CIRCULAR CONSAR 42-3, Modificaciones a las reglas generales a las que deberán sujetarse las administradoras de fondos para el retiro y las empresas operadoras de la Base de Datos Nacional SAR, para la unificación de cuentas individuales. |
Martes 4 de agosto de 2009 |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro.
CIRCULAR CONSAR 42-3
MODIFICACIONES A LAS REGLAS
GENERALES A LAS QUE DEBERAN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL
RETIRO Y LAS EMPRESAS OPERADORAS DE
El Presidente de
los Sistemas de Ahorro para el Retiro, y artículo 48 último párrafo, del
Reglamento de
CONSIDERANDO
Que derivado de las reformas a
Que toda vez que las disposiciones de
carácter general que emita esta Comisión deben ser congruentes entre sí, a fin
de evitar la duplicidad de disposiciones normativas que resulten
contradictorias entre sí o generen confusión en cuanto a la aplicación de la
normatividad SAR a la que deberán ajustarse los participantes en los sistemas
de ahorro para el retiro en cuanto a su constitución, organización,
funcionamiento, operaciones y participación en los sistemas de ahorro para el
retiro, esta Comisión ha tenido a bien expedir las siguientes:
MODIFICACIONES
A LAS REGLAS GENERALES A LAS QUE DEBERAN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE
FONDOS PARA EL RETIRO Y LAS EMPRESAS OPERADORAS DE
UNICA.- Se MODIFICAN los últimos dos párrafos de la regla vigésima de
“VIGESIMA.- …
…
I. a III. …
“…”
Las
Administradoras Transferentes deberán remitir en un plazo de diez días hábiles
siguientes a la conclusión de la concentración de recursos e información, una
constancia de liquidación de traspaso, notificándole de la unificación de las
cuentas, mismo que adicionalmente deberá contener la siguiente leyenda:
“EN VIRTUD DE QUE USTED GESTIONO ANTE EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO
SOCIAL
TRANSITORIA
UNICA.- Las presentes Modificaciones entrarán en
vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de
México, D.F., a
17 de julio de 2009.- El Presidente de