ANEXO 1-A de la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2009, publicada el 7 de agosto de 2009. |
Miércoles 12 de agosto de 2009 |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Modificación al Anexo 1-A de
“Trámites Fiscales”
Contenido
I. Definiciones
|
II. Trámites
|
Código Fiscal de
|
1/CFF a 4/CFF......................................................................................................................................................... |
5/CFF Solicitud de devolución de saldos a favor del ISR. |
6/CFF Solicitud de devolución de saldos a favor del IVA. |
7/CFF Solicitud de devolución de saldos a favor del IMPAC. |
8/CFF Solicitud de devolución de saldos a favor IEPS (Crédito Diesel e IEPS Alcohol) |
9/CFF Solicitud de devolución de pago de lo indebido. |
10/CFF Solicitud de devolución de saldos a favor del IETU. |
11/CFF Solicitud de devolución de saldos a favor del IDE. |
12/CFF Solicitud de devolución de saldos a favor, Grandes Contribuyentes. |
13/CFF Aviso de compensación de saldos a favor del ISR. |
14/CFF Aviso de compensación de saldos a favor del IVA. |
15/CFF Aviso de compensación de saldos a favor del IMPAC. |
16/CFF Aviso de compensación de saldos a favor del IEPS. |
17/CFF Aviso de compensación de otras contribuciones. |
18/CFF Aviso de compensación de saldos a favor del IETU. |
19/CFF Aviso de compensación de saldos a favor del IDE. |
20/CFF Aviso de compensación de saldos a favor del ISR, Grandes Contribuyentes. |
21/CFF Aviso de compensación de saldos a favor del IVA, Grandes Contribuyentes. |
22/CFF Aviso de compensación de saldos a favor del IMPAC, Grandes Contribuyentes. |
23/CFF Aviso de compensación de saldos a favor del IEPS, Grandes Contribuyentes. |
24/CFF Aviso de compensación de otras contribuciones, Grandes Contribuyentes. |
25/CFF a 62/CFF.................................................................................................................................................... |
63/CFF Aviso para presentar dictamen por enajenación de acciones, los avisos para presentar dictamen fiscal, y las cartas de presentación, la declaratoria formulada con motivo de devolución de IVA 64/CFF a 70/CFF 71/CFF Solicitud de autorización para pagar adeudos en parcialidades o diferido 72/CFF a 74/CFF
75/CFF Obtención del certificado de FIEL. |
76/CFF a 92/CFF
|
93/CFF Se deroga |
94/CFF Aclaración de requerimientos de obligaciones omitidas (declaraciones) |
95/CFF Aclaración de requerimientos por no presentar solicitud de inscripción o los avisos al RFC o por presentarlos fuera de los plazos establecidos en las disposiciones fiscales |
96/CFF Aclaración de requerimientos por presentar declaraciones con errores u omisiones de datos |
97/CFF Aclaración sobre créditos fiscales. Adeudo por error aritmético en declaraciones |
98/CFF Aclaración sobre créditos fiscales. Cheque recibido en tiempo y no pagado |
99/CFF Aclaración sobre créditos fiscales. Multas impuestas por las Administraciones Locales de Servicios al Contribuyente |
100/CFF Aclaración sobre créditos fiscales. Por actualización y recargos en créditos fiscales |
101/CFF Aclaración sobre créditos fiscales. Requerimiento de pago total por incumplimiento en el pago en parcialidades |
102/CFF a 110/CFF............................................................................................................................................... |
111/CFF Obtención
de
|
|
Impuesto sobre la renta
|
1/ISR a 32/ISR |
33/ISR. Solicitud de autorización para disminuir pagos provisionales |
|
Impuesto al valor agregado
|
1/IVA a 3/IVA |
|
Impuesto especial sobre producción y servicios
|
1/IEPS a 23/IEPS |
24/IEPS Solicitud de Inscripción al padrón de contribuyentes de bebidas alcohólicas ante el RFC |
25/IEPS a 27/IEPS |
|
Impuesto sobre tenencia o uso de vehículos
|
1/ISTUV |
|
Impuesto sobre automóviles nuevos |
1/ISAN a 3/ISAN |
|
Ley de Ingresos de
|
1/LIF a 2/LIF |
|
Del Decreto por el que se otorgan diversos beneficios
fiscales a los |
1/DEC a 8/DEC |
|
Impuesto empresarial a tasa única
|
1/IETU a 2/IETU |
Código Fiscal de
5/CFF Solicitud de devolución de saldos a favor del
ISR.
¿Quiénes lo presentan? Personas físicas o personas morales. |
¿Dónde se presenta? Previa cita, en
|
¿Qué documentos se obtienen? Forma oficial 32 sellada como acuse de recibo. |
¿Cuándo se presenta? Dentro de los cinco años siguientes a la fecha en que se haya determinado el saldo a favor. |
Requisitos: Ver Tabla 1
|
Disposiciones
jurídicas aplicables:
Art. 22 CFF,
Reglas II.2.2.1., II.2.2.6. RMF
|
Tabla 1
Solicitud de devolución de
saldos a favor de ISR (Declaración del ejercicio) (Personas M y F)
|
||||||||||
No.
|
DOCUMENTO
|
PERSONAS MORALES
|
PERSONAS FISICAS 137
|
|||||||
REGIMEN SIMPLIFICADO. IMPUESTO
PROPIO 134
|
REGIMEN SIMPLIFICADO. IMPUESTO
DE SUS INTEGRANTES 135
|
TODOS |
ASALARIADOS
|
SERVICIOS PROFESIONALES
|
ARRENDADOR
|
ACTIVIDAD EMPRESARIAL
|
ENAJENACION DE BIENES
|
OTROS INGRESOS
|
||
1
|
Forma oficial 32 por duplicado
y sus anexos correspondientes.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
2
|
Tratándose de la primera vez
que solicita devolución o lo haga ante una Unidad Administrativa diferente a
la que venía presentando, original o copia certificada y fotocopia del
documento (Acta constitutiva y poder notarial, en su caso) que acredite la
personalidad del representante legal que promueve.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
3
|
Cuando se sustituya o designe
otro representante legal además del ya reconocido por la autoridad, deberá
anexar original o copia certificada y fotocopia del acta de asamblea
protocolizada o del poder notarial que acredite la personalidad del firmante
de la promoción.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
4
|
Original o copia certificada y
fotocopia de la identificación oficial del contribuyente o del representante
legal (Credencial de Elector, Certificado de Matrícula Consular, Pasaporte
vigente o Cédula profesional).
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
5
|
Para los casos de
declaraciones y pagos del ejercicio 2001 y anteriores:
· Fotocopia de
la declaración
Tratándose de declaraciones
provisionales o del ejercicio, presentadas con más de 5 años de antigüedad,
adicionalmente a la fotocopia deberá presentar formato con sello original de
la institución bancaria.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
6
|
Original y fotocopia de los
comprobantes de impuesto acreditable, retenido o pagado: (constancias de
retenciones con firma autógrafa, en su caso, sello original; estados de
cuenta bancarios en los que consten las retenciones de ISR; comprobantes de
impuesto pagado en el extranjero; entre otros). Tratándose de enajenación o
adquisición de bienes, declaración Formato 1-A.
Nota:
Cuando dichos comprobantes se encuentren expresados
en lengua extranjera, deberá aportar traducción al castellano en términos del
artículo 271 del Código Federal de Procedimientos Civiles.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
7
|
Escrito de opción cuando no se
esté obligado a la presentación de la declaración anual con firma autógrafa y
sello de recibido por el patrón.
|
|
|
|
X
|
|
|
|
|
|
8
|
Escrito en el que se
manifieste la proporción de su participación en la copropiedad y nombre del
representante común así como la hoja de trabajo que muestre el cálculo
realizado para autodeterminarse la parte que le corresponde de los ingresos
por Copropiedad. (Sólo para ejercicio 2002 o cuando derivado del programa de
devoluciones automáticas haya resultado con la inconsistencia No. 73).
|
|
|
|
|
|
X
|
X
|
X
|
X
|
9
|
Encabezado del Estado de
Cuenta Bancario emitido por Sucursal Bancaria, el obtenido a través de
Internet o bien, copia del contrato de apertura de la cuenta, en los que
aparezca el nombre del contribuyente así como el número de cuenta bancaria
CLABE, cuando se encuentre obligado.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
10
|
Las personas morales deben
contar con certificado digital de Firma Electrónica Avanzada (FIEL) vigente
en todos los casos, para personas físicas únicamente cuando se trate de
saldos a favor con importes iguales o superiores a $10,000.00.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
Notas: Tratándose de escritos libres,
éstos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o de su
representante legal, en su caso. Los documentos originales y copias
certificadas a que se refiere el presente documento se utilizarán únicamente
para cotejo, por lo que se devolverán al contribuyente por el personal
receptor.
DOCUMENTACION QUE PODRA SER REQUERIDA POR
Solicitud de devolución de
saldos a favor de ISR (Declaración del ejercicio) (Personas M. y F.)
|
||||||||||
No.
|
DOCUMENTO
|
PERSONAS MORALES
|
PERSONAS FISICAS 137
|
|||||||
REGIMEN SIMPLIFICADO. IMPUESTO
PROPIO 134
|
REGIMEN SIMPLIFICADO. IMPUESTO
DE SUS INTEGRANTES 135
|
TODOS LOS DEMAS 133
|
ASALARIADOS
|
SERVICIOS PROFESIONALES
|
ARRENDADOR
|
ACTIVIDAD EMPRESARIAL
|
ENAJENACION DE BIENES
|
OTROS INGRESOS
|
||
1
|
Documentos que deban
presentarse conjuntamente con la solicitud de devolución y que hayan sido
omitidos, o la solicitud de devolución se haya presentado con errores u
omisiones.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
2
|
Los datos, informes o
documentos necesarios para aclarar inconsistencias determinadas por la
autoridad.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
3
|
Comprobantes de deducciones
personales, cuando sean en exceso o discrepantes con los ingresos o cuando
derivado del Programa de Devoluciones automáticas sea requerida su
presentación en
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
4
|
Original y fotocopia de la
identificación oficial del contribuyente o del representante legal
(Credencial de Elector, Certificado de Matrícula Consular, Pasaporte vigente
o Cédula profesional).
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
5
|
Papel de trabajo o escrito en
el que aclare la integración del monto de pagos provisionales manifestados en
la declaración del ejercicio y en su caso, fotocopia de los pagos
provisionales correspondientes.
|
X
|
X
|
X
|
|
X
|
X
|
X
|
|
X
|
6
|
Escrito o papel de trabajo en
el que aclare la cifra manifestada en la declaración por concepto de
acreditamientos, estímulos o reducciones por existir diferencias con lo
determinado por la autoridad.
|
X
|
X
|
X
|
|
|
X
|
X
|
|
|
7
|
Para contribuyentes del sector
agropecuario: Escrito en el que aclare la determinación de los ingresos
exentos, por existir diferencias contra lo determinado por la autoridad.
|
X
|
X
|
X
|
|
|
|
X
|
|
|
8
|
Escrito en el que se
manifieste "bajo protesta de decir verdad" el motivo por el cual no
manifestó cantidad en el cuadro correspondiente al IMPAC en la declaración
del ejercicio de que se trate, estando obligado.
|
X
|
X
|
X
|
|
|
X
|
X
|
|
|
9
|
En
caso de que el retenedor no haya presentado la declaración informativa,
comprobar la relación laboral y/o comercial con la presentación de:
· Recibo de
nómina.
· Estados de
cuenta bancarios con los depósitos por concepto de pago de nómina.
· Recibos de
arrendamiento.
· Recibos de
honorarios.
· Estados de
cuenta bancarios, con las retenciones.
· Constancia de
sueldos, salarios, conceptos asimilados, crédito al salario y subsidios para
el empleo y para la nivelación del ingreso.
|
|
|
|
X
|
X
|
X
|
|
X
|
X
|
10
|
Escrito
en el que se detalle la determinación del ingreso acumulable y no acumulable,
por existir diferencias con el determinado por la autoridad.
|
|
|
|
X
|
|
|
|
X
|
|
11
|
Los
datos, informes o documentos en los que se hayan detectado inconsistencias,
que se relacionen con el requerimiento de la documentación señalada con
anterioridad.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
12
|
Escrito
libre en el que manifieste bajo protesta de decir verdad, aclarando respecto
a las compensaciones aplicadas por el contribuyente, por existir diferencias
contra lo determinado por la autoridad.
|
X
|
X
|
X
|
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
13
|
Los
datos, informes o documentos necesarios para aclarar su situación fiscal ante
el RFC.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
14
|
Hoja
de trabajo que muestre el cálculo realizado y la tasa aplicada para
autodeterminarse el ISR por enajenación de bienes, conforme a lo dispuesto en
el artículo 147 de
|
|
|
|
|
|
|
|
X
|
|
15
|
Hoja
de trabajo que muestre el cálculo realizado y la forma en que efectuó la
acumulación de los ingresos por dividendos para autodeterminarse el ISR,
cuando derivado del programa de devoluciones automáticas haya resultado con
inconsistencia No. 94.*
|
|
|
|
|
|
|
|
|
X
|
16
|
Comprobantes
fiscales que amparen las deducciones autorizadas correspondientes a los
ingresos obtenidos, cuando derivado del programa de devoluciones automáticas
haya resultado.
|
|
|
|
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
Notas: Tratándose
de escritos libres, éstos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente
o de su representante legal, en su caso.
Los documentos originales y copias certificadas a que se
refiere el presente documento se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que
se devolverán al contribuyente por el personal receptor. *Aplica cuando el contribuyente
obtenga ingresos por dividendos.
6/CFF
Solicitud de devolución de saldos a favor del IVA.
¿Quiénes lo presentan? Personas físicas y personas morales que deseen solicitar devolución del saldo a favor. |
¿Dónde se presenta? Previa cita, en
|
¿Qué documentos se obtienen? Forma oficial 32 sellada como acuse de recibo. |
¿Cuándo se presenta? Dentro de los cinco años siguientes a la fecha en que se haya determinado el saldo a favor. |
Requisitos: Ver Tabla 2
|
Disposiciones jurídicas aplicables Art. 22 CFF, Reglas II.2.2.1., II.2.2.2, II.2.2.6., II.5.1.6. II.5.2.1. RMF
|
Tabla 2
Solicitud de devolución de
saldos a favor de IVA
|
|||||||||
No.
|
DOCUMENTO
|
CONVENCIONAL
|
CON DECLARATORIA DE CPR
|
||||||
ALTEX 111
|
CERTIFICADA IMMEX116
|
IMMEX 118
|
IVA 113
|
ALTEX 115
|
CERTIFICADA IMMEX 117
|
IMMEX 119
|
IVA 114
|
||
1
|
Forma oficial 32 por duplicado
y sus anexos correspondientes.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
2
|
Tratándose de la primera vez
que solicita devolución o lo haga ante una Unidad Administrativa diferente a
la que venía presentando, original o copia certificada y fotocopia del
documento (Acta constitutiva y poder notarial, en su caso) que acredite la
personalidad del representante legal que promueve.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
3
|
Cuando se sustituya o designe
otro representante legal, además del ya reconocido por la autoridad, deberá
anexar original o copia certificada (para cotejo) y fotocopia del poder
notarial que acredite la personalidad del firmante de la promoción.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
4
|
Original o copia certificada y
fotocopia de la identificación oficial del contribuyente o del representante
legal (Credencial de Elector, Certificado de Matrícula Consular, Pasaporte
vigente o Cédula profesional).
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
5
|
Original y fotocopia de los
comprobantes de impuesto retenido, o pagado (constancias de retenciones con
firma autógrafa, en su caso, sello original; estados de cuenta bancarios,
etc.).
Nota:
Cuando dichos comprobantes se
encuentren expresados en lengua extranjera, deberá aportar traducción al
castellano en términos del artículo 271 del Código Federal de Procedimientos
Civiles.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
|
|
|
|
6
|
Tratándose de solicitudes de
devolución del ejercicio 2002, con saldos pendientes de acreditar de
ejercicios anteriores, fotocopia de las declaraciones provisionales y del
ejercicio (normales y complementarias) del ejercicio fiscal cuyo saldo a
favor se acumuló.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
7
|
Tratándose de declaraciones
presentadas con más de 5 años de antigüedad, adicionalmente a la fotocopia,
deberá presentar formato con sello original de la institución bancaria.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
8
|
La información en Unidad de
Memoria Extraíble (USB) o disco de 3½ con la relación de proveedores,
prestadores de servicios o arrendadores que representen el 80% del valor de
sus operaciones y/o la relación de la totalidad de sus operaciones de
comercio exterior, se recibirá únicamente para ser capturada en el
subsistema.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
|
|
|
|
9
|
En su caso, Declaratoria de
contador público registrado; tratándose de ejercicios respecto de los cuales
se haya presentado Dictamen o haya vencido el plazo para la presentación del
mismo, deberá indicar en
|
|
|
|
|
X
|
X
|
X
|
X
|
10
|
Papeles de trabajo
(duplicado), en los cuales demuestre cómo determinó el importe del IVA a
reintegrar o incrementar derivado del ajuste, cuando haya elegido la mecánica
establecida en el Artículo 4o. De
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
11
|
Tratándose de contribuyentes
que proporcionen el suministro de agua para uso doméstico, que hayan obtenido
la devolución de saldos a favor del IVA deberán presentar la forma oficial 75
“Aviso de destino del saldo a favor |
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
12
|
Encabezado del Estado de
Cuenta Bancario emitido por Sucursal Bancaria, el obtenido a través de
Internet o bien, copia del contrato de apertura de la cuenta, en los que
aparezca el nombre del contribuyente así como el número de cuenta bancaria
CLABE, cuando se encuentre obligado.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
13
|
Las personas morales deben
contar con certificado digital de Firma Electrónica Avanzada (FIEL) vigente
en todos los casos, para personas físicas únicamente cuando se trate de
saldos a favor con importes iguales o superiores a $10,000.00.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
Notas: No se deberá considerar como
obligatorio el anexar al trámite como parte de los comprobantes de impuesto
pagado, las facturas de operaciones realizadas con proveedores, arrendadores o
prestadores de servicios y de comercio exterior, los cuales sólo podrán
solicitarse mediante requerimiento de información adicional.
Tratándose
de escritos libres, éstos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente
o del representante legal, en su caso.
Los
documentos originales y copias certificadas se utilizarán únicamente para
cotejo, por lo que el personal receptor deberá devolverlos al contribuyente.
