CIRCULAR CONSAR 18-5, modificaciones a las Reglas Generales que establecen los requisitos que deben reunir los planes de pensiones establecidos por los patrones o derivados de contratación colectiva en términos y para los efectos del artículo 27, fracción VIII, de la Ley del Seguro Social. |
lunes 12 de marzo de 2007 |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos
Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el
Retiro.
CIRCULAR CONSAR 18-5
MODIFICACIONES A LAS REGLAS GENERALES QUE ESTABLECEN
LOS REQUISITOS QUE DEBEN REUNIR LOS PLANES DE PENSIONES ESTABLECIDOS POR LOS
PATRONES O DERIVADOS DE CONTRATACION COLECTIVA EN TERMINOS Y PARA LOS EFECTOS
DEL ARTICULO 27, FRACCION VIII, DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL.
El Presidente de la Comisión Nacional del
Sistema de Ahorro para el Retiro, con fundamento en los artículos 5o., fracción
XVI, 11 y 12, fracciones I, VIII y XVI de la Ley de los Sistemas de Ahorro para
el Retiro
y 27, fracción VIII, de la Ley del Seguro Social, y
CONSIDERANDO
Que la Circular CONSAR 18-2, con sus
modificaciones contenidas en las Circulares CONSAR 18-3
y CONSAR 18-4, establece los requisitos que deberán reunir los planes de
pensiones establecidos por los patrones o derivados de contratación colectiva,
a fin de que las cantidades aportadas a dichos planes de pensiones se excluyan
del salario base de cotización de sus trabajadores en términos del artículo 27,
fracción VIII, de la Ley del Seguro Social;
Que la Comisión Nacional del Sistema de
Ahorro para el Retiro ha juzgado conveniente, y en beneficio de los patrones,
establecer un formulario único para acreditar que se cumple con lo dispuesto en
la Circular CONSAR 18-2 antes mencionada, así como simplificar los medios que
utilicen los patrones para presentar el formulario ante dicha autoridad
administrativa;
Que con estas modificaciones, la Comisión
Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro amplía los plazos para que los
patrones puedan presentar el formulario único mediante el cual acreditan ante
dicha autoridad administrativa que sus planes de pensiones cumplen los
requisitos señalados para tal efecto, así como facilita el cumplimiento de lo
dispuesto en la Circular CONSAR 18-2 antes mencionada;
Que con estas modificaciones, se permitirá
que los patrones tengan una mejor comprensión del contenido de estas reglas
generales, con lo cual podrán cumplir con ellas y tendrán mayor certeza y
seguridad jurídica respecto de las acciones que deben realizar, ha tenido a bien
expedir las siguientes:
MODIFICACIONES A LAS REGLAS GENERALES QUE ESTABLECEN LOS
REQUISITOS QUE DEBEN REUNIR LOS PLANES DE PENSIONES ESTABLECIDOS POR LOS
PATRONES O DERIVADOS DE CONTRATACION COLECTIVA EN TERMINOS Y PARA LOS EFECTOS
DEL ARTICULO 27,
FRACCION VIII, DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL
PRIMERA.- Se MODIFICAN
las regla séptima; la fracción I de la regla octava; la regla novena; la regla
décima; el primer párrafo de la décima segunda; las reglas décima cuarta y
décima quinta, de la Circular CONSAR 18-2, “Reglas generales que establecen los
requisitos que deben reunir los planes de pensiones establecidos por los
patrones o derivados de contratación colectiva en términos y para los efectos
del
artículo 27, fracción VIII, de la Ley del Seguro Social”, modificada por las
Circulares CONSAR 18-3 y 18-4, publicadas en el Diario Oficial de la Federación
los días 14 de febrero de 2006, 31 de marzo y 2 de mayo
de 2006, respectivamente, para quedar en los siguientes términos:
“SEPTIMA.-
Los patrones, para acreditar
que un Plan de Pensiones reúne los requisitos establecidos en el Capítulo II de
las presentes Reglas Generales, deberán llenar el formulario que al efecto
determine la Comisión, a más tardar el 31 de mayo de cada año. Dicho formulario
será puesto a disposición de los patrones a través de la página de Internet de
la Comisión (www.consar.gob.mx), en términos del Anexo “A” de las presentes
Reglas Generales.
La Comisión podrá modificar o actualizar el
Anexo “A” a que se refiere el párrafo anterior en cualquier tiempo, en cuyo
caso, dicha modificación o actualización será publicada en el Diario Oficial de
la Federación.”
“OCTAVA.-…
I. Llenar, a través de la página de Internet de la Comisión (www.consar.gob.mx), el formulario a que se refiere la regla anterior.
Los patrones, una vez llenado el formulario a que se refiere la regla anterior, deberán manifestar bajo protesta de decir verdad que los datos que proporcionen en dicho formulario son ciertos.
II.…”
“NOVENA.- La Comisión, una vez que los patrones efectúen
las acciones señaladas en la regla anterior, revisará que el formulario
presentado por los patrones haya sido debidamente llenado.
