RESOLUCION preliminar de la investigación antidumping sobre las importaciones de tuercas de acero al carbón, negras o recubiertas, originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia. Esta mercancía se clasifica en las fracciones arancelarias 7318.16.03 y 7318.16.04 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación. |
Viernes 05 de marzo de 2010 |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.
RESOLUCION PRELIMINAR DE
Visto para resolver en la etapa
preliminar el expediente administrativo 01/08, radicado en
RESULTANDOS
Presentación de la solicitud
1. El 7 de
enero de 2008
2.
de 2008.
Empresa Solicitante
3. Prottsa es
una empresa constituida conforme a las leyes de México. Señaló como domicilio
para oír y recibir notificaciones Oriente 233 Número 91, Colonia Agrícola
Oriental, Delegación Iztacalco, C.P. 08500, México, D.F. Su actividad principal
es la fabricación de tornillería y tuercas.
4. Para los
efectos del artículo 40 de
Información sobre el producto
A. Descripción general del producto
5. La
mercancía objeto de análisis es una pieza de acero al carbón en grados que van
desde 1008 hasta 1045, con grados de dureza de 2, 5, 8 y 2 H. Tiene forma
hexagonal o cuadrada y diferentes dimensiones, con una perforación en el centro
de distintos diámetros (hasta 1½ pulgadas), con cuerda interna. Puede presentar
o no un recubrimiento metálico, por lo que en ocasiones se les denomina tuercas
de acero recubiertas de metal o negras, según sea el caso. Prottsa señala que
este producto es un commodity que se conoce de forma genérica como tuerca de
acero. Su propósito, junto con un tornillo o pieza roscada, es sujetar o
apretar dos cuerpos en una posición definida.
6. De acuerdo
con
7. De esta
información se aprecia que el producto de Prottsa y el originario de China
presentan características semejantes en cuanto a forma (hexagonales o
cuadradas), norma de fabricación
(ANSI-B18.2.2), grado del acero (por ejemplo, 1008), grado de dureza (2, 5 y
2H) y diámetro de la perforación central (entre ¼ y 1½ pulgadas), o bien en
cuanto al terminado de las tuercas (suelen ser negras o recubiertas de metal).
B. Clasificación y régimen arancelario
8. Las tuercas
de acero objeto de investigación se clasifican en las fracciones arancelarias
7318.16.03 y 7318.16.04 de
Clasificación
arancelaria |
Descripción |
|
|
Partida 7318 |
Tornillos, pernos,
tuercas, tirafondos, escarpias roscadas, remaches, pasadores, clavijas,
chavetas, arandelas (incluidas las arandelas de muelle (resorte)) y artículos
similares, de fundición, hierro o acero. |
||
Subpartida de primer nivel |
- Artículos roscados: |
||
Subpartida de segundo nivel 7318.16 |
-- Tuercas. |
||
7318.16.03 |
De diámetro interior
inferior o igual a 15.9 mm (5/8 pulgada), excepto lo comprendido en las
fracciones 7318.16.01 y 7318.16.02. |
||
7318.16.04 |
De diámetro interior
superior a 15.9 mm (5/8 pulgada) pero inferior o igual a 38.1 mm (1½
pulgadas), excepto lo comprendido en las fracciones 7318.16.01 y 7318.16.02. |
||
9. Las
importaciones que se efectúan al amparo de los tratados de libre comercio que
México ha suscrito están libres de arancel, salvo las provenientes de Japón,
que se sujetan a un arancel ad valorem de 9 por ciento. Las originarias de los
demás países, incluido China, están sujetas a 10 por ciento de arancel.
C. Normas
10. De acuerdo
con la información
D. Proceso productivo
11. De acuerdo
con
12. Mediante
la forja en caliente se lleva el acero al carbón a una temperatura de 1,300
grados centígrados para darle la forma y la especificación requerida. En la
forja en frío éstas se obtienen a través de un proceso de estiramiento en frío
del alambrón. Cualquiera que sea el proceso, posteriormente se “machuelea” (es
decir se perfora y hace el roscado) y, de acuerdo con los requerimientos de los
clientes, se somete el producto a tratamiento térmico y se le da el acabado.
E. Usos y funciones
13. La función
principal
14. Del
listado electrónico de pedimentos de importación por las fracciones 7318.16.03
y 7318.16.04 del Sistema de Información Comercial de México (SIC-M) y del
listado de clientes de
F. Productos no investigados
15. No todas
las tuercas que ingresan por las fracciones 7318.16.03 y 7318.16.04 son objeto
de investigación, sino sólo aquellas que se consideran commodities. Prottsa las
identificó como tuercas con grado de acero común, con las características
señaladas en el punto 5 de la presente resolución, que se comercializan
fundamentalmente a través de ferreterías, distribuidores o directamente a
fabricantes de productos no especializados, donde el precio suele ser el factor
determinante para su adquisición.
16. Por las
mismas fracciones ingresan tuercas “especiales” que no son objeto de su
solicitud. Prottsa afirma que tienen las siguientes características:
A. Especificaciones
técnicas más estrictas que las que precisan las normas señaladas en el punto 10 de la
presente resolución. Se fabrican con diseños especiales y con acero de mayor
dureza: grados de 26 a 32 (en lugar de 2, 5, 8 y 2H, que son los de las tuercas
objeto de la solicitud).
B. Los
diámetros se establecen en milímetros, no en pulgadas
C. Tienen
usos más especializados, por ejemplo en la fabricación de motores y autopartes,
implementos agrícolas o en la industria ferrocarrilera.
17. La
exclusión de las tuercas “especiales”
A. Aún si
tienen menor demanda, las pruebas indican que Prottsa las fabrica y proporcionó
sus volúmenes de producción de los últimos tres años.
B. Además,
18. Sin
embargo,
G. Similitud entre los productos
19. De acuerdo
con los resultados descritos en los puntos 5 al 18 de la presente resolución,
Inicio de la investigación
20. Satisfechos
los requisitos previstos en el Acuerdo Antidumping,
Convocatoria y notificaciones
21. Mediante
la publicación a que se refiere el punto anterior,
22. Con
fundamento en los artículos 12 del Acuerdo Antidumping, 53 de
Comparecientes
23. Derivado
de la convocatoria y notificaciones descritas en los puntos 21 y 22 de esta
Resolución, comparecieron las siguientes empresas:
Productora nacional
Prottsa S.A. de C.V.
Oriente 233, No. 91,
Col. Agrícola Oriental,
Deleg. Iztacalco, C.P. 08500, México,
D.F.
Importadoras
Clavos Nacionales de
México, S.A. de C.V.
Autopista
México-Querétaro Km 40.5, Fraccionamiento Industrial Xhala,
Cuatitlán Izcalli, C.P. 54800, Estado
de México.
Comercializadora de
Tornillos Garsep, S.A. de C.V.
Insurgentes Sur
1883-102, Col. Guadalupe Inn,
C.P. 01020, México, D.F.
Gimbel Mexicana S.A. de
C.V.
Reforma 1232, Torre A,
Piso 2, Oficina 1410-04,
Lomas de Bezares, C.P.11910, México,
D.F.
Tornillos Accesorios y
Controles S.A. de C.V.
Chemax, 120, Colonia
Héroes de Padierna,
Tlalpan,
México, D.F.
Exportadoras
Shangai Prime Machinery Co., Ltd.
15th Floor
Gem Year Industrial Co., Ltd.
Apartamento 701,
Ave. Jianguomenwai, Yong´andongli No. 16,
Distrito de
Chaoyang,
Chun Yu Works (
Calzada Azcapotzalco
C.P. 02020, México, D.F.
Argumentos y medios de
prueba
I. Exportadores
A) Shanghai Prime Machinery Co., Ltd (SPM)
24. El 11 de
marzo de 2009 presentó su respuesta al formulario oficial para empresas
exportadoras. Argumentó lo siguiente:
A. SPM es una
empresa fundada en septiembre de 2005 de acuerdo a las leyes chinas. Listada en
Hong Kong en abril de 2006 se convirtió en una empresa pública internacional.
SPM es un proveedor de servicios integrados de componentes mecánicos de China,
se dedica al diseño, fabricación y venta de 5 categorías de productos-paletas
de turbina, chumaceras, herramientas de corte, sujetadores y productos al
carbón, etc.
B. SPM no
cuenta con una empresa matriz que controle el 100 por ciento de sus acciones,
el mayor accionista individual es Shanghai Electric Corporation que dispone de
47.18 por ciento de las acciones de SPM. Todas las demás acciones están en
manos de varios accionistas del mercado internacional, entre los que destacan;
Templeton Asset Management Ltd., con 7.4 por ciento; Government of Singapore
Investment Corporation Pte. Ltd. con el 4.41 por ciento; Atlantis Investment
Management LTD. con el 4.24 por ciento y The Harmon Investment Group Pte. Limited
que mantiene 2.48 por ciento de las acciones.
C. Actualmente
SPM cuenta con 9 subsidiarias, entre éstas, las cinco que controlan las
acciones son Wuxi Turbine Balade Co., Ltd., Shanghai Biawo High Tensile
Fasteners Co., Ltd., Shanghai Too Works Co., Ltd., Shanghai Tian An Bearing Co.
Ltd.y Shanghai United Bearings Co., Ltd. Las cuatro empresas que tienen
participación en las acciones son Shanghai General Bearing Co., Ltd., Shanghai
Bearing Import & Export Co., Ltd., Shanghai Morgan Carbon Crucible Co.,
Ltd., y Shanghai Morganite Electgrical Carbon Co., Ltd.
D. SPM no está
vinculada con ninguna otra empresa.
E. Entre las
empresas descritas anteriormente, ninguna fabricó tuercas investigadas durante
el periodo analizado, la empresa Shanghai Biaowu High Tensile Fasteners Co.,
Ltd., fabrica sujetadores, no fabrica tuercas.
F. SPM exporta
directamente productos a importadores mexicanos y cobra directamente de éstos.
Asimismo, manifiesta que no ha vendido el producto investigado en México.
G. SPM no
exporta a través de un tercer país sino directamente a México. SPM no tiene
ventas internas en su mercado.
H. SPM y sus
empresas subsidiarias no fabrican el producto investigado, no tienen la
capacidad de producirlo ni proyectos de ampliar la fabricación
I. SPM exporta
directamente a clientes no-vinculados de México y no vende a ningún cliente
vinculado.
J. SPM
considera que
la independencia de la administración de SPM.
K. La
administración de SPM tiene el deber de actuar según el interés general de la
empresa, si no, puede sufrir sanciones severas. La compra y exportación de SPM
está realizada estrictamente de conformidad con el precio del mercado. En
cuanto a la compra, se selecciona el proveedor solamente según el precio y la
calidad. Los empleados de venta escogen a un proveedor de precio más bajo a
través de base de datos en línea. Salvo la calidad del producto, no se toma en
cuenta ningún otro elemento.
L. Los
empleados de venta de SPM informan
25. SPM
presentó las siguientes pruebas:
A. Copia
simple de la licencia de negocio de número 0377719, expedida el 28 de noviembre
de 2007 por
B. Informe
Financiero Anual de 2007 de SPM.
C. Balance de
situación financiera de 2008 y Estado de ingresos de 2008, con traducción al
español.
D. Diagrama de
la estructura corporativa de SPM, sin traducción al español.
E. Tabla
titulada “Los importadores o clientes mexicanos”.
F. Diagrama de
flujo de las exportaciones a México.
G. Lista por
código de producto de SPM.
H. Diagrama de
ventas totales
I. Cuadro
titulado: “Ventas totales a México” de octubre de 2007 a septiembre de 2008.
J. Cuadro
titulado: “Ventas totales en cada uno de los mercados de exportación distintos
a México” de octubre de 2007 a septiembre de 2008,
K. Cuadro
titulado: “Ventas totales en cada uno de los mercados de exportación distintos
a México” de octubre de 2007 a septiembre de 2008,
L. Cuadro
titulado: “Ventas totales en cada uno de los mercados de exportación distintos
a México” de octubre de 2007 a septiembre de 2008,
M. Tabla
titulada “Ventas totales de mercancía investigada y mercancía no investigada”.
N. Tabla
titulada “Precio de exportación a México”.
O. Tabla
titulada “Ajuste al precio de exportación a México”.
P. Tabla
titulada “Precio de exportación a Brasil” de los productos iguales que los
investigados exportados a México.
Q. Tabla
titulada “Ajuste al precio de exportación a Brasil” de los productos iguales
que los investigados exportados a México.
R. Tabla
titulada “Precio de exportación a Brasil” de todos los productos investigados.
S. Tabla
titulada “Ajuste al precio de exportación a Brasil” de todos los productos
investigados.
T. Tabla
titulada “Precio de exportación a USA” de los productos iguales que los
investigados exportados
a México.
U. Tabla
titulada “Precio de exportación a
B) Gem Year Industrial S.A. (Gem Year)
26. El 11 de
marzo de 2009 presentó su respuesta al formulario oficial para empresas
exportadoras. Argumentó lo siguiente:
A. Gem Year es
una empresa miembro de
B. Una de las
empresas relacionadas a Gem Year fabricaba tuercas de acero y las exportaba a
México.
C. Es una
empresa listada de capital extranjero cuyo capital registrado es de 738.47
millones de Yuanes chinos (CNY). Y está encargada de la gestión de las
operaciones de exportación e importación. Gem Year fue autorizada en diciembre
de 2006 y consiguió su primera emisión y fue listada en el mercado en enero
de 2007.
D. Tiene un
capital total de 29.6 millones de dólares de Estados Unidos (dólares), y su
capital original registrado es de 15 millones de dólares, fue aumentado
respectivamente en diciembre de 1997 y 1999, y en febrero de 2007 con la
autorización de Consejo de Estado. En septiembre de 2003, cambió su
denominación a Co., Ltd.
E. Gem Year
vendió mercancía objeto de investigación a la empresa Laminadora Mexicana de
Metales S.A. de C.V. (Lammsa).
F. Los
productos exportados por Gem Year a México se conforman con la descripción para
los productos investigados.
G. El producto
investigado se fabrica principalmente en China, Vietnam, India, y Malasia; y se
consume principalmente en Estados Unidos,
H. Propone
I. Gem Year
funciona según las condiciones económicas, igual que la industria de
sujetadores de
27. Gem Year
presentó las siguientes pruebas:
A. Acta
Notarial número (2009)ZSZWZ No. 256 del 19 de febrero de 2009, otorgada ante
Zhou Xiangqun notario del Distrito Jiashan de
B. Acta
Notarial número (2009)ZSZWZ No. 255 del 19 de febrero de 2009, otorgada ante
Zhou Xiangqun notario del Distrito Jiashan de
C. Certificación
número (2009)ZSZWZ No. 254 del 19 de febrero de 2009, de una copia de
D. Diagrama
que contiene las ventas totales
E. Tabla
titulada “Capacidad instalada para la elaboración de la mercancía investigada”.
F. Tabla
titulada “Indicadores de
G. Tabla
titulada “Indicadores de la empresa exportadora”, de la empresa Gem Year.
H. Tabla
titulada “Ventas totales a los Estados Unidos Mexicanos” de tuercas de acero.
I. Tabla
titulada “Ventas totales en el mercado interno” de tuercas de acero.
J. Tabla
titulada “Ventas totales en cada uno de los mercados de exportación” de tuercas
de acero.
K. Tabla
titulada “Precio de exportación a los Estados Unidos Mexicanos” de tuercas de
acero.
L. Tabla
titulada “Ajustes al precio de exportación a los Estados Unidos Mexicanos”, de
tuercas de acero.
M. Tabla
titulada “Precios en el mercado interno
N. Tabla
titulada “Valor normal precios en el mercado interno
O. Tabla
titulada “Valor normal ajustes a los precios en el mercado interno
P. Tabla
titulada “Ventas totales mercancía investigada y mercancía no investigada”.
Q. Tabla
titulada “Precio de costo
R. Tabla
titulada “Precio de costo
S. Informe
Financiero auditado de Gem Year de 2006 y 2007.
T. Informe
Financiero anual y semestral de Gem Year durante el periodo de investigación.
U. Informe
financiero
V. Lista de
las empresas miembros de
W. Copia
simple
X. Lista y
estructura de Gem Year de las empresas y personas relacionadas.
Y. Copia
simple de 7 pedidos de producto investigado.
Z. Documento
titulado “Market research on global industrial fasteners” sobre el mercado
internacional de sujetadores.
AA. Tasa de
interés a corto plazo durante el periodo de investigación y tasa de interés de
depósitos interbancarios de Londres.
C) Chun Yu Works.
28. El 14 de abril de 2009 presentó su respuesta
al formulario oficial para empresas exportadoras. Argumentó lo siguiente:
A. No existe
vinculación con alguno de los importadores mexicanos mencionados en la
solicitud de productores nacionales. No existe algún acuerdo por escrito con
algún importador mexicano.
B. La
distribución
a)
Envío directo al cliente desde el puerto de importación;
b)
Envío a las bodegas de Chun Yu Works de México, S. de R.L. de C.V. (Chun Yu
Works México) ubicadas en los estados de Querétaro y
C. El producto
materia de esta investigación es enviado desde
D. Chun Yu
Works es comercializadora, no productora.
29. Chun Yu
Works presentó las siguientes pruebas:
A. Poder
otorgado al Ing. Luis René Enciso Barnett en Los Angeles California,
debidamente apostillado.
B. Copia de la
cédula profesional
C. Lista de
facturas de material de exportación.
D. Diagrama de
flujo de Chun Yu Works.
E. Lista de código
de productos de las exportaciones a México realizadas en el periodo analizado
por las fracciones arancelarias 7318.16.03 y 7618.16.04.
F. Documento
titulado “Ventas al mercado interno en valor y volumen”.
G. Documento
titulado “Discriminación de precios”.
H. Documento
titulado “Precio de exportación a México”.
I. Documento
titulado “Ajuste al precio de exportación a México”.
J. Documento
titulado “Reconstrucción del precio de exportación” (ventas al clientes no
relacionado).
II. Importadores
A) Tornillos Accesorios y Controles S.A. de C.V. (Tacsa)
30. El 12 de
marzo de 2009 presentó su respuesta al formulario oficial para empresas
importadoras. Argumentó lo siguiente:
A. La
mercancía investigada son tuercas de acero al carbón o recubiertas. El país de
origen de la mercancía investigada es China y la fracción arancelaria por la
que ingresa la mercancía investigada es 7318.16.03 y 7318.16.04.
