESPECIFICAN EN EL MANUAL DE USUARIO DEL SIPRED.

CUANDO LOS DATOS DEL DOMICILIO DEL CONTADOR PUBLICO, REGISTRADOS EN EL SAT NO COINCIDAN CON LOS ACTUALES, PODRA MODIFICARLOS EN EL LLENADO DEL DICTAMEN; SIN EMBARGO, ES NECESARIO NOTIFICAR LOS DATOS CORRECTOS DE SU DOMICILIO, ANTE LA ADMINISTRACION GENERAL DE AUDITORIA FISCAL FEDERAL, MEDIANTE UN ESCRITO LIBRE QUE PODRA PRESENTAR ANTE LA ADMINISTRACION LOCAL DE AUDITORIA FISCAL DE SU JURISDICCION.

DATOS GENERALES (CUANDO RESULTE APLICABLE POR EL TIPO DE DICTAMEN DE QUE SE TRATE).

·            ES OBLIGATORIA LA CAPTURA DE LOS DATOS: “FRACCION I (ARTICULO 32-A C.F.F.)”, “FRACCION II (ARTICULO 32-A C.F.F.)”, “FRACCION III (ARTICULO 32-A C.F.F.)”, “FRACCION IV (ARTICULO 32-A C.F.F.)” Y “OPTATIVO (ARTICULO 32-A C.F.F.)”, Y SOLAMENTE DEBE SEÑALARSE “SI” EN UNO DE ELLOS.

·            CUANDO SE ESTE OBLIGADO A LA DETERMINACION DEL COSTO DE VENTAS, DEBE SEÑALARSE “SI” SOLAMENTE EN UNO DE LOS DATOS SIGUIENTES: “COSTO DE VENTAS: UTILIZA EL SISTEMA DE COSTEO DIRECTO (COSTOS HISTORICOS)”, “COSTO DE VENTAS: UTILIZA EL SISTEMA DE COSTEO DIRECTO (COSTOS PREDETERMINADOS)”, “COSTO DE VENTAS: UTILIZA EL SISTEMA DE COSTEO ABSORBENTE (COSTOS HISTORICOS)”, “COSTO DE VENTAS: UTILIZA EL SISTEMA DE COSTEO ABSORBENTE (COSTOS PREDETERMINADOS)” O “COSTO DE VENTAS: UTILIZA UN SISTEMA DISTINTO A LOS ANTERIORES”.

·            ES OBLIGATORIA LA CAPTURA DE LOS DATOS: “TIPO DE OPINION: OPINION SIN SALVEDADES”, “TIPO DE OPINION: OPINION CON SALVEDADES QUE TENGAN IMPLICACIONES FISCALES”, “TIPO DE OPINION: OPINION CON SALVEDADES QUE NO TENGAN IMPLICACIONES FISCALES”, “TIPO DE OPINION: OPINION NEGATIVA QUE TENGA IMPLICACIONES FISCALES”, “TIPO DE OPINION: OPINION NEGATIVA QUE NO TENGA IMPLICACIONES FISCALES” Y “TIPO DE OPINION: ABSTENCION DE OPINION”, Y SOLAMENTE DEBE SEÑALARSE “SI” EN UNO DE ELLOS. EN SU CASO, ES RECOMENDABLE PRECISAR EN EL INFORME SOBRE LA REVISION DE LA SITUACION FISCAL DEL CONTRIBUYENTE, EL PORQUE SE CONSIDERO QUE LA OPINION DE QUE SE TRATE TUVO O NO IMPLICACIONES FISCALES.

·            EN EL ESTADO DE FLUJOS DE EFECTIVO, DEBE SEÑALARSE “SI” SOLAMENTE EN UNO DE LOS DATOS SIGUIENTES: “ESTADO DE FLUJOS DE EFECTIVO: UTILIZO EL METODO INDIRECTO” O “ESTADO DE FLUJOS DE EFECTIVO: UTILIZO EL METODO DIRECTO”

·            CUANDO SE SEÑALE “SI” EN EL DATO: “ES RECAUDADOR DEL IMPUESTO A LOS DEPOSITOS EN EFECTIVO”, SE DEBERA LLENAR EL ANEXO “RELACION DEL IMPUESTO A LOS DEPOSITOS EN EFECTIVO RECAUDADO Y PENDIENTE DE RECAUDAR (APLICABLE A LAS INSTITUCIONES DEL SISTEMA FINANCIERO A QUE SE REFIERE LA L.I.D.E.).

·            CUANDO SE SEÑALE “SI” EN EL DATO: “EN EL EJERCICIO RECONOCIO EFECTOS DEL INVENTARIO ACUMULABLE AL 31 DE DICIEMBRE DE 2004”, SE DEBERA LLENAR EL ANEXO “INTEGRACION DEL INVENTARIO ACUMULABLE”.

·            CUANDO SE SEÑALE “SI” EN EL DATO: “EN EL EJERCICIO DISMINUYO PERDIDAS FISCALES DE EJERCICIOS ANTERIORES, O BIEN, PARTICIPO EN ALGUNA FUSION O ESCISION”, SE DEBERA LLENAR EL ANEXO “INTEGRACION DE PERDIDAS FISCALES DE EJERCICIOS ANTERIORES”.

·            CUANDO SE SEÑALE “SI” EN EL DATO: “EN EL EJERCICIO SE PERCIBIERON O DISTRIBUYERON DIVIDENDOS QUE AFECTARAN LA CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA”, SE DEBERA LLENAR EL ANEXO “CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA. CUFIN”.

·            CUANDO SE SEÑALE “SI” EN EL DATO: “EN EL EJERCICIO SE DISTRIBUYERON DIVIDENDOS QUE AFECTARAN LA CUENTA UTILIDAD FISCAL NETA REINVERTIDA”, SE DEBERA LLENAR EL ANEXO “CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA REINVERTIDA. CUFINRE.”

·            CUANDO SE SEÑALE “SI” EN EL DATO: “RECONOCIO EN LOS ESTADOS FINANCIEROS DEL EJERCICIO FISCAL, LOS EFECTOS DE LA INFLACION CONFORME A LA NIF B-10”, SE DEBERA LLENAR EL ANEXO “INTEGRACION DE CIFRAS REEXPRESADAS".

·            CUANDO SE SEÑALE “SI” EN EL DATO: “EFECTUO OPERACIONES CON FIDEICOMISOS”, SE DEBERA LLENAR EL ANEXO “OPERACIONES REALIZADAS A TRAVES DE FIDEICOMISOS".

·            CUANDO SE SEÑALE “SI” EN EL DATO: “REALIZO OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS NACIONALES”, SE DEBERAN LLENAR LOS ANEXOS “OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS” E “INFORMACION DEL CONTRIBUYENTE SOBRE SUS OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS”.

·            CUANDO SE SEÑALE “SI” EN EL DATO: “REALIZO OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS EXTRANJERAS”, SE DEBERAN LLENAR LOS ANEXOS “OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS” E “INFORMACION DEL CONTRIBUYENTE SOBRE SUS OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS”.

·            CUANDO SE SEÑALE “SI” EN EL DATO: “LA RENTA GRAVABLE SE DETERMINO CON BASE EN LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 16 DE LA L.I.S.R., SE DEBERA LLENAR EL ANEXO “DETERMINACION DE LA RENTA GRAVABLE PARA EFECTOS DE LA PARTICIPACION DE LOS TRABAJADORES EN LAS UTILIDADES DE LAS EMPRESAS DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 16 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA”.

·            CUANDO SE SEÑALE “SI” EN EL DATO: “EL CONTRIBUYENTE APLICO CRITERIOS CONTRARIOS A LOS PUBLICADOS EN EL D.O.F. COMO CRITERIOS NO VINCULATIVOS DE LAS DISPOSICIONES FISCALES Y ADUANERAS”, SE DEBERAN ESPECIFICAR EL O LOS NUMEROS DE CRITERIOS EN EL INDICE “ESPECIFIQUE EL O LOS NUMERO(S) DE CRITERIO(S)” DE LOS DATOS GENERALES DEL DICTAMEN. ESTE DATO SE REFIERE A LOS CRITERIOS CONTENIDOS EN EL ANEXO 3 DE LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2009.

·            CUANDO SE SEÑALE “SI” EN EL DATO: “OBTUVO ALGUNA RESOLUCION POR PARTE DEL SAT O DE SHCP QUE HAYA AFECTADO SU SITUACION FISCAL DURANTE EL EJERCICIO”, SE DEBERAN ESPECIFICAR LOS NUMEROS DE OFICIO Y SUS FECHAS EN LOS INDICES: “NUMERO DE OFICIO 1, 2 Y 3” Y “FECHA DEL OFICIO 1, 2 Y 3”, DE LOS DATOS GENERALES DEL DICTAMEN.

·            CUANDO SE SEÑALE “SI” EN EL DATO: “OBTUVO ALGUNA RESOLUCION FAVORABLE POR PARTE DE AUTORIDADES JURISDICCIONALES QUE HAYA AFECTADO SU SITUACION FISCAL DURANTE EL EJERCICIO”, SE DEBERAN ESPECIFICAR LOS NUMEROS DE RESOLUCION Y SUS FECHAS EN LOS INDICES: “NUMERO DE RESOLUCION 1, 2 Y 3” Y “FECHA DE LA RESOLUCION 1, 2 Y 3”, DE LOS DATOS GENERALES DEL DICTAMEN.

·            CUANDO SE SEÑALE “SI” EN EL DATO: “REALIZO OPERACIONES AFECTAS A RETENCION DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA”, CON RESIDENTES EN EL EXTRANJERO, SE DEBERA LLENAR EL ANEXO “OPERACIONES CON RESIDENTES EN EL EXTRANJERO”

·            CUANDO SE SEÑALE “SI” EN EL DATO: “FUE RESPONSABLE SOLIDARIO EN EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA EN ALGUNA ENAJENACION DE ACCIONES EFECTUADA POR RESIDENTES EN EL EXTRANJERO”, SE DEBERA LLENAR EL ANEXO “RESPONSABILIDAD SOLIDARIA POR OPERACIONES DE RESIDENTES EN EL EXTRANJERO (EXCLUSIVAMENTE DE ENAJENACION DE ACCIONES)”.

·            CUANDO SE SEÑALE “SI” EN EL DATO:”CONTRATO OPERACIONES FINANCIERAS DERIVADAS QUE TUVIERAN EFECTOS FISCALES DURANTE EL EJERCICIO EN EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA”, CON RESIDENTES EN EL EXTRANJERO, DEBERA LLENAR EL ANEXO “OPERACIONES FINANCIERAS DERIVADAS CONTRATADAS CON RESIDENTES EN EL EXTRANJERO”.

·            CUANDO SE SEÑALE “SI” EN EL DATO: “MANTUVO SALDOS POR COBRAR Y POR PAGAR EN MONEDA EXTRANJERA DURANTE EL EJERCICIO” CON RESIDENTES EN EL EXTRANJERO, SE DEBERA LLENAR EL ANEXO “CUENTAS Y DOCUMENTOS POR COBRAR Y POR PAGAR EN MONEDA EXTRANJERA”.

·            CUANDO SE SEÑALE “SI” EN EL DATO: “CONTRATO PRESTAMOS QUE TUVIERAN EFECTOS FISCALES DURANTE EL EJERCICIO EN EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA” CON RESIDENTES EN EL EXTRANJERO, SE DEBERA LLENAR EL ANEXO “PRESTAMOS DEL EXTRANJERO”.

·            CUANDO SE SEÑALE “SI” EN EL DATO: “MANTUVO INVERSIONES PERMANENTES EN SUBSIDIARIAS, ASOCIADAS Y AFILIADAS DURANTE EL EJERCICIO”, SE DEBERA LLENAR EL ANEXO “INVERSIONES PERMANENTES EN SUBSIDIARIAS, ASOCIADAS Y AFILIADAS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO”

·            CUANDO SE SEÑALE “SI” EN EL DATO: “OBTUVO INGRESOS SUJETOS A REGIMENES FISCALES PREFERENTES”, SE DEBERA LLENAR EL ANEXO “INGRESOS SUJETOS A REGIMENES FISCALES PREFERENTES”.

·            CUANDO SE SEÑALE “SI” EN EL DATO: “EFECTUO OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR”, SE DEBERA LLENAR EL ANEXO “OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR”

·            LA INFORMACION A QUE SE REFIEREN LOS INDICES: “RFC 1, 2, 3, 4 Y 5”, CORRESPONDE AL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES DE LAS PERSONAS FISICAS O MORALES QUE ASESORARON FISCALMENTE AL CONTRIBUYENTE DURANTE EL EJERCICIO QUE SE DICTAMINA, EN FORMA DIRECTA O A TRAVES DE ALGUNA PARTE RELACIONADA.

ESTADO DE POSICION FINANCIERA.

·            EN EL INDICE “IMPUESTO AL VALOR AGREGADO NO PAGADO” SE REFLEJARA EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO QUE NO OBSTANTE QUE CONSTA EN UNA FACTURA O RECIBO A FAVOR DEL CONTRIBUYENTE, POR LA ADQUISICION DE BIENES Y SERVICIOS, O POR DEL USO O GOCE TEMPORAL DE BIENES, AL CIERRE DEL EJERCICIO ESTA PENDIENTE DE PAGO, Y POR LO TANTO TIENE DERECHO A ACREDITARLO HASTA EL MOMENTO EN QUE EFECTIVAMENTE LO PAGUE.

·            EN EL INDICE “IMPUESTO AL VALOR AGREGADO NO COBRADO” SE REFLEJARA EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO QUE, NO OBSTANTE QUE CONSTA EN UNA FACTURA O RECIBO EXPEDIDO POR EL CONTRIBUYENTE, POR LA ENAJENACION DE BIENES Y SERVICIOS, O POR OTORGAR EL USO O GOCE TEMPORAL DE BIENES, AL CIERRE DEL EJERCICIO ESTA PENDIENTE DE COBRO, Y POR LO TANTO LO CAUSA EL CONTRIBUYENTE HASTA EL MOMENTO EN QUE EFECTIVAMENTE LO COBRE.

ESTADO DE RESULTADOS (NO APLICABLE PARA DICTAMENES DEL SECTOR FINANCIERO).

·            PARA EL LLENADO DE ESTE ANEXO, ES NECESARIO CAPTURAR PREVIAMENTE LA INFORMACION DE LOS ANEXOS DENOMINADOS:”INTEGRACION ANALITICA DE VENTAS O INGRESOS NETOS”, “DETERMINACION DEL COSTO DE LO VENDIDO PARA EFECTOS CONTABLES Y DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA” (CUANDO SE ESTE OBLIGADO AL LLENADO DE ESTE ANEXO), “ANALISIS COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DE GASTOS”, “ANALISIS COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DE OTROS GASTOS” Y “ANALISIS COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DEL RESULTADO INTEGRAL DE FINANCIAMIENTO”.

ESTADO DE VARIACIONES EN EL CAPITAL CONTABLE.

·            DEBIDO A LA LIMITACION PARA AGREGAR NUEVAS COLUMNAS A LOS FORMATOS, EN EL ESTADO DE VARIACIONES EN EL CAPITAL CONTABLE, SE HAN INCLUIDO DOS COLUMNAS UNA PARA “OTRAS CUENTAS DE CAPITAL ACREEDORAS” Y OTRA PARA “OTRAS CUENTAS DE CAPITAL DEUDORAS”, QUE PODRAN UTILIZARSE CUANDO SEA NECESARIO REFLEJAR CONCEPTOS DEL CAPITAL CONTABLE QUE NO TENGAN UNA COLUMNA ESPECIFICA.

·            CUANDO SE ANOTEN CANTIDADES EN LAS COLUMNAS “OTRAS CUENTAS DE CAPITAL ACREEDORAS” Y “OTRAS CUENTAS DE CAPITAL DEUDORAS”, DEBIDO A QUE SU SALDO SE INTEGRA POR EL IMPORTE DE UNA O MAS CUENTAS, LA INTEGRACION DE LAS MISMAS SE DEBERA PRESENTAR INMEDIATAMENTE ANTES DEL INDICE “SALDOS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2009” O DEL INDICE “SALDOS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2008”, SEGUN CORRESPONDA, CONSIGNANDO EN LA COLUMNA DE CONCEPTO EL NOMBRE DE LAS CUENTAS QUE INTEGRAN DICHO SALDO Y EN LA COLUMNA DE REFERENCIA, EL IMPORTE CORRESPONDIENTE A CADA CUENTA O CONCEPTO.

ESTADO DE FLUJOS DE EFECTIVO.

·            SE PONDRA UNICAMENTE LA INFORMACION CORRESPONDIENTE AL METODO ELEGIDO POR EL CONTRIBUYENTE.

ESTADO DE RESULTADOS SEGMENTADO (APLICA A CONTRIBUYENTES QUE REALIZARON OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS).

·            LA INFORMACION DE ESTE ANEXO PODRA NO PRESENTARSE PARA LOS EJERCICIOS FISCALES DE 2009 Y DE 2008.

·            DE ACUERDO CON EL ARTICULO 215 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA SE CONSIDERA QUE DOS O MAS PERSONAS SON PARTES RELACIONADAS, CUANDO UNA PARTICIPA DE MANERA DIRECTA O INDIRECTA EN LA ADMINISTRACION, CONTROL O CAPITAL DE LA OTRA, O CUANDO UNA PERSONA O GRUPO DE PERSONAS PARTICIPE DIRECTA O INDIRECTAMENTE EN LA ADMINISTRACION, CONTROL O CAPITAL DE DICHAS PERSONAS. TRATANDOSE DE ASOCIACIONES EN PARTICIPACION, SE CONSIDERAN COMO PARTES RELACIONADAS SUS INTEGRANTES, ASI COMO LAS PERSONAS QUE CONFORME A ESTE PARRAFO SE CONSIDEREN PARTES RELACIONADAS DE DICHO INTEGRANTE.

·            EL ORIGEN PARA EL LLENADO DE LA INFORMACION DE ESTE ANEXO, ES LA DOCUMENTACION PARA EFECTOS FISCALES CON LA QUE EL CONTRIBUYENTE DEMUESTRA QUE SUS INGRESOS ACUMULABLES Y DEDUCCIONES AUTORIZADAS POR OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS SE DETERMINARON CONSIDERANDO PARA ESAS OPERACIONES LOS PRECIOS O MONTOS DE CONTRAPRESTACIONES QUE HUBIEREN UTILIZADO PARTES INDEPENDIENTES EN OPERACIONES COMPARABLES (ARTICULOS 86 FRACCIONES XII Y XV DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y 18 FRACCION III DE LA LEY DEL IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA). LA PRESENTACION DE ESTA INFORMACION NO IMPLICA NECESARIAMENTE QUE LA MISMA HAYA SIDO DICTAMINADA, DEBIENDOSE HACER LAS ACLARACIONES CORRESPONDIENTES EN EL INFORME SOBRE LA REVISION DE LA SITUACION FISCAL DEL CONTRIBUYENTE.

INTEGRACION ANALITICA DE VENTAS O INGRESOS NETOS (NO APLICABLE PARA DICTAMENES DEL SECTOR FINANCIERO).

·            LAS COLUMNAS “OPERATIVOS O PROPIOS DE LA ACTIVIDAD” Y “NO OPERATIVOS (OTROS INGRESOS)”, SE REFIERE A INGRESOS PROPIOS DE LA OPERACION E INGRESOS NO PROPIOS DE LA OPERACION RESPECTIVAMENTE.

DETERMINACION DEL COSTO DE LO VENDIDO PARA EFECTOS CONTABLES Y DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA (NO APLICABLE PARA DICTAMENES DEL SECTOR FINANCIERO, EXCEPTO EN INTERMEDIARIOS FINANCIEROS NO BANCARIOS).

·            LOS CONTRIBUYENTES QUE SE DEDIQUEN A LA COMPRAVENTA DE BIENES PARA SU DISTRIBUCION DEJARAN EN BLANCO LA DETERMINACION DEL “COSTO DE PRODUCCION TERMINADA”.

ANALISIS COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DE GASTOS (NO APLICABLE PARA DICTAMENES DEL SECTOR FINANCIERO).

·            EN EL ANALISIS COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DE GASTOS, LAS COLUMNAS DENOMINADAS: “TOTAL DEDUCIBLES PARA ISR”, “TOTAL NO DEDUCIBLES PARA ISR”, “TOTAL DEDUCIBLES PARA IETU” Y “TOTAL NO DEDUCIBLES PARA IETU”, SE PONDRA EL MONTO QUE DE LOS CONCEPTOS DE GASTOS QUE SE REPORTAN TIENEN EFECTO FISCAL. LAS PARTIDAS NO DEDUCIBLES SE REFIEREN A PARTIDAS CONTABLES Y NO FISCALES.

·            NO SERA NECESARIO PRESENTAR LA INFORMACION DEL EJERCICIO FISCAL DE 2008, EN LAS COLUMNAS DENOMINADAS “TOTAL DEDUCIBLES PARA IETU” Y “TOTAL NO DEDUCIBLES PARA IETU”.

·            LOS CONTRIBUYENTES PODRAN NO PRESENTAR LA INFORMACION DEL EJERCICIO FISCAL DE 2009, EN LAS COLUMNAS DENOMINADAS “TOTAL DEDUCIBLES PARA IETU” Y “TOTAL NO DEDUCIBLES PARA IETU”, SIEMPRE Y CUANDO SE PRESENTE LA INFORMACION DE LOS INDICES REFERIDOS PARA CADA TIPO DE DICTAMEN DE ESTADOS FINANCIEROS QUE SE SEÑALAN EN EL ANEXO “DATOS INFORMATIVOS”, COMO MAS ADELANTE SE DETALLA.

ANALISIS COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DE OTROS GASTOS (NO APLICABLE PARA DICTAMENES DEL SECTOR FINANCIERO).

·            EN EL ANALISIS COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DE OTROS GASTOS, LAS COLUMNAS DENOMINADAS: “DEDUCIBLES PARA ISR”, “NO DEDUCIBLES PARA ISR”, “DEDUCIBLES PARA IETU” Y “NO DEDUCIBLES PARA IETU”, SE PONDRA EL MONTO QUE DE LOS CONCEPTOS DE OTROS GASTOS QUE SE REPORTAN TIENEN EFECTO FISCAL. LAS PARTIDAS NO DEDUCIBLES SE REFIEREN A PARTIDAS CONTABLES Y NO FISCALES.

·            NO SERA NECESARIO PRESENTAR LA INFORMACION DEL EJERCICIO FISCAL DE 2008, EN LAS COLUMNAS DENOMINADAS “DEDUCIBLES PARA IETU” Y “ NO DEDUCIBLES PARA IETU”.

·            LOS CONTRIBUYENTES PODRAN NO PRESENTAR LA INFORMACION DEL EJERCICIO FISCAL DE 2009, EN LAS COLUMNAS DENOMINADAS “TOTAL DEDUCIBLES PARA IETU” Y “TOTAL NO DEDUCIBLES PARA IETU”, SIEMPRE Y CUANDO SE PRESENTE LA INFORMACION DE LOS INDICES REFERIDOS PARA CADA TIPO DE DICTAMEN DE ESTADOS FINANCIEROS QUE SE SEÑALAN EN EL ANEXO “DATOS INFORMATIVOS”, COMO MAS ADELANTE SE DETALLA.

ANALISIS COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DEL RESULTADO INTEGRAL DE FINANCIAMIENTO (NO APLICABLE PARA DICTAMENES DEL SECTOR FINANCIERO).

·            EN EL ANALISIS COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DEL RESULTADO INTEGRAL DE FINANCIAMIENTO, LAS COLUMNAS DENOMINADAS: “ACUMULABLES O DEDUCIBLES PARA ISR”, “NO ACUMULABLES O NO AFECTOS AL ISR (INGRESOS) NO DEDUCIBLES (GASTOS) PARA ISR”, “GRAVABLES O DEDUCIBLES PARA IETU” Y “EXENTOS O NO AFECTOS PARA EL IETU (INGRESOS) NO DEDUCIBLES (GASTOS) PARA IETU”, SE PONDRA EL MONTO QUE DE LOS CONCEPTOS DE INGRESOS O GASTOS QUE SE REPORTAN, SEGUN CORRESPONDA, TIENEN EFECTO FISCAL. LAS PARTIDAS NO DEDUCIBLES, NO ACUMULABLES O NO AFECTOS SE REFIEREN A PARTIDAS CONTABLES Y NO FISCALES.

·            NO SERA NECESARIO PRESENTAR LA INFORMACION DEL EJERCICIO FISCAL DE 2008, EN LAS COLUMNAS DENOMINADAS “GRAVABLES O DEDUCIBLES PARA IETU” Y “EXENTOS O NO AFECTOS PARA EL IETU (INGRESOS) NO DEDUCIBLES (GASTOS) PARA IETU”.

·            LOS CONTRIBUYENTES PODRAN NO PRESENTAR LA INFORMACION DEL EJERCICIO FISCAL DE 2009, EN LAS COLUMNAS DENOMINADAS “GRAVABLES O DEDUCIBLES PARA IETU” Y “EXENTOS O NO AFECTOS PARA IETU (INGRESOS) NO DEDUCIBLES (GASTOS) PARA IETU”, SIEMPRE Y CUANDO SE PRESENTE LA INFORMACION DE LOS INDICES REFERIDOS PARA CADA TIPO DE DICTAMEN DE ESTADOS FINANCIEROS QUE SE SEÑALAN EN EL ANEXO “DATOS INFORMATIVOS”, COMO MAS ADELANTE SE DETALLA.

RELACION DE CONTRIBUCIONES A CARGO DEL CONTRIBUYENTE COMO SUJETO DIRECTO O EN SU CARACTER DE RETENEDOR(A) O DE RECAUDADOR(A).

·EN ESTA RELACION, CUANDO EXISTAN DIFERENCIAS ENTRE LA COLUMNA “CONTRIBUCION DETERMINADA POR AUDITORIA A CARGO O A FAVOR” Y LA COLUMNA “CONTRIBUCION A CARGO O SALDO A FAVOR DETERMINADO POR EL CONTRIBUYENTE”, EN UNO O MAS INDICES DE LOS CAPITULOS:

- IMPUESTO SOBRE LA RENTA

- IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA

SE DEBERAN REPORTAR LAS DIFERENCIAS DETECTADAS EN CADA UNO DE LOS INDICES DE DICHOS CAPITULOS EN LA COLUMNA DE “DIFERENCIA”, EN EL INDICE CORRESPONDIENTE.

LA INFORMACION QUE SE REVELE EN LOS INDICES CORRESPONDIENTES A LA COLUMNA “CONTRIBUCION A CARGO O SALDO A FAVOR DETERMINADO POR EL CONTRIBUYENTE”, DEBERA CORRESPONDER A LOS IMPUESTOS EFECTIVAMENTE PAGADOS O A LOS SALDOS A FAVOR MANIFESTADOS POR EL CONTRIBUYENTE.

·NO SE DEBERA LLENAR LA INFORMACION CONTENIDA EN LAS COLUMNAS: “BASE GRAVABLE” Y “TASA, TARIFA O CUOTA”, EN LOS SIGUIENTES CONCEPTOS:

         COMO SUJETO DIRECTO.

o      IMPUESTO SOBRE LA RENTA, DEL INDICE “EXENCION PARA MAQUILADORAS (ARTICULO UNDECIMO DEL DECRETO PUBLICADO EN EL DOF EL 30 DE OCTUBRE DE 2003)” AL INDICE “DIFERENCIA A FAVOR DEL EJERCICIO”.

o      IMPUESTO A LOS DEPOSITOS EN EFECTIVO, DEL INDICE “IMPUESTO A LOS DEPOSITOS EN EFECTIVO RECAUDADO POR INSTITUCIONES DEL SISTEMA FINANCIERO Y OTRAS QUE TENGAN ESTA OBLIGACION” AL INDICE “NETO A CARGO”.

o      IMPUESTO A LOS DEPOSITOS EN EFECTIVO, DEL INDICE “IMPUESTO A LOS DEPOSITOS EN EFECTIVO EFECTIVAMENTE PAGADO ACREDITADO CONTRA IMPUESTO SOBRE LA RENTA A CARGO” AL INDICE “IMPUESTO A LOS DEPOSITOS EN EFECTIVO EFECTIVAMENTE PAGADO PENDIENTE DE DEVOLUCION”.

o      IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA, DEL INDICE “CREDITO FISCAL POR DEDUCCIONES MAYORES A LOS INGRESOS DE EJERCICIOS ANTERIORES” AL INDICE “SALDO A FAVOR DEL EJERCICIO”.

o      IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, DEL INDICE “SUMA DEL IVA CAUSADO DE LOS MESES DEL EJERCICIO” AL INDICE “SUMA DEL IVA DEVUELTO DE LOS MESES DEL EJERCICIO”.

o      IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCION Y SERVICIOS, DEL INDICE “SUMA DEL IEPS CAUSADO DE LOS MESES DEL EJERCICIO” AL INDICE “SUMA DEL IEPS DEVUELTO DE LOS MESES DEL EJERCICIO”.

o      IMPUESTO AL COMERCIO EXTERIOR EL INDICE “TOTAL DE IMPUESTOS AL COMERCIO EXTERIOR”.

         EN SU CARACTER DE RETENEDOR.

o      OTRAS CONTRIBUCIONES RETENIDAS, DEL INDICE “IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCION Y SERVICIOS RETENIDO” AL INDICE “OTROS”.

         COMPENSACIONES EFECTUADAS Y DEVOLUCIONES OBTENIDAS.

o      COMPENSACIONES EFECTUADAS DURANTE EL EJERCICIO, DEL INDICE “IMPUESTO AL VALOR AGREGADO” AL INDICE “OTRAS CONTRIBUCIONES FEDERALES”.

o      DEVOLUCIONES OBTENIDAS EN EL EJERCICIO, DEL INDICE “IMPUESTO AL VALOR AGREGADO” AL INDICE “OTRAS CONTRIBUCIONES FEDERALES”.

·CUANDO EN LA COLUMNA DE “TASA, TARIFA O CUOTA”, CORRESPONDAN VARIAS TASAS IMPOSITIVAS SE ANOTARA LA PALABRA “VARIAS”.

·EN LAS SIGUIENTES CONTRIBUCIONES COMO SUJETO DIRECTO, EL CONTRIBUYENTE LLENARA LOS DATOS CORRESPONDIENTES A LA SUMATORIA DE ENERO A DICIEMBRE:

o      IMPUESTO A LOS DEPOSITOS EN EFECTIVO, DEL INDICE “IMPUESTO A LOS DEPOSITOS EN EFECTIVO” AL INDICE “IMPUESTO A LOS DEPOSITOS EN EFECTIVO EFECTIVAMENTE PAGADO PENDIENTE DE DEVOLUCION”.

o      IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, DEL INDICE “VALOR DE LOS ACTOS O ACTIVIDADES GRAVADOS A LA TASA DEL 15%” AL INDICE “SUMA DEL IVA DEVUELTO EN LOS MESES DEL EJERCICIO”.

o      IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCION Y SERVICIOS, DEL INDICE “VALOR DE LOS ACTOS O ACTIVIDADES GRAVADOS A LA TASA DEL 20%” AL INDICE “SUMA DEL IEPS DEVUELTO EN LOS MESES DEL EJERCICIO”.

·            IMPUESTO SOBRE LA RENTA POR INGRESOS SUJETOS A REGIMENES FISCALES PREFERENTES.

          EN RELACION CON ESTE CONCEPTO, SE DEBERA CONSIDERAR COMO BASE GRAVABLE LA SUMA DE TODOS LOS INGRESOS GRAVABLES, UTILIDADES Y/O RESULTADOS FISCALES QUE PROVENGAN DE INGRESOS SUJETOS A REGIMENES FISCALES PREFERENTES OBTENIDOS POR LOS CONTRIBUYENTES A TRAVES DE ENTIDADES O FIGURAS JURIDICAS EXTRANJERAS EN LAS QUE PARTICIPEN, DIRECTA O INDIRECTAMENTE, EN LA PROPORCION QUE LES CORRESPONDA POR SU PARTICIPACION EN ELLAS, ASI COMO POR LOS INGRESOS QUE OBTENGAN A TRAVES DE ENTIDADES O FIGURAS JURIDICAS EXTRANJERAS QUE SEAN TRANSPARENTES FISCALES EN EL EXTRANJERO, LA SUMATORIA DEL IMPUESTO CAUSADO POR CADA UNA DE LAS INVERSIONES POR LAS QUE SE GENERO BASE GRAVABLE Y EL IMPUESTO PAGADO EN EL EJERCICIO. SE DEBERAN OMITIR, EN SU CASO, LAS UTILIDADES Y/O RESULTADOS FISCALES EN LAS QUE SE HAYA GENERADO O AMORTIZADO PERDIDAS, ES DECIR, UNICAMENTE SE CONSIDERARAN LOS INGRESOS GRAVABLES, UTILIDADES Y/O RESULTADOS FISCALES QUE HAYAN GENERADO BASE GRAVABLE PARA LA CAUSACION Y ENTERO DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.

·            “IMPUESTO SOBRE LA RENTA SOBRE DIVIDENDOS DISTRIBUIDOS NO PROVENIENTES DE CUFIN NI CUFINRE” E “IMPUESTO SOBRE LA RENTA SOBRE DIVIDENDOS DISTRIBUIDOS PROVENIENTES DE CUFINRE”.

          EN RELACION CON ESTOS CONCEPTOS, EN LA COLUMNA “BASE GRAVABLE” SE DEBERA SEÑALAR EL MONTO DEL DIVIDENDO DISTRIBUIDO ADICIONADO CON EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA QUE SE DEBE PAGAR CONFORME A LAS DISPOSICIONES FISCALES.

·            DERECHOS POR LOS SERVICIOS QUE PRESTA:

          EL INDICE: “EL INSTITUTO NACIONAL DE MIGRACION (INM)”, CORRESPONDE A LOS DERECHOS DE SERVICIOS DE NO INMIGRANTES (ARTICULO 8, FRACCIONES I A IX DE LA LEY FEDERAL DE DERECHOS), SERVICIOS MIGRATORIOS (ARTICULO 12 DE LA LEY FEDERAL DE DERECHOS) Y SERVICIOS MIGRATORIOS EXTRAORDINARIOS (ARTICULO 14-A, FRACCIONES I Y II DE LA LEY FEDERAL DE DERECHOS).

          EL INDICE: “SERVICIOS A LA NAVEGACION EN EL ESPACIO AEREO MEXICANO (SENEAM)” CORRESPONDE A LOS DERECHOS ESTABLECIDOS EN EL ARTICULO 289, FRACCIONES I Y II DE LA LEY FEDERAL DE DERECHOS.

          EL INDICE: “COMISION FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES (COFETEL)” CORRESPONDE A LOS DERECHOS ESTABLECIDOS EN LOS ARTICULOS 244, 244-A FRACCIONES I A V, 244-B, 244-C Y 244-D DE LA LEY FEDERAL DE DERECHOS.

          EN EL INDICE: “OTROS ESPECIFICAR CONCEPTO” SE ANOTARAN LOS DERECHOS FEDERALES MAS REPRESENTATIVOS EN CUANTO A MONTO QUE HAYA CAUSADO EL CONTRIBUYENTE DURANTE EL EJERCICIO.

·            COMPENSACIONES EFECTUADAS Y DEVOLUCIONES OBTENIDAS

          EN RELACION CON ESTOS CONCEPTOS, SE DEBERAN CONSIDERAR COMO COMPENSACIONES EFECTUADAS DURANTE EL EJERCICIO Y COMO DEVOLUCIONES OBTENIDAS EN EL EJERCICIO, A LAS CONTRIBUCIONES QUE CORRESPONDAN AL MISMO EJERCICIO DICTAMINADO, ASI COMO A LAS CONTRIBUCIONES COMPENSADAS EFECTUADAS Y A LAS DEVOLUCIONES OBTENIDAS EN EL EJERCICIO POR EL CUAL SE EMITE EL DICTAMEN FISCAL QUE PROVENGAN DE EJERCICIOS ANTERIORES.

RELACION DE PAGOS PROVISIONALES Y PAGOS MENSUALES DEFINITIVOS.

·            EN LAS COLUMNAS: “CONTRIBUCION A CARGO DETERMINADA POR AUDITORIA” Y “SALDO A FAVOR DETERMINADO POR AUDITORIA”, SE DEBERA ASENTAR EL MONTO DEL PAGO PROVISIONAL O DEFINITIVO DETERMINADO POR EL CONTADOR PUBLICO QUE DICTAMINO LOS ESTADOS FINANCIEROS DEL CONTRIBUYENTE.

·            EN LAS COLUMNAS: “CONTRIBUCION A CARGO DETERMINADA POR EL CONTRIBUYENTE” Y “SALDO A FAVOR DETERMINADO POR EL CONTRIBUYENTE”, SE DEBERA ASENTAR EL TOTAL QUE CORRESPONDA A CADA COLUMNA DE ACUERDO CON LOS DATOS DE LA ULTIMA DECLARACION NORMAL O COMPLEMENTARIA PRESENTADA POR EL CONTRIBUYENTE EN EL MES DE QUE SE TRATE.

·            CUANDO EL CONTRIBUYENTE HAYA REALIZADO PAGOS PROVISIONALES EN CANTIDADES INFERIORES A LAS QUE DEBIO HABER REALIZADO DE ACUERDO CON LOS CALCULOS DEL CONTADOR PUBLICO QUE DICTAMINO LOS ESTADOS FINANCIEROS Y SE HAYA DETERMINADO UNA CONTRIBUCION A CARGO ANUAL, SI EL CONTRIBUYENTE PAGO LA ACTUALIZACION Y LOS RECARGOS CORRESPONDIENTES, DESDE EL MES EN QUE DEBIO HACER EL PAGO PROVISIONAL Y HASTA EL MES EN QUE PRESENTO SU DECLARACION ANUAL, EN EL INFORME SOBRE LA REVISION DE LA SITUACION FISCAL DEL CONTRIBUYENTE SE HARA ESTA ACLARACION, SEÑALANDO EL NOMBRE DE LA CONTRIBUCION, EL MES O PERIODO AL QUE CORRESPONDE EL PAGO, EL MONTO HISTORICO NO PAGADO, LA ACTUALIZACION Y LOS RECARGOS ENTERADOS; EN ESTOS CASOS NO SE MOSTRARAN DIFERENCIAS EN AQUELLAS CONTRIBUCIONES EN LAS QUE SUCEDIO TAL CIRCUNSTANCIA.

·            LAS DIFERENCIAS QUE MUESTRE EN ESTE ANEXO CORRESPONDERAN A LAS QUE ESTEN PENDIENTES DE PAGO POR EL CONTRIBUYENTE AL MOMENTO DEL ENVIO DEL DICTAMEN FISCAL.

·            EL CONTRIBUYENTE PODRA CONSULTAR LOS PAGOS PROVISIONALES Y MENSUALES DEFINITIVOS QUE HAYA REALIZADO, CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO QUE SE DICTAMINA, PARA VERIFICAR LA INFORMACION REGISTRADA EN EL SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA (SAT), LA CONSULTA SE HARA A TRAVES DE LA PAGINA DE INTERNET DEL SAT, PREVIA IDENTIFICACION CON LA FIEL DEL CONTRIBUYENTE, SIGUIENDO LAS INSTRUCCIONES QUE AL EFECTO SE ESPECIFICAN EN LA PROPIA PAGINA DEL SAT.

DETERMINACION DE PAGOS PROVISIONALES Y PAGOS MENSUALES DEFINITIVOS.

·            CUANDO EXISTAN DIFERENCIAS A CARGO DEL CONTRIBUYENTE EN EL ANEXO “RELACION DE PAGOS PROVISIONALES Y PAGOS MENSUALES DEFINITIVOS” ENTRE LAS COLUMNAS “CONTRIBUCION A CARGO DETERMINADA POR AUDITORIA” Y LA “CONTRIBUCION A CARGO DETERMINADA POR EL CONTRIBUYENTE”, O ENTRE EL “SALDO A FAVOR DETERMINADO POR AUDITORIA” Y EL “SALDO A FAVOR DETERMINADO POR EL CONTRIBUYENTE”, POR CONCEPTO DE PAGOS PROVISIONALES O PAGOS MENSUALES DEFINITIVOS, SE DEBERA PROPORCIONAR LA INFORMACION SOLICITADA EN ESTE ANEXO, ANALIZANDOLA, TAL COMO SE INDICA EN ESTE ANEXO, POR MES O PERIODO AL QUE CORRESPONDE LA DIFERENCIA, UNICAMENTE DE AQUELLOS PAGOS PROVISIONALES O MENSUALES DEFINITIVOS EN LOS QUE EL CONTADOR PUBLICO REGISTRADO DETERMINE DIFERENCIAS A CARGO DEL CONTRIBUYENTE CON MOTIVO DE SU REVISION, SIEMPRE Y CUANDO DICHAS DIFERENCIAS A LA FECHA DE LA PRESENTACION DEL DICTAMEN, ESTEN PENDIENTES DE PAGO.

LOS CONTRIBUYENTES QUE PRESENTEN EL DICTAMEN DE ESTADOS FINANCIEROS APLICABLE A SOCIEDADES CONTROLADORAS Y CONTROLADAS, INVARIABLEMENTE DEBERAN PROPORCIONAR LA INFORMACION SOLICITADA EN ESTE ANEXO.

BASE PARA LA DETERMINACION DEL IMPUESTO RETENIDO SOBRE HONORARIOS, ARRENDAMIENTOS E INTERESES.

·            ESTE ANEXO SE LLENARA UNICAMENTE CUANDO EXISTA IMPUESTO SOBRE LA RENTA RETENIDO POR EL CONTRIBUYENTE POR CUALQUIERA DE LOS CONCEPTOS SIGUIENTES: HONORARIOS, ARRENDAMIENTOS E INTERESES, Y SE DEJARAN EN BLANCO LOS RUBROS NO APLICABLES.

·            LOS CONCEPTOS CAPITALIZADOS SE REFIEREN A HONORARIOS, ARRENDAMIENTOS E INTERESES CUYO IMPORTE FORMA PARTE DEL MONTO ORIGINAL DE LA INVERSION EN ACTIVOS FIJOS, GASTOS Y CARGOS DIFERIDOS, ASI COMO POR EROGACIONES REALIZADAS EN PERIODOS PREOPERATIVOS.

·            LAS INSTITUCIONES DE CREDITO, LAS CASAS DE BOLSA Y LAS SOCIEDADES DE INVERSION, PODRAN NO PRESENTAR LA INFORMACION RELATIVA A LA BASE PARA LA DETERMINACION DEL IMPUESTO RETENIDO SOBRE INTERESES.

OPERACIONES CON RESIDENTES EN EL EXTRANJERO.

·            ESTE ANEXO SE REFIERE A OPERACIONES AFECTAS A RETENCION EN EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.

·            EN ESTE ANEXO LOS DATOS SE PROPORCIONARAN AGRUPADOS POR CADA RESIDENTE EN EL EXTRANJERO, PARTE RELACIONADA Y PARTE NO RELACIONADA, GLOBALIZANDO LAS OPERACIONES POR CONCEPTO DE PAGO Y POR TASA DE IMPUESTO RETENIDO CONSIGNANDOLAS EN EL RENGLON QUE LES CORRESPONDA.

·            EN LA COLUMNA “NUMERO DE IDENTIFICACION FISCAL”, SE ANOTARA EL NUMERO O CLAVE DE IDENTIFICACION FISCAL QUE UTILIZA EL RESIDENTE EN EL EXTRANJERO, PARTE RELACIONADA Y NO RELACIONADA EN SU PAIS DE RESIDENCIA, EN CASO DE QUE EN EL PAIS DE RESIDENCIA DE LA PARTE RELACIONADA Y NO RELACIONADA NO SE UTILICE DICHA CLAVE, SE ANOTARA N/A.

·            EN LA COLUMNA “PAIS DE RESIDENCIA”, SE DEBERA ANOTAR LA CLAVE Y NOMBRE DEL PAIS DE RESIDENCIA, DE CONFORMIDAD CON EL CATALOGO CONTENIDO EN EL APENDICE VI DE ESTE INSTRUCTIVO.

·            EN LA COLUMNA “CONCEPTO DEL PAGO”, SE DEBERA ANOTAR LA CLAVE Y EL CONCEPTO DEL PAGO, DE CONFORMIDAD CON EL CATALOGO CONTENIDO EN EL APENDICE IX DE ESTE INSTRUCTIVO.

·            EN ESTE ANEXO SE REFLEJARAN DIFERENCIAS DE IMPUESTO CUANDO ESTEN PENDIENTES DE PAGO A LA FECHA DE PRESENTACION DEL DICTAMEN.

·            EN CASO DE PROCEDER ALGUNA ACLARACION A LA INFORMACION CONTENIDA EN ESTE ANEXO, EL CONTADOR PUBLICO QUE DICTAMINO DEBERA HACERLA EN EL INFORME SOBRE LA REVISION DE LA SITUACION FISCAL DEL CONTRIBUYENTE, O BIEN EL CONTRIBUYENTE A TRAVES DEL ANEXO DE INFORMACION ADICIONAL.

RESPONSABILIDAD SOLIDARIA POR OPERACIONES DE RESIDENTES EN EL EXTRANJERO (EXCLUSIVAMENTE DE ENAJENACION DE ACCIONES)

·            EN ESTE ANEXO LOS DATOS SE PROPORCIONARAN AGRUPADOS POR CADA RESIDENTE EN EL EXTRANJERO, GLOBALIZANDO LAS OPERACIONES POR EL CONCEPTO ESPECIFICO DE LA OPERACION.

·            EN LA COLUMNA “NUMERO DE IDENTIFICACION FISCAL”, SE ANOTARA EL NUMERO O CLAVE DE IDENTIFICACION FISCAL QUE UTILIZA EL RESIDENTE EN EL EXTRANJERO EN SU PAIS DE RESIDENCIA, EN CASO DE QUE EN EL PAIS DE RESIDENCIA NO SE UTILICE DICHA CLAVE, SE ANOTARA N/A.

·            EN LA COLUMNA “PAIS DE RESIDENCIA DE LA ENTIDAD EXTRANJERA”, SE DEBERA ANOTAR LA CLAVE Y NOMBRE DEL PAIS DE RESIDENCIA DE LA ENTIDAD EXTRANJERA, DE CONFORMIDAD CON EL CATALOGO CONTENIDO EN EL APENDICE VI DE ESTE INSTRUCTIVO.

·            EN LA COLUMNA “CONCEPTO ESPECIFICO DE LA OPERACION”, SE DEBERA ANOTAR LA CLAVE Y EL CONCEPTO DE LA OPERACION, DE CONFORMIDAD CON EL CATALOGO CONTENIDO EN EL APENDICE IX DE ESTE INSTRUCTIVO.

