SEGUNDA Resoluciσn de modificaciones a las Reglas de carαcter general en materia de comercio exterior para 2009 y sus anexos 1, 4, 10, 13, 19 y 22. |
Jueves 17 de diciembre de 2009 |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretarνa de Hacienda y Crιdito Pϊblico.
Con fundamento en los artνculos 16 y 31 de
SEGUNDA RESOLUCION DE MODIFICACIONES A LAS REGLAS DE CARACTER GENERAL EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2009 Y SUS ANEXOS 1, 4, 10, 13, 19 y 22.
Primero. Se realizan las siguientes reformas, adiciones y derogaciones a
de 2009:
A. Se reforman las siguientes reglas:
· 1.3.7. penϊltimo pαrrafo.
· 1.5.2. fracciσn I.
· 1.5.4. primer pαrrafo.
· 2.1.3. primero y ϊltimo pαrrafos.
· 2.1.4. quinto y sexto pαrrafos.
· 2.2.1. apartado A, numeral 1 y penϊltimo pαrrafo; apartado B, numeral 1 y ϊltimo pαrrafo.
· 2.2.2. numeral 14.
· 2.2.3. primero, cuarto y ϊltimo pαrrafos.
· 2.2.4. numerales 7, 18, 26 y 28; asν como antepenϊltimo pαrrafo.
· 2.2.5. primero y ϊltimo pαrrafos.
· 2.2.6. primer pαrrafo y numeral 1, inciso c); y ϊltimo pαrrafo.
· 2.2.7. pαrrafos primero; segundo, numeral 1, inciso b); tercero y ϊltimo.
· 2.2.9. apartado A, numeral 1 y segundo pαrrafo.
· 2.2.10. primer pαrrafo.
· 2.2.11. primero y ϊltimo pαrrafos.
· 2.3.1. cuarto pαrrafo, numerales 1 y 5.
· 2.3.5. ϊltimo pαrrafo.
· 2.4.5. pαrrafos quinto y sexto, numeral 7.
· 2.4.13. pαrrafos tercero, quinto y sexto, numeral 5.
· 2.5.5. primer pαrrafo; apartados A, numeral 6, inciso b) y B, numeral 1, primer pαrrafo.
· 2.6.17.
·
2.8.1.
apartado A, numeral 1, inciso a).
· 2.8.2. primer pαrrafo.
· 2.8.3. numerales 2, primer pαrrafo; 14, apartado B, segundo pαrrafo; 24, inciso b); y 37, segundo pαrrafo.
· 2.9.1. numeral 3.
· 2.9.6.
· 2.10.5. primer pαrrafo.
· 2.12.21.
· 2.13.3. segundo pαrrafo.
· 2.13.20. pαrrafos primero; cuarto, numeral 2, incisos a) y d); y sιptimo.
· 3.2.4. numeral 3, primer pαrrafo.
· 3.5.1.
· 3.6.14. apartados A, primer pαrrafo y numerales 3 y 6; B y C, numerales 1 y 2; pαrrafos segundo y tercero, numerales 2, 3, 4, 5 y 6.
· 3.7.1.
B. Se adicionan las siguientes reglas:
· 2.1.14.
· 2.2.2. con los numerales 20 y 21.
· 2.2.4. con el numeral 31.
· 2.2.7. con un ϊltimo pαrrafo.
· 2.2.8. con un segundo pαrrafo al numeral 2.
· 2.2.9. con un ϊltimo pαrrafo.
· 2.3.1. con los numerales 6 y 7 al cuarto pαrrafo.
· 2.8.2. con un segundo pαrrafo, pasando el actual segundo a ser tercer pαrrafo.
· 2.8.3. con los apartados E y F al numeral 41, asν como con un numeral 48.
· 2.9.13.
· 2.13.5. con la fracciσn IV.
· 2.13.20. con un inciso g) al numeral 2 del cuarto pαrrafo.
· 3.2.2. con el numeral 7.
· 3.2.4. con un cuarto, quinto, sexto, sιptimo y octavo pαrrafos al numeral 3.
· 3.3.9. con un quinto pαrrafo, pasando el actual quinto a ser sexto pαrrafo.
· 3.6.14. con un segundo pαrrafo, pasando el actual segundo a ser tercero y asν sucesivamente; con los numerales 4 y 8, al cuarto pαrrafo, pasando el actual numeral 4 a ser 5 y asν sucesivamente.
C. Se derogan las siguientes reglas:
· 2.1.13. numeral 4 del apartado A.
· 2.2.1. numeral 3 del apartado B.
· 2.2.3. quinto pαrrafo.
· 2.2.4. numerales 11 y 30.
· 2.2.8. segundo pαrrafo, pasando el actual tercero a ser segundo pαrrafo.
· 2.2.10. segundo pαrrafo, pasando el actual tercer pαrrafo a ser segundo y asν sucesivamente.
· 2.2.11. segundo pαrrafo.
· 3.2.4. cuarto pαrrafo del numeral 3.
Las modificaciones anteriores quedan como sigue:
1.3.7......... .........................................................................................................................................................................
El aprovechamiento a que se
refiere el artνculo 16-A de
.................. .........................................................................................................................................................................
1.5.2......... .........................................................................................................................................................................
I. Tramitar por conducto de agente o apoderado
aduanal, el pedimento de importaciσn definitiva con clave de pedimento A3,
asentando los identificadores A3 y DE, segϊn corresponda, conforme a los
Apιndices 2 y 8 del Anexo 22 de la presente Resoluciσn.
.................. .........................................................................................................................................................................
1.5.4. Las empresas que tuvieren en su poder
maquinaria o equipo y no cuenten con la documentaciσn necesaria para acreditar
su legal importaciσn, estancia o tenencia, podrαn:
.................. .........................................................................................................................................................................
2.1.3. Para los efectos de lo
dispuesto en el artνculo 9o. de
.................. .........................................................................................................................................................................
Tratαndose de otros
documentos por cobrar, se entenderαn:
I. Los tνtulos de crιdito o
tνtulos valor regulados en los Capνtulos I a VI del Tνtulo Primero de
II. Aquellos tνtulos de crιdito
o tνtulos valor de carαcter nominativo que hubieran sido expedidos por una
instituciσn financiera tanto nacional como extranjera.
2.1.4......... .........................................................................................................................................................................
Para los efectos de la fracciσn IV, del
Artνculo Segundo Transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y
derogan diversas disposiciones de
Las empresas autorizadas en los tιrminos de lo
dispuesto por el pαrrafo anterior, estarαn obligadas a cumplir con lo dispuesto
en la regla 2.1.5., numerales 3, 5 y 6 de la presente Resoluciσn.
.................. .........................................................................................................................................................................
2.1.13....... .........................................................................................................................................................................
A...... ................................................................................................................................................................
4. Se deroga.
........................... ................................................................................................................................................................
2.1.14. Para los efectos de los
artνculos 37 de
2.2.1......... .........................................................................................................................................................................
A...... ................................................................................................................................................................
1. FIEL vigente expedida por el
SAT.
......... ................................................................................................................................................................
Tratαndose de personas fνsicas
extranjeras residentes en territorio nacional, deberαn digitalizar y anexar a
la solicitud el documento vigente mediante el cual comprueben su calidad
migratoria en el paνs y que se les autoriza para realizar actividades
empresariales.
......... ................................................................................................................................................................
B...... ................................................................................................................................................................
1. Los contribuyentes que se encuentren inscritos
y activos en el Padrσn de Importadores y cumplan con los requisitos seρalados
en el primer pαrrafo del apartado A de la presente regla, deberαn presentar en
original con firma autσgrafa, el formato denominado Solicitud de Inscripciσn
al Padrσn de Importadores de Sectores Especνficos, que forma parte del
apartado A del Anexo 1 de la presente Resoluciσn, anexando los siguientes
documentos:
a) Tratαndose de personas morales, copia simple del instrumento pϊblico con que se acredite que la persona que
firma la solicitud tiene poder para actos de administraciσn.
Tratαndose de personas fνsicas y en caso de que
faculten a un tercero para realizar este trαmite, escritura pϊblica o carta
poder conforme a lo dispuesto en el artνculo 19 del Cσdigo.
Para los efectos del artνculo 75, fracciσn II
del Reglamento, tratαndose de las Dependencias del Ejecutivo Federal, los
Poderes Legislativo, Judicial y las entidades que integran
En los casos en que el representante
legal del contribuyente sea extranjero, se deberα anexar copia del documento
vigente con el cual compruebe su calidad migratoria en el paνs y que se les
autoriza para realizar actividades empresariales, de conformidad con el
artνculo 67 de
Tratαndose de personas fνsicas
extranjeras residentes en territorio nacional, ademαs deberαn adjuntar copia
del documento vigente con el cual comprueben su calidad migratoria en el paνs y
que se les autoriza para realizar actividades empresariales.
b) Copia fotostαtica de una identificaciσn oficial
vigente del solicitante o, en su caso, del representante legal.
......... ................................................................................................................................................................
3. Se deroga.
......... ................................................................................................................................................................
No se requiere inscripciσn al Padrσn
de Importadores de Sectores Especνficos para las fracciones arancelarias
listadas en los sectores 2 y del 4 al 8 del apartado A del Anexo 10 de la
presente Resoluciσn, cuando se trate de las mercancνas importadas por las
autoridades federales, estatales o municipales y sus σrganos desconcentrados,
el SAT o
2.2.2......... .........................................................................................................................................................................
14. Las destinadas al rιgimen de depσsito fiscal en
almacenes generales de depσsito.
.................. .........................................................................................................................................................................
20. Las destinadas al rιgimen de trαnsito en
cualquiera de sus modalidades, de acuerdo al apartado D del artνculo 90 de
21. Las destinadas para exposiciσn
y venta en establecimientos de depσsito fiscal a que se refiere el artνculo
121, fracciσn I de
.................. .........................................................................................................................................................................
2.2.3. Los contribuyentes que se encuentren inscritos
en el Padrσn de Importadores y/o en el Padrσn de Importadores de Sectores
Especνficos, y realicen cambio de nombre, denominaciσn o razσn social, rιgimen
de capital o clave en el RFC, deberαn solicitar la modificaciσn de sus datos
mediante el formato denominado Solicitud de modificaciσn de datos en el Padrσn
de Importadores y/o en el Padrσn de Importadores de Sectores Especνficos, que
forma parte del apartado A del Anexo 1 de la presente Resoluciσn, ante
.................. .........................................................................................................................................................................
En el caso de las empresas
con Programa IMMEX autorizadas por
Las modificaciones que se
efectϊen al Padrσn de Importadores en tιrminos de esta regla, se entenderαn
realizadas para los efectos del Padrσn de Importadores de Sectores Especνficos,
respecto de aquellos en los que el contribuyente se encuentre inscrito y
activo.
2.2.4......... .........................................................................................................................................................................
7. El contribuyente tenga crιditos fiscales
exigibles no garantizados por infracciones distintas a las seρaladas en el
numeral 8 de la presente regla, asν como los demαs crιditos fiscales exigibles que
no se encuentren pagados o garantizados en alguna de las formas permitidas por
el Cσdigo, y en cada caso sean por mαs de $100,000.00.
.................. .........................................................................................................................................................................
11. Se deroga.
.................. .........................................................................................................................................................................
18. Las autoridades competentes en el ejercicio de sus facultades, detecten
mercancνa que atente contra la propiedad industrial o los derechos de autor,
protegidos por
.................. .........................................................................................................................................................................
26. Con motivo del dictamen de laboratorio, la
autoridad aduanera determine una clasificaciσn arancelaria diferente a la que
el agente o apoderado aduanal haya declarado en el pedimento, cuando la
inexacta clasificaciσn arancelaria implique el incumplimiento de alguna
regulaciσn o restricciσn no arancelaria en materia de seguridad nacional o
salud pϊblica, la omisiσn del pago de cuotas compensatorias o una medida de
transiciσn, siempre que en estos dos ϊltimos casos, la fracciσn arancelaria
determinada por la autoridad se encuentre sujeta a cuotas compensatorias o a
una medida de transiciσn, cuando sea originaria del paνs de origen declarado en
el pedimento.
.................. .........................................................................................................................................................................
28. Con motivo del reconocimiento aduanero, segundo
reconocimiento o del ejercicio de facultades de comprobaciσn, la autoridad
aduanera detecte mercancνas que ostentan fνsicamente alguna marca de origen la
cual corresponda a un paνs que exporta mercancνas en condiciones de prαcticas
desleales de comercio internacional, estιn sujetas al pago de una cuota
compensatoria o a una medida de transiciσn, y el origen declarado en el
pedimento sea distinto.
.................. .........................................................................................................................................................................
30. Se deroga.
31. Los particulares se encuentren sujetos a un proceso penal por la
presunta comisiσn de delitos en materia fiscal, propiedad industrial y derechos
de autor.
.................. .........................................................................................................................................................................
Lo dispuesto en el pαrrafo
anterior no serα aplicable cuando la causal de suspensiσn haya sido conocida
durante el ejercicio de las facultades de comprobaciσn contenidas en el
artνculo 42, fracciones II y III del Cσdigo o se trate de las causales de
suspensiσn seρaladas en los numerales 1, 2, 3, 4, 5, 7, 8, 9, 13, 14, 15, 17,
18, 19, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29 o 31, por lo que en estos casos la
suspensiσn procederα de forma inmediata.
.................. .........................................................................................................................................................................
2.2.5. Para los efectos de los artνculos 59, fracciσn
IV de
.................. .........................................................................................................................................................................
Concluido el trαmite, el
contribuyente podrα registrar en la pαgina electrσnica www.aduanas.gob.mx, el
documento mediante el cual confiere el encargo a que se refiere la regla
2.6.17. de la presente Resoluciσn, al o los agentes aduanales que actuarαn como
consignatarios o mandatarios de sus operaciones.
2.2.6. Para los efectos del artνculo 71 del
Reglamento, los interesados en obtener autorizaciσn para importar mercancνas
sin estar inscritos en el Padrσn de Importadores, deberαn presentar una
solicitud mediante el formato denominado Solicitud de autorizaciσn para
importar mercancνa sin estar inscrito en el padrσn de importadores, que forma
parte del apartado A del Anexo 1 de la presente Resoluciσn, ante
.................. .........................................................................................................................................................................
1...... ................................................................................................................................................................
c) Declaraciones anuales del
ISR, IVA, IMPAC e IETU de los dos ϊltimos ejercicios, en su caso.
......... ................................................................................................................................................................
En ningϊn caso se otorgarα
mαs de una autorizaciσn al interesado en un mismo ejercicio fiscal.
2.2.7. Para los efectos de los artνculos 59, fracciσn
IV de
.................. .........................................................................................................................................................................
1...... ................................................................................................................................................................
b) Acuse de recibo electrσnico
de la solicitud de inscripciσn, en el que conste la fecha de envνo.
.................. .........................................................................................................................................................................
Unicamente procederα la
autorizaciσn a que se refiere esta regla cuando concurran los supuestos
previstos en el primer pαrrafo de la misma,
En ningϊn caso se otorgarα
mαs de una autorizaciσn al interesado en un mismo ejercicio fiscal.
Lo dispuesto en la presente
regla no serα aplicable tratαndose de las mercancνas clasificadas en las
fracciones arancelarias listadas en el apartado A del Anexo 10 de la presente
Resoluciσn.
2.2.8......... .........................................................................................................................................................................
2...... ................................................................................................................................................................
Tratαndose de las empresas autorizadas
para prestar los servicios de consolidaciσn de carga, se entenderα que el
usuario del servicio es el que contrata directamente con la empresa la
prestaciσn de los servicios.
.................. .........................................................................................................................................................................
2.2.9. ....... .........................................................................................................................................................................
A...... ................................................................................................................................................................
1. Las documentales seρaladas en
la regla 2.2.1., apartado B, numeral 1, incisos a) y b) de la presente
Resoluciσn.
......... ................................................................................................................................................................
El resultado de la solicitud de
inscripciσn al Padrσn de Exportadores Sectorial, serα dado a conocer en la
pαgina electrσnica www.aduanas.gob.mx, en un tιrmino no mayor a 7 dνas contados
a partir del dνa siguiente de la recepciσn de dicha solicitud. El contribuyente
podrα solicitar que el mismo se envνe por mensajerνa, siempre que anexe la guνa
prepagada a su solicitud. En el caso de que la solicitud haya sido rechazada,
el exportador deberα subsanar las inconsistencias observadas y presentar
nuevamente su solicitud.
.................. .........................................................................................................................................................................
No serα necesario inscribirse
en el presente padrσn, cuando se trate de las mercancνas destinadas para
exposiciσn y venta en establecimientos de depσsito fiscal a que se refiere el
artνculo 121, fracciσn I de
2.2.10. Los contribuyentes que se encuentren inscritos
en el Padrσn de Exportadores Sectorial y realicen cambio de nombre,
denominaciσn o razσn social, rιgimen de capital o clave en el RFC, deberαn
solicitar la modificaciσn de sus datos, mediante el formato denominado
Solicitud para el Padrσn de Exportadores Sectorial, que forma parte del
apartado A del Anexo 1 de la presente Resoluciσn, ante
.................. .........................................................................................................................................................................
2.2.11. Se dejarα sin efectos la
suspensiσn en el Padrσn de Exportadores Sectorial, siempre que los
contribuyentes envνen o presenten el formato denominado Solicitud para el
Padrσn de Exportadores Sectorial, que forma parte del apartado A del Anexo 1
de la presente Resoluciσn, ante la ventanilla de control de gestiσn de
2.3.1......... .........................................................................................................................................................................
1. Copia certificada del acta constitutiva de la
sociedad con los titulares que integran el capital social, en la que se
acredite un capital mνnimo pagado de $600,000.00 y, en su caso, las reformas a
la misma, en donde sean visibles los datos de inscripciσn en el Registro
Pϊblico del Comercio. En el caso de que la solicitud la presente una
Administraciσn Portuaria Integral, deberα acreditar un capital social mνnimo
pagado de $100,000.00.
......... ................................................................................................................................................................
5. Programa de inversiσn presentado en sobre
cerrado, el cual contendrα dos
juegos de planos impresos y digitalizados en disco compacto en formato Autocad,
en los que se identifique la superficie objeto de la solicitud, las obras,
instalaciones y/o adaptaciones, conforme a los lineamientos que emita
6. Copia certificada del documento con el cual se
acredite el uso o goce del inmueble objeto de su solicitud.
7. Escrito firmado por el representante legal y
por cada uno de los accionistas, a travιs del cual manifiesten bajo protesta de
decir verdad, que cuentan con solvencia econσmica, capacidad tιcnica,
administrativa y financiera en la prestaciσn de los servicios de manejo,
almacenaje y custodia de mercancνas, y que se encuentran al corriente en el
cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
2.3.5......... .........................................................................................................................................................................