B. El periodo
investigado comprende del 1 de octubre del 2007 al 30 de septiembre del 2008.
C. Tacsa no
cuenta con empresas subsidiarias ni vinculadas. La importación de la mercancía
investigada durante el periodo analizado fue hecha directamente por Tacsa. Y no
existe vínculo con los exportadores extranjeros de la mercancía investigada.
D. Tacsa
compra a Prottsa mercancía investigada.
E. No existe
acuerdo o contrato que vincule a Tacsa con exportadores o productores. La
importación-exportación se realiza en la medida de las necesidades de Tacsa,
sus clientes y del propio mercado.
F. Tacsa
manifiesta que en relación con las fracciones arancelarias investigadas, la
mayor parte de productos clasificados en las fracciones arancelarias 7318.16.03
y 7318.16.04 no son fabricados ni vendidos en el país, por lo que se importan,
y no se puede considerar que los productos hayan representado una competencia
desleal.
G. Tacsa
comercializa mercancía importada y nacional, y adquirió mercancía importada por
la falta de producto que comercializa. Para brindar un mejor servicio a sus
clientes y contar con la mercancía adquiere producto nacional, algunos a
precios competitivos, y producto extranjero, debido a la falta de estos
productos en el país.
H. Tacsa se
reserva el derecho de formular alegatos.
31. Tacsa
presentó las siguientes pruebas.
A. Copia
simple
B. Copia
simple de un recibo de luz de
C. Copia
certificada del primer testimonio de la escritura pública número 67,062 del 19
de mayo de 2005 pasada ante la fe del Licenciado Teodoro Gutiérrez García
notario público número 70 de Guadalajara, Jalisco, en la que se hace constar la
protocolización de una asamblea general extraordinaria de accionistas de la
empresa Tacsa.
D. Copia
certificada del segundo testimonio de la escritura pública número 630 del 25 de
abril de 1984 pasada ante la fe del Licenciado José Guadalupe Ruiz de León
notario número 1 de Acatlán de Juárez en Jalisco, donde se hace constar la
constitución de Tacsa.
E. Copia
certificada del título profesional del Licenciado José Anastacio Quintero
Segura, expedido por
F. Lista de
los códigos de producto de las importaciones de acuerdo a la contabilidad de la
empresa.
G. Base de
datos que contiene la información de las importaciones de la empresa.
H. Copia
simple de 26 facturas con pedimento de importación de 2007 y 2008.
I. Diagrama de
distribución
J. Tabla titulada
“Importaciones totales de la mercancía investigada” de Tacsa.
B) Gimbel Mexicana S.A. de C.V. (Gimbel)
32. El 13 de
marzo de 2009 presentó su respuesta al formulario oficial para empresas
importadoras. Argumentó lo siguiente:
A. Gimbel es
una comercializadora de artículos de ferretería, deportes, cocina, automotriz y
maquinaria. Comercializa una gran variedad de tuercas, coples y birlos, para
múltiples usos en diversas industrias como la automotriz, mecánica e
industrial.
B. Las tuercas
que Gimbel importa son diferentes a las investigadas en el procedimiento
antidumping, tanto por su uso
C. Solicita se
excluya de la investigación antidumping las tuercas que importa, toda vez que
son distintas a las de la producción nacional.
D. La
mercancía investigada son las tuercas de acero al carbón, negras o recubiertas
y su país de origen es
E. Gimbel
efectuó una sola importación de la mercancía investigada en agosto de 2008 y
fue por un error de un proveedor que envío una mercancía que no fue solicitada.
Esa es la única importación que la empresa efectuó de la mercancía investigada
ya que las demás importaciones corresponden a mercancías diferentes pero que se
clasifican en la misma fracción arancelaria.
F. Gimbel no
ha comprado la mercancía investigada a proveedores nacionales, ni tiene ningún
tipo de vinculación con el proveedor extranjero.
G. Los códigos
de producto presentados correspondientes a la importación que por error
H. Las tuercas
que fundamentalmente importa Gimbel son definidas por la propia Solicitante
como “especiales”, ya que cada una de ellas cuenta con un diseño diferenciado a
las hexagonales que les confiere características específicas para ciertos usos,
como es el caso de la industria automotriz o bien como refacciones de cierta
maquinaria.
I. Las mercancías
importadas por Gimbel, son diferentes a las mercancías objeto de la
investigación y no son comparables en precio con las mercancías investigadas,
ya que por ser dirigidas a sectores como el automotriz, requieren de un diseño
y una resistencia que una tuerca hexagonal como la investigada no
puede tener.
J. Existen
tuercas importadas por Gimbel que cuentan con un recubrimiento interno de nylon
que sirve
estos líquidos.
K. Gimbel
asegura que la mercancía que importa no es idéntica ni similar a la mercancía
investigada, aunque tienen características y composición semejantes, en la
mayoría de los casos no cumplen con las mismas funciones y no son
comercialmente intercambiables.
L. En la
resolución de inicio de la investigación se señala que existen tuercas que si
bien se clasifican en las mismas fracciones arancelarias investigadas, difieren
de las fabricadas por
a)
el terminado de las mismas contiene características que no solo le confieren un
mayor valor, sino que las especializan para ciertos usos;
b)
no existe intercambiabilidad comercial entre ellas debido a su uso
especializado conferido por el tamaño, materiales o recubrimientos;
c)
si bien la función genérica de todas las tuercas es la de sujeción o unión de 2
objetos o cuerpos, debido a las características y especificaciones técnicas,
así como a las medidas, no pueden ser comercialmente intercambiables y;
d)
de la información presentada por
son iguales.
M. Solicita
que en la resolución preliminar se excluyan de la investigación a las tuercas
que importa, por no ser similares a las fabricadas por
N. En el
periodo analizado Gimbel únicamente adquirió mercancía investigada importada.
O. Gimbel no
proporciona información sobre las características
P. Gimbel
desconoce los canales de distribución a través de los cuales se importan las
tuercas, ya que no es importadora habitual de la mercancía investigada. El
sistema de distribución que se utilizó para la única importación efectuada es
del puerto chino al puerto mexicano en Manzanillo y de ahí a la bodega de
Gimbel.
Q. Gimbel
desconoce los códigos de producto que utiliza el proveedor-exportador de la
mercancía objeto de investigación.
R. Gimbel no
presenta ajustes ya que el precio que se presenta es FOB (Free On Board por sus
siglas
en inglés) Shangai.
33. Gimbel
presentó las siguientes pruebas.
A. Copia
simple de la credencial para votar de Steven Gimbel Karlebach, expedida por el
Registro Federal de Electores
B. Tabla que
contiene la relación de los proveedores de tuercas hexagonales.
C. Copia
simple de una confirmación de venta de tuercas
D. Copia
simple de una factura
E. Copia
simple de un pedimento de información
F. Listado de
códigos de producto de las importaciones que realizó Gimbel de mercancías que
ingresaron por las fracciones arancelarias investigadas.
G. Tabla con
las especificaciones de la mercancía importada por la fracción arancelaria
7318.16.04.
H. Tabla con
las especificaciones de la mercancía importada por la fracción arancelaria
7318.16.03.
I. Imágenes de
las tuercas importadas por las fracciones arancelarias investigadas.
J. Base de
datos con información de la única importación de la mercancía investigada en el
periodo analizado.
K. Copia
simple de una factura
L. Copia
simple de un pedimento de información
M. Copia
simple de una hoja de cálculo para la determinación
N. Tabla
titulada “Importaciones totales de la mercancía investigada”.
O. Tabla con
información sobre las importaciones de la mercancía investigada.
C) Comercializadora de
Tornillos Garsep S.A. de C.V. (Garsep)
34. El 9 de
marzo de 2009 acreditó su existencia legal y la personalidad de su
representante legal.
35. El 2 de abril
de 2009 presentó su respuesta al formulario oficial para empresas importadoras.
Argumentó lo siguiente:
A.
B. Solicitó se
desestime en su totalidad la respuesta al requerimiento de información
adicional que proporcionó
C. Existen
elementos para asumir que la información proporcionada por
D.
E. Prottsa no
incluyó información nueva aportada por
F.
G.
H. El precio
de exportación presentado por Prottsa no constituye una muestra representativa
de las exportaciones de tuercas de acero al carbón de
I. Resulta
claro que bajo cualquier escenario jurídico, económico y estadístico, una
muestra de 3.72 por ciento del volumen total exportado en el periodo
investigado, no es representativa de las exportaciones, como lo menciona el
punto 35 de la resolución de inicio.
J. Prottsa no
aportó las pruebas de Brasil
K. Solicita
que se determine que Brasil no cumple con los requisitos del artículo 48 del
RLCE y, ante la ausencia de valor normal, se declare concluida la investigación
sin la imposición de cuotas compensatorias.
L. Prottsa no
acreditó que las facturas comerciales que presenta para demostrar el valor
normal cumplan con los requisitos legales para ser consideradas en la presente
investigación.
M. Es
legalmente improcedente el ajuste por diferencias físicas que
N. Prottsa no
acreditó la similitud de productos en términos de lo dispuesto en los artículos
2.6 del Acuerdo Antidumping y 37
O. Prottsa no
señaló las razones y características específicas que, a su decir, atribuyen la
calidad de “commodities” a ambos tipos de productos, el hecho de que ambos
tipos de tuercas sean el resultado de procesos tecnológicamente maduros y
estandarizados, no les confiere per se, características similares que le
permitan asumir que se trata de productos con similares usos, funciones y
comercialmente intercambiables.
P. A partir de
la información presentada por Prottsa se advierte que del total de tuercas de
acero al carbón que ingresaron a México en el periodo investigado a través de
las fracciones arancelarias 7318.16.03 y 7318.06.04 de
Q. Es incorrecta la metodología utilizada por
R.
S. A partir de
la información presentada por
T. Garsep no
tiene partes relacionadas, no depende de otro fabricante y no fabrica la
mercancía investigada.
U. Durante el
periodo investigado Garsep adquirió la mercancía objeto de la investigación de
los proveedores chinos y no compró mercancía a fabricantes nacionales. No está
vinculado con los exportadores chinos, y no tiene acuerdos o contratos por
escrito con los proveedores.
V.
W. Garsep
adquirió producto importado en el periodo investigado y no adquirió mercancía
nacional durante el periodo analizado.
X. Existen
otras razones para adquirir únicamente el producto importado, tales como; (i)
Prottsa maneja costales de 50 kilogramos, mientras que Garsep vende en cajas de
máximo 25 kilogramos: (ii) la apariencia y presentación del producto de Prottsa
es de muy baja calidad, y (iii) las políticas de venta de Prottsa son muy
estrictas y suelen sujetar sus ventas a volúmenes mínimos de compra.
Y. Prottsa
tenía acaparado el mercado de tuercas en los años noventas, época en la que
sólo acordaban con distribuidores, por lo que es difícil adquirir el producto
nacional. Posteriormente se abrió el mercado y las ventas de Prottsa comenzaron
a disminuir, paralelamente comenzaron a aparecer otros fabricantes nacionales.
En la medida en que evolucionó el mercado de tuercas, los usuarios de este
producto comenzaron a adquirir tanto el producto nacional como el importado.
Z. Garsep
importa de manera directa las tuercas de acero al carbón objeto de la
investigación y no existe intermediario entre el proveedor extranjero y Garsep.
36. Garsep
presentó las siguientes pruebas:
A. Relación de
tipos de tuercas de acero al carbón importadas, que contiene producto
investigado y otras que no están investigadas.
B. Lista de
precios y facturas de ventas de las empresas TTESA y ETB.
C. Documento
denominado “Index Mundi”, que contiene la comparación por país PIB- per cápita,
fuente: CIA World Factbook.
D. Base de
datos de productos importados por Garsep y muestras físicas de tuercas no
fabricadas por Prottsa.
E. Escritura
pública número 15,067 en
F. Tabla
titulada “Listado de códigos de producto.”
G. Lista de
productos importados por Garsep.
H. Tabla
titulada “Base de datos de Importaciones Garsep”.
I. Copia
simple de diversas facturas y pedimentos de la empresa Garsep.
J. Tabla
titulada “Importaciones por proveedor”.
K. Estados
financieros de Garsep 2007 y 2008.
III. Réplica de
37. En
ejercicio del derecho de réplica contenido en el artículo 164 párrafo segundo
del RLCE, el 30 de marzo de 2009 Prottsa presentó sus contrargumentaciones
respecto de la información, argumentos y pruebas presentadas por Tacsa, Gimbel,
SPM y Gem Year en el orden siguiente:
A) Tacsa
A. Prottsa
está inconforme en relación con las respuestas presentadas tanto por
exportadores como importadores, toda vez que las mismas acusan graves defectos
procesales, carencia de información necesaria para que Prottsa replique
adecuadamente y los exportadores no cumplen siquiera con los requisitos que
establece la normatividad vigente en nuestro país.
B. Prottsa no
podrá cumplir con la obligación procesal a que se refiere el artículo 56 de
C. El
representante legal de Tacsa no cumple con los requisitos establecidos por el
artículo 51 de
D. Prottsa
solicita que se tenga a Tacsa
E. Tacsa no
justifica legalmente el carácter confidencial de la información sobre
exportadores o proveedores extranjeros misma que no encuentra apoyo en los
artículos 149 y 150
F. Una parte
importante de los productos importados por Tacsa se fabrican y pueden ser
fabricados por la producción nacional y forman parte de la mercancía
investigada.
G. Tacsa
manifestó que una parte importante de los productos importados por dicha
empresa se fabrican y pueden ser fabricados en forma inmediata, en cantidades
comerciales y con los recursos productivos actuales por la producción nacional
y forman parte de la mercancía investigada, por lo que el argumento del
desabasto o falta de producción nacional respecto a dichos productos debe
desecharse.
H. Tacsa en la
versión pública de la respuesta al formulario omite incluir listado de
productos no fabricados y vendidos en el país.
I. Tacsa
reconoció en su respuesta al formulario efectuar importaciones por razones de
precio, sin aportar evidencia, que adquiere mercancía importada debido a la
falta de producción nacional de ciertos tipos de tuercas. Prottsa se reserva el
derecho de replicar una vez que Tacsa dé a conocer los tipos de tuercas que no
se producen en México.
J. Tacsa se
basa en precio y no en falta de surtido o producción nacional, pues Prottsa,
está en condiciones de producir y surtir productos que Tacsa importa de
K. La versión
pública de la respuesta de Tacsa a los puntos 2.12, 2.13 y 3.4
L. Tacsa
describe en forma incompleta su sistema de distribución, lo que impidió una
réplica puntual.
M. Tacsa no
proporcionó información o indicó la no disponibilidad de la misma en múltiples
puntos
B) Gimbel
A. El
representante legal de Gimbel no cumple con lo dispuesto por el artículo 51 de
B. Las
importaciones efectuadas por Gimbel en agosto de 2008 deben considerarse para
efectos de esta investigación sujetas a identificación de producto y adecuado
régimen de secrecía. Gimbel confiesa haber importado tuercas que en su opinión
son las únicas importadas por el mismo que constituyen producto investigado, no
adjuntando en la versión pública correspondiente información alguna que permita
replicar a sus aseveraciones.
C. Gimbel no
justificó el carácter confidencial de la información sobre exportadores o
proveedores extranjeros y pretende sustentar su alegato de confidencialidad al
indicar que se trata de la descripción de los proveedores de la empresa, cuando
en realidad sólo requiere su identificación y no su descripción.
D. Los códigos
de producto correspondientes a los productos importados por Gimbel no deben
tener carácter confidencial. Ya que son nomenclaturas arbitrarias de cada
empresa que se asocian con tipos o productos específicos, y son necesarias para
identificarlos. Los códigos de producto son generalmente conocidos por clientes
actuales o potenciales, proveedores u otros agentes económicos, y sirven muchas
veces para facilitar transacciones.
E. Prottsa
presentó réplica a lo afirmado por Gimbel, demostrando el sesgo y parcialidad
de su argumentación, así como identifica tuercas específicas que deben quedar
comprendidas en la definición de producto investigado y que se producen o
pueden ser producidas de inmediato y en cantidades comerciales por la industria
nacional con los recursos que ésta cuenta actualmente, específicamente por
Prottsa.
F. Gimbel
prejuzga sin demostrar y sin permitir demostración o réplica por parte de
Prottsa que las demás importaciones que efectuó no corresponden al producto
investigado y de antemano y de hecho las excluye de la investigación.
G. Gimbel
omitió declarar ajustes al precio de importación bajo la premisa no comprobada
de que los precios de sus importaciones son “FOB SHANGHAI” y omite proporcionar
información puntual sobre ajustes al precio de importación que son esenciales
para la determinación de este elemento de la investigación. Omite ajustes sobre
flete interno de planta a puerto, maniobras y otros conceptos inherentes al
despacho de la mercancía, mismos que deben ser reportados.
C) SPM
A. SPM
incumplió con los requisitos de existencia y representatividad. La respuesta de
SPM al requerimiento de documentos constitutivos, presentó copias no
certificadas ni autentificadas de su licencia de negocio y de su certificado de
aprobación. De la lectura de dichos documentos se desprende una antigüedad
mayor a un año, sin que conste en ningún documento que mantiene su vigencia a
la fecha de la respuesta.
B. SPM
presentó informes y anexos en la respuesta que deben ser desestimados tales
como los anexos A-1.9, B-2.4 d y B-2.12 C. al omitir la presentación de la
traducción al español, como lo requiere el artículo 271 del Código Federal de
Procedimientos Civiles (CFPC).
C. SPM no
presentó evidencia alguna de que sus acciones no sean propiedad ni estén
controlados
por China.
D. SPM no
justifica el carácter confidencial de la información sobre importadores o
clientes mexicanos (Diagrama 1, Anexos 1, 2.A, 2.A1 y 5), incumpliendo las
normas sobre confidencialidad y resúmenes públicos.
E. SPM omite
información sobre la industria del país exportador e información relevante a
nivel empresa requerida en los puntos 2.14, 2.15, 2.18 y 2.19 del formulario
para exportadores, no obstante de pertenecer a
F. SPM
establece que Brasil es un importador significativo
G. SPM no
proporciona una versión pública que permita apreciar los elementos de valor
normal, precio de exportación y sus ajustes.
