CIRCULAR CONSAR 45-6, Modificaciones y adiciones a las reglas para la recomposición de cartera de las sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro. |
Martes 28 de abril de 2009 |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro.
CIRCULAR CONSAR 45-6
MODIFICACIONES Y ADICIONES A LAS REGLAS
PARA
El Presidente de
MODIFICACIONES Y ADICIONES A LAS REGLAS PARA
DE INVERSION ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO
UNICA.- Se MODIFICA el segundo párrafo de la regla
trigésima primera bis; y se ADICIONA un tercer párrafo a la regla trigésima
primera bis, por lo que el actual párrafo tercero pasa a ser el cuarto párrafo,
de
“TRIGESIMA PRIMERA BIS.- …
Los programas de recomposición de cartera especiales a que se refiere
esta regla tendrán una duración máxima de seis meses contados a partir de su
autorización, pudiendo ser prorrogable, y deberán sujetarse a los criterios que
establezca
La prórroga a que hace referencia el párrafo anterior podrá otorgarse por el mismo plazo, las veces que sean necesarias hasta en tanto deban mantenerse los programas de recomposición de cartera.
…”
TRANSITORIA
UNICA.- La presente
modificación entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario
Oficial de
México, D.F., a 23 de abril de 2009.- El Presidente de