ACUERDO por el que se da a conocer que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público autoriza a la Secretaría de Gobernación los montos bajo el esquema de Aprovechamientos en materia de Juegos y Sorteos 2009. |
Viernes 28 de agosto de 2009 |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados
Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.
MA.
GUADALUPE LOPEZ MARES, Directora General Adjunta de Juegos y Sorteos, con
fundamento en los artículos 14 y 27, fracción XXII de
CONSIDERANDO
Que corresponde a esta Dependencia del Ejecutivo Federal, señalar la participación que debe corresponder al Gobierno Federal en los permisos que conceda para juegos y sorteos, independientemente de los impuestos que al efecto determinen las leyes fiscales.
Que
corresponde a esta Unidad de Gobierno a través de
y Sorteos, la atención, trámite y despacho de los asuntos relacionados con la
supervisión y vigilancia del cumplimiento de los términos y condiciones consignados
en éstos; el finiquito de los permisos para sorteos;
el desahogo de las quejas, reclamaciones y procedimientos administrativos
provenientes del desarrollo
y resultado de juegos con apuestas y sorteos; imponer sanciones por
infracciones a
Juegos y Sorteos y su Reglamento, así como las que le confieran las demás
disposiciones aplicables.
Que
Que los
rubros a que se refieren los montos autorizados por
Que los
montos autorizados por
ACUERDO
POR EL QUE SE DA A CONOCER QUE
Artículo Unico.- Se da a conocer que
mediante oficio número 349-A-0344 de fecha 27 de abril de 2009,
TRANSITORIO
Unico.- El presente Acuerdo entrará en
vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial
de
Dado en
“Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Subsecretaría de Ingresos.- Unidad de Política de Ingresos.- 349-A-0344.
“2009,
Año de
México, D.F., a 27 de abril de 2009.
C.P. Leticia de Jesús Tadeo Madrazo,
Directora General de Programación y Presupuesto
de
Abraham González No. 48, Edif. L, 1er. piso,
Col. Juárez,
06600, México, D.F.
Hago
referencia al oficio No. OM/DGPYP/342/2009, recibido el pasado 18 de febrero de
2009, mediante el cual solicita autorización de productos y aprovechamientos,
por concepto de servicios que prestan diversas unidades administrativas órganos
administrativos desconcentrados de
Sobre el
particular, le informo que esta Secretaría, con fundamento en los artículos 31,
fracción XI
de
En
relación con los productos, esta autorización se emite sin menoscabo de lo
dispuesto en
Los
ingresos obtenidos por los conceptos autorizados mediante el presente oficio
deberán enterarse a
Atentamente
El Jefe
de
ANEXO II
Aprovechamientos que se autorizan a
para 2009 en materia de Juegos y Sorteos
Permisos de sorteos
La cuota de aprovechamiento por concepto de permisos de sorteos
que se autoriza a
la siguiente tabla:
Límite Inferior
(Pesos)
|
Límite Superior
(Pesos)
|
Cuota fija
(Pesos)
|
Porcentaje sobre
excedente de límite inferior
|
$0.01 |
$5,000.00 |
$0.00 |
15% |
$5,000.01 |
$50,000.00 |