H. La postura
de SPM de prescindir de un país sustituto para esta investigación y utilizar
I. El hecho de
que SPM supuestamente opere en “condiciones de mercado” como empresa
comercializadora del producto investigado, no es suficiente para hacer
extensivas dichas condiciones a la rama de la producción y fabricación del
producto investigado, y no presentó pruebas para acreditar que existían las
mismas condiciones en la fabricación del producto investigado.
J. SPM no ha
acreditado que los precios de exportación que ofrece se hayan establecido en el
curso de operaciones comerciales normales y tengan carácter representativo.
D) Gem Year
A. Gem Year
incumple con la acreditación de su personalidad, idioma y confidencialidad
impuestas por la normatividad vigente. Omite incluir documentación fidedigna
que permita acreditar su existencia y subsistencia.
B. Gem-Year
omite incluir una versión pública de los “Informes Financieros” que adjuntó
C. Gem-Year clasifica
D. Gem Year no
acredita operar
E. Gem Year
propone, sin presentar los argumentos requeridos por la normatividad, a Malasia
F. La
comparecencia de Gem Year debe desecharse ante las numerosas violaciones
procesales y sustantivas incurridas y los defectos que tiene.
38. Prottsa
presentó las siguientes pruebas:
A. Producto
Investigado dividido por productos de mercancía de línea y productos de
mercancía que se fabrican bajo pedido.
B. Listado de
productos investigados que fabrica la industria nacional y listado de productos
no investigados que fabrica o puede fabricar la industria nacional.
C. Documento
titulado “Razones por las que Malasia no es un país sustituto adecuado de
D. Producción
mundial de acero crudo por país, en millones de toneladas métricas de agosto de
2008 obtenido de la página de Internet:
http://www.iss.org/industry_statistics/08_august.pdf.
E. Anuario
2007 Minerales Malasia Lanzamiento anticipado, USGS ciencia para un mundo de
cambio, del U.S. Department of the Interior, U.S. Geological Survey en inglés,
con su traducción al idioma español.
F. Documento
de
G. Anexo
IV.3.D., USGS Zinc 2006 en inglés.
H. Anexo IV.3.E, Principales indicadores
económicos de 2005 a 2007 de China, Brasil y Malasia obtenidos de World Steel
Dynamics, Global Steel Mill Product Matrix de 1993 a 2005.
E) Garsep
39. El 17 de
abril de 2009 Prottsa presentó sus contrargumentaciones respecto de la información,
argumentos y pruebas presentadas por Garsep.
A. La
solicitud de Garsep de desestimar la información que presentó Prottsa en
respuesta a la prevención es improcedente. La resolución de inicio cumplió en
forma, sustancia y oportunidad con los requisitos de
B. Respecto a
las empresas citadas por Garsep, Prottsa manifestó: i) Lammsa, dejó de fabricar
el producto investigado aproximadamente desde 2007, para convertirse en
importador. En el expediente de la presente investigación está la confesión del
exportador Chino Gem-Year Industrial Co. Ltd., que menciona como su cliente en
México a esta empresa; ii) desde 2007 TTESA tiene no fabrica de tuercas y no la
ha reanudado hasta la fecha, habiendo importado el producto objeto de
investigación; iii) Tornillos Spasser, S.A. de C.V. (Tornillos Spasser) /
Tensor Industrial, S.A. de C.V. (Tensor) cerró operaciones en el año 2007. Prottsa,
efectuó indagaciones sobre el paradero de la operación de esta empresa, no
encontrando domicilio o instalación alguna en la que se fabrique el producto
objeto de investigación por parte de esta empresa.
C. No es
exacto que TTESA y ETB fabriquen el producto investigado. Garsep pretende basar
su aseveración en una factura y listas de precios que no son suficientes para
comprobar el origen nacional de los productos que amparan, y mucho menos la
existencia de operaciones continuas y regulares de fabricación en cantidades
comerciales, por lo que no demuestra fehacientemente el carácter de productores
de dichas empresas.
D. Prottsa
aportó información correspondiente a 27 de los 36 meses requeridos para el
análisis de daño, es decir un 75 por ciento de lo que correspondería al
“período analizado” para efectos de investigar dicho elemento y su causalidad,
partiendo del citado “periodo investigado ampliado”.
E. Prottsa
justificó que Brasil es un país sustituto viable para efectos de esta
investigación por lo siguiente: i) Nivel de desarrollo económico comparable:
Brasil ha sido definido por consultores internacionales como parte de un grupo
de países denominados “BRICS” por las siglas iníciales de Brasil, Rusia, India
y China, por lo que se reconoce internacionalmente su nivel de desarrollo
comparable; ii). Similitud de procesos de producción por la utilización de los
factores de la producción: Brasil y China tienen similares procesos
productivos, a base de maquinaria de formado de tuercas, abastecida incluso por
los mismos proveedores;
iii) Datos de producción y porcentaje de exportación: Brasil tiene una
producción siderúrgica de escala importante y exporta el producto investigado;
iv) Disponibilidad del principal insumo: Brasil y China tienen amplia disponibilidad
de alambrón de acero, principal insumo para la fabricación del producto
investigado;
v) En el sector del producto investigado prevalecen condiciones de economía de
mercado (no interferencia gubernamental en determinación de precios, ausencia
de subsidios, controles de precios, propiedad de estado en empresas): Brasil es
una “economía de mercado” en el sector siderúrgico, mismo que está libre
de injerencia gubernamental desde su reprivatización, ya que no impone
controles de precios, ni de importaciones o exportaciones, ni subsidia a su
industria; no siendo el caso de otros países como
F. Prottsa
acreditó el valor normal para efectos de esta investigación acorde con los
artículos 82 y 83 de
G. Prottsa
reitera que la única diferencia física significativa entre una tuerca negra y
una galvanizada o cincada es precisamente el baño de zinc que presenta la
segunda. La tuerca galvanizada se fabrica a partir de una tuerca negra a la que
se le aplica un recubrimiento de dicho metal. El zinc es un metal cuyo precio
de adquisición se rige y cotiza internacionalmente, de ahí que también es
irrelevante la nacionalidad de la empresa que provea la información, siendo
relevante que la empresa que aportó la información pertinente presentada por
Prottsa estableció su aplicabilidad en México, Estados Unidos y Brasil.
H. Prottsa ha
proporcionado suficiente evidencia de valor normal y precio de exportación que
respalda la conclusión de existencia de márgenes de dumping.
I. Prottsa acreditó
la similitud de producto requerida en esta investigación. Prottsa cuenta con un
laboratorio acreditado por El National Institute of Standards and Technology,
dependiente del Departamento de Comercio de Estados Unidos para valuar toda
clase de sujeciones mecánicas. Garsep omite dolosamente señalar la información
proveniente del catalogo de SPM, mismo que acredita la similitud e
intercambiabilidad con los productos de Prottsa. Señala que también fabrica en
forma comercial la llamada tuerca cuadrada, la cual tiene poca demanda en el
mercado nacional pero es técnica y comercialmente intercambiable con las de
forma hexagonal, razón por la cual se solicita a
J. Prottsa suscita
controversia expresa respecto a los comentarios hechos por Garsep respecto a la
metodología empleada para estimar el volumen de importaciones de la mercancía
investigada deben ser desestimados en razón de las siguientes consideraciones:
i) La metodología empleada para la estimación de los volúmenes considera que
ciertas operaciones de importación no corresponden a producto investigado, pero
no es exacto que sea el único criterio que se utilizó para la determinación de
los volúmenes de importación. Conforme a la experiencia se tiene en el mercado
de tuercas, las importaciones excluidas de la llamada “industria” es de tuercas
que no corresponden a producto investigado; ii) Garsep se confunde al mencionar
que “la metodología propuesta por
K. Garsep indebidamente mantiene
40. Prottsa
presentó lo siguiente:
A. Adeudo de
la empresa Nutor, a Prottsa, demostrado mediante: Carta de Prottsa, dirigida a
Tensor,
B. Dos contra
recibos del 8 de enero de 2004, Cobranza General y Carta de Prottsa, dirigida a
Nutor, por concepto de 2 años de adeudos del 12 de noviembre de 2007.
C. Metodología
para determinar las cantidades comercialmente representativas cuya fuente es
D. Oficio
326-SAT-IV-4 de
E. Correo
electrónico de
F. Documento
titulado “
G. Reporte
“Mas allá del Auge; La perspectiva para el Acero Global” elaborado por The
Boston Consulting Group, de febrero de 2007.
H. Consumo
Nacional Aparente per cápita de acero crudo por país de 1998 a 2007, cuya
fuente es Steel Statistical Yearbook 2008.
I. Steel Statistical Yearbook 2008
J. Producción
mensual de acero crudo por toneladas métricas de 2008 al 20 de febrero de 2009,
cuya fuente es el Worldsteel Association.
K. Estadísticas
de Comercio Internacional por grupo de producto y país de 2001 a 2005 por
valor, cuya fuente es el International Trade Statistics by Country and Product
Zinc obtenida de la página de Internet: http://www.intracen.org.
L. Documento
titulado “La industria mineral de
M. Reporte
anual de 2007 y 2008
N. Política
Nacional de Acero 2005 cuya fuente es World Steel Dynamics, Steel Success
Strategies,
O. Documento
titulado “Las exportaciones de acero laminadas de
P. Plan de
empresas siderúrgicas, alza de precios
Q. Proliferación
de restricciones y distorsiones de Comercio del Acero desde G20 “Compromiso en
contra
R. Documento
titulado “Básicos australianos de septiembre de 2006” publicado por Abare, en
inglés con traducción parcial al español.
S. Ordenes de
derechos antidumping y subsidios por país de Estados Unidos del 10 de
septiembre
de 2008.
T. Convenio
Colectivo para mejorar las condiciones de trabajo en prensas y equipos
similares, inyección de plástico y tratamiento galvanizador de superficies en
la industria metalúrgica en el Estado de Sao Paulo de 2008 a 2010, en portugués
sin traducción al español.
U. Banco de
Datos de Consultoría Brasileña cuya fuente es la página de Internet: http://www.setepla.com.br en portugués,
con traducción parcial al español.
V. Carta de
Electro Pulidos de México, S.A. de C.V.(Electro Pulidos), para demostrar los
costos
W. Tabla de
dimensiones de tuercas y contratuercas hexagonales sin fuente.
X. Listado de
productos investigados que fabrica la industria nacional y listados de
productos no investigados que fabrica o puede fabricar la industria nacional de
Prottsa.
Y. Documento
que explica la forja de tuercas de Prottsa de 2006 a 2008.
Z. Copia de
una hoja
AA. Copia de
BB. Copia del
Certificado de aprobación otorgado a Prottsa, conforme al alcance: Fabricación
de tuercas y tornillos forjados en caliente y frío del 24 de noviembre de 1999
ISO 9002:1994.
CC. Copia del
Certificado de acreditación otorgado a Prottsa conforme al alcance: Programa de
Sujeciones y Metales ISO9002:1987.
DD. Lista de
precios de Prottsa de junio de 2006 y febrero de 2008.
EE. Copia de
diversas facturas por concepto de transportación de octubre de 2007 a
septiembre de 2008.
F) Chun Yu Works
41. El 27 de
abril de 2009 Prottsa presentó sus contrargumentaciones respecto de la
información, argumentos y pruebas presentadas por Chun Yu Works.
A. Chun Yu Works
debió proporcionar precios sobre la base de país de origen por lo siguiente:
a)
Chun Yu Works pretendió ostentarse
b)
Chun Yu Works confiesa que envía la mercancía a su importador vinculado desde
una población de China (Zhejiang) a un "puerto de importación" de ese
país (Shangai) y luego a las bodegas de su importador vinculado, ubicadas en
territorio nacional (Querétaro y Baja California) ingresando a través de
puertos mexicanos (Manzanillo, Colima y Ensenada, Baja California).
c)
Es incorrecto que el mismo exportador establezca claramente su improcedente y
gratuita postura de no proporcionar información con base en país de origen sin
fundamentarla en disposición legal o reglamentaria alguna cuando debió hacerlo
por mandato legal.
d)
Debe concluirse que el valor normal debe determinarse con base en precios de
país de origen, y no
B. El
exportador debió proporcionar valor normal a partir de precios internos de un
país sustituto y precios de exportación sin distorsiones por razón de su
carácter de comercialización y cualquier vinculación o arreglo compensatorio
existente con el importador o el productor.
C. En materia
de precios de exportación, Prottsa se opone, a la admisión de cualquier
información sobre precios de exportación que no refleje precios libres de
distorsiones generadas por el carácter de comercializador
D. Solicita la
aplicación del carácter de comercializador de la exportadora, señalada en los
artículos 47 y 50 del RLCE y el 35 de
E. El
exportador incluye apropiadamente
F. El
exportador ha perdido su oportunidad procesal de proponer país sustituto. Toda
vez que la postura de la exportadora de no atender a sus obligaciones y cargas
informativas bajo la modalidad país de origen en esta investigación, así como
la ausencia de reserva expresa de derechos para proponer país sustituto, el
exportador debe estar precluído para proponer país sustituto.
G. El
exportador no acredita que sus operaciones con su importador vinculado, se
hayan efectuado en condiciones de mercado. El exportador no ha justificado la
normalidad o condición de mercado de sus operaciones de exportación, carga que
le correspondía desahogar en la comparecencia a fin de acreditar la pertinencia
de la información que presentó.
H. El
exportador en la respuesta al formulario viola la normatividad en materia de
confidencialidad y deja a Prottsa en estado de indefensión ya que no incluye
resumen público, en los anexos de precios se omiten fechas y cantidades, así
como indicación de ajustes, reclamos, nombres de clientes, vinculación del
exportador con el importador, así como lo relativo a la reconstrucción del
precio de exportación y su metodología. Información vital para una adecuada
réplica de Prottsa.
42. Prottsa
presentó las siguientes pruebas:
A. Adeudo de
la empresa Nutor, S.A. de C.V.(Nutor) a Prottsa, demostrado mediante: Carta de
Prottsa, dirigida a Tensor,
B. Dos contra
recibos del 8 de enero de 2004, Cobranza General y Carta de Prottsa dirigida a
Nutor, por concepto de 2 años de adeudos del 12 de noviembre de 2007.
C. Metodología
para determinar las cantidades comercialmente representativas cuya fuente es
D. Oficio
326-SAT-IV-4 de
E. Correo
electrónico de
F. Documento
que habla sobre que
G. Reporte Mas
allá
H. Anexo V.2.
Consumo Nacional Aparente per cápita de acero crudo por país de 1998 a 2007
cuya fuente es Steel Statistical Yearbook 2008.
I. Steel Statistical Yearbook 2008
J. Documento
titulado “Producción mensual de acero crudo por toneladas métricas” de 2008 al
20 de febrero de 2009 cuya fuente es el Worldsteel Association.
K. Estadísticas
de Comercio Internacional por grupo de producto y país de 2001 a 2005 por valor
cuya fuente es el International Trade Statistics by Country and Product Zinc
obtenida de la página de Internet: http://www.intracen.org.
L. Documento
titulado “La industria mineral de
M. Reporte
anual de 2007 y 2008
N. Documento
titulado “Política Nacional de Acero 2005” cuya fuente es World Steel Dynamics,
Steel Success Strategies, del 25 de junio de 2005 en inglés con traducción
parcial al español.
O. Documento
titulado “Las exportaciones de acero laminadas de
P. Plan de
empresas siderúrgicas, alza de precios del 30 por ciento publicado el 17 de
julio de 2008 cuya fuente es la página de internet http://www.financialexpress.com
del 17 de abril de 2009, en inglés con traducción parcial al español.
Q. Documento
titulado “Proliferación de restricciones y distorsiones de Comercio del Acero
desde G20 Compromiso en contra
R. Documento
titulado “Básicos australianos” de septiembre de 2006 publicado por Abare, en
inglés con traducción parcial al español.
S. Ordenes de
derechos antidumping y subsidios por país de Estados Unidos del 10 de
septiembre
de 2008.
T. Convenio
Colectivo para mejorar las condiciones de trabajo en prensas y equipos
similares, inyección de plástico y tratamiento galvanizador de superficies en
la industria metalúrgica en el Estado de Sao Paulo 2008 a 2010, en portugués
sin traducción al español.
U. Banco de
Datos de Consultoría Brasileña cuya fuente es la página de Internet:
http://www.setepla.com.br, en portugués con traducción parcial al español.
V. Carta de
Electro Pulidos, para demostrar los costos
W. Dimensiones
de tuercas y contratuercas hexagonales sin fuente.
X. Listado de
productos investigados que fabrica la industria nacional y listados de
productos no investigados que fabrica o puede fabricar la industria nacional de
Prottsa.
Y. Forja de
tuercas de 2006 a 2008 de Prottsa, con copia de una hoja
Z. Copia de
AA. Copia del
Certificado de aprobación otorgado a Prottsa conforme a alcance: Fabricación de
tuercas y tornillos forjados en caliente y frío del 24 de noviembre de 1999 ISO
9002:1994.
BB. Copia del
certificado de acreditación otorgado a Prottsa, alcance: Programa de Sujeciones
y Metales ISO9002:1987.
CC. Lista de
precios de Prottsa de junio de 2006 y febrero de 2008.
DD. Copia de
diversas facturas por concepto de transportación de octubre de 2007 a
septiembre de 2008.
IV. Requerimientos de
información
43. Con
fundamento en los artículos 54 y 55 de
44. El 11 de
marzo y 25 de mayo de 2009 se requirió a la empresa Solicitante.
45. Con fechas
2, 7, 13 y 23 de abril, 14 y 28 de mayo de 2009 se formularon 282
requerimientos de información a diversas empresas importadoras, y a
46. El 28 de
mayo de 2009 se requirió a 22 Administraciones de Aduanas en el país, de las
cuales sólo 14 dieron respuesta.
V. Prórrogas
47. Mediante
oficios del 20 y 26 de marzo de 2009, y del 7 y 22 de abril de 2009 se
otorgaron a Prottsa prórrogas para presentar las contrargumentaciones sobre la
información y pruebas aportadas en los formularios presentados por las partes
interesadas y para dar respuesta a un requerimiento de información. Los plazos
vencieron el 30 de marzo, 17 y 27 de abril, y 6 de mayo de 2009.
48. El 13 de
marzo de 2009 se otorgó a Chun Yu Works prórroga para dar respuesta al
formulario oficial. El plazo venció el 14 de abril de 2009.