·            EN LA COLUMNA “TIPO DE MONEDA” SE DEBERA ANOTAR LA MONEDA QUE CORRESPONDA DE CONFORMIDAD CON EL CATALOGO CONTENIDO EN EL APENDICE VII DE ESTE INSTRUCTIVO.

·            EN CASO DE PROCEDER ALGUNA ACLARACION A LA INFORMACION CONTENIDA EN ESTE ANEXO, EL CONTADOR PUBLICO QUE DICTAMINO DEBERA HACERLA EN EL INFORME SOBRE LA REVISION DE LA SITUACION FISCAL DEL CONTRIBUYENTE, O BIEN EL CONTRIBUYENTE A TRAVES DEL ANEXO DE INFORMACION ADICIONAL.

·            LA INFORMACION DE ESTE ANEXO, ASI COMO LA PREGUNTA REALIZADA EN LA SECCION DE DATOS GENERALES “FUE RESPONSABLE SOLIDARIO EN EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA EN ALGUNA ENAJENACION DE ACCIONES EFECTUADA POR RESIDENTES EN EL EXTRANJERO”, SE REFIEREN A CUANDO EL CONTRIBUYENTE ACTUA COMO RESPONSABLE SOLIDARIO DE ALGUN RESIDENTE EN EL EXTRANJERO POR LAS CONTRIBUCIONES QUE ESTE CAUSA Y CUYA OPERACION QUE DIO LUGAR AL PAGO DE LA CONTRIBUCION FUE REALIZADA CON UNA PERSONA DISTINTA AL CONTRIBUYENTE DICTAMINADO, POR EJEMPLO, ENAJENACIONES DE ACCIONES DEL RESIDENTE EN EL EXTRANJERO REALIZADAS A UNA PERSONA DISTINTA AL CONTRIBUYENTE, PERO EN LA CUAL ESTE ULTIMO ACTUA COMO REPRESENTANTE EN EL PAIS DEL RESIDENTE EN EL EXTRANJERO (ARTICULO 190 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA VIGENTE EN 2009).

DETERMINACION MENSUAL DEL IMPUESTO A LOS DEPOSITOS EN EFECTIVO (NO APLICABLE PARA DICTAMENES DEL SECTOR FINANCIERO).

·            EN ESTE ANEXO LOS DATOS SE PROPORCIONARAN AGRUPADOS POR MES Y POR CADA INSTITUCION DEL SISTEMA FINANCIERO A QUE SE REFIERE LA LEY DEL IMPUESTO A LOS DEPOSITOS EN EFECTIVO, QUE RECAUDO EL IMPUESTO A LOS DEPOSITOS EN EFECTIVO, Y EN LOS CASOS EN QUE EL CONTRIBUYENTE REALICE DIRECTAMENTE UN PAGO DEL IMPUESTO A LOS DEPOSITOS EN EFECTIVO, SE USARA EL TERMINO “PAGO DIRECTO” Y SE AGRUPARA EN EL MES QUE CORRESPONDA.

·            EN LA COLUMNA “TOTAL DE DEPOSITOS EN EFECTIVO (ART. 1 L.I.D.E.)” SE ANOTARAN TODOS LOS DEPOSITOS EN EFECTIVO, EN MONEDA NACIONAL O EXTRANJERA (CONVERTIDOS A MONEDA NACIONAL), QUE SE HAYAN REALIZADO EN EL MES DE QUE SE TARTE, SIN CONSIDERAR LOS QUE SE HAYAN EFECTUADO MEDIANTE TRANSFERENCIAS ELECTRONICAS, TRASPASOS DE CUENTAS, TITULOS DE CREDITO O CUALQUIER OTRO DOCUMENTO O SISTEMA PACTADO CON INSTITUCIONES DEL SISTEMA FINANCIERO, TAMPOCO SE CONSIDERARAN LAS ADQUISICIONES EN EFECTIVO DE CHEQUES DE CAJA.

·            EN LA COLUMNA “DEPOSITOS POR LOS QUE NO SE ESTA OBLIGADO AL PAGO DEL IMPUESTO (ART. 2 L.I.D.E.)” SE ANOTARA POR CADA MES Y POR CADA INSTITUCION DEL SISTEMA FINANCIERO, EL MONTO PREVISTO EN EL PRIMER PARRAFO DE LA FRACCION III DEL ARTICULO 2 DE LA L.I.D.E., EXCEPTO CUANDO SE TRATE DE ADQUISICIONES DE CHEQUES DE CAJA.

·            EN LA COLUMNA “ADQUISICION EN EFECTIVO DE CHEQUES DE CAJA” SE ANOTARA EL MONTO TOTAL POR MES, QUE CORRESPONDA A LAS ADQUISICIONES DE CHEQUES DE CAJA PAGADAS EN EFECTIVO.

·            EL IMPORTE DE LA COLUMNA “DEPOSITOS EN EFECTIVO GRAVADOS Y ADQUISICION EN EFECTIVO CHEQUES DE CAJA” SERA EL RESULTADO DE DISMINUIR DEL IMPORTE DE LA COLUMNA “TOTAL DE DEPOSITOS EN EFECTIVO” EL IMPORTE DE LA COLUMNA “DEPOSITOS POR LOS QUE NO SE ESTA OBLIGADO AL PAGO DEL IMPUESTO” INCREMENTANDO LOS IMPORTES DE LA COLUMNA “ADQUISICION EN EFECTIVO DE CHEQUES DE CAJA”.

·            NO SERA NECESARIO LLENAR ESTE ANEXO EN LOS MESES EN QUE EL TOTAL DE DEPOSITOS EN EFECTIVO REALIZADO EN ALGUNA DE LAS INSTITUCIONES DEL SISTEMA FINANCIERO A QUE SE REFIERE LA L.I.D.E., NO REBASE EL MONTO PREVISTO EN EL PRIMER PARRAFO DE LA FRACCION III DEL ARTICULO 2 DE DICHA LEY, Y CUANDO NO SE HAYAN EFECTUADO ADQUISICIONES EN EFECTIVO DE CHEQUES DE CAJA. CUANDO EN UN MES NO SE REBASE EL MONTO ANTES CITADO, PERO SI SE REALICE LA ADQUSICION DE CHEQUES DE CAJA EN EFECTIVO, NO SERA NECESARIO ANOTAR CANTIDAD ALGUNA EN LAS COLUMNAS “TOTAL DE DEPOSITOS EN EFECTIVO (ART. 1 L.I.D.E.)” Y “DEPOSITOS POR LOS QUE NO SE ESTA OBLIGADO AL PAGO DEL IMPUESTO (ART. 2 L.I.D.E-)”

·            EN LA COLUMNA “TOTAL DEL IMPUESTO RECAUDADO POR LA INSTITUCION DEL SISTEMA FINANCIERO”, SE INCLUIRAN LAS RECAUDACIONES EFECTUADAS POR LAS INSTITUCIONES REFERIDAS EN EL ARTICULO SEGUNDO TRANSITORIO DEL DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE LA LEY DEL IMPUESTO A LOS DEPOSITOS EN EFECTIVO.

·            EN LA COLUMNA “IMPUESTO PAGADO DIRECTAMENTE POR EL CONTRIBUYENTE” SE ANOTARA EL IMPUESTO PAGADO POR EL CONTRIBUYENTE COMO CONSECUENCIA DEL PROCEDIMIENTO REFERIDO EN EL ARTICULO 5 DE LA L.I.D.E.

·            SI EL CONTRIBUYENTE NO OPTO POR EFECTUAR EL ACREDITAMIENTO DEL IMPUESTO DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO POR EL ARTICULO 9 DE LA LEY DEL IMPUESTO A LOS DEPOSITOS EN EFECTIVO, LAS COLUMNAS “OPCION ARTICULO 9 DE LA L.I.D.E. (ACREDITAMIENTO POR ESTIMACION DEL I.D.E.)”, NO LE SON APLICABLES.

·            CUANDO EL CONTRIBUYENTE ESTE EXENTO DEL IMPUESTO A LOS DEPOSITOS EN EFECTIVO, NO HAYA REALIZADO DEPOSITOS EN EFECTIVO DURANTE EL EJERCICIO, O BIEN, NO HAYA TENIDO DEPOSITOS GRAVADOS EN LOS TERMINOS DE LAS DISPOSICIONES FISCALES, DEJARA EN BLANCO ESTE ANEXO.

·            EN CASO DE PROCEDER ALGUNA ACLARACION CON EL CONTENIDO DE ESTE ANEXO, EL CONTADOR PUBLICO QUE DICTAMINO DEBERA HACERLA EN EL INFORME SOBRE LA REVISION DE LA SITUACION FISCAL DEL CONTRIBUYENTE, O BIEN, EL CONTRIBUYENTE A TRAVES DEL ANEXO DE INFORMACION ADICIONAL.

RELACION DEL IMPUESTO A LOS DEPOSITOS EN EFECTIVO RECAUDADO Y PENDIENTE DE RECAUDAR (APLICABLE A INSTITUCIONES DEL SISTEMA FINANCIERO A QUE SE REFIERE LA L.I.D.E.).

·            EN ESTE ANEXO LOS DATOS SE PROPORCIONARAN AGRUPADOS POR MES.

·            EN LA COLUMNA “I.D.E. PENDIENTE DE RECAUDAR EN EL EJERCICIO” SE ANOTARAN LAS CANTIDADES NO RECAUDADAS POR FALTA DE FONDOS DEL CONTRIBUYENTE O POR OMISION.

·            EN CASO DE PROCEDER ALGUNA ACLARACION CON EL CONTENIDO DE ESTE ANEXO, EL CONTADOR PUBLICO QUE DICTAMINO DEBERA HACERLA EN EL INFORME SOBRE LA REVISION DE LA SITUACION FISCAL DEL CONTRIBUYENTE, O BIEN, EL CONTRIBUYENTE A TRAVES DEL ANEXO DE INFORMACION ADICIONAL.

RELACION DE CONTRIBUCIONES POR PAGAR.

·            LAS CONTRIBUCIONES QUE AL CIERRE DEL EJERCICIO DICTAMINADO SE HUBIEREN CAUSADO Y ESTEN PENDIENTES DE PAGO, SEGUN EL ESTADO DE POSICION FINANCIERA, SE RELACIONARAN EN EL ANEXO DENOMINADO “RELACION DE CONTRIBUCIONES POR PAGAR”, IDENTIFICANDOLAS POR TIPO DE CONTRIBUCION Y DENTRO DE ESTA, POR MES, EJERCICIO O PERIODO DE CAUSACION, INDICANDO SU IMPORTE, FECHA DE PAGO Y NOMBRE DE LA INSTITUCION DE CREDITO O SAT EN EL QUE SE EFECTUO EL PAGO, O EN SU CASO, NUMERO DE LA OPERACION, O BIEN, DEJANDO EN BLANCO ESTOS DATOS CON EXCEPCION DEL IMPORTE, CUANDO NO SE HUBIERA CUBIERTO LA CONTRIBUCION A LA FECHA DE PRESENTACION DEL DICTAMEN.

·            EL CONTADOR PUBLICO QUE DICTAMINO DEBERA MANIFESTAR EN EL INFORME SOBRE LA REVISION DE LA SITUACION FISCAL DEL CONTRIBUYENTE, LOS IMPUESTOS RETENIDOS POR CONCEPTO DE I.S.R. PENDIENTES DE PAGO A LA FECHA DE PRESENTACION DEL DICTAMEN, SEÑALANDO: LA BASE DEDUCIDA A LA QUE CORRESPONDEN DICHAS RETENCIONES, EL PERIODO Y EL CONCEPTO DEL PAGO.

EL CONTADOR PUBLICO QUE DICTAMINO QUEDARA RELEVADO DE MANIFESTAR DICHA INFORMACION, CUANDO CON MOTIVO DE SU AUDITORIA, HAYA CONSIDERADO COMO CONCEPTOS NO DEDUCIBLES PARA EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA A CARGO DEL CONTRIBUYENTE, LAS BASES A LAS QUE CORRESPONDEN LOS IMPUESTOS RETENIDOS PENDIENTES DE PAGO, DEBIENDO PRECISAR EN SU INFORME ESTA SITUACION.

·            LOS CONTRIBUYENTES QUE ESTEN EFECTUANDO EL PAGO EN PARCIALIDADES, DE UNA O MAS CONTRIBUCIONES, DEBERAN ANOTAR LOS DATOS DEL AVISO DE OPCION, (ESCRITO LIBRE): NUMERO DE FOLIO, FECHA DE PRESENTACION Y LA ADMINISTRACION RECEPTORA, ASI COMO LOS DATOS DEL OFICIO DE AUTORIZACION DE PAGO EN PARCIALIDADES, INDICANDO EL NUMERO DEL OFICIO Y LA FECHA.

EJEMPLO DE LLENADO DEL ANEXO EN EL CASO DE UN CONTRIBUYENTE QUE PRESENTA DICTAMEN DE ESTADOS FINANCIEROS APLICABLE A LAS SOCIEDADES CONTROLADORAS Y CONTROLADAS, CON LOS SUPUESTOS SIGUIENTES:

-        SE LE DETERMINO, CON MOTIVO DEL DICTAMEN, UNA DIFERENCIA DE I.S.R. A CARGO, QUE A LA FECHA DE PRESENTACION DEL DICTAMEN NO SE HA CUBIERTO.

-        AL CIERRE DEL EJERCICIO NO HA EFECTUADO LOS PAGOS PROVISIONALES DEL I.S.R. A SU CARGO, DE LOS MESES DE NOVIEMBRE Y DICIEMBRE, MISMOS QUE QUEDAN CUBIERTOS EN EL MES DE ENERO DEL AÑO SIGUIENTE Y DE LOS CUALES SE PRESENTA UNA DECLARACION COMPLEMENTARIA EN EL MES DE MARZO DEL AÑO SIGUIENTE.

-        AL CIERRE DEL EJERCICIO NO HA EFECTUADO EL ENTERO DE LAS RETENCIONES DEL I.S.R. SOBRE SUELDOS Y SALARIOS DE DICIEMBRE, MISMAS QUE QUEDARON CUBIERTAS EN EL MES DE ENERO DEL AÑO SIGUIENTE.

ESTOS DATOS SE REFLEJARAN EN EL ANEXO “RELACION DE CONTRIBUCIONES POR PAGAR”, EN LOS INDICES Y CON LOS CONCEPTOS SIGUIENTES:

IMPUESTO SOBRE LA RENTA CAUSADO COMO SUJETO DIRECTO

 

 

DETERMINADO AL CIERRE DEL EJERCICIO POR DICTAMEN

 

SE LLENARA UNICAMENTE LA COLUMNA DE IMPORTE

PAGO PROVISIONAL DE NOVIEMBRE DE 2009

 

SE LLENARAN, ADEMAS DE LA COLUMNA DE IMPORTE LAS QUE APLIQUEN PARA ANOTAR LA FECHA Y FORMA DE PAGO

PAGO PROVISIONAL COMPLEMENTARIO DE NOVIEMBRE DE 2009

 

SE LLENARAN, ADEMAS DE LA COLUMNA DE IMPORTE LAS QUE APLIQUEN PARA ANOTAR LA FECHA Y FORMA DE PAGO

PAGO PROVISIONAL DE DICIEMBRE DE 2009

 

SE LLENARAN, ADEMAS DE LA COLUMNA DE IMPORTE LAS QUE APLIQUEN PARA ANOTAR LA FECHA Y FORMA DE PAGO

PAGO PROVISIONAL COMPLEMENTARIO DE DICIEMBRE DE 2009

 

SE LLENARAN, ADEMAS DE LA COLUMNA DE IMPORTE LAS QUE APLIQUEN PARA ANOTAR LA FECHA Y FORMA DE PAGO

IMPUESTO SOBRE LA RENTA POR SALARIOS Y EN GENERAL POR LA PRESTACION DE UN SERVICIO PERSONAL SUBORDINADO EN SU CARACTER DE RETENEDOR

 

 

CORRESPONDIENTE AL MES DE DICIEMBRE DE 2009

 

SE LLENARAN, ADEMAS DE LA COLUMNA DE IMPORTE LAS QUE APLIQUEN PARA ANOTAR LA FECHA Y FORMA DE PAGO

 

·            SI POR ALGUNA RAZON EL CONTRIBUYENTE REFLEJA EN SUS CUENTAS DEL PASIVO, CONTRIBUCIONES POR PAGAR CON SALDOS DE CONTRIBUCIONES NO CAUSADAS AL CIERRE DEL EJERCICIO, A PARTIR DEL INDICE “ESPECIFICAR CONCEPTO Y PERIODO AL QUE CORRESPONDE” DEBERA REFLEJAR ESOS SALDOS.

·            SI ALGUNA DE LAS CONTRIBUCIONES PENDIENTES DE PAGO SE ENCUENTRA EN LITIGIO EL CONTRIBUYENTE DEBERA ADICIONAR EN LA CONTRIBUCION DE QUE SE TRATE EN LA COLUMNA DE CONCEPTO, LA PALABRA “LITIGIO” PARA IDENTIFICAR LA RAZON POR LA CUAL NO SE HA CUBIERTO ESA CONTRIBUCION.

CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y FISCAL PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE
LA RENTA.

·            EN EL CONCEPTO “EFECTO DE LA INFLACION DE LA NIF B-10” SE ANOTARA EL IMPORTE NETO DE LA INFLACION RECONOCIDO EN LA UTILIDAD O PERDIDA NETA SIN CONSIDERAR EL RESULTADO FAVORABLE O DESFAVORABLE CORRESPONDIENTE AL RESULTADO POR POSICION MONETARIA.

·            EN EL CONCEPTO “PERDIDA EN ENAJENACION DE ACCIONES” SE ANOTARA EL IMPORTE DE LA PERDIDA EN ENAJENACION DE ACCIONES DEDUCIDA EN EL EJERCICIO, POR LO MISMO DICHO IMPORTE NO DEBERA REFLEJARSE COMO PARTE DE LAS DEDUCCIONES FISCALES NO CONTABLES.

·            CUANDO EL CONTRIBUYENTE DETERMINE PERDIDA FISCAL, SOLAMENTE DEBERA LLENAR ESTE ANEXO, HASTA EL INDICE “PERDIDA FISCAL DEL EJERCICIO”, CONCLUYENDO LA CONCILIACION. POR NINGUN MOTIVO DEBERA ANOTAR EL IMPORTE DE LA PERDIDA FISCAL EN EL INDICE “RESULTADO FISCAL”.

·            CUANDO EL CONTRIBUYENTE AMORTICE PERDIDAS FISCALES DE EJERCICIOS ANTERIORES, NO DEBERA ASENTAR EN ESE RENGLON UN MONTO MAYOR AL DE LA UTILIDAD FISCAL DEL EJERCICIO.

INTEGRACION DEL INVENTARIO ACUMULABLE (NO APLICABLE PARA DICTAMENES DEL SECTOR FINANCIERO, EXCEPTO EN INTERMEDIARIOS FINANCIEROS NO BANCARIOS).

·            LOS CONTRIBUYENTES QUE NO HAYAN OPTADO POR APLICAR LO DISPUESTO POR LA FRACCION IV DEL ARTICULO 3 DE LAS DISPOSICIONES TRANSITORIAS DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, DEL DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN, ADICIONAN, DEROGAN Y ESTABLECEN DIVERSAS DISPOSICIONES, APLICABLES A LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION DEL 1 DE DICIEMBRE DE 2004, DEBERAN DEJAR EN BLANCO ESTE ANEXO, DEDUCIENDO EL COSTO DE LO VENDIDO CONFORME SE ENAJENAN LAS MERCANCIAS.

INTEGRACION DE PERDIDAS FISCALES DE EJERCICIOS ANTERIORES.

·            LA INFORMACION DE ESTE ANEXO, SE PRESENTARA SOLO CUANDO EN EL EJERCICIO FISCAL DICTAMINADO SE HAYAN DISMINUIDO PERDIDAS FISCALES DE EJERCICIOS ANTERIORES O CUANDO EL CONTRIBUYENTE HAYA TENIDO PARTICIPACION EN ALGUNA FUSION O ESCISION. LO ANTERIOR NO APLICA PARA LOS CONTRIBUYENTES QUE PRESENTEN EL DICTAMEN DE ESTADOS FINANCIEROS APLICABLE A SOCIEDADES CONTROLADORAS Y CONTROLADAS, LOS CUALES INVARIABLEMENTE DEBERAN PROPORCIONAR LA INFORMACION SOLICITADA EN ESTE ANEXO.

CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA. CUFIN.

·            LA INFORMACION QUE SE SOLICITA PARA EFECTOS DE LA CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA, SE DEBERA PROPORCIONAR CON UNA INTEGRACION DE LA MISMA, DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 88 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.

·            SE INTEGRARA LA UTILIDAD FISCAL NETA DEL EJERCICIO GENERADA EN LOS SIGUIENTES PERIODOS: DE 1975 A 1988, DE 1989 A 1998, DE 1999 A 2001, DE 2002 A 2004 Y DE 2005 A 2009, ANOTANDO LAS CANTIDADES RELACIONADAS CON LA INTEGRACION DE LA UTILIDAD EN LA COLUMNA DEL EJERCICIO FISCAL AL QUE CORRESPONDAN.

·            PARA EFECTOS DE ESTE ANEXO, CUANDO SE PERCIBAN O DISTRIBUYAN DIVIDENDOS, SE PODRAN ABRIR INDICES ADICIONALES A LOS YA EXISTENTES, CUANDO SE REQUIERA UTILIZAR RENGLONES ADICIONALES A LOS PREESTABLECIDOS, APLICANDO LA MECANICA OPERACIONAL CONTEMPLADA EN ESTE ANEXO, ENTRE EL CONCEPTO “FACTOR DE ACTUALIZACION AL MES EN QUE SE PERCIBAN DIVIDENDOS” Y EL CONCEPTO “SALDO CUFIN ACTUALIZADO DESPUES DEL COBRO DE DIVIDENDOS”.

         EJEMPLO ESTOS CONCEPTOS SE PRESENTAN COMO SIGUE:

FACTOR DE ACTUALIZACION AL MES EN QUE SE PERCIBAN DIVIDENDOS

SALDO CUFIN ACTUALIZADO ANTES DE QUE SE PERCIBAN DIVIDENDOS

DIVIDENDOS COBRADOS

SALDO CUFIN ACTUALIZADO DESPUES DEL COBRO DE DIVIDENDOS

 

·            LA PRESENTACION DE ESTA INFORMACION SERA OBLIGATORIA PARA AQUELLOS CONTRIBUYENTES QUE DISTRIBUYAN O PERCIBAN DIVIDENDOS PROVENIENTES DE LA CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA.

CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA REINVERTIDA.- (CUFINRE).

·            SE INTEGRARA LA UTILIDAD FISCAL NETA REINVERTIDA DEL EJERCICIO GENERADA EN LOS EJERCICIOS DE 1999, 2000 Y 2001.

·            LA PRESENTACION DE ESTA INFORMACION SERA OBLIGATORIA PARA AQUELLOS CONTRIBUYENTES QUE DISTRIBUYAN DIVIDENDOS PROVENIENTES DE LA CUENTA DE UTILIDIDAD FISCAL NETA REINVERTIDA.

OPERACIONES FINANCIERAS DERIVADAS CONTRATADAS CON RESIDENTES EN EL EXTRANJERO.

·            LA INFORMACION DE ESTE ANEXO SE PRESENTARA POR EL EJERCICIO FISCAL DE 2009.

·            LOS CONTRIBUYENTES QUE HAYAN OPTADO POR APLICAR LO DISPUESTO POR LA FRACCION II DE LA REGLA I.2.10.15. DE LA PRIMERA RESOLUCION DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2009 PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 7 DE AGOSTO DE 2009 (REGLA I.2.18.5. DE LA SEGUNDA RESOLUCION DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2009 PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 21 DE DICIEMBRE DE 2009), PROPORCIONARAN LA INFORMACION DE ESTE ANEXO QUE DIFIRIERON DEL EJERCICIO FISCAL DE 2008, CONJUNTAMENTE CON LA CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL 2009.

·            EN ESTE ANEXO LOS DATOS SE PROPORCIONARAN AGRUPADOS POR CADA RESIDENTE EN EL EXTRANJERO, GLOBALIZANDO LAS OPERACIONES POR TIPO DE OPERACION Y MONTO CONTRATADO.

·            EN LA COLUMNA “NUMERO DE IDENTIFICACION FISCAL”, SE ANOTARA EL NUMERO O CLAVE DE IDENTIFICACION FISCAL QUE UTILIZA EL RESIDENTE EN EL EXTRANJERO EN SU PAIS DE RESIDENCIA, EN CASO DE QUE EN EL PAIS DE RESIDENCIA NO SE UTILICE DICHA CLAVE, SE ANOTARA N/A.

·            EN LA COLUMNA “PAIS DE RESIDENCIA”, SE DEBERA ANOTAR LA CLAVE Y NOMBRE DEL PAIS DE RESIDENCIA, DE CONFORMIDAD CON EL CATALOGO CONTENIDO EN EL APENDICE VI DE ESTE INSTRUCTIVO.

·            EL DATO DE LA COLUMNA “TIPO DE OPERACION CONTRATADA, DEUDA O CAPITAL” SE LLENARA DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ULTIMO PARRAFO DEL ARTICULO 16-A DEL CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION, QUE ESTABLECE LO SIGUIENTE:

“16-A PARA LOS EFECTOS DE LAS DISPOSICIONES FISCALES, SE ENTIENDE POR OPERACIONES FINANCIERAS DERIVADAS LAS SIGUIENTES:

SE CONSIDERAN OPERACIONES FINANCIERAS DERIVADAS DE DEUDA, AQUELLAS QUE ESTEN REFERIDAS A TASAS DE INTERES, TITULOS DE DEUDA O AL INDICE NACIONAL DE PRECIOS AL CONSUMIDOR; ASIMISMO, SE ENTIENDE POR OPERACIONES FINANCIERAS DERIVADAS DE CAPITAL, AQUELLAS QUE ESTEN REFERIDAS A OTROS TITULOS, MERCANCIAS, DIVISAS O CANASTAS O INDICES ACCIONARIOS. LAS OPERACIONES FINANCIERAS DERIVADAS QUE NO SE ENCUADREN DENTRO DE LOS SUPUESTOS A QUE SE REFIERE ESTE PARRAFO, SE CONSIDERARAN DE CAPITAL O DE DEUDA ATENDIENDO A LA NATURALEZA DEL SUBYACENTE.

·            EL DATO DEL “MONTO CONTRATADO” SE EXPRESARA EN MONEDA EXTRANJERA.

·            EN EL DATO “TIPO DE MONEDA”, SE ANOTARA LA MONEDA Y EL PAIS AL QUE CORRESPONDE DE CONFORMIDAD CON EL CATALOGO CONTENIDO EN EL APENDICE VII DE ESTE INSTRUCTIVO.

·            EL DATO PORCENTAJE DE LA COLUMNA “TASA DE INTERES” SE EXPRESARA EN PORCENTAJE.

·            LAS INSTITUCIONES DE CREDITO, LAS CASAS DE BOLSA Y LAS SOCIEDADES DE INVERSION DE CAPITALES PODRAN OPTAR POR PRESENTAR LA INFORMACION DE ESTE ANEXO AGRUPADA Y CONCENTRADA HOMOGENEAMENTE POR CADA RESIDENTE EN EL EXTRANJERO CON EL QUE CELEBRARON OPERACIONES DE LA SIGUIENTE FORMA:

>      LOS INDICES QUE CORRESPONDAN.

>      EL NOMBRE, DENOMINACION O RAZON SOCIAL DE LOS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO.

>      EN EL NUMERO DE IDENTIFICACION FISCAL, SE PODRA PONER UN CERO.

>      PAIS DE RESIDENCIA DE LOS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO.

>      EN LA FECHA DE CELEBRACION DEL CONTRATO QUE LE DIO ORIGEN A LA OPERACION SE PODRA PONER 31/12/2009.

>      TIPO DE OPERACION CONTRATADA DEUDA O CAPITAL CON CADA RESIDENTE EN EL EXTRANJERO.

>      EL MONTO CONTRATADO CON CADA RESIDENTE EN EL EXTRANJERO.

>      TIPO DE MONEDA, SE PODRA PONER NINGUNA.

>      PARA LOS DICTAMENES DEL SECTOR FINANCIERO, EN LA COLUMNA “TASA DE INTERES”, SE PONDRA LA GANANCIA ACUMULABLE O LA PERDIDA DEDUCIBLE.

>      VIGENCIA SE PODRA PONER DEL 31/12/2009 A LA ULTIMA FECHA DE PAGO AGRUPADA.

>      INDIQUE SI EL RESIDENTE EN EL EXTRANJERO CON EL CONTRATO ES SU PARTE RELACIONADA.

CUENTAS Y DOCUMENTOS POR COBRAR Y POR PAGAR EN MONEDA EXTRANJERA (NO APLICABLE PARA DICTAMENES DEL SECTOR FINANCIERO).

·            LA INFORMACION DE ESTE ANEXO SE PRESENTARA POR EL EJERCICIO FISCAL DE 2009.

·            LOS CONTRIBUYENTES QUE HAYAN OPTADO POR APLICAR LO DISPUESTO POR LA FRACCION II DE LA REGLA I.2.10.15. DE LA PRIMERA RESOLUCION DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2009 PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 7 DE AGOSTO DE 2009 (REGLA I.2.18.5. DE LA SEGUNDA RESOLUCION DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2009 PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 21 DE DICIEMBRE DE 2009), PROPORCIONARAN LA INFORMACION DE ESTE ANEXO QUE DIFIRIERON DEL EJERCICIO FISCAL DE 2008, CONJUNTAMENTE CON LA CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL 2009.

·            EN ESTE ANEXO LOS DATOS SE PROPORCIONARAN AGRUPADOS POR CADA RESIDENTE EN EL EXTRANJERO, DEUDOR O ACREEDOR, GLOBALIZANDO LAS OPERACIONES POR CONCEPTO DE SALDOS EN MONEDA EXTRANJERA.

·            EN LA COLUMNA “NUMERO DE IDENTIFICACION FISCAL”, SE ANOTARA EL NUMERO O CLAVE DE IDENTIFICACION FISCAL QUE UTILIZA EL RESIDENTE EN EL EXTRANJERO EN SU PAIS DE RESIDENCIA, EN CASO DE QUE EN EL PAIS DE RESIDENCIA NO SE UTILICE DICHA CLAVE, SE ANOTARA N/A.

·            EN LA COLUMNA “PAIS DE RESIDENCIA FISCAL”, SE ANOTARA EL DATO DE LA CLAVE Y NOMBRE DEL PAIS DE RESIDENCIA FISCAL, DE CONFORMIDAD CON EL CATALOGO CONTENIDO EN EL APENDICE VI DE ESTE INSTRUCTIVO.

·            EN LA COLUMNA “TIPO DE MONEDA”, SE ANOTARA EL DATO DE LA MONEDA Y EL PAIS AL QUE CORRESPONDE, DE CONFORMIDAD CON EL CATALOGO CONTENIDO EN EL APENDICE VII DE ESTE INSTRUCTIVO.

·            EN LA COLUMNA “SALDO EN MONEDA NACIONAL” SE ANOTARA LA CONVERSION A MONEDA NACIONAL DEL SALDO EN MONEDA EXTRANJERA, DEUDOR O ACREEDOR DE QUE SE TRATE, CUYO MONTO FORMA PARTE INTEGRANTE DE LOS SALDOS REFLEJADOS EN EL ESTADO DE POSICION FINANCIERA.

·            EN LA COLUMNA “CONCEPTO MAS IMPORTANTE QUE ORIGINO EL SALDO” SE ANOTARA EL CONCEPTO QUE ORIGINO LA CUENTA, POR EJEMPLO:

DEUDORES:

FONDO FIJO

CUENTA DE CHEQUES

CUENTA DE INVERSIONES

VENTAS DE INVENTARIOS

VENTAS DE ACTIVO FIJO

VENTAS DE INTANGIBLES

VENTAS DE ACCIONES

VENTAS DE OTROS

PRESTAMOS

ANTICIPOS

ACREEDORES

PRESTAMOS

COMPRAS DE INVENTARIOS

COMPRAS DE ACTIVO FIJO

COMPRAS DE INTANGIBLES

COMPRAS DE ACCIONES

COMPRAS DE OTROS

ANTICIPOS

PRESTAMOS DEL EXTRANJERO.

·            LA INFORMACION DE ESTE ANEXO SE PRESENTARA POR EL EJERCICIO FISCAL DE 2009.

·            LOS CONTRIBUYENTES QUE HAYAN OPTADO POR APLICAR LO DISPUESTO POR LA FRACCION II DE LA REGLA I.2.10.15. DE LA PRIMERA RESOLUCION DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2009 PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 7 DE AGOSTO DE 2009 (REGLA I.2.18.5. DE LA SEGUNDA RESOLUCION DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2009 PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 21 DE DICIEMBRE DE 2009), PROPORCIONARAN LA INFORMACION DE ESTE ANEXO QUE DIFIRIERON DEL EJERCICIO FISCAL DE 2008, CONJUNTAMENTE CON LA CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL 2009.

·            EN ESTE ANEXO LOS DATOS SE PROPORCIONARAN AGRUPADOS POR CADA RESIDENTE EN EL EXTRANJERO, GLOBALIZANDO LAS OPERACIONES POR TIPO DE FINANCIAMIENTO, O BIEN, POR COLOCACIONES EN EL EXTRANJERO.

·            EN LA COLUMNA “NUMERO DE IDENTIFICACION FISCAL”, SE ANOTARA EL NUMERO O CLAVE DE IDENTIFICACION FISCAL QUE UTILIZA EL RESIDENTE EN EL EXTRANJERO EN SU PAIS DE RESIDENCIA, EN CASO DE QUE EN EL PAIS DE RESIDENCIA NO SE UTILICE DICHA CLAVE, SE ANOTARA N/A.

·            EN LAS COLUMNAS “SALDO INSOLUTO DEL PRESTAMO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2008” Y “SALDO INSOLUTO DEL PRESTAMO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2009” SE ANOTARAN LOS SALDOS CORRESPONDIENTES EN MONEDA NACIONAL QUE SE REFLEJAN EN EL ESTADO DE POSICION FINANCIERA.

·            EN LA COLUMNA “TIPO DE FINANCIAMIENTO”, SE ANOTARA EL DATO DE LA CLAVE Y EL CONCEPTO DEL TIPO DE FINANCIAMIENTO, DE CONFORMIDAD CON EL CATALOGO CONTENIDO EN EL APENDICE X DE ESTE INSTRUCTIVO.

·            PARA EL DATO DE LA COLUMNA “FUE BENEFICIARIO EFECTIVO DE LOS INTERESES” SE TOMARA EN CUENTA LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 195 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, LOS TRATADOS PARA EVITAR DOBLE TRIBUTACION CELEBRADOS POR MEXICO, ASI COMO POR LOS COMENTARIOS DEL MODELO DE CONVENIO PARA EVITAR LA DOBLE IMPOSICION E IMPEDIR LA EVASION FISCAL A QUE HACE REFERENCIA LA RECOMENDACION ADOPTADA POR EL CONSEJO DE LA ORGANIZACION PARA LA COOPERACION Y EL DESARROLLO ECONOMICO, EL 21 DE SEPTIEMBRE DE 1995, O AQUELLA QUE LA SUSTITUYA, EN LA MEDIDA EN QUE TALES COMENTARIOS SEAN CONGRUENTES CON LAS DISPOSICIONES DE LOS TRATADOS INTERNACIONALES CELEBRADOS POR MEXICO.

·            EN LA COLUMNA “NUMERO DE REGISTRO DEL ACREEDOR RESIDENTE EN EL EXTRANJERO ANTE EL SAT”, SE DEBERA ANOTAR EL NUMERO DE REGISTRO DE BANCOS, ENTIDADES DE FINANCIAMIENTO, FONDOS DE PENSIONES Y JUBILACIONES Y FONDOS DE INVERSION DEL EXTRANJERO PARA LOS EFECTOS DE LOS ARTICULOS 179, 195 FRACCIONES I, II Y IV, 196, FRACCION II, 197 Y 199 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL APENDICE VIII DE ESTE INSTRUCTIVO (ANEXO 17 DE LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL), CUANDO NO RESULTE APLICABLE ESTE DATO SE ANOTARA N/A.

·            EN LA COLUMNA “PAIS DE RESIDENCIA PARA EFECTOS FISCALES”, SE ANOTARA EL DATO DE LA CLAVE Y NOMBRE DEL PAIS DE RESIDENCIA, DE CONFORMIDAD CON EL CATALOGO CONTENIDO EN EL APENDICE VI DE ESTE INSTRUCTIVO. EN CASO DE HABER ANOTADO “SI” EN LA COLUMNA “FUE BENEFICIARIO EFECTIVO DE LOS INTERESES” SE ANOTARA LA CLAVE DEL PAIS QUE FUE BENEFICIARIO EFECTIVO DE LOS INTERESES.

·            EN LA COLUMNA “TIPO DE MONEDA”, SE ANOTARA LA MONEDA Y EL PAIS AL QUE CORRESPONDE DE CONFORMIDAD CON EL CATALOGO CONTENIDO EN EL APENDICE VII DE ESTE INSTRUCTIVO.

·            EN LA COLUMNA “DENOMINACION DE LA TASA DE INTERES” SE ANOTARA EL NOMBRE DE LA TASA DE INTERES DE REFERENCIA CON LA CUAL SE PACTO EL PRESTAMO. EJEMPLO: “LIBOR, PRIME RATE, ETC”.

·            EN LA COLUMNA “PORCENTAJE DE LA TASA DE INTERES” SE ANOTARA LA TASA DE INTERES PACTADA EN TERMINOS NETOS Y EN PORCENTAJE, QUE FUE LA TASA DE INTERES BASE DEL CALCULO DE LOS INTERESES DEVENGADOS EN MONEDA EXTRANJERA,

POR EJEMPLO: SI SE PACTARA UNA TASA LIBOR DE UN 8% MAS 3%, SE EXPRESARA 11%.

·            EN LA COLUMNA “IMPORTE TOTAL DE LOS INTERESES PAGADOS” SE ANOTARAN LOS INTERESES EN MONEDA NACIONAL QUE SE HAYAN PAGADO EN EFECTIVO, EN BIENES, EN SERVICIOS O EN CREDITO, O BIEN QUE HAYAN SIDO EXIGIBLES PARA SU PAGO.

          TAMBIEN SE INCLUIRA EN ESTA COLUMNA LOS IMPORTES QUE CORRESPONDAN AL PAGO DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA REALIZADO POR CUENTA DEL CONTRIBUYENTE RESIDENTE EN EL EXTRANJERO.

          POR LO ANTERIOR, EL IMPORTE REFLEJADO EN ESTA COLUMNA SERA LA BASE DEL CALCULO DE LA RETENCION DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.

·            EN LA COLUMNA “FECHA O FRECUENCIA DE EXIGIBILIDAD DEL PAGO DE INTERESES” SE ANOTARA LA FRECUENCIA PACTADA PARA EL PAGO DE INTERESES, ES DECIR, “MENSUAL”, “TRIMESTRAL”, “ANUAL”, “LOS DIAS X” O “Y”, ETC.

·            EN LA COLUMNA “IMPORTE TOTAL DE LOS INTERESES PAGADOS” SE ANOTARAN LOS INTERESES EFECTIVAMENTE PAGADOS AL RESIDENTE EN EL EXTRANJERO CONVERTIDOS A MONEDA NACIONAL.

·            CUANDO SE ANOTE “SI” EN LA COLUMNA “EFECTUO COLOCACIONES EN EL EXTRANJERO”, ESTE ANEXO SE LLENARA DE LA SIGUIENTE FORMA:

o      EN LA COLUMNA “NUMERO DE IDENTIFICACION FISCAL” SE ANOTARA “VARIOS”.

o      EN LAS COLUMNAS “SALDO INSOLUTO DEL PRESTAMO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2008” Y “SALDO INSOLUTO DEL PRESTAMO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2009” SE ANOTARA EL MONTO DEL TOTAL DE LA COLOCACION EN MONEDA NACIONAL A ESAS FECHAS.

o      EN LA COLUMNA “TIPO DE FINANCIAMIENTO” SE ANOTARA “COLOCACIONES”.

o      EN LAS COLUMNAS “FUE BENEFICIARIO EFECTIVO DE LOS INTERESES” Y “NUMERO DE REGISTRO DEL ACREEDOR RESIDENTE EN EL EXTRANJERO ANTE EL SAT”, SE ANOTARA “N/A”.

o      EN LA COLUMNA “PAIS DE RESIDENCIA PARA EFECTOS FISCALES” SE ANOTARA EL PAIS EN EL QUE SE REALIZO LA COLOCACION, SI FUERON VARIOS PAISES SE ANOTARA AQUEL EN EL QUE SE COLOCO EL IMPORTE MAS REPRESENTATIVO EN CUANTO A MONTO.

o      EN LA COLUMNA “TIPO DE MONEDA” SE PONDRA LA CLAVE DE LA MONEDA Y EL PAIS EN EL QUE SE REALIZO LA COLOCACION, SI FUERON VARIOS PAISES SE ANOTARA LA DE AQUEL EN EL QUE SE COLOCO EL IMPORTE MAS REPRESENTATIVO EN CUANTO A MONTO.

INVERSIONES PERMANENTES EN SUBSIDIARIAS, ASOCIADAS Y AFILIADAS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO.

·            LA INFORMACION DE ESTE ANEXO SE PRESENTARA POR EL EJERCICIO FISCAL DE 2009.

·            LOS CONTRIBUYENTES QUE HAYAN OPTADO POR APLICAR LO DISPUESTO POR LA FRACCION II DE LA REGLA I.2.10.15. DE LA PRIMERA RESOLUCION DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2009 PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 7 DE AGOSTO DE 2009 (REGLA I.2.18.5. DE LA SEGUNDA RESOLUCION DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2009 PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 21 DE DICIEMBRE DE 2009), PROPORCIONARAN LA INFORMACION DE ESTE ANEXO QUE DIFIRIERON DEL EJERCICIO FISCAL DE 2008, CONJUNTAMENTE CON LA CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL 2009.

·            EN ESTE ANEXO LOS DATOS SE PROPORCIONARAN AGRUPADOS POR CADA RESIDENTE EN EL EXTRANJERO, QUE SEA UNA ENTIDAD SUBSIDIARIA, ASOCIADA O AFILIADA DEL CONTRIBUYENTE, GLOBALIZANDO LAS OPERACIONES POR MONTO DE LA INVERSION.

PARA ESTOS EFECTOS LOS TERMINOS “SUBSIDIARIA”, “ASOCIADA” O “AFILIADA” SERAN LOS DEFINIDOS EN LA NORMA DE INFORMACION FINANCIERA NIF B-8 EMITIDA POR EL CONSEJO MEXICANO PARA LA INVESTIGACION Y DESARROLLO DE NORMAS DE INFORMACION FINANCIERA (CINIF), EN LOS TERMINOS SIGUIENTES:

SUBSIDIARIA.- ES LA EMPRESA QUE ES CONTROLADA POR OTRA CONOCIDA COMO CONTROLADORA.

ASOCIADA.- ES UNA COMPAÑIA EN LA CUAL LA TENEDORA TIENE INFLUENCIA SIGNIFICATIVA EN SU ADMINISTRACION, PERO SIN LLEGAR A TENER CONTROL DE LA MISMA.

AFILIADAS.- SON AQUELLAS COMPAÑIAS QUE TIENEN ACCIONISTAS COMUNES O ADMINISTRACION COMUN SIGNIFICATIVOS.

·            EN LA COLUMNA “NUMERO DE IDENTIFICACION FISCAL”, SE ANOTARA EL DATO DEL NUMERO O CLAVE DE IDENTIFICACION FISCAL QUE UTILIZA EL RESIDENTE EN EL EXTRANJERO EN SU PAIS DE RESIDENCIA, EN CASO DE QUE EN EL PAIS DE RESIDENCIA NO SE UTILICE DICHA CLAVE,
SE ANOTARA N/A.

·            EN LA COLUMNA “PAIS DE RESIDENCIA FISCAL DE LA ENTIDAD”, SE ANOTARA LA CLAVE Y NOMBRE DEL PAIS DE RESIDENCIA FISCAL DE LA ENTIDAD, DE CONFORMIDAD CON EL CATALOGO CONTENIDO EN EL APENDICE VI DE ESTE INSTRUCTIVO.

·            EN LA COLUMNA “PORCENTAJE DE PARTICIPACION EN EL CAPITAL DE LA ENTIDAD” SE ANOTARA EL PORCENTAJE QUE REPRESENTEN LAS ACCIONES, PARTES SOCIALES O SUS EQUIVALENTES PROPIEDAD DEL CONTRIBUYENTE CON RESPECTO AL TOTAL DE ACCIONES, PARTES SOCIALES O EQUIVALENTES QUE HAYA EMITIDO LA ENTIDAD SUBSIDIARIA, ASOCIADA O AFILIADA EN EL EXTRANJERO.

·            EN LA COLUMNA “MONTO DE LA INVERSION” SE ANOTARA EL MONTO DE LAS APORTACIONES AL CAPITAL SOCIAL O SU EQUIVALENTE EN LA ENTIDAD SUBSIDIARIA, ASOCIADA O AFILIADA EN EL EXTRANJERO. O BIEN, EL VALOR TOTAL NETO DE ADQUISICION DE LAS ACCIONES O PARTES SOCIALES, INCLUYENDO, EN SU CASO, EL MONTO CORRESPONDIENTE AL CREDITO MERCANTIL O COMERCIAL; ESTE ULTIMO DATO SE PODRA ANOTAR EN UN RENGLON POR SEPARADO, ASENTANDO EL MONTO EN ESTA MISMA COLUMNA.

·            EN LA COLUMNA “MONTO DE LAS UTILIDADES (PERDIDAS) DE EJERCICIOS ANTERIORES EN EL PORCENTAJE DE PARTICIPACION” SE ANOTARAN LAS UTILIDADES O PERDIDAS CONTABLES DE EJERCICIOS FISCALES ANTERIORES QUE SE HAYAN GENERADO EN LA ENTIDAD SUBSIDIARIA, ASOCIADA O AFILIADA EN EL EXTRANJERO, DESDE EL EJERCICIO FISCAL EN EL QUE EL CONTRIBUYENTE ES SOCIO O ACCIONISTA Y HASTA EL EJERCICIO FISCAL INMEDIATO ANTERIOR DEL CONTRIBUYENTE, ESTAS UTILIDADES O PERDIDAS CONTABLES DE EJERCICIOS FISCALES ANTERIORES, SE DEBERAN MULTIPLICAR POR EL PORCENTAJE DE PARTICIPACION QUE EN EL CAPITAL SOCIAL TENGA EL CONTRIBUYENTE EN LA ENTIDAD RESIDENTE EN EL EXTRANJERO, AL CIERRE DEL EJERCICIO FISCAL DEL CONTRIBUYENTE QUE SE DICTAMINA.