DOCUMENTACION QUE PODRA SER REQUERIDA POR
Solicitud de devolución de
saldos a favor de IVA
|
|||||||||
No.
|
DOCUMENTO
|
CONVENCIONAL
|
CON DECLARATORIA DE CPR
|
||||||
ALTEX 111
|
CERTIFICADA IMMEX 116
|
IMMEX 118
|
IVA 113
|
ALTEX 115
|
CERTIFICADA IMMEX 117
|
IMMEX 119
|
IVA 114
|
||
1
|
Documentos que deban presentarse conjuntamente
con la solicitud de devolución y que hayan sido omitidos o la solicitud de
devolución o sus anexos, se hayan presentado con errores u omisiones.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
2
|
Los datos, informes o documentos necesarios
para aclarar inconsistencias determinadas por la autoridad.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
3
|
Escrito en el que se indique la determinación
del monto de pagos provisionales (2002 y anteriores) manifestados en la
declaración del ejercicio, cuando exista diferencia determinada por la
autoridad.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
4
|
Escrito en el que se indique la determinación
del monto del saldo a favor pendiente de acreditar de cada uno de los
ejercicios anteriores que hayan sido acumulados en el periodo por el que
solicita devolución, cuando exista diferencia determinada por la autoridad.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
5
|
Escrito en el que aclare la diferencia en el
saldo a favor manifestado en la declaración y el solicitado, cuando exista
diferencia determinada por la autoridad.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
6
|
Escrito en el que se indique la determinación
del monto de IVA acreditable, cuando exista diferencia determinada por la
autoridad.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
7
|
Datos de las operaciones de los proveedores,
arrendadores y prestadores de servicios y/o operaciones de comercio exterior
que representan el 80% del IVA acreditable de conformidad con el artículo 4o.
del
|
|
|
|
|
X
|
X
|
X
|
X
|
8
|
Por lo que se refiere a la aclaración de las
operaciones del IVA acreditado en el periodo, deberá proporcionar:
Copia de los comprobantes fiscales que acrediten
la realización de la operación; forma en que realizó la operación con el
proveedor, prestador de servicios o arrendador, señalando si fue a crédito o
de contado; forma de pago, indicando si el pago se realizó en efectivo,
cheque, transferencia, etc.; comprobante del pago efectuado a sus
proveedores, prestadores de servicios y/o arrendadores.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
|
|
|
|
9
|
En caso de que la actividad preponderante no
se lleve a cabo en el domicilio fiscal señalado en el RFC, escrito libre en
el que indique “bajo protesta de decir verdad” el domicilio en el que realiza
la actividad y, en su caso, fotocopia del aviso de apertura de
establecimiento.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
10
|
En caso de que el contribuyente no se
encuentre relacionado en el Padrón de Empresas Altamente Exportadoras
proporcionado por
|
X
|
|
|
|
X
|
|
|
|
11
|
Los datos, informes o documentos en los que
se hayan detectado inconsistencias, que se relacionen con el requerimiento de
la documentación señalada con anterioridad.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
12
|
Los datos, informes o documentos necesarios
para aclarar su situación fiscal ante el RFC.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
Notas: Tratándose
de escritos libres, éstos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente
o de su representante legal, en su caso.
Los documentos originales y copias certificadas a que se
refiere el presente documento se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que
se devolverán al contribuyente por el personal receptor, excepto en el caso de
facturas de operaciones realizadas con proveedores, arrendadores o prestadores
de servicios y de comercio exterior, los cuales deberán presentarse en
fotocopia únicamente.
7/CFF Solicitud de devolución
de saldos a favor del IMPAC.
¿Quiénes lo presentan? Personas físicas y personas morales que determinen en el ejercicio que el ISR es mayor al IMPAC causado. |
¿Dónde se presenta? Previa cita, en
|
¿Qué documentos se obtienen? Forma oficial 32 sellada como acuse de recibo. |
¿Cuándo se presenta? Cuando se haya presentado la declaración del ejercicio. |
Requisitos: Ver Tabla 3
|
Disposiciones jurídicas aplicables: Art. 22 CFF, Reglas
II.2.2.1., II.2.2.6. RMF
|
Tabla 3
Solicitud de devolución de saldos a favor del IMPAC
|
||||
No.
|
DOCUMENTO
|
IMPAC
|
IMPAC POR RECUPERAR 142
|
|
P.M. REGIMEN SIMPLIFICADO 144
|
TODOS LOS DEMAS 141
|
|||
1
|
Forma oficial 32 por duplicado y sus anexos
correspondientes.
|
X
|
X
|
X
|
2
|
Tratándose de la primera vez que solicita devolución
o lo haga ante una Unidad Administrativa diferente a la que venía
presentando, original o copia certificada y fotocopia del documento (Acta
constitutiva y poder notarial, en su caso) que acredite la personalidad del
representante legal que promueve.
|
X
|
X
|
X
|
3
|
Cuando se sustituya o designe otro representante
legal, además del ya reconocido por la autoridad, deberá anexar original o
copia certificada y fotocopia del poder notarial que acredite la personalidad
del firmante de la promoción.
|
X
|
X
|
X
|
4
|
Original o copia certificada y fotocopia de la
identificación oficial del contribuyente o del representante legal
(Credencial de Elector, Certificado de Matrícula Consular, Pasaporte vigente
o Cédula profesional).
|
X
|
X
|
X
|
5
|
Para los casos de declaraciones y pagos del ejercicio
2001 y anteriores:
· Fotocopia
de la declaración
|
X
|
X
|
|
6
|
Original y fotocopia de los comprobantes de impuesto
retenido, (constancias de retenciones con firma autógrafa, en su caso, sello
original; estados de cuenta bancarios en los que consten las retenciones de
ISR; comprobantes de impuesto pagado en el extranjero; entre otros).
Tratándose de enajenación o adquisición de bienes, declaración formato 1-A.
Nota: Cuando
dichos comprobantes se encuentren expresados en lengua extranjera, deberá
aportar traducción al castellano en términos del artículo 271 del Código
Federal de Procedimientos Civiles.
|
X
|
X
|
|
7
|
Para los casos de declaraciones correspondientes al
ejercicio 2001 y anteriores, fotocopia de la declaración normal y
complementaria(s) presentadas ante institución bancaria autorizada, en su
caso, donde manifiesta el ISR del ejercicio cuyo importe es mayor al Impuesto
al Activo correspondiente al mismo ejercicio.
|
|
|
X
|
8
|
Para los casos de declaraciones correspondientes al
ejercicio 2001 o anteriores, fotocopia de la(s) declaración (es) normal y
complementaria(s), en su caso, donde se deriva el Impuesto al Activo a
recuperar.
|
|
|
X
|
9
|
Para los casos de declaraciones correspondientes al
ejercicio 2001 y anteriores, fotocopia de los pagos provisionales normales y
complementarios correspondientes a los ejercicios por los que se pagó IMPAC a
recuperar.
|
|
|
X
|
10
|
Tratándose de declaraciones del ejercicio,
presentadas con más de 5 años de antigüedad, adicionalmente a la fotocopia,
deberá presentar formato con sello original de la institución bancaria.
|
X
|
X
|
X
|
11
|
En caso de aplicación de algún estímulo, reducción o
acreditamiento, hoja de trabajo pormenorizada de su determinación,
actualización y aplicación, debiendo indicar el fundamento legal aplicado.
|
X
|
X
|
|
12
|
Encabezado del Estado de Cuenta Bancario emitido por
Sucursal Bancaria, el obtenido a través de Internet o bien, copia del
contrato de apertura de la cuenta, en los que aparezca el nombre del
contribuyente así como el número de cuenta bancaria CLABE, cuando se
encuentre obligado.
|
X
|
X
|
|
13
|
Las personas morales deben contar con certificado
digital de Firma Electrónica Avanzada (FIEL) vigente en todos los casos, para
personas físicas únicamente cuando se trate de saldos a favor con importes
iguales o superiores a $10,000.00.
|
X
|
X
|
X
|
Notas: Tratándose de escritos libres, éstos deberán contener la firma
autógrafa del contribuyente o del representante legal, en su caso.
Los documentos originales y copias certificadas a que
se refiere el presente documento se utilizarán únicamente para cotejo, por lo
que se devolverán al contribuyente por el personal receptor.
DOCUMENTACION QUE PODRA SER REQUERIDA POR
Solicitud de devolución de
saldos a favor del IMPAC
|
||||
No.
|
DOCUMENTO
|
IMPAC
|
IMPAC POR RECUPERAR 142
|
|
P.M. REGIMEN SIMPLIFICADO 144
|
TODOS LOS DEMAS 141
|
|||
1
|
Documentos que deban
presentarse conjuntamente con la solicitud de devolución y que hayan sido
omitidos o la solicitud de devolución y sus anexos, se hayan presentado con
errores u omisiones.
|
X
|
X
|
X
|
2
|
Los datos, informes o
documentos necesarios para aclarar inconsistencias determinadas por la
autoridad.
|
X
|
X
|
X
|
3
|
Papel de trabajo y/o escrito
en el que se aclare la integración del monto de pagos provisionales
manifestados en la declaración del ejercicio, en materia de ISR, cuando se
acredite el saldo a favor de ISR contra IMPAC.
|
X
|
X
|
X
|
4
|
En su caso, escrito o papel de
trabajo de la cifra manifestada en la declaración por concepto de
acreditamientos, estímulos o reducciones por existir diferencia con lo
determinado por la autoridad.
|
X
|
X
|
X
|
5
|
Escrito libre en el que aclare
respecto a las compensaciones aplicadas por el contribuyente, por existir
diferencias contra lo determinado por la autoridad.
|
X
|
X
|
X
|
6
|
Los datos, informes o
documentos necesarios para aclarar su situación fiscal ante el RFC.
|
X
|
X
|
X
|
7
|
Los datos, informes o documentos
en los que se hayan detectado inconsistencias, que se relacionen con el
requerimiento de la documentación señalada con anterioridad.
|
X
|
X
|
X
|
Notas: Tratándose de escritos libres,
éstos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o del representante
legal, en su caso. Los documentos originales y copias certificadas se
utilizarán únicamente para cotejo, por lo que el personal receptor deberá
devolverlos al contribuyente.
8/CFF Solicitud de devolución
de saldos a favor IEPS (Crédito Diesel e IEPS Alcohol).
¿Quiénes lo presentan? Personas físicas que soliciten la devolución del IEPS cuyos ingresos en el ejercicio inmediato anterior no hayan excedido de veinte veces el salario mínimo general (elevado al año) correspondiente al área geográfica del contribuyente. Personas morales cuyos ingresos no excedan de veinte veces el salario mínimo general (elevado al año) correspondiente al área geográfica del contribuyente por cada socio o asociado sin exceder de doscientas veces el salario mínimo. |
¿Dónde se presenta? Previa cita, en
|
¿Qué documentos se obtienen? Forma oficial 32 sellada como acuse de recibo. |
¿Cuándo se presenta? En forma trimestral, en los meses de abril, julio, octubre y enero. |
Requisitos: Ver Tablas 4 y
5
|
Disposiciones jurídicas aplicables: Art. 22, 22-A
CFF, Reglas II.2.2.1., II.2.2.6. RMF
|
Tabla 4
Solicitud de devolución de
saldos a favor de IEPS Diesel 123
|
|
No.
|
DOCUMENTO
|
1
|
Forma oficial 32 por duplicado
y sus anexos correspondientes.
|
2
|
Tratándose de la primera vez
que solicita devolución o lo haga ante una Unidad Administrativa diferente a
la que venía presentando, original o copia certificada y fotocopia del
documento (Acta constitutiva y poder notarial, en su caso) que acredite la
personalidad del representante legal que promueve.
|
3
|
Cuando se sustituya o designe
otro representante legal, además del ya reconocido por la autoridad, deberá
anexar original o copia certificada y fotocopia del acta de asamblea protocolizada
o del poder notarial que acredite la personalidad del firmante de la
promoción.
|
4
|
Original o copia certificada y
fotocopia de la identificación oficial del contribuyente o del representante
legal (Credencial de Elector, Certificado de Matrícula Consular, Pasaporte
vigente o Cédula profesional).
|
5
|
Fotocopias de declaraciones
del ejercicio inmediato anterior o escrito libre en el que manifiesten que
sus ingresos en el ejercicio inmediato anterior no excedieron de los montos
manifestados en artículo 16 de
|
6
|
Original y fotocopia de las
facturas con las que acredite la propiedad, copropiedad o tratándose de
legítima posesión, las documentales que acrediten la misma, como pueden ser,
de manera enunciativa, escritura pública, contratos de arrendamiento o de
usufructo, entre otros del bien en el que se utilice el diesel. Sólo cuando
se trate de la primera solicitud del ejercicio o se trate de nuevas
adquisiciones efectuadas durante el ejercicio.
|
7
|
Original y copia de
|
8
|
Original y fotocopia de las
facturas en las que conste el precio de adquisición de diesel, las cuales
deberán reunir los requisitos de los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de
|
9
|
Contar con certificado digital
de Firma Electrónica Avanzada (FIEL) vigente en todos los casos.
|
10
|
Encabezado del Estado de
Cuenta Bancario emitido por sucursal Bancaria, el obtenido a través de
Internet o bien, copia del contrato de apertura de la cuenta, en los que
aparezca el nombre del contribuyente, así como el número de cuenta bancaria
CLABE, cuando se encuentre obligado.
|
Notas: Tratándose de escritos libres, éstos deberán contener la firma
autógrafa del contribuyente o de su representante legal, en su caso.
Los
documentos originales y copias certificadas se utilizarán únicamente para
cotejo, por lo que el personal receptor deberá devolverlos al contribuyente.
DOCUMENTACION QUE PODRA SER
REQUERIDA POR
Solicitud
de devolución de saldos a favor de IEPS Diesel 123
|
|
|
No.
|
DOCUMENTO
|
|
1
|
Documentos
que deban presentarse conjuntamente con la solicitud de devolución y que
hayan sido omitidos o la solicitud de devolución o sus anexos, se hayan
presentado con errores u omisiones.
|
|
2
|
Los
datos, informes o documentos necesarios para aclarar inconsistencias
determinadas por la autoridad.
|
|
3
|
Los
datos, informes o documentos necesarios para aclarar su situación fiscal ante
el RFC.
|
|
4
|
Los
datos, informes o documentos en los que se hayan detectado inconsistencias,
que se relacionen con el requerimiento de la documentación señalada con
anterioridad.
|
|
Nota: Los documentos originales y copias certificadas se utilizarán
únicamente para cotejo, por lo que deberán devolverse al contribuyente por el
personal receptor.
Tabla 5
Solicitud
de devolución de saldos a favor de IEPS Alcohol 124
|
|
No.
|
DOCUMENTO
|
1
|
Forma
oficial 32 por duplicado y sus anexos correspondientes.
|
2
|
Tratándose
de la primera vez que solicita devolución o lo haga ante una Unidad
Administrativa diferente a la que venía presentado, original o copia
certificada y fotocopia del documento (Acta constitutiva y poder notarial, en
su caso) que acredite la personalidad del representante legal que promueve.
|
3
|
Cuando se
sustituya o designe otro representante legal, además del ya reconocido por la
autoridad, deberá anexar original o copia certificada y fotocopia del acta de
asamblea protocolizada o del poder notarial que acredite la personalidad del
firmante de la promoción.
|
4
|
Original
o copia certificada y fotocopia de la identificación oficial del
contribuyente o del representante legal (Credencial de Elector, Certificado de
Matrícula Consular, Pasaporte vigente o Cédula profesional).
|
5
|
Escrito
en el que se manifieste los acreditamientos efectuados
|
6
|
Las
personas morales deben contar con certificado digital de Firma Electrónica
Avanzada (FIEL) vigente en todos los casos, para personas físicas únicamente
cuando se trate de saldos a favor con importes iguales o superiores a
$10,000.00.
|
7
|
Copia de
las facturas en las que conste el precio de adquisición del alcohol o alcohol
desnaturalizado, según sea el caso.
|
8
|
Encabezado
del Estado de Cuenta Bancario, emitido por sucursal Bancaria el obtenido a
través de Internet o bien, copia del contrato de apertura de la cuenta, en
los que aparezca el nombre del contribuyente, así como el número de cuenta
bancaria CLABE, cuando se encuentre obligado.
|
Notas: Tratándose de escritos libres,
éstos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o de su
representante legal, en su caso.
Los documentos originales y copias
certificadas a que se refiere el presente documento se utilizarán únicamente
para cotejo, por lo que se devolverán al contribuyente por el personal
receptor.
DOCUMENTACION QUE PODRA SER REQUERIDA POR
Solicitud de devolución de
saldos a favor de IEPS Alcohol 124
|
|
No.
|
DOCUMENTO
|
1
|
Documentos que deban
presentarse conjuntamente con la solicitud de devolución y que hayan sido
omitidos o la solicitud se haya presentado con errores u omisiones.
|
2
|
Los datos, informes o
documentos necesarios para aclarar inconsistencias determinadas por la
autoridad.
|
3
|
Escrito o papel de trabajo en
el que aclare la cifra manifestada en la declaración por concepto de
acreditamientos, estímulos o reducciones por existir diferencias con lo
determinado por la autoridad.
|
4
|
Escrito en el que aclare la
determinación del monto de pagos provisionales manifestado en la declaración
del ejercicio.
|
5
|
Tratándose de un
Establecimiento Permanente, certificación de residencia fiscal y en su caso,
escrito de aclaración cuando aplique beneficios de Tratados Internacionales.
|
6
|
Los datos, informes o
documentos en los que se hayan detectado inconsistencias, que se relacionen
con el requerimiento de la documentación señalada con anterioridad.
|
7
|
Escrito libre en el que manifieste
bajo protesta de decir verdad, aclarando respecto a las compensaciones
aplicadas por el contribuyente, por existir diferencias contra lo determinado
por la autoridad.
|
8
|
Los datos, informes o
documentos necesarios para aclarar su situación fiscal ante el RFC.
|
Notas: Tratándose de
escritos libres, éstos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o
de su representante legal, en su caso.
Los
documentos originales y copias certificadas a que se refiere el presente
documento se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que se devolverán al
contribuyente por el personal receptor.
9/CFF Solicitud de devolución
de pago de lo indebido.