Para efecto de la presente Regla, se
entenderá que el formulario ha sido debidamente llenado, si ha sido
proporcionada la información que dicho formulario especifique.”
“DECIMA.- La Comisión, en caso de que el formulario a
que se refiere la regla séptima anterior haya sido debidamente llenado por los
patrones, asignará un número de identificación al Plan de Pensiones de que se
trate y emitirá un acuse de recibido electrónico.
Una vez que los patrones llenen, a través de
la página de Internet de la Comisión (www.consar.gob.mx), el formulario a que
se refiere la regla séptima anterior, dichos patrones podrán imprimir el número
de identificación que se asigne al Plan de Pensiones y el acuse de recibido
electrónico correspondiente, a través de la página de Internet antes
mencionada.”
“DECIMA
SEGUNDA.- La Comisión
informará al Instituto el número de identificación que asigne al Plan de
Pensiones en términos del primer párrafo de la regla décima anterior, a más
tardar dentro de los primeros diez días hábiles del mes de junio de cada año.
…”
“DECIMA
CUARTA.- El patrón que
cumpla con lo establecido en las reglas séptima y octava anteriores con
posterioridad al 31 de mayo de cada año, gozará de los beneficios señalados en
las disposiciones fiscales aplicables a partir del bimestre siguiente a aquél
en que la Comisión asigne el número de identificación correspondiente al Plan
de Pensiones.
En este caso, la Comisión informará al
Instituto el número de identificación del Plan de Pensiones de que se trate, a
más tardar dentro de los diez días hábiles siguientes a aquél en que el patrón
haya cumplido con lo establecido en las reglas séptima y octava anteriores.”
“DECIMA
QUINTA.- Los patrones que
constituyan un Plan de Pensiones con posterioridad al 31 de mayo de cada año,
deberán cumplir con lo establecido en las reglas séptima y octava anteriores,
dentro de los 60 días naturales siguientes a la fecha en que constituyan dicho
Plan de Pensiones.”
SEGUNDA.- Se MODIFICA
el Anexo A de la Circular CONSAR 18-2, “Reglas generales que establecen los
requisitos que deben reunir los planes de pensiones establecidos por los
patrones o derivados de contratación colectiva en términos y para los efectos
del artículo 27, fracción VIII, de la Ley del Seguro Social”, modificada por
las Circulares CONSAR 18-3 y 18-4, publicadas en el Diario Oficial de la
Federación los días 14 de febrero de 2006, 31 de marzo y 2 de mayo de 2006,
respectivamente, para quedar en los términos del Anexo A de las presentes
modificaciones.
TERCERA.- Se DEROGA
el Anexo B de la Circular CONSAR 18-2, “Reglas generales que establecen los
requisitos que deben reunir los planes de pensiones establecidos por los
patrones o derivados de contratación colectiva en términos y para los efectos
del artículo 27, fracción VIII, de la Ley del Seguro Social”, modificada por
las Circulares CONSAR 18-3 y 18-4, publicadas en el Diario Oficial de la
Federación los días 14 de febrero de 2006, 31 de marzo y 2 de mayo de 2006,
respectivamente.
TRANSITORIA
UNICA.- Las presentes modificaciones entrarán en
vigor al día hábil siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la
Federación.
México, D.F., a 1 de marzo de 2007.- El
Presidente de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, Moisés Schwartz Rosenthal.- Rúbrica.
Anexo A
Registro
Electrónico de Planes de Pensiones
1. Datos de la empresa
Denominación o Razón Social:________________________________
RFC: _________________ NSS Empresa: _______________________
Domicilio
Calle: ________________ Núm. Ext.____ Núm. Int._______
Colonia: ___________________________ Código Postal: _________
Municipio o Delegación: _________________________
Ciudad: _______________ Estado: _______________
Contacto
Nombre Representante Legal: _________________________________
Cargo en la empresa: ________________________________________
Teléfono: ______________ Fax: _______________
Correo electrónico: ___________________________
Nombre de quien llena el registro: _____________________________
Relación o cargo en la empresa: _______________________________
Teléfono: ______________ Fax: _______________
Correo electrónico: ___________________________
Número de Planes a Registrar: _____
2. Características del plan
Tipo de Plan:
a. Contribución
definida
b. Beneficio
definido
c. Mixto
o híbrido
Fecha de Instalación del Plan: ____________
El beneficio respecto al del IMSS es:
a. Adicional
b. Complementario
c. No
aplica
Participantes del Plan
Tipo de Empleados Cubiertos:
a. Sindicalizados
b. No
Sindicalizados
c. Ambos
d. Otros
Especificar_________________
Número de participantes activos en el plan: __________