·            EN LA COLUMNA “MONTO DE LA UTILIDAD (PERDIDA) DEL EJERCICIO EN EL PORCENTAJE DE PARTICIPACION” SE DEBERA SEÑALAR LA UTILIDAD O PERDIDA CONTABLE CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL DEL CONTRIBUYENTE MULTIPLICADA POR EL PORCENTAJE DE PARTICIPACION QUE EN EL CAPITAL SOCIAL TENGA EL CONTRIBUYENTE QUE SE DICTAMINA, EN LA ENTIDAD RESIDENTE EN EL EXTRANJERO AL CIERRE DEL MISMO EJERCICIO FISCAL.

·            EN LA COLUMNA “VALOR DE LA INVERSION” SE ANOTARA LA SUMA DE LAS CANTIDADES ASENTADAS POR RENGLON DE LAS COLUMNAS: “MONTO DE LA INVERSION”, “MONTO DE LAS UTILIDADES (PERDIDAS) DE EJERCICIOS ANTERIORES EN EL PORCENTAJE DE PARTICIPACION” Y “MONTO DE LA UTILIDAD (PERDIDA) DEL EJERCICIO EN EL PORCENTAJE DE PARTICIPACION”, EN NINGUN CASO PROCEDERA ANOTAR VALORES NEGATIVOS EN ESTA COLUMNA, POR LO QUE, SI ARITMETICAMENTE SE DIERA EL CASO, SE ANOTARA CERO.

SOCIOS O ACCIONISTAS QUE TUVIERON ACCIONES O PARTES SOCIALES.

·            LA INFORMACION DE ESTE ANEXO SE PRESENTARA POR EL EJERCICIO FISCAL DE 2009.

·            LOS CONTRIBUYENTES QUE HAYAN OPTADO POR APLICAR LO DISPUESTO POR LA FRACCION II DE LA REGLA I.2.10.15. DE LA PRIMERA RESOLUCION DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2009 PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 7 DE AGOSTO DE 2009 (REGLA I.2.18.5. DE LA SEGUNDA RESOLUCION DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2009 PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 21 DE DICIEMBRE DE 2009), PROPORCIONARAN LA INFORMACION DE ESTE ANEXO QUE DIFIRIERON DEL EJERCICIO FISCAL DE 2008, CONJUNTAMENTE CON LA CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL 2009.

·            EN ESTE ANEXO LOS DATOS SE PROPORCIONARAN AGRUPADOS POR CADA SOCIO O ACCIONISTA QUE EL CONTRIBUYENTE HAYA TENIDO DURANTE EL EJERCICIO, CUANDO EL SOCIO O ACCIONISTA NO SEA DIRECTAMENTE UNA PERSONA FISICA O MORAL SINO UN CONTRATO DE FIDEICOMISO, SE ANOTARA EL NUMERO DE CONTRATO DEL FIDEICOMISO Y EL NOMBRE DE LA INSTITUCION QUE ACTUA COMO FIDUCIARIA.

CUANDO EXISTAN ACCIONES COLOCADAS ENTRE EL GRAN PUBLICO INVERSIONISTA, SE ASENTARA EN EL RENGLON CORRESPONDIENTE AL SOCIO O ACCIONISTA “ACCIONES COLOCADAS ENTRE EL GRAN PUBLICO INVERSIONISTA”.

·            EN LA COLUMNA “NUMERO DE IDENTIFICACION FISCAL O RFC”, SE ANOTARA EL NUMERO O CLAVE DE IDENTIFICACION FISCAL QUE UTILIZA EL SOCIO O ACCIONISTA EN SU PAIS DE RESIDENCIA, EN CASO DE QUE EN EL PAIS DE RESIDENCIA DEL SOCIO O ACCIONISTA NO SE UTILICE DICHA CLAVE, SE ANOTARA N/A. CUANDO EL SOCIO O ACCIONISTA SEA UN RESIDENTE EN TERRITORIO NACIONAL, SE ANOTARA EL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES. CUANDO EXISTAN ACCIONISTAS PUBLICO EN GENERAL, SE ANOTARA “VARIOS”

·            EN LA COLUMNA “PAIS DE RESIDENCIA PARA EFECTOS FISCALES”, SE ANOTARA LA CLAVE Y NOMBRE DEL PAIS DE RESIDENCIA PARA EFECTOS FISCALES DEL SOCIO O ACCIONISTA, DE CONFORMIDAD CON EL CATALOGO CONTENIDO EN EL APENDICE VI DE ESTE INSTRUCTIVO.

·            EN LA COLUMNA “PORCENTAJE DE PARTICIPACION DEL SOCIO O ACCIONISTA EN EL EJERCICIO” SE ANOTARA EL PORCENTAJE QUE REPRESENTEN LAS ACCIONES, PARTES SOCIALES PROPIEDAD DE LOS SOCIOS O ACCIONISTAS DEL CONTRIBUYENTE CON RESPECTO AL TOTAL DE ACCIONES O PARTES SOCIALES EMITIDAS POR EL PROPIO CONTRIBUYENTE.

·            EN LA COLUMNA “PERIODO DE TENENCIA” SE SEÑALARA EL PERIODO DEL 1 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE, CUANDO EL SOCIO O ACCIONISTA SE HAYA MANTENIDO COMO TAL DURANTE EL EJERCICIO FISCAL DEL CONTRIBUYENTE QUE SE DICTAMINA.

CUANDO UN SOCIO O ACCIONISTA HAYA DEJADO DE TENER TAL CARACTER DURANTE UN EJERCICIO, EL PERIODO DE TENENCIA TERMINARA EN LA FECHA EN QUE SE ASIENTE EN EL REGISTRO DE ACCIONES O EN EL LIBRO ESPECIAL DE LOS SOCIOS, LA TRANSMISION DE LAS ACCIONES O PARTES SOCIALES (ARTICULOS 128 Y 129, Y 73, RESPECTIVAMENTE DE LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES).

CUANDO UN SOCIO O ACCIONISTA COMIENCE A TENER TAL CARACTER DURANTE UN EJERCICIO, EL PERIODO DE TENENCIA INICIARA EN LA FECHA EN QUE SE ASIENTE EN EL REGISTRO DE ACCIONES O EN EL LIBRO ESPECIAL DE LOS SOCIOS, LA TRANSMISION DE LAS ACCIONES O PARTES SOCIALES (ARTICULOS 128 Y 129, Y 73, RESPECTIVAMENTE DE LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES).

PARA LOS ACCIONISTAS PUBLICO EN GENERAL, SE DEJARAN EN BLANCO LAS FECHAS DE LA VIGENCIA.

·            EN LAS COLUMNAS “MONTO DE APORTACIONES” Y “MONTO DE RETIROS DE CAPITAL” SE SEÑALARAN LAS APORTACIONES Y RETIROS EFECTUADOS QUE HAYAN AFECTADO CUENTAS DE CAPITAL CONTABLE, INCLUYENDO APORTACIONES PARA FUTUROS AUMENTOS DE CAPITAL, DE LAS CUALES EXISTA RESOLUCION EN ASAMBLEA DE SOCIOS O ACCIONISTAS PARA SU APLICACION EN EL FUTURO COMO AUMENTO DE CAPITAL SOCIAL.

·            EN LAS COLUMNAS “MONTO DE PRESTAMOS: EFECTUADOS Y RECIBIDOS”, SE SEÑALARAN LOS PRESTAMOS EFECTUADOS A LOS SOCIOS O ACCIONISTAS, Y LOS RECIBIDOS DE ESTOS QUE HAYAN AFECTADO CUENTAS DE PASIVO, INCLUYENDO APORTACIONES PARA FUTUROS AUMENTOS DE CAPITAL, DE LAS CUALES NO EXISTA RESOLUCION EN ASAMBLEA DE SOCIOS O ACCIONISTAS PARA SU APLICACION EN EL FUTURO COMO AUMENTO DE CAPITAL SOCIAL.

·            CUANDO EN UN EJERCICIO FISCAL NO HAYA HABIDO TRANSACCIONES CON LOS SOCIOS O ACCIONISTAS, NI MOVIMIENTOS EN LA TENENCIA ACCIONARIA O EN LAS PARTES SOCIALES, SE PODRAN DEJAR EN BLANCO LAS COLUMNAS: “MONTO DE APORTACIONES”, “MONTO DE RETIROS DE CAPITAL” Y “MONTO DE PRESTAMOS: EFECTUADOS Y RECIBIDOS”.

INGRESOS SUJETOS A REGIMENES FISCALES PREFERENTES.

·            LA INFORMACION DE ESTE ANEXO SE PRESENTARA POR EL EJERCICIO FISCAL DE 2009.

·            LOS CONTRIBUYENTES QUE HAYAN OPTADO POR APLICAR LO DISPUESTO POR LA FRACCION II DE LA REGLA I.2.10.15. DE LA PRIMERA RESOLUCION DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2009 PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 7 DE AGOSTO DE 2009 (REGLA I.2.18.5. DE LA SEGUNDA RESOLUCION DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2009 PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 21 DE DICIEMBRE DE 2009), PROPORCIONARAN LA INFORMACION DE ESTE ANEXO QUE DIFIRIERON DEL EJERCICIO FISCAL DE 2008, CONJUNTAMENTE CON LA CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL 2009.

·            EN ESTE ANEXO LOS DATOS SE PROPORCIONARAN AGRUPADOS POR CADA RESIDENTE EN EL EXTRANJERO, O BIEN, POR CADA FIDUCIARIO DE UN CONTRATO DE FIDEICOMISO.

·            EN LA COLUMNA “NUMERO DE IDENTIFICACION FISCAL”, SE ANOTARA EL NUMERO O CLAVE DE IDENTIFICACION FISCAL QUE UTILIZA LA PARTE RELACIONADA EN SU PAIS DE RESIDENCIA, EN CASO DE QUE EN EL PAIS DE RESIDENCIA DE LA PARTE RELACIONADA NO SE UTILICE DICHA CLAVE, SE ANOTARA N/A.

·            EN LA COLUMNA “PAIS DE RESIDENCIA FISCAL”, SE ANOTARA LA CLAVE Y NOMBRE DEL PAIS DE RESIDENCIA FISCAL, DE CONFORMIDAD CON EL CATALOGO CONTENIDO EN EL APENDICE VI DE ESTE INSTRUCTIVO.

·            EN LA COLUMNA “TASA EFECTIVA DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA PAGADA EN EL EXTRANJERO (MENOR AL 75% DEL QUE SE PAGARIA EN MEXICO)” SE ANOTARA LA TASA CALCULADA EN PORCENTAJE Y DETERMINADA CONFORME AL TERCER Y CUARTO PARRAFOS DEL ARTICULO 212 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, QUE SEÑALAN:

“PARA LOS EFECTOS DE ESTA LEY, SE CONSIDERARAN INGRESOS SUJETOS A REGIMENES FISCALES PREFERENTES, LOS QUE NO ESTAN GRAVADOS EN EL EXTRANJERO O LO ESTAN CON UN IMPUESTO SOBRE LA RENTA INFERIOR AL 75% DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA QUE SE CAUSARIA Y PAGARIA EN MEXICO, EN LOS TERMINOS DE LOS TITULOS II O IV DE ESTA LEY, SEGUN CORRESPONDA.” Y

“SE CONSIDERARA QUE LOS INGRESOS ESTAN SUJETOS A UN REGIMEN FISCAL PREFERENTE CUANDO EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA EFECTIVAMENTE CAUSADO Y PAGADO EN EL PAIS O JURISDICCION DE QUE SE TRATE SEA INFERIOR AL IMPUESTO CAUSADO EN MEXICO EN LOS TERMINOS DE ESTE ARTICULO POR LA APLICACION DE UNA DISPOSICION LEGAL, REGLAMENTARIA, ADMINISTRATIVA, DE UNA RESOLUCION, AUTORIZACION, DEVOLUCION, ACREDITAMIENTO O CUALQUIER OTRO PROCEDIMIENTO.”

·            EN LA COLUMNA “TIPO DE MONEDA”, SE DEBERA ANOTAR LA MONEDA Y EL PAIS AL QUE CORRESPONDE DE CONFORMIDAD CON EL CATALOGO CONTENIDO EN EL APENDICE VII DE ESTE INSTRUCTIVO.

·            EN LA COLUMNA “TIPO DE INGRESO” SE ANOTARAN LOS SIGUIENTES TIPOS DE INGRESO:

1.     INGRESOS POR CONCEPTO DE INTERESES, EN INSTITUCIONES DEL SISTEMA FINANCIERO

2.     INGRESOS DERIVADOS DE SOCIEDADES DE INVERSION

3.     OTROS INGRESOS DERIVADOS DE ENTIDADES DEL SISTEMA FINANCIERO (SWAPS, OPCIONES, ETC.)

4.     INGRESOS POR LA INVERSION EN ACCIONES DE PERSONAS MORALES

5.     PARTICIPACION EN FIDEICOMISOS Y SIMILARES

6.     INGRESOS DERIVADOS DE INVERSIONES EN ASOCIACIONES EN PARTICIPACION Y SIMILARES

7.     INGRESOS POR VENTA DE ACCIONES

8.     OTROS INGRESOS

·            CUANDO EN LA COLUMNA “INFORMACION DE ENTIDAD INTERPUESTA” SE ANOTE “SI”, SE ENTENDERA QUE TODA LA INFORMACION CORRESPONDIENTE A LAS COLUMNAS ANTERIORES SE REFIERE A LA ENTIDAD INTERPUESTA.

·            CUANDO SE ANOTE INFORMACION EN LA PARTE RELATIVA A: “EN EL CASO DE INGRESOS GENERADOS EN PARTICIPACION CON OTRAS ENTIDADES”, SE ENTENDERA QUE TODA LA INFORMACION CORRESPONDIENTE A LAS COLUMNAS ANTERIORES SE REFIERE A LA ENTIDAD INTERPUESTA.

·            EN LA COLUMNA “CUENTA CON LA INFORMACION DE LA ENTIDAD QUE GENERO INGRESOS POR PARTICIPACION CON OTRAS ENTIDADES” SE INDICARA SI SE CUENTA O NO CON LA INFORMACION DE LA ENTIDAD EN LA QUE SE PARTICIPA CON OTRAS ENTIDADES.

·            EN LA COLUMNA “ACTIVIDAD QUE REALIZA LA ENTIDAD EN LA QUE PARTICIPA” SE ANOTARA LA INFORMACION CORRESPONDIENTE A LA CLAVE DEL CATALOGO DE ACTIVIDADES ECONOMICAS, VIGENTE A LA FECHA DE PRESENTACION DEL DICTAMEN, SEGUN EL ANEXO 6 DE LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2009.

·            CUANDO SE ANOTE “SI” EN LA COLUMNA “SEÑALAR SI LA INFORMACION ES PARA EL CASO DE INGRESOS GENERADOS EN FIDEICOMISOS Y SIMILARES”, SE ENTENDERA QUE TODA LA INFORMACION CORRESPONDIENTE A LAS COLUMNAS ANTERIORES SE REFIERE A OPERACIONES CON FIDEICOMISOS.

CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y EL DETERMINADO PARA EL IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA.

·            EL DATO QUE SE DEBE ANOTAR EN EL INDICE “BASE PARA EL CALCULO DEL CREDITO FISCAL”, ES EL MONTO DE LAS DEDUCCIONES AUTORIZADAS QUE SEAN MAYORES A LOS INGRESOS GRAVADOS.

·            PARA DETERMINAR LAS PARTIDAS EN CONCILIACION, LOS CONTRIBUYENTES PODRAN CONSIDERAR, ENTRE OTROS, INFORMACION PROVENIENTE DEL PROPIO SIPRED 2009:

v  PARA LOS INGRESOS GRAVABLES PARA EFECTOS DEL IETU NO CONTABLES, LA PROVENIENTE DEL ANEXO: CONCILIACION ENTRE LOS INGRESOS DICTAMINADOS SEGUN ESTADO DE RESULTADOS, LOS ACUMULABLES PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, LOS PERCIBIDOS PARA EFECTOS DEL IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA Y EL TOTAL DE ACTOS O ACTIVIDADES PARA EFECTOS DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO.

v  PARA LAS DEDUCCIONES CONTABLES NO AFECTAS AL IETU, LAS PROVENIENTES DE LOS ANEXOS: ESTADO DE POSICION FINANCIERA, ESTADO DE RESULTADOS, INTEGRACION ANALITICA DE VENTAS O INGRESOS NETOS, ANALISIS COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DE GASTOS, ANALISIS COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DE OTROS GASTOS, ANALISIS COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DEL RESULTADO INTEGRAL DE FINANCIAMIENTO, CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y FISCAL PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, CONCILIACION ENTRE LOS INGRESOS DICTAMINADOS SEGUN ESTADO DE RESULTADOS, LOS ACUMULABLES PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, LOS PERCIBIDOS PARA EFECTOS DEL IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA Y EL TOTAL DE ACTOS O ACTIVIDADES PARA EFECTOS DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO Y OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS.

v  PARA LAS DEDUCCIONES AUTORIZADAS PARA EFECTOS DEL IETU NO CONTABLES, LAS PROVENIENTES DE LOS ANEXOS: ESTADO DE POSICION FINANCIERA, DETERMINACION DEL COSTO DE LO VENDIDO PARA EFECTOS CONTABLES Y DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, ANALISIS COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DE GASTOS, INVERSIONES Y TERRENOS, ASI COMO DATOS INFORMATIVOS.

v  PARA LOS INGRESOS CONTABLES NO AFECTOS O EXENTOS EN EL IETU, LAS PROVENIENTES DE LOS ANEXOS: ESTADO DE RESULTADOS, INTEGRACION ANALITICA DE VENTAS O INGRESOS NETOS, ANALISIS COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DE OTROS GASTOS, ANALISIS COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DEL RESULTADO INTEGRAL DE FINANCIAMIENTO Y CONCILIACION ENTRE LOS INGRESOS DICTAMINADOS SEGUN ESTADO DE RESULTADOS, LOS ACUMULABLES PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, LOS PERCIBIDOS PARA EFECTOS DEL IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA Y EL TOTAL DE ACTOS O ACTIVIDADES PARA EFECTOS DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO.

·            PARA EFECTOS DE LAS DEDUCCIONES CONTABLES NO AFECTAS AL IETU, LOS CONTRIBUYENTES PODRAN:

v  DETERMINAR LAS “DEDUCCIONES NO PAGADAS EN EL EJERCICIO” CONFORME AL SIGUIENTE PROCEDIMIENTO QUE SE MUESTRA A MANERA DE EJEMPLO.

CONCEPTO

SUMA DE DEDUCCIONES CONTABLES (ESTADO DE RESULTADOS)

ANEXO

ANALISIS COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DE GASTOS

TOTAL DE GASTOS (COLUMNA TOTAL 2009)

ANEXO

ANALISIS COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DE OTROS GASTOS

OTROS NO RELACIONADOS CON ACTIVO FIJO NI PTU

 

OTRAS PARTIDAS

IGUAL A TOTAL 1 (DEDUCCIONES CONTABLES (ESTADO DE RESULTADOS))

MENOS.- DEDUCCIONES CONTABLES NO AFECTAS A IETU


ANEXO

CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y EL DETERMINADO PARA EL IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA

 

TOTAL DE REMUNERACIONES AL PERSONAL

 

TOTAL DE PRESTACIONES AL PERSONAL

 

CUOTAS AL IMSS

 

APORTACIONES AL INFONAVIT

 

SEGURO DE RETIRO

 

MULTAS

 

GASTOS NO DEDUCIBLES

 

DEPRECIACION CONTABLE

 

PROVISIONES

 

ESTIMACIONES

 

AMORTIZACIONES

 

REGALIAS CON PARTES RELACIONADAS

 

OTRAS PARTIDAS

IGUAL A TOTAL 2 (DEDUCCIONES CONTABLES NO AFECTAS A IETU)

MENOS.- DEDUCCIONES AUTORIZADAS PARA EFECTOS DE IETU NO CONTABLES

ANEXO

DATOS INFORMATIVOS *

 

EROGACIONES POR SERVICIOS INDEPENDIENTES

 

EROGACIONES POR EL USO O GOCE TEMPORAL DE BIENES

 

CONTRIBUCIONES A CARGO

 

EROGACIONES POR APROVECHAMIENTOS

 

INDEMNIZACIONES POR DAÑOS Y PERJUICIOS Y PENAS CONVENCIONALES

 

PREMIOS PAGADOS EN EFECTIVO

 

DONATIVOS

 

OTRAS DEDUCCIONES AUTORIZADAS

 

OTRAS PARTIDAS

IGUAL A TOTAL 3 (DEDUCCIONES AUTORIZADAS PARA EFECTOS DE IETU NO CONTABLES)

TOTAL 4 (DEDUCCIONES NO PAGADAS EN EL EJERCICIO) = TOTAL 1 - TOTAL 2 - TOTAL 3

ESTE RESULTADO DEBE SER POSITIVO DE LO CONTRARIO SERA CERO

INFORMACION NECESARIA PARA EL SIGUIENTE CUADRO:

TOTAL 5 (PROPORCION DE DEDUCCIONES NO PAGADAS) = TOTAL 4 / (TOTAL 1 – TOTAL 2)

ESTE RESULTADO SE EXPRESA EN PORCENTAJE

TOTAL 6 (PROPORCION DE DEDUCCIONES PAGADAS) = (1- TOTAL 5)

ESTE RESULTADO SE EXPRESA EN PORCENTAJE

 

v  CUANDO SE ENAJENEN TERRENOS, SE PODRA NO ASENTAR DATO ALGUNO EN EL RENGLON “COSTO CONTABLE EN VENTA DE TERRENO”, SIEMPRE QUE EN EL RENGLON “COSTO CONTABLE EN VENTA DE INVERSIONES (ACTIVO FIJO SIN TERRENOS”, SE INCLUYA EL COSTO CONTABLE EN VENTA DE TERRENO.

·            PARA EFECTOS DE LAS DEDUCCIONES AUTORIZADAS PARA EFECTOS DEL IETU NO CONTABLES, LOS CONTRIBUYENTES PODRAN:

v  DETERMINAR LOS “GASTOS DE FABRICACION DEL EJERCICIO Y PAGADOS EN EL MISMO” CONFORME AL SIGUIENTE PROCEDIMIENTO QUE SE MUESTRA A MANERA DE EJEMPLO.

CONCEPTO

ANEXO

ANALISIS COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DE GASTOS

 

TOTAL DE GASTOS (COLUMNA GASTOS DE FABRICACION 2009)

MENOS:

 

ANALISIS COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DE GASTOS

ANEXO

TOTAL DE REMUNERACIONES (COLUMNA GASTOS DE FABRICACION 2009)

 

TOTAL DE PRESTACIONES AL PERSONAL (COLUMNA GASTOS DE FABRICACION 2009)

 

CUOTAS AL IMSS (COLUMNA GASTOS DE FABRICACION 2009)

 

APORTACIONES AL INFONAVIT (COLUMNA GASTOS DE FABRICACION 2009)

 

SEGURO DE RETIRO (COLUMNA GASTOS DE FABRICACION 2009)

 

TOTAL DE DEPRECIACIONES (COLUMNA GASTOS DE FABRICACION 2009)

 

TOTAL DE AMORTIZACIONES (COLUMNA GASTOS DE FABRICACION 2009)

 

GASTOS NO DEDUCIBLES (COLUMNA GASTOS DE FABRICACION 2009)

 

OTROS GASTOS (COLUMNA GASTOS DE FABRICACION 2009)

IGUAL

GASTOS DE FABRICACION DEL EJERCICIO 2009

POR

TOTAL 6 PROPORCION DE DEDUCCIONES PAGADAS (CUADRO ANTERIOR)

IGUAL

GASTOS DE FABRICACION DEL EJERCICIO Y PAGADOS EN EL MISMO

 

v  LOS CONTRIBUYENTES PODRAN NO ASENTAR DATO ALGUNO EN EL RENGLON “ADQUISICIONES DE INVENTARIOS DE EJERCICIOS ANTERIORES Y PAGADAS EN ESTE (APLICABLE A PARTIR DEL EJERCICIO DE 2009) SIEMPRE QUE EN EL RENGLON “ADQUISICIONES DE INVENTARIOS EFECTUADAS EN EL EJERCICIO Y PAGADAS EN EL MISMO”, SE INCLUYA LA TOTALIDAD DE LAS EROGACIONES POR ADQUISICION DE BIENES DEL EJERCICIO.

v  LOS CONTRIBUYENTES PODRAN NO ASENTAR DATO ALGUNO EN EL RENGLON “GASTOS DE FABRICACION DE EJERCICIOS ANTERIORES Y PAGADOS EN ESTE (APLICABLE A PARTIR DEL EJERCICIO DE 2009) SIEMPRE QUE EN EL RENGLON “GASTOS DE FABRICACION DEL EJERCICIO Y PAGADOS EN EL MISMO”, SE INCLUYA LA TOTALIDAD DE LAS EROGACIONES POR GASTOS DE FABRICACION DEL EJERCICIO.

·            SI LOS CONTRIBUYENTES REALIZARON LOS PROCEDIMIENTOS ANTERIORMENTE SEÑALADOS Y TODAVIA TIENEN ALGUNA DIFERENCIA PARA EFECTOS DE DETERMINAR LA BASE GRAVABLE DEL EJERCICIO, PODRAN::

v  SUMAR LA DIFERENCIA PARA EFECTOS DE DETERMINAR LA BASE GRAVABLE DEL EJERCICIO, EN UNA CUENTA DENOMINADA “FLUJO DE EFECTIVO DE AÑOS ANTERIORES” EN EL PRIMER RENGLON POSTERIOR AL DENOMINADO “OTROS” DE LOS INGRESOS GRAVABLES PARA EFECTOS DEL IETU NO CONTABLES.

v  RESTAR LA DIFERENCIA PARA EFECTOS DE DETERMINAR LA BASE GRAVABLE DEL EJERCICIO, EN UNA CUENTA DENOMINADA “FLUJO DE EFECTIVO DE AÑOS ANTERIORES” EN EL PRIMER RENGLON POSTERIOR AL DENOMINADO “OTROS” DE LAS DEDUCCIONES AUTORIZADAS PARA EFECTOS DEL IETU NO CONTABLES.

ACREDITAMIENTO DE CREDITOS FISCALES DETERMINADOS PARA EFECTOS DEL IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA.

·            CUANDO EL CONTRIBUYENTE NO HAYA DETERMINADO CREDITOS FISCALES, DEJARA EN BLANCO ESTE ANEXO.

CONCILIACION ENTRE LOS INGRESOS DICTAMINADOS SEGUN ESTADO DE RESULTADOS, LOS ACUMULABLES PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, LOS PERCIBIDOS PARA EFECTOS DEL IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA Y EL TOTAL DE ACTOS O ACTIVIDADES PARA EFECTOS DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO.

·            PARA DETERMINAR LOS INGRESOS GRAVADOS PARA EFECTOS DE IETU, TOMANDO COMO PUNTO DE PARTIDA LOS INGRESOS ACUMULABLES PARA EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, LOS CONTRIBUYENTES PODRAN CONSIDERAR, ENTRE OTRA, LA SIGUIENTE INFORMACION PROVENIENTE DEL PROPIO SIPRED 2009:

v  PARA LOS CONCEPTOS QUE SE SUMAN A LOS INGRESOS ACUMULABLES PARA EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, LA PROVENIENTE DE LOS ANEXOS: ESTADO DE POSICION FINANCIERA, INTEGRACION ANALITICA DE VENTAS O INGRESOS NETOS Y ANALISIS COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DE OTROS GASTOS.

v  PARA LOS CONCEPTOS QUE SE RESTAN DE LOS INGRESOS ACUMULABLES PARA EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, LA PROVENIENTE DE LOS ANEXOS: INTEGRACION ANALITICA DE VENTAS O INGRESOS NETOS, ANALISIS COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DE OTROS GASTOS, CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y EL DETERMINADO PARA EL IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA Y LA DE ESTE MISMO ANEXO.

OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS.

·            EN ESTE ANEXO LOS DATOS SE PROPORCIONARAN AGRUPADOS POR CADA PARTE RELACIONADA, GLOBALIZANDO LAS OPERACIONES POR TIPO DE OPERACION DURANTE EL EJERCICIO, PARA EFECTOS TANTO DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA COMO DEL IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA.

·            LA INFORMACION RELATIVA AL “IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA” DE ESTE ANEXO, SE PODRA NO PRESENTAR PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 2009.

·            EN LA COLUMNA “NUMERO DE IDENTIFICACION FISCAL O RFC”, SE ANOTARA EL NUMERO O CLAVE DE IDENTIFICACION FISCAL QUE UTILIZA LA PARTE RELACIONADA EN SU PAIS DE RESIDENCIA, EN CASO DE QUE EN EL PAIS DE RESIDENCIA DE LA PARTE RELACIONADA NO SE UTILICE DICHA CLAVE, SE ANOTARA N/A.

CUANDO LA PARTE RELACIONADA SEA UN RESIDENTE EN TERRITORIO NACIONAL, SE ANOTARA EL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES.

·            EN LA COLUMNA “TIPO DE OPERACION”, SE ANOTARA LA CLAVE Y DESCRIPCION QUE CORRESPONDA AL TIPO DE OPERACION REALIZADA, DE CONFORMIDAD CON EL CATALOGO CONTENIDO EN EL APENDICE IV DE ESTE INSTRUCTIVO.

·            EN LA COLUMNA “PAIS DE RESIDENCIA”, SE ANOTARA LA CLAVE Y NOMBRE DEL PAIS DE RESIDENCIA, DE CONFORMIDAD CON EL CATALOGO CONTENIDO EN EL APENDICE VI DE ESTE INSTRUCTIVO.

·            LA COLUMNA “MONTO EN PESOS”, CONTENDRA LOS IMPORTES DE LAS OPERACIONES REALIZADAS QUE DIERON ORIGEN A INGRESOS ACUMULABLES Y DEDUCCIONES AUTORIZADAS PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, O BIEN, A INGRESOS GRAVABLES O DEDUCCIONES PARA EFECTOS DEL IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA.

·            EN LA COLUMNA “METODO DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA APLICADO”, SE ANOTARA LA CLAVE Y DESCRIPCION QUE CORRESPONDA AL METODO DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA APLICADO, DE CONFORMIDAD CON EL CATALOGO CONTENIDO EN EL APENDICE V DE ESTE INSTRUCTIVO.

·            CUANDO EN LA COLUMNA “LA OPERACION ESTA PACTADA COMO CON PARTES INDEPENDIENTES EN OPERACIONES COMPARABLES” SE ANOTE “SI”, ES PORQUE SE CUENTA CON LA INFORMACION QUE DEMUESTRA QUE LAS OPERACIONES ESTAN PACTADAS COMO LO HARIAN PARTES INDEPENDIENTES EN OPERACIONES COMPARABLES.

·            EN LA COLUMNA “AJUSTE FISCAL PARA QUE LA OPERACION SE CONSIDERASE PACTADA COMO CON PARTES INDEPENDIENTES EN OPERACIONES COMPARABLES”, SE DEBERA PRESENTAR EL AJUSTE DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA, QUE EN SU CASO, HAYAN REALIZADO LOS CONTRIBUYENTES PARA QUE LA OPERACION CON PARTES RELACIONADAS QUE SE ESTA MANIFESTANDO HAYA QUEDADO DETERMINADA COMO LO HUBIERAN HECHO PARTES INDEPENDIENTES EN OPERACIONES COMPARABLES. EN CASO DE NO EXISTIR AJUSTE SE DEJARA EN BLANCO EL RENGLON DE ESTA COLUMNA.

·            EN LA COLUMNA “EJERCICIO EN EL QUE SE REGISTRO COMO INGRESO, COSTO, GASTO O INVERSION”, SE DEBERA REFLEJAR EL EJERCICIO FISCAL EN EL QUE PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA EL INGRESO, COSTO, GASTO O INVERSION QUE SE RELACIONA FUE CONSIDERADO COMO INGRESO ACUMULABLE O DEDUCCION Y, EN EL CASO DE INVERSIONES EL PRIMER EJERCICIO EN EL QUE SE DEDUJO COMO DEPRECIACION.

CUANDO SE TRATE DE LAS SIGUIENTES OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS, SE ESTARA A LO SIGUIENTE:

CLAVE

TIPO DE OPERACION

INFORMACION A PROPORCIONAR

DENOMINACION O RAZON SOCIAL DE LA PARTE RELACIONADA

NUMERO DE IDENTIFICACION FISCAL O RFC

TIPO DE OPERACION

PAIS DE RESIDENCIA

MONTO EN PESOS

METODO DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA APLICADO

LA OPERACION ESTA PACTADA COMO CON PARTES INDEPENDIENTES EN OPERACIONES COMPARABLES

AJUSTE FISCAL PARA QUE LA OPERACION SE CONSIDERASE PACTADA COMO CON PARTES INDEPENDIENTES EN OPERACIONES COMPARABLES

EJERCICIO EN EL QUE SE REGISTRO COMO INGRESO, COSTO, GASTO O INVERSION

(SI O NO)

OPERACIONES DE INGRESO

1303

GANANCIA REALIZADA POR FUSION

DATOS DE LA FUSIONANTE

Si

Si

Si

Si

NO

NO

NO

NO

1304

GANANCIA REALIZADA POR ESCISION

DATOS DE LA(S) ESCINDIDA(S)

Si

Si

Si

Si

NO

NO

NO

NO

1305

GANANCIA QUE PROVENGA DE REDUCCION DE CAPITAL DE SOCIEDADES MERCANTILES RESIDENTES EN EL EXTRANJERO

Si

Si

Si

Si

Si

NO

NO

NO

NO

1306

GANANCIA QUE PROVENGA DE LIQUIDACION DE SOCIEDADES MERCANTILES RESIDENTES EN EL EXTRANJERO

Si

Si

Si

Si

Si

NO

NO

NO

NO

1307

INGRESOS POR RECUPERACION DE CREDITOS INCOBRABLES

Si

Si

Si

Si

Si

NO

NO

NO

SI

1309

AJUSTE ANUAL POR INFLACION RELATIVO A LOS CREDITOS Y DEUDAS CON PARTES RELACIONADAS

NO

NO

SI

NO

SI

NO

NO

NO

NO

1310

UTILIDAD EN CAMBIOS GENERADA DE SALDOS Y OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS

NO

NO

SI

NO

SI

NO

NO

NO

NO

1311

CANTIDADES RECIBIDAS EN EFECTIVO, EN MONEDA NACIONAL O EXTRANJERA POR CONCEPTO DE PRESTAMOS, APORTACIONES PARA FUTUROS AUMENTOS DE CAPITAL MAYORES A $600,000 CUANDO NO SE CUMPLA CON LO PREVISTO EN EL ARTICULO 86-A DE LA L.I.S.R.

Si

Si

Si

Si

Si

NO

NO

NO

NO

1312

INGRESOS POR DIVIDENDOS

Si

Si

Si

Si

Si

NO

NO

NO

NO

OPERACIONES DE COSTO Y GASTOS

3007

CREDITOS INCOBRABLES, PERDIDAS POR CASO FORTUITO, FUERZA MAYOR O POR ENAJENACION DE BIENES DISTINTOS DE INVENTARIO

NO

NO

SI

NO

SI

NO

NO

NO

NO

3008

AJUSTE ANUAL POR INFLACION RELATIVO A LOS CREDITOS Y DEUDAS CON PARTES RELACIONADAS

NO

NO

SI

NO

SI

NO

NO

NO

NO

3009

PERDIDA EN CAMBIOS GENERADA DE SALDOS Y OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS

NO

NO

SI

NO

SI

NO

NO

NO

NO

 

INFORMACION DEL CONTRIBUYENTE SOBRE SUS OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS.

·            CUALQUIER EXPLICACION SOLICITADA EN ESTE ANEXO, CUYO ESPACIO ASIGNADO RESULTE INSUFICIENTE, DEBERA HACERSE A TRAVES DEL ANEXO DENOMINADO “INFORMACION ADICIONAL”.

·            SI A CRITERIO DE LA PERSONA QUE RESPONDA EL CUESTIONARIO NO HAY UNA RESPUESTA POSIBLE PARA UNA PREGUNTA EN UN RENGLON DETERMINADO SE PODRA DEJAR EN BLANCO EL RENGLON QUE CORRESPONDA.

EN ESTE CASO, SE DEBERAN HACER ACLARACIONES DEL PORQUE SE QUEDO EN BLANCO LA RESPUESTA A UNA PREGUNTA DETERMINADA, ESTO SE PODRA HACER EN EL ARCHIVO DEL SIPRED 2009 DENOMINADO INFORMACION ADICIONAL, YA QUE DE NO HACERLO EL SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA ENTENDERA QUE EL CONTRIBUYENTE TENIA LA OBLIGACION CUESTIONADA Y NO LE DIO CUMPLIMIENTO.

·            EN GENERAL UNA RESPUESTA NO APLICABLE (N/A) SIGNIFICA QUE EL CONTRIBUYENTE NO SE ENCUENTRA ANTE EL SUPUESTO ESTABLECIDO PARA LA PREGUNTA, POR EJEMPLO:

PREGUNTA

SIGNIFICADO DE UNA RESPUESTA N/A

EL CONTRIBUYENTE CUENTA CON UN ESTUDIO DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA (DOCUMENTACION A QUE SE REFIERE LA FRACCION XII DEL ARTICULO 86 DE LA LISR)

SIGNIFICA QUE:

A)     EL CONTRIBUYENTE SE ENCUENTRA EN EL SUPUESTO ESTABLECIDO EN EL SEGUNDO PARRAFO DE LA FRACCION XII DEL ARTICULO 86 DE LA LISR, ES DECIR, QUE REALIZO ACTIVIDADES EMPRESARIALES Y OBTUVO INGRESOS EN EL EJERCICIO INMEDIATO ANTERIOR QUE NO HAYAN EXCEDIDO DE $ 13’000,000.00, O BIEN, PRESTO SERVICIOS PROFESIONALES Y OBTUVO INGRESOS QUE NO HUBIESEN EXCEDIDO EN DICHO EJERCICIO DE $ 3’000,000.00, SIEMPRE QUE NO ESTE EN EL SUPUESTO A QUE SE REFIERE EL PENULTIMO PARRAFO DEL ARTICULO 215 DE ESTA LEY.

B)     EL CONTRIBUYENTE NO REALIZO OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO.

EL CONTRIBUYENTE PRESENTO SU DECLARACION INFORMATIVA POR SUS OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO (FRACCION XIII DEL ARTICULO 86 DE LA LISR)

SIGNIFICA QUE EL CONTRIBUYENTE SE ENCUENTRA EN EL SUPUESTO ESTABLECIDO EN EL PENULTIMO PARRAFO DEL ARTICULO 216-BIS DE LA LISR.

 

·            SI UN CONTRIBUYENTE TIENE MAS DE UNA ACTIVIDAD PREPONDERANTE SE PUEDEN PRESENTAR SIN LIMITACION LA(S) OTRA(S) ACTIVIDADES DEL CONTRIBUYENTE.

·            EN EL RENGLON VALOR DEL ACTIVO INTANGIBLE QUE TIENE REGISTRADO EN SU CONTABILIDAD, SE ASENTARA EL SALDO FINAL REFLEJADO EN LOS ESTADOS FINANCIEROS DEL CONTRIBUYENTE. EN CASO DE HABER DADO DE BAJA O ENAJENADO DURANTE EL EJERCICIO ALGUN ACTO INTANGIBLE DEBERA REFLEJAR EL VALOR DEL MISMO EN LOS ESTADOS FINANCIEROS A LA FECHA DE LA BAJA O ENAJENACION.

·            LOS RENGLONES EN LOS QUE EL CONTRIBUYENTE CUENTA CON EVIDENCIA DOCUMENTAL QUE DEMUESTRE HABER DADO CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO POR LA FRACCION XV DEL ARTICULO 86 DE LA LISR POR SUS OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS Y EL CONTRIBUYENTE CUENTA CON EVIDENCIA DOCUMENTAL QUE DEMUESTRE HABER DADO CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO POR LA FRACCION III DEL ARTICULO 18 DE LA LIETU POR SUS OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS TANTO RESIDENTES EN TERRITORIO NACIONAL COMO RESIDENTES EN EL EXTRANJERO, SE REFIEREN A QUE LOS CONTRIBUYENTES QUE CELEBRARON OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS DEBERAN CONTAR CON EL SOPORTE QUE ACREDITE QUE SE DETERMINARON SUS INGRESOS ACUMULABLES Y DEDUCCIONES AUTORIZADAS, CONSIDERANDO PARA ESAS OPERACIONES LOS PRECIOS Y MONTOS DE CONTRAPRESTACIONES QUE HUBIERAN UTILIZADO CON O ENTRE PARTES INDEPENDIENTES EN OPERACIONES COMPARABLES, APLICANDO PARA ESTE EFECTO LOS METODOS ESTABLECIDOS EN EL ARTICULO 216 DE LA LISR, EN EL ORDEN ESTABLECIDO EN EL CITADO ARTICULO.

·            EN LOS RENGLONES QUE SE REFIEREN AL RFC DE LAS PERSONAS QUE ELABORARON LA DOCUMENTACION QUE DEMUESTRE HABER DADO CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 86 FRACCION XII Y XV DE LA LISR Y 18 FRACCION III DE LA LIETU, O BIEN, QUE ASESORARON EN SU FORMULACION, SE ASENTARA EL RFC DE LA PERSONA FISICA EXTERNA AL CONTRIBUYENTE QUE ELABORO O ASESORO AL CONTRIBUYENTE. CUANDO HAYA SIDO EL PERSONAL DEL PROPIO CONTRIBUYENTE EL QUE ELABORO EL ESTUDIO SE ASENTARA EL RFC DEL CONTRIBUYENTE.

INVERSIONES Y TERRENOS

·            EN ESTE ANEXO SE PRESENTARA PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 2009, LA INFORMACION RELATIVA AL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y AL IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA.

DETERMINACION DE LA RENTA GRAVABLE PARA EFECTOS DE LA PARTICIPACION DE LOS TRABAJADORES EN LAS UTILIDADES DE LAS EMPRESAS DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 16 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.

·            CUANDO EL CONTRIBUYENTE NO HAYA DETERMINADO RENTA GRAVABLE PARA EFECTOS DE LA PARTICIPACION DE LOS TRABAJADORES EN LAS UTILIDADES DE LAS EMPRESAS EN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 16 DE LA LISR, DEJARA EN BLANCO ESTE ANEXO.

DATOS INFORMATIVOS

·            LOS CONTRIBUYENTES QUE HAYAN OPTADO POR NO PRESENTAR LA INFORMACION DEL EJERCICIO FISCAL DE 2009, EN LAS COLUMNAS CORRESPONDIENTES AL IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA DE LOS ANEXOS DENOMINADOS ANALISIS COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DE GASTOS, ANALISIS COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DE OTROS GASTOS, ANALISIS COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DEL RESULTADO INTEGRAL DE FINANCIAMIENTO Y ANALISIS COMPARATIVO DE LAS CUENTAS DEL ESTADO DE RESUILTADOS, PRESENTARAN LA INFORMACION EN LOS SIGUIENTES INDICES DE ESTE ANEXO CON LOS SIGUIENTES CONCEPTOS, CONFORME AL TIPO DE DICTAMEN DE ESTADOS FINANCIEROS QUE CORRESPONDA:

TIP O DE DICTAMEN DE ESTADOS FINANCIEROS

SOCIEDADES CONTROLADORAS Y CONTROLADAS

INSTITUCIONES DE CREDITO Y SOFOL

SEGUROS Y FIANZAS

INTERMEDIARIOS FINANCIEROS NO BANCARIOS

CASAS DE CAMBIO

CASAS DE BOLSA

GRUPOS FINANCIEROS

SOCIEDADES DE INVERSION DE CAPITALES

ESTABLECIMIENTOS PERMANENTES

NUMERO DE ANEXO EN DONDE SE AGREGA LA INFORMACION

36

30

32

32

29

30

29

29

37

NUMERO DE INDICE PRESTABLECIDO

363620

 

T0003580

 

373620

 

 

T0003570

T0003570

 

T0003570

T0003570

T0003570

T0003570

 

CONCEPTO IETU

NUMERO DE INDICE

INGRESOS

ENAJENACION DE BIENES

363621

T0003571

T0003571

T0003581

T0003571

T0003571

T0003571

T0003571

373621

EXENTOS POR ENAJENACION DE BIENES

363622

T0003572

T0003572

T0003582

T0003572

T0003572

T0003572

T0003572

373622

PRESTACION DE SERVICIOS INDEPENDIENTES

363623

T0003573

T0003573

T0003583

T0003573

T0003573

T0003573

T0003573

373623

EXENTOS POR PRESTACION DE SERVICIOS INDEPENDIENTES

363624

T0003574

T0003574

T0003584

T0003574

T0003574

T0003574

T0003574

373624

USO O GOCE TEMPORAL DE BIENES

363625

T0003575

T0003575

T0003585

T0003575

T0003575

T0003575

T0003575

373625

EXENTOS POR USO O GOCE TEMPORAL DE BIENES

363626

T0003576

T0003576

T0003586

T0003576

T0003576

T0003576

T0003576

373626

OTROS INGRESOS

363627

T0003577

T0003577

T0003587

T0003577

T0003577

T0003577

T0003577

373627

TOTAL DE INGRESOS GRAVADOS

363628

T0003578

T0003578

T0003588

T0003578

T0003578

T0003578

T0003578

373628

DEDUCCIONES

 

EROGACIONES POR ADQUISICION DE BIENES

363629

T0003579

T0003579

T0003589

T0003579

T0003579

T0003579

T0003579

373629

EROGACIONES POR SERVICIOS INDEPENDIENTES

363630

T0003580

T0003580

T0003590

T0003580

T0003580

T0003580

T0003580

373630

EROGACIONES POR EL USO O GOCE TEMPORALES DE BIENES

363631

T0003581

T0003581

T0003591

T0003581

T0003581

T0003581

T0003581

373631

DEDUCCION DE INVERSIONES (ACTIVO FIJO)

363632

T0003582

T0003582

T0003592

T0003582

T0003582

T0003582

T0003582

373632

CONTRIBUCIONES A CARGO

363633

T0003583

T0003583

T0003593

T0003583

T0003583

T0003583

T0003583

373633

EROGACIONES POR APROVECHAMIENTOS

363634

T0003584

T0003584

T0003594

T0003584

T0003584

T0003584

T0003584

373634

DEVOLUCIONES, DESCUENTOS O BONIFICACIONES, DEPOSITOS O ANTICIPOS

363635

T0003585

T0003585

T0003595

T0003585

T0003585

T0003585

T0003585

373635

INDEMINIZACIONES POR DAÑOS Y PERJUICIOS Y PENAS CONVENCIONALES

363636

T0003586

T0003586

T0003596

T0003586

T0003586

T0003586

T0003586

373636

RESERVAS VINCULADAS CON LOS SEGUROS DE VIDA O DE PENSIONES

 

T0003587

 

CREACION O INCREMENTO DE RESERVAS DE RIESGOS CATASTROFICAS (ASEGURADORAS)

 

T0003588

 

PAGO DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y FIANZAS

 

T0003589

 

PREMIOS PAGADOS EN EFECTIVO

363637

T0003587

T0003590

T0003597

T0003597

T0003597

T0003597

T0003597

373637

DONATIVOS

363638

T0003588

T0003591

T0003598

T0003598

T0003598

T0003598

T0003598

373638

PERDIDAS POR CREDITOS INCOBRABLES (SISTEMA FINANCIERO)

 

T0003589

T0003592

T0003599

T0003599

T0003599

T0003599

T0003599

 

QUITAS, CONDONACIONES, BONIFICACIONES Y DESCUENTOS SOBRE CARTERA DE CREDITOS (SISTEMA FINANCIERO)

 

T0003590

T0003593

T0003600

T0003600

T0003600

T0003600

T0003600

 

MONTO DE LAS RESERVAS PREVENTIVAS GLOBALES

 

T0003591

 

 

PERDIDAS POR CREDITOS INCOBRABLES Y CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR

363639

T0003592

T0003594

T0003601

T0003601

T0003601

T0003601

T0003601

373639

DEDUCCION ADICIONAL POR INVERSIONES

363640

T0003593

T0003595

T0003602

T0003602

T0003602

T0003602

T0003602

373640

OTRAS DEDUCCIONES AUTORIZADAS

363641

T0003594

T0003596

T0003603

T0003603

T0003603

T0003603

T0003603

373641

TOTAL DE DEDUCCIONES AUTORIZADAS

363642

T0003595

T0003597

T0003604

T0003604

T0003604

T0003604

T0003604

373642

BASE GRAVABLE

363643

T0003596

T0003598

T0003605

T0003605

T0003605

T0003605

T0003605

373643

DEDUCCIONES QUE EXCEDEN A LOS INGRESOS

363644

T0003597

T0003599

T0003606

T0003606

T0003606

T0003606

T0003606

373644

 

·            PARA EFECTOS DEL CUADRO ANTERIOR, LOS INDICES CITADOS SE DEBERAN AGREGAR DESPUES DE LOS SIGUIENTES CONCEPTOS PREESTABLECIDOS EN ESTE ANEXO PARA EL IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA:

v  PARA LOS DICTAMENES DE SOCIEDADES CONTROLADORAS Y SOCIEDADES CONTROLADAS, ESTABLECIMIENTOS PERMANENTES DE RESIDENTES EN EL EXTRANJERO, ASI COMO INTERMEDIARIOS FINANCIEROS NO BANCARIOS, EL DENOMINADO “CONTRAPRESTACIONES QUE EFECTIVAMENTE SE COBREN EN EL PERIODO, POR LAS ENAJENACIONES A PLAZO”.

v  PARA LOS DICTAMENES DE SECTOR FINANCIERO, EXCEPTO EL DE INTERMEDIARIOS FINANCIEROS NO BANCARIOS, EL DENOMINADO “DEDUCCION DE INVERSIONES”.

OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR.

·            EN ESTE ANEXO LOS DATOS QUE SE SOLICITAN SE PROPORCIONARAN AGRUPADOS POR CADA UNO DE LOS BIENES IMPORTADOS O EXPORTADOS, POR CADA UNO DE LOS AGENTES ADUANALES Y DENTRO DE CADA AGENTE ADUANAL AGRUPADOS POR PAIS DE ORIGEN Y PROCEDENCIA, GLOBALIZANDO LAS OPERACIONES EN QUE INTERVINO Y CONSIGNANDOLAS EN EL RENGLON O RENGLONES QUE LES CORRESPONDA.

·            EN LAS COLUMNAS: “PAIS DE PROCEDENCIA”, “PAIS DE ORIGEN” Y “PAIS DE DESTINO”, SE DEBERA ANOTAR LA CLAVE Y NOMBRE DEL PAIS DE CONFORMIDAD CON EL CATALOGO CONTENIDO EN EL APENDICE VI DE ESTE INSTRUCTIVO.

·            EN LA COLUMNA “PROGRAMA O DECRETO” SE ANOTARA CUANDO SEA PROCEDENTE EL PROGRAMA O DECRETO BAJO EL CUAL SE LLEVARON A CABO LAS OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR.

         EJEMPLO: “IMMEX”.

INTEGRACION DE CIFRAS REEXPRESADAS.

·            LOS ESTADOS FINANCIEROS BASICOS QUE SE DICTAMINAN SE PODRAN MOSTRAR A CIFRAS HISTORICAS; SIN EMBARGO, AQUELLOS CONTRIBUYENTES QUE REEXPRESARON LAS CIFRAS DE DICHOS ESTADOS, CONFORME A LA NIF B-10 DE LAS NORMAS DE INFORMACION FINANCIERA (NIF), DEBERAN PROPORCIONAR LA INTEGRACION DE LA ACTUALIZACION DE LAS PARTIDAS DE ESOS ESTADOS EN EL ANEXO DE “INTEGRACION DE CIFRAS REEXPRESADAS”.

·            DICHA INTEGRACION CONSISTIRA EN REFLEJAR EL AJUSTE POR ACTUALIZACION DEUDOR O ACREEDOR DERIVADO DE LOS EFECTOS DE REEXPRESION A LOS ESTADOS FINANCIEROS DEL EJERCICIO DE QUE SE TRATE QUE FUERON MOTIVO DE REVISION EN LA AUDITORIA. ASIMISMO, EN LAS NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS, SE INCLUIRA LA REVELACION DE QUE LA INFORMACION PROPORCIONADA POR REEXPRESION, SE PRESENTA EN PESOS DE PODER ADQUISITIVO A LA FECHA DE CIERRE DE LOS ESTADOS FINANCIEROS, ASI COMO EL HECHO DE HABER OPERADO EN UN ENTORNO ECONOMICO INFLACIONARIO Y CONSECUENTEMENTE HABER REEXPRESADO LOS ESTADOS FINANCIEROS, EL PORCENTAJE DE INFLACION ACUMULADA DE LOS TRES EJERCICIOS ANTERIORES, EL PORCENTAJE DE INFLACION DEL PERIODO, ASI COMO EL INDICE DE PRECIOS UTILIZADO.

·            NO ES NECESARIO PRESENTAR ESTE ANEXO, CUANDO UNICAMENTE EXISTAN EFECTOS INFLACIONARIOS DE EJERCICIOS ANTERIORES QUE AFECTEN LOS ESTADOS FINANCIEROS DEL EJERCICIO FISCAL DE 2009, EN CUYO CASO, LA INFORMACION RELATIVA SE PRESENTARA EN LOS RENGLONES RELATIVOS A LOS EFECTOS DE LA INFLACION DE LOS ANEXOS DEL ESTADO DE RESULTADOS QUE CORRESPONDAN.

CUESTIONARIO DE DIAGNOSTICO FISCAL.

·            LOS INDICES QUE SE SEÑALAN EN EL SIGUIENTE CUADRO (PARTE I Y PARTE II), CONTIENEN LAS PREGUNTAS RELACIONADAS CON EL CUESTIONARIO DE DIAGNOSTICO FISCAL, CUYAS RESPUESTAS ESTARAN A CARGO DEL CONTADOR PUBLICO CONFORME A LA REVISION QUE HAGA A LOS ESTADOS FINANCIEROS DEL CONTRIBUYENTE, POR LO QUE DEBERA MANIFESTAR EN SU INFORME SOBRE LA REVISION DE LA SITUACION FISCAL DEL CONTRIBUYENTE, EN FORMA EXPRESA, CUALQUIER OMISION O INCUMPLIMIENTO A LAS DISPOSICIONES FISCALES SEÑALADAS EN EL CUESTIONARIO DE DIGNOSTICO FISCAL, QUE HAYA DETECTADO AL EXAMINAR LA SITUACION FISCAL DEL CONTRIBUYENTE DENTRO DEL ALCANCE DE SUS PRUEBAS SELECTIVAS LLEVADAS A CABO EN CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS Y PROCEDIMIENTOS DE AUDITORIA.

PARTE I

TIPO DE DICTAMEN DE ESTADOS FINANCIEROS

SOCIEDADES CONTROLADORAS Y CONTROLADAS

INSTITUCIONES DE CREDITO Y SOFOL

SEGUROS Y FIANZAS

INTERMEDIARIOS FINANCIEROS NO BANCARIOS

CASAS DE CAMBIO

CONCEPTO

INDICES

PROCEDIMIENTOS DE AUDITORIA APLICADOS PARA LA REVISION DE ESTADOS FINANCIEROS

DEL DF0003 AL DF0028

DEL DF000008 AL DF000028

DEL DF000008 AL DF000028

DEL DF000008 AL DF000028

DEL DF000008 AL DF000028

INGRESOS (I.S.R.)

DF0469 Y DF0470

 

DEDUCCIONES (I.S.R.)

DF0522 Y DF0523

DF000540 Y DF000541

DF000527 Y DF000528

DF000527 Y DF000528

DF000522 Y DF000523

DISPOSICIONES ESPECIFICAS (I.S.R.)

 

DF000559 Y DF000560

DF000572 Y DF000573

DF000557 Y DF000558

DF000540 Y DF000541

OTRAS OBLIGACIONES (I.S.R.)

 

DISPOSICIONES ESPECIFICAS (I.E.T.U.)

 

DF000660 Y DF000661

DF000660 Y DF000661

DF000655 Y DF000656

 

INGRESOS (I.E.T.U.)

DF0654 Y DF0655

 

DEDUCCIONES (I.E.T.U.)

DF0690 Y DF0691

DF000693 Y DF000694

DF000690 Y DF000691

DF000690 Y DF000691

DF000690 Y DF000691

ACREDITAMIENTOS (I.E.T.U.)

DF0706 Y DF0707

DF000703 Y DF000704

DF000703 Y DF000704

DF000703 Y DF000704

DF000703 Y DF000704

ACTOS O ACTIVIDADES (I.V.A.)

DF0857 Y DF0858

DF000858 Y DF000859

DF000858 Y DF000859

DF000858 Y DF000859

 

ACDREDITAMIENTO (I.V.A.)

DF0884 Y DF0885

DF000875 Y DF000876

DF000875 Y DF000876

DF000874 Y DF000875

DF000884 Y DF000885

DISPOSICIONES ESPECIFICAS DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (I.V.A.)

 

DF000897 Y DF000898

 

OBLIGACIONES (I.V.A.)

DF0917 Y DF0918

 

DF000917 Y DF000918

IMPUESTO A LOS DEPOSITOS EN EFECTIVO (I.D.E.)

DF1005 Y DF1006

 

 

PARTE II

TIPO DE DICTAMEN DE ESTADOS FINANCIEROS

CASAS DE BOLSA

GRUPOS FINANCIEROS

SOCIEDADES DE INVERSION DE CAPITALES

SOCIEDADES DE INVERSION DE RENTA FIJA Y EN INSTRUMENTOS DE DEUDA

ESTABLECIMIENTOS PERMANENTES

CONCEPTO

INDICES

PROCEDIMIENTOS DE AUDITORIA APLICADOS PARA LA REVISION DE ESTADOS FINANCIEROS

DEL DF000008 AL DF000028

DEL DF000008 AL DF000028

DEL DF000008 AL DF000028

DEL DF000008 AL DF000028

DEL DF0003 AL DF0028

INGRESOS (I.S.R.)

 

DF0472 Y DF0473

DEDUCCIONES (I.S.R.)

DF000522 Y DF000523

DF000524 Y DF000525

DF000522 Y DF000523

 

DF0522 Y DF0523

DISPOSICIONES ESPECIFICAS (I.S.R.)

DF000585 Y DF000586

 

OTRAS OBLIGACIONES (I.S.R.)

 

DF0555 Y DF0556

DISPOSICIONES ESPECIFICAS (I.E.T.U.)

DF000654 Y DF000655

 

INGRESOS (I.E.T.U.)

 

DF0654 Y DF0655

DEDUCCIONES (I.E.T.U.)

DF000690 Y DF000691

 

DF000690 Y DF000691

 

DF0690 Y DF0691

ACREDITAMIENTOS (I.E.T.U.)

DF000703 Y DF000704

DF000703 Y DF000704

DF000703 Y DF000704

 

DF0703 Y DF0704

ACTOS O ACTIVIDADES (I.V.A.)

DF000858

 

DF0857 Y DF0858

ACDREDITAMIENTO (I.V.A.)

DF000875 Y DF000876

 

DF0884 Y DF0885

DISPOSICIONES ESPECIFICAS DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (I.V.A.)

 

DF000884 Y DF000885

 

OBLIGACIONES (I.V.A.)

 

DF000917 Y DF000918

DF000917 Y DF000918

 

DF0917 Y DF0918

IMPUESTO A LOS DEPOSITOS EN EFECTIVO (I.D.E.)

 

DF1004 Y DF1005

 

·            LAS RESPUESTAS A LOS INDICES DEL DF0029 AL INDICE DF0070 PARA EL CASO DE SOCIEDADES CONTROLADORAS Y CONTROLADAS Y ESTABLECIMIENTOS PERMANENTES DE RESIDENTES EN EL EXTRANJERO, ASI COMO DE LOS INDICES DEL DF000029 AL INDICE DF000073 PARA EL CASO DEL SECTOR FINANCIERO PODRAN NO PRESENTARSE PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 2009.

·            EN LA PREGUNTA DF0005 PARA EL CASO DE SOCIEDADES CONTROLADORAS Y CONTROLADAS Y ESTABLECIMIENTOS PERMANENTES DE RESIDENTES EN EL EXTRANJERO SE PRETENDE QUE EL CONTADOR PUBLICO REGISTRADO DESCRIBA, EN SU CASO, EN EL INFORME SOBRE LA REVISION DE LA SITUACION FISCAL DEL CONTRIBUYENTE LAS DEFICIENCIAS IMPORTANTES EN EL DISEÑO Y OPERACION DE LA ESTRUCTURA DEL CONTROL INTERNO QUE DETECTO Y QUE A SU JUICIO PODRIAN AFECTAR NEGATIVAMENTE LA CAPACIDAD DEL CONTRIBUYENTE PARA REGISTRAR, PROCESAR, RESUMIR Y REPORTAR INFORMACION FINANCIERA QUE TIENE REPERCUSION FISCAL. A CONTINUACION SE CITAN ALGUNOS EJEMPLOS:

-       DISEÑO INADECUADO DE LA ESTRUCTURA DEL CONTROL INTERNO EN GENERAL

-       FALTA DE REVISION Y APROBACION ADECUADA DE LAS TRANSACCIONES, POLIZAS CONTABLES O REPORTES EMITIDOS QUE TIENEN REPERCUISION FISCAL.

-       PROCEDIMIENTOS INADECUADOS PARA LA EVALUACION Y APLICACION ADECUADA DE NORMAS DE INFORMACION FINANCIERA QUE TIENEN REPERCUSION FISCAL.

-       APLICACION INDEBIDA DE NORMAS DE INFORMACION FINANCIERA QUE REPERCUTEN EN LA SITUACION FISCAL DEL CONTRIBUYENTE.

-       FALLAS EN EL DISEÑO DEL SISTEMA PARA SUMINISTRAR INFORMACION FINANCIERA Y FISCAL COMPLETA, CORRECTA, CONGRUENTE Y OPORTUNA.

-       DEFICIENCIAS EN LOS CONTROLES ESTABLECIDOS PARA LA PREVENCION Y DETECCION DE OMISIONES EN LA INFORMACION CONTABLE Y FISCAL.

-       FALLAS EN EL SUMINISTRO OPORTUNO DE INFORMACION FINANCIERA Y FISCAL COMPLETA,

-       TRANSACCIONES IMPORTANTES CON PARTES RELACIONADAS NO REVELADAS.

·            LOS INDICES QUE SE SEÑALAN EN EL SIGUIENTE CUADRO (PARTE I Y PARTE II), CONTIENEN LAS PREGUNTAS RELACIONADAS CON EL CUESTIONARIO DE DIAGNOSTICO FISCAL, CUYAS RESPUESTAS ESTARAN A CARGO DEL CONTRIBUYENTE, SIN EMBARGO, DICHAS RESPUESTAS SERAN REVISADAS Y VALIDADAS POR EL CONTADOR PUBLICO CONFORME A LAS NORMAS Y PROCEDIMIENTOS DE AUDITORIA Y AL ALCANCE DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS DE SU AUDITORIA; CUANDO NO PUEDA VALIDAR LAS RESPUESTAS DEL CONTRIBUYENTE O NO ESTE DE ACUERDO CON ALGUNA DE ELLAS, DEBERA SEÑALAR EL NUMERO DE INDICE DE LA PREGUNTA Y EXPLICAR LOS MOTIVOS EN EL INFORME SOBRE LA REVISION DE LA SITUACION FISCAL DEL CONTRIBUYENTE Y, EN SU CASO, HACER LAS SALVEDADES CORRESPONDIENTES.

PARTE I

TIPO DE DICTAMEN DE ESTADOS FINANCIEROS

SOCIEDADES CONTROLADORAS Y CONTROLADAS

INSTITUCIONES DE CREDITO Y SOFOL

SEGUROS Y FIANZAS

INTERMEDIARIOS FINANCIEROS NO BANCARIOS

CASAS DE CAMBIO

CONCEPTO

INDICES

GENERALIDADES FISCALES

DEL DF0150 AL DF0316

DEL DF000159 AL DF000208

DEL DF000159 AL DF000208

DEL DF000159 AL DF000208

DEL DF000159 AL DF000208

IMPUESTO SOBRE LA RENTA (I.S.R.)

DEL DF0430 AL DF0442

DEL DF000431 AL DF000445

DEL DF000431 AL DF000444

DEL DF000431 AL DF000445

DEL DF000431 AL DF000444

INGRESOS (I.S.R.)

DEL DF0460 AL DF0468 Y DF0471

 

DEDUCCIONES (I.S.R.) / DEDUCCIONES ESPECIFICAS (I.S.R)

DEL DF0489 AL DF0521 Y DF0524

DEL DF000502 AL DF000534

DEL DF000500 AL DF000526

DEL DF000500 AL DF000526

DEL DF000502 AL DF000521 Y DEL DF000524 AL DF000539

REGIMEN DE CONSOLIDACION FISCAL (I.S.R.) Y OBLIGACIONES DE LA SOCIEDAD CONTROLADORA

DEL DF0550 AL DF0606

 

OBLIGACIONES DE LAS SOCIEDADES CONTROLADAS

DEL DF0620 AL DF0624

 

DISPOSICIONES ESPECIFICAS (I.S.R.)

 

DEL DF000549 AL DF000557

DEL DF000550 AL DF000571

DEL DF000531 AL DF000556

 

RETENCIONES Y/O RESPONSABILIDAD SOLIDARIA

DF0628 Y DF0629

DF000581 Y DF000582

DF000581 Y DF000582

DF000581 Y DF000582

 

OTRAS OBLIGACIONES (I.S.R.)

 

DISPOSICIONES ESPECIFICAS (I.E.T.U.)

 

DF000653 Y DF000654

DEL DF000650 AL DF000659

DEL DF000649 AL DF000654

DEL DF000650 AL DF000655

INGRESOS (I.E.T.U.)

DEL DF0649 AL DF0653

 

DEDUCCIONES (I.E.T.U.)

DEL DF0680 AL DF0687

DEL DF000681 AL DF000687

DEL DF000681 AL DF000687

DEL DF000680 AL DF000687

DEL DF000681 AL DF000686

ACREDITAMIENTOS (I.E.T.U.)

DEL DF0700 AL DF0705

DF000700 Y DF000701

DF000700 Y DF000701

DF000700 Y DF000701

DEL DF000700 AL DF000702

ACTOS O ACTIVIDADES (I.V.A.)

DEL DF0850 AL DF0856

DF000856 Y DF000857

DF000856 Y DF000857

DF000856 Y DF000857

DF000856 Y DF000857

ACDREDITAMIENTO (I.V.A.)

DEL DF0869 AL DF0882

DEL DF000869 AL DF000872

DEL DF000869 AL DF000874

DEL DF000869 AL DF000873

DF000874

DISPOSICIONES ESPECIFICAS (I.V.A.) Y/O ESPECIFICAS DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

 

DEL DF000891 AL DF000893

DEL DF000891 AL DF000896

 

OBLIGACIONES (I.V.A.)

DEL DF0910 AL DF0916

 

DEL DF000914 AL DF000918

 

DF000914 Y DF000915

IMPUESTO A LOS DEPOSITOS EN EFECTIVO (I.D.E.)

DEL DF1000 AL DF1004

DEL DF001000 AL DF001004

DEL DF001000 AL DF001004

DEL DF001000 AL DF001004

 

 

PARTE II

TIPO DE DICTAMEN DE ESTADOS FINANCIEROS

CASAS DE BOLSA

GRUPOS FINANCIEROS

SOCIEDADES DE INVERSION DE CAPITALES

SOCIEDADES DE INVERSION DE RENTA FIJA Y EN INSTRUMENTOS DE DEUDA

ESTABLECIMIENTOS PERMANENTES

CONCEPTO

INDICES

GENERALIDADES FISCALES

DEL DF000159 AL DF000316

DEL DF000159 AL DF000208

DEL DF000159 AL DF000208

DEL DF000159 AL DF000183

DEL DF0150 AL DF0316

IMPUESTO SOBRE LA RENTA (I.S.R.)

DEL DF000431 AL DF000444

DEL DF000431 AL DF000444

DEL DF000434 AL DF000443

DEL DF000431 AL DF000436

DEL DF0430 AL DF0442

INGRESOS (I.S.R.)

 

DEL DF0460 AL DF0471 Y DF0474

DEDUCCIONES (I.S.R.) / DEDUCCIONES ESPECIFICAS (I.S.R)

DEL DF000502 AL DF000520

DEL DF000502 AL DF000523

DF000502 Y DF000519

 

DEL DF0480 AL DF0521 Y DF0524

REGIMEN DE CONSOLIDACION FISCAL (I.S.R.) Y OBLIGACIONES DE LA SOCIEDAD CONTROLADORA

 

OBLIGACIONES DE LAS SOCIEDADES CONTROLADAS

 

DISPOSICIONES ESPECIFICAS (I.S.R.)

DEL DF000550 AL DF000578

 

RETENCIONES Y/O RESPONSABILIDAD SOLIDARIA

 

DF0540 Y DF0541

OTRAS OBLIGACIONES (I.S.R.)

 

DF0550 Y DF0551

DISPOSICIONES ESPECIFICAS (I.E.T.U.)

DF000652 Y DF000653

DEL DF000649 AL DF000681

 

INGRESOS (I.E.T.U.)

 

DF000649

 

DEL DF0649 AL DF0653

DEDUCCIONES (I.E.T.U.)

DEL DF000681 AL DF000686

 

DF000680 Y DF000685

 

DEL DF0680 AL DF0687

ACREDITAMIENTOS (I.E.T.U.)

DEL DF000700 AL DF000702

DF000700 Y DF000701

DF000700

 

DEL DF0700 AL DF0702

ACTOS O ACTIVIDADES (I.V.A.)

DF000856 Y DF000857

 

DEL DF0850 AL DF0856

ACDREDITAMIENTO (I.V.A.)

DEL DF000869 AL DF000874

 

DEL DF0869 AL DF0882

DISPOSICIONES ESPECIFICAS (I.V.A.) Y/O ESPECIFICAS DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

 

DF000874

 

OBLIGACIONES (I.V.A.)

 

DF000914 Y DF000915

DEL DF000873 AL DF000916

 

DEL DF0910 AL DF0916

IMPUESTO A LOS DEPOSITOS EN EFECTIVO (I.D.E.)

DEL DF001000 AL DF001004

 

DEL DF1000 AL DF1003

 

·            PARA EFECTO DE DAR RESPUESTA A LAS PREGUNTAS ANTERIORES, EL CONTRIBUYENTE DEBERA REALIZAR UN AUTODIAGNOSTICO DE CUMPLIMIENTO A LAS DIFERENTES DISPOSICIONES FISCALES QUE ESTEN RELACIONADAS.

·            LOS CONTADORES PUBLICOS DEBERAN MANIFESTAR EN SU INFORME SOBRE LA REVISION DE LA SITUACION FISCAL DEL CONTRIBUYENTE, EN FORMA EXPRESA, CUALQUIER OMISION O INCUMPLIMIENTO A LAS DISPOSICIONES FISCALES QUE HAYAN DETECTADO AL EXAMINAR LA SITUACION FISCAL DEL CONTRIBUYENTE, CONFORME A LAS NORMAS Y PROCEDIMIENTOS DE AUDITORIA.

·            EN LA PREGUNTA DF0503 “PARA EL CASO DE SOCIEDADES CONTROLADORAS Y CONTROLADAS Y ESTABLECIMIENTOS PERMANENTES DE RESIDENTES EN EL EXTRANJERO, ASI COMO EN LA PREGUNTA DF000503 PARA EL CASO DEL SECTOR FINANCIERO, EN LOS CASOS DE ASISTENCIA TECNICA, DE TRANSFERENCIA DE TECNOLOGIA O DE REGALIAS, PUDO COMPROBAR QUE, QUIEN PROPORCIONO LOS CONOCIMIENTOS CONTABA CON ELEMENTOS TECNICOS PROPIOS PARA ELLO, LOS HAYA PRESTADO EN FORMA DIRECTA Y EFECTIVAMENTE SE HAYAN LLEVADO A CABO (ARTICULO 31 FRACCION XI DE LA LEY)”, EN CASO DE UNA RESPUESTA NEGATIVA, SE ENTENDERA QUE EL CONTADOR PUBLICO REGISTRADO NO TUVO ELEMENTOS PARA COMPROBAR QUE SE REUNIERA EL REQUISITO SEÑALADO.

CUESTIONARIO DE DIAGNOSTICO FISCAL EN MATERIA DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA.

·            PAPEL DEL CONTADOR PUBLICO REGISTRADO EN EL TEMA DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA. EL SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA A TRAVES DEL CUESTIONARIO EN MATERIA DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA QUE DEBEN LLENAR LOS CONTADORES PUBLICOS REGISTRADOS, PRETENDE QUE EL AUDITOR SE CERCIORE DE QUE LOS CONTRIBUYENTES QUE ESTAN REVISANDO CUMPLIERON CON SUS OBLIGACIONES FISCALES EN MATERIA DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA (ARTICULO 86, FRACCIONES XII, XIII Y XV DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA VIGENTE EN 2009), ES DECIR, QUE HAYAN PRESENTADO LA DECLARACION INFORMATIVA DE OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO Y QUE CUENTEN CON DOCUMENTACION E INFORMACION QUE ACREDITE QUE LAS OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS SE DETERMINARON COMO LO HARIAN PARTES INDEPENDIENTES EN OPERACIONES COMPARABLES (ESTUDIOS DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA). PARA ESTOS EFECTOS SE DEBE CONSIDERAR LO DISPUESTO, ENTRE OTROS, EN LOS BOLETINES 3010, 3060, 3080, 4010, 4060, 4080 Y SOBRE TODO LO SEÑALADO EN LOS BOLETINES 5050 Y 5060 DE LAS NORMAS Y PROCEDIMIENTOS DE AUDITORIA QUE ESTUVIERON VIGENTES PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 2009.

·            ES IMPORTANTE SEGUIR LAS RECOMENDACIONES Y GUIAS ESTABLECIDAS EN LOS FOLIOS 67 Y 82 DE FECHAS 7 DE MAYO DE 2007 Y 27 DE JUNIO DE 2007, RESPECTIVAMENTE, EMITIDOS POR EL INSTITUTO MEXICANO DE CONTADORES PUBLICOS, LOS CUALES SON DE LIBRE ACCESO A TRAVES DE INTERNET EN LA PAGINA WWW.IMCP.ORG.MX.

·            LAS RESPUESTAS A LAS PREGUNTAS DE LOS SIGUIENTES RENGLONES PODRAN NO PRESENTARSE PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 2009.

CONCEPTO

INDICES

EN CASO DE INCUMPLIMIENTO POR PARTE DEL CONTRIBUYENTE A LO DISPUESTO POR ESTAS DISPOSICIONES, SEÑALO ALGUNA SALVEDAD EN SU INFORME SOBRE LA REVISION DE LA SITUACION FISCAL

CPR025

EN CASO DE INCUMPLIMIENTO POR PARTE DEL CONTRIBUYENTE A LO DISPUESTO POR ESTAS DISPOSICIONES, SEÑALO ALGUNA SALVEDAD EN SU DICTAMEN

CPR026

VERIFICO QUE EN LA DOCUMENTACION COMPROBATORIA DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA, EXISTA EVIDENCIA DE QUE SE INTENTO APLICAR EN PRIMER TERMINO EL METODO DE PRECIO COMPARABLE NO CONTROLADO (PREVISTO POR LA FRACCION I DEL ARTICULO 216 DE LA LISR) PARA CADA UNA DE SUS TRANSACCIONES CON PARTES RELACIONADAS QUE VALIDO EN SUS ESTUDIOS DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA

CPR067

SI USTED DICTAMINO ESA INFORMACION FINANCIERA

CPR068

SI LOS SISTEMAS DE CONTABILIDAD DEL CONTRIBUYENTE PERMITEN SEGMENTAR RAZONABLEMENTE LA INFORMACION FINANCIERA

CPR069

INDIQUE SI LAS CIFRAS SEGMENTADAS TOTALES SON CONSISTENTES CON LAS CIFRAS CONTABLES DICTAMINADAS DE LA CONTRIBUYENTE

CPR070

EN CASO DE QUE NO SE HAYA CUMPLIDO CON ALGUNO DE LOS PUNTOS ANTES REFERIDOS SEÑALE SI MENCIONO TAL CIRCUNSTANCIA EN SU INFORME SOBRE LA REVISION DE LA SITUACION FISCAL, O BIEN EN SU DICTAMEN

CPR071

 

          NO OBSTANTE LO ANTERIOR, LOS CONTADORES PUBLICOS DEBERAN MANIFESTAR EN SU INFORME SOBRE LA REVISION DE LA SITUACION FISCAL DEL CONTRIBUYENTE, EN FORMA EXPRESA, CUALQUIER OMISION O INCUMPLIMIENTO A LAS DISPOSICIONES FISCALES A QUE HACEN REFERENCIA LOS RENGLONES ANTES CITADOS, QUE SE HAYAN DETECTADO AL EXAMINAR LA SITUACION FISCAL DEL CONTRIBUYENTE CONFORME LAS NORMAS Y PROCEDIMIENTOS DE AUDITORIA.

·            EN GENERAL UNA RESPUESTA NO APLICABLE (N/A) SIGNIFICA QUE EL CONTRIBUYENTE NO SE ENCUENTRA ANTE EL SUPUESTO ESTABLECIDO PARA LA PREGUNTA, POR EJEMPLO (DICTAMEN FISCAL DE ESTADOS FINANCIEROS GENERAL):

INDICE

PREGUNTA

SIGNIFICADO DE UNA RESPUESTA N/A

CPR027 A CPR030

SECCION REFERENTE AL ARTICULO 86, FRACCION XII DE LA LISR

VERIFICO QUE EL CONTRIBUYENTE CUMPLIERA FORMALMENTE CON ESTA OBLIGACION FISCAL

A

EN CASO DE INCUMPLIMIENTO DEL CONTRIBUYENTE, MENCIONO TAL CIRCUNSTANCIA COMO UNA SALVEDAD EN SU DICTAMEN

SIGNIFICA QUE:

A)   EL CONTRIBUYENTE SE ENCUENTRA EN EL SUPUESTO ESTABLECIDO EN EL SEGUNDO PARRAFO DE LA FRACCION XII DEL ARTICULO 86 DE LA LISR, ES DECIR, QUE REALIZO ACTIVIDADES EMPRESARIALES Y OBTUVO INGRESOS EN EL EJERCICIO INMEDIATO ANTERIOR QUE NO HAYAN EXCEDIDO DE $13’000,000.00, O BIEN, PRESTO SERVICIOS PROFESIONALES Y OBTUVO INGRESOS QUE NO HUBIESEN EXCEDIDO EN DICHO EJERCICIO DE $3’000,000.00, SIEMPRE QUE NO ESTE EN EL SUPUESTO A QUE SE REFIERE EL PENULTIMO PARRAFO DEL ARTICULO 215 DE ESTA LEY.

B)   EL CONTRIBUYENTE NO REALIZO OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO.

CPR054 A CPR058

SECCION REFERENTE AL ARTICULO 86, FRACCION XIII DE LA LISR

VERIFICO LA PRESENTACION OPORTUNA DE LA INFORMACION DE LAS OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO, EFECTUADAS DURANTE EL AÑO INMEDIATO ANTERIOR.

A

EN CASO DE INCUMPLIMIENTO MENCIONO TAL CIRCUNSTANCIA COMO UNA SALVEDAD EN SU DICTAMEN

SIGNIFICA QUE EL CONTRIBUYENTE SE ENCUENTRA EN EL SUPUESTO ESTABLECIDO EN EL PENULTIMO PARRAFO DEL ARTICULO 216-BIS DE LA LISR.

 

·            EN LA SECCION VERIFICO QUE LA DOCUMENTACION COMPROBATORIA DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA, POR LAS OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO (ARTICULO 86, FRACCION XII DE LA LISR), INCLUYERA LO SIGUIENTE, SE DEBE ENTENDER QUE EL CONTADOR PUBLICO REGISTRADO DEBE DEJAR CONSTANCIA DE HABER REVISADO QUE LA DOCUMENTACION COMPROBATORIA CORRESPONDIENTE, INCLUYA LA INFORMACION QUE LA DISPOSICION FISCAL CITADA SEÑALA EXPRESAMENTE QUE DEBE CONTENER.

ESTA SECCION SOLO SE DEBE CONTESTARA CUANDO EXISTA DOCUMENTACION COMPROBATORIA DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA, POR LAS OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO (ARTICULO 86, FRACCION XII DE LA LISR)

·            EN LA PREGUNTA CPR038 SE PRETENDE QUE EL CONTADOR PUBLICO REGISTRADO SE CERCIORE, DE QUE EN LA DOCUMENTACION COMPPROBATORIA DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA PARA CADA UNA DE LAS TRANSACCIONES CON PARTES RELACIONADAS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO, SE HAYA APLICADO ALGUNA DE LAS METODOLOGIAS A QUE SE REFIERE EL ARTICULO 216 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, SIN QUE SE JUZGUE SI ES LA MAS APROPIADA.

·            EN LA PREGUNTA CPR039 SE PRETENDE QUE EL CONTADOR PUBLICO REGISTRADO SE CERCIORE, DE QUE EN LA DOCUMENTACION COMPPROBATORIA DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA PARA CADA UNA DE LAS TRANSACCIONES CON PARTES RELACIONADAS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO, EN LAS QUE SE HAYA APLICADO ALGUNA DE LAS METODOLOGIAS A QUE SE REFIERE EL ARTICULO 216 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, EXISTA INFORMACION Y DOCUMENTACION SOBRE OPERACIONES O EMPRESAS COMPARABLES, INCLUYENDO SU FUENTE, SIN QUE SE JUZGUE SI DICHAS OPERACIONES O EMPRESAS SON O NO COMPARABLES.

·            EN LA PREGUNTA CPR043 SE PRETENDE QUE EL CONTADOR PUBLICO REGISTRADO SE CERCIORE, DE QUE EN LA DOCUMENTACION COMPROBATORIA DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA, ADEMAS, DE CUMPLIR CON LOS REQUISITOS QUE ESTABLECE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, SE CONCLUYA QUE LAS OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO FUERON PACTADAS COMO LO HUBIERAN HECHO PARTES INDEPENDIENTES EN OPERACIONES COMPARABLES, SIN JUZGAR SI LA CONCLUSION ES CORRECTA O NO.

·            CUANDO EN EL CUESTIONARIO SE HAGA MENCION DE CONCLUSIONES NEGATIVAS SE DEBERA ENTENDER EN EL CASO DE PREGUNTAS RELACIONADAS CON LAS FRACCIONES XII Y XV DEL ARTICULO 86 DE LA LISR, QUE EN LA DOCUMENTACION COMPROBATORIA O EVIDENCIA DOCUMENTAL DEL CONTRIBUYENTE CORRESPONDIENTE AL CUMPLIMIENTO DE DICHAS DISPOSICIONES FISCALES, SE CONCLUYE QUE LAS OPERACIONES CELEBRADAS CON PARTES RELACIONADAS POR EL CONTRIBUYENTE NO SE EFECTUARON DE ACUERDO A LOS PRECIOS O MONTOS DE CONTRAPRESTACIONES QUE HUBIERAN UTILIZADO PARTES INDEPENDIENTES EN OPERACIONES COMPARABLES

·            EN LA PREGUNTA “DEL RENGLON CPR063 VERIFICO EN LA EVIDENCIA DOCUMENTAL REFERIDA EN EL INDICE CPR059 LA APLICACION DE LOS METODOS DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA ESTABLECIDOS EN EL ARTICULO 216 DE LA LISR EN LOS TERMINOS DEL TERCER PARRAFO DEL CITADO ARTICULO”, TIENE COMO OBJETIVO QUE EL CONTADOR PUBLICO ANALICE QUE EN LA EVIDENCIA DOCUMENTAL SE INCLUYA LA APLICACION DE ALGUNO DE LOS METODOS ESTABLECIDOS EN EL ARTICULO 216 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA SIN JUZGAR SI ES EL MAS APROPIADO.

·            LAS RESPUESTAS A LAS PREGUNTAS DE LOS RENGLONES CPR066 EN RELACION CON LA RESPUESTA DEL CONTRIBUYENTE AL RENGLON CPR065 Y CPR097 EN RELACION CON LAS RESPUESTAS DEL CONTRIBUYENTE A LOS RENGLONES CPR091 A CPR096, SERAN RESPONDIDAS Y VALIDADAS POR EL CONTADOR PUBLICO REGISTRADO CONFORME A LAS NORMAS Y PROCEDIMIENTOS DE AUDITORIA. LO ANTERIOR SE MUESTRA EN EL SIGUIENTE CUADRO:

CONCEPTO

INDICES

INDICES RELACIONADOS CON LA RESPUESTA

EN CASO DE HABER ENCONTRADO ALGUNA OMISION DE DIVIDENDOS CONFORME A LO DISPUESTO POR ESTE ORDENAMIENTO, SEÑALO ALGUNA SALVEDAD EN SU INFORME SOBRE LA REVISION DE LA SITUACION FISCAL, O BIEN EN SU DICTAMEN

CPR066

CPR065

EN CASO DE ALGUNA RESPUESTA NEGATIVA ENTRE LOS INDICES CPR091 A CPR096 MENCIONO ALGUNA SALVEDAD EN SU INFORME SOBRE LA REVISION DE LA SITUACION FISCAL DEL CONTRIBUYENTE

CPR097

CPR091 A CPR096

 

·            LAS RESPUESTAS A LAS PREGUNTAS DE LOS SIGUIENTES RENGLONES ESTARAN A CARGO DEL CONTRIBUYENTE, SIN EMBARGO, EL CONTADOR PUBLICO REGISTRADO REVISARA Y VALIDARA CADA RESPUESTA CONFORME A LAS NORMAS Y PROCEDIMIENTOS DE AUDITORIA Y AL ALCANCE DE LAS PRUEBAS DE AUDITORIA DETERMINADAS PARA TAL CASO.

CONCEPTO

INDICES

VERIFICO QUE EL CONTRIBUYENTE ESTUVIERA EN LOS SUPUESTOS ESTABLECIDOS EN LOS ARTICULOS 32, FRACCION XXVI Y/O TERCERO TRANSITORIO, FRACCION III DEL DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN, ADICIONAN, DEROGAN Y ESTABLECEN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y DE LA LEY DEL IMPUESTO AL ACTIVO Y ESTABLECE LOS SUBSIDIOS PARA EL EMPLEO Y PARA LA NIVELACION DEL INGRESO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 1 DE DICIEMBRE DE 2004 DE LA LISR

CPR 023

DE ENCONTRARSE EL CONTRIBUYENTE EN LOS SUPUESTOS ESTABLECIDOS EN EL INDICE ANTERIOR, VERIFICO LA APLICACION DE LO DISPUESTO POR DICHAS DISPOSICIONES

CPR024

VERIFICO SI LA CONTRIBUYENTE REALIZO ALGUN AJUSTE EN MATERIA DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA PARA QUE LOS PRECIOS, MONTOS DE CONTRAPRESTACIONES O MARGENES DE UTILIDAD DE LAS OPERACIONES CELEBRADAS CON PARTES RELACIONADAS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO SE CONSIDEREN COMO PACTADAS COMO LO HARIAN CON O ENTRE PARTES INDEPENDIENTES EN OPERACIONES COMPARABLES

CPR046

EL MONTO DEL INCREMENTO A LOS INGRESOS ACUMULABLES PARA EFECTOS DE LA LISR

CPR047

EL MONTO DISMINUIDO A LOS INGRESOS ACUMULABLES PARA EFECTOS DE LA LISR

CPR048

EL MONTO DEL INCREMENTO A LAS DEDUCCIONES AUTORIZADAS PARA EFECTOS DE LA LISR

CPR049

EL MONTO DISMINUIDO A LAS DEDUCCIONES AUTORIZADAS PARA EFECTOS DE LA LISR

CPR050

VERIFICO QUE LOS INTERESES DEVENGADOS POR EL CONTRIBUYENTE HUBIERAN TENIDO EL TRATAMIENTO DE DIVIDENDOS EN LOS CASOS PREVISTOS POR ESTE ARTICULO

CPR065

VERIFICO SI EL CONTRIBUYENTE REALIZO DURANTE EL EJERCICIO FISCAL (EN EL PROPIO EJERCICIO SUJETO A REVISION O PARA EFECTOS DE EJERCICIOS ANTERIORES) ALGUN AJUSTE EN MATERIA DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA COMO CONSECUENCIA DE APLICAR LO SEÑALADO EN LA DOCUMENTACION DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA DE ALGUNA PARTE RELACIONADA RESIDENTE EN EL EXTRANJERO

CPR072

EN CASO DE QUE EL CONTRIBUYENTE HUBIERA HECHO AJUSTES, INDIQUE EL MONTO DE LOS MISMOS

CPR073

EL EJERCICIO(S) FISCAL(ES) AJUSTADOS

CPR074

VERIFICO QUE EL CONTRIBUYENTE HUBIESE LLEVADO A CABO AJUSTES CORRESPONDIENTES EN MATERIA DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA DURANTE EL EJERCICIO FISCAL (EN EL PROPIO EJERCICIO SUJETO A REVISION O PARA EFECTOS DE EJERCICIOS ANTERIORES) SIN CUMPLIR CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 217 DE LA LISR

CPR075

EN CASO DE QUE EL CONTRIBUYENTE HUBIERA HECHO AJUSTES, INDIQUE EL MONTO DE LOS MISMOS

CPR076

EL EJERCICIO(S) FISCAL(ES) AJUSTADOS

CPR077

VERIFICO QUE EL CONTRIBUYENTE HUBIESE LLEVADO A CABO AJUSTES CORRESPONDIENTES EN MATERIA DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA DURANTE EL EJERCICIO FISCAL (EN EL PROPIO EJERCICIO SUJETO A REVISION O PARA EFECTOS DE EJERCICIOS ANTERIORES) COMO CONSECUENCIA DE OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS RESIDENTES EN PAISES CON LOS CUALES MEXICO NO TIENE CELEBRADOS TRATADOS INTERNACIONALES EN MATERIA FISCAL Y REALIZADOS POR LAS AUTORIDADES DE DICHOS PAISES

CPR078

EN CASO DE QUE EL CONTRIBUYENTE HUBIERA HECHO AJUSTES, INDIQUE EL MONTO DE LOS MISMOS

CPR079

EL EJERCICIO(S) FISCAL(ES) AJUSTADOS

CPR080

ACUMULAR INTERESES DEVENGADOS A FAVOR (ARTICULO 20 FRACCION X DE LA LEY DEL ISR)

CPR091

ACUMULAR UTILIDAD CAMBIARIA DEVENGADA A FAVOR (ARTICULO 20 FRACCION X DE LA LEY DEL ISR)

CPR092

ACUMULAR EL AJUSTE ANUAL POR INFLACION (ARTICULO 20 FRACCION XI DE LA LEY DEL ISR)

CPR093

DEDUCIR INTERESES DEVENGADOS A CARGO (ARTICULO 29 FRACCION IX DE LA LEY DEL ISR)

CPR094

DEDUCIR PERDIDA EN CAMBIOS DEVENGADA A CARGO (ARTICULO 29 FRACCION IX DE LA LEY DEL ISR)

CPR095

DEDUCIR AJUSTE ANUAL POR INFLACION (ARTICULO 29 FRACCION X DE LA LEY DEL ISR)

CPR096

 

          PARA EFECTOS DE DAR RESPUESTA A LAS PREGUNTAS ANTERIORES, EL CONTRIBUYENTE DEBERA REALIZAR UN AUTODIAGNOSTICO DE CUMPLIMIENTO A LAS DIFERENTES DISPOSICIONES FISCALES QUE SE CUESTIONAN.

          CUANDO EL CONTADOR PUBLICO REGISTRADO VALIDE LAS RESPUESTAS DEL CONTRIBUYENTE Y NO ESTE DE ACUERDO CON ALGUNA DE ELLAS, DEBERA SEÑALAR EL NUMERO DE PREGUNTA CORRESPONDIENTE Y EXPLICAR LOS MOTIVOS DE SU DISCREPANCIA EN EL INFORME SOBRE LA REVISION DE LA SITUACION FISCAL DEL CONTRIBUYENTE Y, EN SU CASO, HACER LAS SALVEDADES CORRESPONDIENTES.

