ACUERDO que modifica el diverso por el que se da a conocer la tasa aplicable del 1 de abril de 2009 al 31 de marzo de 2010 del Impuesto General de Importación para las mercancías originarias del Japón. |
Martes 29 de diciembre de 2009 |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.
Con fundamento en los
artículos 133 de
34 fracción XXXI de
CONSIDERANDO
Que el Acuerdo para el Fortalecimiento de
Que el 31 de marzo de 2009 se publicó en el Diario Oficial de
Que el 16 de diciembre de 2009 se publicó en el Diario Oficial de
Que resulta necesario reflejar en el Acuerdo referido en el
considerando segundo las modificaciones a las fracciones arancelarias de
ACUERDO QUE MODIFICA EL
DIVERSO POR EL QUE SE DA A CONOCER
DEL 1 DE ABRIL DE 2009 AL 31 DE MARZO DE 2010 DEL IMPUESTO GENERAL
DE IMPORTACION PARA LAS MERCANCIAS ORIGINARIAS DEL JAPON
ARTICULO PRIMERO.- Se adiciona al ARTICULO 8 del
Acuerdo por el que se establece la tasa aplicable del 1 de abril de 2009 al 31
de marzo de 2010 del Impuesto General de Importación para las mercancías
originarias del Japón, publicado en el Diario Oficial de
Fracción |
Arancel |
Modalidad de la mercancía |
2202.90.05 |
Ex. |
Unicamente: Sin contenido de azúcar. |
ARTICULO SEGUNDO.- Se actualizan en el APENDICE del Acuerdo que se señala en el ARTICULO
PRIMERO del presente ordenamiento, las siguientes fracciones arancelarias de
APENDICE DEL ACUERDO POR
EL QUE SE DA A CONOCER
Fracción |
Arancel |
Nota |
1001.90.02 |
ELIMINADA |
|
2202.90.05 |
7.5+
0.14844 USD/kg. |
NJP |
2914.40.02 |
6.5 |
|
3908.10.02 |
ELIMINADA |
|
3908.10.07 |
6.5 |
|
3908.10.08 |
6.5 |
|
4408.10.02 |
Ex. |
|
8201.60.02 |
11.5 |
|
9609.10.02 |
11.5 |
|
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su
publicación en el Diario Oficial de
SEGUNDO.- Las preferencias arancelarias establecidas en el presente Acuerdo serán aplicables a las mercancías que hayan sido introducidas al territorio nacional a partir del 17 de diciembre de 2009.
México, D.F., a 18 de diciembre de 2009.- El Secretario de Economía, Gerardo Ruiz Mateos.- Rúbrica.