¿Quiénes lo presentan? Personas físicas y morales que pagaron cantidades indebidamente. |
¿Dónde se presenta? Previa cita, en
|
¿Qué documentos se obtienen? Forma oficial 32 sellada como acuse de recibo. |
¿Cuándo se presenta? Cuando se dé el supuesto señalado en el rubro de descripción del trámite. |
Requisitos: Ver Tabla 6
|
Disposiciones jurídicas aplicables: Art. 22, 22-A
CFF, Reglas II.2.2.1., II.2.2.6. RMF
|
Tabla 6
Solicitud de devolución de saldos a favor de Pago de
lo Indebido
Trámite 191
|
|||
No.
|
DOCUMENTO
|
RESOLUCION ADMINISTRATIVA O SENTENCIA JUDICIAL
|
OTROS
|
1
|
Forma oficial 32 por duplicado y sus anexos
correspondientes.
|
X
|
X
|
2
|
Tratándose de la primera vez que solicita devolución
o lo haga ante una Unidad Administrativa diferente a la que venía
presentando, original o copia certificada y fotocopia del documento (Acta
constitutiva y poder notarial, en su caso) que acredite la personalidad del
representante legal que promueve.
|
X
|
X
|
3
|
Cuando se sustituya o designe otro representante
legal, además del ya reconocido por la autoridad, deberá anexar original o
copia certificada y fotocopia del acta de asamblea protocolizada o del poder
notarial que acredite la personalidad del firmante de la promoción.
|
X
|
X
|
4
|
Original o copia certificada y fotocopia de la
identificación oficial del contribuyente o del representante legal
(Credencial de Elector, Certificado de Matrícula Consular, Pasaporte vigente
o Cédula profesional).
|
X
|
X
|
5
|
En caso de declaraciones (provisionales o del
ejercicio) correspondientes al ejercicio 2001 y anteriores, fotocopia de la
declaración normal y/o complementaria(as) correspondiente(s) donde haya
efectuado el pago.
|
X
|
X
|
6
|
Tratándose de declaraciones presentadas con más de 5
años de antigüedad, adicionalmente a la fotocopia, formato con sello original
de la institución bancaria receptora.
|
X
|
X
|
7
|
Escrito libre con firma autógrafa del contribuyente o
representante legal, en el que exponga claramente el motivo de su solicitud
señalando el fundamento legal en el que basa su petición y papeles de trabajo
donde se muestre el origen del importe que solicita en devolución.
|
|
X
|
8
|
Tratándose de derechos, productos o aprovechamientos,
original del escrito denominado “Oficio para la solicitud de devolución por
servicio no prestado o proporcionado parcialmente” expedido por
|
|
X
|
9
|
En caso de liberación de créditos: Original y fotocopia
de la resolución administrativa o judicial.
|
X
|
|
10
|
Tratándose de Impuestos al Comercio Exterior,
deberá aportar lo siguiente:
Ø Original
o copia certificada por
Ø Fotocopia
de los Certificados de Origen.
Ø En
su caso, señalar al amparo de qué Tratado fueron importados los bienes o bajo
qué programa autorizado.
|
|
X
|
11
|
Tratándose del impuesto recaudado por
concepto de los Depósitos en Efectivo, deberá aportar lo siguiente:
Ø Constancia
de recaudación del IDE con la que se acredite la recaudación indebida o en
exceso.
Ø Escrito
emitido por la institución
|
|
X
|
12
|
Fotocopia de las declaraciones normales y
complementarias del ejercicio presentadas antes y después de la sentencia o
resolución administrativa en las que conste el pago indebido, en su caso.
|
X
|
|
13
|
Original y fotocopia de resolución administrativa o
judicial que se encuentre firme, de la que se desprenda el derecho a
devolver.
|
X
|
|
14
|
Fotocopia de los pagos provisionales normales y
complementarios presentados antes y después de la sentencia o resolución
administrativa en los que conste el pago indebido, en su caso.
|
X
|
|
15
|
Encabezado del Estado de Cuenta Bancario emitido por
Sucursal Bancaria, el obtenido a través de Internet o bien, copia del
contrato de apertura de la cuenta, en los que aparezca el nombre del contribuyente
así como el número de cuenta bancaria CLABE, cuando se encuentre obligado.
|
X
|
X
|
16
|
Tratándose de derechos, productos y aprovechamientos
original del formato 5 “Declaración General de Pago de Derechos” ó 16
“Declaración General de Pago de Productos y Aprovechamientos” cuando el pago
se haya efectuado a través de estos formatos o copia del recibo bancario
cuando se haya efectuado el pago electrónico.
|
|
X
|
17
|
Las personas morales deben contar con certificado
digital de Firma Electrónica Avanzada (FIEL) vigente en todos los casos, para
personas físicas únicamente cuando se trate de saldos a favor con importes
iguales o superiores a $10,000.00.
|
X
|
X
|
Nota: Los documentos originales y copias certificadas se
utilizarán únicamente para cotejo, por lo que el personal receptor deberá
devolverlos al contribuyente.
Para efectos del impuesto a los
Depósitos en efectivo, será obligatoria la presentación de los documentos
señalados en los números 1, 2, 3, 4, 11, 15 y 17.
DOCUMENTACION QUE PODRA SER REQUERIDA POR
Solicitud de devolución de
saldos a favor de Pago de lo Indebido
Trámite 191
|
|||
No
|
DOCUMENTO
|
RESOLUCION ADMINISTRATIVA O
SENTENCIA JUDICIAL
|
OTROS
|
1
|
Documentos que deban
presentarse conjuntamente con la solicitud de devolución y que hayan sido
omitidos o se hubieran presentado con errores u omisiones.
|
X
|
X
|
2
|
Los datos, informes, papeles
de trabajo o documentos necesarios para aclarar inconsistencias determinadas
por la autoridad.
|
X
|
X
|
3
|
Escrito libre en el que
manifieste bajo protesta de decir verdad, aclarando respecto a las
compensaciones aplicadas por el contribuyente, por existir diferencias contra
lo determinado por la autoridad.
|
X
|
X
|
4
|
Los datos, informes o
documentos necesarios para aclarar su situación fiscal ante el RFC.
|
X
|
X
|
5
|
Los datos, informes o
documentos en los que se hayan detectado inconsistencias, que se relacionen
con el requerimiento de la documentación señalada con anterioridad.
|
X
|
X
|
Notas: Tratándose de escritos libres,
éstos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o de su
representante legal, en su caso.
Los documentos
originales y copias certificadas se utilizarán únicamente para cotejo, por lo
que el personal receptor deberá devolverlos al contribuyente.
10/CFF Solicitud de
devolución de saldos a favor del IETU.
¿Quiénes lo presentan? Personas físicas y personas morales que deseen solicitar devolución del saldo a favor. |
¿Dónde se presenta? Previa cita, en
|
¿Qué documentos se obtienen? Forma oficial 32 sellada como acuse de recibo. |
¿Cuándo se presenta? Dentro de los cinco años siguientes a la fecha en que se haya determinado el saldo a favor. |
Requisitos: Ver Tabla 7
|
Disposiciones
jurídicas aplicables
Art. 22 CFF,
Reglas II.2.2.1., II.2.2.6. RMF
|
Tabla 7
Solicitud de saldos a favor en
el Impuesto Empresarial a Tasa Unica
|
|||||
No.
|
DOCUMENTO
|
PERSONAS MORALES
|
PERSONAS FISICAS
156
|
||
REGIMEN SIMPLIFICADO. IMPUESTO
PROPIO
153
|
REGIMEN SIMPLIFICADO. IMPUESTO
DE SUS INTEGRANTES
154
|
TODOS
LOS
DEMAS
152
|
|||
1
|
Forma oficial 32 por duplicado
y sus anexos correspondientes.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
2
|
Tratándose de la primera vez
que solicita devolución o lo haga ante una Unidad Administrativa diferente a
la que venía presentando, original o copia certificada y fotocopia del documento
(Acta constitutiva y poder notarial, en su caso) que acredite la personalidad
del representante legal que promueve.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
3
|
Cuando se sustituya o designe
otro representante legal, además del ya reconocido por la autoridad, deberá
anexar original o copia certificada y fotocopia del acta de asamblea
protocolizada o del poder notarial que acredite la personalidad del firmante
de la promoción.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
4
|
Original o copia certificada y
fotocopia de la identificación oficial del contribuyente o del representante
legal (Credencial de Elector, Certificado de Matrícula Consular, Pasaporte
vigente o Cédula profesional).
|
X
|
X
|
X
|
X
|
5
|
Escrito o papel de trabajo en
el que se manifieste los acreditamientos y/o compensación que se hubieren
efectuado.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
6
|
Las personas morales deben
contar con certificado digital de FIEL vigente en todos los casos, para
personas físicas únicamente cuando se trate de saldos a favor con importes
iguales o superiores a $10,000.00.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
7
|
Encabezado del Estado del
Cuenta Bancario emitido por sucursal Bancaria, el obtenido a través de
Internet o bien, copia del contrato de apertura de la cuenta, en los que
aparezca el nombre del contribuyente, así como el número de cuenta bancaria
CLABE, cuando se encuentre obligado.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
Notas: Tratándose de escritos libres,
éstos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o de su
representante legal, en su caso.
Los
documentos originales y copias certificadas a que se refiere el presente
documento se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que se devolverán al
contribuyente por el personal receptor.
DOCUMENTACION QUE PODRA SER REQUERIDA POR
Solicitud de devolución de
saldos a favor en el Impuesto Empresarial a Tasa Unica
|
|||||
No.
|
DOCUMENTO
|
PERSONAS MORALES
|
PERSONAS FISICAS
156
|
||
REGIMEN SIMPLIFICADO. IMPUESTO
PROPIO
153
|
REGIMEN SIMPLIFICADO. IMPUESTO
DE SUS INTEGRANTES
154
|
TODOS
LOS
DEMAS
152
|
|||
1
|
Documentos que deban
presentarse conjuntamente con la solicitud de devolución y que hayan sido
omitidos, o la solicitud se haya presentado con errores u omisiones.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
2
|
Los datos, informes o
documentos necesarios para aclarar inconsistencias determinadas por la
autoridad.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
3
|
Escrito o papel de trabajo en
el que aclare la cifra manifestada en la declaración por concepto de
acreditamientos, estímulos o reducciones por existir diferencias con lo
determinado por la autoridad.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
4
|
Escrito o papel de trabajo en
el que aclare la determinación del monto de pagos provisionales manifestado
en la declaración del ejercicio.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
5
|
Tratándose de un
Establecimiento Permanente, certificación de residencia fiscal y en su caso,
escrito de aclaración cuando aplique beneficios de Tratados Internacionales.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
6
|
Los datos, informes o
documentos en los que se hayan detectado inconsistencias, que se relacionen
con el requerimiento de la documentación señalada con anterioridad.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
7
|
Escrito libre en el que
manifieste bajo protesta de decir verdad, aclarando respecto a las
compensaciones aplicadas por el contribuyente, por existir diferencias contra
lo determinado por la autoridad.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
8
|
Los datos, informes o
documentos necesarios para aclarar su situación fiscal ante el RFC.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
Notas: Tratándose de escritos libres,
éstos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o de su
representante legal, en su caso.
Los
documentos originales y copias certificadas a que se refiere el presente
documento se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que se devolverán al
contribuyente por el personal receptor.
11/CFF Solicitud de
devolución de saldos a favor del IDE.
¿Quiénes lo presentan? Personas físicas y personas morales que deseen solicitar devolución del saldo a favor del IDE. |
¿Dónde se presenta? Previa cita, en
|
¿Qué documentos se obtienen? Forma oficial 32 sellada como acuse de recibo. |
¿Cuándo se presenta? Dentro de los cinco años siguientes a la fecha en que se haya determinado el saldo a favor. |
Requisitos: Ver Tabla 8
|
Disposiciones
jurídicas aplicables
Art. 22 CFF,
Art. 8 Ley del IDE, Reglas II.2.2.1., II.2.2.6. RMF
|
Tabla 8
Solicitud de devolución del
Impuesto a los Depósitos en Efectivo
|
|||||
No.
|
DOCUMENTO
|
PERSONAS
MORALES
|
PERSONAS FISICAS
172
|
||
REGIMEN SIMPLIFICADO. IMPUESTO
PROPIO
158
|
REGIMEN SIMPLIFICADO. IMPUESTO
DE SUS INTEGRANTES
159
|
TODOS
LOS
DEMAS
157
|
|||
1
|
Forma
oficial 32 por duplicado y sus anexos correspondientes.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
2
|
Tratándose
de la primera vez que solicita devolución o lo haga ante una Unidad
Administrativa diferente a la que venía presentado, original o copia
certificada del documento (Acta constitutiva y poder notarial, en su caso)
que acredite la personalidad del representante legal que promueve, anexando
fotocopia para cotejo.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
3
|
Cuando
se sustituya o designe otro representante legal, deberá exhibir original o
copia certificada del acta de asamblea protocolizada o del poder notarial que
acredite la personalidad del firmante de la promoción, anexando fotocopia
para cotejo.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
4
|
Exhibir
original o copia certificada de la identificación oficial del representante
legal (Credencial de Elector, Certificado de Matrícula Consular o Pasaporte
vigente o Cédula Profesional), anexando fotocopia para cotejo.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
5
|
Recibos
o constancias donde se demuestre el entero del impuesto, expedido por
|
X
|
X
|
X
|
X
|
6
|
Tratándose
de personas no obligadas a dictaminar estados financieros, presentarán
Dictamen de contador público registrado del saldo a favor que solicitan en el
mes.
|
|
|
X
|
X
|
7
|
Encabezado
del Estado de Cuenta Bancario emitido por sucursal Bancaria, el obtenido a
través de Internet o bien, copia del contrato de apertura de la cuenta, en
los que aparezca el nombre del contribuyente, así como el número de cuenta
bancaria CLABE, cuando se encuentre obligado.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
8
|
Las
personas morales deben contar con certificado digital de FIEL vigente en
todos los casos, para personas físicas únicamente cuando se trate de saldos a
favor con importes iguales o superiores a $10,000.00.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
Notas: Tratándose de escritos libres,
éstos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o de su
representante legal, en su caso.
Los
documentos originales y copias certificadas a que se refiere el presente
documento se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que se devolverán al
contribuyente por el personal receptor.
DOCUMENTACION QUE PODRA SER REQUERIDA POR
Solicitud de devolución del
Impuesto a los Depósitos en Efectivo
|
|||||
No.
|
DOCUMENTO
|
PERSONAS
MORALES
|
PERSONAS FISICAS
172
|
||
REGIMEN
SIMPLIFICADO. IMPUESTO PROPIO
158
|
REGIMEN
SIMPLIFICADO. IMPUESTO DE SUS INTEGRANTES
159
|
TODOS
LOS
DEMAS
157
|
|||
1
|
Documentos
que deban presentarse conjuntamente con la solicitud de devolución y que
hayan sido omitidos, o la solicitud de devolución se haya presentado con
errores u omisiones.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
2
|
Los
datos, informes o documentos necesarios para aclarar inconsistencias
determinadas por la autoridad.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
3
|
Escrito
o papel de trabajo en el que aclare la cifra manifestada en la declaración
por concepto de acreditamientos, estímulos o reducciones por existir
diferencias con lo determinado por la autoridad.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
4
|
Tratándose
de un Establecimiento Permanente, certificación de residencia fiscal y en su
caso, escrito de aclaración cuando aplique beneficios de Tratados
Internacionales.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
5
|
Los
datos, informes o documentos en los que se hayan detectado inconsistencias,
que se relacionen con el requerimiento de la documentación señalada con
anterioridad.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
6
|
Escrito
libre en el que manifieste bajo protesta de decir verdad, aclarando respecto
a las compensaciones aplicadas por el contribuyente, por existir diferencias
contra lo determinado por la autoridad.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
7
|
Los
datos, informes o documentos necesarios para aclarar su situación fiscal ante
el RFC.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
Notas: Tratándose de escritos libres, éstos
deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o de su representante
legal, en su caso.
Los documentos
originales y copias certificadas a que se refiere el presente documento se
utilizarán únicamente para cotejo, por lo que se devolverán al contribuyente
por el personal receptor.
12/CFF Solicitud de devolución de saldos a favor, Grandes
Contribuyentes.
¿Quiénes lo presentan? Personas físicas y personas morales. |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
¿Dónde lo presento? Directamente
en las ventanillas de
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
¿Qué documentos obtengo? Forma oficial 32 sellada como acuse de recibo. |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
¿Cuándo lo presento? Dentro de los cinco años siguientes a la fecha en que se haya determinado el saldo a favor. |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Requisitos: Solicitud de devoluciones de saldos a favor del ISR
(Declaración del ejercicio)
GRANDES CONTRIBUYENTES
Nota: Tratándose de escritos libres, éstos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o de su representante legal, en su caso. ISR (Declaración del ejercicio)
DOCUMENTACION QUE PODRA SER REQUERIDA POR
GRANDES CONTRIBUYENTES
Nota: Tratándose de escritos libres, éstos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o de su representante legal, en su caso.
DOCUMENTACION QUE PODRA SER REQUERIDA POR
Solicitud de devolución de saldos a favor del IMPAC
Grandes Contribuyentes
Nota: Tratándose de escritos libres, éstos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o del representante legal, en su caso.
Solicitud de devolución de
saldos a favor del IVA
Grandes Contribuyentes
DOCUMENTACION QUE PODRA SER
REQUERIDA POR
Solicitud de devolución de
saldos a favor del IVA
Grandes Contribuyentes
Nota: Tratándose de escritos libres, éstos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o de su representante legal, en su caso. Solicitud de devolución de
Pago de lo Indebido
Grandes Contribuyentes
DOCUMENTACION QUE PODRA SER REQUERIDA POR
Solicitud de devolución de Pago de lo Indebido
Grandes Contribuyentes
Nota: Tratándose de escritos libres, éstos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o de su representante legal, en su caso. |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Disposiciones
jurídicas aplicables
Art. 22, 22-A
CFF, Reglas II.2.2.1., II.2.2.6. RMF
|
13/CFF Aviso de compensación
de saldos a favor del ISR.