Edad promedio de los activos: ________
Antigüedad promedio de los activos: ________
Número de participantes pensionados: _________
Edad promedio de los pensionados: ________
Número de participantes inactivos con derechos adquiridos: _________
Número de participantes
en el Plan: _____________________
3. Aportaciones
Marque con una X los componentes que integran el Salario del Plan:
Sueldo bruto: ( ) Aguinaldo: ( ) Prima Vacacional: ( )
Fondo de Ahorro: ( ) Comisiones: ( ) Bonos: ( )
Vales de despensa: ( ) Otros: ( ) Especificar: __________
Tope del Salario del Plan:
Ninguno
Cantidad: ___________________
a. Salarios Mínimos
b. Pesos
c. UDIS
d. Otro
Especificar: ____________________
Aportación Mínima del Trabajador:
a. Sí
Monto:_____________
%: ____________
b. No
c. No
aplica
Aportación Máxima del Trabajador:
a. Sí
Monto:
_____________ %: ____________
b. No
c. No
aplica
Aportación Mínima de la Empresa:
a. Sí
Monto: _____________ %: ____________
b. No
c. No
aplica
Aportación Máxima de la Empresa:
a. Sí
Monto:______________
%:____________
b. No
c. No
aplica
¿Está condicionada la Aportación de la Empresa?:
a. Sí
b. No
¿Existen Aportaciones Voluntarias?:
a. Sí
b. No
4. Beneficios
Beneficio por jubilación:
Requisito |
Aplica (Sí/No) |
Hombres |
Mujeres |
Edad mínima |
|
_____ |
_____ |
Antigüedad Mínima |
|
_____ |
_____ |
Edad y Antigüedad Mínimas 1 |
|
_____ ; ______ |
_____ ; ______ |
Edad y Antigüedad Mínimas 2 |
|
_____ ; ______ |
_____ ; ______ |
Requisito de Suma de puntos (Edad + Antigüedad) |
|
______ |
______ |
Beneficio por Fallecimiento:
a. Aplica
b. No aplica
Requisito |
Hombres |
Mujeres |
Antigüedad mínima |
_____ |
_____ |
Sin Requisito |
|
|
Beneficio por Invalidez
a. Aplica
b. No aplica
Requisito |
Hombres |
Mujeres |
Antigüedad mínima |
_____ |
_____ |
Sin Requisito |
|
|
Cálculo de Beneficios en el Plan
Concepto para determinar el salario pensionable:
a. Ultimo Salario
b. Salario Promedio
Especificar:
____ (Meses)
Describa la fórmula de cálculo para la pensión:
_____________________________
______________________________________________________________________________
__
______________________________________________________________________________
__
Beneficio Mínimo
¿El plan otorga algún beneficio mínimo?
a. Sí
b. No
En caso de otorgar beneficio mínimo, ¿de qué tipo es éste?
a. Indemnización Legal
b. Número de salarios mínimos
c. Porcentaje de salario pensionable
d. Porcentaje del último salario
e. Otro
Pago del Beneficio
Modalidad del pago:
a. Pensión vitalicia
b. Pago único
c. Pensión vitalicia con garantía de n pagos
d. Pensión mancomunada
e. Otro
Especificar_________________________________
Factor de ajuste periódico de la pensión:
a. Ninguno
b. Inflación
c. Salario mínimo general
d. Salario de los empleados activos del plan
e. Otro
Especificar_______________________________
Derechos Adquiridos
¿El plan cuenta con derechos adquiridos? Sí
No
Servicio mínimo: _______
Servicio para tener 100%: _______
Descripción: ____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________
Recursos financieros
Fecha de última valuación del plan: __________
Tipo de Administración:
a. Fondo de inversión o contrato de intermediación bursátil
b. Fideicomiso
c. Reserva contable
d. Otro
Especificar__________________
Institución que administra los recursos:
a. Banco
b. Casa de bolsa
c. Aseguradora
d. Afore
e. Operadora de sociedades de inversión
f. Otra
Especificar: _________________
Valor del
Fondo correspondiente a recursos aportados por la Empresa
Contribución Definida: $___________
Beneficio Definido: $___________
Valor del Fondo correspondiente a recursos aportados por los empleados:
Cantidad: $____________
Valor Total de los Recursos Financieros del Plan:
Cantidad: $____________
Contribuciones hechas al Fondo durante 2006: $ ______________
Pagos del fondo durante 2006:
$________________
Cartera de
Activos
Instrumentos
de Deuda
■ Emitidos o avalados por el Gobierno Federal $ ____________
■ Emitidos por instituciones financieras $ ____________
■ Emitidos por Entidades Federativas, Municipios
y Empresas Paraestatales $ ____________
■ Emitidos por Empresas Privadas $ ____________
■ Sociedades de Inversión $ ____________
Subtotal de Deuda $ ____________
Instrumentos
de Renta Variable
■ Acciones $ ____________
■ Sociedades de Inversión
Subtotal Renta Variable $ ____________
Derivados $_____________
Activos Inmobiliarios $ ____________
Total $ ____________
Inversión en el Extranjero: USD _________________
Obligación por Beneficios Proyectados: $_________________
Tasa Técnica de Descuento: ______
_________________________