Cuando la solicitante sea una
Administraciσn Portuaria Integral, para la emisiσn de la autorizaciσn se
requerirα visto bueno de
2.4.5......... .........................................................................................................................................................................
En el caso de exportaciones,
la informaciσn a que se refiere el segundo pαrrafo de la presente regla, deberα
transmitirse al SAAI dentro de un plazo de 24 horas antes de que zarpe la
embarcaciσn.
.................. .........................................................................................................................................................................
7. Tratαndose de importaciones,
el nombre, RFC o registro de identificaciσn fiscal utilizado para el pago de
impuestos, domicilio completo y nϊmero de telιfono del consignatario de la
mercancνa, salvo que se trate de conocimientos de embarque consignados a la
orden.
Nombre, RFC o registro de
identificaciσn fiscal utilizado para el pago de impuestos y domicilio completo del embarcador de la mercancνa, asν como de
la persona a quien debe notificarse el arribo, tal como se encuentra declarado
en el conocimiento de embarque.
Tratαndose de exportaciones, el
nombre, RFC o registro de identificaciσn fiscal utilizado para el pago de
impuestos, domicilio completo y nϊmero de telιfono del embarcador de la
mercancνa.
Asν como el nombre, RFC o registro de
identificaciσn fiscal utilizado para el pago de impuestos y domicilio completo
del consignatario de la mercancνa y de la persona a quien deba notificarse el
arribo, tal como se encuentra declarado en el conocimiento de embarque.
Cuando se trate de mercancνas para
importaciσn correspondientes a menajes de casa o efectuadas por misiones
diplomαticas, consulares u organismos internacionales, o en el caso de
extranjeros, se podrα declarar el RFC genιrico EMB930401KH4, OIN9304013N0 o
EXTR920301TS4, segϊn corresponda.
Para el caso de aquellos embarcadores,
consignatarios o partes a notificar que residan en paνses en donde no exista un
registro de identificaciσn fiscal, dicha informaciσn no serα declarada.
.................. .........................................................................................................................................................................
2.4.13....... .........................................................................................................................................................................
En importaciones, la
informaciσn a que se refiere el pαrrafo anterior deberα transmitirse al SAAI 24
horas despuιs de que el buque haya
zarpado.
.................. .........................................................................................................................................................................
En
el caso de exportaciones, la informaciσn a que se refiere el segundo pαrrafo de
la presente regla, deberα transmitirse al SAAI dentro de un plazo de 24 horas,
antes de que zarpe la embarcaciσn.
.................. .........................................................................................................................................................................
5. Tratαndose de importaciones, el nombre, RFC o
registro de identificaciσn fiscal utilizado para el pago de impuestos,
domicilio completo y nϊmero de telιfono del consignatario de la mercancνa, salvo
que se trate de conocimientos de embarque consignados a la orden.
Nombre, RFC o registro de
identificaciσn fiscal utilizado para el pago de impuestos y domicilio completo del embarcador de la mercancνa, asν como de
la persona a quien debe notificarse el arribo, tal como se encuentra declarado
en el conocimiento de embarque.
Tratαndose de exportaciones, el
nombre, RFC o registro de identificaciσn fiscal utilizado para el pago de
impuestos, domicilio completo y nϊmero de telιfono del embarcador de la mercancνa.
Asν como el nombre, RFC o registro de
identificaciσn fiscal utilizado para el pago de impuestos y domicilio completo
del consignatario de la mercancνa y de la persona a quien deba notificarse el
arribo, tal como se encuentra declarado en el conocimiento de embarque.
Cuando se trate de mercancνas para
importaciσn correspondientes a menajes de casa o efectuadas por misiones
diplomαticas, consulares u organismos internacionales, o en el caso de
extranjeros, se podrα declarar el RFC genιrico EMB930401KH4, OIN9304013N0 o
EXTR920301TS4, segϊn corresponda.
Para el caso de aquellos embarcadores,
consignatarios o partes a notificar que residan en paνses en donde no exista un
registro de identificaciσn fiscal, dicha informaciσn no serα declarada.
.................. .........................................................................................................................................................................
2.5.5. Para los efectos del artνculo 32, penϊltimo
pαrrafo de
A...... ................................................................................................................................................................
6...... ......................................................................................................................................................
b) El remanente serα entregado a
las asociaciones civiles que al efecto se constituyan para llevar a cabo el
mantenimiento, reparaciσn o ampliaciσn de las instalaciones de las propias
aduanas. En este caso serαn cargos normales las cantidades que usualmente cobra
la persona autorizada por la prestaciσn de dichos servicios.
B...... ................................................................................................................................................................
1. Para proceder, en todo caso,
a la donaciσn de las mercancνas, se requerirα de autorizaciσn previa de la
aduana de que se trate, con visto bueno de
........ ......................................................................................................................................................
2.6.17. Para los efectos de lo dispuesto en el artνculo
59, fracciσn III de
El nϊmero mαximo de patentes
aduanales que podrαn tener autorizadas las personas fνsicas serα de 10 y en el
caso de personas morales serα de 30. Previo al envνo de cada encargo conferido,
el contribuyente deberα consultar en la pαgina electrσnica www.aduanas.gob.mx,
el nϊmero de patentes aduanales habilitadas con anterioridad, a fin de no
exceder el nϊmero mαximo permitido.
No estarαn sujetos a lo
dispuesto en el pαrrafo anterior, las dependencias del Ejecutivo Federal, los
Poderes Legislativo, Judicial y las entidades que integran
En el caso de que el
contribuyente requiera tener registradas un nϊmero mayor de patentes, deberα
presentar ante
Para los efectos de la
presente regla, los agentes aduanales deberαn aceptar o rechazar el encargo
conferido por el importador mediante transmisiσn electrσnica, conforme a los
lineamientos que al efecto establezca
Los contribuyentes que
requieran revocar un encargo conferido cuando en el sistema siga pendiente de
aceptaciσn por parte del agente aduanal, cuando haya sido rechazado por ιste o
cuando la patente del agente aduanal se encuentre inactiva, deberαn tramitar su
revocaciσn utilizando el formato a que hace referencia la presente regla,
presentando su promociσn ante
La aceptaciσn o rechazo de
los encargos conferidos y sus revocaciones por parte de la autoridad; la
aceptaciσn o el rechazo del encargo conferido por parte del agente aduanal; y
la aceptaciσn o rechazo de los escritos libres en que se justifique la
solicitud de un nϊmero mayor al establecido de patentes aduanales; se darαn a
conocer en un plazo de dos dνas contados a partir del dνa siguiente a la fecha
de recepciσn del trαmite a travιs de la pαgina electrσnica www.aduanas.gob.mx
por medio del Sistema de Operaciσn Integral Aduanera (SOIA).
Tratαndose de personas que no
se encuentren inscritas en el Padrσn de Importadores y realicen importaciones
de conformidad con las reglas 2.2.2., 2.2.6. y 2.2.7. de la presente
Resoluciσn, para los efectos de lo dispuesto en el artνculo 59, fracciσn III,
segundo pαrrafo de
2.8.1......... .........................................................................................................................................................................
A...... ................................................................................................................................................................
1...... ......................................................................................................................................................
a) El agente o apoderado aduanal autorizado para
promover sus operaciones de comercio exterior; tratαndose de agentes aduanales,
la designaciσn deberα efectuarse en los tιrminos del artνculo 59 de
........ ......................................................................................................................................................
2.8.2. Las personas morales que
obtengan la autorizaciσn prevista en la regla 2.8.1. de la presente Resoluciσn,
deberαn dar aviso a
Tratαndose de cambio,
sustituciσn o adiciσn de agente aduanal, la designaciσn y, en su caso,
revocaciσn deberαn efectuarse en los tιrminos del artνculo 59 de
.................. .........................................................................................................................................................................
2.8.3......... .........................................................................................................................................................................
2. Podrαn tramitar el despacho
aduanero de mercancνas para su importaciσn o exportaciσn, en el recinto fiscal
de las aduanas de trαfico aιreo, conforme a los lineamientos establecidos por
la aduana de que se trate siempre que cumplan con lo siguiente:
......... ................................................................................................................................................................
14.... ................................................................................................................................................................
B..... ......................................................................................................................................................
Para tal efecto, el pedimento de importaciσn
temporal deberα presentarse ante el mecanismo de selecciσn automatizado el dνa
en que se efectϊe la devoluciσn de las mercancνas y el pedimento que ampare el
retorno podrα ser presentado ante el mecanismo de selecciσn automatizado a mαs
tardar al dνa siguiente al que se haya presentado al mecanismo de selecciσn
automatizado el pedimento de importaciσn temporal, debiendo anexarse a los
pedimentos una declaraciσn bajo protesta de decir verdad, firmada por el
representante legal de la empresa residente en Mιxico en la que se seρalen los
motivos por los que efectϊa la devoluciσn. En el caso de que el pedimento que
ampara el retorno virtual de las mercancνas no se presente en el plazo
seρalado, dicho pedimento podrα ser presentado ante la aduana correspondiente
dentro del mes siguiente a aquιl en que se hubiera tramitado el pedimento de
importaciσn temporal, siempre que se efectϊe el pago de la multa por
presentaciσn extemporαnea a que se refiere el artνculo 185, fracciσn I de
........ ......................................................................................................................................................
24.... ................................................................................................................................................................
b) El agente y apoderado aduanal deberαn estar
designados por la empresa con Programa IMMEX, para promover sus operaciones de
comercio exterior.
......... ................................................................................................................................................................
37.... ................................................................................................................................................................
Las empresas autorizadas en los
tιrminos de lo dispuesto en el presente numeral, estarαn obligadas a cumplir
con lo establecido en la regla 2.1.5., numerales 3, 5 y 6 de la presente
Resoluciσn.
.................. .........................................................................................................................................................................
41.... ................................................................................................................................................................
E. Contarαn con un plazo de 60
dνas a partir de la fecha de su autorizaciσn, para realizar los ajustes que se
pudieran presentar entre el sistema electrσnico de control de inventarios para
importaciones temporales (SECIIT) previsto en el apartado II del Anexo 24 de la
presente Resoluciσn y el sistema de control de inventarios a que estaban
obligados antes de obtener su autorizaciσn, conforme al apartado I del citado Anexo
24.
F. Para efectos de la regla
2.11.1. y demαs aplicables de la presente Resoluciσn, las empresas con Programa
IMMEX a que se refiere el presente numeral no estarαn obligadas a generar o
proporcionar la Manifestaciσn de valor ni la Hoja de cαlculo para la
determinaciσn del valor en aduana de mercancνa de importaciσn.
.................. .........................................................................................................................................................................
48. Tratαndose del robo de los
remolques, semirremolques o portacontenedores importados temporalmente, por
empresas de autotransporte terrestre y las dedicadas al transporte de menaje de
casa, a que se refiere el apartado J de la regla 2.8.1. de la presente
Resoluciσn, para aplicar el procedimiento establecido en la regla 3.2.1. de la
presente Resoluciσn para su importaciσn definitiva, para efectos de determinar
la base gravable del impuesto general de importaciσn a que se refiere el ϊltimo
pαrrafo del artνculo 78 de
.................. .........................................................................................................................................................................
2.9.1......... .........................................................................................................................................................................
3. Las importadas por el Ejιrcito, Fuerza Aιrea,
Armada de Mιxico, cuerpos o asociaciones de bomberos, corporaciones policνacas
federales, estatales o municipales, autoridades federales o estatales y sus
σrganos desconcentrados encargados de la seguridad pϊblica o nacional, Procuradurνa
General de
2.9.6. Para los efectos del artνculo 61, fracciσn XV y ϊltimo pαrrafo de
I. Original de la constancia expedida por alguna
instituciσn de salud con autorizaciσn oficial con la que acredite su
discapacidad, la cual deberα contener la siguiente informaciσn:
a) Nombre
completo de la persona con discapacidad.
b) La descripciσn de la discapacidad.
c) Nombre completo del representante legal o Director General de la instituciσn de salud que expide la constancia mιdica.
d) Direcciσn, telιfono y el registro correspondiente como instituciσn de salud.
II. Copia
del tνtulo de propiedad (anverso y reverso) o cualquier otro documento que
acredite la legal posesiσn del vehνculo.
III. Original del documento expedido por el responsable del establecimiento tιcnico especializado en el extranjero que realizσ la adaptaciσn, con su respectiva traducciσn al espaρol, en el que se seρale claramente lo siguiente:
a) Los
datos de identificaciσn del vehνculo (marca, modelo, tipo y nϊmero de serie).
b) Que
la adaptaciσn efectuada al vehνculo es permanente, describiendo sus
caracterνsticas y funciones.
c) Cσmo
suple o disminuye la discapacidad del solicitante.
El
citado documento deberα contener los datos generales del establecimiento
(direcciσn, telιfono, correo electrσnico, nϊmero de identificaciσn fiscal) y
nombre del responsable
del mismo.
IV. Fotografνas en las que se aprecie claramente en quι consiste la adaptaciσn realizada al vehνculo y se desprenda que la misma es permanente:
a) Para dispositivos de aceleraciσn y frenado:
1. La adaptaciσn general del dispositivo al vehνculo.
2. El sistema de control manual o elιctrico que activa los sistemas de aceleraciσn y frenado del vehνculo, en su caso, del embrague, de manera que se aprecie cσmo se encuentra el dispositivo soportado de manera permanente en la direcciσn.
3. La vista panorαmica del vehνculo.
4. La vista del lado del conductor.
b) Para dispositivos de rampa:
1. La adaptaciσn general de la rampa.
2. El funcionamiento de la rampa (secuencia de despliegue) y que no se encuentre ϊnicamente sobrepuesta al vehνculo.
3. La vista panorαmica del vehνculo.
4. Los controles de la rampa.
V. Descripciσn detallada del vehνculo especial o adaptado a las necesidades de la persona con discapacidad que se pretenda importar (tipo, marca, aρo, modelo, nϊmero de serie), para efectos de que pueda ser incluido en la autorizaciσn correspondiente.
VI. Declaraciσn bajo protesta de decir verdad que el vehνculo se encuentra fuera de territorio nacional.
Una vez que se cuente con la
autorizaciσn de
Para los efectos del artνculo
63 de
2.9.13. Para los efectos del artνculo 36, primer
pαrrafo de
I. Proporcionar la informaciσn y documentaciσn correspondiente, en la forma y tιrminos establecidos en el formato e instructivo de llenado. Asimismo, deberαn describir a detalle las mercancνas y adjuntar todos los elementos que permitan a la autoridad identificarlas (catαlogos, fotografνas, medidas y material del que estιn compuestas, asν como cualquier otro dato de identificaciσn individual).
El formato y sus anexos
deberαn ser presentados en
II. Una vez recibidos el formato
y sus anexos,
a) Si observa que se omitiσ alguna
informaciσn o documentaciσn requerida, se tendrα por no presentado. Asimismo,
si detecta mercancνas que no son necesarias para llevar a cabo las acciones
destinadas a
b) Determinarα las regulaciones o restricciones no arancelarias y Normas Oficiales Mexicanas que deben cumplir las mercancνas para su importaciσn definitiva, procediendo a notificar a las dependencias competentes para que autoricen o rechacen dicha importaciσn, en su caso.
Cuando
las dependencias no liberen las mercancνas del cumplimiento de regulaciones o
restricciones no arancelarias o de las Normas Oficiales Mexicanas, o su
liberaciσn sea parcial, notificarα tal circunstancia a la instituciσn o autoridad encargada de preservar
Transcurrido
el plazo de 3 dνas, contados a partir del dνa siguiente al que surta efectos la
notificaciσn a que se refiere el primer pαrrafo de este inciso, sin que las
dependencias se pronuncien oficialmente, asentarα en la resoluciσn tal
circunstancia y notificarα a la instituciσn
o autoridad encargada de preservar
c) Si
se cumpliσ con los requisitos, notificarα a la instituciσn
o autoridad encargada de preservar
III. Obtenida la resoluciσn de
autorizaciσn, deberαn presentar las mercancνas
directamente ante la aduana seρalada para su despacho, el cual se llevarα a
cabo presentando el original del oficio de autorizaciσn emitido por
Despachadas
las mercancνas, se efectuarα inmediatamente su entrega a la persona autorizada
para recibirlas, mediante constancia de hechos, previo el pago de los gastos de
manejo de las mercancνas y, en su caso, los que se hubieran derivado del
almacenaje de las mismas, los cuales correrαn a cargo de la instituciσn o autoridad encargada de preservar
La persona autorizada para retirar las mercancνas de la aduana, deberα presentar una identificaciσn oficial con fotografνa y copia de la constancia de nombramiento u oficio de designaciσn emitido por el titular de la instituciσn de Seguridad Nacional. En caso de que no asista, la aduana de que se trate almacenarα las mercancνas en el recinto fiscal o fiscalizado y notificarα a dicha instituciσn que cuenta con un plazo de 15 dνas para retirarlas, previo pago de los costos de manejo y almacenaje que se hubieren generado, apercibiιndola que de no hacerlo, causarαn abandono en tιrminos de la legislaciσn aduanera.
2.10.5. Quienes requieran enviar de la franja o regiσn
fronteriza al resto del territorio nacional o viceversa, mercancνa nacional o
nacionalizada consistente en material de empaque o embalaje, maquinaria,
equipo, refacciones, partes o componentes daρados o defectuosos que formen
parte de equipos completos, para su reparaciσn, destrucciσn o sustituciσn,
podrαn efectuarla mediante la presentaciσn de un aviso por escrito ante la
aduana, secciσn aduanera o punto de revisiσn correspondiente, en el cual se
seρale la descripciσn y cantidad de mercancνa que serα enviada al resto del
territorio nacional o a la franja o regiσn fronteriza, anexando copia del
pedimento de importaciσn definitiva o de la factura que reϊna los requisitos
seρalados en los artνculos 29 y 29-A del Cσdigo que ampare dicha mercancνa,
segϊn sea el caso.
.................. .........................................................................................................................................................................
2.12.21. Para los efectos del artνculo 89 de
2.13.3....... .........................................................................................................................................................................
Los gafetes deberαn
imprimirse ϊnicamente en los Talleres Grαficos de Mιxico, previa solicitud
realizada por las siguientes agrupaciones: los agentes aduanales a travιs de
.................. .........................................................................................................................................................................
2.13.5....... .........................................................................................................................................................................
IV. Se haya asentado
incorrectamente el RFC por errores mecanogrαficos hasta un mαximo de tres
caracteres, siempre que se compruebe ante la aduana que efectivamente se trata
de un error mecanogrαfico, con la documentaciσn que acredite su RFC.
.................. .........................................................................................................................................................................
2.13.20. Para los efectos de los artνculos 12, apartado
B, 11, fracciones IV y V del Reglamento Interior del SAT, publicado en el DOF
el 22 de octubre de 2007; 43, 144, fracciσn VI y 174 de
.................. .........................................................................................................................................................................
2...... ................................................................................................................................................................
a) Administraciσn de Empresas o
Administraciσn.