49. El 7 de
mayo de 2009 se otorgó prórroga a Gimbel para presentar respuesta al
requerimiento de información
50. En el
periodo comprendido del 20 de marzo al 17 de junio de 2009
51. El 27 de
febrero y 6 de marzo de 2009
52. El 19 de
mayo de 2009
VI. Respuesta a los
requerimientos
A) Productor nacional
Prottsa
53. El 27 de
abril de 2008 Prottsa dio respuesta al requerimiento de información formulado
por
A. Prottsa
sostiene que en 2008 y en particular en el periodo investigado, se incrementó
el volumen de importaciones de tuerca de acero de origen chino al mercado
mexicano. Dichas importaciones ingresaron a menores precios de los reportados
en los periodos anteriores similares al investigado permitiéndole aumentar su
participación en el mercado nacional del Consumo Nacional Aparente del periodo
investigado.
B. Conforme la
información fue actualizada todos y cada uno de los indicadores de la industria
nacional siguieron deteriorándose en el periodo investigado respecto a sus
similares previos. En el caso de los precios nacionales, si bien aumentaron en
términos nominales su valor real se contrajo al trasladarse sólo de manera
parcial el incremento de los costos, principalmente de la materia prima que fue
mayor al incremento que experimentaron los precios de la tuerca investigada.
Los productores de tuerca enfrentaron una importante caída de sus ventas por
efecto de la presencia de las importaciones en el mercado y debido a ello
absorbieron parte del incremento de sus costos.
C. La
metodología de la capacidad instalada de Prottsa, se calculó considerando el
número de máquinas forjadoras, su velocidad, tiempo de operación y el peso de
cada una de las piezas involucradas. Prottsa utilizó para la estimación de la
capacidad instalada de la industria en 2008, la participación de dicha empresa
en la producción nacional que reporta
D. Respecto a
costos, ventas y utilidades Prottsa manifestó que una evaluación adecuada del
desempeño de la empresa en 2008 y, en particular en el periodo investigado
(octubre 2007 a septiembre 2008), debe considerar el incremento generalizado
del precio del alambrón de acero en el mercado nacional e internacional durante
ese año, hecho que impactó los costos de la producción nacional de la tuerca
investigada, que obligó a Prottsa a transferir sólo parte del incremento de sus
costos al precio de venta de su mercancía, toda vez que los menores precios de
las importaciones deterioraron aun más sus volúmenes de ventas impidiéndole un
mayor incremento del precio, el cual en términos reales se vio reducido.
E. Prottsa no
fue beneficiada con el aumento de los precios experimentados en 2008 ya que
dichos aumentos se transfirieron a los proveedores de la materia prima, siendo
ellos los verdaderos beneficiarios del incremento de los precios de la tuerca,
en tanto que Prottsa enfrentó su situación de magras utilidades contrayendo la
plantilla laboral, y reduciendo insumos generales tales como luz y gas.
F. Los Estados
Financieros Dictaminados del ejercicio 2008 estarán disponibles probablemente
hasta el mes de julio
G. En 2008,
las ventas de Prottsa se redujeron, perdiendo clientes que en otros ejercicios
se ubicaron entre los principales clientes de la empresa. Las ventas realizadas
a una empresa importadora se realizaron con una mínima utilidad, reportándose
los precios de esas operaciones a costo de producción. Las ventas realizadas a
este cliente en 2008 no compensaron la pérdida global de ventas registradas en
ese mismo año.
H. Los datos
de otras empresas productoras de tuercas son: ATTSA, Nacional de Tornillos,
S.A. de C.V. (Nacional de Tornillos) y
I. Prottsa
presenta una carta proporcionada por
54. Prottsa
presentó lo siguiente:
A. Indicadores
del Mercado Nacional de 2008 de tuercas.
B. Indicadores
de Prottsa de 2008 por valor y volumen.
C. Capacidad
Instalada para la elaboración de la mercancía nacional de 2008.
D. Estado de
costos, ventas y utilidades de la mercancía de octubre de 2007 a septiembre de
2008
y 2008.
E. Costos,
ventas y utilidades unitarias de tuercas de octubre de 2007 a septiembre de
2008 y del
año 2008.
F. Estado de
situación financiera y Estado de resultados de Prottsa de 2008 preliminares.
G. Indicadores
de los principales clientes de Prottsa de 2008.
H. Tipo de
cambio promedio de pesos por dólares de enero de 2008 a marzo de 2009 sin
fuente.
I. Carta de
55. El 6 de
mayo de 2009 Prottsa dio respuesta al requerimiento de información formulado
por
A. La
respuesta al requerimiento considera el periodo investigado el cual comprende
del 1 de octubre de 2007 al 30 de septiembre de 2008.
B. Prottsa
confirma que el producto investigado son tuercas hexagonales y cuadradas de
acero, grado 2, 5, 8 y 2H. Tacsa confirma este argumento al informar que se ha
importado esta tuerca Grado 8, a través del listado de tuercas importadas que
obra en el expediente administrativo.
C. El anexo 5
de la respuesta a este requerimiento contiene estimaciones de precios de
exportación para aquellas tuercas que no formaron parte de la muestra,
considerándose tres casos particulares:
a)
precios estimados de ciertas medidas de tuercas roscadas negras UNC (tuercas
que tienen roscado fino), prorrateando los precios de diámetros mayores
respecto a su peso;
b)
los precios estimados de ciertas medidas de tuercas roscadas negras UNF
(tuercas con roscado estándar), que contienen un porcentaje adicional de 10 por
ciento respecto a los precios efectivamente pagados de tuercas roscadas negras
UNC, toda vez que esa es la práctica de mercado en México respecto a precios
entre estos dos tipos de tuercas y;
c)
los precios estimados de ciertas medidas de tuercas cincadas UNC y UNF que se
componen de un 11 por ciento adicional de los precios efectivamente pagados de
las medidas similares de tuercas roscadas sin acabado o negras.
D. Las
operaciones de importación que sirvieron de base para reportar el precio de
exportación de la mercancía investigada fueron facturadas a nivel FOB y en
algunos casos a nivel CIF (Cost, Insurance & Freight por sus siglas en
inglés), por lo que se realizaron ajustes por concepto de transporte marítimo y
por flete terrestre en territorio chino.
E. Respecto al
país sustituto para la determinación de valor normal existe similitud de los
procesos productivos de tuercas de Brasil y
a)
El Canadian International Trade Tribunal describe en la investigación de
dumping y subsidios sobre las exportaciones de sujetadores originarios de
b)
Se integra evidencia adicional con información que demuestra la presencia de un
productor internacional de maquinaria, el cual está presente en el mercado Brasileño
según lo confirma el principal productor de tuercas en ese mercado, y también
lo está, incluso
F. Datos
observados
G. Respecto a
la similitud de producto chino y brasileño, Prottsa sustituyó la columna
referente a número de cuerdas en razón de que dicha característica accidental
de la tuerca corresponde a un estándar de roscado dimensionado en hilos o
cuerdas por pulgada designado como UNC o UNF. Prottsa considera importante
señalar que el fresado de las roscas UNC o UNF no implican un costo de
fabricación diferente debido a que el tipo de rosca se realiza con un dado que
es fácilmente intercambiable en la máquina forjadora.
H. Prottsa
realizó ajustes para la comparación de los distintos tipos de tuercas de acero
galvanizadas utilizando la diferencia estimada entre los precios de tuercas sin
acabado y tuercas galvanizadas. En ciertas medidas que no fueron reportadas por
el consultor especializado se utilizaron los precios de los tipos de tuercas
inmediatamente superiores en su diámetro, prorrateándose dicho precio en
función de su peso.
I. Prottsa no
dispone de información sobre costos de producción en Brasil, pero conforme a la
información que se adjunta en el estudio de mercado en Brasil relacionada a los
precios de exportación de alambrón en Brasil, los precios de tuerca reportados
por el consultor especializado se ubican por arriba del precio unitario del
alambrón, el cual representa la principal materia prima para la producción de
la mercancía investigada.
J. Prottsa
calculó los márgenes de discriminación individuales, por cada tipo de tuerca
investigada y por fracción arancelaria.
56. Prottsa
presentó lo siguiente:
A. Metodología
precio de exportación y Base de operaciones de importación para integrar muestra
de octubre de 2007 y 27 de septiembre de 2008.
B. Tabla que
contiene los precios de exportación sin ajustar para cada tipo de tuerca de
octubre de 2007 a agosto de 2008.
C. Copia
simple de carta emitida por la empresa Electro Pulidos en la cual se presentan
porcentajes promedio que representan algunos de los costos del proceso de
galvanizado y tropicalizado que se aplican a los productos, del 14 de abril de
2009.
D. Disco
compacto con la base de datos proporcionada por
E. Cotizaciones
de embarque, y mail de tarifa aérea, marítima y terrestre emitidas por Grupo
D.R. Forwarding, S.A. de C.V., realizados a cada una de las referencias de
precio de exportación de conformidad con el nivel comercial del 5 de marzo de
2008 y 3 de abril de 2009.
F. Descripción
del proceso de producción de sujetadores y en particular el relacionado a
tuerca china, cuya fuente es el Canadian International Trade Tribunal del 7 de
enero de 2005, en inglés con traducción parcial al español.
G. Cuadro
comparativo acerca de los procesos de manufactura de tuercas entre China y
Brasil, sin fuente.
H. Impresión
de la maquinaria y tecnología de una empresa china obtenida de la página de
Internet: http://nationalmachinery.com
y www.internationalmachinery.com,
en inglés y su traducción al español, y dos correos electrónicos enviados por
parte de la empresa Ciser a empresa Prottsa del 4 de mayo y 30 de abril
de 2009.
I. Imágenes
obtenidas de un video producido por un fabricante de tuercas de acero en China,
para determinar las diferencias y similitudes de la industria brasileña en el
proceso de producción de tuercas, de las páginas de Internet:
http://www.tradeeasy.com, http://www.sfiec.com,
y http://www.ciser.com.br.
J. Impresión
de la página de Internet: http://cruonline.crugroup.com de febrero de 2009, que
contiene estadísticas del mercado de alambrón de 2007 y 2008.
K. Cuadro
comparativo de precios por tipo de tuerca.
L. Cuadro que
contiene la correlación de tuercas por tipo de cuerda UNC y UNF, medida, grado
de acero, acabado y número de cuerdas.
M. Cuadro que
contiene los precios en el mercado interno
N. Cifras
actualizadas de los precios en el mercado brasileño de tuercas de acero
elaborado por una consultoría
O. Reporte
final
P. Lista de
precios y productos de la empresa brasileña obtenida de una página de Internet
del 17 de marzo de 2008.
Q. Cotización
de un distribuidor de una empresa brasileña
R. Cotización
de precios de una empresa brasileña
S. Precios de
tuercas de Jomarca del 10 de marzo de 2008 obtenida de la página de Internet
http://www.iomarca.com.br.
T. Catálogo de
productos de una empresa del 31 de marzo de 2008 y cotización del 1 de abril de
2008 obtenido de su página de Internet.
U. Copia de
una cotización por concepto de embalaje
V. Margen de
discriminación de precios por descripción
B) Importadores
i. Garsep
57. El 27 de
abril de 2009 Garsep dio respuesta al requerimiento de información formulado
por
A. Señala los
códigos de producto y la descripción de las tuercas que corresponde a cada
código de producto de la empresa, señala cuales de estas mercancías no cumplen
con las especificaciones de la mercancía investigada toda vez que no son
fabricadas por Prottsa.
B. Garsep especifica
cuáles son los códigos de producto que no cumplen con las especificaciones de
la mercancía investigada y que, por lo tanto, si bien se clasifican dentro de
las fracciones 7318.16.03 y 7318.16.04, no deben ser considerados como
mercancía investigada toda vez que no son fabricadas por el Solicitante o bien,
se trata de productos con medidas y características diferentes al investigado.
C. Los precios
sobre ajustes por concepto de fletes marítimo y terrestre corresponden al monto
total del contenedor, por lo que no utilizaron factores de prorrateo para el
flete marítimo y se sumó el valor total de la factura; para gasto aduanal los
ajustes corresponden a los honorarios del agente aduanal, gastos de puerto,
maniobras de descarga y previa revisión de la autoridad; para flete terrestre,
el traslado de la mercancía de la aduana mexicana hasta la bodega de Garsep.
D. La
información de país sustituto no será presentada por lo siguiente:
a)
El artículo 81
b)
Prottsa denunció la existencia de una práctica de discriminación de precios en
las exportaciones de tuercas de acero al carbón de
c)
Garsep presentó sus argumentos y pruebas para demostrar que Brasil no es un
país sustituto que cumpla con los requisitos del artículo 48 del RLCE, para
efecto de ser considerado como país sustituto de China en la presente
investigación;
d)
e)
Prottsa no acreditó la similitud entre los procesos productivos de China y
Brasil, por el contrario, Garsep demostró que con base en la información del
“Index Mundi”, el producto interno bruto per cápita en China es de 5,600
dólares, mientras que en Brasil es de 8,100 dólares, lo que nos permite
concluir que a partir de este indicador China y Brasil no tienen un nivel de
desarrollo equiparable. En relación con la existencia de una vecindad razonable
entre ambos países, es claro que en el presente caso, no se cumple este
importante elemento referido por la autoridad en el caso antidumping de brochas
chinas y tubería de acero de China y Ucrania;
E. En diversas
investigaciones, la propia autoridad ha concluido que por su nivel de
desarrollo económico y por la vecindad con China,
F. El gasto
aduanal y de puerto en Lázaro Cárdenas incluye el derecho a muelle, maniobras
internas
58. Garsep
presentó lo siguiente:
A. Listado de
códigos de producto incluyendo descripción
B. Descripción
de Códigos de producto de Garsep.
C. Catálogo de
las tuercas importadas de la empresa Donghai Fastener Manufacturing, Co., Ltd.
D. Precio de
importación y ajustes de Garsep de tuercas a México de agosto de 2007 a
noviembre
de 2008.
E. Disco
compacto con la información presentada.
59. El 8 de
mayo de 2009 Garsep dio respuesta al requerimiento de información formulado por
A. Para
enumerar a las productoras nacionales de la mercancía similar a la investigada
se manifestó
lo siguiente:
a)
La rama de la producción nacional está integrada por un mayor número de
empresas que hasta el momento no han sido dadas a conocer por
b)
La participación
B. Con
relación a la réplica por parte de Prottsa señaló lo siguiente:
a)
Prottsa no presentó prueba alguna que demostrara que Lammsa, suspendiera sus
operaciones
b)
TTESA continúa ostentándose
c)
Tornillos Spasser cerró operaciones en 2007, argumentando cambio de domicilio
de esta empresa.
d)
ETB comercializa el producto, éste es fabricado por una empresa del mismo grupo
denominada Alambres y Procesados Industriales S.A. de C.V. (APISA).
C. Las
productoras nacionales son:
a)
APM Tornillería S.A. de C.V. (APM) que comercializa y fabrica tornillos y
tuercas de diferentes especificaciones y acabados.
b)
ATTSA se anuncia
c)
Nacional de Tornillos
d)
Tornillos y Tuercas, R.M. S.A. de C.V. (TTRM) se anuncia
e)
Birlos Automotrices Hércules, S.A. de C.V. (BAHSA) se anuncia como fabricante
de birlos y tuercas desde 1977, de capital 100 por ciento mexicano.
f)
g)
La rama de la producción nacional de tuercas de acero al carbón, durante el
periodo investigado, se integra al menos por las empresas: Prottsa, Lammsa,
TTESA, Tornillos Spasser / Tensor, ETB./ APISA, ATTSA, Nacional de Tornillos,
Grupo Spasser, APM, TTRM, BAHSA y BISA.
h)
Existen diversos talleres en México que se dedican a la fabricación de tuercas
de acero al carbón; de esta forma no es posible determinar con precisión el
porcentaje de participación de Prottsa en la producción nacional.
i)
No existe en México una Cámara o Asociación que agremie a los fabricantes de
tuercas de acero al carbón, toda vez que como lo ha demostrado Garsep,
D. No es
posible determinar con precisión la participación de los fabricantes de tuercas
de acero al carbón de 2005 a 2008, toda vez que dicha información no está al
alcance de Garsep.
E. Las razones
por las que Garsep adquirió la mercancía importada consisten en el mal servicio
y las prácticas anticompetitivas efectuadas por los fabricantes nacionales.
Adicionalmente, el producto importado de China cumple con los requerimientos de
calidad solicitados por los clientes. Las importaciones de Garsep de 2008
fueron presentadas anteriormente tanto en papel como electrónicamente por lo
que no las anexó.
F. Garsep
únicamente ha efectuado importaciones
G. Las razones
para excluir las importaciones de tuercas cuadradas de la investigación se debe
a que son productos diferentes que atienden a mercados diferentes. Con base en
la descripción del producto objeto de investigación contenido tanto en la
solicitud de Prottsa como en la resolución de inicio de la investigación, el
producto objeto de investigación son únicamente las tuercas hexagonales. Desde
hace varios años las tuercas cuadradas asisten a un segmento de mercado muy
específico y diferente al de las tuercas hexagonales objeto de investigación
mientras que las tuercas hexagonales se utilizan principalmente en la industria
de la construcción (para fijar elementos constructivos de muebles, ventanas,
puertas y ensambles metálicos sencillos), las tuercas cuadradas son utilizadas
básicamente para la construcción de vías de ferrocarril.
H. Si el
fabricante principal de tuercas cuadradas que es la empresa ATTSA, no
compareció
I. La
información solicitada de 2005 a 2008 del producto investigado por
J. En relación
con que Tornillos Spasser tuvo un problema laboral y malos manejos financieros que
la llevaron al cierre Garsep manifestó que las máquinas con las que contaba
Tornillos Spasser, fueron efectivamente entregadas al sindicato el cual a su
vez las subastó para efecto de liquidar a los trabajadores de la empresa. En la
página de Internet http://www.solunet-infomex.com, esta empresa continúa
fabricando tuercas y tornillos bajo la denominación de Tensor. Esta última
empresa pertenece a los mismos dueños de Tornillos Spasser, tal y como se
muestra en nota periodística adjunta a la respuesta al requerimiento.
K. Para probar
que la maquinaria de Prottsa es obsoleta e insuficiente Garsep ofrece como
medio de prueba la visita de verificación a cargo de esa Secretaría, y con base
en el conocimiento del mercado
de Garsep se trata de maquinaria de hasta 10 años de antigüedad, las máquinas
no operan de manera continua los 30 días del mes por el mal estado de su
maquinaria y los fabricantes chinos cuentan con máquinas para cada tipo y
medida de tuerca.
