DECIMO Tercera Modificación al Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior. |
Viernes 8 de mayo de 2009 |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.
GERARDO RUIZ MATEOS, Secretario de Economía,
con fundamento en los artículos 34 de
CONSIDERANDO
Que mediante Decreto por el que se ordenan
diversas acciones en materia de salubridad general, para prevenir, controlar y
combatir la existencia y transmisión del virus de influenza estacional
epidémica publicado en el Diario Oficial de
Que el Ejecutivo Federal, mediante Decreto
publicado en el Diario Oficial de
Que con el
propósito de agilizar la importación de dichas mercancías en el marco de lo
dispuesto por los Decretos antes mencionados, las mismas deben eximirse del
cumplimiento de regulaciones no arancelarias como lo son las Normas Oficiales
Mexicanas en el punto de su entrada al país;
Que la medida
anterior se adopta considerando la urgencia de disponer a la brevedad de los
bienes necesarios para afrontar la emergencia sanitaria, y con objeto de
facilitar la introducción de la lista de mercancías dirigidas al control y
combate de la epidemia, y
Que la medida en materia de importación de
mercancías a que se refiere el presente Acuerdo se notificará a
DECIMO TERCERA MODIFICACION AL ACUERDO POR EL QUE
ARTICULO UNICO: Se adiciona la regla 2.4.3
del Acuerdo por el que
“ . . .
2.4.3. Derivado
del estado de emergencia sanitaria en el que se encuentra el país, se exenta a
los importadores del cumplimento al artículo 3 del Acuerdo que identifica las
fracciones arancelarias de
La medida a
que se refiere el párrafo anterior sólo será aplicable a las mercancías que se
dan a conocer en la página electrónica del Servicio de Administración
Tributaria conforme al Decreto por el que se exime del pago de contribuciones
al comercio exterior para hacer frente a la situación de contingencia sanitaria
provocada por el virus de influenza, publicado en el Diario Oficial de
. . .”
TRANSITORIO
UNICO. El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario
Oficial de
México,
D.F., a 7 de mayo de 2009.- El Secretario de Economía, Gerardo Ruiz Mateos.- Rúbrica.