¿Quiénes lo presentan? Personas físicas y morales que deseen efectuar compensación de impuesto. |
||||||||||||
¿Dónde se presenta? Previa cita, en
|
||||||||||||
¿Qué documentos se obtienen? Forma oficial 41 sellada como acuse de recibo. |
||||||||||||
¿Cuándo se presenta? Dentro de los 5 días siguientes después de realizar la compensación, o bien de acuerdo al sexto dígito numérico de la clave del RFC. De conformidad con el siguiente cuadro:
|
||||||||||||
Requisitos: Ver Tabla 9
|
||||||||||||
Disposiciones
jurídicas aplicables
Art. 23 CFF, Regla II.2.2.7. RMF
|
Tabla 9
Aviso de compensación de saldos
a favor de Impuesto Sobre
|
||||||
No.
|
DOCUMENTO
|
PERSONAS MORALES
|
PERSONAS FISICAS 236
|
|||
REGIMEN |
REGIMEN |
TODOS |
||||
1
|
Forma fiscal 41 por duplicado
y sus anexos correspondientes.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
|
2
|
Tratándose de la primera vez
que compensa o lo haga ante una Unidad Administrativa diferente a la que
venía presentando, original o copia certificada y fotocopia del documento
(Acta constitutiva y poder notarial, en su caso) que acredite la personalidad
del representante legal que promueve.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
|
3
|
Cuando se sustituya o designe
otro representante legal, además del ya reconocido por la autoridad, deberá
anexar original o copia certificada, y fotocopia del acta de asamblea
protocolizada o del poder notarial que acredite la personalidad del firmante
de la promoción.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
|
4
|
Original o copia certificada y
fotocopia de la identificación oficial del contribuyente o del representante
legal (Credencial de Elector, Certificado de Matrícula Consular, Pasaporte vigente
o Cédula profesional).
|
X
|
X
|
X
|
X
|
|
5
|
Si realizó la compensación de
saldos a favor bajo el esquema de “Compensación Universal” a que se refiere
la regla 2.2.7 de
“Se presentó declaración de corrección de datos de
compensación contra (IVA de Actos accidentales o IEPS Retenido, según se
trate), en términos de la regla 2.2.7, con fecha (dd-mm-aaaa) y con número de
operación____________”.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
|
6
|
Tratándose de declaraciones en
las que se manifieste el saldo a favor correspondiente al ejercicio 2001 o
anteriores, fotocopia de la declaración del ejercicio normal y/o
complementaria presentada ante institución bancaria autorizada.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
|
7
|
Tratándose de declaraciones
provisionales o del ejercicio, presentadas con más de 5 años de antigüedad,
adicionalmente a la fotocopia, deberá presentar formato con sello original de
la institución bancaria.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
|
8
|
Original y fotocopia de los
comprobantes de impuesto acreditable retenido o pagado, (constancias de
retenciones con firma autógrafa, en su caso, sello original; estados de
cuenta bancarios en los que consten las retenciones de ISR; comprobantes de
impuesto pagado en el extranjero; entre otros). Tratándose de enajenación o
adquisición de bienes, declaración Formato 1-A.
Nota: Cuando dichos comprobantes se encuentren expresados en lengua extranjera,
deberá aportar traducción al castellano en términos del artículo 271 de
Código Federal de Procedimientos Civiles.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
|
9
|
Escrito
en el que se manifieste la proporción de su participación en la copropiedad y
nombre del representante común (Solo para ejercicio 2002).
|
X
|
X
|
X
|
X
|
|
10
|
Tratándose
de remanentes se presentará el aviso de compensación por duplicado con los
datos que el propio formato solicita.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
|
11
|
En los
casos de avisos complementarios por modificaciones en el propio formato,
saldo a favor, importe compensado, tipo de impuesto o fecha de las
declaraciones en las que se manifiesta el saldo a favor o se aplica la
compensación, deberá observar las siguientes consideraciones:
|
|
|
|
|
|
|
a) Si el aviso complementario es como
consecuencia de modificaciones en la declaración en la que se manifiesta el
saldo a favor y el período de ésta corresponde al ejercicio 2002 y
posteriores, se presentará el aviso de compensación por duplicado con los
datos que el propio formato solicita.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
|
|
b) Si el aviso complementario es derivado de
modificaciones en la declaración en la que se manifiesta el saldo a favor y
el período de ésta corresponde al ejercicio 2001 y anteriores, presentará el
aviso de compensación por duplicado acompañado de la declaración
complementaria que corresponda.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
|
|
c) Si el aviso complementario se origina con
motivo de modificaciones en la declaración que contiene la aplicación de la
compensación y el período de ésta corresponde al ejercicio 2002 en adelante,
se presentará el formato 41 con los datos que en el propio formato se
indican.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
|
|
d) Si el aviso complementario es motivado por
modificaciones en la declaración que contiene la aplicación de la
compensación y el período de ésta corresponde al ejercicio 2001 y anteriores,
presentará el formato 41 acompañado de la declaración complementaria
respectiva.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
|
|
e) Si el aviso complementario es como
consecuencia de modificaciones en los datos del formato 41 presentado
originalmente, únicamente entregará el Aviso de compensación con los datos
que en el propio formato se indican.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
|
|
f) Adicionalmente a los documentos
referenciados con anterioridad, el aviso complementario se acompañará de los
documentos que se establecen en el trámite 6, cuando éstos hayan sufrido
alguna modificación.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
|
Notas: Tratándose de contribuyentes dictaminados,
en el apartado 3 “Información de
Los documentos
originales y copias certificadas se utilizarán únicamente para cotejo, por lo
que deberán devolverse al contribuyente por el personal receptor.
DOCUMENTACION QUE PODRA SER REQUERIDA POR
Aviso de compensación de saldos a favor de Impuesto
Sobre
|
|||||
No.
|
DOCUMENTO
|
PERSONAS MORALES
|
PERSONAS FISICAS 236
|
||
REGIMEN SIMPLIFICADO. IMPUESTO PROPIO 233
|
REGIMEN SIMPLIFICADO. IMPUESTO |
TODOS |
|||
1
|
Documentos que deban presentarse conjuntamente con el
aviso de compensación y que hayan sido omitidos o el aviso se haya presentado
con errores u omisiones.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
2
|
Los datos, informes o documentos necesarios para
aclarar inconsistencias determinadas por la autoridad.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
3
|
Comprobantes de deducciones personales, cuando sean
en exceso o discrepantes con los ingresos.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
4
|
Escrito en el que aclare la determinación del monto
de pagos provisionales manifestado en la declaración del ejercicio y, en su
caso, copia de los pagos provisionales correspondientes.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
5
|
Escrito en el que aclare la cifra manifestada en la
declaración respecto del acreditamiento del saldo a favor del ISR contra el
IMPAC, por existir diferencias con lo determinado por la autoridad.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
6
|
Para contribuyentes del sector agropecuario: Escrito
en el que aclare la determinación de los ingresos exentos, por existir
diferencias contra lo determinado por la autoridad.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
7
|
Escrito en el que se manifieste "bajo protesta
de decir verdad" el motivo por el cual no manifestó cantidad en el
cuadro correspondiente al IMPAC en la declaración del ejercicio de que se
trate, estando obligado.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
8
|
En caso de que el retenedor no haya presentado la
declaración informativa, comprobar la relación laboral y/o comercial con la
presentación de:
· Estados de cuenta
bancarios con los depósitos por concepto de pago de horarios o arrendamiento.
· Recibos de
arrendamiento.
· Recibos de
honorarios.
· Estados de cuenta
bancarios, con las retenciones.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
9
|
Escrito en el que se detalle la determinación del
ingreso acumulable y no acumulable, por existir diferencias con el
determinado por la autoridad.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
10
|
Tratándose de un Establecimiento Permanente,
certificación de residencia fiscal y en su caso, escrito de aclaración cuando
aplique beneficios de Tratados Internacionales.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
11
|
Los datos, informes o documentos en los que se hayan
detectado inconsistencias, que se relacionen con el requerimiento de la
documentación señalada con anterioridad.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
12
|
Escrito libre en el que manifieste bajo protesta de
decir verdad, aclarando respecto a las compensaciones aplicadas por el
contribuyente, por existir diferencias contra lo determinado por la
autoridad.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
13
|
Los datos, informes o documentos necesarios para
aclarar su situación fiscal ante el RFC.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
Nota: Los documentos originales y copias certificadas se
utilizarán únicamente para cotejo, por lo que deberán devolverse al
contribuyente por el personal receptor.
Tratándose de escritos libres,
estos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o de su
representante legal, en su caso.
14/CFF Aviso de compensación
de saldos a favor del IVA.
¿Quiénes lo presentan? Personas físicas y morales que deseen efectuar
compensación de impuesto.
|
||||||||||||
¿Dónde se presenta? Previa cita, en
|
||||||||||||
¿Qué documentos se obtienen? Forma oficial 41 sellada como acuse de recibo.
|
||||||||||||
¿Cuándo se presenta? Dentro de los 5 días siguientes después de realizar la compensación, o bien de acuerdo al sexto dígito numérico de la clave del RFC. De conformidad con el siguiente cuadro:
|
||||||||||||
Requisitos: Ver Tabla 10 |
||||||||||||
Disposiciones
jurídicas aplicables
Art. 23 CFF, Regla II.2.2.7. RMF
|
Tabla 10
Aviso de compensación de saldos
a favor de IVA 211
|
|
No.
|
DOCUMENTO
|
1
|
Forma fiscal 41 por duplicado
y sus anexos correspondientes.
|
2
|
Tratándose de la primera vez
que compensa o lo haga ante una Unidad Administrativa diferente a la que
venía presentando, original o copia certificada y fotocopia del documento
(Acta constitutiva y poder notarial, en su caso) que acredite la personalidad
del representante legal que promueve.
|
3
|
Cuando se sustituya o designe
otro representante legal, además del ya reconocido por la autoridad, deberá
anexar original o copia certificada y fotocopia del acta de asamblea
protocolizada o poder notarial que acredite la personalidad del firmante de
la promoción.
|
4
|
Original o copia certificada y
fotocopia de la identificación oficial del contribuyente o del representante
legal (Credencial de Elector, Certificado de Matrícula Consular, Pasaporte
vigente o Cédula profesional).
|
5
|
Si realizó la compensación de
saldos a favor bajo el esquema de “Compensación Universal” a que se refiere
la regla 2.2.7 de
“Se presentó declaración de
corrección de datos de compensación contra (IVA de Actos accidentales o IEPS
Retenido, según se trate), en términos de la regla 2.2.7, con fecha
(dd-mm-aaaa) y con número de operación ____________”.
|
6
|
Original y fotocopia de los
comprobantes de impuesto retenido o pagado (constancias de retenciones con
firma autógrafa y en su caso, sello original, estados de cuenta bancarios,
etc.).
|
7
|
Tratándose de avisos de
compensación con saldos a favor del ejercicio 2002, con saldos pendientes de
acreditar de ejercicios anteriores, fotocopia de las declaraciones
provisionales y del ejercicio (normal y complementario) del ejercicio fiscal
cuyo saldo a favor se acumuló.
|
8
|
Tratándose de declaraciones
presentadas con más de 5 años de antigüedad, adicionalmente a la fotocopia,
deberá presentar formato con sello original de la institución bancaria.
|
9
|
La información en Unidad de
Memoria Extraíble (USB) o disco de 3 ½ con la relación de proveedores,
prestadores de servicios o arrendadores que representen el 80% del valor de
sus operaciones y/o la relación de la totalidad de sus operaciones de
comercio exterior, se recibirá únicamente para ser capturada en el
subsistema.
|
10
|
Papeles de trabajo (Por
duplicado), en los cuales demuestre cómo determinó el importe del IVA a
reintegrar o incrementar derivado del ajuste, cuando haya elegido la mecánica
establecida en el Artículo 4o. de
|
11
|
Tratándose de remanentes solo
se presentará el aviso de compensación por duplicado con los datos que el
propio formato solicita.
|
12
|
En los casos de avisos
complementarios por modificaciones en el propio formato, saldo a favor,
importe compensado, tipo de impuesto o fecha de las declaraciones en las que
se manifiesta el saldo a favor o se aplica la compensación, deberá observar
las siguientes consideraciones:
|
|
a) Si el
aviso complementario es como consecuencia de modificaciones en la declaración
en la que se manifiesta el saldo a favor y el período de ésta corresponde al
ejercicio 2002 y posteriores, presentará el aviso de compensación por
duplicado con los datos que el propio formato solicita.
|
|
b) Si el
aviso complementario es como consecuencia de modificaciones en la declaración
en la que se manifiesta el saldo a favor y el período de ésta corresponde al
ejercicio 2001 y anteriores, presentará el aviso de compensación por
duplicado acompañado de la declaración complementaria que corresponda.
|
|
c) Si el
aviso complementario se presenta con motivo de modificaciones en la
declaración que contiene la aplicación de la compensación y el período de
ésta corresponde al ejercicio 2002 en adelante, únicamente presentará el
formato 41 con los datos que en el propio formato se indican.
|
|
d) Si el
aviso complementario se presenta con motivo de modificaciones en la
declaración que contiene la aplicación de la compensación y el período de
ésta corresponde al ejercicio 2001 y anteriores, presentará el formato 41
acompañado de la declaración complementaria respectiva.
|
|
e) Tratándose
de saldos a favor correspondientes al ejercicio 2002 con saldos pendientes de
acreditar de ejercicios anteriores, en el supuesto de que el aviso
complementario se presente como consecuencia de correcciones en las
declaraciones provisionales o del ejercicio cuyo saldo a favor se acumuló,
fotocopia de las declaraciones normales y complementarias presentadas ante
institución de crédito autorizada, adicionalmente a lo establecido en el
inciso a) del presente punto.
|
|
f) Si el
aviso complementario se presenta con motivo de modificaciones en los datos
|
|
g) Adicionalmente
a los documentos referenciados con anterioridad, el aviso complementario se
acompañará de los documentos que se establecen en el trámite 6, cuando éstos
hayan sufrido alguna modificación.
|
Notas: Tratándose de contribuyentes dictaminados,
en el apartado 3 “Información de
Los documentos
originales y copias certificadas se utilizarán únicamente para cotejo, por lo
que deberán devolverse al contribuyente por el personal receptor.
No se deberá
considerar como obligatorio el anexar al trámite como parte de los comprobantes
de pago, las facturas de operaciones realizadas con proveedores, arrendadores o
prestadores de servicios y de comercio exterior, los cuales sólo podrán solicitarse
mediante requerimiento de información adicional.
DOCUMENTACION QUE PODRA SER REQUERIDA POR
Aviso de compensación de saldos
a favor de IVA 211
|
|
No.
|
DOCUMENTO
|
1
|
Documentos que deban presentarse
conjuntamente con el aviso de compensación y que hayan sido omitidos o el
aviso de compensación, o sus anexos, se hayan presentado con errores u
omisiones.
|
2
|
Los datos, informes o
documentos necesarios para aclarar inconsistencias determinadas por la
autoridad.
|
3
|
Escrito en el que se indique
la determinación del monto de pagos provisionales (2002 y anteriores)
manifestados en la declaración del ejercicio, cuando exista diferencia
determinada por la autoridad.
|
4
|
Escrito en el que se indique
la determinación del monto del saldo a favor pendiente de acreditar de cada
uno de los ejercicios anteriores que hayan sido acumulados en el periodo del
saldo a favor, cuando exista diferencia determinada por la autoridad.
|
5
|
Escrito en el que aclare la
diferencia en el saldo a favor manifestado en la declaración y el compensado,
cuando exista diferencia determinada por la autoridad.
|
6
|
Escrito en el que se indique
la determinación del monto de IVA Acreditable, cuando exista diferencia
determinada por la autoridad.
|
7
|
Datos de las operaciones de
los proveedores, arrendadores y prestadores de servicios y/o operaciones de
comercio exterior que representan el 80% del IVA acreditable de conformidad
con el artículo 4° del
|
8
|
Tratándose de proveedores,
arrendadores y prestadores de servicios que se encuentren no Registrados o no
localizados en la base de datos del RFC, escrito mediante el cual aclare la
forma y lugar en que realizó estas operaciones, acompañado de la
documentación correspondiente.
|
9
|
Tratándose de saldos a favor
de períodos correspondientes al ejercicio 2005 y posteriores, hasta en tanto
no entre en vigor el nuevo Anexo 1 de la forma fiscal 32 y 41, deberá
presentar el formato “Determinación del Saldo a Favor de IVA”.
|
10
|
Los datos, informes o
documentos en los que se hayan detectado inconsistencias, que se relacionen
con el requerimiento de la documentación señalada con anterioridad.
|
11
|
Los datos, informes o
documentos necesarios para aclarar su situación fiscal ante el RFC.
|
Notas: Los documentos originales y copias
certificadas se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que deberán
devolverse al contribuyente por el personal receptor.
Tratándose de
escritos libres, estos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o
de su representante legal, en su caso.
15/CFF Aviso de compensación
de saldos a favor del IMPAC.