L. Durante el
periodo investigado Prottsa comercializó su producto en costales de hasta 50
kilogramos; no fue sino hasta fechas recientes que comenzó a vender su
mercancía en cajas. Sin embargo, tal como se muestra en fotografías
presentadas, Prottsa cuenta con serias deficiencias en el empaque, lo que
genera posibles pérdidas y daños severos en el producto.
M. En cuanto a
los volúmenes de venta, el punto central consiste en que para acceder a
descuentos, Prottsa sujeta sus ventas a un mínimo de 10 toneladas y, además,
esta política la aplica discriminadamente entre sus clientes pues no a todos
les otorga descuentos por volumen sino sólo a aquellos con los que guarda una
relación de largo plazo.
N. Presenta
información
60. Garsep
presentó lo siguiente:
A. Impresión
de las páginas de Internet
http://www.apmtornilleria.com/ http://www.cosmos.com.mx/r/c44n.htm, http://www.hidalgotrade.com/iattsa
http://www.conexionindustrial.com http://www.cosmos.com.mx/n/ccbl.htm
http://www.tornillosytuercas.com.mmx http://www.etb.com.mx
http://www.cosmos.com.mx/r/bmlv.htm http://www.thomasglobal.com.mx
http://www.cosmos.com.mx/equ/4wgv.htm todas ellas del 30 de abril de 2009
http://www.birlosh.com
y http://www.cosmos.com.mx/q/bz33.htm del 7 de mayo de 2009, para señalar a los
fabricantes de tuercas.
B. Importaciones
de tuercas investigadas y no investigadas de 2005 a 2007 originarias de China.
C. Nota
periodística del 2 de enero de 2004 titulada “Obreros de Naucalpan en Huelga”
edición 746 obtenida de la página de Internet
http://www.machetearte.com/machetes2/746/doc4.html.
D. Boletín
Laboral del martes 20 de septiembre de 2005, tomo 1 número 7861 referente al
expediente 1614/03 respecto juicio laboral de Jorge Berman Goldberg con
diversas empresas.
E. Boletín
Laboral del martes 10 de agosto de 2004, tomo 1 número 7610 referente al
expediente 568/2004 respecto al juicio laboral de Jorge Berman Goldberg
demandado por Tornillos Spasser.
F. 2
Fotografías del empaque de Prottsa y de Garsep.
G. Relación de
ventas por cliente de 2007 y 2008.
61. El 11 de
junio de 2009 Garsep dio respuesta al requerimiento de información formulado
por
A. La
información y documentos aportados por Garsep se presentan en dos versiones:
pública y confidencial con fundamento en los artículos 80 de
62. Garsep
presentó lo siguiente:
A. Siete
facturas correspondientes a marzo, abril y mayo de 2008.
B. Copia
simple de dos pedimentos de importación de fecha 29 de junio de 2008 y 21 de
abril de 2008, con su documentación anexa.
ii. Gimbel
63. El 29 de abril
de 2009 Gimbel dio respuesta al requerimiento de información formulado por
A. Gimbel no
es importadora habitual
B. La única
importación que realizó de mercancías similares a las tuercas hexagonales de
producción nacional se hizo por error
C. Gimbel no
cuenta con la información solicitada correspondiente al país sustituto, valor
normal, referencias de precios en el mercado del país sustituto, precios de
exportación del país sustituto a un tercer país ni valor reconstruido en el
país sustituto.
D. Las tuercas
hexagonales son una mercancía que no forma parte
E. Gimbel al
preparar esta información se percata de un error en el factor de conversión
reportado en el Anexo 9 de la respuesta al formulario por lo que presenta
corrección al mismo.
64. Gimbel
presentó lo siguiente:
A. Anexo que
contiene la explicación
B. Corrección
al Anexo 9 de la respuesta al formulario oficial.
65. El 18 de mayo de 2009 Gimbel dio respuesta al
requerimiento de información formulado por
A. Gimbel no
comercializa tuercas de acero que son objeto de la presente investigación.
B. Gimbel
efectuó importaciones de tuercas similares a las investigadas pero de origines
diferentes a
C. Las
importaciones se efectuaron de esos orígenes porque la maquinaria o herramienta
es
D. Los
volúmenes importados son muy pequeños, ya que estas mercancías no se
comercializan de forma directa
E. Gimbel se
encuentra imposibilitada para presentar información correspondiente a la
preparación de tuercas, toda vez que,
F. Gimbel es
una empresa dedicada a la comercialización de más de 18,000 productos diversos,
entre los que se encuentran las tuercas, por lo que resultaría incosteable
tener estudios de mercado para determinar la proporción que correspondería
exclusivamente a tuercas de acero objeto de la investigación en el total de las
importaciones que ingresaron al mercado nacional por las fracciones
arancelarias 7318.16.03 y 7318.16.04.
G. Los
clientes a los que se vendieron las tuercas de acero investigadas son
principalmente ferreterías, tlapalerías y tornilleros.
H. Gimbel no
realizó pedidos de compra a empresas productoras nacionales (incluidas
Prottsa), de las tuercas similares a las investigadas ni de tuercas diferentes
a las investigadas, únicamente adquirió mercancías importadas.
I. Prottsa no
fabrica tuercas similares a las importadas por Gimbel, lo que se desprende de
la información que presentó y que se encuentra en el expediente administrativo
(catálogo y descripción de las mercancías), así como de su página de Internet
en la cual se pueden apreciar los modelos de tuercas que fabrica que está
ofreciendo a la venta al público.
66. Gimbel
presentó lo siguiente:
A. Listado de
importaciones de tuercas de acero, negras recubiertas por país de origen por
valor y volumen, de enero de 2005 a diciembre de 2008.
B. Listado de
importaciones de tuercas no investigadas por país de origen por valor y
volumen, de junio de 2005 a septiembre de 2008.
C. Copia
simple de pedimentos de importación con sus correspondientes facturas y demás
documentos de internación al mercado nacional solicitados por
D. Facturas de
venta
E. Ventas de
Gimbel a sus clientes
67. El 11 de
junio de 2009 Gimbel dio respuesta al requerimiento de información formulado
por
A. La
información proporcionada por Gimbel tiene carácter de confidencial de
conformidad con los artículos 80 de
68. Gimbel
presentó lo siguiente:
A. Copia
simple de un pedimento de importación de fecha 9 de junio de 2008, así como su
documentación anexa.
iii. Tacsa
69. El 8 de
mayo de 2009 Tacsa dio respuesta al requerimiento de información formulado por
A. La lista de
códigos de producto de las fracciones arancelarias 7318.16.03 y 7318.16.04 que
no son fabricados en el país se presentó con el folio 0900752
B. Tacsa no
realizó importaciones directas de China, sino que eventualmente adquiere
productos de importación a distribuidores establecidos en los Estados Unidos,
cuyo nombre y detalle de importaciones se desprende de los pedimentos que
fueron presentados.
C. Tacsa se
reserva el derecho de presentar la información solicitada de valor normal y
país sustituto.
70. Tacsa
presentó lo siguiente:
A. Listado de
códigos de producto de las fracciones arancelarias 7318.16.03 y 7318.16.04.
B. Explicación
y uso de los códigos de producto.
C. Catálogo de
tuercas con el precio correspondiente en dólares.
D. Precio de
Importación Anexo 2.A.
E. Cotización
de una empresa aseguradora por transporte marítimo.
71. El 8 de
mayo de 2009 Tacsa dio respuesta al requerimiento de información formulado por
A. En la
actualidad no son fabricados los productos detallados en el Anexo A, no existen
pedidos, órdenes de compra o documento que acredite la intención de compra.
Este es un hecho negativo, de imposible acreditación, la carga de la prueba es
para el Solicitante.
B. Las
partidas arancelarias señaladas por
C. Los
productos que se clasifican en las fracciones arancelarias 7318.16.03 y
7318.16.04 no se producen en México, y no corresponden a las tuercas objeto de
investigación, la distinción de los diversos productos no fabricados en el país
ya ha sido detallada en el formulario oficial para empresas importadoras.
D. Los
productos adquiridos en el extranjero atienden principalmente a la falta de
producción nacional. Los hechos negativos no son susceptibles de probar, por
ello es que Tacsa se encuentra impedida de acreditar que la producción nacional
es inexistente en la mayoría de los casos e insuficiente en otro. Prottsa está
obligado a acreditar que al ser fabricantes de los productos contenidos en las
fracciones arancelarias investigadas se ve afectado por la compra del mismo
producto a precio menor, nexo causal y daño.
E. Tacsa no
importó de
F. Los
pedimentos de importación, con su correspondiente factura y demás documentos de
internación al mercado nacional están extraviados debido a un cambio de
domicilio de Tacsa.
G. Tacsa se
reserva el derecho de formular alegatos.
72. Tacsa
presentó lo siguiente:
A. Lista de
productos que actualmente no son fabricados en el país, de consumo habitual de
las fracciones arancelarias 7318.16.03 y 7318.16.04 de
C) Exportadores
iv. Gem Year
73. El 6 de
mayo de 2009 Gem Year dio respuesta al requerimiento de información formulado
por
A. Beijing
Broad&Bright Law Firm es un consultor que representa a Gem Year.
B. Solicita
una prórroga de 10 días aplazando el vencimiento al 10 de mayo de 2009, toda
vez que el requerimiento de información aludido fue recibido por dicha empresa
el 20 de abril de 2009.
C. La
consistencia
D. Los tipos
de cambio de remimbi a dólares utilizados en el anexo 2.A.
E. En cuanto
al ajuste por crédito, tomaron la tasa de interés para depósitos interbancarios
en el transcurso de 3 meses de Londres como tasa básica, que es de 3,43 por
ciento en el periodo de investigación.
F. Conforme a
G. Respecto a
los salarios se encuentran bajo libre negociación de trabajadores y patrones.
El procedimiento de reclutamiento de Gem Year es el siguiente: en primer lugar,
los jefes de cada departamento elaboran el plan de plantilla de acuerdo con la
necesidad real de su sector, y entregan el esquema de necesidad de empleados al
departamento de personal tras la revisión del gerente general y el vice gerente
general de la empresa. Luego, el departamento de personal inicia el
reclutamiento de empleados según la necesidad y exigencia de la empresa. Los
empleados reclutados deben cumplir el procedimiento de entrega de CV—selección
preliminar—entrevista—segunda entrevista—chequeo físico—firma de
contrato—entrenamiento—periodo de prueba—admisión formal y finalmente, el
gerente del departamento administrativo lo revisa.
H. De acuerdo
con el artículo 25 de la “Ley de Contabilidad”, los artículos 164 y 165 de la
“Ley de Empresa” los documentos contables que Gem Year debe entregar a la
autoridad son: informes de finanzas externas (sic) (incluidos el balance de
activos, estado de pérdidas y ganancias, cuadro suplementario, balance
financiero e informe de auditoría), los cuales se entregan principalmente al
Buró de Industria y Comercio,
I.
74. Gem Year
presentó lo siguiente:
A. Ajustes al
valor normal.
B. Facturas de
las transacciones de exportación.
C. Tipo de
cambio
D. Metodología
para los ajustes
E. Tipos de
crédito de los costos de las ventas de exportación de octubre de 2007 a
septiembre de 2008.
F. Cálculo de
los ajustes de las ventas de exportación.
G. Intereses
por concepto de deuda de corto plazo de marzo de 2007 a noviembre de 2009.
H. Tasa de
cambio de divisas de Malasia a dólares de Estados Unidos.
I. Prueba de
impuestos sobre las ventas y derecho de importación Malasia.
J. Anexo 7,
Las facturas de ventas interiores en Malasia.
K. Las
facturas de ventas interiores en
L. La
presentación
M. Tipos de
crédito de los costos de las ventas al interior, de octubre de 2007 a
septiembre de 2008.
N. Cálculo del
concepto de ajustes de las ventas al interior.
O. El costo de
producción de ventas de exportación y el costo de producción de ventas al
interior de 2007 a 2008.
75. El 8 de
julio de 2009 Gem Year dio respuesta al requerimiento de información formulado
por
A. En relación
con el escrito del 6 de mayo de 2009, folio número 742. El sello del Consultor
Beijing Broad&Bright Law Form es equivalente a la firma de Yuan Changchun,
y compareció a nombre de Gem-Year Industrial, Co., Ltd, debido a que este
consultor ha logrado la autorización de la citada empresa.
B. En relación
con el escrito
Otras comparecencias
76. El 22 y 23
de abril de 2009 Clavos Nacionales de México S.A. de C.V. (Clavos Nacionales)
compareció para acreditar su existencia legal y la personalidad de su
representante legal, sin embargo no presentó respuesta al formulario oficial.
CONSIDERANDOS
Competencia
77.
Legitimación
78.
Legislación aplicable
79. Para
efectos de este procedimiento son aplicables el Acuerdo General Sobre Aranceles
Aduaneros y Comercio de 1994,
Protección de la información confidencial
80.
Información desestimada
81. En el
periodo comprendido del 8 de mayo al 24 de julio de 2009 se presentaron 9
respuestas extemporáneas a requerimientos de información formulados a TACSA y a
distintas empresas no parte, a las que se requirió copias de pedimentos de
importación del producto objeto de investigación.
Otras comparecencias
82. El 16 de
julio de 2009 Prottsa presentó comentarios en relación a la respuesta del
requerimiento de información de Garsep del 8 de mayo de 2009, dichos
comentarios serán tomados en cuenta para la etapa siguiente del presente
procedimiento, toda vez que fueron presentados fuera del periodo probatorio
correspondiente.
Respuesta a argumentos
de las partes interesadas
Similitud del producto en términos de lo dispuesto en los artículos 2.6
del Acuerdo Antidumping y 37 del RLCE.
83. Para
evaluar la similitud entre el producto objeto de la solicitud y el de
fabricación nacional,
84. Garsep
cuestionó el análisis de las muestras que
85. Prottsa
manifestó contar con un laboratorio para analizar toda clase de sujeciones
mecánicas, acreditado por el “National Institute of Standars and Technology”
que depende del Departamento de Comercio en Estados Unidos, lo que brinda mayor
objetividad al reporte que presentó. Señaló que, hasta cierto punto, la
distancia entre las aristas de la tuerca no afectaba la similitud y
funcionalidad de los productos: de hecho, la norma ANSI B18.2.2 relativa a
“Tuercas Hexagonales y Cuadradas” prevé un rango de tolerancia en las
dimensiones de la distancia entre las aristas (parámetros mínimos y máximos).
Tanto las tuercas chinas como las nacionales se encuentran en este rango.
86. De acuerdo con lo señalado en el punto 19 de
la presente resolución,
a. catálogos de las tuercas de fabricación nacional y de productos chinos;
b. muestras físicas de mercancías de ambos orígenes, en dimensiones de ¼, ½, ⅝, ¾ y ⅞ pulgadas de diámetro de la perforación (con rosca interior);
c. la descripción de las tuercas chinas objeto de investigación (excluye las “especialidades” que se abordan posteriormente) en las facturas y pedimentos de importación, que coincide con la de las facturas del producto nacional, en grado de acero, dureza y diámetros de la perforación; y que cumplen con las características señaladas en los puntos 5 y 6 de la presente resolución;
d. El análisis de muestras de tuercas propias y de mercancías chinas que confirma las semejanzas entre unas y otras mercancías; además las importadoras comparecientes también han considerado las mercancías investigadas similares a las de fabricación nacional.
Legitimación de
87. Garsep
manifestó que
88. Conforme a
lo previsto en el artículo 40 de
89. De acuerdo
con la información que obra en el expediente administrativo y de la información
que se allegó en el desahogo del presente procedimiento,
90.
Análisis de discriminación de precios
91.
92. Gimbel,
Garsep y TACSA dieron respuesta al formulario oficial para empresas
importadoras y al requerimiento de información adicional que
93. Prottsa
proporcionó la información que
94.
Precio de
exportación
A) Argumentos de la producción
nacional: Prottsa
95. En esta
etapa de la investigación
96.
97. Una vez
seleccionadas las operaciones
98.
A. Estimó
precios para “ciertas” medidas de tuercas roscadas negras UNC para las cuales
prorrateó los precios de las de mayor diámetro, en relación con su peso.
B. Estimó los
precios de 28 medidas de tuercas roscadas negras UNF a partir de los precios de
las medidas similares de tuercas roscadas negras UNC, a los que agregó un 10 por ciento. Afirma que los precios de las
tuercas UNF son superiores en ese porcentaje a los de las tuercas UNC, puesto
que ésa es la diferencia que existe entre unas y otras en el mercado mexicano
derivada del tipo de roscado. Sin
embargo, no presentó pruebas que acrediten que esta diferencia en precios fuera
la misma en los precios de exportación a México de las tuercas de origen chino,
por lo que
C. Estimó los precios de 20 medidas
de tuercas zincadas UNC y UNF, a partir de los precios de las medidas similares
de tuercas negras a los que agregó un 11 por ciento. Estimó este porcentaje con
base en el porcentaje que representa el proceso de galvanizado en el costo de
producción total de una tuerca, de acuerdo con información de una empresa
mexicana dedicada a realizar este proceso. Sin embargo, no presentó pruebas que
sustenten esa afirmación y no acreditó que este porcentaje fuera el mismo en el
costo de producción en China, por lo que
99.
100.
B) Argumentos
de las importadoras
i. Garsep
101. Garsep declaró haber adquirido el producto
investigado de proveedores chinos y haberlo importado durante el periodo de
investigación. Manifestó que no tiene subsidiarias ni empresas vinculadas.
102. Presentó un listado de los productos que
importó en el periodo de investigación, un cuadro con las importaciones totales
por proveedor extranjero, un listado de los códigos de producto con las
especificaciones técnicas de cada tipo de tuerca y copia de los catálogos de
las tuercas importadas de China.
103. Proporcionó una lista de las operaciones de
importación
104. Propone ajustar el precio de cada factura por
flete marítimo
105. En su respuesta al formulario oficial, Garsep
presentó un “Escrito de información, argumentos y pruebas relacionados con el
inicio de la investigación antidumping…”. En la parte correspondiente al
Apartado II, “Aspectos Jurídicos y Económicos del Análisis de Discriminación de
Precios”, argumentó que una muestra de 3.72 por ciento del volumen total
exportado en el periodo investigado no es representativa para efectos de
obtener el precio de exportación, como lo requieren los criterios estadísticos
generalmente aceptados. Se debe incluir una muestra “representativa” de las
operaciones efectuadas en cada uno de los meses que comprenden el periodo
investigado, particularmente en los meses de inicio y cierre.