......... ................................................................................................................................................................
d) Ingenierνas: Quνmica,
Industrial, Mecαnica, Elιctrica, Electrσnica, Comunicaciσn, Informαtica,
Computaciσn, Textil, Sistemas Automotrices o Sistemas Computacionales.
......... ................................................................................................................................................................
g) Contador Pϊblico o Licenciado
en Contadurνa.
.................. .........................................................................................................................................................................
Las solicitudes que se
reciban con posterioridad a los meses establecidos o que no se acompaρen de la
totalidad de los requisitos y documentaciσn solicitada, se tendrαn por no
presentadas, procediιndose a la devoluciσn de las mismas.
3.2.2......... .........................................................................................................................................................................
7. Hasta por seis meses, las de equipos ferroviarios
especializados montados sobre vehνculos construidos o transformados, con
dispositivos o aparatos diversos para realizar funciones de detecciσn,
mantenimiento o reparaciσn de vνas ferroviarias, asν como los destinados al
mantenimiento, detecciσn o reparaciσn de obras pϊblicas.
Para estos efectos, deberαn anexar al
pedimento con clave BA, la siguiente documentaciσn:
a) Carta de un residente en
territorio nacional que asuma la responsabilidad solidaria, en los tιrminos del
artνculo 26, fracciσn VIII del Cσdigo, respecto de los crιditos fiscales que
lleguen a causarse por incumplir con la obligaciσn de retornar dichas
mercancνas.
b) Copia de la factura o
documento donde consten las caracterνsticas tιcnicas de las mercancνas con su
traducciσn al idioma espaρol.
c) Copia del contrato de
prestaciσn de servicios que requiera la importaciσn de dichas mercancνas para
su cumplimiento, con su traducciσn al idioma espaρol.
d) Copia del contrato de
arrendamiento del equipo especializado, celebrado con la empresa extranjera,
con su traducciσn al idioma espaρol.
e) El aviso a que se refiere el artνculo 136,
fracciσn III del Reglamento, deberα presentarse ante
3.2.4......... .........................................................................................................................................................................
3. Para los efectos de lo dispuesto en su inciso
c), los residentes en el extranjero podrαn importar temporalmente los vehνculos
especializados y los medios de transporte que sean utilizados para la industria
cinematogrαfica, para lo cual deberαn presentar ante la aduana de entrada,
anexo al pedimento correspondiente, copia del aviso presentado a
......... ................................................................................................................................................................
Para los efectos de los artνculos 1o.
y 20, fracciones IV y VII de
La importaciσn temporal de enseres,
utilerνa y demαs equipos necesarios para la producciσn de la filmaciσn, podrα
efectuarse por la compaρνa productora utilizando el formato denominado
Solicitud de autorizaciσn de importaciσn temporal que forma parte del Anexo 1
de la presente Resoluciσn, conforme a lo siguiente:
a) Se deberα anexar a dicho formato el aviso y la
carta a que se refieren los pαrrafos primero y tercero del presente numeral,
asν como un listado en el que se indique bajo protesta de decir verdad, la
cantidad total de enseres, utilerνa y demαs equipos necesarios que se introducirαn
con la finalidad de ser utilizados para la producciσn de la filmaciσn y que
dichas mercancνas no serαn objeto de comercializaciσn.
b) Las mercancνas deberαn
ostentar la leyenda Prohibida su venta, misma que podrα encontrarse adherida,
bordada, pintada con tinta indeleble o grabada, de manera que las descalifique
para su venta o para cualquier uso distinto a la producciσn de la filmaciσn,
excepto cuando el procedimiento de que se trate inutilice la mercancνa de
manera que no pueda ser usada en la filmaciσn.
c) En caso de ser necesaria la
introducciσn de animales vivos para la producciσn de la filmaciσn, deberαn
estar seρalados en el listado a que se refiere el inciso a) del presente
numeral y se deberα presentar ante el personal de la aduana, el certificado de
importaciσn zoosanitario expedido por
Tratαndose de mercancνas sujetas al
cumplimiento de regulaciones y restricciones no arancelarias por parte de
Las mercancνas que se introduzcan de
conformidad con lo dispuesto en el presente numeral, no podrαn sujetarse a
cambios de rιgimen, reexpediciσn o regularizaciσn de mercancνa, ni podrαn
destinarse a fines distintos de aquιllos por los que se hubiera autorizado su
introducciσn.
Se podrα autorizar la prσrroga del
plazo de permanencia de las mercancνas por ϊnica vez, hasta por un plazo igual,
siempre que, antes de su vencimiento se presente solicitud ante
.................. .........................................................................................................................................................................
3.3.9......... .........................................................................................................................................................................
Lo dispuesto en el pαrrafo anterior, tambiιn es
aplicable para la determinaciσn del valor en aduana de las mercancνas, en el caso
de transferencias de mercancνas.
.................. .........................................................................................................................................................................
3.5.1. Para los efectos del Convenio ATA, el SAT
publicarα en el DOF la convocatoria para otorgar la autorizaciσn para actuar
como asociaciσn garantizadora y expedidora del Cuaderno ATA
en Mιxico.
En dicha convocatoria
participarαn las personas morales constituidas como cαmaras de comercio
conforme a la Ley de Cαmaras Empresariales y sus Confederaciones, que
otorguen una garantνa consistente en depσsito en efectivo o fianza por un monto
de $450,000.00 expedida a favor de
La cαmara de comercio que
cumpla con los requisitos y procedimientos establecidos en la convocatoria,
estarα condicionada a que dentro del plazo seρalado en ιsta, acredite ante
La garantνa a que se refiere
la presente regla, subsistirα como garantνa durante el primer aρo de
actividades de la cαmara de comercio autorizada, debiendo ser actualizada anualmente
por un monto equivalente al valor promedio anual de las operaciones efectuadas
durante el aρo de calendario inmediato anterior, amparadas con los Cuadernos
ATA expedidos por la asociaciσn garantizadora y expedidora y, en su caso, por
las asociaciones expedidoras.
La autorizaciσn se otorgarα
hasta por un plazo de 5 aρos y podrα prorrogarse por un plazo igual, previa
solicitud del interesado presentada un aρo antes de su vencimiento y siempre
que no haya infringido el cumplimiento de las obligaciones inherentes a la
autorizaciσn, de acuerdo a las disposiciones internacionales y nacionales que
regulan la operaciσn de los
Cuadernos ATA.
El SAT procederα a la
cancelaciσn de la autorizaciσn cuando la asociaciσn garantizadora y expedidora
no cumpla con las condiciones y obligaciones establecidas en la autorizaciσn o
prσrroga, o bien, se incurra en alguna de las causales a que se refiere el
artνculo 144-A de
La asociaciσn garantizadora y
expedidora del Cuaderno ATA autorizada, podrα solicitar ante
La asociaciσn garantizadora y
expedidora, asν como las asociaciones expedidoras de los Cuadernos ATA de
conformidad con la regla 1.7. de la presente Resoluciσn, deberαn contar con los
medios de cσmputo que les permitan llevar un registro de sus operaciones
mediante un sistema automatizado, conforme a los lineamientos que para tal efecto
emita el SAT, respecto de las mercancνas importadas o exportadas temporalmente
al amparo de un Cuaderno ATA. Asimismo, deberαn transmitir a travιs del SAAI la
informaciσn relativa a los Cuadernos ATA que expidan, conforme a los
lineamientos que para tal efecto se emitan.
3.6.14....... .........................................................................................................................................................................
A. Presentar solicitud mediante escrito ante
......... ................................................................................................................................................................
3. Copia simple del dictamen de estados
financieros del ejercicio fiscal inmediato anterior. No estarαn obligadas a
cumplir con este requisito las personas morales constituidas en el ejercicio
fiscal que corresponda a la presentaciσn de la solicitud.
......... ................................................................................................................................................................
6. Anexar
los planos de los locales, en los que deberαn seρalarse las adaptaciones a
realizar, asν como la ubicaciσn del equipo a instalar y el plano de
localizaciσn del citado local, precisando la superficie que le corresponde al
mismo, conforme a los lineamientos que al efecto emita
......... ................................................................................................................................................................
B. Para el establecimiento de
depσsitos fiscales para la exposiciσn y venta de mercancνas extranjeras y
nacionales en puertos fronterizos, adicionalmente serα necesario que los
locales sean colindantes a los puertos fronterizos o se localicen dentro de los
mismos.
Se considera que los locales se
encuentran colindantes a los puertos fronterizos, cuando ιstos se encuentren a
una distancia de hasta 800 metros de dichos puertos.
En este caso, el interesado ademαs de
cumplir con lo previsto en el apartado A de la presente regla, deberα cumplir
con lo siguiente:
1. Acreditar 5 aρos de
experiencia en la operaciσn de locales destinados a la exposiciσn y venta de
mercancνas extranjeras y nacionales libres del pago
de impuestos.
2. El depσsito y la fianza a que
se refiere el numeral 8 del apartado A, serαn por la suma de $5000,000.00.
3. Cuando los establecimientos
se ubiquen en los puertos fronterizos, la entrega de la mercancνa adquirida por
los pasajeros deberα efectuarse por el personal del establecimiento en el lugar
que para tal efecto establezca la aduana de que se trate.
C...... ................................................................................................................................................................
1. Tratαndose de autorizaciones en puertos aιreos
internacionales, el inmueble que pretenda autorizarse deberα encontrarse dentro
o colindar con el puerto aιreo internacional de que se trate o encontrarse
dentro de la zona federal respectiva o bien, cuando por imposibilidad fνsica no
puedan ubicarse dentro o colindante al puerto aιreo, los inmuebles podrαn
ubicarse a una distancia mαxima de 500 metros de la zona federal.
2. Tratαndose de autorizaciones en puertos
marνtimos, el inmueble que pretenda autorizarse deberα encontrarse dentro o
colindar con el recinto portuario de que se trate. Cuando los inmuebles se
localicen en una isla, la autoridad aduanera aprobarα su ubicaciσn considerando
los desarrollos urbanos de la isla.
Para los efectos de lo dispuesto en el
quinto pαrrafo de la fracciσn I del artνculo 121 de Ley, en el caso de puertos
marνtimos, los establecimientos podrαn encontrarse ubicados dentro de una
terminal marνtima clasificada como turνstica conforme a lo dispuesto en el
artνculo 9, fracciσn II, inciso d) de
La autorizaciσn a que se refiere la
presente regla podrα prorrogarse siempre que el interesado presente la solicitud
respectiva ante
......... ................................................................................................................................................................
2. Instalar un sistema de circuito cerrado a
travιs del cual la autoridad aduanera tenga acceso a los puntos de venta y
entrega de la mercancνa, asν como de los puntos de salida del territorio
nacional, conforme a lo que determine
3. Presentar semestralmente en los meses de enero
y julio de cada aρo, ante
4. Los empleados que laboren
dentro de los locales autorizados para la exposiciσn y venta de mercancνas
extranjeras y nacionales a pasajeros que arriben al paνs en puertos aιreos internacionales,
fronterizos y marνtimos deberαn portar el uniforme que los identifique.
5. Las ventas efectuadas a pasajeros
internacionales que salgan del paνs, deberαn efectuarse utilizando los sistemas
electrσnicos de registro fiscal que, en su caso, autorice en forma expresa
6. Las ventas que se realicen en los locales
autorizados para la exposiciσn y venta de mercancνas extranjeras y nacionales a
pasajeros que arriben al paνs en puertos aιreos internacionales deberαn
efectuarse utilizando los sistemas electrσnicos de registro fiscal que, en su
caso, autorice de manera expresa
En los casos en que las ventas realizadas al
pasajero conforme a lo dispuesto en el pαrrafo anterior, excedan de 300 dσlares
o su equivalente en moneda nacional, o bien de 20 cajetillas de cigarros, 25
puros o 200 gramos de tabaco, 3 litros de bebidas alcohσlicas o 6 litros de
vino, se deberα informar al pasajero que deberα efectuar el pago de las
contribuciones correspondientes ante la autoridad aduanera y estampar en la
bolsa un sello rojo que indique la frase EXCEDENTE.
7. La entrega de la mercancνa se harα, tratαndose
de puertos aιreos internacionales y marνtimos, al momento de la venta en el
interior del local comercial. Cuando se trate de puertos fronterizos, dicha
entrega se efectuarα en el lugar que para tal efecto se seρale en la
autorizaciσn respectiva o la aduana de que se trate, previa exhibiciσn del
comprobante de venta e identificaciσn del consumidor. En todos los casos se
deberαn utilizar bolsas de plαstico para empacar las mercancνas, mismas que
deberαn tener impreso conforme a las especificaciones que se establezcan en la
autorizaciσn respectiva, la leyenda DUTY FREE MERCANCIA LIBRE DE IMPUESTOS,
asν como el nombre de la persona moral autorizada y, en su caso, el logotipo,
debiendo engrapar el comprobante de venta en dichas bolsas.
8. Presentar ante
3.7.1. Para los efectos del artνculo 125, fracciσn I
de
Segundo.- Se modifica el Anexo 1 Declaraciones, avisos y formatos de las Reglas de Carαcter General en Materia de Comercio Exterior para 2009, en su Apartado A. Declaraciones, Avisos y Formatos e Instructivos de Llenado como sigue:
I. Se modifica el formato 22 Declaraciσn de aduana para pasajeros procedentes del extranjero (espaρol, francιs, inglιs y japonιs).
II. Se modifica el
formato 23
Declaraciσn de dinero salida de pasajeros en sus idiomas inglιs
y francιs.
III. Se modifica el formato 24 Declaraciσn de internaciσn o extracciσn de cantidades en efectivo y/o documentos por cobrar en su idioma inglιs.
IV. Se modifica el formato 28 Encargo conferido al agente aduanal para realizar operaciones de comercio exterior o la revocaciσn del mismo.
V. Se modifica el formato 32 Pago de
contribuciones al comercio exterior en sus idiomas espaρol, inglιs y francιs.
VI. Se modifica el formato 36 Registro del
despacho de mercancνas de las empresas, conforme al artνculo 100 de
VII. Se modifica el formato 41 Solicitud de autorizaciσn de importaciσn temporal de embarcaciones (espaρol e inglιs).
VIII. Se modifica el formato 43 Solicitud de autorizaciσn para dejar sin efectos la suspensiσn en el padrσn de importadores y/o en el padrσn de importadores de sectores especνficos.
IX. Se modifica el formato 47 Solicitud de
inscripciσn al padrσn de importadores de sectores especνficos.
X. Se modifica el formato 48 Solicitud de modificaciσn de datos en el padrσn de importadores y/o en el padrσn de importadores de sectores especνficos.
XI. Se modifica el formato 49 Solicitud para el padrσn de exportadores sectorial.
XII. Se adiciona el formato 51 Solicitud de importaciσn definitiva de mercancνas con fines de Seguridad Nacional.
Tercero.- Se modifica el Anexo 4 Horario de las Aduanas de las Reglas de Carαcter General en Materia de Comercio Exterior para 2009, como sigue:
I. Para modificar el horario de
Cuarto.- Se modifica el Anexo 10 Sectores y fracciones arancelarias de las Reglas de Carαcter General en Materia de Comercio Exterior para 2009, como sigue:
I. Para suprimir del campo Fracciones arancelarias el texto de los sectores 4, 5, 6 y 7 del Apartado A.
II. Para adicionar el sector 8 con sus fracciones arancelarias y con un ϊltimo pαrrafo al Apartado A.
Quinto.- Se modifica el Anexo 13 Almacenes
generales de depσsito autorizados para prestar los servicios de depσsito fiscal
y almacenes generales de depσsito autorizados para la colocaciσn de marbetes o
precintos de las Reglas de
Carαcter General en Materia de Comercio Exterior para 2009, para quedar como
sigue:
I. Para incluir en Almacenadora Accel, S.A. de C.V.:
1. La bodega 18, ubicada en Av. Nexxus nϊmero 116, Parque Industrial Nexxus XXI, Municipio de Escobedo, Nuevo Leσn, autorizada tambiιn para colocar marbetes o precintos, con 17.28 m2, con clave de unidad autorizada 103 y con carαcter de directa.
2. La bodega 1 y 2 ubicada en Av. Solidaridad
Iberoamericana 327 y 335, Col. La Duraznera,
C.P. 45580, Tlaquepaque, Jalisco, con clave de unidad autorizada 104 y
habilitada a Comercial Llantera Tapatνa, S.A. de C.V.
II. Para incluir en Argo Almacenadora, S.A. de C.V.:
1. La bodega D, ubicada en Kilσmetro 53 mas
750 de
2. La bodega 1 ubicada en Carretera Cancϊn
Aeropuerto Km. 17, Lote 519, Central de Abastos,
C.P. 77500, Cancϊn, Quintana Roo, autorizada tambiιn para colocar marbetes o
precintos,
con 1,337.23 m2, con clave de unidad autorizada 146 y con carαcter de directa.
III. Para modificar en Almacenadora Banorte, S.A. de C.V.:
1. La bodega 1, bodega seca s/n y cαmara
frigorνfica s/n ubicada en Calle Huinala s/n,
IV. Para incluir en Almacenes Generales del Bajνo, S.A. de C.V.:
1. La bodega 1-A ubicada en Carretera Cancϊn Tulum Manzana 07, Lote 7, SM 301, C.P. 77560, Alfredo V. Bonfil, Benito Juαrez, Quintana Roo, autorizada tambiιn para colocar marbetes o precintos, con 642.72 m2, con clave de unidad autorizada 84 y habilitada a Onest, S.A. de C.V.
2. La bodega s/n ubicada en Av. del Curtidor
No. 419, nave C, Fraccionamiento Industrial Juliαn de Obregσn, C.P. 37290, Leσn,
Guanajuato, con clave de unidad autorizada 85 y con carαcter
de directa.
V. Para incluir en Almacenadora General, S.A. de C.V.:
1. La bodega 1 ubicada en Autopista
Mιxico-Querιtaro Km. 42.5, Col. Barrio Texcacoa,
C.P. 54605, Tepotzotlαn, Estado de Mιxico, con clave de unidad autorizada 20 y
habilitada a ABC Logνstica, S.A. de C.V.
2. La bodega 1 ubicada en Parque Industrial Tres Rνos, Av. Jorge Jimιnez Cantϊ s/n, Rancho San Javier, Col. Ex Hacienda de San Miguel, C.P. 54715, Cuautitαn Izcalli, Estado de Mιxico, autorizada tambiιn para colocar marbetes o precintos, con 99 m2, con clave de unidad autorizada 21 y habilitada a Procesos de Valor Agregado, S.C.
3. La bodega B ubicada en Antonio Alvarez Esparza No. 47, Bodega B, entre Priv. Rayσn y Emiliano Zapata, Col. Las Liebres, C.P. 45623, Tlaquepaque, Jalisco, autorizada tambiιn para colocar marbetes o precintos, con 50 m2, con clave de unidad autorizada 22 y habilitada a Procesos de Valor Agregado, S.C.