¿Quiénes lo presentan? Personas físicas y morales que deseen efectuar
compensación de impuesto.
|
||||||||||||
¿Dónde se presenta? Previa cita, en la ALSC, que corresponda al
domicilio fiscal del contribuyente.
|
||||||||||||
¿Qué documentos se obtienen? Forma oficial 41 sellada como acuse de recibo.
|
||||||||||||
¿Cuándo se presenta? Dentro de los 5 días siguientes después de realizar la compensación, o bien de acuerdo al sexto dígito numérico de la clave del RFC. De conformidad con el siguiente cuadro:
|
||||||||||||
Requisitos: Ver Tabla 11
|
||||||||||||
Disposiciones
jurídicas aplicables
Art. 23 CFF, Regla II.2.2.7. RMF
|
Tabla 11
Aviso
de compensación de saldos a favor del IMPAC e IMPAC por Recuperar
|
||||
No.
|
DOCUMENTO
|
IMPAC
|
IMPAC POR RECUPERAR 242 |
|
P.M. REGIMEN
SIMPLIFICADO 244
|
TODOS LOS DEMAS 241
|
|||
1
|
Forma
fiscal 41 por duplicado y sus anexos correspondientes.
|
X
|
X
|
X
|
2
|
Tratándose
de la primera vez que compensa o lo haga ante una Unidad Administrativa
diferente a la que venía presentando, original o copia certificada y
fotocopia del documento (Acta constitutiva y poder notarial, en su caso) que
acredite la personalidad del representante legal que promueve.
|
X
|
X
|
X
|
3
|
Cuando
se sustituya o designe otro representante legal, además del ya reconocido por
la autoridad, deberá anexar original o copia certificada, y fotocopia del
acta de asamblea protocolizada o del poder notarial que acredite la
personalidad del firmante de la promoción.
|
X
|
X
|
X
|
4
|
Original
o copia certificada y fotocopia de la identificación oficial del
contribuyente o del representante legal (Credencial de Elector, Certificado de
Matrícula Consular, Pasaporte vigente o Cédula profesional).
|
X
|
X
|
X
|
5
|
Si realizó la compensación de
saldos a favor bajo el esquema de “Compensación Universal” a que se refiere
la regla 2.2.7 de
“Se presentó declaración de corrección de datos de
compensación contra (IVA de Actos accidentales o IEPS Retenido, según se trate),
en términos de la regla 2.2.7, con fecha (dd-mm-aaaa) y con número de
operación____________”.
|
X
|
X
|
|
6
|
Tratándose de declaraciones en
las que se manifieste el saldo a favor correspondiente al ejercicio 2001 o
anteriores, fotocopia de la declaración del ejercicio normal y/o
complementaria presentada ante institución bancaria autorizada.
|
X
|
X
|
|
7
|
Tratándose de declaraciones
presentadas con más de 5 años de antigüedad, adicionalmente a la fotocopia,
deberá presentar formato con sello original de la institución bancaria.
|
X
|
X
|
X
|
8
|
Original y fotocopia de los
comprobantes de impuesto retenido, (constancias de retenciones con firma
autógrafa, en su caso, sello original; estados de cuenta bancarios en los que
consten las retenciones de ISR; comprobantes de impuesto pagado en el
extranjero; entre otros). Tratándose de enajenación o adquisición de bienes,
declaración Formato 1-A.
|
X
|
X
|
|
9
|
Para los casos de
declaraciones correspondientes al ejercicio 2001 y anteriores, fotocopia de
la declaración normal y complementaria(s) presentadas ante institución
bancaria autorizada, en su caso, donde manifiesta el ISR del ejercicio cuyo
importe es mayor al Impuesto al Activo correspondiente al mismo ejercicio.
|
|
|
X
|
10
|
Para
los casos de declaraciones correspondientes al ejercicio 2001 o anteriores,
fotocopia de la(s) declaración (es) normal y complementaria(s), en su caso,
donde se deriva el Impuesto al Activo a recuperar.
|
|
|
X
|
11
|
Para
los casos de declaraciones correspondientes al ejercicio 2001 y anteriores,
fotocopia de los pagos provisionales normales y complementarios
correspondientes a los ejercicios por los que se pagó IMPAC a recuperar.
|
|
|
X
|
12
|
Tratándose de remanentes solo
se presentará el aviso de compensación por duplicado con los datos que el
propio formato solicita.
|
X
|
X
|
X
|
13
|
En los casos de avisos
complementarios por modificaciones en el propio formato, saldo a favor, importe
compensado, tipo de impuesto o fecha de las declaraciones en las que se
manifiesta el saldo a favor o se aplica la compensación, deberá observar las
siguientes consideraciones:
|
|
|
|
|
a) Si el
aviso complementario es como consecuencia de modificaciones en la declaración
en la que se manifiesta el saldo a favor y el período de ésta corresponde al
ejercicio 2002 y posteriores, se presentará el aviso de compensación por
duplicado con los datos que el propio formato solicita.
|
X
|
X
|
|
|
b) Si el
aviso complementario es como consecuencia de modificaciones en la declaración
en la que se manifiesta el saldo a favor y el período de ésta corresponde al
ejercicio 2001 y anteriores, se presentará el aviso de compensación por
duplicado acompañado de la declaración complementaria que corresponda.
|
X
|
X
|
|
|
c) Si el
aviso complementario se presenta con motivo de modificaciones en la
declaración que contiene la aplicación de la compensación y el período de
ésta corresponde al ejercicio 2002 en adelante, se presentará el formato 41
con los datos que en el propio formato se indican.
|
X
|
X
|
X
|
|
d) Si el
aviso complementario se presenta con motivo de modificaciones en la declaración
que contiene la aplicación de la compensación y el período de ésta
corresponde al ejercicio 2001 y anteriores, presentará el formato 41
acompañado de la declaración complementaria respectiva y en el caso de
Impuesto al Activo por Recuperar, el Anexo 2 del formato 32 y 41.
|
X
|
X
|
X
|
|
e) Tratándose
del Impuesto al Activo por Recuperar, si el aviso complementario se presenta
con motivo de modificaciones en la declaración del ejercicio en que el ISR es
mayor que el Impuesto al Activo, presentará el formato 41 por duplicado,
acompañado de la declaración complementaria que corresponda, y en su caso del
anexo 2 del formato 32 y 41.
|
|
|
X
|
|
f) Tratándose
del Impuesto al Activo por Recuperar, si el aviso complementario se presenta
con motivo de modificaciones en las declaraciones provisionales o del
ejercicio en que se pagó Impuesto al Activo, presentará el formato 41 por
duplicado, acompañado de la declaración complementaria que corresponda, y en
su caso del anexo 2 del formato 32 y 41.
|
|
|
X
|
|
g) Adicionalmente
a los documentos referenciados con anterioridad, el aviso complementario se
acompañará de los documentos que se establecen en el trámite 6, cuando éstos
hayan sufrido alguna modificación.
|
X
|
X
|
X
|
|
h) Si el
aviso complementario se presenta con motivo de modificaciones en los datos
del formato 41 presentado originalmente, únicamente presentará el Aviso de
compensación con los datos que en el propio formato se indican.
|
X
|
X
|
X
|
Notas: Tratándose de contribuyentes
dictaminados, en el apartado 3 “Información de
Los
documentos originales y copias certificadas se utilizarán únicamente para
cotejo, por lo que deberán devolverse al contribuyente por el personal
receptor.
DOCUMENTACION QUE PODRA SER REQUERIDA POR
Aviso de compensación de saldos
a favor del IMPAC e IMPAC por Recuperar
|
||||
No.
|
DOCUMENTO
|
IMPAC
|
IMPAC POR RECUPERAR 242 |
|
P.M. REGIMEN SIMPLIFICADO 244
|
TODOS LOS DEMAS 241
|
|||
1
|
Documentos que deban
presentarse conjuntamente con el aviso de compensación y que hayan sido
omitidos o el formato 41 y/o sus anexos se hayan presentado con errores u
omisiones.
|
X
|
X
|
X
|
2
|
Los datos, informes o
documentos necesarios para aclarar inconsistencias determinadas por la
autoridad.
|
X
|
X
|
X
|
3
|
Escrito en el que se indique
la determinación del monto de pagos provisionales manifestados en la
declaración del ejercicio, en materia de ISR, cuando se acredite el saldo a
favor de ISR contra IMPAC.
|
X
|
X
|
X
|
4
|
En su caso, cédulas de trabajo
de la determinación, actualización y aplicación de Reducciones y/o Acreditamientos
Adicionales o de Otros estímulos o acreditamientos.
|
X
|
X
|
|
5
|
Escrito libre en el que
manifieste bajo protesta de decir verdad, aclarando respecto a las
compensaciones aplicadas por el contribuyente, por existir diferencias contra
lo determinado por la autoridad.
|
X
|
X
|
X
|
6
|
Los datos, informes o
documentos necesarios para aclarar su situación fiscal ante el RFC.
|
X
|
X
|
X
|
7
|
Los datos, informes o
documentos en los que se hayan detectado inconsistencias, que se relacionen
con el requerimiento de la documentación señalada con anterioridad.
|
X
|
X
|
X
|
Notas: Los documentos originales y copias certificadas se utilizarán
únicamente para cotejo, por lo que deberán devolverse al contribuyente por el
personal receptor.
Tratándose
de escritos libres, estos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente
o de su representante legal, en su caso.
16/CFF Aviso de compensación
de saldos a favor del IEPS.
¿Quiénes lo presentan? Personas físicas y morales que deseen efectuar compensación de impuesto. |
||||||||||||
¿Dónde se presenta? Previa cita, en
|
||||||||||||
¿Qué documentos se obtienen? Forma oficial 41 sellada como acuse de recibo. |
||||||||||||
¿Cuándo se presenta? Dentro de los 5 días siguientes después de realizar la compensación, o bien de acuerdo al sexto dígito numérico de la clave del RFC. De conformidad con el siguiente cuadro: |
||||||||||||
|
||||||||||||
Requisitos: Ver Tabla 12
|
||||||||||||
Disposiciones
jurídicas aplicables :
Art. 23 CFF,
Regla II.2.2.7. RMF
|
Tabla 12
Aviso de compensación de saldos
a favor de IEPS
|
|||||||
No.
|
DOCUMENTO
|
BEBIDAS ALCOHOLICAS
223
|
CERVEZA
224
|
BEBIDAS REFRESCANTES
224
|
ALCOHOL, ALCOHOL DESNATURALIZADO
Y MIELES INCRISTALIZABLES 222
|
TABACOS LABRADOS 226
|
REFRESCOS Y SUS CONCENTRADOS
227
|
1
|
Forma fiscal 41 por duplicado
y sus anexos correspondientes.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
2
|
Tratándose de la primera vez
que compensa o lo haga ante una Unidad Administrativa diferente a la que
venía presentando, original o copia certificada y fotocopia del documento
(Acta constitutiva y poder notarial, en su caso) que acredite la personalidad
del representante legal que promueve.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
3
|
Cuando se sustituya o designe
otro representante legal, además del ya reconocido por la autoridad, deberá
anexar original o copia certificada y fotocopia del acta de asamblea
protocolizada o poder notarial que acredite la personalidad del firmante de
la promoción.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
4
|
Original o copia certificada y
fotocopia de la identificación oficial del contribuyente o del representante
legal (Credencial de Elector, Certificado de Matrícula Consular, Pasaporte
vigente o Cédula profesional).
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
5
|
Original y fotocopia de los
comprobantes de impuesto acreditable, retenido o pagado, constancias de
retenciones, comprobantes de pago (con sello original y/o firma autógrafa),
estados de cuenta |
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
6
|
Tratándose de saldos a favor
manifestados en pagos provisionales correspondientes a los ejercicios de 2001
y anteriores, fotocopia de los mismos.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
7
|
Tratándose de declaraciones
presentadas con más de 5 años de antigüedad, adicionalmente a la fotocopia,
deberá presentar formato con sello original de la institución bancaria.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
8
|
Tratándose de remanentes solo
se presentará el aviso de compensación por duplicado con los datos que el
propio formato solicita.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
9
|
En los casos de avisos
complementarios por modificaciones en el propio formato, saldo a favor,
importe compensado, tipo de impuesto o fecha de las declaraciones en las que
se manifiesta el saldo a favor o se aplica la compensación, deberá observar
las siguientes consideraciones:
|
|
|
|
|
|
|
|
a) Si el
aviso complementario es como consecuencia de modificaciones en la declaración
en la que se manifiesta el saldo a favor y el período de ésta corresponde al
ejercicio 2002 y posteriores, solo presentará el aviso de compensación por
duplicado con los datos que el propio formato solicita.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
|
b) Si el
aviso complementario es como consecuencia de modificaciones en la declaración
en la que se manifiesta el saldo a favor y el período de ésta corresponde al
ejercicio 2001 y anteriores, presentará el aviso de compensación por
duplicado acompañado de la declaración complementaria que corresponda.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
|
c) Si el
aviso complementario se presenta con motivo de modificaciones en la
declaración que contiene la aplicación de la compensación y el período de
ésta corresponde al ejercicio 2002 en adelante, únicamente presentará el
formato 41 con los datos que en el propio formato se indican.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
|
d) Si el
aviso complementario se presenta con motivo de modificaciones en la
declaración que contiene la aplicación de la compensación y el período de
ésta corresponde al ejercicio 2001 y anteriores, presentará el formato 41
acompañado de la declaración complementaria respectiva.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
|
e) Si el
aviso complementario se presenta con motivo de modificaciones en los datos
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
|
f) Adicionalmente
a los documentos referenciados con anterioridad, el aviso complementario se
acompañará de los documentos que se establecen en el trámite 6, cuando éstos
hayan sufrido alguna modificación.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
Notas: Tratándose de contribuyentes dictaminados, en el apartado 3
“Información de
Los documentos
originales y copias certificadas se utilizarán únicamente para cotejo, por lo
que deberán devolverse al contribuyente por el personal receptor.
DOCUMENTACION QUE PODRA SER REQUERIDA POR
Aviso de compensación de saldos
a favor de IEPS
|
|||||||
No.
|
DOCUMENTO
|
BEBIDAS ALCOHOLICAS
223
|
CERVEZA
224
|
BEBIDAS REFRESCANTES
225
|
ALCOHOL, ALCOHOL
DESNATURALIZADO Y MIELES INCRISTALIZABLES 222
|
TABACOS LABRADOS 226
|
REFRESCOS Y SUS CONCENTRADOS
227
|
1
|
Documentos que deban
presentarse conjuntamente con el aviso de compensación y que hayan sido
omitidos o el aviso se haya presentado con errores u omisiones.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
2
|
Los datos, informes o
documentos necesarios para aclarar inconsistencias determinadas por la
autoridad.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
3
|
Escrito libre en el que
manifieste bajo protesta de decir verdad, aclarando respecto a las
compensaciones aplicadas por el contribuyente, por existir diferencias contra
lo determinado por la autoridad.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
4
|
Los datos, informes o
documentos necesarios para aclarar su situación fiscal ante el RFC.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
5
|
Datos y comprobantes de las
operaciones de las que deriva el IEPS Acreditable.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
6
|
Los datos, informes o
documentos en los que se hayan detectado inconsistencias, que se relacionen
con el requerimiento de la documentación señalada con anterioridad.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
Notas: Los documentos originales y
copias certificadas se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que deberán
devolverse al contribuyente por el personal receptor.
Tratándose de escritos libres, estos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o de su representante legal, en su caso.
17/CFF Aviso de compensación
de otras contribuciones.
¿Quiénes lo presentan? Personas físicas y morales que deseen efectuar
compensación de impuesto.
|
||||||||||||
¿Dónde se presenta? Previa cita, en
|
||||||||||||
¿Qué documentos se obtienen? Forma oficial 41 sellada como acuse de recibo.
|
||||||||||||
¿Cuándo se presenta? Dentro de los 5 días siguientes después de realizar la compensación, o bien de acuerdo al sexto dígito numérico de la clave del RFC. De conformidad con el siguiente cuadro:
|
||||||||||||
Requisitos: Ver Tabla 13
|
||||||||||||
Disposiciones
jurídicas aplicables
Art. 23 CFF, Regla II.2.2.7. RMF
|
Tabla 13
Aviso de compensación de saldos a favor de Otras
Contribuciones 291
|
|
No.
|
DOCUMENTO
|
1
|
Forma fiscal 41 por duplicado y sus anexos
correspondientes.
|
2
|
Tratándose de la primera vez que compensa o lo haga
ante una Unidad Administrativa diferente a la que venía presentando, original
o copia certificada y fotocopia del documento (Acta constitutiva y poder
notarial, en su caso) que acredite la personalidad del representante legal
que promueve.
|
3
|
Cuando se sustituya o designe otro representante
legal, además del ya reconocido por la autoridad, deberá anexar original o
copia certificada y fotocopia del acta de asamblea protocolizada o poder
notarial que acredite la personalidad del firmante de la promoción.
|
4
|
Original copia certificada y fotocopia de la
identificación oficial del contribuyente o del representante legal
(Credencial de Elector, Certificado de Matrícula Consular, Pasaporte vigente
o Cédula profesional).
|
5
|
Original y fotocopia de los comprobantes de impuesto
acreditable retenido o pagado, constancias de retenciones, comprobantes de
pago (con sello original y/o firma autógrafa), estados de cuenta bancarios,
etc.
|
6
|
Si realizó la compensación de saldos a favor bajo el
esquema de “Compensación Universal” a que se refiere la regla 2.2.7 de
|
|
“Se presentó declaración de corrección de datos de
compensación contra (IVA de Actos accidentales o IEPS Retenido, según se
trate), en términos de la regla 2.2.7, con fecha (dd-mm-aaaa) y con número de
operación____________”.
|
7
|
Tratándose de declaraciones en las que se manifieste
el saldo a favor correspondiente al ejercicio 2001 o anteriores, fotocopia de
la declaración normal y/o complementaria presentada ante institución bancaria
autorizada.
|
8
|
Tratándose de declaraciones presentadas con más de 5
años de antigüedad, adicionalmente a la fotocopia, deberá presentar formato
con sello original de la institución bancaria.
|
9
|
Fotocopia de la resolución administrativa o judicial
que se encuentre firme de la que se desprenda el derecho a compensar.
|
10
|
En caso de liberación de créditos: original y fotocopia
de la resolución administrativa o judicial.
|
11
|
En los casos de avisos complementarios por
modificaciones en el propio formato, saldo a favor, importe compensado, tipo
de impuesto o fecha de las declaraciones en las que se manifiesta el saldo a
favor o se aplica la compensación, deberá observar las siguientes
consideraciones:
|
|
a) Si el
aviso complementario es como consecuencia de modificaciones en la declaración
en la que se manifiesta el saldo a favor y el período de ésta corresponde al
ejercicio 2002 y posteriores, presentará el aviso de compensación por
duplicado con los datos que el propio formato solicita.
|
|
b) Si el aviso complementario es como consecuencia de
modificaciones en la declaración en la que se manifiesta el saldo a favor y
el período de ésta corresponde al ejercicio 2001 y anteriores, presentará el
aviso de compensación por duplicado acompañado de la declaración
complementaria que corresponda.
|
|
§ Si
el aviso complementario se presenta con motivo de modificaciones en la
declaración que contiene la aplicación de la compensación y el período de
ésta corresponde al ejercicio 2002 en adelante, presentará el formato 41 con
los datos que en el propio formato se indican.
|
|
d) Si el
aviso complementario se presenta con motivo de modificaciones en la
declaración que contiene la aplicación de la compensación y el período de
ésta corresponde al ejercicio 2001 y anteriores, presentará el formato 41
acompañado de la declaración complementaria respectiva.
|
|
§ Si
el aviso complementario se presenta con motivo de modificaciones en los datos
|
|
§ Adicionalmente
a los documentos referenciados con anterioridad, el aviso complementario se
acompañará de los documentos que se establecen en el trámite 6, cuando éstos
hayan sufrido alguna modificación.
|
12
|
Tratándose de remanentes se presentará el aviso de
compensación por duplicado con los datos que el propio formato solicita.
|
Notas: Tratándose de contribuyentes dictaminados,
en el apartado 3 “Información de
Los documentos originales y copias
certificadas se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que deberán
devolverse al contribuyente por el personal receptor.