106.
ii. Gimbel
107. Gimbel
manifestó ser una comercializadora de diversos productos, incluidas las tuercas
de acero de
108. Proporcionó el precio de importación de la
mercancía investigada (correspondiente a los cuatro códigos de producto
mencionados) conforme a la información requerida en el formulario oficial. Por
tratarse de operaciones a nivel FOB Shanghai, no presentó ajustes. Acompañó
copia de los pedimentos de importación respectivos.
iii. Tacsa
109. Tacsa declaró ser únicamente una
distribuidora, que adquiere el producto investigado de Prottsa y de proveedores
extranjeros ubicados principalmente en Estados Unidos. Manifestó que no importa
directamente de China y declara también no estar vinculada con exportadores
chinos.
110. Presentó un listado de las importaciones que
realizó durante el período investigado, por código de producto, que también
contiene las especificaciones técnicas de cada uno de los tipos de tuerca.
También presentó copia de los catálogos de las tuercas importadas y un listado
de los tipos de tuerca que no se fabrican en el país.
111. Proporcionó el precio de importación de todas
las operaciones de importación que realizó durante el periodo de investigación.
Acompañó copia de los pedimentos de importación y la documentación anexa
correspondiente, incluidas las facturas de venta de la empresa exportadora y
las facturas de gastos aduanales. No presentó ajustes al precio de importación.
C) Cálculo
de
i. Metodología
112. De conformidad con el artículo 82 de
A. En el listado de pedimentos de importación correspondientes a las
fracciones arancelarias 7318.16.03 y 7318.16.04, obtenido del Sistema de
Información Comercial de México (SIC-MEX o SIC-M),
B. Eliminó las siguientes:
a. aquéllas que registran un volumen o valor de cero;
b. aquéllas en las que no se registra la aduana específica de internación;
c. las de aquellas empresas identificadas por
d. las importaciones temporales de la industria automotriz;
e. las que corresponden a extracciones de depósito fiscal para la industria automotriz;
f. aquéllas que, en el campo de empresa, los pedimentos registran el concepto de “empresa no catalogada”; y
g. las que no están fechadas.
C.
D. A partir de listado de operaciones depurado,
a. intervalo de confianza del 95 por ciento;
b. valor de la proporción de la población en estudio de 0.5 por ciento;
c. nivel de precisión de 5 por ciento; y
d. error de muestreo de 5 por ciento.
E. Se obtuvo una muestra de 250 pedimentos de importación, que fueron distribuidos en dos grupos de manera proporcional, de acuerdo con el volumen de las importaciones de tuercas investigadas (grupo 1) y las que son del sector automotriz (grupo2) en el volumen de la población total. De esta forma se determinó, el número de pedimentos que debían seleccionarse de cada grupo. En el volumen de la población total, las importaciones del grupo 1 representaron el 99 por ciento, y las del grupo 2, el 1 por ciento. De los 250 pedimentos, 247 corresponden al grupo 1 y 3, al grupo 2.
F. Los pedimentos de cada grupo fueron seleccionados de forma aleatoria, es decir, al azar, (con el apoyo de números aleatorios generados por el programa Excel) para que tuvieran la misma probabilidad de ser elegidos, y sin reemplazo, para eliminar la posibilidad de que pudieran repetirse. Por lo tanto, los resultados de la muestra aportan datos con representatividad estadística de los volúmenes de importación, precios y tipos de producto durante el periodo investigado para las tuercas investigadas y las utilizadas en la industria automotriz.
G. Los 250 pedimentos, contienen 356 operaciones de importación de 178 empresas, las cuales ingresaron por 22 aduanas del país.
H. De conformidad con el artículo 55 de
ii. Cálculo
113.
114. De
conformidad con el artículo 40 del RLCE,
iii. Ajustes
115. De
conformidad con el artículo 54
a. CIF, DAF y DDP: por flete interno, flete y seguro externos;
b. CFR: por flete interno y externo;
c. FOB: por flete interno; y
d. EXW: no se ajustó.
116.
a. El flete interno se obtuvo de la cotización
de una empresa transportista que
b. El flete y seguro externos en dólares por kilogramo se obtuvieron de los documentos anexos a los pedimentos de importación que reportan el costo por flete y seguro marítimos del puerto de Shanghai al puerto de Manzanillo.
c. Para calcular el monto del ajuste por
flete y seguro externos, en dólares por kilogramo,
D) Empresas exportadoras
comparecientes
i. Gem Year
117.
118.
(3 tipos de tuercas).
119. De los 33
tipos de tuercas, 22 corresponden a tuercas no investigadas de los siguientes
tipos: grado A (16 tipos de tuercas), grado 2 con diámetro mayor a 1 1/2"
(3 tipos de tuercas) y grado 2 zincado con diámetro mayor a 1 1/2" (3
tipos de tuerca), que corresponden a 48 operaciones de exportación.
120. Las
tuercas investigadas se refieren a los siguientes 11 tipos: grado 2 negro con
diámetros de 1/4", 5/16”, 3/8”, 1/2", 9/16” y 5/8” (6 tipos de
tuercas), grado 2 galvanizada con diámetros de 3/8”, 1/2", 5/8” y
3/4" (4 tipos de tuercas) y grado 2 zincado con diámetro de 1/4” (1 tipo
de tuerca), que corresponden a 25 operaciones de exportación.
121. Para el
cálculo del precio de exportación
Ajustes
122. Los
precios son a nivel FOB puerto de
123. La
empresa proporcionó la metodología
124. En cuanto
a los gastos por manejo de mercancía, flete interno y seguro interno la empresa
proporcionó el “programa del costo de venta” que contiene las cifras
consolidadas de la empresa por los conceptos de transporte, seguro, inspección,
documentación y fumigación para los años de 2007 y 2008. En esta etapa de la
investigación no fue posible corroborar que los gastos por manejo, flete y,
seguro corresponden a gastos internos en China, ni calcular el costo por estos
conceptos porque los datos reportados corresponden a cifras anuales de esos
ejercicios y no para el periodo de investigación (octubre 2007 – septiembre
2008); además de que no se puede comprobar si las cuentas contables por manejo
de mercancía, flete interno y seguro interno reflejadas en dicho “programa del
costo de venta” se refieren a todos los productos de la empresa o son
exclusivos del producto investigado.
125. Para el
ajuste por crédito, la empresa señaló que utilizó la tasa media de interés
calculada con las tasas mensuales LIBOR con vencimiento a tres meses
126. De
acuerdo con el artículo 40 del RLCE,
ii. SPM
127. Para el
cálculo del precio de exportación, a partir de la información que la empresa
proporcionó,
128. SPM
proporcionó un listado de las operaciones de venta a México donde se presentan
187 tipos de tuercas de acero al carbón que corresponden a 663 operaciones de
exportación reportadas.
129. Para
identificar el producto investigado de acuerdo con el tipo de tuerca, el grado
de acero, el diámetro y el roscado,
130. Se
identificaron 54 tipos de tuercas investigadas que corresponden a 145
operaciones de exportación de las siguientes medidas: grado 5 negra UNC con
diámetros de 1/4", 5/16”, 3/8”, 7/16”, 1/2", 5/8", 3/4”, 7/8”,
1”, 1 1/8”, 1 1/4", 1 3/8” y 1 1/2" (13 tipos de tuercas); grado 5
negra UNF con diámetros de 1/4", 5/16”, 3/8”, 7/16”, 1/2", 9/16”,
5/8", 3/4”, 7/8”, y 1 1/4" (10 tipos de tuercas); grado 5 zincada UNC
con diámetros de 1/4", 5/16”, 3/8”, 1/2", 5/8" y 3/4” (6 tipos
de tuercas); grado 8 negra UNC con diámetros de 3/8”, 7/8”, 7/16”, 1/2",
5/8”, 3/4" y 1” (7 tipos de tuercas); grado 8 negra UNF con diámetros de
5/8”, 3/4", 7/8” y 1” (4 tipos de tuercas); grado 2H negra con diámetros
de 1/2", 5/8", 3/4”, 7/8”, 1”, 1 1/8”, 1 1/4", 1 3/8” y 1
1/2" (9 tipos de tuercas); y grado 2H con diámetros de 1/2", 3/4”,
7/8”, 1 1/4" y 1 1/2" (5 tipos de tuercas).
131. Se
eliminaron 39 tipos de tuercas de producto no investigado que corresponden a
102 operaciones de las siguientes medidas: grado 2 con diámetro de 1 3/4"
(2 tipos de tuercas); grado 5 negra UNC con diámetros de 1 3/4", 2" y
2 1/2” (3 tipos de tuercas); grado 2H con diámetros de 1 3/4", 2 1/2"
y 2 1/4" (3 tipos de tuercas); grado 2H negras con diámetros de 1
3/4", 1 5/8”, 1 7/8", 2”, 2 1/4” y 2 1/2" (6 tipos de tuercas),
así como 26 tipos a los que no se les identificó el grado.
132. Se
excluyeron 66 tipos de tuercas investigadas que corresponden a 416 operaciones,
de los cuales para 29 tipos de tuercas correspondientes a 51 operaciones, no
fue posible identificar el acabado o la descripción del producto de las
siguientes medidas: grado 2 UNC con diámetros de 1/4”, 5/16”, 3/8”, 7/16”,
1/2”, 9/16”, 3/4”, 7/8”, 1”, 1 1/4” y 1 1/2” (11 tipos de tuercas); grado 2 UNC
zincada con diámetros de 1/4”, 5/16”, 3/8”, 7/16”, 1/2”, 5/8 y 3/4” (7 tipos de
tuercas); grado 2 UNC galvanizada con diámetros de 3/8” y 1/2” (2 tipos de
tuercas); grado 5 UNC con diámetros de 1/4”, 7/16”, 1”, (3 tipos de tuercas);
grado 5 UNF con diámetros de 5/8” y 1” (2 tipos de tuercas); grado 2H UNC con
diámetros de 1/2”, 5/8”, 3/4” y 7/8” (4 tipos de tuercas). Para 37 tipos de
tuercas no se identificó el grado y correspondieron a 365 operaciones.
Ajustes.
133. La
empresa reportó sus precios a nivel CIF puerto de Manzanillo y FOB puerto de
Shanghai, por lo que propuso ajustar el precio de exportación por embalaje,
crédito, comisiones, manejo, flete externo, seguro externo y flete interno. Sin
embargo, no proporcionó el soporte documental de las operaciones de exportación
a México ni de la metodología para el cálculo de cada uno de los ajustes, de
modo que
134. De
conformidad con el artículo 40 del RLCE,
por seguro externo de acuerdo con la información anexa a los pedimentos de
importación recibidos por
iii. Chun Yu Works
135. Chun Yu
Works manifestó ser una empresa comercializadora ubicada en Estados Unidos,
subsidiaria de Chun Yu Works Taiwán, que exportó a México a su distribuidor
vinculado, Chun Yu Works México, 59 tipos de tuercas del producto investigado
que corresponden a 210 operaciones, de las siguientes medidas: grado 2H negra
(a-194) con diámetros de 1/2", 5/8”, 3/4”, 7/82” y 1” (5 tipos de
tuercas); grado 2 UNC sin acabado con diámetros de 1/4", 5/16”, 3/8”,
7/16”, 1/2", 9/16”, 3/4", 1”, 1 1/8”, 1 1/4", 1 1/2",
3/16”, 5/8” y 7/8” (14 tipos de tuercas); grado 2 UNC galvanizada con diámetros
de 1/4", 5/16”, 3/8”, 7/16”, 1/2", 5/8”, 3/4", 7/8” y 1”
(9 tipos de tuercas); grado 2 UNF sin acabado con diámetros de 1/4",
5/16”, 3/8”, 7/16”, 5/8”, 3/4", 7/8” y 1”
(8 tipos de tuercas); grado 5 UNC negro con diámetros de 1/4", 5/16”,
3/8”, 1/2", 5/8”, 7/16”, 9/16”, 3/4", 7/8”, 1”, 1 1/8”, 1 1/4" y
1 1/2" (13 tipos de tuercas); y grado 5 UNF negro con diámetros de
1/4", 5/16”, 3/8”, 7/16”, 1/2", 9/16”, 5/8”, 3/4", 7/8” y 1” (10
tipos de tuercas).
136. La
empresa señaló que el producto investigado se fabrica en Zhejiang, China y se
envía al puerto de Shanghai desde donde se embarca a los puertos de Manzanillo
o Ensenada para enviarlo directamente al cliente o a las bodegas de Chun Yu
Works México ubicadas en Querétaro y Baja California.
137. Para el
cálculo del precio de exportación, la empresa presentó las ventas de
exportación a su empresa relacionada Chun Yu Works México durante el periodo de
investigación. Manifestó que no existen ajustes al precio de exportación porque
los precios están a nivel FOB Shanghai. Presentó como soporte copia de las
facturas de las operaciones de venta a México a su empresa relacionada.
138. Como
realizó todas sus ventas durante el periodo de investigación a su empresa
relacionada, presentó información de las ventas de Chun Yu Works México al
primer cliente no relacionado, con sus ajustes correspondientes, para efectos
de reconstruir del precio de exportación. Los ajustes son por los siguientes
conceptos: gastos por garantías, asistencia técnica y servicios post-venta,
comisiones, manejo de mercancía, flete y seguro en ventas al cliente no
relacionado, gastos de representación, gastos generales, gastos financieros,
utilidad, flete y seguro de la aduana al importador, gastos aduanales, flete
marítimo, impuesto ad-valorem y derecho por trámite aduanero.
139. La
empresa proporcionó los montos y porcentajes para cada uno de los ajustes
señalados, pero no entregó el soporte documental ni la metodología del cálculo
que permitiera a
140. De tal
forma, en esta etapa de la investigación
Determinación del valor normal
141. El
artículo 33 de
142. En el
caso específico de China, su Protocolo de Adhesión a
A) Argumentos de las
exportadoras
143. Las
exportadoras propusieron calcular el valor normal de acuerdo con metodologías
aplicables a economías de mercado: Gem Year propuso calcularlo con base en los
precios internos de China ajustados por los conceptos de embalaje, crédito,
flete y seguro internos, entre otros. SPM declaró que es una empresa
comercializadora ubicada en Shanghai, que no fabrica el producto investigado ni
tiene la capacidad de producirlo. Añadió que no realiza ventas internas en
China, por lo que propuso calcular el valor normal con base en sus precios de
exportación a Brasil y Estados Unidos. Chun Yu Works propuso calcularlo con
base en sus precios de exportación a Estados Unidos.
144. SPM
afirma que China ya no es una economía centralmente planificada, pero no
sustenta su aseveración. Añade que es una empresa que funciona totalmente en el
modelo de economía de mercado, y precisa que el gobierno chino no detenta
acciones de la empresa y no interviene en su administración ni en su operación.
Tampoco presentó información ni pruebas para sustentarlo, pese a que
145. Gem Year
también afirma que opera en condiciones de economía de mercado, sobre la base
de los siguientes criterios que contempla el artículo 48 del RLCE:
A. Que la moneda del país extranjero investigado sea convertible de manera generalizada en los mercados internacionales de divisas.
La empresa declara que:
…conforme a
B. Que los salarios de ese país extranjero se establezcan mediante libre negociación entre trabajadores y patrones.
Indica que:
… la aplicación de las
leyes laborales en nuestra empresa: De acuerdo con los artículos XVI, XXXII,
XLVIII y L de
146. Además,
menciona que la empresa paga a los trabajadores en efectivo los salarios, con
salarios básicos, subsidios de puesto, sueldos de horas extras, subsidio de
cargas, etc., incluidos. También ofrecen una lista de los salarios a los
trabajadores y la forma de pago del salario se realiza por transferencias
bancarias a los trabajadores, con un plazo de pago de 30 días, y paga los
salarios los días 15 de cada mes.
147. Para la
selección de personal, en primer lugar los jefes de cada departamento elaboran
un plan de plantilla de acuerdo con la necesidad real de su sector, y entregan
el esquema de necesidades de empleados al departamento de personal, tras la
revisión del gerente general y el vice gerente general de la empresa. Luego, el
departamento de personal inicia el reclutamiento de empleados según las
necesidades y exigencias de la empresa. Los empleados reclutados deben cumplir
con el siguiente procedimiento: entrega de cv, selección preliminar, 2
entrevistas, examen físico, firma de contrato, entrenamiento y periodo de
prueba, finalmente el gerente del departamento administrativo revisa los
documentos entregados y los resultados de cada etapa del procedimiento para
llegar a la admisión formal.
“Las formas de despido
de los empleados son:
1. Cuando expira el
contrato, el empleado avisa su salida de forma escrita al departamento de
personal. 2. El empleado sale de su puesto automáticamente o viola los
reglamentos de la empresa antes de la expiración del contrato y la empresa
termina el contrato por sí sola.
El despido del empleado
corriente debe ser revisado por el gerente del departamento administrativo y el
jefe de su propio departamento, mientras la de los empleados importantes
técnicos, deben recibir la aceptación del vice gerente general o alguien
superior de la empresa.”
A. Que las decisiones del sector o industria investigada sobre precios costos y abastecimiento de insumos, incluidas las materias primas, tecnología, producción, ventas e inversión se adopten en respuesta a las señales del mercado y sin interferencia significativa del Estado.
De conformidad con el
artículo 8 de
Sobre la producción de
las materias primas y otros componentes de productos investigados:
Las materias primas y
otros componentes que nuestra empresa utiliza para producir los productos
investigados se determinan de acuerdo con los requisitos del mercado y el
estado productivo de la empresa. Se regula la comercialización a través del
contrato. En general se compran materias primas dentro del país mientras que en
[sic.] algunas veces las importan de Corea, Japón o Taiwán.
Los materiales
principales que nuestra empresa necesita es acero [sic]. Lo compramos dentro
del país o fuera del país mediante contrato de pedidos.
La cotización de
productos de nuestra empresa se determina según el estado del mercado y el
costo de los productos y no se limita por cualquier gobierno y organismo. La
cotización de productos exportados de nuestra empresa se determina según el
estado del mercado externo y el costo de los productos y no se limita por
cualquier gobierno y [sic.] organismo.
La distribución de los
beneficios y la repatriación de capitales investigados están sometidas a la
decisión del Consejo Administrativo de la empresa, de acuerdo con la situación
de desarrollo y el interés de los accionistas. No se limitan por cualquier
gobierno y [sic.] organismo. Hay documentos de conferencia del Consejo
Administrativo.