·            LOS CONTADORES PUBLICOS DEBERAN MANIFESTAR EN SU INFORME SOBRE LA REVISION DE LA SITUACION FISCAL DEL CONTRIBUYENTE, EN FORMA EXPRESA, CUALQUIER OMISION O INCUMPLIMIENTO A LAS DISPOSICIONES FISCALES QUE HAYAN DETECTADO AL EXAMINAR LA SITUACION FISCAL DEL CONTRIBUYENTE, RESPECTO DE SUS OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS CONFORME A LAS NORMAS Y PROCEDIMIENTOS DE AUDITORIA.

APLICABLES A LOS DICTAMENES DE LAS INSTITUCIONES DEL SECTOR FINANCIERO A QUE SE REFIERE ESTE INSTRUCTIVO.

LAS CUENTAS MOSTRADAS EN LOS ESTADOS FINANCIEROS BASICOS Y EN EL ANALISIS COMPARATIVO DE LAS CUENTAS DEL ESTADO DE RESULTADOS ESTAN BASADAS EN LOS CATALOGOS AUTORIZADOS QUE PUBLICA LA COMISION NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES Y LA COMISION NACIONAL DE SEGUROS Y FIANZAS.

ESTADO DE VARIACIONES EN EL CAPITAL CONTABLE.

·            DEBIDO A LA LIMITACION PARA AGREGAR NUEVAS COLUMNAS A LOS FORMATOS, EN EL ESTADO DE VARIACIONES EN EL CAPITAL CONTABLE, SE HAN INCLUIDO DOS COLUMNAS PARA “OTRAS CUENTAS DE CAPITAL CONTRIBUIDO” Y “OTRAS CUENTAS DE CAPITAL GANADO”; SEGUN CORRESPONDA, QUE PODRAN UTILIZARSE CUANDO SEA NECESARIO REFLEJAR CONCEPTOS DEL CAPITAL CONTABLE QUE NO TENGAN UNA COLUMNA ESPECIFICA.

·            CUANDO SE ANOTEN CANTIDADES EN LAS COLUMNAS “OTRAS CUENTAS DE CAPITAL CONTRIBUIDO” Y “OTRAS CUENTAS DE CAPITAL GANADO”; SEGUN CORRESPONDA, DEBIDO A QUE SU SALDO SE INTEGRA POR EL IMPORTE DE UNA O MAS CUENTAS, LA INTEGRACION DE LAS MISMAS SE DEBERA PRESENTAR ANTES DEL RENGLON “SALDOS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2009” O EL RENGLON “SALDOS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2008” EN LOS RENGLONES DENOMINADOS “OTROS”, SEGUN SE TRATE, CONSIGNANDO EN LA COLUMNA DE CONCEPTO EL NOMBRE DE LAS CUENTAS QUE INTEGRAN DICHOS SALDOS Y EN LA COLUMNA DE REFERENCIA, EL IMPORTE CORRESPONDIENTE A CADA CUENTA O CONCEPTO.

ESTADO DE FLUJOS DE EFECTIVO (APLICA A LOS DICTAMENES DE INSTITUCIONES DE CREDITO Y SOCIEDADES FINANCIERAS DE OBJETO LIMITADO Y CASAS DE BOLSA).

·            LA INFORMACION DE ESTE ESTADO PODRA NO SER PRESENTADA EN FORMA COMPARATIVA CON LA DEL EJERCICIO FISCAL DE 2008.

ESTADO DE CAMBIOS EN LA SITUACION FINANCIERA (NO APLICA A LOS DICTAMENES DE INSTITUCIONES DE CREDITO Y SOCIEDADES FINANCIERAS DE OBJETO LIMITADO Y CASAS DE BOLSA).

·            SEGUN SEA EL CASO, EN LUGAR DE PRESENTAR EL ESTADO DE FLUJOS DE EFECTIVO, SE DEBERA SEGUIR MANIFESTANDO LA INFORMACION DEL ESTADO DE CAMBIOS EN LA SITUACION FINANCIERA EN FORMA COMPARATIVA CON LA DEL EJERCICIO FISCAL DE 2008.

ANALISIS COMPARATIVO DE LAS CUENTAS DEL ESTADO DE RESULTADOS.

·            EN LUGAR DE PRESENTAR LOS ANEXOS DE “INTEGRACION ANALITICA DE VENTAS O INGRESOS NETOS”, “DETERMINACION DEL COSTO DE LO VENDIDO PARA EFECTOS CONTABLES Y DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA”, “ANALISIS COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DE GASTOS”, “ANALISIS COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DE OTROS GASTOS” Y “ANALISIS COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DEL RESULTADO INTEGRAL DE FINANCIAMIENTO”, SE DEBERA PRESENTAR EL ANEXO “ANALISIS COMPARATIVO DE LAS CUENTAS DEL ESTADO DE RESULTADOS”.

·            EN LAS COLUMNAS DENOMINADAS: “ACUMULABLES O DEDUCIBLES PARA ISR”, “NO ACUMULABLES O NO AFECTOS AL ISR (INGRESOS) NO DEDUCIBLES (GASTOS) PARA ISR”, “GRAVABLES O DEDUCIBLES PARA IETU” Y “EXENTOS O NO AFECTOS PARA EL IETU (INGRESOS) NO DEDUCIBLES (GASTOS) PARA IETU”, SE PONDRA EL MONTO QUE DE LOS CONCEPTOS DE INGRESOS O GASTOS QUE SE REPORTAN, SEGUN CORRESPONDA, TIENEN EFECTO FISCAL. LAS PARTIDAS NO DEDUCIBLES, NO ACUMULABLES O NO AFECTOS SE REFIEREN A PARTIDAS CONTABLES Y NO FISCALES.

·            NO SERA NECESARIO PRESENTAR LA INFORMACION DEL EJERCICIO FISCAL DE 2008, EN LAS COLUMNAS DENOMINADAS “GRAVABLES O DEDUCIBLES PARA IETU” Y “EXENTOS O NO AFECTOS PARA EL IETU (INGRESOS) NO DEDUCIBLES (GASTOS) PARA IETU”.

·            LOS CONTRIBUYENTES PODRAN NO PRESENTAR LA INFORMACION DEL EJERCICIO FISCAL DE 2009, EN LAS COLUMNAS DENOMINADAS “GRAVABLES O DEDUCIBLES PARA IETU” Y “EXENTOS O NO AFECTOS PARA IETU (INGRESOS) NO DEDUCIBLES (GASTOS) PARA IETU”, SIEMPRE Y CUANDO SE PRESENTE LA INFORMACION DE LOS INDICES REFERIDOS PARA CADA TIPO DE DICTAMEN DE ESTADOS FINANCIEROS QUE SE SEÑALAN EN EL ANEXO “DATOS INFORMATIVOS”.

RELACION DE CONTRIBUCIONES A CARGO DEL CONTRIBUYENTE COMO SUJETO DIRECTO O EN SU CARACTER DE RETENEDOR(A) O DE RECAUDADOR(A).

·            DERECHOS POR LOS SERVICIOS QUE PRESTA:

EL INDICE: “LA COMISION NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES (CNBV)” CORRESPONDE A LOS DERECHOS ESTABLECIDOS POR LOS SERVICIOS DE INSPECCION Y VIGILANCIA COMPRENDIDOS EN LOS ARTICULOS 27 Y 29 FRACCION I AL XX DE LA LEY FEDERAL DE DERECHOS VIGENTE EN 2009.

EL INDICE “LA COMISION NACIONAL DE SEGUROS Y FIANZAS (CNSF)” CORRESPONDE A LOS DERECHOS ESTABLECIDOS POR LOS SERVICIOS DE INSPECCION Y VIGILANCIA COMPRENDIDOS EN LOS ARTICULOS 30 FRACCIONES I AL VI Y 31 FRACCIONES I Y II DE LA LEY FEDERAL DE DERECHOS VIGENTE EN 2009.

ESPECIFICAS:

APLICABLES A LOS DICTAMENES DE SOCIEDADES CONTROLADORAS.

RELACION DE CONTRIBUCIONES A CARGO DEL CONTRIBUYENTE EN SU CARACTER DE SOCIEDAD CONTROLADORA.

·            EN ESTA RELACION, CUANDO EXISTAN DIFERENCIAS ENTRE LA COLUMNA “CONTRIBUCION DETERMINADA POR AUDITORIA A CARGO O A FAVOR” Y LA COLUMNA “CONTRIBUCION A CARGO O SALDO A FAVOR DETERMINADO POR EL CONTRIBUYENTE”, SE DEBERAN REPORTAR LAS DIFERENCIAS DETECTADAS EN CADA UNO DE LOS INDICES EN LA COLUMNA DE “DIFERENCIA”, EN EL INDICE Y RENGLON CORRESPONDIENTE.

LA INFORMACION QUE SE REVELE EN LOS INDICES CORRESPONDIENTES A LA COLUMNA “CONTRIBUCION A CARGO O SALDO A FAVOR DETERMINADO POR EL CONTRIBUYENTE”, DEBERA CORRESPONDER A LAS CONTRIBUCIONES EFECTIVAMENTE PAGADAS O A LOS SALDOS A FAVOR MANIFESTADOS POR EL CONTRIBUYENTE.

·            NO SE DEBERA LLENAR LA INFORMACION CONTENIDA EN LAS COLUMNAS: “BASE GRAVABLE” Y “TASA O TARIFA” EN LOS SIGUIENTES CONCEPTOS:

o        IMPUESTO SOBRE LA RENTA (I.S.R.) CONSOLIDADO. DESDE EL RENGLON “IMPUESTO POR MODIFICACION EN PARTICIPACION ACCIONARIA” HASTA EL RENGLON “NETO A FAVOR DEL EJERCICIO”.

DECLARATORIA.

·            EN LA DECLARATORIA CUANDO SE TRATE DE SOCIEDADES CONTROLADORAS, SE DEBERA REFLEJAR EN EL TEXTO LAS CONTRIBUCIONES DE LA CONTROLADORA COMO ENTE INDIVIDUAL, ASI COMO LOS EFECTOS DE LA CONSOLIDACION FISCAL EN EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.

RELACION DE PAGOS PROVISIONALES DEL I.S.R. CONSOLIDADOS.

·            EN LAS COLUMNAS: “CONTRIBUCION A CARGO DETERMINADA POR AUDITORIA” Y “SALDO A FAVOR DETERMINADO POR AUDITORIA”, SE DEBERA ASENTAR EL MONTO DEL PAGO PROVISIONAL DEL I.S.R. CONSOLIDADO DETERMINADO POR EL CONTADOR PUBLICO QUE DICTAMINO LOS ESTADOS FINANCIEROS DEL CONTRIBUYENTE.

·            EN LAS COLUMNAS: “CONTRIBUCION A CARGO DETERMINADA POR EL CONTRIBUYENTE” Y “SALDO A FAVOR DETERMINADO POR EL CONTRIBUYENTE”, SE DEBERA ASENTAR EL TOTAL QUE CORRESPONDA A CADA COLUMNA DE ACUERDO CON LOS DATOS DE LA ULTIMA DECLARACION NORMAL O COMPLEMENTARIA PRESENTADA POR EL CONTRIBUYENTE EN EL MES DE QUE SE TRATE.

·            CUANDO EL CONTRIBUYENTE HAYA REALIZADO PAGOS PROVISIONALES DEL I.S.R. CONSOLIDADOS EN CANTIDADES INFERIORES A LAS QUE DEBIO HABER REALIZADO DE ACUERDO CON LOS CALCULOS DEL CONTADOR PUBLICO QUE DICTAMINO LOS ESTADOS FINANCIEROS Y SE HAYA DETERMINADO UNA CONTRIBUCION A CARGO ANUAL, SI EL CONTRIBUYENTE EFECTUO PAGOS POR ACTUALIZACION Y RECARGOS DESDE EL MES EN QUE DEBIO HACER EL PAGO PROVISIONAL Y EL MES EN QUE DEBIO HABER PRESENTADO SU DECLARACION ANUAL, ESTA SITUACION DEBERA ACLARARSE EN EL INFORME SOBRE LA REVISION DE LA SITUACION FISCAL DEL CONTRIBUYENTE RELACIONANDO EL NOMBRE DE LA CONTRIBUCION, EL MES O PERIODO AL QUE CORRESPONDE EL PAGO, EL MONTO HISTORICO NO PAGADO, ACTUALIZACION Y RECARGOS ENTERADOS Y, ADEMAS, NO DEBERAN MOSTRARSE DIFERENCIAS EN AQUELLAS CONTRIBUCIONES EN LAS QUE SUCEDIO TAL CIRCUNSTANCIA.

·            LAS DIFERENCIAS QUE SE MUESTREN EN ESTE ANEXO CORRESPONDERAN A LAS QUE ESTEN PENDIENTES DE PAGO POR EL CONTRIBUYENTE AL MOMENTO DEL ENVIO DEL DICTAMEN FISCAL.

DETERMINACION DE PAGOS PROVISIONALES CONSOLIDADOS.

·            ESTE ANEXO SE PRESENTARA SIEMPRE, INDEPENDIENTEMENTE QUE EXISTAN O NO DIFERENCIAS A CARGO DEL CONTRIBUYENTE EN EL ANEXO “RELACION DE PAGOS PROVISIONALES DEL I.S.R. CONSOLIDADOS” ENTRE LAS COLUMNAS “CONTRIBUCION A CARGO DETERMINADA POR AUDITORIA” Y LA “CONTRIBUCION A CARGO DETERMINADA POR EL CONTRIBUYENTE”, O ENTRE EL “SALDO A FAVOR DETERMINADO POR AUDITORIA” Y EL “SALDO A FAVOR DETERMINADO POR EL CONTRIBUYENTE”, POR CONCEPTO DE PAGOS PROVISIONALES DEL IS.R. CONSOLIDADOS, SE DEBERA PROPORCIONAR LA INFORMACION SOLICITADA EN ESTE ANEXO, ANALIZANDOLA, TAL COMO SE INDICA EN ESTE, POR MES AL QUE CORRESPONDE LA DIFERENCIA, UNICAMENTE DE AQUELLOS PAGOS PROVISIONALES DE I.S.R. CONSOLIDADOS MENSUALES EN LOS QUE EL CONTADOR PUBLICO REGISTRADO DETERMINE DIFERENCIAS A CARGO DEL CONTRIBUYENTE CON MOTIVO DE SU REVISION, SIEMPRE Y CUANDO DICHAS DIFERENCIAS NO SE HAYAN PAGADO A LA FECHA DE LA PRESENTACION DEL DICTAMEN.

IMPUESTO SOBRE LA RENTA E IMPUESTO AL ACTIVO DIFERIDO CONSOLIDADOS.

·            PARA EL LLENADO DE ESTE ANEXO SE ESTARA A LO DISPUESTO POR LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2009.

·            LA INFORMACION DE ESTE ANEXO, POR LO QUE RESPECTA AL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, SE REFIERE A LA DETERMINACION DE LA BASE DE ESE IMPUESTO QUE SE DIFIERE CON MOTIVO DE LA CONSOLIDACION FISCAL.

DETERMINACION DEL RESULTADO FISCAL CONSOLIDADO.

·            CUANDO EL CONTRIBUYENTE DETERMINE PERDIDA FISCAL, SOLAMENTE DEBERA LLENAR ESTE ANEXO, HASTA EL INDICE 440190 “PERDIDA FISCAL CONSOLIDADA DISMINUIDA CON LAS PERDIDAS POR LAS CUALES LA SOCIEDAD CONTROLADORA O ALGUNA DE LAS CONTROLADAS PERDIERON EL DERECHO DE DISMINUIRLAS”, CONCLUYENDO LA DETERMINACION. POR NINGUN MOTIVO DEBERA ANOTAR EL IMPORTE DE LA PERDIDA FISCAL EN EL INDICE 440210 “RESULTADO FISCAL CONSOLIDADO”.

·            CUANDO EL CONTRIBUYENTE AMORTICE PERDIDAS FISCALES CONSOLIDADAS DE EJERCICIOS ANTERIORES, NO DEBERA ASENTAR EN ESE RENGLON UN MONTO MAYOR AL DE LA UTILIDAD FISCAL CONSOLIDADA DEL EJERCICIO.

DETERMINACION DEL ISR E IMPAC POR DESINCORPORACION DE SOCIEDADES CONTROLADAS O DESCONSOLIDACION, CONFORME A LO DISPUESTO POR LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA O EN LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL ASI COMO PARTIDAS POR DESINCORPORACION DE SOCIEDADES CONTROLADAS O DESCONSOLIDACION, CONFORME A LO DISPUESTO POR LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA O EN LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL.

·            ESTOS ANEXOS UNICAMENTE SE DEBERAN LLENAR CUANDO EXISTA DESINCORPORACION DE SOCIEDADES CONTROLADAS, O BIEN, DESCONSOLIDACION.

·            PARA LA DETERMINACION DEL ISR E IMPAC POR DESINCORPORACION DE SOCIEDADES CONTROLADAS O DESCONSOLIDACION SE DEBERAN TOMAR EN CUENTA LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 3, FRACCION III DE LAS DISPOSICIONES TRANSITORIAS DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA PUBLICADAS EN EL D.O.F. EL 1 DE OCTUBRE DE 2007.

·            LA INFORMACION DE DESINCORPORACION CORRESPONDERA AL EJERCICIO SUJETO A REVISION CUANDO LA DESINCORPORACION DE UNA SOCIEDAD CONTROLADA Y LA OBLIGACION DE ENTERAR IMPUESTOS RELATIVOS A SU EXCLUSION SE DE ANTES DE QUE SE EMITA EL INFORME SOBRE LA REVISION DE LA SITUACION FISCAL DEL CONTRIBUYENTE, EN ESTE CASO LA DETERMINACION DEL RESULTADO FISCAL CONSOLIDADO DEL EJERCICIO DEBERA INCLUIR LOS EFECTOS POR DESINCORPORACION, AUN CUANDO SE PRESENTE UNA DECLARACION COMPLEMENTARIA POR LOS EFECTOS DE LA DESINCORORACION.

·            LA INFORMACION DE DESINCORPORACION CORRESPONDERA AL EJERCICIO INMEDIATO ANTERIOR AL SUJETO A REVISION CUANDO LA DESINCORPORACION DE UNA SOCIEDAD CONTROLADA Y LA OBLIGACION DE ENTERAR IMPUESTOS RELATIVOS A SU EXCLUSION SE DE POSTERIORMENTE A CUANDO SE EMITA EL INFORME SOBRE LA REVISION DE LA SITUACION FISCAL DEL CONTRIBUYENTE, EN ESTE CASO LA DETERMINACION DEL RESULTADO FISCAL CONSOLIDADO DEL EJERCICIO NO INCLUIRA LOS EFECTOS POR DESINCORPORACION.

·            LA INFORMACION DE DESCONSOLIDACION CORRESPONDERA AL EJERCICIO SUJETO A REVISION CUANDO LA DESCONSOLIDACION DEL GRUPO Y LA OBLIGACION DE ENTERAR IMPUESTOS RELATIVOS SE DE ANTES DE QUE SE EMITA EL INFORME SOBRE LA REVISION DE LA SITUACION FISCAL DEL CONTRIBUYENTE, EN ESTE CASO, A PESAR DE QUE LA SOCIEDAD CONTROLADORA CUMPLA CON SUS OBLIGACIONES FISCALES EN MATERIA DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA EN FORMA INDIVIDUAL Y YA NO CONSOLIDE, DEBERA PRESENTAR EL DICTAMEN RELATIVO A SOCIEDADES CONTROLADORAS Y CONTROLADAS.

·            LA INFORMACION DE DESCONSOLIDACION CORRESPONDERA AL EJERCICIO INMEDIATO A ANTERIOR AL SUJETO A REVISION CUANDO LA DESCONSOLIDACION DEL GRUPO Y LA OBLIGACION DE ENTERAR IMPUESTOS RELATIVOS SE DE ANTES DE QUE SE EMITA EL INFORME SOBRE LA REVISION DE LA SITUACION FISCAL DEL CONTRIBUYENTE, EN ESTE CASO, A PESAR DE QUE LA SOCIEDAD CONTROLADORA CUMPLA CON SUS OBLIGACIONES FISCALES EN MATERIA DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA EN FORMA INDIVIDUAL Y YA NO CONSOLIDE, DEBERA PRESENTAR EL DICTAMEN RELATIVO A SOCIEDADES CONTROLADORAS Y CONTROLADAS.

CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA CONSOLIDADA. CUFIN CONSOLIDADA I.S.R.

·            POR LO QUE RESPECTA A LA INFORMACION QUE SE SOLICITA PARA EFECTOS DE LA CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA (CUFIN) CONSOLIDADA I.S.R., SE DEBERA PROPORCIONAR CON UNA INTEGRACION DE LA MISMA, DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 69 Y 88 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, ARTICULO 2 FRACCION XXXV DE LAS DISPOSICIONES TRANSITORIAS DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 1 DE ENERO DE 2002 Y EN VIGOR A PARTIR DE ESE DIA.

·            SE INTEGRARA LA UTILIDAD FISCAL NETA DEL EJERCICIO GENERADA EN LOS SIGUIENTES PERIODOS: DE 1975 A 1988, DE 1989 A 1998, DE 1999 A 2001, DE 2002 A 2004 Y DE 2005 A 2009, ANOTANDO LAS CANTIDADES RELACIONADAS CON LA INTEGRACION DE LA UTILIDAD EN LA COLUMNA DEL EJERCICIO FISCAL AL QUE CORRESPONDAN.

·            PARA EFECTOS DE ESTE ANEXO, CUANDO SE DISTRIBUYAN O PERCIBAN DIVIDENDOS, SE PODRAN ABRIR INDICES ADICIONALES A LOS YA EXISTENTES DESPUES DEL 521023 “SALDO CUFIN CONSOLIDADO ACTUALIZADO DESPUES DEL COBRO DE DIVIDENDOS”, CUANDO SE REQUIERA UTILIZAR RENGLONES ADICIONALES A LOS PREESTABLECIDOS, APLICANDO LA MECANICA OPERACIONAL CONTEMPLADA EN ESTE ANEXO, UTILIZANDO LOS SIGUIENTES CONCEPTOS DESDE “FACTOR DE ACTUALIZACION AL MES EN QUE SE PERCIBAN DIVIDENDOS” Y HASTA EL CONCEPTO “SALDO CUFIN ACTUALIZADO DESPUES DEL COBRO DE DIVIDENDOS” PARA LOS DIVIDENDOS PERCIBIDOS.

         EJEMPLO: ESTOS CONCEPTOS SE PRESENTAN COMO SIGUE:

CONCEPTO

 

FACTOR DE ACTUALIZACION AL MES EN QUE SE PERCIBAN DIVIDENDOS

SALDO CUFIN ACTUALIZADO ANTES DE QUE SE PERCIBAN DIVIDENDOS

DIVIDENDOS COBRADOS

SALDO CUFIN CONSOLIDADO ACTUALIZADO DESPUES DEL COBRO DE DIVIDENDOS

 

·            EN EL CASO DE DIVIDENDOS PAGADOS SE PODRAN ABRIR RENGLONES DESPUES DEL RENGLON “SALDO CUFIN ACTUALIZADO DESPUES DEL PAGO DE DIVIDENDOS”, UTILIZANDO LOS SIGUIENTES CONCEPTOS “FACTOR DE ACTUALIZACION” HASTA “SALDO CUFIN ACTUALIZADO DESPUES DEL PAGO DE DIVIDENDOS”.

         EJEMPLO: ESTOS CONCEPTOS SE PRESENTAN COMO SIGUE:

CONCEPTO

 

FACTOR DE ACTUALIZACION

SALDO CUFIN ACTUALIZADO ANTES DE QUE SE DISTRIBUYAN DIVIDENDOS

DIVIDENDOS PAGADOS, INCLUSO POR DISMINUCION O REDUCCION DE CAPITAL

SALDO CUFIN ACTUALIZADO DESPUES DEL PAGO DE DIVIDENDOS

 

·            LA PRESENTACION DE ESTA INFORMACION SERA OBLIGATORIA INDEPENDIENTEMENTE DE QUE SE PERCIBAN O DISTRIBUYAN DIVIDENDOS EN EL EJERCICIO.

CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA CONSOLIDADA REINVERTIDA.- CUFINRE CONSOLIDADA I.S.R.

·            SE INTEGRARA LA UTILIDAD FISCAL NETA CONSOLIDADA REINVERTIDA DEL EJERCICIO GENERADA EN LOS EJERCICIOS DE 1999, 2000 Y 2001.

·            PARA EFECTOS DE ESTE ANEXO, CUANDO SE DISTRIBUYAN DIVIDENDOS, SE PODRAN ABRIR INDICES ADICIONALES A LOS YA EXISTENTES DESPUES DEL RENGLON “SALDO FINAL DE CUFINRE CONSOLIDADO ACTUALIZADO HASTA EL ULTIMO MES DEL EJERCICIO DE QUE SE TRATE”, CUANDO SE REQUIERA UTILIZAR RENGLONES ADICIONALES A LOS PREESTABLECIDOS, APLICANDO LA MECANICA OPERACIONAL CONTEMPLADA EN ESTE ANEXO, UTILIZANDO LOS SIGUIENTES CONCEPTOS DESDE EL “SALDO CUFINRE ACTUALIZADO ANTES DE QUE SE DISTRIBUYAN DIVIDENDOS, INCLUSIVE POR DISMINUCION O REDUCCION DE CAPITAL” Y HASTA EL CONCEPTO “SALDO FINAL DE CUFINRE CONSOLIDADO ACTUALIZADO HASTA EL ULTIMO MES DEL EJERCICIO DE QUE SE TRATE”.

         EJEMPLO: ESTOS CONCEPTOS SE PRESENTAN COMO SIGUE:

CONCEPTO

 

SALDO CUFINRE ACTUALIZADO ANTES DE QUE SE DISTRIBUYAN DIVIDENDOS, INCLUSIVE POR DISMINUCION O REDUCCION DE CAPITAL

DIVIDENDOS PAGADOS POR LA SOCIEDAD CONTROLADORA

DIVIDENDOS PAGADOS POR LAS SOCIEDADES CONTROLADAS

SALDO CUFINRE CONSOLIDADO DESPUES DEL PAGO DE DIVIDENDOS

FACTOR DE ACTUALIZACION AL ULTIMO MES DEL EJERCICIO DE QUE SE TRATE

SALDO FINAL DE CUFINRE CONSOLIDADO ACTUALIZADO HASTA EL ULTIMO MES DEL EJERCICIO DE QUE SE TRATE

 

·            LA PRESENTACION DE ESTA INFORMACION SERA OBLIGATORIA INDEPENDIENTEMENTE DE QUE SE DISTRIBUYAN O NO DIVIDENDOS EN EL EJERCICIO.

INTEGRACION DE PERDIDAS FISCALES CONSOLIDADAS DE EJERCICIOS ANTERIORES.

·            LAS SOCIEDADES CONTROLADORAS QUE TENGAN PERDIDAS FISCALES CONSOLIDADAS DE EJERCICIOS ANTERIORES QUE LAS HAYAN AMORTIZADO EN EL EJERCICIO FISCAL DE 2009, O BIEN, CUANDO ESTEN PENDIENTES DE AMORTIZAR AL CIERRE DEL EJERCICIO DE 2009, INVARIABLEMENTE DEBERAN PROPORCIONAR LA INFORMACION SOLICITADA EN ESTE ANEXO.

APLICABLES A LOS DICTAMENES DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y FIANZAS.

GANANCIA INFLACIONARIA DIFERIDA.

·            EN ESTE ANEXO SE INTEGRARA LA GANANCIA INFLACIONARIA DIFERIDA O SALDO PENDIENTE DE APLICAR DESDE 1992, ASI COMO SU APLICACION POSTERIOR Y EL SALDO PENDIENTE DE APLICAR.

VALOR DE LOS ACTOS O ACTIVIDADES PARA EFECTOS DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO.

·            EN ESTE ANEXO SE INTEGRARAN LOS INGRESOS DEL CONTRIBUYENTE DE ACUERDO CON LA TASA A LA QUE SE ENCUENTRAN AFECTOS COMO ACTOS O ACTIVIDADES, SEÑALANDO SI ESTAN EXENTOS O NO SON AFECTOS EN EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO.

APLICABLES A LOS DICTAMENES DE INTERMEDIARIOS FINANCIEROS NO BANCARIOS.

·            DEBIDO A LA SIMILITUD EN LA DENOMINACION DE LAS DIVERSAS CUENTAS QUE INTEGRAN LOS CATALOGOS DE CUENTAS AUTORIZADAS DE LA COIMISION NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES PARA LOS ALMACENES GENERALES DE DEPOSITO, EMPRESAS DE FACTORAJE FINANCIERO, ARRENDADORAS FINANCIERAS, SOCIEDADES FINANCIERAS DE OBJETO MULTIPLE REGULADAS, UNIONES DE CREDITO, ENTIDADES DE AHORRO Y CREDITO POPULAR Y OTROS INTERMEDIARIOS FINANCIEROS NO BANCARIOS, SE HIZO NECESARIO COJUNTAR EN UN SOLO DICTAMEN TODA LA INFORMACION DE ESTE TIPO DE ENTIDADES BAJO LA DENOMINACION GENERICA DE “INTERMEDIARIOS FINANCIEROS NO BANCARIOS”.

APLICABLES A LOS DICTAMENES DE SOCIEDADES DE INVERSION DE CAPITALES, DE RENTA VARIABLE E INSTRUMENTOS DE DEUDA.

ESTADO DE VALUACION DE CARTERA DE INVERSION.

·            EN LUGAR DE PRESENTAR LOS ESTADOS DE FLUJOS DE EFECTIVO Y/O DE CAMBIOS EN LA SITUACION FINANCIERA, SE DEBERA INCLUIR EL ESTADO DE VALUACION DE CARTERA DE INVERSION, CON LA INFORMACION AL CIERRE DEL EJERCICIO.

APLICABLES A LOS DICTAMENES DE ESTABLECIMIENTOS PERMANENTES DE RESIDENTES EN EL EXTRANJERO.

ESTADO DE VARIACIONES EN EL PATRIMONIO DE LA OFICINA CENTRAL DEL EXTRANJERO.

·            DEBIDO A LA LIMITACION PARA AGREGAR NUEVAS COLUMNAS A LOS FORMATOS, EN EL ESTADO DE VARIACIONES EN EL PATRIMONIO, SE HAN INCLUIDO DOS COLUMNAS PARA “OTRAS CUENTAS DE PATRIMONIO ACREEDORAS” Y “OTRAS CUENTAS DE PATRIMONIO DEUDORAS”, QUE PODRAN UTILIZARSE CUANDO SEA NECESARIO REFLEJAR CONCEPTOS DEL PATRIMONIO QUE NO TENGAN UNA COLUMNA ESPECIFICA, POR EJEMPLO: “DONACIONES”.

·            CUANDO SE ANOTEN CANTIDADES EN LAS COLUMNAS “OTRAS CUENTAS DE PATRIMONIO ACREEDORAS” Y “OTRAS CUENTAS DE PATRIMONIO DEUDORAS”, DEBIDO A QUE SU SALDO SE INTEGRA POR EL IMPORTE DE UNA O MAS CUENTAS, LA INTEGRACION DE LAS MISMAS SE DEBERA PRESENTAR ANTES DEL RENGLON “SALDOS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2009” O EL RENGLON “SALDOS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2008” EN LOS RENGLONES DENOMINADOS “OTROS”, SEGUN SE TRATE, CONSIGNANDO EN LA COLUMNA DE CONCEPTO EL NOMBRE DE LAS CUENTAS QUE INTEGRAN DICHOS SALDOS Y EN LA COLUMNA DE REFERENCIA, EL IMPORTE CORRESPONDIENTE A CADA CUENTA O CONCEPTO.

ANALISIS COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DE GASTOS.

·            EN ESTE ANEXO SE DEBERA PRESENTAR ADEMAS UN ANALISIS COMPARATIVO DE GASTOS PRORRATEADOS POR LA OFICINA CENTRAL EN EL EXTRANJERO.

CUENTAS DE REMESAS DE CAPITAL.

·            POR LO QUE RESPECTA A LA INFORMACION QUE SE SOLICITA PARA EFECTOS DE LA CUENTA DE REMESAS DE CAPITAL, SE DEBERA PROPORCIONAR CON UNA INTEGRACION DE LA MISMA, DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 193 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.

·            SE INTEGRARAN LOS SALDOS DE LA CUENTA DESDE EL EJERCICIO FISCAL DE 1975, CUANDO ASI PROCEDA.

CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y FISCAL PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA. DETERMINACION DE LA DEDUCCION DE LA PARTE PROPORCIONAL DEL GASTO PROMEDIO QUE POR SUS OPERACIONES HAYA TENIDO EN EL MISMO EJERCICIO LA EMPRESA RESIDENTE EN EL EXTRANJERO QUE SE DEDICO AL TRANSPORTE INTERNACIONAL AEREO O TERRESTE, CONSIDERANDO LA OFICINA CENTRAL Y TODOS SUS ESTABLECIMIENTOS ARTICULO 30, 4o. Y 5o. PARRAFOS L.I.S.R.

·            PARA EFECTOS DEL LLENADO DE LOS INDICES 416010 “UTILIDAD ANTES DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LA OFICINA CENTRAL Y TODOS SUS ESTABLECIMIENTOS” Y 416020 “TOTAL DE INGRESOS CONTABLES OBTENIDOS EN EL EJERCICIO FISCAL DE LA OFICINA CENTRAL Y TODOS SUS ESTABLECIMIENTOS”, EL CONTRIBUYENTE DEBERA OBTENER DICHOS IMPORTES DE ACUERDO CON EL ARTICULO 30 DE L.I.S.R. CONSIDERANDO LOS DATOS DE LA OFICINA CENTRAL Y TODOS SUS ESTABLECIMIENTOS.

·            RESPECTO DE LOS SIGUIENTES CONCEPTOS SE DEBERA MANEJAR CON ENTEROS Y DOS DECIMALES.

         CONCEPTO

         COCIENTE

         FACTOR DE GASTO PROMEDIO APLICABLE

         FACTOR DE GASTO PROMEDIO APLICABLE

         EJEMPLO:

         FACTOR DE GASTO DEL 80%           SE ESCRIBIRA 0.80

         FACTOR DE GASTO DEL 100%         SE ESCRIBIRA 1.00

INFORMACION SOBRE EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO DE RESIDENTES EN EL EXTRANJERO QUE PRESTEN SERVICIOS DE TRANSPORTE AEREO INTERNACIONAL DE PERSONAS AMPARADO POR BOLETOS ENAJENADOS POR OTRA LINEA AEREA.

·            EN ESTE ANEXO SE IDENTIFICARA EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO RELACIONADO CON EL SERVICIO DE TRANSPORTE AEREO INTERNACIONAL DE PERSONAS AMPARADO POR BOLETOS ENAJENADOS POR UNA LINEA AEREA DISTINTA.

·            LA INFORMACION DE ESTE ANEXO ES COMPLEMENTARIA DE LA CONTENIDA EN LOS ANEXOS “RELACION DE CONTRIBUCIONES A CARGO DEL CONTRIBUYENTE COMO SUJETO DIRECTO O EN SU CARACTER DE RETENEDOR O RECAUDADOR” Y “RELACION DE PAGOS PROVISIONALES Y PAGOS MENSUALES DEFINITIVOS”, POR LO QUE EL VALOR DE ACTOS O ACTIVIDADES Y EL IVA CAUSADO RELACIONADO CON EL SERVICIO DE TRANSPORTE AEREO INTERNACIONAL DE PERSONAS AMPARADO POR BOLETOS ENAJENADOS POR UNA LINEA AEREA DISTINTA DEBERA SER PARTE INTEGRANTE DE LA INFORMACION CONTENIDA EN LOS DOS ANEXOS ANTES REFERIDOS.

DATOS DE LA LINEA AEREA QUE ENAJENA LOS BOLETOS QUE AMPAREN EL SERVICIO DE TRANSPORTE AEREO INTERNACIONAL DE PERSONAS.

·            EN ESTE ANEXO SE IDENTIFICARAN LOS DATOS CORRESPONDIENTES A LA LINEA AEREA QUE ENAJENO LOS BOLETOS QUE AMPARARON EL SERVICIO DE TRANSPORTE AEREO INTERNACIONAL DE PERSONAS.

APENDICE IV. CATALOGO DE TIPO DE OPERACION PARA EFECTOS DEL ANEXO “OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS”.

OPERACIONES DE INGRESO

0100

INGRESOS TOTALES POR VENTA DE INVENTARIOS PRODUCIDOS TERMINADOS

0101

INGRESOS TOTALES POR VENTA DE INVENTARIOS PRODUCIDOS SEMITERMINADOS

0200

INGRESOS TOTALES POR VENTA DE INVENTARIOS ADQUIRIDOS PARA DISTRIBUCION

0201

INGRESOS TOTALES POR VENTA DE INVENTARIOS ADQUIRIDOS (MATERIAS PRIMAS)

0202

INGRESOS TOTALES POR VENTA DE INVENTARIOS ADQUIRIDOS (ARTICULOS SEMITERMINADOS)

0300

INGRESOS POR PRESTACION DE SERVICIOS EN GENERAL

0301

INGRESOS POR PRESTACION DE SERVICIOS TECNICOS

0400

INGRESOS POR MAQUILA

0500

INGRESOS POR SERVICIOS ADMINISTRATIVOS

0600

INGRESOS POR SEGUROS Y REASEGUROS

0700

INGRESOS POR COMISIONES

0800

INGRESOS POR REGALIAS

0900

INGRESOS POR ASISTENCIA TECNICA

1000

INGRESOS POR INTERESES DEVENGADOS

1100

INGRESOS POR ARRENDAMIENTO

1200

INGRESO POR ENAJENACION DE ACCIONES

1300

INGRESOS POR VENTA DE ACTIVO FIJO

1301

INGRESOS POR VENTA DE TERRENOS

1302

INGRESOS POR CONDONACION DE DEUDAS

1303

GANANCIA REALIZADA POR FUSION

1304

GANANCIA REALIZADA POR ESCISION

1305

GANANCIA QUE PROVENGA DE REDUCCION DE CAPITAL DE SOCIEDADES MERCANTILES RESIDENTES EN EL EXTRANJERO

1306

GANANCIA QUE PROVENGA DE LIQUIDACION DE SOCIEDADES MERCANTILES RESIDENTES EN EL EXTRANJERO

1307

INGRESOS POR RECUPERACION DE CREDITOS INCOBRABLES

1308

INGRESOS POR CANTIDADES PERCIBIDAS PARA EFECTUAR GASTOS POR CUENTA DE PARTES RELACIONADAS

1309

AJUSTE ANUAL POR INFLACION RELATIVO A LOS CREDITOS Y DEUDAS CON PARTES RELACIONADAS

1310

UTILIDAD EN CAMBIOS GENERADA DE SALDOS Y OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS

1311

CANTIDADES RECIBIDAS EN EFECTIVO, EN MONEDA NACIONAL O EXTRANJERA POR CONCEPTO DE PRESTAMOS, APORTACIONES PARA FUTUROS AUMENTOS DE CAPITAL MAYORES A $600,000 CUANDO NO SE CUMPLA CON LO PREVISTO EN EL ARTICULO 86-A DE LA L.I.S.R.

1312

INGRESOS POR DIVIDENDOS

1313

GANANCIA ACUMULABLE EN OPERACIONES FINANCIERAS DERIVADAS

1314

INTERES A FAVOR O ACUMULABLE QUE SE DETERMINE POR REALIZAR OPERACIONES FINANCIERAS DERIVADAS

1315

ACUMULACION DE INGRESOS PERCIBIDOS POR OPERACIONES FINANCIERAS REFERIDAS A UN SUBYACENTE QUE NO COTICE EN UN MERCADO RECONOCIDO

1316

INGRESOS POR VENTA DE INTANGIBLES

1317

INGRESOS POR VENTA DE OTROS CARGOS Y GASTOS DIFERIDOS

1318

ANTICIPOS DE CLIENTES

1319

INGRESOS ATRIBUIBLES A ESTABLECIMIENTOS PERMANENTES

1400

OTROS INGRESOS (ESPECIFICAR)

 

OPERACIONES DE COSTO Y GASTOS

1500

COMPRA NETA DE INVENTARIOS PARA PRODUCCION TERMINADOS

1501

COMPRA NETA DE INVENTARIOS PARA PRODUCCION SEMITERMINADOS

1502

COSTO DE PRODUCCION Y VENTA DE ARTICULOS PRODUCIDOS

1600

COMPRA NETA DE INVENTARIOS ADQUIRIDOS PARA DISTRIBUCION

1601

COSTO DE VENTAS DE ARTICULOS DE DISTRIBUCION

1700

INVERSIONES EN ACTIVO FIJO, CARGOS Y GASTOS DIFERIDOS

1701

DEPRECIACION FISCAL

1702

DEDUCCION INMEDIATA

1703

AMORTIZACION FISCAL

1704

COSTO FISCAL EN VENTA DE ACTIVO FIJO

1705

COSTO FISCAL EN VENTA DE TITULOS VALOR

1706

COSTO FISCAL EN VENTA DE INTANGIBLES

1707

COSTO FISCAL EN VENTA DE OTROS CARGOS Y GASTOS DIFERIDOS

1708

COSTO FISCAL EN VENTA DE TERRENO

1800

REGALIAS

1900

ASISTENCIA TECNICA

2000

HONORARIOS

2100

ARRENDAMIENTO

2200

GARANTIAS

2300

PUBLICIDAD

2400

SERVICIOS DE MAQUILA

2500

OTROS SERVICIOS PRESTADOS

2600

SERVICIOS FINANCIEROS

2700

COMISIONES

2800

INTERESES DEVENGADOS A CARGO

2900

POR PRIMAS PAGADAS POR SEGURO Y REASEGURO

2901

REASEGURO CAUTIVO

3000

COSTO FISCAL EN VENTA DE ACCIONES

3001

GASTOS A PRORRATA DE ESTABLECIMIENTOS PERMANENTES

3002

DEVOLUCIONES, REBAJAS Y DESCUENTOS SOBRE VENTA DE INVENTARIOS PRODUCIDOS TERMINADOS

3003

DEVOLUCIONES, REBAJAS Y DESCUENTOS SOBRE VENTA DE INVENTARIOS PRODUCIDOS SEMITERMINADOS

3004

DEVOLUCIONES, REBAJAS Y DESCUENTOS SOBRE VENTA DE INVENTARIOS ADQUIRIDOS PARA DISTRIBUCION

3005

DEVOLUCIONES, REBAJAS Y DESCUENTOS SOBRE VENTA DE INVENTARIOS ADQUIRIDOS (MATERIAS PRIMAS)

3006

DEVOLUCIONES, REBAJAS Y DESCUENTOS SOBRE VENTA DE INVENTARIOS ADQUIRIDOS (ARTICULOS SEMITERMINADOS)

3007

CREDITOS INCOBRABLES, PERDIDAS POR CASO FORTUITO, FUERZA MAYOR O POR ENAJENACION DE BIENES DISTINTOS DE INVENTARIO

3008

AJUSTE ANUAL POR INFLACION RELATIVO A LOS CREDITOS Y DEUDAS CON PARTES RELACIONADAS

3009

PERDIDA EN CAMBIOS GENERADA DE SALDOS Y OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS

3010

ANTICIPOS DE GASTOS

3100

OTROS PAGOS (ESPECIFICAR)

 

APENDICE V. CATALOGO DE METODO DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA APLICADO, PARA EFECTOS DEL ANEXO “OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS”.

CLAVE

METODO

PC

PRECIO COMPARABLE NO CONTROLADO

PR

PRECIO DE REVENTA

CA

COSTO ADICIONADO

PU

PARTICION DE UTILIDADES

RPU

RESIDUAL DE PARTICION DE UTILIDADES

MTU

MARGENES TRANSACCIONALES DE UTILIDADES DE OPERACION

 

APENDICE VI. CATALOGO DE PAIS DE RESIDENCIA, PAIS DE RESIDENCIA DE LA ENTIDAD EXTRANJERA, PAIS DE RESIDENCIA FISCAL, PAIS DE RESIDENCIA PARA EFECTOS FISCALES, PAIS DE RESIDENCIA FISCAL DE LA ENTIDAD, PAIS DE PROCEDENCIA, PAIS DE ORIGEN Y PAIS DE DESTINO.