$940.40 |
14% |
$50,000.01 |
$100,000.00 |
$8,812.88 |
13% |
$100,000.01 |
$200,000.00 |
$16,935.63 |
12% |
$200,000.01 |
$300,000.00 |
$31,939.35 |
11% |
$300,000.01 |
$400,000.00 |
$45,683.18 |
10% |
$400,000.01 |
$500,000.00 |
$58,174.56 |
9% |
$500,000.01 |
$1,000,000.00 |
$69,429.48 |
8% |
$1,000,000.01 |
$2,000,000.00 |
$119,411.00 |
7% |
$2,000,000.01 |
$3,000,000.00 |
$206,894.36 |
6% |
$3,000,000.01 |
$4,000,000.00 |
$281,885.27 |
5% |
$4,000,000.01 |
$5,000,000.00 |
$344,372.01 |
4% |
$5,000,000.01 |
$6,000,000.00 |
$394,353.53 |
3% |
$6,000,000.01 |
en adelante |
$431,843.66 |
2% |
Peleas
de Gallos
Nivel
|
Feria Principal de las localidades
|
Cuota por día *
(Pesos)
|
A |
Aguascalientes, Ags. |
$25,382.00 |
B |
Texcoco, Mex.; Zapopan, Jal.; Puebla, Pue.; León, Gto.; Tlaxcala, Tlax., y Metepec, Edo. de México |
$16,501.00 |
C |
Tijuana, B.C.; Chihuahua, Chih.; Morelia, Mich.; y Querétaro, Qro. |
$9,480.00 |
D |
Guadalupe, N.L.; Villahermosa, Tab.; Zacatecas, Zac.; Cd. Juárez, Chih. (en eventos de la feria principal); Irapuato, Gto.; Colima, Col.; Mexicali, B.C. (en eventos de la feria principal); Rosarito, B.C.; San Juan del Río, Qro.; Uruapan, Mich.; Tlaquepaque, Jal.; Culiacán, Sin.; Guadalajara, Jal.; San Luis Potosí, S.L.P.; Pachuca, Hgo. y Gómez Palacio, Dgo. |
$6,960.00 |
E |
Ciudades capitales de los estados fronterizos, Mexicali, B.C., (en eventos que no corresponden a la feria principal), y Chetumal, Q. Roo |
$5,701.00 |
F |
Ciudades capitales de estados restantes |
$4,441.00 |
G |
Cabeceras municipales fronterizas, Tijuana, B.C.; San Luis Río Colorado, Son.; Nogales, Son.; Piedras Negras, Coah.; Cd. Juárez, Chih. (en eventos que no correspondan a la feria principal); Cd. Acuña, Coah.; Nuevo Laredo, Tamps.; Reynosa, Tamps.; Matamoros, Tamps., y Cancún, Q. Roo. |
$5,700.00 |
H |
Cabeceras municipales restantes |
$3,180.00 |
I |
Comunidades |
$1,921.00 |
(*) La
cuota se aplica por día, teniendo como límite 16 peleas diarias, bajo la
hipótesis de que un evento se realiza en un tiempo máximo de ocho horas, a
razón de una pelea por cada media hora. Si la cantidad de peleas solicitadas es
mayor a 16, el excedente de peleas se cobrará en forma proporcional a las
cuotas autorizadas.
Las
cuotas que se autorizan por concepto de permisos de peleas de gallos cubren el
permiso de rifa de números (del 1 al 14), siempre que se celebren entre pelea y
pelea y sin rebasar cinco rifas entre pelea
y pelea.
Lotería de Números dentro de peleas de gallos |
Por cada Lotería de Números |
$241.00 |
Carreras de Caballos
Concepto
|
Cuota (Pesos)
|
1 Carrera |
$1,980.00 |
2 Carreras |
$3,421.00 |
3 Carreras |
$3,804.00 |
4 o más carreras (Por cada carrera) |
$1,201.00 |
Tercia |
$3,240.00 |
Cuarteta |
$4,477.00 |
Quinteta |
$5,757.00 |
Sexteta |
$6,960.00 |
Las cuotas que se autorizan por
concepto de carreras de caballos cubren el permiso de rifa de números (del 1 al
14), siempre que se celebren entre carrera y carrera y sin rebasar cinco rifas
entre carrera y carrera.