B. Que la industria investigada posea exclusivamente un juego de libros de registro contable que se utilizan para todos los efectos y que son auditados conforme a los criterios de contabilidad generalmente aceptados.
Las situaciones de
aplicar los principios y leyes de contabilidad de nuestra empresa: Tratamos las
cuentas observando completamente
Los documentos y
registros originales de contabilidad de nuestra empresa están anotados por
escrito y son guardados en el sistema financiero de Software. Con respecto a la
guardar [sic.] del certificado financiero y registros auditados la duración es
de más de 10 años. En cuanto a los contratos importantes, estatuto de empresa,
resolución del Consejo Administrativo, datos para la entrada en el mercado y la
transacción de equidad, deben ser administrados por el departamento de valores,
cuya validez por lo general es de más de 10 años.
C. Que los costos de producción y situación financiera del sector investigado no sufren distorsiones en relación con la depreciación de activos, deudas incobrables, comercio de trueque y pagos de compensación de deudas.
El periodo fiscal de
nuestra empresa es de 1 de enero hasta el 31 de diciembre de calendario solar.
De acuerdo al artículo
25 de
Dentro de los 5 años
pasados, nuestra empresa no ha realizado ningún comercio compensatorio ni
Comercio de contracompra [sic.].
148. De
acuerdo con el numeral 15(a) del Protocolo de Adhesión, para que puedan
utilizarse los precios o costos en China, los productores sometidos a
investigación deben demostrar claramente que en la rama de producción que
produce el producto similar prevalecen las condiciones de una economía de
mercado en lo que respecta a la manufactura, la producción y la venta de tal
producto. En este caso, las exportadoras hacen una serie de afirmaciones sobre
las condiciones que, según ellas, privan en China y sobre cómo operan en ese
país, pero no presentan sustento alguno. No demuestran que en la rama de
producción respectiva prevalecen condiciones de una economía de mercado. En
consecuencia,
B) Argumentos de las
importadoras
i. Garsep
149. Garsep en
el escrito que se menciona en el punto 105 de la presente Resolución cuestionó
de manera vaga la selección de Brasil como país sustituto. Alega que
150. Garsep en
su escrito que se menciona en el punto 105 presenta argumentos y pruebas
relacionadas con el inicio de la investigación. Señala con relación al cálculo
del valor normal que las facturas comerciales que presentó
151. En el
mismo escrito Garsep argumentó que
152. Garsep
señala que el ajuste por diferencias físicas a las tuercas de acero zincadas
que aplica
153. Como se
describe en el punto 80 de la resolución de inicio de la investigación,
C) Otras sugerencias de país
sustituto
154. Aunque
Gem Year sostuvo que
de exportación con respecto a la producción mundial, disponibilidad del
principal insumo, condiciones de economía de mercado, si el país o países
propuestos están siendo investigados por países miembros de
D) Argumentos adicionales de la
producción nacional
155.
156. Proporcionó
los volúmenes de producción y exportación de tuercas de Brasil para 2008, de
acuerdo con información contenida en el mencionado estudio de mercado elaborado
por Setepla Tecnometal. Declaró que no dispone de información sobre el mercado
mundial de tuercas, por lo que presentó los precios de exportación del alambrón
de Brasil, que es el principal insumo en la producción de tuercas, y los
volúmenes de producción de alambrón en Brasil publicados en el CRU Monitor para
el periodo investigado.
157. En su
escrito de réplica a la comparecencia de Garsep, Prottsa manifestó lo siguiente
respecto a los criterios de selección de Brasil como país de economía de
mercado sustituto de China:
a. Nivel de desarrollo comparable. Argumentó que Brasil ha sido definido por consultores internacionales como parte del grupo de países denominados “BRIC” por las siglas de Brasil, Rusia, India y China, que tienen un nivel de desarrollo comprable. Presentó como prueba documental un cuadro obtenido de la página de Internet del Banco Mundial con los indicadores económicos para Brasil y China respecto a:
i. producto
interno bruto per cápita en dólares y producto interno bruto en miles de
millones de dólares para 2007,
ii. deuda
externa total como proporción del producto interno bruto de 2006,
iii. población
en millones de habitantes y crecimiento de la población de 2007.
b. Similitud de procesos de producción. Argumentó que Brasil y China tienen procesos productivos similares, que se basan en el uso de maquinaria de formado de tuercas, y se abastecen incluso de los mismos proveedores. No presentó pruebas documentales adicionales a este argumento en su escrito de réplica.
c. Datos de producción siderúrgica y porcentaje de exportación. Argumentó que Brasil tiene una producción siderúrgica de escala importante y exporta el producto investigado. Presentó como prueba documental un cuadro con producción mensual de acero crudo elaborado con información del World Steel Association 2008 e impresiones de Internet de exportaciones e importaciones del mineral zinc para el periodo 2001-2005 del International Trade Center.
d. Disponibilidad del principal insumo. Argumentó que Brasil y China tienen amplia disponibilidad de alambrón de acero, principal insumo para la fabricación del producto investigado. Presentó los reportes “Más allá del Auge - La perspectiva para el acero global”, que contiene un cuadro de consumo de acero y PIB per cápita de 2004 elaborado por The Boston Consulting Group, y “Consumo aparente per cápita de Acero Crudo” publicado en el Steel Statistical Year Book 2008, International Iron and Steel Institute.
e. Respecto a que en el sector del producto
investigado prevalezcan condiciones de economía de mercado (no interferencia
gubernamental en determinación de los precios, ausencia
de subsidios, controles de precios, propiedad del estado en empresas),
argumentó que Brasil es una “economía de mercado” en el sector siderúrgico,
mismo que está libre de injerencia gubernamental desde su reprivatización, no
impone controles de precios, ni de importaciones o exportaciones, ni subsidia a
su industria. Explica que no es el caso de otros países como
i. reporte
denominado “
ii. reporte anual 2007-2008 publicado por
el Ministerio de Acero de
iii. la
política nacional de acero de 2005 en
iv. impresiones de Internet denominadas
“Las exportaciones de acero laminadas de
v. reporte
que involucra a
vi. reporte sobre la política minera en
vii. cuadro
de las investigaciones antidumping y de subsidios de Estados Unidos contra de
productos siderúrgicos de
f. Ausencia de investigación o medidas sobre subvenciones o dumping. Argumentó que Brasil no está siendo investigado ni acusado por comercio desleal en sus exportaciones de tuercas. En su escrito de réplica no presentó pruebas de este argumento.
g. Otros factores relevantes. Argumentó que las condiciones de competencia en el mercado interno de Brasil están influidas por las masivas importaciones de producto investigado de origen chino, lo que asegura que sus precios internos, como base de valor normal, enfrenten una vigorosa competencia, precisamente del producto materia objeto de esta investigación y no sufren distorsiones derivadas de una condición “mercado cerrado”. No presentó pruebas documentales de este argumento.
158.
159. La
información que
160.
161. La
información que
La empresa presentó información de Brasil. Sin embargo, no es suficiente para
la comparabilidad entre ambos países respecto a estas variables, porque no se
cuenta con la información de China.
162. En lo que
respecta al criterio de disponibilidad del principal insumo, la información
presentada por
163. Finalmente,
las pruebas que
164. De
acuerdo con lo descrito en los puntos 155 al 163 de esta Resolución, en esta
etapa de la investigación
165. En el
inicio de la investigación
E) Valor normal
166.
167. Para las
tuercas de las que no tuvo información,
168.
169.
170. De
acuerdo a lo descrito en el punto anterior de esta Resolución,
F) Ajustes
171.
172. También
propuso ajustar los precios por concepto de recubrimiento y roscado, para
hacerlos comparables con los precios de exportación del producto investigado.
Para el cálculo del ajuste por recubrimiento, utilizó la diferencia estimada
entre los precios de tuercas sin acabado y tuercas galvanizadas que reporta el
consultor especializado en el estudio de mercado a que se refiere el punto 166
de esta Resolución. Para el cálculo del ajuste por roscado, la empresa propuso
calcular el monto del ajuste con base en la diferencia entre los precios de las
tuercas con roscado estándar (UNF) y las que tienen roscado fino (UNC), de
acuerdo con información del mismo estudio de mercado.
173.
Margen de discriminación de precios
174. Por las
razones expuestas en los puntos 164 y 165 y 170 al 173 de esta Resolución,
Análisis del mercado
internacional
175. Desde la
solicitud de investigación Prottsa explicó que no se dispone de información
específica de la mercancía objeto de investigación en el mercado internacional.
Sin embargo, con base en el artículo
“The Present Fastener Market Around the World”, cuya fuente es la página de
Internet www.chinafastener.com, que
correspondería a la gama de productos más restringida que incluye las tuercas
de acero objeto de investigación (productos denominados “sujetadores” de
acero), identificó entre los principales productores de la mercancía investigada
a China, Taiwán, Italia, Alemania y Brasil. Estos países (excepto Italia) y
Estados Unidos figuran también como exportadores. Como países consumidores e
importadores destacó a México, Estados Unidos y Canadá.
176. Gem Year identificó a China, Vietnam, India y
Malasia como países productores y exportadores de la mercancía objeto de
análisis, y como importadores destacados a Estados Unidos y Japón. Chun Yu
Works añade a Taiwán y Tailandia como productores; y a
Mercado nacional
A) Producción nacional
177. Conforme
a lo establecido en los artículos 40 y 50 de
178. En la
solicitud de la investigación, Prottsa estimó que produce más del 80 por ciento
de la producción nacional de tuercas de acero. El resto lo fabrican Lammsa,
TTESA, Tensor y otros productores menores. Respaldó su estimación con un
escrito de
179. Con base
en la información de
(en 2007) de la producción nacional total, razón por la cual se consideró
representativa de la rama de producción nacional de tuercas de acero.
180. Garsep
cuestionó la representatividad de
181. En uso de
las facultades indagatorias que le confiere el artículo 55 de
A.
B. INEGI y
C.
D. De las
empresas mencionadas como posibles productoras han dado respuesta Industrial de
Alambres, Lammsa, TTESA, TTRM, y BISA:
a) Industrial de Alambres manifestó que no fabrica ni comercializa tuercas de acero similares a las investigadas.
b) Lammsa confirmó que fabrica tuercas, pero no aportó sus indicadores económicos y financieros de esta mercancía. Esta empresa señaló los problemas que se tendrían para distinguir entre las tuercas fabricadas con estándares métricos (DIN) y las fabricadas en pulgadas (por ejemplo, ASTM), a partir de las irregularidades que ya se han detectado.
c) TTESA confirmó que produce las tuercas investigadas. Manifestó su apoyo a la investigación. Señaló que se vio orillada a reducir su producción por el ingreso de importaciones chinas.
d) Las empresas TTRM, y BISA explicaron que no fabrican las tuercas objeto de investigación. La última empresa señaló que fabrica tuercas para uso exclusivo del sector automotriz (autopartes).
182. En suma,
la información aportada por
183. El
listado electrónico oficial de pedimentos (SIC-M) no registra que
184. En
consecuencia, de conformidad con los artículos 4.1, 4.1 inciso i) y 5.4 del
Acuerdo Antidumping, 40 y 50 de
B) Canales de distribución y
comercialización
185. Prottsa afirma
que en México la comercialización de las tuercas objeto de investigación se
realiza principalmente a través de distribuidores y clientes al menudeo y, en
menor medida, con ventas directas a los usuarios finales. Gimbel indicó que
distribuye las tuercas que importa de China principalmente a ferreterías,
tlapalerías y tornillerías.
186. Los
principales sectores que comercializan o utilizan en sus procesos productivos
la mercancía objeto de investigación son: distribuidores, revendedores y
centros de servicio (con Aprox. 65 por ciento
187. Prottsa
afirma que tanto la mercancía investigada como la similar de fabricación
nacional se destinan a los mismos mercados geográficos, principalmente el
Distrito Federal, Guadalajara y Monterrey, y llegan a los mismos clientes.
Señaló como ejemplos a Lammsa, Clavos Nacionales y
Análisis de daño y causalidad
188. Con
fundamento en lo dispuesto en los artículos 41 y 42 de
A) Importaciones investigadas
189.
190. Como por
las fracciones 7318.16.03 y 7318.16.04 también ingresan productos no
investigados, se estimaron los volúmenes que corresponderían a las tuercas
objeto de investigación, de acuerdo con la metodología que se describe en el
punto 95 de la resolución de inicio. Garsep la cuestionó, principalmente porque
asocia el tipo de productos con el giro de las empresas a partir de lo que
consideró un bajo porcentaje de importadores. Sin embargo, no ofreció elementos
suficientes para refutarla ni una metodología alternativa que pudiera ser más adecuada.
191. En
cualquier caso, como durante el período analizado se registró un número muy
grande de transacciones de importación (más de 500,000) y de importadores (más
de 9,000 de todos los países),
(60 empresas) adquirieron alrededor del 64 por ciento del volumen total
importado (incluye a todas las fuentes de abastecimiento) a lo largo del
periodo analizado.
192. Se
obtuvieron respuestas de 40 importadoras. La información confirma que, en
términos generales, existe un grado razonable de asociación entre la
identificación efectuada por
A. Empresas
que presumiblemente adquieren tuercas especiales (párrafo 95 A de la resolución
de inicio). Comparecieron 14 empresas que en su mayoría, importaron producto no
investigado (prácticamente el 100 por ciento de sus adquisiciones).
B. Empresas
que presumiblemente adquieren las tuercas investigadas (párrafo 95 B de la
resolución de inicio). Comparecieron 13 empresas que importaron
fundamentalmente tuercas comerciales (alrededor del 92 por ciento de sus
compras).
C. La mayoría
de las importaciones que ingresaron por el régimen temporal (13 empresas)
fueron de especialidades (alrededor del 99 por ciento).
D.
193. Con base
en estos resultados,
194. Las
estadísticas disponibles confirman que las importaciones de productos chinos
crecieron entre 2004 y 2008, ya sea que se consideren las cifras oficiales del
SIC-MEX sin depurar, o bien la estimación de lo que correspondería
exclusivamente al producto objeto de la investigación. Las siguientes gráficas
ilustran este comportamiento en ambos casos.
Gráfica 1. Tendencia de
las importaciones chinas (volúmenes en Tons.)
a) Información del
SIC-MEX sin depurar |
b) Información del
SIC-MEX depurada |
|
|
Fuente: Listado electrónico de pedimentos del
SIC-MEX, empresas importadoras y Prottsa.
195. Una vez
estimados los volúmenes correspondientes a importaciones de tuercas objeto de
la investigación (cifras depuradas),
196. Los
resultados indican que las importaciones totales de tuercas objeto de
investigación (en adelante se utilizan cifras depuradas) incrementaron 198 por
ciento en el período analizado: aumentaron, 24 por ciento en 2005, 34 por
ciento en 2006, 15 por ciento en 2007 y 57 por ciento en 2008.
197. Las
importaciones chinas aumentaron 393 por ciento entre 2004 y 2008, lo que les
permitió incrementar su participación en las totales en 22 puntos porcentuales:
pasaron del 33 por ciento al 55 por ciento, constituyéndose en la principal
fuente de abastecimiento externo para el mercado nacional, por encime de Taiwán
(que pierde participación, al bajar del 33 por ciento al 14 por ciento entre
2004 y 2008) y Estados Unidos principalmente y más de 50 países que fueron
proveedores a lo largo del periodo analizado.
198. Las
importaciones de otros países registraron un incremento de 100 por ciento en el
periodo analizado, tasa de crecimiento inferior al de las chinas, que inciden
en gran medida el comportamiento de las importaciones totales.
199. TACSA
argumentó que el incremento de importaciones chinas (al menos las que ella
misma efectuó) obedece a que gran parte corresponde a productos que no se
fabrican en el mercado mexicano.
200. Garsep
argumentó que el incremento de las importaciones investigadas fue propiciado,
en gran medida, por la propia Solicitante, ya que: i) continúa utilizando
maquinaria obsoleta, que no le permite atender el incremento del consumo de
tuercas en el mercado mexicano; ii) comercializa el producto investigado en
presentaciones inadecuadas (costales de 50 kg), aunque recientemente vende
mercancía en cajas deficientes; iii) baja calidad de su producto; y iv)
condiciona las ventas a volúmenes mínimos de 10 toneladas, y da descuentos sólo
a ciertos clientes, como se podrá corroborar con las facturas de venta de
201. Sin
embargo, no aportó pruebas para sustentar sus argumentos (como pudieran serlo,
estadísticas de rechazos del producto de Prottsa).
202. En el
expediente administrativo obran listas de precios de
203.
204. Los
resultados indicaron que las importaciones totales de las tuercas objeto de
investigación aumentaron su participación en el mercado nacional en 38 puntos
porcentuales en el período analizado: pasaron de 53 por ciento a 91 por ciento.
De éstas, las importaciones chinas registraron un aumento de 33 puntos
porcentuales, en tanto que las originarias de otros países incrementaron en
sólo 5 puntos porcentuales en el mismo lapso.
205. En
términos de la producción nacional, las importaciones chinas también
incrementaron significativamente: pasaron de representar 38 por ciento en 2004
a 566 por ciento en 2008. La siguiente gráfica ilustra el comportamiento
creciente en las importaciones chinas en el mercado nacional.
Gráfica 2. Consumo nacional aparente
de tuercas de acero (estimación preliminar)
Fuente: Estimaciones a partir del Listado de pedimentos del SIC-MEX, información
de empresas importadoras y Prottsa.
206. Los
resultados descritos en los puntos 189 al 205 de la presente Resolución confirman
lo señalado en la resolución de inicio, en el sentido de que las importaciones
de tuercas de acero originarias de China incrementaron significativamente
durante el periodo analizado, tanto en términos absolutos como en relación con
el consumo nacional aparente y la producción nacional, en tanto que la
producción nacional perdió participación en el mismo lapso.
B) Efectos sobre los precios
207. De
conformidad con lo dispuesto en los artículos 41 de
208. Los
resultados confirman que los precios promedio de las importaciones originarias
de países distintos al investigado (principalmente de Estados Unidos, Taiwán y
Corea del Sur) registraron una tendencia creciente, de tal forma que entre 2004
y 2008 aumentaron 61 por ciento (los mayores incrementos ocurrieron en 2005 y
2008 (+25 por ciento y +28 por ciento, respectivamente).