DOCUMENTACION QUE PODRA SER REQUERIDA POR
Aviso de compensación de saldos
a favor de Otras Contribuciones 291
|
|
No.
|
DOCUMENTO
|
1
|
Documentos que deban
presentarse conjuntamente con el aviso de compensación y que hayan sido
omitidos o el aviso se haya presentado con errores u omisiones.
|
2
|
Los datos, informes o
documentos necesarios para aclarar inconsistencias determinadas por la
autoridad.
|
3
|
Escrito en el que se indique
la determinación del monto de pagos provisionales manifestados en la
declaración del ejercicio, cuando exista diferencia determinada por la
autoridad.
|
4
|
Escrito libre en el que
manifieste bajo protesta de decir verdad, aclarando respecto a las
compensaciones aplicadas por el contribuyente, por existir diferencias contra
lo determinado por la autoridad.
|
5
|
Los datos, informes o
documentos necesarios para aclarar su situación fiscal ante el RFC.
|
6
|
Los datos, informes o
documentos en los que se hayan detectado inconsistencias, que se relacionen
con el requerimiento de la documentación señalada con anterioridad.
|
Notas: Los documentos originales y
copias certificadas se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que deberán
devolverse al contribuyente por el personal receptor.
Tratándose de
escritos libres, estos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o
de su representante legal, en su caso.
18/CFF Aviso de compensación
de saldos a favor del IETU.
¿Quiénes lo presentan? Personas físicas y morales que deseen efectuar
compensación de impuesto.
|
||||||||||||
¿Dónde se presenta? Previa cita, en
|
||||||||||||
¿Qué documentos se obtienen? Forma oficial 41 sellada como acuse de recibo.
|
||||||||||||
¿Cuándo se presenta? Dentro de los 5 días siguientes después de realizar la compensación, o bien de acuerdo al sexto dígito numérico de la clave del RFC. De conformidad con el siguiente cuadro:
|
||||||||||||
Requisitos: Ver Tabla 14 |
||||||||||||
Disposiciones
jurídicas aplicables
Art. 23 CFF, Regla II.2.2.7. RMF
|
Tabla 14
Aviso
de compensación de saldos a favor en el Impuesto Empresarial a Tasa Unica
|
|||||
No.
|
DOCUMENTO
|
PERSONAS
MORALES
|
PERSONAS
FISICAS
256
|
||
REGIMEN
SIMPLIFICADO. IMPUESTO PROPIO
253
|
REGIMEN
SIMPLIFICADO. IMPUESTO DE SUS 254
|
TODOS 252
|
|||
1
|
Forma
fiscal 41 por duplicado y sus anexos correspondientes.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
2
|
Tratándose
de la primera vez que compensa o lo haga ante una Unidad Administrativa
diferente a la que venía presentando, original o copia certificada y
fotocopia del documento (Acta constitutiva y poder notarial, en su caso) que
acredite la personalidad del representante legal que promueve.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
3
|
Cuando se
sustituya o designe otro representante legal, además del ya reconocido por la
autoridad, deberá anexar original o copia certificada, y fotocopia del acta
de asamblea protocolizada o del poder notarial que acredite la personalidad
del firmante de la promoción.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
4
|
Original
o copia certificada y fotocopia de la identificación oficial del
contribuyente o del representante legal (Credencial de Elector, Certificado de
Matrícula Consular, Pasaporte vigente o Cédula profesional).
|
X
|
X
|
X
|
X
|
5
|
Escrito o
papel de trabajo en el que se manifieste los acreditamientos efectuados.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
6
|
En los
casos de avisos complementarios por modificaciones en el propio formato,
saldo a favor, importe compensado, tipo de impuesto o fecha de las
declaraciones en las que se manifiesta el saldo a favor o se aplica la
compensación, deberá observar las siguientes consideraciones:
|
|
|
|
|
|
a) Si el
aviso complementario es como consecuencia de modificaciones en la declaración
en la que se manifiesta el saldo a favor, solo presentará el aviso de
compensación por duplicado con los datos que el propio formato solicita.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
|
b) Si el
aviso complementario se presenta con motivo de modificaciones en la
declaración que contiene la aplicación de la compensación, únicamente presentará
el formato 41 con los datos que en el propio formato se indican.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
|
c) Si el
aviso complementario es como consecuencia de modificaciones en los datos del
formato 41 presentado originalmente, únicamente entregará el Aviso de
compensación con los datos que en el propio formato se indican.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
|
d)
Adicionalmente, el aviso complementario se acompañará de los documentos que
se establecen en el catálogo servicios y de trámites de Devoluciones y
Compensaciones, cuando éstos hayan sufrido alguna modificación.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
Notas: Los documentos originales y copias
certificadas se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que deberán
devolverse al contribuyente por el personal receptor.
Tratándose
de escritos libres, estos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente
o de su representante legal, en su caso.
DOCUMENTACION QUE PODRA SER
REQUERIDA POR
Aviso de compensación de saldos
a favor en el Impuesto Empresarial a Tasa Unica
|
|||||
No.
|
DOCUMENTO
|
PERSONAS MORALES
|
PERSONAS FISICAS
256
|
||
REGIMEN SIMPLIFICADO. IMPUESTO
PROPIO
253
|
REGIMEN SIMPLIFICADO. IMPUESTO
DE SUS 254
|
TODOS 252
|
|||
1
|
Documentos que deban
presentarse conjuntamente con el aviso de compensación y que hayan sido
omitidos o el aviso se haya presentado con errores u omisiones.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
2
|
Los datos, informes o
documentos necesarios para aclarar inconsistencias determinadas por la
autoridad.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
3
|
Escrito o papel de trabajo en
el que aclare la cifra manifestada en la declaración por concepto de acreditamientos,
estímulos o reducciones por existir diferencias con lo determinado por la
autoridad
|
X
|
X
|
X
|
X
|
4
|
Escrito en el que aclare la
determinación del monto de pagos provisionales manifestado en la declaración
del ejercicio.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
5
|
Tratándose de un Establecimiento
Permanente, certificación de residencia fiscal y en su caso, escrito de
aclaración cuando aplique beneficios de Tratados Internacionales.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
6
|
Los datos, informes o
documentos en los que se hayan detectado inconsistencias, que se relacionen
con el requerimiento de la documentación señalada con anterioridad.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
7
|
Escrito libre en el que
manifieste bajo protesta de decir verdad, aclarando respecto a las
compensaciones aplicadas por el contribuyente, por existir diferencias contra
lo determinado por la autoridad.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
8
|
Los datos, informes o
documentos necesarios para aclarar su situación fiscal ante el RFC.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
Nota: Los documentos originales y
copias certificadas se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que deberán devolverse
al contribuyente por el personal receptor.
Tratándose
de escritos libres, estos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente
o de su representante legal, en su caso.
19/CFF Aviso de
compensación de saldos a favor del IDE.
¿Quiénes lo presentan? Personas físicas y morales que deseen efectuar
compensación de impuesto.
|
||||||||||||
¿Dónde se presenta? Previa cita, en
|
||||||||||||
¿Qué documentos se obtienen? Forma oficial 41 sellada como acuse de recibo.
|
||||||||||||
¿Cuándo se presenta? Dentro de los 5 días siguientes después de realizar la compensación, o bien de acuerdo al sexto dígito numérico de la clave del RFC. De conformidad con el siguiente cuadro:
|
||||||||||||
Requisitos: Ver Tabla 15 |
||||||||||||
Disposiciones
jurídicas aplicables
Art. 23 CFF,
Art. 8 Ley del IDE, Regla II.2.2.7. RMF
|
Tabla 15
Aviso de compensación del Impuesto a los Depósitos
en Efectivo
|
|||||
No.
|
DOCUMENTO
|
PERSONAS MORALES
|
PERSONAS
FISICAS
261
|
||
REGIMEN
SIMPLIFICADO. IMPUESTO PROPIO
258
|
REGIMEN
SIMPLIFICADO. IMPUESTO DE SUS INTEGRANTES
259
|
TODOS
LOS
DEMAS
257
|
|||
1
|
Forma
fiscal 41 por duplicado y sus anexos correspondientes.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
2
|
Tratándose
de la primera vez que compensa o lo haga ante una Unidad Administrativa
diferente a la que venía presentado, original o copia certificada y fotocopia
del documento (Acta constitutiva y poder notarial, en su caso) que acredite
la personalidad del representante legal que promueve.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
3
|
Cuando se
sustituya o designe otro representante legal, además del ya reconocido por la
autoridad, deberá anexar original o copia certificada, y fotocopia del acta
de asamblea protocolizada o del poder notarial que acredite la personalidad
del firmante de la promoción.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
4
|
Original
o copia certificada y fotocopia de la identificación oficial del
contribuyente o del representante legal (Credencial de Elector, Certificado de
Matrícula Consular, Pasaporte vigente o Cédula profesional).
|
X
|
X
|
X
|
X
|
5
|
Constancia
de recaudación del IDE.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
6
|
Tratándose
de remanentes se presentará el aviso de compensación por duplicado con los
datos que el propio formato solicita.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
7
|
En los
casos de avisos complementarios por modificaciones en el propio formato,
saldo a favor, importe compensado, tipo de impuesto o fecha de las
declaraciones en las que se manifiesta el saldo a favor o se aplica la
compensación, deberá observar las siguientes consideraciones:
|
X
|
X
|
X
|
X
|
|
a) Si el aviso complementario es
|
X
|
X
|
X
|
X
|
|
b) Si el aviso complementario se presenta
con motivo de modificaciones en la declaración que contiene la aplicación de
la compensación, únicamente presentará el formato 41 con los datos que en el
propio formato se indican.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
|
c) Si el aviso complementario es como
consecuencia de modificaciones en los datos del formato 41 presentado
originalmente, únicamente entregará el Aviso de compensación con los datos
que en el propio formato se indican.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
|
d) Adicionalmente, el aviso complementario
se acompañará de los documentos que se establecen en el catálogo de servicios
y trámites de Devoluciones y Compensaciones, cuando éstos hayan sufrido
alguna modificación
|
X
|
X
|
X
|
X
|
Nota: Los documentos
originales y copias certificadas se utilizarán únicamente para cotejo, por lo
que deberán devolverse al contribuyente por el personal receptor. Tratándose de
escritos libres, estos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o
de su representante legal, en su caso
DOCUMENTACION QUE PODRA SER
REQUERIDA POR
Aviso de compensación del
Impuesto a los Depósitos en Efectivo
|
|||||
No.
|
DOCUMENTO
|
PERSONAS MORALES
|
PERSONAS FISICAS
261
|
||
REGIMEN SIMPLIFICADO. IMPUESTO
PROPIO
258
|
REGIMEN SIMPLIFICADO. IMPUESTO
DE SUS INTEGRANTES
259
|
TODOS
LOS
DEMAS
257
|
|||
1
|
Documentos que deban
presentarse conjuntamente con el aviso de compensación y que hayan sido
omitidos o el aviso se haya presentado con errores u omisiones.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
2
|
Los datos, informes o
documentos necesarios para aclarar inconsistencias determinadas por la
autoridad.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
3
|
Escrito o papel de trabajo en
el que aclare la cifra manifestada en la declaración por concepto de
acreditamientos, estímulos o reducciones por existir diferencias con lo
determinado por la autoridad.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
4
|
Tratándose de un
Establecimiento Permanente, certificación de residencia fiscal y en su caso,
escrito de aclaración cuando aplique beneficios de Tratados Internacionales.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
5
|
Los datos, informes o
documentos en los que se hayan detectado inconsistencias, que se relacionen
con el requerimiento de la documentación señalada con anterioridad.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
6
|
Escrito libre en el que
manifieste bajo protesta de decir verdad, aclarando respecto a las
compensaciones aplicadas por el contribuyente, por existir diferencias contra
lo determinado por la autoridad.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
7
|
Los datos, informes o
documentos necesarios para aclarar su situación fiscal ante el RFC.
|
X
|
X
|
X
|
X
|
Nota: Los documentos originales y
copias certificadas se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que deberán
devolverse al contribuyente por el personal receptor.
Tratándose
de escritos libres, estos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente
o de su representante legal, en su caso.
20/CFF. Aviso de compensación
de saldos a favor del ISR de Grandes Contribuyentes
¿Quiénes lo presentan? Personas físicas y personas morales. |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
¿Dónde se presenta? Previa cita en
Los contribuyentes de las circunscripciones del
Distrito Federal, Estado de México, Guerrero, Hidalgo, Morelos, Puebla y
Tlaxcala, presentarán sus avisos de compensación directamente en las
ventanillas de
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
¿Qué documentos se obtienen? Forma oficial 41 sellada como acuse de recibo.
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
¿Cuándo se presenta? Dentro de los 5 días siguientes después de realizar la compensación, o bien de acuerdo al sexto dígito numérico de la clave del RFC De conformidad con el siguiente cuadro:
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Requisitos: Aviso de Compensación de saldos a favor del ISR
Grandes Contribuyentes
Notas: Tratándose de contribuyentes dictaminados, en el apartado 3
“Información de
Los documentos originales y copias certificadas se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que deberán devolverse al contribuyente por el personal receptor.
DOCUMENTACION QUE PODRA SER
REQUERIDA POR
Nota: Los
documentos originales y copias certificadas a que se refiere el presente
documento se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que se devolverán al
contribuyente por el personal receptor.
Tratándose de escritos libres, éstos deberán contener
la firma autógrafa del contribuyente o de su representante legal, en su caso.
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Disposiciones jurídicas aplicables
Art. 23 CFF, Regla II.2.2.7. RMF
|
21/CFF
Aviso de compensación de saldos a favor del IVA, Grandes Contribuyentes.
¿Quiénes lo presentan? Personas físicas y personas morales. |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
¿Dónde se presenta? · En
Los
contribuyentes de las circunscripciones del Distrito Federal, Estado de
México, Guerrero, Hidalgo, Morelos, Puebla y Tlaxcala, presentarán sus avisos
de compensación directamente en las ventanillas de
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
¿Qué documentos se obtienen? Forma oficial 41 sellada como
acuse de recibo.
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
¿Cuándo se presenta? Dentro de los 5 días siguientes después de realizar la compensación, o bien de acuerdo al sexto dígito numérico de la clave del RFC De conformidad con el siguiente cuadro:
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Requisitos:
Notas: Tratándose de contribuyentes dictaminados, en el apartado 3
“Información de
Los documentos originales y copias certificadas se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que deberán devolverse al contribuyente por el personal receptor. No se deberá considerar como obligatorio el anexar al trámite como parte de los comprobantes de pago, las facturas de operaciones realizadas con proveedores, arrendadores o prestadores de servicios y de comercio exterior, los cuales sólo podrán solicitarse mediante requerimiento de información adicional.
Compensaciones
DOCUMENTACION QUE PODRA SER REQUERIDA POR
Notas: Los documentos originales y copias certificadas a que se refiere el presente documento se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que se devolverán al contribuyente por el personal receptor. Tratándose de escritos libres, éstos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o de su representante legal, en su caso. |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Disposiciones
jurídicas aplicables
Art. 23 CFF,
Regla II.2.2.7. RMF
|
22/CFF Aviso de
compensación de saldos a favor del IMPAC, Grandes Contribuyentes.
¿Quiénes lo presentan? Personas físicas y personas morales. |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
¿Dónde se presenta? · En
Los contribuyentes de las
circunscripciones del Distrito Federal, Estado de México, Guerrero, Hidalgo,
Morelos, Puebla y Tlaxcala, presentarán sus avisos de compensación
directamente en las ventanillas de
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
¿Qué documentos se obtienen? Forma oficial 41 sellada como
acuse de recibo.
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
¿Cuándo se presenta? Dentro de los 5 días siguientes después de realizar la compensación, o bien de acuerdo al sexto dígito numérico de la clave del RFC De conformidad con el siguiente cuadro:
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Requisitos: Compensaciones
Notas: Tratándose
de contribuyentes dictaminados, en el apartado 3 “Información de
Los documentos originales y copias certificadas se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que deberán devolverse al contribuyente por el personal receptor.
DOCUMENTACION QUE PODRA SER REQUERIDA POR
Notas: Los documentos originales y copias
certificadas a que se refiere el presente documento se utilizarán únicamente
para cotejo, por lo que se devolverán al contribuyente por el personal
receptor.
Tratándose de escritos libres, éstos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o de su representante legal, en su caso. |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Disposiciones
jurídicas aplicables
Art. 23 CFF,
Regla II.2.2.7. RMF
|
23/CFF Aviso de
compensación de saldos a favor del IEPS, Grandes Contribuyentes.
¿Quiénes lo presentan? Personas físicas y personas morales. |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
¿Dónde se presenta? · En
Los contribuyentes de las
circunscripciones del Distrito Federal, Estado de México, Guerrero, Hidalgo,
Morelos, Puebla y Tlaxcala, presentarán sus avisos de compensación
directamente en las ventanillas de
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
¿Qué documentos se obtienen? Forma oficial 41 sellada como
acuse de recibo.
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
¿Cuándo se presenta? Dentro de los 5 días siguientes después de realizar la compensación, o bien de acuerdo al sexto dígito numérico de la clave del RFC De conformidad con el siguiente cuadro:
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Requisitos:
Notas: Tratándose de contribuyentes
dictaminados, en el apartado 3 “Información de
Los documentos originales y copias certificadas se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que deberán devolverse al contribuyente por el personal receptor. DOCUMENTACION QUE PODRA SER REQUERIDA POR
Notas: Los documentos
originales y copias certificadas se utilizarán únicamente para cotejo, por lo
que se devolverán al contribuyente por el personal receptor.
Tratándose de escritos libres, estos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o de su representante legal, en su caso. |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Disposiciones
jurídicas aplicables
Art. 23 CFF,
Regla II.2.2.7.
|
24/CFF Aviso de compensación
de otras contribuciones, Grandes Contribuyentes
¿Quiénes lo presentan? Personas físicas y personas morales. |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
¿Dónde se presenta? En
Los contribuyentes de las circunscripciones del
Distrito Federal, Estado de México, Guerrero, Hidalgo, Morelos, Puebla y
Tlaxcala, presentarán sus avisos de compensación directamente en las ventanillas
de
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
¿Qué documentos se obtienen? Forma oficial 41 sellada como acuse de recibo.