PARA LOS EFECTOS DE ESTE APENDICE, SE APLICARA EL CATALOGO VIGENTE A LA FECHA DE PRESENTACION DEL DICTAMEN, SEGUN EL ANEXO 10 DE LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2002 PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 5 DE JULIO DE 2002 Y SE PRESENTAN A CONTINUACION:

CLAVE

PAIS

AD

PRINCIPADO DE ANDORRA

AE

EMIRATOS ARABES UNIDOS

AF

AFGANISTAN

AG

ANTIGUA Y BERMUDA

AI

ISLA ANGUILLA

AL

REPUBLICA DE ALBANIA

AN

ANTILLAS NEERLANDESAS

AO

REPUBLICA DE ANGOLA

AQ

ANTARTICA

AR

ARGENTINA

AS

SAMOA AMERICANA

AT

AUSTRIA

AU

AUSTRALIA

AW

ARUBA

AX

ASCENSION

AZ

ISLAS AZORES

BB

BARBADOS

BD

BANGLADESH

BE

BELGICA

BF

BURKINA FASO

BG

BULGARIA

BH

ESTADO DE BAHREIN

BI

BURUNDI

BJ

BENIN

BL

BELICE

BM

BERMUDAS

BN

BRUNEI DARUSSALAM

BO

BOLIVIA

BR

BRASIL

BS

COMMONWEALTH DE LAS BAHAMAS

BT

BUTHAN

BU

BURMA

BV

ISLA BOUVET

BW

BOTSWANA

BY

BIELORRUSIA

CA

CANADA

CC

ISLA DE COCOS O KELLING

CD

ISLAS CANARIAS

CE

ISLA DE CHRISTMAS

CF

REPUBLICA CENTRO AFRICANA

CG

CONGO

CH

SUIZA

CI

COSTA DE MARFIL

CK

ISLAS COOK

CL

CHILE

CM

CAMERUN

CN

CHINA

CO

COLOMBIA

CP

CAMPIONE D’ITALIA

CR

REPUBLICA DE COSTA RICA

CS

REPUBLICA CHECA Y REPUBLICA ESLOVACA

CU

CUBA

CV

REPUBLICA DE CABO VERDE

CX

ISLA DE NAVIDAD

CY

REPUBLICA DE CHIPRE

DD

ALEMANIA

DJ

REPUBLICA DE DJIBOUTI

DK

DINAMARCA

DM

REPUBLICA DOMINICANA

DN

COMMONWEALTH DE DOMINICA

DZ

ARGELIA

EC

ECUADOR

EG

EGIPTO

EH

SAHARA DEL OESTE

EO

ESTADO INDEPENDIENTE DE SAMOA OCCIDENTAL

ES

ESPAÑA

ET

ETIOPIA

FI

FINLANDIA

FJ

FIJI

FK

ISLAS MALVINAS

FM

MICRONESIA

FO

ISLAS FAROE

FR

FRANCIA

GA

GABON

GB

GRAN BRETAÑA (REINO UNIDO)

GD

GRANADA

GF

GUYANA FRANCESA

GH

GHANA

GI

GIBRALTAR

GJ

GROENLANDIA

GM

GAMBIA

GN

GUINEA

GP

GUADALUPE

GQ

GUINEA ECUATORIAL

GR

GRECIA

GT

GUATEMALA

GU

GUAM

GW

GUINEA BISSAU

GY

REPUBLICA DE GUYANA

GZ

ISLAS DE GUERNESEY, JERSEY, ALDERNEY, ISLA GREAT SARK, HERM, LITTLE SARK, BERCHOU, JETHOU, LIHOU (ISLAS DEL CANAL)

HK

HONG KONG

HM

ISLAS HEARD AND MC DONALD

HN

REPUBLICA DE HONDURAS

HT

HAITI

HU

HUNGRIA

ID

INDONESIA

IE

IRLANDA

IH

ISLA DEL HOMBRE

IL

ISRAEL

IN

INDIA

IO

TERRITORIO BRITANICO EN EL OCEANO INDICO

IP

ISLAS PACIFICO

IQ

IRAQ

IR

IRAN

IS

ISLANDIA

IT

ITALIA

JM

JAMAICA

JO

REINO HACHEMITA DE JORDANIA

JP

JAPON

KE

KENIA

KH

CAMPUCHEA DEMOCRATICA

KI

KIRIBATI

KM

COMOROS

KN

SAN KITTS

KP

REPUBLICA DEMOCRATICA DE COREA

KR

REPUBLICA DE COREA

KW

ESTADO DE KUWAIT

KY

ISLAS CAIMAN

LA

REPUBLICA DEMOCRATICA DE LAOS

LB

LIBANO

LC

SANTA LUCIA

LI

PRINCIPADO DE LIECHTENSTEIN

LK

REPUBLICA SOCIALISTA DEMOCRATICA DE SRI LANKA

LN

LABUAN

LR

REPUBLICA DE LIBERIA

LS

LESOTHO

LU

GRAN DUCADO DE LUXEMBURGO

LY

LIBIA

MA

MARRUECOS

MC

PRINCIPADO DE MONACO

MD

MADEIRA

MG

MADAGASCAR

MH

REPUBLICA DE LAS ISLAS MARSHALL

ML

MALI

MN

MONGOLIA

MO

MACAO

MP

ISLAS MARIANAS DEL NORESTE

MQ

MARTINICA

MR

MAURITANIA

MS

MONSERRAT

MT

MALTA

MU

REPUBLICA DE MAURICIO

MV

REPUBLICA DE MALDIVAS

MW

MALAWI

MY

MALASIA

MZ

MOZAMBIQUE

NA

REPUBLICA DE NAMIBIA

NC

NUEVA CALEDONIA

NE

NIGER

NF

ISLA DE NORFOLK

NG

NIGERIA

NI

NICARAGUA

NL

HOLANDA

NO

NORUEGA

NP

NEPAL

NR

REPUBLICA DE NAURU

NT

ZONA NEUTRAL

NU

NIUE

NV

NEVIS

NZ

NUEVA ZELANDIA

OM

SULTANIA DE OMAN

PA

REPUBLICA DE PANAMA

PE

PERU

PF

POLINESIA FRANCESA

PG

PAPUA NUEVA GUINEA

PH

FILIPINAS

PK

PAKISTAN

PL

POLONIA

PM

ISLA DE SAN PEDRO Y MIGUELON

PN

PITCAIRN

PR

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

PT

PORTUGAL

PU

PATAU

PW

PALAU

PY

PARAGUAY

QA

ESTADO DE QUATAR

QB

ISLA QESHM

RE

REUNION

RO

RUMANIA

RW

RHUANDA

SA

ARABIA SAUDITA

SB

ISLAS SALOMON

SC

SEYCHELLES ISLAS

SD

SUDAN

SE

SUECIA

SG

SINGAPUR

SH

SANTA ELENA

SI

ARCHIPIELAGO DE SVALBARD

SJ

ISLAS SVALBARD AND JAN MAYEN

SK

SARK

SL

SIERRA LEONA

SM

SERENISIMA REPUBLICA DE SAN MARINO

SN

SENEGAL

SO

SOMALIA

SR

SURINAM

ST

SAO TOME AND PRINCIPE

SU

PAISES DE LA EX-U.R.S.S., EXCEPTO UCRANIA Y BIELORUSIA

SV

EL SALVADOR

SW

REPUBLICA DE SEYCHELLES

SY

SIRIA

SZ

REINO DE SWAZILANDIA

TC

ISLAS TURCAS Y CAICOS

TD

CHAD

TF

TERRITORIOS FRANCESES DEL SURESTE

TG

TOGO

TH

THAILANDIA

TK

TOKELAU

TN

REPUBLICA DE TUNEZ

TO

REINO DE TONGA

TP

TIMOR ESTE

TR

TRIESTE

TS

TRISTAN DA CUNHA

TT

REPUBLICA DE TRINIDAD Y TOBAGO

TU

TURQUIA

TV

TUVALU

TW

TAIWAN

TZ

TANZANIA

UA

UCRANIA

UG

UGANDA

UM

ISLAS MENORES ALEJADAS DE LOS ESTADOS UNIDOS

US

ESTADOS UNIDOS DE AMERICA

UY

REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY

VA

EL VATICANO

VC

SAN VICENTE Y LAS GRANADINAS

VE

VENEZUELA

VG

ISLAS VIRGENES BRITANICAS

VI

ISLAS VIRGENES DE ESTADOS UNIDOS DE AMERICA

VN

VIETNAM

VU

REPUBLICA DE VANUATU

WF

ISLAS WALLIS Y FUNTUNA

XX

OTRO

YD

YEMEN DEMOCRATICA

YE

REPUBLICA DEL YEMEN

YU

PAISES DE LA EX-YUGOSLAVIA

ZA

SUDAFRICA

ZC

ZONA ESPECIAL CANARIA

ZM

ZAMBIA

ZO

ZONA LIBRE OSTRAVA

ZR

ZAIRE

ZW

ZIMBABWE

 

CUANDO SE REQUIERA UTILIZAR MEXICO SE PONDRA EL NOMBRE CORRESPONDIENTE, O BIEN, LA CLAVE ME, SEGUN EL TIPO DE INFORMACION SOLICITADA.

APENDICE VII.                CATALOGO DE TIPO DE MONEDA.

ANEXO 22 DE LAS REGLAS DE CARACTER GENERAL EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2009, APENDICE 5.- CLAVES DE MONEDAS, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 14 DE MAYO
DE 2009.

PAIS

NOMBRE MONEDA

AFRICA CENTRAL

FRANCO

ALBANIA

LEK

ALEMANIA

EURO

ANTILLAS HOLAN.

FLORIN

ARABIA SAUDITA

RIYAL

ARGELIA

DINAR

ARGENTINA

PESO

AUSTRALIA

DOLAR

AUSTRIA

EURO

BAHAMAS

DOLAR

BAHRAIN

DINAR

BARBADOS

DOLAR

BELGICA

EURO

BELICE

DOLAR

BERMUDA

DOLAR

BOLIVIA

BOLIVIANO

BRASIL

REAL

BULGARIA

LEV

CANADA

DOLAR

CHILE

PESO

CHINA

YUAN

COLOMBIA

PESO

COREA DEL NORTE

WON

COREA DEL SUR

WON

COSTA RICA

COLON

CUBA

PESO

DINAMARCA

CORONA

ECUADOR

DOLAR

EGIPTO

LIBRA

EL SALVADOR

COLON

EM. ARABES UNIDOS

DIRHAM

ESPAÑA

EURO

ESTONIA

CORONA

ETIOPIA

BIRR

E.U.A.

DOLAR

FED. RUSA

RUBLO

FIDJI

DOLAR

FILIPINAS

PESO

FINLANDIA

EURO

FRANCIA

EURO

GHANA

CEDI

GRAN BRETAÑA

LIBRA ESTERLINA

GRECIA

EURO

GUATEMALA

QUETZAL

GUYANA

DOLAR

HAITI

GOURDE

HOLANDA

EURO

HONDURAS

LEMPIRA

HONG KONG

DOLAR

HUNGRIA

FORINT

INDIA

RUPIA

INDONESIA

RUPIA

IRAK

DINAR

IRAN

RIYAL

IRLANDA

EURO

ISLANDIA

CORONA

ISRAEL

SHEKEL

ITALIA

EURO

JAMAICA

DOLAR

JAPON

YEN

JORDANIA

DINAR

KENYA

CHELIN

KUWAIT

DINAR

LIBANO

LIBRA

LIBIA

DINAR

LITUANIA

LITAS

LUXEMBURGO

EURO

MALASIA

RINGGIT

MALTA

LIRA

MARRUECOS

DIRHAM

MEXICO

PESO

MONTENEGRO

EURO

NICARAGUA

CORDOBA

NIGERIA (FED)

NAIRA

NORUEGA

CORONA

NUEVA ZELANDA

DOLAR

PAKISTAN

RUPIA

PALESTINA

SHEKEL

PANAMA

BALBOA

PARAGUAY

GUARANI

PERU

N. SOL

POLONIA

ZLOTY

PORTUGAL

EURO

PUERTO RICO

DOLAR

REPUBLICA CHECA

CORONA

REPUBLICA DEMOCRATICA DEL CONGO

FRANCO

REPUBLICA DE SERBIA

DINAR

REPUBLICA DOMINICANA

PESO

REPUBLICA ESLOVACA

CORONA

RUMANIA

LEU

SINGAPUR

DOLAR

SIRIA

LIBRA

SRI-LANKA

RUPIA

SUECIA

CORONA

SUIZA

FRANCO

SURINAM

DOLAR

TAILANDIA

BAHT

TAIWAN

NUEVO DOLAR

TANZANIA

CHELIN

TRINIDAD Y TOBAGO

DOLAR

TURQUIA

LIRA

UCRANIA

HRYVNA

UNION SUDAFRICANA

RAND

URUGUAY

PESO

U. MON. EUROPEA

EURO

VENEZUELA

BOLIVAR

VIETNAM

DONG

YEMEN (DEM. POP.)

RIAL

YUGOSLAVIA

DINAR

LOS DEMAS PAISES

OTRAS MONEDAS

 

APENDICE VIII. REGISTRO DE BANCOS, ENTIDADES DE FINANCIAMIENTO, FONDOS DE PENSIONES Y JUBILACIONES Y FONDOS DE INVERSION DEL EXTRANJERO, PARA LOS EFECTOS DE LOS ARTICULOS 179, 195, FRACCIONES I, II Y IV, 196, FRACCION II, 197 Y 199 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, PARA EL ANEXO PRESTAMOS DEL EXTRANJERO, NUMERO DE REGISTRO DEL ACREEDOR RESIDENTE EN EL EXTRANJERO.

PARA LOS EFECTOS DE ESTE REGISTRO SE APLICARA EL CONTENIDO EN EL ANEXO 17 DE LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL.

APENDICE IX. CATALOGO DE CONCEPTOS DEL PAGO Y CONCEPTO ESPECIFICO DE LA OPERACION, PARA EFECTOS DE LOS ANEXOS OPERACIONES CON RESIDENTES EN EL EXTRANJERO Y RESPONSABILIDAD SOLIDARIA POR OPERACIONES DE RESIDENTES EN EL EXTRANJERO.

CLAVE

CONCEPTO DE PAGO Y CONCEPTO ESPECIFICO DE LA OPERACION

01

SUELDOS Y SALARIOS (EXCEPTO POR SERVICIOS GUBERNAMENTALES)

02

SERVICIOS PERSONALES INDEPENDIENTES (EXCEPTO HONORARIOS A MIEMBROS DEL CONSEJO Y POR SERVICIOS GUBERNAMENTALES)

03

HONORARIOS A MIEMBROS DEL CONSEJO

04

INTERESES (ART.195. FRACCION I LISR)

05

INTERESES (ART.195, FRACCION II LISR)

06

INTERESES (ART.195, FRACCION III LISR)

07

INTERESES (ART.195, FRACCION IV LISR)

08

INTERESES (OTROS)

09

DIVIDENDOS PAGADOS A LAS PERSONAS MORALES QUE SEAN PROPIETARIAS DE MAS DEL 10% DE LAS ACCIONES REPRESENTATIVAS DEL CAPITAL SOCIAL

10

DIVIDENDOS PAGADOS A OTRAS PERSONAS

11

REGALIAS POR EL USO O GOCE TEMPORAL DE CARROS DE FERROCARRIL (ART. 200, FRACCION I LISR)

12

REGALIAS (DISTINTAS DE LAS COMPRENDIDAS EN LA FRACCION I EXCEPTO ASISTENCIA TECNICA DEL ART. 200 FRACCION II LISR)

13

OTRAS REGALIAS

14

ASISTENCIA TECNICA (ART. 200 FRACCION II LISR)

15

GANANCIAS DE CAPITAL (ENAJENACION DE INMUEBLES)

16

GANANCIAS DE CAPITAL (ENAJENACION DE ACCIONES O TITULOS VALOR)

17

GANANCIAS DE CAPITAL (OTROS)

18

REMUNERACIONES POR SERVICIOS GUBERNAMENTALES (SUELDOS Y SALARIOS)

19

REMUNERACIONES POR SERVICIOS GUBERNAMENTALES (PENSIONES)

20

REMUNERACIONES POR SERVICIOS GUBERNAMENTALES (OTROS)

21

PENSIONES ALIMENTICIAS

22

ARTISTAS, DEPORTISTAS Y ESPECTACULOS PUBLICOS

23

BIENES INMUEBLES (AGRICULTURA)

24

BIENES INMUEBLES (REGALIAS POR USO DE RECURSOS NATURALES)

25

BIENES INMUEBLES (USO O GOCE TEMPORAL)

26

BIENES INMUEBLES (DESTINADOS A HOSPEDAJE)

27

BIENES INMUEBLES (OTROS)

28

CONSTRUCCION, INSTALACION, MANTENIMIENTO Y MONTAJE

29

COMISIONES

30

INGRESOS DERIVADOS DE CONTRATOS DE SERVICIO TURISTICO DE TIEMPOS COMPARTIDOS

31

INGRESOS POR PRIMAS PAGADAS O CEDIDAS A REASEGURADORAS

32

INGRESOS POR PRIMAS PAGADAS O CEDIDAS A REASEGURADORAS CAUTIVAS

40

OTROS ESPECIFICAR

 

APENDICE X. CATALOGO DE TIPO DE FINANCIAMIENTO PARA EFECTOS DEL ANEXO “PRESTAMOS DEL EXTRANJERO”.

CLAVE

TIPO DE FINANCIAMIENTO

A

ACEPTACIONES BANCARIAS

B

CARTAS DE CREDITO

C

CREDITO PUENTE

D

DIRECTO

E

HABILITACION O AVIO

F

HIPOTECARIO

G

LINEAS GLOBALES

H

PRENDARIO

I

PROTOCOLOS

J

QUIROGRAFARIOS

K

REFACCIONARIO

L

REVOLVENTE

M

SINDICADO

N

OTROS ESPECIFICAR

 

APENDICE XI. CATALOGO DE PRINCIPALES ACTIVOS INTANGIBLES PARA EFECTOS DEL “CUESTIONARIO EN MATERIA DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA”.

PRINCIPALES ACTIVOS INTANGIBLES (APENDICE B DE LA NORMA DE INFORMACION FINANCIERA C-8 ACTIVOS INTANGIBLES)

CLAVE

TIPO DE ACTIVO INTANGIBLE

I. ACTIVOS RELACIONADOS CON EL MERCADO

IA)

MARCAS REGISTRADAS

IB)

NOMBRES COMERCIALES

IC)

MARCAS DE SERVICIO O CERTIFICACION

ID)

IMAGEN DE MERCADO

IE)

NOMBRES DE PORTALES O “SITIOS DE RED” EN INTERNET

IF)

ACUERDOS DE NO COMPETENCIA

IG)

DERECHOS (TRANSMISION DE RADIO, DESARROLLO, DISTRIBUCION DE GAS, ATERRIZAJE, RENTA, MINEROS, SERVICIO DE HIPOTECA, FRANQUICIA READQUIRIDA, SERVICIO, CORTE DE MADERA, USO O AGUA)

IH

OTROS

II. ACTIVOS RELACIONADOS CON LA CARTERA DE CLIENTES

IIA)

LISTAS DE CLIENTES

IIB)

PRODUCCION CONTRATADA Y PEDIDOS FINCADOS

IIC)

CONTRATOS CON CLIENTES Y LAS CORRESPONDIENTES RELACIONES CON CLIENTES

IID)

RELACIONES NO CONTRACTUALES CON CLIENTES

IIE)

OTROS

III. ACTIVOS INTELECTUALES O ARTISTICOS

IIIA)

OBRAS TEATRALES, OPERAS, BALLETS, ETC.

IIIB)

LIBROS, REVISTAS, PERRIODICOS, MANUSCRITOS Y OTRO MATERIAL LITERARIO

IIIC)

OBRAS MUSICALES

IIID)

PINTURAS Y FOTOGRAFIAS

IIIE)

MATERIAL AUDIVISUAL, VIDEOS, PELICULAS, VIDEOS MUSICALES Y PROGRAMAS DE TELEVISION

IIIF)

OTROS

IV. ACTIVOS BASADOS EN CONTRATOS O DERECHOS

IVA)

CONTRATOS DE LICENCIA DE USO, REGALIA Y PRIORIDAD

IVB)

CONTRATOS DE PUBLICIDAD, CONSTRUCCION, ADMINISTRACION, SERVICIO O SUMINISTRO

IVC)

PERMISOS O CONCESIONES DE EXPLOTACION DE RECURSOS, ASI COMO DE PUERTOS Y AEROPUERTOS

IVD)

CONTRATOS DE ARRENDAMIENTO

IVE)

PERMISOS DE CONSTRUCCION

IVF)

FRANQUICIAS

IVG)

PERMISOS, CONCESIONES O DERECHOS DE TRANSMISION DE CABLE, RADIO, TELEVISION Y TELEDIFUSION

IVH)

PERMISOS O DERECHOS DE SUMINISTRO DE AGUA, ENERGIA, DISTRIBUCION DE GAS, ATERROZAJE, RENTA, MINEROS, ETC.

IVI)

OTROS

V. ACTIVOS INTANGIBLES TECNOLOGICOS

VA)

PATENTES TECNOLOGICAS

VB)

INVESTIGACION Y DESARROLLO EN PROCESO

VC)

SISTEMAS DE COMPUTO (SOFTWARE), Y LICENCIAS, PROGRAMAS DE COMPUTO, SISTEMAS DE INFORMACION, FORMATOS, ETC.

VD)

TECNOLOGIA NO PATENTADA, CONOCIMIENTO TECNICO.

VE)

BASES DE DATOS, TITULOS DE PLANTAS

VF)

PROCESOS Y FORMULAS CONFIDENCIALES

VG)

DIBUJOS TECNICOS, MANUALES DE PROCEDIMIENTOS TECNICOS, PLANOS

VH)

CREACION DE PROCESOS DE MANUFACTURA, PROCEDIMIENTOS, LINEAS DE PRODUCCION

VI)

OTROS

VI. ACTIVOS INTANGIBLES DISTINTOS A LOS ANTERIORES

VIA)

OTROS

 

INSTRUCTIVO DE CARACTERISTICAS PARA EL LLENADO Y PRESENTACION DEL DICTAMEN DE ESTADOS FINANCIEROS PARA EFECTOS FISCALES EMITIDO POR CONTADOR PUBLICO REGISTRADO, POR EL EJERCICIO FISCAL DEL 2009, UTILIZANDO EL SISTEMA DE PRESENTACION DEL DICTAMEN 2009 (SIPRED'2009), APLICABLE A LOS SIGUIENTES TIPOS DE DICTAMENES.

A.      SOCIEDADES CONTROLADORAS Y CONTROLADAS

B.      INSTITUCIONES DE CREDITO Y SOCIEDADES FINANCIERAS DE OBJETO LIMITADO

C.      INSTITUCIONES DE SEGUROS Y FIANZAS

D.      INTERMEDIARIOS FINANCIEROS NO BANCARIOS

E.      CASAS DE CAMBIO

F.      CASAS DE BOLSA

G.      SOCIEDADES CONTROLADORAS DE GRUPOS FINANCIEROS

H.      SOCIEDADES DE INVERSION DE CAPITALES

I.        SOCIEDADES DE INVERSION DE RENTA VARIABLE Y EN INSTRUMENTOS DE DEUDA

J.       ESTABLECIMIENTOS PERMANENTES DE RESIDENTES EN EL EXTRANJERO

ESTE INSTRUCTIVO ES COMPLEMENTO DE LOS FORMATOS GUIA Y DEL INSTRUCTIVO PARA LA INTEGRACION Y PRESENTACION DEL DICTAMEN.

CONTENIDO Y CARACTERISTICAS PARA EL LLENADO DEL DICTAMEN.

DATOS DE IDENTIFICACION.

APLICABLES A TODOS LOS TIPOS DE DICTAMENES EXCEPTO LOS DATOS DEL CONTRIBUYENTE PARA EL DICTAMEN DE ESTABLECIMIENTOS PERMANENTES DE RESIDENTES EN EL EXTRANJERO, LOS CUALES SE MENCIONAN EN EL APARTADO CORRESPONDIENTE.

NOTA:   EN LOS INDICES DE ESTE APARTADO SE MANEJARAN ENTRE SEIS Y HASTA OCHO CARACTERES DEPENDIENDO DEL TIPO DE DICTAMEN DE QUE SE TRATE.

CONTRIBUYENTE, REPRESENTANTE LEGAL, CONTADOR PUBLICO.

DIC001     RFC (DEL CONTRIBUYENTE).

DIR001     RFC (DEL REPRESENTANTE LEGAL).

DIP001      RFC (DEL CONTADOR PUBLICO).

DIP015      RFC DEL DESPACHO.

·            DATO, REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES DEL CONTRIBUYENTE, DEL REPRESENTANTE LEGAL, DEL CONTADOR PUBLICO Y DEL DESPACHO.

·            DATO DE 13 CARACTERES ALFANUMERICOS MAXIMO, COMPUESTO POR:

-       CUATRO LETRAS PARA PERSONAS FISICAS; O GUION MEDIO Y TRES LETRAS PARA PERSONAS MORALES.

-       SEIS CARACTERES NUMERICOS QUE CORRESPONDEN A LA FECHA, (DOS CARACTERES PARA AÑO, DOS PARA MES Y DOS PARA EL DIA).

-       TRES CARACTERES ALFANUMERICOS PARA LA HOMONIMIA.

·            EN EL CASO DE QUE EL REPRESENTANTE LEGAL SEA RESIDENTES EN EL EXTRANJERO QUE NO CUENTE CON ESTE DATO, SE ANOTARA LO SIGUIENTE: REXT990101XXX

·            UTILIZACION DE CARACTERES ALFABETICOS EN MAYUSCULAS.

·            ESTE DATO NO PODRA CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, CORCHETES, PARENTESIS, ETC., SALVO EL CARACTER &).

DIC002     DENOMINACION O RAZON SOCIAL.

DIR002     NOMBRE (DEL REPRESENTANTE LEGAL) (APELLIDO PATERNO, APELLIDO MATERNO, NOMBRE(S)).

DIP002      NOMBRE (DEL CONTADOR PUBLICO) (APELLIDO PATERNO, APELLIDO MATERNO, NOMBRE(S)).

DIP014      NOMBRE DEL DESPACHO.

·            DATO, NOMBRE COMPLETO DEL CONTRIBUYENTE. TRATANDOSE DE PERSONAS FISICAS, SE ANOTARA: APELLIDO PATERNO, APELLIDO MATERNO Y NOMBRE(S), DEL REPRESENTANTE LEGAL, DEL CONTADOR PUBLICO Y DEL DESPACHO.

·            DATO DE CARACTERES ALFANUMERICOS.

·            LOS CARACTERES ALFABETICOS UNICAMENTE EN MAYUSCULAS.

DIR005     CURP (DEL REPRESENTANTE LEGAL).

DIP003      CURP (DEL CONTADOR PUBLICO).

·            DATO DE 18 CARACTERES ALFANUMERICOS MAXIMO, COMPUESTO POR:

-       CUATRO CARACTERES ALFABETICOS

-       SEIS CARACTERES NUMERICOS.

-       SEIS CARACTERES ALFABETICOS.

-       UN CARACTER ALFABETICO O NUMERICO.

-       UN CARACTER NUMERICO

·            UTILIZACION DE CARACTERES ALFABETICOS EN MAYUSCULAS.

·            ESTE DATO NO PODRA CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, CORCHETES, PARENTESIS, ETC.).

DOMICILIO FISCAL DEL CONTRIBUYENTE, DEL REPRESENTANTE LEGAL Y DEL CONTADOR PUBLICO:

DIC004     ENTIDAD FEDERATIVA (DEL CONTRIBUYENTE).

DIR006     ENTIDAD FEDERATIVA (DEL REPRESENTANTE LEGAL).

DIP005      ENTIDAD FEDERATIVA (DEL CONTADOR PUBLICO).

·            DATO ELEGIDO DE UNA LISTA (CATALOGO).

DIC005     DELEGACION O MUNICIPIO (DEL CONTRIBUYENTE).

DIR007     DELEGACION O MUNICIPIO (DEL REPRESENTANTE LEGAL).

DIP006      DELEGACION O MUNICIPIO (DEL CONTADOR PUBLICO).

·            DATO DELEGACION O MUNICIPIO COMPLETO.

·            DATO DE CARACTERES ALFABETICOS EN MAYUSCULAS.

·            ESTE DATO NO PODRA CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, CORCHETES, PARENTESIS, ETC.).

DIC006     COLONIA O LOCALIDAD (DEL CONTRIBUYENTE).

DIR008     COLONIA O LOCALIDAD (DEL REPRESENTANTE LEGAL).

DIP007      COLONIA O LOCALIDAD (DEL CONTADOR PUBLICO).

·            DATO COLONIA O LOCALIDAD COMPLETA.

·            DATO DE CARACTERES ALFANUMERICOS.

·            LOS CARACTERES ALFABETICOS UNICAMENTE EN MAYUSCULAS.

·            ESTE DATO NO PODRA CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, CORCHETES, PARENTESIS, ETC.).

DIC007     CODIGO POSTAL (DEL CONTRIBUYENTE).

DIR009     CODIGO POSTAL (DEL REPRESENTANTE LEGAL).

DIP008      CODIGO POSTAL (DEL CONTADOR PUBLICO).

·            DATO CODIGO POSTAL COMPLETA.

·            DATO DE CARACTERES NUMERICOS.

·            ESTE DATO NO PODRA CONTENER SIGNOS ESPECIALES (SIGNOS DE PESOS, COMAS, PUNTOS, GUIONES, PARENTESIS, ETC.), UNICAMENTE DEBERA CONSTAR DE LOS DIGITOS DEL 0 AL 9.

DIC008     CALLE, NUMERO EXTERIOR E INTERIOR (DEL CONTRIBUYENTE).

DIR010     CALLE, NUMERO EXTERIOR E INTERIOR (DEL REPRESENTANTE LEGAL).

DIP009      CALLE, NUMERO EXTERIOR E INTERIOR (DEL CONTADOR PUBLICO).

·            DATO DE CALLE Y NUMERO COMPLETO.

·            DATO DE CARACTERES ALFANUMERICOS.

·            LOS CARACTERES ALFABETICOS UNICAMENTE EN MAYUSCULAS.

·            ESTE DATO NO PODRA CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, CORCHETES, PARENTESIS, ETC.).

DIC009     CIUDAD O POBLACION (DEL CONTRIBUYENTE).

DIR011     CIUDAD O POBLACION (DEL REPRESENTANTE LEGAL).

DIP010      CIUDAD O POBLACION (DEL CONTADOR PUBLICO).

·            DATO, CIUDAD O POBLACION COMPLETA.

·            DATO DE CARACTERES ALFANUMERICOS.

·            LOS CARACTERES ALFABETICOS UNICAMENTE EN MAYUSCULAS.

·            ESTE DATO NO PODRA CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, CORCHETES, PARENTESIS, ETC.).

DIC010     TELEFONO (DEL CONTRIBUYENTE)

DIR012     TELEFONO (DEL REPRESENTANTE LEGAL)

DIP011      TELEFONO (DEL CONTADOR PUBLICO O DEL DESPACHO)

·            DATO DE QUINCE CARACTERES ALFANUMERICOS MAXIMO.

·            ESTE DATO NO PODRA CONTENER SIGNOS ESPECIALES (SIGNO DE PESOS, COMAS, PUNTOS, CORCHETES, PARENTESIS, ETC.) UNICAMENTE DEBERA CONSTAR DE LOS DIGITOS DEL 0 AL 9.

DIC011     CORREO ELECTRONICO (DEL CONTRIBUYENTE)

DIR013     CORREO ELECTRONICO (DEL REPRESENTANTE LEGAL)

DIP012      CORREO ELECTRONICO (DEL CONTADOR PUBLICO).

·            DATO DE CARACTERES ALFANUMERICOS

·            LOS CARACTERES ALFABETICOS SE PODRAN ANOTAR EN MINUSCULAS.

·            ESTE DATO SI PODRA CONTENER SIGNOS ESPECIALES (PUNTOS, GUIONES, ARROBA, ETC.).

DIC012     CLAVE DE ACTIVIDAD PARA EFECTOS FISCALES.

·            DATO ACTIVIDAD ECONOMICA O ACTIVIDAD PREPONDERANTE DENOMINADO TAMBIEN GIRO, ASIGNADO AUTOMATICAMENTE POR EL SIPRED’2009 UNA VEZ QUE SE SELECCIONA DE UN CATALOGO.

·            PARA EFECTOS DE ESTE DATO SE DEBERA TOMAR EN CUENTA LA DESCRIPCION QUE AL EFECTO SE HACE EN EL ANEXO 6 DE LA RESOLUCION MISCELANEA VIGENTE PARA 2009.

·            ESTE TEXTO NO PODRA CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, CORCHETES, PARENTESIS, ETC.).

DIC013     NOMBRE DEL SECTOR ECONOMICO AL QUE PERTENECE.

·            TEXTO O NOMBRE DEL SECTOR ECONOMICO, ASIGNADO AUTOMATICAMENTE POR EL SIPRED’2009 UNA VEZ QUE SE SELECCIONO LA CLAVE DE ACTIVIDAD PARA EFECTOS FISCALES.

DIR003     NACIONAL (REPRESENTANTE LEGAL).

DIR004     EXTRANJERO (REPRESENTANTE LEGAL).

·            DATO DE DOS CARACTERES ALFABETICOS (SI O NO).

·            UTILIZACION UNICAMENTE DE CARACTERES ALFABETICOS EN MAYUSCULAS.

·            ESTE TEXTO NO PODRA CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, CORCHETES, PARENTESIS, ETC.).

DIR014     NUMERO DE ESCRITURA (REPRESENTANTE LEGAL).

DIR015     NUMERO DE NOTARIA QUE CERTIFICO EL PODER (REPRESENTANTE LEGAL).

·            DATO DE QUINCE Y DIEZ CARACTERES ALFANUMERICOS MAXIMO SIN SIGNO, RESPECTIVAMENTE.

·            ESTE DATO NO PODRA CONTENER SIGNOS ESPECIALES (SIGNO DE PESOS, COMAS, PUNTOS, GUIONES, PARENTESIS, ETC.), UNICAMENTE DEBERA CONSTAR DE LOS DIGITOS DEL 0 AL 9.

DIR016     ENTIDAD EN LA QUE SE UBICA LA NOTARIA (REPRESENTANTE LEGAL).

·            DATO, ENTIDAD COMPLETA.

·            DATO DE CARACTERES ALFABETICOS.

·            LOS CARACTERES ALFABETICOS UNICAMENTE EN MAYUSCULAS.

·            ESTE DATO NO PODRA CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, CORCHETES, PARENTESIS, ETC.).

DIR017     FECHA DE CERTIFICACION DEL PODER (REPRESENTANTE LEGAL).

DIR018     FECHA DE DESIGNACION (REPRESENTANTE LEGAL).

·            DATO DE LA CERTIFICACION DEL PODER Y DE LA DESIGNACION DEL CARGO.

·            ESTE DATO ESTARA COMPUESTO POR DIEZ CARACTERES ALFANUMERICOS QUE CORRESPONDEN A LA FECHA DE CERTIFICACION DEL PODER (DOS PARA EL DIA, DOS PARA EL MES Y CUATRO PARA EL AÑO SEPARADOS POR DIAGONALES “/”).

DIP004      NUMERO DE REGISTRO DEL CONTADOR PUBLICO.

DIP016      NUMERO DE REGISTRO DEL DESPACHO.

·            PARA EFECTOS DE ESTE DATO SE ANOTARA EL NUMERO ASIGNADO POR LA ADMINISTRACION GENERAL DE AUDITORIA FISCAL FEDERAL AL CONTADOR PUBLICO REGISTRADO Y A SU DESPACHO.

·            DATO DE CINCO CARACTERES NUMERICOS MAXIMO, SIN SIGNO.

·            ESTE DATO NO PODRA CONTENER SIGNOS ESPECIALES (SIGNO DE PESOS, COMAS, PUNTOS, GUIONES, PARENTESIS, ETC.), UNICAMENTE DEBERA CONSTAR DE LOS DIGITOS DEL 0 AL 9.

DIP013      COLEGIO AL QUE PERTENECE EL CONTADOR PUBLICO.

·            DATO, NOMBRE DEL COLEGIO AL QUE PERTENECE EL CONTADOR PUBLICO REGISTRADO.

·            DATO DE CARACTERES ALFANUMERICOS.

·            LOS CARACTERES ALFABETICOS UNICAMENTE EN MAYUSCULAS.

·            ESTE TEXTO NO PODRA CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, CORCHETES, PARENTESIS, ETC.).

DATOS APLICABLES AL DICTAMEN DE:

A.      SOCIEDADES CONTROLADORAS Y CONTROLADAS

DATOS GENERALES.

DATOS A PROPORCIONAR:

AUTORIDAD COMPETENTE:

DGE002    ADMINISTRACION GENERAL DE GRANDES CONTRIBUYENTES.

·            DATO DE DOS CARACTERES ALFABETICOS, (SI O NO) EN MAYUSCULAS.

·            ESTE DATO NO PODRA CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, CORCHETES, PARENTESIS, ETC.).

DGE007    FRACCION I (ARTICULO 32-A C.F.F.).

DGE008    FRACCION II (ARTICULO 32-A C.F.F.).

DGE009    FRACCION III (ARTICULO 32-A C.F.F.).

DGE010    FRACCION IV (ARTICULO 32-A C.F.F.).

DGE011    OPTATIVO (ARTICULO 32-A C.F.F.).

DGE013    CONSOLIDA ESTADOS FINANCIEROS PARA EFECTOS FISCALES.

DGE014    CONTROLADORA (EN CASO AFIRMATIVO DEBE LLENAR ADEMAS LOS ANEXOS 40 AL 56).

DGE015    CONTROLADA (EN CASO AFIRMATIVO NO DEBERA LLENAR LOS ANEXOS 40 AL 56).

·            DATO DE DOS CARACTERES ALFABETICOS, (SI O NO) EN MAYUSCULAS.

·            ESTE DATO NO PODRA CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, CORCHETES, PARENTESIS, ETC.).

EN CASO DE SER CONTROLADA INDIQUE:

DGE016    NOMBRE DE LA EMPRESA CONTROLADORA.

·            DATO, NOMBRE COMPLETO DE LA EMPRESA CONTROLADORA.

·            DATO DE CARACTERES ALFANUMERICOS (MAXIMO 80 CARACTERES).

·            LOS CARACTERES ALFABETICOS UNICAMENTE EN MAYUSCULAS.

DGE040    FECHA DE INICIO DEL EJERCICIO FISCAL.

DGE041    FECHA DE TERMINACION DEL EJERCICIO FISCAL.

DGE042    FECHA DE INICIO DEL EJERCICIO FISCAL ANTERIOR.

DGE043    FECHA DE TERMINACION DEL EJERCICIO FISCAL ANTERIOR.

·            DATOS DEL EJERCICIO FISCAL QUE SE DICTAMINA Y DEL EJERCICIO FISCAL ANTERIOR.

·            DIVIDIDO EN INICIO DEL EJERCICIO Y TERMINACION DEL EJERCICIO.

·            ESTOS DATOS ESTARAN COMPUESTOS POR DIEZ CARACTERES ALFANUMERICOS QUE CORRESPONDEN A LA FECHA DE INICIO DEL EJERCICIO FISCAL (DOS PARA EL DIA, DOS PARA EL MES Y CUATRO PARA EL AÑO SEPARADOS POR DIAGONALES ”/”) Y DIEZ PARA LA FECHA DE TERMINACION DEL EJERCICIO FISCAL, (DOS PARA EL DIA, DOS PARA EL MES Y CUATRO PARA EL AÑO, SEPARADOS POR DIAGONALES “/”).

               EJEMPLO:

                               INICIO                                          FINAL

                               01/01/2009                                   31/12/2009

DGE020    PRIMER DICTAMEN.

DGE021    FIDEICOMISO.

DGE022    FORMA PARTE DE UNA ASOCIACION EN PARTICIPACION.

DGE023    ASOCIANTE EN LA ASOCIACION EN PARTICIPACION.

DGE024    EMPRESA PARAESTATAL.

DGE025    INDUSTRIA MAQUILADORA.

DGE026    EMPRESA FILIAL.

DGE027    EMPRESA SUBSIDIARIA.

DGE028    ORGANISMO DESCENTRALIZADO.

DGE029    DICTAMEN POR FUSION.

DGE030    DICTAMEN POR ESCISION.

DGE031    DICTAMEN POR LIQUIDACION.

DGE049    TIENE COSTO DE VENTAS EN CASO AFIRMATIVO ESTARA A LO SIGUIENTE:

DGE050    COSTO DE VENTAS: UTILIZA EL SISTEMA DE COSTEO DIRECTO (COSTOS HISTORICOS) (EN CASO AFIRMATIVO DEBE LLENAR EL ANEXO 7).

DGE051    COSTO DE VENTAS: UTILIZA EL SISTEMA DE COSTEO DIRECTO (COSTOS PREDETERMINADOS) (EN CASO AFIRMATIVO DEBE LLENAR EL ANEXO 7).

DGE052    COSTO DE VENTAS: UTILIZA EL SISTEMA DE COSTEO ABSORBENTE (COSTOS HISTORICOS) (EN CASO AFIRMATIVO DEBE LLENAR EL ANEXO 7).

DGE053    COSTO DE VENTAS: UTILIZA EL SISTEMA DE COSTEO ABSORBENTE (COSTOS PREDETERMINADOS) (EN CASO AFIRMATIVO DEBE LLENAR EL ANEXO 7).

DGE054    COSTO DE VENTAS: UTILIZA UN SISTEMA DISTINTO A LOS ANTERIORES (EN CASO AFIRMATIVO DEBE LLENAR EL ANEXO 7).

DGE060    TIPO DE OPINION: OPINION SIN SALVEDADES.

DGE061    TIPO DE OPINION: OPINION CON SALVEDADES QUE TENGAN IMPLICACIONES FISCALES.

DGE062    TIPO DE OPINION: OPINION CON SALVEDADES QUE NO TENGAN IMPLICACIONES FISCALES.

DGE063    TIPO DE OPINION: OPINION NEGATIVA QUE TENGA IMPLICACIONES FISCALES.

DGE064    TIPO DE OPINION: OPINION NEGATIVA QUE NO TENGA IMPLICACIONES FISCALES.

DGE065    TIPO DE OPINION: ABSTENCION DE OPINION.

DGE070    ESTADO DE FLUJOS DE EFECTIVO: UTILIZO EL METODO INDIRECTO.

DGE071    ESTADO DE FLUJOS DE EFECTIVO: UTILIZO EL METODO DIRECTO.

DGE076    EN EL EJERCICIO RECONOCIO EFECTOS DEL INVENTARIO ACUMULABLE AL 31 DE DICIEMBRE DE 2004 (EN CASO AFIRMATIVO DEBE LLENAR EL ANEXO 20)

DGE080    RECONOCIO EN LOS ESTADOS FINANCIEROS DEL EJERCICIO FISCAL, LOS EFECTOS DE LA INFLACION CONFORME A LA NIF B-10 (EN CASO AFIRMATIVO DEBE LLENAR EL ANEXO 38)

DGE081    EFECTUO OPERACIONES CON FIDEICOMISOS (EN CASO AFIRMATIVO DEBE LLENAR EL
ANEXO 39)

DGE082    REALIZO OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS NACIONALES (EN CASO AFIRMATIVO DEBE LLENAR LOS ANEXOS 33 Y 33.1)

DGE083    REALIZO OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS EXTRANJERAS (EN CASO AFIRMATIVO DEBE LLENAR LOS ANEXOS 33 Y 33.1)

DGE084    UTILIZO INFORMACION FINANCIERA SEGMENTADA PARA EFECTOS DE CUMPLIR CON LAS OBLIGACIONES FISCALES A QUE SE REFIEREN LAS FRACCIONES XII Y/O XV DEL ARTICULO 86 DE LA L.I.S.R.

DGE087    DETERMINO RENTA GRAVABLE PARA EFECTOS DE LA PARTICIPACION DE LOS TRABAJADORES EN LAS UTILIDADES

DGE088    LA RENTA GRAVABLE SE DETERMINO CON BASE EN LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 16 DE LA L.I.S.R. (EN CASO AFIRMATIVO DEBE LLENAR EL ANEXO 35)

DGE095    EL CONTRIBUYENTE APLICO CRITERIOS CONTRARIOS A LOS PUBLICADOS EN EL D.O.F. COMO CRITERIOS NO VINCULATIVOS DE LAS DISPOSICIONES FISCALES Y ADUANERAS

DGE100    OBTUVO ALGUNA RESOLUCION POR PARTE DEL SAT O DE LA SHCP QUE HAYA AFECTADO SU SITUACION FISCAL DURANTE EL EJERCICIO

DGE120    OBTUVO ALGUNA RESOLUCION FAVORABLE POR PARTE DE AUTORIDADES JURISDICCIONALES QUE HAYA AFECTADO SU SITUACION FISCAL DURANTE EL EJERCICIO

DGE140    REALIZO OPERACIONES AFECTAS A RETENCION DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA. (EN CASO AFIRMATIVO DEBE LLENAR EL ANEXO 15)

DGE141    FUE RESPONSABLE SOLIDARIO EN EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA EN ALGUNA ENAJENACION DE ACCIONES EFECTUADA POR RESIDENTES EN EL EXTRANJERO. (EN CASO AFIRMATIVO DEBE LLENAR EL ANEXO 16)

DGE142    CONTRATO OPERACIONES FINANCIERAS DERIVADAS QUE TUVIERAN EFECTOS FISCALES DURANTE EL EJERCICIO EN EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA (EN CASO AFIRMATIVO DEBE LLENAR EL ANEXO 24)

DGE143    MANTUVO SALDOS POR COBRAR Y POR PAGAR EN MONEDA EXTRANJERA DURANTE EL EJERCICIO (EN CASO AFIRMATIVO DEBE LLENAR EL ANEXO 25)

DGE144    CONTRATO PRESTAMOS QUE TUVIERAN EFECTOS FISCALES DURANTE EL EJERCICIO EN EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA (EN CASO AFIRMATIVO DEBE LLENAR EL ANEXO 26)

DGE145    MANTUVO INVERSIONES PERMANENTES EN SUBSIDIARIAS, ASOCIADAS Y AFILIADAS DURANTE EL EJERCICIO (EN CASO AFIRMATIVO DEBE LLENAR EL ANEXO 27)

DGE146    OBTUVO INGRESOS SUJETOS A REGIMENES FISCALES PREFERENTES (EN CASO AFIRMATIVO DEBE LLENAR EL ANEXO 29)

DGE147    EFECTUO OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR (EN CASO AFIRMATIVO DEBE LLENAR EL ANEXO 37)

·            DATOS DE DOS CARACTERES ALFABETICOS, (SI O NO) EN MAYUSCULAS.

·            ESTOS DATOS NO PODRAN CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, CORCHETES, PARENTESIS, ETC.).

DGE102    FECHA DEL OFICIO 1.

DGE104    FECHA DEL OFICIO 2.

DGE106    FECHA DEL OFICIO 3.

DGE122    FECHA DE LA RESOLUCION 1.

DGE124    FECHA DE LA RESOLUCION 2.

DGE126    FECHA DE LA RESOLUCION 3.

DGE130    FECHA DE ENVIO DE LA DECLARACION INFORMATIVA MULTIPLE. (NORMAL).

DGE131    FECHA DE ENVIO DE LA DECLARACION INFORMATIVA MULTIPLE. (ULTIMA COMPLEMENTARIA).

·            DATOS DE LA FECHA DEL OFICIO, DE LA RESOLUCION Y DEL ENVIO DE LA DECLARACION INFORMATIVA MULTIPLE.

·            ESTOS DATOS ESTARAN COMPUESTOS POR DIEZ CARACTERES ALFANUMERICOS QUE CORRESPONDEN A LA FECHA DEL OFICIO, DE LA RESOLUCION Y DEL ENVIO DE LA DECLARACION INFORMATIVA MULTIPLE (DOS PARA EL DIA, DOS PARA EL MES Y CUATRO PARA EL AÑO SEPARADOS POR DIAGONALES ”/”).

DGE096    ESPECIFIQUE EL O LOS NUMERO(S) DE CRITERIO(S).

DGE101    NUMERO DE OFICIO 1.

DGE103    NUMERO DE OFICIO 2.

DGE105    NUMERO DE OFICIO 3.

DGE121    NUMERO DE RESOLUCION 1.

DGE123    NUMERO DE RESOLUCION 2.

DGE125    NUMERO DE RESOLUCION 3.

·            DATOS DE CARACTERES ALFANUMERICOS.

·            ESTOS DATOS SI PODRAN CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, PUNTOS, GUIONES, DIAGONALES, CORCHETES, PARENTESIS, ETC.).

DGE017    RFC DE LA EMPRESA CONTROLADORA.

DGE150    RFC 1 (RFC DE LA PERSONA FISICA O MORAL QUE ASESORO FISCALMENTE AL CONTRIBUYENTE).

DGE151    RFC 2 (RFC DE LA PERSONA FISICA O MORAL QUE ASESORO FISCALMENTE AL CONTRIBUYENTE).