4. La bodega 19, 20 y 21 ubicada en Centro Logνstico de Cancϊn, Lote 84, Manzana 84 Supermanzana 301, Carretera Cancϊn Aeropuerto, Municipio Benito Juαrez, C.P. 77569, Cancϊn, Quintana Roo, autorizada tambiιn para colocar marbetes o precintos, con 50 m2, con clave de unidad autorizada 23 y habilitada a Procesos de Valor Agregado, S.C.
5. La bodega 1 ubicada en Calle sin nombre No. 94, Lote 16, Manzana 3, Zona 9, Colonia Tapeixtle, C.P. 28876, Manzanillo, Colima, autorizada tambiιn para colocar marbetes o precintos, con 200 m2, con clave de unidad autorizada 24 y habilitada a Grupo Logνstico Intermodal Portuario, S.A. de C.V.
6. La bodega 1 ubicada en Calle Gabino Barrera No. 1125, Col. San Carlos, C.P. 44460, Guadalajara, Jalisco, con clave de unidad autorizada 25 y habilitada a Almacenadora Logνstica de Occidente, S.A. de C.V.
VI. Para modificar en Grupo Almacenador Mexicano, S.A. de C.V.:
1. La bodega 1 y 2, patio 3 y 4 ubicada en Av.
de
de directa.
VII. Para incluir en Almacenadora Logνstica Empresarial, S.A. de C.V.:
1. La bodega s/n ubicada en Enrique Jacob Gutiιrrez No. 22, Col. San Andrιs Atoto, C.P. 53500, Naucalpan, Estado de Mιxico, con clave de unidad autorizada 58 y habilitada a Bronceadores Supremos, S.A. de C.V.
2. La bodega s/n ubicada en Av. Presidente Adolfo Lσpez Mateos No. 2, Colonia Atizapαn Centro, C.P. 52900, Atizapαn de Zaragoza, Estado de Mιxico, con clave de unidad autorizada 59 y habilitada a Yamaha Motor de Mιxico, S.A. de C.V.
3. La bodega 1 ubicada en Carretera al
Castillo Km. 13.5, Colonia el Nuevo Castillo, C.P. 45685,
El Salto Jalisco, con clave de unidad autorizada 60 y habilitada a Jalmex
Empresarial, S.A.
de C.V.
VIII. Para incluir en Logyx Almacenadora, S.A. de C.V.:
1. La bodega s/n ubicada en Carretera Cancϊn-Aeropuerto, Supermanzana 301, Manzana 84, Lote 84, C.P. 77500, Cancϊn, Quintana Roo, autorizada tambiιn para colocar marbetes o precintos, con 9.00 m2, con clave de unidad autorizada 102, y con carαcter de directa.
2. La cαmara frigorνfica s/n ubicada en Santa Catarina, Manzana 29, Lote 2, s/n, Fidenor Puente Internacional Solidaridad, C.P. 65000, Colombia, Nuevo Leσn, con clave de unidad autorizada 103, habilitada a Frialsa Frigorνficos, S.A. de C.V.
3. La bodega s/n ubicada en Carretera a Huinala No. 110, con Carretera Miguel Alemαn, Municipio de Apodaca, Nuevo Leσn, autorizada tambiιn para colocar marbetes o precintos, con 29.23 m2, con clave de unidad autorizada 104 y con carαcter de directa.
4. La bodega s/n ubicada en Eje 140 No. 205,
Zona Industrial del Potosν, Segunda Secciσn,
C.P. 78395, San Luis Potosν, S.L.P., con clave de unidad autorizada 105,
habilitada a Productos Especializados de Acero, S.A. de C.V.
IX. Para incluir en Almacenadora, Mercader, S.A.:
1. La bodega 43, ubicada en Av. de las Granjas y Cerrada de Acalotenco No. 237, Bodega 43, Colonia San Sebastiαn, C.P. 02040, Delegaciσn Azcapotzalco, Mιxico, Distrito Federal, autorizada tambiιn para colocar marbetes o precintos, con 1,584.00 m2, con clave de unidad autorizada 55 y con carαcter de directa.
X. Para cancelar en Almacenadora Regional Mexicana, S.A. de C.V.:
1. La bodega 1, con clave de unidad autorizada 9, habilitada a Zat Logistics, S.A. de C.V.
XI. Para incluir en Almacenadora Sur, S.A. de C.V.:
1. La bodega 107 ubicada en Av. Ayuntamiento y 10 Oriente s/n
actualmente derecho de vνa
No. 1004, Bodega 107, Col.
XII. Para incluir en Almacenadora del Valle de Mιxico, S.A. de C.V.:
1. La bodega 6 ubicada en Blvd. Luis Donaldo Colosio Km. 6.5, Mza. 66, Lotes 88, 89, 90 y 91, Bodega 6, Smza 310, Rancho Nazareth, C.P. 77560, Cancϊn, Benito Juαrez, Quintana Roo, autorizada tambiιn para colocar marbetes o precintos, con 2,646.03 m2, con clave de unidad autorizada 61 y con carαcter de directa.
2. La bodega s/n ubicada en Anillo Perifιrico Norte No. 9834,
Fraccionamiento Residencial Plaza Guadalupe, C.P. 45010, Zapopan, Jalisco, con
clave de unidad autorizada 62 y con carαcter
de directa.
3. La bodega s/n ubicada en Prolongaciσn Lσpez Mateos No. 8597,
Colonia San Agustνn,
C.P. 45645, Tlajomulco de Zϊρiga, Jalisco, con clave de unidad autorizada 63 y
con carαcter
de directa.
XIII. Para cancelar en Almacenadora del Valle de Mιxico, S.A. de C.V.:
1. La bodega 93 con clave de unidad autorizada 19 y con carαcter de directa.
2. La bodega s/n, con clave de unidad autorizada 41 y con carαcter de directa.
3. La bodega s/n, con clave de unidad autorizada 47 y con carαcter de directa.
Sexto.- Se derogan los numerales 10, 11, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 35, 36, 37, 40, 41, 42, 44, 47, 49 y 50 del Anexo 19 Datos que alteran la informaciσn estadνstica de las Reglas de Carαcter General en Materia de Comercio Exterior para 2009.
Sιptimo.- Se modifica el Anexo 22 Instructivo para el llenado del pedimento de las Reglas de Carαcter General en Materia de Comercio Exterior para 2009, como sigue:
I. Para modificar el contenido del numeral 2 del PIE DE PAGINA AGENTE ADUANAL, APODERADO ADUANAL O DE ALMACEN.
II. Para modificar el Apιndice 6 RECINTOS FISCALIZADOS, como sigue:
1. Para adicionar a World Express Cargo de Mιxico, S.A. de C.V.,
con clave 211, a
2. Para suprimir a Possehl Mιxico, S.A. de C.V., con clave 214, de
3. Para adicionar a Possehl Mιxico, S.A. de C.V., con clave 214, a
4. Para suprimir a Inmobiliaria FGT1, S.A. de C.V., con clave 170, de
5. Para suprimir a Siderϊrgica Lαzaro Cαrdenas Las Truchas, S.A. de C.V.,
con clave 34, de
6. Para suprimir Alfonso M. Nogueira Novelo, con clave 168, de
7. Para cambiar la denominaciσn del recinto fiscalizado DHL Internacional
de Mιxico, S.A. de C.V., con clave 12, de
III. Para modificar el Apιndice 8 IDENTIFICADORES, como sigue:
1. Para adicionar un segundo pαrrafo a la descripciσn de la clave ES.
2. Para adicionar los Complementos 1 y 2 a la clave PA.
3. Para adicionar los Complementos 1 y 2 a la clave PB.
4. Para adicionar un segundo pαrrafo a la descripciσn de la clave PM.
5. Para modificar la descripciσn y complemento de la clave TC.
6. Para modificar el segundo pαrrafo de la
descripciσn de la clave UM.
7. Para modificar la clave BR, como sigue:
a) Para derogar en su complemento 1 la expresiσn Apartado A.
b) Para derogar el complemento 2.
8. Para modificar la clave SM en su descripciσn y complemento.
9. Para
modificar la clave NE, como sigue:
a) Para cambiar el numeral 1 por 15 del complemento.
b) Para derogar la clave 2 y motivo de excepciσn del complemento 1.
10. Para modificar la clave NS en su complemento 1, numerales 2 y 801.
11. Para adicionar la clave RP.
12. Para modificar la clave DT en su complemento.
13. Para modificar la clave ST en su complemento.
14. Para derogar la clave RI.
15. Para modificar la clave EN, como sigue:
a) Para adicionar en el complemento 1, la excepciσn ENOM.
b) Para modificar el complemento 2.
c) Para adicionar el complemento 3.
IV. Para modificar el Apιndice 9 REGULACIONES Y RESTRICCIONES NO ARANCELARIAS, como sigue:
1. Para
adicionar a la SECRETARIA DE ECONOMIA la clave CM.
2. Para modificar la descripciσn de la clave A1 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACION.
V. Para adicionar el Campo 13 al Apιndice 17 CODIGO DE BARRAS, PEDIMENTOS, PARTES II Y COPIA SIMPLE, CONSOLIDADOS.
VI. Para adicionar el Apιndice 21 RECINTOS FISCALIZADOS ESTRATEGICOS.
Octavo.- Se modifica lo dispuesto en el Artνculo Unico transitorio, fracciσn II de las Reglas de Carαcter General en Materia de Comercio Exterior para 2009, publicadas en el DOF el 29 de abril de 2009, para quedar como sigue:
II.
Lo dispuesto en el ϊltimo pαrrafo de
la regla 2.1.2. de la presente Resoluciσn, no serα aplicable durante la
vigencia de las Reglas de Carαcter General en Materia de Comercio Exterior para
2009.
Noveno.- Se modifica lo dispuesto en el Artνculo Unico transitorio, fracciσn VI de las Reglas de Carαcter General en Materia de Comercio Exterior para 2009, publicadas en el DOF el 29 de abril de 2009, para quedar como sigue:
VI.- Lo dispuesto en los numerales 7 de la regla 2.4.5. y 5 de la regla 2.4.13., relativos a la transmisiσn del RFC y nϊmero telefσnico del consignatario o del propietario de la mercancνa, en caso de ser distinto al consignatario, asν como de la clave ID fiscal del embarcador de la mercancνa, asν como de la persona a quien deba notificarse el arribo, no serα aplicable durante el periodo comprendido entre el 31 de agosto de 2009 y la fecha de publicaciσn en el DOF de la presente Resoluciσn.
Dιcimo.- Se modifica lo dispuesto en el Artνculo Unico transitorio, fracciσn IX de las Reglas de Carαcter General en Materia de Comercio Exterior para 2009, publicadas en el DOF el 29 de abril de 2009, para quedar como sigue:
IX. Lo dispuesto en la regla 2.7.3., numerales 1
y 3 del cuarto pαrrafo de la presente Resoluciσn, no serα aplicable durante la
vigencia de las Reglas de Carαcter General en Materia de Comercio Exterior para
2009.
Dιcimo primero.- Se modifica lo dispuesto en el Artνculo Unico transitorio, fracciσn X de las Reglas de Carαcter General en Materia de Comercio Exterior para 2009, publicadas en el DOF el 29 de abril de 2009, para quedar como sigue:
X. Lo dispuesto en la regla 2.7.10. de la
presente Resoluciσn, no serα aplicable durante la vigencia de las Reglas de
Carαcter General en Materia de Comercio Exterior para 2009, a los pasajeros provenientes de los Estados Unidos de Amιrica,
Canadα y Europa.
Dιcimo segundo.- Se modifica lo dispuesto en el Artνculo Unico transitorio, fracciσn I
de
I. Lo dispuesto en las reglas 2.4.5. y
2.4.13. de la presente Resoluciσn, no serα aplicable
durante el periodo comprendido entre el 5 de septiembre de 2009 y la fecha de
publicaciσn en el DOF de la presente Resoluciσn.
Dιcimo tercero.- Se modifica lo dispuesto en el artνculo Sexto
de las Reglas de Carαcter General en Materia de Comercio Exterior para 2009,
publicadas en el DOF el 29 de abril de 2009, para quedar
como sigue:
Sexto.-
Para los efectos de la regla
2.13.13. de la presente Resoluciσn, cuando el agente aduanal se hubiere
encontrado imposibilitado para llevar a cabo la designaciσn y ratificaciσn de
agente aduanal sustituto ante
Lo establecido en el presente resolutivo,
procederα ϊnicamente en los casos en que el agente aduanal hubiera llevado a
cabo la designaciσn y ratificaciσn ante Notario Pϊblico con posterioridad al
1o. de enero de 2002 y siempre que no se encuentre o se hubiera encontrado
sujeto a un procedimiento de suspensiσn, cancelaciσn o extinciσn de patente, en
el momento en que llevσ a cabo la designaciσn y ratificaciσn.
En estos casos, la persona que con anterioridad
a la publicaciσn de la presente Resoluciσn, hubiere sido designada y ratificada
ante Notario Pϊblico por el agente aduanal como agente aduanal sustituto,
contarα con el plazo de un mes a partir de la entrada en vigor de la presente
Resoluciσn, para presentar la totalidad de la documentaciσn establecida en la
regla 2.13.13. de la presente Resoluciσn y la copia certificada ante Notario
Pϊblico del instrumento notarial en el cual conste la designaciσn y
ratificaciσn correspondiente.
Lo anterior, aun cuando se hubiera publicado en
el DOF, el extracto del acuerdo de extinciσn por fallecimiento del Agente
Aduanal que realizσ la designaciσn y ratificaciσn ante Notario Pϊblico.
Dιcimo cuarto.- Los agentes aduanales autorizados para promover ϊnicamente el despacho
de mercancνas de ciertas fracciones arancelarias, que no estιn sujetos a procedimiento de suspensiσn,
cancelaciσn o extinciσn de su patente, interesados en obtener autorizaciσn
para llevar a cabo el despacho de todo tipo de mercancνas, podrαn presentar
solicitud mediante escrito libre, ante
1. Copia
certificada del acta de nacimiento.
2. Declaratorias
formuladas Bajo protesta de decir verdad, en original, en las cuales se
seρale de manera textual lo siguiente:
a) No
haber sido condenado por sentencia ejecutoriada por delito doloso.
b) No
tener antecedentes penales.
c) No ser
servidor pϊblico, excepto tratαndose de cargos de elecciσn popular, ni militar
en
servicio activo.
d) No
tener parentesco por consanguinidad en lνnea recta sin limitaciσn de grado y
colateral hasta el cuarto grado, ni por afinidad, con el administrador de la
aduana de adscripciσn de la patente.
3. Copia
certificada por notario pϊblico, del tνtulo y cιdula profesional o su equivalente
en los tιrminos de la ley de la materia.
La vigencia de las cartas bajo protesta de decir verdad, serα de tres meses contados a partir de la fecha de su expediciσn y hasta la fecha en que se tenga por recibida dicha documentaciσn.
Las solicitudes que se reciban con posterioridad a la fecha lνmite, que no cumplan con todos los requisitos o que no se acompaρen de la documentaciσn seρalada, se tendrαn por no presentadas, sin posibilidad de exhibir documentaciσn faltante una vez concluido el plazo seρalado en el primer pαrrafo del presente artνculo.
Los agentes aduanales que cumplan con la totalidad de los
requisitos, serαn citados por
Una vez aprobados los exαmenes,
Dιcimo quinto.- Para los efectos de lo dispuesto en la regla 5.2.4., primer pαrrafo de
las Reglas de Carαcter General en
Materia de Comercio Exterior para 2009, publicadas en el DOF el 29 de abril de
2009, las empresas que llevaron a cabo operaciones de submanufactura o
submaquila durante el ejercicio fiscal de 2008, podrαn considerarlas como
prestaciσn de servicios y aplicar la tasa de 0% del impuesto al valor agregado,
siempre que la empresa con Programa IMMEX haya:
I. Exportado
los bienes materia del contrato de servicio de submanufactura o submaquila;
II. Registrado
a las submanufactureras o submaquiladoras en su programa; y
III. Presentado
el aviso a que se refiere
Dιcimo Sexto.- Los agentes aduanales que
cuenten con pedimentos de importaciσn definitiva de vehνculos usados,
tramitados conforme a lo dispuesto en las Reglas 2.6.23. y 2.6.24. de Carαcter
General en Materia de Comercio Exterior para 2008, publicadas en el DOF el 30
de abril de 2008, y sus resoluciones de modificaciσn, respecto de los cuales al
momento de activar el mecanismo de selecciσn automatizado les hubiera
correspondido reconocimiento aduanero y que por imposibilidad material no se
hayan presentado fνsicamente los vehνculos en el lugar seρalado para tal
efecto, deberαn efectuar lo siguiente:
1. Presentar mediante escrito libre ante la aduana de su adscripciσn, la
solicitud del cierre del pedimento en el SAAI, manifestando que acepta que
cometiσ la irregularidad a que se refiere el artνculo 176, fracciσn VII de
a) Un
listado que indique los nϊmeros de los pedimentos que correspondan a las
operaciones pendientes por cerrar.
b) Los
pedimentos originales, con las copias destinadas al transportista, importador y
al
agente aduanal.
c) El
original del encargo conferido; y
d) El
holograma original que contiene la informaciσn del vehνculo.
La aduana de que se trate analizarα la
solicitud y documentaciσn proporcionada por el agente aduanal, a efecto de
verificar que no se trata de operaciones con nϊmeros de identificaciσn
vehicular (VIN) duplicados, en cuyo caso no se permitirα el cierre de las
operaciones en el SAAI.
Una vez realizado el cierre de los pedimentos,
la aduana deberα levantar acta circunstanciada de hechos, en tιrminos del
artνculo 152 de
En ningϊn caso se podrα solicitar la devoluciσn
de las contribuciones correspondientes.
El trαmite a que se refiere el presente
artνculo, podrα realizarse a partir de la entrada en vigor de la presente
Resoluciσn y hasta el 26 de febrero de 2010.
Dιcimo Sιptimo.- Las instituciones y autoridades encargadas de preservar
Artνculo transitorio
Unico.- La presente Resoluciσn entrarα en vigor al dνa siguiente al de su publicaciσn en el DOF, con excepciσn de lo siguiente:
I. Lo
dispuesto en la regla 2.2.1., apartado B, ϊltimo pαrrafo,
en el Anexo 22, Apιndice 8 Identificadores, clave NS y en el Anexo 10
Sectores y Fracciones arancelarias, apartado A de la presente Resoluciσn,
entrarαn en vigor a los treinta dνas hαbiles posteriores a su publicaciσn en el
DOF, sin embargo, el trαmite de inscripciσn en el Padrσn de Importadores de
Sectores Especνficos en el Sector 8 del apartado A del Anexo 10 de la presente Resoluciσn,
se podrα iniciar a partir del dνa siguiente de la publicaciσn en el DOF de la
presente Resoluciσn.