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
¿Cuándo se presenta? Dentro de los 5 días siguientes después de realizar la compensación, o bien de acuerdo al sexto dígito numérico de la clave del RFC De conformidad con el siguiente cuadro:
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Requisitos:
Notas: Tratándose de contribuyentes dictaminados, en el apartado 3
“Información de
Los documentos originales y copias certificadas se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que deberán devolverse al contribuyente por el personal receptor. DOCUMENTACION QUE PODRA SER REQUERIDA POR
Notas: Los documentos originales y copias certificadas a que se refiere el presente documento se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que se devolverán al contribuyente por el personal receptor. Tratándose de escritos libres, éstos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o de su representante legal, en su caso. |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Disposiciones
jurídicas aplicables
Art. 23 CFF,
Regla II.2.2.7. RMF
|
63/CFF Aviso para presentar
dictamen por enajenación de acciones, los avisos para presentar dictamen
fiscal, y las cartas de presentación, la declaratoria formulada con motivo de
devolución
de IVA
¿Quiénes lo presentan? Personas físicas y morales. |
¿Dónde se presenta? Administración General de Grandes Contribuyentes, tratándose de contribuyentes que sean de su competencia. Ante
Ante
Nota: Los avisos y las cartas de presentación que se presenten ante la autoridad competente a que se refiere la fracción III de esta regla podrán ser enviados por correo certificado con acuse de recibo, siempre que el representante legal del residente en el extranjero tenga su domicilio fiscal en una población fuera del Distrito Federal. |
¿Qué documentos se obtienen? Acuse de recibo.
|
¿Cuándo se presenta? Durante el mes de febrero del año siguiente a aquél en
el que ocurra el supuesto.
|
Requisitos: · Cuadernillo · Carta de presentación · Declaratorias formuladas con motivo de la solicitud de devolución de saldos a favor Nota: Los dictámenes, sus cartas de presentación y la demás información y documentación que se presenten ante la autoridad competente a que se refieren las fracciones I y II de esta regla que se deban acompañar, no podrán ser enviados en ningún caso mediante el servicio postal. En este supuesto, tales documentos se tendrán por no presentados. |
Disposiciones
jurídicas aplicables
Regla II.2.7.9.
RMF.
|
71/CFF Solicitud
de autorización para pagar adeudos en parcialidades o diferido
¿Quiénes lo presentan? Personas físicas y morales que
deseen realizar el pago de impuestos en mensualidades o de manera diferida.
|
¿Dónde se presenta? En
|
¿Qué documentos se obtienen? Escrito libre sellado como acuse
de recibo y los formatos FMP-1.
|
¿Cuándo se presenta? El trámite de autorización de
pago a plazos ya sea en parcialidades o diferido, se debe presentar dentro de
los 15 días siguientes al pago de la primera parcialidad.
|
Requisitos: · Escrito libre en el que manifiesten lo siguiente I. El número de crédito o la manifestación de que se trata de un crédito autodeterminado. II. El monto del crédito a pagar a plazos, ya sea en parcialidades o diferido y el periodo que comprende la actualización en los términos del inciso a) de la fracción II del artículo 66 del CFF. III. El monto de los accesorios causados, identificando la parte que corresponda a recargos, multas y a otros accesorios. IV. La modalidad de pago a plazos, en parcialidades o de manera diferida, según se trate la elección del contribuyente: a) Tratándose del pago en parcialidades, se deberá señalar el plazo en el que se cubrirá el crédito fiscal, sin que dicho plazo exceda de 36 meses. b) Tratándose de pago diferido, se deberá señalar la fecha en la que se cubrirá el crédito fiscal, sin que exceda de 12 meses. V. También se deberá presentar la forma oficial o acuse de recibo de la transferencia electrónica de fondos del pago de contribuciones federales en que conste el pago correspondiente de cuando menos al 20% del monto total del crédito fiscal. · Declaración normal o complementaria presentada de acuerdo a lo siguiente: VI. Declaración(es) de pago(s)
provisional(es) o del ejercicio con sello original de la institución bancaria
de la(s) contribución(es) que optó por pagar en parcialidades.
VII. Si se presentó a través de Internet o banca
electrónica debe indicar el número de folio;
VIII. Cuando la presentación se haya realizado por
medios electrónicos y el pago de cuando menos el 20% se haya realizado
mediante ventanilla bancaria, debe proporcionar original del acuse de recibo.
(original para cotejo)
· En su caso, tratándose de créditos
fiscales determinados por las autoridades, original de la resolución que dio
origen. (original para cotejo)
· En su caso, copia certificada
· En su caso, original de cualquier
identificación oficial vigente con fotografía y firma, expedida por el
Gobierno Federal, estatal o municipal del representante legal, sin que sea
necesariamente alguna · En caso de representación legal,
copia certificada
· En su caso, original de estados
financieros
Nota: Las formas oficiales FMP-1 para pagar de la
primera y hasta la última parcialidad del periodo elegido o plazo autorizado
o el correspondiente al monto diferido, serán entregadas al contribuyente por
I. A solicitud del contribuyente, en el
módulo de atención fiscal de
II. A través de envío al domicilio fiscal del contribuyente. |
Disposiciones jurídicas aplicables
Art. 66, 66-A CFF, 85 Reglamento del CFF, Regla II.2.10.4. RMF.
|
75/CFF Obtención del
certificado de FIEL.
¿Quiénes lo presentan? Personas físicas y personas morales. |
¿Dónde se presenta? Previa cita en cualquiera de los módulos de servicios tributarios o en cualquier ALSC. El SAT dará a conocer a través de sus oficinas, de su página en Internet y demás medios que determine, los números telefónicos a través de los cuales se podrán concertar las citas. Asimismo, el SAT dará a conocer los domicilios de las
ALSC en las cuales se llevarán a cabo las citas, a través de la mencionada
página de Internet.
|
¿Qué documentos se obtienen? Certificado de FIEL.
|
¿Cuándo se presenta? Cuando el contribuyente lo requiera por ser necesario
para la presentación de algún trámite, o simplemente por ser su voluntad
tener la FIEL.
|
Requisitos: Una vez concertada la cita, los contribuyentes o
representantes legales, deberán acceder a la sección de FIEL en la página de
Internet del SAT y descargar el software denominado “SOLCEDI” a través del
cual se generará el requerimiento de certificado de FIEL (archivo con
terminación .req) y la clave privada (archivo con terminación .key). El
software SOLCEDI también podrá obtenerse directamente en
El archivo con terminación .key deberá ser resguardado
por el contribuyente, procurando mantener la confidencialidad del mismo,
debido a que contiene datos de generación de
· Dispositivo USB o CD con el archivo con terminación .req que generó el programa SOLCEDI. En caso de no contar con ninguno de éstos podrá presentar su archivo con terminación .req en un disco magnético de 3 ½. Al finalizar el trámite, recibirá una copia de su certificado digital (extensión .CER) grabada en el disco magnético de 3 ½ o en el dispositivo USB con el que presentó su archivo de requerimiento. En caso de haber presentado este archivo en CD, tendrá que descargar el certificado accediendo en la página de Internet del SAT en el apartado Descarga de certificados, utilizando para ello la clave de su RFC y su clave CIEC. Forma oficial FE Solicitud de Certificado de Firma
Electrónica Avanzada (Persona moral/Persona física) (Por duplicado e impresa
por ambos lados), el cual se contiene en el Anexo 1, rubro A, numeral 1,
podrá ser obtenido previamente por el contribuyente, en la página de Internet
del SAT en la sección FIEL. Asimismo, durante la mencionada cita se tomarán
los datos de identidad del contribuyente, consistentes en: huellas, foto,
firma y digitalización de los documentos originales, con la finalidad de
asegurar el vínculo que debe existir entre un certificado digital y su
titular.
|
Disposiciones
jurídicas aplicables
Art. 17-D CFF. |
Adicionalmente,
según sea el caso, deberá presentar los siguientes requisitos:
a) Tratándose de
personas físicas
Original o copia certificada de los siguientes documentos: · Acta de nacimiento o certificado de nacionalidad mexicana. · Tratándose de mexicanos por naturalización, carta de naturalización expedida por autoridad competente, debidamente certificada o legalizada, según corresponda. · Tratándose de extranjeros, documento migratorio vigente que corresponda, emitido por autoridad competente, con la debida autorización para realizar los actos o actividades que manifiesten en su aviso. Asimismo, deben proporcionar copia debidamente certificada, legalizada o apostillada por autoridad competente para acreditar el número de identificación fiscal del país en que residan, cuando tengan obligación de contar con éste en dicho país. · Cualquiera de las siguientes identificaciones oficiales
· Pasaporte vigente expedido por
· Credencial para votar expedida por el Instituto Federal Electoral. · Cédula profesional expedida por
· Cartilla
· Identificación oficial vigente con fotografía y firma, expedida por
el Gobierno Federal, estatal, municipal o del Distrito Federal que tenga
impresa
· Tratándose de extranjeros, el documento migratorio vigente que corresponda, emitido por la autoridad competente. · Certificado de Matrícula Consular. |
b) Menores de
edad
1. Que el padre o tutor haya tramitado previamente su certificado digital de FIEL. 2. Que el padre o tutor llame al Centro de Atención Telefónica, o bien, acuda directamente a alguna de las ALSC’s o Módulos de Servicios Tributarios en donde se brinda este servicio para verificar que la situación fiscal y de domicilio del contribuyente menor de edad sean correctas, y solicitar una cita para realizar el trámite. 3. Que el padre o tutor lleve consigo el día de su cita lo siguiente (no será necesario que el contribuyente menor de edad comparezca ante el SAT para realizar el trámite): · Original del acta de nacimiento
· Original del escrito libre en el que se manifieste la conformidad de
los padres o tutores para que uno de ellos actúe
· En los casos en que en el acta de nacimiento o en la resolución judicial o documento emitido por fedatario público en el que conste la patria potestad o tutela se encuentre señalado solamente un padre o tutor, no será necesario acompañar el escrito libre citado en el párrafo anterior. · Cualquiera de las siguientes identificaciones oficiales
· Pasaporte vigente expedido por
· Credencial para votar expedida por el Instituto Federal Electoral. · Cédula profesional expedida por
· Cartilla
· Identificación oficial vigente con fotografía y firma, expedida por
el Gobierno Federal, estatal, municipal o del Distrito Federal que tenga
impresa
· Tratándose de extranjeros el documento migratorio vigente que corresponda, emitido por la autoridad competente. · Certificado de Matrícula Consular. · Al finalizar el trámite, recibirá una copia de su certificado digital (extensión .CER) grabada en el disco magnético de 3 ½ o en el dispositivo USB con el que presentó su archivo de requerimiento. En caso de haber presentado este archivo en CD, tendrá que descargar el certificado accediendo en la página de Internet del SAT en el apartado Descarga de certificados, utilizando para ello la clave de su RFC y su clave CIEC. |
c) Contribuyentes
con incapacidad legal judicialmente declarada
1. Contar con un tutor que haya tramitado previamente su certificado digital de FIEL. 2. Llamar al Centro de Atención Telefónica, o bien, acuda directamente a alguna de las ALSC’s o Módulos de Servicios Tributarios en donde se brinda este servicio para verificar que la situación fiscal y de domicilio del contribuyente sean correctas, y solicitar una cita para realizar el trámite. 3. Llevar consigo el día de su cita lo siguiente: · Original del acta de nacimiento
· Original de la resolución judicial definitiva, en la cual se declare
la incapacidad
· Cualquiera de las siguientes identificaciones oficiales
· Pasaporte vigente expedido por
· Credencial para votar expedida por el Instituto Federal Electoral. · Cédula profesional expedida por
· Cartilla
· Identificación oficial vigente con fotografía y firma, expedida por
el Gobierno Federal, estatal, municipal o del Distrito Federal que tenga
impresa
· Tratándose de extranjeros el documento migratorio vigente que corresponda, emitido por la autoridad competente. · Certificado de matrícula consular. Al finalizar el trámite, recibirá
una copia de su certificado digital (extensión .CER) grabada en el disco
magnético de 3 ½ o en el dispositivo USB con el que presentó su archivo de
requerimiento. En caso de haber presentado este archivo en CD tendrá que descargar
el certificado accediendo en la página |
d) Contribuyentes con apertura de sucesión
1. Que el albacea o representante legal de la sucesión haya tramitado previamente su certificado digital de FIEL. 2. Que el
albacea o representante legal de la sucesión llame al Centro de Atención
Telefónica, o bien, acuda directamente a alguna de las ALSC’s o Módulos se
Servicios Tributarios para verificar que la situación fiscal y de domicilio
del contribuyente sean correctas, y solicitar una cita para realizar 3. Que el albacea o representante legal de la sucesión lleve consigo el día de su cita lo siguiente: · Original del acuse
· Los datos del representante que consten en el formato R2 "Aviso de apertura de sucesión", en el formato RX "Avisos de liquidación, fusión, escisión y cancelación de RFC", o en su caso los datos del representante o albacea que consten en el nombramiento, deberán ser los mismos que los asentados en el formato FE- Solicitud de certificado de FIEL en la sección "Datos del Representante Legal". · Cualquiera de las siguientes identificaciones oficiales
· Pasaporte vigente expedido por
· Credencial para votar expedida por el Instituto Federal Electoral. · Cédula profesional expedida por
· Cartilla
· Identificación oficial vigente con fotografía y firma, expedida por
el gobierno federal, estatal, municipal o del Distrito Federal que tenga
impresa
· Tratándose de extranjeros el documento migratorio vigente que corresponda, emitido por la autoridad competente. · Certificado de matrícula consular. 4. Al finalizar el trámite, recibirá una copia de su certificado digital (extensión .CER) grabada en el disco magnético de 3 ½ o en el dispositivo USB con el que presentó su archivo de requerimiento. En caso de haber presentado este archivo en CD, tendrá que descargar el certificado accediendo en la página de Internet del SAT en el apartado Descarga de certificados, utilizando para ello la clave de su RFC y su clave CIEC. |
e) Tratándose de
personas morales
Es necesario que el representante legal de la persona moral haya tramitado previamente su certificado digital de FIEL y deberá presentar original o copia certificada de los siguientes documentos: · Documento constitutivo debidamente protocolizado. · Cualquiera de las siguientes identificaciones oficiales
· Pasaporte vigente expedido por
· Credencial para votar expedida por el Instituto Federal Electoral. · Cédula profesional expedida por
· Cartilla
· Identificación oficial vigente con fotografía y firma, expedida por
el Gobierno Federal, estatal, municipal o del Distrito Federal que tenga
impresa
· Tratándose de extranjeros el documento migratorio vigente que corresponda, emitido por la autoridad competente. · Certificado de matrícula consular. · Poder general para actos de dominio o de administración
|
Si usted se encuentra en alguno de los siguientes supuestos, consulte los requisitos complementarios:
f) Personas
distintas de sociedades mercantiles
· Documento constitutivo de la agrupación o, en su caso, copia de la publicación en el órgano oficial, periódico o gaceta. |
g) Asociaciones
en participación
· Contrato de la asociación en participación, con firma autógrafa
|
h) Fideicomiso
· Contrato de fideicomiso, con firma autógrafa
|
i) Sindicatos
· Estatuto de la agrupación y de la resolución de registro emitida por la autoridad laboral competente y en su caso, toma de nota. |
j) Dependencias
de
· Exhibir copia
· Acreditar la personalidad del representante legal (quien deberá contar con facultades para representar a la dependencia ante toda clase de actos administrativos, en lugar del poder general para actos de dominio o administración). El trámite puede realizarlo un funcionario público competente de la dependencia de que se trate, quien debe demostrar que cuenta con facultades suficientes para representar a dicha dependencia. Para ello deberá acreditar su puesto y funciones presentando: · Nombramiento, · Credencial vigente expedida por la dependencia correspondiente y, · En su caso, copia
Tratándose de las Unidades Administrativas de
|
k) Personas
morales de carácter agrario o social (distintas de Sindicatos)
· Exhibir (en lugar de acta constitutiva) el documento en virtud
· Acreditar la personalidad
|
l) Residentes en
el extranjero con o sin establecimiento permanente en México
· Documento notarial con el que haya sido designado el representante legal para efectos fiscales. · Las personas morales residentes en el extranjero deben proporcionar
además su número de identificación fiscal
· Su documento constitutivo debidamente apostillado o certificado, según proceda. Cuando el documento constitutivo conste en idioma distinto del español deberá presentarse una traducción autorizada. |
m) Asociaciones Religiosas
· Certificado de registro constitutivo que
|
n) Personas
Morales que se extinguieron con motivo de una fusión
· Documento notarial en donde conste dicho acto. · El trámite lo podrá realizar el representante legal de la empresa que subsista o que resulte de la fusión, acreditando sus facultades con un poder general para actos de administración o dominio |
ñ) Personas Morales
declaradas en quiebra
· Deben presentar copia certificada de la sentencia dictada en concurso
mercantil, así
· Pueden realizar el trámite a través de la persona física que tenga carácter de Síndico. Esta persona debe acreditar sus facultades presentando copia certificada del nombramiento y de la aceptación del cargo del síndico, acordados por el juez de la causa |
o) Personas
Morales en liquidación
· Pueden realizar el trámite a través
El nombramiento no puede tener limitaciones en cuanto a las facultades del liquidador para realizar actos de administración o dominio, y debe estar debidamente inscrito ante el Registro Público de Comercio. |
p) Oficinas de
Representación de Entidades Financieras del exterior
· Estatutos Sociales vigentes de
· Resolución o acuerdo
· Dicha documentación deberá estar debidamente apostillada o certificada, según proceda y cuando se encuentre en idioma distinto al español, deberá de acompañarse de una traducción autorizada. |
94/CFF Aclaración
de requerimientos de obligaciones omitidas (declaraciones).
¿Quiénes lo presentan? Personas físicas y morales a las que les llegó un requerimiento por parte del SAT. |
¿Dónde se presenta? En la ALSC que corresponda a el domicilio fiscal del contribuyente o en la página de Internet del SAT. |
¿Qué documentos se obtienen? No aplica. |
¿Cuándo se presenta? Antes del vencimiento al plazo establecido en el requerimiento notificado. |
Requisitos: En forma personal: · Original y copia
· En caso de no contar con el requerimiento, debe presentar escrito libre por duplicado en el que señale los motivos que dieron origen al requerimiento. · Original y copia de la declaración normal o complementaria presentada (original para cotejo) de acuerdo a lo siguiente: · Declaración con sello original de la institución bancaria; · Si fue a través de Internet o banca electrónica debe indicar el número de folio; Si se presentó por medios electrónicos y el pago se realizó en ventanilla bancaria, debe proporcionar acuse de recibo en original (original para cotejo). · En su caso, original y copia de la documentación que compruebe porque no procede el requerimiento. (original para cotejo) Por Internet: · Para entrar en la aplicación, inicie sesión en el registro de "Mi portal", para acceder al mismo deberá capturar su RFC y CIECF. |
Disposiciones jurídicas aplicables
Art. 41 CFF.
|
95/CFF Aclaración
de requerimientos por no presentar solicitud de inscripción o los avisos al RFC
o por presentarlos fuera de los plazos establecidos en las disposiciones
fiscales.