Descuentos que se autorizan para sorteos en
el pago de aprovechamientos, por concepto de participaciones señaladas en
Institución u Organismo
|
Porcentaje de |
Instituciones públicas o privadas de asistencia o de beneficencia |
Exentos |
Instituciones educativas con reconocimiento oficial de validez de estudios |
Exentos |
Dependencias y entidades de
|
Exentos |
Sorteos que se celebren con fines exclusivos de propaganda comercial |
Exentos |
Aprovechamiento
que se autoriza a
en materia de Permisos para eventos de autofinanciamiento
Adquirentes de vehículos
Tamaño de grupo y plazo
|
Cuota (Pesos)
|
Grupos de 100 integrantes a 40 meses (Por cada grupo) |
$64.00 |
Grupos de 125 integrantes a 50 meses (Por cada grupo) |
$80.00 |
Grupos de 150 integrantes a 50 meses (Por cada grupo) |
$96.00 |
Grupos de 180 integrantes a 60 meses (Por cada grupo) |
$114.00 |
Adquirentes de bienes inmuebles
Tamaño de grupo y plazo
|
Cuota (Pesos)
|
Grupos de 500 integrantes (Por cada grupo) |
$960.00 |
Grupos de 350 integrantes (Por cada grupo) |
$684.00 |
Grupos de 300 integrantes (Por cada grupo) |
$571.00 |
Adjudicación por sorteo para empresas de
autofinanciamiento
Concepto
|
Cuota (Pesos) |
Cuota (Pesos) |
Enseres domésticos y/o equipo de cómputo |
12,601.00 |
$6,299.00 |
Automóviles |
30,616.00 |
$15,845.00 |
Bienes muebles e inmuebles y/o servicios de construcción |
50,761.00 |
$25,320.00 |
Cuotas por participación de grupos al
evento de adjudicación
Tipo de bien
|
Cuota por
integrante
|
No. de participantes |
Cuota por grupo
|
Enseres domésticos |
$0.97 |
24 |
$24.00 |
Equipos de cómputo |
$1.16 |
|
$48.00 |
Automóviles |
$0.59 |
100 |
$61.00 |
125 |
$75.00 |
||
150 |
$89.00 |
||
180 |
$108.00 |
||
Bienes inmuebles y |
$1.76 |
300 |
$541.00 |
340 |
$613.00 |
||
500 |
$902.00 |
Espectáculos en vivo
Tipo de espectáculo
|
Porcentaje de |
HIPODROMO, GALGODROMO O FRONTON EN VIVO: |
|
Apuestas
realizadas en las propias instalaciones del espectáculo |
2% sobre el monto de las apuestas |
Apuestas realizadas en los libros foráneos de la misma empresa |
2% sobre el monto de las apuestas |
Apuestas realizadas en los libros foráneos de
otras empresas nacionales
|
2% sobre el monto de las apuestas |
HIPODROMO, GALGODROMO O FRONTON SIMULTANEO: |
|
Apuestas realizadas en libros foráneos de eventos celebrados por otra empresa nacional |
2% sobre el monto de las apuestas |
Apuestas
realizadas en libros foráneos de eventos celebrados |
1% sobre el monto de las apuestas |
OTROS EVENTOS |
|
Apuestas realizadas en libros foráneos de
eventos deportivos nacionales
|
1% sobre el monto de las apuestas |
Apuestas realizadas en libros
foráneos de eventos deportivos extranjeros
|
1% sobre el monto de las apuestas |
Sorteo de números en tarjetas con números preimpresos |
2% sobre el monto de las tarjetas vendidas |
Sorteo de números predeterminados por el participante |
2% sobre el monto de las tarjetas vendidas |
Apuestas a juegos de naipes y dados en ferias |
4% sobre el monto de las apuestas menos los premios pagados |
Apuestas a juegos de ruleta en ferias |
4% sobre el monto de las apuestas menos los premios pagados |
Otros eventos
|
Cuota (Pesos)
|
Sorteo de símbolos tipo la lotería mexicana tradicional, cuando el costo de participación por persona y por juego excede la cantidad equivalente al 50% del salario mínimo general diario vigente en el Distrito Federal (Por cada sorteo) |
$236.00 |
Premios no cobrados, residuos indivisibles
y sobrantes en dinero:
Concepto
|
Cuota (Pesos)
|
Premios en dinero no cobrados dentro de los 60 días naturales siguientes a que son exigibles |
100% del valor del premio en dinero no cobrado o reclamado |
Indivisibles en dinero |
100% del valor de la parte del premio en dinero no divisible y que no fue objeto de reparto entre los ganadores |
Sobrantes en dinero |
100% del valor que por concepto de sobrante de dinero se registre en caja al final del juego o sorteo. |
Por interventoría en eventos nacionales de sorteos |
$1,172.00 |
Por interventoría en eventos en el exterior |
Se
aplica la tarifa de viáticos autorizada por
|
Por interventoría en eventos en ferias por día |
$1,172.00 |
________________________