II.- Lo dispuesto en los numerales 7 de la regla 2.4.5. y 5 de la regla 2.4.13. de la presente Resoluciσn, relativos a la transmisiσn del RFC y nϊmero telefσnico del consignatario o del propietario de la mercancνa, en caso de ser distinto al consignatario, asν como de la clave ID fiscal del embarcador de la mercancνa, asν como de la persona a quien deba notificarse el arribo, entrarα en vigor a los 30 dνas naturales siguientes a la fecha de publicaciσn en el DOF de la presente Resoluciσn.
Atentamente
Mιxico, D.F., a 4 de
diciembre de 2009.- El Jefe del Servicio de Administraciσn Tributaria, Alfredo Gutiιrrez Ortiz Mena.- Rϊbrica.
ANEXO 1 DE LAS REGLAS DE CARACTER GENERAL EN
MATERIA
DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2009
Declaraciones,
avisos y formatos
Contenido
.............................................................................................................................................................................................
22. Declaraciσn de aduana para pasajeros procedentes del extranjero (espaρol, inglιs, francιs y japonιs).
23. Declaraciσn de dinero salida de pasajeros (inglιs y francιs).
24. Declaraciσn de internaciσn o extracciσn de cantidades en efectivo y/o documentos por cobrar (inglιs).
.............................................................................................................................................................................................
28. Encargo conferido al agente aduanal para realizar operaciones de comercio exterior o la revocaciσn del mismo.
.............................................................................................................................................................................................
32. Pago de contribuciones al comercio exterior (espaρol, inglιs y francιs).
.............................................................................................................................................................................................
36. Registro
del despacho de mercancνas de las empresas, conforme al artνculo 100 de
.............................................................................................................................................................................................
41. Solicitud de autorizaciσn de importaciσn temporal de embarcaciones (espaρol e inglιs).
.............................................................................................................................................................................................
43. Solicitud de autorizaciσn para dejar sin efectos la suspensiσn en el padrσn de importadores y/o en el padrσn de importadores de sectores especνficos.
.............................................................................................................................................................................................
47. Solicitud de Inscripciσn al padrσn de importadores de sectores
especνficos.
48. Solicitud de modificaciσn de datos en el padrσn de importadores y/o en el padrσn de importadores de sectores especνficos.
49. Solicitud para el padrσn de exportadores sectorial.
.............................................................................................................................................................................................
51. Declaraciσn de mercancνas que serαn importadas con fines de Seguridad Nacional.
Atentamente,
Mιxico, D.F., a 4 de diciembre de 2009.- El Jefe del Servicio de Administraciσn Tributaria, Alfredo Gutiιrrez Ortiz Mena.- Rϊbrica.
ENCARGO CONFERIDO AL AGENTE ADUANAL PARA
REALIZAR OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR O |
|
|
||||||
|
1. FECHA DE ELABORACION |
|||||||
-
PADRON DE IMPORTADORES |
|
|
|
|
||||
-
C. AGENTE ADUANAL. |
DIA |
MES |
AΡO |
|
||||
|
2.
CLAVE DEL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES: |
|
|
3. DATOS DE IDENTIFICACION DEL IMPORTADOR:
|
APELLIDO PATERNO APELLIDO MATERNO Y NOMBRE (S) O DENOMINACION O RAZON
SOCIAL |
CALLE NUMERO Y/O
LETRA EXTERIOR NUMERO Y/O
LETRA INTERIOR |
COLONIA CODIGO POSTAL TELEFONO
(Indicar clave Lada) |
LOCALIDAD MUNICIPIO O
DELEGACION ENTIDAD
FEDERATIVA |
4. ENCARGO QUE SE CONFIERE (Llenar este rubro cuando se requiera habilitar
al agente aduanal para que realice operaciones de comercio exterior, utilizando
un solo formato por cada agente aduanal).
DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL
ARTICULO 59, FRACCION III DE |
|||||||
NOMBRE DEL AGENTE ADUANAL |
NUMERO DE PATENTE |
||||||
|
|
||||||
|
|
|
|
|
|
||
CON VIGENCIA: (MARQUE CON UNA X SOLO UNA OPCION) |
INDEFINIDO |
|
UN AΡO |
|
OTRA |
|
________________________________ (INDIQUE FIN DE VIGENCIA: DD/MM/AAAA) |
|
|
|
|
|
|
||
5. REVOCACION DEL ENCARGO CONFERIDO (Este rubro se debe llenar ϊnicamente cuando se
requiera dar de baja a un agente aduanal encomendado anteriormente).
DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN |
|
NOMBRE DEL AGENTE ADUANAL |
NUMERO DE PATENTE |
|
|
REVOCAR A PARTIR DE: _________________________________ (ESPECIFIQUE
FECHA: DD/MM/AAAA) |
6. DATOS DEL REPRESENTANTE LEGAL:
APELLIDO
PATERNO, MATERNO, NOMBRE(S) ____________________________________________________ CORREO ELECTRONICO: ______________________________ |
|
CLAVE DEL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES
DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA |
|
BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD MANIFIESTO QUE
TODOS LOS DATOS ASENTADOS SON REALES Y EXACTOS, QUE ____________________________________________________________________________ NOMBRE Y FIRMA AUTOGRAFA DEL CONTRIBUYENTE O
REPRESENTANTE LEGAL |
|
ACREDITACION DEL REPRESENTANTE
LEGAL CONFORME AL ARTICULO 19 DEL CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION: |
|
NUMERO DE ESCRITURA PUBLICA |
NOMBRE Y NUMERO DEL NOTARIO PUBLICO |
|
|
CIUDAD |
FECHA |
|
|
ESTE
FORMATO DEBERA REGISTRARSE ELECTRONICAMENTE.
ESPACIO EXCLUSIVO PARA SER LLENADO DE
CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL NOVENO Y DECIMO PARRAFOS DE |
Anverso
Instructivo de llenado de la declaraciσn de encargo
conferido al agente aduanal para realizar operaciones de comercio exterior o su
revocaciσn
1. Fecha de elaboraciσn: Se indicarα la fecha de llenado del formato.
2. Clave del Registro Federal de Contribuyentes: Se indicarα la clave de RFC del importador a trece posiciones tratαndose de (personas fνsicas) y a doce posiciones tratαndose de (personas morales), para lo cual se dejarα el primer espacio en blanco.
3. Datos de identificaciσn del importador: Se indicarα el nombre, denominaciσn o razσn social, tal y como aparece en su aviso de inscripciσn al Registro Federal de Contribuyentes (RFC) o en el caso de existir cambio de denominaciσn, razσn social o rιgimen de capital, indicarα el registrado actual; indicar el domicilio fiscal registrado.
4. Encargo que se confiere: Se indicarα
el nombre completo del agente aduanal, el nϊmero de la patente aduanal o
autorizaciσn del mismo, asν como especificar la vigencia que tendrα el mandato,
en caso de indicar la opciσn Otra se debe indicar la fecha en la que se desea
termine la vigencia del encargo. El encargo conferido se encontrarα vigente a
partir de que la autoridad realice la incorporaciσn de la patente aduanal en el
sistema correspondiente. Una vez que dicha patente es incorporada, el agente
aduanal debe realizar la aceptaciσn o desconocimiento electrσnico, de
conformidad con lo establecido en
Nota: En caso de haber requisitado este rubro, se omitirα el llenado del campo nϊmero 5.
5. Revocaciσn del encargo conferido: Se indicarα el nombre completo del agente aduanal, el nϊmero de la patente aduanal o autorizaciσn del mismo y se especificarα la fecha (dd/mm/aaaa) a partir de la cual le serα revocada la autorizaciσn para realizar operaciones de comercio exterior a nombre y por cuenta del importador.
Nota: Cuando se llene este campo, no se debe indicar ningϊn dato en el rubro 4.
6. Datos del representante legal: Se
indicarα claramente el nombre completo del representante legal, su clave de
Registro Federal de Contribuyentes, correo electrσnico e indicar su firma
electrσnica avanzada. Asimismo, se indicarα el nϊmero de escritura pϊblica, el
nombre y nϊmero del notario pϊblico, la ciudad y la fecha, de la acreditaciσn
del representante legal conforme al artνculo 19 del Cσdigo Fiscal de
Este formato se deberα
registrar de la siguiente manera:
Electrσnicamente a travιs de la pαgina de Internet www.aduanas.gob.mx
Telιfono de Asistencia del Padrσn de Importadores: 01 800 463 67 28 de
Lunes a Viernes de 9:00 a
18:00 hrs., desde Estados Unidos y Canadα: 1 877 (4488728).
Las empresas transportistas que realicen operaciones de consolidaciσn
de carga por vνa terrestre bajo el rιgimen aduanero de trαnsito interno u
operaciones de trαnsito interno a la importaciσn por ferrocarril, deberαn
presentar personalmente ante
Nota Importante
SE
DEBERA LLENAR UN FORMATO POR CADA AGENTE ADUANAL AL QUE SE LE CONFIERA O
REVOQUE EL ENCARGO PARA REALIZAR OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR.
EL NO CUMPLIR CON LOS REQUISITOS SEΡALADOS O
MANIFESTAR INCORRECTAMENTE LOS DATOS, SERA CAUSA DE RECHAZO DEL PRESENTE
FORMATO.
Reverso
|
Registro
del despacho de mercancνas de las empresas, conforme al artνculo 100 de |
|
Marque
con una X el tipo de solicitud de que se trate:
* En caso de modificaciσn
o adiciσn asegϊrese de anexar los documentos que demuestren los datos que nos
proporcionσ. |
ACUSE DE RECIBO |
DATOS DE
1. Denominaciσn o razσn social |
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3.
Domicilio fiscal |
Marque
con una X si solicita modificaciσn |
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Calle Nϊmero
y/o letra exterior Nϊmero
y/o letra interior |
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Colonia C.P. Municipio/Delegaciσn Entidad federativa |
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4.
Domicilio para oνr y recibir notificaciones |
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Calle Nϊmero
y/o letra exterior Nϊmero
y/o letra interior |
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Colonia C.P. Municipio/Delegaciσn Entidad federativa |
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Telιfono |
Correo
electrσnico |
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DATOS
DEL REPRESENTANTE LEGAL DE
5. Nombre. |
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Apellido paterno Apellido materno Nombre |
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RFC incluyendo la homoclave |
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Telιfono |
Correo electrσnico |
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DATOS
DE LAS PERSONAS AUTORIZADAS PARA OIR Y RECIBIR NOTIFICACIONES.
6. Persona autorizada para
oνr y recibir notificaciones. |
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Apellido paterno Apellido materno Nombre |
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RFC incluyendo la homoclave |
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Telιfono |
Correo electrσnico |
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6.1. Persona autorizada
para oνr y recibir notificaciones. |
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Apellido paterno Apellido materno Nombre |
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RFC incluyendo la homoclave |
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Telιfono |
Correo electrσnico |
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6.2. Persona autorizada para oνr y recibir
notificaciones. |
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Apellido paterno Apellido materno Nombre |
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RFC incluyendo la homoclave |
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Telιfono |
Correo electrσnico |
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DOCUMENTOS
QUE ACREDITAN LOS DATOS DE
7. Acta constitutiva de la
persona moral solicitante. |
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Nϊmero
del instrumento notarial o pσliza mercantil |
Fecha |
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Nombre
y nϊmero del Notario o Corredor Pϊblico |
Entidad
Federativa |
|
8. Modificaciσn (es) al acta constitutiva. |
8.1. Modificaciσn al acta constitutiva. |
8.2. Modificaciσn al acta constitutiva. |
|
|
Nϊmero
del instrumento notarial o pσliza mercantil |
Nϊmero
del instrumento notarial o pσliza mercantil |
|
|
Fecha |
Fecha |
|
|
Nombre
y nϊmero del Notario o Corredor Pϊblico |
Nombre
y nϊmero del Notario o Corredor Pϊblico |
|
|
Entidad
Federativa |
Entidad
Federativa |
|
|
Descripciσn
de la modificaciσn |
Descripciσn
de la modificaciσn |
|
|
8.3. Modificaciσn al acta constitutiva. |
8.4. Modificaciσn al acta constitutiva. |
|
|
Nϊmero
del instrumento notarial o pσliza mercantil |
Nϊmero
del instrumento notarial o pσliza mercantil |
|
|
Fecha |
Fecha |
|
|
Nombre
y nϊmero del Notario o Corredor Pϊblico |
Nombre
y nϊmero del Notario o Corredor Pϊblico |
|
|
Entidad
Federativa |
Entidad
Federativa |
|
|
Descripciσn
de la modificaciσn |
Descripciσn
de la modificaciσn |
|
|
9.
Poder general para actos de administraciσn que le otorgσ la persona moral
solicitante. *
De constar en el acta constitutiva, seραlelo marcando una X en el cuadro. |
|
Consta en el acta
constitutiva. En caso de no constar en el acta constitutiva por favor seρale
los siguientes datos: |
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|
Nϊmero del instrumento notarial o pσliza mercantil |
Fecha |
|
|
|
|
Nombre y nϊmero del Notario Pϊblico o Corredor Pϊblico |
Entidad Federativa |
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|
10.
Indique si la persona moral solicitante cuenta con programa IMMEX. |
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|
||||
|
SI |
Seρale
por favor el nϊmero del programa |
|
|
NO |
|
Si no cuenta con programa IMMEX por favor proporcione
la siguiente informaciσn:
1.- Por favor marque con una X la opciσn que
corresponde a los ejercicios durante los que la persona moral solicitante ha
dictaminado sus estados financieros: |
|||
|
Los ϊltimos cinco aρos |
|
Los ϊltimos _____aρos, a partir de la constituciσn
(Cuando tenga menos de cinco aρos de constituida). |
2.- Por favor marque con una X el supuesto en que
se ubica la persona moral solicitante: |
|
|
Realizσ importaciones con un valor mayor a
$75,576,766.00 en el aρo de calendario anterior al que se presenta la
solicitud. |
|
Inicia sus operaciones y estima efectuar en el
ejercicio de inicio importaciones con valor superior a $75,576,766.00. |
11.-
Anote la descripciσn detallada de la mercancνa que se importarα y su fracciσn
arancelaria. * La
fracciσn arancelaria de las mercancνas debe seρalarse de acuerdo a la tarifa
de |
||||
Marque con una X si solicita adiciσn |
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Descripciσn |
Fracciσn |
Descripciσn |
Fracciσn arancelaria |
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12. Anote el nombre y nϊmero de patente de los
agentes aduanales o nombre y nϊmero de autorizaciσn de los apoderados
aduanales autorizados para promover el despacho a nombre y en representaciσn
de la solicitante. |
||||
Marque con una X si solicita
adiciσn |
|
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Nombre (indicar si es agente o
apoderado) |
Patente o autorizaciσn |
Nombre (indicar si es agente o
apoderado) |
Patente o autorizaciσn |
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13. Si estima conveniente limitar el registro a
determinados proveedores, favor de relacionarlos a continuaciσn |
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Marque con una X si solicita
adiciσn |
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Nombre |
Domicilio |
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14. Seρale los datos de la constancia de pago del
derecho |
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Fecha de pago |
Monto en moneda nacional |
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Denominaciσn o razσn social de
la instituciσn en la cual se realizo el pago |
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15. Anote el nombre, RFC y domicilio de los
transportistas que designa para operar bajo el esquema de revisiσn en origen. |
||||
Marque con una X si solicita
adiciσn |
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Nombre |
RFC |
Domicilio |
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|
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16. Renovaciσn del registro
del despacho de mercancνas de las empresas. |
|
Marque con una X si solicita
renovaciσn y su representada cumple con los requisitos previstos para el
otorgamiento del registro del despacho de mercancνas de las empresas. |
Documentos que se deben
anexar a la solicitud. |
|
Copia certificada de la
escritura constitutiva, ϊnicamente cuando se solicite el registro. Cuando se
trate de una renovaciσn no serα necesario presentarla nuevamente. |
|
Copia certificada del
instrumento notarial con el que el firmante acredite sus facultades para
realizar actos de administraciσn. Si en trαmites posteriores al registro se
presentan solicitudes firmadas por persona distinta, se deberα anexar a la
solicitud copia certificada del documento notarial con el que el firmante
acredite sus facultades para realizar actos de administraciσn. |
|
|
Original de la forma oficial
5, denominada Declaraciσn general de pago de derechos, por el concepto de
registro del despacho de mercancνas de las empresas con la que se acredite
el pago de los derechos previstos el artνculo 40, inciso a) de |
|
|
Medio magnιtico conteniendo la
informaciσn incluida en esta solicitud, en formato word. |
Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que los datos
asentados en el presente documento son ciertos y que las facultades que me
fueron otorgadas no han sido modificadas o revocadas.
_______________________________________________________________
NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL DEL SOLICITANTE
INFORMACION DE ENVIO 1. Presente esta solicitud y
los documentos anexos en: Administraciσn Central de Regulaciσn
Aduanera Hidalgo 77, Mσdulo IV, P.B., Colonia
Guerrero, C.P. 06300, Mιxico, Distrito
Federal. De lunes a viernes, en un horario de
9:00 a 15:00 horas * Por favor anexe una copia de
la solicitud para que la sellemos y la pueda conservar como acuse de recibo 2. Tambiιn puede enviar la
solicitud y los documentos mediante el Servicio Postal Mexicano o utilizando
los servicios de empresas de mensajerνa. |
|||
Servicio de Administraciσn Tributaria SECRETARIA DE
HACIENDA Y CREDITO PUBLICO |
|
||
|
|
No. de Folio/No. of Folio: |
|
PARA SER LLENADO POR EL
IMPORTADOR/THE IMPORTER WILL PROVIDE THE FOLLOWING INFORMATION |
1. Fecha de ingreso/Date of entry Fecha
de vencimiento/Expiring date |_______|_______|_______|_______|_______|_______| |_______|_______|_______|_______|_______|_____| dνa/day mes/month aρo/year dνa/day mes/month aρo/year |
2. Datos del propietario/Owners generals. Nombre completo (apellido paterno/apellido
materno/nombre(s)), razσn o denominaciσn social/Full name (Last name/name) or
companys name. ______________________________________________________________________________________________________________ Domicilio/Address
_______________________________________________________________________________________________ |
3. Datos del importador/Importers generals. ______________________________ _____________________________ _______________________________ Apellido paterno/Last name Apellido
materno/middle name Nombre(s)/Name Domicilio/Address
_______________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________________________ Licencia de conducir/Drivers license ________________________________________________________________________________ Pasaporte/Passport number
_______________________________________________________________________________________ Nacional/Mexican citizen ( ) Extranjero/Non
Mexican citizen ( ) Si es extranjero, indique su calidad
migratoria/If non Mexican, indicate your migratory status:
____________________________________ Propietario/Owner( )
Cσnyuge/Spouse ( ) Ascendiente/Ancestor ( ) Descendiente/Descendant
( ) Otro/Other ( ) |
4. Datos de la embarcaciσn/Boat΄s information. Clase de embarcaciσn/Class of boat
________________________________________________________________________________ Nombre/Name
_______________________________________________________________
Marca/Trademark ___________________ Eslora/Lenght ________________________________________________________________
Tipo/Model ________________________ Modelo/Model year
____________________________________________________________ Nϊm. de
registro/Registry number ______ Motor (es)/Motor (motors)
_______________________________________________________ Serie casco/Hull΄s series
_____________ Color/Color
__________________________________________________________________ Tνtulo de
propiedad/Ownership΄s title ____ Nϊmero de serie/ Serial number
__________________________________________________ Nϊmero de matrνcula/Enrol
number _____ VIN/VIN
___________________________________________________________________ Finalidad a la que serα destinadα la embarcaciσn/The
object of boats ______________________________________________________ |
5. Destino de la embarcaciσn/Boat΄s destination: Explotaciσn/Exploitation____________________
Exploraciσn/Exploration __________ |
6. Declaro bajo protesta de decir verdad que retornarι oportunamente al
extranjero la embarcaciσn importada temporalmente a los Estados Unidos
Mexicanos y que me abstendrι de cometer infracciones o delitos relacionados
con su indebida utilizaciσn durante su estancia en este paνs/I hereby declare
under oath that I will opportunely return abroad the temporarily imported
boat, and that I will abstain myself of commiting any penalties or felonies
related with their improper use while their stay in this country. _________________________ Firma/Signature |
ESTE FORMATO DEBIDAMENTE REQUISITADO AMPARA
THIS FORM, ONCE STAMPED, COVERS THE LEGAL STAY OF THE BOAT IN MEXICO.