¿Quiénes lo presentan? Personas físicas y morales a las que les llegó un requerimiento por parte del SAT. |
¿Dónde se presenta? En la ALSC que corresponda a el domicilio fiscal del contribuyente o en la página de Internet del SAT. |
¿Qué documentos se obtienen? No aplica. |
¿Cuándo se presenta? Antes del vencimiento al plazo establecido en el requerimiento notificado. |
Requisitos: En forma personal: · Original y copia
· En caso de no contar con el requerimiento, debe presentar escrito libre por duplicado en el que señale los motivos que dieron origen al requerimiento. · Original y copia de la solicitud de inscripción o aviso al RFC, debidamente llenada (original para cotejo). · En su caso, original y copia de la documentación que compruebe porque no procede el requerimiento. Por Internet: Para entrar en la aplicación, inicie sesión en el registro de "Mi portal", para acceder al mismo deberá capturar su RFC y CIECF. |
Disposiciones jurídicas aplicables Art. 41 fracc. III, 79 CFF. |
96/CFF Aclaración
de requerimientos por presentar declaraciones con errores u omisiones
de datos.
¿Quiénes lo presentan? Personas físicas y morales a las que les llegó un requerimiento por parte del SAT. |
¿Dónde se presenta? En la ALSC que corresponda a el domicilio fiscal del contribuyente o en la página de Internet del SAT. |
¿Qué documentos se obtienen? No aplica. |
¿Cuándo se presenta? Antes del vencimiento al plazo establecido en el requerimiento notificado. |
Requisitos: En forma personal: · Original y copia
· En caso de no contar con el requerimiento, debe presentar escrito libre por duplicado en el que señale los motivos que dieron origen al requerimiento. · Original y copia de la declaración normal o complementaria presentada (original para cotejo) de acuerdo a lo siguiente: o Declaración con sello original de la institución bancaria y copia; o Si fue a través de Internet o banca electrónica debe indicar el número de folio; o Si se presentó por medios electrónicos y el pago se realizó en ventanilla bancaria, debe proporcionar acuse de recibo en original y copia (original para cotejo). · En su caso, original y copia de la documentación que compruebe porque no procede el requerimiento. (original para cotejo) Por Internet: · Para entrar en la aplicación, inicie sesión en el registro de "Mi portal", para acceder al mismo deberá capturar su RFC y CIECF. |
Disposiciones jurídicas aplicables
Art. 41 fracc. III CFF.
|
97/CFF Aclaración
sobre créditos fiscales. Adeudo por error aritmético en declaraciones.
¿Quiénes lo presentan? Personas físicas y morales a las que se les haya impuesto un crédito fiscal por parte del SAT. |
¿Dónde se presenta? En la ALSC que corresponda a el domicilio fiscal del contribuyente o en la página de Internet del SAT. |
¿Qué documentos se obtienen? No aplica. |
¿Cuándo se presenta? Antes del vencimiento al plazo establecido en el requerimiento notificado. |
Requisitos: En forma personal: · Original y copia
· En caso de no contar con el requerimiento, debe presentar escrito libre por duplicado en el que exprese los motivos y los datos que dieron origen al requerimiento. · Original y copia de
o Declaración normal o complementaria con el entero de la contribución pendiente o la corrección, con sello original de la institución bancaria y copia; o Si se presentó a través de Internet o banca electrónica debe indicar el número de folio; o Si se presentó por medios electrónicos y su pago se realizó en ventanilla bancaria, debe proporcionar acuse de recibo en original y copia. (Original para cotejo). · En su caso, original y copia de la forma oficial múltiple de pago (FMP-1) donde conste el pago de la multa correspondiente. (original para cotejo). · En su caso, el original y copia de la documentación que compruebe porque no procede el requerimiento. (original para cotejo). Por Internet: · Para entrar en la aplicación, inicie sesión en el registro de "Mi portal", para acceder al mismo deberá capturar su RFC y CIECF. |
Disposiciones jurídicas aplicables
Art. 78 CFF.
|
98/CFF Aclaración
sobre créditos fiscales. Cheque recibido en tiempo y no pagado.
¿Quiénes lo presentan? Personas físicas y morales que presuntamente hayan emitido cheque para el pago de contribuciones sin fondos. |
¿Dónde se presenta? En la ALSC que corresponda a el domicilio fiscal del contribuyente o en la página de Internet del SAT. |
¿Qué documentos se obtienen? No aplica. |
¿Cuándo se presenta? Antes del vencimiento al plazo establecido en el requerimiento notificado. |
Requisitos: En forma personal: · Original y copia
· Original y copia de la documentación comprobatoria. (original para cotejo) · En su caso, original y copia de la forma oficial múltiple de pago (FMP-1) donde conste el pago de la multa correspondiente. (original para cotejo) · En caso
o Escrito libre por duplicado. · Original de la documentación que acredite la existencia de los fondos. (original para cotejo). Por Internet: · Para entrar en la aplicación, inicie sesión en el registro de "Mi portal", para acceder al mismo deberá capturar su RFC y CIECF. |
Disposiciones jurídicas aplicables
Art. 21 párrafo séptimo CFF.
|
99/CFF Aclaración
sobre créditos fiscales. Multas impuestas por las Administraciones Locales de
Servicios al Contribuyente.
¿Quiénes lo presentan? Personas físicas y morales a las que se les haya impuesto un crédito fiscal por parte del SAT. |
¿Dónde se presenta? En la ALSC que corresponda a el domicilio fiscal del contribuyente o en la página de Internet del SAT. |
¿Qué documentos se obtienen? No aplica. |
¿Cuándo se presenta? Antes del vencimiento al plazo establecido en el requerimiento notificado. |
Requisitos: En forma personal: · Original y copia
· En caso de no contar con el requerimiento, debe presentar escrito libre por duplicado en el que exprese los motivos y los datos que dieron origen al requerimiento. · Original y copia
· En su caso, original y copia de la documentación que compruebe porque no procede el requerimiento. (original para cotejo) · Original y copia de la forma oficial múltiple de pago (FMP-1) donde compruebe el pago de la multa correspondiente. (original para cotejo) Por Internet: · Para entrar en la aplicación, inicie sesión en el registro de "Mi portal", para acceder al mismo deberá capturar su RFC y CIECF. |
Disposiciones jurídicas aplicables
Art. 70, 75 CFF.
|
100/CFF
Aclaración sobre créditos fiscales. Por actualización y recargos en créditos
fiscales.
¿Quiénes lo presentan? Personas físicas y morales a las que se les haya impuesto un crédito fiscal por parte del SAT. |
¿Dónde se presenta? En la ALSC que corresponda a el domicilio fiscal del contribuyente o en la página de Internet del SAT. |
¿Qué documentos se obtienen? No aplica. |
¿Cuándo se presenta? Antes del vencimiento al plazo establecido en el requerimiento notificado. |
Requisitos: En forma personal: · Original y copia
· En caso de no contar con el requerimiento, debe presentar escrito
libre por duplicado en el que señale los motivos y las aclaraciones
· Debe presentar original y copia de la forma oficial múltiple de pago
(FMP-1) donde conste el pago
· En el caso de que se haya cubierto una multa con el descuento
· Original y copia de la forma oficial (FMP-1) con el sello de la institución bancaria autorizada. (original para cotejo) Por Internet: · Para entrar en la aplicación, inicie sesión en el registro de "Mi portal", para acceder al mismo deberá capturar su RFC y CIECF. |
Disposiciones jurídicas aplicables
Art. 17-A, 21 CFF.
|
101/CFF
Aclaración sobre créditos fiscales. Requerimiento de pago total por
incumplimiento en el pago en parcialidades.
¿Quiénes lo presentan? Personas físicas y morales que hayan incumplido el pago en parcialidades. |
¿Dónde se presenta? En la ALSC que corresponda a el domicilio fiscal del contribuyente o en la página de Internet del SAT. |
¿Qué documentos se obtienen? Escrito libre de aclaración sellado. |
¿Cuándo se presenta? Antes del vencimiento al plazo establecido en el requerimiento notificado. |
Requisitos: En forma personal: · Escrito libre por duplicado con los motivos del por qué no procede. · Original y copia del requerimiento de pago. (original para cotejo) · Originales y copias de los formularios múltiples de pago (FMP-1) que compruebe estar al corriente de sus parcialidades o en su caso, haber pagado la totalidad del crédito fiscal. (originales para cotejo) · Original y copia del documento donde conste la aceptación de la garantía. (original para cotejo) Por Internet: · Para entrar en la aplicación, inicie sesión en el registro de "Mi portal", para acceder al mismo deberá capturar su RFC y CIECF. |
Disposiciones jurídicas aplicables
Art. 66-A frac. IV, inciso c) y artículo 151 último párrafo CFF.
|
111/CFF Obtención
de
¿Quiénes lo solicitan? Personas físicas y morales que
deban presentar ante el SAT trámites, solicitudes, declaraciones, consultas o
avisos de forma segura a través de medios electrónicos.
|
¿Dónde se solicita? Por Internet. |
¿Qué documentos se obtienen? Internet:
· Autenticación con Firma Electrónica Avanzada Emisión
de responsiva de uso para la activación de su CIEC.
Atención personal:
Entrega de acuse de aceptación y
habilitación inmediata de la CIEC.
|
¿Cuándo lo solicito? Cuando se requiera la presentación de algún trámite o servicio vía electrónica. |
Requisitos: Internet:
Autenticación con Firma Electrónica Avanzada FIEL
El sistema detecta si usted cuenta con certificado de FIEL vigente, solicitando autenticarse a través de los datos de éste: · RFC · Contraseña de la llave privada · Llave privada (*.key) · Certificado digital (*.cer) De ser correcta la información de su certificado, debe capturar: · Contraseña para
· Cuenta de correo electrónico vigente · Seleccionar pregunta secreta · Dar respuesta a la misma · Aceptar la responsiva de uso, y · Habilitación inmediata de
En forma personal: · Deberá proporcionar su RFC · Contar con correo electrónico vigente · En lugar de alguna de las identificaciones señaladas en el apartado
de Definiciones de este anexo, podrá presentar original y copia de cualquier
identificación oficial vigente con fotografía y firma, expedida por el
gobierno federal, estatal o municipal
· En su caso, copia certificada y copia del poder notarial con el que
acredite la personalidad del representante legal, o carta poder firmada ante
dos testigos y ratificadas las firmas Tratándose de menores de edad
Los padres o tutores que ejerzan la patria potestad o tutela de menores de edad y actúen como representantes de los mismos, deben presentar: · Copia certificada y copia
· Escrito libre en el que se manifieste la conformidad de los padres
para que uno de ellos actúe
· Resolución judicial o documento emitido por fedatario público en el que conste la patria potestad o la tutela. · En lugar de alguna de las identificaciones señaladas en el apartado de este anexo, podrá presentar original y copia de cualquier identificación oficial vigente con fotografía y firma, expedida por el gobierno federal, estatal o municipal del (los) padre(s) o tutor(es) que funja(n) como representante(s) del menor. (Original para cotejo) · En su caso, copia certificada y copia del poder notarial con el que
acredite la personalidad del representante legal, o carta poder firmada ante
dos testigos y ratificadas las firmas ante |
Disposiciones jurídicas aplicables
No aplica.
|
33/ISR. Solicitud de
autorización para disminuir pagos provisionales
¿Quiénes lo presentan? Los contribuyentes que estimen que el coeficiente de utilidad que deban aplicar a sus pagos provisionales es superior al coeficiente de utilidad del ejercicio que corresponda a dichos pagos |
¿Dónde lo presento? Ante
|
¿Qué documentos obtengo? Resolución de autorización, requerimiento de documentación o información u oficio de rechazo. |
¿Cuándo lo presento? Un mes antes de la fecha en la que se deba efectuar el entero de pago provisional que se solicite disminuir. Cuando sean varios los pagos provisionales cuya disminución se solicite, dicha solicitud se deberá presentar un mes antes de la fecha en la que se deba enterar el primero de ellos. |
Requisitos: · Formato 34 “Solicitud de Autorización para disminuir el monto de pagos provisionales” · Escrito libre en el que se indique
· Declaración normal y/o complementaria presentada de
acuerdo a lo siguiente: Declaración del ejercicio con sello original de
institución bancaria de la cual deriva el coeficiente de utilidad aplicado en
los pagos provisionales
· Presentar pagos provisionales en alguno de los siguientes casos: Declaración(es) de pago(s) provisional(es) con sello original de la institución bancaria, por los meses de enero hasta el mes en que se solicita la disminución (original y copia); si se presentaron a través de Internet o de banca electrónica, debe indicar el número de folio; cuando se haya presentado por medios electrónicos y su pago se haya realizado en ventanilla bancaria, debe proporcionar original y copia del acuse de recibo · Original y copia de identificación oficial vigente
· Copia certificada y copia
· Tratándose de empresas controladoras. Hoja de trabajo por la integración del grupo, participación accionaria, participación consolidable, resultado fiscal estimado e impuesto consolidado anual estimado. · Tratándose de empresas controladas, se deberá
manifestar en escrito libre la participación consolidable y los
datos de la empresa controladora, así
Nota: En caso de empresas que consoliden para efectos fiscales, si se aplicó algún acreditamiento de IDE contra pagos provisionales de ISR, deberán presentarse las constancias correspondientes. |
Disposiciones
jurídicas aplicables
Art. 15 Ley del
ISR, 12-B Reglamento de ISR.
|
24/IEPS Solicitud de
inscripción al padrón de contribuyentes de bebidas alcohólicas ante el RFC.
¿Quiénes lo presentan? Los contribuyentes fabricantes, productores, envasadores e importadores, de alcohol, alcohol desnaturalizado, mieles incristalizables y de bebidas alcohólicas. |
¿Dónde se presenta? Previa cita, en
|
¿Qué documentos se obtienen? Constancia de inscripción al Padrón de Contribuyentes de Bebidas Alcohólicas del RFC. |
¿Cuándo se presenta? Cuando se requiera solicitar marbetes y precintos. |
Requisitos: · Formato
RE-1 “Solicitud de registro al padrón de contribuyentes de bebidas
alcohólicas
· Estar inscrito en el RFC, teniendo registradas por lo menos una de las siguientes actividades económicas: a) Producción, fabricación o envasado de vinos de mesa. b) Producción, fabricación o envasado de otras bebidas a base de uva. c) Producción, fabricación o
envasado de vinos de mesa con una graduación alcohólica de más d) Producción, fabricación o envasado de otras bebidas a base de uva con una graduación alcohólica de más de 20° G. L. e) Producción, fabricación o envasado de sidra y otras bebidas fermentadas. f) Producción, fabricación o envasado de sidra y otras bebidas fermentadas con una graduación alcohólica de más de 20° G. L. g) Producción, fabricación o envasado de ron y otras bebidas destiladas de caña. h) Producción, fabricación o envasado de ron y otras bebidas destiladas de caña con una graduación alcohólica de más de 20° G. L. i) Producción, fabricación o envasado de bebidas destiladas de agave. j) Producción, fabricación o envasado de bebidas destiladas de agave con una graduación alcohólica de más de 20° G. L. k) Producción, fabricación o envasado de otras bebidas destiladas. l) Comercio al por mayor de vinos de mesa. m) Comercio al por mayor de otras bebidas a base de uva. n) Comercio al por mayor de sidra y otras bebidas fermentadas. ñ) Comercio al por mayor de ron y otras bebidas destiladas de caña. o) Comercio al por mayor de bebidas destiladas de agave. p) Comercio al por mayor de bebidas alcohólicas no clasificadas en otra parte. q) Comercio al por menor de vinos de mesa. r) Comercio al por menor de otras bebidas a base de uva. s) Comercio al por menor de sidra y otras bebidas fermentadas. t) Comercio al por menor de ron y otras bebidas destiladas de caña. u) Comercio al por menor de bebidas destiladas de agave. v) Comercio al por menor de bebidas alcohólicas no clasificadas en otra parte. · Tener registrados en el RFC los establecimientos que se utilicen para fabricar, producir, envasar o almacenar bebidas alcohólicas indicadas en el numeral 1, incisos a) a k), cuando sean distintos al domicilio fiscal. · Estar inscrito en el Padrón de Importadores tratándose de contribuyentes que tengan las actividades económicas establecidas en el numeral 1, incisos I) a v). · Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales. · Presentar en su caso, el Anexo 3 de la “Declaración Informativa Múltiple del IEPS”, “MULTI-IEPS”. · Presentar fotografías a color, con medidas mínimas de 4 x 6 pulgadas, del lugar y de la maquinaria o equipo que utilizará para los procesos de fabricación, producción o envasamiento de bebidas alcohólicas por cada equipo utilizado durante los procesos, indicando al reverso de las mismas, el domicilio en el que se encuentran (Calle, número exterior, número interior, Colonia, Localidad, Municipio, Entidad Federativa, y código postal, así como la marca y número de serie de dicha maquinaria y equipo). · En el caso de representación legal, presentar copia del poder notarial y copia certificada del mismo, para su cotejo, o de la carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales, notario o fedatario público. · Presentar
copia de la identificación
· Señalar
los datos que correspondan a su domicilio fiscal registrado ante el RFC, así
como de los domicilios en donde se fabrican, producen y envasan bebidas
alcohólicas, establecidas en el · Cumplir con las medidas sanitarias en materia de bebidas alcohólicas que al efecto establezcan las leyes de la materia. En el caso de que los datos señalados por los citados
contribuyentes, no correspondan o no se atienda la visita que para validar
dichos datos efectúe en su domicilio fiscal o en los domicilios registrados
en los que realice sus operaciones el personal designado por
Las autoridades fiscales deberán informar al contribuyente
el resultado de su promoción, después de los 15 días siguientes a partir de
que se reciba la solicitud. En el caso de que proceda la inscripción al
padrón, se le asignará al contribuyente un número de identificación dentro
del Padrón de Bebidas Alcohólicas del RFC, mismo que utilizará para sus
solicitudes de marbetes o precintos, así como en las declaraciones
informativas que lo soliciten. Para tales efectos, el contribuyente deberá
recoger el resultado de su promoción en
El cumplimiento de los requisitos para estar inscrito en el Padrón de Contribuyentes de Bebidas Alcohólicas del RFC, no exime del cumplimiento de las demás obligaciones que establezcan las disposiciones fiscales. |
Disposiciones
jurídicas aplicables
Art. 19 fracc.
XIV Ley del IEPS, Regla II.6.23 RMF
|
Atentamente.
México, D.F., a 4 de agosto de 2009.- El Jefe del Servicio de
Administración Tributaria, Alfredo Gutiérrez
Ortiz Mena.- Rúbrica.