DGE152    RFC 3 (RFC DE LA PERSONA FISICA O MORAL QUE ASESORO FISCALMENTE AL CONTRIBUYENTE).

DGE153    RFC 4 (RFC DE LA PERSONA FISICA O MORAL QUE ASESORO FISCALMENTE AL CONTRIBUYENTE).

DGE154    RFC 5 (RFC DE LA PERSONA FISICA O MORAL QUE ASESORO FISCALMENTE AL CONTRIBUYENTE).

·            DATO, REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES.

·            DATO DE 13 CARACTERES ALFANUMERICOS MAXIMO COMPUESTO POR:

-       CUATRO LETRAS PARA PERSONAS FISICAS; O GUION MEDIO Y TRES LETRAS PARA PERSONAS MORALES.

-       SEIS CARACTERES NUMERICOS QUE CORRESPONDEN A LA FECHA (DOS CARACTERES PARA AÑO, DOS PARA MES Y DOS PARA EL DIA).

-       TRES CARACTERES ALFANUMERICOS PARA LA HOMONIMIA.

·            UTILIZACION DE CARACTERES ALFABETICOS EN MAYUSCULAS.

          ESTE DATO NO PODRA CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, CORCHETES, PARENTESIS, ETC., SALVO EL CARACTER &).

DGE160    NOMBRE DEL CONTADOR PUBLICO QUE DICTAMINO (DECLARATORIA DEL CONTADOR PUBLICO QUE DICTAMINO).

DGE161    NOMBRE DEL CONTRIBUYENTE O DE SU REPRESENTANTE LEGAL (DECLARATORIA DEL CONTRIBUYENTE O DE SU REPRESENTANTE LEGAL).

·            DATO, NOMBRE COMPLETO DEL CONTADOR PUBLICO QUE DICTAMINO Y DEL CONTRIBUYENTE O DE SU REPRESENTANTE LEGAL, ASIGNADOS AUTOMATICAMENTE POR EL SIPRED’2009 UNA VEZ QUE SE CAPTUREN LOS DATOS DE IDENTIFICACION DEL CONTRIBUYENTE, EN SU CASO, DE SU REPRESENTANTE LEGAL, Y DEL CONTADOR PUBLICO QUE DICTAMINO.

ANEXO

DATOS A PROPORCIONAR

 

 

1.-   ESTADO DE POSICION FINANCIERA

2009 Y 2008

 

 

2.-   ESTADO DE RESULTADOS

2009 Y 2008

 

 

3.-   ESTADO DE VARIACIONES EN EL CAPITAL CONTABLE

CAPITAL SOCIAL: PROVENIENTE DE APORTACIONES, PROVENIENTE DE CAPITALIZACION, APORTACIONES PARA FUTUROS AUMENTOS DE CAPITAL, PRIMA EN SUSCRIPCION DE ACCIONES, RESERVA LEGAL, UTILIDAD NETA, PERDIDA NETA, UTILIDADES RETENIDAS DE EJERCICIOS ANTERIORES, PERDIDAS ACUMULADAS DE EJERCICIOS ANTERIORES, EXCESO EN LA ACTUALIZACION DEL CAPITAL CONTABLE, INSUFICIENCIA EN LA ACTUALIZACION DEL CAPITAL CONTABLE, EFECTO INICIAL ACUMULADO DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA DIFERIDO, EFECTO INICIAL ACUMULADO DE LA PARTICIPACION DE LOS TRABAJADORES EN LAS UTILIDADES DIFERIDA, EFECTO INICIAL ACUMULADO DEL IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA DIFERIDO, RESULTADO POR TENENCIA DE ACTIVOS NO MONETARIOS, OTRAS CUENTAS DE CAPITAL ACREEDORAS, OTRAS CUENTAS DE CAPITAL DEUDORAS Y TOTAL DEL CAPITAL CONTABLE

 

 

4.-   ESTADO DE FLUJOS DE EFECTIVO

2009 Y 2008

 

 

5.-   ESTADO DE RESULTADOS SEGMENTADO (APLICA A CONTRIBUYENTES QUE REALIZARON OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS)

2009 PARTES RELACIONADAS NACIONALES, 2009 PARTES RELACIONADAS EXTRANJERAS, 2009 PARTES NO RELACIONADAS NACIONALES, 2009 PARTES NO RELACIONADAS EXTRANJERAS, 2008 PARTES RELACIONADAS NACIONALES, 2008 PARTES RELACIONADAS EXTRANJERAS, 2008 PARTES NO RELACIONADAS NACIONALES, 2008 PARTES NO RELACIONADAS EXTRANJERAS, 2009 TOTAL Y 2008 TOTAL

 

 

6.-   INTEGRACION ANALITICA DE VENTAS O INGRESOS NETOS

2009 OPERATIVOS O PROPIOS DE LA ACTIVIDAD, 2009 NO OPERATIVOS (OTROS INGRESOS), 2008 OPERATIVOS O PROPIOS DE LA ACTIVIDAD, 2008 NO OPERATIVOS (OTROS INGRESOS), 2009 TOTAL Y 2008 TOTAL

 

 

7.-   DETERMINACION DEL COSTO DE LO VENDIDO PARA EFECTOS CONTABLES Y DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

2009 Y 2008

 

 

8.-   ANALISIS COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DE GASTOS

GASTOS DE FABRICACION: 2009 Y 2008; GASTOS DE VENTA: 2009 Y 2008; GASTOS DE ADMINISTRACION: 2009 Y 2008; GASTOS GENERALES: 2009 Y 2008; TOTAL: 2009 Y 2008; TOTAL DEDUCIBLES PARA ISR: 2009 Y 2008; TOTAL NO DEDUCIBLES PARA ISR: 2009 Y 2008; TOTAL DEDUCIBLES PARA IETU: 2009 Y 2008; TOTAL NO DEDUCIBLES PARA IETU: 2009 Y 2008

 

 

9.-   ANALISIS COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DE OTROS GASTOS

2009 Y 2008, DEDUCIBLES PARA ISR: 2009 Y 2008; NO DEDUCIBLES PARA ISR: 2009 Y 2008; DEDUCIBLES PARA IETU: 2009 Y 2008; NO DEDUCIBLES PARA IETU: 2009 Y 2008

 

 

10-  ANALISIS COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DEL RESULTADO INTEGRAL DE FINANCIAMIENTO

2009 Y 2008, ACUMULABLES O DEDUCIBLES PARA ISR: 2009 Y 2008; NO ACUMULABLES O NO AFECTOS AL ISR (INGRESOS) NO DEDUCIBLES (GASTOS) PARA ISR: 2009 Y 2008; GRAVABLES O DEDUCIBLES PARA EL IETU: 2009 Y 2008; EXENTOS O NO AFECTOS PARA EL IETU (INGRESOS) NO DEDUCIBLES (GASTOS) PARA IETU: 2009 Y 2008

 

 

11.- RELACION DE CONTRIBUCIONES A CARGO DEL CONTRIBUYENTE COMO SUJETO DIRECTO O EN SU CARACTER DE RETENEDOR

BASE GRAVABLE, CONTRIBUCION DETERMINADA POR AUDITORIA A CARGO O A FAVOR, CONTRIBUCION A CARGO O SALDO A FAVOR DETERMINADO POR EL CONTRIBUYENTE Y DIFERENCIA

 

 

12.- RELACION DE PAGOS PROVISIONALES Y PAGOS MENSUALES DEFINITIVOS

CONTRIBUCION A CARGO DETERMINADA POR AUDITORIA, SALDO A FAVOR DETERMINADO POR AUDITORIA, CONTRIBUCION A CARGO DETERMINADA POR EL CONTRIBUYENTE Y SALDO A FAVOR DETERMINADO POR EL CONTRIBUYENTE

 

 

13.- DETERMINACION DE PAGOS PROVISIONALES Y PAGOS MENSUALES DEFINITIVOS

ENERO, FEBRERO, MARZO, ABRIL, MAYO, JUNIO, JULIO, AGOSTO, SEPTIEMBRE, OCTUBRE, NOVIEMBRE, DICIEMBRE Y TOTAL

 

 

14.- BASE PARA LA DETERMINACION DEL IMPUESTO RETENIDO SOBRE HONORARIOS, ARRENDAMIENTOS E INTERESES

IMPORTE

 

 

15.- OPERACIONES CON RESIDENTES EN EL EXTRANJERO

IMPORTE, I.S.R. DETERMINADO POR AUDITORIA, I.S.R. RETENIDO PAGADO Y DIFERENCIA

 

 

16.- RESPONSABILIDAD SOLIDARIA POR OPERACIONES DE RESIDENTES EN EL EXTRANJERO (EXCLUSIVAMENTE DE ENAJENACION DE ACCIONES)

MONTO DE LA OPERACION EN MONEDA EXTRAJERA Y MONTO DE LA OPERACION EN MONEDA NACIONAL SUJETA AL PAGO DEL I.S.R.

 

 

17.- DETERMINACION MENSUAL DEL IMPUESTO A LOS DEPOSITOS EN EFECTIVO

TOTAL DE DEPOSITOS EN EFECTIVO (ART. 1 L.I.D.E.); DEPOSITOS POR LOS QUE NO SE ESTA OBLIGADO AL PAGO DEL IMPUESTO (ART. 2 L.I.D.E.); ADQUISICION EN EFECTIVO DE CHEQUES DE CAJA; DEPOSITOS EN EFECTIVO GRAVADOS Y ADQUISICION EN EFECTIVO DE CHEQUES DE CAJA; IMPUESTO CORRESPONDIENTE; TOTAL DEL IMPUESTO RECAUDADO POR LA INSTITUCION DEL SISTEMA FINANCIERO; IMPUESTO PAGADO DIRECTAMENTE POR EL CONTRIBUYENTE; DIFERENCIA A CARGO O A FAVOR; OPCION ARTICULO 8 DE LA L.I.D.E. (IMPUESTO A LOS DEPOSITOS EN EFECTIVO EFECTIVAMENTE PAGADO): ACREDITADO CONTRA PAGO PROVISIONAL DEL I.S.R., ACREDITADO CONTRA I.S.R. RETENIDO A TERCEROS, COMPENSADO CONTRA CONTRIBUCIONES FEDERALES Y POR EL QUE SE SOLICITO DEVOLUCION; OPCION ARTICULO 9 DE LA L.I.D.E. (ACREDITAMIENTO POR ESTIMACION DEL I.D.E.): IMPUESTO A LOS DEPOSITOS EN EFECTIVO ESTIMADO APLICADO CONTRA PAGO PROVISIONAL DEL I.S.R., IMPUESTO A LOS DEPOSITOS EN EFECTIVO EFECTIVAMENTE PAGADO (RECAUDADO POR LA INSTITUCION DEL SISTEMA FINANCIERO), DIFERENCIA A CARGO Y DIFERENCIA A FAVOR

 

 

18.- RELACION DE CONTRIBUCIONES POR PAGAR

IMPORTE

 

 

19.- CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y FISCAL PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

TOTAL

 

 

20.- INTEGRACION DEL INVENTARIO ACUMULABLE

VALOR DEL INVENTARIO ACUMULABLE AL 31 DE DICIEMBRE DE 2004 E INVENTARIO ACUMULABLE

 

 

24.-         OPERACIONES FINANCIERAS DERIVADAS CONTRATADAS CON RESIDENTES EN EL EXTRANJERO.

MONTO CONTRATADO

 

 

25.- CUENTAS Y DOCUMENTOS POR COBRAR Y POR PAGAR EN MONEDA EXTRANJERA

SALDO EN MONEDA EXTRANJERA Y SALDO EN MONEDA NACIONAL

 

 

26.- PRESTAMOS DEL EXTRANJERO

SALDO INSOLUTO DEL PRESTAMO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2008, IMPORTE TOTAL DE LOS INTERESES PAGADOS, I.S.R. RETENIDO EN EL EJERCICIO, SALDO INSOLUTO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2009, IMPORTE TOTAL DE LOS INTERESES DEDUCIDOS (I.S.R.) E IMPORTE TOTAL DE LOS INTERESES PAGADOS

 

 

27.- INVERSIONES PERMANENTES EN SUBSIDIARIAS, ASOCIADAS Y AFILIADAS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO

MONTO DE LA INVERSION, MONTO DE LAS UTILIDADES (PERDIDAS) DE EJERCICIOS ANTERIORES EN EL PORCENTAJE DE PARTICIPACION, MONTO DE LA UTILIDAD (PERDIDA) DEL EJERCICIO EN EL PORCENTAJE DE PARTICIPACION Y VALOR DE LA INVERSION

 

 

28.- SOCIOS O ACCIONISTAS QUE TUVIERON ACCIONES O PARTES SOCIALES

MONTO DE APORTACIONES, MONTO DE RETIROS DE CAPITAL, MONTO DE PRESTAMOS: EFECTUADOS Y RECIBIDOS

 

 

29.- INGRESOS SUJETOS A REGIMENES FISCALES PREFERENTES.

MONTO TOTAL DE LAS INVERSIONES O APORTACIONES EFECTUADAS DURANTE EL EJERCICIO, MONTO TOTAL DE REEMBOLSOS DE CAPITAL RECIBIDOS DURANTE EL EJERCICIO, MONTO TOTAL DE LAS UTILIDADES O PERDIDAS FISCALES EN LA PARTICIPACION ACCIONARIA, TOTAL DE INGRESOS ACUMULABLES O GRAVABLES EN EL EJERCICIO; PARTICIPACION DIRECTA PROMEDIO POR DIA DEL CONTRIBUYENTE EN EL EJERCICIO (PORCENTAJE): IMPORTE; DATOS DE LA ENTIDAD UBICADA EN REGIMEN FISCAL PREFERENTE: TOTAL DE UTILIDADES O PERDIDAS FISCALES DEL EJERCICIO, TOTAL DE UTILIDADES DISTRIBUIDAS EN EL EJERCICIO, MONTO TOTAL DE ACTIVOS NO AFECTOS A LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL Y MONTO TOTAL DE ACTIVOS AFECTOS A LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL

 

 

30.- CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y EL DETERMINADO PARA EL IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA

TOTAL

 

 

31.- ACREDITAMIENTO DE CREDITOS FISCALES DETERMINADOS PARA EFECTOS DEL IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA

2009 Y 2008

 

 

32.- CONCILIACION ENTRE LOS INGRESOS DICTAMINADOS SEGUN ESTADO DE RESULTADOS, LOS ACUMULABLES PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y LOS PERCIBIDOS PARA EFECTOS DEL IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA Y EL TOTAL DE ACTOS O ACTIVIDADES PARA EFECTOS DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

TOTAL

 

 

33.- OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS

MONTO EN PESOS Y AJUSTE FISCAL PARA QUE LA OPERACION SE CONSIDERASE PACTADA COMO CON PARTES INDEPENDIENTES EN OPERACIONES COMPARABLES

 

 

34.- INVERSIONES Y TERRENOS

ISR DEDUCCION EN EL EJERCICIO, ISR DEDUCCION INMEDIATA EN EL EJERCICIO, ISR ADQUISICIONES DURANTE EL EJERCICIO, ISR ENAJENACIONES Y BAJAS, IETU ADQUISICIONES E IETU ENAJENACIONES

 

 

35.- DETERMINACION DE LA RENTA GRAVABLE PARA EFECTOS DE LA PARTICIPACION DE LOS TRABAJADORES EN LAS UTILIDADES DE LAS EMPRESAS DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 16 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

IMPORTE

 

 

36.- DATOS INFORMATIVOS

IMPORTE

 

 

37.- OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR

VALOR DECLARADO EN ADUANA E IMPUESTO AL VALOR AGREGADO PAGADO

 

 

38.- INTEGRACION DE CIFRAS REEXPRESADAS

CIFRAS HISTORICAS, AJUSTE POR ACTUALIZACION Y CIFRAS ACTUALIZADAS SEGUN ESTADOS FINANCIEROS

 

 

39.- OPERACIONES REALIZADAS A TRAVES DE FIDEICOMISOS

DATOS CORESPONDIENTES A LAS OPERACIONES TOTALES EFECTUADAS POR EL FIDEICOMISO: IMPUESTO SOBRE LA RENTA (ISR): UTILIDAD (PERDIDA) FISCAL DEL EJERCICIO, PAGOS PROVISIONALES EFECTUADOS DE ISR; IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA (IETU): INGRESO GRAVADO, PAGOS PROVISIONALES EFECTUADOS DE IETU Y CREDITO FISCAL IETU

 

 

40.- RELACION DE CONTRIBUCIONES A CARGO DEL CONTRIBUYENTE EN SU CARACTER DE SOCIEDAD CONTROLADORA

BASE GRAVABLE, CONTRIBUCION DETERMINADA POR AUDITORIA A CARGO O A FAVOR, CONTRIBUCION A CARGO O SALDO A FAVOR DETERMINADO POR EL CONTRIBUYENTE Y DIFERENCIA

 

 

41.- RELACION DE PAGOS PROVISIONALES DEL I.S.R. CONSOLIDADOS

CONTRIBUCION A CARGO DETERMINADA POR AUDITORIA, SALDO A FAVOR DETERMINADO POR AUDITORIA, CONTRIBUCION A CARGO DETERMINADA POR EL CONTRIBUYENTE Y SALDO A FAVOR DETERMINADO POR EL CONTRIBUYENTE

 

 

42.- DETERMINACION DE PAGOS PROVISIONALES CONSOLIDADOS

ENERO, FEBRERO, MARZO, ABRIL, MAYO, JUNIO, JULIO, AGOSTO, SEPTIEMBRE, OCTUBRE, NOVIEMBRE, DICIEMBRE Y TOTAL

 

 

43.- IMPUESTO SOBRE LA RENTA E IMPUESTO AL ACTIVO DIFERIDO CONSOLIDADDOS

IMPUESTO DIFERIDO ACTUALIZADO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2009, E IMPUESTO HISTORICO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2009

 

 

44.-         DETERMINACION DEL RESULTADO FISCAL CONSOLIDADO O DE LA PERDIDA FISCAL CONSOLIDADA

TOTAL

 

 

45.-         DETERMINACION DEL I.S.R. E IMPAC POR DESINCORPORACION DE SOCIEDADES CONTROLADAS O DESCONSOLIDACION DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 71 DE LA LEY DEL I.S.R.

TOTAL

 

 

46.- DETERMINACION DEL I.S.R. E IMPAC POR DESINCORPORACION DE SOCIEDADES CONTROLADAS O DESCONSOLIDACION DE CONFORMIDAD CON LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL

TOTAL

 

 

47.- INFORMACION SOBRE CONSOLIDACION (I.S.R.)

UTILIDAD O PERDIDA INDIVIDUAL, UTILIDAD O PERDIDA FISCAL EN PARTICIPACION CONSOLIDABLE, PERDIDAS DE EJERCICIOS ANTERIORES A SU INCORPORACION A LA CONSOLIDACION DE LAS SOCIEDADES CONTROLADAS Y DE LA CONTROLADORA, REMANENTE DE LAS PERDIDAS POR ENAJENACION DE ACCIONES, POR LAS SOCIEDADES CONTROLADAS Y LA SOCIEDAD CONTROLADORA VIGENTE EN 2007, MONTO DE LAS PERDIDAS OBTENIDAS POR LA SOCIEDAD CONTROLADORA POR ENAJENACION DE ACCIONES EMITIDAS POR LAS SOCIEDADES CONTROLADAS EN LA PARTICIPACION CONSOLIDABLE Y DE LA SOCIEDAD CONTROLADORA EMITIDAS POR SOCIEDADES CONTROLADAS, A QUE SE REFIERE EL INCISO e) DE LA FRACCION I DEL ARTICULO 68 DE LA LEY DEL ISR Y CONCEPTOS ESPECIALES DE CONSOLIDACION EN TERMINOS DE LA FRACCION XXXIII DEL ARTICULO SEGUNDO DE LAS DISPOSICIONES TRANSITORIAS PARA 2002 DE LA LEY DEL ISR

 

 

48.- MODIFICACIONES POR VARIACIONES EN LA PARTICIPACION ACCIONARIA DE LA CONTROLADORA EN LAS CONTROLADAS (I.S.R.)

UTILIDADES FISCALES DE SOCIEDADES CONTROLADAS CONSIDERADAS EN LA CONSOLIDACION DE EJERCICIOS ANTERIORES, PERDIDAS FISCALES DE SOCIEDADES CONTROLADAS CONSIDERADAS EN LA CONSOLIDACION DE EJERCICIOS ANTERIORES, PERDIDAS FISCALES DE EJERCICIOS ANTERIORES A SU INCORPORACION A LA CONSOLIDACION PENDIENTES DE DISMINUIR DE SOCIEDADES CONTROLADAS, PERDIDAS POR ENAJENACION DE ACCIONES DE CONTROLADAS OBTENIDAS POR LAS SOCIEDADES CONTROLADAS Y CONTROLADORA, PERDIDAS POR ENAJENACION DE ACCIONES DE CONTROLADAS QUE HUBIERAN DEDUCIDO LAS SOCIEDADES CONTROLADAS Y CONTROLADORA EN LO INDIVIDUAL, IMPUESTO CORRESPONDIENTE A LA DISMINUCION DE LA PARTICIPACION ACCIONARIA DE LA CONTROLADORA EN LA CONTROLADA CON UTILIDAD FISCAL E IMPUESTO CORRESPONDIENTE AL MOMENTO DE LA PARTICIPACION ACCIONARIA DE LA CONTROLADORA EN LA CONTROLADA CON UTILIDAD FISCAL

 

 

49.- IMPUESTOS ACREDITABLES

IMPUESTO SOBRE LA RENTA PAGADO EN EL EXTRANJERO, IMPUESTO SOBRE LA RENTA RETENIDO A CONTROLADAS, SUBTOTAL, IMPUESTO SOBRE LA RENTA ACREDITABLE EN LA PARTICIPACION CONSOLIDABLE, PAGOS PROVISIONALES DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA CONSOLIDADOS, IMPUESTO SOBRE LA RENTA ACREDITABLE POR VARIACION EN LA PARTICIPACION ACCIONARIA, OTROS CONCEPTOS DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA ACREDITABLE EN LA PARTICIPACION CONSOLIDABLE, TOTAL DE IMPUESTO ACREDITABLE ANTES DE OTROS CONCEPTOS ACREDITABLES NO RELACIONADOS CON IMPUESTO SOBRE LA RENTA, OTROS CONCEPTOS ACREDITABLES NO RELACIONADOS CON IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y TOTAL DE IMPUESTO ACREDITABLE

 

 

50.- PARTIDAS POR DESINCORPORACION DE CONTROLADAS O DESCONSOLIDACION DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 71 DE LA LEY DEL ISR

I.S.R.: PERDIDA FISCAL CONSOLIDADA DEL EJERCICIO INMEDIATO ANTERIOR, UTILIDAD FISCAL CONSOLIDADA DEL EJERCICIO INMEDIATO ANTERIOR, MONTO DE PERDIDAS FISCALES DE EJERCICIOS ANTERIORES QUE LA SOCIEDAD CONTROLADA TENGA DERECHO A DISMINUIR AL MOMENTO DE SU DESINCORPORACION EN LA PARTICIPACION CONSOLIDABLE, UTILIDADES POR COMPARACION DE REGISTRO DE UTILIDADES FISCALES NETAS, REGISTRO DE UTILIDADES FISCALES NETAS REINVERTIDAS, CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA Y CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA REINVERTIDA, DIVIDENDOS PAGADOS POR LA SOCIEDAD QUE SE DESINCORPORA EN EJERCICIOS ANTERIORES NO PROVENIENTES DE LA CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA, PERDIDA EN ENAJENACION DE ACCIONES DE SOCIEDADES CONTROLADAS OBTENIDAS POR LA SOCIEDAD QUE SE DESINCORPORA CUANDO NO HUBIERAN PODIDO DEDUCIRSE POR ESTA ULTIMA, EN LA PARTICIPACION CONSOLIDABLE, CONCEPTOS ESPECIALES DE CONSOLIDACION QUE CON MOTIVO DE LA DESINCORPORACION DE LA SOCIEDAD QUE DEJA DE SER CONTROLADA DEBEN CONSIDERARSE COMO EFECTUADAS CON TERCEROS, PERDIDAS FISCALES CONSOLIDADAS DE EJERCICIOS ANTERIORES, IMPUESTO POR MODIFICACION EN PARTICIPACION ACCIONARIA; IMPUESTO AL ACTIVO: CONSOLIDADO PAGADO EN EJERCICIOS ANTERIORES QUE TENGA DERECHO A RECUPERAR, IMPAC PAGADO EN EJERCICIOS ANTERIORES QUE TENGA DERECHO A RECUPERAR POR LA SOCIEDAD CONTROLADA QUE SE DESINCORPORA Y DIFERENCIA

 

 

51.-         PARTIDAS POR DESINCORPORACION DE CONTROLADAS DE CONFORMIDAD CON LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL

I.S.R.: PERDIDA FISCAL CONSOLIDADA DEL EJERCICIO INMEDIATO ANTERIOR, UTILIDAD FISCAL CONSOLIDADA DEL EJERCICIO INMEDIATO ANTERIOR, CONCEPTOS ESPECIALES DE CONSOLIDACION QUE CON MOTIVO DE LA DESINCORPORACION DE LA SOCIEDAD QUE DEJA DE SER CONTROLADA DEBEN CONSIDERARSE COMO EFECTUADAS CON TERCEROS, MONTO DE PERDIDAS FISCALES DE EJERCICIOS ANTERIORES QUE LA SOCIEDAD CONTROLADA TENGA DERECHO A DISMINUIR AL MOMENTO DE SU DESINCORPORACION EN LA PARTICIPACION CONSOLIDABLE, PERDIDA EN ENAJENACION DE ACCIONES DE SOCIEDADES CONTROLADAS OBTENIDAS POR LA SOCIEDAD QUE SE DESINCORPORA CUANDO NO HUBIERAN PODIDO DEDUCIRSE POR ESTA ULTIMA, EN LA PARTICIPACION CONSOLIDABLE, UTILIDAD FISCAL, IMPUESTO FRACCION I DE LA REGLA DE LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL, DIVIDENDOS PAGADOS POR LA SOCIEDAD QUE SE DESINCORPORA EN EJERCICIOS ANTERIORES NO PROVENIENTES DE CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA, IMPUESTO CORRESPONDIENTE A LOS DIVIDENDOS FRACCION II DE LA REGLA DE LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL, SALDO DEL REGISTRO DE UTILIDADES FISCALES NETAS CONSOLIDADAS, INCREMENTO DEL SALDO DEL REGISTRO DE UTILIDADES FISCALES NETAS CONSOLIDADAS POR DESINCORPORACION DE SOCIEDADES, REGISTRO DE UTILIDADES FISCALES NETAS DE LAS CONTROLADAS QUE SE DESINCORPORAN, DIFERENCIA CUANDO EL REGISTRO DE UTILIDADES FISCALES NETAS DE LAS CONTROLADAS QUE SE DESINCORPORAN ES MAYOR AL SALDO DEL REGISTRO DE UTILIDADES FISCALES NETAS CONSOLIDADAS, UTILIDAD BASE DEL IMPUESTO, IMPUESTO FRACCION III INCISO a) DE LA REGLA DE LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL, SALDO DEL REGISTRO DE UTILIDADES FISCALES NETAS CONSOLIDADAS REINVERTIDAS, INCREMENTO DEL SALDO DEL REGISTRO DE UTILIDADES FISCALES NETAS CONSOLIDADAS REINVERTIDAS POR DESINCORPORACION DE SOCIEDADES, REGISTRO DE UTILIDADES FISCALES NETAS DE LAS CONTROLADAS REINVERTIDAS QUE SE DESINCORPORAN, DIFERENCIA CUANDO EL REGISTRO DE UTILIDADES FISCALES NETAS DE LAS CONTROLADAS REINVERTIDAS QUE SE DESINCORPORAN ES MAYOR AL SALDO DEL REGISTRO DE UTILIDADES FISCALES NETAS CONSOLIDADAS REINVERTIDAS, UTILIDAD BASE DEL IMPUESTO, IMPUESTO FRACCION III INCISO b) DE LA REGLA DE LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL, SALDO DE LA CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA CONSOLIDADA, INCREMENTO DEL SALDO DE LA CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA CONSOLIDADA POR DESINCORPORACION DE SOCIEDADES, CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA DE LAS CONTROLADAS QUE SE DESINCORPORAN, DIFERENCIA CUANDO LA CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA DE LAS CONTROLADAS QUE SE DESINCORPORAN ES MAYOR AL SALDO DE LA CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA CONSOLIDADAS, UTILIDAD BASE DEL IMPUESTO, IMPUESTO FRACCION IV INCISO a) DE LA REGLA DE LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL, SALDO DE LA CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA CONSOLIDADA REINVERTIDA, INCREMENTO DEL SALDO DE LA CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA CONSOLIDADA REINVERTIDA POR DESINCORPORACION DE SOCIEDADES, CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA DE LAS CONTROLADAS REINVERTIDA QUE SE DESINCORPORAN, DIFERENCIA CUANDO LA CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA DE LAS CONTROLADAS REINVERTIDAS QUE SE DESINCORPORAN ES MAYOR AL SALDO DE LA CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA CONSOLIDADAS REINVERTIDAS, UTILIDAD BASE DEL IMPUESTO, IMPUESTO FRACCION IV INCISO b) DE LA REGLA DE LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL, IMPUESTO PAGADO POR LAS DESINCORPORACIONES DEL EJERCICIO, DIFERENCIA; IMPUESTO AL ACTIVO: IMPAC CONSOLIDADO PAGADO EN EJERCICIOS ANTERIORES QUE TENGA DERECHO A RECUPERAR, IMPAC PAGADO EN EJERCICIOS ANTERIORES QUE TENGA DERECHO A RECUPERAR POR LA SOCIEDAD CONTROLADA QUE SE DESINCORPORA Y DIFERENCIA

 

 

54.- REGISTRO INDIVIDUAL AL OBTENER LA DEVOLUCION O EFECTUAR LA COMPENSACION DEL IMPAC CONTRA EL I.S.R.

MONTO DEL IMPAC PAGADO CON ANTERIORIDAD A SU INCORPORACION AL REGIMEN DE CONSOLIDACION, DEVOLUCION O COMPENSACION DE LA PARTE QUE NO CONSOLIDE PARA EFECTOS FISCALES E IMPUESTO QUE HUBIERE REDUCIDO CON MOTIVO DE LA DEVOLUCION OBTENIDA POR LA CONTROLADA

 

 

55.- REGISTRO EN LA SOCIEDAD CONTROLADORA POR CADA UNA DE SUS SOCIEDADES CONTROLADAS AL OBTENER LA DEVOLUCION O EFECTUAR LA COMPENSACION DEL IMPAC CONTRA EL I.S.R CONSOLIDADO

MONTO DEL IMPAC PAGADO CON ANTERIORIDAD A SU INCORPORACION AL REGIMEN DE CONSOLIDACION, DEVOLUCIONES O COMPENSACIONES DE LA PARTE QUE NO CONSOLIDE PARA EFECTOS FISCALES, EFECTOS DE LA INCORPORACION O DESINCORPORACION DE SOCIEDADES CONTROLADAS Y AUMENTOS Y DISMINUCIONES EN LA TENENCIA ACCIONARIA

 

NOTA:   EL ORDEN DE ESTOS DATOS ES UNICAMENTE INFORMATIVO, PARA SU CAPTURA REFERENCIAR AL FORMATO GUIA.

·            PARA EFECTOS DE ESTOS DATOS, SE ANOTARAN CIFRAS DE IMPORTES REFERENTES A LOS DATOS INDICADOS.

·            DATOS DE CARACTERES NUMERICOS.

·            LAS CANTIDADES NEGATIVAS SE DEBERAN PRESENTAR CON SIGNO NEGATIVO, ANTEPONIENDOSE EL SIGNO A DICHA CANTIDAD.

·            PARA LAS CANTIDADES POSITIVAS SE OMITIRA EL SIGNO.

·            ESTOS DATOS NO PODRAN CONTENER SIGNOS ESPECIALES TALES COMO: SIGNO DE PESOS, COMAS, PUNTOS, PARENTESIS, ETC., UNICAMENTE DEBERAN CONSTAR DE LOS DIGITOS DEL 0 AL 9.

·            LAS CANTIDADES INDICATIVAS DE IMPORTES DEBERAN ANOTARSE EN PESOS, NO EN MILES DE PESOS.

ANEXO

DATOS A PROPORCIONAR

 

 

4.1.-     NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS

TEXTO REFERENTE A LAS NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS

 

 

11.1.-   DECLARATORIA

TEXTO REFERENTE A LA DECLARATORIA

 

·            DATOS DE CARACTERES ALFANUMERICOS.

·            ESTOS TEXTOS SI PODRAN CONTENER SIGNOS ESPECIALES (SIGNO DE PESOS, COMAS, PUNTOS, GUIONES, PARENTESIS, ETC.).

·            EL TEXTO ALFABETICO DEBERA SER UTILIZADO UNICAMENTE EN LETRAS MAYUSCULAS.

ANEXO

DATOS A PROPORCIONAR

 

 

11.-    RELACION DE CONTRIBUCIONES A CARGO DEL CONTRIBUYENTE COMO SUJETO DIRECTO O EN SU CARACTER DE RETENEDOR

TASA , TARIFA O CUOTA

 

 

15.-    OPERACIONES CON RESIDENTES EN EL EXTRANJERO

TASA

 

 

17.-         DETERMINACION MENSUAL DEL IMPUESTO A LOS DEPOSITOS EN EFECTIVO

TASA DEL IMPUESTO

 

 

20.-    INTEGRACION DEL INVENTARIO ACUMULABLE

PORCENTAJE DE ACUMULACION

 

 

24.-    OPERACIONES FINANCIERAS DERIVADAS CONTRATADAS CON RESIDENTES EN EL EXTRANJERO

TASA DE INTERES

 

 

26.-    PRESTAMOS DEL EXTRANJERO

PORCENTAJE DE LA TASA DE INTERESES Y TASA DE RETENCION DEL I.S.R.

 

 

27.-    INVERSIONES PERMANENTES EN SUBSIDIARIAS, ASOCIADAS Y AFILIADAS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO

PORCENTAJE DE PARTICIPACION EN EL CAPITAL DE LA ENTIDAD

 

 

28.-    SOCIOS O ACCIONISTAS QUE TUVIERON ACCIONES O PARTES SOCIALES

PORCENTAJE DE PARTICIPACION DEL SOCIO O ACCIONISTA EN EL EJERCICIO

 

 

29.-    INGRESOS SUJETOS A REGIMENES FISCALES PREFERENTES

TASA EFECTIVA DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA PAGADA EN EL EXTRANJERO (MENOR AL 75% DEL QUE SE PAGARIA EN MEXICO) Y PARTICIPACION DIRECTA PROMEDIO POR DIA DEL CONTRIBUYENTE EN EL EJERCICIO (PORCENTAJE): PORCENTAJE

 

 

39.-    OPERACIONES REALIZADAS A TRAVES DE FIDEICOMISOS

PORCENTAJE DE PARTICIPACION CONFORME AL CONTRATO

 

 

40.-    RELACION DE CONTRIBUCIONES A CARGO DEL CONTRIBUYENTE EN SU CARACTER DE SOCIEDAD CONTROLADORA

TASA O TARIFA

 

 

54.-    REGISTRO INDIVIDUAL AL OBTENER LA DEVOLUCION O EFECTUAR LA COMPENSACION DEL IMPAC CONTRA EL I.S.R

PARTICIPACION ACCIONARIA

 

·            PARA EFECTOS DE ESTOS DATOS, SE ANOTARAN CIFRAS REFERENTES A LOS DATOS INDICADOS.

·            DATOS DE CARACTERES ALFANUMERICOS CON DECIMALES.

·            LAS CANTIDADES REPRESENTATIVAS DE PORCENTAJE SE ANOTARAN CON ENTEROS Y DOS DECIMALES, SIN EL SIGNO DE PORCENTAJE.

·            ESTOS DATOS NO PODRAN CONTENER SIGNOS ESPECIALES TALES COMO: SIGNO DE PESOS, COMAS, PARENTESIS, ETC., UNICAMENTE DEBERAN CONSTAR DE LOS DIGITOS DEL 0 AL 9.

ANEXO

DATOS A PROPORCIONAR

 

 

21.-    INTEGRACION DE PERDIDAS FISCALES DE EJERCICIOS ANTERIORES

2009 A 1999

 

 

22.-    CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA. CUFIN

2009 A 1975

 

 

23.-    CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA REINVERTIDA.- CUFINRE

2009 A 1999

 

 

52.-    CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA CONSOLIDADA. CUFIN CONSOLIDADA I.S.R.

2009 A 1975

 

 

53.-    CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA CONSOLIDADA REINVERTIDA.- CUFINRE CONSOLIDADA I.S.R.

2009 A 1999

 

 

56.-    INTEGRACION DE PERDIDAS FISCALES CONSOLIDADAS DE EJERCICIOS ANTERIORES

2009 A 1999

 

·            PARA EFECTOS DE ESTOS DATOS, SE ANOTARAN CIFRAS REFERENTES A LOS DATOS INDICADOS.

·            DATOS DE CARACTERES NUMERICOS CON CUATRO DECIMALES.

·            ESTOS DATOS NO PODRAN CONTENER SIGNOS ESPECIALES TALES COMO: SIGNO DE PESOS, COMAS, PARENTESIS, ETC., UNICAMENTE DEBERAN CONSTAR DE LOS DIGITOS DEL 0 AL 9.

ANEXO

DATOS A PROPORCIONAR

 

 

15.-    OPERACIONES CON RESIDENTES EN EL EXTRANJERO

PAIS DE RESIDENCIA, CONCEPTO DEL PAGO Y APLICO LOS BENEFICIOS DE ALGUN TRATADO CELEBRADO POR MEXICO PARA EVITAR LA DOBLE TRIBUTACION (SI O NO)

 

 

16.-    RESPONSABILIDAD SOLIDARIA POR OPERACIONES DE RESIDENTES EN EL EXTRANJERO (EXCLUSIVAMENTE DE ENAJENACION DE ACCIONES)

PAIS DE RESIDENCIA DE LA ENTIDAD EXTRANJERA, CONCEPTO ESPECIFICO DE LA OPERACION, TIPO DE MONEDA, Y EXISTE DICTAMEN POR LA OPERACION REALIZADA (SI NO)

 

 

18.-    RELACION DE CONTRIBUCIONES POR PAGAR

INSTITUCION DE CREDITO O SAT Y PAGO EN PARCIALIDADES (DATOS DEL ESCRITO LIBRE): ADMINISTRACION RECEPTORA

 

 

24.-    OPERACIONES FINANCIERAS DERIVADAS CONTRATADAS CON RESIDENTES EN EL EXTRANJERO

PAIS DE RESIDENCIA, TIPO DE OPERACION CONTRATADA, DEUDA O CAPITAL, TIPO DE MONEDA E INDIQUE SI SE CONTRATO CON UNA PARTE RELACIONADA (SI O NO)

 

 

25.-    CUENTAS Y DOCUMENTOS POR COBRAR Y POR PAGAR EN MONEDA EXTRAJERA

PAIS DE RESIDENCIA FISCAL, TIPO DE MONEDA, CONCEPTO MAS IMPORTANTE QUE ORIGINO EL SALDO, INDIQUE SI ES PARTE RELACIONADA (SI O NO) Y GENERO INTERESES (SI O NO)

 

 

26.-    PRESTAMOS DEL EXTRANJERO

TIPO DE FINANCIAMIENTO, FUE BENEFICIARIO EFECTIVO DE LOS INTERESES (SI O NO), PAIS DE RESIDENCIA PARA EFECTOS FISCALES, TIPO DE MONEDA, DENOMINACION DE LA TASA DE INTERES, GARANTIZO EL PRESTAMO (SI O NO) Y EFECTUO COLOCACIONES EN EL EXTRANJERO ( SI O NO)

 

 

27.-    INVERSIONES PERMANENTES EN SUBSIDIARIAS, ASOCIADAS Y AFILIADAS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO

PAIS DE RESIDENCIA FISCAL DE LA ENTIDAD

 

 

28.-    SOCIOS O ACCIONISTAS QUE TUVIERON ACCIONES O PARTES SOCIALES

PAIS DE RESIDENCIA PARA EFECTOS FISCALES

 

 

29.-    INGRESOS SUJETOS A REGIMENES FISCALES PREFERENTES

PAIS DE RESIDENCIA FISCAL, TIPO DE MONEDA, TIPO DE INGRESO, LA CONTABILIDAD ESTA A DISPOSICION DE LA AUTORIDAD (SI O NO), INFORMACION DE ENTIDAD INTERPUESTA (SI O NO), EN EL CASO DE INGRESOS GENERADOS EN PARTICIPACION CON OTRAS ENTIDADES: CUENTA CON LA INFORMACION DE LA ENTIDAD QUE GENERO INGRESOS POR PARTICIPACION CON OTRAS ENTIDADES (SI O NO), ACTIVIDAD QUE REALIZA LA ENTIDAD EN LA QUE PARTICIPA; OPERACIONES CON FIDEICOMISO: SEÑALAR SI LA INFORMACION ES PARA EL CASO DE LOS INGRESOS GENERADOS EN FIDEICOMISOS Y SIMILARES (SI O NO) Y DESCRIPCION DEL OBJETO DEL FIDEICOMISO

 

 

33.-    OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS

TIPO DE OPERACION, PAIS DE RESIDENCIA, METODO DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA APLICADO, LA OPERACION ESTA PACTADA COMO CON PARTES INDEPENDIENTES EN OPERACIONES COMPARABLES (SI O NO)

 

 

37.-    OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR

NOMBRE DEL AGENTE ADUANAL, PAIS DE PROCEDENCIA, PAIS DE ORIGEN, PAIS DE DESTINO Y PROGRAMA O DECRETO

 

 

41.-    RELACION DE PAGOS PROVISIONALES DEL I.S.R. CONSOLIDADO

TIPO DE PAGO NORMAL O COMPLEMENTARIO E INSTITUCION DE CREDITO O SAT

 

·            DATOS DE CARACTERES ALFANUMERICOS.

·            LOS CARACTERES ALFABETICOS UNICAMENTE EN MAYUSCULAS.

·            ESTOS TEXTOS NO PODRAN CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, CORCHETES, PARENTESIS, ETC.).

ANEXO

DATOS A PROPORCIONAR

 

 

18.-    RELACION DE CONTRIBUCIONES POR PAGAR

NUMERO DE LA OPERACION; PAGO EN PARCIALIDADES (DATOS DEL ESCRITO LIBRE): NUMERO DE FOLIO; Y OFICIO DE AUTORIZACION DE PAGO EN PARCIALIDADES: NUMERO

 

 

26.-    PRESTAMOS DEL EXTRANJERO

FECHA O FRECUENCIA DE EXIGIBILIDAD DEL PAGO DE INTERESES Y NUMERO DE OFICIO DE AUTORIZACION DE LA CNBV DE LA OFERTA PUBLICA EN EL EXTRANJERO DE VALORES EMITIDOS EN MEXICO

 

 

33.-    OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS

EJERCICIO EN EL QUE SE REGISTRO COMO INGRESO, COSTO, GASTO O INVERSION

 

 

37.-    OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR

CANTIDAD DE PEDIMENTOS

 

 

41.-    RELACION DE PAGOS PROVISIONALES DEL I.S.R. CONSOLIDADO

NUMERO DE LA OPERACION

 

·            PARA EFECTOS DE ESTOS DATOS, SE ANOTARAN CIFRAS REFERENTES A LOS DATOS INDICADOS.

·            DATO DE CARACTERES ALFANUMERICOS.

·            LOS CARACTERES ALFABETICOS UNICAMENTE EN MAYUSCULAS.

·            ESTOS DATOS NO PODRAN CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, CORCHETES, PARENTESIS, ETC.)

ANEXO

DATOS A PROPORCIONAR

 

 

16.-         RESPONSABILIDAD SOLIDARIA POR OPERACIONES DE RESIDENTES EN EL EXTRANJERO (EXCLUSIVAMENTE DE ENAJENACION DE ACCIONES)

FECHA DE LA OPERACION

 

 

18.-    RELACION DE CONTRIBUCIONES POR PAGAR

FECHA DE PAGO, PAGO EN PARCIALIDADES (DATOS DEL ESCRITO LIBRE): FECHA DE PRESENTACION; Y OFICIO DE AUTORIZACION DE PAGO EN PARCIALIDADES: FECHA

 

 

24.-    OPERACIONES FINANCIERAS DERIVADAS CONTRATADAS CON RESIDENTES EN EL EXTRANJERO

FECHA DE CELEBRACION DEL CONTRATO QUE LE DIO ORIGEN A LA OPERACION; Y VIGENCIA: DEL, AL

 

 

26.-    PRESTAMOS DEL EXTRANJERO

VIGENCIA DEL PRESTAMO: DEL Y AL

 

 

28.-    SOCIOS O ACCIONISTAS QUE TUVIERON ACCIONES O PARTES SOCIALES

PERIODO DE TENENCIA: DEL Y AL

 

 

29.-    INGRESOS SUJETOS A REGIMENES FISCALES PREFERENTES

OPERACIONES CON FIDEICOMISO: VIGENCIA: DEL Y AL

 

 

41.-    RELACION DE PAGOS PROVISIONALES DEL I.S.R. CONSOLIDADO

FECHA DE PRESENTACION

 

·            DIEZ CARACTERES ALFANUMERICOS QUE CORRESPONDEN A LA FECHA (DOS CARACTERES PARA EL DIA, DOS PARA EL MES Y CUATRO PARA EL AÑO, SEPARADOS POR DIAGONALES “/”, EJEMPLO: 17/04/2009).

·            ESTOS DATOS NO PODRAN CONTENER SIGNOS ESPECIALES (SIGNO DE PESOS, COMAS, PUNTOS, GUIONES, PARENTESIS, ETC.), UNICAMENTE DEBERAN CONSTAR DE LOS DIGITOS DEL 0 AL 9 Y LA DIAGONAL “/”.