PARA USO EXCLUSIVO
OFICIAL/OFFICIAL USE ONLY |
7. Autorizaciσn de la aduana o secciσn aduanera/Customs office or
customs section authorization. Nombre/Name ______________________________________________________________________ No. de gafete del empleado/Employee gafet
number _____________________________ Firma/Signature |
Sello Aduana o secciσn aduanera/ Seal Customs office or customs Section |
8. Datos del retorno/Return information. Fecha/Date_______________ ______________
_______________ dνa /day mes/month aρo/year Aduana o Secciσn aduanera/Customs office or
customs section________________________________________________ Clave/Code______________________________________________ Lugar/Place______________________________________________ |
REVERSO/BEHIND REVERSE
____________________________
Instructivo de llenado de la solicitud de
autorizaciσn de importaciσn temporal de embarcaciones/Instructions for
completing the application for temporal importation of boats
-Escribir con claridad, letra de molde y
bolνgrafo/Write clearly with ballpoint pen.
-Esta solicitud se debe de presentar en
original y copia/This form should be submitted in original and a copy.
-Conserve su solicitud autorizada para ser
entregada en la oficina de control de la aduana por donde vaya a efectuar su
retorno. Este
documento es su comprobante de la estancia legal de su embarcaciσn/This form is
your legal importation document, and it should be provided to the customs control
office when returning abroad.
-Este documento no
es vαlido si presenta raspaduras o enmendaduras/This document is not valid if
it presents scratchings or amendments.
-Recuerde usted que
al proporcionar datos inexactos o falsos se harα acreedor a sanciones
relacionadas con la presunciσn de contrabando/You are liable for any false
statements or inaccurate information provided in this document to penalties
related to smuggling presumption.
- No. de Folio/No. of Folio.- La autoridad
aduanera anotarα el nϊmero de folio del registro interno que
corresponda/Custom΄s authority will provide each form with its corresponding
number.
Los campos 1, 2, 3, 4, 5 y 6 serαn llenados por
el importador, los campos 7 y 8 son de uso exclusivo de la autoridad
aduanera/Camp 1, 2, 3, 4, 5 and 6 must be completed by the importer, camp 7 and
8 are for official use only.
Estos datos deberαn ser llenados por el
importador/The importer will provide the following information:
1.- Fecha de ingreso/Date of entry.- Anotarα la fecha de ingreso de la
embarcaciσn a territorio nacional/The date on which the boats has crossed the
mexican border.
Fecha de vencimiento/Expyring date.- Se anotarα
la fecha en que venza la importaciσn temporal de la embarcaciσn/The date on
which the authorization for the temporal importation of the boat expires.
2.- Datos del propietario/Owner΄s generals.
Nombre completo
(apellido paterno/apellido materno/nombre(s)), razσn o denominaciσn social y
domicilio fiscal/Full name (last name/name) or company΄s name and complete
address should be written down.
3.- Datos del importador/Importers generals.
Anotarα el nombre del importador, asν como su
direcciσn completa/The importers name and complete address should be written
down.
Licencia de conducir/Drivers license.- Anotarα
el nϊmero de la licencia de conducir/The driving license number should be
written down.
Pasaporte/Passport.- Anotarα el nϊmero de
pasaporte/The passport number should be written down.
Nacional o Extranjero/Mexican or Non Mexican
Citizen.- Anotarα con una X si es nacional o extranjero/Mark with an X
whether your are Mexican or Non Mexican Citizen.
Si es extranjero, indique su calidad
migratoria: Indicarα mediante nϊmero asignado a su calidad migratoria/If Non
Mexican, state your migratory status: Indicate by your assigned number your
migratory status.
Marcarα con una X si la persona que solicita
la importaciσn temporal de la embarcaciσn es el propietario, cσnyuge,
ascendiente o descendiente/Mark with an X whether the person that requires
the temporal importation of the boat is the owner, spouse, ancestor or
descendant.
4.- Datos de la embarcaciσn/Boats information.- En este recuadro anotarα
los datos de la embarcaciσn, tales como: clase de embarcaciσn, nombre, marca,
eslora, tipo, modelo, nϊmero de registro, nϊmero de motor, nϊmero de serie del
casco, color, nϊmero del tνtulo de propiedad, nϊmero de serie, nϊmero de
matrνcula, vin (nϊmero de identificaciσn vehicular)/The boats information
should be written down, such as class, name, trademark, length, model, model
year, registry number, motor number, hulls series number, color, real state
property, serial number, enrol number, vehicle identification number.
5.- Destino de la embarcaciσn/Boat΄s destination:
Seρalarα con una X la opciσn correspondiente al destino de la embarcaciσn,
pudiendo ser: explotaciσn o exploraciσn/An X mark should be marked at the
correspondant boat destination (Exploitation or exploration). Finalidad a la
que serα destinada la embarcaciσn/The object of boats: El importador seρalarα
el uso que le darα a la embarcaciσn/The importers object of boats should be
written down.
6.- Firma/Signature.- Asentarα su firma autσgrafa/Your
signature should be written down.
Notas/Notes:
Deberα acreditar la propiedad de la embarcaciσn
para lo cual deberα anexar a la presente solicitud copia de cualquiera de los
siguientes documentos: factura, el contrato de fletamento, tνtulo de propiedad,
o bien del certificado de registro otorgado por la autoridad competente/The
boats ownership should be proved by annexing to this application form any of
the following documents: invoice, transport contract, ownership΄s title or the
registry certificate granted by the competent authority.
Deberα anexar copia de la siguiente
documentaciσn/A copy of the following documents should be attached:
I. Las caracterνsticas tιcnicas de las mercancνas
antes descritas/The technical characteristics of the above mentioned
merchandise are indicated;
II. Acta constitutiva en la que se establezca
dentro del objeto social de la empresa, que se dedicarα a la prestaciσn de los
servicios de exploraciσn o explotaciσn, y/Company΄s by-laws in which
exploration or exploitation should be included at the company΄s purpose, and
III. En su caso, el contrato, concesiσn o
autorizaciσn correspondiente, para la prestaciσn de los servicios que requieran
de dichas mercancνas para su cumplimiento/If the case may be, the contract,
concession or correspondant authorization which demonstrates that with the
above mentioned merchandise, the services will be rendered.
SOLICITUD DE AUTORIZACION PARA DEJAR SIN EFECTOS |
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Informaciσn General del Solicitante
Marcar con una X si es: |
Persona Moral |
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Persona Fνsica |
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Nombre completo (apellido paterno / materno /
nombre (s), denominaciσn o razσn social. |
Clave del RFC |
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Domicilio Fiscal |
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CALLE NUMERO Y/O LETRA EXTERIOR NUMERO Y/O LETRA INTERIOR |
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COLONIA CODIGO POSTAL TELEFONO |
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LOCALIDAD MUNICIPIO O DELEGACION ENTIDAD
FEDERATIVA |
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Domicilio para oνr y recibir notificaciones |
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CALLE NUMERO Y/O LETRA EXTERIOR NUMERO Y/O LETRA INTERIOR |
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COLONIA CODIGO POSTAL TELEFONO |
|||||||||||||
LOCALIDAD MUNICIPIO O DELEGACION ENTIDAD FEDERATIVA |
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Actividades generales a que se dedique el
interesado_____________________________________________________ ________________________________________________________________________________________________ |
Datos
del representante legal
Nombre completo (apellido paterno / materno /
nombre (s)) |
Clave del RFC |
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Correo Electrσnico: ______________________________________________ |
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Declaro bajo protesta de decir verdad, que los datos
proporcionados son ciertos. _________________________________________________________ Firma autσgrafa del solicitante o representante legal |
Seρale
los documentos que anexa, para comprobar que ya corrigiσ la inconsistencia por
la que fue suspendido.
|
DIA________
MES__________________ AΡO __________
Anverso.
Instrucciones para el llenado de
en el
- Llene
2 tantos de esta solicitud a mαquina o con letra de molde. - No
invada los lνmites de los recuadros. - De
preferencia utilice tinta azul. - La
solicitud y sus anexos se entregarαn en forma personal, o bien, a travιs del
servicio de mensajerνa en el domicilio: Administraciσn de Contabilidad y Glosa Administraciσn Central de Contabilidad y Glosa, Administraciσn General de Aduanas, Av. Hidalgo 77, mσdulo IV, primer piso, Col. Guerrero, Delegaciσn Cuauhtιmoc, C.P. 06300, Mιxico, D.F. Informaciσn General del Solicitante 1. Seρale con una X si es persona fνsica
o persona moral 2. Anote el nombre completo, razσn o
denominaciσn social segϊn corresponda, asν como el Registro Federal de
Contribuyentes del importador a doce o trece posiciones segϊn corresponda. 3. Anote el domicilio fiscal asν como
domicilio para oνr y recibir notificaciones, especificando calle, nϊmero
exterior e interior, Colonia, Delegaciσn o Municipio, Cσdigo Postal,
Localidad, Entidad Federativa y telιfonos. 4. Anote las actividades generales a que
se dedique el interesado. Informaciσn del representante legal. 1. Anote los datos generales del
representante legal, especificando el nombre completo y el Registro Federal
de Contribuyentes. 2. Anote el correo electrσnico del
representante legal. 3. El solicitante (interesado o
representante legal) asentarα su firma autσgrafa. Documentos que deberαn anexarse Para efectos de que proceda la presente solicitud, se
deberα anexar la siguiente documentaciσn completa: a) Documentos con los que compruebe que corrigiσ
la inconsistencia por la que fue suspendido. b) Copia fotostαtica de c) Para personas morales, anexe copia simple del
acta constitutiva y del poder notarial que acredite que quien firma la
solicitud estα facultado para realizar actos de administraciσn. d) Si el representante legal es extranjero,
anexe copia simple del documento que compruebe su legal estancia en el paνs y
que acredite que su calidad migratoria le permite ostentarse con los cargos
que se mencionan en el acta constitutiva o poder notarial correspondientes,
de conformidad con el artνculo 67 de e) Si la persona fνsica es representada por una
tercera persona, adjunte poder notarial o carta poder en la que se faculte
para realizar este trαmite, conforme lo dispuesto en el artνculo 19 del
Cσdigo Fiscal de f) Tratαndose de
personas fνsicas extranjeras residentes en territorio nacional, incluir
ademαs, copia del documento mediante el cual comprueben su legal estancia en
el paνs. Informes y Consulta
de Resultados: ● Pαgina de Internet de Aduana Mιxico:
www.aduanas.gob.mx ● Vνa telefσnica sin costo: 01 800
INFOSAT (4636728) de lunes a viernes de 8:00 a 21:00 Hrs. desde Estados
Unidos y Canadα: 1 877 (4488728). ● Correo electrσnico:
padrondeimportadores@sat.gob.mx ● Mσdulo de atenciσn personalizada:
Ubicado en Av. Hidalgo No. 77, Mσdulo IV, primer piso, IMPORTANTE: Es indispensable que previo al envνo de esta
solicitud se comunique con nosotros, a efecto de informarle sobre los motivos
por los que fue suspendido en el |
Reverso
SOLICITUD DE INSCRIPCION AL PADRON DE IMPORTADORES DE
SECTORES ESPECIFICOS |
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Llenar claramente los campos que se indican:
A)
DATOS GENERALES
Clave del Registro Federal de
Contribuyentes
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Fecha en que se presenta: dνa |
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mes |
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aρo |
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DATOS DE IDENTIFICACION |
Apellido paterno, materno, nombre(s), o
denominaciσn o razσn social |
Calle nϊmero
y/o letra exterior nϊmero
y/o letra interior |
Colonia Cσdigo
postal Telιfono
(con clave lada) |
Localidad Municipio Entidad
Federativa |
Objeto social y/o actividad preponderante: ______________________________________________________________ |
B) DOMICILIO DE BODEGAS Y/O SUCURSALES DONDE SE
MANTENDRAN LAS MERCANCIAS IMPORTADAS
|
Calle nϊmero y/o letra exterior nϊmero y/o letra interior entre las calles de y de |
Colonia Cσdigo
postal Telιfono
(con clave lada) |
Localidad Municipio Entidad
Federativa |
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MARCAR CON UNA X EL NOMBRE DEL O DE LOS
SECTORES EN LOS QUE DESEA INSCRIBIRSE. |
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1) Productos quνmicos. |
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5) Explosivos y material relacionado con
explosivos. |
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2) Radiactivos y Nucleares. |
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6) Sustancias quνmicas, materiales para usos
pirotιcnicos y artificios relacionados con el empleo de explosivos. |
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3) Precursores quνmicos y quνmicos esenciales. |
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7) Las demαs armas y accesorios. Armas
blancas y accesorios. Explosores |
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4) Armas de fuego, sus partes, refacciones,
accesorios y municiones. |
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8) Mαquinas, aparatos, dispositivos y artefactos,
relacionados con armas y otros |
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C)
DATOS DEL REPRESENTANTE LEGAL DE
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Apellido paterno, materno, nombre(s) Correo
electrσnico:_________________________________ |
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Clave del Registro Federal de Contribuyentes |
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Declaro bajo protesta de decir verdad que los datos
asentados son reales y exactos __________________________________________________________ Firma del contribuyente o representante legal |
|||||||||||||||||
Importante: Instrucciones generales en el reverso de
esta solicitud. Este formato debe estar
totalmente requisitado y contener firma autσgrafa. |
|||||||||||||||||
Anverso
INSTRUCCIONES GENERALES
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|
- Llene 2 tantos de esta
solicitud a mαquina o con letra de molde. - De preferencia utilice tinta
azul. - No invadir los lνmites de
los recuadros. - Seρale de manera clara los
datos solicitados. A) Anote la fecha en que firma
la solicitud (dd/mm/aaaa), anote la clave del RFC a trece posiciones
(personas fνsicas). Si es persona moral, indique la clave del RFC, dejando el
primer espacio en blanco. Anote el nombre, denominaciσn o
razσn social tal y como se encuentra registrado actualmente ante el Registro
Federal de Contribuyentes, asν como los datos de identificaciσn del domicilio
fiscal que se mencionan de manera clara y completa. Se podrα presentar su solicitud en
forma personal al Administraciσn de Contabilidad y Glosa Administraciσn Central de Contabilidad y Glosa, Administraciσn General de Aduanas, Av. Hidalgo 77, mσdulo IV, primer piso, Col. Guerrero, Delegaciσn Cuauhtιmoc, C.P. 06300, Mιxico, D.F. |
|
|
|
B) Anote el domicilio completo
donde almacenarα las mercancνas importadas. Si tiene mαs de una bodega y/o
sucursal, indique el domicilio de la principal y seρale en hoja anexa los
domicilios de todas las demαs bodegas y/o sucursales. Informaciσn de los sectores que
desea importar: Marque con una X el nombre del o
los sectores en los que desea inscribirse, conforme a las fracciones
arancelarias que aparecen listadas en el rubro A del Anexo 10 de las RCGMCE
vigentes relativas al |
|
|
|
C) Anote el nombre, RFC a trece posiciones y
correo electrσnico del representante legal de la empresa que promueve y
fνrmela con tinta azul. |
|
Informes y Consulta de
Resultados: ● Pαgina de Internet de Aduana Mιxico:
www.aduanas.gob.mx ● Vνa telefσnica sin costo: 01 800
INFOSAT (4636728) de lunes a viernes de 8:00 a 21:00 Hrs. desde Estados
Unidos y Canadα: 1 877 (4488728) ● Correo electrσnico:
padrondeimportadores@sat.gob.mx ● Mσdulo de atenciσn personalizada:
Ubicado en Av. Hidalgo No. 77, Mσdulo IV, primer piso, Col. Guerrero,
Delegaciσn Cuauhtιmoc, Mιxico, D.F.; donde, el solicitante o representante
legal acreditando su personalidad, de conformidad con el artνculo 19 del
Cσdigo Fiscal de |
|
Reverso
SOLICITUD
DE MODIFICACION DE DATOS EN EL PADRON DE IMPORTADORES Y/O EN EL PADRON DE
IMPORTADORES DE SECTORES ESPECIFICOS |
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Informaciσn General del Solicitante
Persona Moral |
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Persona Fνsica |
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Nombre completo actual (apellido paterno / materno /
nombre (s)), denominaciσn o razσn social |
Clave del RFC |
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Nombre completo anterior (apellido paterno / materno
/ nombre (s)), denominaciσn o razσn social |
Clave del RFC |
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Domicilio Fiscal |
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CALLE
NUMERO Y/O LETRA EXTERIOR NUMERO Y/O LETRA INTERIOR |
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COLONIA
CODIGO POSTAL TELEFONO |
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LOCALIDAD MUNICIPIO O DELEGACION
ENTIDAD FEDERATIVA |
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Domicilio para oνr y recibir notificaciones |
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CALLE
NUMERO Y/O LETRA EXTERIOR NUMERO Y/O LETRA INTERIOR |
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COLONIA
CODIGO POSTAL TELEFONO |
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LOCALIDAD MUNICIPIO O
DELEGACION ENTIDAD
FEDERATIVA |
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Actividades generales a que se dedique el interesado
____________________________________________________ ________________________________________________________________________________________________ |
Datos del representante legal
Nombre completo (apellido paterno / materno /
nombre(s)) |
Clave del RFC |
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Correo Electrσnico: ________________________________________________ |