209. En el
período analizado, los precios promedio de las importaciones de China también
registraron un aumento acumulado de 31 por ciento: se mantuvieron prácticamente
en el mismo nivel en 2004 y 2005; en 2006 disminuyeron 19 por ciento, en tanto
que en 2007 y 2008 aumentaron 17 por ciento y 35 por ciento, respectivamente. A
pesar de este comportamiento, el precio de estas importaciones se ubicó
sistemáticamente por debajo del precio de otras fuentes de abastecimiento, con
márgenes de subvaloración que oscilaron entre 64 por ciento y 75 por ciento
entre 2004 y 2008.
210. El precio
promedio de la rama de producción nacional (en dólares) incrementó 40 por
ciento entre 2004 y 2008 (en menor proporción que las de otras fuentes, y que
los costos nacionales), fundamentalmente debido al aumento registrado en 2008
(+30 por ciento).
211. La
información disponible indica que, en efecto, durante el período analizado los
costos de producción mostraron una tendencia a la alza. En pesos constantes,
acumularon un incremento de 26 por ciento entre 2004 y 2008, porcentaje mayor
al 10 por ciento registrado en los precios de la rama de producción nacional en
el mismo lapso, lo que apoya el argumento de que el nivel de precios al que
concurrieron las importaciones investigadas ejerció presión para contener el
alza en los precios nacionales en una magnitud que en otras circunstancias
podría haber ocurrido entre 2005 y 2008 (lo cual afectó las utilidades de la
rama de producción).
212.
213. Los
resultados confirman lo que se señaló en la resolución de inicio, en el sentido
de que los precios de las tuercas chinas se ubicaron sistemáticamente por
debajo de los productos similares de fabricación nacional. En el período
analizado registraron niveles de subvaloración de 28 por ciento, 35 por ciento,
48 por ciento, 40 por ciento y 37 por ciento en 2004, 2005, 2006, 2007 y 2008,
respectivamente. La siguiente gráfica ilustra los menores precios de las
importaciones en condiciones de dumping.
Gráfica 2. Subvaloración de precios de tuercas de acero
(estimaciones preliminares)
Fuente: Estimaciones a partir del Listado de pedimentos del SIC-MEX, información
de empresas
importadoras y Solicitante.
214. A
diferencia de lo ocurrido con las importaciones investigadas, los precios de
otros países se ubicaron por arriba de las mercancías de la rama de producción
nacional, en porcentajes que oscilaron entre 69 por ciento y 98 por ciento.
215. El bajo
nivel de precios de las importaciones chinas con respecto a los precios
nacionales y de otras fuentes de abastecimiento permiten presumir que existe
una relación entre los volúmenes crecientes de las importaciones investigadas,
su aumento en el mercado nacional y la contención consiguiente sobre los
precios nacionales. Como se explica en la siguiente sección, el efecto
combinado del desempeño en los precios y los costos nacionales propició una
significativa tendencia a la baja también en las utilidades del producto
investigado a lo largo del periodo analizado. No obstante, por los resultados
preliminares que en conjunto se indican en el punto 174 de la presente
resolución, por el momento no existirían elementos para correlacionar estos
hechos con márgenes específicos de dumping en las importaciones investigadas,
de manera tal que estos resultados se encontrarían sujetos a la determinación
final sobre la discriminación de precios.
C) Efectos sobre la producción
nacional
216. Con
fundamento en lo dispuesto por los artículos 41 de
217. Garsep
manifestó que
218. En el
punto 138 de la resolución de inicio de esta investigación,
219. Las
cifras disponibles indican que el mercado nacional de tuercas de acero registró
un crecimiento de 74 por ciento a lo largo del período analizado: aumentó 10 por
ciento y 12 por ciento en 2005 y 2006, respectivamente y, si bien disminuyó 6
por ciento en 2007, incrementó 51 por ciento en 2008.
220. Durante
el periodo analizado las importaciones chinas registraron un aumento de 33
puntos porcentuales de participación en el mercado mexicano, en tanto que las
originarias de otros países la incrementaron 5 puntos (28 puntos menos que las
chinas) y la producción nacional total registró una pérdida de 38 puntos, de
los cuales 16.5 habría perdido
221. De 2004 a
2008 la producción orientada al mercado interno (producción menos
exportaciones) y las ventas internas de
A. Al menos 11
empresas que aparecen como importadoras directas disminuyeron las compras a la
rama de producción nacional entre 2006 y 2008, al tiempo que incrementaron las
adquisiciones de la mercancía china.
B. Estos
elementos, aunado a los menores precios de las tuercas chinas por efectos del
dumping, permite presumir de manera razonable que, en un mercado en expansión,
las importaciones investigadas propiciaron en gran medida la caída de las
ventas de
222. Las
exportaciones de
223. El
desempeño adverso de las ventas de
224. El
comportamiento de la producción propició que: (i) la utilización de la
capacidad instalada disminuyera 19 puntos porcentuales entre 2004 y 2008; los
mayores descensos se registraron en 2005 y 2007 (-8 y -15 puntos porcentuales,
respectivamente), y (ii) el nivel de empleo de
225. La
productividad, medida como el cociente de la producción y el nivel de empleo
acumuló una caída de 35 por ciento en el periodo analizado (-22 por ciento,
+0.7, -39 por ciento y +38 por ciento en 2005, 2006, 2007 y 2008,
respectivamente), asociado a la significativa caída en el volumen de
producción. La magnitud de los salarios (expresados en moneda nacional)
registró un descenso acumulado de 9 por ciento en el periodo analizado: +14 en
2005, +2 por ciento en 2006, y -6 por ciento y -17 por ciento en 2007 y 2008,
respectivamente.
226. El
desempeño de los volúmenes de venta y los precios de la rama de producción se
reflejó en los ingresos, los cuales acumularon un descenso de 47 por ciento a
lo largo del periodo analizado (-7.5 por ciento en 2005, -22 por ciento en
2006, -31 por ciento en 2007 y +5 por ciento en 2008). Los costos de operación
totales (costos de venta y gastos de operación) acumularon una disminución de
41 por ciento en el mismo lapso (-5 por ciento en 2005, -18 por ciento en 2006,
-27 por ciento en 2007, y +4 por ciento en 2008).
227. El comportamiento de los ingresos y los costos
de operación se reflejó en un descenso de las utilidades operativas de la rama
de producción nacional, que en el periodo analizado acumularon una caída de 78
por ciento (-22 por ciento en 2005, -45 por ciento en 2006, -60 por ciento en
2007 y 28 por ciento en 2008, respectivamente). Como resultado, el margen
operativo se redujo 10 puntos porcentuales de 2004 a 2008.
228. En el
periodo de análisis las utilidades operativas unitarias del producto similar al
investigado y el margen de operación registraron un comportamiento negativo
similar al observado a nivel global
(-54 por ciento y una pérdida de 10 puntos porcentuales, respectivamente),
derivado de un aumento mayor en los costos unitarios de operación (+26 por
ciento) que en los precios (+12 por ciento), ambos medidos en pesos constantes.
229. El
rendimiento sobre la inversión (ROA, por las siglas del inglés return of the
investment in assets) calculado a nivel operativo registró una disminución de 2
puntos porcentuales de 2004 a 2008. La contribución del producto similar al
rendimiento sobre la inversión de
230. Entre
2004 y 2008 el flujo de caja aumentó 2 por ciento (-13 por ciento, -120 por
ciento, +485 por ciento y 54 por ciento en 2005, 2006, 2007 y 2008,
respectivamente). La capacidad de reunir capital, medida a partir de la razón
de circulante (cociente entre activos y pasivos circulantes), pasó de 8.8 en
2004 a 6.2 en 2008. En el mismo lapso, la prueba del ácido (cociente de activo
circulante menos inventario, y pasivo circulante) se redujo 1.7: pasó de 3.7 a
1.9 (en 2005, 2006 y 2007 se ubicó en 1.9, 1.6 y 4.3, respectivamente). La
razón de deuda (pasivo total/activo total) pasó de 25 por ciento a 13 por
ciento entre 2004 y 2008.
231. Los
resultados descritos en los puntos 216 al 230 de la presente Resolución reflejan
que durante el periodo analizado las importaciones de China se encuentran
vinculadas con un deterioro en algunos de los indicadores de la rama de
producción nacional, por ejemplo, disminución real de los volúmenes de
producción, ventas al mercado interno, participación de mercado, utilización de
capacidad instalada, empleo, productividad, ingresos, utilidades, margen
operativo y contribución del producto similar al rendimiento de la inversión.
No obstante, en esta etapa del procedimiento, este desempeño desfavorable no
podría atribuirse a una práctica desleal por los resultados descritos en
conjunto en el punto 174 de la presente resolución. A manera de ejemplo, las
siguientes gráficas ilustran el desempeño adverso de algunas de estas
variables.
Gráfica 3. Algunas
variables de la rama de producción de tuercas de acero
Fuente: Empresa Solicitante.
232. Además de
lo anterior, la tendencia decreciente de las ventas en un contexto de
crecimiento en el mercado, no permite inferir expectativas favorables de
crecimiento para la rama de producción nacional ante las condiciones de
competencia de las importaciones chinas.
233. Prottsa
prevé que las importaciones investigadas continúen ingresando al mercado
nacional en volúmenes considerables y prácticas de dumping, lo que podría
ocasionar incluso la desaparición de la rama de producción nacional. Para
sustentarlo aportó información reportada por la publicación China Fasteners
Directory Plus 2008 para los años de 2001 a 2006 sobre producción, ventas
internas y exportaciones de la industria de sujetadores de China, datos que consideró
como la gama más restringida de productos que incluye las tuercas objeto de
investigación.
234. Antes de
evaluar el potencial de exportación de la industria china, se considera
pertinente señalar que la información disponible indica que las empresas TTESA
y Lammsa también habrían reducido los volúmenes de producción entre 2007 y 2008
(incluso no produjeron en 2007 y 2008, respectivamente), justo en los años que
incrementaron significativamente las importaciones chinas al mercado mexicano.
De hecho, TTESA reconoció que se vio orillada a reducir la producción por el
ingreso de importaciones chinas (argumento que tiene apoyo fáctico en los datos
de ambas variables).
235. Respecto
a la industria en China, la información que Prottsa aportó indicó que la producción
de sujetadores chinos registró una tendencia creciente de 2001 a 2006: pasó de
2.2 a 4.6 millones de toneladas, lo que representa más del 100 por ciento. En
este lapso las exportaciones chinas aumentaron 300 por ciento: pasaron de 0.5 a
2 millones de toneladas. De estas cifras se desprende que de 2001 a 2006 China
incrementó sus volúmenes de exportación como proporción de la producción de 24
a 45 por ciento, lo que confirma el perfil exportador del país investigado.
236. Las
empresas SPM y Chun Yu Works señalaron que no son fabricantes, sino
comercializadoras, por lo que no cuentan con información sobre la industria
china. La empresa Gem Year aportó cifras sobre las exportaciones chinas de
2008, así como datos sobre producción, capacidad instalada, exportaciones e
inventarios de su fabricación (pero no de la totalidad de la industria china).
237. Esta
información indica que de 2006 a 2008 la producción de Gem Year creció 4 por
ciento y su capacidad disminuyó 8 por ciento. En este lapso, la utilización de
la capacidad pasó de 73 por ciento al 82 por ciento, en tanto que la capacidad
libremente disponible (diferencia entre capacidad instalada y producción)
disminuyó 39 por ciento. No obstante, en términos absolutos este excedente
equivale a varias veces la producción nacional y una parte del mercado mexicano
de tuercas de 2008.
238. Las
exportaciones de Gem-Year Industrial crecieron 14 por ciento entre 2006 y 2008,
y éstas representaron más del 60 por ciento de su producción, lo que refleja su
orientación a los mercados internacionales. La magnitud de las exportaciones
que realizó en 2008 equivale a varias veces el volumen de la producción
nacional y representan una parte muy significativa del mercado mexicano. Los
inventarios promedio de esta empresa crecieron 22 por ciento de 2006 a 2008, y
serían equivalentes a más de 150 por ciento de la producción nacional del
último de estos años.
239. Los
resultados anteriores confirman que las exportaciones, capacidad libremente
disponible y los inventarios de la industria en China son significativos en
comparación con el tamaño del mercado mexicano y la producción nacional, lo que
sugiere que una desviación marginal de sus exportaciones podría ser
significativa para la industria nacional (incluso considerando sólo a la
empresa que aportó información, la cual exportó alrededor del 4 por ciento de
las exportaciones totales de China, según la información disponible).
D) Otros factores de daño
240. De
conformidad con lo dispuesto en los artículos 3.5 del Acuerdo Antidumping y 69
del RLCE,
241. Las
cifras disponibles indican que en el periodo analizado el consumo de tuercas de
acero acumuló un incremento de 74 por ciento por ciento. En el mismo lapso, las
importaciones de orígenes distintos al país investigado crecieron sólo 5 puntos
porcentuales su participación en el consumo, en tanto que la rama de producción
nacional registró una pérdida de mercado de 16.5 puntos (-21.5 puntos los demás
productores).
242. En
contraste, entre 2004 y 2008 las importaciones chinas registraron un aumento de
33 puntos en el mercado mexicano. Este comportamiento y las condiciones en que
se efectuaron (menores precios relativos y sustitución comercial con respecto
al producto nacional) son elementos que apoyan la presunción de que estas
mercancías explican en gran medida el comportamiento negativo de la rama de
producción.
243. Una
estimación conservadora sugiere que alrededor de 11.5 puntos de la pérdida de
mercado de la rama de producción nacional estaría asociada a las importaciones
chinas y 5 puntos con otros países; es decir, que alrededor del 70 por ciento
de la pérdida sería atribuible a las mercancías importadas de China y, en consecuencia,
en una magnitud parecida se habrían afectado los demás indicadores de la rama
(ventas, producción, utilización de capacidad, etc.). Si se consideran
productores no solicitantes, el deterioro en los indicadores económicos sería
aún mayor.
244. Los
precios de las importaciones investigadas se ubicaron por debajo de los precios
nacionales (niveles de subvaloración entre 28 y 37 por ciento). En contraste,
los de las importaciones de otros países estuvieron por encima del precio
nacional (entre 69 por ciento y 98 por ciento). Las condiciones de competencia
adversas de las mercancías chinas también confirman la presión que ejercieron
sobre los precios nacionales.
245. Las
exportaciones registraron un aumento de 9 por ciento en el periodo analizado,
por lo que no habrían sido factor de daño para la rama de producción nacional.
De la información que
Conclusiones
246. Con base
en los resultados del análisis de los argumentos y pruebas descritos en los
puntos 91 al 245 de la presente resolución,
A. En el periodo
analizado (2004-2008) las importaciones de China representaron en promedio 56
por ciento de la importación total (33 por ciento, 51 por ciento, 65 por
ciento, 66 por ciento y 55 por ciento en 2004, 2005, 2006, 2007 y 2008,
respectivamente), niveles más que insignificantes, según el artículo 5.8 del
Acuerdo Antidumping.
B. Las
importaciones chinas registraron una tendencia creciente en el período
analizado, tanto en términos absolutos (+393 por ciento) como en relación con
el mercado (33 puntos porcentuales) y la producción nacional.
C. Entre 2004
y 2008, la producción nacional pasó de una participación de 47 por ciento al 9
por ciento
(-38 puntos porcentuales, de los cuales 16.5 corresponden a la empresa
representativa de la rama, que pasó de una participación del mercado de 24.5
por ciento a 8 por ciento; alrededor del 70 por ciento de esta pérdida se
podría atribuir directamente a China).
D. Durante el
periodo analizado los precios promedio de las importaciones chinas se ubicaron
por debajo de los precios nacionales (entre 28 por ciento y 48 por ciento).
Esta subvaloración también se registró en relación con otras fuentes de
abastecimiento. Los márgenes de subvaloración de las importaciones chinas
explican el incremento de su participación en el mercado nacional.
E. La
información disponible indica que a partir de 2005 el precio de venta al mercado
interno de la rama de producción nacional registró una contención, resultado
del incremento de las importaciones investigadas y el nivel de precios al que
concurrieron.
F. Los
principales indicadores económicos de la rama de producción de tuercas de acero
registraron una afectación durante el periodo de análisis: producción: -42 por
ciento; ventas al mercado interno: -54 por ciento; participación de mercado:
16.5 puntos porcentuales; utilización de capacidad instalada: -19 puntos
porcentuales; empleo: -11 por ciento; productividad: -35 por ciento; ingresos:
-47 por ciento; utilidades: -78 por ciento; margen operativo: -10 puntos; y
contribución del producto similar al rendimiento de la inversión:
-10 puntos.
G. No obstante, por
los resultados preliminares en materia del cálculo del margen de dumping, por
el momento no se podría vincular directamente esta situación con prácticas
desleales de comercio internacional, de manera tal que se determinó continuar con la investigación sin
la imposición de una cuota compensatoria.
H. La
información que obra en el expediente administrativo indica que la industria
china de tuercas de acero cuenta con un potencial exportador significativo en
relación con el tamaño de la producción nacional y el mercado mexicano, lo que,
aunado a la tendencia creciente de las importaciones investigadas y los precios
a los que concurren al mercado nacional, permiten prever que continuarán
ingresando, y ello agravaría el desempeño de la rama de producción nacional que
fabrica tuercas de acero.
RESOLUCION
247. Continúa
el procedimiento de investigación antidumping sin la imposición de cuotas
compensatorias provisionales a las importaciones de tuercas de acero al carbón,
negras o recubiertas, originarias de China, independientemente del país de
procedencia. La mercancía se clasifica en las fracciones arancelarias
7318.16.03 y 7318.16.04 de
alguna otra.
248. Con
fundamento en los artículos 164 párrafo tercero del RLCE y segundo transitorio
de las reformas a
249. Dichos
argumentos y pruebas deberán presentarse ante la oficialía de partes de
250. Cada
parte interesada remitirá a los demás la información y documentos probatorios
que presenten ante esta autoridad administrativa y tengan carácter público, de
tal forma que los reciban el mismo día en que lo reciba la autoridad, de
acuerdo con lo previsto en los artículos 56 de
251. Comuníquese
esta Resolución a
252. Notifíquese
la presente Resolución a las partes interesadas comparecientes.
253. La
presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el
Diario Oficial de
México, D.F., a 24 de febrero de
2010.- El Secretario de Economía, Gerardo
Ruiz Mateos.- Rúbrica.