ANEXO

DATOS A PROPORCIONAR

 

 

15.-    OPERACIONES CON RESIDENTES EN EL EXTRANJERO

NUMERO DE IDENTIFICACION FISCAL

 

 

16.-    RESPONSABILIDAD SOLIDARIA POR OPERACIONES DE RESIDENTES EN EL EXTRANJERO (EXCLUSIVAMENTE DE ENAJENACION DE ACCIONES)

NUMERO DE IDENTIFICACION FISCAL

 

 

24.-    OPERACIONES FINANCIERAS DERIVADAS CONTRATADAS CON RESIDENTES EN EL EXTRANJERO

NUMERO DE IDENTIFICACION FISCAL

 

 

25.-    CUENTAS Y DOCUMENTOS POR COBRAR Y POR PAGAR EN MONEDA EXTRAJERA

NUMERO DE IDENTIFICACION FISCAL

 

 

26.-    PRESTAMOS DEL EXTRANJERO

NUMERO DE IDENTIFICACIO FISCAL Y NUMERO DE REGISTRO DEL ACREEDOR RESIDENTE EN EL EXTRANJERO ANTE EL SAT

 

 

27.-    INVERSIONES PERMANENTES EN SUBSIDIARIAS, ASOCIADAS Y AFILIADAS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO

NUMERO DE IDENTIFICACION FISCAL

 

 

28.-    SOCIOS O ACCIONISTAS QUE TUVIERON ACCIONES O PARTES SOCIALES

NUMERO DE IDENTIFICACION FISCAL O RFC

 

 

29.-    INGRESOS SUJETOS A REGIMENES FISCALES PREFERENTES

NUMERO DE IDENTIFICACION FISCAL

 

 

33.-    OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS

NUMERO DE IDENTIFICACION FISCAL O RFC

 

NUMERO DE IDENTIFICACION FISCAL Y NUMERO DE REGISTRO DEL CONTROL ACRREDOR RESIDENTE EN EL EXTRANJERO ANTE EL SAT

·            DATO, REGISTRO DE IDENTIFICACION FISCAL DEL PAIS DE RESIDENCIA Y NUMERO DE REGISTRO DEL CONTROL ACREEDOR RESIDENTE EN EL EXTRANJERO ANTE EL SAT.

·            DATO DE CARACTERES ALFANUMERICOS.

·            LOS CARACTERES ALFABETICOS UNICAMENTE EN MAYUSCULAS.

·            ESTE DATO NO PODRA CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, CORCHETES, PARENTESIS, ETC.).

RFC

·            DATO, REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES DE LA PARTE RELACIONADA.

·            DATO DE 13 CARACTERES ALFANUMERICOS MAXIMO, COMPUESTO POR:

·            CUATRO LETRAS PARA PERSONAS FISICAS, O GUION MEDIO Y TRES LETRAS PARA PERSONAS MORALES.

·            SEIS CARACTERES NUMERICOS QUE CORRESPONDEN A LA FECHA (DOS CARACTERES PARA EL AÑO, DOS PARA EL MES Y DOS PARA EL DIA).

·            TRES CARACTERES ALFANUMERICOS PARA LA HOMONIMIA.

·            UTILIZACION DE CARACTERES ALFABETICOS EN MAYUSCULAS.

·            ESTE DATO NO PODRA CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, CORCHETES, PARENTESIS, ETC., SALVO EL CARACTER &).

ANEXO

DATOS A PROPORCIONAR

 

 

39.-    OPERACIONES REALIZADAS ATRAVES DE FIDEICOMISOS

R.F.C.

 

 

47.-    INFORMACION SOBRE CONSOLIDACION (I.S.R.)

R.F.C.

 

 

48.-    MODIFICACIONES POR VARIACIONES EN LA PARTICIPACION ACCIONARIA DE LA CONTROLADORA EN LAS CONTROLADAS (I.S.R.)

R.F.C

 

 

49.-    IMPUESTOS ACREDITABLES

R.F.C.

 

 

50.-    PARTIDAS POR DESINCORPORACION DE CONTROLADAS O DESCONSOLIDACION DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 71 DE LA LEY DEL ISR

R.F.C.

 

 

51.-    PARTIDAS POR DESINCORPORACION DE CONTROLADAS DE CONFORMIDAD CON LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL

R.F.C.

 

 

55.-    REGISTRO EN LA SOCIEDAD CONTROLADORA POR CADA UNA DE SUS SOCIEDADES CONTROLADAS AL OBTENER LA DEVOLUCION O EFECTUAR LA COMPENSACION DEL IMPAC CONTRA EL I.S.R. CONSOLIDADO

R.F.C.

 

·            DATO, REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES.

·            DATO DE 13 CARACTERES ALFANUMERICOS MAXIMO, COMPUESTO POR:

·          CUATRO LETRAS PARA PERSONAS FISICAS, O GUION MEDIO Y TRES LETRAS PARA PERSONAS MORALES.

·          SEIS CARACTERES NUMERICOS QUE CORRESPONDEN A LA FECHA (DOS CARACTERES PARA EL AÑO, DOS PARA EL MES Y DOS PARA EL DIA).

·          TRES CARACTERES ALFANUMERICOS PARA LA HOMONIMIA.

·            UTILIZACION DE CARACTERES ALFABETICOS EN MAYUSCULAS.

·            ESTE DATO NO PODRA CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, CORCHETES, PARENTESIS, ETC., SALVO EL CARACTER &).

ANEXO

DATOS A PROPORCIONAR

 

 

47.-    INFORMACION SOBRE CONSOLIDACION (I.S.R.)

PARTICIPACION CONSOLIDABLE DE LA CONTROLADORA: AL CIERRE DEL EJERCICIO INMEDIATO ANTERIOR Y AL CIERRE DEL EJERCICIO

 

 

48.-    MODIFICACIONES POR VARIACIONES EN LA PARTICIPACION ACCIONARIA DE LA CONTROLADORA EN LAS CONTROLADAS (I.S.R.)

PARTICIPACION CONSOLIDABLE DE LA CONTROLADORA: AL CIERRE DEL EJERCICIO ANTERIOR, AL CIERRE DEL EJERCICIO; Y COCIENTE POR CAMBIO DE PARTICIPACION ACCIONARIA

 

 

49.-    IMPUESTOS ACREDITABLES

PARTICIPACION CONSOLIDABLE

 

·            PARA EFECTOS DE ESTOS DATOS, SE ANOTARAN CIFRAS REFERENTES A LOS DATOS INDICADOS.

·            DATO DE CARACTERES ALFANUMERICOS.

·            LOS CARACTERES ALFABETICOS UNICAMENTE EN MAYUSCULAS.

DATOS APLICABLES AL DICTAMEN DE:

B.      INSTITUCIONES DE CREDITO Y SOCIEDADES FINANCIERAS DE OBJETO LIMITADO

DATOS GENERALES.

DATOS A PROPORCIONAR:

AUTORIDAD COMPETENTE:

DGE00002  ADMINISTRACION GENERAL DE GRANDES CONTRIBUYENTES.

·            DATO DE DOS CARACTERES ALFABETICOS, (SI O NO) EN MAYUSCULAS.

·            ESTE DATO NO PODRA CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, CORCHETES, PARENTESIS, ETC.).

DGE00007  FRACCION I (ARTICULO 32-A C.F.F.).

DGE00008  FRACCION II (ARTICULO 32-A C.F.F.).

DGE00009  FRACCION III (ARTICULO 32-A C.F.F.).

DGE00010  FRACCION IV (ARTICULO 32-A C.F.F.).

DGE00011  OPTATIVO (ARTICULO 32-A C.F.F.).

DGE00013  INSTITUCIONES DE CREDITO.

DGE00014  SOCIEDADES FINANCIERAS DE OBJETO LIMITADO.

·            DATO DE DOS CARACTERES ALFABETICOS, (SI O NO) EN MAYUSCULAS.

·            ESTE DATO NO PODRA CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, CORCHETES, PARENTESIS, ETC.).

DGE00040  FECHA DE INICIO DEL EJERCICIO FISCAL.

DGE00041  FECHA DE TERMINACION DEL EJERCICIO FISCAL.

DGE00042  FECHA DE INICIO DEL EJERCICIO FISCAL ANTERIOR.

DGE00043  FECHA DE TERMINACION DEL EJERCICIO FISCAL ANTERIOR.

·            DATOS DEL EJERCICIO FISCAL QUE SE DICTAMINA Y DEL EJERCICIO FISCAL ANTERIOR.

·            DIVIDIDO EN INICIO DEL EJERCICIO Y TERMINACION DEL EJERCICIO.

·            ESTOS DATOS ESTARAN COMPUESTOS POR DIEZ CARACTERES ALFANUMERICOS QUE CORRESPONDEN A LA FECHA DE INICIO DEL EJERCICIO FISCAL (DOS PARA EL DIA, DOS PARA EL MES Y CUATRO PARA EL AÑO SEPARADOS POR DIAGONALES ”/”) Y DIEZ PARA LA FECHA DE TERMINACION DEL EJERCICIO FISCAL, (DOS PARA EL DIA, DOS PARA EL MES Y CUATRO PARA EL AÑO, SEPARADOS POR DIAGONALES “/”).

               EJEMPLO:

                                  INICIO                               FINAL

                                  01/01/2009                         31/12/2009

DGE00020  PRIMER DICTAMEN.

DGE00021  FIDEICOMISO.

DGE00022  FORMA PARTE DE UNA ASOCIACION EN PARTICIPACION.

DGE00023  ASOCIANTE EN LA ASOCIACION EN PARTICIPACION.

DGE00024  EMPRESA PARAESTATAL.

DGE00026  EMPRESA FILIAL.

DGE00027  EMPRESA SUBSIDIARIA.

DGE00028  ORGANISMO DESCENTRALIZADO.

DGE00029  DICTAMEN POR FUSION.

DGE00030  DICTAMEN POR ESCISION.

DGE00031  DICTAMEN POR LIQUIDACION.

DGE00060  TIPO DE OPINION: OPINION SIN SALVEDADES.

DGE00061  TIPO DE OPINION: OPINION CON SALVEDADES QUE TENGAN IMPLICACIONES FISCALES.

DGE00062  TIPO DE OPINION: OPINION CON SALVEDADES QUE NO TENGAN IMPLICACIONES FISCALES.

DGE00063  TIPO DE OPINION: OPINION NEGATIVA QUE TENGA IMPLICACIONES FISCALES.

DGE00064  TIPO DE OPINION: OPINION NEGATIVA QUE NO TENGA IMPLICACIONES FISCALES.

DGE00065  TIPO DE OPINION: ABSTENCION DE OPINION.

DGE00072  ES RECAUDADOR DEL IMPUESTO A LOS DEPOSITOS EN EFECTIVO (EN CASO AFIRMATIVO DEBE LLENAR EL ANEXO 13)

DGE00077  EN EL EJERCICIO DISMINUYO PERDIDAS FISCALES DE EJERCICIOS ANTERIORES, O BIEN , PARTICIPO EN ALGUNA FUSION O ESCISION (EN CASO AFIRMATIVO DEBE LLENAR EL ANEXO 16)

DGE00078  EN EL EJERCICIO SE PERCIBIERON O DISTRIBUYERON DIVIDENDOS QUE AFECTARAN LA CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA (EN CASO AFIRMATIVO DEBE LLENAR EL ANEXO 17)

DGE00079  EN EL EJERCICIO SE DISTRIBUYERON DIVIDENDOS QUE AFECTARAN LA CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA REINVERTIDA (EN CASO AFIRMATIVO DEBE LLENAR EL ANEXO 18)

DGE00080  RECONOCIO EN LOS ESTADOS FINANCIEROS DEL EJERCICIO FISCAL, LOS EFECTOS DE LA INFLACION CONFORME A LA NIF B-10 (EN CASO AFIRMATIVO DEBE LLENAR EL ANEXO 32)

DGE00081  EFECTUO OPERACIONES CON FIDEICOMISOS (EN CASO AFIRMATIVO DEBE LLENAR EL ANEXO 33)

DGE00082  REALIZO OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS NACIONALES (EN CASO AFIRMATIVO DEBE LLENAR LOS ANEXOS 27 Y 27.1)

DGE00083  REALIZO OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS EXTRANJERAS (EN CASO AFIRMATIVO DEBE LLENAR LOS ANEXOS 27 Y 27.1)

DGE00084  UTILIZO INFORMACION FINANCIERA SEGMENTADA PARA EFECTOS DE CUMPLIR CON LAS OBLIGACIONES FISCALES A QUE SE REFIEREN LAS FRACCIONES XII Y/O XV DEL ARTICULO 86 DE LA L.I.S.R.

DGE00087  DETERMINO RENTA GRAVABLE PARA EFECTOS DE LA PARTICIPACION DE LOS TRABAJADORES EN LAS UTILIDADES

DGE00088  LA RENTA GRAVABLE SE DETERMINO CON BASE EN LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 16 DE LA L.I.S.R. (EN CASO AFIRMATIVO DEBE LLENAR EL ANEXO 29)

DGE00095  EL CONTRIBUYENTE APLICO CRITERIOS CONTRARIOS A LOS PUBLICADOS EN EL D.O.F. COMO CRITERIOS NO VINCULATIVOS DE LAS DISPOSICIONES FISCALES Y ADUANERAS

DGE00100  OBTUVO ALGUNA RESOLUCION POR PARTE DEL SAT O DE LA SHCP QUE HAYA AFECTADO SU SITUACION FISCAL DURANTE EL EJERCICIO

DGE00120  OBTUVO ALGUNA RESOLUCION FAVORABLE POR PARTE DE AUTORIDADES JURISDICCIONALES QUE HAYA AFECTADO SU SITUACION FISCAL DURANTE EL EJERCICIO

DGE00140  REALIZO OPERACIONES AFECTAS A RETENCION DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA. (EN CASO AFIRMATIVO DEBE LLENAR EL ANEXO 11)

DGE00141  FUE RESPONSABLE SOLIDARIO EN EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA EN ALGUNA ENAJENACION DE ACCIONES EFECTUADA POR RESIDENTES EN EL EXTRANJERO. (EN CASO AFIRMATIVO DEBE LLENAR EL ANEXO 12)

DGE00142  CONTRATO OPERACIONES FINANCIERAS DERIVADAS QUE TUVIERAN EFECTOS FISCALES DURANTE EL EJERCICIO EN EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA (EN CASO AFIRMATIVO DEBE LLENAR EL ANEXO 19)

DGE00144  CONTRATO PRESTAMOS QUE TUVIERAN EFECTOS FISCALES DURANTE EL EJERCICIO EN EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA (EN CASO AFIRMATIVO DEBE LLENAR EL ANEXO 20)

DGE00145  MANTUVO INVERSIONES PERMANENTES EN SUBSIDIARIAS, ASOCIADAS Y AFILIADAS DURANTE EL EJERCICIO (EN CASO AFIRMATIVO DEBE LLENAR EL ANEXO 21)

DGE00146  OBTUVO INGRESOS SUJETOS A REGIMENES FISCALES PREFERENTES (EN CASO AFIRMATIVO DEBE LLENAR EL ANEXO 23)

DGE00147  EFECTUO OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR (EN CASO AFIRMATIVO DEBE LLENAR EL ANEXO 31)

·            DATO DE DOS CARACTERES ALFABETICOS, (SI O NO) EN MAYUSCULAS.

·            ESTE DATO NO PODRA CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, CORCHETES, PARENTESIS, ETC.).

DGE00102  FECHA DEL OFICIO 1.

DGE00104  FECHA DEL OFICIO 2.

DGE00106  FECHA DEL OFICIO 3.

DGE00122  FECHA DE LA RESOLUCION 1.

DGE00124  FECHA DE LA RESOLUCION 2.

DGE00126  FECHA DE LA RESOLUCION 3.

DGE00130  FECHA DE ENVIO DE LA DECLARACION INFORMATIVA MULTIPLE. (NORMAL).

DGE00131  FECHA DE ENVIO DE LA DECLARACION INFORMATIVA MULTIPLE. (ULTIMA COMPLEMENTARIA).

·            DATOS DE LA FECHA DEL OFICIO, DE LA RESOLUCION Y DEL ENVIO DE LA DECLARACION INFORMATIVA MULTIPLE.

·            ESTOS DATOS ESTARAN COMPUESTOS POR DIEZ CARACTERES ALFANUMERICOS QUE CORRESPONDEN A LA FECHA DEL OFICIO, DE LA RESOLUCION Y DEL ENVIO DE LA DECLARACION INFORMATIVA MULTIPLE (DOS PARA EL DIA, DOS PARA EL MES Y CUATRO PARA EL AÑO SEPARADOS POR DIAGONALES ”/”).

DGE00096  ESPECIFIQUE EL O LOS NUMERO(S) DE CRITERIO(S).

DGE00101  NUMERO DE OFICIO 1.

DGE00103  NUMERO DE OFICIO 2.

DGE00105  NUMERO DE OFICIO 3.

DGE00121  NUMERO DE RESOLUCION 1.

DGE00123  NUMERO DE RESOLUCION 2.

DGE00125  NUMERO DE RESOLUCION 3.

·            DATOS DE CARACTERES ALFANUMERICOS.

·            ESTOS DATOS SI PODRAN CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, PUNTOS, GUIONES, DIAGONALES, CORCHETES, PARENTESIS, ETC.).

DGE00150  RFC 1 (RFC DE LA PERSONA FISICA O MORAL QUE ASESORO FISCALMENTE AL CONTRIBUYENTE).

DGE00151  RFC 2 (RFC DE LA PERSONA FISICA O MORAL QUE ASESORO FISCALMENTE AL CONTRIBUYENTE).

DGE00152  RFC 3 (RFC DE LA PERSONA FISICA O MORAL QUE ASESORO FISCALMENTE AL CONTRIBUYENTE).

DGE00153  RFC 4 (RFC DE LA PERSONA FISICA O MORAL QUE ASESORO FISCALMENTE AL CONTRIBUYENTE).

DGE00154  RFC 5 (RFC DE LA PERSONA FISICA O MORAL QUE ASESORO FISCALMENTE AL CONTRIBUYENTE).

·            DATO, REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES.

·            DATO DE 13 CARACTERES ALFANUMERICOS MAXIMO COMPUESTO POR:

-    CUATRO LETRAS PARA PERSONAS FISICAS; O GUION MEDIO Y TRES LETRAS PARA PERSONAS MORALES.

-    SEIS CARACTERES NUMERICOS QUE CORRESPONDEN A LA FECHA (DOS CARACTERES PARA AÑO, DOS PARA MES Y DOS PARA EL DIA).

-    TRES CARACTERES ALFANUMERICOS PARA LA HOMONIMIA.

·            UTILIZACION DE CARACTERES ALFABETICOS EN MAYUSCULAS.

          ESTE DATO NO PODRA CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, CORCHETES, PARENTESIS, ETC., SALVO EL CARACTER &).

DGE00160  NOMBRE DEL CONTADOR PUBLICO QUE DICTAMINO (DECLARATORIA DEL CONTADOR PUBLICO QUE DICTAMINO).

DGE00161  NOMBRE DEL CONTRIBUYENTE O DE SU REPRESENTANTE LEGAL (DECLARATORIA DEL CONTRIBUYENTE O DE SU REPRESENTANTE LEGAL).

·            DATO, NOMBRE COMPLETO DEL CONTADOR PUBLICO QUE DICTAMINO Y DEL CONTRIBUYENTE O DE SU REPRESENTANTE LEGAL, ASIGNADOS AUTOMATICAMENTE POR EL SIPRED’2009 UNA VEZ QUE SE CAPTUREN LOS DATOS DE IDENTIFICACION DEL CONTRIBUYENTE, EN SU CASO, DE SU REPRESENTANTE LEGAL, Y DEL CONTADOR PUBLICO QUE DICTAMINO.

ANEXO

DATOS A PROPORCIONAR

 

 

1.-      BALANCE GENERAL

2009 Y 2008

 

 

2.-      ESTADO DE RESULTADOS

2009 Y 2008

 

 

3.-      ESTADO DE VARIACIONES EN EL CAPITAL CONTABLE

CAPITAL CONTRIBUIDO: CAPITAL SOCIAL, APORTACIONES PARA FUTUROS AUMENTOS DE CAPITAL PENDIENTES DE FORMALIZAR POR SU ORGANO DE GOBIERNO, APORTACIONES PARA FUTUROS AUMENTOS DE CAPITAL PENDIENTES DE FORMALIZAR EN ASAMBLEA DE ACCIONISTAS (PARA EL CASO DE LAS SOCIEDADES FINANCIERAS DE OBJETO LIMITADO), PRIMA EN VENTA DE ACCIONES, OBLIGACIONES SUBORDINADAS EN CIRCULACION, DONATIVOS Y OTRAS CUENTAS DE CAPITAL CONTRIBUIDO; CAPITAL GANDO: RESERVAS DE CAPITAL, RESULTADO DE EJERCICIOS ANTERIORES, RESULTADO POR VALUACION DE TITULOS DISPONIBLES PARA LA VENTA, RESULTADO POR VALUACION DE INSTRUMENTOS DE COBERTURA DE FLUJOS DE EFECTIVO, RESULTADO POR CONVERSION DE OPERACIONES EXTRANJERAS, EXCESO O INSUFICIENCIA EN LA ACTUALIZACION DEL CAPITAL CONTABLE, EFECTO ACUMULADO POR CONVERSION, RESULTADO POR TENENCIA DE ACTIVOS NO MONETARIOS (POR VALUACION DE ACTIVO FIJO), RESULTADO POR TENENCIA DE ACTIVOS NO MONETARIOS (POR VALUACION DE INVERSIONES PERMANENTES EN ACCIONES), AJUSTES POR OBLIGACIONES LABORALES AL RETIRO, EFECTO INICIAL ACUMULADO DE I.S.R. DIFERIDO, EFECTO INICIAL ACUMULADO DE P.T.U. DIFERIDA, EFECTO INICIAL ACUMULADO DEL I.E.T.U. DIFERIDO, OTRAS CUENTAS DE CAPITAL GANADO, UTILIDAD NETA, PERDIDA NETA; Y TOTAL DE CAPITAL CONTABLE

 

 

4.-      ESTADO DE FLUJOS DE EFECTIVO

2009 Y 2008

 

 

5.-      ESTADO DE RESULTADOS SEGMENTADO (APLICA A CONTRIBUYENTES QUE REALIZARON OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS)

2009 PARTES RELACIONADAS NACIONALES, 2009 PARTES RELACIONADAS EXTRANJERAS, 2009 PARTES NO RELACIONADAS NACIONALES, 2009 PARTES NO RELACIONADAS EXTRANJERAS, 2008 PARTES RELACIONADAS NACIONALES, 2008 PARTES RELACIONADAS EXTRANJERAS, 2008 PARTES NO RELACIONADAS NACIONALES, 2008 PARTES NO RELACIONADAS EXTRANJERAS, 2009 TOTAL Y 2008 TOTAL

 

 

6.-      ANALISIS COMPARATIVO DE LAS CUENTAS DEL ESTADO DE RESULTADOS

2009, 2008; ACUMULABLES O DEDUCIBLES PARA ISR: 2009 Y 2008; NO ACUMULABLES O NO AFECTOS AL ISR (INGRESOS) NO DEDUCIBLES (GASTOS) PARA ISR: 2009 Y 2008; GRAVABLES O DEDUCIBLES PARA IETU: 2009 Y 2008; EXENTOS O NO AFECTOS PARA EL IETU (INGRESOS) NO DEDUCIBLES (GASTOS) PARA IETU: 2009 Y 2008

 

 

7.-      RELACION DE CONTRIBUCIONES A CARGO DEL CONTRIBUYENTE COMO SUJETO DIRECTO O EN SU CARACTER DE RETENEDOR O RECAUDADOR

BASE GRAVABLE, CONTRIBUCION DETERMINADA POR AUDITORIA A CARGO O A FAVOR, CONTRIBUCION A CARGO O SALDO A FAVOR DETERMINADO POR EL CONTRIBUYENTE Y DIFERENCIA

 

 

8.-      RELACION DE PAGOS PROVISIONALES Y PAGOS MENSUALES DEFINITIVOS

CONTRIBUCION A CARGO DETERMINADA POR AUDITORIA, SALDO A FAVOR DETERMINADO POR AUDITORIA, CONTRIBUCION A CARGO DETERMINADA POR EL CONTRIBUYENTE Y SALDO A FAVOR DETERMINADO POR EL CONTRIBUYENTE

 

 

9.-      DETERMINACION DE PAGOS PROVISIONALES Y PAGOS MENSUALES DEFINITIVOS

ENERO, FEBRERO, MARZO, ABRIL, MAYO, JUNIO, JULIO, AGOSTO, SEPTIEMBRE, OCTUBRE, NOVIEMBRE, DICIEMBRE Y TOTAL

 

 

10.-    BASE PARA LA DETERMINACION DEL IMPUESTO RETENIDO SOBRE HONORARIOS, ARRENDAMIENTOS E INTERESES

IMPORTE

 

 

11.-    OPERACIONES CON RESIDENTES EN EL EXTRANJERO

IMPORTE, I.S.R. DETERMINADO POR AUDITORIA, I.S.R. RETENIDO PAGADO Y DIFERENCIA

 

 

12.-    RESPONSABILIDAD SOLIDARIA POR OPERACIONES DE RESIDENTES EN EL EXTRANJERO (EXCLUSIVAMENTE DE ENAJENACION DE ACCIONES)

MONTO DE LA OPERACION EN MONEDA EXTRAJERA Y MONTO DE LA OPERACION EN MONEDA NACIONAL SUJETA AL PAGO DEL I.S.R.

 

 

13.-    RELACION DEL IMPUESTO A LOS DEPOSITOS EN EFECTIVO RECAUDADO Y PENDIENTE DE RECAUDAR (APLICABLE A LAS INSTITUCIONES DEL SISTEMA FINANCIERO A QUE SE REFIERE LA L.I.D.E.)

I.D.E. RECAUDADO EN EL EJERCICIO E I.D.E. PENDIENTE DE RECAUDAR EN EL EJERCICIO

 

 

14.-    RELACION DE CONTRIBUCIONES POR PAGAR

IMPORTE

 

 

15.-    CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y FISCAL PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

TOTAL

 

 

19.-    OPERACIONES FINANCIERAS DERIVADAS CONTRATADAS CON RESIDENTES EN EL EXTRANJERO

MONTO CONTRATADO

 

 

20.-    PRESTAMOS DEL EXTRANJERO

SALDO INSOLUTO DEL PRESTAMO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2008, IMPORTE TOTAL DE LOS INTERESES PAGADOS, I.S.R. RETENIDO EN EL EJERCICIO, SALDO INSOLUTO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2009, IMPORTE TOTAL DE LOS INTERESES DEDUCIDOS (I.S.R.) E IMPORTE TOTAL DE LOS INTERESES PAGADOS

 

 

21.-    INVERSIONES PERMANENTES EN SUBSIDIARIAS, ASOCIADAS Y AFILIADAS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO

MONTO DE LA INVERSION, MONTO DE LAS UTILIDADES (PERDIDAS) DE EJERCICIOS ANTERIORES EN EL PORCENTAJE DE PARTICIPACION, MONTO DE LA UTILIDAD (PERDIDA) DEL EJERCICIO EN EL PORCENTAJE DE PARTICIPACION Y VALOR DE LA INVERSION

 

 

22.-    SOCIOS O ACCIONISTAS QUE TUVIERON ACCIONES O PARTES SOCIALES

MONTO DE APORTACIONES, MONTO DE RETIROS DE CAPITAL, MONTO DE PRESTAMOS: EFECTUADOS Y RECIBIDOS

 

 

23.-    INGRESOS SUJETOS A REGIMENES FISCALES PREFERENTES

MONTO TOTAL DE LAS INVERSIONES O APORTACIONES EFECTUADAS DURANTE EL EJERCICIO, MONTO TOTAL DE REEMBOLSOS DE CAPITAL RECIBIDOS DURANTE EL EJERCICIO, MONTO TOTAL DE LAS UTILIDADES O PERDIDAS FISCALES EN LA PARTICIPACION ACCIONARIA, TOTAL DE INGRESOS ACUMULABLES O GRAVABLES EN EL EJERCICIO; PARTICIPACION DIRECTA PROMEDIO POR DIA DEL CONTRIBUYENTE EN EL EJERCICIO (PORCENTAJE): IMPORTE; DATOS DE LA ENTIDAD UBICADA EN REGIMEN FISCAL PREFERENTE: TOTAL DE UTILIDADES O PERDIDAS FISCALES DEL EJERCICIO, TOTAL DE UTILIDADES DISTRIBUIDAS EN EL EJERCICIO, MONTO TOTAL DE ACTIVOS NO AFECTOS A LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL Y MONTO TOTAL DE ACTIVOS AFECTOS A LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL

 

 

24.-    CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y EL DETERMINADO PARA EL IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA

TOTAL

 

 

25.-    ACREDITAMIENTO DE CREDITOS FISCALES DETERMINADOS PARA EFECTOS DEL IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA

2009 Y 2008

 

 

26.-    CONCILIACION ENTRE LOS INGRESOS DICTAMINADOS SEGUN ESTADO DE RESULTADOS, LOS ACUMULABLES PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y LOS PERCIBIDOS PARA EFECTOS DEL IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA Y EL TOTAL DE ACTOS O ACTIVIDADES PARA EFECTOS DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

TOTAL

 

 

27.-    OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS

MONTO EN PESOS Y AJUSTE FISCAL PARA QUE LA OPERACION SE CONSIDERASE PACTADA COMO CON PARTES INDEPENDIENTES EN OPERACIONES COMPARABLES

 

 

28.-    INVERSIONES Y TERRENOS

ISR DEDUCCION EN EL EJERCICIO, ISR DEDUCCION INMEDIATA EN EL EJERCICIO, ISR ADQUISICIONES DURANTE EL EJERCICIO, ISR ENAJENACIONES Y BAJAS, IETU ADQUISICIONES E IETU ENAJENACIONES

 

 

29.-    DETERMINACION DE LA RENTA GRAVABLE PARA EFECTOS DE LA PARTICIPACION DE LOS TRABAJADORES EN LAS UTILIDADES DE LAS EMPRESAS DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 16 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

IMPORTE

 

 

30.-    DATOS INFORMATIVOS

IMPORTE

 

 

31.-    OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR

 

VALOR DECLARADO EN ADUANA E IMPUESTO AL VALOR AGREGADO PAGADO

 

 

32.-    INTEGRACION DE CIFRAS REEXPRESADAS

CIFRAS HISTORICAS, EFECTO FIDEICOMISOS UDIS, AJUSTE POR ACTUALIZACION Y CIFRAS ACTUALIZADAS SEGUN ESTADOS FINANCIEROS

 

 

33.-    OPERACIONES REALIZADAS A TRAVES DE FIDEICOMISOS

DATOS CORESPONDIENTES A LAS OPERACIONES TOTALES EFECTUADAS POR EL FIDEICOMISO: IMPUESTO SOBRE LA RENTA (ISR): UTILIDAD (PERDIDA) FISCAL DEL EJERCICIO, PAGOS PROVISIONALES EFECTUADOS DE ISR; IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA (IETU): INGRESO GRAVADO, PAGOS PROVISIONALES EFECTUADOS DE IETU Y CREDITO FISCAL IETU

 

NOTA:      EL ORDEN DE ESTOS DATOS ES UNICAMENTE INFORMATIVO, PARA SU CAPTURA REFERENCIAR AL FORMATO GUIA.

·            PARA EFECTOS DE ESTOS DATOS, SE ANOTARAN CIFRAS DE IMPORTES REFERENTES A LOS DATOS INDICADOS.

·            DATOS DE CARACTERES NUMERICOS.

·            LAS CANTIDADES NEGATIVAS SE DEBERAN PRESENTAR CON SIGNO NEGATIVO, ANTEPONIENDOSE EL SIGNO A DICHA CANTIDAD.

·            PARA LAS CANTIDADES POSITIVAS SE OMITIRA EL SIGNO.

·            ESTOS DATOS NO PODRAN CONTENER SIGNOS ESPECIALES TALES COMO: SIGNO DE PESOS, COMAS, PUNTOS, PARENTESIS, ETC., UNICAMENTE DEBERAN CONSTAR DE LOS DIGITOS DEL 0 AL 9.

·            LAS CANTIDADES INDICATIVAS DE IMPORTES DEBERAN ANOTARSE EN PESOS, NO EN MILES
DE PESOS.

 

ANEXO

DATOS A PROPORCIONAR

 

 

4.1.-   NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS

TEXTO REFERENTE A LAS NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS

 

 

7.1.-   DECLARATORIA

TEXTO REFERENTE A LA DECLARATORIA

 

·            DATOS DE CARACTERES ALFANUMERICOS.

·            ESTOS TEXTOS SI PODRAN CONTENER SIGNOS ESPECIALES (SIGNO DE PESOS, COMAS, PUNTOS, GUIONES, PARENTESIS, ETC.).

·            EL TEXTO ALFABETICO DEBERA SER UTILIZADO UNICAMENTE EN LETRAS MAYUSCULAS.

ANEXO

DATOS A PROPORCIONAR

 

 

7.-      RELACION DE CONTRIBUCIONES A CARGO DEL CONTRIBUYENTE COMO SUJETO DIRECTO O EN SU CARACTER DE RETENEDOR O RECAUDADOR

TASA , TARIFA O CUOTA

 

 

11.-    OPERACIONES CON RESIDENTES EN EL EXTRANJERO

TASA

 

 

19.-         OPERACIONES FINANCIERAS DERIVADAS CONTRATADAS CON RESIDENTES EN EL EXTRANJERO

TASA DE INTERES

 

 

20.-    PRESTAMOS DEL EXTRANJERO

PORCENTAJE DE LA TASA DE INTERESES Y TASA DE RETENCION DEL I.S.R.

 

 

21.-    INVERSIONES PERMANENTES EN SUBSIDIARIAS, ASOCIADAS Y AFILIADAS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO

PORCENTAJE DE PARTICIPACION EN EL CAPITAL DE LA ENTIDAD

 

 

22.-    SOCIOS O ACCIONISTAS QUE TUVIERON ACCIONES O PARTES SOCIALES

PORCENTAJE DE PARTICIPACION DEL SOCIO O ACCIONISTA EN EL EJERCICIO

 

 

23.-    INGRESOS SUJETOS A REGIMENES FISCALES PREFERENTES

TASA EFECTIVA DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA PAGADA EN EL EXTRANJERO (MENOR AL 75% DEL QUE SE PAGARIA EN MEXICO) Y PARTICIPACION DIRECTA PROMEDIO POR DIA DEL CONTRIBUYENTE EN EL EJERCICIO (PORCENTAJE): PORCENTAJE

 

 

33.-    OPERACIONES REALIZADAS A TRAVES DE FIDEICOMISOS

PORCENTAJE DE PARTICIPACION CONFORME AL CONTRATO

 

·            PARA EFECTOS DE ESTOS DATOS, SE ANOTARAN CIFRAS REFERENTES A LOS DATOS INDICADOS.

·            DATOS DE CARACTERES ALFANUMERICOS CON DECIMALES.

·            LAS CANTIDADES REPRESENTATIVAS DE PORCENTAJE SE ANOTARAN CON ENTEROS Y DOS DECIMALES, SIN EL SIGNO DE PORCENTAJE.

·            ESTOS DATOS NO PODRAN CONTENER SIGNOS ESPECIALES TALES COMO: SIGNO DE PESOS, COMAS, PARENTESIS, ETC., UNICAMENTE DEBERAN CONSTAR DE LOS DIGITOS DEL 0 AL 9.

ANEXO

DATOS A PROPORCIONAR

 

 

16.-    INTEGRACION DE PERDIDAS FISCALES DE EJERCICIOS ANTERIORES

2009 A 1999

 

 

17.-    CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA. CUFIN

2009 A 1975

 

 

18.-    CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA REINVERTIDA.- CUFINRE

2009 A 1999

 

·            PARA EFECTOS DE ESTOS DATOS, SE ANOTARAN CIFRAS REFERENTES A LOS DATOS INDICADOS.

·            DATOS DE CARACTERES NUMERICOS CON CUATRO DECIMALES.

·            ESTOS DATOS NO PODRAN CONTENER SIGNOS ESPECIALES TALES COMO: SIGNO DE PESOS, COMAS, PARENTESIS, ETC., UNICAMENTE DEBERAN CONSTAR DE LOS DIGITOS DEL 0 AL 9.

ANEXO

DATOS A PROPORCIONAR

 

 

11.-    OPERACIONES CON RESIDENTES EN EL EXTRANJERO

PAIS DE RESIDENCIA, CONCEPTO DEL PAGO Y APLICO LOS BENEFICIOS DE ALGUN TRATADO CELEBRADO POR MEXICO PARA EVITAR LA DOBLE TRIBUTACION (SI O NO)

 

 

12.-    RESPONSABILIDAD SOLIDARIA POR OPERACIONES DE RESIDENTES EN EL EXTRANJERO (EXCLUSIVAMENTE DE ENAJENACION DE ACCIONES)

PAIS DE RESIDENCIA DE LA ENTIDAD EXTRANJERA, CONCEPTO ESPECIFICO DE LA OPERACION, TIPO DE MONEDA Y EXISTE DICTAMEN POR LA OPERACION REALIZADA (SI NO)

 

 

14.-    RELACION DE CONTRIBUCIONES POR PAGAR

INSTITUCION DE CREDITO O SAT Y PAGO EN PARCIALIDADES (DATOS DEL ESCRITO LIBRE): ADMINISTRACION RECEPTORA

 

 

19.-    OPERACIONES FINANCIERAS DERIVADAS CONTRATADAS CON RESIDENTES EN EL EXTRANJERO

PAIS DE RESIDENCIA, TIPO DE OPERACION CONTRATADA, DEUDA O CAPITAL, TIPO DE MONEDA E INDIQUE SI SE CONTRATO CON UNA PARTE RELACIONADA (SI O NO)

 

 

20.-    PRESTAMOS DEL EXTRANJERO

TIPO DE FINANCIAMIENTO, FUE BENEFICIARIO EFECTIVO DE LOS INTERESES (SI O NO), PAIS DE RESIDENCIA PARA EFECTOS FISCALES, TIPO DE MONEDA, DENOMINACION DE LA TASA DE INTERES, GARANTIZO EL PRESTAMO (SI O NO) Y EFECTUO COLOCACIONES EN EL EXTRANJERO ( SI O NO)

 

 

21.-    INVERSIONES PERMANENTES EN SUBSIDIARIAS, ASOCIADAS Y AFILIADAS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO

PAIS DE RESIDENCIA FISCAL DE LA ENTIDAD

 

 

22-     SOCIOS O ACCIONISTAS QUE TUVIERON ACCIONES O PARTES SOCIALES

PAIS DE RESIDENCIA PARA EFECTOS FISCALES

 

 

23.-    INGRESOS SUJETOS A REGIMENES FISCALES PREFERENTES

PAIS DE RESIDENCIA FISCAL, TIPO DE MONEDA, TIPO DE INGRESO, LA CONTABILIDAD ESTA A DISPOSICION DE LA AUTORIDAD (SI O NO), INFORMACION DE ENTIDAD INTERPUESTA (SI O NO), EN EL CASO DE INGRESOS GENERADOS EN PARTICIPACION CON OTRAS ENTIDADES: CUENTA CON LA INFORMACION DE LA ENTIDAD QUE GENERO INGRESOS POR PARTICIPACION CON OTRAS ENTIDADES (SI O NO), ACTIVIDAD QUE REALIZA LA ENTIDAD EN LA QUE PARTICIPA; OPERACIONES CON FIDEICOMISO: SEÑALAR SI LA INFORMACION ES PARA EL CASO DE LOS INGRESOS GENERADOS EN FIDEICOMISOS Y SIMILARES (SI O NO) Y DESCRIPCION DEL OBJETO DEL FIDEICOMISO

 

 

27.-    OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS

TIPO DE OPERACION, PAIS DE RESIDENCIA, METODO DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA APLICADO, LA OPERACION ESTA PACTADA COMO CON PARTES INDEPENDIENTES EN OPERACIONES COMPARABLES (SI O NO)

 

 

31.-    OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR

NOMBRE DEL AGENTE ADUANAL, PAIS DE PROCEDENCIA, PAIS DE ORIGEN, PAIS DE DESTINO Y PROGRAMA O DECRETO

 

·            DATOS DE CARACTERES ALFANUMERICOS.

·            LOS CARACTERES ALFABETICOS UNICAMENTE EN MAYUSCULAS.

·            ESTOS TEXTOS NO PODRAN CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, CORCHETES, PARENTESIS, ETC.).

ANEXO

DATOS A PROPORCIONAR

 

 

14.-    RELACION DE CONTRIBUCIONES POR PAGAR

NUMERO DE LA OPERACION; PAGO EN PARCIALIDADES (DATOS DEL ESCRITO LIBRE): NUMERO DE FOLIO; Y OFICIO DE AUTORIZACION DE PAGO EN PARCIALIDADES: NUMERO

 

 

20.-    PRESTAMOS DEL EXTRANJERO

FECHA O FRECUENCIA DE EXIGIBILIDAD DEL PAGO DE INTERESES Y NUMERO DE OFICIO DE AUTORIZACION DE LA CNBV DE LA OFERTA PUBLICA EN EL EXTRANJERO DE VALORES EMITIDOS EN MEXICO

 

 

27.-    OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS

EJERCICIO EN EL QUE SE REGISTRO COMO INGRESO, COSTO, GASTO O INVERSION

 

 

31.-    OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR

CANTIDAD DE PEDIMENTOS

 

·            PARA EFECTOS DE ESTOS DATOS, SE ANOTARAN CIFRAS REFERENTES A LOS DATOS INDICADOS.

·            DATO DE CARACTERES ALFANUMERICOS.

·            LOS CARACTERES ALFABETICOS UNICAMENTE EN MAYUSCULAS.

·            ESTOS DATOS NO PODRAN CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, CORCHETES, PARENTESIS, ETC.)

ANEXO

DATOS A PROPORCIONAR

 

 

12.-    RESPONSABILIDAD SOLIDARIA POR OPERACIONES DE RESIDENTES EN EL EXTRANJERO (EXCLUSIVAMENTE DE ENAJENACION DE ACCIONES)

FECHA DE LA OPERACION

 

 

14.-    RELACION DE CONTRIBUCIONES POR PAGAR

FECHA DE PAGO, PAGO EN PARCIALIDADES (DATOS DEL ESCRITO LIBRE): FECHA DE PRESENTACION; Y OFICIO DE AUTORIZACION DE PAGO EN PARCIALIDADES: FECHA

 

 

19.-    OPERACIONES FINANCIERAS DERIVADAS CONTRATADAS CON RESIDENTES EN EL EXTRANJERO

FECHA DE CELEBRACION DEL CONTRATO QUE LE DIO ORIGEN A LA OPERACION; Y VIGENCIA: DEL, AL

 

 

20.-    PRESTAMOS DEL EXTRANJERO

VIGENCIA DEL PRESTAMO: DEL Y AL

 

 

22.-    SOCIOS O ACCIONISTAS QUE TUVIERON ACCIONES O PARTES SOCIALES

PERIODO DE TENENCIA: DEL Y AL

 

 

23.-    INGRESOS SUJETOS A REGIMENES FISCALES PREFERENTES

OPERACIONES CON FIDEICOMISO VIGENCIA: DEL Y AL

 

·            DIEZ CARACTERES ALFANUMERICOS QUE CORRESPONDEN A LA FECHA (DOS CARACTERES PARA EL DIA, DOS PARA EL MES Y CUATRO PARA EL AÑO, SEPARADOS POR DIAGONALES “/”, EJEMPLO: 17/04/2009).

·            ESTOS DATOS NO PODRAN CONTENER SIGNOS ESPECIALES (SIGNO DE PESOS, COMAS, PUNTOS, GUIONES, PARENTESIS, ETC.), UNICAMENTE DEBERAN CONSTAR DE LOS DIGITOS DEL 0 AL 9 Y LA DIAGONAL “/”.

ANEXO

DATOS A PROPORCIONAR

 

 

11.-    OPERACIONES CON RESIDENTES EN EL EXTRANJERO

NUMERO DE IDENTIFICACION FISCAL

 

 

12.-    RESPONSABILIDAD SOLIDARIA POR OPERACIONES DE RESIDENTES EN EL EXTRANJERO (EXCLUSIVAMENTE DE ENAJENACION DE ACCIONES)

NUMERO DE IDENTIFICACION FISCAL

 

 

19.-    OPERACIONES FINANCIERAS DERIVADAS CONTRATADAS CON RESIDENTES EN EL EXTRANJERO

NUMERO DE IDENTIFICACION FISCAL

 

 

20.-    PRESTAMOS DEL EXTRANJERO

NUMERO DE IDENTIFICACIO FISCAL Y NUMERO DE REGISTRO DEL ACREEDOR RESIDENTE EN EL EXTRANJERO ANTE EL SAT

 

 

21.-    INVERSIONES PERMANENTES EN SUBSIDIARIAS, ASOCIADAS Y AFILIADAS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO

NUMERO DE IDENTIFICACION FISCAL

 

 

22.-    SOCIOS O ACCIONISTAS QUE TUVIERON ACCIONES O PARTES SOCIALES

NUMERO DE IDENTIFICACION FISCAL O RFC

 

 

23.-    INGRESOS SUJETOS A REGIMENES FISCALES PREFERENTES

NUMERO DE IDENTIFICACION FISCAL

 

 

27.-    OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS

NUMERO DE IDENTIFICACION FISCAL O RFC

 

 

33.-    OPERACIONES REALIZADAS A TRAVES DE FIDEICOMISOS

RFC

NUMERO DE IDENTIFICACION FISCAL Y NUMERO DE REGISTRO DEL CONTROL ACRREDOR RESIDENTE EN EL EXTRANJERO ANTE EL SAT

·            DATO, REGISTRO DE IDENTIFICACION FISCAL DEL PAIS DE RESIDENCIA Y NUMERO DE REGISTRO DEL CONTROL ACREEDOR RESIDENTE EN EL EXTRANJERO ANTE EL SAT.

·            DATO DE CARACTERES ALFANUMERICOS.

·            LOS CARACTERES ALFABETICOS UNICAMENTE EN MAYUSCULAS.

·            ESTE DATO NO PODRA CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, CORCHETES, PARENTESIS, ETC.).

RFC

·            DATO, REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES DE LA PARTE RELACIONADA.

·            DATO DE 13 CARACTERES ALFANUMERICOS MAXIMO, COMPUESTO POR:

·            CUATRO LETRAS PARA PERSONAS FISICAS, O GUION MEDIO Y TRES LETRAS PARA PERSONAS MORALES.

·            SEIS CARACTERES NUMERICOS QUE CORRESPONDEN A LA FECHA (DOS CARACTERES PARA EL AÑO, DOS PARA EL MES Y DOS PARA EL DIA).

·            TRES CARACTERES ALFANUMERICOS PARA LA HOMONIMIA.

·            UTILIZACION DE CARACTERES ALFABETICOS EN MAYUSCULAS.

·            ESTE DATO NO PODRA CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, CORCHETES, PARENTESIS, ETC., SALVO EL CARACTER &).

(Continúa en la Quinta Sección)