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Declaro bajo protesta
de decir verdad, que los datos proporcionados son ciertos. _________________________________________________________ Firma autσgrafa del
solicitante o representante legal |
DIA________ MES__________________ AΡO __________
Anverso
Instrucciones para llenar |
- Llene 2 tantos de esta solicitud a mαquina o con
letra de molde. - De preferencia utilice tinta azul. - No invadir los lνmites de los recuadros. - La solicitud y sus anexos se entregarαn en forma
personal, o bien, a travιs del servicio de mensajerνa en Administraciσn de
Contabilidad y Glosa Administraciσn Central
de Contabilidad y Glosa, Administraciσn General
de Aduanas, Av. Hidalgo 77, mσdulo
IV, primer piso, Col. Guerrero,
Delegaciσn Cuauhtιmoc, C.P. 06300, Mιxico,
D.F. Informaciσn General del Solicitante 1. Seρale con una X si es persona fνsica
o persona moral. 2. Anote el nombre completo actual, razσn
o denominaciσn social, asν como el Registro Federal de Contribuyentes del
importador a doce o trece posiciones segϊn corresponda, de conformidad con
los nuevos datos que le asignσ 3. Anote el nombre completo anterior,
razσn o denominaciσn social, asν como el Registro Federal de Contribuyentes
del importador a doce o trece posiciones segϊn corresponda. 4. Anote el domicilio fiscal, asν como el
domicilio para oνr y recibir notificaciones, especificando Calle, Nϊmero
Exterior e Interior, Colonia, Delegaciσn o Municipio, Cσdigo Postal,
Localidad, Entidad Federativa y Telιfonos. 5. Anote las actividades generales a que
se dedique el interesado. Informaciσn del Representante Legal 1. Anote los datos generales del
representante legal, especificando el nombre completo y el Registro Federal
de Contribuyentes. 2. Anote el correo electrσnico del
representante legal. 3. El solicitante (interesado o
representante legal) asentarα su firma autσgrafa. Documentos que deberαn anexarse: Para efectos de que proceda la presente solicitud, se
deberα anexar la siguiente documentaciσn completa: a) Copia fotostαtica de identificaciσn
oficial vigente del solicitante o del representante legal, de conformidad con
b) Si cambiσ la denominaciσn o razσn social
de la empresa, deberα enviar copia simple de la escritura pϊblica
protocolizada ante notario pϊblico, en la cual conste dicho cambio. c) Para personas morales, anexe copia
simple del acta constitutiva y del poder notarial que acredite que quien
firma la solicitud estα facultado para realizar actos de administraciσn. d) Si
el representante legal es
extranjero, anexe copia simple del documento que compruebe su legal estancia
en el paνs y que acredite que su calidad migratoria le permite ostentarse con
los cargos que se mencionan en el acta constitutiva o poder notarial correspondientes,
de conformidad con el artνculo 67 de e) En el caso de que se haya realizado un
cambio de RFC, el documento original que compruebe el encargo conferido al o
los agentes aduanales para realizar las operaciones a que se refiere el
artνculo 59, fracciσn III de f) Tratαndose de personas fνsicas extranjeras residentes en territorio
nacional, incluir ademαs, copia del documento mediante el cual comprueben su
legal estancia en el paνs. g) Si la persona fνsica es representada por
una tercera persona, adjunte poder notarial o carta poder en la que se
faculte para realizar este trαmite, conforme lo dispuesto en el artνculo 19
del Cσdigo Fiscal de Informes o Consulta de Resultados: ● Pαgina de Internet de Aduana Mιxico:
www.aduanas.gob.mx ● Vνa telefσnica sin costo: 01 800
INFOSAT (4636728) de lunes a viernes de 8:00 a 21:00 Hrs. desde Estados
Unidos y Canadα: 1 877 (4488728). ● Correo electrσnico:
padrondeimportadores@sat.gob.mx ● Mσdulo de atenciσn personalizada:
Ubicado en Av. Hidalgo No. 77, Mσdulo IV, primer piso, Col. Guerrero,
Delegaciσn Cuauhtιmoc, Mιxico, D.F.; donde, el solicitante o representante
legal acreditando su personalidad, de conformidad con el artνculo 19 del Cσdigo
Fiscal de |
Reverso
|
SOLICITUD PARA EL PADRON DE
EXPORTADORES SECTORIAL |
|
LLENAR CLARAMENTE LOS CAMPOS QUE SE INDICAN:
A) FECHA EN QUE SE PRESENTA: DIA
_____ MES _____ AΡO ________
MARQUE CON UNA X EL TRAMITE QUE SOLICITA |
SOLICITUD DE |
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DEJAR SIN EFECTOS |
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MODIFICACION |
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INSCRIPCION |
LA SUSPENSION |
DE DATOS |
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CLAVE DEL REGISTRO FEDERAL DE
CONTRIBUYENTES
PERSONA FISICA |
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PERSONA MORAL |
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DATOS DE IDENTIFICACION ACTUAL |
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APELLIDO PATERNO, MATERNO, NOMBRE (S), O
DENOMINACION O RAZON SOCIAL |
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CALLE NUMERO Y/O
LETRA EXTERIOR NUMERO
Y/O LETRA INTERIOR |
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COLONIA CODIGO POSTAL TELEFONO |
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LOCALIDAD MUNICIPIO ENTIDAD
FEDERATIVA |
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GIRO O ACTIVIDAD PREPONDERANTE: |
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MARCAR CON UNA X SI ES |
100% EXPORTADOR |
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ENAJENADOR (VENDEDOR) EN TERRITORIO NACIONAL,
DE LAS MERCANCIAS INDICADAS EN LOS SECTORES SOLICITADOS |
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INDICAR CON UNA X SI ES |
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PRODUCTOR |
ENVASADOR |
COMERCIALIZADOR |
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B)
MODIFICACION DE DATOS, ANOTAR EL ANTERIOR RFC, O NOMBRE SEGUN CORRESPONDA:
NOMBRE COMPLETO ANTERIOR
(APELLIDO/PATERNO/MATERNO/NOMBRE) DENOMINACION O RAZON SOCIAL |
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CLAVE DEL ANTERIOR
REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES |
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C)
SECTORES
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MARCAR CON UNA X EL NOMBRE DEL O DE LOS
SECTORES EN LOS QUE DESEA INSCRIBIRSE. REINCORPORARSE AL DEJAR SIN EFECTOS |
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1) ALCOHOL, ALCOHOL DESNATURALIZADO Y MIELES
INCRISTALIZABLES |
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4) BEBIDAS ALCOHOLICAS FERMENTADAS (VINOS). |
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2) CERVEZA. |
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5) BEBIDAS ALCOHOLICAS DESTILADAS (LICORES). |
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3) TEQUILA. |
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6) CIGARROS Y TABACOS LABRADOS. |
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D)
DATOS DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA |
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APELLIDO PATERNO, MATERNO, NOMBRE(S) CORREO ELECTRONICO: ________________________ |
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CLAVE DEL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES |
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DECLARO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD QUE LOS DATOS
ASENTADOS SON REALES Y EXACTOS ______________________________________________________________ FIRMA AUTOGRAFA DEL CONTRIBUYENTE O REPRESENTANTE
LEGAL |
E) DEJAR
SIN EFECTOS
|
INSTRUCCIONES PARA LLENAR ESTA
SOLICITUD AL REVERSO.
Anverso
Instrucciones para llenar
- Llene claramente
los campos que se indican en 2 tantos de esta solicitud. - No invada los lνmites de los
recuadros. - De preferencia utilice tinta azul. - Realice su trαmite conforme a Padrσn de
Exportadores Sectorial. Ventanilla de Control de Gestiσn de A) Anote la fecha en que presenta su solicitud
dd/mm/aaaa - Marque con una X el trαmite que solicita: Solicitud de
Inscripciσn, Solicitud de autorizaciσn para dejar sin efectos - Seρale con una X si es persona fνsica o persona moral - Anote el nombre completo, razσn o denominaciσn social
segϊn corresponda, tal y como se encuentra registrado ante el Registro
Federal de Contribuyentes; en caso de existir cambio de denominaciσn o razσn
social o rιgimen de capital anotarα los nuevos datos que le asignσ - Anote el Registro Federal de Contribuyentes del importador
a doce o trece posiciones segϊn corresponda. - Anote el domicilio fiscal completo especificando calle,
nϊmero exterior e interior, Colonia, Delegaciσn o Municipio, Cσdigo Postal,
Localidad, Entidad Federativa y telιfonos. - Anote Giro o actividad principal. - Seρale con una X, si es 100% Exportador o si es
Enajenador (Vendedor) en Territorio Nacional, de las mercancνas indicadas en
los Sectores Solicitados - Asimismo indicar con una X si es, productor, envasador o
comercializador. B) Sσlo en el caso de Modificaciσn de Datos
llene esta informaciσn, seρalando el ANTERIOR Registro Federal de
Contribuyentes y/o el ANTERIOR Nombre, Denominaciσn o Razσn Social. C) Marque con una X el nombre del o los sectores en los que desea
Inscribirse. Reincorporarse al dejar sin efecto D) Anote los datos generales del representante
legal, especificando el nombre completo y el Registro Federal de
Contribuyentes. - Anote el correo electrσnico del representante legal o
solicitante. - El solicitante (interesado o representante legal) asentarα
su firma autσgrafa. E) En el caso de ser un trαmite de
reincorporaciσn deberα seρalar los Anexos o documentos con los que compruebe
que corrigiσ la inconsistencia por la que fue suspendido. Documentos que deberαn anexarse a) Copia fotostαtica de identificaciσn oficial vigente del
solicitante o del representante legal, de conformidad con b) Para personas morales, anexe copia simple del acta
constitutiva y del poder notarial que acredite que quien firma la solicitud
estα facultado para realizar actos de administraciσn. c) Si el representante legal es extranjero, anexe copia simple del documento que
compruebe su legal estancia en el paνs y que acredite que su calidad
migratoria le permite ostentarse con los cargos que se mencionan en el acta
constitutiva o poder notarial correspondientes, de conformidad con el
artνculo 67 de d) Tratαndose de personas fνsicas extranjeras residentes en territorio
nacional, incluir ademαs, copia del documento mediante el cual comprueben su
legal estancia en el paνs. e) Si la persona fνsica es representada por una tercera
persona, adjunte poder notarial o carta poder en la que se faculte para
realizar este trαmite, conforme a lo dispuesto en el artνculo 19 del Cσdigo
Fiscal de f) Si cambiσ la denominaciσn o razσn social de la empresa,
deberα enviar copia simple de la escritura pϊblica protocolizada ante notario
pϊblico, en la cual conste dicho cambio. g) En el caso de trαmite de Solicitud para dejar sin efectos Informes y Consulta de Resultados: ● Pαgina de Internet de Aduana Mιxico: www.aduanas.gob.mx ● Vνa telefσnica sin costo: 01 800
INFOSAT (4636728) de lunes a viernes de 8:00 a 21:00 Hrs. desde Estados
Unidos y Canadα: 1 877 (4488728). ● Correo electrσnico: padrondeimportadores@sat.gob.mx ● Mσdulo de atenciσn personalizada:
Ubicado en Av. Hidalgo No. 77, Mσdulo IV, primer piso, Col. Guerrero,
Delegaciσn Cuauhtιmoc, Mιxico, D.F.; donde, el solicitante o representante
legal acreditando su personalidad, de conformidad con el artνculo 19 del
Cσdigo Fiscal de IMPORTANTE: Para el trαmite de Solicitud para
dejar sin efectos |
Reverso
Servicio de Administraciσn Tributaria SECRETARIA DE
HACIENDA Y CREDITO PUBLICO |
Declaraciσn
de mercancνas que serαn importadas con fines de seguridad nacional. |
Informaciσn
del Importador.
Nombre de la instituciσn o autoridad
encargada de preservar la Seguridad Nacional. |
Clave del RFC |
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Domicilio fiscal: Calle
___________________________ No. y/o letra exterior ________ No. y/o letra
interior ________ Colonia __________________ Cσdigo Postal
___________ Municipio o Delegaciσn en el D.F. ____________________ Localidad _________________ Entidad
Federativa _____________________ Telιfono(s) _______________________ |
Datos
del titular de la instituciσn o autoridad encargada de preservar
Nombre completo (apellido
paterno/materno/nombre (s)). |
Clave del RFC |
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Domicilio para oνr y recibir notificaciones:
Calle __________________________________________________________ No. y/o letra exterior ________ No. y/o letra
interior________ Colonia __________________ Cσdigo Postal __________ Municipio o Delegaciσn en el D.F.
______________________ Entidad Federativa ______________________________ Correo electrσnico institucional _______________________________________
Telιfono(s) _____________________ |
Datos
del funcionario autorizado para recibir las mercancνas en la aduana.
Nombre completo (apellido
paterno/materno/nombre (s)). |
Clave del RFC |
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Correo electrσnico ___________________________________
Telιfono(s) ___________________________________ |
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Constancia de nombramiento u oficio de
designaciσn nϊmero: ______________________________________________ del ____ de ___________________ de _______. |
Mercancνas
a importar.
Razσn o justificaciσn de la necesidad de
importar las mercancνas ________________________________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________________________________ |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Valor de las mercancνas (segϊn factura, en su
caso) _______________ Aduana por la que ingresarα _______________ |
Declaro bajo protesta de decir verdad, que
todo lo asentado es cierto y que la mercancνa a importar es necesaria para
llevar a cabo las acciones destinadas a la seguridad nacional, dentro del
marco de las atribuciones de la instancia de la cual soy titular. ________________________________________ Nombre y firma autσgrafa del titular de la instancia
o autoridad encargada de preservar la Seguridad Nacional |
Documentos
que deberαn anexarse.
a. Copia de la constancia del nombramiento
del titular de la instancia o autoridad encargada de preservar b. Factura o documento que justifique la
propiedad de la mercancνa a importar o declaraciσn bajo protesta de decir
verdad de que es su legνtimo propietario, en su caso. c. Declaraciσn bajo protesta de decir
verdad, de que la mercancνa para la cual tramita la importaciσn, es necesaria
para llevar a cabo las acciones destinadas a la seguridad nacional. |
DIA________
MES__________________ AΡO __________.
Sσlo
para uso oficial del personal de la aduana.
Nombre completo del empleado aduanero (apellido
paterno/materno/nombre (s)). |
Nϊmero de gafete |
|
|
Dνa Mes Aρo ____ _____________ _________ |
Sello de |
Instructivo de llenado de
- Esta solicitud serα llenada de manera electrσnica, a
mαquina o con letra de molde, con bolνgrafo a tinta negra o azul y las cifras
no deberαn invadir los lνmites de los recuadros. - El original se entregarα en la oficialνa de partes de Informaciσn General del
Solicitante 1. Anotarα el nombre de la instituciσn o
autoridad encargada de preservar 2. Seρalarα el nombre del titular de la
instituciσn o autoridad encargada de preservar 3. Anotarα el nombre del funcionario
autorizado para recibir las mercancνas en la aduana de que se trate,
especificando su correo electrσnico institucional, el (los) nϊmero (s)
telefσnico (s) donde pueda ser localizado y el nϊmero de la constancia del
nombramiento o del oficio de designaciσn y la fecha de su expediciσn. 4. Indicarα la descripciσn detallada de la
mercancνa a importar, seρalando los datos que permitan su identificaciσn
(marca, modelo, nϊmero de serie) o en su defecto, las especificaciones
tιcnicas o comerciales; asimismo, seρalarα la cantidad total (con letra y
nϊmero) de las mercancνas a importar mencionando la unidad de medida de
comercializaciσn (kilo, gramo, metro, pieza, litro, par, juego, etc.) En caso
de que el espacio sea insuficiente se podrα describir la mercancνa en
documento anexo haciendo referencia del mismo en este formato. 5. Seρalarα la razσn o justificaciσn de la
necesidad de importar las mercancνas. 6. Anotarα el valor comercial de la
mercancνa tomando en cuenta la factura comercial en su caso. 7. Especificarα la aduana por donde
ingresarα la mercancνa. Informaciσn del titular de la
instituciσn o autoridad 1. Se asentarαn los datos generales del
titular de la instituciσn o autoridad encargada de preservar 2. Anotarα su correo electrσnico
institucional y los nϊmeros telefσnicos donde pueda ser localizado. 3. El titular de la instituciσn o
autoridad encargada de preservar 4. Su constancia de nombramiento deberα
ser emitida por la instituciσn o autoridad encargada de preservar Documentos que deberαn anexarse 1. Para efectos de que se le dι trαmite a
la presente solicitud, se deberα anexar la documentaciσn completa: a. Copia de la constancia del nombramiento
del titular de la instancia o autoridad encargada de preservar b. Factura o documento que justifique la
propiedad de la mercancνa a importar, declaraciσn bajo protesta de decir
verdad de que es su legνtimo propietario o, en su caso, carta de donaciσn
emitida por el donante extranjero en donde se seρalen las mercancνas y los
datos de dicho donante (nombre, Tax Identification Number, domicilio,
telιfono (s) y correo electrσnico). c. Declaraciσn bajo protesta de decir
verdad, de que la mercancνa para la cual tramita la importaciσn, es necesaria
para llevar a cabo las acciones destinadas a la seguridad nacional. Esta solicitud en original, podrα presentarse
de manera personal o enviarse a travιs del servicio de mensajerνa a "Para cualquier aclaraciσn en el llenado
de este formato, podrα obtener informaciσn en la pαgina electrσnica
www.sat.gob.mx; o comunicarse en el Distrito Federal al 01 800 4636 728, en
el resto del paνs lada sin costo: |
ANEXO 4 DE LAS REGLAS DE CARACTER GENERAL EN MATERIA
DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2009
Horario de las Aduanas
Aduana/Secciσn
Aduanera: |
Horario en que
opera: |
. |
|
ADUANA DE
MONTERREY |
|
Secciσn Aduanera del Aeropuerto Internacional Mariano Escobedo. |
Importaciσn y Exportaciσn.
De lunes a viernes de 8:00 a |
|
........................................................................................................ |
Atentamente,
Mιxico, D.F., a 4 de diciembre de 2009.- El Jefe del Servicio de
Administraciσn Tributaria, Alfredo Gutiιrrez Ortiz Mena.- Rϊbrica.
ANEXO 10 DE LAS REGLAS DE CARACTER GENERAL EN MATERIA
DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2009
Sectores y fracciones arancelarias
A. Padrσn de Importadores
Sectorial.
Sector |
Fracciones arancelarias |
||||
|
|
. |
|
|
|
8.- Mαquinas, aparatos, dispositivos y artefactos, relacionados con armas y otros* |
8457.10.01 8457.20.01 8457.30.04 8458.11.01 8458.11.02 |
8458.11.99 8459.10.01 8461.90.01 8462.10.01 8462.10.99 |
8465.10.01 8465.95.01 8477.10.01 8477.10.99 8477.80.07 |
8479.82.01 8479.82.02 8479.82.03 8479.82.04 8479.82.99 |
8514.10.02 8514.20.01 |
*
Sσlo se deberα inscribir en el Padrσn de Importadores Sectorial 4 a 8, cuando
las fracciones arancelarias se encuentren referidas en el Acuerdo que
establece la clasificaciσn y codificaciσn de las mercancνas cuya importaciσn o
exportaciσn estαn sujetas a regulaciσn por parte de
B. ...............................................................................................................................................................................
Atentamente,
Mιxico, D.F., a 4 de diciembre de 2009.- El Jefe del Servicio de Administraciσn
Tributaria, Alfredo Gutiιrrez Ortiz Mena.- Rϊbrica.
ANEXO 13 DE LAS REGLAS DE CARACTER GENERAL EN MATERIA
DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2009
Almacenes generales de depσsito autorizados para prestar los servicios de depσsito fiscal y almacenes generales de depσsito autorizados para la colocaciσn de marbetes o precintos.
Nombre de |
Domicilio |
Tipo de Bodega B Bodega P Patio CF Cαmara Frigorνfica T Tanques S Silos |
Unidad
Autorizada para colocar marbetes o precintos |
Clave de Unidad Autorizada |
Carαcter de |
|
Almacenadora Accel, S.A. |
|
.. |
..
|
|
|
|
|
Av. Nexxus nϊmero 116, Parque
Industrial Nexxus XXI, Municipio de Escobedo, Nuevo Leσn. |
B. 18 |
B. 18 17.28 m2 |
103 |
Directa |
|
Comercial Llantera Tapatνa, S.A. de C.V. |
Av. Solidaridad Iberoamericana
327 y 335, Col. |
B. 1 y 2 |
|
104 |
Habilitada |
|
.. |
|
.. |
..
|
|
|
|
Argo Almacenadora, S.A. de C.V. |
|
.. |
..
|
|
|
|
|
Kilσmetro 53 mas 750 de |
B. D |
|
145 |
Directa |
|
|
Carretera Cancϊn Aeropuerto Km.
17, Lote 519, Central de Abastos, C.P. 77500, Cancϊn, Quintana Roo. |
B. 1 |
B. 1 1,337.23 m2 |
146 |
Directa |
|
Almacenadora Banorte, S.A. de C.V. |
|
.. |
..
|
|
|
|
Operadora de Reynosa, S.A. de
C.V. |
Calle Huinala s/n, |
B. 1 B. s/n C.F. s/n |
|
17 |
Habilitada |
|
. |
|
.. |
..
|
|
|
|
Almacenes Generales del Bajνo, S.A. de C.V. |
|
.. |
..
|
|
|
|
Onest,
S.A. de C.V. |
Carretera
Cancϊn Tulum Manzana 07, Lote 7, Bodega 1A, SM 301, C.P. 77560, Alfredo V.
Bonfil, Benito Juαrez, Quintana Roo. |
B. 1-A |
B. 1-A 642.72 m2 |
84 |
Habilitada |
|
|
Av. del Curtidor No. 419, nave
C, Fraccionamiento Industrial Juliαn de Obregσn, C.P. 37290, Leσn,
Guanajuato. |
B. s/n |
|
85 |
Directa |
|
Almacenadora General, S.A. |
|
.. |
..
|
|
. |
|
ABC Logνstica, S.A. de C.V. |
Autopista Mιxico-Querιtaro Km.
42.5, Col. Barrio Texcacoa, C.P. 54605, Tepotzotlαn, Estado de Mιxico. |
B. 1 |
|
20 |
Habilitada |
|
Procesos de Valor Agregado,
S.C. |
Parque Industrial Tres Rνos,
Av. Jorge Jimιnez Cantϊ s/n, Rancho San Javier, Col. Ex Hacienda de San
Miguel, C.P. 54715, Cuautitαn Izcalli, Estado de Mιxico. |
B. 1 |
B. 1 99.00 m2 |
21 |
Habilitada |
|
Procesos de Valor Agregado,
S.C. |
Antonio Alvarez Esparza No.
47, Bodega B, entre Priv. Rayσn y Emiliano Zapata, Col. Las Liebres, C.P.
45623, Tlaquepaque, Jalisco. |
B. B |
B. B 50 m2 |
22 |
Habilitada |
|
Procesos de Valor Agregado,
S.C. |
Centro Logνstico de Cancϊn,
Bodegas No. 19, 20 y 21, Lote 84 Manzana 84 Supermanzana 301, Carretera
Cancϊn Aeropuerto, Municipio Benito Juαrez, C.P. 77569, Cancϊn, Quintana Roo. |
B. 19, 20 y 21 |
B. 19 50 m2 |
23 |
Habilitada |
|
Grupo Logνstico Intermodal
Portuario, S.A. de C.V. |
Calle s/n nombre No. 94, Lote
16, Manzana 3, Zona 9, Colonia Tapeixtle, C.P. 28876, Manzanillo, Colima. |
B.1 |
B.1 200 m2 |
24 |
Habilitada |
|
Almacenadora Logνstica de
Occidente, S.A de C.V. |
Calle Gabino Barrera No. 1125,
Col. San Carlos, C.P. 44460, Guadalajara, Jalisco. |
B. 1 |
|
25 |
Habilitada |
|
Grupo Almacenador Mexicano, S.A. de C.V. |
|
.. |
..
|
|
|
|
|
Av. de |
B. 1 y 2, P. 3 y 4 |
B. 2, 148.00 m2 |
5 |
Directa |
|
.. |
|
.. |
..
|
|
|
|
Almacenadora Logνstica Empresarial, S.A. |
|
.. |
..
|
|
|
|
Bronceadores Supremos, S.A. de
C.V. |
Enrique Jacob Gutiιrrez No.
22, Col. San Andrιs Atoto, C.P. 53500, Naucalpan, Estado de Mιxico. |
B. s/n |
|
58 |
Habilitada |
|
Yamaha Motor de Mιxico, S.A.
de C.V. |
Av. Presidente Adolfo Lσpez
Mateos No. 2, Colonia Atizapαn Centro, C.P. 52900, Atizapαn de Zaragoza,
Estado de Mιxico. |
B. s/n |
|
59 |
Habilitada |
|
Jalmex Empresarial, S.A. de
C.V. |
Carretera al Castillo Km.
13.5, Colonia el Nuevo Castillo, C.P. 45685, El Salto Jalisco. |
B. 1 |
|
60 |
Habilitada |
|
Logyx Almacenadora, S.A. de C.V. |
|
.. |
..
|
|
|
|
|
Carretera Cancϊn-Aeropuerto,
Supermanzana 301, Manzana 84, Lote 84, C.P. 77500, Cancϊn, Quintana Roo. |
B. s/n |
B. s/n 9.00 m2 |
102 |
Directa |
|
Frialsa
Frigorνficos, S.A. de C.V. |
Santa Catarina, Manzana 29,
Lote 2, s/n, Fidenor Puente Internacional Solidaridad, C.P. 65000, Colombia,
Nuevo Leσn. |
C.F. s/n |
|
103 |
Habilitada |
|
|
Carretera a Huinala No. 110,
con Carretera Miguel Alemαn, Municipio de Apodaca, Nuevo Leσn. |
B. s/n |
B. s/n 29.23 m2 |
104 |
Directa |
|
Productos Especializados de
Acero, S.A. de C.V. |
Eje 140 No. 205, Zona
Industrial del Potosν, Segunda Secciσn, C.P. 78395, San Luis Potosν, S.L.P. |
B. s/n |
|
105 |
Habilitada |
|
Almacenadora Mercader, S.A. |
|
.. |
..
|
|
|
|
|
Av. De las Granjas y Cerrada
de Acalotenco No. 237, Bodega 43, Colonia San Sebastiαn, C.P. 02040,
Delegaciσn Azcapotzalco, Mιxico, Distrito Federal. |
B. 43 |
B. 43 1,584.00 m2 |
55 |
Directa |
|
|
|
.. |
..
|
|
|
|
Almacenadora Sur, S.A. de C.V. |
|
.. |
..
|
|
|
|
|
Av. Ayuntamiento y 10 Oriente
S/N Actualmente derecho de vνa No. 1004, Bodega 107, Col. |
B. 107 |
B. 107 5,344.50 m2 |
28 |
Directa |
|
.. |
|
.. |
..
|
|
|
|
Almacenadora del Valle de Mιxico, S.A. de C.V. |
|
.. |
..
|
|
|
|
.. |
|
.. |
..
|
|
|
|
|
Blvd. Luis Donaldo Colosio Km.
6.5, Mza. 66, Lotes 88, 89, 90 y 91, Bodega 6, Smza 310, Rancho Nazareth,
C.P. 77560, Cancϊn, Benito Juαrez, Quintana Roo. |
B. 6 |
B.6 2,646.03 m2 |
61 |
Directa |
|
|
Anillo Perifιrico Norte No.
9834, Fraccionamiento Residencial Plaza Guadalupe, C.P. 45010, Zapopan,
Jalisco. |
B. s/n |
|
62 |
Directa |
|
|
Prolongaciσn Lσpez Mateos No.
8597, Colonia San Agustνn, C.P. 45645, Tlajomulco de Zϊρiga, Jalisco. |
B. s/n |
|
63 |
Directa |
|
Atentamente,
Mιxico, D.F., a 4 de diciembre de 2009.- El Jefe del Servicio de
Administraciσn Tributaria, Alfredo Gutiιrrez Ortiz Mena.- Rϊbrica.
ANEXO 19 DE LAS REGLAS DE CARACTER GENERAL EN MATERIA
DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2009
Datos que alteran la informaciσn estadνstica.
.............................................................................................................................................................................................
10. Se deroga.
11. Se deroga.
.............................................................................................................................................................................................
15. Se deroga.
16. Se deroga.
17. Se deroga.
18. Se deroga.
19. Se deroga.
20. Se deroga.
21. Se deroga.
22. Se deroga.
23. Se deroga.
24. Se deroga.
25. Se deroga.
26. Se deroga.
.............................................................................................................................................................................................
35. Se deroga.
36. Se deroga.
37. Se deroga.
.............................................................................................................................................................................................
40. Se deroga.
41. Se deroga.
42. Se deroga.
.............................................................................................................................................................................................
44. Se deroga.
.............................................................................................................................................................................................
47. Se deroga.
.............................................................................................................................................................................................
49. Se deroga.
50. Se deroga.
Atentamente,
Mιxico, D.F., a 4 de diciembre de 2009.- El Jefe del Servicio de
Administraciσn Tributaria, Alfredo Gutiιrrez Ortiz Mena.- Rϊbrica.
ANEXO 22 DE LAS REGLAS DE CARACTER GENERAL EN MATERIA
DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2009
PIE DE PAGINA
AGENTE ADUANAL,
APODERADO ADUANAL O DE ALMACEN
|
CAMPO |
CONTENIDO |
|
.......................................................... |
|
2. |
RFC. |
RFC del agente aduanal o de |
|
|
|
APENDICE 6
RECINTOS FISCALIZADOS
Aduana |
Clave |
Recinto Fiscalizado |
|
. |
|
Aeropuerto
Internacional de |
. |
|
|
|
|
|
12 |
DHL Express Mιxico, S.A. de
C.V. |
|
.. |
|
|
211 |
World Express Cargo de Mιxico,
S.A. de C.V. |
|
.. |
|
Altamira |
.. |
|
|
.. |
|
|
214 |
Possehl Mιxico, S.A. de C.V. |
|
.. |
|
APENDICE 8
IDENTIFICADORES
CVE |
DESCRIPCION |
NIVEL** |
COMPLEMENTO |
|
|||
|
|
|
|
|
|||
BR |
|
|
1. Operaciones al amparo de la regla
3.4.1. de las Reglas de Carαcter General en Materia de Comercio Exterior. 2. Se deroga. |
|
|||
. |
|
. |
|
|
|||
DT |
|
. |
. 22
|
No aplica el artνculo 303 del
TLCAN, conforme a los supuestos establecidos en la regla 3.3.27. de Carαcter
General en Materia de Comercio Exterior, o cuando la tasa es 0% o tasa
exenta, de conformidad con la preferencia arancelaria aplicada por PROSEC,
Regla 8ͺ, acuerdos comerciales suscritos por Mιxico o TIGIE.
|
|||
. |
|
. |
|
|
|||
EN |
|
|
Complemento 1 Se deberα declarar una
excepciσn vαlida conforme a las siguientes opciones: ENOM Cuando la mercancνa estι exceptuada en
tιrminos de la propia Norma Oficial Mexicana, comprendida en el Anexo 2.4.1
del ACUERDO por el que
Complemento 2. Se deberα declarar Complemento 3. Se deberα declarar el numeral
de |
|
|||
. |
|
. |
|
|
|||
ES |
TRATANDOSE DE MERCANCIAS QUE
NO ESTAN SUJETAS A REGULACIONES Y RESTRICCIONES NO ARANCELARIAS, SU DECLARACION
EN EL PEDIMENTO NO ES OBLIGATORIA. |
. |
|
|
|||
. |
|
. |
|
|
|||
NE |
|
P |
Se deberα declarar la clave
que corresponda a las siguientes excepciones: Clave Motivo de 15. No es cianuro de bencilo sus sales y derivados. 2. Se deroga. 3. Se deroga. |
|
|||
. |
|
. |
|
|
|||
NS |
|
P |
Complemento 1 Clave Motivo de
2. Se deroga.
801 No es mercancνa
contemplada en el Acuerdo que establece la clasificaciσn y codificaciσn de
las mercancνas cuya importaciσn o exportaciσn estαn sujetas a regulaciσn por
parte de |
|
|||
|
|
|
|
|
|||
PA |
. |
|
Complemento 1 Unidad Verificadora. Complemento 2 Clave de |
|
|||
|
|
. |
|
|
|||
PB |
|
|
Complemento 1 Unidad Verificadora. Complemento 2 Clave de |
|
|||
... |
|
. |
|
|
|||
PM |
|
|
|
|
|||
... |
|
|
|
|
|||
RI |
Se deroga. |
|
|
|
|||
|
|
|
|
|
|||
RP |
Retorno de residuos peligrosos generados por empresas
con Programa IMMEX. |
P |
Complemento 1 Se deberα declarar la fracciσn arancelaria que le
corresponda de conformidad con el artνculo 6 del Acuerdo que establece la
clasificaciσn y codificaciσn de mercancνas cuya importaciσn y exportaciσn
estα sujeta a regulaciσn por parte de |
|
|||
........ |
|
.. |
|
|
|||
SM |
CUANDO NO APLIQUE |
P |
Complemento 1. 1.-Bebidas refrescantes de conformidad con el
artνculo 3 de 2.- Las importaciones por las que no deba pagarse el
IEPS, de conformidad con el artνculo 13 de |
|
|||
|
|
. |
|
|
|||
ST |
. |
. |
.. 22
. |
No aplica el artνculo 303 del TLCAN, para todas las
partidas del pedimento, conforme a los supuestos establecidos en la regla
3.3.27. de Carαcter General en Materia de Comercio Exterior, o cuando la tasa
es 0% o tasa exenta, de conformidad con la preferencia arancelaria aplicada
por PROSEC, Regla 8ͺ, acuerdos comerciales suscritos por Mιxico o TIGIE.
|
|
||
|
|
|
|
|
|||
TC |
CORRELACION DE LAS FRACCIONES ARANCELARIAS
ESTABLECIDAS EN LOS DECRETOS POR LOS QUE SE ESTABLECE |
|
Declarar la fracciσn arancelaria indicada con el
cσdigo CORR en el Artνculo o Apιndice del Acuerdo correspondiente. |
|
|||
|
|
. |
|
|
|||
UM |
CUANDO SE REQUIERA DETERMINAR |
|
|
|
|||
|
|
. |
|
|
|||
APENDICE 9
REGULACIONES Y RESTRICCIONES NO ARANCELARIAS
SECRETARIA DE ECONOMIA
CLAVE |
DESCRIPCION |
. |
. |
CM |
CUPO MEDIDA DE TRANSICION. |
. |
|
SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA,
DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACION
CLAVE |
DESCRIPCION |
A1 |
CERTIFICADO FITOZOOSANITARIO Y CERTIFICADO DE SANIDAD
ACUICOLA DE IMPORTACION. |
... |
|
.............................................................................................................................................................................................
APENDICE 17
CODIGO DE BARRAS, PEDIMENTOS, PARTES II Y
COPIA SIMPLE, CONSOLIDADOS
CAMPO |
PEDIMENTOS NORMALES |
PEDIMENTOS PARTES
II |
PEDIMENTOS COPIA SIMPLE |
FACTURAS DE PEDIMENTOS CONSOLIDADOS |
RELACION DE FACTURAS DE PEDIMENTOS CONSOLIDADOS |
LONGITUD |
FORMATO |
|
|
|
|
|
.......... |
.. |
. |
13 |
Firma Electrσnica
Avanzada Nϊmero de serie del certificado de CURP de la Firma |
Firma Electrσnica
Avanzada Nϊmero de serie del certificado de CURP de la Firma |
Firma Electrσnica
Avanzada Nϊmero de serie del
certificado de CURP de la Firma |
Firma Electrσnica
Avanzada Nϊmero de serie del
certificado de CURP de la Firma |
Firma Electrσnica
Avanzada Nϊmero de serie del
certificado de CURP de la Firma |
255 |
ALFANUMERICO CON
CARACTERES ESPECIALES Y SEPARADO CADA CAMPO POR EL CARACTER PIPE |
.............................................................................................................................................................................................
APENDICE 21
RECINTOS FISCALIZADOS ESTRATEGICOS
Inmuebles habilitados para introducir
mercancνas bajo el rιgimen de recinto fiscalizado estratιgico, autorizados en
tιrminos de la regla 2.3.5. de la presente Resoluciσn.
Aduana |
Inmueble habilitado para Recinto Fiscalizado Estratιgico |
Aguascalientes |
Recinto Fiscalizado Estratιgico de San Luis,
S.A. de C.V. |
|
SGS Mιxico, S.A. de C.V. |
Ciudad Hidalgo |
Fideicomiso para |
Ciudad Juαrez |
Corporaciσn Inmobiliaria San Jerσnimo, S. de
R.L. de C.V. |
Colombia |
Corporaciσn para el Desarrollo de |
|
Desarrollo Inmobiliario Bosques del Rνo,
S.A. de C.V. |
Guanajuato |
Guanajuato Puerto Interior, S.A. de C.V. |
Atentamente,
Mιxico, D.F., a 4 de diciembre de 2009.- El Jefe del Servicio de Administraciσn Tributaria, Alfredo Gutiιrrez Ortiz Mena.- Rϊbrica.